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Page 1: Manual del brigadier

POLICÍA NACIONAL DEL ECUADORPOLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR

DIRECCIÓN NACIONAL DE TRÁNSITO Y DIRECCIÓN NACIONAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRESTRANSPORTE TERRESTRES

DEPARTAMENTO DE EDUCACION VIALDEPARTAMENTO DE EDUCACION VIAL

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PAREPAREPARE

101

POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR

DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DEL TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL

DEPARTAMENTO DE EDUCACION

VIAL

“MANUAL BÁSICO DEL ESTUDIANTE BRIGADISTA”

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• La principal preocupación de los hombres a través de todos los tiempos ha sido buscar el equilibrio social, basada en la seguridad de las personas. Las armas utilizadas para alcanzar esta permanente aspiración, fueron la expedición de Leyes y Reglamentos que equilibren este proceso y la conformación de un organismo que posibilite su cumplimiento. Así nace la Policía, desempeñando un rol fundamental dentro de la estructura socio – económica del país, circunscritas al orden y seguridad ciudadanas, constituyéndose además en un instrumento indispensable que posibilite la necesaria coordinación en la evolución de las sociedades.

Los pueblos confían la tranquilidad, el orden, la paz, el bienestar, la seguridad a su Policía y para garantizar esta confianza tiene que tornarse en un elemento previsor para cumplir con su misión de mantener el orden público y la seguridad social. La Policía es en definitiva la senda exclusiva para salvaguardar la vida y propiedad de los ciudadanos, mantener la paz civil, generando tranquilidad pública y auspiciando las buenas costumbres.

LA POLICÍA NACIONAL

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PRESENTACION• Sensibilizados por el complejo mundo de la Seguridad Vial y ante el alto índice de

accidentes de tránsito que se registran en nuestro país, y que día a día alteran el bienestar y la tranquilidad de sus habitantes, porque nos expone a cada uno de nosotros, a nuestras familias y a nuestros hijos a riesgos que podrían evitarse. Me permito poner a consideración de los estudiantes brigadistas e instructores en general el presente manual intitulado “MANUAL BASICO DEL ESTUDIANTE BRIGADISTA”, con el objeto de que puedan utilizarlo en el conocimiento y aprendizaje de la materia de seguridad vial, para contribuir al mejoramiento de su Seguridad en el Tránsito y por ende a la Calidad de Vida de nuestras familias y la comunidad en general.

• Cada uno de los capítulos desarrollados en este manual abarca temas de manera concreta y resumida, limitándose en cada caso a la información más relevante, convirtiéndose en un instrumento imprescindible para la formación de los estudiantes brigadistas.

• Esperamos que este manual se convierta en un instrumento de consulta y en una herramienta de trabajo que le permitan alternativas y le ofrezcan soluciones concretas dirigidas a reducir las tasas de accidentes de tránsito en su comunidad y a mejorar nuestra calidad de vida, con el propósito de cristalizar una sociedad sin accidentes de tránsito

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BRIGADAS ESTUDIANTILES DE SEGURIDAD VIAL Concepto: Son grupos de jóvenes estudiantes del tercer año de bachillerato, pertenecientes a los diferentes establecimientos educativos, quienes se educan sobre leyes y normativas de tránsito, para convertirse luego en entes multiplicadores de la seguridad vial.

ORGANIZACIÓN DE LAS BRIGADAS ESTUDIANTILES

DEPARTAMENTO DE EDUCACION VIAL

ESTUDIANTES BRIGADISTAS

DEPARTAMENTO DE EDUCACION AMBIENTAL Y VIAL

DIRECCION NACIONAL DE CONTROL DEL TRANSITO Y

SEGURIDAD VIAL

AUTORIDADES DEL PLANTEL

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

POLICIA NACIONAL DEL

ECUADOR

UNIDAD EJECUTORA UNIDAD COORDINADORAESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS

CAMPO DE ACCION DE EDUCACION VIAL

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Deberes de las Brigadas Estudiantiles Acatar las disposiciones emanadas de la Unidad EjecutoraAsistir puntualmente a todos los eventos coordinados por la Unidad Ejecutora.Participar activamente en el proceso de formación y capacitación Desarrollar las actividades programadas por la Policía Nacional.Difundir la importancia de Educación Vial en el ámbito social comunitario.Compartir con la comunidad los conocimientos adquiridos, a través de charlas y conferencias sobre normas de seguridad vial.Preparar en sus respectivos colegios casas abiertas, foros, seminarios y exposiciones sobre seguridad vial.Promocionar en los establecimientos educativos la participación estudiantil como brigadistas de Educación Vial.

EDUCACIÓN PARA LA SEGURIDAD EN EL TRÁNSITO •El Sistema Vial: Es el conjunto de elementos o factores: humano, material, económico y legal que se relacionan entre si para organizar la circulación vehicular y peatonal.•Tránsito: Es el movimiento ordenado de personas, animales y vehículos que circulan por las diferentes vías terrestres públicas o privadas, sujetos a leyes y reglamentos sobre la materia.

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Elemento Humano: Es considerado el más importante dentro del sistema vial y a la vez el más frágil porque tienden a sufrir daños físicos irreversibles o irreparables al suscitarse un accidente de tránsito. El elemento humano dentro del sistema vial, indistintamente se convierte en peatón, pasajero o conductor.

Peatón: Es la persona que transita a pie por las vías, calles, caminos, carreteras, aceras y, las personas con capacidades especiales que transitan igualmente en vehículos especiales manejados por ellos o por terceros.

DEBERES DEL PEATÓN.-

Utilizar las calles y aceras para la práctica de actividades que no atenten contra su seguridad, la de terceros o bienes;Cruzar las calles por los cruces cebra y pasos elevados o deprimidos;Cuando no existan aceras junto a la calzada, circular al margen de los lugares marcados, Embarcarse o desembarcarse de un vehículo sin invadir la calle.Procurar en todo momento su propia seguridad y la de los demás; Ceder el paso, despejar la calzada y permanecer en los refugios o zonas peatonales en el momento en que vehículos de bomberos, ambulancias, policiales y oficiales que se encuentren en servicio hagan uso de sus señales audibles y luminosas;

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Prohibiciones: Solicitar transporte o pedir ayuda a los automovilistas en lugares inapropiados o prohibidos;Caminar sobre la calzada de las calles abiertas al tránsito vehicular;Cruzar la calle por detrás de los vehículos automotores que se hayan detenido momentáneamente;Cruzar la calle en forma diagonal, así como intempestiva o temerariamente;Transitar por las vías públicas en las que la infraestructura ponga en riesgo su seguridad, como son: túneles, pasos a desnivel exclusivos para automotores, así como vías, viaductos y puentes férreos. •Pasajero.- Es toda persona que usa el transporte publico o privado para trasladarse de un lugar a otro sin que sea el conductor. Deberes del pasajero: Exigir la utilización de las paradas autorizadas para el embarque o desembarque de pasajeros, y solicitarla con la anticipación debida;En el transporte público urbano ceder el asiento a las personas con capacidades especiales, movilidad reducida y grupos vulnerables;Dar aviso a un agente de tránsito o de la Policía Nacional, en caso de sospechar si el conductor se encuentra en estado de embriaguez.

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Prohibiciones:

Utilizar el servicio de transporte público cuando su conductor se encuentre con signos de ebriedad, influencia de estupefacientes o psicotrópicos;Ejecutar a bordo de la unidad, actos que atenten contra la tranquilidad, comodidad, seguridad o integridad de los usuarios o que contravengan disposiciones legales o reglamentarias;Ejecutar o hacer ejecutar actos contra el buen estado de las unidades de transporte y el mobiliario público;Fumar en las unidades de transporte público; Arrojar desechos que contamine el ambiente, desde el interior del vehículo; y,Ingresar a la unidad de servicio de transporte público cuando se haya hecho la advertencia de que este está completo;Ocupar los estribos o pisaderas del transporte público para viajar;Distraer al conductor durante la marcha del vehículo;

Conductor: Es la persona legalmente facultada para conducir un vehículo automotor, y quien guía, dirige o maniobra un vehículo remolcado.

