división territorial de la república bolivariana de venezuela

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INTRODUCCIÓN La República Bolivariana de Venezuela, dividida en Estados, cada uno se rige por las leyes para mantener el orden social; y conservar principalmente la legitimidad y justicia, los cuales deben aplicarse con equidad e imparcialidad. La cual se encuentra dirigida por El Poder Público Nacional, una institución creada a través de la evolución histórica para el ejercicio del poder y la autoridad; así como para ejercer las acciones y cumplir los objetivos que se encuentran dentro de nuestra Constitución Nacional. Entre las funciones del Poder Público se encuentran: mantener la paz y la justicia social, organizar y regular las fuerzas armadas y los organismos de seguridad pública; velar por la buena gestión y legalidad en toda la administración del Estado; entre otros. 3

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La República Bolivariana de Venezuela, dividida en Estados, cada uno se rige por las leyes para mantener el orden social; y conservar principalmente la legitimidad y justicia, los cuales deben aplicarse con equidad e imparcialidad. PODER PÚBLICO, PODER EJECUTIVO Y PODER LEGISLATIVO

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Page 1: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

INTRODUCCIÓN

La República Bolivariana de Venezuela, dividida en Estados, cada uno se rige

por las leyes para mantener el orden social; y conservar principalmente la legitimidad

y justicia, los cuales deben aplicarse con equidad e imparcialidad.

La cual se encuentra dirigida por El Poder Público Nacional, una institución

creada a través de la evolución histórica para el ejercicio del poder y la autoridad; así

como para ejercer las acciones y cumplir los objetivos que se encuentran dentro de

nuestra Constitución Nacional. Entre las funciones del Poder Público se encuentran:

mantener la paz y la justicia social, organizar y regular las fuerzas armadas y los

organismos de seguridad pública; velar por la buena gestión y legalidad en toda la

administración del Estado; entre otros.

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Page 2: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

DIVISIÓN TERRITORIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE

VENEZUELA

Venezuela es una República federal dividida en 23 Estados, el Distrito

Capital (que comprende parte de la ciudad de Caracas) las Dependencias Federales

(islas, en su mayoría deshabitadas) y los Territorios Federales, el Estado venezolano

reclama el territorio denominado Guayana Esequiba o Zona en Reclamación.

Los Estados federales, son iguales en lo político y poseen las mismas

competencias, cada uno tiene un Gobernador (jefe del ejecutivo regional), un

Gabinete de Secretarios, un Secretario de Gobierno, un Procurador, un Consejo

Legislativo (Parlamento regional que aprueba leyes estadales), un Contralor, Policía,

Bandera, Escudo, Himno y una Constitución propia (excepto el Distrito Capital,

Dependencias Federales y los Territorios Federales), ya que estos tienen rango

federal.

A nivel nacional cada estado está representado en la Asamblea Nacional de

acuerdo a su población por un sistema de representación proporcional, y

adicionalmente como mínimo cada estado elige 3 diputados.

Los estados se dividen en Municipios, cada estado determina en cuantos

municipios se organiza, cada municipio tiene un Alcalde, un Gabinete de Directores,

un Contralor, un Procurador, Policía y un Concejo Municipal que emite ordenanzas,

mediante Ley Estadal los municipios se pueden asociar en distritos metropolitanos.

Localización de las regiones político-administrativas de Venezuela

En 1969 se promulgó un decreto sobre regionalización por medio del cual se

institucionaliza el proceso de desarrollo regional, para lo cual fue indispensable

delimitar las regiones administrativas y crear los órganos de planificación, promoción

y desarrollo regional.

Las regiones Administrativas originalmente creadas fueron sucesivamente

modificadas por su extensión, hasta llegar a la situación actual en que tenemos las

siguientes regiones:

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Page 3: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

§  Región Capital: integrada por el Miranda, Vargas y el Distrito Capital.

§  Región Central: integrada por los estados Aragua, Carabobo, Cojedes.

§  Región Centro-Occidental: integrada por los

estados Falcón, Lara, Portuguesa y Yaracuy.

