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C A M P A S P E R O

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T. I. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD ......................................................... 4

T. II. OBJETIVOS Y PROPUESTAS DE ORDENACIÓN ..................................... 4

Antecedentes ................................................................................................................................... 4 Conveniencia .................................................................................................................................... 4 Oportunidades ................................................................................................................................. 5

OBJETIVOS Y PROPUESTAS DE ORDENACIÓN .................................................................. 6 Sostenibilidad territorial y desarrollo rural. ..................................................................................... 6 Sostenibilidad territorial y densidad urbana ................................................................................... 7 Los límites territoriales del crecimiento. ......................................................................................... 7 El tratamiento del medio rural ........................................................................................................ 8 Territorio y actividad económica: hacia un modelo sostenible. ...................................................... 8 Criterios de planeamiento respecto a la demanda de suelo para edificaciones e instalaciones agropecuarias. .................................................................................................................................. 8 Criterios de planeamiento respecto al turismo. .............................................................................. 9 Planeamiento y explotaciones mineras (extracción de piedra)....................................................... 9 El valor estratégico del patrimonio. ............................................................................................... 10 Objetivos de planeamiento respecto al patrimonio natural del municipio. .................................. 10 Criterios de planeamiento respecto al paisaje. ............................................................................. 11 Criterios respecto a las red de carreteras ...................................................................................... 12 Criterios respecto a la red de media tensión ................................................................................. 13

T. III. DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN GENERAL. ..................................14

Objetivos y propuestas Generales ................................................................................. 14 Delimitación de suelo urbano. ....................................................................................................... 14 Suelo rústico. ................................................................................................................................. 14 Regulación de la edificación en el núcleo consolidado. ................................................................ 15 Normativa de protección. .............................................................................................................. 15 Gestión urbanística. ....................................................................................................................... 15

Dotaciones. .................................................................................................................. 16 Equipamientos ............................................................................................................................... 16

Centros docentes ............................................................................................................................................................................ 16 Servicios deportivos ........................................................................................................................................................................ 16 Equipamiento sanitario asistencial ................................................................................................................................................. 16 Equipamiento religioso ................................................................................................................................................................... 16 Servicios socio-culturales ................................................................................................................................................................ 17 Servicios administrativos ................................................................................................................................................................ 17 Transporte público ......................................................................................................................................................................... 17 Cementerio. .................................................................................................................................................................................... 17 Otros equipamientos ...................................................................................................................................................................... 17 Nuevos Equipamientos ................................................................................................................................................................... 18

Viario. ............................................................................................................................................. 18 Espacio Libre Público. .................................................................................................................... 19 Servicios e Infraestructuras. .......................................................................................................... 19

Abastecimiento de agua potable .................................................................................................................................................... 19 Saneamiento .................................................................................................................................................................................. 20 Tratamiento de los residuos sólidos ............................................................................................................................................... 20 Energía eléctrica ............................................................................................................................................................................. 20 Telecomunicaciones ....................................................................................................................................................................... 21 Alumbrado público ......................................................................................................................................................................... 21

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Caracterización del modelo. ......................................................................................... 22 Capacidad residencial. ................................................................................................................... 22 Justificación del modelo de crecimiento. ...................................................................................... 22

Catálogo de protección ................................................................................................. 23

T. IV. DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN DETALLADA. ..............................24

Calificación urbanística. ................................................................................................ 24 Definición ....................................................................................................................................... 24 Determinaciones ............................................................................................................................ 24

Dotaciones ................................................................................................................... 24 Definición. ...................................................................................................................................... 24 Vías públicas. .................................................................................................................................. 25 Espacios libres públicos.................................................................................................................. 25 Equipamientos. .............................................................................................................................. 25 Infraestructuras y redes de servicios. ............................................................................................ 25

Régimen de fuera de ordenación y usos disconformes. ................................................. 25 Usos disconformes con el planeamiento urbanístico. ................................................................... 25 Plazos para el cumplimiento de deberes urbanísticos. ................................................................. 26

Actuaciones Aisladas. ................................................................................................... 26 Definición. ...................................................................................................................................... 26 Determinación. .............................................................................................................................. 26

T. III. METODOLOGÍA DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS ..................................27

Esquema documental. .................................................................................................. 27

Las ITPLAN ................................................................................................................... 28

Calidad del Documento. ............................................................................................... 29 Equipo redactor: TERYSOS, SL. ........................................................................................................................................................ 29

T. IV. INICIATIVAS Y PROYECTOS DE DESARROLLO RURAL .........................30

Recorridos y senderos ecológico – didácticos. ............................................................... 30

Turismo Gastronómico ................................................................................................. 31

El museo de la piedra ................................................................................................... 31

T. V. CUADROS SÍNTESIS DEL PLAN ................................................................33

La clasificación del suelo. .............................................................................................. 33 Suelo Urbano Consolidado. ............................................................................................................................................................ 34 Suelo Urbano No Consolidado. ....................................................................................................................................................... 35 Suelo Rustico Común Tipo A. .......................................................................................................................................................... 36 Suelo Rustico Común Tipo B. .......................................................................................................................................................... 36 Suelo Rústico con Protección de Infraestructuras. .......................................................................................................................... 37 Suelo Rústico con Protección Natural. ............................................................................................................................................ 38 Suelo Rústico de actividades extractivas ........................................................................................................................................ 38

Cuadro Síntesis ............................................................................................................. 39

T. VI. RESUMEN EJECUTIVO ...........................................................................41

Características generales de los efectos y del área afectada. ......................................... 41

Alcance de los efectos ambientales previstos. ............................................................... 42

Efectos Estratégicos. ..................................................................................................... 42

Efectos territoriales. ..................................................................................................... 42

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Efectos sobre la planificación sectorial. ......................................................................... 42

Efectos sobre las normas aplicables. ............................................................................. 43

T. VII. ANEXOS ...............................................................................................44

PLANOS DE ORDENACIÓN .............................................................................................................................................................. 44 DN-CT: CATÁLOGO ......................................................................................................................................................................... 45

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T. I. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD

T. II. OBJETIVOS Y PROPUESTAS DE ORDENACIÓN

Antecedentes

La Redacción de las Normas Urbanísticas Municipales de Campaspero se realiza por al constatar la necesidad de proceder a la Revisión total de Documento vigente en la fecha 30 de Octubre de 1995.

Con posterioridad a su entrada en vigor, se han realizado varias modificaciones puntuales, habiendo sido aprobadas por la Comisión Provincial de Urbanismo y publicadas en las siguientes fechas:

- MODIFICACION PUNTUAL: PLAZA MAYOR. CALLE BOHARIZA: 16/05/1996

- MODIFICACION PUNTUAL: ORDENANZA 8 ESPECIAL PROTECCION AGROPECUARIA 31/11/1999

- Modificación Puntual: Calle Almedilla. Expte: CTU 128/99: 04/10/2000

- Modificación Puntual en fincas 3024 y 3025 (Expte.: CTU. 41/01): 31/05/2011

- MODIFICACIÓN PUNTUAL: ORDENANZAS 1Y2 (CTU 41/04): 31/11/2004

- MODIFICACIÓN PUNTUAL: EN LAS PARCELAS NÚMERO 0141108VL0904S0001UF Y NÚMERO 3023 DEL PARCELARIO DE RÚSTICA DE DICHO TÉRMINO MUNICIPAL: 15/07/2004

- MODIFICACIÓN PUNTUAL: EN LA PLAZA MAYOR 31 DE CAMPASPERO. EXPTE.: CTU 241/03: 29/04/2004

- MOD. PUNTUAL P.80 DEL POL.2 (C/. DEPORTES). EXPTE: CTU 155/06: 25/07/2007

- MODIFICACIÓN PUNTUAL "PARCELAS Nº64 Y Nº3001" - (CTU 197/02): 02/04/2003

- MODIFICACIÓN PUNTUAL - PARCELAS 3029 Y 9000, POLÍGONO 4 - CTU40/04: 22/07/2005

Conveniencia

La necesidad de revisar estas Normas está fundamentada en dos motivos principales.

El primero de ellos es el de dar cumplimiento al nuevo contexto normativo vigente.

El segundo motivo se basa en la inadecuación de algunas de las determinaciones contenidas en el Documento vigente.

Efectivamente, se hace necesario adaptar las Normas Urbanísticas Municipales al nuevo contexto urbanístico y se hace imprescindible para inyectar un impulso en un municipio que está sufriendo un estancamiento importante.

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Además de esto existen causas suficientes, debidas a la gestión y desarrollo de las Normas vigentes, que aconsejan su revisión.

Habiéndose desarrollado bastante edificación sin ordenar fuera del Suelo Urbano, se hace necesario analizar los motivos por los se han desarrollado las citadas edificaciones (sobre todo industriales o agropecuarias) fuera del Suelo Urbano, y replantearse las futuras líneas de actuación.

En los últimos años el desarrollo previsto por las vigentes Normas Subsidiarias se ha realizado de una forma desigual en el ámbito del Suelo Urbano. Efectivamente, a pesar de que ha habido iniciativas de promoción, por distintos motivos no han sido culminadas en su totalidad. Esto merece una atención especial puesto que es precisamente la zona tradicional del municipio la que más ha sufrido esta falta de desarrollo, aunque en este caso concreto se debería hablar de renovación.

Oportunidades

Dentro del replanteamiento general sobre la Normativa municipal se deben estudiar una serie de factores que, siendo ajenos al propio municipio, están incidiendo o lo van a hacer, de forma importante en el futuro de Campaspero. Dentro de este campo se contemplan, nuevas conexiones en la carretera entre Cuellar y Peñafiel como área de oportinidad, así como la previsión de una variante de la misma al Sur del Núcleo de Población, la explotación tradicional de las canteras y las posibles futuras zonas de extracción de manera sostenible y los movimientos y transformaciones del modelo económico y los procesos migratorios internos y externos que se están produciendo.

El eje Toro – Peñafiel - Aranda de Duero – San Esteban de Gormaz (vinculados a la A-11 o ruta del vino) aporta las siguientes oportunidades:

- Este corredor, como subconjunto específico del más amplio corredor del Duero, estructura el desarrollo de las grandes referencias vitivinícolas del Duero con capacidad de definir una oferta turística estructurada y adecuada.

- Refuerzo de la calidad y el conocimiento de los paisajes asociados al viñedo.

- Cuidado y control de las formas de construcción de las nuevas bodegas y sus entornos.

- Coordinación de las ofertas turísticas a través de infraestructuras comunes tales como las Cúpulas definidas en el PRT Valle del Duero, los Corredores Verdes o la red de infraestructuras y equipamientos turísticos en general.

Dentro del PRT Valle del Duero, este eje entra dentro de los corredores Urbanos Funcionales, que son aquellos conjuntos urbanos que se sitúan sobre corredores estratégicos de desarrollo del Duero y cuyo funcionamiento coordinado puede favorecer sinergias y desarrollo de actividades de interés mutuo en base al refuerzo de distintos Sistemas Territoriales del Duero.

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OBJETIVOS Y PROPUESTAS DE ORDENACIÓN

Campaspero debe afrontar un nuevo futuro alternativo apostando por economías más sostenibles y regularizando un entorno urbano sumamente desordenado lleno de edificaciones dispersas que no cuentan con los accesos o servicios adecuados.

La nueva sociedad del ocio y de la calidad y la sostenibilidad exige respuestas como el desarrollo de ofertas adaptadas, economías agrícolas y ganaderas integradas (más ecológicas), una gestión sostenible de los pinares y las canteras o simplemente la explotación cinegética y micológica como alternativas no sólo a una dinamización económica sino también ecológica y sostenible. Los recursos naturales, la agricultura, las cabeceras de los arroyos, pinares, etc. deben ser igualmente explotados de forma sostenible minimizando sus impactos, aprovechando sus sinergias y moderando el uso del suelo.

