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DIARIO OFICIAL S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 402 SAN SALVADOR, MIERCOLES 19 DE MARZO DE 2014 NUMERO 53 - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] Pág. 4-10 11 12 13 Pág. 13-14 14 15-17 18 19-20 ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE HACIENDA Decreto No. 30.- Presupuesto Especial Anual de Funcionamiento e Inversión y el Régimen de Salarios del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión, para el ejercicio fiscal 2014............................................................................................ MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-2113 y 15-0354.- Reconocimiento de estudios académicos. .................................................................. Acuerdo No. 15-2147.- Se reconoce al Profesor Otto Rigoberto Córdova, como Director del Instituto Migueleño de Comercio. ................................................................................... MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdo No. 34.- Se otorga Condecoración militar al señor General de Aviación Ko Wen-An, J-II del EMCFA de la República de China – Taiwán. .................................................. Acuerdo No. 36.- Se asigna montepío militar a favor de la señora Petrona Calderón de Martínez. ....................................... Acuerdo No. 37.- Se designa al personal que integrará el Comité de Seguridad y Salud Ocupacional del Ministerio de la Defensa Nacional. ...................................................................... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 1498-D, 9-D, 15-D, 23-D, 30-D, 34-D, 65-D, 83-D, 102-D, 112-D, 113-D y 127-D.- Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas........... INSTITUCIONES AUTÓNOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 2.- Reformas a la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales de El Paraíso, departamento de Chalatenango.............................................................................. Decreto No. 3.- Ordenanza Transitoria de Exención de Intereses y Multa Provenientes de Deudas por Tasas e Impuestos Municipales, a favor del municipio de Santa María, departamento de Usulután. ............................................................................... DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro

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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

DIARIO OFI CIAL

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 402 SAN SALVADOR, MIERCOLES 19 DE MARZO DE 2014 NUMERO 53

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

Pág.

4-10

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Pág.

13-14

14

15-17

18

19-20

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE HACIENDA

Decreto No. 30.- Presupuesto Especial Anual de

Funcionamiento e Inversión y el Régimen de Salarios del Fondo

Salvadoreño para Estudios de Preinversión, para el ejercicio fi scal

2014............................................................................................

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

RAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdos Nos. 15-2113 y 15-0354.- Reconocimiento de

estudios académicos. ..................................................................

Acuerdo No. 15-2147.- Se reconoce al Profesor Otto

Rigoberto Córdova, como Director del Instituto Migueleño de

Comercio. ...................................................................................

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL

RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

Acuerdo No. 34.- Se otorga Condecoración militar al

señor General de Aviación Ko Wen-An, J-II del EMCFA de la

República de China – Taiwán. ..................................................

Acuerdo No. 36.- Se asigna montepío militar a favor de la

señora Petrona Calderón de Martínez. .......................................

Acuerdo No. 37.- Se designa al personal que integrará el

Comité de Seguridad y Salud Ocupacional del Ministerio de la

Defensa Nacional. ......................................................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 1498-D, 9-D, 15-D, 23-D, 30-D, 34-D,

65-D, 83-D, 102-D, 112-D, 113-D y 127-D.- Autorizaciones

para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas. ..........

INSTITUCIONES AUTÓNOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decreto No. 2.- Reformas a la Ordenanza Reguladora de

Tasas por Servicios Municipales de El Paraíso, departamento de

Chalatenango. .............................................................................

Decreto No. 3.- Ordenanza Transitoria de Exención de

Intereses y Multa Provenientes de Deudas por Tasas e Impuestos

Municipales, a favor del municipio de Santa María, departamento

de Usulután. ...............................................................................

DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro

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Acuerdo No. 3.- Se corrige el Acuerdo No. 8, de fecha 7 de

noviembre de 2013, emitido por la Alcaldía Municipal de Ciudad

Barrios. .......................................................................................

Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal

“Caserío El Salamar, Cantón Nuevo Edén”, “Cantón San Francisco

Amatepes” y “Caserío El Guanacaste, Barrio San Juan” y Acuerdos

Nos. 8 y 11(2), emitidos por las Alcaldías Municipales de San

Luis Talpa y San Rafael de Oriente, aprobándolos y confi riéndoles

el carácter de persona jurídica. ...................................................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia ................................................

Aceptación de Herencia ..................................................

Aviso de Inscripción ........................................................

Muerte Presunta ..............................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Título Supletorio .............................................................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia ................................................

Aceptación de Herencia ..................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Juicio de Ausencia ...........................................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Título Municipal ..............................................................

Edicto de Emplazamiento ...............................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título de Propiedad ........................................................

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3DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

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Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Convocatorias ..................................................................

Disminución de Capital ..................................................

Marca de Servicios ..........................................................

Reposición de Póliza de Seguro ......................................

Marca de Producto ..........................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Título de Predio Urbano .................................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

SECRETARÍA DE CULTURA DE LA

PRESIDENCIA

Resolución Interna RD 003/2013.- Se reconoce y declara

como “Patrimonio Cultural”, la Colección Nacional de Artes

Visuales. .....................................................................................

Resolución Interna RD-004/2013.- Se reconoce y declara

como “Bien Cultural” y aplicar medidas de protección al inmueble

con Valor Cultural, conocido como “Casa del Ex Presidente Pedro

José Escalón”, ubicado en el Centro Histórico de Santa Ana. ...

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resoluciones Nos. 2032, 2109, 2602, 2603, 2604, 2605,

2606, 2609, 2610, 2611, 2612, 2613, 2615, 2617, 2620, 2621,

2622, 2624, 2625, 2631, 2632, 2634, 2635 y 2637.- Reposiciones

de títulos. ....................................................................................

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE HACIENDA

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 15-2113.

San Salvador, 4 de noviembre de 2013.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM: En uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Eje-cutivo, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó CHRISTOPHER PACAS RAMÍREZ C/P CHRISTOPHER PACAS Y CHRISTOPHER RAMÍREZ PACAS, de nacionalidad salvadoreña, solicitando INCORPORACIÓN de su Diploma de High School, obtenido en International Studies Academy, San Francisco, California, Estados Unidos de América en el año 2009: II) Que según Resolución de fecha 1 de noviembre de 2013 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobarse la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación del Diploma de High School obtenido por CHRISTOPHER PACAS RAMÍREZ C/P CHRISTOPHER PACAS Y CHRISTOPHER RAMÍREZ PACAS, en International Studies Academy, San Francisco, California, Estados Unidos de América. POR TANTO: de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confi rmar el reconocimiento e Incorporación del Diploma de High School obtenido por CHRISTOPHER PACAS RAMÍREZ C/P CHRISTOPHER PACAS Y CHRISTOPHER RAMÍREZ PACAS, en International Studies Academy, San Francisco, California, Estados Unidos de América, reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Ofi cial. COMUNÍQUESE.

FRANZI HASBÚN BARAKE,

MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F027846)

ACUERDO No. 15-0354.

San Salvador, 19 de febrero de 2014.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Eje-cutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado ROSA YEMIL ERNESTINA ZAMORA PEÑATE, solicitando que se le reconozca el grado académico de ESPECIALISTA EN MEDICINA (Gastroenterología y Nutrición Pediátrica), obtenido en la UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, en los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, el día 20 de octubre de 2011; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento Especial de Incor-poraciones y a las facultades concedidas en los mismos a este Ministerio; II) Que de conformidad a los Arts. 2, numeral 5, Arts. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil novecientos setenta y seis, ratifi cado por la Asamblea Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Ofi cial No. 235, Tomo No. 253 de fecha 21 de diciembre de 1976 y vigente a la fecha, procede dicho reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal, la Dirección Nacional de Educación Superior, con fecha 11 de febrero de 2014, ha emitido el dictamen favorable para la incorporación por reconocimiento del Título Académico mencionado en el romano uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos, los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación Superior y demás instrumentos legales. ACUERDA: 1°) Reconocer la validez académica de los estudios de ESPECIALISTA EN MEDICINA (Gastroenterología y Nutrición Pediátrica), realizados por ROSA YEMIL ERNESTINA ZAMORA PEÑATE, en los Estados Unidos Mexicanos; 2°) Tener por incorporada a ROSA YEMIL ERNESTINA ZAMORA PEÑATE, como ESPECIALISTA EN MEDICINA (Gastroenterología y Nutrición Pediátrica), en nuestro país; 3°) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser tramitada ante la instancia correspondiente; 4°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.- COMUNÍQUESE.

FRANZI HASBÚN BARAKE,

MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F027874)

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

ACUERDO No. 15-2147.

San Salvador, 12 de noviembre de 2013.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución

de la República de El Salvador, se establece que es obligación y fi nalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura

a la persona humana; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo, en los centros educa-

tivos ofi ciales y privados. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento

Interno del Órgano Ejecutivo, autorizar las instituciones y servicios educativos que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros ofi ciales y

privados de Educación, así como regular la creación, funcionamiento y nominación de los mismos; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12 y

80 de la Ley General de Educación, el Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones ofi ciales y privadas;

para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, efi ciencia y cobertura de la educación. En tal sentido la creación y

funcionamiento de los centros educativos privados se autorizan por Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en com-

probaciones que garanticen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y fi nancieros necesarios y el personal docente

califi cado de conformidad a los servicios que ofrezcan; III) Que el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación

de este Ministerio conoció sobre la solicitud de RECONOCIMIENTO DE DIRECTOR, dicha solicitud la presentó la señora Leticia Elizabeth Merino

de Berríos, quien se identifi ca con Documento Único de Identidad No. 00764320-7, actuando en su calidad de propietaria del centro educativo privado

denominado INSTITUTO MIGUELEÑO DE COMERCIO, propiedad que comprueba con Declaración Jurada, celebrada el día 18 de octubre de 2013,

ante los ofi cios notariales del Licenciado Jeovanny Alexander Perla Álvarez; el centro educativo antes mencionado se identifi ca con el código No.

20969, con domicilio autorizado en 4a. Avenida Norte y 6a. Calle Oriente No. 301, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, propo-

niendo para el cargo de Director de dicha institución al profesor OTTO RIGOBERTO CÓRDOVA, quien se identifi ca con su Documento Único de

Identidad No. 00034223-2, inscrito en el Registro de Escalafón Magisterial con Número de Identidad Profesional 0301931, como Profesor Docente

Nivel dos guión cuarenta y uno, en sustitución del profesor Francisco Merino, reconocido mediante Acuerdo No. 377 de fecha 16 de febrero de 1950;

IV) Que después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, el Departamento de

Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, mediante Resolución de fecha 5 de noviembre de 2013, resolvió

RECONOCER COMO DIRECTOR, de dicho centro educativo, al profesor OTTO RIGOBERTO CÓRDOVA, quien se identifi ca con su Documento

Único de Identidad No. 00034223-2, inscrito en el Registro de Escalafón Magisterial con Número de Identidad Profesional 0301931, como Profesor

Docente Nivel dos guión cuarenta y uno, en sustitución del profesor Francisco Merino, reconocido mediante Acuerdo No. 377 de fecha 16 de febrero

de 1950. POR TANTO, de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38 numerales 5, 8 y

27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, Artículo 44 de la Ley de la Carrera Docente,

Artículo 36 del Reglamento de la Ley de la Carrera Docente y en uso de las facultades legales antes citadas. ACUERDA: 1) Confi rmar en todas

sus partes la Resolución de fecha 5 de noviembre de 2013, emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de

Educación de este Ministerio, por medio de la cual se RECONOCE COMO DIRECTOR, del Centro Educativo Privado denominado INSTITUTO

MIGUELEÑO DE COMERCIO, con código de infraestructura No. 20969, con domicilio autorizado en 4a. Avenida Norte y 6a. Calle Oriente No. 301,

Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, al profesor OTTO RIGOBERTO CÓRDOVA, quien se identifi ca con su Documento Único

de Identidad No. 00034223-2, inscrito en el Registro de Escalafón Magisterial con Número de Identidad Profesional 0301931, como Profesor Docente

Nivel dos guión cuarenta y uno, a partir del 5 de noviembre de 2013, en sustitución del profesor Francisco Merino, según solicitud presentada por la

señora Leticia Elizabeth Merino de Berríos, actuando en su calidad de propietaria del centro educativo en mención; 2) El presente Acuerdo entrará en

vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.- PUBLÍQUESE.

FRANZI HASBÚN BARAKE,

MINISTRO DE EDUCACIÓN AD-HONOREM.

(Registro No. F027907)

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

ACUERDO No. 034.- SAN SALVADOR, 10 de marzo de 2014.- El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a las

disposiciones especiales 1a.- a), 2a.-, 3a.- 4a.- a), 5a.- a), 5a.- y 10a.-, del Acuerdo Ministerial No. 0116 de fecha doce de septiembre de dos mil once,

ACUERDA: OTORGAR la condecoración Estrella "Por Servicios Distinguidos", al señor GENERAL DE AVIACIÓN KO WEN-AN, J-II del EMCFA

de la República de China - Taiwán, por contribuir a fortalecer de forma recíproca los lazos de amistad y solidaridad entre las Fuerzas Armadas de la

República de China - Taiwán y la Fuerza Armada de El Salvador. COMUNÍQUESE.

DAVID MUNGUÍA PAYÉS,

GENERAL DE DIVISIÓN

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

ACUERDO No. 036.

San Salvador, diez de marzo del año dos mil catorce.

EL ÓRGANO EJECUTIVO, de conformidad con la resolución emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional, contenida a folio diecinueve de

las diligencias promovidas por la señora PETRONA CALDERÓN DE MARTÍNEZ, conocida por PETRONA CALDERÓN, con Documento Único

de Identidad Número cero cero cuatro nueve ocho siete nueve dos guión nueve, esposa del extinto miembro de Escoltas Militares de Barrios, Colonias

y Cantones, señor RICARDO ANTONIO MARTÍNEZ MENJÍVAR, con Documento Único de Identidad Número cero cero siete uno cuatro dos tres

seis guión seis.

CONSIDERANDO:

1. Que el expresado causante se encontraba pensionado por el Estado en este Ramo, según Acuerdo Ejecutivo No. 138, de fecha 24 de marzo

de 1977; Que éste falleció a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día 28 de enero del año 2014, a consecuencia de Cáncer de

Próstata, con Asistencia Médica, lo que se comprueba mediante certifi cación de Partida de Defunción contenida a folio dos, extendida en

la Alcaldía Municipal de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, el tres de febrero del dos mil catorce, que la señora PETRONA

CALDERÓN DE MARTÍNEZ, conocida por PETRONA CALDERÓN, fue esposa del fallecido pensionado RICARDO ANTONIO MAR-

TÍNEZ MENJIVAR, vínculo que comprueba por medio de la Certifi cación de Partida de Matrimonio, contenida a folio cinco extendida en

la Alcaldía Municipal de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, el tres de febrero del año dos mil catorce.

2.- Que de conformidad a lo establecido en el Decreto No. 550 de la Junta Revolucionaria de Gobierno de fecha 22 de diciembre de 1980,

publicado en el Diario Ofi cial No. 241, Tomo 269, de la misma fecha; Artículo 1 del Decreto Legislativo No. 200 de fecha 16 de marzo

de 1989; Instructivo No. 5.061 para la asignación de Pensiones y Montepíos de los Ex Miembros de las Escoltas Militares, de fecha 20

de noviembre de 1996 y al dictamen favorable del Ministerio de Hacienda, emitido en ofi cio No. 0295, de fecha 05 de marzo de 2014, en

que se considera procedente conceder a la señora PETRONA CALDERÓN DE MARTÍNEZ, conocida por PETRONA CALDERÓN el

montepío militar que solicita.

POR TANTO:

En atención a las razones expuestas y a las disposiciones legales citadas; este Ministerio.

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

ACUERDA:

Asignar a partir del día 28 de enero de 2014, a favor de la señora PETRONA CALDERÓN DE MARTÍNEZ, el MONTEPÍO MILITAR mensual

de TREINTA Y CUATRO DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($34.29),

que se pagará por medio de la Pagaduría Auxiliar de Clases Pasivas del Ministerio de Hacienda. COMUNÍQUESE.

JAIME LEONARDO PARADA GONZÁLEZ,

GENERAL DE AVIACIÓN

VICEMINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

ACUERDO No. 037.

SAN SALVADOR, 12 de marzo de 2014

.

EL ÓRGANO EJECUTIVO en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en los Arts. 13.- de la Ley General de Pre-

vención de Riesgos en los Lugares de Trabajo, y 2.- del Reglamento de Gestión de la Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo, ACUERDA:

DESIGNAR a partir de la fecha al personal que integrará el Comité de Seguridad y Salud Ocupacional del Ministerio de la Defensa Nacional, según

detalle siguiente:

No. Grado y Nombre

1.- Tcnel. Inf. DEM José Orlando García Mena

2.- Myr. EA DEM Franklin Aristóteles Rodas Gutiérrez

3.- Sgto. Myr. de Bgda. Héctor Humprey Bonilla Quintanilla

4.- Sgto. 1° TA César Emilio Vásquez Benítez

5.- Lic. Freddy Omar Calderón Funes

6.- Arq. Luisa Liliana Roque de Marín

7.- Ing. Herbert Antonio Peñate Molina

8.- Licda. Shirley Teresa Acuña Álvarez

9.- Sr. Edwin Arnoldo Martínez Osorio

COMUNÍQUESE.

DAVID MUNGUÍA PAYÉS,

GENERAL DE DIVISIÓN

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

ACUERDO No. 1498-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintinueve de noviembre de dos mil trece.- El Tribunal con fecha

trece de noviembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MARÍA RENEE REBOLLO MELARA, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- R. M. FORTÍN H.- M. TREJO.-

DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F027777)

ACUERDO No. 9-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha diecinueve

de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada MORENA LISSETTE AGUIRRE QUEZADA, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- C. S. AVILÉS.- C. ESCOLÁN.- RICARDO A. ZAMORA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. C.

DE AYALA G.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F027747)

ACUERDO No. 15-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha dieci-

siete de septiembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSÉ GILBERTO ANAYA CONTRERAS, para que ejerza la profesión

de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respecti-

vo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- O. BON. F.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN

H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F027820)

ACUERDO No. 23-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha siete

de enero de dos mil catorce, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado RICARDO ENRIQUE AYALA HERNÁNDEZ, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZÁLEZ.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- O.

BON. F.- JUAN M. BOLAÑOS S.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F027886)

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

ACUERDO No. 30-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha diecinueve

de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado HEBERT DANILO BRENES RODRÍGUEZ, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- C. S. AVILÉS.- C. ESCOLÁN.- RICARDO A. ZAMORA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- L. C.

DE AYALA G.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F027762)

ACUERDO No. 34-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha dieciocho

de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ISRAEL CARBAJAL VÁSQUEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE

Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- S. L. RIV. MÁRQUEZ.- R. MENA G.- RICARDO IGLESIAS.- R. M. FORTÍN H.- RICARDO A. ZAMORA.-

JUAN M. BOLAÑOS S.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F027719)

ACUERDO No. 65-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha dieciocho

de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado HÉCTOR JOSÉ FLORES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE

Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- C. ESCOLÁN.- R. MENA G.- RICARDO IGLESIAS.- R. M. FORTÍN H.- RICARDO A. ZAMORA.- JUAN

M. BOLAÑOS S.- DUEÑAS.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F027837)

ACUERDO No. 83-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha veinticinco

de noviembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado MIGUEL ERNESTO HERNÁNDEZ MORALES, para que ejerza la profesión

de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente res-

pectivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. F. VALDIV.- M. REGALADO.- D. L. R.

GALINDO.- R. M. FORTÍN H.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F027813)

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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

ACUERDO No. 102-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha dieciocho

de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSÉ MANUEL MARTÍNEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas

sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNÍQUESE Y

PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- C. ESCOLAN.- S. L. RIV. MÁRQUEZ.- R. MENA G.- RICARDO IGLESIAS.- R. M. FORTÍN H.- RICARDO

A. ZAMORA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.-

(Registro No. F027779)

ACUERDO No. 112-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha die-

ciocho de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada RUTH NOEMY MOJICA CALDERÓN, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- C. ESCOLÁN.- S. L. RIV. MÁRQUEZ.- R. MENA G.- RICARDO IGLESIAS.- JUAN M.

BOLAÑOS S.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F027894)

ACUERDO No. 113-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha diecisiete

de octubre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ENNY GUADALUPE YANETH MOLINA FLORES, para que ejerza la profesión

de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-

tivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- O. BON. F.- D. L. R. GALINDO.- R. M. FORTÍN

H.- DUEÑAS.- J. R. ARGUETA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F027891)

ACUERDO No. 127-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, siete de febrero de dos mil catorce.- El Tribunal con fecha dieciocho

de diciembre de dos mil trece, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JAIME FRANCISCO PERAZA GOYENAGA, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-

tivo.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- F. MELÉNDEZ.- C. ESCOLÁN.- S. L. RIV. MÁRQUEZ.- R. MENA G.- RICARDO IGLESIAS.- R.

M. FORTÍN H.- RICARDO A. ZAMORA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS

AVENDAÑO.

(Registro No. F027810)

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

DECRETO NÚMERO DOS/2014

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE EL PARAÍSO, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO,

CONSIDERANDO

I. Que de acuerdo al artículo 204, numerales 1 y 5 de la Constitución de la República, compete a los municipios; crear, modifi car y suprimir

Tasas y contribuciones públicas por la prestación de los servicios públicos municipales.

II. Que conforme al artículo 30, numeral 21 del Código Municipal, es facultad del Concejo Municipal, emitir los acuerdos de creación,

modifi cación y supresión de Tasas por los servicios que brinda la Municipalidad.

POR TANTO:

Este Concejo en uso de las facultades que señala el Artículo 204, ordinales 1° y 5° de la Constitución de la República, el Artículo 30 numeral 21

del Código Municipal y Artículo 77 de la Ley General Tributaria Municipal.

DECRETA:

Refórmese a la Ordenanza Reguladora de tasas por servicios municipales del municipio de El Paraíso, departamento de Chalatenango, publicada

en el Diario Ofi cial número 213 Tomo 401, de fecha 14 de noviembre del año 2013, en el literal.

No 5. Licencias.

Suprímase

n) Por vender cerveza cada año. …………………………….. $ 100.00

Dado en el salón de sesiones de la Alcaldía Municipal de El Paraíso, a los veintiocho días del mes de enero del año 2014.-

JOSÉ ALBERTO LEÓN GALDÁMEZ, TONY MANZUR CASTILLO CORTEZ,

ALCALDE MUNICIPAL. SÍNDICO MUNICIPAL.

JOSÉ PEDRO ALBERTO LARA, MANUEL ANTONIO AGUILAR,

PRIMER REGIDOR PROPIETARIO. SEGUNDO REGIDOR PROPIETARIO.

JULIO ALBERTO ZAMORA ARTEAGA, MORENA HÉRCULES LÓPEZ,

TERCER REGIDOR PROPIETARIO. CUARTO REGIDOR PROPIETARIO.

JESÚS ELÍAS SIBRIÁN ORTIZ, JOSÉ ERNESTO ROMERO,

QUINTO REGIDOR PROPIETARIO. SEXTO REGIDOR PROPIETARIO.

Ante mí.

Lic. FRANCISCO EDMUNDO HUEZO VALLE,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F027919)

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014. DECRETO No. 03

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA MARÍA, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN.

CONSIDERANDO

I. Que los acontecimientos naturales acaecidos en el territorio de la República y los de Naturaleza económica a nivel Internacional en los

últimos años, han debilitado la Capacidad de pago de la mayoría de los habitantes y particularmente la de aquellos que Tienen obligaciones

Tributarias a favor del Municipio de Santa María Departamento de Usulután situación que los ha convertido en sujetos morosos de los

Tributos Municipales

II. Que es urgente que el Gobierno Municipal de la Ciudad de Santa María, incremente Sus Ingresos, mediante el cobro de las tasas e impuestos

Municipales, con el fi n de Mantener la Prestación de los servicios, el bienestar Social y la seguridad económica de sus habitantes.

III. Que es necesario que el Gobierno Municipal promueva en los contribuyentes Una cultura de Pago de los Tributos para disminuir el índice

de morosidad Existente.

IV. Que con el propósito de facilitar el pago de la mora Tributaria a favor del Municipio de Santa María, es conveniente otorgar incentivos

Tributarios con Carácter transitorio que Estimulen a los Contribuyentes. Al Pago de sus deudas Tributarias Municipales.

V. Que de conformidad a los Artículos 203 y 204 Ordinal 5° de la Constitución de la República Artículos 3, 13, 30 y 32 del Código Municipal.

Los Municipios son autónomos En lo económico, en lo técnico y en lo Administrativo y regularán las materias de su competencia por Medio

de Ordenanzas Municipales.

POR TANTO:

En uso de sus facultades legales este Concejo Municipal

DECRETA la siguiente:

ORDENANZA TRANSITORIA DE EXENCIÓN DE INTERÉS Y MULTA PROVENIENTES DE DEUDAS POR TASAS

A FAVOR DEL MUNICIPIO DE SANTA MARÍA, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN

Art. 1.- Se concede un plazo de cuatro meses contados a partir de la vigencia de la presente ordenanza, para que los sujetos, pasivos de la obli-

gación Tributaria Municipal, que adeuden tasa a favor del Municipio de Santa María, puedan efectuar el pago de las mismas, gozando de benefi cio

del pago de intereses y multa que se hayan generado y cargado en la misma cuenta.

Art. 2.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el Artículo anterior de la presente ordenanza, las personas naturales o jurídicas que se

encuentren en cualquiera de las siguientes situaciones:

a) Aquellos que estando califi cados en el Registro de Contribuyentes del Municipio de Santa María, se encuentren en situación de mora de

las tasas Municipales;

b) Las personas naturales o Jurídicas que no se hayan inscrito oportunamente En el Registro de Contribuyentes y que lo hagan dentro del

periodo de la Vigencia de la presente ordenanza;

c) Los contribuyentes por tasas que se encuentren en proceso de cobro Extrajudicial Iniciando antes de la vigencia de esta ordenanza se

someterán a la forma de pago establecida en el Artículo I;

d) Los que habiendo tenido resolución favorable para pagar la deuda Tributaria por tasas, hayan suscrito el correspondiente compromiso

de pago en cuyo caso solamente gozarán de los benefi cios establecidos en el Art. I, las cuotas pendientes de pago a la fecha de entrar en

vigencia la presente ordenanza;

e) Aquellos que hayan incumplido el convenio de pago suscrito y no se les haya iniciado el proceso ejecutivo de cobro por parte de la

Municipalidad, se sometan a la forma de pago establecida en el Artículo 1 de esta ordenanza;

f) Los sujetos pasivos de la obligación Tributaria Municipal que poseen Bienes Inmuebles dentro del Municipio de Santa María, que tengan

uno o más Servicios Municipales y que por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en el Registro de Contribuyentes.

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

La Presente ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial,

Dado en la sala de sesiones de la Alcaldía Municipal de la ciudad de Santa María, a los seis días del mes de marzo del año dos mil catorce.-

NICOLÁS ANDRÉS CASTELLÓN GARCÍA,

Alcalde Municipal.

JOSÉ JAIRO CARDONA PONCE, DANIEL DE JESÚS MELGAR,

Primer Regidor. Síndico Municipal.

JOSÉ HUMBERTO CASTILLO, JOSÉ DIMAS BERMÚDEZ,

Segundo Regidor. Tercer Regidor.

JUAN PABLO NAVARRETE, ANA EMELINA LÓPEZ DE ARÉVALO,

Cuarto Regidor. Quinto Regidor.

OSCAR ANTONIO MARAVILLA, LIDIA BERTA GIRÓN,

Sexto Regidor. Secretaria Municipal.

(Registro No. F027852)

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y Acuerdos Municipales que esta Alcaldía lleva durante el presente año, se encuentra en Acta que

literalmente dice ACTA NUMERO NUEVE: Sesión Ordinaria celebrada por la Municipalidad de Ciudad Barrios, departamento de San Miguel, a

las diez horas con treinta y cinco minutos del día seis de marzo de dos mil catorce.- Convocada y presidida por el señor Alcalde Municipal don Rene

Wilfredo Gómez Escobar, con la asistencia del Síndico Municipal Sr. Miguel Alonso García Medina, y miembros del Concejo Municipal propietarios

y suplentes en su orden: Sr. Nelson Constantino Márquez Ayala primer regidor propietario, Sra. Sandra Magdalena Cortez Montoya segunda regidor

propietaria; Sra. Ana Cecilia Alvarado Iglesias, tercera Regidora propietaria, Sra. Ana Francisca Hernández Vda. De Coca, cuarta regidora propietaria

con funciones de Jefe de la UACI, Sr. David Antonio Soriano Amaya quinto regidor propietario, Sr. Ricardo Enrique Hernández Rivera sexto regidor

propietario, Sr. Felipe de Jesús Carranza Aguilar séptimo regidor propietario, Sr. Arturo Lemus octavo regidor propietario, Sr. José Atilio Salgado

primer regidor suplente, Sr. José Nelson Guevara Orellana segundo regidor suplente, Sr. Fermín Salgado Bonilla tercer regidor suplente, Sr. José María

Romero Solís cuarto regidor suplente, y la presencia de la Secretaria de actuaciones Sra. Flor Estela Rivas de Quintanilla. Abierta la Sesión se dio

inicio con la lectura del acta anterior, la cual después de discutida fue ratifi cada y aprobada en todas sus partes.- Seguidamente el Concejo Municipal

pasó a aprobar los Acuerdos siguientes:

ACUERDO NÚMERO (3), El Concejo Municipal Considerando que:

I.- Que en el acuerdo número OCHO del acta número CUARENTA Y SEIS, celebrada en sesión extraordinaria celebrada a las ocho horas

con treinta minutos del día siete de noviembre de dos mil trece, mediante el cual se acuerda declarar lesivo y violatorio del orden jurídico

el Acuerdo Municipal número CINCO, acta número QUINCE, de Sesión Ordinaria celebrada a las once horas del día VEINTE DE ABRIL

DE DOS MIL DOCE, mediante el cual el Concejo Municipal acordó ADJUDICAR el proyecto “Adoquinado Completo de Calle Alfonso

Álvarez, del Municipio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel”, a la empresa Obras y Edifi caciones Civiles, S. A de C. V., por

un monto de CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA 47/100 dólares, y todo lo que fuere su consecuencia; se consignó

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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

de forma involuntaria y errónea el nombre del proyecto como “Adoquinado Completo de Calle Alfonso Álvarez, del Municipio de Ciudad

Barrios, Departamento de San Miguel” siendo lo correcto “Adoquinado Completo de Calle Alonso Álvarez, del Municipio de Ciudad Barrios,

Departamento de San Miguel”, por lo que con el fi n de subsanar el error material antes señalado el cual no afecta en nada lo sustancial del

acto administrativo que ocasiona la lesividad, por lo que este Concejo Municipal en uso de las facultades legales que le confi ere el Código

Municipal, por unanimidad ACUERDA: a) corregir el Acuerdo Municipal número OCHO, del acta número CUARENTA Y SEIS, celebrada

en sesión extraordinaria celebrada a las ocho horas y treinta minutos del día siete de noviembre de dos mil trece y que, publicado en el

Diario Ofi cial número DOSCIENTOS DIEZ, Tomo número CUATROCIENTOS UNO, de fecha ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL

TRECE, en el sentido que el nombre correcto del proyecto es “Adoquinado Completo de Calle Alonso Álvarez, del Municipio de Ciudad

Barrios, Departamento de San Miguel” y no como erróneamente se consignó en el acuerdo descrito anteriormente, “Adoquinado Completo

de Calle Alfonso Álvarez, del Municipio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel”, en consecuencia, el texto del referido acuerdo

queda redactado así y deberá entenderse, de la siguiente manera:

ACUERDO NÚMERO (8): EL INFRASCRITO ALCALDE Y EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA DE CIUDAD BARRIOS,

CONSIDERANDO:

• Que mediante acuerdo municipal número CINCO, acta número QUINCE, en Sesión Ordinaria celebrada a las once horas del día VEINTE

DE ABRIL DE DOS MIL DOCE, el Concejo Municipal acordó ADJUDICAR el proyecto “Adoquinado Completo de Calle Alonso Álvarez,

del Municipio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel”, a la empresa Obras y Edifi caciones Civiles, S. A de C. V.;

• Que el día VEINTIDÓS DE ABRIL DE DOS MIL DOCE, en la Prensa Gráfi ca, salió publicado el AVISO DE ADJUDICACIÓN del

referido proyecto;

• Que la NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS a la empresa ganadora se verifi có el día VEINTITRÉS DE ABRIL DE DOS MIL DOCE,

a las quince horas y cincuenta y un minutos;

• Que el proceso de adjudicación culminó con la SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRA, el cual fue suscrito el

TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL DOCE;

• Que las elecciones para alcaldes y diputados se celebró el día 11 de marzo de dos mil doce por lo tanto, el proceso de licitación del proyecto

“Adoquinado Completo de Calle Alonso Álvarez, del Municipio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel” se verifi có dentro de

los ciento ochenta días anteriores a la celebración de elecciones.

• Que el procedimiento de licitación tiene un carácter público y constituye una expresión no sólo de la legalidad de la voluntad administrativa

formada en el mismo, sino de garantía de los particulares y éste debe realizarse con estricto apego a la normativa aplicable [Líneas y

Criterios Jurisprudenciales de Sala de lo Contencioso Administrativo 2011, pág. 110].

• Que el artículo 101 de la LACAP establece que “Los contratos regulados en la presente Ley serán nulos cuando lo sea alguno de sus actos

preparatorios”; en ese orden de ideas, el artículo 81 en relación con el artículo 77 ambos de la LACAP, establecen que la formalización u

otorgamiento del contrato, debe efectuarse una vez que el acto o resolución deviene fi rme; tal fi rmeza se adquiere transcurridos cinco días

hábiles contados a partir del día siguiente al de la notifi cación respectiva, sin que medie recurso alguno; en el presente caso, el contrato fue

fi rmado en el último día señalado por la ley para que la adjudicación adquiriera fi rmeza, por lo que dicho acto preparatorio es nulo.

• Que el artículo 231 del Código Electoral establece una prohibición para los Concejos Municipales en el sentido que éstos están inhibidos

de publicar, durante los treinta días anteriores a la fecha señalada para las elecciones, las contrataciones, inauguraciones de obras de

infraestructura nacional o de cualquier otra naturaleza que hayan realizado, que realicen o que proyecten realizar.

• Que según lo dispuesto en los artículos 30 numeral 18 y 31 numeral 12 del Código Municipal, la facultad del Concejo de acordar cualquier

tipo de contrato o de utilizar fondos públicos municipales que perjudiquen los bienes e ingresos del municipio, se restringe durante los

ciento ochenta días anteriores a la toma de posesión de las autoridades municipales.

• Según la Sala de lo Contencioso Administrativo: “La declaratoria de lesividad deberá estar fundada esencialmente en el quebrantamiento

del Derecho”. Es decir, en el proceso de lesividad salvadoreño, el fundamento de la declaratoria de lesividad del acto será precisamente la

infracción al ordenamiento jurídico en que la Administración pública considera haber incurrido. [Sentencia Defi nitiva emitida por la Sala

de lo Contencioso Administrativo, 292-M-2003, de fecha treinta de junio de dos mil seis].

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

• De lo anterior se colige que el proceso de licitación No 02/2012/AMCB del “Adoquinado Completo de Calle Alonso Álvarez, del Municipio

de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel”, es violatorio del orden jurídico, y por ende lesivo al interés público pues se ha irrespetado

lo dispuesto en los artículos 30 numeral 18 y 31 numeral 12 del Código Municipal que prohíben la contratación y la utilización de los fondos

públicos municipales que perjudiquen los bienes e ingresos del municipio, durante los ciento ochenta días anteriores a la fi nalización del

período para el cual fueron electos los Concejos Municipales, pues la adjudicación del referido proyecto y el contrato de realización de

obra, se verifi có en el lapso del veinte al treinta de abril de dos mil doce habiéndose celebrado elecciones populares el día once de marzo

de dos mil doce; de igual forma el acto de la adjudicación no devino fi rme, pues se han irrespetado los términos que señalan los artículos

77, 78 y 81 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, marco regulatorio mediante el cual una Institución

Pública, debe regirse al momento de llevar a cabo una Licitación Pública.

Las anteriores violaciones al ordenamiento jurídico [Código Municipal, Código Electoral y a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la

Administración Pública] y por ende lesividad al interés público, implican una transgresión a la legalidad y seguridad jurídica, ya que se están infringiendo

las "formalidades" del acto administrativo, que regulan los requisitos que deben cumplirse en el proceso de "expresión" o exteriorización de la

voluntad administrativa y en el proceso de "formación" de la misma; y es que las formalidades en derecho administrativo signifi can una "garantía"

para el administrado, ya que sujetan la actuación de la Administración Pública al principio de legalidad.

• Que el principio de legalidad y la seguridad jurídica guardan una estrecha relación, puesto que el primero es un principio fundamental del

Derecho Público conforme al cual todo ejercicio del poder público debería estar sometido a la voluntad de la ley; por su parte, la seguridad

jurídica constituye un derecho fundamental, el cual puede ser traducido en el cumplimiento de ciertos requisitos, condiciones, elementos

o circunstancias exigidas por el propio ordenamiento jurídico, a fi n de que la afectación de la esfera jurídica del gobernado sea válida.

• Que el artículo 8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo habilita a la Administración Pública para demandar la ilegalidad

del acto administrativo dictado por ella misma, generador de algún derecho, debiendo, como requisito de procesabilidad, declarar mediante

acuerdo que es lesivo al interés público.

Por lo que con fundamento en las disposiciones legales citadas y considerandos anteriores, y en uso de las facultades concedidas en el artículo

8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, el Concejo Municipal de Ciudad Barrios, ACUERDA:

DECLARAR lesivo al interés público y violatorio del orden jurídico el Acuerdo Municipal número CINCO, acta número QUINCE, de Sesión

Ordinaria celebrada a las once horas del día VEINTE DE ABRIL DE DOS MIL DOCE, mediante el cual el Concejo Municipal acordó ADJUDICAR

el proyecto “Adoquinado Completo de Calle Alonso Álvarez, del Municipio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel”, a la empresa Obras y

Edifi caciones Civiles, S. A de C. V., por un monto de CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA 47/100 dólares, y todo lo que fuere

su consecuencia, ya que el mismo fue dictado contraviniendo lo establecido en los Artículos 30 numeral 18 y 31 numeral 12 del Código Municipal, que

prohíben la contratación dentro de los ciento ochenta días anteriores a la toma de posesión de las autoridades municipales; así como lo dispuesto en los

artículos 77, 78 y 81 de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, marco regulatorio mediante el cual una Institución

Pública, debe regirse al momento de llevar a cabo una Licitación Pública, violentando así los principios constitucionales de legalidad y seguridad

jurídica, tal como se demuestra con los hechos narrados en los considerandos anteriores, especialmente con la suscripción del contrato de realización

de obra, el cual fue formalizado en franco irrespeto a lo establecido en el Artículo 81 de la LACAP, que exige que el contrato sea formalizado dentro

de los cinco días después de la adjudicación.- COMUNÍQUESE. - R. W. Gómez. Alcalde.- M. A. G. M.- Nelson C. M. Ayala.- Sandra M. C. M.- Ana

Cecilia A. I.- A. F. Hernández.- D. A. Soriano.- R. E. H. Rivera.- Felipe de Jesús C. A.- Arturo Lemus.- J. A. S.- J. N. G. Orellana.- J. F. S.- J. M.

Romero. // RUBRICADAS. //.- Es conforme con su original con el cual se confronto debidamente, y para efectos de Ley le expide la presente, en la

Secretaria Municipal: Alcaldía Municipal de Ciudad Barrios, a los siete días del mes de marzo de dos mil catorce.-

RENÉ WILFREDO GÓMEZ ESCOBAR, FLOR ESTELA RIVAS DE QUINTANILLA,

Alcalde Municipal. Secretaria Municipal.

(Registro No. F027694)

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL

CASERIO EL SALAMAR, JURISDICCION DE

SAN LUIS TALPA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ.

CAPITULO I

DE LA DENOMINACION, DOMICILIO, DURACION Y

FINES.

DE LA DENOMINACION

ART. 1.- La Asociación que se constituye la cual en el curso de estos

Estatutos será llamada "La Asociación", estará regulada por el Código

Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales, si

la hay en el Municipio de San Luis Talpa, por estos Estatutos y demás

disposiciones aplicables a las Leyes de la República de El Salvador, en

lo referente a las Asociaciones Comunales.

La Asociación se denominará "ASOCIACION COMUNAL

CASERIO EL SALAMAR, DE LA CIUDAD DE SAN LUIS TALPA,

DEPARTAMENTO DE LA PAZ, y podrá ABREVIARSE con las

siguientes siglas: "ACO-SALAMAR".

ART. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa,

de carácter democrático y no religiosa.

DOMICILIO

ART. 3.- Su domicilio será la Ciudad de San Luis Talpa, y su

dirección Calle El Coco, Caserío El Salamar, Jurisdicción de San Luis

Talpa, Departamento de La Paz. Pudiéndose reubicar cuando la necesidad

lo amerite y lo avale la Asamblea General por medio de un acuerdo, con

al menos tres cuartas partes de los socios participantes y trasladando la

información por escrito al Concejo Municipal de San Luis Talpa.

DURACION

ART. 4.- La ASOCIACIÓN funcionará por tiempo indefi nido,

sin embargo podrá disolverse y liquidarse por disposición de Ley, de

acuerdo a lo establecido en los presentes Estatutos.

CAPITULO II

FINES

ART. 5.- Esta Asociación tendrá como fi nalidad:

a) Promover el progreso de Caserío El Salamar, conjuntamente

con los organismos públicos y privados, nacionales e inter-

nacionales que participen en los correspondientes programas

de desarrollo comunal.

b) Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y cooperación

mutua entre los vecinos, sus grupos familiares y entidades

respectivas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios organi-

zados en la misma Jurisdicción en la mayor integración de

sus miembros y la mejor organización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en programas de capacitación

promocional de los dirigentes y de los grupos comunales,

con el fi n de contribuir al mejoramiento de la organización

de la Comunidad, la Administración de proyectos sociales y

económicos; y la elevación de los niveles educativos de cada

uno de sus miembros.

e) Promover las Organizaciones Juveniles y de mejoras para

hacerlos partícipes de la responsabilidad de los programas

de desarrollo local, así como procurar la formación integral

por medio de la educación, la cultura, la salud y el deporte.

f) Proporcionar el progreso y Desarrollo de Caserío El Salamar,

Jurisdicción de San Luis Talpa, coordinando y concertando

con otros actores con principios afi nes.

g) Promover el desarrollo a corto, mediano y largo plazo, las

siguientes obras:

1) Mejoramiento del camino vecinal.

2) Gestionar la limpieza de Caserío El Salamar,

3) Gestionar la construcción de letrinas aboneras.

4) Y otras que surjan con posterioridad.

CAPITULO III

DE LA ORGANIZACION INTERNA DE LA ASOCIACION

ART. 6.-La Asociación está constituida en su interior por tres

niveles orgánicos que tendrán sus funciones específi cas, descritas más

adelante en los presentes estatutos:

PRIMER NIVEL.- La asamblea Comunal, constituida por todos los

socios inscritos y activos.

SEGUNDO NIVEL.- La Junta Directiva.

TERCER NIVIEL.- Los Comités de Apoyo.

DE LOS SOCIOS

Podrán ser socios todas las personas mayores de dieciocho años,

sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten

por escrito a la Junta Directiva. Habrá tres tipos de socios y su calidad

es la siguiente:

1) Socios fundadores y participativos.

2) Socios Activos.

3) Socios Honorarios.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

SOCIOS FUNDADORES Y PARTICIPATIVOS: Serán todas las

personas que se encuentren presentes el día de la celebración de la sesión

Extraordinaria de Constitución y de aprobación de estos Estatutos, y con

las fi rmas o huellas dactilares y su respectivo número de Documento

Único de Identidad y se registren en el libro de asociados y libros de

actas.

SOCIOS ACTIVOS: Son todos los miembros de la comunidad

que están inscritos como socios en el libro de registros que lleva la Aso-

ciación, que participan en las actividades realizadas por la asociación de

acuerdo a los presentes Estatutos.

SOCIOS HONORARIOS: Serán aquellas personas, que por su

conducta ejemplar, por sus propios méritos, sus relevantes servicios

y aportes brindados a la comunidad, la Asamblea General le otorgue

privilegios y derechos pertinentes.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS SOCIOS

ART. 7.- DERECHOS DE LOS SOCIOS:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Elegir y ser electo para cargos y funciones delegadas.

c) Presentar mociones y sugerencia a la Asamblea General.

d) Decidir su retiro voluntario de la Asociación.

e) Gozar de los servicios y privilegios que realice u otorgue la

Asociación.

ART. 8.- DE LOS DEBERES DE LOS SOCIOS:

a) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de miembros de la Asociación.

b) Asistir con puntualidad a las reuniones y actividades de la

Asamblea General promovidas por la Asociación.

c) Asumir y cumplir con responsabilidad las tareas o delegaciones

encomendadas por la Asamblea General y Junta Directiva.

d) Promover las Actividades de la Asociación de la Comunidad e

Instancias que trabajen por el Desarrollo Local y Regional.

e) No realizar hechos o incurrir en actos que afecten o puedan

afectar la estabilidad o prestigio de la Asociación y sus

miembros.

f) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, disposiciones o

acuerdos de Asamblea General, y Junta Directiva, siempre

que estén relacionados con los fi nes de la Asociación.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

ART. 9.- El gobierno de la Asociación será ejercido por una

Asamblea General y una Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

ART. 10.- La Asamblea General será la máxima autoridad de la

Asociación y estará integrada por la totalidad de los Asociados.

ART. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente una vez

al año, en el mes de junio y Extraordinariamente cuando se considere

necesario. Será convocada por la Junta Directiva. La Convocatoria podrá

ser verbal o escrita, o por medios públicos o colectivos.

ART. 12.- La convocatoria a Asamblea General Ordinaria se hará

con ocho días de anticipación a la fecha de su realización.

ART. 13.- La convocatoria a Asamblea General Extraordinaria

se hará por lo menos con cinco días de anticipación a la fecha de su

realización.

ART. 14.- Habrá quórum con la asistencia de la mitad más uno de

los miembros de la Asociación y las decisiones se tomarán por el voto de

la mayoría de asistentes. Sino hubiere quórum se hará una nueva convo-

catoria y la instalará la Asamblea General con el número de asistentes,

siempre que no sea inferior al tercio de los integrantes de la misma.

ART. 15.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y Reglamentos de

la Asociación

b) Elegir a los miembros de la Junta Directiva y destituirlos por

causas justifi cadas.

c) Aprobar el Presupuesto Anual de la Asociación.

d) Aprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, los

informes del Tesorero y los demás que le presente la Junta

Directiva.

e) Acordar la disolución de la Asociación.

f) Resolver todo lo no previsto en los presentes Estatutos, Re-

glamentos y otras disposiciones que emita la Asociación.

g) Aprobar a los socios honorarios y sus distinciones.

h) Aprobar modifi caciones a estos Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

ART. 16.- La Junta Directiva estará formada por:

1.- Un Presidente.

2.- Un Vice- Presidente.

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

3.- Un Secretario.

4.- Un Prosecretario.

5.- Un Tesorero.

6.- Un Protesorero.

7.- Un Síndico.

8.- Cuatro Vocales.

ART. 17.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos en la

sesión Ordinaria de Asamblea General del mes de junio del año corres-

pondiente, para un período de dos años, contados a partir de la fecha de

su nombramiento, pudiendo ser reelectos en sus cargos.

ART. 18.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente una vez

cada quince días, y Extraordinariamente cuando se considere conveniente,

la convocatoria a las sesiones Ordinarias de la Junta Directiva se hará

con cinco días de anticipación y para las sesiones Extraordinarias con

tres días por lo menos.

ART. 19.- El quórum para celebrar sesión de Junta Directiva será

la asistencia de por lo menos el cincuenta por ciento de sus miembros, y

para tomar resoluciones el voto favorable de la mayoría de los miembros

presentes. En caso de empate el Presidente tendrá doble voto.

ART. 20.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Administrar el Patrimonio de la Asociación.

b) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, resoluciones de

la Asamblea General y los Reglamentos de la Asociación.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación y

someterlo a consideración de la Asamblea General.

d) Elaborar el Presupuesto Anual de la Asociación y someterlo

a consideración de la Asamblea General.

e) Velar porque todos los socios cumplan con sus obligaciones

para con la Asociación.

f) Señalar las fechas de celebración de las sesiones Ordinarias

y Extraordinarias de la Asamblea General, convocar a los

socios y elaborar la agenda de las mismas.

g) Conocer las solicitudes de ingreso de los asociados y presen-

tarla a consideración de la Asamblea General.

h) Conocer de las solicitudes y reclamos de los asociados de

acuerdo a las disposiciones de los estatutos y Reglamento de

la Asociación.

i) Autorizar al presidente para que realice toda clase de contratos

y proyectos de la Asociación, especialmente los aprobados

por Asamblea General.

j) Elaborar proyectos de Reglamentos de la Asociación, así como

proyectos de reformas a los Estatutos y Reglamentos.

k) Aprobar los programas de trabajo a desarrollar por la Aso-

ciación.

l) Organizar seminarios, cursillos otros eventos relacionados

con los fi nes de la Asociación.

m) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

ART. 21.- Para ser miembro de la Junta Directiva de la Asociación

se requiere:

a) Ser mayor de dieciocho años de edad.

b) Competencia notoria para el desempeño del cargo.

c) Observar buena conducta.

d) Estar solvente con la Asociación.

ART. 22.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser destituidos

de sus cargos por las causas siguientes:

a) Inmoralidad comprobada.

b) Incumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y otras dis-

posiciones importantes de la Asociación.

c) Por apartarse de los fi nes de la Asociación.

d) Cuando a Juicio de la Asamblea General sea necesario.

ART. 23.- Cualquier miembro de la Junta Directiva podrá reelegirse

por un período más.

CAPITULO VII

DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS

DE LA JUNTA DIRECTIVA

ART. 24.- Son atribuciones del Presidente:

a) Ejercer la dirección de la Junta Directiva en todos sus asuntos y

representarla judicial y extrajudicialmente junto al Síndico.

b) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Junta

Directiva y de la Asamblea General.

c) Autorizar las erogaciones que haga la Junta Directiva a través

de la tesorería.

d) Firmar junto con el Tesorero y otro miembro designado por

la Asamblea General la apertura de cuentas bancarias para

el depósito de dinero de la Asociación.

e) El Presidente y el Síndico responderán ante cualquier alteración

en los documentos administrativos.

f) Convocar a las sesiones de la junta y asamblea general por

medio del secretario.

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

g) Cuando se tome acuerdo para cualquier actividad y exista un

empate será el presidente que tenga el voto califi cado.

h) Elaborar y someter a discusión la agenda para reuniones de

la Junta Directiva y la Asamblea General.

i) Velar para que se mantenga el orden, la disciplina, y la parti-

cipación responsable de todos los asociados en las asambleas

generales, reuniones de Junta Directiva y demás actividades

promovidas por la Asociación.

j) Velar para que se cumplan todos los acuerdos tomados en

Asamblea General y en Junta Directiva.

k) Las demás atribuciones que le sean asignadas por la Asamblea

general y la junta directiva.

ART. 25.- Son Atribuciones del Vice- Presidente:

a) Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funcio-

nes.

b) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o impedimento

de éste.

c) Debe desempeñar las funciones que el Presidente le asigne.

d) Las demás que le asignen estos Estatutos y otras disposiciones

que le indique la Asociación.

ART. 26.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar el libro de actas de las sesiones de la Junta Directiva

y Asamblea General.

b) Extender las Credenciales y Certifi caciones de la Asociación

que sean necesarias.

c) Llevar el archivo de la Asociación.

d) Enviar a los Asociados las convocatorias a sesiones de

Asamblea General y Junta Directiva.

e) Llevar los registros de los asociados.

f) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.

g) Las demás que por razones de su cargo le competen.

ART. 27.- Son atribuciones del Prosecretario:

Sustituir al Secretario en los casos de ausencia o enfermedad en

todas las atribuciones que a éste le corresponde.

ART. 28.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación en la Institución

Bancaria que la Junta Directiva señale.

b) Firmar con el presidente los cheques y documentos de gastos

de la Asociación.

c) Elaborar el anteproyecto de Presupuesto Anual de la Aso-

ciación y presentarlo a la Junta Directiva.

d) Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios.

e) Presentar mensualmente a la Junta Directiva un informe de

los ingresos y egresos de la Asociación.

f) Presentar balance de la Asociación a la Asamblea General.

g) Recopilar los comprobantes de los gastos efectuados por la

Asociación y presentarlos a la Junta Directiva las veces que

ésta lo requiera.

h) Las demás que por razones de su cargo le correspondan.

ART. 29.- Sustituir al Tesorero en los casos de ausencia o enfer-

medad en todas las atribuciones que a éste le corresponde.

ART. 30.- Son atribuciones del Síndico:

a) Representarla Judicial y Extrajudicialmente a esta Asocia-

ción.

b) Apoyar al Presidente en la representación legal.

c) Velar especialmente por el cumplimiento de las resolucio-

nes de la Junta Directiva; de la Asamblea General; y de los

Estatutos y Reglamentos de la Asociación.

d) Colaborar en la elección de reformas a los Estatutos y Re-

glamentos de la Asociación.

e) Cumplirá y velará por el estricto cumplimiento de estos es-

tatutos, acuerdos y demás leyes que norman el libre ejercicio

de las Asociaciones comunales.

f) Asegurar el carácter legal de todo acto de contrato, compra

y venta que la Asociación realice, a fi n de evitar el riesgo de

penalizaciones.

g) Las demás atribuciones que le sean asignadas por la Asamblea

General y Junta Directiva.

ART. 31.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinaria a las que

fueren convocados.

b) Sustituir y colaborar con los demás miembros de la Junta

Directiva.

c) Desempeñar las comisiones que les asignen la Asamblea

General y la Junta Directiva.

d) Las demás atribuciones que les señale la Asamblea General

y la Junta Directiva.

ART. 32.- La Junta Directiva iniciará sus funciones sociales el

día de su constitución o juramentación por la delegación del gobierno

municipal correspondiente y su período de servicio será de dos años.

ART. 33.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelectos

para un período más en forma consecutiva seis de sus miembros, se

convocarán los más dinámicos y comprobando el espíritu de servicio,

lo anterior será válido si la Asamblea General lo aprueba.

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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

CAPITULO VIII

PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

ART. 34.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los ingresos provenientes de cualquier actividad que se realice con la fi nalidad de incrementar el fondo común.

b) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título o las rentas, que se obtengan por la administración de los mismos.

c) Donaciones o fi nanciamientos que se obtengan.

d) Cualquier otros ingresos que perciba la Asociación de las actividades que realice.

COMITES DE APOYO

ART. 35.- La Asociación podrá formar Comités de Apoyo, o en caso que ya existan deberá coordinarse con éstos, que serán responsables de operativizar las acciones por áreas de trabajo que se identifi quen e implementen como parte de la atención a necesidades prioritarias.

CAPITULO IX

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

ART. 36.- La Asociación se disolverá por disposiciones de la Ley, cuando los socios no lleguen por lo menos a veinticinco y por no poder cumplir con los objetivos para que haya sido creada y fi nalmente cuando así lo acuerde en sesión Extraordinaria. La Asamblea General convocada al efecto por lo menos con el voto favorable de las tres cuartas partes de los Asociados.

ART. 37.- Acordada la disolución de la Asociación y verifi cada la liquidación por la Junta Directiva el remanente de los bienes si lo hubiere se donarán a una entidad legalmente constituida en el país, que tenga fi nes similares y que deberá designarse por la Asamblea General que acordare la disolución.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

ART. 38.- La Asociación llevará sus libros de registro de afi liados, de actas, fi nancieros, todos foliados y sellados con una razón de apertura que contenga el objeto del libro, y al terminar la razón de cierre la cual deberá estar fi rmada y sellada por el Presidente y Secretario.

ART. 39.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Con-cejo Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección de Junta Directiva, la nómina de quienes la integran, también informarán en la forma expresada anteriormente de las situaciones de miembros de Junta Directiva y de nuevos miembros de la Asociación.

ART. 40.- Un Reglamento Interno determinará la forma de dar

cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual

será presentado por la Junta Directiva en la Asamblea General para su

aprobación.

ART. 41.- Los casos que no estén contemplados en estos Estatutos

serán resueltos en Asamblea General y Junta Directiva en su caso.

ART. 42.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el

día de su publicación en el Diario Ofi cial de El Salvador.

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE ESTA CIU-

DAD:

CERTIFICA: Que en el ACTA NUMERO NUEVE.- Sesión ordi-

naria celebrada por Concejo Municipal de San Luis Talpa, Departamento

de La Paz, a las diecisiete horas del día lunes tres de marzo del año dos

mil catorce. Se encuentra el acuerdo que literalmente dice: ACUERDO

NÚMERO OCHO.- En consideración a la solicitud presentada por los

señores Modesto Alejandro Cañas y Carmen Elena Bonilla de Robles, en

su calidad de Presidente y Secretario, respectivamente de la Asociación

Comunal de Caserío El Salamar, Cantón Nuevo Edén, para que se les

otorgue la Personería Jurídica, y en vista que se ha revisado los Estatutos

de dicha Asociación y no contradicen la Ley. Este Concejo Municipal,

en uso de las facultades legales que le confi ere el Artículo 30, numeral

23 del Código Municipal, por unanimidad, ACUERDA: I) Conceder la

Personería Jurídica a la Asociación Comunal Caserío El Salamar, Cantón

Nuevo Edén, del Municipio de San Luis Talpa. Departamento de La

Paz. II) Autorizar la publicación de sus Estatutos en el Diario Ofi cial.

COMUNIQUESE.

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE

CONFRONTO,

Alcaldía Municipal de la ciudad de San Luis Talpa, a los diez días

del mes de marzo de dos mil catorce.

ANA LISSETTE ESTRADA ORELLANA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

SALVADOR ALEJANDRO MENÉNDEZ GARCÍA,

ALCALDE MUNICIPAL.

(Registro No. F027767)

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL

CANTON SAN FRANCISCO AMATEPES,

JURISDICCIÓN DE SAN LUIS TALPA,

DEPARTAMENTO DE LA PAZ.

CAPITULO I

DE LA DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACION Y FINES.

DE LA DENOMINACION.

ART. 1.- La Asociación que se constituye la cual en el curso de estos

Estatutos será llamada "La Asociación", estará regulada por el Código

Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales, si

la hay en el Municipio de San Luis Talpa, por estos Estatutos y demás

disposiciones aplicables a las Leyes de la República de El Salvador, en

lo referente a las Asociaciones Comunales.

La Asociación se denominará: "ASOCIACION COMUNAL CAN-

TON SAN FRANCISCO AMATEPES, DE LA CIUDAD DE SAN LUIS

TALPA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ, y podrá ABREVIARSE con

las siguientes siglas "ACO-F.AMATEPES".

ART. 2.- Esta Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa,

de carácter democrático y no religiosa.

DOMICILIO.

ART. 3.- Su domicilio será la Ciudad de San Luis Talpa, y su

dirección Calle Principal, Cantón San Francisco Amatepes, Jurisdicción

de San Luis Talpa, Departamento de La Paz.

