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3774 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DE LA PROVINCIA ll-V-92

Articulo segundo.-Se exceptua de la prohibici6n estable­cida en el articulo anterior el transporte en transite por elterritorio de la Comunidad Aut6noma de cangrejos vivospertenecientes a las especies referidas en el mismo para lasque, no obstante, sera preceptiva la tenencia por el transpor­tista de la correspondiente gufa de origen y destino.

Articulo tercero.-Las infracciones contra esta disposici6nseran sancionadas de conformidad con 10 dispuesto en la Leydel Principado de Asturias 3/88, de 10 de junio, de Sancionesde Pesca.

Disposicion final

El presente Decreto entrara en vigor al dfa siguiente de supublicaci6n en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias y de la Provincia.

Dado en Oviedo, a veintitres de abril de mil novecientosnoventa y dos.-El Presidente del Principado, Juan LuisRodriguez-Vigil Rubio.-La Consejera de Medio Ambientey Urbanismo, Maria Luisa Carcedo Roces.--6.109.

- AUTORlDADES Y PERSONAL

CONSEJERIA DE INTERIOR Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS:INSTITUTO ASTURIANO DE ADMINISTRACION PUBLICA "ADOLFO POSADA "

RESOLUCION de 30 de abril de 1992, de la Conse­jerta de Interior y Administraciones Pablicas, por laque se delegan en el Director del Instituto Asturianode Administracion Publica "Adolfo Posada" [uncio­nes de ordenacion de gasto.

Por Resoluci6n de esta Consejerfa de 31 de enero de1991, se delegaron en el Director del Instituto ciertas funcio­nes de ordenaci6n de gasto con motivo de "la actividad deselecci6n de personal.

Hallandose ya estructurada y en funcionamiento la otravertiente del Instituto, la de formaci6n, parece oportuno, altiempo que delegar identicas funciones en esta vertiente, uni­formar la delegacion en un solo acto.

En consecuencia, y de conformidad con los arts. 38 m) dela Ley 6/84, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo deGobierno del Principado de Asturias, y 12.3 de la Ley 1182,de 24 de mayo, de Organizaci6n y Funcionamiento de laAdministraci6n del Principado,

RESUELVO :

Primero.-Dejar sin efecto la delegaci6n de atribucionesconferida al Director del Instituto Asturiano de Administra­ci6n Publica "Adolfo Posada" por Resoluci6n de esta Conse­jerfa de 31 de enero de 1991.

Segundo.-Delegar en el Director del Instituto Asturianode Administraci6n Publica "Adolfo Posada" la funci6n deordenaci6n del gasto relativo a las siguientes indemnizacionespor raz6n del Servicio:

a) A los miembros de Tribunales calificadores de pruebasselectivas. .

b) A los ponentes individuales en cursos de formaci6n yperfeccionamiento, incluidos los que se imparten en laEscuela Regional de Policfas Locales.

c) Al personal colaborador de Tribunales y cursos de for­maci6n y perfeccionamiento.

Oviedo, a treinta de abril de mil novecientos noventa ydos.-El Consejero de Interior y Administraciones Piiblicas,Bernardo Fernandez perez.--6.169.

CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA :

RESOLUCION de 29 de abri/ de 1992, de la Conse­jerta de Infraestructuras y Vivienda, por la que cesacomo Secretaria de Despacho del Director Regionalde Vivienda y Arquitectura dona Teresa LatorreCasares.

De conformidad con 10 dispuesto en los arts. 17.a) y 55.e)de la Ley 3/85, de 26 de diciembre, de Ordenaci6n de la Fun­ci6n Publica de la Administraci6n del Principado de Asturias,y en el art. 21 del Reglamento de Provision de Puestos deTrabajo, Promoci6n Profesional y Promoci6n Interna de losFuncionarios de la Administracion del Principado de Astu­rias, aprobado por Decreto 35/87, de 30 de abril, por la pre­sente,

DISPONGO :

Primero.-Cesar a dona Teresa Latorre Casares comoSecretaria de Despacho del Director Regional de Vivienda yArquitectura de la Consejerfa de Infraestructuras y Viviendapor pase a otro destino, agradeciendole los servicios presta­dos.

