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TAQUÍGRAFAS: Ana, Eunice, Libertad, Ligia, Lucía, Silvia EDICIÓN: Paola, Beatriz, Doris IMPRESIÓN: 16 de marzo de 2018 REPRODUCCIÓN: Víctor DIARIO DE SESIONES del Congreso de la República de Guatemala PERÍODO LEGISLATIVO 2018-2019 TOMO I CONGRESO DE LA REPÚBLICA Guatemala, martes 13 de marzo de 2018 SESIÓN ORDINARIA NÚMERO 16 SUMARIO: 1. Se abrió la sesión. (Pág. 3) (Las 14:35 horas) 2. Se leyó y aprobó orden del día. (Págs. 3-6) 3. Se aprobó acta de la sesión anterior. (Págs. 6-7) 4. Iniciativas de ley: a) Del representante Oliverio García Rodas y compañero, iniciativa que dispone aprobar Ley de Consulta a Pueblos Indígenas, Conforme el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT-. (Págs. 8-10) Pasó a la Comisión de Trabajo para su estudio y dictamen correspondiente. b) Del representante Luis Enrique Hernández Azmitia y compañeras, iniciativa que dispone aprobar reformas al Decreto Número 76-97 del Congreso de la República, Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte. (Págs. 10-12) Pasó a la Comisión de Deportes para su estudio y dictamen correspondiente. c) Del representante Flor de María Chajón Aguilar y compañeros, iniciativa que dispone aprobar reformas al Decreto Número 76-97 del Congreso de la República, Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte. (Págs. 12-13) Pasó a la Comisión de Deportes para su estudio y dictamen correspondiente. 5. Conocimiento del Antejuicio Número 33-2018 promovido en contra de José Luis Chea Urruela en su calidad de ministro de Cultura y Deportes. (Págs. 15-26) Se integró la comisión pesquisidora con los representantes que se indica. 6. Discusión en primer debate de los proyectos de decreto siguientes: a) Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la Federación de Rusia para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones. (Págs. 27-32) Se reservó para su trámite siguiente. b) Participación de la República de Guatemala, en los Aumentos de Capital Aprobados por la Junta de Gobernadores del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), de conformidad con los términos de las resoluciones número 612 “Aumento selectivo del capital social autorizado de 2010 para mejorar las voces y la participación de los países en desarrollo y en transición”; y 613 “Aumento general del capital del 2010”. (Págs. 33-37) Se reservó para su trámite siguiente. 7. Por moción privilegiada se aprobó citar ante el honorable pleno al señor Augusto Jordán Rodas Andrade, procurador de los Derechos Humanos el día martes 20 de marzo del presente año. (Págs. 32-33) 8. Se aprobó Decreto Número 6-2018, que declara el 2 de abril de cada año como el Día Nacional del Autismo. (Págs. 37-44) 9. Se levantó la sesión. (Pág. 44) (Las 16:43 horas) Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

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TAQUÍGRAFAS: Ana, Eunice, Libertad, Ligia, Lucía, Silvia EDICIÓN: Paola, Beatriz, Doris IMPRESIÓN: 16 de marzo de 2018 REPRODUCCIÓN: Víctor

DIARIO DE SESIONES del Congreso de la República de Guatemala

PERÍODO LEGISLATIVO 2018-2019

TOMO I

CONGRESO DE LA REPÚBLICA Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

SESIÓN ORDINARIA NÚMERO 16

SUMARIO:

1. Se abrió la sesión. (Pág. 3) (Las 14:35 horas) 2. Se leyó y aprobó orden del día. (Págs. 3-6) 3. Se aprobó acta de la sesión anterior. (Págs. 6-7) 4. Iniciativas de ley: a) Del representante Oliverio García Rodas y compañero, iniciativa que dispone aprobar Ley de Consulta a

Pueblos Indígenas, Conforme el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT-. (Págs. 8-10) Pasó a la Comisión de Trabajo para su estudio y dictamen correspondiente.

b) Del representante Luis Enrique Hernández Azmitia y compañeras, iniciativa que dispone aprobar reformas al Decreto Número 76-97 del Congreso de la República, Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte. (Págs. 10-12) Pasó a la Comisión de Deportes para su estudio y dictamen correspondiente.

c) Del representante Flor de María Chajón Aguilar y compañeros, iniciativa que dispone aprobar reformas al Decreto Número 76-97 del Congreso de la República, Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte. (Págs. 12-13) Pasó a la Comisión de Deportes para su estudio y dictamen correspondiente.

5. Conocimiento del Antejuicio Número 33-2018 promovido en contra de José Luis Chea Urruela en su calidad de ministro de Cultura y Deportes. (Págs. 15-26) Se integró la comisión pesquisidora con los representantes que se indica.

6. Discusión en primer debate de los proyectos de decreto siguientes: a) Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de la Federación de Rusia para

la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones. (Págs. 27-32) Se reservó para su trámite siguiente.

b) Participación de la República de Guatemala, en los Aumentos de Capital Aprobados por la Junta de Gobernadores del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), de conformidad con los términos de las resoluciones número 612 “Aumento selectivo del capital social autorizado de 2010 para mejorar las voces y la participación de los países en desarrollo y en transición”; y 613 “Aumento general del capital del 2010”. (Págs. 33-37) Se reservó para su trámite siguiente.

7. Por moción privilegiada se aprobó citar ante el honorable pleno al señor Augusto Jordán Rodas Andrade, procurador de los Derechos Humanos el día martes 20 de marzo del presente año. (Págs. 32-33)

8. Se aprobó Decreto Número 6-2018, que declara el 2 de abril de cada año como el Día Nacional del Autismo. (Págs. 37-44)

9. Se levantó la sesión. (Pág. 44) (Las 16:43 horas)

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 2 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

CONGRESO DE LA REPÚBLICA PERÍODO ORDINARIO 2018-2019

JUNTA DIRECTIVA ÁLVARO ENRIQUE ARZÚ ESCOBAR

PRESIDENTE

FELIPE ALEJOS LORENZANA JAVIER ALFONSO HERNÁNDEZ OVALLE ALICIA DOLORES BELTRÁN LÓPEZ PRIMER VICEPRESIDENTE SEGUNDO VICEPRESIDENTE TERCER VICEPRESIDENTE

ESTUARDO ERNESTO GALDÁMEZ JUÁREZ KARLA ANDREA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ JUAN RAMÓN LAU QUAN PRIMER SECRETARIO SEGUNDO SECRETARIO TERCER SECRETARIO

JAIME OCTAVIO AUGUSTO LUCERO VÁSQUEZ JORGE LEONEL ARÉVALO CANALES CUARTO SECRETARIO

DIPUTADOS

QUINTO SECRETARIO

María Stella Alonzo Bolaños Víctor Manuel Cruz Clavería Leocadio Juracán Salomé Haroldo Eric Quej Chen

Luis Antonio Alonzo Pernilla Sandra Ester Cruz Ramírez Erick René Lainfiesta Cáceres Oscar Armando Quintanilla Villegas

Erwin Enrique Álvarez Domínguez José de la Cruz Cutzal Mijango Julio Francisco Lainfiesta Rímola María Cristina Quinto García

Luis Pedro Álvarez Morales Elza Leonora Cú Isem Francisco Vitelio Lam Ruano Luis Armando Rabbé Tejada

Ronald Estuardo Arango Ordóñez José Alejandro de León Maldonado Floridalma Leiva Hernández Thelma Elizabeth Ramírez Retana

Oswaldo Iván Arévalo Barrios Mario Fermín de León Ramírez Marco Antonio Lemus Salguero Jaime José Regalado Oliva

Oscar Arturo Argueta Mayén Eduardo Ramiro De Matta Fernando Linares Beltranena Edgar Raúl Reyes Lee

Alsider Antonio Arias Rodríguez Juan Manuel Díaz-Durán Méndez Héctor Leonel Lira Montenegro Fidel Reyes Lee

Delia Emilda Bac Alvarado Mario Taracena Díaz-Sol Julio César Longo Maldonado Augusto César Sandino Reyes Rosales

Salvador Francisco Baldizón Méndez Ferdy Ramón Elías Velásquez Carlos Enrique López Maldonado Carlos Napoleón Rojas Alarcón

Carlos Alberto Barreda Taracena Rubén Misael Escobar Calderón Edwin Noé Maldonado Lux Aníbal Estuardo Rojas Espino

Juan Carlos Bautista Mejía Oscar Armando Escribá Morales Ervin Adim Maldonado Molina Raúl Romero Segura

Dalio José Berreondo Zavala Boris Roberto España Cáceres Carlos Alberto Martínez Castellanos Juan Carlos Josué Salanic García

Orlando Joaquín Blanco Lapola Víctor Manuel Estrada Orellana José Arturo Martínez Dell Nery Orlando Samayoa Barrios

Jean Paul Briere Samayoa Walter Rolando Félix López Joél Rubén Martínez Herrera Lucrecia Carola Samayoa Reyes

Felipe Jesús Cal Lem Oscar Roberto Fernández Mendoza Marleni Lineth Matías Santiago Luis Fernando Sanchinel Palma

Iliana Guadalupe Calles Domínguez Mirma Magnolia Figueroa Resén de Coro Gustavo Arnoldo Medrano Osorio Sandra Patricia Sandoval González

Leonardo Camey Curup Carlos Rafael Fión Morales Pedro Méndez Carreto Edgar Armando Sandoval Trigueros

Héctor Melvyn Caná Rivera Jairo Joaquín Flores Divas Mike Ottoniel Mérida Reyes Ronald Ramiro Sierra López

Mynor Enrique Cappa Rosales Laura Alicia Franco Aguirre Eva Nicolle Monte Bac Humberto Leonel Sosa Mendoza

Johnatan Abel Cardona Arreaga Christian Gabriel González Nineth Varenca Montenegro Cottom Edna Azucely Soto Juárez de Kestler

Mayra Alejandra Carrillo De León Cornelio Gonzalo García García Luis Fernando Montenegro Flores María Eugenia Tabush Pascual de Sánchez

Edin Leonel Casasola Martínez José Conrado García Hidalgo Edgar Eduardo Montepeque González Francisco Tambríz y Tambríz

Rudy Roberto Castañeda Reyes Oliverio García Rodas Emanuel Ranfery Montufar Fernández Dorian Delfino Taracena Godínez

Rodolfo Moisés Castañón Fuentes Juan Manuel Giordano Grajeda Félix Ovidio Monzón Pedroza Julián Tesucún Tesucún

José Inés Castillo Martínez Eduardo Cruz Gómez Raymundo Hernán Morán Mejía José Domingo Trejo de la Roca

Sergio Leonel Celis Navas Eugenio Moisés González Alvarado Sandra Nineth Morán Reyes Pedro Pablo Tzaj Guarchaj

Byron Juventino Chacón Ardón Milton Francisco Guerra Calderón Carlos Santiago Nájera Sagastume José Armando Ubico Aguilar

Flor de María Chajón Aguilar Mauro Guzmán Mérida Marvin Orellana López Lesly Valenzuela de Paz

Aracely Chavarría Cabrera De Recinos Claude Harmelin de León Marco Antonio Orozco Arriola José Rodrigo De Los Santos Valladares Guillén

Carlos Enrique Chavarría Pérez Gabriel Heredia Castro Juan Adriel Orozco Mejía Jorge Estuardo Vargas Morales

Oscar Stuardo Chinchilla Guzmán Luis Enrique Hernández Azmitia Karina Alexandra Paz Rosales German Estuardo Velásquez Pérez

Juan Armando Chún Chanchavac Javier Alfonso Hernández Franco Rudy Berner Pereira Delgado Mario Velásquez Pérez

Manuel Eduardo Conde Orellana Sofía Jeanetth Hernández Herrera Marco Aurelio Pineda Castellanos Andrea Beatriz Villagrán Antón

Luis Alberto Contreras Colindres Ana Victoria Hernández Pérez de Morales Amílcar de Jesús Pop Ac Roberto Rircardo Villate Villatoro

Edgar Tomás Córdova Molina José Alberto Hernández Salguero Juan José Porras Castillo Marcos Fernando Yax Guinea

Oscar Rolando Corleto Rivera Julio Ixcamey Velásquez Daniel Bernabé Portillo Calderón Eduardo Zachrisson Castillo

Vivian Beatriz Preciado Navarijo

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Señores representantes, muy buenos días.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 3 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

Les solicito ponerse de pie.

