dirección de registros ambientales (dra)

18
Dirección de Registros Ambientales (DRA) .

Upload: others

Post on 11-Nov-2021

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

Dirección de

Registros Ambientales

(DRA).

Page 2: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

Administra y conduce el Registro

Nacional de Consultoras

Ambientales (RNCA)

Administra y conduce el Registro

Administrativo de Certificaciones

Ambientales (RCA).

Funciones

Dirección de

Registros

Ambientales

Page 3: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

Registro Nacional de

Consultoras Ambientales

(RNCA)

Page 4: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

• La solicitud de inscripción – o modificación - es un procedimiento

administrativo sujeto a aprobación automática. Estos procedimientos están

sujetos a la presunción de veracidad y a la fiscalización posterior que realice

el Senace.

• La inscripción en el RNCA constituye un título habilitante, en ese sentido, su

vigencia es indeterminada; no siendo necesario seguir un procedimiento de

renovación en el RNCA.

• Las consultoras ambientales que cuenten con inscripción vigente en el RNCA,

deberán tener en cuenta lo siguiente:

Si se inscribieron o renovaron su

inscripción hasta el 21 de diciembre de

2016

Deben renovar su

inscripción

Si se inscribieron o renovaron su

inscripción a partir del 22 de diciembre

de 2016

No requiere

renovación

Page 5: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

Copia simple de partida registral y de

vigencia de poder del representante legal o

apoderado de la entidad.

Declaración Jurada señalando el domicilio

de entidad y que el representante,

apoderado, director, socio y los miembros

del equipo profesional no se encuentran

incursos en las restricciones establecidas en

el artículo 19 del Reglamento.

Relación de especialistas que conforman el

equipo profesional multidisciplinario de la

entidad.

Requisitos

para la

consultora

(Formulario

DRA – 01)

Page 6: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

Copia simple del diploma del grado académico de

bachiller y el título profesional universitario y de la

constancia de habilitación en el colegio profesional

correspondiente.

Copia simple de constancias o certificados de estudios

de posgrado sobre aspectos relacionados a estudios

ambientales y/o temática ambiental o social, que

acrediten como mínimo 24 créditos o 240 horas

lectivas.

Copia simple de las constancias de trabajo o

documentos similares que acrediten experiencia

profesional mínima de 5 años relacionada al sector

materia de la solicitud (para especialistas vinculados a

un determinado sector) y en la elaboración, evaluación,

ejecución, supervisión y/o fiscalización de

instrumentos de gestión ambiental (para especialistas

con carreras profesionales transversales).

Compromiso ético suscrito por cada especialista.

Requisitos

para

los

profesionales

(DRA – 02)

Page 7: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

• Ingeniería Agrónoma, Ingeniería Agronómica,

Ingeniería Agrícola, Ingeniería Zootécnica, Ingeniería

Forestal o Ingeniería Civil.

1

•Geografía, Ingeniería Geográfica, Ingeniería Geológica

o Geología1

• Ingeniería Ambiental, Ingeniería Sanitaria o Ingeniería

Química.1

•Biología.1

•Sociología, Antropología, Psicología o Comunicación.1

•Economía o Ingeniería Económica.1

Transversales

Equipo mínimo de profesionales multidisciplinarios

Agricultura : R.J. N° 062-2017-SENACE/J

Energía y Minas : R.J. N° 090-2015-SENACE/J

Transportes : R.J. N° 074-2016-SENACE/J

Vinculada

al Sector

SUBSECTOR AGRICULTURA

CARRERA PROFESIONAL

CANTIDAD

MÍNIMA

Page 8: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

https://www.senace.gob.pe/certificacion/consultoras-ambientales/registro-nacional-de-consultoras-ambientales/

Publicación de las Consultoras Ambientales habilitadas

Page 9: Dirección de Registros Ambientales (DRA)
Page 10: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

Indicadores de Desempeño a ser aplicados a las

Consultoras Ambientales

Medir el cumplimiento de los requerimientos

técnicos mínimos de admisibilidad y aquellos

exigidos por la normatividad ambiental vigente, en

la elaboración de estudios ambientales.

Medir la capacidad para gestionar proyectos de

envergadura y la incorporación de sistemas de

gestión de la calidad certificados en los procesos.

Asegurar la experiencia de los servicios en la

elaboración de estudios ambientales.

* Estudios mayores: EIA-d y MEIA. ** Estudios menores: ITS, EVAP y PPC.

“[…] monitorear e informar a los actores involucrados en el proceso de evaluación del impacto

ambiental, y a la ciudadanía en general, sobre el desempeño de las consultoras ambientales

[…]”

Artículo 3 de la R.J. N° 060-2017 del Senace, que aprueba los Indicadores de Desempeño de las

Consultoras Ambientales

Finalidad

INDICADOR CATEGORÍA OBJETIVO

Page 11: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

https://www.senace.gob.pe/indicadores-consultoras-modulo-consulta/

Indicadores de Consultoras y Módulo de Consulta

Page 12: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

Registro Administrativo

de Certificaciones

Ambientales (RCA)

Page 13: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

https://www.senace.gob.pe/registro-administrativo-certificaciones-ambientales-rca/

Page 14: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

Catálogo del

Registro de

Certificaciones

Ambientales

Page 15: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

Registro de Certificaciones Ambientales

Esta sección ofrece acceso libre a la descarga de información sobre los

resultados de la evaluación de los estudios ambientales transferidos al

Registro Administrativo de Certificaciones Ambientales.

- Estudios Ambientales Evaluados por el Senace

- Estudios Ambientales Evaluados antes de la transferencia de funciones al

Senace

Subsectores

•Minería

•Energía

•Transportes

Contenido

• Resumen Ejecutivo

• Informe Técnico

• Opiniones Técnicas

• Resolución emitida

Page 16: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

Capítulo de Línea Base del Registro de Certificaciones

Ambientales

Se encuentra a disposición del público la Línea Base de los Estudios Ambientales

evaluados por el Senace y de los subsectores transferidos.

Los interesados en el uso compartido de la línea base de los estudios, deberán

dirigirse al Senace, acorde con lo establecido en la Ley y su Reglamento (Decreto

Supremo N° 005-2016-MINAM).

Subsectores

•Minería

•Energía

•Transportes

Contenido

• Línea Base Física

• Línea Base Biológica

• Línea Base Socioecónomica

• Mapas

Page 17: Dirección de Registros Ambientales (DRA)

Información georreferenciada del Registro de

Certificaciones Ambientales

Resumen Ejecutivo Contenido del Estudio Opiniones Técnicas Informes Técnicos del Sector Mapas Polígono, Puntos o Líneas del Área

de Influencia Directa

Page 18: Dirección de Registros Ambientales (DRA)