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Deberes del Conductor: En todo momento los conductores son responsables de su seguridad, de la seguridad de los pasajeros y la del resto de usuarios viales.Guiarán sus vehículos con la mayor precaución y prudencia posible, respetando las órdenes y señales manuales del agente de tránsito y en general toda señalización colocada en la vía pública.Circularán siempre por su derecha salvo los casos de excepción señalados en el Reglamento o cuando los agentes de tránsito así lo indiquen.Ante la presencia de peatones sobre las vías, disminuirán la velocidad. Los conductores que deseen salir de una vía principal, deberán ubicarse con anticipación en el carril correspondiente. Tomarán las medidas de seguridad necesarias para evitar que los ocupantes o acompañantes sobre todo los menores de edad o infantes viajen de pie en el interior del vehículo, que saquen por las ventanillas las extremidades de su cuerpo, y por ningún motivo abran las puertas del mismo cuando se encuentre en movimiento.Cuando el semáforo permita el desplazamiento de vehículos en una vía, pero en ese momento no haya espacio libre en la cuadra siguiente para que los vehículos avancen, queda prohibido continuar la marcha cuando al hacerlo obstruya la circulación vehicular en la intersección. Esta regla se aplicará también cuando la vía carezca de semáforos.

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Prohibiciones: Abastecer de combustible a los vehículos que conducen cuando el motor se

encuentre encendido. Efectuar maniobras o depositar en la vía pública materiales de construcción u

objetos que impidan o dificulten la circulación de vehículos y peatones, salvo cuando la autoridad competente lo haya autorizado.

Transportar en los asientos delanteros a menores de 12 años de edad o que por su estatura no puedan ser sujetados por el cinturón de seguridad, estos deberán viajar en los asientos posteriores del mismo tomando todas las medidas de seguridad reglamentariamente establecidas.

Los conductores de vehículos equipados con bandas de oruga metálica, ruedas o llantas metálicas u otros mecanismos que puedan dañar la superficie de la calzada, no podrán circular con dichos vehículos sobre vías públicas pavimentadas, y tendrán que ser transportados por equipo especial, o contar con un permiso especial otorgado por la autoridad de tránsito respectiva. La desobediencia a esta disposición obligará al infractor al pago de los daños causados.

Utilizar la marcha hacia atrás, salvo para: estacionamientos, incorporación a la circulación o para facilitar la libre circulación.

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Agente de Tránsito: Miembro de la Policía Nacional perteneciente a la Dirección Nacional de Control del Tránsito y Seguridad Vial o Agente de tránsito del Cuerpo de Vigilancia de la Comisión de Tránsito del Guayas, encargados del control del tránsito, del transporte terrestre y la seguridad vial en sus jurisdicciones.

Elemento Material: Está conformado por todos los recursos materiales que convergen para un mejor desarrollo de la circulación en óptimas condiciones de seguridad y están constituidos por: vías, vehículos y señales de tránsito.

VÍAS: Es el elemento acondicionado que sirve para la circulación de peatones, vehículos y animales: calles, avenidas, carreteras. Las vías en general se clasifican en: vías urbanas y vías rurales.Vías Urbanas: Son aquellas que se encuentran dentro del perímetro urbano y que toman el nombre de calles y avenidas.

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Vías Rurales: Son aquellas que se encuentran fuera del perímetro urbano, y por su estructura se las denomina como carreteras, caminos locales o vecinales.

VIA RURAL

Vehículos: se considera al medio que sirve para transportar personas o bienes de un lugar a otro sobre las vías terrestres.

Clasificación:

Vehículos de tracción mecánicaVehículos de tracción humanaVehículos de tracción animal

Vehículos de tracción mecánica.- Su movimiento es producido por un motor o mecanismo autónomo de combustión interna, eléctrico o cualquiera otra fuente de energía.

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Equipo caminero y maquinaria agrícola:

Vehículos de tracción humana.- Su movimiento es producido por la fuerza motriz del hombre.

Vehículos de tracción animal: Su movimiento es producido por la acción de uno o más semovientes, destinados generalmente al transporte de carga.

Los vehículos de tracción humana y tracción animal, para circular por las carreteras del país, deberán sujetarse a las leyes y normativas de tránsito vigentes.

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• Señales De Transito: Son todos los aparatos, dispositivos mecánicos y electrónicos, figuras, símbolos, placas, luces y signos convencionales que son utilizados para guiar, dirigir, prevenir, regular y controlar la circulación vehicular y peatonal.

CLASIFICACIÓN:

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• Señales Luminosas: Son percibidas por el sentido de la vista pudiendo citar dentro de esta clasificación: semáforo, direccionales de los vehículos, triángulos de seguridad, chalecos reflectivos, vallas de seguridad etc.

Luz Roja: Los vehículos deben detenerse antes de la línea de detención demarcada o imaginaria, previa a la senda destinada al tránsito de peatones, y no deberá avanzar hasta que aparezca la luz verde.

Luz Verde: Libre paso para los vehículos y peatones éstos últimos tienen preferencia en el cruce. Los vehículos pueden virar a menos que una señal de tránsito lo prohíba.

Luz Amarilla: Prevención o advertencia, anticipa el cambio a luz roja. Los vehículos deben detenerse antes de llegar a la línea de parada. Si la luz amarilla le sorprende continúe con precaución.

Luz Roja Y Flecha Verde.- Los vehículos podrán entrar cuidadosamente al cruce, pero sólo para continuar en la dirección indicada por la flecha, y deberán respetar a los peatones que estén cruzando, así como a los demás vehículos que estén circulando reglamentariamente

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Luz Verde Y Flecha Roja: La flecha se puede encontrar apuntando a la izquierda o a la derecha, en ambos casos indica que usted no puede doblar en ese sentido, aun si esta activa la luz verde en ese momento.

Luz Intermitente Roja: Los conductores obligatoriamente debe detener la marcha de su vehículo y ceder el paso a los vehículos y peatones que están circulando reglamentariamente.

Luz Intermitente Amarilla: Los conductores deben reducir la velocidad, parar si es necesario y ceder el paso a los vehículos y peatones que están circulando reglamentariamente.

Semáforos Peatonales:Silueta Roja.- Una luz roja fija en forma de peatón inmóvil, indica que los peatones no deben cruzar la calzada

Silueta Verde.- Una luz fija en forma de peatón en marcha, indica que los peatones pueden comenzar a cruzar la calzada. Si es intermitente el tiempo para cruzar está a punto de finalizar y se encenderá la luz roja.

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Señales Acústicas: Se perciben por medio del sentido auditivo a través de sonidos: bocina o claxon del vehículo, silbato del policía, sirena de vehículos de emergencia.

Señales Manuales Del Policía: Son los movimientos sincronizados de brazos y manos, que le permiten dirigir y ordenar el tránsito vehicular y peatonal.

Señales Corporales Del Policía: La parte anterior y posterior del cuerpo del policía significan el color rojo del semáforo. Por lo tanto los Peatones y vehículos tienen la obligación de parar.La parte lateral del cuerpo del policía significa luz verde del semáforo.