Desde la perspectiva urbanística el desarrollo deberá apoyarse, fundamentalmente, en la protección de los principales valores culturales, económicos y naturales y en la recuperación de espacios tradicionales en coordinación con las actuaciones del PRT Valle del Duero.

También se ha previsto la incorporación preferente de zonas abandonadas al desarrollo urbanístico en las actuales NUM que en la realidad se están consolidando, sin olvidar la necesidad de disponer de suelo industrial que dé respuesta a una posible demanda, y a la necesidad de desarrollar una oferta de suelo que atraiga empleo, y que exige, dado el mercado de suelo inexistente, la disponibilidad de alternativas en suelos especialmente adaptados.

Sostenibilidad territorial y desarrollo rural.

La LEY 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural exige que para la aplicación del Programa de Desarrollo Rural Sostenible, las Comunidades Autónomas llevarán a cabo la delimitación y calificación de las zonas rurales definidas en el artículo 3 b) en su respectivo territorio, de acuerdo con los siguientes tipos:

a) Zonas rurales a revitalizar: aquellas con escasa densidad de población, elevada significación de la actividad agraria, bajos niveles de renta y un importante aislamiento geográfico o dificultades de vertebración territorial.

b) Zonas rurales intermedias: aquellas de baja o media densidad de población, con un empleo diversificado entre el sector primario, secundario y terciario, bajos o medios niveles de renta y distantes del área directa de influencia de los grandes núcleos urbanos.

c) Zonas rurales periurbanas: aquellas de población creciente, con predominio del empleo en el sector terciario, niveles medios o altos de renta y situadas en el entorno de las áreas urbanas o áreas densamente pobladas.

Dentro de las áreas rurales definidas en dicha Ley de Desarrollo Rural, Campaspero se puede clasificar como, zonas rural intermedia pues su actividad productiva está bastante diversificada y no depende directamente de ningún gran núcleo de población urbano, a pesar de encontrarse a medio camino entre Cuellar y Peñafiel.

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Sostenibilidad territorial y densidad urbana

Los especiales valores del territorio Municipal, los elementos destacados como las canteras y el riesgo de pérdida de calidad de vida de quienes habitan y visitan el Municipio, nos obliga a proponer acciones y previsiones, dirigidas al firme control del crecimiento, que tiendan a eludir la urbanización y la edificación dispersa o el consumo injustificado de nuevos suelos, orientando las actuaciones públicas y privadas hacia la recuperación, rehabilitación o reforma de urbanizaciones y edificaciones preexistentes y/o a la colmatación de los espacios vacíos en áreas ya antropizadas alrededor del suelo urbano.

Tal previsión, conlleva un incremento de la densidad del núcleo urbano, ya que se han visto influenciado por la dispersión urbana. La corrección de esas circunstancias ha de ir acompañada de una política de preservación del medio (suelo rústico) que debe potenciar su valor ecológico así como soporte de otros usos y actividades innovadoras, dentro de lo que se entiende como “conservación activa del medio rural”.

Los límites territoriales del crecimiento.

En la propuesta de clasificación se han adoptado criterios restrictivos limitados de crecimiento, en base a una flexibilidad potencial de la oferta de suelo, en concreto por los siguientes:

a) Los crecimientos propuestos son proporcionales al crecimiento efectivo de la población del municipio, proyectando dicha tasa de crecimiento hasta los años de vigencia del planeamiento pero sin olvidar las posibilidades derivadas del crecimiento justificado por su localización geográfica entre Cuellar y Peñafiel, por el turismo rural y de la llegada de iniciativas empresariales que generen o retengan la mano de obra de la población del municipio.

b) Se utilizarán Sectores de suelo urbano no consolidado, de pequeña superficie en las áreas intersticiales de la trama urbana, y las zonas de suelo construidas del ensanche de la trama existente incluidas como suelo de especial protección en el planeamiento anterior. Los sectores de SUNC están dimensionados al crecimiento previsible.

c) Se plantean pues los crecimientos por ocupación de suelo de nueva creación hasta la segunda corona de edificación irregular existente, ya que con este suelo y mediante la colmatación de los solares y parcelas vacantes existentes en suelos urbanos o de Asentamientos, se resolverían el total de las necesidades del núcleo.

d) Se plantea la posible rehabilitación y reutilización de las casas abandonadas dentro del núcleo y su integración en la trama urbana (existen 182 viviendas vacías dentro del núcleo de población). También se ha trabajado la necesidad de restructurar el tejido edificatorio disperso, alrededor del núcleo para darle una estructura viaria aceptable, una distribución eficiente y garantizar unas dotaciones mínimas acordes.

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El tratamiento del medio rural

Fuera de las áreas delimitadas por el planeamiento como Suelo Urbano, solo se permitirán las edificaciones relacionadas con la conservación y gestión del medio, actividades agropecuarias e industriales y de servicios incompatibles con los usos propios de asentamientos o no procedentes en los suelos urbanos, las instalaciones precisas para la extracción de minerales y el aprovechamiento de energías renovables, las actividades turísticas vinculadas al medio rural y natural, y las declaradas de interés general que precisen de emplazamientos singulares. Estas estarán en cualquier caso supeditadas al cumplimiento de la normativa vigente en cada caso.

Estas Normas Urbanísticas establecen las características de la edificación en suelo rústico. Especialmente deberán establecerse sus condiciones de edificabilidad, altura, ocupación, distancia entre edificaciones, implantación topográfica y paisajística, con expresa referencia a los accesos y el entorno.

Asimismo estas Normas controlan sus condiciones de implantación en el territorio y los impactos producidos, y establecerán las medidas correctoras y compensatorias que sean procedentes.

Territorio y actividad económica: hacia un modelo sostenible.

No podemos conseguir los objetivos sociales y, probablemente, tampoco los ambientales, sin articular un sistema económico que lo sustente. El sector industrial, el sector ganadero, la gestión forestal y minera y el turismo del municipio deben ser los impulsores de la diversificación económica y de la potenciación de las labores de desarrollo; y debe servir para dotar al municipio de una estructura sólida, estable, equilibrada y formada, mejorando sus niveles de riqueza, integración y empleo.

Criterios de planeamiento respecto a la demanda de suelo para

edificaciones e instalaciones agropecuarias.

La demanda de suelo donde ubicar naves o instalaciones agropecuarias no está resuelta en el municipio y está generando una fuerte presión en el periurbano dando lugar a situaciones no deseadas y no resueltas favorablemente respecto a su integración en el núcleo o respecto a la eficiencia del suelo en relación a la actividad concreta.

El intento de resolver algunas solicitudes de forma discontinua y dispersa en suelo rústico tampoco favorece el desarrollo urbanístico coherente y equilibrado.

Se entiende pues como una prioridad la puesta a disposición de suelo para la fijación de la población, para la atracción de actividades y para la creación de una actividad económica sostenible a medio y largo plazo, de interés social (creación de empleo) y de utilidad pública (que contribuya a un urbanismo más justo y equilibrado).

La afloración de instalaciones agropecuarias entorno al núcleo de población se soluciona instalando las mismas en un Suelo Rústico Común Tipo B entorno al núcleo. Se han dibujado

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propuestas de viales no vinculantes pero que pueden sevir al municipio de mapa guía para evitar construcciones en los límites de dichos viales y así asegurar un crecimiento ordenado que no de lugar a la actual situación de la periferia del núcleo plagada de construcciones sin accesos o infraestructuras básicas.

Criterios de planeamiento respecto al turismo.

La previsión de alternativas para los corredores verdes del Duero de nivel 2 y nivel 3, fundamentalmente (el corredor de nivel 1 pasa al Sur del Duero) permitirá su mejor integración en la futura red o Sistema Territorial de Corredores Verdes del Duero. Esta previsión garantizará un uso más intenso de los caminos tradicionales e así como de las vías pecuarias que discurren a través del término municipal, y con una debida oferta de servicios, inducirán, sin duda, la ubicación de actividades de turismo rural ligado a los productos turísticos en marcha.

Planeamiento y explotaciones mineras (extracción de piedra).

Los criterios que el planeamiento aplica en razón de la ordenación de los recursos minerales se basan en una doble estrategia:

• Permitir la explotación de los recursos mineros en razón de oportunidades sectoriales, económicas, tecnológicas o de otra índole que puedan hacerle rentable y eficiente en el futuro.

• Preservar los valores naturales y ecológicos de los entornos de las estructuras mineras y restaurar paisajística y ambientalmente y reducir el riesgo de las instalaciones existentes y futuras.

Los objetivos de las Normas para conseguir estos fines se basan en:

• Clasificar como suelo de Actividades Extractivas, en función del del grado de restauración, las áreas vinculadas a las explotaciones mineras, donde los yacimientos afloran a la superficie en forma de zonas de extracción de piedra y demás instalaciones de acceso y apoyo a las mismas.

• Mantener las determinaciones del planeamiento vigente respecto a la minería entendiéndolas aplicadas a sus correspondientes categorías urbanísticas.

• Exigir la adaptación de los Planes de Restauración de todas las explotaciones extractivas existentes a los objetivos de calidad paisajística y de ordenación y protección establecidos en este Plan.

Se ha mantenido el Sector Industrial de las antiguas Normas en la Carretera de Cuéllar para que en caso de ser necesario, las industrias de la piedra (u otras) puedan ampliar y desarrollar su actividad industrial en un lugar más idóneo, sin perjuicio de que las mismas pueden construir las instalaciones necesarias para el desarrollo de su actividad (dentro de los parámetros establecidos en Normativa) dentro del SRAE.

Probablemente dicho sector no se ha desarrollado debido a que al tratarse de Suelo Urbanizable, las cesiones de dotaciones no compensaban a la iniciativa privada. Por lo tanto

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no se debe prever esta bolsa de suelo ya que si existiera en algún momento alguna iniciativa privada más grande a la que le interesara instalarse en Campaspero vinculada a la piedra o a su situación estratégica podría caber dentro de una autorización excepcional en Suelo Rústico.

El valor estratégico del patrimonio.

Requisito previo y necesario de sostenibilidad del modelo es articular los mecanismos necesarios que propicien la conservación de la biodiversidad y el uso racional y eficiente de los recursos naturales, compatibilizándolo con un equilibrado desarrollo económico y social.

La preservación de la biodiversidad se ha convertido en un objetivo fundamental de todas las políticas de conservación de la naturaleza, entendiendo por conservación el conjunto de medidas encaminadas la consecución de los siguientes fines:

• La utilización ordenada de los recursos naturales y culturales,

• Mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales y fomento de las prácticas más acordes con una gestión eficiente de los recursos naturales.

• Prestar especial atención al consumo de agua con objeto de mejorar los procesos de gestión y aprovechamiento.

• Reforzar los procesos de regeneración y transformación frente a los procesos expansivos.

• Recuperar sistemas tradicionales de construcción que resulten ecoeficientes frente a las condiciones climáticas y de soleamiento propias del lugar.

• Fomentar la protección del patrimonio de excelencia y tradicional (catálogo arquitectónico) así como la valorización y protección de los elementos culturales destacados.

Objetivos de planeamiento respecto al patrimonio natural del municipio.

Desde el presente documento normativo se establecerán normas de protección del Medio Ambiente y reguladoras de los recursos naturales, no incluidos en la Legislación Autonómica, para evitar actuaciones inadecuadas. Se protegen, además de los elementos considerados Paisajes Valiosos por el PRT Valle del Duero, los espacios de los ecotonos (agrícolas en general) que contribuyen a al continuidad ecológica o a la mejora de la calidad de las aguas, y las masas forestales (especialmente pinares y vegetación riparia).

