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DORATO RESOURCES MBA ESAN - 2011 - Orlando Añazco - Carolina Carpio - Juana María Herrera Curso: Financiamiento Minería Global Prof. Oscar Frías

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Economy & Finance


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Page 1: Dorato resources

DORATO RESOURCESMBA ESAN - 2011

- Orlando Añazco- Carolina Carpio- Juana María Herrera

Curso: Financiamiento Minería GlobalProf. Oscar Frías

Page 2: Dorato resources

1. Lucero target2. Taricori Target3. Cobrecon target

1 23

Compañía canadiense de exploración de minerales en La Cordillera del Cóndor en un distrito del norte del Perú, adyacente a la frontera del Ecuador y uno de los distritos más importantes en contenido de oro desde la época preincaica.

DORATO RESOURCES

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Targets

Fuente: Dorato Resources Summary presentation

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Lucero Target

• Dorato Resources (TSX-V: DRI, Pink Sheets: DRIFF), también de Vancouver, obtuvo los resultados finales del programa de exploración que efectúa Minera Afrodita en el objetivo Lucero, situado en el proyecto Cordillera del Cóndor en el norte de Perú.

• La firma tiene derecho a adquirir el 100% de Minera Afrodita.

• Los resultados contemplaron 7,5m con 0,49g/t de oro y 0,23% de cobre, y 14,8m con ley de 0,80g/t de oro y 0,40% de cobre, manifestó Dorato en un comunicado.

• Un cálculo geológico conceptual del recurso en Lucero indica que el objetivo es demasiado pequeño para nuevas perforaciones, por tanto, no hay planes de exploración adicional, precisó Dorato.

Fuente: BNAmericas

Jueves 02, Junio 2011

Prospectos:-LUCERO GOLD SKARN AND PORPHYRY

COPPER TARGET-COBRECON PORPHYRY COPPER AND

SKARN TARGETFuente: Dorato Resources

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Target Cobrecon

• La empresa de Vancouver Dorato Resources (TSX-V: DRI, OTCQX: DRIFF) recibió de Minera Afrodita los resultados de análisis correspondientes a los primeros cuatro barrenos perforados en el objetivo de pórfido de oro y cobre Cobrecon en la zona de cobre y oro Cóndor, en el norte de Perú.

• Dorato tiene derecho a adquirir el 100% de Minera Afrodita.

• Los resultados abarcaron 228m con 0,16% de cobre y 0,04g/t de oro, así como 0,16% de cobre y 0,03g/t de oro en 100m y 0,12% de cobre y 0,02g/t de oro en 165m, indicó Dorato en un comunicado.

• En tanto, continúa la perforación con un mínimo de cinco nuevos barrenos previstos.

 Lunes 13, Junio 2011

Fuente: BNAmericas

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“Principios de Dorato”

Dorato supports the following business principles, which represent best practice guidelines specific to the mineral exploration industry as outlined by the Prospectors and Developers Association of Canada. Further information can be downloaded:

http://www.pdac.ca/e3plus/english/pg/pdf/e3plus-pg-full.pdf

• Adopt responsible governance and management

• Apply ethical business practices• Respect human rights• Commit to project due diligence and

risk assessment• Engage host communities and other

affected and interested parties• Contribute to community development

and social wellbeing• Protect the environment • Safeguard the health and safety of

workers and the local population Fuente: http://www.doratoresources.com/s/BusinessPrinciples.asp

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Concesión Minera

Ichigkat Muja - Árbol de la montañaLa Cordillera de los Cóndores se encuentra entre el Norte de Perú y el Sur de Ecuador. Este es el lugar de mayor diversidad en el mundo, porque son montañas entre trópicos y permanecen con niebla permanente

La Cordillera del Cóndor o "Ichigkat Muja" son las "montañas sagradas" para los nativos de las etnias Awajún y Wampis

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Cateo y Prospección

Es la búsqueda de zonas geológicas susceptibles de explotación (vetas, diseminados, lavaderos) sobre zonas en las que se presume existe un yacimiento minero

El cateo y prospección son actividades libres en el territorio nacional, salvo las excepciones de Ley

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CATEO Y PROSPECCIONAspectos Legales

Artículo 2º de la Ley General de Minería“El cateo y la prospección son libres en todo el territorio nacional. Estas actividades no podrán efectuarse por terceros en áreas donde existan concesiones mineras, áreas de no admisión de denuncios y terrenos cercados y cultivados, salvo previo permiso escrito de su titular o propietario, según sea el caso.

