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NORMATIVA BIBLIOTECARIA ESPAÑOLA

Y SISTEMA ESPAÑOL DE BIBLIOTECAS

MASTER DE GESTIÓN DE ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y CENTROS DE

DOCUMENTACIÓN. ESCUELA DE NEGOCIOS SAN PABLO 2005.

IGNACIO LATORRE ZACARÉS. [email protected]

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ANTECEDENTES1.254: Alfonso X funda la primera biblioteca

universitaria del mundo, la biblioteca de la Universidad de Salamanca.

½ S. XVI. Páez de Castro escribe su “Memorial sobre los libros y utilidad de la librería y orden y traza que en ella se ha de tener”.

1.584: primera Real Biblioteca Española en el Monasterio de El Escorial.

1.712. Nace la Real Librería Pública de Madrid (posteriormente Biblioteca Real de S.M.).

1.716: Primer reglamento de la Real Librería Pública redactado por Juan de Ferreras García. Se le da el carácter de pública y el privilegio de recibir un ejemplar gratuito de todo libro impreso en los reinos de Felipe V (antecedente del Depósito Legal).

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ANTECEDENTES II

• 1771: Real Cédula de Carlos III considerada como la primera disposición legal española dedicada a la creación de bibliotecas públicas (bibliotecas episcopales públicas).

• 1.813, noviembre, 8: Se aprueba por las Cortes de Cádiz el Reglamento de la Biblioteca Nacional Española de Cortes redactado por Bartolomé José Gallardo. Fue el primer sistema español de bibliotecas públicas provinciales coordinado por la Biblioteca Nacional de Cortes.

• 1.836, noviembre, 25: La Real Biblioteca pasa a ser Biblioteca Nacional.

• 1.837: Real Orden de 27 de febrero de 1.837 hace extensivo a las mujeres la posibilidad de concurrir a una biblioteca.

• 1.844: La Biblioteca Provincial de León redacta el primer reglamento de biblioteca provincial (actualmente Bibliotecas Públicas del Estado).

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ANTECEDENTES III1.856: Creación de la Escuela de Diplomática.

1.857: Ley General de Instrucción Pública de Claudio Moyano. Medidas que influyeron en la posterior evolución de las bibliotecas provinciales.

1.858: Creación del Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

1.858: Real Decreto de 17 de julio de 1.858, sobre reforma general de los archivos y bibliotecas del Reino. Da la consideración de biblioteca públicas en el art. 7 a la Biblioteca Nacional, las universitarias, las provinciales y las dedicadas a la enseñanza.

1.859: Real Decreto de 8 de mayo de 1.859 sobre “Bases para la reorganización de los Archivos y Bibliotecas públicas del Reino”

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ANTECEDENTES IV1.868, diciembre, 1. Se crea la primera biblioteca

popular en Valencia por la Sociedad Económica de Amigos del País en la Casa Vestuario.

1.869: Real Decreto de 18 de enero de José Echegaray, sobre creación de las bibliotecas populares, proyectadas por Ruiz Zorrilla

1.871, julio, 5: Reglamento de Archivos, Bibliotecas y Museos.

1.873, mayo, 10. Orden que prohibe el préstamo de libros que no se restaura hasta el Real Decreto de 18 de octubre de 1.901.

1.882: “Instrucción para formar los índices de impresos de las bibliotecas...” de Cándido Bretón. Primeras reglas de catalogación.

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ANTECEDENTES V 1.883: 746 bibliotecas populares con 171.083 volúmenes.

1901: Real Decreto de 18 de octubre que aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado (vigente hasta 1989) .

1902: Instrucciones para la redacción de catálogos de las bibliotecas públicas del Estado.

1912: Real Decreto de 22 de noviembre sobre creación de las bibliotecas populares de Madrid (Reglamento por Real Orden de 23 de octubre de 1915).

1915: Creación de la Biblioteca de Cataluña por la Mancomunidad de Cataluña y de la Escuela de Bibliotecarias.

1931: Decreto de 21 de noviembre Junta de Intercambio y Adquisición de Libros para las Bibliotecas Públicas. En 1936 ya había creado 300 bibliotecas públicas.

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ANTECEDENTES VI 1931: Decreto de 29 de mayo que crea el Patronato de

Misiones Pedagógicas. En 1935 habían creado más de 5.000 bibliotecas en el área rural.

1936-1939: Plan de Bibliotecas de María Moliner.

