directiva de la calidad del agua de baños de la unión
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Directiva de la Calidad del Agua de Baños de la
Unión Europea y el estado actual en Playas y Lagos
■ Introducción ■ Ámbito de su aplicación ■ Clasificación y
parámetros de calidad de agua de baño ■ Estado actual
Dr. Jürgen Baumann, Octubre 2012
■ Las aguas de baño limpias son muy importantes para los
ciudadanos de la UE, siendo un factor importante para escoger el
lugar y el destino de sus vacaciones.
■ Por lo tanto, para la industria del turismo un agua de baño limpio
y seguro es un factor clave para convencer y traer visitantes.
■ Para que los ciudadanos europeos tengan una base solida para
escoger su lugar o playa de baño, la Agencia Europea del Medio
Ambiente (EUA) y la Comisión Europea cada año emitan un
informe sobre la calidad de mas de 22000 sitios de baño.
Introducción
DIRECTIVA 2006/7/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 15 de febrero de 2006
relativa a la gestión de la calidad de las aguas de baño
y por la que se deroga la Directiva 76/160/CEE de 8 de diciembre de 1975,
relativa a la calidad de las aguas de baño.
■ Considerando que la protección del medio ambiente y de la salud
pública es un asunto primordial, la Comisión de la Unión Europea ha
adoptado la:
■ Los Estados miembres tienen un plazo hasta diciembre del 2014 para
incorporar al derecho interno y para aplicar completamente la nueva
Directiva de aguas de baño.
Ámbito de aplicación
1. La Directiva establece disposiciones para:
a) el control y la clasificación de la calidad de las aguas de baño; b) la gestión de la calidad de las aguas de baño; c) el suministro de información al público sobre la calidad de las aguas de
baño.
2. La Directiva tiene por objeto la conservación, protección y mejora de la calidad
del medio ambiente y la protección de la salud humana, en complemento a la
Directiva 2000/60/CE – Marco del agua
3. La Directiva se aplica a cualquier elemento de aguas superficiales en el que
las autoridades competentes prevean que se bañe un número importante de
personas …… («aguas de baño»)
■ Para aumentar la eficacia y utilizar lo mejor posible los recursos,
deberá establecerse una coordinación estrecha entre la Directiva y otra
legislación comunitaria en materia de aguas, como:
Directiva 91/271/CEE sobre el tratamiento de las aguas residuales
urbanas.
Directiva 91/676/CEE relativa a la protección de las aguas contra la
contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura.
Artículo 5
Clasificación y estado de la calidad de las aguas de baño
1. A raíz de la evaluación de la calidad de las aguas de baño efectuada con
arreglo al artículo 4, los Estados miembros clasificarán las aguas de baño, de
conformidad con los criterios expuestos en el anexo II, como de calidad:
a) «insuficiente»;
b) «suficiente»;
c) «buena», o
d) «excelente».
Directiva 2006/7/CE Directiva 76/160/CEE
a) insuficiente b) suficiente c) buena d) excelente
Aguas 0 (no aptas para el baño) Aguas 1 (aptas para el baño de buena calidad) Aguas 2 (aptas para el baño de muy buena
calidad que cumplen con las condiciones más
exigentes)
Clasificación de calidad de aguas de baño
Parámetros G I
Microbiológicos:
1 Coliformes totales /100 ml
500
10 000
2
Coliformes fecales /100 ml
100
2 000
3
Estreptococos fecales /100 ml
100
—
5
Enterovirus PFU/10 l
—
0
Físico-químicos:
6 pH
—
6-9 (0)
8 Aceites minerales mg/l —
± 0,3
ausencia de película visible en la superf. del agua y ausencia de olor
13 Resíduos alquitranados y materias flotantes tales como maderas, plásticos, botellas, recipientes de vidrio, plástico o caucho y cualquier otro material. Restos o fragmentos
inexistencia
G = guía I = obligatorio
Parámetros de calidad de aguas de baño en la Directiva 76/160/CEE
(*) Con arreglo a la evaluación del percentil 95. Véase el anexo II. (**) Con arreglo a la evaluación del percentil 90. Véase el anexo II.
Parámetro Calidad
excelente buena suficiente
1 Enterococos intestinales (UFC/100 ml) 100 (*) 200
(*)
185 (**)
2 Escherichia coli (UFC/100 ml) 250 (*) 500
(*)
500 (**)
Aguas costeras y de transición
Parámetros de calidad de aguas de baño en la Directiva 2006/7/CE
Artículo 9
Otros parámetros
1. Cuando el perfil de las aguas de baño indique propensión a la
proliferación de macroalgas o de fitoplancton marino, se llevarán a
cabo investigaciones para determinar su aceptabilidad y sus riesgos
para la salud y se adoptarán medidas de gestión adecuadas, que
incluirán la información al público.