Es prohibido el cateo y la prospección en zonas urbanas o de expansión urbana, en zonas reservadas para la defensa nacional, en zonas arqueológicas y sobre bienes de uso público; salvo autorización previa de la autoridad competente.”

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Solicitud de un derecho Minero

Si los resultados de las actividades de cateo y prospección son positivos se solicita ante la autoridad competente una concesión minera.

La solicitud de concesión minera en trámite se conoce como “Petitorio Minero”

“La concesión minera otorga a su titular el derecho a la exploración y explotación de los recursos

minerales concedidos.”

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CONCESIONES MINERAS

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EXPLORACION Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DEL PROYECTO

Con la información del campo se conforma un archivo.

Se realiza un análisis de las muestras para determinar la cantidad y calidad del mineral posible de extraer.

Se realiza el estudio de Factibilidad del Proyecto y se determinan las reservas, tonelaje y leyes.

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EXPLORACION MINERA

REGLAMENTO DE EXPLORACIONES

DS Nº 038-98-EM• Artículo 2º: En el caso de la exploración, se requiere

el acuerdo previo con el propietario del terreno superficial o la culminación del proceso de servidumbre, según lo dispuesto por la Ley N° 26615, Ley de la Inversión Privada en el Desarrollo de las Actividades Económicas en las Tierras del Territorio Nacional y de las Comunidades Campesinas Nativas, modificada por ley N° 26570

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¿Qué se requiere para realizar exploraciones?

• En función a la intensidad de la actividad y el área que es directamente afectada por su ejecución, se debe determinar la Categoría del Proyecto (A,B, C).

• Si se modifica el Proyecto de Exploración original, debe comunicarse al Ministerio de Energía y Minas.

• En el caso de que el Titular transfiera o ceda sus derechos de exploración, el adquiriente o cesionario estará obligado a ejecutar los compromisos asumidos en la Declaración Jurada o la Evaluación Ambiental que le haya sido aprobada o transferida

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CATEGORIAS DE LOS PROYECTOS DE EXPLORACION

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Del Derecho de Exploración

En el lado peruano la más grande concesión corresponde a la empresa minera canadiense Dorato Resources, aunque la titularidad pertenece al ciudadano peruano Carlos Ballón Barraza.

La página web de Dorato Resources afirma que la empresa posee aproximadamente 800 km2 en el área de la Cordillera del Cóndor, en el distrito de El Cenepa, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas. La empresa también tiene concesiones en Ecuador, pero en menor extensión.

UNIDAD MINERA: AFRODITACOMPAÑIA MINERA : AFRODITA S.A.C.DEPARTAMENTO: AMAZONASPROVINCIA: CONDORCANQUI - DEL CENEPALATITUD: -4.0674LONGITUD: -78.5368INVERSIÓN: EXPLORACION

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De la titularidad: Vicepresidente del Grupo Cardero es un gran amigo de Alan García. Se

llama Carlos Ballón.

En la página electrónica de Cardero Resource Corporation se puede leer lo siguiente:

“Carlos Ballón, VP South America.-A graduate from Colorado School of Mines and experienced mining engineer...Advisor to APRA (Mr. García’s party) to develop Peru’s current Mining Plan. Advisor to Scotia Bank Peru (former Banco Wiese) on settlement of Minera Milpo and Minera Atacocha (Peru’s largest Zn producers)...”

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AmbientalIchigkat Muja - Árbol de la montañaLa Cordillera de los Cóndores se encuentra entre el Norte de Perú y el Sur de Ecuador. Este es el lugar de mayor diversidad en el mundo, porque son montañas entre trópicos y permanecen con niebla permanente

La Cordillera del Cóndor o "Ichigkat Muja" son las "montañas sagradas" para los nativos de las etnias Awajún y Wampis

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• En el área en mención se conserva la única muestra para el Perú de la Eco-región de Bosques Montanos de la Cordillera Real Oriental, presenta hábitats vulnerables como los bosques de altura de fondo de quebrada, vegetación tipo tepui y bosque ribereño, y se encuentra contigua al Refugio del Pleistoceno y Centro de Evolución del Marañón.

