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    OIMT - Serie Tcnica 5

    DIRECTRICES DE LA OIMT

    PARA LA ORDENACION SOSTENIBLE

    DE LOS BOSQUES TROPICALES NATURALES

    INTERNATIONAL TROPICAL

    TIMBER ORGANIZATION

    ORGANISATION INTERNATIONALE

    DES BOIS TROPICAUX

    ORGANIZACION INTERNACIONAL

    DE LAS MADERAS TROPICALES

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    DIRECTRICES DE LA OIMT PARA LA ORDENACION SOSTENIBLEDE LOS BOSQUES TROPICALES NATURALES

    OIMT - Serie Tcnica 5

    Organizacin Internacional de las Maderas Tropicale (OIMT)

    Sangyo Boeki Center Building

    2, Yamashita-cho, Naka-ku

    Yokohama 231Japn

    Diciembre de 1990

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    Organizacin Internacional de las Maderas Tropicales (OIMT)

    Diciembre de 1990

    Jefe de Edicin: Habsah Marjuni (FRIM)

    Preparado para la OIMT por:

    Forest Research Institute Malaysia (FRIM), Kepong, 52109 Kuala Lumpur, Malasia

    Impreso en Malasia

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    INDICE

    PREFACIO

    1. INTRODUCCION 1

    2. POLITICAS Y LEGISLACION 1

    2.1 Polticas forestales 1

    2.2 Inventario forestal nacional 2

    2.3 Zona forestal permanente 2

    2.4 Propiedad de bosques 2

    2.5 Servicio forestal nacional 3

    3. ORDENACION FORESTAL 3

    3.1 Planificacin 3

    3.1.1 Inventario esttico y dinmico 3

    3.1.2 Establecimiento de los objetivos de

    la ordenacin 3

    3.1.3 Seleccin de las prcticas silvcolas 4

    3.1.4 Reglamentacin del rendimiento,corta anual permisible (CAP) 4

    3.1.5 Inventario de la ordenacin y trazado de mapas 4

    3.1.6 Preparacin de los planes de trabajo 4

    3.1.7 Evaluacin del impacto ecolgico 5

    3.2 Corta 5

    3.2.1 Disposiciones previas a la corta 5

    3.2.2 Caminos 5

    3.2.3 Extraccin 6

    3.2.4 Ordenacin de la masa posterior a la corta 6

    3.3 Proteccin 63.3.1 Control del acceso 6

    3.3.2 Incendios 6

    3.3.3 Productos qumicos 7

    3.4 Disposiciones jurdicas 7

    3.4.1 Acuerdos de concesiones 7

    3.4.2 Licencias de explotacin forestal en tierras de

    propiedad privada o tenencia por derecho 7

    3.4.3 Permisos de salvamento 8

    3.5 Control e investigacin 8

    3.5.1 Silvicultura y control del rendimiento 8

    3.5.2 Estudios sobre el impacto ecolgico 8

    4. ASPECTOS SOCIOECONOMICOS Y FINANCIEROS 8

    4.1 Relaciones con las poblaciones locales 8

    4.2 Economa, incentivos, impuestos 9

    ANEXO 1. CATEGORIAS DE TIERRAS FORESTALES 10

    ANEXO 2. INVENTARIO FORESTAL NACIONAL 11

    ANEXO 3. CAMINOS Y CORTA 12

    ANEXO 4. LEGISLACION SOBRE CONCESIONES 14

    ANEXO 5. PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE:

    DECLARACION SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE 16

    ANEXO 6. ESQUEMA DE REQUISITOS PREVIOS PARA LA ORDENACIONSOSTENIBLE EN VARIOS NIVELES, INCLUIDAS LAS DIRECTRICES 17

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    PREFACIO

    Es un gran placer para m presentar la quinta publicacin tcnica de la OIMT. Paranuestra joven Organizacin, esta publicacin representa un hito fundamental ennuestros esfuerzos por lograr el objetivo general de alcanzar la ordenacin

    sostenible de los bosques tropicales. Asimismo, representa un importante avanceen la cooperacin entre todos los pases miembros de la OIMT, las ONG dedicadasa la conservacin del medio ambiente y el comercio de las maderas tropicales,todos los cuales han brindado su valiosa contribucin durante la elaboracin de estetexto.

    La formulacin de las normas de la "mejor prctica" en materia de ordenacinsostenible de bosques naturales fue solicitada primeramente por el Consejo de laOIMT en su cuarto perodo de sesiones, celebrado en mayo de 1989. La OverseasDevelopment Administrationdel Reino Unido asisti a la Secretara de la OIMT ensu tarea y, durante el quinto perodo de sesiones del CIMT, celebrado en noviembrede 1989, se present un informe. Luego de su aprobacin, el Consejo adjudic

    fondos para perfeccionar estas directrices e integrarlas en un programa de accinen el mbito de la repoblacin y ordenacin forestales. Se cre un panelinternacional, integrado por trece miembros representantes de pases productores yconsumidores de maderas tropicales, ONGs dedicadas al medio ambiente (WWF),organismos de la ONU (FAO), el comercio de las maderas tropicales y otrasorganizaciones (ODA, CSIRO e IIED). Luego de un seminario celebrado en marzode 1990, el panel present un informe, que fue aprobado en el quinto perodo desesiones del Consejo, celebrado en Bali, en mayo de 1990.

    El informe se divide en cuatro secciones principales, en las cuales se definen losprincipios bsicos y se describen las medidas que se consideran apropiadas para laaplicacin de dichos principios. El texto se ha mantenido deliberadamente corto yconciso y se han evitado los trminos tcnicos para atraer a la mayor cantidad

    posible de lectores. Dado que la publicacin est dirigida a silvicultores yadministradores forestales de las tres regiones tropicales donde las condiciones delbosque y los mtodos de ordenacin varan substancialmente, las medidaspropuestas se expresan en trminos generales. Por lo tanto, la estructura de estasdirectrices debera modificarse y adaptarse a pautas ms especficas, compatiblescon las prcticas forestales nacionales y regionales.