Pudiéndose reubicar cuando la necesidad lo amerite y lo avale la

Asamblea General por medio de un acuerdo, con al menos tres cuartas

partes de los socios participantes y trasladando la información por escrito

al Concejo Municipal de San Luis Talpa.

DURACIÓN.

ART. 4.- La ASOCIACION funcionará por tiempo indefi nido, sin

embargo podrá disolverse y liquidarse por disposición de Ley, de acuerdo

a lo establecido en los presentes Estatutos.

CAPITULO II

FINES.

ART. 5.- Esta Asociación tendrá como fi nalidad:

a) Promover el progreso del Cantón San Francisco Amatepes,

conjuntamente con los organismos públicos y privados, nacio-

nales e internacionales que participen en los correspondientes

programas de desarrollo comunal.

b) Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y cooperación

mutua entre los vecinos, sus grupos familiares y entidades

respectivas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios organi-

zados en la misma Jurisdicción en la mayor integración de

sus miembros, y la mejor organización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en programas de capacitación

promocional de los dirigentes y de los grupos comunales,

con el fi n de contribuir al mejoramiento de la organización

de la comunidad, la administración de proyectos sociales y

económicos; y la elevación de los niveles educativos de cada

uno de sus miembros.

e) Promover las Organizaciones Juveniles y de mejoras para

hacerlos partícipes de la responsabilidad de los programas

de desarrollo local, así como procurar la formación integral

por medio de la educación, la cultura, la salud y el deporte.

f) Proporcionar el progreso y desarrollo del Cantón San Francisco

Amatepes, Jurisdicción de San Luis Talpa, coordinando y

concertando con otros actores con principios afi nes.

g) Promover el desarrollo a corto, mediano y largo plazo, las

siguientes obras:

1) Mejoramiento del camino vecinal.

2) Gestionar la limpieza del Cantón San Francisco Ama-

tepes,

3) Gestionar la construcción de letrinas aboneras.

4) Y otras que surjan con posterioridad.

CAPITULO III

DE LA ORGANIZACION INTERNA DE LA ASOCIACIÓN.

ART. 6.- La Asociación está constituida en su interior por tres

niveles orgánicos que tendrán sus funciones específi cas, descritas más

adelante en los presentes Estatutos:

PRIMER NIVEL.- La asamblea Comunal, constituida por todos

los socios inscritos y activos.

SEGUNDO NIVEL.- La Junta Directiva.

TERCER NIVEL.- Los Comités de Apoyo.

DE LOS SOCIOS.

Podrán ser socios todas las personas mayores de dieciocho años,

sin distinción de raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten

por escrito a la Junta Directiva. Habrá tres tipos de socios y su calidad

es la siguiente:

1) Socios fundadores y participativos.

2) Socios Activos.

3) Socios Honorarios.

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

SOCIOS FUNDADORES Y PARTICIPATIVOS: Serán todas las

personas que se encuentren presentes el día de la celebración de la sesión

Extraordinaria de Constitución y de aprobación de estos Estatutos, y con

las fi rmas o huellas dactilares y su respectivo número de Documento

Único de Identidad y se registren en el libro de Asociados y libros de

actas.

SOCIOS ACTIVOS: Son todos los miembros de la comunidad

que están inscritos como socios en el libro de registros que lleva la Aso-

ciación, que participan en las actividades realizadas por la Asociación

de acuerdo a los presentes Estatutos.

SOCIOS HONORARIOS: Serán aquellas personas, que por su

conducta ejemplar por sus propios méritos, sus relevantes servicios

y aportes brindados a la comunidad, la Asamblea General le otorgue

privilegios y derechos pertinentes.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS SOCIOS

ART. 7.- DERECHOS DE LOS SOCIOS:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Elegir y ser electo para cargos y funciones delegadas.

c) Presentar mociones y sugerencia a la Asamblea General.

d) Decidir su retiro voluntario de la Asociación.

e) Gozar de los servicios y privilegios que realice u otorgue la

Asociación.

ART. 8.- DE LOS DEBERES DE LOS SOCIOS:

a) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de miembros de la Asociación.

b) Asistir con puntualidad a las reuniones y actividades de la

Asamblea General promovidas por la Asociación.

c) Asumir y cumplir con responsabilidad las tareas o delegaciones

encomendadas por la Asamblea General y Junta Directiva.

d) Promover las Actividades de la Asociación de la comunidad e

instancias que trabajen por el Desarrollo Local y Regional.

e) No realizar hechos o incurrir en actos que afecten o puedan

afectar la estabilidad o prestigio de la Asociación y sus

miembros.

f) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, disposiciones o

acuerdos de Asamblea General y Junta Directiva, siempre

que estén relacionados con los fi nes de la Asociación.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

ART. 9.- El gobierno de la Asociación será ejercido por una

Asamblea General y una Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

ART. 10.- La Asamblea General será la máxima autoridad de la

Asociación y estará integrada por la totalidad de los Asociados.

ART. 11.- La Asamblea General se reunirá Ordinariamente una vez

al año en el mes de junio, y Extraordinariamente cuando se considere

necesario. Será convocada por la Junta Directiva. La Convocatoria podrá

ser verbal o escrita, o por medios públicos o colectivos.

ART. 12.- La convocatoria a Asamblea General Ordinaria se hará

con ocho días de anticipación a la fecha de su realización.

ART. 13.- La convocatoria a Asamblea General Extraordinaria

se hará por lo menos con cinco días de anticipación a la fecha de su

realización.

ART. 14.- Habrá quórum con la asistencia de la mitad más uno de

los miembros de la Asociación y las decisiones se tomarán por el voto de

la mayoría de asistentes. Sino hubiere quórum se hará una nueva convo-

catoria y la instalará la Asamblea General con el número de asistentes,

siempre que no sea inferior al tercio de los integrantes de la misma.

ART. 15.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y Reglamentos de

la Asociación.

b) Elegir a los miembros de la Junta Directiva y destituirlos por

causas justifi cadas.

c) Aprobar el Presupuesto Anual de la Asociación.

d) Aprobar la Memoria Anual de Labores de la Asociación, los

informes del Tesorero y los demás que le presente la Junta

Directiva.

e) Acordar la disolución de la Asociación.

f) Resolver todo lo no previsto en los presentes Estatutos, Re-

glamentos y otras disposiciones que emita la Asociación.

g) Aprobar a los socios honorarios y sus distinciones.

h) Aprobar modifi caciones a estos Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

ART. 16.- La Junta Directiva estará formada por:

1.- Un Presidente.

2.- Un Vice- Presidente.

3.- Un Secretario.

Page 30: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

4.- Un Prosecretario.

5.- Un Tesorero.

6.- Un Protesorero.

7.- Un Síndico.

8.- Cinco vocales.

ART. 17.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos en la

sesión Ordinaria de Asamblea General del mes de junio del año corres-

pondiente, para un período de dos años, contados a partir de la fecha de

su nombramiento, pudiendo ser reelectos en sus cargos.

ART. 18.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente una vez

cada quince días, y Extraordinariamente cuando se considere conveniente,

la convocatoria a las sesiones Ordinarias de la Junta Directiva se hará

con cinco días de anticipación y para las sesiones Extraordinarias con

tres días por lo menos.

ART. 19.- El quórum para celebrar sesión de Junta Directiva será

la asistencia de por lo menos el cincuenta por ciento de sus miembros y

para tomar resoluciones el voto favorable de la mayoría de los miembros

presentes. En caso de empate el Presidente tendrá doble voto.

ART. 20.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Administrar el patrimonio de la Asociación.

b) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, resoluciones de

la Asamblea General y los Reglamentos de la Asociación.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación y

someterlo a consideración de la Asamblea General.

d) Elaborar el Presupuesto Anual de la Asociación y someterlo

a consideración de la Asamblea General.

e) Velar porque todos los socios cumplan con sus obligaciones

para con la Asociación.

f) Señalar las fechas de celebración de las sesiones Ordinarias

y Extraordinarias de la Asamblea General, convocar a los

socios y elaborar la agenda de las mismas.

g) Conocer las solicitudes de ingreso de los Asociados y pre-

sentarla a consideración de la Asamblea General.

h) Conocer de las solicitudes y reclamos de los Asociados de

acuerdo a las disposiciones de los Estatutos y Reglamento

de la Asociación.

i) Autorizar al Presidente para que realice toda clase de contratos

y proyectos de la Asociación, especialmente los aprobados

por Asamblea General.

j) Elaborar proyectos de Reglamentos de la Asociación, así como

proyectos de reformas a los Estatutos y Reglamentos.

k) Aprobar los programas de trabajo a desarrollar por la Aso-

ciación.

l) Organizar seminarios, cursillos otros eventos relacionados

con los fi nes de la Asociación.

m) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

ART. 21.- Para ser miembro de la Junta Directiva de la Asociación

se requiere:

a) Ser mayor de dieciocho años de edad.

b) Competencia notoria para el desempeño del cargo.

c) Observar buena conducta.

d) Estar solvente con la Asociación.

ART. 22.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser destituidos

de sus cargos por las causas siguientes:

a) Inmoralidad comprobada.

b) Incumplimiento de los Estatutos, reglamentos y otras dispo-

siciones importantes de la Asociación.

c) Por apartarse de los fi nes de la Asociación.

d) Cuando a juicio de la Asamblea General sea necesario.

ART. 23.- Cualquier miembro de la Junta Directiva podrá reelegirse

por un período más.

CAPITULO VII

DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS

DE LA JUNTA DIRECTIVA

ART. 24.- Son atribuciones del Presidente:

a) Ejercer la dirección de la Junta Directiva en todos sus asuntos

y representarla Judicial y extrajudicialmente junto al Síndi-

co.

b) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta

Directiva y de la Asamblea General.

c) Autorizar las erogaciones que haga la Junta Directiva a través

de la tesorería.

d) Firmar junto con el Tesorero y otro miembro designado por

la Asamblea General la apertura de cuentas bancarias para

el depósito de dinero de la Asociación.

e) El Presidente y el Síndico responderán ante cualquier alteración

en los documentos administrativos.

f) Convocar a las sesiones de la Junta y Asamblea General por

medio del Secretario.

g) Cuando se tome acuerdo para cualquier actividad y exista un

empate será el Presidente que tenga el voto califi cado.

h) Elaborar y someter a discusión la agenda para reuniones de

la Junta Directiva y la Asamblea General.

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

i) Velar para que se mantenga el orden, la disciplina y la partici-

pación responsable de todos los Asociados en las Asambleas

Generales, reuniones de Junta Directiva y demás actividades

promovidas por la Asociación.

j) Velar para que se cumplan todos los acuerdos tomados en

Asamblea General y en Junta Directiva.

k) Las demás atribuciones que le sean asignadas por la Asamblea

General y la Junta Directiva.

ART. 25.- Son Atribuciones del Vice- Presidente:

a) Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funcio-

nes.

b) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o impedimento

de éste.

c) Debe desempeñar las funciones que el Presidente le asigne.

d) Las demás que le asignen estos Estatutos y otras disposiciones

que le indique la Asociación.

ART. 26.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar el libro de actas de las sesiones de la Junta Directiva

y Asamblea General.

b) Extender las Credenciales y Certifi caciones de la Asociación

que sean necesarias

c) Llevar el archivo de la Asociación.

d) Enviar a los Asociados las convocatorias a sesiones de

Asamblea General y Junta Directiva.

e) Llevar los registros de los Asociados.

f) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.

g) Las demás que por razones de su cargo le competen.

ART. 27.- Son atribuciones del Prosecretario:

Sustituir al Secretario en los casos de ausencia o enfermedad en

todas las atribuciones que a éste le corresponde.

ART. 28.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación en la Institución

Bancaria que la Junta Directiva señale.

b) Firmar con el Presidente los cheques y documentos de gastos

de la Asociación.

c) Elaborar el anteproyecto de Presupuesto Anual de la Asocia-

ción y presentarlo a la Junta Directiva.

d) Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios.

e) Presentar mensualmente a la Junta Directiva un informe de

los ingresos y egresos de la Asociación.

f) Presentar balance de la Asociación a la Asamblea General.

g) Recopilar los comprobantes de los gastos efectuados por la

Asociación y presentarlos a la Junta Directiva las veces que

ésta lo requiera.

h) Las demás que por razones de su cargo le correspondan.

ART. 29.- Sustituir al Tesorero en los casos de ausencia o enfer-

medad en todas las atribuciones que a éste le corresponde.

ART. 30.- Son atribuciones del Síndico:

a) Representarla Judicial y Extrajudicialmente a esta Asocia-

ción.

b) Apoyar al Presidente en la representación legal.

c) Velar especialmente por el cumplimiento de las resolucio-

nes de la Junta Directiva; de la Asamblea General; y de los

Estatutos y Reglamentos de la Asociación.

d) Colaborar en la elección de reformas a los Estatutos y Re-

glamentos de la Asociación.

e) Cumplirá y velará por el estricto cumplimiento de estos

Estatutos, acuerdos y demás leyes que norman el libre ejercicio

de las Asociaciones comunales.

f) Asegurar el carácter legal de todo acto de contrato, compra

y venta que la Asociación realice, a fi n de evitar el riesgo de

penalizaciones.

g) Las demás atribuciones que le sean asignadas por la Asamblea

General y Junta Directiva.

ART. 31.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinaria a las que

fueren convocados.

b) Sustituir y colaborar con los demás miembros de la Junta

Directiva

c) Desempeñar las comisiones que les asignen la Asamblea

General y la Junta Directiva.

d) Las demás atribuciones que les señale la Asamblea General

y la Junta Directiva.

ART. 32.- La Junta Directiva iniciará sus funciones sociales el

día de su constitución o juramentación por la delegación del gobierno

municipal correspondiente y su período de servicio será de dos años.

ART. 33.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelectos

para un período más en forma consecutiva seis de sus miembros, se

convocarán los más dinámicos y comprobando el espíritu de servicio,

lo anterior será válido si la Asamblea General lo aprueba.

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

CAPITULO VIII

PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

ART. 34.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los ingresos provenientes de cualquier actividad que se

realice con la fi nalidad de incrementar el fondo común.

b) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título

o las rentas, que se obtengan por la administración de los

mismos.

c) Donaciones o fi nanciamientos que se obtengan.

d) Cualquier otros ingresos que perciba la Asociación de las

actividades que realice.

COMITES DE APOYO

ART. 35.- La Asociación podrá formar Comités de Apoyo o en

caso que ya existan deberá coordinarse con éstos, que serán responsables

de operativizar las acciones por áreas de trabajo que se identifi quen e

implementen como parte de la atención a necesidades prioritarias.

CAPITULO IX

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

ART. 36.- La Asociación se disolverá por disposiciones de la Ley,

cuando los socios no lleguen por lo menos a veinticinco y por no poder

cumplir con los objetivos para que haya sido creada y fi nalmente cuando

así lo acuerde en sesión extraordinaria. La Asamblea General convocada

al efecto por lo menos con el voto favorable de las tres cuartas partes de

los Asociados.

ART. 37.- Acordada la disolución de la Asociación y verifi cada

la liquidación por la Junta Directiva el remanente de los bienes si lo

hubiere se donarán a una entidad legalmente constituida en el país, que

tenga fi nes similares y que deberá designarse por la Asamblea General

que acordare la disolución.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

ART. 38.- La Asociación llevará sus libros de registro de afi liados,

de actas, fi nancieros, todos foliados y sellados con una razón de apertura

que contenga el objeto del libro, y al terminar la razón de cierre la cual

deberá estar fi rmada y sellada por el Presidente y Secretario.

ART. 39.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Con-

cejo Municipal, en los primeros quince días posteriores a la elección de

Junta Directiva, la nómina de quienes la integran, también informarán

en la forma expresada anteriormente de las situaciones de miembros de

Junta Directiva y de nuevos miembros de la Asociación.

ART. 40.- Un Reglamento Interno determinará la forma de dar

cumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos, el cual

será presentado por la Junta Directiva en la Asamblea General para su

aprobación.

ART. 41.- Los casos que no estén contemplados en estos Estatutos

serán resueltos en Asamblea General y Junta Directiva en su caso.

ART. 42.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el

día de su publicación en el Diario Ofi cial de El Salvador.

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE ESTA CIU-

DAD.

CERTIFICA: Que en el ACTA NUMERO NUEVE.- Sesión Ordinaria

celebrada por el Concejo Municipal de San Luis Talpa, Departamento

de La Paz, a las diecisiete horas del día lunes tres de marzo del año dos

mil catorce. Se encuentra el acuerdo que literalmente dice:

ACUERDO NUMERO ONCE.- En consideración a la solicitud

presentada por los señores Juan Antonio Tobar Peraza y Lorenzo García

Acevedo, en su calidad de Presidente y Secretario, respectivamente de

la Asociación Comunal de Cantón San Francisco Amatepes, para que

se les otorgue la Personería Jurídica, y en vista que se han revisado los

Estatutos de dicha Asociación y no contradicen la Ley. Este Concejo

Municipal, en uso de las facultades legales que le confi ere el Artículo

30, numeral 23 del Código Municipal, por unanimidad, ACUERDA: I)

Conceder la Personería Jurídica a la Asociación Comunal Cantón San

Francisco Amatepes, del Municipio de San Luis Talpa, Departamento

de La Paz. II) Autorizar la publicación de sus Estatutos en el Diario

Ofi cial. COMUNIQUESE.

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE

CONFRONTO.

Alcaldía Municipal de la ciudad de San Luis Talpa, a los once días

del mes de marzo de dos mil catorce.

ANA LISSETTE ESTRADA ORELLANA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

SALVADOR ALEJANDRO MENENDEZ GARCIA,

ALCALDE MUNICIPAL.

(Registro No. F027769)

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014. ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL, CASERIO GUANACASTE,

DE LA CIUDAD DE SAN RAFAEL ORIENTE,

DEL DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

DE LA NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y DURACIÓN.

NATURALEZA.

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código Municipal y la Ordenanza Reguladora de Asociaciones Comunales y los Estatutos, será una entidad apolítica, no lucrativa y no religiosa.

DENOMINACION.

Art. 2.- Se denominará Asociación de Desarrollo Comunal Caserío Guanacaste, de la Ciudad de San Rafael Oriente, del Departamento de San Miguel, y podrá abreviarse "ADESCOGUAN".

DOMICILIO.

Art. 3.- El Domicilio será casa de Héctor Arquímedes Panameño Díaz, ubicada a 400 mts., al sur de la caseta de los buses, o cualquier otro del Caserío y de la Jurisdicción de San Rafael Oriente, que sea elegido por la Asamblea General de ADESCOGUAN.

DURACION.

Art. 4.- La duración de la Asociación es por tiempo indefi nido; sin embargo podrá disolverse por los motivos siguientes:

1° Disminución de Socios.

2° No realizar los fi nes para los cuales fue creada.

3° Por realizar actos ilegales.

4° Por acuerdos de la Asamblea General, o por motivos que de conforme a la ley acuerde el Concejo Municipal.

DE LOS FINES.

Art. 5.- Los fi nes de Asociación serán: El Desarrollo Humano y Desarrollo Comunal que proyecte la Asociación y para ello deberá:

a) Promover el proceso de la respectiva localidad conjuntamente con organismos públicos y privados que participen en los correspondientes programas y proyectos.

b) Fomentar el espíritu de comunidad, solidaridad y cooperación mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades respecti-

vas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios afi nes

organizados en la localidad.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación

promocional, con el fi n de contribuir al mejoramiento

organizacional de la comunidad, la administración de proyec-

tos sociales y económicos para el desarrollo comunitario.

e) Promover las Organizaciones Juveniles, haciéndolas partícipes

de la responsabilidad del desarrollo local.

f) Incrementar las actividades comunitarias, a fi n de obtener

recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento

de la comunidad.

g) Participar en los planes del desarrollo comunitario y local.

DE LOS AFILIADOS, CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES.

CALIDAD.

Art. 6.- Los afi liados de la Asociación deberán ser habitantes

de los cantones y caseríos que pertenecen al municipio de San Rafael

Oriente.

Art. 7.- Los afi liados podrán ser:

Activos.

Honorarios.

Deben de ser personas, mayores de dieciocho años; pero cuando

provengan de asociaciones juveniles de la comunidad, el requisito será

mayores de quince años.

SOCIOS ACTIVOS.

Art. 8.- Son socios Activos, todas las personas que reúnen los

requisitos que señalan los Artículos 6 y 7 de los presentes estatutos.

SOCIOS HONORARIOS.

Art. 9.- Son Socios Honorarios, todas aquellas personas a quienes

la Asamblea General por su iniciativa o propuesta de la Junta Directiva,

le concede tal calidad por su mérito personal y relevantes servicios

prestados a la Asociación.

DEBERES Y DERECHOS.

Art. 10.- Son derechos y deberes de los socios.

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-

les.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo

solicite.

d) Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva.

e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de miembros de la Asociación.

f) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General

previa convocatoria escrita.

g) Cumplir con estos Estatutos y obtener los acuerdos y disposi-

ciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que

estén apegados con los fi nes que persigue la Asociación.

Art. 11.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea

General y la Junta Directiva.

ASAMBLEA GENERAL.

Art. 12.- La Asamblea General la constituyen todos los asociados

y las resoluciones se acordarán con el voto de la mitad más uno de los

presentes.

Art. 13.- En las sesiones de la Asamblea General, cada asociado

no podrá representar a más de una persona.

Art. 14.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una

vez cada año; también podrá reunirse extraordinariamente cuando sea

convocada por la Junta Directiva o a solicitud de diez o más miembros

de la Asociación.

Art. 15.- En la Asamblea General se tratarán los asuntos com-

prendidos en la agenda respectiva; y en la extraordinaria los asuntos

comprendidos en la convocatoria.

Art. 16.- La convocatoria para Asamblea General ordinaria o ex-

traordinaria, será mediante aviso escrito, con ocho días de anticipación

la primera, y con cuarenta y ocho horas la segunda, indicándose en ella

la hora, día y lugar en que se han de celebrar.

Art. 17.- Si a la hora señalada, no pudiera celebrarse la sesión por

falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día, una hora después

de la señalada con los asociados que concurran, en este último caso las

decisiones que se tomen serán obligatorias aun para aquellos que no

asistieron.

Art. 18.- Son atribuciones de la Asamblea:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directi-

va.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar el estado fi nanciero

de la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causas justifi cadas a los

miembros de la Junta Directiva y elegir los sustitutos.

d) Retirar la calidad de miembro de la Asociación, a los que

hubieren renunciado, fallecido o perdido la calidad como

asociados.

e) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-

niente.

f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que

sean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y Reglamentos que

se dicten.

h) Aprobar el Plan Anual de Trabajo y sus respectivos Presu-

puestos.

i) Otorgar la calidad de Socios Honorarios.

j) Otorgar la aportación mensual que les corresponde según lo

estipulen los estatutos.

Art. 19.- La Junta Directiva estará integrada por doce miembros

propietarios electos en Asamblea General.

La nominación de los cargos serán los siguientes:

• Presidente/a

• Vice-presidente/a

• Secretario/a

• Prosecretario/a

• Tesorero/a

• Pro-tesorero/a

• Síndico/a

• 4 Vocales.

Los cargos en la Junta Directiva serán Ad-honórem; sin embargo

cuando el asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para

la Asociación, podrá ayudársele con una retribución convencional cuan-

do por el volumen del trabajo y las circunstancias lo ameriten, previo

acuerdos de la Asamblea General.

Art. 20.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos

una vez al mes y extraordinariamente las veces que sea necesario, previa

convocatoria que haga el Presidente o siete de sus miembros.

Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos la mitad

más uno de sus miembros y las resoluciones se tomarán por mayoría de

votos o por consenso. En caso de empate el Presidente o quien haga sus

veces tendrá doble voto.

Art. 21.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

1. Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y pro-

ponerlos ante la Asamblea.

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

2. Determinar juntamente con las Instituciones que colaboran

con el Desarrollo Comunal, el Plan Anual de Trabajo, y el

Presupuesto correspondiente.

3. Organizar las comisiones de trabajo orientando sus acciones

para su mejor desenvolvimiento y funcionamiento.

4. Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias y

extraordinarias.

5. Coordinar con organismos del Estado, Municipalidad y en-

tidades privadas, a la realización de proyectos de desarrollo

de la comunidad.

6. Participar en la investigación, planifi cación, ejecución y

evaluación de programas y proyectos de mejoramiento

comunal.

7. Informar periódicamente a la Asamblea General y a los orga-

nismos que cooperan en el desarrollo local, de las actividades

que se desarrollan en la comunidad.

8. Tomar todas las medidas a fi n de cumplir y aplicar las deci-

siones emanadas de la Asamblea General.

9. Autorizar y controlar los gastos que efectúe la Asociación.

10. Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los

miembros de la Asociación.

11. Resolver a su prudente arbitrio aquellas situaciones no pre-

vistas en estos estatutos, y que demanden inmediatamente

solución, sin violar los principios de la Asociación.

12. Presentar ante la Asamblea General la Memoria Anual de

Actividades.

13. Fomentar el espíritu de servicio, solidaridad y cooperación

mutua entre los vecinos, grupos y entidades representativas

de la comunidad.

14. Nombrar a los suplentes cuando el titular de la directiva esté

ausente o no asista a dos sesiones consecutivas sin causa

justifi cada.

15. Presentar ante la Asamblea General con cinco días de an-

ticipación de cada período administrativo el Plan Anual de

Trabajo y el Presupuesto de Gasto de la Asociación.

FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Art. 22.- El Presidente presidirá las sesiones de Asamblea General

y Junta Directiva; y autorizará la correspondencia que se despache.

Art. 23.- El Vice-presidente colaborará con el Presidente y lo

sustituirá en los casos de ausencia o impedimentos de éste.

Art. 24.- El Secretario de Actas será el órgano de comunicación de

la Asociación; será el encargado de llevar el inventario de los bienes de la

misma; además tendrá a su cargo la elaboración de las actas y resguardo

de los libros de actas de la Asociación; será el encargado de extender

las certifi caciones que le soliciten de la Asociación; y desempeñará las

demás labores que le encomiende la Junta Directiva.

Art. 25.- El Tesorero será el encargado de administrar los fondos y

demás bienes de la Asociación; llevará las cuentas de la misma, para lo

cual llevará los libros de contabilidad necesarios. Se encargará además

de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación, y rendirá

cuenta del estado económico a la Junta Directiva en cada sesión.

Efectuará los pagos de las obligaciones de la Asociación. Los

documentos de egreso serán autorizados por el Secretario y con el visto

bueno del Síndico.

Los fondos de la Asociación serán depositados en una Institución

Bancaria, para lo cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación,

y para el retiro de fondos se requerirá las fi rmas del Tesorero, Síndico

y Presidente, previo acuerdo de la Junta Directiva.

Art. 26.- El Pro-tesorero colaborará con el Tesorero y lo sustituirá

en los casos de ausencia o impedimento de éste.

Art. 27.- El Síndico tendrá la representación judicial y extrajudicial

de la Asociación, otorgará y revocará poderes judiciales y administrativos.

En todo caso necesitará la previa autorización de la Junta Directiva.

El Síndico será el encargado de velar por el estricto cumplimiento

de estos estatutos y demás acuerdos emitidos por la Asamblea General

o la Junta Directiva.

Art. 28.- Los vocales colaborarán con la Junta Directiva, en las

emisiones que según lo necesiten y en los casos que consideren necesa-

rios, además podrán sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva

que faltare.

De entre los Vocales se formará un comité de vigilancia integrado

por tres miembros, que tendrán acceso a todas las gestiones, trabajos, libros

y demás documentos con el objeto de velar por la buena administración

del patrimonio de la misma, aplicado en la consecución de sus fi nes.

Art. 29.- Cada comisión según sea su responsabilidad temática,

elaborará sus planes de trabajo anuales y responderá en la ejecución de

éstos.

Art. 30.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por

un período de tres años, pudiendo ser reelectos para otro período si la

Asamblea General así lo acordare.

DEL PATRIMONIO.

Art. 31.- El Patrimonio de la Institución estará constituido por:

a) Las contribuciones que aporten cada uno de los asociados,

que será un dólar cada mes.

b) Las subvenciones y aportes extraordinarios que provengan

de diferentes fuentes.

c) Los ingresos que se obtengan de cualquier actividad que se

realice para hacer llegar fondos a la Asociación.

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

d) Los bienes muebles e inmuebles que se adquieran a cualquier título y las rentas que se obtengan de la administración de los mismos. Los bienes inmuebles que forman el patrimonio de la Asociación, no podrán ser enajenados o dados en garantía sin la autorización previa de la Asamblea General.

DE LA DISOLUCION.

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION.

Art. 32.- Esta Asociación de Desarrollo Comunal podrá disolverse mediante acuerdos tomados en Asamblea General Extraordinaria, a dicha sesión deberán asistir por lo menos las dos terceras partes de los afi liados.

Art. 33.- Serán causales para disolver esta Asociación, las siguien-tes:

a) Por la disminución de números de sus afi liados en un cin-cuenta por ciento del mínimo establecido por la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal de la Ciudad de San Rafael Oriente y del Código Municipal para su constitución.

b) Por la imposibilidad de realizar los fi nes para los cuales fue constituida.

c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los preceptos lega-les.

d) Cuando desarrolle actividades anárquicas o contrarias a la democracia, orden público, a la moral o a las buenas costum-bres.

Art. 34.- El Acuerdo de Disolución debe tomarse por mayoría absoluta de los afi liados asistentes a la Asamblea, el cual deberá ser comunicado al Registro de las Asociaciones Comunales de la Municipa-lidad, por la Junta Directiva dentro de los diez días siguientes a la fecha en que fue tomado dicho acuerdo, remitiendo además, una certifi cación del acta respectiva.

Art. 35.- Al disolverse la Asociación, deberá integrarse una comi-sión liquidadora que estará integrada por dos delegados municipales y por dos representantes de la Asociación, quienes quedarán electos en la Asamblea General Extraordinaria convocada a efecto de disolución; si no fueran electos se procederá a la liquidación con los dos Delegados Municipales; disponiendo dicha comisión de noventa días para hacer la liquidación.

Art. 36.- La Junta Directiva de la Asociación en proceso de liqui-dación, está obligada a poner a disposición de la comisión liquidadora todos los libros y documentos, y rendir los informes y explicaciones que le solicitan.

Art. 37.- La Comisión Liquidadora, una vez concluido su traba-

jo, remitirá al Concejo Municipal para su aprobación los documentos

pertinentes y un informe detallado de su gestión.

DISPOSICIONES GENERALES.

PROCEDIMIENTOS PARA REMOVER DIRECTIVOS

Y SOCIOS.

Art. 38 .- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados por Acuerdos de la Asamblea General, previa audiencia del interesado, por infracciones a la Ordenanza y estos estatutos.

Además se consideran causales de retiro o expulsión las siguien-tes:

a) Mala conducta del asociado.

b) Promover actividades ajenas a las de la Asociación.

c) Benefi ciarse por medios fraudulentos para sí o para terce-ros.

d) Cometer algún delito o falta grave contra la Asociación.

Art. 39.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva, en Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente o destituidos si el caso lo amerita.

Art. 40.- Para proceder a la suspensión temporal, la Junta nombrará una comisión de dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos y oyendo el informe de la comisión y las razones que exponga en su defensa el supuesto infractor, se resolverá lo conveniente. En el caso del literal c) del Art. 9, será la Asamblea quien acordará lo conve-niente.

Si la Junta Directiva no procede dentro de los diez días de conocida la infracción, conforme ordena el inciso anterior, un número de cinco miembros podrá convocar a Asamblea General, para que ésta nombre la comisión investigadora y resuelva lo procedente.

El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las in-fracciones debe de conocerse sobre la suspensión temporal o destitución de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse de la mayoría de los miembros, los restantes no inicien el procedimiento dentro del plazo señalado en el inciso anterior. En todos los casos, será la Asamblea General la que resolverá, y en la misma sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos.

Art. 41.- De la resolución de la Junta Directiva podrá interponerse el recurso de revisión ante la misma, dentro del tercer día de la notifi ca-ción. De las resoluciones de Asamblea General no se admitirá ningún recurso.

Art. 42.- De las utilidades netas obtenidas por la Asociación se aportará el 5% como fondo de reserva para incrementar el capital ban-cario a nombre de la misma, para lo cual se llevará un libro especial que registrará el aumento o disminución del mismo.

Art. 43.- Las ganancias que se obtuvieron al fi nal de cada ejerci-cio administrativo, podrán ser invertidas en proyectos que apruebe la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

DEL CONTROL Y FISCALIZACIÓN INTERNA Y EXTERNA.

Art. 44.- La Junta Directiva tendrá la obligación de rendir informes

de sus actuaciones cada año a la Asamblea General.

Art. 45.- La Alcaldía Municipal de San Rafael Oriente, podrá

realizar arqueos, a solicitud de por lo menos la tercera parte de los

afi liados, del promotor social o de ofi cio.

Art. 46.- La Alcaldía Municipal podrá auditar las operaciones de

esta Asociación cada año, para llevar control del uso de cualquiera de

los privilegios y excepciones de que goce la Asociación, haciendo las

recomendaciones correctivas que sean necesarias que se orienten en

línea de fortalecer la organización comunitaria.

Art. 47.- En caso de disolución y pagadas que fueren todas las

obligaciones y hubiere un remanente, éste lo pasará a la Junta Directiva

a disposición del Concejo Municipal respectivo, para obras de desarrollo

en la propia comunidad.

Art. 48.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección, la nómina

de la nueva Junta Directiva. Así mismo informará cuando ocurrieren

sustituciones; o cualquier otra información que la municipalidad le

solicitare.

Dentro de los sesenta días posteriores de la elección, la Junta Di-

rectiva deberá presentar al Concejo Municipal su respectivo Plan Anual

de Trabajo.

Art. 49.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE

SAN RAFAEL ORIENTE, CERTIFICA: Que en el Libro de Actas y

Acuerdos Municipales, que esta ofi cina lleva durante el corriente año, se

encuentra la que literalmente dice: ACTA NÚMERO DIECIOCHO: En

Sesión Ordinaria celebrada por la Municipalidad de San Rafael Oriente,

Departamento de San Miguel, a las catorce horas del día tres del mes de

septiembre de dos mil nueve; sesión convocada y presidida por el señor

Alcalde Municipal Ing. Ever Asmel González Garciaguirre, con la asisten-

cia del Síndico Municipal Licenciado Manuel Ascención González Marín,

y de los Regidores Propietarios en su orden del primero al Sexto: señor

José Reynaldo Villegas Iglecias, Licenciada Marleni Elizabeth Portillo

Menjívar, señor José Heriberto Aparicio, señor Gilberto Campos Cañas,

señor José Vidal Saravia y señorita Roxana Carolina Campos González.

Así mismo fueron convocados los Regidores Suplentes en su orden

respectivo Profesora Milagro del Rosario Gómez Gómez de Aparicio,

Bachiller Roberto Carlos Gaitán González, señor José Agapito Medrano

Castro y señorita Wendy Carolina Quintanilla Quintanilla; Secretaria de

actuaciones Licenciada Beris Yasmina Interiano Quintanilla. Abierta la

sesión por el señor Alcalde Municipal inició con la comprobación del

QUÓRUM formal establecido por Ley, posteriormente se dio lectura

al acta anterior, después de haber sido discutida, fue aprobada y en uso

de las facultades legales que confi ere la Constitución de la República

y el Código Municipal, se emiten los siguientes acuerdos municipales.

ACUERDO NÚMERO ONCE (11) Este Concejo de conformidad con

el artículo treinta numeral trece del Código Municipal vigente, vistos

los estatutos de constitución de la Asociación de Desarrollo Comunal,

Caserío El Guanacaste, Barrio San Juan, jurisdicción de San Rafael

Oriente, Departamento de San Miguel, los cuales constan de cuarenta

y nueve artículos y no encontrándose en ellos ninguna disposición

contraria a las leyes de la República, al orden público y las buenas cos-

tumbres, de conformidad con los artículos treinta, numeral veintitrés,

ciento diecinueve y ciento veintiuno del Código Municipal vigente,

acuerda: 1) Otorgar la Personería Jurídica solicitada por la Asociación

de Desarrollo Comunal, Caserío El Guanacaste (ADESCOGUAN) de

esta jurisdicción de San Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, 2)

Aprueba estatutos presentados por la Asociación que consta de cuarenta

y nueve artículos; y 3) Publíquese en el Diario Ofi cial, Certifíquese y

Notifíquese "No habiendo más que hacer constar se termina la presente

que fi rmamos.- E. A. González.- M. A. González.- R V I.- M. Portillo.- J.

H. A. Flores.- G. C. Cañas.- José Vidal Saravia.- R. C. C. G.- Milagro

del Rosario Gómez Gómez.- R C Gaitán.- J. A. M.- W. Quintanilla.- B.

I., Sria. "RUBRICADOS".

Es conforme con su original con el cual se confrontó y para efectos

legales se expide la presente, en la Alcaldía Municipal de la Ciudad de

San Rafael Oriente, a los siete días de septiembre de dos mil nueve.

ING. EVER ASMEL GONZALEZ GARCIAGUIRRE,

ALCALDE MUNICIPAL.

BERIS YASMINA INTERIANO QUINTANILLA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F027746)

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las diez horas treinta minutos de este día, se ha declarado Heredera Defi nitiva y con Benefi cio de Inventario a la señora, ANTONIA DE JESUS SANCHEZ o ANTONIA DE JESUS SANCHEZ LINARES, en calidad de madre del causante señor, SERGIO JAVIER MENJIVAR SANCHEZ, de la herencia intestada dejada a su defunción por dicho causante, quien falleció a las diez horas veinticinco minutos del día veinticinco de septiembre del año dos mil once, en Morgue de Hospital Nacional Zacamil, San Salvador, a consecuencia de destrucción cerebral, debido a trauma Craneoencefálico severo por proyectil disparado por arma de fuego, sin asistencia Médica, hijo de la señora, ANTONIA DE JESUS SANCHEZ o ANTONIA DE JESUS SANCHEZ LINARES, en la calidad al inicio relacionada, siendo San Juan Opico su último domicilio. Confi érase a la declarada heredera en el concepto indicado la administración y representación defi nitivas de la indicada sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad de San Juan Opico del Departamento de La Libertad, a las diez horas treinta y cinco minutos del día veintiocho de febrero del año dos mil catorce.- LICDO. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA.- LICDO. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 307

ACEPTACION DE HERENCIA

LICENCIADA DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas diecisiete minutos del día dieciséis de diciembre de dos mil trece, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las once horas y treinta minutos del día quince de abril de dos mil trece, en Cantón Las Chinamas, Colonia Santa Clara, Ahuachapán, Ahuachapán, su ultimo domicilio, dejó el señor ALBERTO ALONSO ESCALANTE, de parte de la señora CLAUDIA LIZETH HERRERA GARCIA, en calidad de cónyuge sobrevivien-te del causante, de la menor VALERIA ERLINDA ESCALANTE HERRERA, Representada Legalmente por su madre Claudia Lizeth Herrera García, en calidad de hija del causante, y de los menores YURY LISSETTE, RUDY ADALBERTO y KAREN VANNESSA, todos de

apellido ESCALANTE SOTO, Representados Legalmente por su madre

señora Daisy Amanda Soto Santacruz, también en calidad de hijos del

causante; a quienes se ha nombrado interinamente representantes y

administradores de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente, la que ejercerá la menor VALERIA

ERLINDA ESCALANTE HERRERA, por medio de su Representante

Legal señora Claudia Lizeth Herrera García, y los menores YURY

LISSETTE, RUDY ADALBERTO y KAREN VANNESSA, todos de

apellido ESCALANTE SOTO, también por medio de su representante

legal señora Daisy Amanda Soto Santacruz.

Lo que se pone en conocimiento del público, para que los que

se crean con derecho se presenten a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente de la tercera publicación del presente

edicto.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas veinte

minutos del día dieciséis de diciembre de dos mil trece.- LICDA. DANI

BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA.

CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 308-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las doce horas con veinte minutos del día diecisiete de febrero de dos mil

catorce, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada dejada por el causante LAZARO MEJIA UMAÑA,

quien fue de sesenta y cinco años de edad, agricultor, fallecido el día

seis de marzo de dos mil diez, siendo esta ciudad su último domicilio;

de parte de los señores DOROTEA HERNANDEZ DE MEJIA, BLAN-

CA EMMA MEJIA HERNANDEZ, LAZARO ORLANDO MEJIA

HERNANDEZ y MAURICIO ENRIQUE MEJIA HERNANDEZ. Los

expresados aceptantes lo hacen en calidad de CONYUGE SOBREVI-

VIENTE la primera y como HIJOS los demás del mencionado causante;

y se les confi rió a éstos la administración y representación INTERINA

de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la

herencia yacente.

Se cita a las personas que tengan derecho a la herencia a presentarse

a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde

el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las quince horas con

quince minutos del día veintiséis de febrero de dos mil catorce.- LIC.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 309-1

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,

a las catorce horas con treinta minutos del día dieciocho de octubre del

presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por la cau-

sante señora ELISA MARIA MARROQUIN GONZALEZ, ocurrida el

día doce de abril del presente año, en la ciudad de Antiguo Cuscatlán,

lugar de su último domicilio, de parte del señor CARLOS HUMBERTO

SOLORZANO MARROQUIN, en calidad de hijo de la causante; y se

ha conferido al aceptante, la administración y la representación interinas

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce ho-

ras y treinta minutos del día treinta de octubre de dos mil trece.- LIC.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA

VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 310-1

LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO

JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS

DE LEY.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada con Benefi cio de Inventario, iniciadas por la Licenciada LUZ

ELENA COTO DE MARTINEZ, de generales conocidas en las presentes

diligencias, en su calidad de Defensora Pública de los Derechos Reales

y Personales de la Procuraduría General de la República, Representan-

do Judicialmente a la señora MAGDALENA MARTINEZ viuda DE

DURAN, mayor de edad, ama de casa, viuda, del domicilio de esta

ciudad, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: cero doscientos

diez – cero veintiún mil ochenta – ciento siete – cinco, en calidad de

cónyuge; a la niña JENNIFFER STEPHANNIE DURAN MARTINEZ,

de doce años de edad, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número:

cero doscientos diez – doscientos treinta mil setecientos uno – ciento

uno - dos, y al niño CHRISTIAN VLADIMIR DURAN MARTINEZ,

de siete años de edad, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número:

cero doscientos diez – cero veinte mil ochocientos seis – ciento dos - uno,

Representados Legalmente por su madre, señora Magdalena Martínez

viuda de Durán, en calidad de hijos sobrevivientes del causante; en la

sucesión del de cujus, señor CHRISTIAN VLADIMIR DURAN, del

expediente clasifi cado bajo el número de referencia: 01759-13-DV-

2CM1, se ha proveído resolución por este Tribunal, a las quince horas

trece minutos del día veintisiete de febrero de dos mil catorce, mediante

la cual se ha tenido por aceptada interinamente y con Benefi cio de In-

ventario, de parte de la señora MAGDALENA MARTINEZ viuda DE

DURAN, en calidad de cónyuge, la niña JENNIFFER STEPHANNIE

DURAN MARTINEZ y el niño CHRISTIAN VLADIMIR DURAN

MARTINEZ, Representados Legalmente por su madre, señora Mag-

dalena Martínez viuda de Durán, en calidad de hijos sobrevivientes del

causante, respecto de la Herencia Intestada que a su defunción dejara

el causante, señor CHRISTIAN VLADIMIR DURAN, quien fuera de veintinueve años de edad al momento de su deceso, Empleado, Casado, Originario de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, de Nacionalidad Salvadoreña, habiendo fallecido el día veintinueve de marzo de dos mil nueve, hijo de Gloria Elizabeth Durán y de padre desconocido, siendo su último domicilio Santa Ana, Departamento de Santa Ana.

A los aceptantes, señora MAGDALENA MARTINEZ viuda DE DURAN, niña JENNIFFER STEPHANNIE DURAN MARTINEZ y niño CHRISTIAN VLADIMIR DURAN MARTINEZ, Representados Legalmente por su madre, señora Magdalena Martínez viuda de Durán, se les confi ere INTERINAMENTE la Administración y Representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Juzgado a deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, Santa Ana, a las quince horas cincuenta minutos del día veintisiete de febrero de dos mil catorce.- LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-CANTIL, SANTA ANA.- LIC. JAIME MANUEL BENITEZ BAÑOS, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 311-1

AVISO DE INSCRIPCION

EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA.

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, Tomo número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y SERVICIOS MULTIPLES "MUJERES EMPRENDEDORAS DE OZATLAN" DE RESPONSA-BILIDAD LIMITADA. QUE SE ABREVIA "ACOPASMOZ" DE R.L., con domicilio en el municipio de Ozatlán, departamento de Usulután, obtuvo su personalidad jurídica el día tres de febrero de dos mil catorce, y fue inscrita en el libro ciento diecisiete del Registro que esta Ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación: Dos mil ciento trece del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial por una sola vez el asiento de inscripción correspondiente.

Santa Tecla, a los seis días del mes de marzo de dos mil catorce.

LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR,

JEFE DEL DEPARTAMENTO.

Of. 1 v. No. 312

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASOCIACIO-

NES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

Y GANADERIA.

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento esta-

blecido en el Decreto Legislativo Número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, Tomo

número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil nove-

cientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA ASOCIACION COOPERATIVA DE PRODUCCION

AGROPECUARIA Y SERVICIOS MULTIPLES "NUEVO TEPETI-

TAN" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA

"ACOPASMUNTE" DE R.L., con domicilio en el municipio de Tepetitán,

departamento de San Vicente, obtuvo su personalidad jurídica el día

diecinueve de febrero de dos mil catorce, y fue inscrita en el libro ciento

dieciocho del Registro que esta Ofi cina lleva bajo la siguiente codifi ca-

ción: Dos mil novecientos veinte del Sector No Reformado. Por lo que

CONSIDERA: Publicar en el Diario Ofi cial por una sola vez el asiento

de inscripción correspondiente.

Santa Tecla, a los trece días del mes de marzo de dos mil cator-

ce.

NOTIFIQUESE.

LIC. FERNANDO MIGUEL FARRAR,

JEFE DEL DEPARTAMENTO.

Of. 1 v. No. 313

MUERTE PRESUNTA

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó la señora NI-

COLASA POLANCO DE RIVERA de cuarenta y tres años de edad,

de Ofi cios Domésticos, de este domicilio a iniciar DILIGENCIAS

DE MUERTE PRESUNTA por DESAPARECIMIENTO del señor

SANTIAGO POLANCO, quien era de dieciséis años de edad, tuvo su

último domicilio en Cantón San Antonio La Junta, Caserío La Bolsa de

esta comprensión territorial, sin saber su paradero desde el año de mil

novecientos ochenta y uno.- Y habiéndose llenado los requisitos legales

en las presentes diligencias, por resolución de Fs.16 de las quince horas

con cinco minutos del día seis de febrero del corriente año se ordenó

citar por tercera vez al referido señor; esto para que acuda de ser posible,

a manifestarse respecto de las diligencias que están siendo promovidas,

conforme a lo regulado en el Art. 80 numeral 2° C.C..-

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas cinco

minutos del día veintiséis de febrero de dos mil catorce.- LIC. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 314

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se presentó la señora NICO-

LASA POLANCO DE RIVERA, de cuarenta y tres años de edad, ofi cios

domésticos y de este domicilio; a iniciar Diligencias de Muerte Presunta

por desaparecimiento del señor ANDRES ABELINO POLANCO, quien

era de cincuenta y nueve años de edad, casado, agricultor pequeño, tuvo

su último domicilio en esta ciudad, sin saber su paradero desde el año

de mil novecientos ochenta y uno.- Y habiéndose llenado los requisitos

legales en las presentes diligencias, por resolución de Fs. 20 de las doce

horas con treinta minutos del día veintiocho de enero del dos mil catorce,

se ordenó citar por tercera vez al referido señor; esto para que acuda de

ser posible, a manifestarse respecto de las diligencias que están siendo

promovidas, conforme a lo regulado en el Art. 80 No. 2°. C. C.

Lo que se hace del conocimiento para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las doce horas con

cuarenta minutos del día diez de febrero del dos mil catorce.- LIC. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 315

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día

seis de Diciembre del año dos mil trece, se ha ordenado CITAR POR

TRES VECES en el Diario Ofi cial, con intervalo de cuatro meses en

cada dos publicaciones, al señor JOSE ROGELIO LEMUS, mayor de

edad, jornalero, del domicilio del Cantón Dos Quebradas, jurisdicción de

San Vicente, departamento de San Vicente, quien nació en el municipio

de San Gerardo, departamento de San Miguel, el día cinco de octubre

de mil novecientos cincuenta y tres, siendo hijo de Antonia Lemus y de

José Rogelio Orellana. Art. 80 Ordinal 2° C. C.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los seis días del mes de di-

ciembre del año dos mil trece.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 316

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO

JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada con Benefi cio de Inventario, iniciadas por la Licenciada LUZ

ELENA COTO DE MARTÍNEZ, de generales conocidas en las presentes

diligencias, en su calidad de Defensora Pública de los Derechos Reales

y Personales de la Procuraduría General de la República, Representando

Judicialmente a la señora MARGARITA MARTÍNEZ PÉREZ, mayor de

edad, doméstica, del domicilio de Juayúa, Departamento de Sonsonate,

con Documento Único de Identidad número: cero cero setecientos cinco

mil trece - siete, y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: cero

doscientos diez - ciento diez mil cuatrocientos cincuenta y nueve - ciento

seis - ocho, en calidad de madre sobreviviente; a la niña MARGARITA

GUADALUPE CRUZ PORTILLO, de cinco años de edad, con Tarjeta de

Identifi cación Tributaria número: cero doscientos diez -ciento cincuenta

mil novecientos ocho - ciento uno - seis, Representada Legalmente por

su madre, señora MARÍA MERCEDES PORTILLO, mayor de edad,

empleada, de este domicilio, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria

número: cero doscientos dieciséis – doscientos cuarenta mil novecientos

sesenta y seis – ciento uno - dos; y al niño LUIS FERNANDO CRUZ

GARCÍA, de ochos años de edad, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria

número: cero doscientos diez – cien mil setecientos cinco –ciento

dos – cuatro, Representado Legalmente por su madre, señora Yolanda

García Lue, mayor de edad, doméstica, de este domicilio, con Tarjeta

de Identifi cación Tributaria número: cero trescientos ocho – trescientos

mil ochocientos ochenta y tres – ciento ocho – ocho, en calidad de hijos

sobrevivientes del causante; en la sucesión del de cujus, señor CAR-

LOS RAFAEL CRUZ MARTÍNEZ, del expediente clasifi cado bajo el

número de referencia: 01784-13-DV-2CM1, se ha proveído resolución

por este tribunal, a las diez horas trece minutos del día veintisiete de

febrero de dos mil catorce, mediante la cual se ha tenido por aceptada

interinamente y con Benefi cio de Inventario, de parte de la señora MAR-

GARITA MARTÍNEZ PÉREZ, en calidad de madre sobreviviente; la

niña MARGARITA GUADALUPE CRUZ PORTILLO, Representada

Legalmente por su madre, señora María Mercedes Portillo; y el niño

LUIS FERNANDO CRUZ GARCÍA, Representado Legalmente por su

madre, señora Yolanda García Lue, en calidad de hijos sobrevivientes

del causante, respecto de la Herencia Intestada que a su defunción dejara

el causante, señor CARLOS RAFAEL CRUZ MARTÍNEZ, quien fuera

de veintiocho años de edad al momento de su deceso, empleado, soltero,

originario de Juayúa, Departamento de Sonsonate, de Nacionalidad

Salvadoreña, habiendo fallecido el día veintisiete de junio de dos mil

once, hijo de Rafael Cruz López y Margarita Martínez Pérez, siendo su

último domicilio Santa Ana, Departamento de Santa Ana.

A los aceptantes, señora MARGARITA MARTÍNEZ PÉREZ;

niña MARGARITA GUADALUPE CRUZ PORTILLO, Representada

Legalmente por su madre, señora María Mercedes Portillo; y niño

LUIS FERNANDO CRUZ GARCÍA, Representado Legalmente por su

madre, señora Yolanda García Lue, se les confi ere INTERINAMENTE

la Administración y Representación de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que

se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Juzgado a deducirlo

dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de

este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-

CANTIL, Santa Ana, a las doce horas tres minutos del día veintisiete de

febrero de dos mil catorce. LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE

AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SANTA

ANA. LIC. JAIME MANUEL BENÍTEZ BAÑOS, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 296-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta mi-

nutos del día dieciocho de Diciembre del corriente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la menor

NAYELI SHELLDY JIMÉNEZ AYALA, menor de edad, del domicilio

de esta ciudad, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor

JOSÉ ÁNGEL QUINTANILLA PINEDA conocido por SALVADOR

AMÍLCAR JIMÉNEZ JIMÉNEZ, quien fue de veintiún años de edad,

soltero, estudiante, salvadoreño, con Documento único de Identidad

número cero cuatro millones cuatrocientos veintiocho mil setecientos

setenta-nueve y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número un mil diez-

doscientos treinta mil trescientos noventa y uno-ciento uno-cero, fallecido

el día uno de marzo del año dos mil trece, en el Hospital General del

Seguro Social, de la ciudad de San Salvador, siendo el lugar de su último

domicilio la ciudad de San Vicente, de este departamento, en concepto

de hija del causante y se ha nombrado a la aceptante administradora y

representante interina de la sucesión con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerlas por medio de

su representante legal señora MILAGRO DE LOS ÁNGELES AYALA

VENTURA, hasta cumplir la mayoría de edad.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dieciocho

días del mes de diciembre del año dos mil trece. DRA. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 297-2

TÍTULO SUPLETORIO

LA LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS,

JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CIUDAD BARRIOS,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda.

ANA ROXANA CAMPOS DE PONCE, mayor de edad, Abogada,

del domicilio de San Salvador, Departamento del mismo nombre, en el

carácter de Agente Auxiliar del señor Fiscal General de la República;

solicitando Diligencias de TITULO SUPLETORIO, a favor del Estado de

El Salvador, en el ramo de Educación; sobre un inmueble de naturaleza

rústica, donde funciona el Centro Escolar "Caserío La Zuncuya, Cantón

Cucuruchos," ubicado en el Llano de la Zuncuya del Cantón Cucuruchos,

jurisdicción de Nuevo Edén de San Juan, Departamento de San Miguel;

de la capacidad superfi cial de CUATROCIENTOS CUARENTA Y

UNO PUNTO CERO NUEVE METROS CUADRADOS, equivalen-

tes a SEISCIENTOS TREINTA PUNTO SETENTA Y SEIS VARAS

CUADRADAS, de las medidas y linderos siguiente: LADO NORTE:

Compuesto por un tramo así: Mojón uno al mojón dos con una distancia

de veinte punto cincuenta y cinco metros y rumbo Sur Ochenta y seis

grados once minutos diecisiete segundos Este, colindando el tramo con

Porfi rio Díaz Vásquez y Leonor Ordóñez.- LADO ORIENTE: compuesto

por un tramo así: Mojón dos al mojón tres con una distancia de veintiuno

punto diez metros y rumbo Sur trece grados diez minutos veintidós se-

gundos Oeste, colindando el tramo con Porfi rio Díaz Vásquez.- LADO

SUR: Compuesto por un tramo así: Mojón tres al mojón cuatro, con una

distancia de veintiuno punto ochenta y un metros y rumbo Norte ochenta

y seis grados quince minutos cuarenta y un segundos Oeste, colindando

por este tramo con Cristian Díaz.- LADO PONIENTE: Compuesto por

un tramo así: Mojón cuatro al mojón cinco, con un distancia de veintiuno

punto treinta y siete metros y rumbo Norte dieciséis grados veintinueve

minutos cuarenta y seis segundos Este, colindando el tramo con Rubén

Vigil.- Dicho inmueble fue adquirido por el Estado y Gobierno de El

Salvador en el Ramo de Educación, mediante DONACIÓN Irrevocable

de la Posesión que hiciera el señor PORFIRIO DIAZ VASQUEZ, según

Testimonio de Escritura Matriz otorgada ante los ofi cios de la Notario

ANA CECILIA MAYORGA MIRANDA, el día treinta de septiembre del

año dos mil trece; y lo valúa en la cantidad de CINCO MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIU-

DAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las catorce

horas y veintidós minutos del día veinte de febrero del año dos mil

catorce. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. EDWIN BLADIMIR PORTILLO

ZULETA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 298-2

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

LICENCIADA MAURA YANETT MORÁN CASTANEDA, JUEZA

DE LO CIVIL SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cincuenta

minutos del día cuatro de marzo de dos mil catorce, se ha declarado

HEREDEROS DEFINITIVOS ab-intestato con benefi cio de inventario

a los señores VERÓNICA ESTELA RENDÓN AGUILAR y JOSÉ

LEONARDO RENDÓN AGUILAR, en su calidad de hijos de la cau-

sante y como cesionarios del derecho que en la Sucesión le corresponde

a la señora IRMA AGUILAR DE CAMPOS, en calidad de madre de

la causante señora VILMA ESTELA AGUILAR, fallecida a las veinte

horas del día trece de marzo de dos mil trece, en Cantón Llano del Es-

pino, Colonia Un Rancho y Un Lucero, de esta ciudad y departamento,

siendo su último domicilio el de esta ciudad.

Y se ha conferido defi nitivamente a los herederos declarados la

administración y representación de la Sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas cincuenta

y dos minutos del día cuatro de marzo del dos mil catorce.- LICDA.

MAURA YANETT MORÁN CASTANEDA, JUEZA DE LO CIVIL

SUPLENTE.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE,

SECRETARIA.

1 v. No. C000063

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO

DE LA UNION, al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las quince horas y

quince minutos del día cinco de febrero del corriente año, se le declaró

heredera expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia

intestada que al fallecer a las cuatro horas y quince minutos del día

veinticuatro de mayo del año dos mil trece, en el Barrio Las Flores de

la ciudad de Anamorós, de este Distrito, Departamento de La Unión,

su último domicilio dejó el causante Luis Fredis Ventura o Luis Fredy

Ventura, de parte de la señora Irma Marisela Flores de Ventura o Irma

Marisela Flores o Irma Flores o Irma Maricela Flores, en concepto de

cónyuge sobreviviente del referido causante, de conformidad con el

artículo 988 numeral 1° C.C. y en concepto de cesionaria de los derechos

hereditarios que en la referida Sucesión les correspondían a los señores

Luis Fredis Ventura Flores, Rosenda Merary Ventura Flores, Victoria

Mericela Ventura Flores, Yesica Yasmín Ventura Flores, y Josué Esaú

Ventura Flores, en calidad de hijos sobrevivientes del causante antes

mencionado, de conformidad con el Artículo 1699 C.C.

Se le confi ere a la heredera declarada en el carácter dicho la admi-

nistración y representación DEFINITIVA de los bienes de la indicada

Sucesión.

Dése el aviso de Ley y Oportunamente extiéndase la Certifi cación

correspondiente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, Departamento

de La Unión, a los diez días del mes febrero de dos mil catorce.- LIC.

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

1 v. No. C000070

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVIS A: Que por resolución proveída a las nueve horas y diez mi-

nutos de este día las señoras MARIA CRISTINA MEJIA DE VENTURA

y REINA ISABEL MEJIA CANALES, han sido declaradas herederas

defi nitivas con benefi cio de inventario en la herencia intestada que dejó

el señor José Dimas Canales Ventura o José Dimas Ventura Canales,

quien falleció el día ocho de julio del dos mil doce, en el Cantón El

Ciprés, Colonia Buena Vista, Jurisdicción de Conchagua, Distrito y

Departamento de La Unión, siendo ese lugar, su último domicilio, la

primera en calidad de cónyuge, y la segunda como hija del causante.