• La referida Eco-región se localiza la Cordillera del Cóndor, la cual se encuentra aislada de la Cordillera Real Oriental de los Andes, es cabecera de los ríos Cenepa y Santiago, principales tributarios de la cuenca del Marañón; constituye un paradero de especies migratorias de aves provenientes de Norte América y presenta un mosaico geológico, altitudinal y climático que origina una alta diversidad de hábitats, por lo que es probable que ocurran procesos de especiación vicariante o geográfica.

•  la Cordillera del Cóndor existen lugares de gran belleza, atractivo natural y significado cultural y espiritual con potencial para el ecoturismo, como los bosques de neblina, las numerosas cuevas de los tayus, la exuberante vegetación existente en el bosque montano y otras formaciones naturales como cataratas, pongos y quebradas. 

• En la zona se han identificado 51 especies nuevas para la ciencia entre especies de flora y fauna 

"Ellos van a sacar el oro, luego se irán y nosotros también

tendremos que hacerlo: habrán contaminado el agua y acabado

con los árboles".

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• INRENA reconoce el 2004 “el Parque Nacional Ichigkat Muja-cordillera Del Condor”, gobierno de toledo lo hace retractarse el 2005 y el 12 de junio de 2008 el gobierno de garcía perez pide 128,000 millones de dólares a los indígenas para titular sus tierras …los ires y venires de los pueblos awajún, wampís y shuar en pos de sus tierras ancestrales en la cordillera del condor constituyen un via crucis

Http://elpolvorin.Over-blog.Es/article-petroleras-son-la-maldicion-de-los-jibaros-de-la-amazonia-50118796.Html

• Las comunidades indígenas awajún y wampis del río Cenepa, habitantes ancestrales de estas tierras, acordaron con el INRENA convertir las 155 mil hectáreas de sus montañas en un parque nacional bautizado como Ichikgat Muja. Pero inexplicablemente, en 2007 sólo 88 mil de las hectáreas proyectadas fueron declaradas por el gobierno reserva nacional argumentando razones de interés público. Entre estas razones, la principal era salvaguardar las concesiones mineras vendidas desde el gobierno de Fujimori.

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Conflicto Socio - Ambiental

Tribus indígenasawajun-huampuis

Video: http://odecofroc.blogspot.com/

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CONFLICTOS SOCIALES PERU

REPORTE DE CONFLICTOS SOCIALES Nº 86 Abril 2011DEFENSORÍA DEL PUEBLO DEL PERÚ (ADJUNTÍA PARA LA PREVENCIÓN DE CONFLICTOS SOCIALES Y LA GOBERNABILIDAD)

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Conflicto social - Afrodita

REPORTE DE CONFLICTOS SOCIALES Nº 86 Abril 2011DEFENSORÍA DEL PUEBLO DEL PERÚ (ADJUNTÍA PARA LA PREVENCIÓN DE CONFLICTOS SOCIALES Y LA GOBERNABILIDAD)

La Defensoría del Pueblo da cuenta de la existencia de 159 conflictos activos en el país, entre ellos, el caso de las comunidades nativas del CENEPA y la minera Afrodita (hoy Dorato).

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1995

•Convenio   169  OIT  relativo a los pueblos indígenas y tribales en paises independientes

1998

•Perú - Ecuador (post conflicto) Cada parte constituirá dentro de su territorio y conforme a su legislación nacional, una zona de protección ecológica en las áreas señaladas en el mencionado documento

1999

•DS Nº 005-99-AG se estableció la Zona Reservada Santiago - Comaina de 863 277.00 ha, ubicada en los distritos de Cenepa, Río Santiago y Nieva, de la provincia de Condorcanqui, Dpto Amazonas

2000

•DS Nº 029-2000-AG se amplió la Zona Reservada Santiago - Comaina a 1´642,567.00 ha Dpto Amazonas y Loreto

2001

•INRENA, en alianza con Conservación Internacional y las organizaciones indígenas locales impulsaron un proceso que buscó la categorización de un área protegida definitiva para asegurar la conservación

2005

•INRENA se retracta de su rechazo a la minería y libera territorio para que opere la mina