    Se agradece la dedicacin y generosidad de los expertos y asesores queparticiparon en la formulacin de estas directrices. Tal como se dijo anteriormente,este documento es un paso importante en los constantes esfuerzos por desarrollarla ordenacin forestal sostenible en los trpicos. Sin duda, al adquirirse un mayorconocimiento de la complejidad intrnseca de la ordenacin de este valioso recurso,

    su contenido habr de modificarse y expandirse. El desafo ahora radica en laaplicacin de estas directrices en la prctica para permitir, ms adelante, lasmodificaciones necesarias. Este proceso requiere aun un mayor esfuerzo,cooperacin y comprensin. As, estas directrices permitirn un significativo avanceen el camino hacia el objetivo de la OIMT de lograr, para el ao 2000, el producirtoda la madera de exportacin a partir de bosques sometidos a sistemas deordenacin sostenible.

    Yokohama, Japn B.C.Y. Freezailah1 de noviembre de 1990 Director Ejecutivo

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    1. INTRODUCCION

    Estas directrices contienen una serie de principios que constituyen la normainternacional estipulada por la OIMT para la elaboracin de pautas msespecficas que, a nivel nacional, permitan la ordenacin sostenible de los

    bosques naturales tropicales utilizados para la produccin de madera. Laelaboracin, aplicacin y ejecucin de las directrices nacionales basadas enesta norma deben ser acordadas, a nivel nacional, en cada uno de los pasesproductores de maderas.

    Esta norma se basa en un informe de un grupo de trabajo creado deconformidad con la decisin 3(VII) del Consejo. En su elaboracin, se hautilizado como base el mandato estipulado en el programa de trabajo de laOIMT en la esfera de la repoblacin y ordenacin forestales para el ao1990, aprobado por el Consejo durante su sexto perodo de sesiones,celebrado en noviembre de 1989. El informe del grupo de trabajo fuepresentado a la consideracin del Comit Permanente de Repoblacin y

    Ordenacin Forestales en su sexto perodo de sesiones, y fue aprobado porel Consejo durante el octavo perodo de sesiones, celebrado en mayo de1990. Esta iniciativa de la OIMT se ajusta al objetivo 1(h) del ConvenioInternacional de las Maderas Tropicales, 1983: "Fomentar el desarrollo depolticas nacionales encaminadas a la utilizacin sostenible y laconservacin de los bosques tropicales y de sus recursos genticos yal mantenimiento del equilibrio ecolgico de las regiones interesadas".

    La aprobacin, por parte de la OIMT y de sus pases miembros, de lasdirectrices internacionales que constituyen una norma para la ordenacinforestal sostenible redundar en beneficio de todos los pases productores yconsumidores interesados en el desarrollo eficaz y sostenible de los recursosde sus bosques tropicales y de las industrias forestales.

    La OIMT considera de carcter prioritario la definicin de los principiosesenciales y actividades afines, que puedan servir de gua en la formulacinde las directrices nacionales en cada pas de manera que se ajusten a lanorma internacional aprobada en el seno de la Organizacin. La OIMTtambin hace hincapi en la prestacin de ayuda a los pases miembros quela necesiten y soliciten con miras a obtener la asistencia tcnica y financieraexterna necesaria para formular sus propias directrices nacionales.

    Las directrices de la OIMT se presentan en forma de principios y accionesposibles que abarcan distintos aspectos, desde la poltica general hasta lasoperaciones silvcolas. En los anexos figuran algunos ejemplos de ciertos

    elementos que se podran incluir en las directrices nacionales y normasrelativas a su aplicacin.

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    2. POLITICAS Y LEGISLACION

    2.1 POLITICAS FORESTALES

    Principio 1. Para que la ordenacin forestal sostenible resulte exitosa esindispensable un compromiso poltico slido y continuo en el ms alto nivel.(Vase el Anexo 6)

    Accin posible 1. Formular y adoptar una poltica nacional sobre elaprovechamiento de tierras encaminada a la utilizacin sostenible detodos los recursos naturales.

    Accin posible 2. Formular una poltica forestal nacional como parteintegral de la poltica nacional sobre el uso de tierras, para garantizarel aprovechamiento equilibrado de los bosques, a travs de unproceso que rena el consenso de todos los sectores interesados: el

    gobierno, la poblacin local y el sector privado.Accin posible 3. Organizar seminarios para debatir polticas entredichos grupos interesados.

    Entre los aspectos que se deben tener en cuenta para decidir una polticaforestal, se incluyen la proporcin de tierras bajo rgimen forestal; las necesidadesde proteccin y conservacin de la diversidad biolgica (vase el Anexo 1); lasnecesidades y aspiraciones de las generaciones presentes y futuras de lapoblacin; el papel desempeado por la silvicultura en la planificacin econmicanacional; los diversos objetivos de las polticas forestales y su importancia relativa;la cantidad de bosques pblicos y privados.

    Principio 2. La poltica forestal acordada debe respaldarse con la legislacinadecuada que, a su vez, debe ser compatible con las leyes que rijan otrossectores relacionados.

    Accin posible 4. Sancionar o enmendar leyes y reglamentos en losniveles gubernamentales locales y nacionales apropiados, segn seanecesario para respaldar la poltica forestal establecida, enconsonancia con las polticas, leyes y reglamentos vigentes en lossectores relacionados.

    Principio 3. Debera existir un mecanismo para reglamentar la revisin depolticas a la luz de nuevas circunstancias y/o acceso a nueva informacin.

    Accin posible 5. Proporcionar fondos suficientes para actividadesde investigacin y control, a fin de permitir la actualizacin de polticas.

    Accin posible 6. Investigar la valuacin de la totalidad de losbeneficios econmicos (total de bienes y servicios comercializados yno comercializados), suministrados por los bosques ordenadosprincipalmente para la produccin de maderas, a fin de permitir a lossilvicultores establecer una mejor justificacin de la ordenacin debosques naturales con miras a la produccin maderera sostenida.