Y se les ha conferido a las herederas mencionadas en la calidad

dicha la administración y representación defi nitiva de la Sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los seis días del mes

de enero de dos mil catorce.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.

1 v. No. C000071

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

LICDA. ALICIA JEANNETTE ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA

PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE, DE SAN FRAN-

CISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN.

AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las

catorce horas de este día, se ha DECLARADO HEREDERO DEFI-

NITIVO Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, al señor FREDY

ANTONIO FERRUFINO SALAMANCA, de cuarenta y tres años de

edad, Empleado, del domicilio de Freeport, Condado de Nassau, Estado

de Nueva York, de los Estados Unidos de América, con Documento

Único de Identidad número 04199259-1; y Tarjeta de Identifi cación

Tributariamente Número 1304-060270-102-4; de la herencia que en

forma intestada dejó el causante FREDY ARTURO FERRUFINO FLO-

RES, quien fue de cincuenta y siete años de edad, casado, Comerciante

en Pequeño, originario y del domicilio de Chilanga, Departamento de

Morazán, hijo de Eduardo Ferrufi no y Carmela Flores; quien falleció a

las nueve horas del día veintiocho de diciembre del año dos mil siete, a

consecuencia de un Infarto Agudo de Miocardio sin asistencia médica;

en el Barrio El Calvario de la ciudad de Chilanga, departamento de

Morazán; siendo ese lugar su último domicilio; en concepto de hijo del

referido causante.

Se ha conferido al referido aceptante en la calidad expresada, la

administración y representación DEFINITIVA de dicha Sucesión, con

las facultades y restricciones de Ley.

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,

departamento de Morazán, a las catorce horas y cinco minutos del día

doce de marzo de dos mil catorce.- LICDA. ALICIA JEANNETTE

ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA PRIMERO DE PRIMERA

INSTANCIA SUPLENTE.- LICDA. YESENIA ROSIBEL VILLATORO

DE ZUNIGA, SECRETARIA.

1 v. No. C000076

RAUL EDUARDO BENITEZ DENIS, Notario, de este domicilio, con

Ofi cina establecida en Avenida San Lorenzo, Número ciento trece, local

cuatro, Segunda Planta, Colonia El Refugio, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

en esta ciudad, a las once horas de este mismo día; ha sido declarado

heredero defi nitivo con benefi cio de inventario, de los bienes que a su

defunción dejó la señora MARIA ALICE DENYS GOMEZ, conocida por

MARIA ALICIA DENYS, MARIA ALICE GOMEZ, MARIA ALICIA

DENYS DE MUNGUIA, MARIA ALICIA DENYS, MARINA ELA

DENYS, MARIA ALICIA MUNGUIA, ALICIA DENYS DE MUN-

GUIA y por MARIA ALICE DENYS DE MUNGUIA, quien falleció en

la ciudad de Portland, Estado de Oregon, Estados Unidos de América,

lugar de su último domicilio, el día veintiséis de abril del año en curso,

a la edad de setenta y siete años, quien fuera ama de casa, Divorciada,

originaria de la ciudad y Departamento de Usulután, de nacionalidad

Salvadoreña, con Documento Único de Identidad Número cero dos siete

ocho cinco cero dos dos-dos, y Número de Identifi cación Tributaria un

mil ciento veintitrés-dos dos cero siete tres cinco-cero cero uno-siete;

hija de los señores Raúl Eugenio Denys, conocido por Eugenio Denys

y por Raúl Eugenio Joya y Concepción Gómez, ambos ya fallecidos;

al señor ALBERTO ENRIQUE MUNGUIA o ALBERTO ENRIQUE

MUNGUIA DENYS, quien es de cincuenta y un años de edad, Empleado,

originario de los Estados Unidos de Norte América, del domicilio de

la ciudad de Portland, Estado de Oregon, Estados Unidos de América,

con Pasaporte de los Estados Unidos de América, número DOS UNO

DOS UNO NUEVE SEIS SIETE OCHO UNO, extendido por el Centro

Nacional de Pasaportes en dicho país, el día uno de diciembre del dos

mil cuatro, con fecha de vencimiento el día treinta de noviembre del

dos mil catorce; con Número de Identifi cación Tributaria nueve mil

cuatrocientos cincuenta-uno cinco cero seis seis dos-ciento uno-nueve;

en su calidad de hijo de la referida causante.

Habiéndosele conferido en tal carácter, la administración y repre-

sentación defi nitiva de la Sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en las Ofi cinas del Notario Raúl Eduardo Benítez Denis,

San Salvador, a los veinte días del mes de diciembre del dos mil trece.

RAUL EDUARDO BENITEZ DENIS,

NOTARIO.

1 v. No. C000081

MARIA DEL CARMEN ELIAS CAMPOS, Notaria, de esta domicilio,

con Ofi cina ubicada en Condominios Tequendama, Edifi cio Diez, Local

Tres, sobre Veintiuna Avenida Norte, Colonia Layco, de esta Ciudad.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las dieciséis horas del día doce de marzo del dos mil catorce, se ha

declarado al señor GUILLERMO ERNESTO INTERIANO RAMIREZ,

Heredero Defi nitivo y con benefi cio de inventario en su carácter de HIJO

DEL CAUSANTE y cesionario del derecho que le correspondía a la

señora ROSA GUILLERMINA RAMIREZ DE INTERIANO, en su

calidad de esposa, da la Sucesión intestada que a su defunción dejara el

señor NEMESIO ERNESTO INTERIANO QUINTANILLA, también

conocido por NEMECIO ERNESTO INTERIANO QUINTANILLA,

ocurrida a las trece horas con diez minutos del día dos de diciembre de

dos mil cinco, en la ciudad de Victorville, Condado de San Bernardino,

Estado de California, Estados Unidos de América, siendo su último

domicilio la Ciudad de Santa Tecla, departamento de La Libertad.

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

En consecuencia confi érase el heredero declarado, la ADMINIS-

TRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la Sucesión.

Protocolícese la resolución correspondiente.

Librado en la Ofi cina de la Notaria MARIA DEL CARMEN ELIAS

CAMPOS, en la ciudad de San Salvador, a los trece días del mes de

marzo de dos mil catorce.

MARIA DEL CARMEN ELIAS CAMPOS,

NOTARIO.

1 v. No. C000083

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal, de las

diez horas y veintitrés minutos del día catorce de febrero del corriente año,

se ha declarado heredera en forma defi nitiva con benefi cio de inventario,

de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante EUSEBIO

DIAZ CHEVES, al señor RIGOBERTO EUSEBIO PORTILLO, de

cincuenta y cuatro años de edad, Ganadero, del domicilio de Osicala,

Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número

cero un millón cuarenta y cuatro mil ciento cincuenta y ocho guión tres,

y Número de Identifi cación Tributaria Un mil doscientos quince guión

doscientos mil quinientos cincuenta y nueve guión cero cero uno guión

ocho; como Cesionario del derecho que le correspondía a la señora

LUCIA DIAZ CHEVEZ, ésta en calidad de hermana del mencionado

causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de noventa años de

edad, Comerciante, originario de Osicala, Departamento de Morazán;

hijo de los señores Marcelino Díaz y Gregoria Chéves; falleció a las

dieciocho horas del día veintidós de diciembre de dos mil doce, en el

Barrio El Centro de la ciudad de Osicala; siendo esta misma ciudad de

Osicala, lugar de su último domicilio.

Se le confi rió al heredero declarado antes mencionado y en la

forma establecida, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION

DEFINITIVA de la Sucesión.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Morazán; a las nueve horas y cincuenta y cuatro minutos del

día dieciocho de febrero de dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO

GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO,

SECRETARIA.

1 v. No. F027667

DINA LUZ FIGUEROA ARTEAGA, Notario, de este domicilio, con

Ofi cina en Primera Calle Poniente y Trece Avenida Norte, ciento cuarenta

y tres, segunda planta, local cuatro, San Salvador, teléfono 2221-3159

y 2221-0959.

AVISA: Que por resolución proveída por la suscrita Notario, en

esta ciudad, el día veintiséis de febrero del dos mil catorce, se ha tenido

por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia testa-

mentaria que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Miguel, el día

veinticuatro de diciembre del dos mil once, dejó el señor WENCESLAO

BENAVIDES, quien al momento de su fallecimiento era de ochenta y

dos años de edad, pensionado, del domicilio de San Miguel, su último

domicilio, a la señora Jilma Dinora Benavides Majano, conocida por

Gilma Benavides Majano y Gilma Majano Benavides, en el concepto

de HEREDERA TESTAMENTARIA.

Y se le ha conferido a la aceptante, la administración y represen-

tación defi nitiva de la sucesión.

San Salvador, once de marzo del dos mil catorce.

LICDA. DINA LUZ FIGUEROA ARTEAGA,

NOTARIO.

1 v. No. F027691

TANIA MARGARITA VARGAS LEONOR, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina situada en Quince Calle Poniente, Edifi cio Santa Fe, Local

Veintidós, Segundo Nivel, Centro de Gobierno, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las quince horas del día tres de marzo de dos mil catorce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

testada que a su defunción dejara el señor JOSÉ ABRAHAM SACA

RAFIDI, conocido también como JOSÉ ABRAHAM SACA, quien fue

de ochenta y ocho años de edad, Comerciante, de este domicilio, con

Cédula de Identidad Personal uno-uno-cero setenta y dos mil cuatrocientos

cuarenta y uno, y con Número de Identifi cación Tributaria nueve cinco

dos ocho-dos tres cero uno cero seis-cero cero uno-cuatro; ocurrida a las

seis horas del día dieciséis de junio de mil novecientos noventa y cuatro,

en Paseo General Escalón, Setenta y Nueve Avenida Sur, número cuatro

mil ciento cinco, de esta Ciudad, siendo éste su último domicilio; de

parte del señor OSCAR HERIBERTO SACA SACA, de ochenta años

de edad, Comerciante, de este domicilio, con Documento Único de

Identidad número cero cero siete nueve cinco siete uno ocho-cinco; y con

Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos siete-doscientos

cincuenta mil quinientos treinta y tres-cero cero uno-cero, en concepto

heredero testamentario del causante y en consecuencia.

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

Confi érasele al aceptante la administración y representación defi -

nitiva de la referida Sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el día seis de marzo de dos mil cator-

ce.

TANIA MARGARITA VARGAS LEONOR,

NOTARIO.

1 v. No. F027698

JOSÉ HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las once horas y cincuenta minutos

del día diecinueve de septiembre del presente año, se ha declarado HE-

REDERA DEFINITIVA y con benefi cio de inventario en la HERENCIA

INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante SANTOS

MARGARITA MEJÍA DE TABLAS o SANTOS MARGARITA MEJÍA

PEÑA, quien falleció a las diecinueve horas y cuarenta minutos del día

diecinueve de diciembre de dos mil diez, en Hospital Médico Quirúrgico

del Seguro Social, siendo Mejicanos su último domicilio, a las señoras

EMILIA MARÍA GALLEGOS MEJÍA, SARA MARÍA TABLAS

MEJÍA y de la niña LAURA MARÍA TABLAS MEJIA, representada

legalmente por su padre Jorge Armando Tablas Figueroa; las últimas

dos como hijas y la primera en calidad de Cesionaria de los Derechos

Hereditarios que como cónyuge sobreviviente e hija de la causante les

correspondían por su orden a Jessica Margarita Abigail Tablas Mejía,

hoy de Guifarro y Jorge Armando Tablas Figueroa.

Confi riéndose a las herederas declaradas en el carácter antes indicado

la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la

Sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas

cincuenta y cinco minutos del día diecinueve de septiembre de dos mil

trece.- LIC. JOSE HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNÁNDEZ, SECRETARIA

JUDICIAL.

1 v. No. F027700

CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las quince

horas veinticinco minutos del día tres de marzo de dos mil catorce, se

han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO,

con benefi cio de inventario a los señores ROSA ARACELY SÁNCHEZ

TORRES y FREDY ALFONSO FLORES, ambos en su concepto de

padres del causante señor MARLON OLIVER FLORES SÁNCHEZ,

quien fue de treinta y cuatro años de edad, Abogado, soltero, fallecido a

las catorce horas treinta minutos del día veintiuno de agosto de dos mil

trece, en el Hospital Regional del Instituto Salvadoreño del Seguro Social

de Santa Ana, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa.

A quienes se les ha conferido la administración y representación

DEFINITIVA de la Sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las quince horas

doce minutos del día cinco de marzo de dos mil catorce.- LIC. CARLOS

JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. HENRY

OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F027715

ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, Juez

de lo Civil Interino de este Distrito Judicial.

AVISA: Que este día ha declarado a MARIA CELIA RIVAS

GAMEZ, con DUI 02723498-9, NIT 0819-200555-101-9, y MARIA

ELIDA RIVAS DE ECHEGOYEN o MARIA ELIDA RIVAS GAMEZ,

con DUI 00380106-5, y NIT 0819-060250-101-1, herederas intestadas

con benefi cio de inventario de los bienes dejados por el señor EFRAIN

RIVAS FLORES, que falleció el día veinte de mayo de dos mil seis, en

el Cantón Amulunco, Jurisdicción de Santiago Nonualco, Departamento

de La Paz, su último domicilio, en concepto de hijas del causante.

Y se ha conferido a las herederas que se declaran la administración

y representación defi nitivas de la Sucesión, juntamente con el heredero

ya declarado señor JOSE VITELIO RIVAS GAMEZ o JOSE VITELIO

RIVAS, hijo también del fi nado.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinte de febrero de dos

mil catorce.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA

GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTO.- JORGE ALBERTO

RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F027763

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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL

SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las diez horas del día treinta y uno

de enero del corriente año, han sido declarados herederos abintestatos

con benefi cio de inventario de la herencia dejada por el señor JOSÉ

NELSON CHINQUE HERNÁNDEZ, fallecido el día ocho de junio del

dos mil once, en esta ciudad, siendo éste el lugar de su último domici-

lio, a los señores ELBA LUZ COLOCHO DE CHINQUE, NELSON

ALEXANDER CHINQUE COLOCHO y MARÍA DEL CARMEN

HERNÁNDEZ VIUDA DE CHINQUE, la primera en concepto de

cónyuge sobreviviente, el segundo como hijo y la tercera como madre

del mencionado causante.

Y se ha conferido a los herederos declarados la administración y

representación defi nitiva de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas cuarenta

minutos del día treinta y uno de enero del dos mil catorce. LIC. LUIS

ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL, SUPLENTE.

LICDA. CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRE-

TARIA.

1 v. No. F027770

LA INFRASCRITA JUEZ TRES SUPLENTE DEL JUZGADO

PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, al

público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada, a las nueve

horas y quince minutos del día veinticuatro de febrero del año dos mil

catorce; se ha declarado la Administración y Representación defi nitiva

de la sucesión de la causante señora ROSA HASBÚN DE AHUAT o

ROSA HASBÚN, quien al momento de fallecer era de setenta y siete

años de edad, casada, originaria de Ahuachapán, siendo su último domi-

cilio Barrio Santa Lucía, Avenida Las Flores, Número Ciento Treinta y

Seis-B, de la Ciudad y Departamento de San Salvador, de nacionalidad

Salvadoreña, hija de Cristina Och y de Julio Aguat, falleció el día cinco

de octubre del año dos mil diez, en Lotifi cación San Pedro, Polígono

B, Lote Catorce y Quince, Santa Rosa, Departamento de La Libertad, a

consecuencia de Neumonía; de parte de las señoras ROSA DEL CARMEN

AHUATH HASBUM conocida por ROSA DEL CARMEN HASBUM

HASBUM; aproximadamente de cincuenta años de edad, ama de casa,

de domicilio y Departamento de San Salvador, con Documento Único

de Identidad número cero dos nueve cinco tres nueve dos nueve-seis;

y Número de Identifi cación Tributaria cero seis cero dos-uno siete uno

dos seis uno-uno cero uno-tres; y EMILIA DE LA PAZ AHUATH DE

ALFARO; aproximadamente de cincuenta y cuatro años de edad, de

domicilio y Departamento de San Salvador, con Documento Único de

Identidad número cero cero nueve tres cero ocho cuatro nueve-siete,

con Número de Identifi cación Tributaria cero dos uno cero-dos siete

cero cinco cinco siete-uno cero uno-cero; en su calidad de hijas de

la causante y con benefi cio de inventario en la sucesión de su madre

ROSA HASBÚN DE AHUAT o ROSA HASBÚN, confi riéndosele a

las aceptantes la administración y representación DEFINITIVA de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

Intestada. Representadas las aceptantes en esta Diligencia por la Licen-

ciada DORA ALICIA SERVANDO DE GUARDADO con Número de

Identifi cación Tributaria cero trescientos quince-doscientos cincuenta

mil ciento sesenta-ciento uno-ocho; en su calidad de Apoderada de las

señoras ROSA DEL CARMEN AHUATH HASBUM conocida por

ROSA DEL CARMEN HASBUM HASBUM, EMILIA DE LA PAZ

AHUATH DE ALFARO. Publíquese el edicto de Ley.

Lo que hace saber al público en general.

JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, San

Salvador, a las diez horas del día veinticuatro de febrero del año dos

mil catorce. LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES,

JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SUPLENTE(J3).

LICDA. TERESA DE JESÚS VÁSQUEZ VÁSQUEZ, SECRETA-

RIA.

1 v. No. F027774

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las catorce horas

del día doce de febrero del corriente año. Se le declaro heredero expre-

samente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al

fallecer a las cinco horas del día diecinueve de septiembre del año de

mil novecientos cincuenta y cuatro, en el Cantón Pasaquinita, de esta

jurisdicción y distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio,

dejó el causante Gregorio Sorto, de parte del señor Antonio Virgilio Sorto,

por derecho de transmisión que en la referida sucesión le correspondían a

la difunta madre señora Aleja Sorto, quien a su vez era hija del causante

antes mencionado, de conformidad con el artículo 963 C.c.

Se le confi ere al heredero declarado en el carácter dicho la admi-

nistración y representación DEFINITIVA de los bienes de la indicada

sucesión. Dése el aviso de Ley y Oportunamente extiéndase la Certifi -

cación correspondiente.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Depar-

tamento de La Unión, a los catorce días del mes de febrero de dos mil

catorce. LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F027803

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las diez horas y cincuenta y cinco

minutos de este día, se ha declarado herederos defi nitivos con benefi -

cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor AGUSTÍN

ALVARENGA o AGUSTÍN ALVARENGA LÓPEZ, quien falleció

el día once de febrero de mil novecientos noventa y siete; en el Cantón

Barahona, Jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, sien-

do ese lugar su último domicilio; a los señores JOSÉ DARÍO LÓPEZ

ALVARENGA, FAUSTINO LÓPEZ ALVARENGA, y JUAN AGUS-

TÍN ALVARENGA LÓPEZ, en calidad de hijos del causante.

Y se les ha conferido a los herederos declarados, en la calidad antes

dicha, la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los catorce días

del mes de enero del dos mil catorce. LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. BR. JORGE ALBERTO

PÉREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F027804

LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

AVISA: Que por resolución de las catorce horas del día siete de

marzo de dos mil catorce, se ha declarado HEREDEROS DEFINITIVOS

con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción

dejó el causante señor OSCAR MAJANO GONZÁLEZ, conocido por

JOSÉ OSCAR MAJANO y por OSCAR MAJANO; quien fue de cua-

renta y cinco años de edad, agricultor en pequeño, siendo esta ciudad

el lugar de su último domicilio, fallecido el día diecisiete de febrero

de mil novecientos ochenta y uno; a los señores ELISEO MAJANO

RODRÍGUEZ; RENÉ MAJANO ÁLVAREZ; ARISTIDES ANTONIO

MAJANO ÁLVAREZ; y MARÍA DE LOS ÁNGELES MAJANO DE

ÁLVAREZ; como hijos sobrevivientes del causante. Confi riéndose a

los aceptantes la administración y representación DEFINITIVA de la

sucesión.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las catorce horas cinco

minutos del día siete de marzo de dos mil catorce. LICDA. DIANA

LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL. LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA,

SECRETARIA.

1 v. No. F027807

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para

efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de

las catorce horas del día siete de marzo del corriente año, se han de-

clarado herederos en forma defi nitiva con benefi cio de inventario de la

herencia testamentaria que a su defunción dejó el causante Juan de los

Ángeles Claros, conocido por Juan Ángel Claros, a los señores Susana

Estela Claros Pérez, de cuarenta y siete años de edad, Ama de Casa,

del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con

Documento Único de Identidad Número cero uno seis cero tres tres tres

seis guión dos; con Número de Identifi cación Tributaria uno tres cero

cinco guión cero dos cero nueve seis cinco guión cero cero uno guión

cero; Nelson Maximino Claros Pérez, de cincuenta y seis años de edad,

Agricultor, del domicilio de San Luis Talpa, Departamento de La Paz,

portador de su Documento Único de Identidad Número cero uno seis

dos ocho ocho cuatro nueve guión seis, con Número de Identifi cación

Tributaria uno tres cero cinco guión dos ocho cero cinco cinco siete

guión cero cero uno guión cinco; Misael Claros Pérez, conocido por

Misael Claros, de cuarenta y tres años de edad, Empleado, del domicilio

de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con Documento

Único de Identidad Número cero tres cuatro dos seis siete siete siete

guión tres, con Número de Identifi cación Tributaria mil trescientos cinco

guión ciento sesenta y un mil doscientos sesenta y nueve guión ciento

uno guión tres; Felipe Alberto Claros Pérez, de cincuenta y dos años

de edad, Pintor, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de

La Libertad, portador de su Documento Único de Identidad Número

cero tres cuatro dos seis cuatro cuatro tres guión dos, con Número de

Identifi cación Tributaria uno tres cero cinco guión uno seis cero cuatro

seis uno guión cero uno guión nueve; Norma Lilian Claros Pérez, de

cuarenta y cuatro años de edad, Licenciada en Educación Parvularia,

del domicilio de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán,

portadora de su Documento Único Número cero cero cero tres cero uno

nueve seis guión nueve, con Número de Identifi cación Tributaria uno

tres cero cinco guión dos cuatro uno dos seis ocho guión uno cero uno

guión cero; y Ángela Lisdamary Claros Argueta, de dieciocho años de

edad, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de Delicias de Concepción,

Departamento de Morazán, portadora de su Documento Único Número

cero cinco uno cinco seis tres dos guión ocho, con Número de Iden-

tifi cación Tributaria uno tres cero cinco guión dos cinco cero cuatro

nueve cinco guión uno cero uno guión tres; en calidad de Asignatarios

Testamentarios de los bienes del mencionado causante, quien a la fecha

de su fallecimiento fue de setenta y nueve años de edad, Agricultor,

originario y del domicilio de Delicias de Concepción, Departamento

de Morazán; hijo de la señora Susana Claros; falleció a las veintitrés

horas y treinta minutos del día treinta de septiembre dedos mil trece, en

el Pasaje Atonal Polígono P- cinco Número cuatro Antiguo Cuscatlán,

Cumbres de Cuscatlán La Libertad; siendo la población de Delicias de

Concepción, lugar de su último domicilio.

Se les ha conferido a los herederos declarados antes mencionados

y en la forma establecida, la Administración y Representación Defi nitiva

de la Sucesión.

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-

cisco Gotera, Morazán, a las diez horas del día once de marzo de dos

mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ

2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS

DE NAVARRO, SECRETARIA.

1 v. No. F027809

MARÍA ÁNGELA MONTES DE RAMÍREZ, Notaria, de este domicilio,

con Despacho Jurídico, ubicado en veinticinco Calle Poniente, número

mil trescientos treinta y dos, Colonia Layco, San Salvador (FESPAD),

con Teléfono 2236-1888.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída

a las nueve horas del día trece de marzo del corriente año, se ha tenido

por Aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia

Intestada que a su defunción dejara el señor JOSÉ ANTONIO MORALES

conocido por ANTONIO MORALES HERNÁNDEZ y por ANTONIO

MORALES, quien falleció a las veinte horas del día dieciséis de abril

del año dos mil doce, en el Hospital Amatepec, del Seguro Social, a

consecuencia de Choque Séptico, Abdomen Agudo y Gastroenteritis,

hijo de Rosaura Morales, a la señora CELIA MARGARITA MORALES

VIUDA DE CARRILLO, en su calidad de hija y cesionaria del derecho

que les correspondía a los señores MARÍA DELIA VENTURA DE

MORALES, LUIS ENRIQUE MORALES VENTURA y CLARA

OLIMPIA MORALES VENTURA DE MELÉNDEZ, como esposa e

hijos respectivamente del causante, quien es la heredera Intestada del

causante, confi riéndosele a la aceptante la referida Administración y

Representación Defi nitiva de la sucesión intestada, con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Librado en la ofi cina de la Notaria MARÍA ÁNGELA MONTES

DE RAMÍREZ. En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día

catorce de marzo del año dos mil catorce.

LICDA. MARÍA ÁNGELA MONTES DE RAMÍREZ,

NOTARIA.

1 v. No. F027816

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZÁN, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a

las diez horas y cinco minutos del día veinte de noviembre del dos mil

trece, SE HA DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA CON BENE-

FICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA INTESTADA que a su

defunción dejó la causante señora PAULA ARGUETA HERNÁNDEZ,

conocida por MARÍA PAULA ARGUETA y por PAULA ARGUETA, a

la señora MARÍA ERMELINDA ARGUETA DE GARCÍA, de cincuenta

y ocho años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Torola,

Departamento de Morazán; con Documento Único de Identidad Número

cero dos dos cero nueve dos dos ocho-cinco; y Número de Identifi cación

Tributaria un mil trescientos veinticuatro-doscientos ochenta y un mil

cincuenta y cuatro-ciento uno-nueve; por derecho propio y como ce-

sionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores

JUAN ANTONIO ARGUETA SÁNCHEZ, y CRESENCIO ARGUETA

SÁNCHEZ, en calidad de hijos de la causante; quien a la fecha de su

fallecimiento era de sesenta y nueve años de edad, soltera, de ofi cios

domésticos, originaria de Torola, hija de HIPOLITO ARGUETA y

TEODORA HERNÁNDEZ; falleció el día treinta y uno de agosto de

mil novecientos noventa y seis, en esta ciudad de San Francisco Gotera,

Departamento de Morazán; siendo este lugar el de su último domicilio.

Se le confi rió a la heredera declarada antes mencionada y en la

forma establecida, la administración y representación defi nitiva de la

sucesión.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Departamento de Morazán, a los veinte días del mes de Noviembre

del Dos Mil Trece. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA,

JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH

IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

1 v. No. F027822

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las

doce horas y dieciséis minutos del día veinticuatro de febrero del corriente

año, se han declarado herederos en forma defi nitiva con benefi cio de

inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó la causante

María Josefa Blanco Viuda de Hernández, conocida por María Josefa

Blanco y por María Blanco, a los señores Atilio Hernández Blanco,

de cincuenta y cuatro años de edad, Comerciante, del domicilio de

Yoloaiquín, con Documento Único de Identidad Número cero cero siete

seis cuatro uno cinco nueve guión ocho, y con Número de Identifi cación

Tributaria mil trescientos veintiséis guión ciento cuarenta mil ciento

cincuenta y nueve guión cero cero uno guión nueve; y Blanca Haydee

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

Hernández de Torres, de cuarenta y siete años de edad, Licenciada en

Enfermería, del domicilio de Yoloaiquín, quien se identifi ca por medio

de su Documento Único de Identidad Número cero dos cuatro cuatro tres

tres siete siete guión cero, y Número de Identifi cación Tributaria Número

mil trescientos veintiséis guión ciento veintiséis mil sesenta y seis guión

ciento uno guión dos; por derecho propio en calidad de hijos y como

Cesionarios de los derechos que les correspondían a los señores Angélica

Hermelinda Blanco; Reyna Eridia Blanco; José Fermín Hernández Blanco;

Irma Gladis Hernández Viuda de Rivera; Emma Hernández de Pérez; y

Berta Blanco de Fuentes, éstos también por derecho propio en calidad

de hijos de la mencionada causante; quien a la fecha de su fallecimiento

fue de ochenta y cinco años de edad, de Ofi cios Domésticos, originaria

y del domicilio de Yoloaiquín, Departamento de Morazán; hija de Isidro

Blanco y Paula Sorto; falleció a las doce horas y treinta minutos del día

seis de octubre de dos mil trece, en el Cantón Aceituno, Caserío Las

Cruces de la jurisdicción de Yoloaiquín; siendo esta misma población,

lugar de su último domicilio.

Se les ha conferido a los herederos declarados antes mencionados

y en la forma establecida, la Administración y Representación de la

Sucesión.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, Morazán; a las nueve horas del día veintiséis de febrero de dos

mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ

2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS

DE NAVARRO, SECRETARIA.

1 v. No. F027825

MARLON ALBERTO BENÍTEZ LOZANO, Notario, de este domicilio,

con ofi cina ubicada en Colonia Centro Americana, Calle 1 y Avenida

A, No. 115-A, San Salvador, al público.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las trece horas del día trece de marzo dos mil catorce, se ha declarado

heredera defi nitiva con benefi cio de inventario, a la señora GLORIA

ESPERANZA ÁVILA DE BENÍTEZ o GLORIA ESPERANZA

ÁVILA ORTEZ, en la Herencia Intestada que a su defunción dejó la

señora GLORIA ORTEZ DE ÁVILA o GLORIA ORTEZ, quien falleció

en San Salvador, el día veintitrés de noviembre de mil novecientos noventa

y nueve, casada, siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango;

habiéndosele conferido a la Heredera Declarada la administración y

representación defi nitiva de la sucesión, en su calidad de Hija de la

causante, y además como cesionaria de los derechos hereditarios del

señor José Adán Ávila, en su calidad de esposo de la causante.

Por lo que avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día

catorce de marzo de dos mil catorce.

LIC. MARLON ALBERTO BENÍTEZ LOZANO,

NOTARIO.

1 v. No. F027828

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DE ESTE DISTRITO DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a

las doce horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia Intestada que

a su defunción dejó la señora JOSEFINA RODRÍGUEZ, quien fue de

ochenta y cinco años de edad, casada, de ofi cios domésticos, originaria

de Nueva Granada, Jucuapa, Departamento de Usulután, y del domicilio

de Nueva Granada, Jucuapa, Departamento de Usulután, de nacionali-

dad salvadoreña, hija de BARTOLOME RODRÍGUEZ, y de COSME

VILLALTA, ya fallecidos; quien falleció el día veintitrés de octubre del

año dos mil dos, en Barrio San Antonio de Nueva Granada, del Depar-

tamento de Usulután, siendo su último domicilio, de parte de la señora

MARÍA JULIA CORTEZ, de sesenta y dos años de edad, de ofi cios

domésticos, del domicilio de Nueva Granada, Departamento de Usulután,

con Documento Único de Identidad número: cero cero cuatrocientos

doce mil quinientos sesenta y tres guión dos; y Número de Identifi cación

Tributaria número: un mil ciento doce- doscientos mil doscientos ciento

cincuenta y uno- ciento uno- siete, en concepto de CESIONARIA de

los derechos hereditarios en abstracto que le correspondían a OLGA

ESTELA SANTOS DE HERRERA, como hija de la causante. Art. 988

Inc. 1°., del Código Civil.- Confi érasele a la aceptante declarada en el

carácter aludido, la Administración y Representación Defi nitiva de la

Sucesión.- Publíquese el aviso de Ley y oportunamente extiéndase la

Certifi cación solicitada.

Lo que se avisa al publico para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jucuapa, a las doce

horas y cincuenta mimos del día tres de marzo de dos mil catorce. LIC.

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.

LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

1 v. No. F027844

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO.

AVISA: Que por resolución de las nueve horas diez minutos del

día diecisiete del corriente mes y año, han sido declaradas herederas

abintestato con benefi cio de inventario de la herencia dejada por el señor

ROGELIO MORALES ZACAPA, quien fue conocido por ROGELIO

MORALES, fallecido el día quince de mayo del dos mil diez, en el

Cantón El Carrizal, Jurisdicción de Nahuizalco, siendo dicho Cantón

su último domicilio, a las señoras PIEDAD MORALES DE MONTO-

YA, MARIA JULIA MORALES viuda DE SANCHEZ y FELICITAS

MORALES MAYE, en concepto de hijas y como cesionarias de los

Derechos Hereditarios que le correspondían a Margarita Morales de

Rafael, como hija del Causante.

Se ha conferido a las herederas declaradas la administración y

representación defi nitivas de la Sucesión.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas treinta minutos del

día veintisiete de febrero del dos mil catorce.- LIC. LUIS ANTONIO

BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- LICDA.

CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. F027849

LICDA. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ILOBASCO, DEPARTA-

MENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las quince horas del día diecinueve

de febrero de dos mil catorce, se ha declarado heredero defi nitivo con

benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó

el señor BENANCIO ARIAS PEÑA, conocido por VENANCIO ARIAS

NENANCIO ARIAS y por VENANCIO ARIAS, quien falleció el día

veinticuatro de septiembre de mil novecientos ochenta, siendo Jutiapa,

departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de

NICOLASA CARMELA ARIAS LARA, conocida por NICOLASA

CARMELA ARIAS, NICOLASA CARMELA ARIAS DE ARIAS

y CARMEN ARIAS LARA, en calidad de hija del causante y como

Cesionaria del Derecho Hereditario que le corresponde a cada uno de

los señores CRISTOBAL ANTONIO ARIAS LARA; EULALIA ILDA

ARIAS viuda DE ROQUE, JULIA ARIAS DE ESCOBAR; CRUZ ROSA

ARIAS DE RODRIGUEZ, TERESA ALICIA ARIAS DE FLORES,

OSCAR MANUEL ARIAS LARA y JOSE OSMIN ARIAS ALAS, en

calidad de hijos del causante, BENANCIO ARIAS PEÑA, conocido por

VENANCIO ARIAS NENANCIO ARIAS y por VENANCIO ARIAS,

quien falleció el día veinticuatro de septiembre de mil novecientos

ochenta, siendo Tejutepeque, departamento de Cabañas, lugar de su

último domicilio, de parte de NICOLASA CARMELA ARIAS LARA,

conocida por NICOLASA CARMELA ARIAS, NICOLASA CARMELA

ARIAS DE ARIAS y CARMEN ARIAS LARA , en calidad de hija del

causante.

Y se le ha conferido a la heredera la administración y representación

defi nitiva de la Sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de

Ilobasco, departamento de Cabañas, a las quince horas treinta minutos

del día diecinueve de febrero de dos mil catorce.- LICDA. ANA ELSY

MENDOZA AMAYA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.

OSCAR ARMANDO LOPEZ SANCHEZ, SECRETARIO INTERI-

NO.

1 v. No. F027855

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez

horas del día dieciocho de febrero del corriente año, se han declarado

herederos defi nitivos Ab-Intestato con benefi cio de inventario de la

herencia intestada que a su defunción dejó el señor MELVIN RAFAEL

ALVARADO VIDES, quien falleció a las dos horas cuarenta y cinco

minutos del día dos de julio del año dos mil ocho, en el Kilómetro setenta

y uno y medio, Carretera que de Acajutla conduce a Sonsonate, siendo

la ciudad de Acajutla su último domicilio, a la señora GRISELDA

DEL CARMEN HERNANDEZ BAÑOS y a los menores DANIEL

EDUARDO ALVARADO HERNANDEZ y MELVIN CHRISTOPHER

ALVARADO HERNANDEZ, la primera en su calidad de conviviente

declarada y los menores en su concepto de hijos del causante Melvin

Rafael Alvarado Vides; y además todos como cesionarios del derecho

hereditario que le correspondía a la señora ARELI SONIA VIDES, en

su calidad de madre del expresado causante.

Por lo que se les ha conferido a dichos aceptantes la administración

y representación defi nitiva de la Sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las diez

horas cincuenta minutos del día dieciocho de febrero del dos mil catorce.-

LICDA. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ELSA CORALIA RAMIREZ

LEIVA, SECRETARIO.

1 v. No. F027863

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

NELSON ANTONIO GONZÁLEZ MORALES, Notario, del domicilio

de Mejicanos, Departamento de San Salvador, con Despacho Notarial

ubicado en Centro Comercial El Amate, local 1-7, Avenida Masferrer

Norte, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las quince horas del doce de marzo de dos mil catorce, se ha declarado

al señor JOSÉ ROBERTO DÍAZ ALARCÓN, heredero defi nitivo con

benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en Re-

parto Miralvalle, Colonia Miralvalle, Avenida Rotterman, número ciento

diecisiete, San Salvador, Departamento de San Salvador, el día ocho de

marzo de dos mil trece, dejó la señora YOLANDA ARELY ALARCÓN

DE DÍAZ, conocida también por YOLANDA ALARCÓN DE DÍAZ,

YOLANDA ARELY ALARCON LEMUS y por YOLANDA ARELY

ALARCON, de parte del señor JOSÉ ROBERTO DÍAZ ALARCÓN,

en su concepto de heredero defi nitivo de la causante.

Habiéndoseles concedido la representación y administración

defi nitiva de la referida Sucesión.

Por lo que se le avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el día catorce de marzo de dos mil ca-

torce.

NELSON ANTONIO GONZÁLEZ MORALES,

NOTARIO.

1 v. No. F027877

OSCAR ARMANDO MIRANDA HENRIQUEZ, Notario, del domicilio

de San Salvador, Departamento de San Salvador, con Despacho Notarial

ubicado en Primera Calle Poniente número tres mil setecientos ochenta

y seis, Colonia Escalón, San Salvador.

HACE SABER: Que por providencia dictada a las nueve horas

del día siete de marzo de dos mil catorce, se ha declarado a la señora

ESTER CAROLINA CRISTALES DUARTE ahora DE VILLACORTA,

de cincuenta y un años de edad, Licenciada en Ciencias de la Educa-

ción, del domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, con

Documento Único de Identidad número cero cero trescientos cincuenta

y siete mil cuatrocientos siete-cuatro, con Número de Identifi cación

Tributaria cero seiscientos catorce- ciento veinte mil doscientos sesenta

y dos-cero veinte-ocho, HEREDERA INTESTADA DEFINITIVA

CON BENEFICIO DE INVENTARIO de los bienes que a su defunción

dejara la señora ALMA ARACELY DUARTE, conocida por ARACELI

DUARTE, ARACELI DUARTE ARANA, ARACELY DUARTE DE

LONEY y ARACELY LONEY, quien falleció en Novato, Condado de

Marín, Estado de California, Estados Unidos de América, el día veintiuno

de junio de dos mil trece, siendo su último domicilio la ciudad de San

Salvador, Departamento de San Salvador; en su calidad de heredera

intestada.

Habiéndosele conferido la administración y representación defi -

nitivas de la Sucesión.

Lo que se avisa al público para efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el día ocho de marzo de dos mil cator-

ce.

OSCAR ARMANDO MIRANDA HENRIQUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F027901

LICENCIADA DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

AVISA: Que por resolución de las catorce horas diez minutos del

día siete de marzo de dos mil catorce, se ha declarado HEREDERA

DEFINITIVA con benefi cio de inventario de la herencia intestada que

a su defunción dejó el causante señor TOMAS PALACIOS, quien fue

de ochenta y nueve años de edad, jornalero, siendo esta ciudad el lugar

de su último domicilio, fallecido el día cinco de julio de dos mil once;

a la señora ELIZABETH RAMIREZ, como cesionaria de los derechos

que le correspondían a la señora ROSA PALACIOS VASQUEZ, en

calidad de hermana del causante.

Confi riéndose a la aceptante la administración y representación

DEFINITIVA de la Sucesión.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil: a las catorce horas quince

minutos del día siete de marzo de dos mil catorce.- LICDA. DIANA

LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL.- LICDA. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA,

SECRETARIA.

1 v. No. F027910

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

LUIS GERARDO GONZALEZ CAÑADAS, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina ubicada en 4ta. Calle Pte., entre 23 y 25 Av. Sur, Condo-

minio Cuscatlán, Nivel 2, Local 226, San Salvador, al público para los

efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída

en esta ciudad, a las once horas del día nueve de marzo de dos mil ca-

torce, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA AB-INTESTATO,

con benefi cio de inventario a la señora TERESA DE JESUS MUNDO

viuda DE LOPEZ, en concepto de esposa del causante señor GABRIEL

LOPEZ LOPEZ.

Y se le confi rió a la heredera declarándole, la ADMINISTRACION

Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA SUCESION.

Librado en la Ofi cina del suscrito Notario, en la Ciudad de San

Salvador, a los catorce días del mes de marzo de dos mil catorce.

LIC. LUIS GERARDO GONZALEZ CAÑADAS,

NOTARIO.

1 v. No. F027915

CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las diez

horas cinco minutos del día veintiséis de febrero de dos mil catorce, se

ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO ABINTESTATO, con

benefi cio de inventario al señor TORIBIO ELISANDRO ORELLANA

MENDOZA, en su concepto de cesionario de los derechos hereditarios

que les correspondían a las señoras MARÍA SUSANA MENDOZA

RODRÍGUEZ y JOSEFINA MENDOZA RODRÍGUEZ, en su calidad

de hijas de la causante ADELA RODRÍGUEZ viuda DE MENDOZA o

ADELA RODRÍGUEZ, quien fue de ochenta y un años de edad, viuda,

de ofi cios domésticos, fallecida a las diez horas trece minutos del día

nueve de septiembre de dos mil once, en el Hospital Nacional de esta

ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa.

A quien se le ha conferido la administración y representación

DEFINITIVA de la Sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las doce horas

treinta y cinco minutos del día once de marzo de dos mil catorce.- LIC.

CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.

HENRY OVIDIO GARCÍA RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F027916

ESMERALDA DEL CARMEN GUEVARA DE HERNANDEZ, No-

tario, del domicilio de San Salvador, con Ofi cina Jurídica situada sobre

Setenta y Cinco Avenida Norte, Centro Comercial Escalón I, Local Seis,

Segunda Planta, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las nueve horas treinta minutos del día tres de marzo del presente

año, se ha declarado a MARIA SUCY ISABEL CORCIOS ARIAS,

Heredera Defi nitiva con benefi cio de inventario de los bienes que en

la herencia intestada dejó el señor ISABEL ARIAS, en su calidad de

hija y cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondía a los

señores EVA DE JESUS CORCIO DE LARA, EDUARDO ROMEO

CORCIO ARIAS y JOSE ALFREDO CORCIOS ARIAS, como hijos

sobrevivientes del causante, quien falleció el día tres de agosto de dos

mil diez, en el Cantón Las Flores, Hacienda Astoria, Colonia Nueva,

Jurisdicción de San Pedro Masahuat, Departamento de La Paz, siendo

esa ciudad su último domicilio, quien a su muerte era de setenta y nueve

años de edad, Comerciante, de nacionalidad Salvadoreña, originario de

Santiago Nonualco, Departamento de La Paz.

Habiéndole conferido la representación y administración defi nitiva

de la sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, a las trece horas del día trece de marzo

de dos mil catorce.

ESMERALDA DEL CARMEN GUEVARA DE HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F027917

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

JOSE OLIVERIO HENRIQUEZ VELASQUEZ, Notario, del domicilio

de la ciudad de San Miguel, con Ofi cina Profesional ubicada en la Colonia

Ciudad Real, Polígono C-uno, Número veintidós, Calle Elizabeth de la

Ciudad de San Miguel.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las ocho horas del día diez de marzo del dos mil catorce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia

Testamentaria en los bienes que ha su defunción dejó el señor SANTOS

ALVARENGA ARGUETA, conocido por SANTOS ALVARENGA,

habiendo fallecido en el Cantón Cerro Bonito, de esta Jurisdicción, Distrito

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

y Departamento de San Miguel, a las trece horas del día quince de julio

de dos mil trece, a consecuencia de Insufi ciencia Renal, sin asistencia

médica, de parte de la señora Ana Rogelia Ventura de Alvarenga, en su

calidad de heredera testamentaria, en su carácter de cónyuge sobreviviente

del causante.

Habiéndose conferido la administración y representación de la Su-

cesión Testamentaria, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada

Ofi cina en el término de quince días, contando desde el siguiente a la

última publicación publicación del presente edito.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la Ofi cina del Notario Licenciado José Oliverio Henríquez

Velásquez, en la ciudad de San Miguel, a las once horas del día once de

marzo del dos mil catorce.

LIC. JOSE OLIVERIO HENRIQUEZ VELASQUEZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. C000066

EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domi-

cilio de esta ciudad y de San Vicente, con Ofi cina ubicada en Calle José

Francisco López número tres, de la ciudad de Cojutepeque, Departamento

de Cuscatlán.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída

a las siete horas del día trece de marzo de dos mil catorce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que al fallecer el día cuatro de noviembre de dos mil trece,

en Colonia Martínez, Calle La Ronda, número dos, de esta ciudad de

Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, dejó el señor JOSE LUIS

FLORES FLORES, conocido por JOSE LUIS FLORES, teniendo como su

último domicilio el mismo lugar de su fallecimiento, al señor ESTEBAN

JOSE CARLOS ESCOBAR, conocido por ESTEBAN JOSE CARLOS

ESCOBAR FLORES, en su concepto de hijo del referido causante.

Habiéndosele conferido la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Lo que hace del conocimiento público para los efectos de Ley.

Librado en la Ofi cina Notarial de la Licenciada EVELYN MER-

CEDES GAVARRETE MOLINA. En la ciudad de Cojutepeque, a los

catorce días del mes de marzo de dos mil catorce.

LICDA. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. C000072

MARIO EDGARDO RODRIGUEZ PANIAGUA, Notario, del domici-

lio de San Miguel, con Ofi cina ubicada Segunda Avenida Sur Número

setecientos tres-C, Barrio Concepción, San Miguel.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día cuatro de marzo del año dos mil catorce, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción dejó la señora ORIETTA AMIN-

DA BAIRES MONCADA, quien falleció a las cuatro horas y treinta

minutos del día siete de junio del año dos mil trece, a consecuencia de

Síndrome de Morfan, con asistencia médica de la Doctora María del T.

Garay de Garay, en el Barrio El Calvario de esta ciudad, siendo éste su

último domicilio, a la edad de cincuenta y tres años de edad, Comer-

ciante, soltera, originaria de San Jorge, departamento de San Miguel,

del domicilio de esta ciudad, de parte de la señora FLAVIA AMINDA

TURCIOS MONCADA, conocida por FLAVIA AMINDA MONCADA

DE BAIRES, en su calidad de madre de la causante y como Heredera

Intestada con benefi cio de inventario.

Habiéndosele conferido la administración y representación interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la Oficina del Notario MARIO EDGARDO

RODRIGUEZ PANIAGUA, en la ciudad de San Miguel, a los cuatro

días del mes de marzo del año dos mil catorce.

MARIO EDGARDO RODRIGUEZ PANIAGUA,

NOTARIO.

1 v. No. C000077

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

OLIVERIO LEMUS MORALES, Notario, de este domicilio, con des-

pacho notarial ubicado en Condominio Centenario, Local Veintiuno

Norte, Quinta Calle Oriente, de esta Ciudad,

HACE SABER: Que por Resolución del suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día veintinueve de enero del dos mil catorce, se ha

tenido por aceptada expresamente la herencia testada que a su defunción

dejó el señor RAFAEL ANTONIO LEMUS, quien al momento de fa-

llecer era de cincuenta y cinco años de edad, Empleado, del domicilio

de Pocaima, Los Ángeles, California, Estados Unidos de América,

originario de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, de

Nacionalidad Salvadoreña, siendo hijo de la señora MARÍA LUCÍA

LEMUS LEMUS, conocida por ALICIA LEMUS, siendo su último

domicilio el de Pocaima, Los Ángeles, California, Estados Unidos de

América, habiendo fallecido el día diecisiete de febrero del dos mil trece,

sin haber formalizado Testamento alguno, aceptando Herencia como

HEREDERO EL SEÑOR HELDEN ELIAS ALFARO LEMUS, en su

concepto de cesionario de los derechos que le correspondía a la señora

MARÍA LUCÍA LEMUS LEMUS, conocida por ALICIA LEMUS, en

su calidad de madre sobreviviente del causante, habiéndosele conferido la

administración y representación interina de la sucesión con las facultades

y con las restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario OLIVERIO LEMUS MORA-

LES. San Salvador, a los veintinueve días del mes de enero del dos mil

catorce.

LIC. OLIVERIO LEMUS MORALES,

NOTARIO.

1 v. No. C000079

CARLOS ANTONIO CASTILLO SÁNCHEZ, Notario, de este domi-

cilio, con ofi cina situada en el Pasaje San Ernesto y Calle Guadalupe,

Condominio Lucila, local dos, Colonia Médica, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito

Notario, a las once horas del día veintiséis de febrero del presente año,

se tuvo por aceptada con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción ocurrida el día dieciocho de febrero de dos mil trece,

en Barrio El Guayabal, jurisdicción de Quezaltepeque, Departamento

de La Libertad, habiendo sido ese su último domicilio, dejó la señora

MARIBEL SORIANO DE RAMÍREZ, conocida por MARIBEL

SORIANO y por MARIBEL SORIANO TORRES, de parte del señor

MARVIN MARIÑO RAMÍREZ SORIANO, en su concepto de hijo de

la causante, a quien se le ha conferido la administración y representación

interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de ley.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintisiete días del

mes de febrero de dos mil catorce.

LIC. CARLOS ANTONIO CASTILLO SÁNCHEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F027736

CLAUDIA CAROLINA LÓPEZ MOREIRA, Notario, con ofi cina

situada en Setenta y Nueve Avenida Norte y Tercera Calle Poniente,

Condominio Torremolinos, Apartamento Número Diez, Colonia Escalón,

San Salvador, al público para los efectos de ley

HACE SABER: Que el día cuatro de marzo del corriente año se

ha tenido por aceptada, con benefi cio de inventario, de parte del Señor

ROBERTO RIVERA, conocido por ROBERTO RODRIGUEZ RIVERA,

en calidad de Cesionario de los derechos hereditarios que le correspondía

a la Señora Luisa del Milagro Rodríguez Lazo, conocida por Luisa del

Milagro Lazo Magaña, Luisa Rodríguez, Luisa del Milagro Rodríguez,

Luisa del Milagro Flesher y Luisa Alexandria Flesher, en su calidad de

hija legítima en la Herencia intestada que a su defunción dejó la Señora

María del Carmen Magaña, conocida por María del Carmen Lazo de

Rodríguez, María del Carmen Lazo Magaña de Rodríguez, María del

Carmen Magaña Lazo de Rodríguez y Carmen Lazo Magaña de Rodríguez,

Carmen Lazo de Rodríguez, Carmen Lazo Magaña, María del Carmen

Lazo Magaña, María del Carmen Lazo y Mercedes del Carmen Lazo,

quien falleció en Mesa Maricopa, Estado de Arizona, Estados Unidos

de América, su último domicilio, el día diecisiete de enero de dos mil

trece; se ha conferido al aceptante la administración y representación

interina de la sucesión.

Se cita a las personas que se crean con derecho en la herencia, para

que se presenten a deducirlo en el plazo de quince días después de la

tercera publicación de este aviso.

San Salvador, cinco de marzo de dos mil catorce.

LICDA. CLAUDIA CAROLINA LÓPEZ MOREIRA,

NOTARIO.

1 v. No. F027755

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

CLAUDIA CAROLINA LÓPEZ MOREIRA, Notario, con ofi cina si-

tuada en Condominio Torremolinos, apartamento Número Diez, Colonia

Escalón, San Salvador, AL PÚBLICO para los efectos de ley

HACE SABER: Que el día dieciocho de octubre del corriente año

se ha tenido por aceptada, con benefi cio de inventario, de parte de la

señora LUZ DE MARÍA CAMPOS DE ESTRADA, en su calidad de

hija legítima del causante y cesionaria de los derechos hereditarios de

la señora Marta Menjívar Gálvez Viuda de Campos, en su calidad de

cónyuge sobreviviente del causante, los derechos correspondientes a la

herencia intestada que a su defunción dejó el señor MARIO ARTURO

CAMPOS c/p MARIO ARTURO CAMPOS CARIAS, quien falleció

en la ciudad de Las Vegas, Estados Unidos de América, el día seis de

junio de mil novecientos noventa y ocho; se ha conferido a la aceptante

la administración y representación interina de la sucesión.

Se cita a las personas que se crean con derecho en la herencia, para

que se presenten a deducirlo en el plazo de quince días después de la

tercera publicación de este aviso.

San Salvador, diecinueve de octubre de dos mil trece.

LICDA. CLAUDIA CAROLINA LÓPEZ MOREIRA,

NOTARIO.

1 v. No. F027756

MARCELA JEANNETTE ORTIZ SALMERON, Notaria, con ofi cina

jurídica ubicada en Centro Profesional Roosevelt, Cuarenta y Cinco

Avenida Norte y Prolongación Calle Arce, local número veinticuatro,

segundo nivel, San Salvador;

HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita

Notaria, a las trece horas con quince minutos del día once de marzo de

dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario de parte de la señora JACQUELINE PATRICIA CAL-

DERON ARAGON, la Herencia intestada que a su defunción ocurrida

a las tres horas con treinta y cinco minutos del día ocho de enero de

dos mil cuatro, en el Cantón San Isidro, de la Jurisdicción de San Pablo

Tacachico, Departamento de La Libertad, a consecuencia de ANEMIA

PROFUNDA, sin asistencia médica, dejara la señora SUSANA ARAGON

CARTAGENA, en su concepto de hija sobreviviente de la causante,

habiéndole conferido la administración y representación interina de la

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia para que se presenten a la ofi cina en

comento en el término de quince días contados desde el día siguiente a

la última publicación del presente edicto.

Librado en San Salvador, a los catorce días del mes de marzo de

dos mil catorce.

LICDA. MARCELA JEANNETTE ORTIZ SALMERON,

NOTARIO.

1 v. No. F027764

FACUNDO DE JESUS RUIZ RODAS, Notario, de los domicilios

de las ciudades de San Salvador y Sonsonate, con ofi cina situada en

Calle Circunvalación, Residencial Bosques de San Francisco, número

veintiuno, Lomas de San Francisco, Antiguo Cuscatlán, departamento

de La Libertad, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que en las diligencias promovidas en sus ofi cios

notariales, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE

OSWALDO MEZA MORALES, conocido por JOSE OSWALDO

MEZA, JOSE OSVALDO MEZA MORALES y JOSE OSVALDO

MEZA, quien falleció el día doce de diciembre del año dos mil trece,

en la ciudad de Santa Tecla, su último domicilio; falleció a la edad de

setenta y siete años, fue agricultor, de nacionalidad guatemalteca y no

formalizó testamento, de parte de la señora CARMELINA AURELIA

MEZA DE CATIVO, de cuarenta y nueve años de edad, profesora, del

domicilio de Santa Tecla, en concepto de hija del causante; se le ha

conferido la administración y la representación interinas de la sucesión,

con las facultades y restricciones de Ley.

Librado en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, a los doce días del mes

de marzo del año dos mil catorce.

DR. FACUNDO DE JESÚS RUIZ RODAS,

NOTARIO.

1 v. No. F027765

RAFAEL DAVID CASTRO GONZALEZ, Notario, del domicilio de

Ahuachapán, y del de San Salvador, con ofi cina ubicada en Primera

Calle Poniente número uno-siete Segunda Planta de la ciudad de

Ahuachapán,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario proveída

en la ciudad de Ahuachapán, a las once horas del día trece de marzo

del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la

causante señora ROSA MARÍA VALLECIOS DE PEREZ, conocida

por ROSA MARÍA VALLECIOS HERRERA y por ROSA MARÍA

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

VALLECIOS, a las trece horas del día veintinueve de mayo, del año dos

mil diez, en el Hospital Zacamil, de la ciudad de Mejicanos, Departamento

de San Salvador, siendo su último domicilio la ciudad de Concepción

de Ataco, Departamento de Ahuachapán, su último domicilio, de parte

de la señora RUTH MARLENE PEREZ VALLECILLOS, conocida

por RUTH MARLENE PEREZ VALLECIOS, en su concepto de hija

sobreviviente de la causante, habiéndose conferido la Administración y

Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Ahuachapán, el día trece de marzo, del

año dos mil catorce.

RAFAEL DAVID CASTRO GONZALEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F027773

WILFREDO RIVAS, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en

Diecinueve Calle Poniente, número Trescientos Quince, Edifi cio MM,

Local UNO, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las doce horas del día treinta de agosto del año dos mil trece, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejara el señor SERGIO HERNANDEZ,

ocurrida el día veinticuatro de junio de dos mil diez, en el Cantón

Tecualuya, jurisdicción de San Luis Talpa, departamento de La Paz, a

consecuencia de Derrame Cerebral, quien falleció sin haber formalizado

testamento, siendo su último domicilio San Luis Talpa, Departamento de

La Paz, de parte del señor JORGE ALBERTO HERNÁNDEZ ORTIZ, en

su calidad de Hijo Sobreviviente y por los derechos que le corresponden

a la esposa de nombre CARMEN ORTIZ VIUDA DE HERNANDEZ,

CARMEN ORTIZ DE HERNÁNDEZ, CARMEN ORTIZ QUINTEROS

o CARMEN ORTIZ y sus hijos, MANUEL HERNANDEZ ORTIZ,

ROSA HERNANDEZ ORTIZ hoy ROSA HERNANDEZ ORTIZ DE

PEREZ, ADELA HERNÁNDEZ ORTIZ hoy ADELA HERNANDEZ

DE VILLALTA, y SERGIO HERNANDEZ ORTIZ, quienes han repu-

diado la parte que les corresponden a favor del solicitante. Habiéndosele

conferido la administración y representación de la sucesión en forma

INTERINA, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario WILFREDO RIVAS. En la ciudad

de San Salvador, a las trece horas quince minutos del día once de marzo

del año dos mil catorce.

LIC. WILFREDO RIVAS,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F027797

JOSE LUIS FLORES SANTAMARÍA, Notario, de este domicilio, con

Ofi cina Profesional, situada en la Quinta Calle Oriente número quinientos

dos-A, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las nueve horas del día diez de Marzo de dos mil catorce, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada,

que a su defunción dejó el señor HERMIS LEONEL VILLEGAS LO-

BOS, fallecido a las siete horas y diecisiete minutos del día veinte de

octubre de dos mil tres, en el Hospital Nacional Rosales, de la ciudad de

San Salvador, siendo su último domicilio la Colonia Luz, Veinticuatro

Calle Poniente, Pasaje San Luis, Casa ciento veintiocho A, de la ciudad

y departamento de San Salvador, de parte de la señora HEIDI MARILU

VASQUEZ FRANCO, en concepto de Cesionaria de los derechos

hereditarios que le correspondían a la señora LUCÍA ESMERALDA

VILLEGAS GAITAN, en su calidad de hija del mencionado causante.

Confi érase a la aceptante en el carácter indicado la Administración y

Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

San Miguel, trece de marzo de dos mil catorce.

JOSE LUIS FLORES SANTAMARIA,

NOTARIO.