Se ordena la pequeña actividad industrial y agrícola desde criterios de máxima concentración, evitando superar niveles de perjuicios para el entorno, y prestando especial atención a los efectos ambientales o paisajísticos más negativos que se pudieran producir por efecto de contaminación ambiental o visual en entornos sensibles de los crecimientos mínimos previstos.

Se promueve la máxima concentración urbana y rural con el fin de facilitar y hacer sostenibles la construcción y gestión de las infraestructuras, y, en particular, las relacionadas con el agua, tales como abastecimientos, depuración y vertidos. Desde las Normas

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Urbanística Municipales, se protegerá, mediante la delimitación de zonas y categorías, la red hidrológica (Cabeceras de arroyos).

Se establecerá la necesidad de formular un programa de restauración del paisaje afectado por explotaciones mineras, que palie el fuerte impacto de esta actividad, buscando principalmente la rehabilitación del entorno, con el fin de habilitar estas zonas como zonas agrícolas o ambientales o bien integrarlas en el proyecto de desarrollo turístico o bien protegerlas de riesgos o impactos. En todo caso, se prohíbe la actividad extractiva en las zonas del municipio incompatibles con la actividad extractiva conforme a la legislación vigente, por clases de suelo, en la totalidad del municipio.

Este Planeamiento protegerá especialmente todos los recursos forestales del Municipio, a pesar de no estar incluidos en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, o en los paisajes valiosos propuestos por el PRT del Valle del Duero, a través de la identificación de los montes públicos y de las masas forestales. Desde el Plan, se incluirán en áreas de especial protección, para la posterior regulación de su conservación, todos los componentes de la biodiversidad, tales como especies, subespecies y poblaciones autóctonas.

Desde el Planeamiento Municipal se tratará de impedir la fragmentación ecológica, es decir, los usos y actividades permitidos en el medio natural deberán evitar, en la medida de lo posible, afecciones a los hábitats naturales que impidan el libre movimiento de las especies o limiten la interrelación de los componentes de la biodiversidad dentro de un mismo hábitat. Se controlarán, con las limitaciones de este tipo de Plan, la introducción de nuevas infraestructuras para tráfico rodado, nuevos tendidos aéreos o subterráneos, canalizaciones y nuevos senderos que fragmentarían los hábitats naturales mejor conservados en unidades de pequeño tamaño o de baja relación área/perímetro.

En las Normas, se delimitarán zonas susceptibles de aplicársele políticas de restauración ecológica, en especial, de restauración forestal por los innegables beneficios que reporta al mantenimiento de determinados procesos ecológicos esenciales. Se delimitarán aquellas zonas susceptibles de albergar equipamientos aislados adecuados a los proyectos de desarrollo del municipio.

Criterios de planeamiento respecto al paisaje.

El paisaje constituye, un elemento básico en la planificación del territorio, cuya consideración y análisis producen decisiones directas en la ordenación, tales como preservación de áreas vacantes, corrección de dinámicas y tendencias, utilización como recurso, etc…

En este sentido se plantean los siguientes aspectos y análisis:

- Insolación y reflectividad.

- Identificación y aportación de nuevos valores escénicos mediante el diseño de espacios, rutas y recorridos.

- Nuevos roles de elementos singulares del paisaje abandonado o deteriorado, como, canteras, áreas de extracción y otros.

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- Escala y características de los proyectos necesarios para reservar, restaurar o rehacer el paisaje.

- Criterios para actuaciones territoriales que destaquen el valor del paisaje.

- Mejoras en el sistema de infraestructuras de accesibilidad, energéticas, hídricas y de residuos.

- Identificación de puntos, recorridos singulares e impactos percibidos desde las principales vías de comunicación.

- Análisis y propuestas para la mejora de la percepción estática y dinámica desde las principales vías de comunicación.

- Criterios relativos a los grandes objetos y los elementos repetitivos, como infraestructuras puntuales destacadas, publicidad y mobiliario, vallados y cierres, y otros.

La mayor parte del conjunto de estructuras y elementos que aún conforman y caracterizan el extenso y antropizado paisaje agrícola tradicional, debe considerarse patrimonio de valor etnográfico, por ser testimonio y expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo castellano y también como recurso económico, ligado al sector turístico, de alto potencial.

El conjunto de las estructuras rurales constituye la más apreciada caracterización del paisaje tradicional de Castilla y León, merecedor de una protección efectiva, integral, y general, sea cual sea su estado de conservación.

En caso de ser justificado y autorizado su derribo, se adoptarán las medidas oportunas para reutilizar adecuadamente los materiales afectados, preferentemente en obras de restauración de naturaleza análoga.

Desde las Normas Urbanísticas Municipales se crearán las condiciones en lo posible para la aplicación de una política centrada en la adecuada ordenación del diseño vegetal y el arbolado, en especial el mantenimiento y recuperación del arbolado existente en el medio rural, mediante la conservación o rehabilitación de las características ecológicas y culturales de cada entorno.

Asimismo se tendrá en cuenta que en la ordenación, diseño y tratamiento de los diferentes espacios urbanos, rurales y naturales, las afecciones sonoras pueden ser corregidas. Se podrán plantear, para ello, formas adecuadas para su protección, tratamiento y gestión.

Criterios respecto a las red de carreteras

El municipio cuenta con una red de carreteras que lo comunica con las poblaciones de Cogeces, Olombrada, Moraleja Peñafiel y Cuéllar.

La carretera Cuéllar Peñafiel es un eje estratégico por el que circulan a diario un importante número de camiones que circulan a gran velocidad por el casco tradicional de Campaspero a pesar de tener la limitación de 50 km/h de casco urbano.

Para aumentar la seguridad de la población del municipio, así como para favorecer el espacio de convivencia que debería ser la plaza mayor (atravesada por dicha carretera) se ha previsto una banda de SRPI que permita reservar un ancho suficiente para la construcción de una necesaria variante que evite las situaciones anteriormente descritos.

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El Plan Sectorial de Carreteras de la Junta de Castilla y León 2008 - 2020 no prevé una variante para este municipio, sin embargo se considera necesario reservar dicho suelo para que cuando haya posibilidad de realizarla, se pueda hacer sin problemas a una distancia y con unos radios de giro adecuados para el municipio.

La reserva de suelo no compromete a los propietarios de las parcelas por donde pasa, ya que son lo suficientemente grandes para poder construir cualquier instalación permitida en SRC Tipo A fuera de las banda de SRPI prevista.

Criterios respecto a la red de media tensión

Existen en el municipio redes eléctricas de media tensión que deberán cumplir el reglamento de líneas de alta tensión de 28 de Noviembre de 1968 respetando las distancias mínimas establecidas.

En el caso de que las líneas crucen Suelo Urbano se deberán enterrar de acuerdo a las determinaciones de legislación sectorial vigente a través de convenio entre el Ayuntamiento, los propietarios afectados y la compañía suministradora.

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T. III. DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN GENERAL.

Objetivos y propuestas Generales

Con carácter de Determinación de Ordenación General, las presentes NUM establecen para todo el término municipal una serie de criterios, objetivos y propuestas generales que se recogen en este apartado.

Delimitación de suelo urbano.

Existen motivos que aconsejen la adopción de un modelo de ocupación del territorio distinto del ya consolidado, implicando una delimitación que se ajusta a las antiguas determinaciones de las Normas Subsidiarias solucionando el problema de las edificaciones dispersas surgidas alrededor del núcleo, haciendo compatibles las necesidades de suelo con la necesaria racionalización de los procesos de crecimiento.

De esta manera, los límites de Suelo Urbano Consolidado se ciñen a las áreas ya construidas dotadas de servicios en los términos previstos por la Ley de Urbanismo, si bien se ha procedido a ajustar su trazado a la configuración parcelaria para evitar problemas en los bordes o para incluir nuevos suelos adyacentes de la corona norte donde ya existen edificaciones y que se regularizan a partir de Actuaciones Aisladas.

Los Sectores de Suelo Urbano No Consolidado tratan de tejer el tejido urbano existente con el fin de garantizar una ordenación en el caso de que se desarrollasen. En caso contrario, el suelo se bloquearía evitando que la situación de edificaciones sin accesos o infraestructuras básicas se siga agravando.

La ordenación establecida por las Normas Subsidiarias vigentes en las áreas urbanas consolidadas, se considera incompleta con lo que se introducen algunos ajustes puntuales de alineaciones, límites zonales y otras correcciones, derivadas en gran medida de la disponibilidad de una cartografía más actualizada y fiable y unas determinaciones de ordenación más acordes con la Normativa y contexto actual amplicando ámbitos de actuaciones aisladas para solucionar determinados problemas, con el fin de completar o rehabilitar la urbanización, u obtener zonas de viario.

En relación con la normativa anterior, se resuelven algunas indefiniciones, se aclaran algunos aspectos confusos de las determinaciones, etc.

Las zonas de ordenanza de la normativa urbanística incorporan las determinaciones específicas que configuran la calificación.

Suelo rústico.

El objetivo genérico para el Suelo Rústico, consiste en la revalorización y protección del territorio del término no apto para su ocupación urbana.

Asimismo, las Normas persiguen el objetivo de creación del marco jurídico adecuado para esta clase de suelo, articulando la intervención de la administración local con un doble

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objetivo: por un lado, eliminar las actuaciones irregulares en estos suelos y los factores generadores de degradación ambiental; por otro, potenciar su puesta en valor con la regulación de actividades compatibles con la preservación del medio físico.

En cualquier caso, se determinan las condiciones de compatibilidad bajo las cuales sí serán posibles ciertas construcciones y aprovechamientos de recursos en los suelos rústicos, con el fin de garantizar el mantenimiento de las condiciones del medio o de minimizar el impacto sobre el mismo.

Regulación de la edificación en el núcleo consolidado.

Las determinaciones del planeamiento en el suelo urbano consolidado, buscan compaginar la mejora genérica de las condiciones del núcleo y de la calidad de vida de sus habitantes, con el mantenimiento de sus valores arquitectónicos y constructivos tradicionales, así como los históricos, paisajísticos y medioambientales. Sólo desde su mantenimiento y potenciación es posible crear condiciones de atractivo cara al exterior. En orden a conseguir este objetivo, las NUM tratan los siguientes temas:

Regulación normativa de los aspectos tipológicos, constructivos, volumétricos y estéticos para las nuevas construcciones en el interior del Casco, de manera que se mantengan los aspectos morfológicos y estructurales que los caracterizan.

Regulación, a través de la Normativa Urbanística, de los usos e intensidades que son admisibles dentro del casco, estableciendo los límites de compatibilidad de las actividades no residenciales.

Regular los parámetros de parcela mínima que eviten la excesiva atomización de propiedad.

Determinación cuidadosa de las alineaciones, buscando mantener y potenciar la riqueza morfológica del tejido urbano.

Normativa de protección.

La Normativa Urbanística establece las condiciones de protección de las zonas o elementos que lo requieren, en virtud de sus características o interés:

Protección de los edificios de interés arquitectónico o cultural.

Delimitación de las zonas que por poseer valores naturales o de cualquier otro tipo, merecen protegerse de la posible implantación de construcciones o instalaciones que desvirtúen sus cualidades.

Indicación de las infraestructuras del territorio que determinen algún régimen de protección en sus márgenes en virtud de su legislación sectorial, al objeto de poder determinar las bandas de afección y el contenido de la protección, en cada caso.

Gestión urbanística.

Como última meta global de las NUM, cabe señalar la necesidad de redactar un documento eficaz para la gestión urbanística, que recoja en la medida de lo posible los intereses de la

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mayoría de los habitantes, y que sirva de instrumento práctico para encauzar la actividad urbanística y edificatoria del municipio.

Dotaciones.

