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Diapositiva 1

Definicin del derecho y conceptos jurdicos fundamentales

integrantesGutirrez Ziga Silvia vernicaLinderos Hernndez Vctor cesreoTrinidad gaytan Juan Manuel Gonzlez Beas Ramn Ledezma Snchez AlejandroEspino Alvares PatriciaQue son las normas ?Es un termino que proviene de latn y significa escuadra.Es una regla que debe ser respetada y que permite ajustar ciertas conductas o actividades.En el mbito de derecho es un precepto jurdico.

Que son las Normas jurdicas Regla que regula el comportamiento de los individuos en la sociedad y cuyo incumplimiento se encuentra sancionado por el propio ordenamiento. Que son las normas morales ?Son aquellas normas que rige la conducta del ser humano en su relacin e interaccin con la sociedad, la moral se relaciona con el estudio de la libertad y abarca la accin del hombre en todas sus manifestaciones. Son normas autnomas, incoercible, unilateral e interna.LAS CATEGORAS JURDICAS O CONCEPTOS FUNDAMENTALES. El derecho, como objeto de reflexin filosfica, no se puede reducir a una mera tcnica de organizacin social, sino que es una manera de mirar y reflexionar acerca del ser humano. El derecho puede definirse en sentido amplio como la especfica actividad practica que garantiza, mediante la regulacin objetiva de los comportamientos interindividuales, la convivencia social. El derecho es una de las formas de la coexistencialidad; concretamente, la forma caoexistencial integrativo- incluyente, que, a travs del principio constitutivo de la regla, aplicable universalmente, permite reglamentar las relaciones interpersonales. LOS VALORES Y LOS FINES JURDICOS (LA ESTIMATIVA JURDICA). Desde la antigedad, la palabra VALOR se ha usado para indicar la utilidad o el precio de los bienes materiales y la dignidad o el merito de las personas. El uso filosfico de dicha palabra comienza solo cuando su significado se genera para indicar cualquier objeto de preferencia o de seleccin. El valor tiene un papel fundamental en la visin del derecho y se analiza en la axiologa jurdica con el nombre de estimativa jurdica

El derecho como:generan. Justicia.- es la constante y perpetua voluntad de dar (conceder) a cada uno su derecho.Sistema normativo.- es el ordenamiento jurdico constituido por un conjunto de reglas, pautas o leyes que regulan el comportamiento.Realidad social.- es as, la expresin de las sumas de todos los esfuerzos y actividades que realizan los individuos, as como de estructuras y procesos que estas mismas actividades El DERECHO NATURAL (lo racional - moral) Y EL DERECHO positivo (LO legal o establecido)SU IMPACTO EN LA ACTUALIDAD (DERECHO HUMANOS)El iusnaturalismo es una corriente filosfica y afirma que al menos una parte de las normas convencionales del Derecho y la moral estn asentadas en principios universales e inmutables; este conjunto de normas conforman el derecho natural. El origen de los principios del derecho natural, dependiendo del autor, es dado por Dios, la Naturaleza o la Razn. RemembranzaCon Iusnaturalismo, se designa un conjunto de doctrinas muy variadas, pero que tiene como denominador comn la creencia de que el Derecho "positivo" debe ser objeto de una valoracin con arreglo a un sistema superior de normas o principios que se denominan precisamente: Derecho natural.El Iusnaturalismo tiene tres tendencias fundamentales:El cosmolgico: Ley natural que rige la naturaleza.El teolgico: base religiosa, leyes vinculadas a la divinidad.El moderno o racionalista: Razn humana.12 DERECHO NATURALTeora tica con un enfoque filosfico, postula la existencia de derechos del hombre fundados o determinados en la naturaleza humana. Son anteriores, superiores e independientes al ordenamiento jurdico consultivo y al derecho fundado en la costumbre por derecho consuetudinario.Son los derechos que tiene todo ser humano por el simple hecho de haber nacido y nacen de la raz o esencia de la naturaleza humana colectiva o social.Ningn estado los puede otorgar ni los puede negar, son superiores e independientes a cualquier estado.