1 v. No. F027799

EDWIN PERLA PRUDENCIO, Notario, del domicilio de San Miguel,

con Ofi cina Profesional ubicada en Colonia Santa Gertrudis, Pasaje Juan

José Cañas, Polígono "C", Casa número cuatro, Ciudad de San Miguel,

departamento de San Miguel.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las catorce horas del día trece del año en curso, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, a favor del señor

JOSE ALFREDO ARIAS ARGUETA, la herencia intestada que a su

defunción dejó la señora ADELINA ARIAS ARGUETA, quien fue de

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

treinta años de edad, originaria de San Miguel, del departamento de San

Miguel, y del domicilio de Colonia Veintidós de Abril, Pasaje Tecan,

número Siete D, El Milagro Sur, Soyapango, Departamento de San

Salvador, de nacionalidad salvadoreña; habiendo fallecido en el Hospital

de Especialidades del Seguro Social, de la ciudad de San Salvador, a las

once horas cuarenta y cinco minutos del día VEINTISIETE DE MARZO

DEL AÑO DOS MIL UNO; a consecuencia de Falla Multiorgánica,

Shock Séptico, con asistencia médica; sin haber formalizado testamento

alguno y que en tales circunstancias de conformidad a lo dispuesto en

los artículos novecientos ochenta y ocho, numeral primero y novecien-

tos noventa ambos del Código Civil, y artículos dieciocho, diecinueve,

veinte y veintiuno de la Ley del Ejercicio Notarial de la jurisdicción

Voluntaria y de Otras Diligencias, en su calidad de cesionario de los

derechos que le corresponden al padre de la causante de nombre JOSE

LEONCIO ARIAS VARELA, y a sus hermanas, de nombre MARÍA

ANTONIA ARIAS ARGUETA, y CAMEN ARIAS ARGUETA, en

su concepto de cesionario del padre y de las hermanas de la misma ya

mencionados, habiéndose conferido la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con

derechos a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada

ofi cina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a

la última publicación del presente edicto.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ofi cina del Notario EDWIN PERLA PRUDENCIO.

En la ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, a las catorce

horas del día trece de marzo del año dos mil catorce.

LIC. EDWIN PERLA PRUDENCIO,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F027801

GUSTAVO ADOLFO LÓPEZ RODRÍGUEZ, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur, tres- siete,

en esta ciudad, al público, para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito No-

tario, a las diecisiete horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia intestada que

a su defunción ocurrida el día diecisiete de enero de dos mil trece, en

la Colonia Escalón, de la ciudad de San Salvador, dejó el señor JOSE

RICARDO RUGAMA conocido por JOSE RICARDO RUGAMA

LOVATO, JOSE RICARDO RUGAMAS LOVATO, JOSE RICARDO

RUGAMAS LOBATO, y por JOSE RICARDO RUGAMA LOBATO,

de parte de los señores JOSE RICARDO RUGAMA ALVAREZ, NORA

ARGENTINA RUGAMA ALVAREZ, y ANA CECILIA RUGAMA

ALVAREZ, en su calidad de hijos del causante; habiéndoseles nom-

brado administradores y representantes interinos de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en la Ofi cina de Notariado del Licenciado Gustavo Adolfo

López Rodríguez: Ahuachapán, a los diecinueve días del mes de febrero

de dos mil catorce.

GUSTAVO ADOLFO LÓPEZ RODRÍGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F027836

ALEJANDRO ANTONIO LÓPEZ FUENTES, Notario, de este domi-

cilio, con ofi cina ubicada en Colonia Médica, Avenida Doctor Emilio

Álvarez, número trescientos uno, local siete, jurisdicción de San Salvador,

Departamento de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día catorce de marzo del año dos mil catorce, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, por

medio de su apoderado señor PEDRO RAMÍREZ MELÉNDEZ, de parte

de la señora MARÍA ANA EDIS RAMÍREZ DE RAMÍREZ de treinta y

siete años de edad, Empleada, del domicilio de Plainfi eld, Nueva Jersey,

de los Estados Unidos de América, con Pasaporte Salvadoreño número

A siete cero uno cinco uno cero dos cero, expedido por el Consulado de

El Salvador, en la ciudad de Elizabeth, Condado de Unión y Estado de

Nueva Jersey, de los Estados Unidos de América, el día siete de enero

del año dos mil trece, en su calidad de hija de la causante de la herencia

intestada que a su defunción dejó la señora MARÍA IRENE RAMÍREZ,

conocida por MARTA IRENE MARTÍNEZ, en el Hospital Nacional

de San Rafael de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, siendo su

último domicilio la ciudad de Apopa, Departamento de San Salvador,

a las veintiuna horas y cuarenta y siete minutos, del día veintiocho de

mayo del año dos mil diez, habiéndosele conferido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario, ALEJANDRO ANTONIO LÓPEZ

FUENTES, en la ciudad de San Salvador, a los catorce días del mes de

marzo del año dos mil catorce.

ALEJANDRO ANTONIO LÓPEZ FUENTES,

NOTARIO.

1 v. No. F027847

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

DINORA BERNARDA GONZALEZ DE CONTRERAS, Notaria, del

domicilio de esta ciudad, con Despacho Jurídico ubicado en Avenida

Doctor Emilio Álvarez, Edifi cio López Bertrand número 213, Tercer

Nivel Local 33, Colonia Médica de esta ciudad; al público para los

efectos de Ley

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita, proveída a las

dieciséis horas con treinta minutos del día doce de marzo de dos mil

catorce, se ha tenido por ACEPTADA CON BENEFICIO DE INVEN-

TARIO, la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad

de San Salvador, el día once de julio de dos mil once, dejara la señora

CLARIBEL CARRANZA DE GUERRA, conocida por CLARIBEL

CARRANZA BARRERA y por CLARIBEL CARRANZA, quien fue

de cuarenta y nueve años de edad, Profesora, quien se identifi caba con su

Documento Único de Identidad número cero dos millones ciento cuatro

mil ochocientos veintiséis – siete, y Número de Identifi cación Tributaria

un mil nueve–ciento veinte mil doscientos sesenta y dos– ciento dos– siete;

siendo su último domicilio la ciudad de San Sebastián, departamento de

San Vicente; de parte de las señoras HISELLA CLARIBEL GUERRA

CARRANZA, de treinta años de edad, Empleada, con Pasaporte Salvador

número A setenta millones cero cuarenta mil doscientos treinta y cuatro,

con Número de Identifi cación Tributaria un mil nueve – ciento ochenta y

un mil ciento ochenta y tres–ciento uno – uno; NATHALY GUADALUPE

GUERRA CARRANZA, de veintisiete años de edad, Empleada, con Pa-

saporte Salvadoreño número cero cero tres millones setecientos diecisiete

mil novecientos diecisiete, con Número de Identifi cación Tributaria un

mil nueve– ciento cincuenta y un mil doscientos ochenta y seis–ciento

dos–ocho; KARLA DANIELA GUERRA CARRANZA, de veinticinco

años de edad, Empleada, con Pasaporte Salvadoreño número A setenta

millones ciento cuarenta y cuatro mil ciento noventa y seis, con Número

de Identifi cación Tributaria un mil nueve–cero setenta mil ciento ochenta

y nueve–ciento uno–dos; y LILIANA LISBETH GUERRA CARRANZA,

de veintiún años de edad, Empleada, con Pasaporte Salvadoreño número

R E cero ochocientos veintinueve mil quinientos once, con Número de

Identifi cación Tributaria un mil nueve–cero once mil cero noventa y

dos–ciento tres - seis, todas del domicilio de la ciudad de New Bedford,

Estado de Massachusetts, Estados Unidos de América; en calidad de

hijas de la de cujus y como Cesionarias del Derecho Hereditario que

en la sucesión de la causante mencionada, les correspondía a la señora

MARIA MERCEDES BARRERA DE CARRANZA, de setenta y nueve

años de edad, de las atenciones de hogar, del domicilio de San Sebastián,

departamento de San Vicente, con Documento Único de Identidad nú-

mero cero un millón setecientos veinte mil setecientos veintitrés - uno,

y Número de Identifi cación Tributaria un mil nueve–cero treinta mil

ochocientos treinta y cuatro–ciento uno - nueve; y al señor DANIEL

CARRANZA ROSA, de ochenta y un años de edad, Sastre, del domicilio

de San Sebastián, departamento de San Vicente, con Documento Único

de Identidad número cero cero novecientos veinte mil setecientos setenta

y cuatro - ocho, con Número de Identifi cación Tributaria un mil nueve–

cero treinta mil ciento treinta y tres – cero cero uno - seis, en calidad

de padres sobrevivientes de la causante; confi riendo a las aceptantes la

Administración y Representación Interina de la Herencia Intestada, con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia para que se presenten a la mencionada

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente Edicto.

Librado en la ofi cina de la Notaria DINORA BERNARDA GON-

ZÁLEZ DE CONTRERAS, en la ciudad de San Salvador, a los trece

días del mes de marzo de dos mil catorce.

DINORA BERNARDA GONZÁLEZ DE CONTRERAS,

NOTARIO.

1 v. No. F027865

OSCAR ARMANDO ZALDAÑA PADILLA, Notario, de este domicilio,

con ofi cina en Segunda Calle Poniente y Octava Avenida Sur, cinco-

uno, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas

veinte minutos de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario la herencia intestada de MARIA BERNARDA

CRESPIN DE MALDONADO, quien falleció el treinta y uno de julio

de mil novecientos ochenta y nueve, en el Cantón El Progreso, Santa

Tecla, lugar de su último domicilio, de parte de MIGUEL ANGEL

MALDONADO CRESPIN, hijo de la causante citada, aceptante a

quien se le ha conferido la administración y representación interinas

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente. SE CITA a todos los que se crean con derecho a tal

herencia, para que dentro de los quince días subsiguientes a la última

publicación de este aviso, se presenten a este Despacho y justifi quen tal

circunstancia.

Librado en Santa Tecla, a tres de febrero del año dos mil cator-

ce.

OSCAR ARMANDO ZALDAÑA PADILLA,

NOTARIO.

1 v. No. F027880

JOSE SALVADOR JIMENEZ HERNANDEZ, Notario, de este domi-

cilio, con Ofi cina en 2a. C. Ote. Bo. El Centro, Chalatenango,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta ofi cina

a las diez horas del día once de marzo del corriente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la

señora ZOILA ELIZABETH TEJADA DE ORELLANA, en su calidad

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

de Heredera Abintestato con benefi cio de inventario dejada por el señor

EDGAR RAFAEL ORELLANA SALVADOR, fallecido el día vein-

tiocho de septiembre del año dos mil once, en el Hospital de La Nueva

Concepción, departamento de Chalatenango, siendo su último domicilio

El Paraíso, departamento de Chalatenango, habiéndosele conferido la

administración y representación interina de los bienes del causante, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a toda persona que se crea con derecho a la referida herencia

para que dentro del término legal comparezca ante el suscrito Notario

a manifestar si aceptan o repudian la herencia dejada por el referido

causante, a alegar igual o mejor derecho.

Librado en Chalatenango, a los once días del mes de marzo del

año dos mil catorce.

JOSÉ SALVADOR JIMÉNEZ HERNÁNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F027881

JOSÉ OBDULIO DINARTE HERNÁNDEZ, Notario, de los domici-

lios de Mejicanos y San Sebastián, con ofi cina situada en la Calle Tres

de Mayo, número diecisiete, Barrio San Antonio de la ciudad de San

Sebastián, departamento de San Vicente,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

en esta ciudad, a las dieciséis horas del día trece de marzo de mil catorce,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en el Cantón Santa

Teresa, jurisdicción de la ciudad de San Sebastián, departamento de San

Vicente, su último domicilio, a las veintitrés horas del día dieciocho de

junio de mil novecientos noventa y nueve, dejara la causante señora BER-

NARDINA ALVARADO, conocida por BERNALDINA ALVARADO

DE DURAN y MARIA BERNARDINA ALVARADO, de parte de la

señora FATIMA DEL ROSARIO DURAN ALVARADO, en su calidad

de hija sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios en

abstracto que en dicha sucesión correspondían originalmente al señor

JOSE ALEJANDRO DURAN ZEPEDA, como heredero presunto de

la referida causante, en su calidad de cónyuge de la misma; habiéndose

conferido la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la mencionada

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario JOSE OBDULIO DINARTE

HERNÁNDEZ, en la ciudad de San Sebastián, departamento de San

Vicente, el día trece de marzo de dos mil catorce, para ser publicado

por una vez en el DIARIO OFICIAL.

DR. JOSÉ OBDULIO DINARTE HERNÁNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F027900

RENE RIGOBERTO RIVERA HERNANDEZ, Notario, de este domi-

cilio, con Ofi cina Jurídica en Trece Calle Poniente, Condominio Centro

de Gobierno, Local Trece, en esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas de este día, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la he-

rencia INTESTADA dejada por MARIA CONCEPCION ALVARADO,

conocida por CONCEPCION ALVARADO, fallecida el día veintitrés de

mayo de mil novecientos noventa y seis, en la ciudad de Millbrae, Estado

de California, Estados Unidos de América, siendo su último domicilio

la ciudad de Mercedes Umaña, Departamento de Usulután, de parte de

JOSE MAURICIO CRUZ, en concepto de cesionario de los derechos

hereditarios que en abstracto le correspondían a NELSON REYNERI

PLEITEZ ALVARADO, conocido por NELSON ALVARADO y por

NELSON REYNERI ALVARADO, representado en las Diligencias

por el Licenciado JOSE VENTURA MEJIA HERNANDEZ; y se le ha

conferido al aceptante la administración y representación interina de la

Herencia Yacente; y cita a los que se crean con derecho a la herencia

referida, para que se presenten a deducirlo dentro de los quince días

contados desde el siguiente al de la última publicación del presente

edicto.

San Salvador, catorce de marzo del año dos mil catorce.

LIC. RENÉ RIGOBERTO RIVERA HERNÁNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F027902

MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE, Notario, de este domicilio,

con ofi cina situada en Final Séptima Avenida Norte, Urbanización Santa

Adela, Edifi cio San José, 2a. Planta, Local 202, Centro de Gobierno,

San Salvador,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, dejó el

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

señor TONY FRANCISCO BARRERA, quien falleció en el Hospital

Regional del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, del departamento

de Sonsonate, a las veintitrés horas del día diecinueve de enero de dos mil

trece, siendo su último domicilio Acajutla, departamento de Sonsonate;

de parte del señor ANTHONY FRANCISCO BARRERA CRUZ, quien

actúa en calidad de hijo y Cesionario, en el derecho que le correspondía

a los señores MARIA ARGENTINA CRUZ DE BARRERA, en calidad

de cónyuge del causante, JESSICA YHOSHABETH BARRERA CRUZ,

y JULIA MONICA BARRERA DE MAYEN, en calidad de hijas del

causante, se ha conferido al aceptante en el carácter antes mencionado

la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los

efectos de Ley.

San Salvador, catorce de marzo de dos mil catorce.

LICDA. MAURA CECILIA GÓMEZ ESCALANTE,

NOTARIO.

1 v. No. F027909

LICDA. ALICIA JEANNETTE ALVARENGA HERNANDEZ, JUEZA

SUPLENTE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRAN-

CISCO GOTERA, DEPARTAMENTO DE MORAZAN. Al público

HACE SABER: Que por resolución dictada a las quince horas y

quince minutos de este día; se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario de parte de la señora EUFEMIA REYES

MEDRANO de cuarenta y cinco años de edad, empleada, del domicilio

de Linden, Estado de Nueva Jersey, Estados Unidos de América, que

se identifi ca a través de su pasaporte número A cero tres tres siete cinco

ocho siete; de la herencia que en forma intestada dejó el señor RUBEN

ANTONIO REYES MEDRANO, quien fue de cuarenta y nueve años de

edad, originario y del domicilio de Yamabal, Departamento de Morazán;

salvadoreño; quien falleció en Cantón San Francisquito, Municipio de

Yamabal, departamento de Morazán, a las nueve horas del día diecisiete

de noviembre de dos mil trece a consecuencia de Desequilibrio Hidro

Electrolítico; en concepto de hermana del referido causante, y como

cesionaria de los derechos que le correspondían a CARLOS DARIO

MEDRANO FLORES, EVANGELINA REYES MEDRANO conocida

por EVANGELINA REYES y BLANCA NARCISA HERNANDEZ

GARCIA se le ha conferido en la calidad expresada, la administración

y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de

quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, depar-

tamento de Morazán; a la quince horas y treinta minutos del día diez de

marzo de dos mil doce. LICDA. ALICIA JEANNETTE ALVARENGA

HERNÁNDEZ, JUEZA 1o. DE 1a. INSTANCIA SUPLENTE. LICDA.

YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZÚNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000082-1

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez

Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al público para

efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de

las once horas y catorce minutos del día seis de marzo del corriente año,

se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción dejó el causante Esteban Ortiz

Pérez, de parte de los señores Santos Rufi no Ortiz Gómez, de treinta y

cinco años de edad, Motorista, originario de Cacaopera, Departamento

de Morazán, y del domicilio de la ciudad de Acworth, Estado de Georgia,

de los Estados Unidos de América, con Pasaporte Salvadoreño número

A nueve cero seis cero cinco nueve; Santos Paulina Ortiz de Villalta,

de treinta y tres años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de

Cacaopera, actualmente del domicilio de la ciudad de Elizabeth del

Condado de Nueva Jersey, Estados Unidos de América con Documento

Único de Identidad número cero un millón doscientos siete mil doscientos

ocho guión nueve; y, Santos Maribel Ortiz Gómez, de veintisiete años

de edad, de ofi cios domésticos, originaria y del domicilio de Cacaopera,

Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número

cero tres millones quinientos dos mil trescientos ocho guión tres; por

derecho propio en calidad de hijos del mencionado causante, quien a la

fecha de su fallecimiento fue de cuarenta y cinco años de edad, Empleado,

originario de y del domicilio de Cacaopera, Departamento de Morazán,

hija de los señores Anacleto Ortiz y María Ángela Pérez; falleció a las

veinticuatro horas y cuarenta y siete minutos del día seis de abril de mil

novecientos noventa y siete, en la ciudad de Brooklyn, Estado de Nueva

York, Estados Unidos de América, siendo la ciudad de Cacaopera, lugar

de su último domicilio. Se le confi rió a los aceptantes antes mencionados

y en la forma establecida, la Administración y Representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se

presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-

dico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-

cisco Gotera, Morazán; a las once horas del día siete de marzo de dos

mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ

2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS

DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027670-1

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN, al público para efectos de ley

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las

catorce horas y cuarenta minutos del día veinte de febrero del dos mil

catorce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a

su defunción dejó la causante VITALINA PORTILLO DIAZ, conocida

por VITALINA DIAZ, de parte del señor WIL ALEXANDER DIAZ, de

treinta y seis años de edad, jornalero, del domicilio de Osicala, Depar-

tamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número cero

cero setecientos cincuenta y siete mil novecientos trece - uno, y Tarjeta

de Identifi cación Tributaria número un mil trescientos quince - doscientos

noventa mil cuatrocientos setenta y seis - ciento uno - tres; por derecho

propio que le corresponde en calidad de hijo de la causante; quien a la

fecha de su fallecimiento era de cincuenta y seis años de edad, de ofi cios

domésticos, soltera, originaria y del domicilio de Osicala, Morazán, hija de

JUSTINIANO PORTILLO, y VIRGINIA DIAZ; falleció el día dieciséis

de mayo de mil novecientos noventa y ocho, en Osicala, Departamento

de Morazán, siendo en este lugar su último domicilio. Se le confi rió al

aceptante antes mencionado y en la forma establecida, la administración

y representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a deducido en el término de quince días, contados desde el

siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Departamento de Morazán, a los veinte días del mes de febrero

del dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,

JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH

IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027672-1

LIC. JORGE ANTONIO GONZÁLEZ MERINO, JUEZ PRIMERO DE

PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-

TAMENTO DE MORAZÁN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado

a las catorce horas y cuarenta minutos de este día; se ha tenido por

aceptada EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO

de parte del señor: JUAN ANTONIO GONZALEZ ORTEZ, de 38

años de edad, Empleado, del domicilio de Cacaopera, Departamento de

Morazán; con Documento Único de Identidad número 041572361-9 y

Tarjeta de Identifi cación Tributariamente número 1302-130675-105-7;

de la herencia que en forma Intestada dejó el causante JOSE ANTONIO

ARRIAZA, quien fue de 34 años de edad, jornalero, casado, originario

y de último domicilio de Lolotiquillo, Departamento de Morazán, hijo

de Juana Arriaza; quien falleció el día 24 de abril de 1996, en el Cantón

Manzanilla de la jurisdicción de Lolotiquillo, Departamento de Morazán,

a consecuencia de Intoxicación sin Asistencia Médica; siendo ese lugar

su último domicilio; en concepto de CESIONARIO del derecho heredi-

tario que le correspondía a la señora MARIA AMALIA HERNANDEZ

VIUDA DE ARRIAZA, cónyuge sobreviviente del referido causante.

Confi érasele al referido aceptante en la calidad expresada, la administra-

ción y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia Intestada.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de

quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de éste

edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,

departamento de Morazán, a las quince horas del día cinco de marzo de

dos mil catorce. LIC. JORGE ANTONIO GONZÁLEZ MERINO, JUEZ

1o. DE 1a. INSTANCIA SUPLENTE. LICDA. YESENIA ROSIBEL

VILLATORO DE ZÚNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027673-1

IVETTE CAROLINA MACHADO CANJURA, Notario, de este domi-

cilio, con despacho notarial ubicado en Colonia Metrópolis Norte, Senda

Tres Poniente, número veinticinco, de la jurisdicción de Mejicanos,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las nueve horas del día siete de marzo del dos mil catorce, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital Médico Quirúrgico

del Seguro Social, de esta ciudad, el día quince de octubre de dos mil

ocho, dejó el señor CARLOS ERNESTO ESTRADA, conocido por

JUAN CARLOS ESTRADA, CARLOS ERNESTO ESTRADA LOPEZ

y por ERNESTO ESTRADA, de parte del señor ROGER VENTURA

ESTRADA ACEVEDO, en su concepto de hijo sobreviviente del causan-

te; habiéndosele conferido la Administración y Representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida Herencia, para que se presenten a la referida

Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina de la Notario IVETTE CAROLINA MA-

CHADO CANJURA, en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas

del día trece de marzo del dos mil catorce.

IVETTE CAROLINA MACHADO CANJURA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F027780-1

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce horas y quince minutos del día diez de febrero del corriente año. Se de-claró heredero expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las veintidós horas con treinta minutos del día cuatro de septiembre del año dos mil diez, en el Cantón Guayabo, de la jurisdicción de Concepción de Oriente, de este distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio dejó el causante Apolonio Cruz García, de parte de la señora Juana Bautista Vanegas Viuda de Cruz, en concepto de cónyuge sobreviviente del referido causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral 1° del Código Civil; y en concepto de cesionaria del derecho hereditario que en la referida sucesión le correspondía al señor José Antonio Cruz Vanegas, en concepto de hijo sobreviviente del referido causante, de conformidad con el Artículo 1699 C.c. Se le confi ere a la heredera declarada en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los doce días del mes de febrero de dos mil catorce.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027806-1

LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: En las diligencias de aceptación de herencia intestada iniciada por el Licenciado OMAR ALEXANDER MARRO-QUÍN PEÑA, en su calidad de Apoderado General Judicial de los señores DANILO NORBERTO DUARTE SANDOVAL, ÁNGEL VLADIMIR DUARTE SANDOVAL, MARITZA CAROLINA DUAR-TE SANDOVAL y NUBIA ARACELY DUARTE ÁLVAREZ, en el proceso clasifi cado bajo el número de referencia 1798-13-DV-2CM1, se ha proveído resolución por este tribunal a las catorce horas quince minutos del día cinco de marzo de dos mil catorce, mediante la cual se ha tenido por aceptada interinamente, y con Benefi cio de Inventario, de parte de los señores supra indicados en la herencia intestada que a su defunción dejara la causante DAMIANA DEL ROSARIO SANDOVAL MARTÍNEZ, quien fuera de sesenta y seis años de edad, divorciada, originaria de Texistepeque, habiendo fallecido el día treinta de octubre de dos mil trece, habiendo sido su último domicilio el Municipio de Texistepeque. A los aceptantes antes citados, se les confi ere Interinamente la Administración y Representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que se crea con derecho a la sucesión, se presente a este juzgado a deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-CANTIL; Santa Ana, a las catorce horas quince minutos del día cinco de marzo de dos mil catorce. LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SANTA ANA.- LIC. JAIME MANUEL BENITEZ BAÑOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027811-1

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PÚBLICO PARA EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Juzgado, a las once horas y quince minutos del día Siete de Febrero del Dos Mil Catorce, SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA TESTAMENTARIA que a su defunción dejó el causante JOSE HECTOR COREA ROMERO, conocido por JOSE HECTOR COREA, de parte del señor NORBERTO MUNGUIA, de sesenta y tres años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Yoloaiquín, con Documento de Identidad Número cero tres siete ocho cuatro tres nueve nueve - dos, y número de Identifi ca-ción Tributaria Un mil trescientos veintiséis- trescientos mil trescientos cincuenta - cero cero uno - seis; por derecho propio que les corresponde en calidad de hijo del causante; quien a la fecha de su fallecimiento era de ochenta y cinco años de edad, casado, Agricultor, originario de Yoloaiquín, Morazán, hijo de ONOFRE COREA y PAULINA ROMERO; falleció el día trece de julio del dos mil trece, en Yoloaiquín, siendo en la ciudad de Yoloaiquín, Departamento de Morazán, lugar de su último Domicilio.- Se le confi rió al aceptante antes mencionado y en la forma establecida, la administración y representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Publíquense en el Diario Ofi cial los edictos de Ley de conformidad al Art. 1,163 C., con citación a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a los siete días del mes de febrero del dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027821-1

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Suplente del Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al Público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las once horas y treinta minutos del día nueve de enero del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JUAN HERIBERTO SANCHEZ HERNANDEZ, de parte de la señora CRUZ ROMERO DE VIGIL, de cuarenta y un años de edad, de Ofi cios Domésticos, del

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

domicilio de esta ciudad de San Francisco Gotera, con Documento Único de Identidad Número cero uno uno dos uno uno ocho nueve guión dos, y con Número de Identifi cación Tributaria mil trescientos once guión cero treinta mil quinientos setenta y dos guión ciento dos guión cinco; como Cesionaria de los derechos que le correspondía a la señora DIGNA EMERITA SANCHEZ VIGIL, ésta por derecho propio en calidad de hija del mencionado causante; quien a la fecha de su fallecimiento fue de sesenta y nueve años de edad, Jornalero, originario de Torola y del domicilio de esta ciudad de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; hijo de los señores Isidro Sánchez y Urbana Hernández; falleció a las diecinueve horas y treinta minutos del día veintiséis de Noviembre de dos mil diez, en el Hospital Nacional de esta ciudad de Francisco Gotera; siendo esta misma ciudad, lugar de su último domicilio.-

Se le confi rió a la aceptante antes mencionada y en la forma esta-blecida, la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION de la Suce-sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-dico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-cisco Gotera, Morazán; a las nueve horas y cincuenta y tres minutos del día catorce de enero de dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º DE 1ª. INSTANCIA LICDA. KA-RINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027824-1

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada de las nueve horas diez minutos del día diecinueve de diciembre del año recién pasado por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por el señor; LAZARO FLORES HERNANDEZ, fa-llecido el día dieciséis de abril de dos mil tres, en el Cantón San Ramón Jurisdicción de San Antonio del Monte, siendo la Población de San Antonio del Monte su último domicilio, de parte del señor ADILTON LEONEL FLORES CRUZ, en concepto de hijo y además como cesionario de los Derechos Hereditarios que en la referida herencia le correspondían a las señoras Ana Lilian Cruz de Flores y Evelin Araceli Flores Cruz, como cónyuge e hija respectivamente del Causante.

Se ha conferido al aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las ocho horas cincuenta minu-tos del día ocho de Enero del dos mil catorce.- DR. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027848-1

ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, Juez de lo Civil Interino de este distrito judicial,

AVISA: Que este día ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia, intestada que dejó JOSE VENICIO PALACIOS o JOSE VINICIO PALACIOS, que falleció el día tres de marzo de dos mil once, en el cantón Tierra Blanca de esta jurisdicción, Departamento de La Paz, su último domicilio, por parte de JOSE VI-NICIO PALACIOS RAMIREZ, en concepto de hijo del causante; y se ha nombrado al aceptante, interinamente, administrador y representante de la sucesión.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a los seis días del mes de marzo de dos mil catorce.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO

3 v. alt. No. F027857-1

LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal, a las diez horas y treinta minutos del día trece de marzo del corriente año; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la he-rencia intestada dejada a su defunción por MARIA REYES GONZALEZ viuda de CORPEÑO conocida por MARIA REYES GONZALEZ DE CORPEÑO y por MARIA REYES GONZALEZ y REYES GONZALEZ, quien falleció el día diecinueve de octubre del año dos mil trece, en su casa de habitación situada en Colonia Palestina del cantón El Achiotal, de esta jurisdicción, siendo de este domicilio, a consecuencia de PARO CARDIACO RESPIRATORIO, CON ASISTENCIA MEDICA; de parte del señor LUIS ALFREDO GONZALEZ, en el concepto de hijo de la causante.

Confi riéndose al aceptante, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat, a las diez horas y cincuenta minutos del día trece de marzo de dos mil catorce. LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. F027864-1

MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE BERLIN, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con cinco minutos del día veintiocho de febrero del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente la Herencia Intestada de los bienes que a su

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

defunción dejó el Causante JOSE OSCAR CORDOVA, fallecido el día veintiséis de abril del año dos mil siete, en el Hospital Nacional de Santiago de María, departamento de Usulután, a consecuencia de Insufi ciencia Cardiaca, Clase Tencional, con asistencia médica, siendo su último do-micilio el Cantón San Lorenzo, del municipio de Berlín, departamento de Usulután; de parte de la señora MARIA PETRONILA PINEDA VIUDA DE CORDOVA, conocida por MARIA PETRONILA PINEDA DE CORDOVA, MARIA PETRONILA PINEDA, PETRONILA PINEDA VELASQUEZ y PETRONILA PINEDA, con Documento Único de Identidad número 02363813-1 y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número 1102-271052-101-3; en su calidad de Cónyuge Sobreviviente del Causante antes relacionado y como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que en abstracto le correspondían a los señores VILMA CAROLINA CORDOVA PINEDA, DAYSI ARACELY CORDOVA DE CAÑENGUEZ, PATRICIA DEL CARMEN CORDOVA PINEDA, ERICK JOEL CORDOVA PINEDA, MIGUEL ANTONIO CORDOVA PINEDA y EVELIN MARILU CORDOVA PINEDA, estos últimos en su calidad de hijos del referido de cujus, de los bienes que a su defunción dejó el mismo; confi riéndole a la aceptante la Administración y Repre-sentación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, de conformidad a lo establecido en el Artículo 1163 del Código Civil.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia, para que den-tro del término de Ley, se presenten a este Juzgado a hacer uso de sus derechos, lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Ber-lín, a los veintiocho días de febrero del año dos mil catorce.LICDA. MERCEDES CONCEPCION SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMUDEZ DE HENRIQUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027868-1

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas veinte minutos del día nueve de febrero de dos mil doce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la se-ñora SANTOS DEL ROSARIO ZELAYA DE MORALES, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora PETRONILA DE LOS ANGELES VELA o PETRONILA VELA, quien fue de sesenta y dos años de edad, de ofi cios domésticos, soltera, fallecida a las seis horas del día dieciocho de diciembre de mil novecientos ochenta y dos, en el Barrio Concepción de esta ciudad, lugar de su último domicilio, en concepto de nieta de la causante. Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las doce horas cincuenta minutos del día veintisiete de noviembre de dos mil trece.DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027871-1

LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, Juez de lo Civil Interino, de este distrito judicial, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante LUCIO RAMOS o LU-CIO RAMOS MIRANDA, quien falleció el día treinta de mayo de dos mil diez, en el Hospital Santa Teresa de esta ciudad, siendo San Rafael Obrajuelo, su último domicilio, por parte de MIGUEL ANGEL RAMOS HERNANDEZ, en concepto de hijo del referido causante. Nómbrase al aceptante, interinamente, administrador y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las catorce horas y diez minutos del día tres de febrero de dos mil catorce. LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. F027896-1

LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado de las catorce horas y seis minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el día nueve de febrero de dos mil doce, en la ciudad de Soyapango, dejó el causante señor MANUEL ANTONIO ESCOBAR GOMEZ; quien fue de cuarenta y cuatro años de edad, salvadoreño, soltero, del domicilio de Soyapango, departamento de San Salvador, originario de Ilobasco, departamento de Cabañas, hijo de Zoila Gómez (fallecida), y Manuel de Jesús Escobar (fallecido), siendo su último domicilio la ciudad de Soyapango, de parte de la señora MARÍA ELBA ESCOBAR GÓMEZ, con NIT:0903-090957-102-1, TERESA DE JESÚS ESCOBAR DE RIVAS, NIT: 0903-241051-101-2, MARÍA BENICIA ESCOBAR DE SERRANO, NIT: 0903-250861-101-5, JOSÉ ATILIO ESCOBAR GÓMEZ, NIT: 0903-250546-001-9 y JOSÉ OSCAR ESCOBAR GOMEZ, NIT: 0903-130169-101-2, quienes actúan en su calidad de hermanos del causante señor MANUEL ANTONIO ESCOBAR GÓMEZ, con NIT: 0903-130667-102-8, representados judicialmente por la Licenciada CLAUDIA LISSETTE SAGET FLORES, quien actúa en su calidad de Apoderado General Judicial.

Y se les ha Conferido a los aceptantes la administración y re-presentación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión.

Librado en el Juzgado de Civil de Soyapango, a las catorce horas veinte minutos del día veinticinco de febrero de dos mil catorce. LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027913-1

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, actuando en su concepto de apoderado del señor ALFREDO YOXABETH SALMERON RAMOS, mayor de edad, Empleado, del domicilio de Osicala, departamento de Morazán, solicitando TITULO DE PROPIEDAD, sobre una porción de terreno de naturaleza urbana, situada en el Barrio El Calvario, jurisdic-ción de Osicala, departamento Morazán, de la capacidad superfi cial de CIENTO CUARENTA Y UNO PUNTO TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, mide siete metros cincuenta y cinco centímetros, linda con terreno de la señora María Dolores Delgado, divididos por cerco de malla ciclón de por medio; antes hoy de muro de ladrillo; AL NORTE, mide veintiún metros, linda con terreno de la señora María Dolores Delgado, divididos por cerco de malla ciclón de por medio; antes hoy muro de ladrillo; AL PONIENTE, mide seis metros veinte centímetros, linda con Francisca Hernández, calle pública de por medio; y AL SUR: mide veintiún metros, linda con Mercedes Vásquez (hombre), divididos por muro de ladrillo propio de por medio. El inmueble anteriormente descrito, lo adquirió su representado por compraventa de posesión material que le hiciera el señor CALIXTO DELGADO PINEDA; valuando dicho inmueble en la cantidad de OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, no es predio sirviente ni dominante, no tiene carga ni derechos reales constituidos en él, no está en proindivisión con nadie.

Osicala, departamento de Morazán, a los diez días del mes de marzo del dos mil catorce. MARVIN ELIU REYES, ALCALDE MU-NICIPAL.- RIGOBERTO HERNANDEZ RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C000075-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó el Licenciado RAYMUNDO ADOLFO GUERRA CASTRO, de treinta y ocho años de edad, Abogado, del domicilio de Comalapa, Departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad Número cero cero cero sesenta y nueve mil quinientos noventa – dos, y con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos cinco – doscientos setenta y un mil doscientos setenta y cinco – ciento uno – cinco; actuando en nombre y representación del señor OSCAR LEÓN URBINA, quien es de cincuenta y cuatro años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio de Comalapa, Departamento de Chalatenango, residiendo actualmente en los Estados Unidos de América, portador de su Documento Único de Identidad Número cero dos millones quinientos noventa y dos mil tres-cientos sesenta y siete – uno, y con Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos seis – ciento veinte mil quinientos cincuenta y nueve – cero cero uno – cinco, a solicitar TITULO DE PROPIEDAD, de un inmueble de naturaleza URBANA, a propiedad de su representado, ubicado en el Barrio Las Delicias, calle principal que conduce a La Laguna, de esta jurisdicción, del cual su mandante es dueño y actual poseedor en forma quieta, exclusiva, pública, pacífi ca, de buena fe, sin interrupción de ninguna persona o autoridad de la República, y que su posesión unida a la de su antecesora suma más de diez años consecu-tivos, el inmueble tiene una extensión superfi cial de TRESCIENTOS

NOVENTA Y UNO PUNTO DIECISÉIS METROS CUADRADOS, que tiene las medidas y linderos siguientes: AL NORTE, comenzando desde un punto que forma esquina mide veintiún metros con treinta y cinco centímetros, hasta llegar a otro punto que forma esquina, colinda con propiedad de José Antonio León pared de ladrillo de block de por medio propia del inmueble que se describe; AL ORIENTE, del punto anterior se miden quince metros con setenta centímetros, hasta llegar a otro punto que forma esquina, colinda con propiedad de Adán León, pared de ladrillo de block de por medio propia del inmueble que se describe; AL SUR, del punto anterior se miden veintidós metros con sesenta y cinco centímetros, hasta llegar a otro punto que forma esquina, colinda con propiedad de Miguel Ángel Guerra León, pared de ladrillo de block de por medio propia del inmueble que se describe; y AL PO-NIENTE, del punto anterior se miden diecinueve metros con ochenta y seis centímetros, hasta llegar al punto donde se comenzó la presente demarcación, colinda con propiedad de María del Carmen Pereira y José Luis León Urbina, calle pública de por medio que conduce al Municipio de La Laguna. En este terreno descrito existe construida una vivienda de sistema mixto. El referido inmueble lo adquirió por compra que le hizo de forma verbal a la anterior poseedora señora Juana León, quien reside en los Estados Unidos de América, por lo que presenta Escritura Pública de Declaración Jurada de Posesión Material de Inmueble, otor-gada en la Ciudad y Departamento de San Salvador, a las ocho horas del día once de enero del año dos mil catorce, ante los ofi cios notariales de WILSON FRANCISCO FLORES ZELADA. Dicho inmueble lo valúa en la suma de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y careciendo de antecedente inscrito en el correspondiente Registro de Propiedad Raíz e Hipotecas.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley consiguien-tes.

ALCALDÍA MUNICIPAL DE COMALAPA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO, doce de marzo de dos mil catorce. MOISES ANTONIO MARIN SANTAMARIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. BLANCA REINA ARDON DE AYALA, SECRETARIA MUNICI-PAL.

3 v. alt. No. F027692-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó el señor LUCIO ANTONIO GALDAMEZ FUENTES, de cincuenta y seis años de edad, Ingeniero Agrónomo, del domicilio de Comalapa, Departamento de Chalatenango, portador de mi Documento Único de Identidad número cero cero cero treinta y tres mil seiscientos ochenta y nueve – uno, a solicitar TITULO DE PROPIEDAD, de Un inmueble de naturaleza URBANA, ubicado en el Barrio Las Flores, Avenida Delgado, de esta jurisdicción, del cual es dueño y actual poseedor en forma quieta, exclusiva, pública, pacífi ca, de buena fe, sin interrupción de ninguna persona o autoridad de la República, y que su posesión unida a la de su antecesora suma más de diez años consecutivos, el inmueble tiene una extensión superfi cial de DOSCIENTOS SETENTA Y TRES PUNTO CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS de las medidas, linderos y colindancias siguientes: LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nor-oriente está formado por dos tramos rectos con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, sur cuarenta y dos grados veintitrés minutos cuarenta y dos segundos oeste con una distancia de cinco punto veinticinco metros; tramo dos, sur cincuenta y ocho grados

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

veinticinco minutos cincuenta y tres segundos oeste con una distancia de doce punto quince metros, colindando con propiedad de los señores Félix Adán Ardón y José Arnoldo León Villalobos, pared de adobe y calle pública de por medio. LINDERO SUR, partiendo del vértice sur-oriente está formado por un tramo recto con el siguiente rumbo y distancia: tramo uno, norte cuarenta y tres grados treinta y dos minutos cuarenta y siete segundos oeste con una distancia de dieciséis punto cincuenta y ocho metros; colindando con propiedad del señor Víctor Ángel Galdámez, pared de adobe de por medio propia del terreno que se describe. LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice sur-poniente está formado por un tramo recto con el siguiente rumbo y distancia: tramo uno, norte cincuenta grados cuarenta y un minutos doce segundos Este con una distancia de catorce punto cero nueve metros; colindando con propiedad del señor Omar Antonio León Orellana, pared de adobe propia del colindante de por medio. LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor-poniente está formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia: tramo uno, sur cincuenta y tres grados veintiséis minutos cero nueve segundos Este con una distancia de diecisiete punto noventa y seis metros; colindando con propiedad del señor Omar Antonio León Orellana, pared de adobe propia del inmueble que se describe. Así se llega al vértice Nor-oriente, que es donde se inició la descripción. En este inmueble existe construida una casa techo de tejas sobre paredes de adobe. El referido inmueble lo adquirió por compra que le hizo a la anterior poseedora señora María Adela Fuentes Viuda de Galdámez, quien ya falleció, según Escritura de Compraventa de Inmueble, otorgada en la Ciudad y Departamento de Chalatenango, a las quince horas del día treinta y uno de agosto del año dos mil diez, ante los ofi cios notariales de JOSÉ SALVADOR JIMENEZ HERNANDEZ. Dicho inmueble lo valúa en la suma de QUINCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y careciendo de antecedente inscrito en el correspondiente Registro de Propiedad Raíz e Hipotecas.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley consiguien-tes.

ALCALDÍA MUNICIPAL DE COMALAPA, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO, doce de marzo de dos mil catorce. MOISES ANTONIO MARIN SANTAMARIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. BLANCA REINA ARDON DE AYALA, SECRETARIA MUNICI-PAL.

3 v. alt. No. F027693-1

DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR Alcalde Municipal del Municipio y Departamento de Chalatenango.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se han presentado ANA ISA-BEL ORTEGA DE VANEGAS, de cuarenta y siete años de edad, Ama de Casa, del domicilio de la ciudad y Departamento de Chalatenango. con Documento Único de Identidad cero uno tres cero ocho seis dos tres-cinco, y con número de Identifi cación Tributaria cero cuatro cero siete- tres uno cero tres seis seis - uno cero uno- cinco, y ERICKA ARLENE ORTEGA, de veintisiete años de edad, Estudiante, del do-micilio de la ciudad y Departamento de Chalatenango, con Documento Único da Identidad cero tres cinco cinco seis siete cinco cinco- ocho, y con número de Identifi cación Tributaria cero cuatro cero siete- uno tres cero seis ocho seis- uno cero uno- siete; quienes solicitan Título de Propiedad y Dominio de un inmueble de naturaleza URBANA, Ubicado en Barrio El Calvario, calle que conduce a Las Vueltas y Final Calle Morazán, Municipio de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, de la capacidad superfi cial de CIENTO OCHENTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, Partiendo del vértice

Sureste del inmueble se describen los siguientes rumbos y distancias. LINDERO ORIENTE: Está formado por un tramo: Tramo uno, Sur siete grados veintiocho minutos cinco segundos Oeste con una distancia de dieciocho punto diecisiete metros: Colindando con terrenos de Adolfo Díaz, antes hoy con el señor Benedicto Delgado Zamora, Tapial propio del inmueble que se describe; LINDERO SUR: Está formado por un tramo; Tramo uno, Norte ochenta y cinco grados treinta y tres minutos cincuenta segundos Oeste con una distancia de diez punto veinte metros; Colindando con terrenos de Adolfo Díaz, antes hoy con el señor Gabriel Adán Delgado Guardado, Tapial propio del inmueble que se describe; LINDERO PONIENTE: Está formado por un tramo; Tramo uno, Norte siete grados cuarenta y nueve minutos dieciséis segundos Este con una distancia de diecinueve punto cero nueve metros: Colindando con te-rrenos de Adolfo Díaz, antes hoy con el señor Osmín Osvaldo Ventura, Tapial propio del inmueble que se describe; y LINDERO NORTE: Está formado por un tramo; Tramo uno. Sur ochenta grados veintidós minutos diez segundos Este con una distancia de diez punto cero ocho metros; Colindando con terrenos de Joaquín Peraza Beltrán: con calle de por medio, que conduce de Chalatenango, a Las Vueltas. Así se llega al vértice Sureste, que es donde se inició la presente descripción. Se aclara que dicho inmueble no es dominante ni sirviente, y goza de los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica. Lo valoran en el precio de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Dicho inmueble lo adquirieron por medio de escritura Pública de compraventa que se le hizo al señor EFRANINO ALFARO ORELLANA.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Chalatenango, a los diez días del mes de marzo del año dos mil catorce.- DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F027800-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER : Que a esta Ofi cina se ha presentado RAQUEL RIVERA, mayor de edad, de este origen y domicilio de Nacionalidad Salvadoreña, solicitando se le extienda Título de Propiedad de Un In-mueble Urbano Situado en el Barrio El Calvario de esta Ciudad, cuyas medidas y colindantes son: NORTE: linda con Ministerio de Educación, Calle pública de por medio, mide seis metros, ORIENTE: linda con María Lidia Martínez Cubías, Blanca Luz Martínez Cubías, mide nueve metros, SUR: linda con Zulma Concepción Bonilla de Flores, mide seis metros diez centímetros, PONIENTE: linda con Juan Francisco Portillo Flores, mide nueve metros, el Inmueble no es sirviente ni dominante, no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, lo hubo por compra que hizo a Ignacio Rivera, lo estima en DOS MIL DOLARES EXACTOS.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes

Alcaldía Municipal de San Lorenzo, departamento de San Vicen-te, a cinco de febrero del año dos mil catorce.- FIDENCIO ADILIO GUZMAN ACEVEDO, ALCALDE MUNICIPAL.- SERGIO DANILO CUBIAS PINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F027853-1

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER : Que a esta Ofi cina se ha presentado Blanca Irene Martínez Cubías, mayor de edad, de este origen y domicilio, de Nacio-nalidad Salvadoreña, solicitando se le extienda Título de Propiedad de Un Inmueble Urbano Situado en el Barrio El Carmen de esta Ciudad, cuyas medidas y colindantes son: NORTE: linda con Blanca Irene Martínez, Domingo Ponce Durán, mide siete metros, ORIENTE: linda con Domingo Ponce Durán, mide ocho punto ochenta y ocho metros, SUR: linda con Santos Rivera Moreno, Sergio Antonio Aguirre Rivas, mide seis punto noventa y un metros, PONIENTE: linda con Blanca Irene Martínez, mide ocho punto setenta metros, el Inmueble no es sirviente ni dominante, no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, lo hubo por compra que hizo a María Celia Cubías, lo estima en DOS MIL DOLARES EXACTOS.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes.

Alcaldía Municipal de San Lorenzo, departamento de San Vicente, a cinco días del mes de febrero del año dos mil catorce.- FIDENCIO ADILIO GUZMAN ACEVEDO, ALCALDE MUNICIPAL.- SERGIO DANILO CUBIAS PINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F027854-1

TITULO SUPLETORIO

EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA, Notario, del domicilio de Cojutepeque y de San Vicente, con ofi cina jurídica situada en calle José Francisco López Número tres, de esta ciudad, al público

HACE SABER: Que a su ofi cina jurídica se ha presentado el señor ENCARNACION REYES, de cincuenta y nueve años de edad, Jornalero, del domicilio de San Cristóbal, Departamento de Cuscatlán, SOLICITANDO TITULO SUPLETORIO de un inmueble Rústico de su propiedad, situado en el Cantón Santa Anita, sin número, jurisdicción de San Cristóbal, Departamento de Cuscatlán, de la extensión superfi cial de SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES PUNTO SESEN-TA Y OCHO METROS CUADRADOS, que linda: AL NORTE, con terreno de Heriberto Hernández, Bernarda Beltrán y María Santos Peña de Gómez; AL ORIENTE, con terreno de Juan Reyes; AL SUR, con terreno de Anastacio Hernández, calle de por medio; Y AL PONIENTE, con terrenos de Estanislao Gómez, Manuel de Jesús Hernández Beltrán y Paula Reyes Hernández. Todos los colindantes son del domicilio de Cantón Santa Anita, jurisdicción de San Cristóbal, Departamento de Cuscatlán. No es sirviente, ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, lo adquirió por compra a don Juan Reyes, el día diecisiete de junio de dos mil trece; y desde que lo adquirió lo ha poseído de forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y lo valúa en la suma de CINCO MIL DÓLARES AMERICANOS.

Cojutepeque, catorce de marzo de dos mil catorce.

LIC. EVELYN MERCEDES GAVARRETE MOLINA,

NOTARIO.

1 v. No. C000074

JOSE FRANCISCO ESCOBAR ROSA, mayor de edad, Notario, del domicilio de esta Ciudad y de El Divisadero, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad Número: cero dos tres cuatro uno uno siete siete-cinco, al público para efectos de Ley,

HACE SABER: Que a mi ofi cina Jurídica situada en Segunda Calle número dieciocho, Barrio La Cruz, de esta ciudad, se han presentado los señores: JESUS DEL CARMEN PINEDA DE PEREIRA y ALEXI ADALY PEREIRA , la primera de cuarenta y tres años de edad, Ama de casa, del domicilio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, portadora de su Documento Único de Identidad Número: cero cuatro nueve nueve seis seis uno cero-cuatro, con Número de Identifi cación Tributaria: uno tres cero cuatro-cero tres cero dos siete uno-uno cero uno-dos, y el segundo de cuarenta y ocho años de edad, Empleado, del domicilio de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán , portador de su Pasaporte Americano número tres uno cero cinco cuatro nueve cero cero nueve, con número de Identifi cación Tributaria uno tres cero siete –tres uno cero siete seis cinco-uno cero uno- nueve pidiendo se les extienda TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica situado en el Caserío La Puerta, Cantón La Laguna Jurisdicción de Villa del Rosario, distrito de Jocoatique, Departamento de Morazán, de la ca-pacidad superfi cial de UN MIL CIENTO SESENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: cuarenta y nueve metros, con terreno de Doris Esperanza Pereira, cerco de alambre propio de por medio; AL NORTE: cuarenta y dos metros, con terrenos de la señora Laura Pereira calle de por medio; AL PONIENTE: seis metros con terreno de Celso Díaz, calle de por medio; y AL SUR: cuarenta y tres metros con terrenos de la señora Laura Pereira, cerco de alambre propio de por medio.-Inmueble que estiman en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y la posesión de la peticionaria data desde hace más de doce años hasta hoy, ha sido y es quieta, pacífi ca e ininterrumpida, no habiendo sido impedida ni perturbada por nadie.

Para los efectos legales, se extiende la presente en la Ciudad de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán a los trece días del mes de febrero de dos mil catorce.-

JOSE FRANCISCO ESCOBAR ROSA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. C000080

VICTOR MANUEL MARTINEZ SALINAS, Notario, del domicilio de Chalatenango,

HACE SABER: Que a mi Ofi cina Profesional, ubicada entre Cuarta Calle Oriente y Cuarta Avenida Sur, Barrio San Antonio, Ciudad y Departamento de Chalatenango; se ha presentado YENNY PATRICIA RAMIREZ MENJIVAR solicitando TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en Cantón Los Menjívar, jurisdicción de San Francisco Lempa, Departamento de Chalatenango, de una Extensión Superfi cial de CIENTO TREINTA METROS CUA-DRADOS, que se describe así: AL NORTE, mide diez metros, colinda con Eulalio Ramírez Figueroa y María Romana Menjívar de Ramírez; AL ORIENTE, mide trece metros, colinda con Eulalio Ramírez Figueroa y María Romana Menjívar de Ramírez; AL SUR, mide diez metros, colinda con Rosalina Ramírez de Hernández; y AL PONIENTE, mide trece metros, colinda con Yolanda del Carmen Peña.

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

Se previene a las personas que desean presentar oposición a las pretensiones de la peticionante, lo hagan dentro del término Legal y en la dirección arriba citada.

Librado en la Ofi cina del suscrito Notario. Chalatenango, catorce de marzo del año dos mil catorce.

VICTOR MANUEL MARTINEZ SALINAS,

NOTARIO.

1 v. No. F027695/F029431

MIGUEL ÁNGEL CHICAS, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi cina en Urbanización La Cima I, Calle Cinco, Polígono "G", casa número siete, en la ciudad de San Salvador,

HACE SABER: Que ante mis ofi cios de Notario se han iniciado, por parte de la señora ANASTACIA PÉREZ VIUDA DE MELARA, DILIGENCIAS DE TITULO SUPLETORIO, manifestando que es dueña y actual poseedora de un terreno, de naturaleza rústica, situado en Cantón Las Casitas, jurisdicción de Santo Tomás, Departamento de San Salvador, de la extensión superfi cial de UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS PUNTO CERO TRES METROS CUADRADOS, que linda: AL NORTE, con Miguel Alberto Flores Ramos; AL ORIENTE, con José Venancio Benítez; AL SUR, con Miguel Ángel Sánchez Mejía, Miguel Alberto Flores Ramos, Celso Vásquez Guzmán y Mauricio Salguero; y AL PONIENTE, con Miguel Alberto Flores Ramos, calle pública de por medio que de Santo Tomás conduce a Cantón Joyas de Girón. Lo obtuvo por compra que le hizo al señor Narciso Gutiérrez, en documento privado, el día veinticuatro de febrero de mil novecientos setenta y ocho; no es dominante, ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión, ni pesan sobre él cargas ni derechos reales que deban respetarse y que pertenezcan a terceras personas.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes. San Salvador, diez de septiembre de dos mil trece.

LIC. MIGUEL ANGEL CHICAS,

NOTARIO.

1 v. No. F027783

LICENCIADO GUSTAVO ADOLFO LOPEZ RODRÍGUEZ, NO-TARIO, DEL DOMICILIO DE AHUACHAPAN, CON OFICINA JURÍDICA SITUADA EN LA SEGUNDA AVENIDA SUR NÚMERO TRES-SIETE, DE LA CIUDAD DE AHUACHAPÁN,

HACE SABER: Que en esta Notaría Pública, se ha presentado la señora MARTA VILMA ESCALANTE MARTINEZ, solicitando obtener Título Supletorio de dos predios rústicos, incultos, situados en el lugar llamado "Lomas de San Juan" hoy Cantón "San Juan", de la jurisdicción de Tacuba, departamento de Ahuachapán.- EL PRIMERO: compuesto de una extensión superfi cial de CUATRO MIL CUATRO-CIENTOS SETENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS, de los linderos especiales siguientes: AL NORTE, con el predio que se describirá como el segundo, y que es propiedad de la misma

señora Marta Vilma Escalante Martínez; AL ORIENTE, con propiedad

hoy en día de los señores Teodoro García Santos y Carlos Humberto

López, con ambos calle de por medio; AL SUR, con propiedad hoy en

día del señor José Alfredo Escalante González; y AL PONIENTE, con

propiedad hoy en día del señor Nelson Rosembert Morales Orantes.- EL

SEGUNDO: compuesto de una extensión superfi cial de CUATRO MIL

SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE PUNTO OCHENTA Y SEIS

METROS CUADRADOS; de los linderos especiales siguientes: AL

NORTE, con propiedad hoy en día de la Alcaldía Municipal de Tacuba; AL

ORIENTE, con propiedad hoy en día del señor Carlos Humberto López,

calle de por medio; AL SUR, con predio descrito como primero, y que

es propiedad de la misma señora Marta Vilma Escalante Martínez y AL

PONIENTE, con propiedad del señor Rigoberto Escalante González.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.-

Librado en la Ofi cina de Notariado del Licenciado Gustavo Adolfo

López Rodríguez, Ahuachapán, a los diecinueve días del mes de febrero

de dos mil catorce.-

LIC. GUSTAVO ADOLFO LOPEZ RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F027833

SOFIA LISSETH NAVARRO RIVAS, Notario, con ofi cina jurídica en

Veinticinco Avenida Sur y Cuarta Calle Poniente, Condominio Cuscatlán,

local trescientos ocho, San Salvador, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que el señor JOSE ADELMO RAMOS RIVERA,

de 43 años de edad, Jornalero, del domicilio de La Palma, Chalatenango,

con DUI # 01227528-9, y con NIT 0412-210171-101-6; se ha presentado

a mi ofi cina, solicitando Título Supletorio de un inmueble rústico, de su

propiedad, situado en el lugar conocido como La Cuchilla del Cantón

Los Planes, jurisdicción de La Palma, de extensión superfi cial de 5932.50

Metros Cuadrados, de la descripción siguiente: al NORTE: 116 metros,

colinda con Francisco Cartagena González, zanjo de por medio; al

ORIENTE: 70 metros, colinda con Domingo Rivera, calle de por medio;

al SUR: 110 metros, colinda con Francisco Cartagena González; y al

PONIENTE: 35 metros, colinda con Francisco Cartagena González.

Este terreno no es sirviente ni dominante, ni está en proindivisión con

ninguna persona y no tiene cargas o derechos reales que pertenezcan a

terceras personas; lo adquirió el 14 de julio de 2010 por compra hecha a

Pedro Ramos Rodríguez, quien a su vez lo adquirió del señor Herminio

Villeda, en septiembre de 1988; y lo valora en Mil Dólares de los Estados

Unidos de América.

Librado en San Salvador, a los diez días del mes de marzo de dos

mil catorce.-

SOFIA LISSETH NAVARRO RIVAS,

NOTARIO,

1 v. No. F027842

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

SOFÍA LISSETH NAVARRO RIVAS, Notario, con ofi cina Jurídica en

Veinticinco Avenida Sur y Cuarta Calle Poniente, Condominio Cuscatlán,

Local Trescientos Ocho, San Salvador, al público.

HACE SABER: Que el señor Gabriel Ángel Espinoza Rodríguez,

de 72 años de edad, Agricultor, del domicilio de Aguilares, con DUI No.

00682550-5, y NIT 0413-230341-001-9; se ha presentado a mi ofi cina,

solicitando Título Supletorio de un inmueble rústico, de su propiedad,

situado en Cantón Las Delicias, jurisdicción de Suchitoto, de extensión

superfi cial de 39824.84 Metros Cuadrados, de la descripción siguiente:

NORTE: 325.20 metros, colinda con María del Carmen Erazo de Fabián,

y con Gabriel Ángel Espinoza Rodríguez; PONIENTE: 99.50 metros,

colinda con Gabriel Ángel Espinoza Rodríguez; SUR: 253.38 metros,

colinda con José Heriberto Valle Lemus; y ORIENTE: 211.60 metros,

colinda con José Heriberto Valle Lemus. Este terreno no es sirviente

ni dominante, ni está en proindivisión con ninguna persona y no tiene

cargas o derechos reales que pertenezcan a terceras personas; lo valora

en Dos mil Dólares de los Estados Unidos de América; y lo adquirió por

compra hecha a Carlos Agustín Santana Calderón, el 21 de septiembre

de 1992.

Librado en San Salvador, a los diez días del mes de marzo de dos

mil catorce.

SOFÍA LISSETH NAVARRO RIVAS,

NOTARIA.