2. Se hará una inspección visual de las aguas de baño para
determinar si existe contaminación por residuos alquitranados, residuos
de cristal, plástico, caucho u otros residuos. Cuando se encuentre este
tipo de contaminación, se adoptarán medidas de gestión adecuadas,
que incluirán, en caso necesario, la información al público.
Artículo 12
Información al público
1. Los Estados miembros garantizarán que la siguiente información
se difunda de forma activa y esté disponible rápidamente:
a) la clasificación vigente de las aguas de baño, así como cualquier
prohibición de baño o recomendación de abstenerse del mismo..,
mediante una señal o símbolo sencillo y claro;
b) una descripción general de las aguas de baño, en un lenguaje
que no tenga carácter técnico, basada en el perfil de las aguas de
baño determinado con arreglo al anexo III;
c) en el caso de las aguas de baño expuestas a contaminación de
corta duración: la notificación de que las aguas de baño están
expuestas a contaminación de corta duración
Sistema de información sobre el
agua para Europa (WISE)
http://www.eea.europa.eu/themes/water/status-and-monitoring/state-of-bathing-water
Eye on Earth – Water Watch
http://www.eea.europa.eu/data-and-maps/explore-interactive-maps/eye-on-earth
Signos oficiales de calidad de aguas de baño
Aguas costeras Cantidad
aguas de baño
Calidad excelente Calidad buena y
suficiente
Insuficiente Clausurado
Cantidad % Cantidad % Cantidad % Anzahl %
BE (Belgien) 42 16 38,1 26 61,9 0 0,0 0 0,0
BG (Bulgarien) 89 45 50,6 41 46,1 3 3,4 0 0,0
CY (Zypern) 112 111 99,1 0 0,0 0 0,0 0 0,0
DE (Deutschland) 372 280 75,3 79 21,2 6 1,6 0 0,0
DK (Dänemark) 1 012 657 64,9 269 26,6 39 3,9 0 0,0
ES (Spanien) 1 927 1619 84 210 10,9 61 3,2 3 0,2
FR (Frankreich) 2 029 1 321 65,1 417 20,6 44 2,2 0 0,0
GR (Grecia) 2 149 2 023 94,1 103 4,8 5 0,2 0 0,0
IT (Italien) 4 902 4 069 83 437 8,9 21 0,4 133 2,7
LV (Lettland) 32 14 43,8 16 50,0 2 6,3 0 0,0
MT (MAlta) 87 85 97,7 2 2,3 0 0,0 0 0,0
NL (Niederlande) 87 59 67,8 26 29,9 2 2,3 0 0,0
PL (Polen) 89 72 80,9 17 19,1 0 0,0 0 0,0
PT (Portugal) 431 380 88,2 38 8,8 2 0,5 0 0,0
RO (Rumänien) 49 43 87,8 6 12,2 0 0,0 0 0,0
SE (Schweden) 249 137 55 60 24,1 7 2,8 0 0,0
SI (Slowenien) 21 20 95,2 1 4,8 0 0,0 0 0,0
Gran Bretañia 605 504 83,3 85 14,0 14 2,3 2 0,3
EU 14 538 11 647 80,1 1 883 13,0 212 1,5 139 1,0
HR (Croacia) 906 886 97,8 20 2,2 0 0,0 0 0,0
ME (Montenegro) 81 59 72,8 20 24,7 0 0,0 0 0,0
Europa 15 525 12 592 81,1 1 923 12,4 212 1,4 139 0,9
Calidad de aguas de baño en países europeos, 2011
“La UE suspende 39 playas y 11
tramos de río en Galicia por la mala
calidad de sus aguas”
http://www.farodevigo.es/galicia/2012/05/24/ue-suspende-39-playas-11-tramos-rio-galicia-mala-calidad-
aguas/651183.html
■ “La Agencia Europea de Medio Ambiente suspendió a 39 playas y once
tramos de río en Galicia por la mala calidad de sus aguas. En su informe
de 2011 advierte que 61 de los arenales analizados en España incumplen
las normativas europeas o tienen una calidad "pobre" de sus aguas. Y la
mayoría de los suspensos en las playas se concentran en Galicia: un
total de 39”.
■ Respecto a las aguas interiores de España, menos de la mitad de éstas
presentaban en 2011 un nivel de excelencia (un 44,9 %).
■ El servicio de verano del Club Alemán Automovilístico (ADAC) pone un
principal enfoque a la información sobre la calidad sanitaria de las aguas de
baño, noticias sobre restricciones de baño así como de la calidad de playas.
Nuevamente se confirma que el mar Adriático croata es la parte más nítida del
mar mediterráneo.
31.067 km2 superficie de mar, 5.835 km de costa y 1.185 Islas
Croacia – paraiso del agua y turístico
Croacia
Gracias