(LOS REPRESENTANTES SE PONEN DE PIE)

Invocando el nombre de Dios, nosotros, los diputados de este Congreso, nos comprometemos a consolidar la

organización jurídica y política de Guatemala, afirmando la primacía de la persona humana como sujeto y fin del

orden social, reconociendo a la familia como génesis primario y fundamental de los valores espirituales y morales de

la sociedad, responsabilizando al Estado de la promoción del bien común, de la consolidación del régimen de

legalidad, seguridad, justicia, igualdad, libertad y paz.

Que Dios nos dé sabiduría y que la nación nos juzgue.

Se abre la sesión.

(LAS 14:35 HORAS)

EL R. SECRETARIO LUCERO VÁSQUEZ: Orden del día para la décimo sexta (16ª) sesión ordinaria

que el Congreso de la República celebrará en la ciudad de Guatemala, el martes 13 de marzo de 2018, a partir de las

14:00 horas, en la forma siguiente:

1. Aprobación del acta de la sesión anterior.

2. Despacho calificado.

3. Iniciativas de ley.

4. Conocimiento del Antejuicio Número 33-2018 promovido en contra de José Luis Chea Urruela, ministro de

Cultura y Deportes.

5. Discusión en primer debate de los dictámenes y proyectos de decreto siguientes:

a) Dictamen y proyecto de decreto que dispone aprobar Acuerdo entre el Gobierno de la República de

Guatemala y el Gobierno de la Federación de Rusia para la Promoción y Protección Recíproca de las

Inversiones. (4 828)

b) Dictamen y proyecto de decreto que dispone aprobar la Participación de la República de Guatemala,

en los aumentos de capital aprobados por la Junta de Gobernadores del Banco Internacional de

Reconstrucción y Fomento (BIRF), de conformidad con los términos de las resoluciones número 612

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 4 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

“Aumento selectivo del capital social autorizado de 2010 para mejorar las voces y la participación de

los países en desarrollo y en transición”; y 613 “Aumento general del capital del 2010”. (5 086)

6. Discusión en tercer debate, por artículos y redacción final del proyecto de decreto que dispone aprobar Ley

que Declara el Diecinueve de Mayo de Cada Año, “Día de la Dignificación Nacional de la Iyom y/o Rati’t

Ak’al Comadrona de Guatemala”. (5 357)

7. Discusión por artículos y redacción final del proyecto de decreto que dispone aprobar Ley de Día Nacional

del Autismo. (5 394)

8. Continuación de la discusión por artículos y redacción final del proyecto de decreto que dispone aprobar Ley

de Leasing. (4 896)

9. Mociones y proposiciones.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: A discusión el orden del día leído por Secretaría.

Tiene la palabra el diputado Javier Hernández.

EL R. HERNÁNDEZ FRANCO: Muchas gracias, señor presidente, señores diputados. Quisiera hacer una

moción verbal para retirar de la orden del día el punto número seis, que es la discusión en tercer debate, por

artículos y redacción final del proyecto de decreto que dispone aprobar Ley que Declara el Diecinueve de Mayo de

Cada Año Día de la Dignificación de la Comadrona de Guatemala. Esto lo solicito para que nos apoyen los

diputados del Congreso de la República, haciendo un compromiso claro con la asociación de comadronas que está

presente el día de hoy, que el día lunes nosotros estaríamos teniendo una mesa de trabajo con diferentes miembros

del Ejecutivo para encontrar la fuente de financiamiento correcta y la inscripción de cada una de las comadronas.

Señor presidente, solicito entonces que sea retirado el punto seis de la agenda. Muchas gracias, señor presidente,

señores diputados.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: A discusión el orden del día y la propuesta presentada por el

diputado Hernández.

EL R. SECRETARIO LUCERO VÁSQUEZ: No habiendo más discusión, se entrará a votar.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Se realiza llamado a votación.

(LLAMADO A VOTACIÓN)

EL R. SECRETARIO LUCERO VÁSQUEZ: Se abre a votación la aprobación de la propuesta.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 5 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

(SE REALIZA LA VOTACIÓN)

Se hace el último llamado.

(CONTINÚA LA VOTACIÓN)

Señores representantes, en este momento se cierra la votación.

El resultado de la votación es el siguiente:

VOTOS

- A favor: 47

- En contra: 26

- Diputados ausentes: 85

Por lo tanto, habiendo mayoría queda aprobada la propuesta presentada.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Para razonar su voto, tiene la palabra el diputado Pop.

EL R. POP AC: Gracias, presidente, honorable pleno. Mi voto fue a favor, debo reconocer que

simplemente en principio no estoy de acuerdo, pero he llegado a un acuerdo forzando mi voluntad y he llegado a un

acuerdo de buena fe con el partido oficial, que en la siguiente semana ubicaremos los fondos para el financiamiento

de esta ley y que en el mes de abril nos comprometemos a aprobar esta iniciativa con los fondos identificados.

Manifiesto mi voluntad y mi buena fe, y apostándole también a la buena fe y al compromiso político en salvaguarda

de los derechos de las señoras comadronas del país, he aceptado ese acuerdo y esperaremos en las próximas

semanas entonces nuevamente agendarlo. Gracias, presidente, honorable pleno.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Para razonar su voto, tiene la palabra el diputado Lainfieta.

EL R. LAINFIESTA RÍMOLA: Gracias, presidente, honorable pleno. Mi voto fue a favor y también fue

para aceptar la propuesta de la bancada oficial, el compromiso político de la bancada oficial de buscar el espacio

presupuestario en las próximas semanas, pero reitero mi total apoyo, al igual que el de mi bancada, para las señoras

comadronas. Quiero recordarles a todos los jefes de bloque que el año pasado en reunión de jefes de bloque

acordamos la mayoría de jefes apoyar esta iniciativa, así que esperaría, compañeros diputados, que esa propuesta se

mantenga. Gracias, presidente, honorable pleno.

(PAUSA)

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 6 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Les solicito a los diputados presentes en el hemiciclo, que por

favor se marquen debidamente en el tablero, para poder continuar.

(CONTINÚA PAUSA)

EL R. SECRETARIO LUCERO VÁSQUEZ: Se entrará a votar sobre el orden del día con la propuesta

incorporada.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Se realiza llamado a votación.

(LLAMADO A VOTACIÓN)

EL R. SECRETARIO LUCERO VÁSQUEZ: Se abre a votación la aprobación del orden del día con la

propuesta incorporada.

(SE REALIZA LA VOTACIÓN)

Se hace el último llamado a votación.

(CONTINÚA LA VOTACIÓN)

Señores representantes, en este momento se cierra la votación.

El resultado de la votación es el siguiente:

VOTOS

- A favor: 82

- En contra: 13

- Diputados ausentes: 63

Por lo tanto, habiendo mayoría queda aprobado el orden del día con la propuesta incorporada.

PUNTO PRIMERO: Aprobación del acta de la sesión anterior.

(ACTA DE LA DECIMOQUINTA (15ª.) SESIÓN ORDINARIA)

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 7 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR:: Señores representantes, de conformidad con el artículo 146 de

la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, el acta de la sesión anterior fue remitida a los señores diputados con

anticipación, para su conocimiento.

En ese sentido, se somete a discusión el acta de la sesión anterior.

EL R. SECRETARIO LUCERO VÁSQUEZ: No habiendo discusión, se entrará a votar el acta de la

decimoquinta sesión ordinaria.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Se realiza llamado a votación.

(LLAMADO A VOTACIÓN)

EL R. SECRETARIO LUCERO VÁSQUEZ: Se abre a votación.

(SE REALIZA LA VOTACIÓN)

Se hace el último llamado a votación.

(CONTINÚA LA VOTACIÓN)

Señores representantes, en este momento se cierra la votación.

El resultado de la votación es el siguiente:

VOTOS

- A favor: 80

- En contra: 21

- Diputados ausentes: 57

Por lo tanto, habiendo mayoría queda aprobada el acta de la sesión anterior.

PUNTO SEGUNDO: Despacho calificado.

Señor presidente, Secretaría le informa que no hay despacho calificado previsto para la presente sesión.

PUNTO TERCERO: Iniciativas de ley.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 8 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

- Iniciativa que dispone aprobar Ley de Consulta a Pueblos Indígenas, conforme el Convenio 169 de la

Organización Internacional del Trabajo -OIT-.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo, (OIT), sobre Pueblos Indígenas y Tribales en

Países Independientes, que forma parte del cuerpo legal de nuestro país, determina que en consulta y cooperación

con los pueblos indígenas se adoptaran las medidas apropiadas dentro de ellas, las legislativas para poder alcanzar

las metas y objetivos de dicho convenio.

La honorable Corte de Constitucionalidad en sentencia de fecha veintiséis de mayo del año dos mil

diecisiete, resolvió haciendo una conminación a los diputados al Congreso de la República para que en el plazo de

un año a contar de la fecha de notificación de la sentencia se produzca el proceso legislativo a efecto de asegurar se

apruebe la normativa legal atinente al derecho de consulta.

Al analizar la sentencia de mérito, cabe resaltar algunas de las consideraciones hechas por esa Corte, las

cuales están en congruencia con lo dispuesto en el Convenio 169, a efecto de establecer un procedimiento al

derecho de consulta, que resulte coordinado con los pueblos indígenas, con un sistema eficiente y eficaz y que las

disposiciones estén en armonía con la realidad guatemalteca y por supuesto normativa legal que debe estar en

perfecta armonía y respeto de los principios y normas establecidas por la Constitución Política de la República de

Guatemala.