Las NUM prevén las calificaciones de suelo necesarias para cubrir las carencias dotacionales del municipio.

Asimismo, se definen los esquemas generales de las redes básicas, así como las calificaciones de suelo precisas para la localización las mismas.

Las dotaciones actuales del municipio se consideran suficientes para la población actual. En el caso de que los Sectores de SUNC se desarrollasen, se determinan en cada uno las dotaciones necesarias para satisfacer la futura demanda derivada del aumento de población.

Los actuales equipamientos son los siguientes:

Equipamientos

Centros docentes

El municipio cuenta con una Guardería y un Centro escolar, el CEIP Colegio Público Jorge guillén con 45 alumnos matriculados, 8 profesores y 4 aulas.

No se prevé nuevas necesidades de Suelo para dotaciones de este tipo.

Servicios deportivos

Campaspero cuenta con un campo de fútbol, una pista depádel, un frontón cubierto y una pista polideportiva al aire libre, una pista de tenis, una pista de patinaje, un polideportivo municipal, una piscina municipal,unos Juegos infantiles y un biogimnasio al aire libre.

No se prevé nuevas necesidades de Suelo para dotaciones de este tipo.

Equipamiento sanitario asistencial

Exixste Consultorio médico donde se pasan las visitas médicas semanalmente. El servicio asistencial de rango superior se encuentra en Peñafiel (a 15 Kms.) y corresponde al Área de Salud Valladolid II - Este. Dispone de una farmacia.

No se prevé nuevas necesidades de Suelo para dotaciones de este tipo.

Equipamiento religioso

Existe una iglesia de culto católico, la de Santo Domingo de Guzmán, en el núcleo.

No se prevé nuevas necesidades de Suelo para dotaciones de este tipo.

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Servicios socio-culturales

Existe un Centro de la Tercera Edad, la Residencia Virgen del amor hermoso, una Biblioteca municipal, el Hogar del Pensionista y un teatro municipal, una sala de exposiciones y un aula de formación de adultos en las dependencias del Ayuntamiento.

No se prevé nuevas necesidades de Suelo para dotaciones de este tipo.

Servicios administrativos

Campaspero dispone en su núcleo principal de edificio del Ayuntamiento, que es el centro administrativo y donde se ubican diversas actividades ciudadanas.

No se prevé nuevas necesidades de Suelo para dotaciones de este tipo.

Transporte público

Además del transporte regular, existe una línea de transporte a la demanda a Valladolid y Madrid.

No se prevé nuevas necesidades de Suelo para dotaciones de este tipo.

Cementerio.

Como servicios públicos y dotaciones básicas, los cementerios están regulados en el Decreto 16/2005, de 10 de febrero, de policía sanitaria mortuoria en la comunidad de Castilla y León (BOCyL nº 29, de 11-2-2005 página 2531).

Actualmente el ayuntamiento de Campaspero dispone en su municipio de un cementerio municipal que se ubica hacia el Sur del núcleo y ocupa una superficie de 1.176,7 m²

Se deberán controlar sus condiciones higiénicas pero se considera fuera del suelo urbano consolidado a los efectos de la aplicación del artículo 36.5 del Decreto 16/2005, de 10 de febrero, por el que se regula la policía sanitaria mortuoria en la comunidad de Castilla y León (BOCyL nº 29, de 11-2-2005 página 2531).

Así, Las edificaciones de cualquier tipo, así como las reconstrucciones o ampliaciones de edificaciones existentes, deben respetar la distancia de 15 metros ya que se trata de un núcleo con población inferior a 5.000 habitantes.

No se prevé nuevas necesidades de Suelo para dotaciones de este tipo.

Otros equipamientos

Existen además en Campaspero otros servicios municipales tales como un matadero, un tanatorio, un Centro de limpieza y desinfección de vehículos, un merendero al aire libre, un edificio de correos, un punto limpio, una sala de uso, varias viviendas municipales, un almacésn de vehículos y maquinaria municipales, un almacés de materiales en el recinto del Campo de Fútbol y el futuro del Museo dela Piedra ubicado en el antiguo colegio en la Calle Norte.

No se prevé nuevas necesidades de Suelo para dotaciones de este tipo.

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Nuevos Equipamientos

La ordenación de nuevos Sectores de SUNC establece la necesidad de destinar nuevos suelos destinados a equipamientos. Cada Sector de SUNC establece la superficie que le corresponde según la legislación urbanística.

Por otro lado se establecen sectores de Sistema General destinados a ampliar la zona donde se concentran los principales equipamientos del municipio con el fin de obtener suelo para poder ampliar las mismas en caso necesario. Los Sectores de SUNC S1 y S2 en caso de desarrollarse deberá ceder una parte de este terreno proporcionalmente a su superficie al Sector de SG que tenga adscrito.

Viario.

En Campaspero se configuran de una forma irregular sin un orden geométrico preciso la mayoría de las calles y plazas. Son vestigio del trazado tradicional y su disposición orgánica, entorno al principal espacio público del municipio: la Plaza Mayor, configurada en el cruce de las principales vías de acceso a la población. Otros elementos configurantes de la estructura urbana son las antiguas vías pecuarias, algunas convertidas en discretas calles en su travesía urbana.

El espacio público más representativo es la Plaza Mayor y de la Iglesia de Santo Domingo de Guzmán por su central ubicación, genera espacios perimetrales de relación con las calles de acceso.

Casi todos los viales se hallan pavimentados, en lo que al suelo urbano consolidado se refiere. Las travesías asfaltadas y normalmente con aceras. Las calles normalmente están pavimentadas mediante solera de hormigón y a veces bordillos que separan el tráfico rodado del peatonal. Lo realizado se encuentra casi todo en buen estado de conservación. Otros elementos configurantes de la estructura urbana son las antiguas vías pecuarias, convertidas en discretas calles en su trayectoria urbana.

En general no se considera necesario la realización de nuevo viario, tan solo la mejora del mismo. El estado de conservación de los viales se encuentra reflejado en los Planos de Información.

En las ocasiones en las que se hace necesario algún tipo de actuación puntual se ha delimitado un ámbito de Actuación Aislada para conseguirlo, sobre todo en la Corona Norte del Núcleo.

En caso de desarrollo, cada Sector de SUNC establece sus propias necesidades de viario.

Los Sectores de SUNC S3, S4 y S5 en caso de desarrollarse deberá ceder una parte de este terreno proporcionalmente a su superficie al Sector de SG que tenga adscrito para dotar de una vía que comunique la carretera de Cogeces con la de Cuéllar y así evitar gran parte del tráfico rodado por el interior del núcleo tradicional. El vial termina en una glorieta que une a su vez la Carretera de Moraleja.

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Espacio Libre Público.

Campaspero cuenta con varios espacios Libres públicos concentrándose todos al SO del municipio en la zona donde se concentran la mayoría de los equipamientos públicos.

Cuenta con un parque que cuenta con pista de patinaje, campo de fútbol y pista de atletismo.

Enfrente de la Residencia de ancianos existe otro pequeño espacio libre público con zonas de merendero, pista de tenis, juegos etc.

En general no se considera necesario la realización de nuevos ELP, tan solo la conservación de los mismos.

En caso de desarrollo, cada Sector de SUNC establece sus propias necesidades de ELP.

Servicios e Infraestructuras.

Abastecimiento de agua potable

Actualmente el abastecimiento de agua potable está compartido dentro de la Mancomunidad de la Churrería, la cual capta el agua del Manantial El Salidero en el Término Municipal de Fuentidueña (Segovia).

Según la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales de la Diputación de Valladolid, Capaspero dispone de un depósito con 800m3 de capacidad, ubicado al Sur del núcleo. Existe una captacion situada fuera del término municipal en el paraje de El Barrancal perteneciente a la Mancomunidad de La Churrería. Se encuentra en buen estado.

El abastecimiento viene a través de una conducción Con la captaciones se garantiza el suministro.

Casi toda la red de distribución, se encuentra en buen estado.

Respecto a las captaciones se aporta la resolución de un expediente sancionador en el que se especifica que en la actualidad con la obra realizada, la concesión resulta suficiente para la demanda actual. Por otro lado se presenta otro escrito que certifica que la concesión es suficiente y que en la actualidad la captación se optimiza a 57 litros/segundo tomadas del Manantial El Salidero en el Término Municipal de Fuentidueña (Segovia), suficientes para dar servicio al aumento de población que pudiera derivar de la nueva ordenación como se explica a continuación.

La mancomunidad de la Churrería cuenta con una población de 2062 habitantes en la Provincia de Segovia y 13.092 en la provincia de Valladolid, lo que hace un total de 15.154 habitantes (Datos INE 2009).

Los nuevos suelos propuestos en la ordenación supondrían un incremento de unos 659 habitantes equivalentes. Éstos sumados a la población de la mancomunidad dan un total de 15.813 habitantes.

Se ha previsto una dotación de agua de 200 litros por habitante y día, el doble de lo que dice el Artículo 7 del Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano.

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Artículo 7. Captación del agua para el consumo humano.

1. Sin perjuicio de lo que disponga la autoridad sanitaria en cada caso, el agua destinada a la producción de agua de consumo humano podrá proceder de cualquier origen, siempre que no entrañe un riesgo para la salud de la población abastecida.

La dotación de agua deberá ser suficiente para las necesidades higiénico-sanitarias de la población y el desarrollo de la actividad de la zona de abastecimiento, como objetivo mínimo debería tener 100 litros por habitante y día.

El consumo diario una vez se haya desarrollado todo el suelo previsto en las presentes Normas daría un total de 3.162.600 litros al día.

La actual concesión así como los depósitos y demás instalaciones con las que cuenta en la actualidad están previstos para obtener un caudal de 57 litros/segundo o lo que es lo mismo 4.924.800 litros al día, suficientes para abastecer el aumento de población inducido por el planeamiento urbanístico.

Saneamiento

La red de alcantarillado en el núcleo es de tipo unitario, extendiéndose por todo el ámbito urbano mediante diferentes ramales.

En la actualidad las aguas se vierten a una depresión del terreno en el Pago del Lanchar y Marciel. Existe un Proyecto de EDAR y emisario de 2008 aprobado por la Confederación Hidrográfica del Duero a la espera de su ejecución. Se considera que dicha EDAR está sobredimensionada y por tanto es suficiente para la nueva ordenación propuesta ya que la capacidad de la futura planta de aguas residuales de Campaspero, puede dar servicio a una población de 2.550 habitantes, inferior a los 2.459 habitantes máximos previstos con la nueva ordenación.

El conjunto de los ramales convergerá en un emisario, que acometerá a una central depuradora con capacidad suficiente para hacer frente a las necesidades y requerimientos actuales.

Tratamiento de los residuos sólidos

Existe un servicio mancomunado para 4 municipios de la mancomunidad de Minguela, junto con Bahabón. Cogeces del Monte y Torrescárcela con unos 600.000 kg recogidos al año.

Respecto a la recogida de residuos papel y vidrio (Mancomunidad de Minguela) se considera adecuada a sus necesidades, sin embargo el papel-cartón, plásticos-envases y aceite se puntúa como regular.

En cuanto al abastecimiento y calidad de las aguas de consumo se ven como buenas.

Óptima es la apreciación sobre la calidad de los ruidos y la contaminación atmosférica.

Se cree que es necesaria una sensibilización ambiental en cuanto a segregación de residuos y disminuir la contaminación producida por las escombreras existentes.

Energía eléctrica

Por el término Municipal no cruzan líneas áreas de alta tensión.

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Las redes cubren el término Municipal sirviendo de modo normal al núcleo de población y a las explotaciones dispersas.

El tendido es aéreo, no existiendo proyectos de soterramiento del mismo.

