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GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTIÓN

DEL MEDIO AMBIENTE SUBGERENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

PROYECTO “FORTALECIMIENTO DE LA GESTION AMBIENTAL EN EL

GOBIERNO REGIONAL Y MUNICIPIOS DE LA REGION JUNIN”

GUÍA SOBRE PROCESOS DE CERTIFICACIÓN

AMBIENTAL DE LAS PLANTAS DE

TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES, PARA

MUNICIPIOS DE LA REGIÓN JUNÍN Julio 2011

Huancayo – 2011

GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTION DEL MEDIO

AMBIENTE

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Guía Certificación Ambiental de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales

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Gobierno Regional Junín Gerencia Regional de Recurso naturales y Gestión del

Medio Ambiente Sub Gerencia de Recurso Naturales

Este documento fue elaborado en el marco del Proyecto:

“Fortalecimiento de la Gestión Ambiental en el Gobierno Regional y

Municipios de la Región Junín”, desarrollado bajo Contrato de Nº 159-

2011-GRJ/ORAF.

Especialista en Tratamiento y Reúso de Aguas Residuales: Ing. Rocío

Del Pilar Córdova Villar.

Julio 2011

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INTRODUCCIÓN

El Agua es un recurso natural finito, valioso y vulnerable, esencial

para sostener la vida; base para nuestro desarrollo económico,

además es insustituible para la sostenibilidad ambiental del nuestra

Región Junín, sin embargo no cumplimos con la con conservación de

dicho recurso generando vertimientos de sustancias contaminadas

que superan la capacidad de asimilación y/o auto depuración natural

de cursos de agua excediendo el estándar de calidad normado.

Como cumplimiento de su compromiso de promover, fomentar y

regular el desarrollo sostenible en la gestión de aguas residuales de

la Región Junín y sus municipios se elaboro la presente guía

introductoria a los procedimientos para la Certificación ambiental

de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales.

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¿Qué Necesitamos para Iniciar el Proceso de

Certificación Ambiental? Se comienza con una iniciativa (Idea) que puede

partir de las municipalidades, comunidades,

personas naturales o jurídicas, de generar un

proyecto para la implementación del sistema de

tratamiento de aguas residuales de su localidad. En

una municipalidad lo conveniente es desarrollar un

proyecto SNIP (Sistema Nacional de Inversión

Publica) o de otros fondos de inversión privada.

¿Cuáles son los pasos para a seguir un proyecto de

inversión publica para una planta de Tratamiento de

Aguas Residuales?

¿Cómo se da la Certificación

Ambiental? La certificación Ambiental se da con la

aprobación del Estudio de Impacto

Ambiental-EIA mediante Resolución

Directoral de la Dirección Nacional de

Saneamiento que pertenece al Ministerio de

Vivienda, Construcción y Saneamiento.

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¿Cuándo se debe obtener la Certificación ambiental? Se debe contar con la aprobación de Instrumento Ambiental antes

de la ejecución del proyecto.

¿Cómo se Clasifican los Estudios de Impacto Ambiental?

Categoría I - Declaración de Impacto

Ambiental.- Incluye aquellos proyectos

cuya ejecución no origina impactos

ambientales negativos de carácter

significativo.

Categoría II - Estudio de Impacto

Ambiental Semidetallado.- Incluye

los proyectos cuya ejecución puede

originar impactos ambientales

moderados y cuyos efectos

negativos pueden ser eliminados o

minimizados mediante la

adopción de medidas

fácilmente aplicables. Los

proyectos clasificados en

esta categoría requerirán

un Estudio de Impacto

Ambiental Semidetallado

(EIA-sd).

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Categoría III - Estudio de

Impacto Ambiental Detallado.-

Incluye aquellos proyectos

cuyas características,

envergadura y/o localización,

pueden producir impactos

ambientales negativos

significativos, cuantitativa o

cualitativamente, requiriendo

un análisis profundo para

revisar sus impactos y proponer

la estrategia de manejo ambiental

¿Quién Realiza EIA?

Los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) esta a cargo de

profesionales y empresas Registradas dentro de la Oficina de Medio

ambiente del Sector Vivienda construcción y saneamiento por las

exigencias que requiere el sector para poder garantizar la

responsabilidad de las empresas a utilizar los Instrumentos de

Gestión Ambiental para prevenir, controlar y mitigar los Impactos

ambientales de las actividades de los proyectos.

¿Cómo inicio el Proceso

de Certificación

Ambiental? Con la Clasificación del

Estudio de Impacto

Ambiental en alguna de las

Categorías I, II y III. Para

tal efecto el Titular del

proyecto presenta la Ficha

Informativa de Clasificación

Ambiental - FICA a la Oficina del Medio Ambiente – OMA. (Ver

Anexo 01)

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¿Cuales son los Requisito

Mínimos a Presentar? La solicitud a la Oficina de Medio

Ambiente del Ministerio de Vivienda

con el procedimiento Nº 07 del

Texto Único de Procedimientos

Administrativos-TUPA con

denominación: Clasificación ambiental

de proyectos y aprobación de los

términos de referencia del estudio

de impacto ambiental.

Requisito 1: Presentar una solicitud

dirigida a la Oficina de Medio ambiente

del Ministerio de Vivienda Construcción

y Saneamiento, con los siguientes

documentos:

Requisito 2: Presentar 02 Fichas

informativas-FICA (1 Original y una

Copia) de clasificación ambiental

conteniendo los siguientes aspectos

ambientales del proyecto:

1) Una evaluación preliminar con las

estrategias del proyecto; con los

antecedentes de los aspectos

ambientales que conforman su área de

influencia; con los posibles impactos

ambientales que pudieran producirse; y

con las medidas de prevención,

mitigación o corrección prevista.

