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PLAN DE GESTIN: LA NOMINACIN DEL QHAPAQ AN A PATRIMONIO MUNDIAL EN EL MARCO DE LA NORMATIVA Y EL INTERS NACIONALRodrigo Ruiz Rubio - [email protected]

ENERO 2012.

La propuesta de gestin en el marco de la Nominacin

II.F Proteccin y gestin: 97. Todos los bienes deben contar con mecanismos de proteccin y gestin legislativos, reglamentarios, institucionales y/o tradicionales adecuados que garanticen su salvaguarda a largo plazo. Sistemas de gestin

108. Cada bien propuesto deber contar con un plan de gestin adecuado o con otro sistema de gestin documentado que especifique cmo se conservar el valor universal excepcional del bien, preferentemente por medios participativos.

Elementos a incluir un Plan de Gestin eficaz

111. Sin dejar de reconocer la diversidad mencionada precedentemente, un plan de gestin eficaz podra incluir algunos de los siguientes elementos comunes:

a) una comprensin profunda del bien compartida por todos los actores interesados ; b) Un ciclo de planificacin, ejecucin, supervisin , evaluacin y reaccin; c) la participacin de colaboradores e interesados directos; d) la adjudicacin de los recursos necesarios; e) fortalecimiento de capacidades o capacitacin; y f) una descripcin responsable y transparente del funcionamiento del sistema de gestin.

VI. Promocin del apoyo a la Convencin del Patrimonio MundialVI.A Objetivos 211. Los objetivos son:a) promover la creacin de capacidades y la investigacin; b) fomentar la sensibilizacin del pblico en general, la comprensin y la valoracin de la necesidad de preservar el patrimonio cultural y natural; c) potenciar la funcin del Patrimonio Mundial en la vida de la comunidad; y

d) aumentar la participacin de las poblaciones, locales y nacionales, en la proteccin y la rehabilitacin del patrimonio.

En qu medida las Directrices Prcticas de UNESCO y sus lineamientos de gestin se vinculan a la normativa e inters nacional ?

La Constitucin Poltica del PerArtculo 2. Toda persona tiene derecho:

17. A participar, en forma individual o asociada, en la vida poltica, econmica, social y cultural de la Nacin 19. A su identidad tnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad tnica y cultural de la NacinArticulo 21. Patrimonio Cultural de la Nacin

Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacin N28296Artculo 28.- Gobiernos Regionales

En concordancia de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgnica de Gobiernos Regionales, stos prestarn asistencia y cooperacin a los organismos pertinentes para la ejecucin de proyectos de investigacin, restauracin, conservacin y difusin de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacin ubicados en su jurisdiccin.Los organismos a que se refiere el artculo 19 de la presente Ley estarn encargados de la aprobacin y supervisin de los proyectos que se ejecuten con tal fin.

Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacin N28296Artculo 29.- Municipalidades29.1 En concordancia con las competencias y funciones establecidas en la Ley Orgnica de Municipalidades, corresponde a las municipalidades en sus respectivas jurisdicciones: a) Cooperar con , en la identificacin, inventario, registro, investigacin, proteccin, conservacin, difusin y promocin de los bienes muebles e inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacin. b) Dictar las medidas administrativas necesarias para la proteccin, conservacin y difusin de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacin de su localidad, c) Elaborar planes y programas orientados a la proteccin, conservacin y difusin de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacin de su localidad, en coordinacin con los organismos a que se refiere el artculo 19 de la presente Ley. 29.2 Las ordenanzas, resoluciones, acuerdos y reglamentos emitidos por las municipalidades requieren opinin previa del organismo competente, en caso contrario sern nulas de pleno derecho.

Reglamento de la Ley General N28296Artculo 4.- Proteccin de los bienes culturales: La identificacin, registro, inventario, declaracin, proteccin , restauracin, investigacin, conservacin, puesta en valor, y difusin de los bienes culturales, y su restitucin en los casos pertinentes, es de inters social y de necesidad pblica, e involucra a toda la ciudadana , autoridades e entidades pblicas y privadas.

Reglamento de la Ley General N28296Artculo 5.- Entes rectores: El INC, BN, y el AGN le corresponde las siguientes atribuciones:

1. Definir la poltica nacional de la gestin del patrimonio cultural.2. Dictar las normas que sean necesarias para la gestin y uso sostenible del patrimonio cultural

9. Promover las coordinacin interinstitucional entre las instituciones pblicas del gobierno nacional, gobierno locales e instituciones privadas que actan, intervienen o participan, directa o indirectamente, en la gestin del patrimonio cultural.

Reglamento de la Ley General N28296Artculo 6.- Gestin cultural - Los organismos competentes promueven conformacin de Asociaciones o Comits de Gestin o de Vigilancia del Patrimonio Cultural, por especialidad o por zona geogrficas , que tenga como finalidad la promocin de una o varias de las siguientes actividades: registro, declaracin, proteccin, identificacin inventario, inscripcin, investigacin, conservacin, difusin, puesta en valor, promocin, restitucin en los casos que corresponda, y cumplimiento de la normatividad vigente. - Dichas organizaciones procurarn la participacin en sus rganos de gobierno a representantes de gobiernos regionales, gobiernos locales, investigadores, universidades pblicas o privadas, organizaciones no gubernamentales, organizaciones empresariales y comunidades campesinas o nativas.

Expresamos igualmente nuestro apoyo a la cooperacin tcnica regional intitulado Plan de Accin regional para el Desarrollo del Sistema Vial IncaQhapaq an, que permitir la recuperacin y puesta en valor de este bien, la preservacin del patrimonio natural circundante, la promocin de modelos de desarrollo sostenibles para las comunidades indgenas y campesinas de las zonas rurales situadas a lo largo de la ruta..

Plan de Accin Regional - 2006

El Plan de Accin Regional busca sentar las bases regionales para definir, ejecutar y supervisar acciones nacionales actuales y futuras, con el Qhapaq an Camino Principal Andino como eje articulador de una visin comn de desarrollo sostenible, que conduzca al mejoramiento de la calidad de vida de las poblaciones andinas, y a la conservacin y promocin del capital cultural, social y natural asociado.

Objetivo del Programa Qhapaq anla recuperacin, salvaguarda y puesta en uso social de la red vial del Qhapaq an y su entorno, en la bsqueda de su revalorizacin como medio de desarrollo social, ambiental, educativo y econmico de las poblaciones locales, fomentando el uso racional del patrimonio cultural y natural, as como el conocimiento y fortalecimiento de nuestra identidad histrica como parte de la regin andina.

Algunas acciones a considerarArticular las posibilidades que ofrece la normativa nacional para la proteccin y uso social del patrimonio cultural y en especifico del Qhapaq an.

Involucrar la participacin de los Gobiernos Regionales, provinciales, distritales y comunidades en la planificacin y gestin del Qhapaq an - Camino Principal Andino. Reforzar la perspectiva y accin sobre el patrimonio cultural, y en especifico el Qhapaq an, para que logre constituirse como un elemento relevante, desde una visin holstica, para el desarrollo sustentable local, regional y nacional. Promover el dialogo, la articulacin, la inclusin y la concertacin entre los actores involucrados para el fortalecimiento de la gobernabilidad democrtica.


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