§  Región de los Andes: integrada por los

estados Barinas, Mérida, Táchira y Trujillo.

§  Región de los Llanos: integrada por los estados Guárico, Apure, con

excepción del Municipio Páez.

§  Región Guayana: integrada por los estados Bolívar, Amazonas y Delta

Amacuro.

§  Región Insular: integrada por el estado Nueva Esparta y las Dependencias

Federales Venezolanas.

§  Región Nor-Oriental: integrada por los

estados Anzoátegui, Monagas, Sucre.

§  Región Sur Occidental: integrada por el estado Táchira, y el Municipio

Páez del estado Apure.

§  Región Zuliana: integrada por el estado Zulia.

Las Regiones político-administrativas no forman parte de la división política

formal ni forman parte de la estructura administrativa de estados y municipios, pero

fueron creadas para estimular desde el gobierno central la planificación, promoción y

desarrollo regional, sin afectar la división política de los estados y municipios ni su

autonomía y competencias.

PODER PÚBLICO, PODER EJECUTIVO Y PODER LEGISLATIVO

Las autoridades nacionales del Estado residen en Caracas, Distrito Capital, ya

que según la Constitución Nacional, es el asiento de los órganos del Poder Público

Nacional. La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas

y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia,

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Page 4: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad, según lo exige el

artículo 141 de la Constitución de la República.

El Poder Público en la República Bolivariana de Venezuela se distribuye

entre el Poder Nacional, el Poder Estadal y el Poder Municipal.

Poder Público Nacional El Poder Público Nacional se divide en Legislativo,

Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral; cada una de las ramas del Poder Público

tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio

colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado. El Poder Público

Nacional está conformado por los órganos y entes del Estado con competencia

nacional que se enmarcan dentro de la Constitución de la República:

Poder Legislativo:

El Poder Legislativo Nacional se ejerce por órgano de la Asamblea Nacional de

la República Bolivariana de Venezuela.

La Asamblea Nacional de la República es un parlamento unicameral que ejerce

la función legislativa (formación, discusión y sanción de las leyes nacionales, además

de las que rigen en el Distrito Capital, las Dependencias y los Territorios Federales;

además le corresponde sancionar los códigos legales básicos del país); la función de

control político sobre la Administración Pública Nacional y el Gobierno y los

mecanismos de control del órgano legislativo sobre el Poder Ejecutivo; y la función

de promoción de la organización y la participación ciudadana en los asuntos de su

competencia.

Se compone actualmente de 165 diputados y diputadas. El período de duración

del mandato legislativo es de cinco años y pueden ser reelegidos de acuerdo con la

Enmienda Nº 1 de la Constitución de la República. El número de diputados puede

variar según el aumento o disminución de la población.

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Page 5: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

Los diputados que integran la Asamblea Nacional son elegidos mediante

sufragio universal, directo y secreto en cada entidad federal, y tienen la

responsabilidad de representar al pueblo y a los estados en su conjunto. Su elección se

realiza bajo las premisas del sistema electoral de representación proporcional

personalizada, según la base poblacional de 1,1% de población total del país; además,

corresponderán tres diputados por cada entidad federal y habrá tres diputados en

representación de los pueblos indígenas.

Los diputados deben aprobar los proyectos de ley para que éste se convierta en

ley, pero el Presidente de la República tiene poder de veto; en ese caso, la Asamblea

Nacional reconsidera el proyecto de ley, y decidirá acerca de los aspectos planteados,

por mayoría absoluta de los diputados o diputadas presentes y le remitirá la ley para

su promulgación. Cuando el Presidente de la República no promulgare la ley en los

lapsos establecidos, el Presidente y los dos Vicepresidentes de la Asamblea Nacional

procederán a su promulgación.

En lo relativo a la organización y funcionamiento de la Asamblea Nacional

tiene una Junta Directiva (compuesta por un Presidente, dos Vicepresidentes, un

Secretario y un Subsecretario); una Comisión Consultiva y 15 Comisiones

Permanentes referidas a los sectores de la actividad nacional.