    2.2 INVENTARIO FORESTAL NAC IONAL

    Principio 4. El inventario forestal nacional debera establecer la importanciade todos los bosques, independientemente del origen de su propiedad, paralos fines identificados en la seccin 2.1 (vase tambin el Anexo 2).

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    Principio 5. Tales inventarios deberan regirse segn disposiciones flexibles,que pudiesen ampliarse para incluir informacin no cubierta previamente,siempre que surgiese la necesidad y oportunidad de incorporar dichainformacin.

    2.3 ZONA FORESTAL PERMANENTE

    Principio 6. Ciertas categoras de tierras, ya sea pblicas o privadas,necesitan mantenerse bajo un rgimen forestal permanente para garantizarsu mxima contribucin al desarrollo nacional.

    Principio 7. Las diferentes categoras de tierras que deberan mantenersebajo un rgimen forestal permanente son (vase tambin el Anexo 1): tierrasde proteccin; tierras para la conservacin de la naturaleza; tierras para laproduccin de maderas y otros productos forestales; tierras destinadas asatisfacer una combinacin de estos objetivos.

    Accin posible 7. Identificar la agrimensura y lmites de las diversascategoras de la zona forestal permanente, mediante consultas con laspoblaciones vecinas y teniendo en cuenta sus necesidades presentesy futuras de tierras agrcolas y su uso habitual del bosque.

    Principio 8. Las tierras destinadas a la transformacin para otros fines(agricultura, minas, etc.), y cualquier tierra cuyo uso final sea incierto,deberan mantenerse bajo rgimen forestal hasta que surja la necesidad dedesmontarlas.

    2.4 PROPIEDAD DE BOSQUES

    Principio 9. Los principios y recomendaciones para la prctica de estas

    directrices se aplican con idntica validez a los bosques nacionales y a losbosques de propiedad privada o tenencia por derecho.

    2.5 SERVICIO FORESTAL NACIONAL

    Principio 10. Debera existir un organismo nacional capaz de someter aregmenes de ordenacin la zona forestal del gobierno y asistir en laordenacin de los bosques de propiedad privada o tenencia por derecho,conforme a los objetivos estipulados en la poltica forestal nacional.

    Accin posible 8. Establecer dicho organismo nacional.

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    3. ORDENACION FORESTAL

    Principio 11. Los bosques reservados para la produccin maderera puedensatisfacer otros importantes objetivos, como la proteccin del medio

    ambiente, y en diversa medida, la conservacin de especies y ecosistemas.Deberan salvaguardarse estos fines mltiples mediante la aplicacin denormas relativas al medio ambiente (descritas ms adelante) en todas lasoperaciones forestales.

    3.1 PLANIFICACION

    Principio 12.Con una correcta planificacin a nivel nacional, en la unidad deordenacin forestal y a nivel operativo , se reducen los costos econmicos yecolgicos y, por lo tanto, es un componente esencial de la ordenacinforestal sostenible a largo plazo.

    Accin posible 9. Establecer la capacidad adecuada para planificarla ordenacin forestal en todos los niveles administrativos.

    3.1.1 Inventario esttico y dinmico

    Principio 13. Los bosques reservados para la produccin madereradeberan someterse a un inventario ms detallado para permitir laplanificacin de la ordenacin forestal y las operaciones de extracin demaderas. La decisin sobre el tipo y la cantidad de datos por recopilardebera ser objeto de un anlisis de costos-beneficios.

    Accin posible 10. Llevar a cabo un inventario, concentrndose en lacantidad de madera comercializable y el potencial del bosque para la

    produccin maderera futura (vase tambin el Anexo 2).

    Accin posible 11. Establecer una serie representativa de parcelasde muestra permanentes.

    3.1.2 Establecimiento de los objet ivo s de la orden acin

    Principio 14. Los objetivos de la ordenacin deberan fijarse racionalmentepara cada unidad de ordenacin forestal. La formulacin de los objetivosdebera permitir al tcnico forestal responder en forma flexible a lasvariaciones presentes y futuras de las circunstancias fsicas, biolgicas ysocioeconmicas, teniendo en cuenta el objetivo general de la

    sustentabilidad.

    Principio 15. Las dimensiones de cada unidad de ordenacin forestal deproduccin deberan ser proporcionales al ciclo de corta, al volumen mediocortado por hectrea y a la meta de produccin anual del organismooperador (empresa forestal estatal, concesionario, etc.).

    3.1.3 Seleccin de las prcticas silvcolas

    Principio 16. La seleccin de las prcticas silvcolas debera basarse en elobjetivo del rendimiento sostenido con el mnimo costo, para permitir laextraccin maderera presente y futura, y respetar, al mismo tiempo, losobjetivos secundarios acordados.

    Accin posible 12. Reunir informacin con el propsito de sentar lasbases para la seleccin de las prcticas silvcolas, tales comoinventarios y medicin de las parcelas de rendimiento y crecimiento,

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    as como datos sobre la demanda en el mercado de los diversos usosfinales de los productos madereros. A medida que se logre obtenermayor informacin, deberan mejorarse gradualmente estas prcticaspara as elaborar un sistema silvcola realmente progresivo. Laintensidad de corta y el diseo de los patrones de corta deberan ser

    parte integral del concepto silvcola.

    3.1.4 Reglamentacin del rendimiento, corta anual permisible(CAP)

    Principio 17. A fin de garantizar la produccin sostenida de maderas encada unidad de ordenacin forestal, debera adoptarse un mtodo seguropara controlar el rendimiento maderero.