Nuestra Carta Magna determina con meridiana claridad en su artículo 66 que el Estado de Guatemala,

reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones y formas de organización social,

principios que en congruencia con el Convenio 169 de OIT (artículo 5 del convenio), obligan también al tenor del

artículo 46 de la Constitución Política de la República de Guatemala, a aprobar un cuerpo legal que dándole certeza

al derecho de consulta establezca los principios, procedimiento, resultados y consecuencias de esa figura jurídica

respetando y tomando en cuenta las condiciones propias del país (artículo 34 del convenio).

Los artículos 4 y 5 de nuestra Constitución, determinan la libertad e igualdad de todas las personas y el

derecho de hacer lo que la ley no prohíbe, garantizando de conformidad con el Convenio 169 (arto. 2 literal a) que

los miembros de dichos pueblos gocen en pie de igualdad, de los derechos u oportunidades que la legislación

nacional otorga a los demás miembros de la población y (literal b) que se promueva la plena efectividad de los

derechos sociales, económicos y culturales a esos pueblos.

Es entonces necesario e importante que la normativa que se apruebe, contenga las propuestas que en la

iniciativa que por este medio se propone, así:

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 9 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

Disposiciones generales:

Se establece el objeto y finalidad de la consulta, así como su ámbito de aplicación determinando la

coordinación entre el Estado y los representantes legítimos de los pueblos indígenas, a efecto la consulta tenga un

procedimiento apropiado en particular a través de sus instituciones representativas, con medios de participación

libre al igual que todos los ciudadanos (artículo 6 del convenio).

Estas disposiciones generales especifican las medidas susceptibles de afectar de manera significativa, directa

y específica a los pueblos indígenas, (artículo 6 literal a) del convenio), así como las áreas geográficas para su

aplicación, (artículo 13 del convenio) y las definiciones que al tenor del citado convenio se considera oportuno se

incluyan en este cuerpo legal así como los principios rectores que desarrollan lo establecido en el Convenio 169

resaltándose el principio rector de carácter previo.

Unidad Técnica de Consulta de Buena Fe:

Al crearse esta unidad de consultas de buena fe, se respeta lo determinado por el Convenio en sus artículos 6

numeral 2 y artículo 33, creando la unidad adscrita a la Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia de la

República, propuesta que es congruente con la Carta Magna al establecer que el presidente de la República

representa la unidad nacional y debe velar por los intereses de toda la población de la República.

Adicionalmente la creación del consejo consultivo, ente del más alto nivel dado que está conformado por los

cuatro ministerios con mayor relación a las consultas a realizar, producirá el efecto de especialización, transparencia

y fiscalización de la unidad técnica.

Este mecanismo o unidad permitirá una organización ágil y eficiente para el desarrollo de los procesos de

consulta y estará bajo el orden jerárquico inmediato inferior del presidente de la República en congruencia con el

artículo 183, literales a, m, n y x de la Constitución.

Se establecen las funciones de la unidad, a efecto de que esta tenga los lineamiento claros de su actuar y las

facultades que necesita para cumplir su cometido, determinando las obligaciones financieras del Estado para darle

viabilidad al procedimiento de consulta.

Procedimiento:

Se determina la evaluación de la medida con identificación de la medida legislativa o administrativa de que

se trate.

Proceso de consulta previa:

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 10 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

Establece las etapas o pasos a seguir en la consulta, desde la planificación, la entrega de información y

difusión del procedimiento, el traslado a las comunidades indígenas, la etapa del diálogo, la sistematización y cierre

del procedimiento, reafirmando el principio de la consulta previa, la toma de decisiones y la correspondiente

documentación de todo el proceso.

Disposiciones finales:

Se norma los casos de interrupción o terminación del proceso de consulta, la facultad de resolver los casos

no previstos por la ley, la consolidación de los datos oficiales atinentes a este procedimiento, el inicio de

operaciones, su reglamentación y la vigencia de la ley con una vacatio de noventa días que se considera prudente

para que el mecanismo pueda operar de manera segura y eficiente, además de su adecuada difusión a los interesados

y capacitación a los responsables de la unidad técnica.

En resumen la presente iniciativa pretende más que cumplir con un conminamiento del tribunal

constitucional, llenar una laguna legal en el país y establecer un cuerpo normativo que permita el desarrollo

ordenado del país en sus ámbitos económicos y sociales, manteniendo la fraternidad de los guatemaltecos, iguales

todos en derechos y oportunidades, y el absoluto respeto a los pueblos indígenas y sus autoridades ancestrales y

legítimas.

DIPUTADO PONENTE: Oliverio García Rodas.

TRÁMITE: Pase a la Comisión de Trabajo para su estudio y dictamen correspondiente.

- Iniciativa que dispone aprobar reformas al Decreto Número 76-97 del Congreso de la República, Ley

Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte.

INICIATIVA DE LEY

HONORABLE PLENO:

La Federación Internacional de Fútbol Asociación, universalmente conocida por sus siglas FIFA, es la

institución que gobierna las federaciones y asociaciones de fútbol a nivel mundial, entidad de carácter privado que

se norma por sus propios estatutos y normativa interna. Se fundó el 21 de mayo de 1904 y tiene su sede en Zúrich,

Suiza. Forma parte del IFAB que es el organismo encargado de modificar las reglas del juego. Además, la FIFA

organiza la Copa Mundial de Fútbol, los otros campeonatos del mundo en sus distintas categorías, ramas y

variaciones de la disciplina, y los torneos olímpicos a la par del COI.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 11 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

La FIFA agrupa 211 asociaciones o federaciones de fútbol de distintos países, contando con 18 países

afiliados más que la Organización de las Naciones Unidas, tres menos que la Asociación Internacional de

Federaciones de Atletismo y cuatro menos que la Federación Internacional de Baloncesto.

El ingreso a la FIFA está abierto a cualquier asociación o federación encargada de organizar el fútbol en su

país. Normalmente hay un solo afiliado por país; sin embargo, también hay casos de asociaciones de naciones sin

Estado, principalmente las británicas, Inglaterra, Escocia, Gales e Irlanda del Norte, por ser el Reino Unido el lugar

donde nació el fútbol moderno. Además, existen entre otras, como la selección de las Islas Feroe, independiente de

Dinamarca.

A nivel de continentes la FIFA tiene afiliadas a las siguientes confederaciones: Confederación

Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL), América del Sur; Unión de Asociaciones Europeas de Fútbol (UEFA),

Europa; Confederación Asiática de Fútbol (AFC), Asia; Confederación Africana de Fútbol (CAF), África;

Confederación de Fútbol de Norte, Centroamérica y el Caribe (CONCACAF), América del Norte, Centro y el

Caribe; y la Confederación de Fútbol de Oceanía (OFC), Oceanía. Por su parte, la Federación Nacional de Fútbol

de Guatemala es la máxima entidad que rige el fútbol en nuestro país. Fundada en mil novecientos diecinueve y se

encuentra afiliada a la FIFA desde mil novecientos cuarenta y seis, forma parte de la estructura del deporte federado

que norma la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte Decreto Número 76-97 del

Congreso de la República, considerada como la única entidad que ostenta la representación nacional de su deporte

en el orden interno, ante la FIFA o cualquier organización deportiva a la cual el fútbol esté afiliado o lo haga en el

futuro.

Como es de conocimiento público, las autoridades de fútbol como lo es la Federación de Fútbol Nacional,

pero más aún, la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala se encuentra suspendida por la FIFA y como

consecuencia de ello, las selecciones nacionales de fútbol en sus distintas categorías no pueden participar en los

eventos internacionales organizados y regidos por FIFA, puesto que ésta se rige por su normativa interna, y siendo

una entidad eminentemente privado se maneja de acuerdo a los intereses mundiales que deben respetarse para que

Guatemala como país pueda asociarse libremente sin sanción alguna, y así poder participar en los torneos mundiales

que se organizan en las distintas ramas del deporte.

El ultimátum otorgado por la FIFA a Guatemala derivado de la suspensión de participación y afiliación a la

misma, la suspensión se convertirá en una desafiliación definitiva sí antes del 30 de abril del presente año, no se

aprueban los estatutos que la FIFA requiere y entren en vigor para regir a la Federación Nacional de Fútbol de

Guatemala; estatutos que no son congruentes con las disposiciones contenidas la Ley Nacional para el Desarrollo de

la Cultura Física y del Deporte, Decreto Número 76-97 del Congreso de la República,

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 12 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

Razón por la cual y en aras de salvaguardar el interés social del deporte nacional, es conveniente para el

desarrollo del fútbol en Guatemala que las organizaciones que alberguen en su seno a futbolistas profesionales,

puedan surgir y afiliarse libremente ante la FIFA para que, contando con la posibilidad de ostentar la representación

nacional de su deporte en el orden interno, las selecciones de futbolistas profesionales en distintas categorías puedan

participar en los torneos de fútbol organizados y avalados por FIFA, como existe en otros países a nivel mundial,

caso particular, Argentina, sin mencionar otros más.

En virtud del plazo perentorio que ha sido establecido por FIFA, es menester y urgente que este organismo

del Estado proceda a reformar o modificar, en amparo a la facultad constitucional, el Decreto Número 76-97, Ley

Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte, a efecto de permitir que el fútbol profesional pueda

dejar de formar parte de la estructura del deporte federado para afiliarse a la Federación Internacional del Fútbol y

regirse por las normas, reglamentos y estatutos avalados por la Federación Deportiva Internacional correspondiente

y de las organizaciones o entidades que lo conformen y a las que no les serán aplicables las disposiciones

comprendidas en el cuerpo jurídico citado.

Tomando en consideración lo indicado, la problemática jurídica actual e imperante, se somete a

consideración del honorable pleno la presente disposición jurídica, a efecto de proporcionarle la facultad legal de

carácter ordinario a toda asociación que comprenda la unión y formación con miras de un objetivo primordial, para

que los futbolistas profesionales pueda con libertad jurídica, afiliarse libremente a la Federación Internacional del

Fútbol y regirse por las normas, reglamentos y estatutos avalados por la Federación Deportiva Internacional

correspondiente, a efecto que este objetivo primordial se cumpla legalmente y sea impedimento alguno para poder

participar y competir a nivel internacional, dejando la responsabilidad en los señores diputados para que después de

su estudio y análisis correspondiente, se apruebe como ley de la República.

DIPUTADOS PONENTES: Luis Hernández Azmitia, Germán Estuardo Velásquez Pérez y Oscar

Armando Quintanilla Villegas.

TRÁMITE: Pase a la Comisión de Deportes, para su estudio y dictamen correspondiente.

- Iniciativa que dispone aprobar reformas al Decreto Número 76-97 del Congreso de la República, Ley

Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte. (5 421)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

HONORABLE PLENO:

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 13 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

El 28 de octubre de 2016, el fútbol guatemalteco fue suspendido por la Federación Internacional de Fútbol

Asociación -FIFA-, luego que la Asamblea General de Fútbol de Guatemala improbara la ampliación del mandato al

Comité de Regularización nombrado por el máximo ente del fútbol mundial; según comunicó la FIFA, la

suspensión durará hasta que la Asamblea General de la Federación Deportiva Nacional de Fútbol -FEDEFUT-

adopte nuevos estatutos de la federación aprobados por la FIFA.