1939: Orden de 29 de julio por la que se implanta el sistema bibliográfico decimal en la clasificación de los fondos de las Bibliotecas Pùblicas del Estado.

1939: Ley de 25 de agosto que crea la Dirección General de Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Educación Nacional (vigente hasta 1974).

1947. Decreto de 24 de julio, dictando normas para la ordenación de archivos y bibliotecas. Crea el Servicio Nacional de Lectura.

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ANTECEDENTES VII 1952. Decreto de 4 de julio sobre aprobación del

Reglamento del Servicio Nacional de Lectura.

1957: Decreto de 23 de diciembre (BOE de 20 de enero de 1958) de Reglamento del Depósito Legal de impresos.

1970: Decreto 1922 de 26 de febrero (BOE 16 de marzo de 1.970) por el que se crea el Instituto Bibliográfico Hispano.

1971: Orden Ministerial de 30 de octubre sobre Reglamento del Depósito Legal (BOE n. 276 de 18 de noviembre de 1971).

1972: Ley 26 de 21 de junio de defensa del TesoroBibliográfico y Documental. Crea el Servicio Nacional del Tesoro Bibliográfico y Documental.

1972: Decreto 29.84 de 2 de noviembre sobre el ISBN.

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LEGISLACIÓN BIBLIOTECARIA ESPAÑOLA

ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA BIBLIOTECARIA EN EL RÉGIMEN FRANQUISTA

• Servicio Nacional de Lectura: Decretos de 1.947 y 1.952. “Encargado de hacer llegar el libro a todo el territorio español”. Controlador de toda la política bibliotecaria, así como de las bibliotecas públicas provinciales y centros provinciales coordinadores de bibliotecas.

• Biblioteca Pública Provincial: dependientes de Admon. Central.• Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas: personal e

instalaciones pertenecían a Admon. Estatal, pero presupuestariamente dependía parcialmente de las Diputaciones.

• Bibliotecas públicas municipales: pertenecientes y creadas a voluntad de la administración local.

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LEGISLACIÓN BIBLIOTECARIA ESPAÑOLA II

• Régimen franquista: política bibliotecaria marcada por una excesiva intervención estatal y carácter centralizador. No se promulgó ninguna ley nacional de bibliotecas.

• España constitucional: Descentralización política bibliotecaria. Surgen las leyes autonómicas de bibliotecas y no se hace necesaria la ley nacional de bibliotecas. Transferencias de competencias de Admon. Estatal a Autonómica.

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LEGISLACIÓN BIBLIOTECARIA ESPAÑOLA III

Constitución de 1978:Art. 148.1.15: Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en “museos,bibliotecas y conservatorios de música de interés para la Comunidad Autónoma”.Art. 149.1.28: El Estado tiene competencias exclusivas en : “defensa del patrimoniocultural, artístico y monumental español contra la exportación y expoliación y museos,bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por parte de lascomunidades autónomas”.

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LEGISLACIÓN BIBLIOTECARIA ESPAÑOLA III

• Proceso descentralizador:– Estatutos de autonomía asumen competencias

exclusivas sobre bibliotecas cuya titularidad no estatal ➝Decretos de transferencia.

– Bibliotecas Públicas del Estado: Estado titularidad del edificio y fondos; comunidades autónomas asumen competencias de gestión ➝ convenios de gestión.

– Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local: autonomía municipal. “Art. 26.1.b Los municipios con población superior a 5.000 habitantes deberán prestar los servicios públicos de bibliotecas públicas. »

– Competencias de Diputaciones Provinciales: asumidas en pocas comunidades autónomas.

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL

• Pilares del Sistema Bibliotecario Nacional

– Ministerio de Cultura. Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas. Subdirección General de Coordinación Bibliotecaria.

– Red de Bibliotecas Públicas del Estado.

– Biblioteca Nacional.

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL II• Marco legal Sistema Bibliotecario Nacional:

1985: Ley 16 de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Título VII dedicado al Patrimonio Documental y Bibliográfico y de los Archivos, Bibliotecas y Museos.

1989: Real Decreto 582 de 19 de mayo, de aprobación del Reglamento de Bibliotecas Públicas y del Sistema Españolde Bibliotecas

1991: Real Decreto 1581 de 31 de octubre sobre estatuto de la Biblioteca Nacional.

2.000: Real Decreto 1331/2000, por el que se desarrolla la Estructura del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Art. 9. De la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas.