    Accin posible 13. Fijar una corta anual permisible (CAP) oposibilidad anual (PA) moderada en ausencia de datos fidedignossobre la regeneracin y la dinmica del crecimiento de las especies de

    rboles, especialmente el incremento del dimetro y la respuesta a losefectos de la corta en los rboles y el suelo. Esto se aplica tanto a lasespecies de rboles deseables, segn las condiciones actuales delmercado, como a aquellas que en el futuro tendrn posibilidades dedespertar un inters comercial, sin olvidar que los mercados internosy mundiales de los productos forestales en la actualidad se estndesarrollando rpidamente. En la prctica, esto implicar confrecuencia una fijacin moderada de perodos de rotacin, ciclos decorta y lmites de circunferencia. Cuando las parcelas de muestrapermanentes comiencen a dar ms informacin precisa sobre ladinmica de las especies deseables, debera considerarse unarevisin de la CAP.

    Accin posible 14. Organizar una revisin peridica de la CAP (cadacinco aos) a fin de observar el reemplazo de los bosques originalescon los bosques ordenados y la transferencia de bosques deconversin a otros usos. A ms largo plazo, deberan incorporarseactividades de modelado de la masa para asegurar la reglamentacineficaz y responsable del rendimiento.

    3.1.5 Inventario de la ordenacin y trazado de mapas

    Principio 18. En la preparacin de los planes de trabajo para cada unidadde ordenacin forestal, es indispensable un inventario de la ordenacin,complementado con un mapa detallado del rea.

    Accin posible 15. Llevar a cabo inventarios de ordenacin y eltrazado de mapas.

    3.1.6 Preparacin de los planes de trabajo

    Principio 19. Los planes de trabajo deberan garantizar el cumplimiento denormas ecolgicas durante las operaciones realizadas en el terreno.

    Accin posible 16. Preparar planes de trabajo con la inclusin de lossiguientes datos (vase tambin 4.2.3):

    * secuencia de las reas de corta anual y asignacin de reas detodo tiempo y tiempo seco;

    * reas excluidas de las operaciones de corta;

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    * trazado de caminos y senderos de extraccin;

    * datos sobre la marcacin, corta, inventario posterior a la corta,tratamientos silvcolas;

    * plan de control de incendios.

    3.1.7 Evaluacin del impacto ecolgico

    Principio 20. Las operaciones de ordenacin forestal pueden tenerimportantes consecuencias positivas o negativas en el medio ambiente, tantodentro del bosque mismo como fuera del rea forestal (efectostranslimtrofes). Estas consecuencias pueden evaluarse antes de lasoperaciones para garantizar la sustentabilidad general.

    Accin posible 17. Especificar las condiciones en que debera

    efectuarse una evaluacin del impacto ecolgico (EIE).Accin posible 18. Establecer los procedimientos de la EIE yproporcionar personal calificado para llevar a cabo las EIE.

    3.2 CORTA

    Principio 21. Las operaciones de corta deberan ajustarse a las prcticassilvcolas y, si estn bien planificadas y ejecutadas, pueden ayudar aestablecer las condiciones necesarias para un mayor incremento y unaregeneracin adecuada. La eficacia y la sustentabilidad de la ordenacinforestal dependen, en gran medida, de la calidad de las operaciones decorta. Las operaciones de corta ejecutadas incorrectamente pueden tener

    serias consecuencias adversas en el medio ambiente, como la erosin,contaminacin, perturbacin del hbitat y la reduccin de la diversidadbiolgica, y pueden arriesgar la aplicacin del concepto silvcola.

    3.2.1 Disposiciones previas a la corta

    Principio 22. Las disposiciones previas a la corta son importantes paraminimizar el dao causado a la masa residual, reducir los riesgos a la saluddel personal de extraccin y armonizar estas operaciones con las prcticassilvcolas.

    Accin posible 19. Formular disposiciones detalladas, incluidas

    medidas tales como corte de trepadoras, marcacin de rboles porcortar y/o retener y sealizacin de las direcciones de extraccin ycorta.

    3.2.2 Caminos

    Principio 23. La planificacin, localizacin, diseo y construccin decaminos, puentes, calzadas y vados debe hacerse de modo tal que seminimice el dao causado al medio ambiente.

    Accin posible 20. Especificar lmites para las dimensiones, declivede caminos, requisitos de drenaje y franjas de proteccin a lo largo de arroyos(vase tambin el Anexo 3).

    3.2.3 Extraccin

    Principio 24. La extraccin con frecuencia requiere el uso de maquinaria

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    pesada. Deben tomarse las precauciones debidas para evitar posiblesdaos.

    Accin posible 21. Trazar un plan de explotacin forestal con lossiguientes elementos:

    * zonas donde la explotacin est sujeta a restriccionesespeciales (conservacin de flora y fauna y reas de proteccindel suelo, franjas de proteccin, sitios de inters cultural);

    * especificaciones para la construccin y restauracin decaminos de deslizamiento, cruces de cuencas hidrogrficas yapeadero de troncos (incluido el drenaje);

    * limitaciones por lluvia;

    * equipo de corta permitido;

    * responsabilidades del operador de mquinas (corta direccional,etc.); marcacin de los rboles por retener y extraer (vasetambin el Anexo 3).

    3.2.4 Ordenacin de la masa posterior a la corta

    Principio 25. Las operaciones posteriores a la corta son necesarias paraevaluar el dao causado, el estado de regeneracin del bosque, la necesidadde aligeramiento y otras operaciones silvcolas necesarias para garantizar loscultivos futuros de maderas.

    Accin posible 22. Llevar a cabo un inventario posterior a la corta

    para determinar si existe la necesidad de intervenciones silvcolas.

    3.3 Proteccin

    3.3.1 Control del acceso

    Principio 26. Debera protegerse a los bosques de produccin permanentescontra actividades incompatibles con la produccin sostenible de maderas,como la invasin de cultivos nmadas a menudo asociados con la aperturadel bosque.

    Accin posible 23. Controlar estrictamente el acceso a los caminos

    de explotacin forestal que no formen parte de la red nacional (porejemplo, carreteras de acceso limitado). Debera considerarse laposibilidad de establecer zonas especiales de proteccin, alrededor delos bosques de produccin, en provecho de las poblaciones locales.