En razón de lo anterior, el Congreso de la República aprobó en el año 2017, reformas al artículo 98 de la Ley

Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte, Decreto Número 76-97; previo a ello formuló una

opinión consultiva a la Corte de Constitucionalidad, basado en lo cual, se dispuso que en caso hubiera contradicción

entre los estatutos nacionales e internacionales, prevalecerían estos últimos.

El 25 de julio de 2017, la Asamblea General del Fútbol de Guatemala, tomó en cuenta las recomendaciones

hechas por la FIFA. Aprobó los nuevos estatutos, los cuales están alineados con los requisitos de la FIFA y de la

Confederación Centroamericana de Norteamérica, Centroamérica y el Caribe de Fútbol -CONCACAF- . Acto

seguido fueron remitidos a la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala -CDAG-; sin embargo, dicho ente

emitió varias observaciones, en las que sugiere que se dejen sin efecto los principales cambios promovidos por la

FIFA y por la CONCACAF, amparada en la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte.

Las situaciones anteriores impiden levantar la suspensión del fútbol de Guatemala. Para remediar esa

situación, es imperativo nuevamente reformar la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y del Deporte,

de modo que en sus disposiciones quede establecido que las federaciones se rijan por dicha ley, sus propios

estatutos y disposiciones reglamentarias, salvo la Federación Deportiva Nacional de Fútbol, que en lo relativo a la

conformación de su comité ejecutivo, régimen eleccionario y disciplinario observarán los lineamientos de la

federación internacional a la que pertenece, para el presente caso, la FIFA.

En razón de lo anterior, presentamos la siguiente iniciativa de ley, de modo que el Congreso de la República

se sirva aprobarla y procurar de ese modo, antes del 30 de abril de 2018, fecha límite fijada por la FIFA a la

Federación Nacional de Fútbol de Guatemala, que el fútbol guatemalteco quede imposibilitado de participar

internacionalmente.

DIPUTADOS PONENTES: Flor de María Chajón Aguilar, José Alejandro de León Maldonado, Luis

Antonio Alonzo Pernilla.

TRÁMITE: Pase a la Comisión de Deportes para su estudio y dictamen correspondiente.

Señor presidente, Secretaría le informa que no hay más iniciativas de ley previstas para la presente sesión.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 14 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

(PAUSA)

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Tiene la palabra el diputado Quintanilla.

EL R. QUINTANILLA VILLEGAS: Gracias, presidente, honorable pleno. En relación a lo que estamos

escuchando, en este momento, de las dos iniciativas que nos está ahorcando con el tiempo, solo quiero dejar un

preámbulo, solo quiero dejar un poco de historia y quiero que en verdad conozcamos qué es lo que está sucediendo

dentro de estas dos iniciativas.

Tenemos la 5 418 y tenemos la 5 421. La 5 421 es por la comisión a la cual, pues, yo también pertenezco, y

la 5 418 es de la cual soy ponente junto con el diputado Azmitia y con el diputado Velásquez.

Tenemos aquí la presencia de los jugadores y la verdad es que ya es noticia nacional e internacional qué está

pasando con nuestro fútbol. Pero partamos de algo, hace cerca de un año, aquí mismo pasamos los estatutos que la

FIFA nos exigía y creímos, la mayoría, que ya estábamos solventados con el problema.

Pero lo que sucede hoy en día es que la papa caliente se encuentra en manos de una entidad llamada CDAG,

Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala, que qué gracioso es hoy en día que el Congreso tenga

nuevamente la culpa si algo no llega a pasar con el fútbol. Pero partamos de que la Confederación Deportiva

Autónoma de Guatemala, en algún momento llegara a darle el bien a la federación de fútbol, la pena de ellos es que

otras federaciones hagan lo mismo.

Y es por eso que nos dan aquí en las mesas técnicas, en la Comisión de Deportes y en cuanto lugar nos

hemos reunido, de que la buena voluntad y que la buena fe existe, pero al día de hoy no tenemos ninguna buena

voluntad por parte de la CDAG. La propuesta de la 5 418 es bien clara y dice que independicemos para que

podamos ser las personas que directamente trabajemos con la FIFA, si eso es lo que realmente queremos.

Ahora bien, vamos a apoyar también la 5 421, si es que los jugadores creen que es lo que más conviene para

el deporte, la comisión también está consensuada pero tenemos que responsabilizar que la CDAG haga su trabajo

también en el momento que tiene que ser, porque quien va a conocer esto después que salga de acá, se llama

Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala, no es el Congreso, señores, el Congreso siempre hace lo que

tiene que hacer porque aquí por naturaleza como guatemaltecos, seamos hombres o mujeres, el fútbol lo llevamos

en la sangre y eso lo podemos seguir apoyando cuantas veces sea necesario.

El problema es que los tiempos hoy en día nos están matando y repito, si es la 5 418, que es la nuestra, o bien

la 5 421 de la comisión, no importa, pero tenemos que hacer responsable a la CDAG que haga los tiempos que tiene

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 15 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

que cumplirse para que el fútbol sea reconocido otra vez en Guatemala y a nivel mundial dentro de la FIFA.

Gracias, señor presidente, honorable pleno.

(PAUSA)

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Señores representantes, el día de hoy contamos con la visita de

representantes de la Asociación de Jugadores Profesionales de Fútbol y algunos cronistas deportivos, a quienes les

damos la más cordial bienvenida a este recinto parlamentario.

(APLAUSOS)

(PAUSA)

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ:

PUNTO CUARTO: Conocimiento del Antejuicio Número 33-2018, promovido en contra de José Luis

Chea Urruela, ministro de Cultura y Deportes.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Señores representantes, se procederá de conformidad con el

artículo 17 del Decreto Número 85-2002, Ley en Materia de Antejuicio, por lo que se le solicita a Secretaría iniciar

con el proceso de sorteo correspondiente.

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Se procederá con la lectura del oficio respectivo:

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA GUATEMALA, C.A.

Guatemala, 1 de marzo de 2018

Señor secretario Congreso de la República de Guatemala Su despacho

Con instrucciones de la Superioridad, por el presente medio y de la manera más atenta, tengo el honor de

dirigirme a usted, con el objeto de remitir el expediente original de las diligencias de antejuicio número treinta y tres

guión dos mil dieciocho (33-2018) promovido en contra de JOSÉ LUIS CHEA URRUELA, en su calidad de

ministro de Cultura y Deportes, en cumplimiento de la resolución dictada por esta Corte, con fecha 7 de febrero de

2018. El expediente consta de una (1) pieza, con un total de cincuenta y cuatro (54) folios, más el presente oficio;

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 16 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

se hace la aclaración que en los folios números 31, 35 y 38 del expediente relacionado, obran discos compactos

cuyo contenido se ignora.

Sin otro particular de momento, me es grato suscribirme de usted.

Deferentemente,

Licda. Karla Yesenia Lemus Navarro Oficial Mayor de la Sección de Antejuicios

Corte Suprema de Justicia

Se dará lectura al artículo 17 de la Ley en Materia de Antejuicios:

ARTÍCULO 17. Procedimiento de antejuicio en el Congreso. Cuando el Congreso de la República

deba conocer de un antejuicio promovido en contra de un dignatario o funcionario que por razón del cargo goce de

ese derecho, después de haberse inhibido un órgano judicial de continuar instruyendo proceso por tal razón y

habiéndose recibido los autos para su conocimiento, como señala el artículo 16 de esta ley, la Junta Directiva lo

deberá hacer saber al pleno del Congreso que en próxima sesión ordinaria que se celebrará no más de ocho días,

después de su recepción iniciará el trámite del asunto.

El Congreso procederá de la manera siguiente:

a) En la sesión ordinaria convocada como se indica en el primer párrafo de este artículo el pleno del Congreso

será informado de todos los detalles (…)

b) En esa misma sesión el pleno del Congreso integrará una Comisión Pesquisidora, conformada por cinco

miembros por sorteo que se realizará entre todos los diputados, salvo el presidente del Congreso. El primer

diputado sorteado será el presidente de la comisión y el segundo actuará como Secretario. Los restantes

actuarán como vocales.

c) Las decisiones de la Comisión Pesquisidora se adoptarán por mayoría de votos y ningún diputado puede

excusarse o dejar de participar, salvo que el pleno acepte la excusa (…)

d) La Comisión Pesquisidora examinará el expediente y demás documentos que hubieren, oirá a los promotores

del antejuicio, así como al funcionario contra quien esté enderezado el asunto y practicará las diligencias que

soliciten las partes recabando toda información y documentación que cualquiera de los miembros de la

Comisión considere pertinente, (…)

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 17 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

e) Para el desempeño de sus funciones, todos los funcionarios y empleados están obligados a prestar su plena

colaboración a la Comisión.

f) Al finalizar su investigación y consideraciones la Comisión emitirá un informe circunstanciado, del que dará

cuenta al pleno en sesión ordinaria del Congreso.

g) La comisión deberá tener presente que su investigación no tiende a determinar ni la culpabilidad ni la

inocencia del funcionario investigado. (…)

h) El informe circunstanciado de la Comisión Pesquisidora deberá contener la información que haya recabado e

incluirá los documentos que considere pertinentes y todos aquellos que le hayan sido entregados en el

ejercicio de su función. Los miembros de la comisión, en forma individual, podrán hacer las observaciones

que consideren pertinentes y deberán incluirse en el expediente.

i) El pleno del Congreso conocerá del expediente instruido y del informe circunstanciado de la Comisión

Pesquisidora en sesión ordinaria procediéndose a su discusión. (…)

j) Desde luego que los integrantes de la Comisión Pesquisidora han sido designados mediante mero sorteo, sus

criterios se basarán en sus honestos conocimientos, en la decencia y en la honorabilidad. Nadie puede

pedirles explicaciones ulteriores que sustenten su modo de pensar, o rebatirles cualquier criterio que haya

sido expresado.

k) Agotada en el pleno la discusión del informe de la Comisión Pesquisidora se procederá a votar. (…)

l) Emitida la resolución que declara con lugar el antejuicio, deberá retornarse el expediente a la Corte Suprema

de Justicia al fin que lo turne al tribunal del orden común que proceda.

m) Si no se completara el voto de las dos terceras partes del total de diputados para declarar con lugar o sin

lugar el antejuicio, el expediente se guardará en la Dirección Legislativa a disposición del pleno del

Congreso.

n) Si el antejuicio es declarado sin lugar causará estado (…)

EL R. SEGUNDO VICEPRESIDENTE HERNÁNDEZ OVALLE, EN FUNCIONES DE

PRESIDENTE: Previo a iniciar con el proceso, se solicita a las señoras representantes Patricia Sandoval y Nineth

Montenegro, acompañar a la mesa directiva para presenciar el sorteo.

(LAS R. SANDOVAL TRIGUEROS Y MONTENEGRO COTTOM, SUBEN A LA MESA DIRECTIVA)

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 18 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

Se solicita a Secretaría, continuar con el trámite respectivo.

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Señores diputados, en cumplimiento al precepto

legal leído, se procederá con el sorteo de los integrantes de la comisión pesquisidora, previo retiro de la balota

número 158.