Segundo.-Disponer la publicaci6n de esta Resoluci6n enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y de laProvincia, dando cuenta de la misma a la Direcci6n Regionalde la Funci6n Publica a los efectos oportunos.

Oviedo, a veintinueve de abril de mil novecientos noventay dos.-El Consejero de Infraestructuras y Vivienda.­6.108(1).

-e-

RESOLUCION de 29 de abri/ de 1992, de la Conse­jeria de Infraestructuras y Vivienda, por la que seconvoca, para su provision por el sistema de libredesignacion, el puesto de Secretaria de Despacho delDirector Regional de Vivienda y Arquitectura.

Hallandose vacante un puesto de Secretaria de Despachodel Director Regional de Vivienda y Arquitectura de la Con­sejerfa de Infraestructuras y Vivienda, por la presente, deconformidad con 10 previsto en los arts. 17.a) y 51 de la Ley3/85, de 26 de diciembre, de Ordenaci6n de la Funci6nPublica de la Administraci6n del Principado de Asturias , yenlos arts. 2 y 21 del Decreto 35/87, de 30 de abril, por el quese aprueba el Reglamento de Provision de Puestos de Traba­jo, Promoci6n Profesional y Promoci6n Interna de los Fun­cionarios de la Administraci6n del Principado de Asturias,

DISPONGO :

Primero.-Convocar, para su provision por el sistema delibre designaci6n, un puesto de Secretaria de Despacho delDirector Regional de Vivienda y Arquitectura, de acuerdocon la configuraci6n que se describe como Anexo a la pre­sente Resoluci6n.

Segundo.-Aprobar las siguientes reglas por las que seregira la convocatoria, complementarias de las previsionescontenidas en la Ley 3/85, de 26 de diciembre, yen los Deere­tos 35/87, de 30 de abril, y 40/91, de 4 de abril.

I." Podran formular solicitudes quienes, hallandose vin­culados a la Administraci6n del Principado de Asturias poruna relaci6n de empleo de caracter permanente y pertene­ciendo a los grupos CoD, no esten integrados en escalasexcluidas de acceder al puesto cuya provision se covoca.

2." Las instancias se dirigiran al Sr. Director Regional deVivienda y Arquitectura y habran de presentarse en el Regis­tro General de la Consejerfa 0 a traves de cualquiera de losmedios previstos en el art . 66 de la Ley de Procedimiento

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Administrativo, dentro del plazo de veinte dias habilessiguientes al de la publicaci6n en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias y de la Provincia de la presente Reso­luci6n, haciendo constar en la misma los datos F rronales ydestino actual del solicitante.

3.a A la instancia los interesados debenin adjuntar elcurriculum vitae, en el que se haran constar cuantos rneritosestimen oportunos y en particular el titulo 0 titulos acaderni­cos que posean, los puestos de trabajo que hayan desempe­fiado con anterioridad tanto en la Administraci6n Publicacomo en su caso en la empresa privada y los estudios 0 cursosde formaci6n y perfeccionamiento realizados.

Los meritos que se aleguen deberan ser justificados docu­mentalmente.

Oviedo, a veintinueve de abril de mil novecientos noventay dos.-EI Consejero de Infraestructuras y Vivienda.­6.108(2) .

Anexo

N.'Pto. Denominaci6n Nivel Complementos Destino Grupo F.P.Secretaria Despacho

1 Director Regional de 15 RDTDE INC Oviedo C/O LVivienda yArquiteetura

- OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:

RESOLUCION de 5 de mayo de 1992, de la Conse­jeria de Medio Rural y Pesca, por la que se apruebanlas normas que regiran la concesion de ayudas para laprimera instalacion de agricultores j6venes en laexplotacion agraria y a las inversiones en las explota­ciones agrarias en Planes de Mejora.