2007

• Parque reducido a 88,477.00 Ha. Recorte del parque ichigkat muja se oficializa mediante DS No.023-2007-AG

•Se viola la Constitución (concesión dentro de los 50 Km. de la frontera) a favor 3ros (rte de Dorato Resources) sin DS

•Articulo AGP “Perro del Hortelano”

- Hechos relevantes

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2008

•“Reglamento de Participación Ciudadana en el Sub Sector Minero” MINEM

•El conflicto se agudiza (intervienen medios)

2008

•Mayo DL 1015. Anula el art 11 Ley 26505 que establece la necesidad de acuerdo de 2/3 de todos los miembros de la comunidad para disponer, gravar, arrendar y otro sobre tierras comunales de la sierra y selva. → 50% + 1 de los asistentes

2008

•Junio : DL 1090 “Ley de la Selva” referente a concesiones pero no menciona la consulta previa

2008

•Agosto: Congreso derogó DL 1015

2009

•Enero: 6 personas de Afrodita-Dorato Resources ingresan a la comunidad indígena de Huampami (El Cenepa), son retenidos y se exige diálogo inmediato con una Comisión de Alto Nivel del Estado.

2009

•Febrero: La OIT se pronuncia "Perú esta incumpliendo el Convenio 169"

- Hechos relevantes

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2009

•Abril – Junio el conflicto se activa. 5 de junio enfrentamiento (muertos y heridos)

•Abril dirigentes indígenas perseguidos penalmente por los delitos de “secuestro agravado” e inicio de protesta indígena en Bagua. Se inicia la segunda protesta nacional de los pueblos indígenas amazónicos contra los DL´s

•Mayo: Carta No.018-2009/CMA, Afrodita anuncia que va a continuar con sus labores de exploración - desconoce y minimiza el derecho a la consulta

•Mayo: Comisión Constitución Congreso declara inconstitucional DL 1090

2010

•Suspensión indefinida de las actividades exploratorias de minera Afrodita

2010

•Sentencia TC Nº 05427-2009-PC/TC 30.06.2010 ordenó al MINEM emita un rgto especial que desarrolle el derecho a la Consulta, respecto de las actividades mineras y energéticas, de conformidad con los principios y reglas establecidos en los numerales 1, 2 del artículo 6 y el numeral 2 del artículo 15 del Convenio Nº 169 de la OIT

2010

•Congreso proyecto de LEY MARCO. “Ley del derecho a la consulta previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocidos en el Conv 169 OIT”. No fue promulgada por el Ejecutivo, el cual formuló observaciones a la misma (oficio núm. 142-2010-DP/SCM). (No derecho de veto y precisar claramente la diferencia entre los territorios de propiedad pública y de las comunidades nativas)

2011

•DS Nº 023-2011-EM. 11.05.2011. Rgto del procedimiento para la aplicación del derecho de consulta a los pueblos indígenas para las actividades minero energéticas

•Acuerdo (no consentimiento), plazos, excluye a organizaciones indígenas, decisión final sujeta al “interés nacional”, rgto no fue sometido a consulta, etc.

- Hechos relevantes

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Informe del Dic 2009

http://www.aidesep.org.pe/index.php?codnota=1144

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Conflictos con la sociedad: ¿en que radica el problema?• El modo de vida de estas poblaciones

indígenas refleja una estrecha relación biótica con su entorno, resaltando las prácticas cotidianas relacionadas con su expresión oral y cultural, sus prácticas tradicionales, costumbres alimenticias y relaciones sociales.

• Los Awajun-Huampuis han visto en los últimos años cómo parte importante de sus territorios -sobre todo en el distrito del Cenepa, en la provincia de Condorcanqui, han sido entregada en concesiones mineras.

• Alrededor de 25 empresas mineras ocupan hoy en día más de 151 mil hectáreas a lo largo de toda la frontera con Ecuador.

• La concesión minera de Dorato se sobreponen y ocupan parte del Parque Nacional Chigkat Mujat-Cordillera del Cóndor.

http://www.minesandcommunities.org/article.php?a=9929

• Los Awajun-Huampuis indican que las actividades de Dorato están afectando su territorio y que nunca han sido consultados, como mandan las leyes peruanas y las internacionales.

• Demandan mayor atención a las autoridades y que se proteja la naciente de varias cuencas importantes de las cuales dependen poblaciones enteras.