Asimismo, de conformidad con la Ley en Materia de Antejuicio, el primer diputado sorteado será el

presidente de la comisión pesquisidora y el segundo actuará como secretario y los restantes actuarán como vocales.

Se solicita a los señores representantes poner debida atención a la lectura del número que le corresponde a

cada diputado que servirá de base para el sorteo, de conformidad con la lista que se leerá a continuación:

1. Estuardo Ernesto Galdámez Juárez.

2. Karla Andrea Martínez Hernández.

3. Juan Ramón Lau Quan.

4. Jaime Octavio Augusto Lucero Vásquez.

5. Jorge Leonel Arévalo Canales.

6. María Stella Alonzo Bolaños.

7. Luis Antonio Alonzo Pernilla.

8. Erwin Enrique Álvarez Domínguez.

9. Luis Pedro Álvarez Morales.

10. Ronald Estuardo Arango Ordóñez.

11. Oswaldo Iván Arévalo Barrios.

12. Oscar Arturo Argueta Mayén.

13. Delia Emilda Bac Alvarado.

14. Salvador Francisco Baldizón Méndez.

15. Carlos Alberto Barreda Taracena.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 19 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

16. Juan Carlos Bautista Mejía.

17. Dalio José Berreondo Zavala.

18. Orlando Joaquín Blanco Lapola.

19. Jean Paul Briere Samayoa.

20. Felipe Jesús Cal Lem.

21. Iliana Guadalupe Calles Domínguez.

22. Leonardo Camey Curup.

23. Héctor Melvyn Caná Rivera.

24. Mynor Enrique Cappa Rosales.

25. Johnatan Abel Cardona Arreaga.

26. Mayra Alejandra Carrillo de León.

27. Edin Leonel Casasola Martínez.

28. Rudy Roberto Castañeda Reyes.

29. Rodolfo Moisés Castañón Fuentes.

30. José Inés Castillo Martínez.

31. Sergio Leonel Celis Navas.

32. Byron Juventino Chacón Ardón.

33. Flor de María Chajón Aguilar.

34. Aracely Chavarría Cabrera de Recinos.

35. Carlos Enrique Chavarría Pérez.

36. Oscar Stuardo Chinchilla Guzmán.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 20 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

37. Juan Armando Chún Chanchavac.

38. Manuel Eduardo Conde Orellana.

39. Luis Alberto Contreras Colindres.

40. Edgar Tomás Córdova Molina.

41. Oscar Rolando Corleto Rivera.

42. Víctor Manuel Cruz Clavería.

43. Sandra Ester Cruz Ramírez.

44. Elza Leonora Cú Isem.

45. José de La Cruz Cutzal Mijango.

46. José Alejandro de León Maldonado.

47. Mario Fermín de León Ramírez.

48. Eduardo Ramiro de Matta.

49. Juan Manuel Díaz-Durán Méndez.

50. Ferdy Ramón Elías Velásquez.

51. Rubén Misael Escobar Calderón.

52. Oscar Armando Escribá Morales.

53. Boris Roberto España Cáceres.

54. Víctor Manuel Estrada Orellana.

55. Walter Rolando Félix López.

56. Oscar Roberto Fernández Mendoza.

57. Mirma Magnolia Figueroa Resén de Coro.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 21 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

58. Carlos Rafael Fión Morales.

59. Jairo Joaquín Flores Divas.

60. Laura Alicia Franco Aguirre.

61. Christian Gabriel González.

62. Cornelio Gonzalo García García.

63. Hugo Fernando García Gudiel.

64. José Conrado García Hidalgo.

65. Oliverio García Rodas.

66. Juan Manuel Giordano Grajeda.

67. Eduardo Cruz Gómez Raymundo.

68. Eugenio Moisés González Alvarado.

69. Milton Francisco Guerra Calderón.

70. Mauro Guzmán Mérida.

71. Claude Harmelin de León.

72. Gabriel Heredia Castro.

73. Luis Enrique Hernández Azmitia.

74. Javier Alfonso Hernández Franco.

75. Sofía Jeanetth Hernández Herrera.

76. Ana Victoria Hernández Pérez de Morales.

77. José Alberto Hernández Salguero.

78. Julio Ixcamey Velásquez.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 22 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

79. Leocadio Juracán Salomé.

80. Erick René Lainfiesta Cáceres.

81. Julio Francisco Lainfiesta Rímola.

82. Francisco Vitelio Lam Ruano.

83. Floridalma Leiva Hernández.

84. Marco Antonio Lemus Salguero.

85. Fernando Linares Beltranena.

86. Héctor Leonel Lira Montenegro.

87. Julio César Longo Maldonado.

88. Carlos Enrique López Maldonado.

89. Edwin Lux.

90. Ervin Adim Maldonado Molina.

91. Carlos Alberto Martínez Castellanos.

92. José Arturo Martínez Dell.

93. Joél Rubén Martínez Herrera.

94. Marleni Lineth Matías Santiago.

95. Gustavo Arnoldo Medrano Osorio.

96. Herber Armando Melgar Padilla.

97. Pedro Méndez Carreto.

98. Mike Ottoniel Mérida Reyes.

99. Eva Nicolle Monte Bac.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 23 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

100. Nineth Varenca Montenegro Cottom.

101. Luis Fernando Montenegro Flores

102. Edgar Eduardo Montepeque González.

103. Emanuel Ranfery Montufar Fernández.

104. Félix Ovidio Monzón Pedroza.

105. Hernán Morán Mejía.

106. Sandra Nineth Morán Reyes.

107. Carlos Santiago Nájera Sagastume.

108. Marvin Orellana López.

109. Marco Antonio Orozco Arriola.

110. Juan Adriel Orozco Mejía.

111. Karina Alexandra Paz Rosales.

112. Rudy Berner Pereira Delgado.

113. Marco Aurelio Pineda Castellanos.

114. Amílcar de Jesús Pop Ac.

115. Juan José Porras Castillo.

116. Daniel Bernabé Portillo Calderón.

117. Vivian Beatriz Preciado Navarijo.

118. Haroldo Eric Quej Chen.

119. Oscar Armando Quintanilla Villegas.

120. María Cristina Quinto García.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 24 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

121. Thelma Elizabeth Ramírez Retana.

122. Jaime José Regalado Oliva.

123. Edgar Raúl Reyes Lee.

124. Fidel Reyes Lee.

125. Augusto César Sandino Reyes Rosales.

126. Carlos Napoleón Rojas Alarcón.

127. Aníbal Estuardo Rojas Espino.

128. Raúl Romero Segura.

129. Juan Carlos Josué Salanic García.

130. Nery Orlando Samayoa Barrios.

131. Lucrecia Carola Samayoa Reyes.

132. Luis Fernando Sanchinel Palma.

133. Sandra Patricia Sandoval González.

134. Edgar Armando Sandoval Trigueros.

135. Ronald Ramiro Sierra López.

136. Humberto Leonel Sosa Mendoza.

137. Edna Azucely Soto Juárez de Kestler.

138. María Eugenia Tabush Pascual de Sánchez.

139. Francisco Tambríz y Tambríz.

140. Mario Taracena Díaz-Sol.

141. Dorián Delfino Taracena Godínez.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 25 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

142. Julián Tesucún Tesucún.

143. José Domingo Trejo de la Roca.

144. Pedro Pablo Tzaj Guarchaj.

145. José Armando Ubico Aguilar.

146. José Rodrigo de los Santos Valladares Guillén.

147. Lesly Valenzuela de Paz.

148. Jorge Estuardo Vargas Morales.

149. German Estuardo Velásquez Pérez.

150. Mario Velásquez Pérez.

151. Andrea Beatriz Villagrán Antón.

152. Roberto Ricardo Villate Villatoro.

153. Marcos Fernando Yax Guinea.

154. Eduardo Zachrisson Castillo.

155. Felipe Alejos Lorenzana.

156. Javier Alfonso Hernández Ovalle.

157. Alicia Dolores Beltrán López.

158. Álvaro Enrique Arzú Escobar.

(PAUSA)

(GIRAN LA TÓMBOLA)

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: El primer número es el número 86, que corresponde

al diputado Lira Montenegro, Héctor Leonel.

(GIRAN LA TÓMBOLA)

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 26 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

El segundo número corresponde al número 3, Juan Ramón Lau Quan.

(GIRAN LA TÓMBOLA)

El tercer número le corresponde al número 81, que corresponde al diputado Julio Francisco Lainfiesta

Rímola.

(GIRAN LA TÓMBOLA)

El siguiente número es el número 5, que corresponde al diputado Jorge Leonel Arévalo Canales.

(GIRAN LA TÓMBOLA)

Y el número correspondiente es el número 70, del diputado Mauro Guzmán Mérida.

De conformidad con el sorteo, la comisión pesquisidora se integrará con los representantes siguientes:

(PAUSA)

- Diputado Héctor Leonel Lira Montenegro, presidente;

- Juan Ramón Lau Quan, secretario;

- Julio Francisco Lainfiesta Rímola, vocal;

- Jorge Leonel Arévalo Canales, vocal; y,

- Mauro Guzmán Mérida, vocal.

EL R. SEGUNDO VICEPRESIDENTE HERNÁNDEZ OVALLE, EN FUNCIONES DE

PRESIDENTE: Se solicita a Secretaría que a la brevedad posible entregue copia del expediente que contiene las

diligencias de antejuicio respectivas a la comisión pesquisidora.

Se solicita a Secretaría continuar con el desarrollo de la sesión.

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ:

PUNTO QUINTO: Discusión en primer debate de los dictámenes y proyectos de decreto siguientes:

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 27 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

a) Dictamen y proyecto de decreto que dispone aprobar Acuerdo entre el Gobierno de la República de

Guatemala y el Gobierno de la Federación de Rusia para la Promoción y Protección Recíproca de

Inversiones. (4 828)

DICTAMEN

HONORABLE PLENO:

Con fecha veintinueve de abril de dos mil catorce, el honorable pleno del Congreso de la República conoció

y remitió a la Comisión de Relaciones Exteriores para su estudio y dictamen, la iniciativa de ley identificada con el

número de registro 4 828 de la Dirección Legislativa, presentada por el Organismo Ejecutivo a través del presidente

de la República. Dicha iniciativa dispone la aprobación del “Acuerdo entre la República de Guatemala y el

Gobierno de la Federación de Rusia para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones”.

Antecedentes:

El acuerdo entre la República de Guatemala y el gobierno de la Federación de Rusia para la promoción y

protección recíproca de inversiones, fue firmado en Moscú, el 27 de noviembre de 2013.

Actualmente la República de Guatemala ha ratificado diversos instrumentos internacionales con otros países

en relación a la promoción y protección recíproca de inversiones, entre los cuales se puede mencionar a los países

de Alemania, China, Chile, Colombia, Cuba, España, e Israel.

Del Acuerdo entre la República de Guatemala y el Gobierno de la Federación de Rusia para la Promoción y

Protección Recíproca de Inversiones:

El acuerdo contiene doce artículos, donde empiezan con el significado de varios términos para el presente

convenio, como el de inversionista, inversiones, rendimientos, y territorios.