    3.3.2 Incendios

    Principio 27. Los incendios constituyen una seria amenaza a laproductividad futura y a la calidad ecolgica del bosque. El riesgo deincendio aumenta durante la corta y es aun mayor en las zonas ya taladas, locual exige la imposicin de estrictas medidas de seguridad.

    Accin posible 24. Establecer un plan de control de incendios paracada unidad de ordenacin forestal, teniendo en cuenta el grado deriesgo. Los planes de control de incendios podrn incluir la aperturaperidica de lmites entre la zona forestal y otras reas y entre loslotes forestales dentro del bosque. En las zonas sometidas a

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    operaciones de corta o ya taladas, deberan especificarse medidas deseguridad adicionales, como restricciones en el uso de fuego, limpiezade los desperdicios de la corta en los corredores entre los lotes, etc..Deberan utilizarse sistemas de advertencia temprana, incluidosaqullos basados en el uso de satlites.

    3.3.3 Productos qumicos

    Principio 28. Los productos qumicos, como los utilizados en lostratamientos silvcolas, constituyen un riesgo para la seguridad del personal yuna amenaza de contaminacin ambiental.

    Accin posible 25. Impartir y aplicar instrucciones para el manejo yalmacenaje de productos qumicos y aceite de desecho. Deberanimponerse restricciones especiales en las zonas cercanas a corrientesde agua y otras reas sensibles.

    3.4 DISPOSICIONES JURIDICAS3.4.1 Acuerdos de concesiones

    Principio 29. Deberan existir incentivos para fomentar la ordenacinforestal sostenible a largo plazo entre todos los sectores involucrados.Debera asegurarse a los concesionarios la viabilidad a largo plazo de susconcesiones (principalmente en el caso de gobiernos que controlan el accesoal bosque); la poblacin local debera beneficiarse con la ordenacin delbosque (vase la seccin 4); el gobierno debera recibir suficientes ingresospara continuar sus operaciones de ordenacin forestal.

    Accin posible 26. Aprobar y consolidar la legislacin relativa a

    concesiones a fin de cubrir los siguientes aspectos: la responsabilidady autoridad del servicio forestal y la responsabilidad de losconcesionarios; las dimensiones y duracin de la concesin o licencia;las condiciones para la renovacin y terminacin del contrato.

    La legislacin relativa a las concesiones deber incluir lo siguiente(vase tambin el Anexo 4): (a) categoras de los contratos yprocedimientos de solicitud y concesin; (b) objetos del contrato; (c)derechos concedidos y derechos retenidos; (d) establecimiento oextensin de unidades locales de elaboracin maderera; (e) corta,extraccin de la madera y transporte; (f) construccin de caminos ymejoramiento de la infraestructura; (g) repoblacin y ordenacin

    forestales; (h) impuestos forestales, derechos de bosque y otrasretribuciones; (i) control, supervisin y sanciones por el incumplimientode los trminos de la concesin; (j) otras disposiciones generales; (k)otras consideraciones ecolgicas.

    3.4.2 Licencias de explotacin forestal en tierras de propiedadprivada o tenencia por derecho

    Principio 30. Para los bosques de propiedad privada o tenencia porderecho, el enfoque bsico de la sustentabilidad es idntico al caso de losbosques del gobierno (vase 4.4.1).

    Principio 31. El servicio forestal nacional debera prestar asistencia a lostenedores de tierras por derecho y propietarios de bosques privados paraordenar las zonas forestales de manera sostenible.

    Accin posible 27. Establecer o consolidar un servicio de extensin

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    forestal a fin de proporcionar capacitacin en materia de ordenacinde bosques para las diversas categoras de terratenientes.

    3.4.3 Permisos de salvamento

    Principio 32. Debera aprovecharse al mximo la madera proveniente detierras forestales que se habrn de transformar para otros usos, y debosques daados por huracanes y otras catstrofes. Al mismo tiempo,debera prevenirse la perturbacin de la ordenacin de bosques deproduccin permanentes.

    Accin posible 28. Idear mecanismos para incorporar regularmenteen el mercado la madera proveniente de operaciones de salvamento.

    Accin posible 29. Disponer el ajuste del volumen de troncosextrados en las concesiones de explotacin maderera para abarcar lamadera obtenida de las tierras para conversin, incluido el material

    con un dimetro inferior al mnimo explotable.3.5 CONTROL E INVESTIGAC ION

    Principio 33. Las actividades de control e investigacin deberanproporcionar informacin sobre la compatibilidad de las operaciones deodenacin forestal con los objetivos de la produccin sostenible de maderasy otros usos del bosque.

    3.5.1 Silvicultura y control del rendimiento

    Accin posible 30. Establecer los procedimientos de las parcelas demuestra permanentes (PMP) (distribucin, nmero, diseo,

    mediciones mnimas) y supervisar las PMP para aumentar la exactituden los clculos de la corta anual permisible.

    Accin posible 31. Evaluar la compatibilidad de las prcticas deordenacin y los sistemas silvcolas mediante exmenes del procesode regeneracin y estudios sobre la necesidad de tratamientos de lamasa posteriores a la corta y otros temas pertinentes.

    Accin posible 32. Estudiar la dinmica de las principales especiesmadereras para permitir el modelado de la masa.

    3.5.2 Estudios sobre el impacto ecolgico

    Accin posible 33.Evaluar la compatibilidad de las prcticas deexplotacin forestal con los objetivos secundarios estipulados, talescomo la conservacin y proteccin del medio ambiente, y con elprincipio general de sustentabilidad.

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    4. ASPECTOS SOCIOECONOMICOS Y FINANCIEROS

    Principio 34. La produccin sostenida de maderas depende de ladistribucin equitativa de incentivos, costos y beneficios de la ordenacin

    forestal, entre los participantes principales, es decir, las autoridadesforestales, los propietarios de bosques, los concesionarios y las comunidadeslocales.