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Señales Manuales Del Conductor:

IZQUIERDA DERECHA ESTACIONARSE

Señales Verticales: Reciben esta denominación por que se encuentran a lo largo de las vías, carreteras y caminos y, de una u otra manera permiten al usuario del sistema vial llegar a su destino sin problemas.Las señales camineras se subdividen en: reglamentarias, preventivas e informativas. Señales Reglamentarias: Notifican a los usuarios de la vía, prohibiciones, restricciones, obligaciones y autorizaciones. Algunas pueden contener leyendas que limiten su vigencia a horarios, tipos de vehículos, etc. Su trasgresión constituye contravención de tercera clase.

CEDAEL PASO

CEDAEL PASO

CEDAEL PASO

CEDAEL PASO EE

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Señales Preventivas: Llamadas También de Advertencia de Peligro. Tienen por objeto advertir al usuario de la vía, la existencia de una condición peligrosa y su naturaleza.

300 MtS300 MtS300 MtS200 Mts200 Mts CUANDO LLUEVECUANDO LLUEVE

Señales Informativas: Tienen por objeto orientar y guiar a los usuarios de las vías proporcionando información específica para llegar a su destino de la manera más simple y directa posible.Señales Informativas De Servicio: (fondo azul-simbología blanca)

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Señales Informativas De Turismo: (fondo café-simbología blanca)

Señales Informativas De Dirección: (fondo verde-simbología blanca)

INFORMATIVAS DE DIRECCION Y GUINFORMATIVAS DE DIRECCION Y GUÍÍAA

Horizontales: Son aquellas que se encuentran pintadas sobre el pavimento de la calzada. Se dividen en longitudinales y transversales.

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Longitudinales.- Son las marcas pintadas de manera longitudinal en las vías, carreteras y caminos.Línea Continua: Restringe la circulación de tal manera que ningún vehículo puede cruzar esta línea, o circular sobre ella.

Línea Cortada. Segmentada o Discontinua: Son directrices y tienen por objeto guiar y facilitar la libre circulación en las diferentes vías.

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Doble Línea: Es totalmente prohibida las maniobras de adelantamiento por cualquiera de los carriles que se transite. Se demarcan en las curvas y en las vías de alto flujo vehicular.

Línea discontinua mixta: Puede realizar maniobras de adelantamiento cuando tiene la línea discontinua a la izquierda del conductor.

Línea continua mixta: No puede realizar maniobras de adelantamiento cuando tiene la línea continua a la izquierda del conductor.

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Hilera de Estoperoles: Longitudinalmente deberán ser considerados como una línea continua. Colocados transversalmente es un reductor de velocidad.

TRANSVERSALES:Paso de seguridad peatonal.- Esta demarcación se empleará para indicar la trayectoria que deben seguir los peatones al cruzar una calzada.

Línea de Parada.- Esta demarcación se usa para delimitar el sitio de parada de los vehículos.

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Flechas Direccionadas.- Indican que en la próxima intersección los vehículos que van por ese carril, deben curvar en la dirección indicada.

Líneas de Borde.- Esta línea indica el límite de la calzada, especialmente en las vías rurales y sirven para orientar al conductor en la noche o cuando hay escasa visibilidad. ELEMENT0 ECONOMICO Es uno de los elementos primordiales e indispensables que intervienen en la actividad de tránsito, considerándose todas las inversiones económicas destinadas para: Costos, daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsitoCostos por especies valoradas, juzgados y trámites en generalCostos por diseño, señalización y mantenimientos de vías etc.

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Elemento Legal: Es el conjunto de leyes, reglamentos y normas de tránsito vigentes, que toda persona debe conocer y respetar, garantizando de esta manera, la integridad física de los usuarios del sistema vial. LEY ORGANICA DE TRANSPORTE TERRESTRES, TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL:

( Registro Oficial Nro.- 398 de Agosto 07 de 2008 )

Objetivos de la Ley: •Art. 1.- la organización, planificación, fomento, regulación, modernización y el control del: Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, Protección de las personas y bienes que se trasladan de un lugar a otro por la red vial

•Art. 4.- Es obligación del estado garantizar el derecho de la personas a ser educadas y capacitadas en materia de transito y seguridad vial. Para el efecto se establecen entre otras medidas, la enseñanza obligatoria en todos los establecimientos de educación públicos y privados del país en todos sus niveles, de temas relacionados con la prevención y seguridad vial; así como los principios, disposiciones y normas fundamentales que regulan el tránsito, su señalización, el uso de las vías públicas, de los medios de transporte terrestre, de conformidad con los programas de estudios elaborados conjuntamente por la Comisión Nacional del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y el Ministerio de Educación.

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DE LOS ORGANISMOS DE TRANSITO •Art. 13.- Son órganos del transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, los siguientes: a) El Ministerio del sector;b) La Comisión Nacional de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y sus órganos desconcentrados; y,c) La Dirección Nacional de Control del Tránsito y Seguridad Vial y sus órganos desconcentrados.

•Art. 39.- Son deberes y atribuciones de la Dirección Nacional de Control del Tránsito y Seguridad Vial, a más de los establecidos por la Comisión Nacional, los siguientes:a) Cumplir y hacer cumplir esta Ley, sus reglamentos. b) Ejecutar las regulaciones de la Comisión Nacional; de conformidad con lo establecido en el Reglamento a esta Ley;c) Planificar y ejecutar las actividades de control del tránsito y seguridad vial. d) Acatar las disposiciones que provengan del Ministerio del sector y de la Comisión Nacional del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

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DE LAS LICENCIAS PARA CONDUCIR VEHICULOS A MOTOR Art. 90.-  Para  conducir  vehículos  a  motor,  incluida  la  maquinaria  agrícola,  se requiere ser mayor de edad, estar en pleno goce de los derechos de ciudadanía y haber obtenido el título de conductor profesional o el certificado de conductor no profesional y la respectiva licencia de conducir. No  obstante,  mediante  permisos,  se  podrá  autorizar  la  conducción  de  vehículos motorizados a  los menores adultos, mayores a dieciséis años, si  la persona que lo  represente  legalmente  lo  solicita  por  escrito  y  presenta  una garantía  bancaria por  un  valor  igual  a  veinticinco  (25)  remuneraciones  básicas  unificadas  del trabajador  en  general,  que  garantice  el  pago  de  daños  a  terceros  y  la presentación  del  menor  ante  el  Juzgado  de  la  Niñez  y  Adolescencia  para  su juzgamiento  en  caso  de  infracciones  de  tránsito.  El  permiso  lo  concederán  las Comisiones Provinciales de conformidad con el Reglamento. Art. 92.- La  licencia,  constituye  el  título  habilitante  para  conducir  vehículos  a motor,  o  maquinaria  agrícola,  el  documento  lo  entregará  las  Comisiones Provinciales  de  Tránsito  y  su  capacitación  y  formación,  estará  a  cargo  de  las escuelas  de  conducción  autorizadas  en  el  país,  y  en  el  caso  de  maquinaria agrícola del SECAP.