Para conocer la composición de la Asamblea Nacional actualizada, véase

Composición de la Asamblea Nacional de Venezuela período 2011-2016.

Poder Ejecutivo:

El Poder Ejecutivo Nacional se ejerce por órgano del Presidente de la

República, del Vicepresidente Ejecutivo, de los Ministros y de los demás funcionarios

que establecen la Constitución de la República y la ley.

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Page 6: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

El Presidente de la República es elegido por sufragio directo, secreto y

universal, es el Jefe del Estado y Jefe del Poder Ejecutivo Nacional (en cuya

condición dirige la acción del Gobierno y de la Administración Pública Nacional), es

Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y dirige las

relaciones exteriores de la República. Su mandato dura 6 años, teniendo la posibilidad

de ser reelegido para nuevos períodos, de acuerdo a la Enmienda Constitucional Nº 1.

Puede designar y remover al Vicepresidente Ejecutivo de la República y a los

Ministros. También puede pedir a la Asamblea Nacional reconsiderar secciones de

leyes que encuentre inapropiadas, pero una mayoría parlamentaria simple puede

anular estas objeciones. En la Constitución también se establece que la Asamblea

Nacional puede otorgar por mayoría de sus integrantes poderes legislativos especiales

(mediante ley habilitante) para que el Presidente de la República dicte decretos con

rango, valor y fuerza de ley.

El Vicepresidente Ejecutivo es órgano directo y colaborador inmediato del

Presidente de la República en su condición de Jefe del Poder Ejecutivo Nacional.

Coordina las relaciones del Ejecutivo Nacional con la Asamblea Nacional; preside el

Consejo Federal de Gobierno y suple las faltas temporales del Presidente de la

República.

Los Ministros son órganos directos del Presidente de la República, y reunidos

conjuntamente con éste y con el Vicepresidente Ejecutivo, integran el Consejo de

Ministros. El Procurador General de la República asiste, con derecho a voz, a las

reuniones del Consejo de Ministros.

El Consejo de Estado es el órgano superior de consulta del Gobierno y de la

Administración Pública Nacional, es de su competencia recomendar políticas de

interés nacional en aquellos asuntos a los que el Presidente de la República reconozca

de especial trascendencia y requieran de su opinión. El Consejo de Estado lo preside

el Vicepresidente Ejecutivo y estará conformado, además, por cinco personas

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Page 7: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

designadas por el Presidente de la República; un representante designado por la

Asamblea Nacional; un representante designado por el Tribunal Supremo de Justicia

y un Gobernador designado por el conjunto de mandatarios estadales.

Poder Judicial y Sistema de Justicia:

El Poder Judicial se ejerce por órgano del Tribunal Supremo de Justicia y los

demás tribunales que determine la ley.

El Sistema de Justicia está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los

demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público, la Defensa Pública, los

órganos de investigación penal, los auxiliares y funcionarios de justicia, el sistema

penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos que participan en la

administración de justicia conforme a la ley y los abogados autorizados para el

ejercicio.

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) constituye el cuerpo de judicatura más

alto en el país, conformado por treinta y dos (32) Magistrados, distribuidos en seis (6)

Salas: Constitucional, Político - Administrativa, Electoral, de Casación Civil, de

Casación Social, de Casación Penal, con cinco Magistrados en cada una, con

excepción de la Sala Constitucional que tiene siete (7) Magistrados. El Tribunal

Supremo de Justicia en Sala Plena está constituido por los treinta y dos (32)

Magistrados de las seis (6) Salas. Cada uno de los Magistrados del TSJ es designado

por la Asamblea Nacional para un único término de 12 años.

El Tribunal Supremo de Justicia es el máximo órgano de dirección, gobierno y

administración del Poder Judicial, le corresponde la inspección y vigilancia de los

tribunales de la República y de las Defensorías Públicas. La jurisdicción disciplinaria

judicial está a cargo de los tribunales disciplinarios que determina la ley.