1 v. No. F027843

LA SUSCRITA NOTARIA, LICENCIADA MARTA MARÍA PALMA CAMPOS.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado en su carácter

personal el señor JOSÉ LEONARDO MORALES ARÉVALO, de

ochenta años de edad, Jornalero, del domicilio de Santa Cruz Analquito,

departamento de Cuscatlán, portador del Documento Único de Identi-

dad Número cero uno tres ocho seis cero siete seis-cero, con Número

de Identifi cación Tributaria cero novecientos seis-doscientos treinta y

un mil ciento treinta y tres-cero cero uno-cinco, MANIFESTANDO:

Que de conformidad con el Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio

Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, desea

iniciar DILIGENCIAS DE TÍTULO SUPLETORIO, de un terreno de

su propiedad, por compra que le hiciera al señor RAÚL ÁNGEL HUR-

TADO conocido por RAÚL ÁNGEL, el cual es de naturaleza rústica,

sin número, situado en el lugar denominado "Lomas de los Naranjos",

hoy Cantón Barrio Abajo, de esta jurisdicción y departamento, el cual

posee la descripción técnica siguiente: Inmueble ubicado en Carretera

Panorámica, Cantón Barrio Abajo, Municipio de Santa Cruz Analquito,

departamento de Cuscatlán, con una extensión superfi cial de UN MIL

CIENTO VEINTISIETE PUNTO SETENTA Y TRES METROS CUA-

DRADOS, equivalentes a UN MIL SEISCIENTOS TRECE PUNTO

CINCUENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS. LINDERO NORTE:

partiendo del vértice Nor-Poniente está formado por tres tramos con los

siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte cincuenta y un grados

cero siete minutos cero tres segundos Este con una distancia de veinte

punto sesenta y dos metros; Tramo dos, Norte cincuenta y cuatro grados

veinticuatro minutos catorce segundos Este con una distancia de veinte

punto cero ocho metros; Tramo tres, Norte cincuenta y cuatro grados

cuarenta y siete minutos cero tres segundos Este con una distancia de

ocho punto once metros; colindando con LEONIDAS ORELLANA

MEJÍA. LINDERO ORIENTE: partiendo del vértice Nor-Oriente está

formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, Sur cincuenta y tres grados cero cinco minutos cero seis segundos

Este con una distancia de nueve punto noventa y tres metros; Tramo

dos, Sur cincuenta y cuatro grados veintiún minutos cero seis segundos

Este con una distancia de diez punto cincuenta y ocho metros; Tramo

tres, Sur cincuenta y tres grados cuarenta y tres minutos treinta y cinco

segundos Este con una distancia de tres punto veintiún metros; colindan-

do con LEONIDAS ORELLANA MEJÍA. LINDERO SUR: partiendo

del vértice Sur Oriente está formado por tres tramos con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, Sur cincuenta y un grados veintisiete

minutos treinta y tres segundos Oeste con una distancia de catorce

punto cincuenta y tres metros, Tramo dos, Sur cincuenta y tres grados

cuarenta y seis minutos treinta y tres segundos Oeste con una distancia

de diecisiete punto cincuenta y ocho metros; Tramo tres, Sur cincuenta

grados dieciséis minutos cero dos segundos Oeste con una distancia de

quince punto quince metros; colindando con ROSA LILIAN MEJÍA DE

AYALA. LINDERO PONIENTE: partiendo del vértice Sur Poniente

está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, Norte cincuenta y seis grados treinta y un minutos cuarenta y nueve

segundos Oeste con una distancia de veinticinco punto diez metros,

colindando con RAFAEL ANTONIO SERVELLON ALVARADO,

con calle de por medio. Así se llega al vértice Nor-Poniente, que es el

punto donde se inició esta descripción. Los colindantes son del domici-

lio de Santa Cruz Analquito, departamento de Cuscatlán. El inmueble

descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales

de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie; que desde su

adquisición en el año de mil novecientos ochenta y ocho, ha poseído

el referido inmueble en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida, pero

carece de título de dominio inscrito, por no estar su antecedente inscrito.

El inmueble y construcciones que contiene, lo valúa en la suma de DIEZ

MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que se avisa al público para los fi nes de Ley. Se previene a las

personas que deseen presentar oposición a las pretensiones del solicitante,

lo hagan dentro del término legal en mi despacho notarial situado en

Novena Avenida Sur, número seis-cero, Colonia Útila, Santa Tecla.

Librado en la ciudad de Santa Tecla, a los catorce días del mes de

febrero de dos mil catorce.

LICDA. MARTA MARÍA PALMA CAMPOS,

NOTARIA.

1 v. No. F027890

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA,

DEPARTAMENTO DE MORAZÁN, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

José Wilfredo García Guevara, como Apoderado General Judicial de la

señora Elba Lubina Vigil Ramos, a solicitar a favor de ésta TÍTULO

SUPLETORIO, sobre dos inmuebles de naturaleza rústica, situado en

el Caserío El Gramal, Cantón San Lucas, Jurisdicción de Gualococti,

Departamento de Morazán, EL PRIMERO de la capacidad Superfi cial de

MIL SEISCIENTOS DIECISIETE PUNTO CINCUENTA Y NUEVE

METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:

AL NORTE, cuarenta y cuatro metros, linda con Jacinta Claros, cerco

de alambre propio de por medio; AL SUR, treinta y siete punto ochenta

metros, linda con Renán Arnoldo Reyes, cerco de alambre propio de por

medio; AL ORIENTE, cincuenta y dos punto veinte metros, linda con

Apolonio Cruz y Balmore Martínez, cerco de alambre en parte y muro

de piedra en el resto propio, de por medio; y AL PONIENTE, veintiséis

punto noventa metros, linda con Pedro Antonio Reyes y Calixto Sorto,

cerco de alambre del colindante de por medio; por este rumbo existe un

callejón de salida hacia la calle que conduce a Cantón Peña Blanca; y

EL SEGUNDO de la capacidad superfi cial de DOS MIL SETECIEN-

TOS CINCUENTA Y UNO PUNTO OCHENTA Y SIETE METROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE,

cuarenta y dos punto cincuenta metros, linda con terreno de Apolonio

Cruz y Calixto Sorto, cerco de alambre de los colindantes de por medio;

AL PONIENTE, cuarenta y dos punto cincuenta metros, con terreno de

Gonzálo Solís, divide cerco de alambre y piña propio y calle que conduce

al Río Torola de por medio; y AL SUR, cincuenta y ocho punto sesenta

metros, con terreno de Doré Armando Gómez, cerco de alambre propio

de por medio. Dicho inmueble lo adquirió por compraventa de posesión

material que le hizo el primero al señor Pedro Antonio Guevara Amaya, y

el segundo al señor Renán Arnoldo Reyes Guevara; se estima el primero

en el precio de CUATRO MIL DÓLARES y el segundo en el precio de

CINCO MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, a los siete días del mes de enero del dos mil catorce. LIC. JORGE

ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA.

LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRE-

TARIA.

3 v. alt. No. F027668-1

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA,

DEPARTAMENTO DE MORAZÁN, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

FAUSTO NOEL PONCE AMAYA, como Apoderado General Judicial

del señor JOSÉ MATILDE HERNÁNDEZ, a solicitar a favor de éste

TÍTULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica, situado

en el Cantón Cerro El Coyol, Jurisdicción de Osicala, Departamento

de Morazán; de la capacidad superficial de QUINCE MIL CIENTO

TREINTA METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias

siguientes: AL ORIENTE, ciento noventa y dos metros colinda con terreno

propiedad de los señores LUCAS SÁNCHEZ y ROBERTO ARGUETA,

cerco de alambre de por medio; AL SUR, mide noventa y cinco metros,

colinda con terreno propiedad del señor LUCAS SÁNCHEZ, cerco de

piedra y de alambre de por medio; AL NORTE, mide setenta y cinco

metros, colinda con terreno propiedad del señor VICENTE CHICAS,

cerco de alambre de por medio; y AL PONIENTE, ciento sesenta y

cuatro metros, colinda con terreno propiedad de la señora FILOMENA

HERNÁNDEZ y señor LUCAS SÁNCHEZ, cerco de piedra y alambre

de por medio. Dicho terreno lo adquirió el titulante por compraventa

de Posesión Material que le hizo la señora MARÍA AGUSTINA HER-

NÁNDEZ SÁNCHEZ; se estima en el precio de DOS MIL DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, Morazán, a los diecinueve días del mes de febrero del dos mil

catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2o.

DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE

NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027671-1

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora

MIRIAM DEL CARMEN ESCOBAR ESCOBAR, de cuarenta y un

años de edad, empleada, del domicilio de Polorós, con Documento Único

de Identidad personal número cero cuatro millones ciento cincuenta y

siete mil ciento once-siete, Departamento de La Unión, Representada

por sus Apoderados Generales Judiciales Licenciados Selwin Marwin

Lazo Reyes, y Ana Mirian Reyes de Lazo, solicitando Título Supletorio

de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Boquín, de la

jurisdicción de Polorós, distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de

La Unión, de la capacidad superfi cial de TRESCIENTOS CUARENTA

METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL

NORTE, veinte metros colindando con resto del terreno propiedad del

vendedor José Santos Escobar Cruz, con mojones sin materializar de

por medio; AL ORIENTE, dieciséis metros, colinda con terreno del

señor Zoilo Antonio Escobar, con calle de por medio que da acceso

al terreno que se describe y demás inmuebles; AL SUR, veinte metros

colindando con resto del terreno del vendedor señor José Santos Escobar

Cruz, lindero sin materializar de por medio; y AL PONIENTE, dieciséis

metros, colindando con el resto de terreno del vendedor José Santos Es-

cobar Cruz, lindero sin materializar de por medio. Inmueble que carece

de cultivos permanentes, y contiene construida una casa de habitación.

Valúa el referido inmueble en la cantidad de DOS MIL DÓLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, y lo adquirieron por compra

venta de posesión material hecha al señor José Santos Escobar Cruz, el

día veintitrés de enero del año dos mil trece, ante los Ofi cios Notariales

del Licenciado Selwin Marwin Lazo Reyes.

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a los veintiún días del mes de febrero de dos mil

catorce. LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027805-1

TÍTULO DE DOMINIO

JOSÉ CARLOS ALBERTO SALGUERO, Alcalde Municipal del Muni-

cipio de Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor LUIS

GALILEO JIRÓN JIRÓN, de setenta y tres años de edad, Agricultor

en Pequeño, del domicilio de Dulce Nombre de María, Departamento

de Chalatenango, con Documento Único de Identidad cero uno tres dos

nueve siete cinco uno-nueve, y con número de Identifi cación Tributaria

cero cuatro cero ocho-dos uno cero seis cuatro cero- uno cero uno- tres; en

su concepto SOLICITA Título de Dominio de un inmueble de naturaleza

URBANA, Ubicado en Barrio El Carmen, Calle Colón, s/n, Municipio de

Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango, de la capacidad

superfi cial de CUATROCIENTOS TRECE PUNTO SETENTA Y SIETE

METROS CUADRADOS CUARENTA Y NUEVE DECÍMETROS

CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE,

mide once punto cuarenta y dos metros, colinda con Fátima Dolores

Hernández Girón; AL ORIENTE, mide treinta y seis punto treinta y

cinco metros, colinda con Flor de María Guardado Fuentes; AL SUR,

mide catorce punto treinta metros, colinda con Rogelio Navas y Aydee

Clavel de Quijada, en ambos calle pública de por medio; y AL PONIENTE,

mide veintiocho metros, colinda con María Blanca Abrego Jirón y

José Humberto Abrego. En el inmueble antes descrito hay construida

una casa de trece metros treinta y siete centímetros de largo por cuatro

metros dieciocho centímetros de ancho, con un corredor al rumbo sur

del mismo largo de la casa por dos metros cincuenta y un centímetros de

ancho, siendo la casa techo de teja, paredes de adobe, piso de cerámica.

Se aclara que dicho inmueble no es dominante ni sirviente, y goza de

los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica. Lo valora en

el precio de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA. Dicho inmueble lo adquirió por escritura Pública de

compra- venta que le se hizo a la señora Tomasa de Jesús Girón viuda

de Abrego.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Alcaldía Municipal de Dulce Nombre de María, Departamento de

Chalatenango, a los once días del mes de marzo del año dos mil catorce.

JOSÉ CARLOS ALBERTO SALGUERO, ALCALDE MUNICIPAL.

LIC. ROBERTO CARLOS GARCÍA GIRÓN, SECRETARIO MUNI-

CIPAL.

3 v. alt. No. F027798-1

JUICIO DE AUSENCIA

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

SAN SALVADOR, al público en general para los efectos de Ley.

AVISA: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido

inicialmente en el Juzgado Segundo de lo Civil, por la Abogada ANA

JASMINA LÓPEZ DE FLORES, y continuado por el Abogado RA-

MÓN JOSÉ ANDRÉS MÉNDEZ QUINTEROS, como Apoderado del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor ENRIQUE

MARTÍN SANTOS GIRÓN, en el trámite de dicho Juicio el referido

Profesional en su solicitud de fecha diecisiete de abril del presente año,

MANIFIESTA: Que al demandado señor ENRIQUE MARTÍN SAN-

TOS GIRÓN, se le ignora su paradero, ignorando también si han dejado

Procurador o Representante Legal para que lo represente en el Juicio ya

iniciado en su contra; por lo que viene a promover las correspondientes

Diligencias de Ausencia en base al Art. 141 Pr.C., a efecto de que se

le nombre un Curador Especial para que lo represente en el presente

juicio.

En consecuencia se previene que si el ausente aún no declarado

señor ENRIQUE MARTÍN SANTOS GIRÓN, tuviere Procurador o

Representante Legal se presente a este Tribunal a comprobar dicha

circunstancia dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publi-

cación de este Aviso.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil, San Salvador, a las

diez horas con treinta y cinco minutos del día ocho de noviembre del

año dos mil trece. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL. LICDA. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZÁLEZ,

SECRETARIA.

1 v. No. F027707

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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO

CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ, en carácter de Apoderado

General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA, manifestando que viene a promover Diligencias de Ausencia,

como Incidente en el Juicio Ejecutivo Mercantil, que promueve contra

la señora ANA DELMY RUANO PARADA, en ese entonces de treinta

y seis años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de Ilopango,

Departamento de San Salvador, y saber si han dejado procurador o

representante legal en el país, pide se le nombre un Curador Especial

para que la represente en el Juicio aludido.

PREVIÉNESE como acto previo y de conformidad al Art. 141 del

Código de Procedimientos Civiles, que si la mencionada señora tiene

procurador o representante legal, comparezca a este Tribunal dentro

de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso

probando tal circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil-A de Soyapango, a las diez horas

con diez minutos del día catorce de noviembre de dos mil trece. LIC.

EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.

MARÍA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. No. F027711

ROSA MARÍA RUIZ MEDRANO, Notario, del domicilio de Soyapango,

con ofi cina Profesional en COLONIA CAMPESTRE AVENIDA JUAN

RAMÓN MOLINA NÚMERO 19-B SAN SALVADOR, DEPARTA-

MENTO DE SAN SALVADOR, al público.

HACE SABER: Que a mi ofi cina Notarial se ha presentado el

Licenciado RAMÓN JOSÉ ANDRÉS MÉNDEZ QUINTEROS, en su

calidad de Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma de este domicilio,

manifestando que en la calidad que comparece en el Juzgado de lo Civil

de Apopa, está promoviendo Juicio Civil Ejecutivo, Referencia 76-

EJC-09-1, contra el señor ALEXIS GIOVANNI ZAVALA MONGE,

en aquel tiempo de treinta años de edad, Empleado, del Domicilio de

Mejicanos, de este Departamento, Reclamándole el pago de Intereses y

accesorios de Ley; siendo que actualmente se ignora el paradero del señor

ALEXIS GIOVANNI ZAVALA MONGE y asimismo se desconoce si

ha dejado procurador o Representante Legal, razón por la cual no ha sido

posible emplazarlo en el referido juicio; Por lo que de conformidad con

el Art. 25 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria

y de Otras Diligencias, en relación con el Art. 141 Pr. C., ha Iniciado

ante mis ofi cios de Notaria, Diligencias de Nombramiento de Curador

Ad- Lítem a un Ausente no Declarado, a fi n de que, una vez cumplido

los requisitos de Ley, se remitan las diligencias al señor Juez de lo Civil

de Apopa, para que nombre un Curador Ad- Lítem al señor ALEXIS

GIOVANNI ZAVALA MONGE, para que lo represente en el Juicio

antes dicho, y le discierna el cargo.

En consecuencia, se previene que si el señor ALEXIS GIOVANNI

ZAVALA MONGE, tuviere Procurador o Representante Legal en el país,

se presente a mi ofi cina Notarial a probar dicha circunstancia dentro del

término de quince días siguientes a la publicación de este aviso.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día

cuatro de febrero de dos mil catorce.

ROSA MARÍA RUÍZ MEDRANO,

NOTARIA.

1 v. No. F027743

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad ALDUVI, S.A. de C.V., convoca a sus

accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, la

cual se celebrará en primera convocatoria a las diez horas del día dieciséis

de abril de dos mil catorce, en la Treinta y Nueve Avenida Sur, número

Quinientos Cincuenta, Colonia Flor Blanca, de esta ciudad.

AGENDA

1- Verifi cación del Quórum y fi rma del acta de asistencia.

2- Lectura y aprobación del Acta anterior.

3- Lectura de la memoria de labores de la Junta Directiva, año

2013.

4- Presentación de los Estados Financieros, año 2013.

5- Informe del Auditor Externo.

6- Aprobar o improbar la Memoria de Labores, Balance General,

Estado de Resultados y el Estado de Cambios del Patrimonio.

7- Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus hono-

rarios para el año 2014.

8- Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y que

sea de competencia de esta Junta, conforme a la Ley o al

Pacto Social.

El quórum para celebrar esta Junta, en primera convocatoria, es

la mitad más una de las acciones con derecho a voto y las resoluciones

se tomarán por mayoría de los votos presentes. En caso de no haber

quórum a la hora y fecha de la Convocatoria, se convoca a los accionistas

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

a celebrar en segunda fecha de Convocatoria la referida Junta General

Ordinaria en el mismo lugar, a las once horas del día dieciséis de abril

de dos mil catorce, y la Junta se celebrará con las acciones con derecho

a voto presentes y las resoluciones se tomarán por mayoría de los votos

presentes.

San Salvador, catorce de marzo de dos mil catorce.

LIC. CARLOS MAURICIO DURÁN MORALES,

DIRECTOR PRESIDENTE.

ALDUVI, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. C000067-1

CONVOCATORIA

El Consejo de Administración de la Sociedad "AYUDA Y RESERVA

COLECTIVA PARA AEROTÉCNICOS DEL ALA MAC, SOCIEDAD

COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE", CONVOCA a sus Asociados, a la ASAMBLEA GENE-

RAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse en sus ofi cinas,

situadas en el kilómetro nueve del Boulevard del Ejército Nacional,

a las ocho horas del día viernes veinticinco de abril del año dos mil

catorce. El Quórum para celebrar la sesión será de la mitad más uno de

los accionistas y las resoluciones serán válidas con la mayoría de los

votos de los accionistas presentes.

La agenda a desarrollarse es la siguiente:

I) Memoria de Labores del Consejo de Administración del año

2013.

II) Informe de la Junta de Vigilancia durante el año 2013.

III) Presentación de los Estados Financieros del ejercicio del año

2013.

IV) Informe del Auditor Externo.

V) Aplicación de Resultados.

VI) Elección del Auditor Externo para el año 2014 y aprobación

de sus honorarios.

VII) Elección de los miembros del Consejo de Administración,

Junta de Vigilancia y sus respectivos suplentes.

VIII) Tratamiento de Socios Inactivos.

De no haber Quórum para la primera convocatoria, la Asamblea General Ordinaria se celebrará en segunda convocatoria, a las nueve horas del día veintiséis del mismo mes y año, en la misma dirección y conforme a la agenda ya indicada, con los accionistas presentes y se tomarán las resoluciones por mayoría de los votos presentes.

Ilopango, a los doce días del mes de marzo del año dos mil catorce.

LIC. MIGUEL ÁNGEL BELTRÁN MIGUEL c/p

MIGUEL ÁNGEL BELTRÁN PALACIOS,

PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.

3 v. alt. No. C000078-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de COSMÉTICOS Y MODAS, S.A. DE C.V., con domicilio en San Salvador, convoca a los accionistas a Junta General Ordinaria, misma que se realizará a la diez horas del día viernes 25 de abril de dos mil catorce en la Sala de reuniones ubicada en la ofi cina Central, la cual se encuentra en la Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo No. 3528, Colonia San Benito, San Salvador.

Los temas a tratar serán los siguientes:

I. Establecimiento de Quórum.

II. Lectura del Acta de la sesión de Junta General Anterior.

III. Memoria de Labores de la Junta Directiva correspondiente al año 2013.

IV. Balance General al 31 de diciembre de 2013, Estados de Re-sultados del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013 y Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2013.

V. Informe del Auditor Externo.

VI. Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal y fi jación de honorarios.

VII. Aplicación de Utilidades y Distribución de Dividendos.

VIII. Varios.

Para contar con el quórum legal, deberán estar presentes o repre-sentados accionistas que tengan doscientos cincuenta mil una acciones y las resoluciones serán válidas si se toman por la mayoría de los votos presentes o representados.

De no haber quórum en la fecha y hora anteriormente indicada, por este medio se convoca para celebrar dicha junta, con la misma Agenda, en el lugar señalado, el día Lunes veintiocho de abril del año dos mil catorce, a las once horas, con el número de acciones que estén presen-tes o representadas y las resoluciones en esta segunda convocatoria se tomarán por la mayoría de votos presentes.

San Salvador, catorce de marzo de dos mil catorce.

LIC. ROBERTO ALESSANDRO MOLINA BARRIOS,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027724-1

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014. SUBASTA PUBLICA

DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DEL JUZ-

GADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este juzgado,

a las nueve horas con veinte minutos del día ocho de enero del presente

año, en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado

Jorge Adalberto Salazar Grande, en calidad de apoderado del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JESUS ANTONIO

FLORES PEÑA, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE

JUZGADO, Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA,

EL SIGUIENTE INMUEBLE:"""""""""" Un lote de terreno urbano y

construcciones que contiene, marcado en el plano respectivo, con el

número VEINTICINCO, POLIGONO V, PASAJE TRES, VILLA

LOURDES, COLON, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD, de una

extensión superfi cial de SESENTA METROS CUADRADOS, el cual se

encuentra inscrito a la matrícula número 30128901-00000 del Registro

de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Sección del Centro, depar-

tamento de La Libertad, a favor del señor JESUS ANTONIO FLORES

PEÑA."'"

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce ho-

ras y treinta minutos del día veintinueve de enero de dos mil catorce.

DRA. DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA DE LO CIVIL

SUPLENTE.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. F027704-1

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida en este

tribunal por la Licenciada ISABEL DE GUADALUPE URRUTIA

ALMENDARES, en su carácter de Apoderada General Judicial de LA

CAJA DE CREDITO DE SANTIAGO NONUALCO, SOCIEDAD

COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, contra el

señor ELMER WILFREDO GIL ALVARADO, reclamándoles cantidad

de dinero y costas procesales, se ha ordenado la venta en pública subasta

en este tribunal de inmueble inscrito a favor del deudor señor ELMER

WILFREDO GIL ALVARADO, a la Matrícula número -CINCO CINCO

CERO CINCO OCHO UNO OCHO-CERO CERO CERO CERO, y

cuya descripción técnica es la siguiente: Lotifi cación LA FLORESTA,

Terreno rústico ubicado en Cantón Penitente, jurisdicción de Zacatecoluca,

Departamento de La Paz, Lote número uno, Polígono "A'', de una ex-

tensión superfi cial de DOSCIENTOS SESENTA PUNTO NOVENTA

Y TRES METROS CUADRADOS, cuyas medidas y linderos son los

siguientes AL NORTE; veintidós punto noventa y seis metros; AL ESTE;

se miden dos tramos rectos, el primero de ocho punto sesenta metros y

el segundo tres punto noventa metros; AL SUR: se miden dos tramos

rectos el primero de tres punto setenta y cinco metros y el segundo die-

ciocho punto veintitrés metros y AL OESTE once punto treinta y cuatro

metros.- Inscrito a favor del hipotecante señor ELMER WILFREDO

GIL ALVARADO.- Dicho inmueble se encuentra hipotecado a favor de

LA CAJA DE CREDITO DE SANTIAGO NONUALCO, SOCIEDAD

COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, a la Matrícula,

número -CINCO CINCO CERO CINCO OCHO UNO OCHO - CERO

CERO CERO CERO CERO-Asiento Cinco.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y demás

efectos legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las nueve horas

cincuenta minutos del día quince de febrero de dos mil trece. LIC. JOSE

HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN

ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027721-1

LA INFRASCRITA JUEZ (1) SUPLENTE, DEL JUZGADO PLURI-

PERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, LICENCIADA

ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, al público en general,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil Referencia 116-EC-

09-3 promovido en este Tribunal por la Licenciada NORA ELIZABETH

HERRERA CARPIO quien actúa en su carácter de Apoderada General

Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra de la

demandada Señora ROCIO EMELY MENA VELASCO, por medio de

su Curador Ad Lítem Licenciada SONIA EVELYN MURILLO AU-

DON, se venderá en pública subasta en este Tribunal, con fecha que más

adelante se señalará, el inmueble que a continuación se describe:""""

un apartamento de naturaleza urbana, que se identifi ca como APARTA-

MENTO NUMERO QUINCE DEL EDIFICIO F PRIMERA PLANTA,

del CONDOMINIO RESIDENCIAL DEL NORTE, situado según

antecedente en el resto de la Quinta La Piedad, del que se urbanizó una

parte denominado Piedad, antes Pericopoles, jurisdicción de Acahualca,

hoy Delgado, departamento de San Salvador, a la altura del kilómetro

tres, mas ochocientos siete metros cincuenta centímetros de la Carretera

Troncal del Norte, con una extensión superfi cial de TREINTA Y CINCO

PUNTO TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS, con un área

de VEINTISEIS PUNTO CATORCE METROS CUADRADOS. Dicho

Page 76: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

apartamento se describe así: APARTAMENTO F QUINCE; Primera

Planta- Área construida de VEINTISEIS PUNTO CATORCE METROS

CUADRADOS; área de patio NUEVE PUNTO VEINTICUATRO

METROS CUADRADOS; área total TREINTA Y CINCO PUNTO

TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS; volumen de SESEN-

TA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y SIETE METROS CUBICOS; la

construcción mide: AL NORTE: SEIS PUNTO QUINCE METROS;

AL ORIENTE: CUATRO PUNTO VEINTICINCO METROS; AL

SUR: SEIS PUNTO QUINCE METROS; y AL PONIENTE: CUATRO

PUNTO VEINTICINCO METROS, el patio mide AL NOTE: TRES

PUNTO CERO OCHO METROS, al ORIENTE: TRES PUNTO CERO

CERO METROS, AL SUR: TRES PUNTO CERO OCHO METROS y

al PONIENTE : TRES PUNTO CERO CERO METROS. El inmueble

relacionado se encuentra inscrito a favor de la demandada en el Sistema

de Folio Real con matrícula número 60024514-A0057 del Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro"'. Se

admitirán posturas legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL

DE CIUDAD DELGADO, JUEZ (1), a las nueve horas y diez minutos

del día quince de octubre del año dos mil trece. LICDA. ANA MER-

CEDES RODAS ARAUZ, JUEZ (1) SUPLENTE, DEL JUZGADO

PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO.- LIC.

JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027738-1

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DEL-

GADO, JUEZ (1).

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por la

Licenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, con número de

identifi cación tributaria 0614-180646-004-1, en su calidad de Apoderada

General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con nú-

mero de identifi cación tributaria 0614-070575-002-6, en contra del señor

ALFREDO GUZMAN ORTIZ, con número de identifi cación tributaria

0511-010273-104-0, quien está siendo representado por la Licenciada

ALICIA ISABEL RIVERA CAMPOS, se venderá en Pública Subasta en

este Tribunal el inmueble embargado al demandado, consistente en: un

lote de naturaleza urbana, y construcciones que contiene, marcado con

el número CINCUENTA Y CUATRO, polígono "A", pasaje NUEVE

SUR, RESIDENCIAL ALTAVISTA, situado en el lugar llamado las

Pavas, Cantón San Bartolo, jurisdicción de Ilopango de este departamento,

de un extensión superfi cial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO

metros cuadrados, y un área construida de VEINTISIETE PUNTO

CERO CERO METROS CUADRADOS. Con un valor de TREINTA

Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO COLONES CON

VEINTISIETE CENTAVOS, siendo sus medidas perimetrales: AL

NORTE, diez metros; AL ORIENTE, cinco cero metros; AL SUR, diez

metros; AL PONIENTE, cinco metros. Inscrito en su totalidad a favor

del deudor ALFREDO GUZMAN ORTIZ, bajo el número de matrícula

60430178-00000, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la

Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD

DELGADO, JUEZ (1):, a las ocho horas con cincuenta y tres mi-

nutos del día once de septiembre del año dos mil trece.- LICDA.

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUZGADO

PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, JUEZ

(1).- LIC. JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027739-1

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZ PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO,

JUEZ UNO.

AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por la Li-

cenciada SILVIA EMILIA GONZÁLEZ ESCAMILLA, con número de

identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- ciento ochenta mil seis-

cientos cuarenta y seis - cero cero cuatro -uno, como Apoderada General

Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con número de

identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- cero setenta mil quinien-

tos setenta y cinco- cero cero dos-seis, en contra de la Señora AMINTA

IVETTE CASTRO ANGULO, con número de identifi cación tributaria

un mil doscientos siete- ciento sesenta y un mil doscientos setenta y uno-

ciento uno- uno, representada en este Juicio por su Curadora nombrada

ALICIA ISABEL RIVERA CAMPOS, con número de identifi cación

tributaria cero seiscientos catorce- cero ochenta mil seiscientos setenta

y dos- ciento veintitrés- siete; en razón de haberse declarado ausente

la demandada en su oportunidad; se venderá en pública subasta en este

Tribunal el bien Inmueble embargado al demandado, consistente en un

terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con el número

DIECISIETE, BLOCK "H", PASAJE OCHO, POLÍGONO NUEVE, DE

LA RESIDENCIAL SANTÍSIMA TRINIDAD I ETAPA, situado en la

jurisdicción de Ayutuxtepeque de este departamento, de una extensión

superfi cial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, cuyas medidas

y linderos son: AL NORTE, y AL SUR, cinco metros, AL ORIENTE

y AL PONIENTE, diez metros. El inmueble anteriormente descrito es

de propiedad de la Señora AMINTA IVETTE CASTRO ANGULO,

según matrícula SEIS CERO DOS CUATRO NUEVE TRES TRES

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

NUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, (60249339- 00000) del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro, Departamento de San Salvador, e hipotecado a favor del Fondo

Social para la Vivienda. Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD

DELGADO, JUEZ UNO, a las ocho y quince minutos del día veintiuno

de Enero del dos mil catorce. LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO

MORALES FLORES, JUEZ PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE

CIUDAD DELGADO, JUEZ UNO.- LIC. JORGE ROBERTO BURGOS

GONZALEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027741-1

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR

HACE SABER, Que por resolución pronunciada en el Juicio Ci-

vil Ejecutivo promovido por el Licenciado RAMON JOSE ANDRÉS

MENDEZ QUINTEROS como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA contra el demandado señor LUIS ROBERTO ESPINAL

conocido por LUIS ROBERTO VARGAS ESPINAL, se venderá en

pública subasta, el inmueble siguiente,""""""lote de terreno urbano y

construcciones que contiene, marcado con el número siete, del edifi cio

A, planta baja del Condominio Francisco Menéndez, situado en juris-

dicción de la ciudad y departamento de San Salvador, que se describe

así, partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Veintinueve

de agosto y calle Francisco Menéndez, se mide sobre esta última con

rumbo norte ochenta y tres grados veintidós minutos oeste, cincuenta

y seis metros, luego con defl exión derecha de noventa y cuatro grados

cuarenta minutos, se miden sesenta y dos punto setenta metros, de este

punto se miden diez metros con rumbo norte setenta y ocho grados

cuarenta y dos minutos oeste, localizándose ahí el esquinero sur- este

del apartamento número tres, cuya elevación sobre el nivel del mar es

de seiscientos cuarenta y cuatro punto novecientos sesenta y ocho me-

tros, de este punto se mide una distancia de quince metros con rumbo

sur setenta y ocho grados cuarenta y dos minutos este, localizándose

el esquinero sur- este del apartamento número siete con elevación de

seiscientos cuarenta y cuatro punto novecientos sesenta y ocho metros

sobre el nivel del mar. Este apartamento mide y linda: AL SUR, tres

tiros rectos, el primero de cinco metros con rumbo norte setenta y ocho

grados cuarenta y dos minutos oeste, el segundo de cinco metros con

rumbo norte once grados dieciocho minutos este y el tercero de dos punto

cincuenta metros con rumbo norte setenta y ocho grados cuarenta y dos

minutos oeste, lindando el primer tiro con zona verde propiedad común

del condominio y los tiros segundo y tercero con el patio del apartamento

número ocho de la parte alta, pared común propiedad del condominio

de por medio. AL PONIENTE. Línea recta de cinco metros con rumbo

norte once grados dieciocho minutos este, linda con apartamento número

cinco, pared común propiedad del condominio de por medio. AL NORTE,

línea recta de siete punto cincuenta metros, con rumbo sur setenta y ocho

grados cuarenta y dos minutos este, linda con predio que es o ha sido

propiedad de don Antonio Méndez. AL ORIENTE línea recta de diez

metros con rumbo sur once grados dieciocho minutos oeste, linda con

apartamento número nueve pared común propiedad del condominio de

por medio. Por la parte baja o piso linda con terreno del condominio y

por la parte alta con apartamento número ocho, obra gruesa o loza de por

medio. Tiene una altura de dos punto cuarenta metros. El área construida

y la extensión superfi cial del inmueble son de CINCUENTA Y UNO

PUNTO CERO TRES METROS CUADRADOS con una capacidad

de CIENTO VEINTIDOS PUNTO CUATROCIENTOS SETENTA

Y DOS METROS CUBICOS."

Inscrito a favor del demandado señor LUIS ROBERTO ESPINAL

conocido por LUIS ROBERTO VARGAS ESPINAL bajo la Matrícula

número SEIS CERO CERO CUATRO CINCO SEIS CUATRO UNO

— A CERO CERO CERO CUATRO del Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil, San Salvador, a las

doce horas del día veintisiete de mayo de dos mil trece. DR. DARIO

VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC.

VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027742-1

REPOSICION DE CERTIFICADOS

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Zacatecoluca, de la ciudad de

Zacatecoluca, se ha presentado parte interesada manifestando que ha

extraviado el Certifi cado No. 0793-002391-5, amparado con el registro

No.0467032 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 15-07-1999 a 360

días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de

reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos Nos.

486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO, DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F027675-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Chalatenango, de la ciudad de

Chalatenango, se ha presentado parte interesada manifestando que ha

extraviado el Certifi cado No.0700-101165-5, amparado con el registro

No.1155071 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 14-05-2012 a 180

días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de

reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos Nos.

486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F027676-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Chalatenango, de la ciudad de

Chalatenango, se ha presentado parte interesada manifestando que ha

extraviado el Certifi cado No.0700-104281-9, amparado con el registro

No.1173651 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 11-03-2013 a 360

días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de

reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos Nos.

486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2013.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F027677-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Soyapango, de la ciudad de Soyapango,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certifi cado No.708-103997-2, amparado con el registro No.69925 del

Depósito a Plazo Fijo, constituido el 05-04-1991 a 180 días prorrogables,

lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del

Certifi cado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F027678-1

Page 79: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Delgado, de Ciudad Delgado, Depar-

tamento de San Salvador se ha presentado parte interesada manifestando

que ha extraviado el Certifi cado No. 0747-037736-0, amparado con el

registro No.1040714 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 29-12-2008

a 720 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos

de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No.

486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 11 de marzo de 2014.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F027679-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Mi-

guel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certifi cado No. 00780-053758-5, amparado con el registro No. 1176177

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 31-05-2013 a 90 días prorroga-

bles, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 11 de marzo de 2014.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F027680-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Ciudad Arce, de Ciudad Arce, Depar-

tamento de La Libertad se ha presentado parte interesada manifestando

que ha extraviado el Certifi cado No. 00765-008744-2, amparado con

el registro No.1139014 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 11-09-

2012 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público

para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los

Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 11 de marzo de 2014.

|BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENCIA DEPTO. DEPOSITOS.

3 v. alt. No.F027681-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Mi-

guel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certifi cado No. 00780-053495-1, amparado con el registro No.1171577

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 22-02-2013 a 360 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 11 de marzo de 2014.

BANCO AGRICOLA, S .A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPARTAMENTO DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F027682-1

Page 80: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia San Francisco Gotera, de la ciudad

de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán se ha presentado

parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No.0758-

008736-4, amparado con el registro No.1161201 del Depósito a Plazo

Fijo, constituido el 14-08-2012 a 270 días prorrogables, lo que hace del

conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacio-

nado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio

Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F027683-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Galerías, de la ciudad de San Salvador,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certifi cado No.00766-004801-7 amparado con el registro No.1164676

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 14-11-2012 a 60 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F027686-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Mi-

guel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado

el Certifi cado No.0780-053335-8, amparado con el registro No.1166227

del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 26-12-2012 a 120 días prorro-

gables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F027687-1

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Soyapango, de la ciudad de Soyapango,

se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el

Certifi cado No.15040015091, amparado con el registro No.48744 del

Depósito a Plazo Fijo, constituido el 03-02-2011 a 21 días prorrogables,

lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del

Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F027688-1

Page 81: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

LA CAJA DE CREDITO DE USULUTAN, SOCIEDAD COOPE-

RATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE.

AVISA: Al público que: la Sra. MARÍA VILMA DEL CARMEN

RIVERA DE RODRIGUEZ, es socia activa y se ha presentado a las

ofi cinas de LA CAJA DE CREDITO DE USULUTAN, SOCIEDAD

COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE, ubicadas en Segunda Calle Oriente y Cuarta Avenida Nor-

te, número nueve, Usulután, manifestando que extravió su Certifi cado

de acciones, serie "A", No. 8198, que ampara CUATROCIENTAS

SETENTA Y UN ACCIONES, por lo que solicita su Reposición.

Si transcurrido 30 días, después de la última publicación, no se

recibe ninguna oposición a este respecto, LA CAJA DE CREDITO DE

USULUTAN, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, procederá a reponer dichos

certifi cados.

Usulután, 13 de febrero de 2014.

LUIS ALONSO ARCE,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F027749-1

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia METROCENTRO se ha presentado

el propietario del certifi cado No. 1909474279 del Depósito a Plazo Fijo

emitido el 31 de octubre de 2007, a 360 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F027784-1

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia PLAZA MUNDO se ha presentado el

propietario del certifi cado No. 479937 del Depósito a Plazo Fijo emitido

el 19 de Julio de 2007, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición

de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y

932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F027786-1

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SAN FRANCISCO GOTERA se ha

presentado el propietario del certifi cado No. 38232 del Depósito a Plazo

Fijo emitido el 03 de Septiembre de 2013, a 180 días prorrogables, solici-

tando la reposición de dicho certifi cado lo que se hace del conocimiento

público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme

a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

3 v. alt. No. F027787-1

Page 82: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S A.

AVISA: Que en su agencia 25 Av. Sur, se ha presentado el propietario del Certifi cado No. 538313 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 09 de diciembre de 2009, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F027788-1

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia MINI AGENCIA CEFI se ha presen-tado el propietario del Certifi cado No. 448691 del Depósito a Plazo Fijo emitido el 12 de mayo de 2006, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F027790-1

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia MINI AGENCIA CEFI se ha presentado el propietario del Certifi cado No. 1402473610 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 26 de diciembre de 2013 a 180 días prorrogables, solicitan-

do la reposición de dicho Certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F027791-1

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia BERLIN se ha presentado el propietario del Certifi cado No. 571787 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 10 de septiembre de 2012, a 360 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F027792-1

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SONSONATE se ha presentado el propietario del Certifi cado No. 0713491829 del Depósito a Plazo Fijo aperturado el 24 de octubre de 2005, a 180 días prorrogables, solicitan-do la reposición de dicho Certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Page 83: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F027793-1

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia ZACATECOLUCA se ha presentado

el propietario del Certifi cado No. 0507483399 del Depósito a Plazo Fijo

aperturado el 26 de junio de 2009, a 360 días prorrogables, solicitando la

reposición de dicho Certifi cado, lo que se hace del conocimiento público

para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los

artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto,

se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F027794-1

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A.

AVISA: Que en su agencia SAN MIGUEL se ha presentado el pro-

pietario del Certifi cado No. 37709 del Depósito a Plazo Fijo aperturado

el 10 de mayo de 2013, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición

de dicho Certifi cado, lo que se hace del conocimiento público para efectos

de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los artículos 486

y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 13 de marzo de 2014.

LICDA. NORA BEATRIZ AVILA,

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.

3 v. alt. No. F027796-1

AVISO

Banco Davivienda Salvadoreño, S.A., al público.

HACE SABER: Que se ha presentado parte interesada a notifi car a estas ofi cinas ubicadas en Avenida Olímpica # 3550, San Salvador, el extravío de un Certifi cado de Acciones a nombre de Andrés Franco Bejar, Certifi cado No. 13004 por 206 acciones numeradas 5,727,668 a la 5,727,873, inscritas en el Libro de Accionistas que lleva la Sociedad, por lo cual solicita su reposición.

San Salvador, a los trece días del mes de marzo del 2014.

ING. GERARDO JOSE SIMAN SIRI,

PRESIDENTE EJECUTIVO Y REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. F027898-1

TÍTULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado, EDWIN PERLA PRUDENCIO, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Miguel, Departamento de San Miguel, portador de su Tarjeta de Abogado número Seis Quinientos Cuarenta y Dos; en su calidad de Apode-rado General Judicial con Cláusula Especial de la señora CANDIDA DEL CARMEN SOSA, conocida como CANDIDA DEL CARMEN SOSA BENITEZ, solicitando se le extienda TITULO MUNICIPAL a favor de su representada; sobre un terreno de naturaleza urbana, situado en Barrio Concepción, en el lugar conocido como Las Quebradas de esta Ciudad, de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, con una Capacidad Superfi cial de CIENTO SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: mide diecisiete metros, colinda antes con el señor Inocencio Marcelino Argueta, hoy con el señor José Membreño, Río de por medio; AL NORTE: mide

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

trece metros, colinda antes con el señor Inocencio Marcelino Argueta, hoy con el señor Agustín Amaya, midiendo actualmente seis metros cincuenta centímetros de la calle de por medio; AL PONIENTE: mide diecisiete metros, colinda con el señor Anastasio Orellana, brotones de izote de por medio; AL SUR: trece metros, colinda antes con el señor Rafael Membreño, hoy solamente siete metros cincuenta centímetros, colinda con la señora Aída Abigaíl Cordero Álvarez, Río de por medio. Actualmente en el inmueble descrito se encuentra una casa de sistema mixto, y la titulante lo adquirió por Compraventa de Posesión Material que le hizo al señor JOSE TEOFILO BENITEZ SORTO; el referido inmueble no es dominante ni sirviente, no está en proindivisión con nadie o de ajena pertenencia y lo valora en la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que hago del conocimiento público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a los doce días del mes de febrero de dos mil catorce.- RENE WILFREDO GOMEZ ESCOBAR, ALCALDE MUNICIPAL.- ROXANA LISBETH MARQUEZ PORTILLO, SECRETARIA MUNICIPAL INTA.

3 v. alt. No. F027802-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de San Vicente, de con-formidad al Art. 186 del Código Procesal Civil y Mercantil.

HACE SABER: Que en este Juzgado se ventila el EJECUTIVO MERCANTIL promovido por el Licenciado EDGARD ENRIQUE RAMIREZ SANCHEZ, en su calidad de Apoderada General Judicial de SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA, INS-TITUCION BANCARIA, DE NACIONALIDAD SALVADOREÑA DEL DOMICILIO DE SAN SALVADOR; y Número de Identifi cación Tributaria: cero seis uno cuatro-dos cinco uno uno siete dos-cero cero uno-cuatro, quien ha señalado como lugar para recibir notifi caciones el Telefax 2330-2324, contra la señora JUNA MIRNA RIVAS, mayor de edad, Profesora, del domicilio de San Vicente, y actualmente de domi-cilio ignorado, actualmente es de paradero desconocido bajo el número de expediente E-26-4-2012; y por medio de este edicto se EMPLAZA a la señora JUANA MIRNA RIVAS, mayor de edad, Profesora, y del domicilio de San Vicente, y con Documento Único de Identidad número: cero uno siete cero cuatro cinco seis nueve-siete; y Número de Identifi cación Tributaria: uno cero cero uno-dos nueve cero ocho seis seis-uno cero dos-cuatro, para que dentro del término de DIEZ DIAS HABILES, contados a partir de la última publicación de este edicto, se presente a este Juzgado ha estar conforme a derecho y de no comparecer se le nombrará un Curador Ad-Lítem para que represente a dicha señora en el presente Juicio.

Con la demanda el Licenciado EDGARD ENRIQUE RAMIREZ SANCHEZ, presentó los siguientes documentos: Testimonio de Escritura Matriz de Poder General Judicial con Cláusula Especial, testimonio de mutuo otorgado por la demandada a favor de su poderdante.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los doce días del mes de marzo del dos mil catorce.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

1 v. No. C000073

LICDA. DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

Por medio del presente edicto EMPLAZA: al señor JOSÉ ROBERTO MORÁN, quien es mayor de edad, casado, empleado, señalado como del domicilio de la ciudad y departamento de Ahuachapán, portador de su Documento Único de Identidad número: CERO CERO CUATRO-CIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO-NUEVE; y con Número de Identifi cación Tributaria: CERO CIENTO UNO-CERO CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SE-SENTA Y OCHO-CIENTO TRES-TRES y se le hace de su conocimiento que en este Juzgado se ha entablado demanda ejecutiva en su contra, en el Proceso Ejecutivo Civil, clasifi cado según referencia 116-3-12-3, promovido por el Licenciado JOSÉ MARIO DENIS MOLINA, en su calidad de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma, de Derecho Público, del domicilio de la ciudad de San Salvador, representada legalmente por el señor FRANCISCO ANTONIO GUEVARA, reclamándole la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO DÓLA-RES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS DE DÓLAR MONEDA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA ($ 6,548.72) más los intereses convencionales del NUEVE POR CIENTO ANUAL contabilizado a partir del día UNO DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL SEIS, y costas procesales, respecto al documento presentado como base de pretensión de ejecución, consistente en: Testimonio de Escritura Matriz de Mutuo con Garantía Hipotecaria. Habiéndose decretado embargo en bienes de su propiedad y trabado embargo en el bien inmueble hipotecado, el cual aparece descrito como: Bien raíz de naturaleza urbana, marcado con el número siete del block nueve, de la Comunidad Los Santos Número Uno, Jurisdicción del Municipio de Soyapango, departamento de San Salvador, inscrito a su favor en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, bajo la Matrícula SEIS CERO DOS NUEVE UNO CINCO OCHO TRES - CERO CERO CERO CERO CERO, del Sistema de Folio Real Computarizado. Documentación adjunta a la demanda: Testimonio de Escritura Matriz de Mutuo con Garantía Hipotecaria y su debida razón y constancia de inscripción registral: Constancia emitidas por el Gerente General del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Copia Fotostática Certifi cada por Notario de Testimonio de Escritura Matriz de Poder General Judicial con Cláusulas Especiales, otorgado a favor del Abogado postulante o Procurador Licenciado JOSÉ MARIO DENIS MOLINA. Haciéndosele de su conocimiento que dispone de DIEZ DÍAS HÁBILES Y PERENTORIOS, para apersonarse al proceso y ejercitar su derecho constitucional de audiencia, defensa y contradicción, y ante su incomparecencia pasado el plazo descrito se procederá a nombrarle un Curador Ad- Lítem, que lo represente en el proceso.

JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las ocho horas con once minutos del día catorce de noviembre del año dos mil tre-ce.- LICDA. DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

1 v. No. F027703/F027702

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

LICENCIADA MARÍA ELENA CONDE GARCÍA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Al demandado CARLOS GUILLERMO MÉNDEZ

ORDÓÑEZ, mayor de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de

Ciudad Arce, La Libertad, con Número de Identifi cación Tributaria cero

quinientos dos-ciento cincuenta mil cuatrocientos cincuenta y tres-ciento

uno-cero, que en esta sede judicial el Licenciado GILBERTO ENRIQUE

ALAS MENÉNDEZ, quien puede ser localizado en Apartamento treinta

y tres del Condominio Centro de Gobierno, situado en Séptima Avenida

Norte y Trece Calle Poniente, en la ciudad de San Salvador y con número

de fax veintidós veintiuno treinta y seis noventa y siete (2221-3697), en

calidad de apoderado general y especial judicial del FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA, con ofi cinas centrales en Calle Rubén Darío,

número novecientos uno, entre Quince y Diecisiete Avenida Sur, de esta

ciudad, ha promovido demanda en su contra en el Proceso Ejecutivo

marcado bajo la referencia PE-375-12, por lo cual deberá comparecer

a más tardar en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día

siguiente a la última de las publicaciones a que hace referencia el Art.

186 Inc. 3° CPCM., a contestar la demanda promovida en su contra, so

pena de nombrarle un curador Ad Lítem para que lo represente en dicho

proceso.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a los veintinueve días del mes enero del año dos mil catorce.

LICDA. MARÍA ELENA CONDE GARCÍA, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR. LICDA. MÓNICA

ALEJANDRA RIVAS ARGUETA, SECRETARIA.

1 v. No. F027705

LA LICENCIADA GENNY SHILA RAMIREZ DE AREVALO

INFRASCRITA JUEZA DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SOYA-

PANGO,

HACE SABER: A la demandada SONIA MARIBEL SERRANO

DE PAZ conocida por SONIA MARIBEL DE PAZ SERRANO, mayor

de edad, del domicilio de Apopa, con NIT: 1115 - 200874 - 101- 4; que ha

sido demandada en Proceso Especial Ejecutivo clasifi cado bajo el NUE:

00563-12-SOY-CVPE-OCV2, promovido por la Licenciada SILVIA

RAQUEL CHAVARRIA SANTOS, actuando como Apoderada del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, demanda que ha sido admitida

en este tribunal y se ha decretado el respectivo mandamiento de embargo

solicitado. Se le advierte a la demandada SONIA MARIBEL SERRANO

DE PAZ conocida por SONIA MARIBEL DE PAZ SERRANO, que tiene

el plazo de diez días para presentarse a ejercer su derecho de defensa

y contestar la demanda incoada en su contra, so pena de continuar el

proceso sin su presencia y en consecuencia se nombrará un curador ad

lítem para que la represente en el proceso, de conformidad a los Arts.

181, 182, 186 y 462 del Código Procesal Civil y Mercantil.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas

del día seis de enero del año dos mil catorce. LICDA. GENNY SHILA

RAMÍREZ DE ARÉVALO, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. EDME

GUADALUPE CUBÍAS GONZÁLEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F027706

LICENCIADO ÁNGEL ANTONIO CORNEJO CAÑÉNGUEZ, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO DE SAN

SALVADOR,

HACE SABER: A la demandada ANA ISABEL MORALES DE

JUÁREZ, mayor de edad, doméstica, del domicilio de Soyapango, con

Documento Único de Identidad número cero tres millones doscientos

setenta mil ciento sesenta y dos- cuatro y con Número de Identifi cación

Tributaria cero seiscientos catorce- cero setenta y un mil doscientos

cincuenta y nueve- ciento cinco- cuatro; que en esta sede judicial la

Licenciada PATRICIA ELENA SÁNCHEZ DE MORÁN, quien puede

ser localizada en Quince Calle Poniente, Edifi cio Centro de Gobierno,

número treinta y cuatro, de esta ciudad, en su calidad de apoderada ge-

neral y especial judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

que se abrevia, "EL FONDO", con ofi cinas centrales en Calle Rubén

Darío, número novecientos uno y Cuarta Calle Poniente, entre Quince

y Diecisiete Avenida Sur, de esta ciudad; ha promovido demanda en su

contra en el Proceso Ejecutivo marcado bajo la referencia PE-183-13,

por lo cual dicha demandada deberá comparecer a más tardar en el

plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la última

de las publicaciones a que hace referencia el Art. 186 Inc. 3° CPCM, a

contestar la demanda promovida en su contra, so pena de nombrarle un

Curador Ad Lítem para que la represente en dicho proceso.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las diez horas con veinte minutos del día seis de diciembre del

año dos mil trece. LIC. ÁNGEL ANTONIO CORNEJO CAÑÉNGUEZ,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL INTERINO DE SAN

SALVADOR. LICDA. MÓNICA ALEJANDRA RIVAS ARGUETA,

SECRETARIA.

1 v. No. F027708

LIC. NELSON PALACIOS HERNÁNDEZ, JUEZ CUARTO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al señor WILLIAM ERICK ALBERTO MELARA,

mayor de edad, Estudiante, del domicilio de San Salvador, con Número

de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce – doscientos veinte

mil ciento setenta y cuatro – ciento treinta y tres - seis; que ha sido

demandado en Proceso Ejecutivo Mercantil, registrado bajo el número

de referencia 13-PE-153-4CM2 (3), promovido en esta sede judicial el

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Número de Identifi cación

Tributaria cero seiscientos catorce – cero setenta mil quinientos setenta

y cinco – cero cero dos - seis, por medio de su Apoderada SILVIA

RAQUEL CHAVARRÍA SANTOS, quien puede ser localizada en:

COLONIA CENTROAMÉRICA, CALLE SAN SALVADOR, CASA

NÚMERO CUATROCIENTOS VEINTICINCO, SAN SALVADOR, o

en el telefax 2274-7068, reclamándole en calidad de deudor, la cantidad

de SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE DÓLARES CON

CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA, en concepto de capital adeudado, más los intereses conven-

cionales del ONCE POR CIENTO ANUAL, los cuales se reclaman a

partir del veintisiete de febrero de dos mil siete, en adelante, hasta su

completa cancelación total de la deuda, más la cantidad de DOSCIENTOS

NOVENTA Y SIETE DÓLARES CON SESENTA CENTAVOS DE

DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA en concepto de

primas de seguros de vida colectivo decreciente y de daños, comprendidos

Page 86: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

desde el uno de marzo de dos mil siete hasta el día treinta de abril de dos

mil trece, más las costas procesales que genere la presente instancia; con

fundamento en un Testimonio de Mutuo con garantía hipotecaria, suscrito

el día diecinueve de febrero de mil novecientos noventa y ocho; y por no

haber sido posible determinar el paradero del señor WILLIAM ERICK

ALBERTO MELARA, se le emplaza por este medio, previniéndosele

al mismo para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS contados a partir

del día siguiente de la última publicación de este edicto en un periódico

de circulación diaria y nacional, o la del Diario Ofi cial en su caso, se

presente a este Tribunal ubicado en: 79 Av. Sur, Final Av. Cuscatlán,

Block "K", Etapa III, Colonia Escalón, San Salvador, a contestar la

demanda y a ejercer sus derechos. Si no lo hiciere el proceso continuará

sin su presencia y se procederá a nombrarle un curador ad lítem, para

que la represente en el mismo, de conformidad al Art. 186 CPCM. Se

advierte a la demandada que de conformidad al Art. 67 CPCM, todas

las actuaciones deberán realizarse por medio de Procurador y en caso de

carecer de recursos económicos sufi cientes podrá solicitar la asistencia

de la Procuraduría General de la República, tal como lo estipula el Art.

75 del mismo cuerpo legal.

Librado en el JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL: San Salvador, a las doce horas y veinticinco minutos del día veintidós

de enero de dos mil catorce. LIC. NELSON PALACIOS HERNÁNDEZ,

JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LICDA. MÓNICA

SILVIA PARADA DE CENTENO, SECRETARIA.

1 v. No. F027709

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

JUAN BAUDILIO TORRES SOLANO, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, AL SEÑOR TOMÁS ALAS

CASTILLO,

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha iniciado Proceso Ejecuti-

vo Mercantil, marcado con el número de referencia 00950-12-PE-5CM2/

PE74-12-5CM2-4, promovido actualmente por el Licenciado SAMUEL

LANDAVERDE HERNÁNDEZ, quien actúa en su carácter de Apode-

rado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

Institución de crédito, de este domicilio, con dirección en Calle Rubén

Darío, entre Quince y Diecisiete Avenida Sur, número novecientos uno,

San Salvador, y con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos

catorce – cero setenta mil quinientos setenta y cinco – cero cero dos -

seis; en contra de TOMÁS ALAS CASTILLO, en calidad de deudor,

quien es de cincuenta dos años de edad, empleado, del domicilio de La

Libertad, con Número de Identifi cación Tributaria cero cinco cero cua-

tro – uno cero uno uno seis uno – cero cero uno - uno, y actualmente de

domicilio y residencia desconocida en el país, ignorándose su paradero,

razón por la cual, de conformidad a los arts. 181 inc. 2° y 186 del Código

Procesal Civil y Mercantil, por medio del presente edicto se le notifi ca el

decreto de embargo y la demanda que lo motiva, por lo que se previene

al demandado que se presente a este Juzgado a contestar la demanda

incoada en su contra dentro de los diez días hábiles, contados a partir

del día siguiente a la fecha de la tercera publicación en un periódico de

circulación nacional de este edicto, advirtiéndole a dicho señor que si

tiene interés de intervenir o avocarse al presente proceso, conforme a los

arts. 67, 68, 69, 181, 186 y 462 del Código Procesal Civil y Mercantil,

deberá comparecer por medio de abogado, quien para tal efecto deberá

proporcionar la dirección de su representado y la suya dentro de la

circunscripción territorial de este Juzgado para recibir notifi caciones,

pudiendo además proporcionar un número de fax a donde puedan ser

enviadas las comunicaciones procesales, todo de conformidad con el

artículo 170 del Código Procesal Civil y Mercantil. Caso contrario,

se aplicará oportunamente lo establecido en el artículo 171 del mismo

código. Previniéndole que en caso de no comparecer a este juzgado en

el plazo antes indicado, se procederá a nombrarle un curador Ad Lítem

para que lo represente en el proceso. La demanda se acompaña de una

escritura pública mutuo con garantía hipotecaria, juntamente con certi-

fi cación de Control individual del Registro de préstamos, expedida por

el Gerente General de la entidad demandante.

El Licenciado LANDAVERDE HERNÁNDEZ, tiene como di-

rección: Calle Los Sisimiles, Pasaje Los Cedros, número 108, Colonia

Miramonte, San Salvador.

Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumpli-

miento, se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil

y Mercantil de San Salvador, a los seis días del mes de enero del año

dos mil catorce. LIC. JUAN BAUDILIO TORRES SOLANO, JUEZ

QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LICDA. CARMEN ELENA

ARÉVALO GÁMEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F027712

KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA INTERINA

(1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las ocho horas y ocho minutos del día diecisiete de diciembre del año

dos mil trece, NOTIFICA EL DECRETO DE EMBARGO para que le

sirva de legal emplazamiento al demando señor OSCAR LEONEL DÍAZ,

mayor de edad, Empleado, del domicilio de Soyapango, con Número

de Identifi cación Tributaria cero seis uno nueve — uno uno cero uno

siete uno - uno cero dos - tres; de la demanda incoada en su contra por

el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito,

Autónoma de Derecho Público, con Número de Identifi cación Tributaria

cero seiscientos catorce — cero siete cero cinco siete cinco — cero cero

dos - seis, por medio de su Apoderado General Judicial con Cláusulas

Especiales Licenciado SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ,

con Tarjeta de Abogado número cinco mil seiscientos setenta y con

Tarjeta de Identifi cación Tributaria número cero cuatro uno dos — dos

tres cero cuatro seis ocho — cero cero uno - ocho; el cual presentó los

siguientes documentos: Original: a) Testimonio de Escritura Pública de

Compraventa, Mutuo y Apertura de Crédito con Garantía Hipotecaria,

otorgado ante los ofi cios notariales del Licenciado LÁZARO TADEO

BERNAL LIZAMA, el día veintitrés de febrero del año dos mil, por el

señor ÓSCAR LEONEL DÍAZ a favor del FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA Institución de Crédito, Autónoma de Derecho Público, por

la cantidad de OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y

CUATRO COLONES TREINTA Y SIETE CENTAVOS (¢89,274.37)

equivalentes a DIEZ MIL DOSCIENTOS DOS DÓLARES CON SE-

TENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA ($10,202.79); debidamente inscrito en el Centro

Nacional de Registros, el día primero de abril del año dos mil cuatro,

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

bajo matrícula 60092333 - 00000 asiento número 3. b) Certifi cación de

Control Individual de Registro de Préstamo número 98-12417-2 por un

monto total de ONCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO

DÓLARES CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS DE DÓLAR DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA DÓLARES ($11,544.78),

que comprende capital, intereses y primas de seguros de vida colectivo

y de daños, emitido por el Gerente General del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, Licenciado MARIANO ARISTIDES BONILLA

BONILLA, a los treinta y un días del mes de enero del presente año.

