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Los indocumentados de la globalización*

Georges de Kerchove

Si la globalización se caracteriza tradicionalmente por un movimiento económico acelerado a escala planetaria, tiene como corolario inmediato un

movimiento poblacional de las mismas dimensiones. Aquellos que pugnan por la supresión de los obstáculos al comercio mundial son partidarios -sin

duda de forma inconsciente-, de un debilitamiento en las barreras de la emigración. Éstas son numerosas en Europa occidental, que se erige como verdadera

fortaleza frente a las presiones externas.

Todavía hoy se plantea la cuestión de saber en qué medida es necesario otorgar a los habitantes venidos del exterior una ciudadanía igual a la de los habitantes originales. ¿Hay que tratar al extranjero como a un nacional, o hay que someterlo a ciertas restricciones de orden político (derecho al voto), económico (derecho de propiedad limitado), profesional (permiso de trabajo o acceso a la función pública), social (derecho a una indemnización por desempleo o a un mínimo de medios de existencia)? ¿Se puede llegar incluso a privarle radicalmente de todos los derechos si se encuentra de forma ilegal?

No abordaré las múltiples y complejas condiciones de los extranjeros en estancia legal, aunque en ello existan numerosas discriminaciones, frecuentemente incompatibles con la Convención Europea de Derechos Humanos1 (cf. los numerosos casos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos2, que sanciona las violaciones más obvias). Me concentraré en los extranjeros con condición más precaria: los indocumentados, e incluso los solicitantes de asilo menos creíble según los criterios de la Convención de Ginebra3, los llamados “refugiados por motivos económicos”.

Los ilegales son tolerados mientras respeten esta regla elemental: no molestar, no

* Traducción libre de José Manuel Ramírez.1 Instrumento jurídico adoptado por el Consejo de Europa en 1950. Su nombre oficial es “Convenio

Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales”. Entró en vigor en 1953. N. del tr.

2 El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en Estrasburgo, es una corte supranacional, establecida por la Convención Europea de Derechos Humanos, que provee ayuda legal de última instancia para quienes consideren que sus derechos humanos han sido violados por alguna de las partes adheridas a la Convención. N. del tr.

3 La Convención del 28 julio de 1951 relativa al estatuto de los refugiados, llamada Convención de Ginebra, define las modalidades según las cuales un Estado debe otorgar la calidad de refugiado a las personas que lo soliciten, así como sus derechos y obligaciones. N. del tr.

reivindicar nada. Muy concretamente: no tener dirección oficial, trabajo declarado, conexión al gas o la electricidad, existencia legal ni acceso a los tribunales, atención médica. Callarse y depender de la buena voluntad más o menos interesada de terceras personas. En otras palabras, ser sujetos a la explotación.

Ilegales he encontrado muchos durante las reuniones sostenidas con el “Grupo ATD Cuarto Mundo de los Derechos Humanos” en la Estación Central, e igualmente en mi vida profesional. Son esos los rostros que evoco hoy.

La muerte de Pedro

Hace algunos años, fui requerido en la prisión por una persona que había estado en la calle desde hacía mucho y que participaba en las reuniones de la Estación Central. En esa época, ocupaba ilegalmente una casa situada en Bruselas, detrás de la Estación de Midi4. Se habían expropiado dos o tres conjuntos habitacionales para poner en servicio el TGV (tren de gran velocidad). Todas las puertas que daban a la calle y las ventanas de la planta baja habían sido tapiadas para prevenir las ocupaciones ilegales. Fue inútil: muy rápidamente, toda una población ocupaba ilegalmente dichas casas. Un español indocumentado había sido asesinado durante una riña. Su cuerpo fue encontrado en un viejo pozo algunas semanas después del drama.

Durante la investigación, la policía se dio cuenta que centenares de indocumentados ocupaban ilegalmente esas casas destinadas a la demolición: rumanos, magrebíes, polacos, albaneses, pakistaníes, africanos y algunos belgas en situación de calle. Los indocumentados habían hecho entradas exteriores discretas, cavado aberturas en los muros intermedios para pasar de una casa a otra. Verdadera ciudad dentro de la ciudad, prohibida, políglota y multicultural. Algunos de esos habitantes parecían haber vivido ahí desde hace mucho, a juzgar por el grado de planificación de los locales. En la nariz de las autoridades, o más bien con su consentimiento pasivo, ya que en realidad los ocupantes se habían mostrado particularmente discretos hasta entonces. La muerte de Pedro arruinó la discreción. La noticia de una riña trágica corrió como reguero de pólvora y sembró un pánico casi instantáneo. Era inevitable que la policía se enterara. Escondieron el cadáver en un viejo pozo abandonado y, de un día al otro, toda la población clandestina empacó sus cosas y desapareció. Sólo quedó esa persona en situación de calle que tuvo la mala idea de apropiarse de algunas de las cosas de la víctima. Cuando, debido a rumores, la policía descubrió el cadáver, las sospechas convergieron hacia el hombre, que fue puesto bajo arresto. Después se darían cuenta que él había sido ajeno a la riña.

¿De dónde venían esas centenas de ocupantes?, ¿cuál era su historia?, ¿dónde habían

4 Estación de tren en Bruselas, Bélgica. N. del tr.

estado?, ¿quiénes eran?, ¿cómo sobrevivían?, ¿por qué habían abandonado sus países? Un buen número de preguntas a las que es difícil responder.