1:1 Reglamento (CEE) 2328 del Can•• ja , de 15 de Julio de

·1991•••t«blece una ace!on comun para 1e .ajora d. 1••••tructure.

agrarl••• d•••rrollado para au .j.cueto" por .1 Real Decreto 1887/91.

da 30 de Dlclembr., y par .1 Decreto 37/92, 4. 23 d. Abril , qua

datarllina y complement••1 .1atema CSe ayud•• para au splicacion an 1.

COIIIUnldad Autonotaa principado da Aaturi•• " .at.blael.ndo antra otr•••ayud.. • 1. pr1JHra inatal«cion CSa agrlcultor.. jovane. y ala.

inver.lone. en e.plotacione. agrarla. en Plan•• de Nejora .

81 obj.to de ••to R••oluclon •• dat.m1inar 10' candleion•• y

r.quialto. per. 1. conc••lon d. 1•• r.ferid•• eyude. que per1l1tan, per

un leeSo, e.t.tauler .1 r.juv.nact-lento del .actor ecalerando le

lncorporaclon d. 10. jOvena. a le prate. ion agraria y per otro ,

contribu1r 0 10 conaolid..cion da le. a.tructuro. egrarla., p8rmitiendoreducir loa co.te. d. produceion y mejorar le. condiclone. d. vida y

de trobojo de loe agricultore••

Por 10 qu., da conforaidod can 10 •• tabl.cic!o.n .1 Decrato

37/92, d. 23 d. Abril . articulo 38 da 1. Ley 6/1984.. da 5 d. Julio, an

rel.cion con al Decr.to 71/13, da 27 da OCtubra,

R B SUB L V O.

Aprobar 1.. noraa. que regirin Ie conca.ion da eyud.. pera

la pr1Jlera in.talacion d. loa agricultore. jov.na. an 1. axplotacJ.On

agraria y 0 la. invar.iona••n 1•• axplotaelona. agrarl•• an Pl...ne. da

Mejor. duranta a1 afto 1993.

1. Ob1eto

Ti.ne par objato 1. pr••ant. "••olucion, dat.rminer 1••concUclona. para 10 conca. ion 4a eyud••• le primera In.tal.ciOn da

8g:ricultor•• jovane. en la explotacion agraria , qua permita a.tilftularal rej uvanec1Jlllanto dal .actor y • la. inver.iona. an la.

axplotacion.. agrarl.. an Plan.. d. Mejora para coantribuir a la

oon.olidacion d. 1••••truetura. agraria••

1.- PriMera ift.talacion d. agrieultor•• jovan•• •

a) Saran b.naficiario. da le. eyud•• 10. agrieultora. qua

taniando 18 a"ol 0 mal y no habiando cuapl1do loe 40 raunan l oa

requilitol a.tabl.cldo••n .1 orticul0 17 d.l a.D. 11.7/91.

b) l"_biin po4rin optar a •• t .. ayudal loe agricultora.jOvane. que •• tn.t.lan lNCliante IU integraclOn en una explotaci6na.ociativa confoP'e al articulo 20 dal a.e, 1117/91

2.- Planaa 4a M.jora

.) Sarin beneficiario. 4a a.ta. ayud•• 10. ti~ular... da

1.1 uploteclona. que rauni'ndo 10. raqui.ito. la".l-'OII . an a1articulo 5 dal a.e , 1117j'1 .aan ..yor.a d. 11 aftoa "I DO hayan

C\ftplido loe 60. No obatante, . 10••grlcultoraa qua t.npn 56 .110. aiii., y no_ hayan . CUllPl1do 10. 10, padro .u benaticiariOli d. la.

.yud.e. eua:ndo quada auflclent~t. garonti.ada le int.grided y

continu1ded d. la axplotecion .n favor d. un .gricultor jovan qua ••

• ubrogua an todaa 1•• obligaclon.a. 4.1 titular.