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL III

• Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español:– Título VII dedicado al Patrimonio Documental y

Bibliográfico y de los archivos y bibliotecas y museos.– Suple falta de ley nacional y evita el desmembramiento

de los servicios bibliotecarios del país.– Dedicada especialmente a la protección de bienes

patrimoniales.– Fomenta la coordinación entre las bibliotecas de

titularidad estatal y hace viable el Sistema Español de Bibliotecas.

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL IV• Artículo 50. “1. Forman parte del patrimonio bibliográfico

las bibliotecas y colecciones bibliográficas de titularidad pública y las obras literarias, históricas, científicas o artísticas de carácter unitario o seriado, en escritura manuscrita o impresa, de las que no conste la existencia de al menos tres ejemplares en las bibliotecas o servicios públicos. Se presumirá que existe este número de ejemplares en el caso de obras editadas a partir de 1958.

• 2. Asimismo forman parte del Patrimonio Histórico Español...los ejemplares producto de ediciones de películas cinematográficas, discos, fotografías, materiales audiovisuales y otros similares, cualquiera que sea su soporte material, de las que no consten al menos tres ejemplares en los servicios públicos, o uno en el caso de películas cinematográficas

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL V• Art. 51: Catálogo Colectivo de los bienes integrantes del

patrimonio bibliográfico.• Art. 52: Obliga a la conservación de los bienes del

patrimonio documental y bibliográfico, a facilitar su inspección y a permitir la investigación por estudiosos.

• Art. 59. Definición de biblioteca:”Son bibliotecas las instituciones culturales donde se conservan, reúnen, seleccionan, inventarían, catalogan, clasifican y difunden conjuntos o colecciones de libros, manuscritos y otros materiales bibliográficos o reproducidos por cualquier medio para su lectura en sala pública o mediante préstamo temporal, al servicio de la educación, la investigación, la cultura y la información.”

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• Art. 61: Necesidad de que la Administración del Estado promueva la comunicación y coordinación de todos los archivos, bibliotecas y museos de titularidad estatal...”

• Art. 66 “Constituyen los sistemas españoles de archivos, de bibliotecas y de museos, respectivamente, los archivos, bibliotecas y museos, así como los servicios de carácter técnico o docente directamente relacionados con los mismos, que se incorporen en virtud de lo que se disponga reglamentariamente.”

SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL VI

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL VII• 1989: Real Decreto 582 de 19 de mayo, de aprobación del

Reglamento de Bibliotecas Públicas y del Sistema Español de Bibliotecas

– Deroga el Reglamento de 1901.

– Art. 22. Integran el Sistema Español de Bibliotecas:a)La Biblioteca Nacional, que se configura como cabecera del

sistema.

b)Las Bibliotecas Públicas del Estado.

c)Las bibliotecas dependientes de los Ministerios y organismos autónomos de la Administración del Estado.

d)Las bibliotecas de las Universidades Públicas.

e)Las bibliotecas de las Reales Academias.

f)Las Redes o Sistemas de Bibliotecas de instituciones públicas o privadas, o las bibliotecas de excepcional interés que se incorporen mediante convenio con el Ministerio de Cultura.

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL VIII

• Fracaso del NATIS o Sistema Nacional de Información.• ¿Redes autonómicas de bibliotecas?• Real Decreto 582/1989 regula también el funcionamiento

de las Bibliotecas Públicas del Estado. Misiones principales:

– La difusión y fomento de la lectura en salas públicas mediante el préstamo temporal.

– Conservación del patrimonio bibliográfico español.

• Art. 2. Funciones de las BPE:- Reunir, organizar y ofrecer al público una colección

equilibrada de material bibliográfico y audiovisual.- Promover y estimular el uso de sus fondos por los

ciudadanos.

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL IX- Conservar y enriquecer el patrimonio bibliográfico.- Ser depositaria de un ejemplar del Depósito Legal de la

respectiva provincia, cuando la BPE radique en capital de provincia.

- Cooperar con el resto de BPE del estado y con las de su respectiva CCAA mediante el intercambio de información, coordinación de adquisiciones y préstamo

interbibliotecario.• Sobre accesos y servicios de las BPE:– El acceso a las bibliotecas públicas del Estado es libre y

gratuito.

– Se obliga a abrir al público un mínimo de 35 horas semanales.

– Servicios: lectura en sala, préstamos, sección infantil, sala de publicación periódica, información bibliográfica

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL X

• BIBLIOTECA NACIONAL

– Reúne servicios anteriormente dispersos: biblografía nacional, depósito legal, Biblioteca Nacional de Préstamo, Hemeroteca Nacional...