• Además, piden que el Parque Nacional de la Cordillera del Cóndor sea preservado y que no siga siendo recortado a través de la entrega de concesiones mineras al interior del área de conservación.

• Insistir en que se sigan desarrollando actividades mineras en la zona de Condorcanqui, como si fuesen territorios vacíos y sin adecuados mecanismos de consulta, es provocar una situación de inminente conflicto.

• Esto demuestra además que no se han sacado las lecciones de hechos tan dolorosos como el de Bagua. 

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Violaciones legales

• Las concesiones mineras otorgadas a Dorato resources violan el Convenio 169 de la OIT donde se establece el derecho a la consulta previa.

• Las concesiones mineras otorgadas en la Cordillera del Cóndor, las cuales VIOLAN EL ARTÍCULO 71 de la Constitución Política el cual prohíbe a empresas extranjeras tener minas en zona fronteriza. Ballón Barraza aparece como titular y no Dorato Rosources porque "el artículo 71 de la Constitución Política señala que los extranjeros no pueden tener minas en la franja de 50 km de la frontera, salvo que haya un decreto supremo aprobado en Consejo de Ministros; sin embargo, no existe dicho Decreto".

• De acuerdo a la Constitución, las comunidades nativas y campesinas “Son autónomas en su organización, en el trabajo comunal y en el uso y libre disposición de sus tierras, así como en lo económico y administrativo, dentro del marco que la ley establece” (Art. 89).

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CONVENIO  Nº 169  OIT  RELATIVO A LOS PUEBLOS INDIGENAS Y TRIBALES EN PAISES INDEPENDIENTES (vigente en Perú

desde 1995)• Art 1.1 se aplica:

− a los pueblos tribales en países independientes, cuyas condiciones sociales, culturales y económicas les distingan de otros sectores de la colectividad nacional, y que estén regidos total o parcialmente por sus propias costumbres o tradiciones o por una legislación especial;

− a los pueblos en países independientes, considerados indígenas por el hecho de descender de poblaciones que habitaban en el país o en una región geográfica a la que pertenece el país en la época de la conquista o la colonización o del establecimiento de las actuales fronteras estatales y que, cualquiera que sea su situación jurídica, conservan todas sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.

• Art 6

1. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán:

a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente;

b) establecer los medios a través de los cuales los pueblos interesados puedan participar libremente, por lo menos en la misma medida que otros sectores de la población, y a todos los niveles en la adopción de decisiones en instituciones electivas y organismos administrativos y de otra índole responsables de políticas y programas que les conciernan;

c) establecer los medios para el pleno desarrollo de las instituciones e iniciativas de esos pueblos, y en los casos apropiados proporcionar los recursos necesarios para este fin.

2. Las consultas llevadas a cabo en aplicación de este Convenio deberán efectuarse de buena fe y de una manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas.

 

• Art 15

1.  Los derechos de los pueblos interesados a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse especialmente. Estos derechos comprenden el derecho de esos pueblos a participar en la utilización, administración y conservación de dichos recursos.

2. En caso de que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras. Los pueblos interesados deberán participar siempre que sea posible en los beneficios que reporten tales actividades, y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de esas actividades.

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CONCLUSIONES

• Hot Spot• Reserva “PARQUE NACIONAL

ICHIGKAT MUJA-CORDILLERA DEL CONDOR”

• Vulneración de normas • Ubicada en la frontera con

Ecuador

• Territorio Awajun• Conflicto activo (según Defensoría del

Pueblo)• No hay consulta previa

• La información que presenta no da la certeza para definir un volumen de recursos o reservas probadas .

• Dentro del 43-101, la estimación de reservas debe tener un sustento técnico y económico.

Económico

Social

Ambiental

Legal

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Referencias

•http://tmx.quotemedia.com/pricehistory.php?qm_symbol=DRI

•http://www.kinross.com/operations/exploration.aspx

•http://www.theaureport.com/pub/co/1171•http://www.cbc.ca/documentaries/natureofthings/

2011/peru/•http://malcolmallison.lamula.pe/tag/awajun•http://www.valoro.net/article.php?sid=276•http://www.andina.com.pe/Espanol/Noticia.aspx

?id=C2UfeUf1a7k=