Así, nadie se aventuró a predecir el número de extranjeros que harían una solicitud enmarcada en la ley de diciembre de 1999, que permite la regularización de algunas estancias ilegales en Bélgica. Fueron cerca de 50 000 , sin contar a aquellos que no osaron emprender los trámites por temor de no cumplir los criterios definidos en la ley, y ser así detectados y expulsados. De estos últimos, nada sabemos, si no es que continúan enterrándose, ilegales y anónimos, sin derecho ni ciudadanía, y sin duda con un temor más visceral, puesto que el gobierno ha anunciado una política de expulsión bastante más estricta a la par de la posibilidad de regularización en ciertos casos.

(...)

Tatiana

Tatiana tiene 23 años, y era enfermera en Georgia. Su región es pobre y no parece ofrecer ningún futuro a los jóvenes que sueñan con Occidente, donde todo aparenta ser posible y fácil. En su aldea, se hablaba de una cadena que permitiría a las jóvenes encontrar un trabajo bien pagado en los países de la Comunidad Europea. Se dejó tentar y aceptó partir en 1998. Un búlgaro que hablaba ruso fue el encargado de hacerla pasar la frontera. Le dieron documentos falsos: oficialmente, se volvió la esposa de un turco residente en Bélgica. Hizo un viaje agotador, en condiciones inimaginables, con otras jóvenes que probaban suerte. Días enteros en un camión entoldado. Ella ignoraba las regiones que atravesaba, y así, se encontró un día en Italia. Entonces, lo que se negaba a creer le apareció en todo su horror. Los bares, la prostitución forzada, las amenazas y los golpes. Nadie con quien contar. La red de lenocinio mantenía el terror para prevenir cualquier denuncia o resistencia de las mujeres. Después volverían a prometerle el cielo y las estrellas; podría dejar Italia y establecerse en Bélgica. Uno de sus “protectores” la llevó a Bruselas, en donde fue obligada a prostituirse aún más. La “alquilaron” en cafés, al mejor postor, como vulgar ganado. El horror duró varios meses, hasta un día en que la policía intervino y la liberó del engranaje infernal. A pesar de lo ofrecido por las autoridades, continúa temiendo por su vida y por su familia de Georgia. Es apoyada por una asociación que, hasta ahora, la sustrae de la venganza de la cadena turca.

(...)

Globalización y cohesión

Si el mundo se convierte en una gran aldea, ¿continuaremos tolerando que algunas calles sigan corrompidas por la miseria, mientras otras respiran opulencia? ¿Es necesario multiplicar las torres de vigilancia y los alambres de púas para proteger esas regiones del

éxodo de poblaciones pobres, como en Sudáfrica en los tiempos del apartheid?

Una nación indiferente a la cohesión social está amenazada tarde o temprano de implosionar por las revueltas o los desórdenes; condena a sus miembros más débiles al nomadismo o a la mendicidad. Igualmente, una globalización que no se preocupa de la cohesión entre países o continentes no puede más que provocar movimientos brutales de población y condenar a las personas desplazadas a vivir en una clandestinidad indigna.

¿Qué estatus reservar a las millones de personas que prueban su suerte en países diferentes a los suyos?, ¿hay que mantener las diferencias? Sí, quizás, pero en el respeto absoluto de los derechos humanos. En este aspecto, Europa, aguijoneada por ciertos casos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, se ha visto obligada a modificar su legislación en los últimos años.

El derecho de matrimonio (artículo 12 de la Convención Europea de Derechos Humanos) para un indocumentado es cada vez más reconocido, mientras uno de los contrayentes esté inscrito en los registros de población, y considerando que la autoridad se reserva el derecho de proceder a las verificaciones correspondientes para prevenir posibles fraudes. Así, la desconfianza hacia los indocumentados justifica afectaciones al respeto de la vida privada y familiar.

A nombre de la prohibición absoluta de la tortura y de los tratos inhumanos y degradantes (artículo 3), algunos indocumentados se han vuelto legalmente inexpulsables. Así es también por razones de salud o por el riesgo que se corre en el país de destino.

La misma interpretación errónea a propósito del otorgamiento a los indocumentados de ayudas sociales, supuestamente destinadas a permitir “a toda persona llevar una vida acorde con la dignidad humana” (artículo 1 de la ley del 8 de julio de 1976). ¿El indocumentado no sería, entonces, una persona íntegramente humana, y por ello menos digna de respeto? Cuestión dudosa que pone en evidencia la vergüenza y las contradicciones de una sociedad que se considera respetuosa de los derechos humanos, pero dominada por la idea de que nuestros países no pueden volverse receptores de todos los pobres del mundo.

Esas contradicciones no podrán más que agudizarse, a falta de una mayor cohesión de los pueblos y los países a nivel mundial.

Sobre el autorGeorges de Kerchove. Abogado en la Barra de Bruselas, presidente del Movimiento ATD Cuarto Mundo Valonia-Bruselas y entonces editor de la revista Droit en Quart

Monde.

FuenteDE KERCHOVE, Georges. “Les sans-papiers issus de la mondialisation”, Revue Quart Monde no. 175 -Mondialisation et pauvreté-, Institut de Recherche et de Formation aux Relations Humaines, Éditions Quart Monde, Paris (France), septembre 2000, p.6-10.

Extractos reproducidos por la Asociación mexicana ATD Cuarto Mundo. Serie Materiales de formación, México D.F., septiembre 2010.


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