No se considera necesaria la modificación de la red eléctrica actual, a pesar de que sería conveniente enterrarla al encontrarse las líneas de Media tensión muy cerca de la edificación.

Telecomunicaciones

Se dispone de red de telefonía e Internet suficiente para dar servicio a la población actual y futura prevista en las NUM.

Alumbrado público

La instalación es básica, sin llegar a iluminar conforme a estándares deseables.

Salvo en zonas de reciente urbanización el tendido es aéreo.

Existen 4 cuadros eléctricos y unas 400 luminarias.

A partir del Plan de eficiencia energética se propone el cambio de las lámparas de vapor de mercurio por lámparas de vapor de sodio de Alta Presión y algún punto significativo dcon lámparas LED.

Se propone el gradual cambio de luminarias para ahorrar energía así como el cambio de dicho tendido por uno subterráneo.

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Caracterización del modelo.

Capacidad residencial.

Para valorar la capacidad residencial del modelo de ocupación del territorio planteado las presentes NUM, se tienen en cuenta los siguientes criterios:

1. Se parte de un escenario de 777 viviendas existentes en el municipio, según datos del Instituto Nacional de Estadística. Se toma este dato como valor teórico de la capacidad del Suelo Urbano Consolidado edificado, sabiendo que 280 viviendas son secundarias o están vacías.

2. Según un análisis realizado sobre los datos de la DG de Catastro, el municipio cuenta con un total de 32.030,98 m2 de Solares y Ruinas y nuevos suelos desusceptibles de convertirse en vivienda. Se han supuesto viviendas de 130 m2 y se ha multiplicado por un coeficiente de edificabilidad de 0,5 m2/m2, esto supondría un aumento de 123 vivendas que sumadas a las 182 viviendas vacías y a razón de 1,7 habitantes estimados de ocupación (habitantes actuales entre numero de viviendas principales existente) daría un total de 518 habitantes más de los actuales, lo que daría un total de (1346 +518 ) 1.864 habitantes que podrían llegar a habitar dentro del Núcleo de población.

3. En el caso de que se desarrollaran los Sectores de Suelo Urbano No Consolidado, el número de viviendas que podrían materializarse sería de 350 viviendas que a razón de 1,7 habitantes estimados de ocupación daría un total de 595 habitantes más de los que cabrían en SUC, lo que daría un total de (1.864 +595 ) 2.459 habitantes que podrían llegar a habitar dentro del Núcleo de población.

Justificación del modelo de crecimiento.

Hay que señalar que las presentes NUM prevén un crecimiento mayor del estrictamente necesario para la demanda propia del municipio.

Se trata de un municipio situado entre dos municipios bastante importantes dentro de la región (Peñafiel y Cuéllar) y con un potencial económico importante debido al sustrato pétreo sobre el que se asienta.

A pesar de la actual situación económica, se ha ordenado este tipo de suelo para una posible demanda futura de vivienda que solucione o bloquee la actual dispersión de edificaciones entorno al núcleo de población.

Las demanda de actividades industriales – agropecuarias que puedan generarse quedarán absorbidas dentro el Suelo Rústico Común de Tipo B creado para tal fin.

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Catálogo de protección

Con carácter de Determinación de Ordenación General, las NUM incluyen un Catálogo de protección de elementos a que hace referencia la legislación. En él se recogen aquellos elementos y edificios que por su interés cultural, arquitectónico, ambiental, etc, merecen algún tipo de protección. El Catálogo forma parte de las NUM como documento diferenciado, incluyendo la normativa aplicable a cada elemento en función de su grado de protección.

Asimismo, el Catálogo de Protección incluye planos de localización y delimitación de los elementos catalogados, tanto en el medio urbano como en el rústico.

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T. IV. DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN DETALLADA.

Calificación urbanística.

Definición

Con carácter de Determinación de Ordenación Detallada, las NUM establecen en determinados ámbitos la calificación urbanística pormenorizada, conforme al artículo 42.1-a) de la Ley 5/99, modificado por la Ley 4/2008 de medidas sobre Urbanismo y Suelo de Castilla y León. Se determina mediante la división del suelo en una serie de zonas de ordenanza para las que se establece, de manera diferenciada, un determinado tipo de regulación adecuado a las características de las áreas urbanas definiendo los parámetros de ordenación propios de cada una de ellas.

Los planos de ordenación establecen la referencia de la zona de ordenanza de aplicación en cada caso. Su definición y características, así como las condiciones particulares de uso, aprovechamiento y edificación dentro de sus ámbitos respectivos, se incluye en la Normativa.

Determinaciones

Las determinaciones propias de cada zona de ordenanza que definen la calificación urbanística se recogen en las fichas de la Normativa, indicando para cada zona:

1. La asignación de la tipología edificatoria y su regulación mediante condiciones de edificación específicas establecidas en la propia ordenanza.

2. La asignación de la intensidad de uso del suelo y ocupación, expresada, definiendo el sólido capaz mediante parámetros tales como altura, fondo edificable, distancias a linderos, área de movimiento y otros análogos. La definición y regulación de estos parámetros se detalla en la Normativa Urbanística.

3. La asignación del uso pormenorizado del suelo, adscribiendo los usos definidos en la normativa a las categorías de predominante, compatible y prohibido. La regulación de estos usos se establece mediante la remisión a las condiciones señaladas también en la Normativa Urbanística.

Dotaciones

Definición.

Con carácter de Determinación de Ordenación Detallada, las NUM no establecen diferencias entre sistemas generales y sistemas locales, conforme a la Ley 5/99, modificada por la Ley 4/2008 de Medidas sobre Urbanismo y Suelo de Castilla y León.

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Vías públicas.

Las vías públicas están integrado por los espacios e instalaciones asociadas, delimitados y definidos por sus alineaciones y rasantes, y destinados a la estancia, relación, desplazamiento y transporte de la población así como al transporte de mercancías, incluidas las superficies de aparcamiento y las zonas verdes con finalidad ornamental o de complemento a las vías públicas. Comprende:

1. Red de Calles Urbanas, tanto de uso de vehículos como peatonal.

2. Carreteras, caminos públicos, vías pecuarias, grandes rutas, servidumbres de paso, etc en Suelo Rústico.

Espacios libres públicos.

Constituye conjunto de espacios e instalaciones asociadas destinados a parques, jardines, áreas de juego infantil, áreas de ocio, expansión y recreo de la población, zonas deportivas abiertas de uso no privativo y otras áreas de libre acceso no vinculadas al transporte.

Constituyen la red de plazas y pequeñas áreas peatonales y/o ajardinadas, integradas en el tejido viario del núcleo.

Los elementos cuya obtención se asigna como cesión gratuita a cargo de alguna actuación aislada, se cuantifican en la ficha correspondiente.

Equipamientos.

Constituye el conjunto de las construcciones, instalaciones y espacios asociados, destinados a la prestación de servicios, culturales, sanitarios, religiosos, administrativos, etc a la población.

Los distintos Equipamientos se indican gráficamente en los Planos de ordenación.

Infraestructuras y redes de servicios.

Está formado por el conjunto de redes, instalaciones y espacios asociados destinados a la prestación de servicios de abastecimiento de agua, saneamiento, recogida de residuos, energía eléctrica y telecomunicaciones y otros que tengan carácter esencial sin perjuicio de su titularidad o gestión pública o privada.

Régimen de fuera de ordenación y usos disconformes.

Usos disconformes con el planeamiento urbanístico.

Conforme a la Ley 5/99, modificado por la Ley 4/2008, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo de Castilla y León, se entenderá por tales aquellos usos anteriores a la aprobación definitiva del presente documento, que aun no siendo ajustados a sus determinaciones, no se encuentran expresamente declarados fuera de ordenación en virtud del artículo anterior.

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Plazos para el cumplimiento de deberes urbanísticos.

Con carácter de Determinación de Ordenación Detallada, y conforme a la Ley 5/99, modificado por la Ley 4/2008, las NUM establecen los plazos para el cumplimiento de los deberes urbanísticos que corresponden a los propietarios de suelo en determinados ámbitos.

Dichos plazos son los siguientes, referidos al momento de entrada en vigor de las presentes NUM con la publicación de su acuerdo de Aprobación Definitiva en el Boletín Oficial de Castilla y León. Se establece un plazo de OCHO (8) años para cumplir genéricamente con los deberes de conversión, en su caso, de las parcelas en solares.

Actuaciones Aisladas.

Definición.

Con carácter de Determinación de Ordenación Detallada, las presentes NUM establecen en Suelo Urbano Consolidado una serie de agrupaciones de parcelas denominadas Actuaciones Aisladas.

Se trata de ámbitos que habrán de desarrollarse, a través de las cuales pueda realizarse de manera equitativa tanto la adaptación física de las parcelas a las determinaciones del planeamiento urbanístico, como la ejecución de las obras necesarias para completar o rehabilitar la urbanización; todo ello conforme al texto modificado por la Ley 4/2008 del artículo 71 de la Ley 5/1999.

El instrumento de desarrollo que para ello habrá de utilizarse será el indicado en cada Ficha.

Determinación.

Si bien el Ayuntamiento podrá, en todo momento, acordar la delimitación de Unidades de Normalización para la ejecución de Actuaciones Aisladas, las NUM establecen algunas de estas unidades. Su delimitación se indica en los planos de ordenación y en las fichas correspondientes.

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T. III. METODOLOGÍA DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS

La Redacción de las Normas Urbanísticas seguirá las indicaciones de la Instrucción de Normalización del Planeamiento en Castilla y León, ITPLAN aprobada por la Orden FOM/1572/2006 de 27 de septiembre de 2006, del Reglamento y la Ley.

Mediante este método se conseguirá la ventaja adicional de facilitar la recopilación y difusión de las Normas en la Web corporativa de la Junta de Castilla y León, homogeneizando y estructurando la documentación del planeamiento, que podrá ser integrada en la Infraestructura de Datos Espaciales de Castilla y León (IDECyL) para adaptarla a las Directrices Comunitarias en materia de información espacial (INSPIRE).

Esquema documental.

La metodología para la redacción de las Normas Urbanísticas Municipales sigue el siguiente esquema documental:

DOCUMENTOS DE INFORMACIÓN, ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO necesarios para servir de soporte a las determinaciones y realizar su Informe Ambiental cuando proceda. Estos documentos carecen de valor normativo y se realizarán evitando la reproducción literal de artículos de otras normas. Según su carácter, se agrupan en:

1º. La memoria informativa.-Describe las características, elementos y valores naturales, ambientales, culturales, demográficos, socioeconómicos y de infraestructuras del término municipal que sean relevantes para las determinaciones de las Normas, así como las repercusiones de la legislación, el planeamiento y las actuaciones sectoriales, el grado de cumplimiento del planeamiento anteriormente vigente y los instrumentos de planeamiento de desarrollo asumidos por el documento.

2º. Los planos de información, contienen la información de carácter gráfico sobre las características, elementos, valores y demás circunstancias señaladas en la memoria informativa, con claridad y escala suficientes para su correcta interpretación.

3º. El documento de análisis y diagnóstico urbanístico y territorial, se elaborará dentro de la información descrita en los párrafos anteriores, describirá los problemas y oportunidades del término municipal, determinando sus horizontes de evolución tendencial y permitiendo la concreción de los objetivos y propuestas de ordenación.

La Memoria Vinculante. Expresa y justifica los objetivos, propuestas de ordenación y demás contenidos normativos y determinaciones que sirvan de fundamento al modelo territorial elegido, incluyendo al menos:

1º. Relación de los objetivos y propuestas de ordenación, justificando que los mismos cumplen las condiciones establecidas en el Reglamento.

2º. Relación de las determinaciones que tengan carácter de ordenación general, incluida la calificación del suelo con el detalle de la superficie incluida en cada ordenanza, así como las dotaciones urbanísticas existentes y previstas.