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Page 8: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

Poder Ciudadano:

El Poder Ciudadano se ejerce por órgano del Consejo Moral Republicano,

conformado por el Ministerio Público, la Contraloría General de la República, y la

Defensoría del Pueblo.

Cualquiera de las máximas autoridades de los órganos que integran este Poder

puede ser elegido como Presidente del Consejo Moral Republicano (CMR) por

periodos de un año, reelegibles. Entre las funciones del CMR están prevenir,

investigar y sancionar hechos que atenten contra la ética pública y la moral

administrativa, velar por el buen uso del patrimonio público y preseleccionar a los

candidatos a magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.

El Ministerio Público es el encargado de garantizar en los procesos judiciales el

respeto a los derechos y garantías constitucionales, así como la celeridad y buena

marcha de la administración de justicia, el juicio previo y el debido proceso; ordena y

dirige la investigación penal de la perpetración de los hechos punibles; y ejerce la

acción penal en nombre del Estado. Está bajo la dirección y responsabilidad del

Fiscal General de la República, designado por la Asamblea Nacional para un período

de siete años.

La Contraloría General de la República es el órgano de control, vigilancia y

fiscalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y bienes nacionales, así como de

las operaciones relativas a los mismos; y orienta su actuación a las funciones de

inspección de los organismos y entidades sujetas a su control. Está bajo la dirección y

responsabilidad del Contralor General de la República, designado por la Asamblea

Nacional para un período de siete años.

La Defensoría del Pueblo tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de

los derechos y garantías establecidos en la Constitución de la República y en los

tratados internacionales sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos,

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Page 9: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

colectivos o difusos de los ciudadanos. Está bajo la dirección y responsabilidad del

Defensor del Pueblo, quien es designado por un único período de siete años.

Poder Electoral:

El Poder Electoral se ejerce por órgano del Consejo Nacional Electoral.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene como órganos subordinados: la

Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de

Participación Política y Financiamiento. Su objetivo es reglamentar y gestionar los

procesos electorales (elección de los cargos de representación popular del Poder

Público en el ámbito nacional, estatal y municipal, y los referendos), así como la

aplicación de la personalización del sufragio y la representación proporcional,

garantizando la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia de

los procesos electorales. También reglamenta el financiamiento y publicidad de los

partidos políticos y organiza las elecciones de sindicatos, gremios profesionales y

partidos políticos en los términos que señala la ley. El CNE mantiene, organiza,

dirige y supervisa el Registro Civil y Electoral.

El Consejo Nacional Electoral está integrado por cinco rectores elegidos por la

Asamblea Nacional por un período de siete años: tres rectores son postulados por la

sociedad civil, uno por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las

universidades nacionales y uno por el Poder Ciudadano, con sus respectivos

suplentes.

La Constitución de 1999 incorpora la figura del referéndum revocatorio para

todos los cargos de elección popular, los cuales pueden ser sometidos a nueva

elección a la mitad del mandato, como una forma novedosa de permitir una decisión

política de la ciudadanía sobre los funcionarios electos.

Sistema Nacional de Planificación y Consejo Federal de Gobierno:

Sistema Nacional de Planificación tiene entre sus objetivos contribuir a la

optimización de los procesos de definición, formulación, ejecución y evaluación de

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Page 10: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

las políticas públicas en cada uno de sus niveles, a la efectividad, eficacia y eficiencia

en el empleo de los recursos públicos dirigidos a la consecución, coordinación y

armonización de los planes, programas y proyectos para la transformación del país, a

través de una justa distribución de la riqueza, mediante una planificación estratégica,

democrática, participativa y de consulta abierta, para el logro de las metas

establecidas en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación. El Sistema

Nacional de Planificación está integrado por: el Consejo Federal de Gobierno; los

consejos de planificación y coordinación de políticas públicas de cada Estado; los

consejos locales de planificación pública de cada municipio; los consejos de

planificación comunal y los consejos comunales.