En la admisión y protección de inversiones menciona que cada Estado debe de admitir las inversiones de los

inversionistas del otro Estado Contratante, a lo cual le deberá de proporcionar protección plena en el territorio de su

Estado.

El tratamiento de las inversiones será justo y equitativo con respecto a la administración y disposición de las

inversiones, cada parte proporcionará un trato no menos favorable que el otorgado a los nacionales, ni menos

favorable que a cualquier otro Estado, a excepción de lo reservado por las partes de conformidad con su legislación

respecto al trato nacional.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 28 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

Lo anterior no será interpretado en el sentido de obligar a una Parte Contratante a extender a las inversiones

realizadas por inversionistas de la otra Parte Contratante los beneficios de cualquier trato, preferencia o privilegio

resultante de un área libre de comercio, unión aduanera, unión monetaria, mercado común, o cualesquiera otras

instituciones económicas o cualquier arreglo internacional que resulte en dichas uniones o instituciones; sobre la

base de acuerdos destinados a evitar la doble tributación u otros arreglos fiscales; o en acuerdos celebrados entre la

Federación de Rusia y los Estados que anteriormente formaban parte de la Unión de Repúblicas Socialistas

Soviéticas.

Respecto a la expropiación y la compensación trata que las inversiones no podrán ser directa o

indirectamente expropiadas, o sujeta a otra medida equivalente, salvo cuando tales medidas sean por interés público

y de conformidad con el procedimiento establecido por la legislación del Estado, lo cual debe de conllevar el pago

de una compensación pronta, adecuada y efectiva.

La compensación mencionada anteriormente deberá corresponder al valor de mercado de las inversiones

expropiadas calculado en la fecha inmediatamente anterior a la fecha de expropiación o a la fecha inmediatamente

anterior a la que la inminente expropiación llegue a ser de conocimiento público. Ésta deberá ser pagada

inmediatamente sin demora, en moneda libremente convertible y deberá ser libremente transferida al otro Estado

Contratante.

Las inversiones y rendimientos que sufran daños por guerra, conflicto armado, insurrección, revolución,

revuelta, disturbios civiles, estado de emergencia nacional o cualquier otro evento similar se le otorgará un trato no

menos favorable que el otorgado a los inversionistas de un tercer Estado o de sus nacionales.

Sobre las transferencias, cada Estado garantizará a los inversionistas de la otra Parte Contratante la libre

transferencia al exterior de pagos relacionados con sus inversiones que incluirá los rendimientos; los fondos para el

rembolso de préstamos y créditos reconocidos como inversiones; el producto de liquidación o venta total o parcial

de las inversiones; la compensación e indemnización; y los salarios y otras remuneraciones recibidas por el

inversionista que tenga derecho. Las transferencias de las mismas se deberán efectuar sin demora y en moneda

libremente convertible al tipo de cambio del mercado.

Subrogación: el acuerdo contempla que si una de las Partes Contratantes o su agencia designada realiza un

pago en virtud de una garantía contra riesgos no comerciales otorgada para una inversión en el territorio de la otra

parte contratante, ésta última tendrá el pleno derecho de subrogación con respecto a los derechos y acciones del

inversionista. La primera Parte Contratante o la agencia designada no harán valer mayores derechos y reclamos

que los del inversionista del que tales derechos y reclamos fueron adquiridos.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 29 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

Solución de controversias entre una parte contratante y un inversionista de la otra parte contratante, que

surjan en relación con las inversiones, incluidos los litigios relativos a la cantidad, condiciones y el procedimiento

de pago de la compensación si fuera el caso, será a través de negociaciones. De no llegar a un acuerdo dentro de un

período de seis meses a partir de la fecha de recepción de la notificación escrita queda libre el reclamante de poder

someter la solicitud a un tribunal competente del Estado donde se realizaron las inversiones, a un tribunal de

arbitraje ad hoc de conformidad con las reglas de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil

Internacional (CNUDMI), o al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones. El laudo

arbitral será definitivo y vinculante.

La solución de controversias entre las partes contratantes acerca de la interpretación o aplicación del acuerdo

en lo posible será a través de negociaciones. Si en un plazo de seis meses, a partir de la fecha de la recepción de la

solicitud por escrito, no se resuelve se podrá someter a un tribunal de arbitraje. Asimismo se establece la forma de

constitución del tribunal arbitral; las reglas del procedimiento, la toma de decisiones será por mayoría de votos, la

que será definitiva y vinculante para ambas partes; cada parte sufragará los costos de las actividades de su propio

miembro del tribunal, así como los costos sufragados en partes iguales por el presidente del tribunal.

Las Partes Contratantes podrán consultarse sobre cuestiones relativas a la interpretación o aplicación del

acuerdo; el acuerdo será aplicable para todas las inversiones realizadas por inversionistas de los Estados

Contratantes a partir del 1 de enero de 1992, pero no se aplicará a las controversias surgidas con anterioridad a la

entrada en vigor.

El acuerdo podrá ser enmendado por mutuo consentimiento, y para la vigencia del acuerdo y enmiendas,

cada Parte notificará de manera escrita que se ha cumplido con los requisitos nacionales, por lo que entrará en vigor

en la fecha de la última de las dos notificaciones.

El acuerdo tiene una vigencia de diez años, posteriormente se prorrogará automáticamente por períodos

consecutivos de cinco años, a menos que una de las Partes notifique por escrito a la otra Parte Contratante con no

menos de doce meses previos al fin del período correspondiente, su decisión de terminarlo. Con relación a las

inversiones realizadas antes de la fecha de terminación del presente acuerdo, las disposiciones del mismo

permanecerán en vigor por un período de diez años a partir de la fecha de terminación del acuerdo.

Trámite en el Organismo Ejecutivo:

El Ministerio de Relaciones Exteriores conjuntamente con el Ministerio de Economía y el Ministerio de

Finanzas Públicas, quienes conforman el Grupo Técnico Interinstitucional de Inversiones, emitieron memorándum

conjunto concluyendo que “el Acuerdo analizado no contraviene la Constitución Política de la República ni la

legislación interna.” Por lo que se remitió a la Secretaría General de la Presidencia en donde se dictamina que “es

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 30 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

procedente enviar a consideración y aprobación del honorable Congreso de la República la copia certificada del

acuerdo entre la República de Guatemala y el gobierno de la Federación de Rusia.”

Consideraciones generales:

El acuerdo es un instrumento bilateral en el cual se implementan derechos y obligaciones para ambas partes

contratantes, en materia de cooperación económica para las inversiones.

El objetivo es establecer disposiciones para promover y proteger recíprocamente las inversiones

provenientes del otro Estado, para estimular el ingreso de capitales y fomentar la prosperidad económica de ambos

países.

Al tratar el ámbito de aplicación se ha observado en diferentes acuerdos internacionales de la misma materia

que dicha cláusula es referida en diferentes redacciones, lo cual podría provocar un conflicto técnico y

constitucional para la aprobación del acuerdo. Sin embargo, el estudio de la aplicación de dichos instrumentos

refiere que los acuerdos tutelarán la aplicación y los efectos jurídicos a los actos posteriores a su vigencia, aunque

provengan de hechos anteriores a ella. Por lo que no sería retroactiva la norma, ya que “-La ley es retroactiva

cuando ella actúa sobre el pasado; sea para apreciar las condiciones de legalidad de un acto, sea para modificar y

suprimir los efectos de un derecho ya realizado. Fuera de esto no hay retroactividad”- como lo refiere la Corte de

Constitucionalidad en la Gaceta No. 20, expediente No. 364-90, página No. 19, sentencia 26-06-91.

Por lo que el presente acuerdo al mencionar que se aplicará a todas sus inversiones realizadas a partir del l de

enero de 1992, se refiere a que los beneficios del acuerdo solamente se aplicarán a los inversionistas que son de la

Federación de Rusia, fecha que mencionan, y no se aplicará aquellas personas de los estados que anteriormente

formaban parte de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas.

Consideraciones jurídicas:

La Constitución Política de la República menciona que es obligación del Estado promover el desarrollo

económico de la Nación estimulando la iniciativa en actividades en diversas naturalezas. Asimismo menciona que

Guatemala normará sus relaciones con otros estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticas

internacionales; mantendrá relaciones de cooperación con aquellos estados cuyo desarrollo económico, social y

cultural sea análogo con el propósito de encontrar soluciones y formular conjuntamente políticas tendientes al

progreso de las naciones.

En el Decreto 9-98, Ley de Inversión Extranjera menciona que Guatemala fomenta y promueve la inversión

extranjera, reconoce al inversionista extranjero el pleno derecho de uso, goce, disfrute y dominio de la propiedad

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 31 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

sobre su inversión, permite el acceso a la libre convertibilidad de moneda, y permite que la solución de

controversias se pueda someter a arbitraje si existe el convenio internacionalmente ratificado por Guatemala.

Respecto a lo anterior, la Carta Magna en la sección del régimen económico se menciona que es obligación

del Estado crear las condiciones adecuadas para promover la inversión de capitales nacionales y extranjeros; y sobre

la solución de conflictos mediante el arbitraje, el método debe ser aprobado por el Congreso de la República.

El Decreto 94-2000, Ley de Libre Negociación de Divisas, permite la libre disposición, tenencia,

contratación, remesa, transferencia, compra, venta, cobro y pago de y con divisas.

Respecto a la Expropiación, la legislación guatemalteca menciona en el Decreto 529 -Ley de Expropiación-

que el objeto de la expropiación es por causa de utilidad o necesidad pública, por interés social, la misma debe ser

en dinero y debe de comprender la satisfacción del valor del bien. La Constitución Política de la República

menciona que se podrá dar la expropiación por razones de utilidad colectiva, beneficio social o interés público

debidamente comprobada, y que dicho procedimiento debe sujetarse a la ley, y que el bien debe justipreciarse por

expertos.

De tal cuenta esta comisión concluye:

Que es apropiado el Acuerdo entre la República de Guatemala y el Gobierno de la Federación de Rusia para

la promoción y protección recíproca de Inversiones; y por lo antes mencionado se emite DICTAMEN

FAVORABLE para que el pleno del Congreso de la República decida conforme el artículo 171 literal a) y 1), de la

Constitución Política de la República.

DADO EN LA SALA DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES DEL CONGRESO DE LA

REPÚBLICA DE GUATEMALA, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL DÍA SIETE DEL MES DE AGOSTO

DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

Mario Taracena Díaz-Sol Presidente

Emmanuel Seidner Aguado Nineth Varenca Montenegro Cottom Vicepresidente Secretaria

Pedro Muadi Menéndez Manuel Alfredo Villacorta Mirón

Oliverio García Rodas Orlando Joaquín Blanco Lapola

Gudy Rivera Estrada Carlos Alberto Barreda Taracena

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 32 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

Amílcar de Jesús Pop Ac Carlos Enrique Mejía Paz

Julio César López Villatoro Mauro Guzmán Mérida

Carlos Santiago Nájera Sagastume

EL R. SEGUNDO VICEPRESIDENTE HERNÁNDEZ OVALLE, EN FUNCIONES DE

PRESIDENTE: A discusión en primer debate el dictamen y proyecto de decreto leído por Secretaría.