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Art. 94.- Obligatoriamente  se  establece  la  rendición  de  pruebas:  teórica, psicosensométrica  y  exámenes  médicos,  para  todos  los  conductores  que  van obtener  por  primera  vez  su  licencia,  renovarla  y/o  ascender  de  categoría,  así como  para  los  infractores  que  aspiren  rehabilitarse.  En  el  caso  de  adultos mayores de 65 años de edad y personas con capacidades especiales, se estará a lo previsto en el Reglamento a esta Ley.Art. 97.- Se instituye el sistema de puntaje aplicado a las licencias de conducir, para los casos de comisión de infracciones de tránsito, de conformidad con esta Ley y el Reglamento respectivo.Las licencias de conducir serán otorgadas con 30 puntos para su plazo regular de vigencia  de  5  años,  y  se  utilizará  un  sistema  de  reducción  de  puntos  por  cada infracción cometida, según la siguiente tabla:

INFRACCIONES PUNTOS Contravenciones leves de primera clase 1,5Contravenciones leves de segunda clase   3Contravenciones leves de tercera clase  4,5Contravenciones graves de primera clase              6    Contravenciones graves de segunda clase       7,5Contravenciones graves de tercera clase          9Contravención muy grave        10Delitos  11 - 30

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LICENCIAS NO PROFESIONALES:

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LICENCIAS PROFESIONALES

LICENCIAS ESPECIALES

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Recuerde: •La licencia constituye el titulo habilitante para conducir vehículos a motor.•El titular de la licencia deberá someterse cada cinco años a un examen.•Las Licencias entregaran las Comisiones Provinciales de Tránsito.•No se otorgará licencias de conducción si el aspirante no presenta el título de conductor debidamente legalizado. •El titular de una licencia deberá someterse cada cinco años a un examen para justificar su idoneidad física y psíquica.•El conductor mayor de sesenta y cinco años, pasará por este examen cada dos años y se lo practicará en forma gratuita.•Cualquier conductor de vehículos automotores podrá cambiar la categoría de su licencia cumpliendo con los requisitos que señale la Ley y los reglamentos.•Ninguna persona podrá conducir vehículos a motor dentro del territorio nacional sin poseer la licencia correspondiente. •Los conductores de vehículos motorizados están obligados a portar su licencia, permiso o documento equivalente. •Las licencias de conducir tendrán cinco años de vigencia, a partir de la fecha de su expedición, al cabo de lo cual deberán ser renovados.Art. 98.LOTT.- Los puntos perdidos pueden ser restituidos a partir de la mitad del tiempo de vigencia de la licencia. La recuperación de los puntos será por un máximo del 50% de los puntos perdidos.

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DE LAS INFRACCIONES DE TRANSITO Art. 106.- infracciones de tránsito las acciones u omisiones que, pudiendo y debiendo ser previstas pero no queridas por el causante, se verifican por:Negligencia : Conductor que realiza acciones prohibidasImprudencia: Conductor que afronta riesgosImpericia : la falta de práctica, inexperiencia Inobservancia de la Ley: la falta de capacitación, el desconocimiento o simplemente la omisión en el cumplimiento de la Ley.

Art. 107.- Las infracciones de tránsito se dividen en delitos y contravenciones

Dpto. Educación Vial DNCT

INFRACCIONES

Muerte de una o mas personas

DELITOSDELITOS

89ROSADO6 Dólares

3ra. Clase

88CELESTE4 Dólares

2da. Clase

AMARILLA

BOLETA

1392

Dólares

ART.PUNTOSPUNTOSMULTATIPO

Leve de Leve de 1ra Clase1ra Clase

ARTARTREINCI.REINCI.MULTAMULTATIPOTIPO

CONTRAVENCIONESCONTRAVENCIONES

LesionesLesiones con incapacidad fcon incapacidad fíísica quesica queexcedan de 15 y menos de 30 dexcedan de 15 y menos de 30 dííasas

DaDañños materiales que no excedan deos materiales que no excedan de6 RBU. 6 RBU.

89ROSADODólares

6 Dólares

88CELESTE4 Dólares

2da. Clase

AMARILLA 872 Dólares

1ra. Clase

Leve de Leve de 2da Clase2da Clase

Leve de Leve de 3ra Clase3ra Clase

5% RBU

10% RBU

15% RBU

Grave de Grave de 1ra Clase1ra Clase

Grave de Grave de 2ra Clase2ra Clase

Grave de Grave de 3ra Clase3ra Clase

Muy Muy Grave

30% RBU

40% RBU

50% RBU

1 RBU

140

142

143

141

144

145

1,5

3

4,5

6

7,5

9

10

Perdida de 11 a 30 puntosPerdida de 11 a 30 puntos

10% RBU

20% RBU

60% RBU

80% RBU

30% RBU

2 RBU

100% RBU

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DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE LAS INFRACCIONES Art. 119.- Sin perjuicio de las contempladas en el Código Penal, para efectos de esta Ley, las circunstancias de las infracciones de tránsito son: atenuantes y agravantes.

CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES

CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES

• El auxilio y la ayuda inmediata a las víctimas del accidente.

• La oportuna y oportuna reparación de daños y perjuicios causados.

• Dar aviso a la autoridad • Haber observado respeto para

las autoridades y agentes de tránsito.

• Cometer la infracción en estado de embriaguez.

• Abandonar a las víctimas de los accidentes.

• Evadir la acción de la justicia por fuga u ocultamiento.

• Borrar, alterar u ocultar huellas o vestigios dejados por la infracción.

• Estar prófugo por un delito anterior.

• Conducir sin licencia o de categoría inferior.

• No tener el SOAT• No asistir a las audiencias.

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DE LOS DELITOS DE TRANSITO •Art. 126.- Quien conduciendo un vehículo a motor en estado de embriaguez, o bajo los efectos de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, ocasionare un accidente de tránsito del que resultaren muertas una o más personas será sancionado con:

•Reclusión mayor ordinaria de 8 a 12 años. •Revocatoria definitiva de la licencia para conducir. •Multa de 30 Remuneraciones básicas unificadas

•Art. 127.- Quien ocasione un accidente de tránsito del que resulte la muerte de una o más personas, y en el que se verifique cualquiera de las siguientes circunstancias:a) Negligencia;b) Impericia;c) Imprudencia;d) Exceso de velocidad;e) Conocimiento de las malas condiciones mecánicas del vehículo;f) Inobservancia de la presente Ley y su Reglamento, regulaciones técnicas u órdenes legítimas de las autoridades o agentes de tránsito.

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• Será sancionado con:• Prisión ordinaria de 3 a   5 años. • Suspensión de la licencia por igual tiempo.• Multa de 20 remuneraciones básicas unificadas

CAMIN

• Art. 129.- Quien ocasione un accidente de tránsito del que resulte la muerte de una o más personas, y en el que se verifique que la circunstancia del accidente se  debió  a  cansancio,  sueño  o  malas  condiciones  físicas  del  conductor,  con sujeción a los parámetros específicos establecidos en el Reglamento a esta Ley.

• Será sancionado con:• • Prisión de 1 a 3 años.• Suspensión de la licencia por igual tiempo.• Multa de 15 remuneraciones básicas unificadas.• La misma multa se impondrá al empleador que hubiere exigido o permitido al

conductor trabajar en dichas condiciones.

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DELITO CAUSAS SANCION

Muerte de una o más personas Art. 126

Estado de Embriaguez 12 años de reclusión mayor ordinaria.

Revocatoria definitiva de la licencia.

Multa de 30 RBU

Muerte de una o más personas Art.127

Negligencia, imprudencia, Impericia , Exceso de velocidad, vehículos en malas condiciones e inobservancia de la presente Ley

3-5 años de prisión. Suspensión de la licencia por

igual tiempo. Multa de 20 RBU

Muerte de una o más personas o con lesiones graves Art. 128

Contratista que por falta de previsión en ejecución de una obra en la vía publica

5 años de prisión. Multa de 20 RBU Resarcimiento económico

Muerte de una o más personas Art. 129

Cansancio, sueño, malas condiciones físicas del conductor

3 años de prisión. Suspensión de la licencia por

igual tiempo. Multa de 15 RBU.

Muerte de una o más personas o lesiones graves Art. 78

Negligencia en la ejecución de obras en la vía pública.

1-3 años de prisión ordinaria. Multa de 32-160 dólares. Resarcimiento económico por

las pérdidas ocasionadas.