Consejo Federal de Gobierno (CFG): es el órgano encargado de la

planificación y coordinación de políticas públicas para el desarrollo del proceso de

descentralización y transferencia de materias de la competencia del Poder Nacional a

los Estados y Municipios; y establece los lineamientos para el proceso de

transferencia de materias de la competencia de las entidades territoriales a las

organizaciones del Poder Popular (consejos comunales, comunas, entre otras). El

CFG está presidido por el Vicepresidente Ejecutivo de la República e integrado por

los Ministros del Poder Ejecutivo Nacional, los Gobernadores de los Estados, un

Alcalde por cada Estado y representantes de la sociedad organizada (consejos

comunales, comunas y cualquier otra organización del Poder Popular). En su

estructura cuenta con una Secretaría y con el Fondo de Compensación Interterritorial,

destinado al financiamiento de inversiones públicas, para promover el desarrollo

equilibrado de las regiones, la cooperación y complementación de las políticas e

iniciativas de desarrollo de las entidades públicas territoriales, y apoyar la dotación de

obras y servicios esenciales en las regiones y comunidades de menor desarrollo

relativo.

Poder Público Estadal El Poder Público Estadal se ejerce en cada uno de los

veintitrés (23) Estados a través de cuatro funciones: ejecutiva, legislativa, control

fiscal y planificación; cada una de las funciones del Poder Público Estadal tiene sus

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Page 11: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

atribuciones propias, pero los órganos y entes a los que incumbe su ejercicio

colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado venezolano, conforme a

lo establecido en la Constitución de la República.

La función ejecutiva estadal se ejerce por órgano de un Gobernador, quien

dirige el gobierno y la administración pública en el espacio territorial y ámbito de

competencia de cada Estado. El Gobernador de cada Estado será elegido por un

período de cuatro años por mayoría simple de las personas que voten y puede ser

reelegido.

La función legislativa estadal se ejerce por órgano de un Consejo Legislativo en

cada Estado, conformado por un número no mayor de quince ni menor de siete

legisladores, quienes proporcionalmente representarán a la población del Estado y de

los Municipios que lo conforman. El Consejo Legislativo tiene las atribuciones

siguientes: legislar sobre las materias de la competencia estadal; sancionar la Ley de

Presupuesto del Estado; y las demás que establezcan la Constitución de la República

y la ley. Los legisladores estadales son elegidos por un período de cuatro años, y

pueden ser reelegidos.

La función de control fiscal estadal se ejerce por órgano de una Contraloría en

cada Estado, que ejerce el control, la vigilancia y la fiscalización de los ingresos,

gastos y bienes estadales, sin menoscabo del alcance de las funciones de la

Contraloría General de la República. Las condiciones para el ejercicio del cargo de

Contralor Estadal están determinadas por la ley, la cual garantiza su idoneidad e

independencia, así como la neutralidad en su designación, que es mediante concurso

público.

La función de planificación estadal se ejerce por órgano de un Consejo de

Planificación y Coordinación de Políticas Públicas en cada Estado, presidido por el

Gobernador e integrado por los Alcaldes de los Municipios, los directores estadales

de los ministerios; y una representación de diputados elegidos por el Estado a la

Asamblea Nacional, de legisladores del Consejo Legislativo Estadal, de concejales

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Page 12: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

municipales y de las comunidades organizadas, incluyendo las indígenas donde las

hubiere.

Poder Público Municipal El Poder Público Municipal se ejerce en cada uno de

los 335 municipios a través de cuatro funciones: ejecutiva, legislativa, control fiscal y

planificación; cada una de las funciones del Poder Público Municipal tiene sus

atribuciones propias, pero los órganos y entes a los que incumbe su ejercicio

colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado venezolano, conforme a

lo establecido en la Constitución de la República. Los órganos y entes del Poder

Público Municipal, en el ejercicio de sus funciones, tienen el deber de incorporar la

participación ciudadana en el proceso de definición y ejecución de la gestión pública,

así como el control y evaluación de sus resultados, en forma efectiva, suficiente y

oportuna.