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3º. Relación de las demás determinaciones de las Normas que resulten relevantes en función de sus objetivos y propuestas de ordenación.

LA NORMATIVA, recoge las determinaciones escritas de carácter obligatorio, evitando la reproducción literal de artículos de otras normativas. En particular se tiene en cuenta:

1º. En suelo urbano consolidado actuaciones aisladas de normalización y urbanización, la normativa se organizará en Ordenanzas de Uso del Suelo, con escala de detalle 1:500

2º.La normativa se organiza en fichas que sinteticen las determinaciones de ordenación aplicables para cada ámbito.

3º. La normativa se organiza en Normas de Protección para cada una de sus categorías, que incluyen todas las determinaciones relativas a la regulación de los usos permitidos y autorizables.

LOS PLANOS DE ORDENACIÓN. Recogen las determinaciones gráficas con claridad y escala suficientes para su correcta interpretación:

El CATÁLOGO. Recoge todas las determinaciones escritas y gráficas relativas a la catalogación de los elementos del ámbito que merezcan ser protegidos, conservados o recuperados. El catálogo incluye la información suficiente para identificar cada uno de sus elementos y los valores singulares que justifiquen su catalogación, con las medidas de protección, conservación y recuperación que procedan en cada caso.

Las ITPLAN

La estructura de la memoria informativa, vinculante y la normativa se han adaptado a las determinaciones de la Instrucción Técnica de Planeamiento (ITPLAN).

DOCUMENTACIÓN INFORMATIVA

• DI-MI: MEMORIA INFORMATIVA

• DI-PI: PLANOS DE INFORMACIÓN

• DI-IA: INFORME AMBIENTAL

o MEMORIA AMBIENTAL

o AJUSTES DE LA MEMORIA AMBIENTAL

DOCUMENTACIÓN NORMATIVA

• DN-MV: MEMORIA VINCULANTE

• DN-NU: NORMATIVA URBANÍSTICA

o DN-FO o1 FICHAS ACTUACIONES AISLADAS

o DN-FO o2 FICHAS SECTORES de SUNC y de sus SG Adscritos (con Ordenación detallada)

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o DN-FO o3 FICHAS SECTOR de SUR Industrial (Sin ordenación Detallada)

• DN-PO: PLANOS DE ORDENACIÓN

• DN-CT: FICHAS DEL CATÁLOGO

o CATÁLOGO ARQUITECTÓNICO

o CATÁLOGO ARQUEOLÓGICO

ANEXOS

• INFORME DE ALEGACIONES

• FICHAS DE DOTACIONES

Calidad del Documento.

Equipo redactor: TERYSOS, SL.

Para la realización de un documento de calidad la empresa utiliza software de última generación en la realización de planos CAD y GIS. Este software garantiza la generación de planos de gran calidad y correctamente georeferenciados en coordenadas espaciales.

Para la gestión de la información cartográfica se usan Sistemas de Información Geográfica, SIG, que permiten la gestión de información vectorial, alfanumérica, mallas e imágenes en un único soporte o aplicación.

La calidad de nuestros trabajos está garantizada por nuestra experiencia en trabajos de planeamiento y redacción de proyectos urbanísticos y territoriales.

Para este trabajo han participado los siguientes técnicos:

José Antonio Hoyuela Jayo, Arquitecto

Javier Gómez Herrero, Arquitecto

Germán Sanz Lobón, Técnico en Medio Ambiente

Sara Sánchez Técnico en Medio Ambiente

Roberto Martínez Alegría Licenciado en Ciencias Geológicas y Doctor Ingeniero de Minas

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T. IV. INICIATIVAS Y PROYECTOS DE DESARROLLO RURAL

Además de las propuestas de ordenación derivadas de los objetivos urbanísticos y arquitectónicos (vivienda principalmente), se han de considerar las siguientes iniciativas dentro del Plan de Desarrollo Rural Integral Municipio de Campaspero a la hora de definir los criterios de ordenación:

• Recorridos y senderos ecológicos.

• Museo de la Piedra

• Turismo Gastronómico

La Comarca eminentemente cantera y agrícola, se ha visto gravemente afectada por la problemática de la falta de una expectativa de futuro, en la que se encuentran muchos de los pueblos de Castilla y León.

Como respuesta a la problemática de búsqueda de nuevas fuentes de actividad y empleo, y en busca de nuevas soluciones para el desarrollo de la zona, que permita el asentamiento de la población ya existente, y una próxima repoblación, el Ayuntamiento ha puesto en marcha un proyecto para realizar el Museo de la Piedra con el fin de potenciar el turismo.

Recorridos y senderos ecológico – didácticos.

El atractivo entorno agrícola del páramo de Campaspero es por sí mismo un motivo para salir a recorrer sus caminos.

Entre plantaciones y canteras como recursos básicos y la naturaleza como contexto (ornitología, micología, etc…) se ha previsto la realización de un conjunto de senderos. Entre las primeras actuaciones, ya en funcionamiento, de este proyecto, destaca el diseño y puesta en marcha de una red de senderos ecológico-didácticos que resaltan los valores naturales, culturales e históricos del Municipio y los conecten con la red que propone el PRT Valle del Duero.

Pretenden convertirse en un atractivo para el turista que viaja deseoso de conocer y recorrer nuevos caminos, además de una herramienta de primera necesidad en la Educación Ambiental, tan necesitada en la defensa y protección de nuestro patrimonio.

Se han resaltado especialmente en estas sendas ecológicas varios valores. Los pinares que sirven de refugio y alimento a numerosas especies, las vías pecuarias como antiguos recorridos históricos, las tradicionales canteras de piedra caliza, etc.

Las Rutas en bicicleta, recorren las explotaciones de piedra caliza por senderos y pinares. Se apoyarán en paneles informativos sobre la historia de la cantería que estarán ubicados en algunos puntos estratégicos de esta ruta aún pendientes de una iniciativa más ambiciosa de carácter comarcal o regional.

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La idea fue desde el principio impulsar la formación y motivación de los jóvenes del Municipio, formándoles para llevar a cabo las tareas de guías locales de las sendas e itinerarios didácticos. Esta circunstancia les permitiría a la vez desarrollar trabajos integrados en la vida de su pueblo.

Turismo Gastronómico

Se propone también abrir una cooperativa que elabore y ponga a la venta productos agroalimentarios autóctonos característicos del Municipio. Todo esto iría aumentando el número de puestos de trabajo creados y a la vez la esperanza de recuperar población.

Por otro lado se debería fomentar el potencial del municipio en las rutas de turismo gastronómico de la provincia de Valladolid.

El museo de la piedra

El Museo de la Piedra de Campaspero se ubicará en la calle Norte del municipio. El visitante que llega al Museo de la Piedra dispone de una amplia zona para estacionar vehículos particulares y autobuses. Ocupa dos edificios singulares de piedra fechados en 1917, entre los cuales, y en un pasillo de más de 15 metros se construyó a mediados de los sesenta un edificio escolar de ladrillo.

El Museo ocupará 4 plantas de 70 metros, dos por cada edificio de piedra.

La distribución de las 4 salas seguirá el siguiente orden:

Sala 1. Recepción. Recorrido video-grabado.

Sala 2. Extracción de Piedras.

Sala 3. Exposición de maquinaria y útiles de transformación, corte...

Sala 4. Montaje de edificios con detalles significativos y múltiples. En el espacio intermedio se establecerá un taller de trabajo donde los pequeños, con las correspondientes protecciones y con monitores especializados, podrán manejar martillo, bujarda y cepillo.

El Museo tiene una valla perimetral, dispone de baños y acceso para discapacitados.

Actualmente el museo se encuentra casi rehabilitado del todo. Las Normas proponen cambiar su uso a Dotacional, y por tanto incluir la propuesta dentro de sus determinaciones.

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Ilustración 1.- Edificio destinado a albergar el Museo de la Piedra.

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T. V. CUADROS SÍNTESIS DEL PLAN

La clasificación del suelo.

Para la definición de los criterios de clasificación de suelo se han tenido en cuenta:

• Las Normas Aprobadas y en vigor.

• Las Normas Urbanísticas Provinciales.

• El PRT Valle del Duero

• Los criterios municipales de clasificación establecidos como fines y objetivos en el presente documento.

A partir del análisis y diagnóstico de las circunstancias urbanísticas del término municipal, las Normas urbanísticas han formulados sus objetivos y propuestas de ordenación, respetando lo dispuesto en la normativa urbanística y en la legislación sectorial siendo coherentes con los objetivos generales de la actividad urbanística pública y compatibles con el planeamiento sectorial que afecta al término municipal, con el planeamiento urbanístico de los Municipios limítrofes y con las demás políticas municipales.

Se ha orientado de forma preferente a resolver las necesidades de dotaciones urbanísticas y de suelo derivado de las características del propio término municipal. No obstante las Normas han tenido en cuenta todas las demandas, teniendo en cuenta la situación del Municipio donde es conveniente la previsión ordenada de suelo en aras de solucionar la edificación desordenada y casi caótica de la edificación entorno al núcleo de población.

Se ha orientado el crecimiento del núcleo de población del Municipio para completar, conectar y estructurar las tramas urbanas existentes, solucionar los problemas urbanísticos y prevenir los que puedan surgir en el futuro, favoreciendo la reconversión y reutilización de los inmuebles abandonados, con preferencia a los procesos de extensión exterior al núcleo de población.

Las presentes propuestas de ordenación y gestión, incluidas en el documento que se adjunta, respetan las protecciones ambientales establecidas por las Normas Subsidiarias de Planeamiento con ámbito Provincial de Valladolid, así como las establecidas en el documento actualmente vigente, que fue aprobado definitivamente el 30 de octubre de 1995 . Se introducen mejoras al respecto, de conformidad con los criterios de protección de suelo rústico establecidos por el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.

La situación del medio ambiente en el término municipal no presenta importantes amenazas, excepto en los terrenos dedicados a la extracción de piedra, las cabeceras de los arroyos o la posible futura variante del núcleo. Los usos del suelo, residenciales, y de uso industrial, preferentemente, han crecido alrededor del núcleo.

Estas zonas potencialmente objeto de desarrollo urbanístico, son clasificadas como suelo no urbanizable de especial protección agropecuaria por el documento actualmente en revisión,

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lo que no da respuesta a una demanda real que se manifiesta por la aparición de naves dispersas, cuya aparición debe ser controlada. Los nuevos terrenos propuestos como Suelo Urbano No Consolidado, no presentan en realidad una especial singularidad que los haga especialmente valiosos agrológicamente, ni existen riesgos naturales conocidos, ni afectan a entornos de interés ambiental, siendo la implantación de la variante la mayor referencia de alteración medioambiental existente.

Los problemas ambientales se limitan a las zonas especialmente protegidas por el anterior Planeamiento Municipal y las presentes normas, referidas a masas arbóreas de monte bajo, de titularidad mayoritariamente municipal. La proximidad de terrenos de uso industrial no afectan a la vegetación existente. Por el tipo de industrias previstas, de trasformación ligera y almacenamiento, no se esperan especiales incidencias sobre la calidad del aire, ni la demanda de agua, ni contaminación de acuíferos.

Los asentamientos humanos, de nueva expansión, tienen lugar exclusivamente en el núcleo de Campaspero, desarrollando la estructura urbana preexistente, para favorecer su compacidad. El potencial desarrollo de suelo residencial propuesto, se basa en la demanda inducida por los trabajadores asociados al desarrollo económico del municipio y potenciales residentes tanto de primera como de segunda residencia, fundamentalmente.