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• Art. 104 RT. - Placas De Identificación Vehicular

PLACAS : PLACAS : COLORES DE FONDOCOLORES DE FONDO

S. PARTICULARS. PARTICULAR M O T O SM O T O S

FUNCION LEGISLATIVA

FUNCION JURISDICCIONAL

CONTRALORIA –

PROCURADORIA

SUPER- DE BANCOS

SUPER- COMPAÑIAS

MINISTERIOS- CONADE

T.S.E Y T.P.ELECTORAL

ALQUILER

DIPLOMATICOSCONSULARES A .TECNICAO. INTERNACIONALES

C. PROVINCIALESMUNICIPIOS

VEHICULOS INTERNACION

TEMPORAL

• Art. 170.RG.- Las placas de identificación vehicular en ningún caso podrán ser cambiadas, alteradas, ni repintadas, ni estar ocultas por objetos, distintivos, leyendas, rótulos, dobleces, modificaciones, marcos o por cualquier material que impidan su visibilidad o alteren su leyenda original.

DE LAS CONTRAVENCIONES DE TRANSITO Art. 138.- Las contravenciones de tránsito, son leves, graves y muy grave, y se

clasifican a su vez en leves de primera, segunda y tercera clase, y graves de primera, segunda y tercera clase.

Page 39: Manual del brigadier

Contravenciones leves de primera clase                                                                                                                                                                 Art. 139.-    Incurren  en  contravención  leve  de  primera  clase  y  serán sancionados  con  multa  equivalente  al  cinco por ciento de la remuneración básica unificada  del  trabajador  en  general  y  reducción de 1,5 puntos  en  su licencia de conducir: 

CONTRAVENCIONES LEVES DE PRIMERA CLASE ART 139

a) use inadecuada y reiteradamente la bocina u otros dispositivos sonoros

b) no llevar las placas del vehículo de conformidad al reglamento.

C.- El conductor de transporte masivo que circule sin los distintivos reglamentarios.

¡B i i i i i i i i i

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TAXITAXI

ECUADORPHV – O59

Page 40: Manual del brigadier

d.- Personas discapacitadas que conduzcan un vehículo sin el distintivo correspondiente.

e.- DEROGADO

f.- El conductor de un vehículo que circule con personas en los estribos, parachoques o colgadas

en la carrocería.

g.- El conductor de servicio público que no presente la lista de pasajeros.

h.- No mantener la distancia prudente de seguimiento.

i.- Llevar animales domésticos en los asientos delanteros.

Page 41: Manual del brigadier

j.- No utilizar el cinturón de seguridad.

k.- El conductor de transporte público que no advierta los pasajeros de arrojar basura o no poner

a disposición basureros.

l.- No transitar por las aceras o sitios destinados para peatones.

m.- Arrojar a la vía pública desechos que contaminen el medio ambiente.

n.- Ejercer actividad comercial o de servicio sobre zonas peatonales o calzadas.

Page 42: Manual del brigadier

o.- Ciclistas y motociclistas que circulen por sitios que no esté permitida su circulación.

q.- Dueños o cuidadores de animales que los dejen vagar por las vías o los condujeren sin precaución.

r.- Los peatones que no dejen la vía libre al oír la sirena de vehículos de emergencia.

s.- Instalar neblineros en sitios prohibidos o sin autorización.

En los casos señalados en las contravenciones l), m), n), o), p), q), r) y s) a los conductores de motocicletas, ciclistas, y peatones en general, se los sancionará única y exclusivamente con la multa

pecuniaria establecida en el presente artículo.

Page 43: Manual del brigadier

Contravenciones leves de segunda clase

Art. 140.- Incurren en contravención leve de segunda clase y serán sancionados con multa equivalente al diez por ciento de la remuneración básica unificada del trabajador en general y reducción de 3 puntos en su licencia de conducir:

a.- Circular contraviniendo las normas de emanación de gases.

b.- No conducir por la derecha.

c.- Invadir vías exclusivas asignadas a buses o transporte rápido.

Page 44: Manual del brigadier

d.- No llevar botiquín de primeros auxilios y extintor de incendios.

e.- Estacionarse en sitios prohibidos.

f.- Obstaculizar el tránsito al quedarse sin gasolina.

g.- Vehículos que transporten niños sinel dispositivo de retención infantil

(sillas homologadas).

h.- No portar la licencia de conducir o que esté caducada.

Page 45: Manual del brigadier

i.- No detener el vehículo antes de una línea férrea, de buses de transporte rápido en vías exclusivas o

similares

j.- Instalar sin autorización sirenas o balizas (se procederá a retirarlas inmediatamente).

k.- No usar o colocar adecuadamente los triángulos de seguridad.

l.-Conducir un vehículo con películas polarizadas sin permiso.

m.- Utilizar el teléfono celular mientras se conduce y no haga uso del dispositivo de manos libres.

Page 46: Manual del brigadier

n.- Transporte público que incumpla las tarifas preferenciales (niños, estudiantes, tercera edad,

etc.).

o.- Dejar en el interior del vehículo a niños solos sin la compañía de un adulto.

p.- Conducir sin luces en la noche o no encender en sitios oscuros.

q.- El transportista público que maltrate de palabra u obra a los usuarios.

r.- Generar ruido excesivo con pitos, escapes u otros dispositivos.

Page 47: Manual del brigadier

s.- Realizar competencias deportivas en la vía pública.

t.- Las mecánicas, talleres, etc., que realicen sus actividades en la vía pública.

u.- Colocar equipos de videos o televisión en sitios que distraigan al conductor.

v.- El controlador o ayudante de transporte público que maltrate de palabra u obra a los usuarios.

En los casos señalados en las contravenciones s), t), u) y v) a los conductores de motocicletas, ciclistas, y peatones en general, se los sancionará única y exclusivamente con la multa pecuniaria establecida en el

presente artículo.

Page 48: Manual del brigadier

Contravenciones leves de tercera clase Art. 141.- Incurren en contravención leve de tercera clase y serán sancionados con multa equivalente al quince por ciento de la remuneración básica unificada del trabajador en general, veinte horas de trabajo comunitario y reducción de 4,5 puntos en su licencia de conducir:

a.- Apagar el motor del vehículo al descender una pendiente.

b.- Conducir un vehículo con la licencia suspendida temporal o definitivamente.

d.- No colocar banderines rojos o luces en la noche en los extremos sobresalientes de la carga.

e.- Vehículos a diesel cuyo tubo de escape no esté instalado de acuerdo al reglamento.

Page 49: Manual del brigadier

f.- Propietarios de vehículos que se niegan a prestar ayuda en caso de calamidad o emergencia.

g.- No dejar la vía libre ante el sonido de las sirenas de vehículos de emergencia..

h.- Dejar o recoger pasajeros o carga en sitios no permitidos.

i.- Estacionar o abandonar un vehículo sin tomar precauciones para evitar un accidente.

j.- El conductor de taxi que no utilice, exhiba o altere el taxímetro.

Page 50: Manual del brigadier

K.- No utilizar o exigir a los acompañantes o

usuarios el cinturón de seguridad.

l.- El conductor que haga cambio brusco o indebido

de carril.

m.- Buses de transporte público que carguen

combustible con los pasajeros en su interior.

n.- Llevar en brazos o en sitios inadecuados

personas, animales u objetos.

o.- Conducir el vehículo sin luces, en mal estado, no

hacer el cambio de las mismas o no poner

direccionales en las horas y distancias establecidas.

Page 51: Manual del brigadier

p.- Adelantar a un vehículo de transporte escolar

mientras se suben o bajan pasajeros.

q.- El transporte urbano que se detuviera para

dejar o subir pasajeros fuera de las paradas

reglamentarias.

r.- Conductor que transporte exceso de pasajeros o

carga

s.- Conducir vehículo oficial fuera de las horas de

oficina sin salvoconducto.

t.- Transportista público que se niegue a

transportar a ciclistas y sus bicicletas.