– Regulada por Real Decreto 1.581 de 1991.

– Art. 1: Biblioteca Nacional como:

- Institución bibliotecaria superior del estado.

- Cabeza del Sistema Español de Bibliotecas.

- Organismo autónomo de carácter administrativo adscrito al Ministerio de Cultura por medio de la Dirección General del Libro y Bibliotecas.

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL XI- Art. 2: Fines y funciones:

- Formación, catalogación y conservación del fondo bibliográfico nacional y del fomento de la investigación de estas materias mediante su consulta, préstamo, reproducción, etc.

- En la receptora del Depósito Legal y elaborar y difundir la bibliografía nacional española. Cooperar con el resto de bibliotecas, identidades culturales y científicas.

- Asesorar y realizar estudios en el área de Biblioteconomía, Bibliografía o la conservación del patrimonio bibliográfico, etc.

- Organización Biblioteca Nacional:- Órganos rectores: Presidente y Director General de la

Biblioteca Nacional.- Órganos consultivos: Real Patronato y Consejo de

Dirección.

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL XII

• DIRECCIÓN GENERAL DEL LIBRO, ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS– Real Decreto 565 de 1985 crea la Dirección General del Libro y

Bibliotecas. Centro de Coordinación Bibliotecaria, Centro del Libro y Lectura y el Centro de las Letras Españolas.

– Real Decreto 2045 de 1994 crea la Dirección General del Libro Archivos y Bibliotecas. Subdirecciones Generales del Libro y la Lectura. Subdirección General de Coordinación Bibliotecaria.

- Real Decreto 1331/2000 de 7 de julio. Reorganiza el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

- Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio, de delegación de competencias del Ministerio de Cultura.

- Real Decreto 1601/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura.

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL XV

MINISTERIO DE CULTURA

⇓DIRECCIÓN GENERAL DEL LIBRO, ARCHIVOS Y

BIBLIOTECAS

⇓SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN

BIBLIOTECARIA

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DEL LIBRO, LA LECTURA Y LAS LETRAS ESPAÑOLAS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE LOS ARCHIVOS ESTATALES

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL XVI

• SUBDIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN BIBLIOTECARIA. Funciones:

- Elaboración de programas y planes concertados para la constitución y fomento de las bibliotecas, así como la coordinación y promoción de la cooperación bibliotecaria.

- La oferta de servicios técnicos y asesoramiento en materia bibliotecaria.

- Obtención, explotación y utilización de datos estadísticos de bibliotecas.

- La coordinación y mantenimiento del catálogo colectivo del patrimonio bibliográfico.

- La creación, dotación y fomento de bibliotecas de titularidad estatal.

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL XVII• Acciones actuales de la Subdirección General de

Coordinación Bibliotecaria:

- Inversiones en construcción y remodelación de las BPE.- Apoyo en la informatización y coordinación informáticas

de la red de BPE. Elaboración REBECA.d

http://www.mcu.es/REBECA/- Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico.

http://www.mcu.es/ccpb/index.html

- Coordinación de grupos de trabajo entre CCAA, Ministerio y Biblioteca Nacional.

- Jornadas de Cooperación Bibliotecaria.

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SISTEMA BIBLIOTECARIO ESPAÑOL XVIII

- Elaboración de pautas a partir de los grupos de trabajo: sobre bibliobuses, patrimonio bibliográfico, de servicio en bibliotecas públicas...

- Travesia.es. Portal de Bibliotecas Españolas

http.//travesia.mcu.es/- Campañas de fomento hábito lector y fomento de la

biblioteca.

- Congreso Nacional de Bibliotecas Públicas, seminarios internacionales, programas de estudio en el extranjero

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SISTEMAS AUTONÓMICOS DE BIBLIOTECAS

• Sistemas autonómicos de bibliotecas creados generalmente por ley: 1981 Cataluña, 1983 Andalucía, 1986 Comunidad Valenciana y Aragón.

• Estructuras jerarquizadas piramidalmente.

Consejería de Cultura

Servicio de Bibliotecas

Consejo Asesor de Bibliotecas

Biblioteca Central, Regional o Nacional

Centros: bibliotecas municipales, bibliotecas públicas

provinciales.

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DEPÓSITO LEGAL• Depósito legal.– Obligación legal de depositar ejemplares de publicaciones

todo tipo y soporte por parte de los impresores o productores de publicaciones.