Los probables efectos de la aplicación de estas Normas sobre el medio ambiente, no suponen ninguna alteración, respecto a la situación existente. Se mantienen los mismos criterios de biodiversidad y conservación de la flora y la fauna, la tierra, el agua, el aire. Se conoce la existencia de planes sectoriales (red de de corredores ecológicos) que pretenden mejorar la movilidad de la fauna a lo largo del corredor del Duero (PRT Valle del Duero) y se tendrán en cuenta sus determinaciones.

Las alternativas al planeamiento propuesto, resultan irrelevantes ante la voluntad de promover un desarrollo lo más compacto y coherente posible con la estructura urbana existente.

Las medidas previstas para prevenir y reducir cualquier efecto negativo importante sobre el medio ambiente, están en relación con los limitados desarrollos previstos. En este sentido recordaremos, una vez más, las distancias de protección establecidas respecto a elementos objeto de protección ambiental, o infraestructural. Con ello, la minimización de estos impactos queda asegurada por el establecimiento de las distintas bandas de afección.

Los criterios se pueden resumir en los siguientes puntos:

Suelo Urbano Consolidado.

1. En el suelo urbano, el planeamiento general podrá distinguir las siguientes categorías:

a) Suelo urbano consolidado, constituido por los solares y demás terrenos aptos para su uso inmediato conforme a las determinaciones del planeamiento urbanístico, así como por los terrenos que puedan alcanzar dicha aptitud mediante actuaciones aisladas.

Se han incluido en la categoría de Suelo Urbano Consolidado las áreas de SU vigentes y las áreas de suelo previstas por el Ayuntamiento para cubrir las necesidades y demandas y que,

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para alcanzar dicha clasificación, requieren de actuaciones aisladas de normalización y/o urbanización, por encontrarse muy próximas a las infraestructuras y servicios.

Tienen la condición de solar las parcelas de suelo urbano legalmente conformadas o divididas, aptas para su uso conforme a las normas establecidas, y que cuenten con:

• Acceso por vía pública que esté integrada en la malla urbana y que sea transitable por vehículos automóviles.

• Los siguientes servicios, disponibles a pie de parcela en condiciones de caudal, potencia, intensidad y accesibilidad adecuadas para servir a las construcciones e instalaciones existentes y a las que permitan los instrumentos de ordenación del territorio:

Abastecimiento de agua potable mediante red municipal de distribución, con una dotación mínima de 200 litros por habitante y día ó 20 litros por m2 y día.

Saneamiento mediante red municipal de evacuación de aguas residuales, capaz de evacuar al menos los caudales citados en el párrafo anterior.

Suministro de energía eléctrica mediante red de baja tensión, con una dotación mínima de 3 Kw por vivienda ó 50 vatios por metro cuadrado para otros usos.

Con objeto de facilitar las actuaciones de urbanización complementarias en suelo urbano para obtener la condición de solar, se establecen dos procedimientos para gestionar una actuación aislada de urbanización:

El procedimiento ordinario, que será a iniciativa del propietario, al que se imponen las necesarias condiciones en la licencia para que dichas obras que completan la condición de solar sean ejecutadas de forma simultánea a la edificación.

Un procedimiento complementario, mediante una actuación aislada de urbanización que puede ejecutarse por iniciativa pública, asumiendo el Ayuntamiento la condición de urbanizador y ejecutando la actuación como obra pública ordinaria, financiable mediante un canon de urbanización.

Se han tenido en cuenta estas determinaciones creando Ámbitos de Gestión Urbanística en el que se detallan las condiciones de su ejecución: Normalización de Fincas o bien Normalización y Urbanización. (Se adjuntan fichas de cada uno de los ámbitos y se señalan en los Planos de Ordenación).

Suelo Urbano No Consolidado.

b) Suelo urbano no consolidado, constituido por los demás terrenos que se puedan clasificar como suelo urbano. En particular, se incluirán en esta categoría:

1º. Los terrenos urbanos en los que sean precisas actuaciones de urbanización, reforma interior u obtención de dotaciones urbanísticas, que deban ser objeto de equidistribución o reparcelación.

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2º. Los terrenos urbanos donde se prevea una ordenación sustancialmente diferente de la vigente, y al menos aquellos donde se prevea un aumento del número de viviendas o de la superficie o volumen edificables con destino privado, superior al 30 por ciento respecto de la ordenación antes vigente.

2. El suelo urbano no consolidado se agrupará en sectores, en los que la ordenación detallada podrá ser establecida por los instrumentos citados en el artículo 10 o ser remitida al planeamiento de desarrollo.

Se han incluido en la categoría de Suelo Urbano No Consolidado las áreas previstas para el crecimiento y desarrollo residencial donde se precisan actuaciones de urbanización y reparcelación que superan los límites razonables desde la perspectiva de gestión o de su alcance técnico o económico.

Las áreas urbanas de Campaspero que se incluyen en esta categoría se organizan en Sectores que coinciden con Unidades de Actuación para su gestión.

En aplicación a la normativa las áreas de SUNC y SUC ampliadas en dichos núcleos se orientarán al desarrollo socioeconómico, respetuoso con el medio natural, siempre dentro de la capacidad de acogida del núcleo.

Con objeto de poder respetar la adaptación a su entorno, la regulación de la edificación se adaptará a dos situaciones tipo: la que afecta a renovación o construcción en solares existentes que se puedan incluir en el tejido tradicional del núcleo, o bien las edificaciones que se pretendan levantar en contextos de áreas de borde.

Suelo Rustico Común Tipo A.

Suelo rústico común, constituido por los terrenos que no se incluyan en ninguna de las otras categorías, conforme a los criterios señalados en los siguientes apartados.

Se han incluido en la presente categoría las zonas donde el posible impacto de nuevas actividades o instalaciones asociadas, en el marco legislativo vigente, es asumible por las condiciones del entorno y su bajo valor ambiental o paisajístico. En cualquier caso está formado por espacios no incluidos en las otras categorías de suelo rústico (carácter residual).

Suelo Rustico Común Tipo B.

Se han incluido en la presente categoría las zonas entorno al núcleo de población donde el posible impacto de nuevas actividades o instalaciones asociadas, en el marco legislativo vigente, es asumible por las condiciones del entorno y su bajo valor ambiental o paisajístico.

Se ha previsto que en este suelo se puedan instalar más fácilmente naves y almacenes agrícolas, pero con una serie de restricciones que palien los efectos de las naves agrícolas que actualmente ya se han instalado en estas zonas.

Se pretende asegurar así que la demanda nuevas edificaciones se genere de manera más ordenada entorno al núcleo sin comprometer la accesibilidad de las mismas ni la del propio núcleo.

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Suelo Rústico con Protección de Infraestructuras.

Suelo rústico con protección de infraestructuras, constituido por los terrenos ocupados o a ocupar por infraestructuras y sus zonas de defensa no susceptibles de urbanización, conforme a las previsiones del planeamiento sectorial y urbanístico.

Carreteras Locales y Carreteras de interés.

Las Normas han protegido todas las pistas existentes como suelo rústico de infraestructuras al entenderse que son de utilidad y no están sobredimensionadas (especialmente para situaciones de riesgo derivadas de incendios, acceso de ganado y explotación agrícola sostenible. Estas se dividen en:

• Pistas consideradas como corredores verdes.

• Otras Pistas.

Según la Ley Regional de Carreteras (LEY 10/2008, de 9 de diciembre, de Carreteras de Castilla y León que sustituye la Ley 2/1990, de 16 de Marzo, de Carreteras de la Comunidad de Castilla y León), las de ámbito local que atraviesan el municipio deberán cumplir las siguientes normas:

Zona de dominio público de carreteras autonómicas .

Según el artículo 23, se han dibujado las zonas de dominio público de las carreteras locales que atraviesan el término municipal a partir de la cartografía catastral a escala territorial (1/10000) a la que hemos sumado 3 metros desde la arista exterior de la explanación conocida (limite de la propiedad).

Se ha incluido la zona de dominio de la nueva ronda propuesta, con sus correspondientes bandas de servidumbre, afección y límite de edificación, con el fin de NO comprometer su ejecución futura, y como soporte para la expansión de actividades de interés social y utilidad pública.

Zonas de Servidumbres

Las líneas de servidumbre se han establecido a 8 metros de las aristas exteriores de la explanación conforme a la descripción anterior de la información de referencia en aplicación del artículo 24 de la Ley .

Zona de afección

La zona de afección se fija en 30 metros de la arista exterior de explanación. Se han fijado dichas líneas en la cartografía a partir del límite del ámbito establecido en la cartografía catastral simplemente como aproximación y apoyo a la gestión debiéndose deslindar en cada caso.

Límite de edificación.

Por último, el límite de edificación se sitúa a 18 metros las carreteras locales, aplicando el artículo 26, desde la arista exterior de la calzada más proxima. Se han delimitado

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excepcionalmente las distancias de edificación en las travesías de Campaspero coincidiendo con las alineaciones históricas de la edificación.

Publicidad en las carreteras

La publicidad estará limitada en cualquier caso por las condiciones del artículo 27. Las medidas disciplinarias de aplicación se hallan recogidas en los siguientes artículos.

Líneas Eléctricas

No existen trazado de líneas de Alta Tensión a su paso por el término municipal.

Existen sin embargo líneas de media tensión a las cuales se deberá mantener lo establecido establecidas en el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, aprueba el Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión en el caso de que se superaran los umbrales de KW de lo que se considera ya a alta tesión según el citado Reglamento.

Cuando estas líneas crucen Suelo Urbano se deberá proceder a enterrarlas a través de un convenio entre Ayuntamiento, propietarios afectados y Compañía Suministradora.

Suelo Rústico con Protección Natural.

g) Suelo rústico con protección natural, constituido por:

1º. Los ámbitos que deban ser objeto de especial protección conforme a la legislación sobre espacios naturales.

2º. Las vías pecuarias, salvo si ya forman parte del suelo urbano o urbanizable, o se autorice un trazado alternativo.

3º. Los terrenos definidos en la normativa de aguas como dominio público hidráulico, cauces de corrientes naturales continuas y discontinuas, lechos de lagos, lagunas, zonas húmedas y embalses superficiales, y zonas de servidumbre de las riberas.

4º. Los demás terrenos que se estime necesario proteger para preservar o regenerar el suelo, la fauna, la flora o las masas forestales, o porque deban ser objeto de restauración ambiental, o por cualesquiera otros valores naturales acreditados, presentes o pasados.

En cumplimiento de dichas premisas, las áreas de mayor interés ecológico, natural y ambiental han sido protegidas. Los entornos de las cabeceras de arroyos pinares son protegidos igualmente por su especial valor.

Los pinares y las parcelas de rústica afectadas por su delimitación han sido clasificados como suelo rústico con protección natural. Se considera suficiente la protección otorgada incluso cuando dichos usos conviven con otros. En el término municipal no existe ningún Monte de Utilidad pública.

Suelo Rústico de actividades extractivas

i) Suelo rústico de actividades extractivas, constituído por los terrenos que el planeamiento estime necesario reservar para tal finalidad.

Las áreas vinculadas a las explotaciones mineras (principalmente extracción de piedra), donde las áreas de extracción y demás instalaciones de acceso y apoyo al tratamiento de la

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piedra tienen mayor impacto, han sido incorporados a la presente categoría o bien a la categoría de Suelo Rústico de Actividades Extractivas.

Ilustración 2 .- Ortofotografía PNOA de la zona de extracción de piedra "Las Canteras"

El entorno de Las Canteras y la Cañada de Martín Abad, deberán ser restauradas, y se incorporarán como un área de interés natural y paisajístico. La experiencia con áreas de este tipo en otros municipios recomienda acciones similares en futuras intervenciones para extracción de piedra. Es necesario, simplemente, garantizar una continuidad de la vía pecuaria (interrumpida en parte por la presencia de la de la propia zona de extracción) para, a través de la zona entre Las Canteras, y el límite del término municipal sur con Cuellar (Segovia), conectar el camino de los "Paneros de Pericobos" y la Cañada de “Martín Abad”, espacio que fue Cañada (aparece como tal en las Normas Provinciales y en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal Vigentes) y que con el tiempo y la actividad ha desaparecido.