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: No habiendo discusión, se reserva para su trámite

siguiente.

Señores representantes, a esta Secretaría fue presentada lo siguiente:

MOCIÓN PRIVILEGIADA

Los abajo firmantes, diputados al Congreso de la República, proponemos la moción privilegiada:

“Para que de conformidad con el artículo 4 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, se apruebe

citar ante el honorable pleno al señor Augusto Jordán Rodas Andrade, procurador de los Derechos

Humanos, para tratar asuntos relacionados con su despacho; y que la misma tenga verificativo el día martes

veinte de los corrientes en la sesión ordinaria correspondiente.”

Guatemala, 13 de marzo de 2018

DIPUTADOS PONENTES: Luis Hernández Azmitia, Javier Hernández Franco, Felipe Alejos Lorenzana,

Estuardo Galdámez Juárez, Delia Bac Alvarado y Marco Pineda Castellanos.

EL R. SEGUNDO VICEPRESIDENTE HERNÁNDEZ OVALLE, EN FUNCIONES DE

PRESIDENTE: Señores representantes, en virtud de la moción privilegiada presentada, se somete a discusión la

misma.

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: No habiendo discusión, se entrará a votar.

EL R. SEGUNDO VICEPRESIDENTE HERNÁNDEZ OVALLE, EN FUNCIONES DE

PRESIDENTE: Se hace llamado a votación.

(LLAMADO A VOTACIÓN)

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 33 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Se abre a votación la aprobación de la moción

privilegiada presentada.

(SE REALIZA LA VOTACIÓN)

Señores representantes, se realiza el último llamado a votación.

(CONTINÚA LA VOTACIÓN)

Señores representantes, en este momento se cierra la votación.

El resultado de la votación es el siguiente:

VOTOS

- A favor: 85

- En contra: 33

- Diputados ausentes: 40

Por lo tanto, habiendo mayoría, queda aprobada la moción privilegiada para citar al procurador de los

Derechos Humanos.

b) Dictamen y proyecto de decreto que dispone aprobar la Participación de la República de Guatemala,

en los Aumentos de Capital Aprobados por la Junta de Gobernadores del Banco Internacional de

Reconstrucción y Fomento (BIRF), de conformidad con los términos de las resoluciones número 612

“Aumento selectivo del capital social autorizado de 2010 para mejorar las voces y la participación de

los países en desarrollo y en transición”; y 613 “Aumento general del capital del 2010”.

DICTAMEN

HONORABLE PLENO:

El cinco de agosto del año 2016, el pleno del Congreso de la República conoció y remitió a la Comisión de

Finanzas Públicas y Moneda, la iniciativa de ley número 5 086, la cual dispone Aprobar la participación de la

República de Guatemala, en los aumentos de capital aprobados por la Junta de Gobernadores del Banco

Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), de conformidad con los términos de las resoluciones número

612 “Aumento selectivo del capital social autorizado de 2010 para mejorar las voces y la participación de los países

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 34 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

en desarrollo y en transición”; y 613 “Aumento general del capital del 2010”; con el propósito de efectuar el análisis

y dictamen que en ley le corresponde y luego informe de los resultados a los señores representantes.

Por lo que con fundamento en lo que establecen especialmente los artículos 171, incisos a), de la

Constitución Política de la República de Guatemala y artículo 39 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, la

Comisión de Finanzas Públicas y Moneda de la VIII legislatura efectuó el estudio y análisis de la iniciativa de ley

en mención conforme a lo siguiente:

I. Antecedentes, justificación y contenido de la iniciativa:

El Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), fue creado en 1944 y de conformidad con su

convenido consultivo, fomenta el desarrollo sostenible de los países miembros y promueve la reducción de la

pobreza, mediante el otorgamiento de préstamos y asesoría técnica. Guatemala es uno de los países miembros

fundadores de dicho organismo, y su participación fue aprobada en el Decreto Número 212 del Congreso de la

República.

Guatemala ha participado en todos los aumentos de capital del BIRF. La participación más reciente fue

aprobada por medio de resolución JM-438-94, emitida por la Junta Monetaria el 21 de septiembre de 1994. En tal

virtud, con fundamento en dicha resolución y en el Decreto Número 72-95 del Congreso de la República, el Banco

de Guatemala asumió los compromisos y pagos derivados de la referida participación.

La Junta de Gobernadores de dicho organismo internacional, el 16 de marzo de 2011 aprobó dos aumentos

de capital, mediante las resoluciones siguientes: i) resolución número 612: Aumento efectivo del capital social

autorizado de 2010 para mejorar las voces y la participación de los países en desarrollo y en transición; y ii)

resolución número 613: Aumento general del capital de 2010, razón por la cual, y con la opinión de la Junta

Monetaria, la República de Guatemala deberá asumir la suscripción y pago de las acciones que le fueron asignadas

en ambos aumentos de capital.

Tomando en cuenta lo estipulado en las resoluciones números 612 y 613, para hacer efectiva su participación

en ambos aumentos de capital, Guatemala deberá proceder de la manera siguiente:

a) De conformidad con lo dispuesto en la resolución número 612 (Aumento selectivo de capital autorizado en

2010), deberá suscribir 250 acciones asignadas al país, en un plazo que vence el 16 de marzo de 2017, de

conformidad con la extensión del mismo que el Directorio Ejecutivo del BIRF le autorizó al país.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 35 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

Las referidas acciones se constituirán en capital exigible en un 100%, por lo que el país no deberá efectuar

pagos en efectivo. Consecuentemente, con el acto de suscripción, las mismas serán acreditadas como un

aporte de capital por parte de Guatemala.

b) De conformidad con lo dispuesto en la resolución número 613 (Aumento general de capital en 2010), deberá

suscribir las 601 acciones asignadas al país, en un plazo que vence el 16 de marzo de 2016. Una vez

suscritas las referidas acciones, el Banco de Guatemala deberá efectuar el pago de US$4 350.1 miles, que

corresponde al capital pagadero en efectivo cuyo plazo vence el 16 de marzo de 2016. De dicho monto

US$435.0 miles deberán pagarse en dólares de los Estados Unidos de América y US$3 915.1 miles en su

equivalente en moneda nacional.

En ambos casos para hacer efectiva la suscripción, el ministro de Finanzas Púbicas como gobernador titular

por la República de Guatemala ante el BIRF, de acuerdo con lo establecido en las resoluciones 612 y 613, deberá

firmar y emitir al BIRF los formularios de suscripción y un memorándum de ley que, para estos casos, utiliza dicho

organismo financiero internacional.

La Junta Monetaria, en resolución JM-10-2016, del 13 de enero de 2016, emitió opinión favorable sobre la

participación de Guatemala en los dos aumentos de capital aprobados por la Junta de Gobernadores del

BIRF, de conformidad con los términos de las resoluciones números 612 y 613 a que se ha hecho referencia.

De igual manera, autorizó al Banco de Guatemala para que posteriormente a la emisión del correspondiente

decreto del Congreso de la República, asuma los compromisos y efectué, en su oportunidad, los pagos en los

términos y condiciones contemplados en dichas resoluciones.

Con base en lo expuesto, es conveniente que Guatemala proceda, de conformidad con su derecho interno, a

aprobar la participación de Guatemala en los dos aumentos de capital del BIRF, mediante la emisión del

decreto respectivo.

Al respecto, se recibe en la sala de trabajo, oficio del Ministerio de Finanzas Públicas de fecha 15 de febrero

del 2018 donde “hace del conocimiento, que la resolución número 612, vencía el 16 de marzo de 2015, motivo por

el cual se solicitó una extensión de plazo, y al no ser aprobada, fue cancelada por vencimiento, el día 16 de marzo

de 2017. Asimismo, en relación a la resolución número 613, que originalmente vencía el 16 de marzo de 2016, se

obtuvo una extensión de plazo por dos años para su aprobación, y la nueva fecha limite vencerá el día 16 de marzo

de 2018.”

Además en dicha nota destaca que en la exposición de motivos se hace referencia a ambas resoluciones, y

que existe una discrepancia en el tiempo para el pago de los aumentos de capital, por lo que el señor ministro de

Finanzas Púbicas Julio Héctor Estrada presenta para consideración de los integrantes de la sala de trabajo, una

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 36 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

nueva propuesta de redacción de proyecto de decreto que permita la aprobación del “Aumento General del Capital

del 2010” contenido en la resolución 613.

Conclusiones:

En virtud que se ha recibido el oficio del señor ministro de Finanzas Públicas de fecha 15 de febrero del

2018, destacando que en relación a la resolución número 613, que originalmente vencía el 16 de marzo de 2016, se

obtuvo una extensión de plazo por dos años para su aprobación, y la nueva fecha limite vencerá el día 16 de marzo

de 2018, por lo que propone nueva redacción del proyecto de decreto. En ese mismo sentido, observando que la

República de Guatemala es miembro del BIRF, conforme el convenio constitutivo del mismo, aprobado por el

Decreto Número 212 del Congreso de la República de Guatemala. Además tomando en cuenta que la Junta de

Gobernadores del BIRF, el 16 de marzo de 2011, aprobó entre otros, la resolución número 613 “Aumento General

de Capital 2010”. Al mismo tiempo, que la Junta Monetaria mediante resolución JM-10-2016 del 13 de enero del

2016, emitió opinión favorable, entre otros, sobre la participación de Guatemala en el aumento de capital del BIRF

de conformidad con los términos de la resolución número 613; de la misma forma autorizo al Banco de Guatemala

para que, posteriormente a la emisión del decreto del Congreso de la República correspondiente, asuma los

compromisos y efectúe, en su oportunidad, los pagos en los términos y condiciones contemplados en dichas

resoluciones.

Por lo que con fundamento en los incisos a), i) y l) de los artículos 171, y 174 de la Constitución Política de

la República, la sala de trabajo dictamina sobre la base de la nota más reciente que se recibe del Ministerio de

Finanzas Públicas.

II. Dictamen:

Con fundamento en lo que establecen especialmente los artículos 149; 171, incisos a), i) y l); y 174; de la

Constitución Política de la República de Guatemala y, artículo 39 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo.

En tal virtud, se estatuye que la iniciativa de ley contiene elementos de importancia puesto que dispone Aprobar la

participación de la República de Guatemala, en el aumento general de capital, en los términos y condiciones

estipulados en la Resolución Número 613 de la Junta de Gobernadores de dicho organismo denominada “Aumento

General del Capital de 2010”, y consecuentemente, el aumento de la participación del país, mediante la suscripción

de 601 acciones por un total de US$72 501.6 miles. De este monto, 94.0% constituye capital exigible (US$68 151.5

miles) y 6.0% capital pagadero en efectivo (US$4 350.1 miles). De dicho 6.0%, US$435.0 miles (0.6%), se pagaran

en dólares estadounidenses, y US$3 915.1 miles (5.4%) en su equivalente en moneda nacional. Por lo que, con

apego a la información disponible y considerando que las aplicaciones del contenido de merito son oportunos para

el Estado de Guatemala, los integrantes de la Comisión de Finanzas Públicas y Moneda estiman procedente emitir

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 37 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

DICTAMEN FAVORABLE a la iniciativa de ley 5 086; y determinan elevar a consideración del honorable pleno

para que, de merecer su aprobación se convierta en ley de la República.