– Materia transferida a las CCAA.– Objetivos DL:

• Recopilación y preservación de una colección nacional y autonómicas y provinciales de materiales de todo tipo.

• Redacción y publicación de la bibliografía nacional y las autonómicas.

• .Control estadístico de la producción editorial.

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DEPÓSITO LEGAL II• Precedente: Real Cédula de 1.716 por la que la Real

Librería de Madrid gozaba del privilegio de recibir un ejemplar de cualquier libro o papel impreso.

• Orden de 1971 sobre Instituto Bibliográfico Hispánico y Reglamento del Depósito Legal. Regula lo que debe ser entregado como DL y lo que no.

• 1.982: Orden de 15 de octubre por el que se regula el destino de los libros entregados en el Depósito Legal de Libros de la Comunidad Valenciana.

• 1.984: Orden de 15 de noviembre de 1.984 • Opor la que se amplía en materia de producciones

audiovisuales, lo establecido en la Orden de 15 de octubre de 1.982 referente al Depósito Legal.

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DEPÓSITO LEGAL III• Art. 1: “Terminada la obra, antes de procederse a su

distribución o venta, el solicitante deberá constituir el depósito de cinco ejemplares de obras sujetas al ISBN [3 Biblioteca Nacional; 1 BPE de la provincia, 1 Biblioteca Valenciana]; 4 ejemplares, si se trata del resto de las obras impresas [2 Biblioteca Nacional; 1 BPE de cada provincia, 1 Biblioteca Valenciana]; 3 ejemplares en producciones sonoras; 2 ejemplares en guiones cinematográficos y 1 ejemplar de obra impresa en sistema Braille [Biblioteca Nacional]”.

• Art. 1: “Cuando se trate de producciones audiovisuales en soporte magnético...el depósito de 3 ejemplares de la misma [1 Dirección General de Cinematografía de Madrid, 1 BP Provincial correspondiente y 1 Biblioteca Valenciana].

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ESTADÍSTICAS BIBLIOTECAS PÚBLICAS ESPAÑOLAS• Fuentes: Bibliotecas Públicas Españolas: anuario estadístico 2002.

Madrid: Ministerio, 2004.

http://www.mcu.es/bibliotecas/index.jsp

Todos los datos referidos a 31 de diciembre de 2002 y exceptuando Cantabria.

. Nº de puntos de servicio fijo: 4.369 (3.660 unidades administrativas).

. Nª de puntos de servicio móviles: 71.

. 99’1% titularidad pública y 0’9% privada.

. Bibliotecas según fondos:

- 10%: - de 2.000 documentos.

- 23%: entre 2.001 y 5.000.

- 26%: entre 5.001 y 10.000.

- 21%: entre 10.001 y 20.000.

- 7%: entre 20.001 y 50.000.

- 2%: Más de 50.000 documentos

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ESTADÍSTICAS BIBLIOTECAS PÚBLICAS ESPAÑOLAS II

• Bibliotecas según superficie:

- 42%: NS/NC.

- 25%: Memos de 100 m.2.

- 18%: entre 100 y 249 m2.

- 6%: entre 250 y 499 m2.

- 3%: entre 500 y 999 m2.

- 2%: más de 1.000 m2.• Municipios según servicio bibliotecario:

- 3.358 municipios con puntos de servicio fijo.

- 1.806 municipios atendidos por bibliobuses.

- 3.076 municipios sin servicio fijo o móvil. 39% de los municipios.

- Nº de habitantes con puntos de servicio fijo o móviles: 39.841.927 (96%)

- Nº de habitantes sin puntos de servicio fijo o móviles: 1.453.692 (4%).

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ESTADÍSTICAS BIBLIOTECAS PÚBLICAS ESPAÑOLAS III• Indicadores:

- 1.18 documentos/habitante. 48.890.970 documentos.

- 0’9 préstamos / habitante. 37.217.891 préstamos.

- 1’5 visitas/habitante. 62.960.151 visitas.

• Horario

- 10% abre menos de 10 horas.

- 36% entre 10 y 20 horas.

- 34% entre 21 y 40 horas.

- 9% más de 40 horas.• Actividades culturales

- 2.997 bibliotecas han realizado 83.205 actividades.• Informatización

- 44% de bibliotecas informatizadas.

- 340 bibliotecas con página web (8%) y 990 con OPAC web (23%).

- 36% de bibliotecas con servicio público de internet.


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