La función ejecutiva municipal se ejerce por órgano de un Alcalde, quien es la

primera autoridad civil y política en la jurisdicción municipal, y dirige el gobierno y

la administración pública en el espacio territorial y ámbito de competencia de cada

Municipio. El Alcalde será elegido por un período de cuatro años por mayoría simple

de las personas que voten y puede ser reelegido.

La función legislativa municipal se ejerce por órgano de un Concejo Municipal

en cada municipio, conformado por un número no mayor de trece ni menor de cinco

concejales, quienes proporcionalmente representarán a la población del Municipio. El

Concejo Municipal tiene las atribuciones siguientes: iniciar, consultar, discutir y

sancionar los proyectos de ordenanzas sobre las materias de la competencia

municipal; ejercer la potestad normativa tributaria municipal; aprobar las concesiones

de servicios públicos o de uso de bienes del dominio público, y la enajenación de los

ejidos y otros inmuebles; designar al Secretario del Concejo Municipal y al Cronista

del Municipio; aprobar el Plan de Inversión Municipal, contenido en el proyecto de

Ordenanza del Presupuesto presentado por el Consejo Local de Planificación Pública;

ejercer la función de control político sobre el gobierno y la administración pública

municipal; y las demás que establezcan la Constitución de la República y la ley. Los

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Page 13: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

concejales municipales son elegidos por un período de cuatro años, y pueden ser

reelegidos.

La función de control fiscal municipal se ejerce por órgano de una Contraloría

en cada Municipio, que ejerce el control, la vigilancia y la fiscalización de los

ingresos, gastos y bienes municipales, sin menoscabo del alcance de las funciones de

la Contraloría General de la República. Las condiciones para el ejercicio del cargo de

Contralor Municipal están determinadas por la ley, y será dirigida por el Contralor

Municipal, designado por el Concejo Municipal mediante concurso público, que

garantiza la idoneidad y capacidad de quien es designado para el cargo, de acuerdo

con las condiciones establecidas por la ley.

La función de planificación municipal se ejerce por órgano de un Consejo Local

de Planificación Pública en cada municipio, presidido por el Alcalde e integrado por

los concejales, los presidentes de las juntas parroquiales comunales y representantes

de organizaciones vecinales y otras de la sociedad organizada, de conformidad con

las disposiciones que establezca la ley. El Consejo Local de Planificación Pública es

el órgano encargado de diseñar el Plan Municipal de Desarrollo y los demás planes

municipales, en concordancia con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la

Nación y los demás planes nacionales y estadales, garantizando la participación

protagónica del pueblo en su formulación, ejecución, seguimiento, evaluación y

control, en articulación con el Sistema Nacional de Planificación.

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Page 14: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

CONCLUSIÓN

Los Estados federales, son iguales en lo político y poseen las mismas

competencias, cada uno tiene un Gobernador (jefe del ejecutivo regional), un

Gabinete de Secretarios, un Secretario de Gobierno, un Procurador, un Consejo

Legislativo (Parlamento regional que aprueba leyes estadales), un Contralor, Policía,

Bandera, Escudo, Himno y una Constitución propia (excepto el Distrito Capital,

Dependencias Federales y los Territorios Federales), ya que estos tienen rango

federal.

El Poder Público en Venezuela, según la Constitución Nacional se encuentra

constituido por los Poderes Municipal, Estatal y Nacional, y este último se divide en

cinco ramas: legislativo, ejecutivo, judicial, electoral y ciudadano.

Las regiones en las que se encuentra dividido el Estado venezolano son

modelos empleados en la búsqueda de una descentralización de los poderes públicos

más eficaz.

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Page 15: División Territorial de La República Bolivariana de Venezuela

BIBLIOGRAFÍA

Grau, María Amparo (2002) Comentarios acerca de la figura del Consejo

Federal de Gobierno en la nueva Constitución.

Giordani, Jorge (1992) Planificación y mercado, desde el punto de�

vista de la Planificación. El caso de Venezuela. Cuadernos del CENDES, No.

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