    4.1 RELACIONES CON LAS POBLACIONES LOCALES

    Principio 35. El xito de la ordenacin forestal para la produccin sostenidade maderas depende, en gran medida, de su compatibilidad con los interesesde las poblaciones locales.

    Principio 36. Los permisos de explotacin maderera para zonas habitadaspor pueblos indgenas deberan tener en cuenta las condiciones

    recomendadas por el Banco Mundial y la OIT relativas, entre otrascosas, al trabajo en dichas reas.

    Accin posible 34. Estipular disposiciones para: celebrar consultascon las poblaciones locales, a partir de la fase de planificacin, antesde iniciar la construccin de caminos y las operaciones de corta;asegurar el ejercicio continuo del derecho de tenencia de tierras;asegurar que los acuerdos de las concesiones y otras licencias deexplotacin forestal incluyan el grado de asistencia, empleo,compensacin, etc., que deba proporcionarse.

    4.2 ECONOMIA, INCENTIVOS, IMPUESTOS

    Principio 37. La ordenacin orientada a la produccin maderera slo podrsostenerse a largo plazo si es econmicamente viable (con la debidaconsideracin del valor econmico de todos los costos y beneficioscorrespondientes a la conservacin del bosque y sus influencias ecolgicas yambientales).

    Accin posible 35. Intensificar los esfuerzos nacionales einternacionales de comercializacin a fin de obtener el mximo valorposible de los productos forestales y mejorar la utilizacin de losrecursos provenientes de bosques sometidos a sistemas deordenacin sostenible.

    Principio 38. Un porcentaje de los beneficios financieros obtenidos en laexplotacin maderera debera utilizarse como fondos para mantener lacapacidad productiva de los recursos forestales.

    Principio 39. Los derechos e impuestos forestales deberan interpretarsecomo incentivos para alentar una utilizacin forestal ms racional yproductiva y el establecimiento de una industria manufacturera productiva, ydesalentar la seleccin y explotacin de bosques marginales para laproduccin maderera. Dichos derechos e impuestos forestales deberanguardar y mantener una relacin directa con el costo real de la ordenacinforestal. Los procedimientos impositivos deberan ser lo ms sencilloposibles y claros para todas las partes involucradas.

    Principio 40. A fin de cumplir con el principio fundamental de la ordenacincorrecta y sostenible, puede ser necesario efectuar una revisin de losderechos e impuestos forestales en un plazo de aviso relativamente corto,debido a circunstancias fuera del control de los extractores y organismos

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    forestales (por ejemplo, fluctuaciones en la moneda y el mercadointernacional de las maderas). El organismo nacional forestal debera tenerautoridad para llevar a cabo tales revisiones.

    Principio 41. La continuidad de las operaciones es esencial para la

    ordenacin sostenible de bosques.

    Accin posible 36. A fin de continuar las operaciones incluso ensituaciones presupuestarias adversas, la autoridad forestal deberatener un cierto grado de autonoma financiera que, entre otras cosas,le permita la acumulacin de fondos. Esto puede lograrse, porejemplo, si se le permite al organismo forestal recaudar parte y,quizs, la totalidad de los derechos e impuestos forestales, sin laintervencin de otros departamentos gubernamentales.

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    ANEXO 1.CATEGORIAS DE TIERRAS FORESTALES

    (a) BOSQUES DONDE LA EXPLOTACION MADERERA NO ESTA PERMITIDA.

    - BOSQUES DE PROTECCION EN TIERRAS FRAGILES

    Las tierras frgiles que deben mantenerse bajo rgimen forestal permanentecomprenden: suelos crticos; cuencas hidrogrficas; pendientes empinadas;tierras de altitudes elevadas. Los principales criterios estn relacionados con lacapacidad de erosin del suelo (proporcional al clima, especialmente lacantidad e intensidad de precipitaciones, material originario y ngulo dependiente). Otros criterios se relacionan con la infertilidad o impropiedad parala corta, por ejemplo, bosque de neblina o montaa ("bosque improductivo").

    - BOSQUES RESERVADOS PARA LA PRESERVACION DE ECOSISTEMAS Y

    ESPECIES ANIMALES Y VEGETALES

    Los bosques reservados para la conservacin de la naturaleza deberndestinarse a preservar una muestra representativa de ecosistemas, zonas dealta biodiversidad y hbitats de especies en vas de extincin y especies devasto alcance y migratorias. Estas medidas debern complementarse conrestricciones en el uso de ciertas zonas forestales adicionales para laconservacin de especies de vertebrados de amplio alcance.

    (b) BOSQUES DE PRODUCCION. Bosques destinados a la produccinsostenida de maderas y otros productos forestales, a menudo con laproteccin y/o conservacin de la naturaleza como objetivos secundariosaceptados. La seleccin de estas zonas deber basarse en su potencial para

    brindar un rendimiento perpetuo de madera de alta calidad. (El bosque deproduccin no debera ser un uso residual.) Esta categora podr tambinincluir reas de tierras degradadas aptas para la repoblacin forestal.

    Las categoras (a) y (b) combinadas constituyen la zona forestal permanente.

    (c) BOSQUES DE CONVERSION. Las tierras que, en los planes deaprovechamiento de tierras nacionales o regionales, estn destinadas a latransformacin para otros usos, debern mantenerse bajo rgimen forestalhasta que sean requeridas y, entretanto, debern talarse de acuerdo con lasnormas estipuladas para los bosques de produccin permanentes. Lo mismose aplicar a las tierras forestales cuyo uso final an no se haya determinado.

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    ANEXO 2.INVENTARIO FORESTAL NACIONAL

    A. INVENTARIO NACIONAL

    Debera llevarse a cabo un inventario nacional del estado actual de todas las tierrasforestales a fin de establecer su utilidad para los siguientes fines:

    - produccin de madera (con cuantificacin del volumen de la madera en pie deespecies actualmente comerciables y an no comerciables y capacidad deregeneracin);

    - rendimiento de productos no madereros (tanto el valor actual como elpotencial);

    - proteccin, incluido el clima;

    - conservacin de la naturaleza;

    - varios fines agrcolas y otros usos de la tierra.