Fotocopias certifi cadas: Testimonio de Escritura Matriz de Poder General

Judicial con Cláusulas Especiales, otorgado ante los ofi cios notariales

del Licenciado GREGORIO RENÉ TORRES GONZÁLEZ, a favor del

Licenciado SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ y otros. Fotoco-

pias simples: Documento Único de Identidad, Tarjeta de Identifi cación

Tributaria y Tarjeta de Abogado del Licenciado LANDAVERDE HER-

NÁNDEZ. Para que en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles, contados a partir

del día siguiente de efectuadas las publicaciones conteste la demanda

incoada en su contra y pueda preparar la defensa de sus derechos o in-

tereses legítimos, caso contrario el proceso continuará sin su presencia,

conforme lo señalan los Arts. 181 y 182 numeral 4° ambos del CPCM.

Haciéndole a su vez la advertencia sobre la procuración obligatoria

conforme lo establecen los Arts. 67, 68, 69 y 75 todos del CPCM. Lo

anterior ha sido ordenado en el Proceso Ejecutivo Civil, clasifi cado bajo

el NUE. 00730-13-CVPE-1CM1 y Ref. 32-EC-02-13.

LIBRADO en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, ocho horas y veinte minutos del día diecisiete de diciembre

de dos mil trece. LICDA. KARLA MARÍA REGINA MURCIA CA-

RRILLO, JUEZA INT. (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.

LICDA. FLORINDA GARCÍA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUA-

CIONES.

1 v. No. F027713

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

UNO DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD

DELGADO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Mercantil número 11-

PEC-13-7 promovido por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

a través de su mandataria Licenciada SILVIA EMILIA GONZÁLEZ

ESCAMILLA, en contra de la demandada señora MARIA ANA VALLE

conocida por MARIA ANA OCHOA VALLE, cuyo título ejecutivo es

un mutuo hipotecario, del cual se tiene conocimiento judicial en este

Tribunal, se hace saber: Que en virtud de que en el referido proceso no

se ha llevado a cabo el emplazamiento en forma personal a la demandada

señora MARIA ANA VALLE conocida por MARIA ANA OCHOA

VALLE por no residir en el lugar proporcionado para tal efecto por

la parte demandante, y además se desconoce otro lugar donde poder

emplazar a dicha señora, por tanto, de conformidad a lo que dispone el

art. 181 CPCM., se procedió oportunamente a hacer las averiguaciones

correspondientes respecto del domicilio de la demandada, sin que

tales diligencias hayan arrojado un resultado positivo. Que en razón

de lo expuesto y por ignorarse el domicilio de la señora MARIA ANA

VALLE conocida por MARIA ANA OCHOA VALLE se procede a su

emplazamiento al juicio de mérito por edictos de conformidad a lo que

dispone el art. 186 CPCM., los que se publicarán por tres veces en un

periódico impreso de circulación Diaria y Nacional, por una sola vez en el

Diario Ofi cial y en el Tablero Público de esta sede Judicial, art. 186 Inc.

3 CPCM. Se hace del conocimiento a la señora MARIA ANA VALLE

conocida por MARIA ANA OCHOA VALLE que deberá comparecer

a esta sede judicial a hacer uso de su derecho en el término de ley, de lo

contrario se les nombrará un Curador Ad-Lítem que la represente en el

respectivo proceso art. 186 Inc. 4 CPCM.

Librado en el Juzgado Pluripersonal de lo Civil de Ciudad Delgado,

Juez Uno: catorce horas con cuarenta y siete minutos del día seis de

febrero del año dos mil catorce. LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO

MORALES FLORES, JUEZ UNO DEL JUZGADO PLURIPERSONAL

DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO. LIC. JORGE ROBERTO

BURGOS GONZÁLEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F027714

KARLA MARIA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA INTERINA

(1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado,

a las once horas y trece minutos del día dieciséis de enero de dos mil

catorce, NOTIFICA EL DECRETO DE EMBARGO y demanda que lo

motivó, para que le sirva de legal emplazamiento a la demandada señora

ROSARIO DE LOS ÁNGELES FUENTES DE RIVAS conocida por

ROSARIO DE LOS ÁNGELES FUENTES QUINTANILLA, mayor de

edad, obrera, con Documento Único de Identidad número cero dos tres

dos tres tres cinco cuatro – uno y Tarjeta de Identifi cación Tributaria

número cero seiscientos catorce – cero setenta y un mil sesenta y

cuatro – ciento siete - cero; de la demanda incoada en su contra por

la sociedad FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de

crédito, Autónoma de Derecho Público; con Número de Identifi cación

Tributaria cero seiscientos catorce – cero setenta mil quinientos setenta

y cinco – cero cero dos - seis, por medio de su Apoderado General

Judicial con Cláusula Especial, el Licenciado CARLOS FABREGAT

TORRENTS, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número nueve mil

cuatrocientos cuarenta y siete – doscientos setenta mil ciento setenta y

uno - ciento uno – cuatro; el cual presentó los siguientes documentos;

Original: Testimonio de Escritura Matriz de Contrato de Compraventa

y Mutuo con Garantía Hipotecaria, otorgada antes los ofi cios notariales

de la Licenciada NELLY ELIZABETH MARTÍNEZ DE GUARDADO,

el día seis de febrero de mil novecientos noventa y seis, por la señora

ROSARIO DE LOS ÁNGELES FUENTES DE RIVAS, conocida por

ROSARIO DE LOS ÁNGELES FUENTES QUINTANILLA, a favor

del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA; Mutuo por la cantidad

de SETENTA MIL DOSCIENTOS COLONES (¢70,200.00) equiva-

lentes a OCHO MIL VEINTIDÓS DÓLARES CON OCHENTA Y

SEIS CENTAVOS DÓLAR ($8,022.86); debidamente inscrito en el

registro social de inmuebles, bajo el número de matrícula M01063606

en el asiento número 005 y de la Certifi cación de saldo del Préstamo

Hipotecario número 96-00448-5, por un monto total de CATORCE MIL

DOSCIENTOS SETENTA Y TRES DÓLARES CON OCHENTA Y

NUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA ($14,273.89) que comprende capital, intereses y Primas

de Seguros de Vida Colectiva Decreciente y Daños, extendida por el

Gerente del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Licenciado

Francisco Antonio Guevara, el día treinta de junio de dos mil once.

Fotocopia certifi cada: Testimonio de Escritura Matriz de Poder General

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

Judicial con Cláusula Especial, otorgada ante los ofi cios notariales del

Licenciado GREGORIO RENÉ TORRES GONZÁLEZ a favor del

Licenciado CARLOS FABREGAT TORRENTS y otros. Fotocopia Sim-

ple: Credencial de ejecutor de embargos Licenciado JOSE MAURICIO

DUEÑAS CABALLERO. Para que en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles,

contados a partir del día siguiente de efectuadas las publicaciones con-

testen la demanda incoada en su contra y puedan preparar la defensa de

sus derechos o intereses legítimos, caso contrario el proceso continuará

sin su presencia, conforme lo señalan los Arts. 181 y 182 numeral 4°

ambos del CPCM. Haciéndole a su vez la advertencia sobre la procura-

ción obligatoria conforme lo establecen los Arts. 67, 68, 69 y 75 todos

del CPCM. Lo anterior ha sido ordenado en el Proceso Ejecutivo Civil,

clasifi cado bajo el NUE. 05014-11-PE-1CM1 y Ref. 388-EC-10-11.

LIBRADO en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, once horas y trece minutos del día dieciséis de enero de dos

mil catorce. LICDA. KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO,

JUEZA INT. (1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LICDA.

FLORINDA GARCÍA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUACIO-

NES.

1 v. No. F027716

LA INFRASCRITA JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL SAN SALVADOR, LICENCIADA KARINA JEANNETTE

MARTINEZ GUEVARA, A LOS DEMANDADOS NORA MERCE-

DES GUEVARA DE GUZMAN conocida por NORA MERCEDES

SANCHEZ GUEVARA, y ARMANDO GUZMAN MENDOZA,

HACE SABER: Que en el juicio ejecutivo mercantil promovi-

do en esta sede judicial, por el Licenciado CARLOS FABREGAT

TORRENTS, en calidad de Apoderado General Judicial del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra los demandados NORA MER-

CEDES GUEVARA DE GUZMAN conocida por NORA MERCEDES

SANCHEZ GUEVARA, y ARMANDO GUZMAN MENDOZA, se ha

presentado el Licenciado FABREGAT TORRENTS, en el carácter antes

expresado, manifestando que se ignora el paradero de los demandados,

así como se ignora si tienen apoderado, curador o representante legal,

para que los represente en el proceso, y habiéndose realizado todas las

averiguaciones pertinentes, de conformidad al artículo 186 del Código

Procesal Civil y Mercantil, pide sean emplazados por medio de edictos,

a fi n de que ejerzan su derecho de defensa en el referido proceso.

En consecuencia, emplácese a los demandados señores NORA

MERCEDES GUEVARA DE GUZMAN conocida por NORA MERCE-

DES SANCHEZ GUEVARA, y ARMANDO GUZMAN MENDOZA,

a fi n de que comparezca a este Tribunal, en el plazo de diez días hábiles

siguientes a la tercera publicación de este edicto, a contestar la demanda,

haciéndose saber que de no presentarse, se le nombrará un curador ad-

lítem y se continuará el proceso.

Adviértase a los demandados que al contestar la demanda deberán

darle cumplimiento a lo regulado el Art. 67 del CPCM, es decir, deberán

hacerlo a través de procurador cuyo nombramiento recaiga en abogado de

la República, mandato que contendrá las facultades reguladas en el Art.

69 Inc. 1° CPCM; y de no contar con recursos económicos sufi cientes

recurra a la Procuraduría General de la República, para asistencia legal,

de conformidad al Art. 75 CPCM.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las once horas del día siete de enero de dos mil catorce. LICDA. KARINA JEANNETTE MARTÍNEZ GUEVARA, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN SALVADOR. LICDA. LICINIA NUBE SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA.

1 v. No. F027717

NELSON PALACIOS HERNÁNDEZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al señor GUILLERMO ERNESTO LARIN MEJIA, de treinta y cinco años de edad, Estudiante, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero uno uno cinco nueve cuatro ocho dos – seis y Número de Identifi cación Tributaria cero seis uno cuatro –tres cero cero seis siete ocho – uno uno uno – siete; que ha sido demandado en Proceso Ejecutivo Mercantil, registrado bajo el número 04339-11-PE-4CM2 (321/1), en esta sede judicial por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Número de Identifi cación Tributaria cero seis uno cuatro – cero siete cero cinco siete cinco – cero cero dos – seis, por medio de su Apoderado General Judicial con Cláusula Especial, Licenciado CARLOS FABREGAT TORRENTS, quien puede ser localizado en: Doce Calle Poniente, número Dos Mil Quinientos Diecisiete, Colonia Flor Blanca, San Salvador; reclamándole la cantidad de SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UN DÓLARES CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en concepto de capital adeudado, más los intereses del TRECE POR CIENTO ANUAL, calculados a partir del día uno de enero de dos mil siete, intereses que seguirán devengándose hasta su completo pago, trance, adjudicación o remate; y las Primas de Seguro, por la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE DÓLARES CON VEINTICINCO CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, calculadas desde el día uno de febrero de dos mil siete hasta el día treinta de julio de dos mil once; y las costas procesales que genere la presente instancia, con fundamento en una Escritura Pública de Mutuo Hipotecario; y por no haber sido posible determinar el paradero del señor GUILLERMO ERNESTO LARIN MEJIA, se le emplaza por este medio; previniéndosele al mismo para que dentro del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto en un periódico de circulación diaria y nacional, o la del Diario Ofi cial en su caso, se presente a este Tribunal ubicado en: 79 Av. Sur, Final Av. Cuscatlán, Block "K", Etapa III, Tercer Nivel, Colonia Escalón, San Salvador, a contestar la demanda y a ejercer sus derechos. Si no lo hiciere el proceso continuará sin su presencia y se procederá a nombrarle un Curador Ad Lítem, para que lo represente en el mismo, de conformidad al Art. 186 CPCM. Se advierte al demandado que de conformidad al Art. 67 CPCM, todas las actuaciones deberán realizarse por medio de Procurador y en caso de carecer de recursos económicos sufi cientes podrá solicitar la asistencia de la Procuraduría General de la República, tal como lo estipula el Art. 75 del mismo cuerpo legal.

Librado en el JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCAN-TIL: San Salvador, a nueve horas y quince minutos del día veintiuno de enero de dos mil catorce. LIC. NELSON PALACIOS HERNÁNDEZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LICDA. MÓNICA SILVIA PARADA DE CENTENO, SECRETARIA.

1 v. No. F027718

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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.-

HACE SABER: A la señora MARÍA CONSUELO GÓMEZ DE

VÁSQUEZ, con Documento Único de Identidad número cero un millón

ciento ochenta y nueve mil setecientos dieciocho- cinco; y Número de

Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- cero cincuenta mil

seiscientos setenta y dos- ciento veintisiete- ocho, de treinta y dos años

de edad en el año dos mil cuatro, ama de casa, del domicilio de Apopa;

que ha sido demandada en el Proceso Ejecutivo, registrado con referencia:

202-PE-12/5, en esta sede judicial, por el FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma, de Derecho Público,

con Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- cero

setenta mil quinientos setenta y cinco- cero cero dos- seis, cuyas ofi cinas

principales están ubicadas en Calle Rubén Darío, número 901, entre 15

y 17 Avenida Sur, de la ciudad de San Salvador; representado procesal-

mente por medio del Licenciado NATIVIDAD DE LEÓN BENÍTEZ, de

mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, con Número

de Identifi cación Tributaria cero seiscientos quince- ciento sesenta mil

quinientos cuarenta y tres- cero cero uno- cero, quien puede ser localizado

mediante el telefax veintidós cuarenta y dos veinticinco treinta y uno;

reclamándole la suma de SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTITRÉS

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON CUA-

RENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR, en concepto de capital como

deuda principal; más la tasa de interés pactada y modifi cada del siete

punto noventa y siete por ciento anual sobre saldos, comprendida desde

el día treinta de marzo de dos mil once, en adelante; Primas de Seguro

de Vida y de Daños, por la cantidad de TRESCIENTOS CINCUENTA

Y CUATRO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

CON VEINTIDÓS CENTAVOS DE DÓLAR, comprendidas en el

período del día uno de abril de dos mil once, al treinta y uno de agosto

de dos mil doce; todo hasta su completo pago, transacción o remate y

costas procesales; con fundamento en una Escritura Pública de Mutuo

Hipotecario; y por no haber sido posible determinar el paradero de la

señora MARÍA CONSUELO GÓMEZ DE VÁSQUEZ, SE EMPLAZA

POR ESTE MEDIO, PREVINIÉNDOSELE a la misma para que, dentro

del plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del siguiente de la

última publicación de este edicto en un periódico de circulación diaria

y nacional o la del Diario Ofi cial en su caso; se presente a este Tribunal

ubicado en: Colonia Guadalupe, Avenida Olimpia, Número Nueve, de

la ciudad de Apopa; a contestar la demanda y a ejercer sus derechos,

si no lo hiciere el Proceso continuará sin su presencia y se procederá a

nombrarle un Curador Ad-Lítem, para que la represente, de conformi-

dad al Artículo 186 del C.P.C.M.- Se advierte a la demandada que de

conformidad al Artículo 67 del C.P.C.M, todas las actuaciones deberán

realizarse por medio de Procurador y en caso de carecer de recursos

económicos sufi cientes podrá solicitar la asistencia de la Procuraduría

General de la República, tal como lo estipula el Artículo 75 del mismo

Cuerpo Legal.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las doce horas cuarenta

y cinco minutos del día veintiocho de noviembre de dos mil trece.- Dra.

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA. Lic. JOSÉ DULEY CERNA FERNÁNDEZ,

SECRETARIO.

1 v. No. F027720

LA INFRASCRITA JUEZA SUPLENTE DEL JUZGADO PRIMERO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL JUEZ TRES, DEL CENTRO

JUDICIAL INTEGRADO DE DERECHO PRIVADO Y SOCIAL,

SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que en este Juzgado de conformidad a los Artícu-

los 186 y 462 C.P.C.M., se tramita Juicio Ejecutivo Civil; clasifi cado

bajo la referencia 3579-13-CVPE-1CM3 (E-7-13-7) promovido por la

Licenciada PATRICIA ELENA SÁNCHEZ DE MORÁN, con Número

de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- doscientos cuarenta

mil ochocientos setenta y ocho- ciento veintitrés- cero; actuando como

Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA con Número de Identifi cación Tributaria cero

seiscientos catorce- cero setenta mil quinientos setenta y cinco- cero cero

dos- seis; contra la demandada señora CLAUDIA YANETH LÓPEZ

DE ORELLANA; mayor de edad, de ofi cios domésticos, de domicilio

especial de San Salvador, ahora ignorado, con Documento Único de

Identidad número cero tres millones quinientos cincuenta y tres mil

doscientos ochenta- cuatro, y Número de Identifi cación Tributaria cero

quinientos once- cero cuarenta mil seiscientos ochenta y seis- ciento

dos- uno; fundamentando su pretensión en; prueba testimonial, prueba

documental, declaración de la parte contraria para ambas pretensiones,

y prueba de documentos judiciales.

Lo que se hace saber a la demandada señora CLAUDIA YANETH

LÓPEZ DE ORELLANA, que tiene un plazo de diez días hábiles contados

a partir de la presente publicación para contestar la demanda incoada en

su contra, de conformidad a los Artículos 169 y 462 C.P.C.M., debiendo

comparecer al proceso mediante abogado, a quien deberá otorgar poder

en legal forma, Artículo 66 y 67 Código Procesal Civil y Mercantil;

asimismo se le hace saber a la demandada antes mencionada; que de no

hacerlo el proceso continuará sin su presencia, nombrando un Curador

para que los represente.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL: San Salvador, a las quince horas cincuenta y cinco

minutos del día cinco de diciembre del año dos mil trece.- Licda. AMADA

LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA PRIMERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL, JUEZ TRES SUPLENTE. Licda. AMINDA

MERCEDES CRUZ DE RIVAS, SECRETARIA INTERINA.

1 v. No. F027722

KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA INTERINA

(1) PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado,

a las nueve horas y dos minutos del día siete de diciembre de dos mil

trece, EMPLAZA en legal forma a la señora ESMERALDA JUDITH

ALAS ALAS, mayor de edad, estudiante, con Número de Identifi ca-

ción Tributaria cero setecientos quince- cero sesenta mil setecientos

setenta y dos- ciento uno- cuatro, de la demanda incoada en su contra

Page 90: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

por la Institución de Crédito, Autónoma, de Derecho Público, FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, del domicilio de San Salvador, con

Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- cero

setenta mil quinientos setenta y cinco- cero cero dos- seis, por medio

de su Apoderada General Judicial con Cláusulas Especiales, Licenciada

PATRICIA ELENA SÁNCHEZ DE MORAN, con Tarjeta de Abogado

número once mil cuatrocientos noventa, con telefax número veintidós

setenta y uno diecisiete cero cuatro, quien presentó el siguiente docu-

mento en original: Testimonio de Escritura Pública de Compraventa

y Mutuo con Garantía Hipotecaria, por la cantidad de CINCUENTA

MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS COLONES CON SETENTA

Y CUATRO CENTAVOS (¢50,632.74) equivalentes a CINCO MIL

SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMÉRICA CON SESENTA CENTAVOS DE DÓLAR

($5,786.60). Para que en el plazo de DIEZ DÍAS hábiles contados a partir

del día siguiente de efectuadas las publicaciones conteste la demanda

incoada en su contra y pueda preparar la defensa de sus derechos o in-

tereses legítimos, caso contrario el proceso continuará sin su presencia,

conforme lo señalan los Arts. 181 y 182, ambos del CPCM. Haciéndole

a su vez la advertencia sobre la procuración obligatoria conforme lo

establecen los Arts. 67, 68, 69 y 75 todos del CPCM. Lo anterior ha

sido ordenado en el Proceso Ejecutivo Civil, clasifi cado bajo el NUE:

00791-10-PE-1CM1 y Ref. 58-EC-10-10.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, a las nueve horas y cuarenta y cuatro minutos del día dieciséis

de diciembre de dos mil trece.- Licda. KARLA MARÍA REGINA MUR-

CIA CARRILLO, JUEZA INTERINA(1) PRIMERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL. Licda. FLORINDA GARCÍA RIVERA, SECRETARIA

DE ACTUACIONES.

1 v. No. F027723

LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO

CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA,

HACE SABER: Que en el proceso Ejecutivo con referencia

612-E-2012-4, el Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA, en calidad

de Apoderado General Judicial con Cláusulas Especiales del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, que se puede abreviar "EL FONDO",

del domicilio de San Salvador, ubicado en Calle Rubén Darío, número

novecientos uno, entre quince y diecisiete Avenida Sur, San Salvador,

departamento de San Salvador, ha comparecido demandando a la señora

ROSA MORENA TOBIAS DE CONTRERAS, conocida por ROSA

MORENA SOTO TOBIAS, mayor de edad, Ejecutiva de Ventas, del

domicilio de Colón, departamento de La Libertad, con Documento Único

de Identidad número cero dos millones trescientos cuarenta y siete mil

sesenta- seis y Número de Identifi cación Tributaria cero quinientos doce-

ciento veintiún mil cincuenta y seis- cero cero uno- cero; y habiéndose

realizado las diligencias pertinentes para notifi carle a dicha señora la

demanda en su contra, sin obtener un resultado positivo, ya que no se

ha podido encontrar su ubicación; por resolución de las quince horas

con cinco minutos del día quince de noviembre del año dos mil trece,

se ordenó emplazar a la referida demandada por medio de edictos, de

conformidad al Art. 186 del CPCM., por lo que se le notifi ca a la señora

ROSA MORENA TOBIAS DE CONTRERAS, conocida por ROSA

MORENA SOTO TOBIAS, que deberá presentarse a este Juzgado,

a ejercer su derecho constitucional de defensa y contestar la demanda

incoada en su contra a través de Abogado que la represente, a menos

que posea capacidad de postulación, y en caso de carecer de recursos

económicos sufi cientes puede solicitar ser representada gratuitamente

por la Procuraduría General de la República, de conformidad a los Arts.

67 y 75 CPCM, dentro del término de DIEZ DÍAS HÁBILES, contados

desde el día siguiente al de la última publicación de este edicto, el cual

se publicará una sola vez en el Tablero Judicial de este Tribunal, una vez

en el Diario Ofi cial y tres veces en un periódico impreso de circulación

diaria y nacional. Se previene a la demandada que en el mismo plazo

deberá de señalar dirección dentro de la circunscripción territorial de este

Tribunal, o medio técnico para recibir notifi caciones, de conformidad

al Art. 170 CPCM.; de igual forma se advierte que una vez hechas las

publicaciones, si la señora ROSA MORENA TOBIAS DE CONTRERAS,

conocida por ROSA MORENA SOTO TOBIAS, no comparece en el

término concedido, se le nombrará un curador Ad-Lítem, para que la

represente en el proceso, de conformidad al Art. 186 Inc. 4° CPCM.

Lo que se hace del conocimiento del público para efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las quince

horas con siete minutos del día dieciocho de noviembre del año dos mil

trece. Lic. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL

DE SANTA TECLA. Licda. VERÓNICA TATIANA MARTÍNEZ

ESPINAL, SECRETARIA INTERINA.

1 v. No. F027725

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES,

JUEZA DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, DEPARTA-

MENTO DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Civil número 135-

PEC-11-8, promovido por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

a través de su mandatario(a) Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA,

cuyo título ejecutivo es un(a) Mutuo Hipotecario, del cual se tiene

conocimiento judicial en este Juzgado, se hace saber: Que en virtud de

que en el referido Proceso no se ha llevado a cabo el emplazamiento

en forma personal al demandado señor RENE ANTONIO PADILLA

SALVADOR, por no residir en el lugar proporcionado para tal efecto

por la parte demandante y además se desconoce otro lugar donde poder

emplazar al reseñado señor; de conformidad a lo que dispone el Art. 186

CPCM., se procedió oportunamente a hacer las averiguaciones corres-

pondientes respeto del domicilio del demandado, sin que tales diligencias

hayan arrojado un resultado positivo. Que en razón de lo expuesto por

ignorarse el domicilio del señor RENE ANTONIO PADILLA SALVA-

DOR, se procede a su emplazamiento al juicio de mérito por edictos de

conformidad a lo que dispone el Art. 186 CPCM., los que se publicarán

por tres veces en un periódico impreso de circulación Diaria y Nacional,

por una sola vez en el Diario Ofi cial y en el Tablero Público de esa sede

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91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

Judicial Art. 186 Inc. 3 CPCM. Se hace del conocimiento del señor RENE ANTONIO PADILLA SALVADOR, que deberá comparecer a esta sede judicial a hacer uso de su derecho en el término de ley de lo contrario se le nombrará un Curador Ad-Lítem que lo represente en el respectivo proceso Art. 186 Inc.4 CPCM.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Delgado, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del día veintidós de abril del año dos mil trece.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA DE LO CIVIL DE DELGADO. Lic. JORGE ROBERTO BURGOS GONZÁLEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F027727

JOSÉ DANILO ESCOBAR MIRANDA, JUEZ SUPLENTE QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, por este medio,

NOTIFICA del decreto de embargo, el cual implica el EMPLA-ZAMIENTO del demandado señor JUAN ALEXANDER GÓMEZ PINEDA, mayor de edad, motorista, del domicilio de Soyapango, de este Departamento, con NIT: 1217-050771-105-5; para que en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto, comparezca a contestar la demanda interpuesta en su contra en el proceso ejecutivo con REF. 04449-11-PE-5CM1 y REF. INTERNA 342-PE-11-3, promovido ante este juzgado por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, a través de su Apoderada Judicial Licenciada ANA SILVIA MENJÍVAR MARTÍNEZ, previ-niéndole que al momento de hacerlo manifi este si formulará oposición que considere oportuna de conformidad al Art. 464 CPCM, presentando las documentaciones y justifi caciones que se tuvieran, para realizar el trámite correspondiente de conformidad al Art. 466 y siguientes CPCM, caso contrario se procederá conforme al Art. 465 parte fi nal CPCM; se dictará sentencia sin más trámite, aplicando lo pertinente según el Art. 468 CPCM. De no comparecer el demandado en el plazo establecido, este juzgado procederá a nombrarle un curador Ad Lítem para que lo represente en este proceso ejecutivo, de conformidad al Art. 186 CPCM.

Y para que lo proveído por este Juzgado tenga su legal cumpli-miento, se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las catorce horas con treinta minutos del día catorce de febrero de dos mil catorce.- Lic. JOSÉ DANILO ES-COBAR MIRANDA, JUEZ SUPLENTE QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR. Lic. DAVID ORLANDO TOBAR MOLINA, SECRETARIO INTERINO.

1 v. No. F027728

LA INFRASCRITA JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DE SAN SALVADOR, LICENCIADA PATRICIA IVONNE INGLÉS

AQUINO, AL PÚBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que el señor HENRY TED CHAVARRÍA

MENJÍVAR, ha sido demandado en proceso ejecutivo civil referencia

número 20-EC-13-3CM1, promovido en su contra por parte del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, ubicado en Calle Sisimiles, Pasaje

Los Cedros, número ciento ocho, Colonia Miramonte, San Salvador, a

través de su apoderado general judicial con cláusula especial Licenciado

SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ, quien puede ser ubicado en

la misma dirección que su mandante y en el telefax veintidós sesenta-

setenta cuarenta y dos, quien reclama a favor de su poderdante en virtud

del título ejecutivo que corre agregado al presente proceso consistente

en un testimonio de escritura matriz de MUTUO HIPOTECARIO, la

cantidad de CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA DÓLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON SESENTA Y OCHO

CENTAVOS DE DÓLAR, con sus respectivos intereses.

Posteriormente a la fecha en que se inició el referido juicio se

presentó el Licenciado SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ, en

el carácter antes expresado manifestando que se ignora el paradero del

demandado HENRY TED CHAVARRÍA MENJÍVAR, por lo que solicitó

que se emplazara al mismo para que compareciera a estar a derecho, de

conformidad al Artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil.

En consecuencia, se previene al demandado señor HENRY TED

CHAVARRÍA MENJÍVAR, que si tuviere apoderado, procurador u

otro representante legal o curador en el país, se presente a este tribunal

a comprobar dicha circunstancia dentro de los diez días siguientes a la

tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, San Salvador,

a las catorce horas con veinticinco minutos del día diez de diciembre de

dos mil trece.- Licda. PATRICIA IVONNE INGLÉS AQUINO, JUEZA

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL SAN SALVADOR. Lic.

OSCAR ANTONIO DIAZ, SECRETARIO.

1 v. No. F027729

LICENCIADO HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO

CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA,

HACE SABER: Que en el proceso con Referencia No. 798-E-

2012-2, ha comparecido la Licenciada DEBORAH JEANNET CHÁVEZ

CRESPÍN, en su calidad de Apoderada General Judicial del FONDO

SOCIAL PARA LA VIVIENDA, y la cual comparece con el objeto de

demandar a los señores MIGUEL ÁNGEL GARCÍA, mayor de edad,

estudiante, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La

Libertad, con Número de Identifi cación Tributaria un mil doscientos

veinte- cero sesenta mil ciento sesenta y seis- ciento uno- siete;

y MARÍA GLADIS HERNÁNDEZ PALACIOS, mayor de edad,

estudiante, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La

Libertad, con Número de Identifi cación Tributaria cero quinientos

uno- ciento noventa mil doscientos sesenta y ocho- ciento uno- nueve,

correspondientemente en virtud de la obligación contraída por dichos

demandados en un Testimonio de Escritura Pública de Mutuo otorgado

por los demandados a favor del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

que corre agregado al respectivo Juicio, pero habiéndose realizado las

diligencias pertinentes para notifi carle el decreto de embargo al señor

MIGUEL ÁNGEL GARCÍA, sin obtener un resultado positivo ya que

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

no se ha podido encontrar su ubicación, es por lo anterior que por auto

de las catorce horas con treinta minutos del día veinte de noviembre

del año dos mil trece, se ordenó notifi car el decreto de embargo a dicho

demandado por medio de edictos, de conformidad al Art. 186 del CPCM,

por lo que se le previene al señor MIGUEL ÁNGEL GARCÍA, que

deberá presentarse a este Juzgado a ejercer su derecho constitucional de

defensa y contestar la demanda incoada en su contra, deberá comparecer

por medio de abogado, a menos que posea capacidad de postulación, y

en caso de carecer de los recursos económicos sufi cientes puede acudir

a la Procuraduría General de la República, para que sea representado

gratuitamente de conformidad a lo establecido en los Artículos 67 y

75 CPCM, o en caso que tuviere procurador o representante legal se

presente, dentro del término de diez días hábiles contados desde el día

siguiente al de la última publicación en los medios antes relacionados.

Se advierte que una vez hechas las publicaciones, si dicho demandado

no comparece en el término concedido, se le nombrará un curador Ad-

Lítem para que los represente en el presente proceso de conformidad al

inciso 4° del 186 del CPCM.

Lo que se hace del conocimiento del público para efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las once horas

con veinticinco minutos del día cinco de febrero del año dos mil catorce.-

Lic. HENRY ARTURO PERLA AGUIRRE, JUEZ DE LO CIVIL DE

SANTA TECLA. Licda. ROSA ANGÉLICA HERNÁNDEZ EUCEDA,

SECRETARIA.

1 v. No. F027731

JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE

DELGADO.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que a este Juzgado se

ha presentado la Licenciada NORA ELIZABETH HERRERA CARPIO,

como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, que se

abrevia "EL FONDO", promoviendo Proceso Especial Ejecutivo Civil

contra la señora MARLENE DINORA GONZÁLEZ, mayor de edad,

con Número de Identifi cación Tributaria mil ciento veintitrés- ciento

cincuenta y un mil doscientos setenta y dos- ciento uno- tres, hoy de

domicilio ignorado, reclamándole a favor de su Apoderada la cantidad

de MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS DÓLARES CON NOVEN-

TA Y DOS CENTAVOS DE DÓLAR, DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA, y las respectivas primas de seguro de vida colectivo,

decreciente y de daños, costas procesales e intereses.

Que habiéndose realizado sin éxito las diligencias pertinentes para

localizar a la demandada señora MARLENE DINORA GONZÁLEZ,

e ignorándose su paradero actual, se solicitó por la Licenciada NORA

ELIZABETH HERRERA CARPIO, que a fi n de notifi car el decreto de

embargo y la demanda que lo motiva a la demandada señora MARLENE

DINORA GONZÁLEZ, para que le sirva de legal emplazamiento, de

conformidad a lo establecido en el Art. 186 CPCM, se practicará el

emplazamiento respectivo por medio de edicto.

En consecuencia, se previene a la demandada señora MARLENE

DINORA GONZALEZ, que si tuviere Apoderado, Procurador, Re-

presentante Legal o Curador en el país, se presenten a este Tribunal a

comprobar dicha circunstancia dentro de los diez días siguientes a la

tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Delgado/ Juez Dos; a las

doce horas con veinticinco minutos del día tres de febrero de dos mil

catorce.- Dr. JOSÉ MANUEL MOLINA LÓPEZ, JUEZ DOS DE LO

CIVIL DE DELGADO. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA,

SECRETARIO.

1 v. No. F027732

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

(1) DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD

DELGADO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Civil número 9-PEC-

12-6 promovido por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA a través

de su mandatario (a) Licenciado GILBERTO ARÉVALO ARÉVALO y

continuado por el Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA, cuyo título

ejecutivo es un (a) Mutuo Hipotecario, del cual se tiene conocimiento

judicial en este Tribunal, se hace saber: Que en virtud de que en el

referido Proceso no se ha llevado a cabo el emplazamiento en forma

personal al señor DOUGLAS GEOVANNI SORIANO IRAHETA, de

treinta y tres años de edad, motorista, con número de Identifi cación

Tributaria 0614-100378-116-4; por no residir en el lugar proporcionado

para tal efecto por la parte demandante y además se desconoce otro

lugar donde poder emplazar al reseñado señor; de conformidad a lo

que dispone el Art. 181 CPCM., se procedió oportunamente a hacer las

averiguaciones correspondientes respecto del domicilio del demandado,

sin que tales diligencias hayan arrojado un resultado positivo. Que en

razón de lo expuesto y por ignorarse el domicilio del señor DOUGLAS

GEOVANNI SORIANO IRAHETA, se procede a su emplazamiento al

juicio de mérito por edictos de conformidad a lo que dispone el Art. 186

CPCM., los que se publicarán por tres veces en un periódico impreso

de circulación Diaria y Nacional, por una sola vez en el Diario ofi cial

y en el Tablero Público de esta sede Judicial Art. 186 Inc. 3 CPCM. Se

hace del conocimiento del señor DOUGLAS GEOVANNI SORIANO

IRAHETA, que deberá comparecer a esta sede judicial a hacer uso de su

derecho en el término de ley de lo contrario se le nombrará un Curador

Ad-Lítem que lo represente en el respectivo proceso Art. 186 Inc. 4

CPCM.

Librado en el Juzgado Pluripersonal de lo civil de Ciudad Delgado,

Juez (1) a las diez horas y quince minutos del día veinte de septiembre

del año dos mil trece.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES

FLORES, JUEZA (1) DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO

CIVIL DE CIUDAD DELGADO. Lic. JORGE ROBERTO BURGOS

GONZÁLEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F027733

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

LICENCIADA MARGARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE

SANABRIA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATE-

PEQUE, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que en el proceso ejecutivo, promovido por la

Licenciada Silvia Emilia González Escamilla, en calidad de mandataria

del Fondo Social para la Vivienda, se ha ordenado notifi car el decreto de

embargo a la señora Paz del Rosario Panameño de Rivera conocida por

Paz del Rosario Miranda Panameño de Rivera, a fi n de ser emplazada

de la demanda, y habiendo sido buscada según escrito presentado por

la solicitante, ignorándose su actual domicilio y si ha dejado procurador

u otro representante legal acreditado en el país, por lo que solicitó se le

notifi que el decreto de embargo mediante edicto de conformidad Art.186

CPCM., a la referida demandada, quien es mayor de edad, estudiante y

del domicilio de Tonacatepeque, con número de identifi cación tributaria

cero quinientos once-doscientos cuarenta mil ciento setenta y uno-ciento

tres-dos . Razón por la cual el Juzgado ha admitido la solicitud respectiva,

ordenando la publicación del edicto en la forma señalada en el artículo

arriba indicado. Se le previene a la demandada si tuviere procurador o

representante legal se presente este a este Tribunal, dentro de los diez

días después de la última publicación y compruebe dicha circunstancia,

advirtiendo que de no presentarse dentro del plazo antes señalado, el

presente proceso continuará sin su presencia.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque,

a los veinte días del mes de febrero de dos mil catorce.- LIC. MAR-

GARITA DE LOS ÁNGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. ANA LETICIA ARIAS ZETINO,

SECRETARIO.-

1 v. No. F027734

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, al señor JAIME MAURICIO ACEVEDO

FLORES, de treinta y nueve años de edad, Estudiante, del domicilio de

Mejicanos, en aquel momento con Cédula de Identidad Personal número

cero uno- cero tres- cero nueve ocho cero dos cero; y con Número de

Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce-uno siete cero tres siete

cuatro-ciento tres- uno.;

HACE SABER: Que ha sido demandado en el Proceso Ejecutivo

Mercantil bajo la REF: 128-PEM-2011. (8), por el Licenciado GILBERTO

ENRIQUE ALAS MENENDEZ, con dirección en Condominio Centro

de Gobierno, Apartamento treinta y tres, Séptima Avenida Norte y Trece

Calle Poniente, Centro de Gobierno, San Salvador, en su calidad de Apo-

derada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, INSTITUCION

AUTONOMA DE DERECHO PUBLICO; y en vista de no ser posible

su localización y desconocer su paradero, la Apoderada de la parte actora

ha solicitado que se le emplace por medio de edicto, de conformidad

al artículo 186 CPCM; y habiéndose ordenado su emplazamiento de la

demanda incoada en su contra por medio de edicto, para que la conteste

dentro de los DIEZ DIAS siguientes a su verifi cación, de conformidad

con el Art. 462CPCM.- Adviértase al demandado, que al contestar la

demanda debe darle cumplimiento a lo que señala el Art. 67 de CPCM.;

es decir, que deberá hacerlo a través de procurador cuyo nombramiento

debe recaer en un Abogado de la República, mandato que debe contener

las facultades contenidas en el Art. 69 Inc.1 CPCM.; y que de no tener

recursos económicos sufi cientes, recurra a la Procuraduría General de

la República, para asistencia legal de conformidad al Art. 75 del Código

Procesal Civil y Mercantil.

Se le previene al demandado, que de no contestar la demanda, el

proceso continuará sin su presencia.

Y para los efectos legales correspondientes se extiende el presente

edicto de emplazamiento, en el Juzgado Civil de Mejicanos, a los die-

ciséis días del mes de diciembre de dos mil trece. LIC. JOSE HUGO

ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL, LICDA. LILIAN ESTELA

AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA.-

1 v. No. F027735

LA INFRASCRITA JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL DE SAN SALVADOR, LICENCIADA KARINA JEANNETTE

MARTINEZ GUEVARA, AL DEMANDADO JUAN CARLOS

HENRIQUEZ PALMA.

HACE SABER: Que en el juicio ejecutivo mercantil, promovido

en esta sede judicial, por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS

MENENDEZ, mayor de edad, abogado, del domicilio de Nuevo Cuscatlán,

actuando en calidad de Apoderado General judicial del FONDO SOCIAL

PARA LA VIVIENDA, contra el demandado señor JUAN CARLOS

HENRIQUEZ PALMA, quien es de paradero desconocido.

Que se ha presentado el Licenciado ALAS MENENDEZ, en el

carácter antes expresado, manifestando que se ignora el paradero del

demandado JUAN CARLOS HENRIQUEZ PALMA, así como se ignora

si tiene apoderado, curador o representante legal, para que lo represente

en el proceso, y habiéndose realizado todas las averiguaciones pertinentes,

de conformidad al artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil,

pide sea emplazado por medio de edictos, a fi n de que ejerza su derecho

de defensa en el referido proceso.

En consecuencia, emplácese al señor JUAN CARLOS HENRIQUEZ

PALMA, a fi n de que comparezca a este Tribunal, en el plazo de diez

días hábiles, siguientes a la tercera publicación de este edicto, a contestar

la demanda, haciéndose saber que de no presentarse, se le nombrará un

curador ad-lítem y se continuará el proceso.

Adviértase al demandado que al contestar la demanda deberá darle

cumplimiento a lo regulado el Art. 67 del CPCM, es decir, deberá hacerlo

a través de procurador cuyo nombramiento recaiga en abogado de la

República, mandato que contendrá las facultades reguladas en el Art.

69 Inc. 1° CPCM; y de no contar con recursos económicos sufi cientes

recurra a la Procuraduría General de la República, para asistencia legal,

de conformidad al Art. 75 CPCM.

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, a las diez

horas del día cinco de diciembre de dos mil trece.- LICDA. KARINA

JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL, SAN SALVADOR.- LICDA. LICINIA NUBE

SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA.-

1 v. No. F027737

LA COMISION DEL SERVICIO CIVIL, HOSPITAL ESPECIALI-

ZADO DE MATERNIDAD "DR. RAÚL ARGÜELLO ESCOLAN",

ubicada en Final Calle Arce y 25 Ave. Norte, San Salvador.

AVISA: Que a las quince horas con diez minutos del día cinco

de noviembre del mil trece, referencia 4-CSC-HNM-2013, se admitió

solicitud de DILIGENCIAS DE AUTORIZACION DE DESTITUCION

por la causal " g" del artículo 54 de la Ley del Servicio Civil, en contra

del empleado ; JOSE WILBER ARAGON MENDOZA, de treinta y

tres años de edad, Técnico en enfermería, con último domicilio en San

Rafael Cedros, departamento de Cuscatlán, Documento Único de Iden-

tidad número cero uno ocho uno ocho cero uno siete -tres, número de

Identifi cación tributaria cero siete cero dos- uno cinco cero nueve ocho

cero-uno cero uno - tres, interpuesta por el HOSPITAL ESPECIALI-

ZADO DE MATERNIDAD "DR. RAÚL ARGÜELLO ESCOLAN",

representado por el Licenciado Jorge Alberto Morán Funes, en los

conceptos en ella expuestos y por cumplir los requisitos de ley; por lo

que se EMPLAZA al demandado para que en un plazo de diez días de

efectuada la publicación del presente, ejerza su derecho de defensa de

conformidad al artículo 186 Código Procesal Civil y Mercantil, 55 letra

"b" La ley del Servicio Civil.

San Salvador diecinueve de diciembre de dos mil trece.

LIC. JENNY E. MONTESINOS ALVARADO,

MIEMBRO COMISION,

DIRECCION.

VICTOR MANUEL LOPEZ MENDEZ,

MIEMBRO COMISION,

EMPLEADOS.

REINA ISABEL NOVALES GARCIA DE RUIZ,

MIEMBRO COMISION,

TRIBUNAL.

1 v. No. F027819

MARCA DE SERVICIOS.

No. de Expediente: 2014132701

No. de Presentación: 20140195179

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ADELIO

QUINTEROS MELARA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS,

Consistente en: las palabras SUSHI KING y diseño, que se traducen

al castellano como Sushi Rey, que servirá para: AMPARAR: SERVICIO

DE RESTAURANTE. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de enero del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000069-1

No. de Expediente: 2014133726

No. de Presentación: 20140197211

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CATHERINE

ELIZABETH MONDEL REYES, de nacionalidad SALVADOREÑA,

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: la frase Casa Hostal El Petate y diseño, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE HOSPEDAJE TEMPORAL. Clase:

43.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de febrero del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027775-1

No. de Expediente: 2013131867

No. de Presentación: 20130193178

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HERNAN

EDGARDO OSORIO BARAHONA, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la

MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión E PUNTOS y diseño, que servirá

para: AMPARAR: DISEÑO Y DESARROLLO DE ORDENADORES

Y SOFTWARE. Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de diciembre del año dos mil trece.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA,

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027878-1

No. de Expediente: 2014133139

No. de Presentación: 20140196044

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JULIO

CESAR VARGAS SOLANO, en su calidad de APODERADO de

SAN DIEGO, S.A., de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras San Diego y diseño, que servirá para:

AMPARAR: DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION DE ENER-

GIA. Clase: 39.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de febrero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027899-1

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2014132884

No. de Presentación: 20140195547

CLASE: 25.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALCIDES

REYES BONILLA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad

de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO,

Consistente en: la frase Imperion T-SHIRT S, que se traduce al

castellano como Camiseta imperion, que servirá para: AMPARAR:

CAMISETAS, BLUSAS. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos mil

catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diez de marzo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000065-1

No. de Expediente: 2013131648

No. de Presentación: 20130192753

CLASE: 07, 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARTA

ALICIA AGUIRRE DE PEREZ, en su calidad de APODERADO de

GRUPO POWER METAL, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, soli-

citando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

WHX

Consistente en: la expresión WHX, que servirá para: AMPARAR:

MAQUINAS Y HERRAMIENTAS ANILLOS ESFERICOS PARA SO-

PORTES, BANDAS ADHESIVAS PARA POLEAS, CORREAS PARA

TRANSPORTADORES, CORREAS PARA MAQUINAS, CADENAS

DE TRANSMISIÓN QUE NO SEAN PARA VEHICULOS TERRES-

TRES, CIGÜEÑAL, COMPONENTES HIDRAULICOS, JUNTA

UNIVERSAL (CARDAN), JUNTAS MECANICAS, ENGRANAJE

QUE NO SEAN PARA VEHICULOS TERRESTRES, MECANIS-

MOS DE CONTROL PARA MAQUINAS, MOTORES, MOTORES

ELÉCTRICOS QUE NO SEAN PARA VEHICULOS TERRESTRES,

RODAMIENTOS (PARTES DE LA MAQUINA), RODAMIENTOS

DE BOLAS DE ANILLOS, RODAMIENTO DE ANTIFRICCIÓN

PARA MAQUINAS, POLEAS, SOPORTE DE COJINETES PARA

MAQUINAS, SOPORTES PARA MAQUINAS ANTIFRICCIÓN.

Clase: 07. Para: AMPARAR: VEHICULOS; BOMBAS DE AIRE (AC-

CESORIOS DE VEHICULOS); RESORTES AMORTIGUADORES

PARA VEHICULOS; RUEDAS DE VEHICULOS; CADENAS DE AU-

TOMÓVILES; CUBOS DE RUEDAS DE VEHICULOS; MOTORES

ELÉCTRICOS PARA VEHICULOS TERRESTRES; PARACHOQUES

DE VEHICULOS; EJES PARA VEHICULOS; EMBRAGUES PARA

VEHICULOS TERRESTRES; TRANSMISIÓN PARA VEHICULOS

TODO TERRENO; SEGMENTOS DE FRENOS PARA VEHICULOS

ACOPLAMIENTOS Y ELEMENTOS DE TRANSMISIÓN PARA

VEHICULOS TERRESTRES. Clase: 12.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000068-1

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

ACEPTACION DE HERENCIA

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, Juez Segundo de lo Civil y

Mercantil de la Ciudad de San Miguel.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con treinta

y dos minutos del día tres de marzo de dos mil catorce, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor

HERNAN ALFREDO MARTINEZ, mayor de edad, comerciante, de

este domicilio, en calidad de heredero testamentario de la causante; la

herencia testamentaria que dejó al fallecer la señora MARIA ELSA

COLATO DE MARTINEZ, quien fue de sesenta y tres años de edad,

casada, comerciante, originaria de Guatajiagua, departamento de Morazán,

hija de BLANCA ELVIRA COLATO; fallecida a las cuatro horas con

treinta y seis minutos del día uno de enero de dos mil catorce, en hospital

San Francisco, siendo su último domicilio la ciudad de San Miguel.-

Confiérasele al heredero declarado, HERNAN ALFREDO

MARTINEZ, la administración y representación interina de la sucesión

testamentaria, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente; y se cita a los que se crean con derecho a la referida

herencia, para que se presenten a deducirlo dentro de los quince días

posteriores a la tercera publicación de este edicto.

Lo que se pone de conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil, de la Ciudad

de San Miguel, a los tres días del mes de marzo de dos mil catorce.-LIC.

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS HERNANDEZ PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000010-2

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil, del Distrito

Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público

para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve

horas y quince minutos del día veintiuno de febrero del corriente año.

Se declaró herederas expresamente y con benefi cio de inventario de la

herencia intestada que al fallecer a las veintidós horas del día veintitrés

de septiembre del año dos mil once, en el Caserío La Escuela, del

Cantón Ocote, de la jurisdicción de Polorós, distrito y Departamento

de La Unión, su último domicilio, dejó la causante Gabina Bonilla de

Yanes, conocida por Gabina Bonilla, de parte de las señoras María

Perfecta Yanes Viuda de Romero, conocida por María Perfecta Yanes

Bonilla; Albertina Yanes Bonilla; Leticia Yanes Bonilla; Juliana Yanes

de Castillo, conocida por Juliana Yanes; y Florencia Yanes Bonilla, en

concepto de hijas sobrevivientes de la causante antes mencionada, de

conformidad con el artículo 988 numeral 1º C.c., y a la señora Anastacia

Yanes Bonilla, en concepto de hija sobreviviente de la causante antes

expresada Representada ésta por su Curador Especial Licenciado Simeón

Humberto Velásquez Reyes, quien la acepta la herencia en su nombre

y representación, de conformidad con los Artículos 988 numeral 1°, y

1167 ambos del Código Civil. Se les confi ere a las herederas declaradas

en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de

los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente. Extiéndase para sus publicaciones

los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a los veinticinco días del mes de febrero de dos mil

catorce.-LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.-

LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000016-2

CARLOS ARMAS REYES, Notario, con Ofi cina Jurídica, situada en

Avenida Tres de Abril número Veinte de esta Ciudad.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas del día once

de diciembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario de parte del señor ALEX WALTER

ALDANA PEÑA, la herencia testamentaria que a su defunción dejó

la señora CONCEPCION ALDANA DIAZ, quien falleció a las siete

horas y veinte minutos del día dieciséis de octubre del dos mil trece,

en el Cantón Lourdes, Ciudad Colón, Departamento de La Libertad,

habiéndosele conferido al aceptante indicado, la Administración y

Representación interinas de la sucesión con las facultades de ley, en

concepto de heredero testamentario de la referida causante.-

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de Armenia, a los doce días del mes de

diciembre del año dos mil trece.-

CARLOS ARMAS REYES,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F027375-2

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

LICDA. JUDITH GUADALUPE MAZA CALDERON, Jueza de lo

Civil de este Municipio Judicial.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las nueve horas con veinticinco minutos del día doce de febrero del dos

mil catorce, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en el Cantón

San José Ahuacatitán, Jurisdicción de San Marcos, siendo también su

último domicilio, el día diez de mayo de mil novecientos noventa y

nueve, dejó el causante MANUEL AQUINO, conocido por MANUEL

AQUINO ORELLANA, de parte del señor VICTOR MANUEL AQUINO

ARRIOLA, en su calidad de hijo y como cesionario de los derechos

hereditarios que en abstracto en la presente sucesión le correspondía a

las señoras NOEMY AQUINO ARRIOLA y ANA GLORIA AQUINO

DE MARTINEZ, en su calidad de hijas del referido causante.

Se ha conferido al aceptante la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días, después de la tercera

publicación de este edicto, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus

derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos,

Departamento de San Salvador, a las diez horas y cuarenta minutos

del día diecinueve de febrero de dos mil catorce.- LICDA. JUDITH

GUADALUPE MAZA CALDERON, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC.

ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027423-2

LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD

BARRIOS,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y treinta y

cinco minutos del día dieciocho de diciembre del año dos mil trece, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de

la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA CAN-

DELARIA HERNANDEZ DE CASTILLO o MARIA CANDELARIA

HERNANDEZ MACHADO DE CASTILLO o MARIA CANDELARIA

HERNANDEZ MACHADO o MARIA CANDELARIA HERNANDEZ,

conocida registralmente como MARIA CANDELARIA HERNANDEZ

DE CASTILLO o MARIA CANDELARIA HERNANDEZ MACHADO

DE CASTILLO; quien falleció el día tres de octubre del año dos mil once,

en el Cantón Ostucal, Caserío El Tamarindo, Jurisdicción de San Luis de

la Reina, Departamento de San Miguel; siendo éste su último domicilio;

de parte de los señores ERNESTO CASTILLO REYES, NOLVIA AVI-

GAIL CASTILLO HERNANDEZ o NOLVIA AVIGAIL CASTILLO

DE ARGUETA y ERIKA YESENIA CASTILLO HERNANDEZ; el

primero en calidad de esposo y la segunda y tercera en calidad de hijas

de la causante, y también como cesionarios de los derechos hereditarios

que le correspondían a la señora MARIA SARA MACHADO viuda DE

HERNANDEZ, en su calidad de madre de la referida causante.

Habiéndoles conferido a los aceptantes declarados en el carácter

indicado, la Administración y Representación INTERINA de la Suce-

sión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia

Yacente.

Y CITA: a los que se crean con Derecho a la Herencia referida

para que se presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE DIAS,

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,

Departamento de San Miguel, a las quince horas y cinco minutos del

día veinte de diciembre del año dos mil trece.- LICDA. ANA LETICIA

ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.

EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027460-2

LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD

BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y diez

minutos del día veinticinco de octubre del año dos mil trece, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada que a su defunción dejó la señora SONIA DEL CARMEN

FRANCO INTERIANO o SONIA DEL CARMEN FRANCO, conocida

registralmente como SONIA DEL CARMEN INTERIANO FRANCO o

SONIA DEL CARMEN FRANCO; quien falleció el día catorce de enero

de la año dos mil doce, en Colonia Boillat, Ciudad Barrios, Departamento

de San Miguel; siendo éste su último domicilio; de parte de la señora

NORMA VERONICA FRANCO MACHADO, en calidad de hija de la

causante, todo de conformidad al Art. 1163 del Código Civil.

Habiéndole conferido a la aceptante declarada en el carácter indicado,

la Administración y Representación INTERINA de la Sucesión, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten a deducirlo dentro del término de QUINCE DIAS,

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,

Departamento de San Miguel, a las quince horas y cinco minutos del día

treinta y uno de octubre del año dos mil trece.- LICDA. ANA LETICIA

ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC.

EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027500-2

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas del día

diez de marzo del año dos mil catorce, se ha tenido por aceptada expre-

samente y con benefi cio de inventario de parte de los señores MARIA

LEONOR GONZALEZ DE IRAHETA, ahora viuda DE IRAHETA,

ANACLETA DE LOS ANGELES, ENCARNACION ARACELY,

MARIA ELSA, JESUS HUMBERTO, WILBER ANTONIO, Y MIRNA

ELIZABETH, todos de apellidos IRAHETA GONZALEZ, la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante señor SECUNDINO AL-

BERTO ROMERO, conocido por SECUNDINO ALBERTO IRAHETA,

SECUNDINO ALBERTO ROMERO IRAHETA y por SECUNDINO

ALBERTO IRAHETA ROMERO, quien fue de setenta y seis años de

edad, Agricultor en Pequeño, fallecido a las veinte horas veinte minutos

del día veintisiete de enero de dos mil catorce, en el Hospital Nacional

Santa Gertrudis, de la ciudad de San Vicente, departamento de San Vi-

cente, lugar de su último domicilio, la primera en concepto de cónyuge

sobreviviente de la causante, y los seis restantes en concepto de hijos

del referido causante.

Y se ha nombrado a los aceptantes en las calidades antes mencio-

nadas, administradores y representantes interinos de la Sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las catorce horas

diez minutos del día diez de marzo de dos mil catorce.- DRA. ANA FE-

LICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027502-2

HERENCIA YACENTE

MARIA ELENA PEREZ ANAYA, JUEZA DE LO CIVIL INTERINA,

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a

las diez horas veinte minutos del día dieciocho de octubre de dos mil

trece, se ha tenido declarado yacente la herencia intestada dejada a su

defunción por el señor ERASMO JACO REYES, quien fue de ochenta

y dos años de edad, empleado, soltero, originario de Santa Ana, y del

domicilio de Quezaltepeque, siendo esta ciudad su último domicilio,

fallecido el día veinticinco de marzo de dos mil cuatro, en el Hospital

Nacional Rosales, de San Salvador, y nómbrase Curador a la Licenciada

IRMA ELENA FLORES RODRIGUEZ, para que lo represente.

A quien se le hace saber este nombramiento para su aceptación,

juramento y demás efectos de Ley.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las once

horas y seis minutos del día tres de febrero de dos mil catorce.- LICDA.

MARIA ELENA PEREZ ANAYA, JUEZA DE LO CIVIL, INTA.- LIC.

JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027391-2

TÍTULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado

CARLOS ALFREDO PORTILLO CRUZ, quien actúa en nombre y

representación del señor SANTOS NAPOLEÓN AMAYA GUEVARA,

de veintinueve años de edad, Motorista, de este origen y domicilio, con

Documento Único de Identidad número: cero cinco millones treinta y

dos mil setecientos veintitrés-dos; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria

número: un mil doscientos dieciséis-cero ochenta y un mil ochenta y dos-

ciento dos-cero; solicitando TÍTULO DE PROPIEDAD de dos inmuebles

de naturaleza urbana, situados en el Barrio San Antonio, de esta Villa;

el PRIMERO de la capacidad superfi cial de UN MIL TRESCIENTOS

SETENTA Y NUEVE PUNTO NOVENTA Y OCHO METROS CUA-

DRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide

veintinueve punto treinta metros, linda con propiedad del señor Aquileo

Guevara, muro de piedras, concreto, bloques, y cerco de tela metálica

propio de por medio; AL NORTE: mide cincuenta y uno punto sesenta

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

metros, linda con propiedad de los señores José Apolonio Del Cid Pineda,

y Emilio Téllez, con el primero cerco de alambre propio de por medio

y con el segundo muro de piedra y concreto propio de por medio; AL

PONIENTE: mide veintinueve punto ochenta metros, linda con terreno

de María de Jesús Portillo de Pineda y Guadalupe Amaya Portillo, calle

de por medio; AL SUR: mide cuarenta y uno punto ochenta metros, linda

con propiedad de la señora Paula Rivera, cerco de alambre propio. En el

inmueble antes descrito existe una casa de construcción mixta, techo de

tejas paredes de ladrillo de ciento ochenta y dos metros cuadrados de cons-

trucción. EL SEGUNDO: de la capacidad superfi cial de SEISCIENTOS

SETENTA PUNTO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS, de

las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: consta de dos tramos:

el primero mide dos punto treinta metros, el segundo mide diecisiete

punto setenta metros, linda en el primer tramo con propiedad del señor

Ricardo Amaya Guevara, cerco de alambre del colindante de por medio,

y en el segundo tramo con Luis Alcides Pineda, cerco de alambre y

piedra propio de por medio; AL NORTE: mide cuarenta metros, linda

con propiedad de la señora María Gregoria Pineda, cerco de alambre de

la colindante de por medio; AL PONIENTE: mide catorce punto sesenta

metros, linda con propiedad del señor Ricardo Amaya Guevara, calle de

por medio; AL SUR: mide treinta y siete punto cincuenta metros, linda

con propiedad del señor Ricardo Amaya Guevara, cerco de alambre del

colindante de por medio. Que los inmuebles descritos no son dominantes,

ni sirviente, no tienen ninguna carga, ni derecho real que pertenezca a

otra persona, ni se encuentra en proindivisión con nadie y su representado

valúa el primero en la cantidad de QUINCE MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; y el segundo en la cantidad de

CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE

AMÉRICA. Que los inmuebles los adquirió su representado mediante

contrato de donación de Posesión Material, que a su favor hicieron el

señor y la señora Bernabé Donato Amaya y la señora María Jesús Gue-

vara de Amaya, el día tres de septiembre del año dos mil doce, quienes

tenían más de diez años de poseerlos, por tanto le asiste el derecho de

posesión que los anteriores dueños ejercieron en forma quieta, pacífi ca

e ininterrumpida. Que durante el tiempo de poseer los inmuebles, han

ejercido sobre él actos de verdadero dueño, tales como cuidarlo, hacer

construcciones, modifi caciones, sin que persona alguna desde aquella

fecha hasta hoy le haya disputado la posesión, reconociéndole tal con-

cepto todos sus deudos, amigos y vecinos en general. Que el inmueble

antes descrito carece de documento inscrito o que se pueda inscribir.

Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de

Ley consiguientes.

Alcaldía Municipal de San Luis de la Reina, departamento de San

Miguel, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil catorce.-

JOSE FERMÍN SORTO REQUENO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.

JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICI-

PAL.

3 v. alt. No. F027462-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado

CARLOS ALFREDO PORTILLO CRUZ, quien actúa en nombre y

representación de la señora SARA NOHEMÍ DEL CID DE AMAYA,

de treinta y un años de edad, de ofi cios domésticos, de este origen y

domicilio, con Documento Único de Identidad número: cero un millón

novecientos cuarenta y nueve mil quinientos cuarenta y cinco-ocho; y

Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: un mil doscientos cator-

ce- doscientos veinte mil doscientos ochenta y dos-ciento uno-nueve;

solicitando TÍTULO DE PROPIEDAD de un inmueble del cual su

representado es dueño y actual poseedor, que se describe así: Un terreno

de naturaleza urbana, situado en el Barrio San Antonio, de esta Villa,

de la capacidad superfi cial de CIENTO SETENTA Y OCHO PUNTO

VEINTICINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos

siguientes: AL ORIENTE: mide once metros, linda con propiedad del

señor José Segundo Portillo Cruz, calle de por medio; AL NORTE: mide

catorce metros, linda con propiedad del señor José Lino Medrano, pared

de bloque de la casa del colindante, en una parte y en otra parte tapial de

bloques propio de por medio; AL PONIENTE: mide doce metros, linda

con propiedades de los señores Juan Portillo Barrera y José Federico

Amaya Portillo, tapial de bloques propio de por medio; AL SUR: mide

diecisiete metros, linda con propiedad del señor José Federico Amaya,

Portillo, en una parte pared de la casa del colindante de por medio y en

otra parte muro de bloques propio de por medio. Que el inmueble descrito

no es dominante, ni sirviente, no tiene ninguna carga, ni derecho real que

pertenezca a otra persona, ni se encuentra en proindivisión con nadie y

su representada lo valúa en la suma de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Que el inmueble lo adquirió su

representada mediante contrato de Compraventa de Posesión Material,

que a su favor hizo el señor JOSÉ RICARDO AMAYA PORTILLO,

el día uno de junio del año dos mil trece, quien tenía más de siete años

de poseerlo, por tanto le asiste el derecho de posesión que la anterior

dueña ejerció en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida. Que durante el

tiempo de poseer el inmueble, han ejercido sobre él actos de verdadero

dueño, tales como cuidarlo, hacer construcciones, modifi caciones, sin

que persona alguna desde aquella fecha hasta hoy le haya disputado la

posesión, reconociéndole tal concepto todos sus deudos, amigos y vecinos

en general. Que el inmueble antes descrito carece de documento inscrito

o que se pueda inscribir.

Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de

Ley consiguientes.

Alcaldía Municipal de San Luis de la Reina, departamento de San

Miguel, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil catorce.-

JOSÉ FERMÍN SORTO REQUENO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.

JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICI-

PAL.

3 v. alt. No. F027463-2

Page 101: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado

CARLOS ALFREDO PORTILLO CRUZ, quien actúa en nombre y

representación del señor JOSÉ ELÍAS PORTILLO AGUIRRE, de cin-

cuenta y un años de edad, Comerciante, de este origen y domicilio, con

Documento Único de Identidad número: cero un millón ciento treinta y

ocho mil novecientos dieciséis - seis; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria

número: un mil doscientos dieciséis-doscientos diez mil doscientos se-

senta y dos-ciento uno-tres; solicitando TÍTULO DE PROPIEDAD de

un inmueble del cual su representado es dueño y actual poseedor, que

se describe así: Un terreno de naturaleza urbana, situado en el Barrio El

Centro, de esta Villa, de la capacidad superfi cial de CIENTO OCHENTA

Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS,

de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide once metros,

con treinta centímetros linda con propiedad de la señora Rosa Isabel

Carballo de Portillo, calle de por medio; AL NORTE: mide diecinueve

metros con ochenta y cinco centímetros, linda con propiedad del señor

Douglas Bladimir Ramos, paredes propias de las casas de ambos colin-

dantes de por medio; AL PONIENTE: mide siete metros con sesenta y

cinco centímetros, linda con propiedad que pertenece a la sucesión del

señor Santiago Ramos, muro de bloques propio de por medio; AL SUR:

consta de tres tramos, el primero mide siete metros, el segundo mide tres

metros con sesenta y cinco centímetros, y el tercero mide doce metros

con ochenta centímetros, en los primeros dos tramos linda con resto del

terreno que le queda a la vendedora Juliana Portillo, muro de bloques

del comprador de por medio, y el tercer tramo linda con propiedad del

señor Federico Portillo Aguirre, en una parte pared de ladrillo medianera

de por medio y en otra parte pared de las casas de ambos colindantes de

por medio. Que el inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, no

tiene ninguna carga, ni derecho real que pertenezca a otra persona, ni

se encuentra en proindivisión con nadie y su representado lo valúa en

la suma de VEINTE MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA. Que el inmueble lo adquirió su representado mediante

contrato de Compraventa de Posesión Material, que a su favor hizo la

señora Juliana Portillo, el día treinta y uno de julio del año dos mil trece,

quien tenía más de veinte años de poseerlo, por tanto le asiste el dere-

cho de posesión que la anterior dueña ejerció en forma quieta, pacífi ca

e ininterrumpida. Que durante el tiempo de poseer el inmueble, han

ejercido sobre él actos de verdadero dueño, tales como cuidarlo, hacer

construcciones, modifi caciones, sin que persona alguna desde aquella

fecha hasta hoy le haya disputado la posesión, reconociéndole tal con-

cepto todos sus deudos, amigos y vecinos en general. Que el inmueble

antes descrito carece de documento inscrito o que se pueda inscribir.

Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de

Ley consiguientes.

Alcaldía Municipal de San Luis de la Reina, departamento de San

Miguel, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil catorce.-

JOSE FERMÍN SORTO REQUENO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.

JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICI-

PAL.

3 v. alt. No. F027464-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado

CARLOS ALFREDO PORTILLO CRUZ, quien actúa en nombre y

representación del Señor JOSÉ FEDERICO PORTILLO AGUIRRE, de

cuarenta y nueve años de edad, comerciante, de este origen y domicilio,

con Documento Único de Identidad número: cero un millón doscientos

veinte mil veintiséis-ocho; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número:

un mil doscientos dieciséis-doscientos mil ciento sesenta y cuatro-ciento

tres-cero; solicitando TÍTULO DE PROPIEDAD de un inmueble del cual

su representado es dueño y actual poseedor, que se describe así: Un terreno

de naturaleza urbana, situado en el Barrio El Centro, de esta Villa, de la

capacidad superfi cial de CIENTO CUATRO METROS CUADRADOS,

de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: mide doce metros,

linda con propiedad de la señora Rosa Isabel Carballo de Portillo, calle

de por medio; AL NORTE: mide doce metros con ochenta centímetros,

linda con propiedad del señor José Elías Portillo Aguirres, en una parte

pared de ladrillo medianero de por medio, y en otra parte pared de las

casas de ambos colindantes de por medio; AL PONIENTE: mide tres

metros con setenta centímetros, pared del inmueble que se titula, linda

con resto de terreno que quedó a la vendedora Juliana Portillo; AL SUR:

consta de cinco tramos, el primero mide cuatro metros con sesenta y

cinco centímetros, el segundo mide tres metros con veinte centímetros,

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

el tercero mide dos metros con treinta centímetros, el cuarto mide cuatro

metros con ochenta y cinco centímetros, y el quinto mide seis metros

con diez centímetros, en el primero, segundo y cuarto tramo, pared de

la casa del titulante de por medio, en el cuarto tramo, pared de la casa

de la que fue vendedora Juliana Portillo, y en el quinto tramo, calle

pública de por medio, linda con inmueble de la Iglesia de Dios. Que

el inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene ninguna

carga, ni derecho real que pertenezca a otra persona, ni se encuentra en

proindivisión con nadie y su representado lo valúa en la suma de DIEZ

MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Que el

inmueble lo adquirió su representado mediante contrato de Compraventa

de Posesión Material, que a su favor hizo la señora Juliana Portillo, el

día treinta y uno de julio del año dos mil trece, quien tenía más de veinte

años de poseerlo, por tanto le asiste el derecho de posesión que la anterior

dueña ejerció en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida. Que durante el

tiempo de poseer el inmueble, han ejercido sobre él actos de verdadero

dueño, tales como cuidarlo, hacer construcciones, modifi caciones, sin

que persona alguna desde aquella fecha hasta hoy le haya disputado la

posesión, reconociéndole tal concepto todos sus deudos, amigos y vecinos

en general. Que el inmueble antes descrito carece de documento inscrito

o que se pueda inscribir.

Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de

Ley consiguientes.

Alcaldía Municipal de San Luis de la Reina, departamento de San

Miguel, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil catorce.-

JOSÉ FERMÍN SORTO REQUENO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.

JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICI-

PAL.

3 v. alt. No. F027465-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PÚBLICO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el Licenciado

CARLOS ALFREDO PORTILLO CRUZ, quien actúa en nombre y

representación del señor LORENZO ARGUETA ARGUETA, de sesenta

y ocho años de edad, empleado, y la señora BRAULIA MARTÍNEZ

MÁRQUEZ, de cincuenta y ocho años de edad, ama de casa, ambos

de este domicilio, portadores de sus Documentos Únicos de Identi-

dad números en su orden: cero cinco millones ciento treinta y un mil

ochocientos veintiocho-seis, cero cinco millones ciento treinta y cuatro

mil veintitrés-tres; y Tarjetas de Identifi cación Tributarias números en

su orden: un mil doscientos dieciséis-cien mil ochocientos cuarenta y

cuatro-ciento uno-tres, y un mil doscientos catorce-doscientos sesenta

mil trescientos cincuenta y cuatro-ciento dos-siete; solicitando TÍTULO

DE PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el

Barrio Los Henríquez de esta Villa, de la capacidad superfi cial de SETE-

CIENTOS DOCE METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos

siguientes: AL ORIENTE: mide diecisiete metros, linda con propiedad del

Ministerio de Educación, calle de por medio; AL NORTE: mide treinta

y un metros, linda con propiedad del señor Cayetano Medina, calle de

por medio; AL PONIENTE: mide veintitrés metros, linda con propiedad

de la señora Odilia Navarrete viuda de Vásquez, cerco de malla ciclón

de la colindante de por medio; AL SUR: mide treinta y nueve metros,

linda actualmente con propiedad del titulante Lorenzo Argueta Argueta.

Que el inmueble descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene ninguna

carga, ni derecho real que pertenezca a otra persona, ni se encuentra en

proindivisión con nadie y sus representados lo valúan en la cantidad de

DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Que el inmueble lo adquirieron sus representados mediante contrato de

compraventa de posesión material, que a su favor hizo la señora Irma

Romero Cedillos, el día doce de diciembre del año dos mil, quien tenía

más de diez años de poseerlos, por tanto les asiste el derecho de posesión

que la anterior dueña ejerció en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida.

Que durante el tiempo de poseer los inmueble, han ejercido sobre él

actos de verdaderos dueños, tales como cuidarlos, hacer construcciones,

modifi caciones, sin que persona alguna desde aquella fecha hasta hoy

les haya disputado la posesión, reconociéndole tal concepto todos sus

deudos, amigos y vecinos en general. Que el inmueble antes descrito

carece de documento inscrito o que se pueda inscribir.

Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de

Ley consiguientes.

Alcaldía Municipal de San Luis de la Reina, departamento de San

Miguel, a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil catorce.-

JOSÉ FERMÍN SORTO REQUENO, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC.

JOSÉ ANTONIO MÁRQUEZ GUZMÁN, SECRETARIO MUNICI-

PAL.

3 v. alt. No. F027466-2

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

TITULO SUPLETORIO

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA,

DEPARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General

Judicial del señor OVIDIO DE JESUS ORTEZ, a solicitar a favor de

éste TITULO SUPLETORIO, sobre un Inmueble de naturaleza rústica,

situado en el Cantón Estancia, Jurisdicción de Cacaopera, Morazán; de

la capacidad Superfi cial de MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y

SEIS METROS PUNTO VEINTICINCO DECIMETROS CUADRA-

DOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide

treinta y tres metros, con resto del terreno del compareciente que lo fue

el señor MENELIO SAENZ ROMERO; cerco de alambre de por medio;

AL NORTE, mide cuarenta y seis metros con resto del terreno del com-

pareciente, que lo fue MENELIO SAENZ ROMERO; AL PONIENTE,

treinta y dos metros con terreno de CARLOS SALMERON, calle de

por medio; y AL SUR, mide cuarenta y tres metros con resto del terreno

del compareciente que lo fue el señor MENELIO SAENZ ROMERO.

Dicho inmueble lo adquirió por Compra de Posesión Material que le

hizo al señor MENELIO SANEZ ROMERO; se estima en el precio de

MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y

SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-

cisco Gotera, Morazán, a los cuatro días del mes de marzo del dos mil

catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°.

DE 1a. INSTANCIA. LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE

NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000017-2

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos

de Ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General

Judicial del señor LIDIA FUENTES GONZALEZ, a solicitar a favor de

éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un inmueble de naturaleza rústica

situado en el Cantón Sunsulaca, jurisdicción de Cacaopera, Departa-

mento de Morazán, con una extensión superfi cial original de SIETE

MIL METROS CUADRADOS, actualmente reducido a TRES MIL

TREINTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA METROS CUADRADOS,

por haberse hecho anteriormente dos desmembraciones; que mide y linda

al ORIENTE, mide setenta y nueve metros con cero nueve centímetros,

con terreno de Lino Fuentes, antes hoy de Evangelina Hernández y

Agustín González, cerco de alambre de por medio; al NORTE, mide

ciento veintidós metros con noventa y tres centímetros, con terreno de

Perseveranda Chicas, antes hoy José Adeloy González Fuentes, con cerco

de alambre de por medio; al PONIENTE, mide ciento cuatro metros

con cero cuatro centímetros con terreno de Santos Salmerón, Misión

Bautista El Salvador y Cándido Argueta Pérez, calle que de Chilanga

conduce a Cacaopera de por medio; y al SUR, mide sesenta y cuatro

metros con noventa centímetros, con terreno de Máximo Molina, antes

hoy Santos Fuentes Molina, cerco de alambre de por medio. Lo valora

en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA; y lo adquirió por compraventa de la posesión material

por Escritura Pública que le efectuó el señor VICTORIANO FUENTES

GONZALEZ.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, a las diez horas y quince minutos del día veinticinco de febrero

de dos mil catorce. LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA,

JUEZ 2°. DE 1a. INSTANCIA. LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS

DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000018-2

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos

de Ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

CLAUDIA LIZZETTE BONILLA GAMEZ, como Apoderada General

Judicial del señor JOSE ORLANDO MARQUEZ GARCIA, a solicitar

a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un terreno de natura-

leza rústica, situado en el caserío El Mozote, cantón La Guacamaya,

jurisdicción de Meanguera, Departamento de Morazán, de la capacidad

superfi cial de SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA

METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: al

PONIENTE, consta de ocho tramos rectos: Tramo Uno, rumbo Norte,

treinta y nueve grados trece minutos catorce segundos Oeste, con una

distancia de ciento setenta y seis metros sesenta y nueve centímetros;

Tramo Dos, rumbo Norte, treinta y nueve grados trece minutos catorce

segundos Oeste, con una distancia de treinta y tres metros; Tramo Tres,

rumbo Norte cuarenta y siete grados treinta y cuatro minutos cuarenta

y nueve segundos Oeste, con una distancia de ciento sesenta y cuatro

metros treinta y tres centímetros; Tramo Cuatro, rumbo Norte setenta

y tres grados treinta y seis minutos treinta y ocho segundos Oeste, con

una distancia de treinta y cinco metros cuarenta y cuatro centímetros;

Tramo Cinco, rumbo Norte ochenta y tres grados treinta y un minutos un

segundo Este, con una distancia de cuarenta y cuatro metros veintiocho

centímetros; tramo seis, rumbo Norte treinta y cuatro grados veintidós

minutos cuarenta y nueve segundos Oeste, con una distancia de ciento

quince metros once centímetros; tramo siete, rumbo Norte, treinta y nueve

grados, ocho minutos treinta y ocho segundos Oeste, con una distancia

de cincuenta y cinco metros cuarenta y cuatro centímetros; Tramo Ocho:

rumbo norte diez grados cincuenta y tres minutos ocho segundos Oeste,

con una distancia de veintiséis metros cuarenta y ocho centímetros, linda

con terreno del señor José Humberto Pereira Márquez; al NORTE, consta

de tres tramos rectos; Tramo Nueve, rumbo Norte cincuenta y cinco

grados veinticuatro minutos veintiocho segundos Este, con una distancia

de treinta y cinco metros veintitrés centímetros; Tramo Diez, rumbo

Norte ochenta y tres grados cuarenta y tres minutos cuarenta y cuatro

segundos Este, con una distancia de noventa y un metros cincuenta y

cinco centímetros; Tramo Once, rumbo Sur setenta y tres grados cincuenta

y tres minutos doce segundos Este, con una distancia de noventa y tres

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

metros sesenta y ocho centímetros, linda con la señora María Martina

Claros; al ORIENTE, consta de siete tramos rectos; Tramo Doce, rumbo

Sur veintinueve grados once minutos cincuenta y un segundos Este, con

una distancia de treinta y ocho metros noventa y cinco centímetros;

Tramo Trece, rumbo Sur veintiún grados cero minutos cuarenta y tres

segundos Este, con una distancia de doscientos diez metros cincuenta y

cinco centímetros; Tramo Catorce, rumbo Sur veintiún grados cuarenta

y nueve minutos veintisiete segundos Este, con una distancia de ochenta

y un metros sesenta centímetros; Tramo Quince, rumbo Sur treinta y

siete grados dieciocho minutos catorce segundos Este, con una distancia

de veintiséis metros cuarenta centímetros; Tramo dieciséis, rumbo Sur

diecisiete grados veinticinco minutos cinco segundos Este, con una

distancia de cincuenta y tres metros cuarenta y tres centímetros; Tramo

diecisiete, rumbo Sur cinco Grados dieciocho minutos cincuenta y dos

segundos Este, con una distancia de cuarenta y tres metros diecinueve

centímetros; y, Tramo Dieciocho rumbo Sur treinta y dos grados nueve

minutos ocho segundos Oeste, con una distancia de cuarenta y un metros

treinta y cuatro centímetros, linda con el señor José Ernesto Márquez

Márquez, calle que conduce al Caserío El Mozote de por medio; el

rumbo Sur termina en vértice, linda con terreno de José Antonio Chica

Argueta, calle que conduce a El Jícaro de por medio. Los valora en la

cantidad de DIEZ MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA; y, los adquirió por compraventa de la posesión material por

Escritura Pública que le efectuó Santos Socorro Márquez.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, a las catorce horas del día catorce de enero de dos mil catorce.

LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1a.

INSTANCIA. LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011995-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

OSCAR ARNOLDO CANIZALEZ GARCIA, como Apoderado General

Judicial del señor FRANCISCO PERAZA PORTILLO MARTINEZ,

a solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre un inmueble

de naturaleza rústica, situado en el Cantón La Montaña, caserío Hoja de

Sal, Jurisdicción de Osicala, Departamento de Morazán; de la capacidad

Superfi cial de DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES METROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE,

sesenta y un metros, colinda con terreno de Roberto Membreño, cerco

de piña del colindante de por medio; AL NORTE, cuarenta y un metros

colinda con terreno del señor Doroteo Villalta, quebrada de por medio;

AL PONIENTE, sesenta y dos metros, colinda con terreno de la señora

Felipa de Jesús Peraza, cerco de alambre del colindante de por medio;

y AL SUR, cuarenta y tres metros, colinda con terreno de Silverio

Chicas, camino vecinal de por medio.- Dicho inmueble lo adquirió por

compraventa de Posesión que le hizo al señor José Hudil Gómez Majano;

se estima en el precio de UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, a los veintidós días del mes de enero del dos mil catorce. LIC.

JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2°. DE 1a. INS-

TANCIA. LIC. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027421-2

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ALEGRÍA, DEPAR-

TAMENTO DE USULUTÁN,

AVISA AL PÚBLICO: Que a esta Municipalidad se ha presentado la

Licenciada ANGELA ELENA BENAVIDES GUEVARA, en su carácter

de Apoderada General Judicial de la señora ERNESTINA ELIZABETH

BELTRAN DE PLEITEZ, solicitando TITULO DE DOMINIO a favor

de su apoderada, de un inmueble de naturaleza urbana situado en Barrio

El Calvario, calle al Cementerio, de la ciudad de Alegría, departamento

de Usulután, de la Capacidad Superfi cial de CUARENTA PUNTO SE-

TENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, y según solicitud tiene las

medidas y colindancias siguientes AL NORTE: mide ocho metros, antes

según datos de Catastro no se encuentra registrado ningún propietario,

sólo en mención calle de por medio, ahora colinda con JOSE FIDEL

SALGADO, AL ORIENTE: mide nueve metros con treinta centímetros

colinda antes con MARIA CLAUDIA EUSEBIA HERNANDEZ y

FIDELINA POLIO DE HERNANDEZ, ahora con ALBERTO RIVAS,

AL SUR: mide siete metros con sesenta centímetros antes según datos

de catastro no se encuentra registrado ningún propietario ahora con

DOLORES PORTILLO; AL PONIENTE: mide nueve metros con

cincuenta centímetros, antes con MARIA DEL CARMEN CORTEZ

DE PORTILLO, ahora con DOLORES PORTILLO.

Los colindantes son todos de la jurisdicción de Alegría; el inmueble

se encuentra acotado por cercas que lo circundan, no es dominante, ni

sirviente, no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a tercera

persona, no se encuentra en proindivisión con nadie; y la solicitante es-

tima el inmueble en la cantidad de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE NORTEAMÉRICA, y lo obtuvo por medio de compraventa

que la realizó a MARIA OLIMPIA BELTRÁN, quien ya falleció, y lo

ha poseído de buena fe de manera quieta, pacífi ca e ininterrumpida por

más de doce años consecutivos.

Lo que se avisa al público para efectos legales.

Dado en la Alcaldía Municipal de Alegría, a las ocho horas con

cincuenta minutos del veintinueve de enero de dos mil catorce. RENE

SAUL SANCHEZ FUNES, ALCALDE MUNICIPAL, ALEGRIA,

USULUTAN. RICARDO ANTONIO TURCIOS BATRES, SECRE-

TARIO MUNICIPAL, ALEGRIA, USULUTAN.

3 v. alt. No. F027339-2

Page 105: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 2000004554

No. de Presentación: 20130193106

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MILAGRO ELIZABETH MORALES CASTRO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, S.A. DE C.V. o DIANA, S.A. DE C.V., del domicilio de SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00219 del Libro 00185 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras SORBETE DIANA, escrita en letras de molde mayúsculas de color negro. Sobre la palabra SORBETE no se le concede exclusividad; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil catorce.

PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000019-2

No. de Expediente: 2001020840

No. de Presentación: 20130193112

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MILAGRO ELIZABETH MORALES CASTRO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIANA, S.A. DE C.V. o DIANA, S.A. DE C.V., del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00177 del Libro 00187 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión POP-QUESITO, escrita en letras de molde mayúsculas, de color negro; que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de enero del año dos mil catorce.

PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000020-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2013131453

No. de Presentación: 20130192368

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROMMEL GILBERTO VILLACORTA AREVALO, en su calidad de REPRE-SENTANTE LEGAL de UNIDAD DE RADIOLOGIA Y ULTRA-SONOGRAFIA SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: UNIRAD, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra UNIRAD y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS QUIRURGICOS, PROPORCIONANDO LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS EN EL AREA DE RADIOLOGIA.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de diciembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000001-2

Page 106: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

No. de Expediente: 2013131447

No. de Presentación: 20130192357

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROMMEL GILBERTO VILLACORTA AREVALO, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la frase HOSPITAL SAN FRANCISCO y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS QUIRURGICOS, PRO-PORCIONANDO ADEMAS LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE HOSPITALIZACION PARA LA CURACION DE ENFERME-DADES DE TODO TIPO, EL ALQUILER DE HABITACIONES O CUARTOS PARA LOS ENFERMOS Y LA PRESTACION DE TODA CLASE DE SERVICIOS Y MATERIALES NECESARIOS O COM-PLEMENTARIOS PARA LA RECUPERACION DE LA SALUD.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de diciembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000002-2

No. de Expediente: 2013131450

No. de Presentación: 20130192364

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROMMEL GILBERTO VILLACORTA AREVALO, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la frase LABORATORIO CLINICO SAN FRAN-CISCO y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS QUI-RURGICOS, LA PRESTACION DE TODA CLASE DE SERVICIOS Y MATERIALES NECESARIOS O COMPLEMENTARIOS PARA LA

RECUPERACION DE LA SALUD, ADEMAS LA REALIZACION Y PRESTACION A SUS PACIENTES DE EXAMENES MEDICOS Y SERVICIOS DE LABORATORIO CLINICO, MEDIANTE EL ANA-LISIS DE CUALQUIER TIPO DE PRUEBAS Y PRODUCTOS.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de diciembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000003-2

No. de Expediente: 2013131449

No. de Presentación: 20130192362

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROMMEL GILBERTO VILLACORTA AREVALO, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCJSCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la frase UNIDAD DE NEUROLOGIA Y NEURO-CIRUGIA SAN FRANCISCO y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS QUIRURGICOS, PROPORCIONANDO ADEMAS LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE HOSPITALIZACION PARA LA CURACION DE ENFERMEDADES DE TODO TIPO, EL ALQUILER DE HABITACIONES O CUARTOS PARA LOS ENFERMOS Y LA PRESTACION DE TODA CLASE DE SERVICIOS Y MATERIALES NECESARIOS O COMPLEMENTARIOS PARA LA RECUPERA-CION DE LA SALUD.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de diciembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000004-2

Page 107: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

No. de Expediente: 2013131452

No. de Presentación: 20130192367

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROMMEL GILBERTO VILLACORTA AREVALO, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la frase UNIDAD DE PEDIATRIA SAN FRAN-CISCO y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS QUIRURGICOS, PROPORCIONANDO ADEMAS LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE HOSPITALIZACION PARA LA CURACION DE ENFERMEDADES DE TODO TIPO, EL ALQUILER DE HABITA-CIONES O CUARTOS PARA LOS ENFERMOS Y LA PRESTACION DE TODA CLASE DE SERVICIOS Y MATERIALES NECESARIOS O COMPLEMENTARIOS PARA LA RECUPERACION DE LA SA-LUD.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de diciembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000005-2

No. de Expediente: 2013131451

No. de Presentación: 20130192366

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ROMMEL GILBERTO VILLACORTA AREVALO, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la frase UNIDAD DE HEMODIALISIS SAN FRANCISCO y DISEÑO, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRESTACION DE SERVICIOS MEDICOS QUIRURGICOS, PROPORCIONANDO ADEMAS LOS SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE HOSPITALIZACION PARA LA CURACION DE ENFERMEDADES DE TODO TIPO, EL ALQUILER DE HABITACIONES O CUARTOS PARA LOS ENFERMOS Y LA PRESTACION DE TODA CLASE DE SERVICIOS Y MATERIALES NECESARIOS O COMPLEMENTARIOS PARA LA RECUPERA-CION DE LA SALUD.

La solicitud fue presentada el día once de noviembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, tres de diciembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000006-2

No. de Expediente: 2014133936

No. de Presentación: 20140197611

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA LUCRECIA MARTINEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE CO-MERCIAL,

Consistente en: las palabras IMPORTACIONES MARTINEZ y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A: IMPORTACION DE VEHICULOS, VENTA DE VEHICULOS, MOTOCICLETAS, REPUESTOS.

Page 108: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de marzo del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000012-2

No. de Expediente: 2013132309

No. de Presentación: 20130194541

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ANA VICKY MORALES ALFONSO, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de SISTEMA PREMOLDEADO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: PREMOLDEADO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra NuPi y diseño, que servirá para: IDEN-TIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LOS SERVICIOS DE PUBLICIDAD Y MERCADEO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000023-2

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

El Administrador Único de COMPAÑIA HOTELERA SALVADO-

REÑA, S.A.

CONVOCA: A sus accionistas para celebrar Junta General Ordinaria

a las ocho horas con treinta minutos del día 8 de abril del año dos

mil catorce, en el Salón Mesoamérica de Hotel Crowne Plaza, situado

en Colonia Escalón en esta ciudad, conforme la siguiente agenda:

1. Establecimiento del Quórum.

2. Lectura y aprobación del acta anterior.

3. Memoria de Labores del Administrador Único, ejercicio

2013.

4. Lectura y aprobación del Balance General, el Estado de

Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de

diciembre de 2013 e informe del Auditor Externo.

5. Aplicación y Distribución de Utilidades.

6. Nombramiento del Auditor Externo y Fiscal y fi jación de sus

honorarios.

El quórum legal para celebrar sesión en primera convocatoria de

Junta General Ordinaria, será de la mitad más una de las acciones que

tengan derecho de voto; y para resolver será necesario el voto de la

mitad más una de las acciones que estén presentes o representadas en

la sesión.

De no haber quórum en la fecha señalada se convoca para el

miércoles nueve de abril del año dos mil catorce a la misma hora y en

el mismo local, en cuyo caso, el quórum se integrará con el número de

acciones presentes o representadas que concurran y para tomar resolución

favorable deberá obtenerse el voto de la mitad más una de las acciones

presentes o representadas.

Aclaramos a Usted(es) que de conformidad con el Artículo 131

del Código de Comercio, no podrán ser representantes de acciones

los Administradores, ni el Auditor; tampoco podrá una sola persona

representar más de la cuarta parte del capital social, salvo sus propias

acciones o de las que sea representante legal.

San Salvador, a los once días del mes de marzo del año dos mil

catorce.

ROBERTO F. SIMAN,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

COMPAÑIA HOTELERA SALVADOREÑA, S.A.

3 v. alt. No. C000008-2

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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

CONVOCATORIA

El Administrador Único Propietario de La Sociedad, TV Producciones

S.A. de C.V. Por este medio convoca a sus accionistas a celebrar: JUNTA

GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS.

PRIMERA CONVOCATORIA

DIA: 24 DE ABRIL DE 2014

HORA: 3:00 PM

LUGAR: Instalaciones de la Sociedad, Avenida Las Palmas No. 135,

Colonia San Benito, San Salvador. PARA TRATAR LA SIGUIENTE

AGENDA:

1. Verifi cación de quórum conforme a la ley.

2. Apertura de la Junta General de Accionistas.

3. Lectura y Ratifi cación de Acta anterior.

4. Memoria de Labores e informe de actividades del año 2013,

y someterla a aprobación.

5. Presentación de los estados fi nancieros del ejercicio 2013, y

someterlos a aprobación.

6. Informe del auditor externo.

7. Nombramiento del auditor externo para el ejercicio 2014, y

fi jarle sus emolumentos.

8. Nombramiento del auditor Fiscal para el ejercicio 2014, y

fi jarle sus emolumentos.

9. Aplicación de resultados.

10. Nombramiento del Administrador Único Propietario y Ad-

ministrador Único Suplente de la Sociedad.

DE NO PODER INICIARSE POR FALTA DE QUORUM A LA

HORA SEÑALADA, LA SEGUNDA CONVOCATORIA SE PRO-

GRAMA PARA EL MISMO LUGAR Y HORA DEL 25 DE ABRIL

DE 2014.

Para celebrar Junta en primera convocatoria deberá estar presente

la mitad más uno de las acciones y las resoluciones se tomarán por

la mayoría de votos presentes. En segunda convocatoria la Junta se

celebrará cualquiera que sea el número de acciones representadas y sus

resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes.

San Salvador, 12 de marzo de 2014.

JOSE ISIDRO RAMIREZ,

ADMINISTRADOR UNICO.

T.V. PRODUCCIONES S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. C000014-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva del CENTRO RADIOLOGICO MAXILOFACIAL,

S.A. DE C.V.

CONVOCA: A los señores accionistas a Junta General Ordinaria

a celebrarse en el Centro Comercial Villas Españolas, Paseo General

Escalón, local C-12, entrada por la puerta del sol de esta ciudad, de las

dieciocho horas en adelante del día 07 de abril de 2014.

LA AGENDA A TRATAR ES LA SIGUIENTE:

1) Establecimiento del Quórum.

2) Lectura y aprobación del acta anterior.

3) Memoria de Labores de la Junta Directiva del ejercicio

2013.

4) Aprobación del balance general al 31 de diciembre de

2013.

5) Tratamiento de las utilidades.

6) Nombramiento y fi jación de honorarios del auditor.

7) Cualquier otro punto que la Asamblea General decida tratar

y que pueda conocerse.

Para celebrarse esta Junta General Ordinaria, deben estar presente

o representados cuando menos la mitad más una acción que conforma

el capital social.

En caso de no haber quórum en la hora y fecha señalada anteriormente

por este medio se convoca a Junta General Ordinaria para celebrarse

en segunda convocatoria a las dieciocho horas del día 08 de abril del

presente año, en el mismo lugar con cualquiera que sea el número de

acciones presentes o representadas, y las resoluciones se tomarán por

la mayoría de los votos presentes.

S.S. 12 de marzo de 2014.

DR. JAIME ALBERTO GUTIERREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027577-2

CONVOCATORIA

El Administrador Único de VALORES SALVADOREÑOS, S.A.

CONVOCA: A sus accionistas para celebrar Junta General Ordi-

naria y Extraordinaria de Accionistas, a las nueve horas del día viernes

once de abril del año dos mil catorce, en las Ofi cinas situadas en 87

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

Avenida Norte y Calle El Mirador, Edifi cio Torre Futura, Nivel 20, en

la Colonia Escalón de esta ciudad, conforme a la siguiente agenda:

PUNTOS ORDINARIOS:

1. Aprobación de la agenda.

2. Lectura del acta anterior.

3. Lectura de la Memoria Anual de Labores del Administrador

Único del Ejercicio 2013.

4. Estado de Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio

por el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre

de 2013 y Balance General al 31 de diciembre de 2013.

5. Lectura del Informe del Auditor del Ejercicio 2013.

6. Aplicación de Resultados.

7. Nombramiento del Auditor Externo y fi jación de sus hono-

rarios.

PUNTOS EXTRAORDINARIOS:

1. Acuerdo de disolución y liquidación de la sociedad.

2. Nombramiento de liquidadores y ejecutores especiales del

proceso de disolución y liquidación.

3. Nombramiento de Auditor Fiscal para el proceso de disolución

y liquidación, y fi jación de sus honorarios.

El quórum legal para celebrar sesión de Junta General Ordinaria

en primera convocatoria será con la asistencia y participación de la mi-

tad más una de las acciones que forman el capital social, o sea tres mil

seiscientas una acciones, y las resoluciones serán tomadas por la mitad

más una de las acciones presentes o representadas en dicha sesión.

En caso de no reunirse quórum necesario en la primera convoca-

toria, por este medio se convoca a los accionistas por segunda vez, para

celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria en el lugar señalado, a

las nueve horas del día lunes catorce de abril del año dos mil catorce,

para tratar la misma agenda.

En segunda convocatoria la Junta General Ordinaria podrá instalarse

con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas

y para resolver será necesario el voto de la mitad más una de las acciones

que estén presentes o representadas en la sesión.

Para conocer sobre los asuntos de carácter extraordinario en pri-

mera convocatoria, de conformidad al pacto social será necesario que se

encuentren presentes o representadas por lo menos las tres cuartas partes

de las acciones que forman el capital social y para resolver será necesario

el voto del setenta y cinco por ciento de las acciones que componen el

capital social.

Para conocer sobre los asuntos de carácter extraordinario en se-gunda convocatoria, de conformidad al pacto social será necesario que se encuentren presentes o representadas por lo menos la mitad más una de las acciones que representan el capital social, es decir tres mil tres-cientas sesenta y una acciones, y para tomar resolución favorable deberá obtenerse el voto de las tres cuartas partes de las acciones presentes y representadas.

San Salvador, catorce de marzo de dos mil catorce.

HERBERT M. BLANDON,

ADMINISTRADOR UNICO.

VALORES SALVADOREÑOS, S.A.

3 v. alt. No. F027740-2

CONVOCATORIA

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACION SALVADOREÑA DE INDUSTRIALES (ASI). De conformidad a lo establecido en los Artículos 18, 21, 22 y 23 de sus Estatutos.

CONVOCA: a sus Asociados a la SEPTUAGESIMA TERCERA JUNTA GENERAL ORDINARIA, que se verifi cará a las diecisiete horas del día Martes ocho de Abril del año dos mil catorce, en el Hotel Sheraton Presidente, Colonia San Benito, de esta Ciudad, para conocer y resolver la siguiente AGENDA:

1. Establecimiento de quórum y apertura de la Sesión.

2. Lectura y aprobación del Acta de la Septuagésima Segunda Junta General Ordinaria de Asociados celebrada el 17 de abril del año 2013.

3. Informe del Presidente y Memoria de Labores, correspondiente al año 2013-2014.

4. Informe del Tesorero sobre el estado económico de la Aso-ciación.

5. Estados Financieros de la Asociación, correspondientes al año 2013 e informe del Auditor.

6. Elección de Auditores Externo y Fiscal. Fijación de sus honorarios.

7. Juramentación de Nuevos Socios.

8. Elección y Juramentación de Junta Directiva Período 2014-2016.

9. Puntos Varios.

En caso de no haber quórum a la hora señalada, dicha Junta General Ordinaria se efectuará en el mismo lugar, a las dieciocho horas de ese mismo día, con el número de Asociados que concurran.

San Salvador, doce de marzo del año dos mil catorce.

JAVIER ERNESTO SIMAN DADA,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F028288-2

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014. DISMINUCION DE CAPITAL

El infrascrito Secretario de la Junta General de Accionistas de la Sociedad "INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE", que se abrevia "INVERSIONES MEDICAS SAN FRANCISCO, S. A. DE C. V." inscrita en el Registro de Comercio al número DIEZ del Libro UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO del Registro de Sociedades, el día trece de marzo del año dos mil tres CERTIFICA: Que acta número veinticuatro de sesión ordinaria de General de Accionistas celebrada el día treinta y uno de mayo de 2013, se trató acordar el siguiente punto: PUNTO SIETE: Se acuerda por unanimidad realizar disminución de capital social variable por la suma de $500,000.00 a través de canje de acciones por equipo hospitalario y no hospitalario entregado a cada uno de los accionistas el cual será hasta por un monto de $353,800.00 para el año 2013 y los restantes $146,200.00 para el año 2014.

Y para los usos que sean necesarios se extiende la presente certi-fi cación del punto de acta, en la Ciudad de San Miguel, a los diez días, del mes de marzo de dos mil catorce.-

DR. ROMAN ALFARO GUTIERREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000206/C012000-2

La Infrascrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad OFICINAS PRODUCTIVAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse OFICINAS PRO-DUCTIVAS, S. A. DE C. V. CERTIFICA:

Que en el Libro de Actas de Junta General de Accionistas debida-mente legalizado que lleva esta Sociedad, aparece asentados el PUNTO NÚMERO TRES del Acta de Sesión de Junta General Extraordinaria de Accionistas número DIECISÉIS celebrada a las quince horas del día dieciocho de diciembre de dos mil trece, en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, se ACORDÓ:

3) DISMINUCION DE CAPITAL.

El Presidente de la Junta sometió a consideración de los accionistas la necesidad de disminuir el capital social mínimo de la sociedad para amortización de deudas. La estructura actual del capital de la sociedad es la siguiente:

CAPITAL SOCIAL Y MÍNIMO: UN MILLON SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS COLONES equivalentes a DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR, divididos en OCHO MIL OCHOCIENTAS NOVENTA Y SEIS ACCIONES comunes y nomi-nativas de DOSCIENTOS COLONES exactos cada una equivalentes a VEINTIDOS DÓLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA cada una. Se propone la disminución de capital social de la sociedad mediante la amortización de OCHO MIL OCHOCIENTAS SIETE acciones, la cual será realizada proporcionalmente a cada uno de los accionistas, conforme a su participación en el capital de la sociedad, en la parte variable en la cantidad de UN MILLON SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS COLONES equivalentes a DOSCIENTOS UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR, lo cual es aprobado por unanimidad por todos los accionistas presentes o representados. Como consecuencia de todo lo anterior, la sociedad girará con un capital social totalmente suscrito y pagado de DIECISIETE MIL QUINIENTOS COLONES equivalentes a DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, divididos en DOS MIL

ACCIONES comunes y nominativas de OCHO COLONES SETENTA Y CINCO CENTAVOS DE COLON cada una equivalentes a UN DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; siendo el capital social mínimo de DIECISIETE MIL QUINIENTOS COLONES equivalentes a DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y el capital variable de OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS COLO-NES equivalentes a NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON CIN-CUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DÓLAR.

La Junta General Extraordinaria de Accionistas aprueba por una-nimidad el punto en mención.

Y para los fi nes que estime convenientes extiendo la presente en la ciudad de San Salvador, a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil trece.-

CARLA ANGELICA CORDOVA DE RIVAS.

Secretario de Junta General Extraordinaria de Accionistas

OFICINAS PRODUCTIVAS, S. A. DE C. V.

3 v. alt. No. F027492-2

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2013129081

No. de Presentación: 20130188189

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha (n) presentado LEONOR GUADALUPE ALVARENGA DE CASTELLANOS, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MARISCAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia MARISCAL S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ECOMAYAN y diseño, que servirá para: AMPARAR EDUCACION, FORMACION, ESPARCIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de octubre del año dos mil trece.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000021-2

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

REPOSICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO

AVISO

ASEGURADORA POPULAR, S. A.,

Hace del conocimiento al público en general que a nuestras ofi ci-

nas se ha presentado el señor MARTÍN GRANADOS SÁNCHEZ, del

domicilio de San Salvador, solicitando reposición de la póliza de seguro

de vida individual No. VO-05.294, emitida por esta compañía a su favor

con fecha 06 de octubre de 1986. Si dentro de 30 días contados a partir de

la fecha de este aviso, no se presentare oposición, la compañía procederá

a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 07 de marzo de 2014.

JACQUELINE LIZETH HERNÁNDEZ,

SEGURO DE PERSONAS,

ASEGURADORA POPULAR, S.A.

3 v. alt. No. F027387-2

AVISO

ASEGURADORA POPULAR, S.A.,

Hace del conocimiento al público en general que a nuestras ofi cinas

se ha presentado el señor CARLOS ALBERTO ROMERO del domicilio

de San Salvador, solicitando reposición de la póliza de seguro de vida

individual No. VO-08.943, emitida por esta compañía a su favor con

fecha 27 de diciembre de 1993. Si dentro de 30 días contados a partir de

la fecha de este aviso, no se presentare oposición, la compañía procederá

a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 07 de marzo de 2014.

JACQUELINE LIZETH HERNÁNDEZ,

SEGURO DE PERSONAS,

ASEGURADORA POPULAR, S.A.

3 v. alt. No. F027388-2

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2014133624

No. de Presentación: 20140197069

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado HERMINIA

JOSEFA LOPEZ DE JUAREZ, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de ALMAPA,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

ALMAPA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando

el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la expresión: $1$2$3 DOLLAR STORES y di-

seño, se traduce al castellano las palabras dollar stores como: Tiendas

de Dólar, que servirá para: AMPARAR: VENTAS AL POR MENOR,

VENTAS PARA TERCEROS; PRESENTACIÓN DE PRODUCTOS

EN CUALQUIER MEDIO DE COMUNICACION PARA SU VENTA

AL POR MENOR. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos

mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de marzo del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

ISMEL EDITH VALLES DE HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000007-2

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

No. de Expediente: 2013127629

No. de Presentación: 20130185618

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado

GUILLERMO GUILLEN PORRAS, en su calidad de APODERADO

de CENTRAL DULCERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: CENDUL, S.A. DE C.V., de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUC-

TO,

Consistente en: la frase YO SOLO QUIERO CARAMELO

BLANDO PARA NIÑOS SABOR PERA y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CARAMELO BLANDO CON SABOR A PERA. Clase:

30.

La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de marzo del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011998-2

No. de Expediente: 2013127632

No. de Presentación: 20130185621

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado

GUILLERMO GUILLEN PORRAS, en su calidad de APODERADO

de CENTRAL DULCERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la frase YO SOLO QUIERO CARAMELO

BLANDO PARA NIÑOS SABOR FRESA y diseño, que servirá para:

AMPARAR: CARAMELO BLANDO SABOR A FRESA. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil

trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de febrero del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011999-2

No. de Expediente: 2013131855

No. de Presentación: 20130193137

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS

GUILLERMO RODRIGUEZ MARROQUIN, en su calidad de REPRE-

SENTANTE LEGAL de GRUPO VELRO, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GRUPO VELRO, S.A. DE

C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras THE WALL y diseño, que se traduce al

castellano como La Pared, que servirá para: AMPARAR: POSTERS; LI-

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

TOGRAFÍAS; CROMOLITOGRAFÍAS; CALCOMANÍAS; OBJETOS

DE ARTE GRABADOS; OBJETOS DE ARTE LITOGRAFIADOS;

CUADROS DE PINTURA ENMARCADOS O NO; LETREROS DE

PAPEL O CARTÓN; LIENZOS PARA PINTAR; RETRATOS. Clase:

16.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de noviembre del año

dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cuatro de diciembre del año dos mil trece.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027412-2

No. de Expediente: 2013129953

No. de Presentación: 20130189489

CLASE: 41.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARCO

JAVIER CALVO CAMINOS, en su calidad de APODERADO de

EDUARDO ANTONIO KRIETE AVILA, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la frase TABOO ROCK SIVAR y diseño, la palabra

Taboo se traduce al castellano como tabú, que servirá para: AMPARAR:

EDUCACION; FORMACION; SERVICIOS DE ENTRETENIMIEN-

TO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día nueve de septiembre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinticuatro de febrero del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027458-2

No. de Expediente: 2014133737

No. de Presentación: 20140197235

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de INDUSTRIAS CARICIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS CARICIA, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO,

JAGUAR

Consistente en: la palabra JAGUAR, que servirá para: AMPARAR:

VESTUARIO, CALZADO Y SOMBRERERIA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de febrero del año

dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de febrero del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027476-2

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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

ACEPTACION DE HERENCIA

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. Al público para efectos

de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas quince minu-

tos del día cinco de marzo de dos mil catorce, se ha tenido por aceptada

expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su

defunción dejó la causante señora ANGELICA MELARA APARICIO

DE ESCOBAR; quien fue de sesenta y uno años de edad, fallecida el

diecinueve de noviembre de dos mil trece, siendo San Miguel, el lugar

de su último domicilio, de parte del señor CARLOS ANTONIO ESCO-

BAR, como cónyuge de la causante y como cesonario de los derechos

que le correspondían a la señora NORMA DE LA PAZ ESCOBAR DE

PORTILLO, hija sobreviviente de la causante.

Confi riéndose al aceptante en el carácter indicado la administra-

ción y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MER-

CANTIL, SAN MIGUEL, a las once horas dieciocho minutos del día

cinco de marzo de dos mil catorce. LIC. DIANA LEONOR ROMERO

DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN

MIGUEL.- LIC. IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. C011966-3

LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ,

Juez de lo Civil Interino, de este distrito judicial, al público para los

efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que a su defunción dejó la causante MARTINA VALENCIA o MARIA

MARTINA VALENCIA o por MARIA MARTINA VALENCIA VIU-

DA DE GUADRON, quien falleció el día veintiuno de septiembre de

dos mil seis, en el Barrio San Agustín de Santiago Nonualco, su último

domicilio , por parte de REINA ESPERANZA GUADRON VALENCIA

y RIGOBERTO ANTONIO GUADRON VALENCIA, en concepto de

hijos de la referida causante. Nómbrase a los aceptantes, interinamente,

administradores y representantes de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente;

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, a las quince horas y

cuarenta minutos del día veinticuatro de octubre de dos mil trece. LIC.

ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ,

JUEZ DE LO CIVIL INTERINO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027041-3

DIANA LEONOR ROMERO DE REYES, JUEZA TERCERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. Al público para efectos

de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cuarenta

y ocho minutos del día veintiocho de febrero de dos mil catorce, se

ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la

herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora SOFIA

LARIN VIUDA DE ESCALANTE, conocida por SOFIA LARIN, y por

SOFIA LARIN DE ESCALANTE; quien fue de ochenta y seis años de

edad, ofi cios domésticos, siendo esta ciudad el lugar de su último domi-

cilio, de parte de las señoras SOFIA ESCALANTE LARIN y MARIA

MERCEDES ESCALANTE LARIN; quienes comparecen como hijas

de la causante y cesionaria de los derechos que le correspondían al señor

IBAN JOB ESCALANTE LARI, como hijo sobreviviente de la causante,

confi riéndose en el carácter indicado la administración y representación

INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL; San Miguel, a las ocho horas cincuenta minutos del día veintiocho

de febrero de dos mil catorce. LIC. DIANA LEONOR ROMERO DE

REYES, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC.

IVONNE JULISSA ZELAYA AYALA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027117-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

TÍTULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, DE LA CIUDAD DE

SANTIAGO TEXACUANGOS, DEPARTAMENTO DE SAN SAL-

VADOR, al público en general para los efectos de Ley, por medio del

presente EDICTO MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina Municipal se ha presentado

el señor JOSÉ ARNULFO SÁNCHEZ, de ochenta y tres años de edad,

Motorista, con residencia en Santiago Texacuangos, con Documento

Único de Identidad número: CERO UNO CUATRO CINCO CINCO

CINCO CERO UNO GUIÓN SIETE, y con Número de Identifi cación

Tributaria: CERO SEIS UNO CINCO GUIÓN CERO TRES CERO

NUEVE TRES CERO GUIÓN CERO CERO UNO GUIÓN DOS. El

cual ha solicitado con base en el Código Civil y en la Ley sobre Títulos

de Predios Urbanos que se le extienda Título de Propiedad, sobre el

inmueble de naturaleza urbana, que carece de antecedentes registrales

inscritos, situado en Barrio El Carmen, sin número y de la Jurisdicción

de Santiago Texacuangos, Departamento de San Salvador, en el que ha

estado en posesión del señor José Arnulfo Sánchez, y cuyo número de

PARCELA es el SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO, correspondiente al

MAPA CERO SEIS UNO CINCO U CERO CINCO, y posee un ÁREA

SUPERFICIAL de TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO PUNTO

DIECINUEVE METROS CUADRADOS, el cual es de los LINDEROS

Y COLINDANTES siguientes: AL NORTE: linda con los señores José

Luis Pérez y Teresa Isabel Gómez de Pérez, AL ORIENTE: con la señora

María Edith Vásquez Sánchez, AL SUR: con los señores José Eliseo

Ramírez Sánchez y Rosa Lidia Cruz Ramírez y existe camino vecinal

de por medio; y AL PONIENTE: con los señores Marcos Antonio Cruz

López, Nohemi Aracely Sánchez de Rivera y María Josefi na de Jesús

de Sánchez. El inmueble en cuestión, el señor lo adquirió por compra-

venta del señor Vitelio Sánchez Pérez, y lo ha poseído materialmente

por más de cincuenta años de forma quieta, pacífi ca, estable, notoria e

ininterrumpida. El referido predio no es dominante, ni sirviente, ni está

en proindivisión con otra persona y se valúa en Cinco Mil Dólares de

los Estados Unidos de Norte América.

Santiago Texacuangos, a los veintiséis de febrero del dos mil

catorce.- Mtro. ALBERTO ESTUPINIÁN RAMÍREZ, ALCALDE

MUNICIPAL.- BR. EMERSON ESAÚ CRUZ, SECRETARIO MU-

NICIPAL.

3 v. alt. No. F027099-3

DR. JOSÉ RIGOBERTO MEJÍA MENJIVAR, Alcalde Municipal del

Municipio y Departamento de Chalatenango.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado la señora LIDIA

MENJIVAR DE VIDES, de setenta y tres años de edad, ama de casa,

casada, del domicilio de la ciudad y Departamento de Chalatenango, con

Documento Único de Identidad número cero dos millones ciento siete mil

seiscientos ochenta-cuatro; y Número de Identifi cación Tributaria cero

cuatrocientos veintisiete-ciento veintiún mil cuarenta-cero cero uno-seis,

quien SOLICITA Título de Propiedad y Dominio de un inmueble, situado

en el Barrio El Calvario, de la Ciudad y Departamento de Chalatenango,

de la capacidad superfi cial de CIENTO TREINTA Y TRES METROS

CUADRADOS NOVENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS

TREINTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS CINCUENTA

MILIMETROS CUADRADOS, cuyas medidas y linderos son las

siguientes: AL ORIENTE, mide dieciocho metros sesenta centímetros,

colinda con propiedad del señor JUAN FRANCISCO MENA, comen-

zando de una base de cemento sigue en línea recta mirando al Norte a

salir a la Calle Morazán, donde hace esquina en la otra base de cemento,

pared de ladrillo de por medio propio del colindante; AL NORTE, mide

ocho metros cincuenta centímetros, colinda con la Sucesión de JUAN

VILLAHERRERA y propiedad de ORLANDO RIVAS ORTEGA, de

la base de cemento dicho, sigue en línea recta por la orilla de la calle a

la esquina murito, Calle Morazán de por medio; AL PONIENTE, mide

veinte metros treinta y ocho centímetros y colinda con MARÍA ISABEL

CARTAGENA, del murito dicho sigue buscando al Sur a llegar a una

esquina de la pared de ladrillo, muro de cemento y piedra de la colindante

de por medio, de la esquina antes dicha sigue por el cerco de alambre de

la misma colindante hasta llegar a otra esquina; y AL SUR, mide cinco

metros veinticinco centímetros, colinda con propiedad de la señora ANA

MILAGRO TOBIAS CARTAGENA, divididos por mojones hasta llegar

a la base de cemento donde comenzó. En este inmueble se encuentra

construida una casa techo de tejas paredes de ladrillo y cemento con

su correspondiente corredor más una cocina y goza de los servicios

básicos de agua potable y energía eléctrica, lo valora en el precio de

SEIS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

El mencionado inmueble no es sirviente, ni dominante, no tiene cargas,

ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con

nadie. Dicho inmueble lo adquirió por compra que le hiciera al señor

Belarmino Cartagena Ortega, según consta en escritura de compraventa,

otorgada en la ciudad de Chalatenango, a las once horas del día quince

de junio del año dos mil tres, ante los Ofi cios Notariales del Licenciado

Carlos Araujo Alemán.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de

Ley.

Alcaldía Municipal: Chalatenango, a los tres días del mes de marzo

de dos mil catorce.- DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR, AL-

CALDE MUNICIPAL.- JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F027172-3

TITULO SUPLETORIO

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada

ANA CAROLINA OSORIO CORDOVA o ANA CAROLINA OSORIO

DE AVILES, mayor de edad, Abogada, del domicilio de Soyapango, y

departamento de San Salvador, con Tarjeta de Abogada número: die-

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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

ciséis mil novecientos cuarenta y dos, y con Número de Identifi cación

Tributaria: cero seiscientos catorce - ciento diez mil doscientos ochenta

y uno - ciento diecisiete - dos; en su carácter de Apoderada General

Judicial y Especial de los señores JOSE GUILLERMO FUENTES, y de

MARIA PAULA DE LA CRUZ DE FUENTES, conocida por MARIA

PAULA DE LA CRUZ, solicitando se le extienda Título Supletorio de un

inmueble de Naturaleza Rústica, situado en: Cantón Cujuapa, Municipio

de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, de la extensión superfi cial

según Certifi cación de la Denominación Catastral de TRESCIENTOS

TREINTA Y TRES PUNTO SESENTA Y CINCO METROS CUADRA-

DOS (333.65), pero según escritura es de 333.00 metros cuadrados, cuya

descripción técnica es la siguiente: LINDERO PONIENTE, partiendo

del vértice Sur Poniente está formado por dos tramos con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, Norte veintisiete grados cincuenta

minutos cuarenta segundos Este con una distancia de dos punto ochenta

y ocho metros; colindando con NORMA GARCIA con servidumbre de

tránsito de tres metros diez centímetros de ancho por cinco metros con

cincuenta centímetros, que permite la salida a la calle vecinal; y calle

vecinal de por medio; Tramo dos, Norte treinta grados cuarenta y ocho

minutos treinta y ocho segundos Este con una distancia de diez punto

dieciséis metros; colindando con MARTA ALICIA FUENTES con

cerco de alambre de por medio, y según fi cha colinda con propiedad de

EMILIO GARCIA FUENTES. LINDERO NORTE, partiendo del vértice

Nor Poniente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y

distancias: Tramo uno, Sur cincuenta y ocho grados veintitrés minutos

treinta y tres segundos Este con una distancia de diecisiete punto treinta

y cuatro metros; Tramo dos, Sur cincuenta y tres grados treinta y dos

minutos cero cuatro segundos Este con una distancia de diez punto cuarenta

y un metros; colindando con JOSE ANTONIO FUENTES y CARMEN

FUENTES con camino vecinal de por medio; según fi cha catastral colinda

con MATIAS MUÑOZ FUENTES. LINDERO ORIENTE, partiendo del

vértice Nor Oriente está formado por un tramo con el siguiente rumbo

y distancia: Tramo uno, Sur doce grados veintisiete minutos veinticin-

co segundos Oeste con una distancia de seis punto noventa y cuatro

metros; colindando con PREDIO MUNICIPAL con cerco de alambre

de por medio; según escritura Predio Baldío y camino hacia el Río El

Amate de por medio; y según fi cha colinda con propiedad de MARTA

MAGDALENA LOPEZ FUENTES. LINDERO SUR, partiendo del

vértice Sur Oriente está formado por tres tramos con los siguientes

rumbos y distancias: Tramo uno, Sur ochenta y cuatro grados cuarenta

y dos minutos cincuenta y nueve segundos Oeste con una distancia de

trece punto cero cinco metros; Tramo dos, Norte diecisiete grados doce

minutos cuarenta y cinco segundos Este con una distancia de cinco punto

cero cinco metros; Tramo tres, Norte sesenta y seis grados cuarenta y

nueve minutos veintidós segundos Oeste con una distancia de dieciocho

punto dieciséis metros; colindando con JESUS AGUILAR con cerco de

alambre de por medio; según fi cha colinda con propiedad de la señora

MARTA MAGDALENA LOPEZ FUENTES. Así se llega al vértice

Sur Poniente, que es el punto donde se inició esta descripción.- Dicho

inmueble los interesados lo adquirieron el primero por Compra que le

hizo a la señora Marta Magdalena López Fuentes, el día veinticinco de

junio del año dos mil trece, y la segunda por compra que le hizo del

cincuenta por ciento del inmueble al primero de los interesados, por lo

que unida su posesión a la de la tradente antes mencionada, datan más de

diez años de poseerlo en forma quieta, pacífi ca e interrumpida, no está

en proindivisión, no es dominante, ni sirviente y lo valúa por la cantidad

de DOCE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE

AMERICA.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas

del día seis de marzo del año dos mil catorce.- LIC. MANUEL PAZ

CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN

MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011951-3

ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GALVEZ, Juez

de lo Civil Interino de este Distrito Judicial.