Page 52: Manual del brigadier

u.- El conductor que no respete el derecho

preferente de los ciclistas.

v.- Invadir las vías de uso exclusivo de ciclistas.

W.- Conductores de motos y acompañantes que no

utilicen el casco homologado.

x.- Transportar una persona adicional a la

capacidad de la motocicleta.

y) Quien altere la circulación y la seguridad

peatonal, por colocar obstáculos en la vía pública

sin la respectiva autorización o sin fijar los avisos

correspondientes.

Page 53: Manual del brigadier

CONTRAVENCIONES GRAVES DE PRIMERA CLASE Art. 142.- Incurren en contravención grave de primera clase y serán sancionados con multa del treinta por ciento (30%) de la remuneración básica unificada del trabajador en general y reducción de 6 puntos en el registro de su licencia de conducir:

a.- desobedecer las órdenes de los agentes de

tránsito o señalización como pare, ceda el paso,

límite de velocidad, cruce o preferencia de vías.

b.- adelantar a otro vehículo en zonas o sitios

peligrosos como curvas, puentes, túneles, al

coronar una cuesta o contraviniendo el reglamento.

c.- Conducir un vehículo sin poseer licencia, igual

contravención comete el dueño del vehículo.

d.- Colocar obstáculos en la vía pública sin

autorización o avisos correspondientes.

Page 54: Manual del brigadier

e.- Transporte Escolar que no porte elementos

distintivos o luces especiales de parqueo y no las

utilice de acuerdo al Reglamento.

f.- Conductor que transporte niños o adolescentes y

exceda los límites de velocidad.

g.- Conductor profesional que supere el número de

pasajeros permitido de acuerdo al Reglamento.

h.- Conductor particular que exceda el número de

pasajeros.

i.- El conductor que transporte carga o volumen

excediendo la capacidad del automotor.

Page 55: Manual del brigadier

j.- Faltar de obra a la autoridad o agente de

tránsito.

k.- Organizar competencias en la vía pública como

piques, contra reloj o cualquier otra modalidad.

l.- Transporte público que al rebasar o adelantar

ponga en peligro la integridad de los pasajeros o

transeúntes.

m.- Conductor que excediere los límites de

velocidad permitidos.

n.- Conducir un vehículo que no se encuentre en

condiciones técnico mecánicas adecuadas.

Page 56: Manual del brigadier

o.- Conductor profesional o no profesional que

preste servicio público sin autorización y fuera de la

jurisdicción autorizada.

p.- Conducir un vehículo con neumáticos que hayan

superado los límites de desgaste.

q.- Propietarios de vehículos de servicio público o

privado que confié su conducción a personas no

autorizadas.

Page 57: Manual del brigadier

Contravenciones Graves de segunda clase Art. 143.- Incurren en contravención grave de segunda clase y serán sancionados con multa del cuarenta por ciento (40%) de la remuneración básica unificada del trabajador en general y reducción de 7,5 puntos en el registro de su licencia de conducir:

a.- Detenerse o estacionarse en sitios peligrosos

como curvas, puentes, túneles, ingresos o salidas

de los mismos, cambios de rasantes, zonas

estrechas, etc.

b.- Quien al conducir un vehículo cauce daño o

deterioro a la vía pública.

c.- Derramar en la vía pública sustancias o

materiales deslizantes, inflamables o

contaminantes.

d.- Transportar materiales inflamables o explosivos

en vehículos no acondicionados o sin permiso.

Page 58: Manual del brigadier

e.- Construir reductores de velocidad sin

autorización.

f.- Quienes roturen o dañen las vías de circulación.

En los casos señalados en las contravenciones e) y f) a los conductores de motocicletas, ciclistas,

peatones y personas en general, se los sancionará única y exclusivamente con la multa pecuniaria

establecida en el presente artículo.

Page 59: Manual del brigadier

Contravenciones Graves de tercera clase Art. 144.- Incurren en contravención grave de tercera clase y serán sancionados con multa del cincuenta por ciento (50%) de la remuneración básica unificada del trabajador en general y reducción de 9 puntos en el registro de su licencia de conducir:

a.- Causar accidente de tránsito cuyo costo de

reparación no supere 2 reunumeraciones básicas

unificadas del trabajador en general.

b.- Conductor profesional o no profesional que

preste servicio de transporte público en vehículos

no autorizados.

c.- El Conductor profesional o no profesional que

preste servicio de transporte de bienes o personal

con un vehículo adulterado.

Page 60: Manual del brigadier

Contravención Muy Grave Art. 145.- Incurre en contravención muy grave y será sancionado con multa de una remuneración básica unificada del trabajador en general, tres días de prisión y pérdida de 10 puntos en su licencia de conducir, quien conduzca un vehículo bajo los efectos de sustancias estupefacientes, drogas o en estado de embriaguez, en cuyo caso además como medida preventiva se le aprehenderá su vehículo por 24 horas.

Art. 245.RG.- Para el efecto del cumplimiento de la Ley Orgánica de Transporte, y este Reglamento, se consideran como niveles máximos de alcohol permitidos: 0.3 gr/lt . de alcohol por litro de sangre o 0.3 mg/lt de alcohol en aire expirado para quién conduzca un vehículo automotor. Art. 146.- La reincidencia en la comisión de cualquiera de las contravenciones será sancionada con el doble del máximo de la multa establecida para la contravención.

Art. 147.- El juzgamiento de los delitos de tránsito, corresponde en forma privativa a los Jueces de Tránsito dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales, o a quienes hagan sus veces, y a las demás instancias determinadas en la Ley Orgánica de la Función Judicial.

Page 61: Manual del brigadier

 LA CONDUCCION DEFENSIVA:“Es el arte de preservar la vida”

CONCEPTO: “Manejar con prudencia para evitar accidentes de transito a pesar de las acciones incorrectas de otros conductores y de las situaciones ambientales cambiantes . El conductor defensivo deberá: •Estar en óptimas condiciones físicas y psicológicas.•Realizar chequeos regulares y periódicos a su vehículo.•Prever con anticipación las posibles acciones incorrectas de otros usuarios del sistema vial.•Ser sensible a las condiciones del entorno, extremando su atención, vigilancia y concentración en la conducción.•Adecuar su velocidad y distancia segura de seguimiento a las condiciones reinantes en el entorno vial y a sus propias capacidades.• Practicar la cortesía al volante.

Page 62: Manual del brigadier

PORQUE SE PRODUCEN LOS ACCIDENTES DE TRANSITO? Los accidentes de transito se producen por las acciones incorrectas o por las condiciones adversas o inseguras. Derivadas del medio ambiente como: condiciones climáticas, Ej.: lluvia, niebla, sol, viento que pueden determinar una disminución psico- física del conductor. ELEMENTOS DEL ACCIDENTE. •Factor Humano.- Conducir cansado, fatigado, o en malas condiciones físicas.•Factor Vehículo.- Falta de mantenimiento preventivo del automotor Ej.: revisión de neumáticos, combustible, líquido de frenos presión de aceite, líquido refrigerante, etc.•Factor Vías.- Inadecuado mantenimiento, falta de señalización, estreches de vías, condiciones irregulares, cambios de rasante. •Factor Ambiental.- Conducir con la presencia de la lluvia, neblina, vientos laterales, la noche, calzada resbaladiza, etc,•¿QUE ES EL MANEJO PERFECTO? : Significa terminan un viaje sin accidentes de tránsito esto es sin cometer infracciones, no abusar del vehiculo, ser cortés en la vía y no salir retrasado.