Cuadro Síntesis

A continuación se describe la superficie perteneciente a cada categoría de suelo calificada en las Normas:

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SIGLA CATEGORÍA ÁREA (m2) %SUELO URBANO 705.601 1,4%

SUC SUELO URBANO CONSOLIDADO 534.224 1,1%

SUNC SUELO URBANO NO CONSOLIDADO 171.377 0,3%

SUELO URBANIZABLE

SECTOR INDUSTRIAL 62.163 0,1%

SUELO RÚSTICO 43.887.496 89,2%

SRC SUELO RÚSTICO COMÚN 38.585.290 78,4%

SRC Tipo B SUELO RÚSTICO COMÚN Tipo B 433.765 0,9%

SRAE SUELO RÚSTICO AVCTIVIDADES EXTRACTIVAS 4.868.442 9,9%

SUELO RÚSTICO CON PROTECCIÓN 4.592.668 9,3%

SRPI SUELO RÚSTICO CON PROTECCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS 181.704 0,4%

SRPN SUELO RÚSTICO CON PROTECCIÓN NATURAL 4.410.964 9,0%

TOTAL 49.185.765 Ilustración 3.- Cuadro Síntesis de Categorías de Suelo Calificadas

Se puede observar que debido a las condiciones ambientales y físicas con las que cuenta Campaspero, gran parte de su término municipal (casi un 80%) se ha calificado como Suelo Rústico Común. Se ha tenido en cuenta para los suelos con protección (el 9%) las zonas con potencial forestal o bien las zonas de cabecera de arroyos para proteger el hábitat valioso formado en estas zonas (SRPN). Por otro lado cabe destacar, el SRAE con un 10% del suelo debido a la vocación cantera del municipio y su rico sustrato calizo.

Sin embargo, el Suelo Urbano supone tan solo un 1 % ya que el núcleo de población es pequeño en comparación con el término municipal.

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T. VI. RESUMEN EJECUTIVO

Características generales de los efectos y del área afectada.

En la actualidad el municipio de Campaspero cuenta con unas Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal que datan de 1995 que han sido objeto de numerosas modificaciones puntuales.

Tantas modificaciones ponen de manifiesto que se deben revisar las Normas actualmente vigentes. Se ha procedido por tanto a unificar la Normativa vigente incluyendo todas las modificaciones para tener una visión global de la normativa vigente y poder revisarla con claridad.

Una vez analizado hemos determinado que lo mejor es ampliar el Suelo Urbano revisándolo en función de las edificaciones, viales, infraestructuras, etc existentes.

Las ampliaciones de suelo urbano no consolidado, tienen una baja probabilidad de desarrollo debido a la complejidad del parcelario y la falta de iniciativas sistemáticas. A pesar de ello, se ha previsto su ordenación detallada para que en el caso de que se desarrollase, se hiciera de una manera ordenada. En el caso de no desarrollarse, el suelo quedaría bloqueado evitando la aparición de nuevas edificaciones que agraven aún más el problema existente.

La nuevas propuestas de edificación o instalaciones quedarían por tanto supeditadas a una licencia provisional sin derecho a indemnización en el caso de que el sector se desarrolle y la nueva construcción no se encuentre en concordancia con el desarrollo del sector.

No obstante su inclusión permitirá disponer de una reserva de suelo razonable para una demanda futura inducida por la propia dinámica del municipio.

En la corona Norte se ha optado por realizar actuaciones aisladas que tratan de solucionar las carencias de servicios, accesos, etc de las construcciones edificadas en esta zona.

En todo caso se ha previsto paralelamente al desarrollo urbanístico, la instalación y recuperación de la cabaña ganadera y la reutilización de las infraestructuras extractivas, con las correspondientes precauciones, para su uso turístico, lúdico y de recreo y como rehabilitación ambiental.

Los principales riesgos para la salud humana o el medio ambiente han sido considerados y se han protegido los elementos de mayor interés clasificando las cabeceras de los arroyos o los pinares como SRPN. El valor y la vulnerabilidad del área probablemente afectada a causa de las características naturales o el patrimonio cultural, de la superación de estándares de calidad ambiental o de valores límite, o de la explotación intensiva del suelo son consecuentemente nulas o muy bajas.

Estos efectos descritos comprenden los efectos secundarios, acumulativos, sinérgicos, a corto, medio y largo plazo, permanentes y temporales, positivos y negativos. El carácter acumulativo de los efectos no será representativo. No hay efectos transfronterizos a considerar en el análisis.

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Alcance de los efectos ambientales previstos.

Con la ordenación propuesta se garantiza la compacidad de usos y la conservación del núcleo con la garantía a medio y largo plazo de las dotaciones mínimas suficientes.

Se han respetado y ampliado las superficies de SRPN en aras a garantizar la mejora de los hábitats. Se han protegido las cabeceras de cauces y arroyos y se van a desarrollar proyectos de que contribuirán a la mejora de la calidad del agua.

Por tanto se cree que aumentará y mejorará la biodiversidad, mejorará la gestión de riesgos y aumentará el atractivo del área.

Efectos Estratégicos.

Se ha incorporado a la ordenación la necesidad de prever una mayor flexibilidad a la hora de recuperar y fomentar actividades que contribuyan decididamente a la fijación de la población y a la gestión sostenible de la agricultura, la ganadería y las masas forestales permitiendo la construcción y creación, en las áreas menos sensibles y menos frágiles, de instalaciones agropecuarias, para lo que se destina fundamentalmente el suelo rústico común de Tipo B.

Se han clasificado y protegido los suelos previstos y futuros para permitir el desarrollo de los recorridos cicloturísticos (SRPI), y se han declarado Dotaciones los caminos y vías pecuarias para su uso como corredores verdes caminos hasta las minas que podrían servir para el desarrollo futuro de actividades no intensivas y altamente respetuosas con el medio, de turismo rural.

Efectos territoriales.

La protección de los recursos mineros (aplicando las categorías previstas en la Legislación) y la integración de futuros proyectos permitirá mejorar, mirando hacia fuera, el municipio en el conjunto de la comarca. La variabilidad de la economía extractiva, cuya rentabilidad depende de la tecnología, el valor del producto, la mano de obra, etc… recomienda una postura atenta y flexible, que, aplicando un régimen de protección preventiva, permita el aprovechamiento eficiente y sostenible del recurso.

Se espera que el desarrollo de otros instrumentos de Ordenación del Territorio que deberán, igualmente, aportar recursos al municipio y a su entorno en los cuales “enganchar” estas propuestas. La clasificación prevista en las áreas mineras no excluye, en un remoto futuro, la reutilización de las minas.

Efectos sobre la planificación sectorial.

La protección de los pinares y la consolidación de la red viaria pueden ser dos de los efectos directos más importantes sobre las políticas sectoriales. El respeto a la planificación ambiental protegiendo las cabeceras de los arroyos y cultural catalogando los elementos

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culturales más destacados del municipio, permitirán igualmente reforzar el valor del municipio y su patrimonio natural y cultural.

No existen líneas de alta tensión que discurran por el término municipal. Las líneas de media tensión se soterrarán en Suelo Urbano.

Se han aplicado las distancias establecidas en la reciente legislación regional en materia de carreteras que garantizarán la protección requerida en la nueva norma.

Así mismo se han protegido los trazados y franjas de protección de las vías pecuarias a su paso por el término municipal y se ha delimitado el trazado del tramo desaparecido de la Cañada de Martín Abad con el fin de volver a conectar el trazado de dicha vía pecuaria.

Efectos sobre las normas aplicables.

En todos los supuestos, se ha previsto una ordenación más restrictiva y detallada que pretende concretar los objetivos y criterios de los Instrumentos de Ordenación del Territorio (PRT Valle del Duero) sin contradecir sus determinaciones. No existe otra norma aplicable alterada por las presentes Normas.

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T. VII. ANEXOS

PLANOS DE ORDENACIÓN

Los Planos de Ordenación serán los siguientes:

PO - 1. PLANO DE CLASIFICACIÓN DE SUELO.

PO - 2.1 PLANO DE ESTRUCTURA TERRITORIAL.

PO - 2.2 PLANO DE ESTRUCTURA URBANA.

PO - 3. PLANO DE CATALOGACIÓN.

PO - 4. PLANO DE ORDENACIÓN.

FO - 1. FICHAS DE SECTORES (SUNC) y sus SG Adscritos.

FO - 2. FICHAS DE ACTUACIONES AISLADAS.

FO -3 . FICHA DEL SECTOR DE SUR INDUSTRIAL.

PO - 1. Plano de clasificación de suelo

Este plano representa las clases y categorías de suelo del conjunto del término municipal, a escala 1/10.000. Sobre la cartografía base del CIT se han etiquetado elementos significativos como el límite del término, núcleos de población, etc., y se han superponer otras bases cartográficas como PNOA, etc.

PO - 2. Plano de estructura urbana y territorial

Se trata de dos planos (uno a escala urbana y el otro a escala territorial) que sintetizan la estructura urbana y territorial del término municipal a escala 1/10.000 (el PO-2.1 Plano de Estructura Territorial) y 1/1.000 (el PO-2.1 Plano de Estructura Urbana). Su contenido es el siguiente:

- Límite del Término Municipal georreferenciado del CIT.

- Propuesta de Rutas Cicloturísticas.

- Afecciones Sectoriales.

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PO - 3. Plano de catalogación

Este plano representa los elementos catalogados, a 1/1.000,

En el Catálogos Arquitectónico y Arqueológico se representan y detallan cada uno de los elementos catalogados situados en suelo urbano, a escala 1/1.000.

Los grados de protección son Integral, Estructural y Ambiental. Cada elemento del catálogo está sombreado con trama y tiene un identificador único que lo relacion con su ficha.

PO - 4. Plano de ordenación

Este plano representa las determinaciones de ordenación detallada en el suelo urbano consolidado a escala 1/1.000. Su contenido mínimo es el siguiente:

- Calificación Urbanística grafiada como zonas de Ordenanza.

- Alineaciones y rasantes

- Ámbitos de Gestión.

FO – 01 FO-02 y FO-03. Fichas de Ordenación

Estas Fichas representan los ámbitos de las Actuaciones Aisladas (FO-01 Actuaciones Aisladas) y los Ámbitos de los Sectores de Suelo Urbano No Consolidado y sus Sistemas Generales Adscritos (FO-02a Sectores de Suelo Urbano No Consolidado y FO-02b Sistemas Generales).

DN-CT: CATÁLOGO

El Catálogo Arquitectónico y Arqueológico se describen en el Capítulo 3 del Título III de la Normativa Urbanística (DN-NU)

Se han detallado unas Fichas que desarrollan cada uno de los elementos Catalogados y su grado de protección. Cada ficha señala:

- Identificación del elemento a catalogar, con foto, plano de situación y referencia catastral.

- Valores que justifican su catalogación.

- Grado de protección.

- Condiciones particulares y/o actuaciones propuestas.

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NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES

C A M P A S P E R O

Este Documento ha sido elaborado por:

Para este trabajo han participado los siguientes técnicos:

José Antonio Hoyuela Jayo, Arquitecto

Javier Gómez Herrero, Arquitecto

Germán Sanz Lobón, Técnico en Medio Ambiente

Sara Sánchez Técnico en Medio Ambiente

Roberto Martínez Alegría Licenciado en Ciencias Geológicas y Doctor Ingeniero de Minas