'ara al10 ••ri pracilo qua al da.tinatuio 4. 1a .,udeecredita, blen par -.dio de contrato da coleboraoion 0 par coapre-1II0

elorito anta 1. A&ainiatraclon, qua tra. heber cu.plido 60 efta cad.ra

per donaciOn, vanta 0 arr.nd_lento 1a .xplotacion an .u intagrldad aun agricultor joven, hacienda MncloD axpra.a e la penona fule. 0

juridic. en 1. qua racaara 10 ca. lon, da fora. que qued. gu'aDtiaad..

la continu1dad da la uplotacioa..

81 DO cuaplia.e dicho raqua1to , .a cOIlI1dararu lDcwaplide.

la. co~iclon.. d. cone..1on da 10 ayuda e loa efectOll 4. davoluciOnd.. 1a••i .....

b) Po4ren .er tambiin beneficlerio. d.. 1a. ayudo. 10'explotaciona. a.oc1a4.. ..gun 10 e.tebl.ci40 an .1 articulo 15 del

R.D. 1S87/91.

3. CONDICIONES

1.- Prim.ra 1n.talo·cion d. agricultor•• jovan••

Par. po4.r optar ale••yuda. , 10. agrlcultor•• jov.n••

d.b.rin in.talar•• macUanta alguna de la. modalided•• 4••crita. an alarticulo 18 del R.D. 1887/91 .

2. - Planaa -da Mejor.

.) La. ayuda. ala. inver.iona. en Plana. d. M.jora .a

aplicaran ala. inv.r.ion•• can 10. es•• t1no••e"alado. an al punta 1

del erticu10 8 del R.D. 1887/91 .

b) A 10••f.cto.- d.l calculo 4a 1. r.nta d. trabojo • qua

•• raftera al apertad.o 2 dal articulo 6 dal R. D. 1887/91, .a podrin

coraputar ha.ta 3 U.T.H. d. mana de obra .aalariada en .1 ca.o d.cultivoa lnt.n.lvo. bajo pla.tlco, .n invarnadaro a for.edo., Bun an

el .upue.to da .uperar •• ta la mana d. obra tamiliar ,

c) Para la valor.cion d. la. invar.iona. .n ,l.ne. daMajora .a utili.arin 10. bar.-o. que •• tabla.c" 10 Con••jari. da Madl0

Rural Y ' ••ca.

d) Cuando en al Plon d. M.jore .a contempl. la contrueclon

o .daouacion d. pl.... para oloj amiento da ganado, .ol....nt. .arin

auxillabla., como MaXlMO, .1 nUmaro da pl.... .cord. con al ganadoaxi.t.nt••1 flnal da 1. mejor., con 1•• dimen.lona. a.tebleald•• an

10. bar_o••

3. - 8n todo ca.o y para 10 oonc••ion 4a la. aJud~., .a

tandran an cu.nta 10' ·crit.rio••obr. 1. ordanocion d. proctucciona.

agrari•• - relecionado. en .1 ane.o I de 1a pre••nt. Reloluclon.

4. Cla•• y cuanti. de la. eyude.

1.- Primera in.talac ion de agrieultora. joven••

La. ayud•• a la prim.ra in.talacion 4e agricultor•• joven••con.i.tiren .n una prima unie. por ••plot_clon, que podri .\l.tltuir.a

opclonalm.nt. per .u equivalant••n bonitieacion da lnt.r•••• , cuyaeuantia .axima padre ••rl

a) SUbvencion directa

- 1.500.000 pta~. c~.ndo le in.t.lacion conll.va le pl.n...

tit\llerldad y no .a r ••lic••obra 1. a.plotacion , ..iliar

o cu ...ndo in.t.lindo.. en •• ta, .1 banafioiario 'a\IINtotalm.ent. un. partic1pac1on, igual 0 .uperior . el 50 parclanto t.nto an .1 r ••u1tedo .coDo.ieo CalK) .D a1 capital

. d••xplotaeion .


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