Page 63: Manual del brigadier

Actitudes del conductor defensivo: Un conductor defensivo debe poseer las siguientes actitudes: Conocimiento.- Conocer el vehículo, conocer las leyes y reglamentos de tránsito, y estar preparado para realizar maniobras en la conducción.Ej.: Cursos de mecánica básica y ley de tránsito. Previsión.- Estar alerta lo que pase a su alrededor, anticiparse a lo que pueda suceder. Ej.: Mantener un a distancia segura de seguimiento para evitar contratiempos.Juicio.- Tener sentido común hacer lo que debe hacer en el momento oportuno.Ej.: Ante una señal de pare detenerse, no rebasar en curva. Habilidad.- El conductor defensivo debe realizar habilidades adecuadas: al arrancar su vehículo, al rebasar, al retroceder, para estacionarse, y para realizar maniobras de emergencia.Ej: En caso de un derrape. El conducir es una actividad muy compleja, ya que demanda mucha atención, concentración, conocimiento (por lo menos elemental) del funcionamiento del vehículo, conocimiento absoluto de leyes y normativas de tránsito vigentes, señal ética y conducción defensiva.

Page 64: Manual del brigadier

ALCOHOL Y CONDUCCION CONCEPTO: El alcohol Es una droga psicodepresora de carácter sedante hipnótica. Que pertenece a un tipo de tóxicos de repercusión depresiva y anestesiante. GENERALIDADES: El alcohol es la primera causa de muertes evitables en accidentes de tránsito en el Ecuador, ya que la ingestión de bebidas alcohólicas, alteran el proceso de recepción, evaluación y toma de decisiones, aumentando significativamente el riesgo de sufrir un accidente.Por una u otra razón, la ingesta de alcohol en sus diversas presentaciones (vino, cerveza, ron etc.) Está ligado a una concepción de la existencia y a las costumbres ancestrales de los pueblos; estas, arraigan poderosamente el inconsciente colectivo, las personas desean beber y repudian cualquier comentario o advertencia sobre los riesgos inherentes a la ingesta de alcohol. Una vez absorbido por el estómago y el intestino, su accionar se dirige directamente al sistema nervioso, desorganizando su funcionamiento, es decir que los primeros efectos se sienten en lo psicológico, afectando la relación psico-motriz. A nivel mental, la patología se manifiesta con toda una constelación de trastornos psicológicos, emocionales, anímicos, afectivos etc., tales como depresión, irritabilidad, angustia, fobias y miedos irresistibles.

Page 65: Manual del brigadier

La ingestión de pequeñas dosis de alcohol, adormece la zona que guarda la información sobre las restricciones, de modo que la persona se siente libre de ataduras, relajada. En este estado, el individuo pierde la noción de la responsabilidad; se olvida que es casado, que tiene hijos, que su esposa lo espera en casa. Además, en este nivel el alcohol realiza la función de lubricante de las relaciones sociales, sus efectos desinhibidores y reafirmantes de la seguridad personal, ayudan en muchas ocasiones a “romper el hielo” y a superar diversas situaciones de incomunicación. En mayores cantidades el alcohol deprime el cerebelo, afectando las funciones de coordinación y equilibrio del cuerpo (tambaleos y caídas). Estos efectos inciden en las aptitudes del conductor.En medidas mayores ataca y anestesia el bulbo-raquídeo, que regula funciones vitales como corazón y respiración, pudiendo llegar a un colapso cardio-respiratorio. Existen algunos hábitos que son generalmente aceptados por la sociedad sin grandes reservas: entre otros el alcohol, tabaco café y té.

Page 66: Manual del brigadier

LA CULTURA DEL ALCOHOL El alcohol deleite y desgracia del ser humano acompaña a nuestra especie desde tiempos inmemorables pero, poco o casi nada se ha escrito sobre la agridulce y en ocasiones turbulenta relación entre el hombre y el alcohol. Por una u otra razón, la ingesta de alcohol en sus diversas presentaciones (vino, cerveza, ron etc.) Está ligado a una concepción de la existencia y a las costumbres ancestrales de los pueblos. Las 2/3 partes de la población adulta ecuatoriana bebe, ya que en nuestra sociedad el alcohol es una droga que puede consumirse libre y públicamente, sin traba alguna, a bajo costo, con el beneplácito legal y moral de la comunidad. Por una u otra razón, la ingesta de alcohol en sus diversas presentaciones (vino, cerveza, ron etc.) Está ligado a una concepción de la existencia y a las costumbres ancestrales de los pueblos. En definitiva, ese invitado especial “el alcohol”, no puede estar ausente en los actos importantes de nuestras vidas.

Page 67: Manual del brigadier

Cuando nace un hijo Los compadres

El bautizo Los 15 años

Graduación Noviazgo

Matrimonio Nace otro hijo

Page 68: Manual del brigadier

LA POLICIA NACIONAL DEL ECUADOR. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA POLICIA NACIONAL •Mantener la paz, el orden y la seguridad pública;•Prevenir la comisión de delitos y participar en la investigación de las infracciones comunes utilizando los medios autorizados por la Ley, con el fin de asegurar una convivencia pacífica de los habitantes del territorio nacional;•Custodiar a los infractores o presuntos infractores; y, ponerlos a órdenes de las autoridades competentes dentro del plazo previsto por la Ley;•Prevenir, participar en la investigación y control del uso indebido y tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y sicotrópicas, precursores químicos, enriquecimiento ilícito y testaferrismo en el país, coordinando con la Interpol y más organismos similares nacionales y extranjeros;•Cooperar con la administración de justicia a través de la Policía Judicial y demás servicios policiales;•Mantener la seguridad externa de los centros de rehabilitación social del país e interna en casos de emergencia a solicitud de la autoridad competente;•Participar en la planificación, ejecutar y controlar las actividades del tránsito y transporte terrestres en las jurisdicciones que la Ley le autorice;

Page 69: Manual del brigadier

• Controlar el movimiento migratorio y la permanencia de extranjeros en el país;

• Cooperar en la protección del ecosistema;• Colaborar al desarrollo social y económico del país;• Garantizar los derechos de las personas y la protección de sus bienes, en

especial los del menor, la mujer y la familia en sus bienes fundamentales, consagrados en la Constitución Política de la República, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por el Ecuador; y,

• Las demás que determinen la Constitución Política de la República y las leyes.

• SEGURIDAD EN LOS CENTROS EDUCATIVOS SITUACIONES QUE PUEDEN PREOCUPAR AL ESTUDIANTE Y

PROFESORES. a) Amenazas por cartas o teléfono pidiendo o exigiendo dinero, especialmente si

sus padres se ocupan una buena posición.b) Amenas de muerte o represalias por problemas estudiantiles.c) Represalias frente a decisiones o actitudes de los maestros.d) Secuestros por represalias entre estudiantes

Page 70: Manual del brigadier

NORMAS GENERALES: 1. Manténgase Siempre informado de la situación  de su colegio y el país.2. Informe toda anomalía a sus padres o profesores,3. Sea buen observador con el fin de que se percate inmediatamente de algún problema.4. Cambie constantemente de rutina y horario de traslados de su casa al colegio y viceversa.5. Trate en lo posible de llevarse bien con sus compañeros y profesores.6. No se preste para ejecutar acciones que están prohibidas por la ley, como consumo de drogas, alcohol, tabaco, prostitución, ente otros.7. Nunca salga solo-a de su colegio, camine con sus compañeros si es posible hasta su casa.8. No acepte y se deje convencer por ofrecimientos como dinero, regalos, bebidas, esto puede ser fatal para su vida.9. Es importante conocer el círculo de amistades de sus hijos, principalmente su condición social, manera de pensar y actuar.10. Hágase amigo del policía más cercano a su plantel, él le puede ayudar a resolver sus problemas