    Debera aprovecharse adecuadamente la tecnologa de satlites y computadoras.

    B. INVENTARIO ESTATICO Y DINAMICO

    El principal propsito del inventario esttico y dinmico es evaluar las posibilidadespara la explotacin maderera y la produccin de maderas a largo plazo. Debera recopilarseinformacin cuantitativa de especies tanto comerciales como no comerciales, incluidas las

    clases de menor dimetro, y su capacidad de regeneracin.

    Es necesario establecer las condiciones en que deberan utilizarse los inventarios dediversas escalas e intensidades.

    Durante los inventarios madereros, por un bajo costo adicional, puede efectuarse unaevaluacin cuantitativa de otros aspectos del bosque, como su importancia para las especiesde fauna silvestre y la existencia de productos forestales no madereros. La utilidad de losinventarios forestales podr aumentarse con la cooperacin de otras instituciones y laasistencia de investigadores de otras disciplinas para facilitar la interpretacin de los datosinventariados.

    Cuando corresponda, deber dejarse constancia de los antecedentes de ordenacinen el bosque.

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    ANEXO 3.CAMINOS Y CORTA

    Las siguientes consideraciones son importantes para aumentar el rendimiento y

    minimizar el dao causado al medio ambiente:

    (a) Lmites superiores de las dimensiones de rampas, caminos y senderos de corta, yamplitud de desmonte para las diversas categoras de caminos de extraccin.

    (b) Localizacin de caminos con un mnimo de obras y facilidad de drenaje. Declivemximo permisible de caminos y excepciones a esta condicin (donde puedaacortarse significativamente la construccin o reducirse las obras, e instalarse undrenaje apropiado).

    (c) El drenaje puede tener desages a ambos lados (compuertas derivadoras), desagesinvertidos o cruzados, o simplemente puntos a lo largo del sendero o camino que, porsu naturaleza o diseo, puedan extraer agua de la ruta.

    (d) Evitar, en la medida de lo posible, el desplazamiento de suelos (por ejemplo, corte

    lateral) durante la construccin de los senderos de corta.(e) Diseo de cruce de arroyos. Especificaciones para la construccin de crucespermanentes. Los cruces provisorios debern ubicarse en sitios con material estableen el lecho del arroyo y donde sea posible la restauracin de las orillas. Los crucesdebern cubrirse con troncos o construirse con material de ripio estable, cuando seanecesario.

    (f) Definicin de franjas de proteccin o reservas adyacentes a arroyos y otras reas"prohibidas", que debern mantenerse intactas excepto cuando se hayan aprobadovas de acceso. Ancho de las franjas en proporcin con el ancho de las corrientes deagua.

    (g) Vehculos de las operaciones de corta, ruedas vs. oruga. Ancho mximo de hoja paramquinas de corta. Todas las mquinas debern tener un malacate con una cantidadmnima de cable de alambre.

    (h) Responsabilidades del talador y operador de mquinas (corta direccional, etc.)(i) Indicacin de perodos en que deba limitarse o interrumpirse la corta por razones

    climticas y condiciones que deban cumplirse para continuar la corta (reducida)durante los perodos de clima desfavorable (calidad de obras de drenaje, volumen decorta, arrastre y transporte inmediatos, restricciones del rea, disposiciones para queel funcionario forestal del distrito detenga las operaciones de corta si las condicionesclimticas as lo exigen).

    (j) Marcacin de rboles por retener: rboles portasemillas y rboles sanos encrecimiento de especies valiosas, con vigor y formas sobresalientes. Criterios para laidentificacin y espaciamiento de los rboles portasemillas.

    (k) Marcacin de rboles por extraer: todos los troncos comerciales con dimetrosuperior al explotable y aqullos con dimetro inferior al mnimo explotable que sean

    defectuosos o estn severamente daados y vayan a producir trozas de un nivelmnimo.(l) Sanciones por causar daos evitables a la masa retenida.(m) Las operaciones de corta deberan llevarse a cabo conforme a un plan de cortas. El

    plan de cortas, con mapas, incluir los siguientes elementos:

    - lmites del rea segn estn marcados en el terreno (Los lmites debernseguir los arroyos, en la medida de lo posible, para minimizar el nmero decruces);

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    - zonas de ordenacin especial, incluidas todas las reas donde la corta estsujeta a condiciones o restricciones especiales (reas de importancia cientficao esttica, sitios propensos a la erosin o particularmente empinados);

    - arroyos seleccionados que debern mantenerse intactos debido a los riesgosde erosin o como hbitats de fauna silvestre;

    - caminos de arrastre;

    - senderos principales de extraccin;

    - sitios de apeadero;

    - caminos;

    - drenajes;

    - franjas de proteccin/reservas adyacentes a arroyos;

    - cruces de corrientes de agua (permanentes y provisorios);

    - maquinaria de corta.

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    ANEXO 4.LEGISLACION SOBRE CONCESIONES

    En los acuerdos relativos a las concesiones debern tenerse en cuenta

    consideraciones generales con respecto a las responsabilidades relativas del DepartamentoForestal y los concesionarios, las dimensiones y la duracin de la concesin o licencia y lascondiciones para la renovacin.

    A continuacin se detalla una lista de los elementos que debern incluirse en lalegislacin relativa a las concesiones:

    (a) Categoras de contratos y procedimientos de solicitud y concesin.Requisitosmnimos y obligaciones relacionadas con un cierto tipo de contrato; anuncio pblico denuevas reas para la concesin; informacin y documentos que deban presentarsecon la solicitud; comits y servicios gubernamentales relacionados con la seleccin decandidatos; participacin del Departamento Forestal.