2) Una propuesta de clasificación de proyecto.

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3) Una propuesta de términos de referencia para el estudio de

impacto ambiental respectivo.

4) Certificado de Compatibilidad de Uso de acuerdo a la

zonificación expedido por las municipales.

¿Cuánto es el pago por el TUPA Nª7? El Pago por derecho de trámite según TUPA para la Clasificación

Ambiental es de 11.08% de la UIT.

¿Cuánto tiempo dura el Proceso? 45 Días calendario, en este periodo la dirección de nacional de

saneamiento debe pronunciarse.

¿Cuál es el procedimiento que

sigue la documentación? La Oficina del Medio Ambiente –

OMA deriva la FICA a la Dirección

Nacional de Saneamiento.

La Dirección Nacional evalúa la FICA

y determina la categoría

correspondiente.

Si la FICA pertenece a la categoría I

esta da lugar a la aprobación de la

respectiva Resolución Directoral que

aprueba la Declaración de Impacto Ambiental-DIA. ¡Conseguiste la

Certificación Ambiental Para un DIA!

¿Y si mi Proyecto es Clasificado como Estudio de

Impacto Ambietal Semidetallado-EIAs o Estudio de

Impacto Ambiental Detallado-EIAd? Adicionalmente se Aprobara los Términos De Referencia – TDR del

Estudio de Impacto Ambiental. Donde La empresa registrada

presentará la propuesta de TDR a la Dirección Nacional de

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Saneamiento (categorías II y III) y se realiza un pago adicional de

Revisión de Términos de Referencia: 4.67 % de la UIT.

¿Qué son los Términos de Referencia? Son los requisitos previos mínimos a presentar por la empresa

registrada, que consiste en:

A. INTRODUCCIÓN

B. PLAZO DE EJECUCIÓN

C. REQUERIMIENTOS MÍNIMOS DE LA EMPRESA

CONSULTORA RESPONSABLE DEL EIA

1. VIGENCIA DE AUTORIZACIÓN DE LA CONSULTORA

2. EQUIPO TÉCNICO DE LA CONSULTORA

D. CONTENIDO MÍNIMO DEL ESTUDIO DE IMPACTO

AMBIENTAL

La Dirección Nacional de Saneamiento evalúa y aprueba los Términos

de Referencia de los EIA.

¿Una vez Aprovado TDR que continua? La empresa registrada elabora el EIA de acuerdo a los Términos de

Referencia Aprobados y lo presenta mediante TUPA Nº 8 a la

Dirección Nacional de Saneamiento.

¿Cuánto es el

pago por el TUPA

Nª8? El Pago por derecho

de trámite según

TUPA Nº8 de

Revisión de Estudio

de Impacto

Ambiental es de

54.91 % de la UIT

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¿Cuáles son los Requisitos del TUPA Nº 8?

Procedimiento TUPA Nº 8

Requisito 1: Solicitud dirigida a la Oficina del Medio Ambiente.

Requisito 2: Adjuntar dos (02) ejemplares del Estudio de Impacto

Ambiental con los datos siguientes:

1) Una descripción del proyecto con los antecedentes de su área

de influencia.

2) La identificación y

caracterización de los

impactos ambientales durante

todo el ciclo de duración del

proyecto.

3) La estrategia de manejo

ambiental o la definición de

metas ambientales, según sea el caso; junto con los planes de

manejo, de contingencia, de compensación y de abandono.

4) El plan de participación ciudadana del proponente

5) Un resumen ejecutivo de fácil entendimiento.

6) Adjuntar dos (02) CD’s del Estudio, incluyendo mapas.

7) Adjuntar copia del Informe de Opinión Técnica del SERNANP

con relación al Estudio de Impacto Ambiental; si el proyecto se

encuentra en la zona de amortiguamiento o dentro de una zona

de reserva natural.

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¿Cuál es el proceso a seguir? La Dirección Nacional de Saneamiento evalúa el estudio de impacto

ambiental dentro de 30 días habiles. De existir observaciones se le

comunica al Titular y a la empresa sobre observaciones encontradas

en la evaluación y tiene un plazo que establece la Dirección Nacional

de Saneamiento para presentar el levantamiento de las

observaciones.

¿Cuál es el Proceso Final? La Dirección Nacional de Saneamiento otorga la Certificación

Ambiental al proyecto a través de una Resolución Directoral Revisión

de Estudio de Impacto Ambiental: 54.91 % de la UIT.

¿Ahora ya puedo iniciar la construcción de la Planta de

Tratamiento de Aguas Residuales? Si, puedes iniciar la construcción de la Planta de Tratamiento de

Aguas Residuales. Sin embargo no puedes Verter tus aguas

residuales a ninguna fuente de agua directa o indirectamente sin

antes contar con la autorización de vertimiento otorgado por la

Autoridad Nacional del ANA.

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Diagrama de Proceso Resumido de la Certificación

Ambiental para PTAR.

Presenta-

ción TUPA

Nº 07

IDEA DEL

PROYECTO

Elaboración

del Proyecto

Declaración de Impacto

Ambiental (DIA)

Aprobado

Presentación del

TUPA Nº 08

Estudio de Impacto Ambiental

Semidetallado o Detallado

Aprobado

Certificación Ambiental Aprobado

SI

NO

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ANEXO Nº 01


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