Page 71: Manual del brigadier

NORMAS DE SEGURIDAD EN VIAJES Y DESPLAZAMIENTOS 3.Es importante el uso del cinturón de seguridad, para no lastimarse en caso de impacto. Hay que aprender a desabrocharlo rápido. Haga de su uso un hábito.4.Prepare, conozca y compruebe las dinámicas de su vehículo, para maniobras evasivas de: frenado , aceleración, dirección, estabilidad..5.Mantenga sus dos manos en el volante, no muy tensas, los dedos con su mayor sensibilidad le ayudarán a reaccionar.6.Conozca y aprenda a familiarizarse con todas las rutas posibles.7.Cambie su ruta constantemente.8.Manténgase particularmente alerta cuando entra o sale del automóvil, desembarque con cuidado.9.Arregle su tiempo de conducción consumo de gasolina para evitar paradas imprevistas, si es posible.10.Conduzca con seguros de puertas y ventanas accionados, no se baje del vehículo en forma inmediata.11.De preferencia mantenga el tanque de combustible lleno.12.Realice planes por anticipado “Que si pasa esto, que acción tomaría.13.Nunca se estacione en el mismo lugar. No deje niños en su interior del vehículo14.Manténgase alerta para detectar si es vigilado.15.Conozca los automóviles de su vecindad.

Page 72: Manual del brigadier

1. Mantenga su automóvil en buenas condiciones para evitar averías imprevistas,2. Trace su ruta con anticipación, especialmente durante los viajes largos o a

lugares desconocidos. Tenga suficiente gasolina y dinero para la ida y regreso.3. Nunca se ofrezca a llevar a un desconocido.4. Si su vehículo sufre un daño mecánico, levante el capo, encienda las luces de

emergencia, utilice los triángulos de seguridad,5. Manténgase alerta y tenga mucho cuidado si utiliza estacionamientos

subterráneos o garajes cerrados.6. Si alguien lo sigue en un automóvil, dirigase a la estación de policía,

bomberos, de gasolina o cualquier otro negocio o residencia cercana, desde donde pueda llamar a la policía. Apunte el número de placa y una descripción del vehículo sospechoso. Si no hay ningún lugar cercano donde pueda refugiarse, toque la bocina repetidamente y encienda las luces de emergencia.

7. Establezca y utilice señales convenidas para advertencia de amenazas, con su conductor.

RECOMENDACIONES DE CÓMO MANTENERSE ALERTA Y SEGURO EN LA CALLE. El saber como protegerse junto con sus vecinos hacer de la calle un lugar seguro,

puede reducir las posibilidades de ser victimas de los asaltantes y otros delincuentes.

Page 73: Manual del brigadier

REGLAS BASICAS QUE SE DEBEN RECORDAR:

c.Manténgase alerta. Este atento de lo que lo rodea; quien va caminando delante y detrás de usted. No se distraiga. Si le preocupa la delincuencia en una determinada zona o área, pídales a sus amigos que lo acompañen.d. Aparente calma y confianza en sí mismo y deje ver que sabe exactamente hacia donde se dirige. Camine derecho, con paso firme y mire de frente a las personas que lo rodean.e.Confíe en su instinto de conservación. Si se siente incómodo en un lugar o ante determinada situación, no vacile en retirarse.f.Trace la ruta más directa a su destino y úsela. Escoja calles transitadas y bien iluminadas, y evite cruzar por terrenos desolados, callejones y áreas de construcción. Utilice el camino más largo si es el más seguro.. g.Conozca su barrio o sector. Averigüe cuáles tiendas y restaurantes permanecen abiertos hasta tarde y dónde están las estaciones de policía más cercanas,h.Asegúrese de que sabe a dónde van sus a hijos cuando salen y anímelos a que jueguen con otros niños. Muéstreles dónde están los lugares seguros del barrio a donde pueden ir si alguna vez sienten temor.i.Lleve su bolso o cartera pegada al cuerpo y sujételo en forma segura. Lleve la billetera en un bolsillo interior de la chaqueta o en alguno seguro.

Page 74: Manual del brigadier

1. Si lleva dinero en sumas considerables, evite lugares donde existe aglomeraciones. Lleve solamente la cantidad necesaria.

2. No exhiba joyas o ropas costosas mientras camina a pie o hace uso del bus de servicio urbano o de buses interprovinciales.

3. No reciba paquetes o encargos de personas desconocidas o desconfiables.4. Camine de frente hacia el tránsito de manera que pueda ver los automóviles

que se aproximan.5. No lleve con usted excesivos paquetes y fundas que le dificulten el reaccionar

con rapidez.6. Lleve dinero oculto de emergencia para taxis, autobuses o para una llamada

telefónica.7. Evite el uso de taxis piratas o ilegales8. Memorice el nombre de la cooperativa y el número de disco, al tomar un taxi.9. No comparta los servicios de taxis con desconocidos.10.Tenga a mano las llaves de su automóvil o de la puerta de su casa cuando se

aproxime a los mismos.11.Si sospecha que alguien lo sigue, cruce la calle, diríjase a un lugar bien

iluminado. Camine con rapidez o corra hacia un área concurrida y llame inmediatamente a la policía.

12.Si alguien lo sigue en automóvil, cambie de dirección y deje que el individuo lo veas anotando en número de placa. Nunca le pida a u desconocido que lo lleve en su automóvil.

Page 75: Manual del brigadier

BUSES. 

c.Trate de utilizar paradas transitadas y bien iluminadas.d.Trate de sentarse  cerca del conductor o en l os asientos de adelante.e.No se quede dormido. ¡ Manténgase alerta¡.f.Evite sentarse cerca de  las puertas, pues un asaltante puede alcanzar, cartera o joyas mientras que el bus sale de la parada.g.Si,  lo  atacan    verbal  o  físicamente,  trate  de  llamar  la  atención  hablando fuertemente o gritando.h.Este al tanto de quienes bajan del bus con usted. Si se siente incómodo diríjase hacia un lugar donde haya otras personas.i.Lleve    el  pasaje  justo  y  a  la  mano,  si  lleva  mucho  dinero,  preferible  no  use  el transporte público.

TROTANDO, PASEANDO EN BICICLETA Y DISFRUTANDO DE OTRAS ACTIVIDADES AL AIRE LIBRE. 

m.Seleccione de antemano las rutas seguras y transitadas.n.Cambie periódicamente de ruta y de horario.o.Evite trotar o  pasear en bicicleta por la noche.p.Sepa cuáles negocios están abiertos y donde están las estaciones de policía más cercanas.q.Si viaja en bicicleta, considere de llevar consigo una alarma muy ruidosa.r.Considere la posibilidad  de no llevar audífonos, ni radios pequeños. Es más seguro mantenerse alerta.

Page 76: Manual del brigadier

QUE HACER SI LE OCURRE A USTED

c.Mantenga la calma, trate de no demostrar pánico o cualquier otra señal de

enojo o confusión.

d.Si al asaltante solo le interesa su bolsa u otro objeto de valor, no se resista.

Es preferible someterse a un robo que ser víctima de un crimen violento

e.Haga un esfuerzo consciente para poder dar posteriormente una descripción

de su asaltante.

f.Los detalles a recordar incluye edad, raza, color de piel, tipo, peso, clase y

color de ropa.

g.Llame a la policía inmediatamente, marcando al 101, identifíquese y diga

donde se encuentra. Póngase en contacto con el puesto policial más cercano

con el propósito de obtener sus servicios durante una posible crisis provocada

por el crimen.

Page 77: Manual del brigadier

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