EMITIDO EN LA SALA DE LA COMISIÓN DE FINANZAS PÚBLICAS Y MONEDA, EN LA CIUDAD

DE GUATEMALA, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

Ferdy Ramón Elías Velásquez Presidente

Rudy Roberto Castañeda Reyes Mayra Alejandra Carrillo de León Vicepresidente Secretaria

Javier Alfonso Hernández Franco Joel Rubén Martínez Herrera

José Domingo Trejo de la Roca Carlos Santiago Nájera Sagastume

Gabriel Heredia Castro Oscar Armando Escribá Morales

Marvin Orellana López José Arturo Martínez Dell

Carlos Rafael Fión Morales Marco Antonio Orozco Arriola

EL R. SEGUNDO VICEPRESIDENTE HERNÁNDEZ OVALLE, EN FUNCIONES DE

PRESIDENTE: A discusión en primer debate el dictamen y proyecto de decreto leído por Secretaría.

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: No habiendo discusión, se reserva para su trámite

siguiente.

PUNTO SEXTO: Discusión por artículos y redacción final del proyecto de decreto que dispone

aprobar Ley de Día Nacional del Autismo.

EL R. SEGUNDO VICEPRESIDENTE HERNÁNDEZ OVALLE, EN FUNCIONES DE

PRESIDENTE: Señores representantes, el 22 de febrero fue aprobado en su tercer debate el proyecto de mérito,

por lo que se solicita a Secretaría continuar con la aprobación por artículos.

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Se leerá por artículos.

ARTÍCULO 1. Se declara el 2 de abril de cada año como el DÍA NACIONAL DEL AUTISMO

como un día conmemorativo para sensibilizar a la ciudadanía de los padecimientos de dicho trastorno, y contribuir a

generar mejores condiciones de atención a la población que padece la misma.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 38 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

EL R. SEGUNDO VICEPRESIDENTE HERNÁNDEZ OVALLE, EN FUNCIONES DE

PRESIDENTE: A discusión el artículo

EL R. SEGUNDO VICEPRESIDENTE HERNÁNDEZ OVALLE, EN FUNCIONES DE

PRESIDENTE: A discusión el artículo primero leído por Secretaría.

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: No habiendo discusión, se entrará a votar.

EL R. SEGUNDO VICEPRESIDENTE HERNÁNDEZ OVALLE, EN FUNCIONES DE

PRESIDENTE: Se realiza llamado a votación.

(LLAMADO A VOTACIÓN)

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Se abre a votación.

(SE REALIZA LA VOTACIÓN)

Señores representantes, se realiza el último llamado a votación.

(CONTINÚA LA VOTACIÓN)

Señores representantes, en este momento se cierra la votación.

El resultado de la votación es el siguiente:

VOTOS

- A favor: 88

- En contra: 16

- Diputados ausentes: 54

Por lo tanto, habiendo mayoría, queda aprobado el artículo 1.

ARTÍCULO 2. El 2 de abril de cada año, se realizarán actividades de socialización, divulgación,

caminatas, charlas, intercambios de experiencias del autismo en Guatemala. Las instituciones públicas que tengan

atribuciones directas de fomento, protección y prevención de la salud, deberán apoyar y participar, creando espacios

que colaboren en las actividades que fomenten la capacitación y concienciación en temas de AUTISMO.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 39 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: A discusión el artículo 2, leído por Secretaría.

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: No habiendo discusión, se entrará a votar.

EL R. SEGUNDO VICEPRESIDENTE HERNÁNDEZ OVALLE, EN FUNCIONES DE

PRESIDENTE: Se realiza llamado a votación.

(LLAMADO A VOTACIÓN)

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Se abre a votación la aprobación del artículo 2.

(SE REALIZA LA VOTACIÓN)

Señores representantes, se realiza el último llamado a votación.

(CONTINÚA LA VOTACIÓN)

Señores representantes, en este momento se cierra la votación.

El resultado de la votación, es el siguiente:

VOTOS

- A favor: 85

- En contra: 18

- Diputados ausentes: 55

Por lo tanto, habiendo mayoría, queda aprobado el artículo 2.

ARTÍCULO 3. El presente decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario

oficial.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: A discusión el artículo 3, leído por Secretaría.

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: No habiendo discusión, se entrará a votar.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Se realiza llamado a votación.

(LLAMADO A VOTACIÓN)

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 40 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Se abre a votación la aprobación del artículo 3.

(SE REALIZA LA VOTACIÓN)

Se realiza el último llamado a votación.

(CONTINÚA LA VOTACIÓN)

Señores representantes, en este momento se cierra la votación.

El resultado de la votación, es el siguiente:

VOTOS

- A favor: 85

- En contra: 16

- Diputados ausentes: 57

Por lo tanto, habiendo mayoría, queda aprobado el artículo 3.

Se leerá el preámbulo.

DECRETO NÚMERO

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que es deber del Estado de Guatemala organizarse para proteger a la persona y a la familia y poder alcanzar su fin

supremo como es la realización del bien común y poder garantizarle a los habitantes de la República la vida, la

libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.

CONSIDERANDO:

Que la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró por unanimidad el 2 de abril como Día Mundial de

Concienciación sobre el Autismo para poner de relieve la necesidad de mejorar la calidad de vida de los niños y

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 41 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

adultos con autismo para que puedan tener una vida plena y digna y que es de suma importancia que los niños con

trastornos del espectro de autismo usualmente demuestran problemas en el neurodesarrollo, deficiencia en la

interacción social, problemas en la comunicación y/o exhiben déficits en las habilidades cognitivas.

CONSIDERANDO:

Que las organizaciones que trabajan con este tipo de casos en Guatemala son pocas, no cuentan con los suficientes

recursos y personal para poder realizar jornadas de sensibilización, lo que hace necesario difundir, divulgar,

convocar y participar a la ciudadanía para generar mejores condiciones a los niños y adultos que padecen de dicha

enfermedad, por lo que debe declararse un día en específico para conmemorar la lucha contra dicha enfermedad.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171, literal a), y con base en lo que establecen los

artículos 134 y 237, de la Constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA:

La siguiente:

LEY DEL DÍA NACIONAL DEL AUTISMO

CAPÍTULO ÚNICO

A esta Secretaría fue presentado lo siguiente:

ENMIENDA POR SUSTITUCIÓN PARCIAL

Los abajo firmantes, proponemos la siguiente enmienda por sustitución parcial del preámbulo, del proyecto

de decreto con Número de Registro 5 394 de Dirección Legislativa, para que quede redactado de la manera

siguiente:

“Para que en el tercer considerando, en las dos veces que aparece la frase “dicha enfermedad” se

sustituya por la frase “dicha condición”.

Para que en el por tanto se suprima la frase: “y con base en lo que establecen los artículos 134 y 237”.

Para que después del nombre de la ley, se suprima la frase: “capítulo único”.”

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 42 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

Guatemala, 13 de marzo de 2018

DIPUTADO PONENTE: Oliverio García Rodas.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: A discusión el preámbulo y la enmienda leída por Secretaría.

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: No habiendo más discusión, se entrará a votar la

enmienda por sustitución parcial al preámbulo.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Se realiza llamado a votación.

(LLAMADO A VOTACIÓN)

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Se abre a votación.

(SE REALIZA LA VOTACIÓN)

Se realiza el último llamado a votación.

(CONTINÚA LA VOTACIÓN)

Señores representantes, en este momento se cierra la votación.

El resultado de la votación es el siguiente:

VOTOS

- A favor: 87

- En contra: 8

- Diputados ausentes: 63

Por lo tanto, habiendo mayoría, queda aprobada la enmienda por sustitución parcial al preámbulo.

Se entrará a votar el preámbulo con la enmienda incorporada.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Se realiza llamado a votación.

(LLAMADO A VOTACIÓN)

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Se abre a votación.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 43 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

(SE REALIZA LA VOTACIÓN)

Se realiza el último llamado a votación.

(CONTINÚA LA VOTACIÓN)

Señores representantes, en este momento se cierra la votación.

El resultado de la votación es el siguiente:

VOTOS

- A favor: 84

- En contra: 11

- Diputados ausentes: 63

Por lo tanto, habiendo mayoría, queda aprobado el preámbulo con la enmienda incorporada.

Se leerá en redacción final.

(LEE REDACCIÓN FINAL)

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: A discusión en su redacción final.

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: No habiendo discusión, se entrará a votar.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Se realiza llamado a votación.

(LLAMADO A VOTACIÓN)

LA R. SECRETARIA MARTÍNEZ HERNÁNDEZ: Se abre a votación la aprobación de la redacción

final.

(SE REALIZA LA VOTACIÓN)

Se realiza el último llamado a votación.

(CONTINÚA LA VOTACIÓN)

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 44 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

Señores representantes, en este momento se cierra la votación.

El resultado de la votación es el siguiente:

VOTOS

- A favor: 84

- En contra: 8

- Diputados ausentes: 66

Habiendo mayoría, queda aprobada la redacción final.

A este decreto le corresponde el número 6-2018.

(PAUSA)

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Tiene la palabra el diputado Martínez.

EL R. MARTÍNEZ DELL: Gracias, presidente. Quisiera pedirle verificación de cuórum, presidente, por

favor.

EL R. PRESIDENTE ARZÚ ESCOBAR: Secretaría, por favor, poner el tablero en cero.

(VERIFICACIÓN DEL CUÓRUM)

Señores representantes, no habiendo cuórum suficiente para continuar con el orden del día, esta presidencia

recuerda la sesión ordinaria para el día jueves 15 de los corrientes a partir de las 10:00 horas. Se levanta la sesión,

que tengan buena tarde.

(LAS 16:43 HORAS)

___________ * ___________

DIPUTADOS QUE NO ASISTIERON

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.

- 45 - DIARIO DE SESIONES

Guatemala, martes 13 de marzo de 2018

CON EXCUSA: Ronald Estuardo Arango Ordóñez, Edin Leonel Casasola Martínez, Byron Juventino

Chacón Ardón, Aracely Chavarría Cabrera de Recinos, Sandra Ester Cruz Ramírez, José Conrado García Hidalgo,

Eugenio Moisés González Alvarado, Claude Harmelin de León, José Alberto Hernández Salguero, Juan Ramón Lau

Quan, Ervin Adim Maldonado Molina, Gustavo Arnoldo Medrano Osorio, Félix Ovidio Monzón Pedroza, Hernán

Morán Mejía, Juan Carlos Josué Salanic García, Edgar Armando Sandoval Trigueros, Ronald Ramiro Sierra López.

SIN EXCUSA: Carlos Alberto Martínez Castellanos, Mario Taracena Díaz-Sol, José Rodrigo Valladares

Guillén.

Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.