AVISA: Que a este Juzgado se ha presentado el Lic. EDWIN DA-

NIEL MEJIA GIL, como Apoderado del señor MAGDIEL GUEVARA,

conocido por MAGDIEL ORELLANA GUEVARA, mayor de edad,

empleado, del domicilio de Santiago Nonualco, solicitando Título

Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón

Amulunco, jurisdicción de Santiago Nonualco, Departamento de La Paz,

de la capacidad superfi cial de SIETE MIL METROS CUADRADOS,

que mide y linda: AL NORTE, cincuenta y seis metros doce milímetros,

con terreno de Efraín Rivas Flores; AL ORIENTE, ciento sesenta y siete

metros doscientos milímetros, con terreno de José Echegoyén; AL SUR,

veinticinco metros ochenta milímetros, calle quebrada en parte de por

medio, terreno de Víctor Rivas, hoy de la sucesión de Natividad Portillo;

y AL PONIENTE, quebrada de por medio, mide ciento sesenta y siete

metros doscientos milímetros, terreno de Daniel Echegoyén, hoy de

Josefi na Beltrán. Está gravado con una servidumbre de agua en una pila

que existe en el terreno, a favor de todos los lotes que se desmembraron

del terreno general. No tiene nombre especial ni está en proindivisión

con nadie, y lo estima en CUATRO MIL DOLARES.

Lo que se hace saber al público, para los efectos de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, doce de febrero de dos

mil catorce.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA

GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTO.- JORGE ALBERTO

RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027070-3

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó el Licenciado

JOSE ALEJANDRO LOPEZ YANES, en su calidad de Apoderado de

la señora MARIA CATALINA SANCHEZ DE JUAREZ, de cincuenta

y seis años de edad, comerciante en pequeño, de este domicilio, con

Documento Único de Identidad número: Cero dos millones doscientos

dos mil novecientos cuarenta y tres guión seis, solicitando a favor de su

representada Título de Dominio de un inmueble de naturaleza urbana

situado en la Colonia Milagro de la Paz, Calle El Progreso, Pasaje El

Paraíso, jurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, de la ex-

tensión superfi cial de: TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE METROS

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

CUADRADOS VEINTISIETE DECIMETROS CUADRADOS, de las

medidas y linderos siguientes: AL NORTE: quince metros, Calle de por

medio, colinda con inmueble propiedad de la señora María Gertrudis

Cruz; AL ORIENTE: diecisiete metros ochenta centímetros, Pasaje El

Paraíso de por medio, colinda con inmueble propiedad del señor Ricardo

Sánchez; AL SUR: veinte metros sesenta y nueve centímetros, colinda

con inmueble propiedad de la señora Gloria Isabel González; y AL

PONIENTE: veinte metros, colinda con inmueble propiedad del señor

Gonzalo Campos.- Dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es

dominante, ni sirviente, no tiene carga o derecho real que pertenezca a

persona distinta a la poseedora ni está en proindivisión con nadie, y lo

valúa en la cantidad de NUEVE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirió mediante Documento Privado

de Compra Venta de Posesión Material, que le otorgó a su favor el señor

Ricardo Sánchez, conocido por Ricardo Sánchez Lemus, mayor de edad,

obrero, de este domicilio, instrumento otorgado en esta ciudad, a las nueve

horas y veinte minutos del día veintiocho de septiembre del año dos mil

trece, ante los ofi cios del notario José Alejandro López Yanes.- Que la

posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente la poseedora

sumada a la de su antecesor data más de veinte años y sigue siendo en

forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los

colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al público, para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, diecisiete de febrero del

año dos mil catorce.- LIC. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA,

ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C011965-3

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 2001015607

No. de Presentación: 20140196416

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado VICTOR

MANUEL IRAHETA ALVAREZ, mayor de edad, ABOGADO Y NO-

TARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE

SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como

APODERADO de ALTIAN PHARMA, SOCIEDAD ANONIMA, del

domicilio de 18 Calle 15-38, Zona 7 de Mixco, Colonia San Ignacio, Gua-

temala, República de Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00021 del Libro

00186 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la expresión

"FINAMIGROL", la cual se encuentra escrita en letras mayúsculas

unidas, todas de la misma dimensión; que ampara productos/servicios

comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de

Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil catorce.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C011969-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2012122927

No. de Presentación: 20120176705

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ADRIAN RODRIGUEZ DURAN, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE CO-MERCIAL.

DECOR MY EVENTS

Consistente en: la frase DECOR MY EVENTS, que se traduce al castellano como decora mis eventos, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO AL ALQUILER DE ARTICULOS PARA FIESTAS Y EVENTOS, TALES COMO, CEN-TROS DE MESA, ADORNOS, LUCES DECORATIVAS, CANOPY O TOLDOS, SILLAS, MESAS Y SERVICIOS DE DECORACIÓN PARA FIESTAS Y EVENTOS.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de octubre del año dos mil trece.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027168-3

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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

El presidente de la Junta Directiva de la sociedad "KWS S.A. DE C.V.",

por este medio convoca a los accionistas de esta sociedad, a celebrar

Junta General de Accionistas, que conocerá de asuntos ordinarios y

extraordinarios, a celebrarse a las diez horas del día cuatro de abril del

año dos mil catorce, en las ofi cinas situadas en Ochenta y Nueve Avenida

Norte, número 570, Colonia Escalón, San Salvador, Departamento de

San Salvador, para conocer de la siguiente Agenda:

ASUNTOS DE CARÁCTER ORDINARIO

I- Comprobación de quórum y fi rma del acta respectiva;

II- Conocer la Memoria de Labores de la Administración del

ejercicio 2013, a fi n de aprobarla o improbarla;

III- Presentación del Balance General, Estado de Resultados,

Estado de cambios en el patrimonio correspondientes al

ejercicio 2013, a fi n de aprobarlos o improbarlos;

IV- Informe de Auditoría Externa a fi n de tomar las medidas que

se juzguen oportunas;

V- Aplicación de Resultados del ejercicio 2013;

VI- Nombramiento del Auditor Externo;

VII- Nombramiento del Auditor Fiscal;

VIII- Fijación de emolumentos de la administración, Auditor

Externo y Auditor Fiscal;

IX- Nombramiento de Administradores.

ASUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO

I- Verifi cación del quórum.

II- Inversiones de KWS en otras sociedades.

III- Nombramiento de Representantes de KWS, para asistir a

Juntas Generales Ordinarias o Extraordinarias de sociedades

donde tenga participación accionaria.

Si no hubiere quórum en la fecha de la primera convocatoria, se

convoca por segunda vez a Junta General para celebrarse a las once

horas del día cinco de abril del año en curso, en el mismo lugar y con

la misma Agenda.

En los asuntos ordinarios: En la primera fecha, el quórum se

formará con la mitad más una de las acciones de la Sociedad y para

formar resolución se necesitara el voto de la mayoría de las presentes o

representadas. El quórum necesario para tratar dichos puntos ordinarios,

en la segunda fecha de convocatoria, será cualquiera que sea el número

de acciones que asistan y las resoluciones se tomarán por mayoría de

los votos presentes o representados.

En los asuntos extraordinarios: En la primera fecha de la convo-

catoria, el quórum necesario para celebrar la sesión sobre los puntos

extraordinarios será de las tres cuartas partes de todas las acciones de la

sociedad. Para celebrar sesión en la segunda fecha de la convocatoria,

será de la mitad más una de las acciones que componen el capital social.

El número de votos necesario para formar resolución en ambos casos,

serán las tres cuartas partes de las acciones presentes o representadas.

San Salvador, a los veintitrés días del mes de enero del año dos

mil catorce.

JORGE WALTER DARDANO SCHIMMEL,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F027050-3

CONVOCATORIA

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD TRANSPORTES CO-

LECTIVO SONSONATECOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, que se abrevia SOTRANSCO, S. A. DE C. V., por este

medio CONVOCA a SESIÓN DE JUNTA GENERAL ORDINARIA

DE ACCIONISTAS. La sesión se llevará a cabo en PRIMERA CON-

VOCATORIA el día 24 de abril de 2014, de las 14 horas con treinta

minutos en adelante, en las instalaciones de la sociedad, ubicadas en fi nal

Quinta Avenida Sur y Cuarta Calle Poniente de la ciudad de Sonsonate.

De no reunirse en esa fecha y hora antes señaladas por falta de quórum,

la Sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas, se llevará a cabo

en SEGUNDA CONVOCATORIA el día 25 de abril de 2014, de las 14

horas con treinta minutos en adelante, en las instalaciones de la Sociedad,

ubicadas en fi nal de la Quinta Avenida Sur y Cuarta Calle Poniente de

la ciudad de Sonsonate.

EN ESTA JUNTA SE CONOCERÁN ASUNTOS DE CARÁCTER

ORDINARIO, SEGÚN LA SIGUIENTE AGENDA:

I. Comprobación del quórum.

II. Lectura y aprobación de la Agenda.

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

III. Lectura y aprobación del acta anterior.

IV. Memoria de Labores del año 2013.

V. Balance General.

VI. Estado de Pérdidas y Ganancias.

VII. Informe del auditor.

VIII. Nombramiento del auditor.

IX. Emolumentos del auditor.

Para que la Junta Ordinaria se considere legalmente reunida en

la primera fecha de la convocatoria, deberá estar representada, por lo

menos, la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar, y

las resoluciones solo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de

los votos presentes (Art. # 240 del C de C.)

Si la Junta General Ordinaria se reuniere en la segunda fecha de la

convocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera,

se considerará válidamente constituida, cualquiera sea el número de

acciones representadas, y sus resoluciones se tomarán por mayoría de

los votos presentes. (Art. # 241 del C de C.)

Sonsonate, 6 de marzo de 2014.

MIGUEL ANGEL AGUILAR DE LEON,

PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. F027081-3

SUBASTA PUBLICA

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE

LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el Juicio

Ejecutivo Mercantil, promovido por el Licenciado RUBEN CARRANZA

RUBIO, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número cero seis uno

cuatro-uno tres cero siete siete siete-uno cero dos-cinco, como Apoderado

General Judicial del BANCO PROCREDIT, SOCIEDAD ANONIMA,

que puede abreviarse BANCO PROCREDIT, S.A., con Tarjeta de Iden-

tifi cación Tributaria número cero seiscientos catorce-ciento setenta mil

trescientos noventa y cinco-ciento siete-nueve, Institución Bancaria, del

domicilio de San Salvador; contra los señores ALEXANDER NOVOA

QUINTANILLA, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: cero

ocho dos uno-cero nueve cero seis siete seis-uno cero tres-siete, de

veintiocho años de edad a la fecha del contrato, Estudiante; y MARIA

DEL ROSARIO MARTINEZ CALLES, con Tarjeta de Identifi cación

Tributaria número cero cuatro cero siete-cero uno uno cero siete nueve-uno

cero cuatro-nueve, de veinticinco años de edad a la fecha del contrato,

Estudiante; ambos de paradero ignorado, siendo su último domicilio

conocido la Ciudad de Apopa; representados por medio de su Curadora

Ad-Lítem nombrada, Licenciada LUVY LESLYE RIVAS DE CRIO-

LLO, de treinta años de edad, Abogada, del domicilio de Santa Tecla;

reclamándoles la cantidad de TRECE MIL NOVECIENTOS SESENTA

Y TRES DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS DE DOLAR, en concepto de

capital, más el interés pactado del dieciséis punto cincuenta por ciento

anual sobre saldos; más el interés de recargo por mora del treinta por

ciento anual, ambos, contados desde el día veintidós de mayo de dos

mil siete, más seguro de deuda y de daños hasta su completo pago,

transacción o remate y Costas Procesales reclamadas; se ha ordenado

VENDER EN PUBLICA SUBASTA, en este mismo Juzgado, en fecha

y por el precio que oportunamente se indicará, el inmueble de naturaleza

urbana y construcciones que contiene marcado en el plano de lotifi cación

respectivo con el número TREINTA Y DOS AVENIDA MASATE-

PEQUE SECTOR TRES DE LA URBANIZACION POPOTLAN II,

ubicada al Nor-Este de la Ciudad de Apopa, del Departamento de San

Salvador, en el Cantón San Nicolás, y a lo largo del costado Oriente de

la Calle Antigua a Tonacatepeque, lote que se localiza partiendo de la

intersección de los ejes del Pasaje Dos- I y de la Avenida Masatepeque,

se mide sobre el eje de esta última una distancia de siete punto cincuenta

metros y rumbo Norte cero cero grados cero uno punto cinco minutos

Este, llegando a un punto donde se hace una defl exión negativa de noventa

grados cero cero punto cero minutos, con una distancia de nueve metros

y rumbo Norte ochenta y nueve grados cincuenta y ocho punto cinco

minutos Oeste, se llega al esquinero Nor-Este del lote que mide y linda

de la siguiente manera: AL ESTE, línea recta de cinco metros y rumbo

Sur cero cero grados cero uno punto cinco minutos Oeste, la cual linda

con el lote uno del Pasaje Dos-I, Avenida Masatepeque de dieciocho

metros de derecho de vía de por medio, de la misma Urbanización; AL

SUR, línea recta de dieciocho metros y rumbo Norte ochenta y nueve

grados cincuenta y ocho punto cinco minutos Oeste, la cual linda con

el lote treinta y cuatro de la Avenida Masatepeque de la misma Urba-

nización; AL OESTE, línea recta de cinco metros y rumbo Norte cero

cero grados cero uno punto cinco minutos Este, la cual linda con el lote

trece del Pasaje Uno-H Bis, de la misma Urbanización; y AL NORTE,

línea recta de dieciocho metros y rumbo Sur ochenta y nueve grados

cincuenta y ocho punto cinco minutos Este, la cual linda con el lote treinta

de la Avenida Masatepeque de la misma Urbanización; llegando así al

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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

esquinero Nor-Este de donde se inició la presente descripción. El Lote

antes descrito tiene un área de NOVENTA METROS CUADRADOS

equivalentes a Ciento Veintiocho punto Setenta y Siete Varas cuadradas.-

Inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro, en el Sistema de Información Registro y Catastro,

Matrícula número SESENTA MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL

OCHOCIENTOS OCHO -CERO CERO CERO CERO CERO.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas

cincuenta y siete minutos del día trece de diciembre de dos mil trece.-

DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS,

JUEZ DE LO CIVIL.- LICDO. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ,

SECRETARIO.-

3 v. alt. No. C011957-3

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO DE REPOSICION DE CERTIFICADOS DE ACCION DE LA

SOCIEDAD INDUSTRIAS METALICAS FERNANDO E IMPOR-

TACIONES CENTROAMERICANAS, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, que se abrevia IMFICA S.A. DE C.V.

El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas

de la sociedad INDUSTRIAS METALICAS FERNANDO E IMPOR-

TACIONES CENTROAMERICANAS, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, que se abrevia IMFICA S.A. DE C.V., en

cumplimiento a lo establecido en los Arts. 932 y 486 del Código de

Comercio, al público en general.

HACE SABER: Que ha sido notifi cado por los accionistas de la

Sociedad, el extravío de los certifi cados de acción que se relacionan a

continuación: Certifi cado número: 002, que ampara 50 acciones comu-

nes, nominativas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su

equivalente en dólares de $11.43.

Certifi cado número: 006 que ampara 410 acciones comunes, nominati-

vas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente

en dólares de $11.43.

Certifi cado número: 010 que ampara 775 acciones comunes, nominati-

vas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente

en dólares de $ 11.43.

Certifi cado número: 014 que ampara 515 acciones comunes, nominati-

vas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente

en dólares de $11.43.

Certifi cado número: 018 que ampara 1250 acciones comunes, nomina-

tivas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente

en dólares de $11.43.

Certifi cado número: 004 que ampara 50 acciones comunes, nominativas,

con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente en

dólares de $11.43.

Certifi cado número: 008 que ampara 430 acciones comunes, nominati-

vas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente

en dólares de $ 11.43.

Certifi cado número: 012 que ampara 775 acciones comunes, nominati-

vas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente

en dólares de $11.43.

Certifi cado número: 016 que ampara 495 acciones comunes, nominati-

vas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente

en dólares de $11.43.

Certifi cado número: 020 que ampara 1250 acciones comunes, nomina-

tivas, con un valor nominal cada una de c 100 colones o su equivalente

en dólares de $11.43.

Con el fi n de proceder a efectuar REPOSICIÓN DE LOS CERTIFICA-

DOS DE ACCIÓN antes relacionados; por lo que en cumplimiento a las

disposiciones legales citadas, se publica el presente aviso, a fi n de que

cualquier persona que se sienta con derecho a oponerse a la reposición

de los mismos, lo haga dentro de los treinta días posteriores a su última

publicación.

Y para los efectos legales consiguientes, se extiende el presente

aviso.

San Salvador, a los siete días del mes de marzo de dos mil cator-

ce.

MIGUEL ALBERTO RODAS ESPINOZA,

SECRETARIO DE JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

DE LA SOCIEDAD IMFICA S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. C011970-3

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

AVISO

COMEDICA DE R.L.

COMUNICA: Que se ha presentado el propietario del Certifi cado

de Depósito a Plazo Fijo No. 101193. Por la cantidad de US$ 1,000.00,

a un plazo de 180 días, en Agencia Centro Financiero, ubicada en Inter-

sección Alameda Juan Pablo II y Boulevard Constitución, San Salvador,

solicitando reposición de dicho certifi cado.

Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los

efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después

de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 10 de marzo 2014.

COMEDICA DE R.L.

AGENCIA: Centro Financiero.

JEFE DE AGENCIA: Verónica Cerna.

3 v. alt. No. F027057-3

AVISO

COMEDICA DE R.L.

COMUNICA: Que se ha presentado el propietario del Certifi cado

de Depósito a Plazo Fijo No. 101192. Por la cantidad de US$ 1,000.00,

a un plazo de 180 días, en Agencia Centro Financiero, ubicada en Inter-

sección Alameda Juan Pablo II y Boulevard Constitución, San Salvador,

solicitando reposición de dicho certifi cado.

Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los

efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después

de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador,10 de marzo 2014

COMEDICA DE R.L.

AGENCIA: Centro Financiero.

JEFE DE AGENCIA: Verónica Cerna.

3 v. alt. No. F027058-3

AVISO

COMEDICA DE R.L.

COMUNICA: Que se ha presentado el propietario del Certifi cado

de Depósito a Plazo Fijo No. 101194. Por la cantidad de US$ 1,000.00,

a un plazo de 180 días, en Agencia Centro Financiero, ubicada en Inter-

sección Alameda Juan Pablo II y Boulevard Constitución, San Salvador,

solicitando reposición de dicho certifi cado.

Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los

efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después

de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna,

se procederá a la reposición del certifi cado antes mencionado.

San Salvador, 10 de marzo 2014

COMEDICA DE R.L.

AGENCIA: Centro Financiero.

JEFE DE AGENCIA: Verónica Cerna.

3 v. alt. No. F027059-3

INGENIO LA MAGDALENA, S.A. DE C.V.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Calle Comasagua y

Avenida Teotepeque, número 10 Polígono M, Urbanización Jardines de

La Libertad, Ciudad Merliot, Santa Tecla, se ha presentado el propietario

del CERTIFICADO DE ACCIONES NOMINATIVAS, que representan

parte del capital social de INGENIO LA MAGDALENA, S.A. DE C.V.,

siguiente: Certifi cado número 766-A, emitido el día 29/04/2005, que am-

para 36 acciones, cada una por un valor de CIEN COLONES (¢100.00),

equivalentes a ONCE 42/100 DOLARES, que suman la cantidad total

de TRES MIL SEISCIENTOS COLONES (¢3,600.00) equivalentes a

CUATROCIENTOS ONCE 42/100 DOLARES (US$411.42).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

Santa Tecla, a seis de marzo de dos mil catorce.

NESTOR ULICES PALMA DELGADO,

PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA

INGENIO LA MAGDALENA, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. F027092-3

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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

TITULO DE PREDIO URBANO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE

SANTA ANA, AL PÚBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que a esta Municipalidad se ha presentado la

Licenciada AMÉRICA BEATRIZ GARCÍA DE SANDOVAL, conocida

profesionalmente por AMÉRICA BEATRIZ GARCÍA HERRERA, ma-

yor de edad, Abogada, de este domicilio, con Tarjeta de Abogado número

doce mil seiscientos setenta y ocho, actuando como Apoderada General

Judicial y Administrativa, de la señora SANTOS BERFALIA CHICAS

GUEVARA, tal como lo comprueba con Acta Notarial, elaborada ante

los ofi cios Notariales de la Licenciada Claudia Verena Vega De León, en

la que se establece que la señora Sonia Adela del Cid Chicas, sustituyó

en todas sus partes el poder que la señora Chicas Guevara le otorgó, el

tres de Noviembre del año dos mil doce; con el objeto de promover las

diligencias de Título de Predio Urbano a favor de la señora SANTOS

BERFALIA CHICAS GUEVARA, quien es de cincuenta años de edad,

de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento Único de

Identidad número cero cinco cero seis cinco tres nueve tres - cuatro y

Número de Identifi cación Tributaria uno tres cero dos - cero uno cero

cinco seis tres - uno cero uno - cuatro, por ser poseedora de buena fe

en forma quieta, pacífi ca y sin interrupción de un terreno de naturaleza

urbano, situado en Avenida Décima Norte entre Cuarta y Sexta Calle

Poniente, sin número, de una extensión superfi cial de CIENTO SE-

SENTA Y SIETE PUNTO DOS MIL SESENTA Y CINCO METROS

CUADRADOS, cuyas colindancias son las siguientes: AL NORTE: Con

Esperanza Mendoza de Alegría y Rosa Esperanza Mendoza de Alegría;

AL ORIENTE: Con la Sociedad Cafetales La Joya, S.A. de C. V.,

Santos Berfalia Chicas Guevara, Berta Alicia Alfaro de Collazo, y con

propiedad sin dato registral; AL SUR: Con Eva Eugenia Bustamante de

Gómez; y AL PONIENTE: Con Esperanza Mendoza de Alegría y Rosa

Esperanza Mendoza de Alegría. Que el inmueble antes relacionado no

tiene cargas ni derechos reales que puedan respetarse ni se encuentra en

proindiviso con nadie, que no está afectado por servidumbre sirviente,

pero si posee una servidumbre de tránsito dominante sobre el inmueble

que se encuentra al rumbo Oriente, a favor de la misma solicitante e

inscrito a su favor bajo el número de matrícula DOS CERO CERO

OCHO CERO CERO OCHO CINCO en el Registro de la Propiedad Raíz

e Hipotecas de este Departamento, que dicho inmueble está identifi cado

Catastralmente en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la

Primera Sección de Occidente como Parcela Número novecientos setenta

y dos, Mapa cero doscientos diez U veinte, que asimismo, el referido

inmueble fue adquirido por la señora SANTOS BERFALIA CHICAS

GUEVARA, por compra realizada a la señora ANA DELIA ALFARO

DE MENDOZA, quien es sobreviviente y de este domicilio, tal como

consta en copia certifi cada de la escritura pública número cuarenta y

uno, libro ocho, otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las diez horas

con treinta minutos del día tres de noviembre del año dos mil doce, ante

los ofi cios notariales de René Alexander Contreras Peña, notario de este

domicilio, en la que hace constar que el inmueble es identifi cado como

segunda porción y que no se encontraba inscrito a favor de la vendedora

por tratarse de un resto de porción, aclara además que el inmueble de la

señora Ana Delia Alfaro de Mendoza, lo obtuvo por donación revocable

de su fallecido esposo José Mario Mendoza Hurtado, tal como consta

en copia certifi cada por notario de la Escritura de Donación Revocable,

número cincuenta y siete, libro once, celebrada en la ciudad de Santa

Ana, a las nueve horas del día veinte de enero del año dos mil dos, ante

los ofi cios notariales de José Luis Francis Sánchez, en la que se específi ca

que es una segunda porción, y que por segregación realizada a favor de

Esperanza Mendoza de Alegría, agotó su cabida registral, razón por la

que carece de antecedente inscrito, que asimismo, el señor José Mario

Mendoza Hurtado, lo obtuvo por compra de la nuda propiedad a la señora

Domitila García Hurtado, conocida por Domitila Hurtado, ya fallecida,

por lo que se consolidó el dominio de propiedad, tal y como consta

en la certifi cación literal de la Escritura número diecisiete, libro doce,

celebrada en la ciudad de Santa Ana, a las nueve horas del veintidós de

octubre de mil novecientos sesenta y siete, ante los ofi cios notariales

del Licenciado Ricardo Mejía Villalta, en la que consta la compra del

inmueble identifi cado como segunda porción. Que unida la posesión de

la señora Santos Berfalia Chicas Guevara, a la de sus anteriores dueños

ha durado por espacio de más de treinta años consecutivos, de quieta,

pacífi ca y sin interrupción, y lo estima en un valor de VEINTICINCO

MIL DÓLARES de los Estados Unidos de América.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Alcaldía Municipal de Santa Ana, a los veintiséis días del mes

de febrero del año dos mil catorce.- JOAQUIN ALFREDO PEÑATE

ARDON, ALCALDE MUNICIPAL. LICDO. JOSE MARIA MARIN

HERNANDEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C011955-3

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2013132395

No. de Presentación: 20130194667

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

SALVADOR MOLINA ORELLANA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de LABORATORIO DE PRODUCTOS ETICOS C.E.I.S.A.,

de nacionalidad PARAGUAYA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra OFTALMICA y diseño, que servirá

para: AMPARAR: PUBLICIDAD; GESTION DE NEGOCIOS CO-

MERCIALES; ADMINISTRACION COMERCIAL; TRABAJOS DE

OFICINA. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos

mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de febrero del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011962-3

No. de Expediente: 2012117336

No. de Presentación: 20120166567

CLASE: 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO

JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de SONY

CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

SONY

Consistente en: la palabra SONY, que servirá para: AMPARAR:

PUBLICIDAD; GESTIÓN EMPRESARIAL; ADMINISTRACIÓN DE

EMPRESAS; TRABAJOS DE OFICINA; SERVICIOS DE TIENDAS

MINORISTAS; SERVICIOS DE TIENDAS MINORISTAS EN EL

CAMPO DE LOS APARATOS ELECTRÓNICOS, PROGRAMAS

INFORMÁTICOS Y MÁQUINAS Y APARATOS DE JUEGO;

SERVICIOS DE VENTA MINORISTA O MAYORISTA DE INS-

TRUMENTOS MUSICALES Y DISCOS; SERVICIOS DE TIEN-

DAS MINORISTAS EN EL CAMPO DEL ENTRETENIMIENTO,

ESPECÍFICAMENTE OBRAS MUSICALES Y AUDIOVISUALES

Y PRODUCTOS AFINES EN EL CAMPO DE EQUIPOS ELECTRÓ-

NICOS DE CONSUMO Y ENTRETENIMIENTO, PROVISTOS A

TRAVÉS DE INTERNET Y OTRAS COMPUTADORAS Y REDES

ELECTRÓNICAS DE COMUNICACIÓN; ADMINISTRACIÓN DE

LOS NEGOCIOS DE TIENDAS AL POR MENOR; SERVICIOS DE

RECOLECCIÓN DE DATOS PARA LOS MINORISTAS BASADOS

EN PUNTOS DE VENTA COMPUTARIZADOS; MANEJO DE UNA

EMPRESA AL POR MENOR PARA OTROS; REAGRUPAMIENTO

DE PRODUCTOS ELÉCTRICOS, EN BENEFICIO DE TERCEROS,

LO QUE PERMITE A LOS CLIENTES VER Y COMPRAR CON

COMODIDAD PRODUCTOS EN UNA TIENDA AL POR MENOR;

SERVICIOS ELECTRÓNICOS DE COMPRAS AL POR MENOR

RELACIONADOS CON EQUIPOS INFORMÁTICOS; SERVICIO

DE COMERCIO MINORISTA RELACIONADOS CON LA VENTA

DE MÁQUINAS DE VIDEOJUEGOS DOMÉSTICOS; PROCESA-

MIENTO DE DATOS AUTOMATIZADOS; SERVICIOS DE PRO-

CESAMIENTO DE INFORMACIÓN COMPUTARIZADA PARA

EMPRESAS; PROCESAMIENTO DE DATOS COMPUTARIZADOS;

PROCESAMIENTO DE DATOS; PROCESAMIENTO DE DATOS

PARA LAS EMPRESAS; PROCESAMIENTO DE DATOS PARA LA

RECOPILACIÓN DE DATOS PARA FINES COMERCIALES; LA

VERIFICACIÓN DE PROCESAMIENTO DE DATOS; PROCESA-

MIENTO ELECTRÓNICO DE DATOS; SERVICIOS DE INFORMA-

CIÓN RELACIONADOS CON EL PROCESAMIENTO DE DATOS;

SERVICIOS DE PROCESAMIENTO DE DATOS EN LÍNEA; ASESO-

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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

RÍA, CONSULTORÍA Y SERVICIOS DE INFORMACIÓN EN ESTA

CLASE PARA TODOS LOS SERVICIOS ANTES MENCIONADOS;

CONTABILIDAD; AGENCIAS DE PUBLICIDAD; PUBLICIDAD

POR CORRESPONDENCIA; VENTAS POR MEDIO DE SUBAS-

TAS; AUDITORÍA; COLOCACIÓN DE ANUNCIO; TENEDURÍA

DE LIBROS; EVALUACIONES COMERCIALES; INFORMACIÓN

COMERCIAL; CONSULTAS COMERCIALES; INVESTIGACIONES

COMERCIALES; CONSULTORÍA EN GESTIÓN EMPRESARIAL

Y ORGANIZACIÓN; ASISTENCIA EN GESTIÓN EMPRESARIAL;

GESTIÓN EMPRESARIAL EN HOTELES; GESTIÓN EMPRE-

SARIAL PARA ESPECTÁCULOS; INVESTIGACIONES PARA

NEGOCIOS; AGENCIAS DE INFORMACIÓN COMERCIAL; ASIS-

TENCIA PARA LA GESTIÓN DE EMPRESAS INDUSTRIALES O

COMERCIALES; RECOPILACIÓN DE DATOS EN ORDENADOR;

ANÁLISIS DE COSTOS Y PRECIOS; DEMOSTRACIÓN DE PRO-

DUCTOS; PUBLICIDAD DIRECTA POR CORREO; DIFUSIÓN DE

MATERIAL PUBLICITARIO; DISTRIBUCIÓN DE MUESTRAS;

REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS; PREVISIONES ECONÓ-

MICAS; EXPERTOS EN EFICIENCIA; AGENCIAS DE EMPLEO;

AGENCIAS DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN; INVESTIGA-

CIÓN DE MERCADO; ESTUDIOS DE MERCADO; MODELOS

DE PUBLICIDAD O PROMOCIÓN DE VENTAS; ALQUILER

DE MÁQUINAS DE OFICINA Y DE EQUIPOS; ENCUESTAS DE

OPINIÓN; ORGANIZACIÓN DE EXPOSICIONES CON FINES CO-

MERCIALES O PUBLICITARIOS; ORGANIZACIÓN DE FERIAS

CON FINES COMERCIALES O PUBLICITARIOS; PUBLICIDAD

AL AIRE LIBRE; NOMINA DE PREPARACIÓN; PERSONAL DE

CONSULTORÍA DE GESTIÓN; CONTRATACIÓN DE PERSONAL;

FOTOCOPIAS; SUMINISTRO DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA

DE EMPRESA EN NUEVOS ARTÍCULOS ESPECIALMENTE, RE-

VISTAS, VIDEO JUEGOS Y VIDEOS; RELACIONES PÚBLICAS;

PUBLICACIÓN DE TEXTOS PUBLICITARIOS; PREPARACIÓN

DE COLUMNAS DE PUBLICIDAD; ALQUILER DE MATERIAL

PUBLICITARIO; PUBLICIDAD EN RADIO; COMERCIALES EN

RADIO; SERVICIOS DE REUBICACIÓN PARA EMPRESAS;

ALQUILER DE ESPACIOS PUBLICITARIOS; ALQUILER DE

MÁQUINAS FOTOCOPIADORAS; VENTA AL POR MENOR DE

MÁQUINAS DE VIDEOJUEGOS Y SU SOFTWARE, INCLUYEN-

DO A TRAVÉS DE INTERNET; SERVICIOS DE SECRETARIA;

SERVICIOS DE DECORACIÓN DE VITRINAS; INFORMACIÓN

COMERCIAL ESTADÍSTICA SOBRE LAS VENTAS DE NUEVOS

PRODUCTOS; SISTEMATIZACIÓN DE DATOS EN ORDENADOR;

PREPARACIÓN DE IMPUESTOS; PUBLICIDAD TELEVISIVA; CO-

MERCIALES DE TELEVISIÓN; TRANSCRIPCIÓN; DIGITACIÓN;

ACTUALIZACIÓN DE MATERIAL PUBLICITARIO; PROCESA-

MIENTO DE TEXTOS; BÚSQUEDA DE INFORMACIÓN EN AR-

CHIVOS INFORMÁTICOS PARA TERCEROS, EN PARTICULAR,

ARTÍCULOS DE NOTICIAS; TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA

DE LAS ÓRDENES DE COMPRA; SERVICIO DE PUBLICIDAD Y

DE NEGOCIOS, ESPECIALMENTE LA PREPARACIÓN Y DISTRI-

BUCIÓN DE COMUNICACIONES IMPRESAS DE PUBLICIDAD

PARA Y/O POR INSTRUCCIONES DE LOS DEMÁS; PUBLICIDAD

A TRAVÉS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN; SERVICIOS

DE SUSCRIPCIÓN A PERIÓDICOS; SERVICIOS DE SUSCRIP-

CIÓN A TELECOMUNICACIONES; GESTIÓN EMPRESARIAL

Y ASISTENCIA; CONSULTORÍA EN GESTIÓN EMPRESARIAL;

CONSULTORÍA EN GESTIÓN EMPRESARIAL ESPECIALMENTE

PROPORCIONAR ESTRATEGIAS PRÁCTICAS PARA LA MISMA;

SERVICIOS DE GESTIÓN EMPRESARIAL PARA DEPORTISTAS;

GESTIÓN EMPRESARIAL DE CONSULTORÍA DE ORGANIZA-

CIÓN; SERVICIOS DE GESTIÓN EMPRESARIAL Y SERVICIOS

DE ADMINISTRACIÓN FOMENTANDO LA UTILIZACIÓN DE

UNA RED INFORMÁTICA GLOBAL; CONSULTORÍA EN ORGA-

NIZACIÓN EMPRESARIAL; ADMINISTRACIÓN COMERCIAL

DE LICENCIAS DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE TERCEROS;

INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO COMERCIAL A LOS

CONSUMIDORES [TIENDA DE ASESORÍA AL CONSUMIDOR];

COMPILACIÓN DE ESTADÍSTICAS; BÚSQUEDA DE DATOS EN

ARCHIVOS INFORMÁTICOS PARA TERCEROS; FACTURACIÓN;

COMPOSICIÓN DE PÁGINAS CON FINES PUBLICITARIOS;

MARKETING; SERVICIOS DE NOTICIAS DE PRENSA; PUBLI-

CIDAD EN LÍNEA EN UNA RED INFORMÁTICA; SERVICIOS

DE OUTSOURCING [LA ASISTENCIA COMERCIAL]; SERVICIO

DE FOTOCOPIAS; PRESENTACIÓN DE PRODUCTOS EN ME-

DIOS DE COMUNICACIÓN PARA SU VENTA AL POR MENOR;

SERVICIOS DE COMPARACIÓN DE PRECIOS; SERVICIOS DE

APROVISIONAMIENTO PARA TERCEROS [COMPRA DE BIE-

NES Y SERVICIOS PARA OTRAS EMPRESAS]; PRODUCCIÓN

DE PELÍCULAS PUBLICITARIAS; PRUEBAS PSICOLÓGICAS

PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL; ALQUILER DE ESPACIOS

PUBLICITARIOS EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN; ALQUILER

DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS; PROMOCIÓN DE VENTAS

PARA OTROS; BÚSQUEDA DE PATROCINADORES; SERVICIOS

DE TELEMARKETING; CONTESTADOR AUTOMÁTICO PARA

SUSCRIPTORES AUSENTES Y REDACCIÓN DE TEXTOS PUBLI-

CITARIOS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

tres de diciembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARIA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027082-3

Page 126: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

No. de Expediente: 2012117332

No. de Presentación: 20120166563

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO

JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de SONY

CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

SONY

Consistente en: la palabra SONY, que servirá para: AMPARAR:

SEGUROS; ASUNTOS FINANCIEROS; ASUNTOS MONETARIOS;

NEGOCIOS INMOBILIARIOS; SUSCRIPCIÓN DE SEGUROS DE

ACCIDENTES; AGENCIAS DE ALOJAMIENTO (APARTAMEN-

TOS); SERVICIOS DE DETERMINACIÓN Y ASESORAMIENTO DE

RIESGO FINANCIERO; ANÁLISIS FINANCIERO; VALORACIÓN

ANTIGUA; ADMINISTRACIÓN DE INMUEBLES; VALORACIÓN

DE ARTE; SERVICIOS DE FIANZAS; SERVICIOS BANCARIOS;

INVERSIÓN DE CAPITAL; FONDOS DE BENEFICENCIA; VERIFI-

CACIÓN DE CHEQUES; SERVICIOS DE AGENCIAS EN MATERIA

DE INTERCAMBIO DE DINERO, CUENTAS DE AHORRO Y EL

DEPÓSITO DE DINERO A TRAVÉS DE REDES ELECTRÓNICAS;

LIMPIEZA DE DINERO; AGENCIAS DE CRÉDITO; SERVICIOS

DE TARJETAS DE CRÉDITO; CORRETAJE DE ADUANAS; SER-

VICIOS DE TARJETAS DE DEBITO; AGENCIAS DE COBROS DE

DEUDAS; DEPOSITO DE VALORES; TRANSFERENCIA ELEC-

TRÓNICA DE FONDOS; SERVICIOS DE PAGO ELECTRÓNICO

DE PEAJES; COMERCIO ELECTRÓNICO DE SERVICIOS DE

PAGO, ESPECIALMENTE, EL ESTABLECIMIENTO DE CUENTAS

UTILIZADAS PARA ADQUIRIR BIENES Y SERVICIOS EN INTER-

NET; INTERCAMBIO DE DINERO; FACTORAJE; FIDUCIARIOS;

CONSULTORÍA FINANCIERA; EVALUACIÓN FINANCIERA

DE LOS SEGUROS DE LA BANCA Y BIENES RAÍCES; INFOR-

MACIÓN FINANCIERA; MANEJO FINANCIERO; PATROCINIO

FINANCIERO; SERVICIOS FINANCIEROS; SUSCRIPCIÓN DE

SEGUROS CONTRA INCENDIOS; EVALUACIONES FISCALES;

INVERSIONES DE FONDOS; GARANTÍAS; SEGUROS DE SA-

LUD; SERVICIOS DE ALQUILER CON OPCIÓN DE COMPRA

FINANCIERA; SERVICIOS PARA REALIZAR TRANSACCIONES

BANCARIAS DESDE EL HOGAR; AGENTES INMOBILIARIOS;

SEGUROS DE CARGA DE BIENES Y SERVICIOS A TRAVÉS DE

INTERNET; PRÉSTAMOS A PLAZOS; CORRETAJE DE SEGUROS;

SEGUROS DE CONSULTORÍA; SEGUROS DE INFORMACIÓN;

SUSCRIPCIÓN DE SEGUROS; EMISIÓN DE TARJETAS DE CRÉDI-

TO; EMISIÓN DE BONOS DE VALOR; EMISIÓN DE CHEQUES DE

VIAJE; FINANCIAMIENTO DE ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN

DE COMPRA; ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN DE COMPRA DE

INMUEBLES AGRÍCOLAS; ARRENDAMIENTO CON OPCIÓN

DE COMPRA DE BIENES INMUEBLES; PRÉSTAMO SOBRE

PRENDA; SUSCRIPCIÓN DE SEGUROS DE VIDA; SERVICIOS DE

FINANCIAMIENTO DE CRÉDITOS; SUSCRIPCIÓN DE SEGUROS

MARÍTIMOS; BANCA HIPOTECARIA; SERVICIOS DE FONDOS

DE INVERSIÓN; SERVICIOS DE EVALUACIÓN DE LA MONE-

DA; TASACIÓN DE BIENES RAÍCES; CORREDORES DE BIENES

RAÍCES; ADMINISTRACIÓN DE BIENES RAÍCES; COBRO DE

ALQUILERES; ALQUILER DE OFICINAS; ALQUILER DE APAR-

TAMENTOS; ALQUILER DE EDIFICIOS DE APARTAMENTOS;

LOS SERVICIOS DE PAGO DE JUBILACIONES; SERVICIOS DE

SEGUROS DE DEPÓSITO; SERVICIOS DE CAJAS DE AHORRO;

SERVICIOS DE CORRETAJE DE VALORES; SERVICIOS DE

COTIZACIONES EN BOLSA; SERVICIOS DE CORRETAJE DE

ACCIONES Y BONOS; SERVICIOS DE GARANTÍA; SERVICIOS

DE ADMINISTRACIÓN FIDUCIARIA; SERVICIOS DE CORRETA-

JE; SERVICIOS DE CORRETAJE DE CRÉDITOS; SERVICIOS DE

LIQUIDACIÓN DE EMPRESAS; SERVICIOS DE INTERCAMBIO

DE INFORMACIÓN FINANCIERA; SERVICIOS DE CENTROS DE

INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN FINANCIERA; SERVICIOS DE

EVALUACIÓN DE JOYAS; SERVICIOS DE PRÉSTAMOS PARA

EMPRESAS; PRÉSTAMOS [DE FINANCIAMIENTO]; SERVICIOS

DE FONDOS DE PREVISIÓN; SERVICIOS DE EVALUACIÓN

FINANCIERA. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año

dos mil doce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de noviembre del año dos mil trece.

MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADORA.

ALCIDES SALVADOR FUNES LIZAMA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027083-3

Page 127: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

No. de Expediente: 2013130345

No. de Presentación: 20130190074

CLASE: 37, 39, 41, 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado BILLY ALEXIS ESCOBAR SÁNCHEZ, en su calidad de APODERADO de INVERSIONES EL NACASCOLO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: las palabras PUERTO BARILLAS y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE REPARACIÓN DE NAVES ACUÁTICAS. Clase: 37. Para: AMPARAR: PRESTACIÓN DE SER-VICIOS RELACIONADOS A LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA, MA-RINERÍA, PUERTO, MUELLE, PISTA DE ATERRIZAJE, PARQUEO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES, HANGARES TECHADOS Y CERRADOS PARA EMBARCACIONES DE DIFERENTES EN-VERGADURAS, RAMPAS DE EMBARQUE Y DESEMBARQUE, BOTADERO DE EMBARCACIONES MARÍTIMAS, MUELLEE Y BOYAS. Clase: 39. Para: AMPARAR: CASA CLUB. Clase: 41. Para: AMPARAR: SERVICIO DE ALOJAMIENTO, BAR Y RESTAURAN-TE. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de febrero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027157-3

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2013129378

No. de Presentación: 20130188643

CLASE: 09, 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OSCAR RODRÍGUEZ CHÁVEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LE-GAL de AUTO MOTO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: AUTO MOTO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.

SUPER ROAD

Consistente en: las palabras SUPER ROAD, traducida al castella-no como: super carretera, que servirá para: AMPARAR: CASCO DE PROTECCIÓN. Clase: 09. Para: AMPARAR: VENTA Y COMERCIA-LIZACIÓN DE MOTOCICLETAS, TRICIMOTOS, CUADRIMOTOS Y AUTOMÓVILES EN GENERAL, REPUESTOS, ACCESORIOS Y HERRAMIENTAS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011949-3

No. de Expediente: 2013129475

No. de Presentación: 20130188778

CLASE: 09, 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OSCAR RODRÍGUEZ CHÁVEZ, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de AUTO MOTO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: AUTO MOTO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.

Consistente en: la palabra SONIC, traducida al castellano como: sonico, que servirá para: AMPARAR: CASCOS DE PROTECCIÓN. Clase: 09: AMPARAR: VENTA Y COMERCIALIZACIÓN DE MO-TOCICLETAS, TRICIMOTOS, CUADRIMOTOS Y AUTOMÓVILES EN GENERAL, REPUESTOS, ACCESORIOS Y HERRAMIENTAS. Clase: 35.

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

La solicitud fue presentada el día veinte de agosto del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011950-3

No. de Expediente: 2014132644

No. de Presentación: 20140195059

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ SALVADOR MOLINA ORELLANA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de 4E DE MÉXICO S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXI-CANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras SOLEI BY KLAR & DANVER y diseño, se traduce al castellano by como: por, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COS-MÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día nueve de enero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil catorce.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011960-3

No. de Expediente: 2013132402

No. de Presentación: 20130194676

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSÉ SALVADOR MOLINA ORELLANA, en su calidad de APODERA-DO de LABORATORIO DE PRODUCTOS ÉTICOS C.E.I.S.A., de nacionalidad PARAGUAYA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

GASTRICET

Consistente en: la palabra GASTRICET, que servirá para: AMPA-RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y VETERINARIAS; PREPARACIONES HIGIÉNICAS Y SANITARIAS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO; ALIMENTOS PARA BEBÉS; COM-PLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS Y ANIMALES; EMPLASTOS, MATERIAL PARA APÓSITOS; MATERIAL PARA EMPASTES E IMPRONTAS DENTALES; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA ELIMINAR ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinte de diciembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, seis de febrero del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011961-3

No. de Expediente: 2014133716

No. de Presentación: 20140197195

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado VÍCTOR MANUEL IRAHETA ALVAREZ, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS MEDIKEM, SOCIEDAD ANÓNIMA DE

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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MEDIKEM, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

ADALAFENO

Consistente en: la palabra ADALAFENO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA CONSUMO HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de febrero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C011964-3

No. de Expediente: 2013131941

No. de Presentación: 20130193769

CLASE: 25, 35.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAUL AN-TONIO AYALA CHACÓN, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO.

Consistente en: la frase CUATROCUATRODOS y diseño, que servirá para: AMPARAR: CAMISETAS, CAMISAS, PANTALONES CORTOS, PANTS, CHUMPAS, SUÉTERES, ZAPATOS, LICRAS, CALCETINES, GORRAS, SOMBREROS, VINCHAS. Clase: 25. Para: AMPARAR: COMERCIALIZACIÓN DE CAMISETAS, CAMISAS, PANTALONES CORTOS, PANTS, CHUMPAS, SUÉTERES, ZAPA-TOS, LICRAS, CALCETINES, GORRAS, SOMBREROS, VINCHAS. Clase: 35.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de noviembre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de febrero del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027075-3

No. de Expediente: 2014132968

No. de Presentación: 20140195763

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de ABSORMEX CMPC TISSUE, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra Melpaper y diseño, que servirá para: AMPARAR: DISPOSITIVOS PARA LA HIGIENE BUCAL, SERVI-LLETEROS, PAPELERAS, CESTOS DE PAPEL, DISTRIBUIDORES DE JABÓN, TRAPEADORES, DESECHOS DE ALGODÓN PARA LIMPIAR, TRAPOS DE LIMPIEZA, FILTROS PARA USO DOMÉS-TICO, BASUREROS, TRAPOS PARA EL PISO, TRAPOS PARA QUITAR EL POLVO, PORTARROLLOS DE PAPEL HIGIÉNICO, PORTAJABONES, PORTATOALLAS PARA MESA, PLATOS DE PAPEL, UTENSILIOS COSMÉTICOS, SALVAMANTELES, PAÑO DE GOMA PARA LIMPIAR, DESPACHADORES DE TOALLAS DE PAPEL. Clase: 21.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil catorce.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F027084-3

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

No. de Expediente: 2013130497

No. de Presentación: 20130190315

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER MEJÍA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de HADA, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

DANS

Consistente en: la palabra DANS, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR, Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LO-CIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día primero de octubre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de noviembre del año dos mil trece.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027086-3

No. de Expediente: 2013130904

No. de Presentación: 20130191017

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRÍQUEZ, en su calidad de APODERADO de OLEOPRODUCTOS DE HONDURAS, S.A. DE C.V. (OLEPSA), de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la frase JapiJapi, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TE, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ, ARROZ, TAPIOCA Y SAGU, HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELADOS,

AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA, LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR, SAL, MOSTAZA, VINAGRE, SALSAS (CONDI-MENTOS), ESPECIAS, HIELO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de octubre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de noviembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027105-3

No. de Expediente: 2013130905

No. de Presentación: 20130191018

CLASE: 29.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARISA-BELLA NOVOA HENRÍQUEZ, en su calidad de APODERADO de OLEOPRODUCTOS DE HONDURAS, S.A. DE C.V. (OLEPSA), de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la frase JapiJapi, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA, EX-TRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCI-DAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS, HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de octubre del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de noviembre del año dos mil trece.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F027106-3

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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESSECRETARÍA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

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141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

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143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

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145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

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149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

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151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

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153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

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155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

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157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

RESOLUCION No. 2032/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintinueve días del mes de octubre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, obtenido en el QUEENS' SCHOOL OF BUSINESS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 2010 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Comercial, opción Contaduría, obtenido en el QUEENS' SCHOOL OF BUSINESS, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ANA GABRIELA RODRÍGUEZ PEREIRA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F011940)

RESOLUCION No. 2109/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veintinueve días del mes de octubre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO INMACULADA CONCEPCIÓN, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 30 de noviembre de 2001 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departa-mento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO INMACULADA CONCEPCIÓN, Municipio de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, a EDUARDO ISMAEL ASCENCIO HERNÁNDEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F010342)

RESOLUCION No. 2602/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los nueve días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO SANTA CRUZ, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 11 de mayo de 2009 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO SANTA CRUZ, Municipio de Apopa, Departamento de San Salvador, a CECILIA CAROLINA DUBÓN HERNÁNDEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F016694)

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158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

RESOLUCION No. 2603/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dos días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 30 de noviembre de 1983 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a JORGE ALBERTO PAZ HERNÁNDEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F016402)

RESOLUCION No. 2604/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SAN JUAN OPICO, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 20 de diciembre de 2011 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SAN JUAN OPICO, Municipio de San Juan Opico, Departamento de La Libertad, a KATHERINE ABIGAIL ANAYA LÚE. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F017167)

RESOLUCION No. 2605/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el COMPLEJO EDUCATIVO DE NUEVO EDÉN DE SAN JUAN, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 20 de diciembre de 2012 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COMPLEJO EDUCATIVO DE NUEVO EDÉN DE SAN JUAN, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ CEDILLO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F016440)

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159DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

RESOLUCION No. 2606/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dos días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL JOAQUÍN ERNESTO CÁRDENAS, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 26 de noviembre de 2007 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL JOAQUÍN ERNESTO CÁRDENAS, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a FARES AMINADAB CISNEROS RODRÍGUEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F016445)

RESOLUCION No. 2609/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los dos días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, extendido con fecha 30 de noviembre de 1981 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Contaduría, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL ISIDRO MENÉNDEZ, Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, a JULIO NAPOLEÓN MONTIEL CABALLERO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F016495)

RESOLUCION No. 2610/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los veinte días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL MAESTRO ALBERTO MASFERRER, Municipio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 2011 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, opción Mecánica Automotriz, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL MAESTRO ALBERTO MASFERRER, Municipio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, a MARVIN ISRAEL HERNÁNDEZ ALVAREZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F018702)

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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

RESOLUCION No. 2611/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General, obtenido en el CENTRO ESCOLAR GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 22 de diciembre de 2005 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el CENTRO ESCOLAR GENERAL FRANCISCO MORAZÁN, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a IRIS AMÉRICA TADEO MORALES. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F017467)

RESOLUCION No. 2612/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el LICEO AMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 08 de marzo de 1979 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUEL-VE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, opción Contaduría, obtenido en el LICEO AMERICANO, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a MARTA ALICIA LÓPEZ RIVERA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F016583)

RESOLUCION No. 2613/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los tres días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DR. FRANCISCO MARTÍNEZ SUÁREZ, Municipio de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, extendido con fecha 15 de diciembre de 1992 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, obtenido en el INSTI-TUTO NACIONAL DR. FRANCISCO MARTÍNEZ SUÁREZ, Municipio de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, a MARÍA MILAGRO GUARDADO SALINAS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL.

(Registro No. F016592)

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161DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

RESOLUCION No. 2615/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud Obtenido en el INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de enero de 2011 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional en Salud, obtenido en el INSTITUTO EL SALVADOR, Municipio de San Sal-vador, Departamento de San Salvador, a JOSÉ ANTONIO MEJÍA BOLAÑOS. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F016655)

RESOLUCION No. 2617/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración Obtenido en el NUEVO LICEO PANAMERICANO, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 30 de noviembre de 1994 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado obtenido en el NUEVO LICEO PANAMERI-CANO, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a ELSA CECILIA MIRANDA VELÁSQUEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F016676)

RESOLUCION No. 2620/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Comercial Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SENSUNTEPEQUE, Municipio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, extendido con fecha 20 de diciembre de 2011 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la lega-lidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Comercial, Opción Asistencia Contable obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SENSUNTEPEQUE, Municipio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, a CARLOS ANTONIO CANTARERO VILLANUEVA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F016777)

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162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

RESOLUCION No. 2621/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General Obtenido en el CENTRO ESCOLAR CANTÓN SANTA MARTA Municipio de Victoria, Departamento de Cabañas, extendido con fecha 30 de noviembre de 2006 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el CENTRO ESCOLAR CANTÓN SANTA MARTA Municipio de Victoria, Departamento de Cabañas, a CARMEN YAMILETH JOVEL JOVEL Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F016798)

RESOLUCION No. 2622/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General Obtenido en el CENTRO ESCOLAR 10 DE OCTUBRE Municipio de Victoria, Departamento de Cabañas, extendido con fecha 16 de enero de 2004 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el CENTRO ESCOLAR 10 DE OCTUBRE Municipio de Victoria, Departamento de Cabañas, a MARÍA EVILA REYES LAÍNEZ Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F016797)

RESOLUCION No. 2624/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General Obtenido en el INSTITUTO CULTURAL OXFORD, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de noviembre de 1998 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el INSTITUTO CULTURAL OXFORD, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ELSY NOHEMI ABARCA DURÁN. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F016812)

Page 163: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

163DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 19 de Marzo de 2014.

RESOLUCION No. 2625/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General Obtenido en el COLEGIO LA SAGRADA FAMILIA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 19 de enero de 1998 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO LA SAGRADA FAMILIA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ROSA MARÍA CONTRERAS CASTILLO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F016824)

RESOLUCION No. 2631/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller en Comercio y Administración Obtenido en el EXTERNADO JOHN F. KENNEDY, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, extendido con fecha 12 de diciembre de 1991 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUEL-VE: Repóngase el Título de Bachiller en Comercio y Administración, Opción Secretariado obtenido en el EXTERNADO JOHN F. KENNEDY, Municipio de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a MARVIN XIOMARA ESTUPINIAN GAVIDIA. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F017102)

RESOLUCION No. 2632/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial Obtenido en el LICEO PROFESOR LADISLAO LEIVA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 20 de diciembre de 2010 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Técnico Vocacional Industrial, Opción Mecánica Automotriz obtenido en el LICEO PROFESOR LADISLAO LEIVA, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ISAAC ANTONIO UMAÑA UMAÑA HOY ISAAC ANTONIO UMAÑA CHÁVEZ. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F017122)

Page 164: Diario Oficial 19 de Marzo 2014 - República de El … Oficial-19-Marzo-2014.pdf · Reposición de Certifi cados..... Título Municipal ... Nombre Comercial ... Calle Oriente No

164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 402

RESOLUCION No. 2634/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General Obtenido en el CENTRO DE ESTUDIOS LA SALLE, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, extendido con fecha 07 de enero de 2009 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el CENTRO DE ESTUDIOS LA SALLE, Municipio de San Salvador, Departamento de San Salvador, a ANA SOFÍA OCHOA REBOLLO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F017173)

RESOLUCION No. 2635/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los seis días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller Académico Obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SANTA ANA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, extendido con fecha 15 de noviembre de 1991 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller Académico, Opción Humanidades obtenido en el INSTITUTO NACIONAL DE SANTA ANA, Municipio de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, a MARCO ANTONIO ALVARADO CASTILLO. Para los efectos de ley PUBLIQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F017221)

RESOLUCION No. 2637/2013

Departamento de Acreditación Institucional, Ministerio de Educación: San Salvador, a los doce días del mes de diciembre de dos mil trece.

Vista la solicitud presentada a este Departamento, para efecto de emitir la Resolución correspondiente en cuanto a la reposición del Título de Bachiller General Obtenido en el COLEGIO SAN FRANCISCO, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, extendido con fecha 22 de diciembre de 2004 y considerando que después de verifi car la documentación presentada, con respecto a la legalidad del citado Título, se ha emitido dictamen técnico favorable, para la reposición del mismo, POR TANTO: en uso de sus facultades legales este Departamento RESUELVE: Repóngase el Título de Bachiller General, obtenido en el COLEGIO SAN FRANCISCO, Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a JENNIFER ANDREA ZAMORA ALFARO. Para los efectos de ley PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Diario Ofi cial.

LIC. VICTOR MANUEL JEREZ MANGANDI,

DEPARTAMENTO DE ACREDITACION INSTITUCIONAL

(Registro No. F017726)

Imprenta Nacional - Tiraje 400 Ejemplares.