    (b) Partes interesadas y objetos del contrato. Organismo responsable de la emisindel contrato; nombre, direccin y capacidad legal del concesionario; descripcin de lasreas adjudicadas; duracin del contrato; fecha a partir de la cual comienza a regir elcontrato; registro oficial de los contratos otorgados; renovacin de contratos vencidos.

    (c) Derechos concedidos y derechos retenidos. Derechos exclusivos o no exclusivosa la corta de maderas; derecho a la construccin y operacin de caminos deexplotacin forestal; derecho a establecer campamentos, edificios de oficinas einstalaciones elaboradoras de madera; derechos de caza y pesca; derecho de acceso;derechos de las poblaciones locales; extraccin de productos no madereros.

    (d) Establecimiento o expansin de unidades locales para la elaboracin maderera.

    Porcentaje mnimo de materia prima para elaborar; tipo de unidad de transformacinpor establecer; inversiones requeridas; calendario para el comienzo de lasoperaciones.

    (e) Corta, extraccin de la madera y transporte. Volumen mximo y mnimo de cortaanual; corta anual permisible por especies o grupos de especies; presentacin de losprogramas de cortas; trabajos en reas de corta anual consecutivas; restriccionespara la corta y dimetro mnimo de corta.

    (f) Construccin de caminos y mejoramiento de infraestructura. Normas mnimas deconstruccin para caminos forestales; responsabilidades de mantenimiento; situacinjurdica de caminos construidos por el concesionario; instalaciones de inters pblico

    por construir (por ejemplo, caminos comunitarios, escuelas y hospitales).

    (g) Repoblacin y ordenacin forestales. Preparacin y revisin de inventariosforestales, mapas forestales y planes de ordenacin; tareas mnimas que deba realizarel concesionario con respecto a la proteccin del bosque y silvicultura; programa derepoblacin forestal anual; empleo de personal tcnicamente calificado.

    (h) Impuestos forestales, derechos de bosque y otras retribuciones. Categoras deretribuciones e impuestos recaudados a cambio de los derechos de corta concedidos;mtodos de valuacin (tasacin de derechos de bosque, retribuciones estndar, etc.);procedimientos de recaudacin.

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    (i) Control, supervisin y sanciones. Inspeccin de las reas concedidas y susestablecimientos; marcas en troncos (martilleo): inventarios de control de losfuncionarios forestales; registros y documentos que el concesionario deba presentarperidicamente; permiso de corta anual; depsito de seguridad; multas; suspensin de

    operaciones; cancelacin del contrato.

    (j) Otras disposiciones generales. Procedimientos de arbitraje aplicables; jurisdiccin yleyes aplicables; retiro de equipo y maquinaria despus de la cancelacin oterminacin del contrato; continuacin de las unidades de elaboracin madereravinculadas a un rea de concesin en particular; requisitos de seguridad y sanidad.

    (k) Otras consideraciones relativas al medio ambiente. Areas excluidas de la corta;modificaciones en las operaciones de corta para tomar en consideracin los requisitosrelacionados con la ordenacin sostenible de los recursos genticos de plantas yanimales y la proteccin de ecosistemas, cuencas hidrogrficas y sitios propensos a laerosin.

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    ANEXO 5.

    PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL MEDIO AMBIENTE:

    DECLARACION SOBRE EL DESARROLLO SOSTENIBLE

    Consejo DirectivoDecimoquinto Perodo de Sesiones, 23 de mayo de 1989

    El desarrollo sostenible es aquel que satisface las necesidades del presente sincomprometer la capacidad de futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades yde ninguna manera implica una interferencia en la soberana nacional. El Consejo Directivoestima que el logro del desarrollo sostenible exige la cooperacin dentro de las fronterasnacionales y a travs de las mismas. Esto implica un progreso hacia la equidad nacional einternacional, incluida la asistencia a los pases en desarrollo, conforme a sus planesnacionales de desarrollo, prioridades y objetivos. Implica adems la existencia de un entornoeconmico internacional favorable para producir el desarrollo y crecimiento econmicosostenido en todos los pases, particularmente los pases en desarrollo, lo cual es defundamental importancia para la juiciosa ordenacin del medio ambiente. Implica tambin elmantenimiento, uso racional y realce de la base de recursos naturales que sustenta laresistencia ecolgica y el crecimiento econmico. El desarrollo sostenible implica asimismo laincorporacin de inquietudes y consideraciones relativas al medio ambiente en las polticas y

    planes de desarrollo, y no representa una nueva forma de condicionar la ayuda o financiacinpara el desarrollo.

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    ANEXO 6.

    ESQUEMA DE REQUISITOS PREVIOS PARA LAORDENACIONSOSTENIBLE EN VARIOS NIVELES,

    INCLUIDAS LAS DIRECTRICES

    Nivel nacional Unidad deordenacin

    Nivel local

    Polticas relativas alaprovechamiento detierras

    por ej.:* establecer una

    base forestalpermanente

    por ej.:* demarcar loslmites

    del bosque yzonas

    de proteccinPoltica forestal,incluidos planespara elaprovechamientodel bosque

    por ej.:* inventario nacional* asegurar un uso

    equilibrado de losbosques

    * legislacin sobreconcesiones

    * asegurar lascondiciones para

    laejecucin

    * designar lascategoras detierras forestales

    * inventario

    Ordenacin yplanificacin forestal

    por ej.:* proporcionar

    directrices paralas

    unidades deordenacin

    por ej.:* adaptar las

    directricesnacionales

    * seleccionar elsistema silvcola

    * proporcionardirectricesoperativas

    por ej.:* adaptar las

    directricesoperativas

    * preparar el plan detrabajo

    Operacin por ej.:* diseo de rutas

    por ej.:* responsabilidades

    del operador demquinas

    El cuadro muestra las medidas y los resultados previstos en los diferentes niveles que, enconjunto, constituyen los requisitos previos para la ordenacin sostenible. Algunos de losresultados son consecuencia de otros de ms alto nivel; en otros casos, stos se

    complementan mutuamente.

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