13La legitimidad de las leyes del derecho positivo dependen del derecho natural, pues una ley que haya sido promulgada por la autoridad competente cumpliendo con los requisitos formales exigibles, no es suficiente para que sea legitima.Sera legitima resistencia a la autoridad cuando intente imponer el cumplimiento de una ley que no es compatible con la ley natural y de ese modo se justifica la resistencia a la autoridad abusiva del estado.Concluyendo, existen principios de moralidad inmutables y universalmente verdaderos llamados leyes naturales, el contenido de dichos principios es cognoscible por el hombre empleando su razn. (el bien comn, )

Para los positivistas el legislador crea los derechos, para los iusnaturalistas, simplemente los reconoce. Por lo tanto si los omite, est obligado a incorporarlos.El positivismo afirma que slo es derecho aquello que est escrito en un ordenamiento jurdico. Por lo tanto, la nica fuente del derecho, el nico origen de la norma, se fundamenta en el hecho de que est por escrito y vigente en un pas, en un determinado momento histrico. Es lo que se conoce como la ley positivaSistema de normas emanadas de la autoridad competente y promulgada de acuerdo con el procedimiento de creacin del Derecho imperante en una nacin determinada. DERECHO POSITIVOEn sntesis, el Derecho Positivo es un conjunto de normas fundamentales dictadas por el Estado para el cumplimiento de sus fines, pero estas, para su validez, no pueden estar desprovista de los principios y valores fundamentales de carcter universal e inmutable que provienen del Derecho Natural.DERECHO NATURALEL SERDERECHO POSITIVOEL DEBER SERSon valores o principios que se encuentran en la conciencia de los hombres y en la naturaleza.Son universales y permanentes.Son normas jurdicas dictadas por el estado para regular las relaciones de los hombres en sociedad.Son temporales y rigen una comunidad determinada.Ambos principios deben complementarse entre s.El derecho positivo debe subordinarse al derecho natural 16Son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distincin alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o tnico, color, religin, lengua, o cualquier otra condicin. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminacin alguna. Estos derechos son Interrelacionados, indivisibles e interdependientes. DERECHOS HUMANOS Son herramientas que fomentan el respeto a la dignidad humana, los cuales son inherentes a la naturaleza de cada persona, ya que sin ellos no es posible realizarse plenamente como ser humano. "Son un conjunto de facultades e instituciones que en cada momento histrico concretan las exigencias de la libertad y la igualdad humana, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurdicos a nivel nacional e internacional"DERECHOS HUMANOS Teora de la JusticiaJohn RawlsConstruir una sociedad justa.EN LIBERTADES,OBLIGACIONES YDISTRIBUCIN DE RECURSOS.TEORA DE LA JUSTICIA DE John RawlsUTILITARISMOVS.Utilitarismo.DISTRIBUCIN DE LOS RECURSOS PARA..El bienestar comn es la satisfaccin de los deseos (los mexicanos son de los ms felices del mundo).Es justo que yo viva con un nivel de satisfaccin superior frente a un individuo socialmente marginado? El sentido comn de la moral dice NO.Incrementar las ganancias implica un sacrificio.

El Utilitarismo no considera a la persona como digna y valiosa en si misma.Teora de la justicia de John RawlsEl sentido de justicia es la capacidad moral que tenemos para juzgar cosa como justas, apoyar esos juicios en razones, actuar de acuerdo con ellos y desear que otros acten de igual modo.Las grandes instituciones definen cargos y posiciones, las cargas y beneficios, poderes e inmunidades. Es decir definen la adecuada distribucin de derechos y deberes.El Utilitarismo.

Teora de la justiciaImparcialidad.Velo de ignorancia.Principios.Poder y bien comnDesde la antigedad la idea del poder poltico ha estado vinculada a la del bien comn. Platn (428-347 a. C.) dise el Estado ideal de su Repblica teniendo en cuenta esta idea, desde la que pretendi inspirar el proyecto social que propuso. En la obra platnica la estructura sociopoltica encontr justificacin en la mxima aspiracin de realizar la idea del bienAristteles (384-322 a.C.) sigui en la apuntada direccin aunque sin la pretensin utpica de su maestro. Concibi al Estado como la resultante de una necesidad natural, la de vivir en sociedad, y vio su finalidad en el logro del bien comn, que defini como felicidad e identific con la vida virtuosa que se logra con la actividad contemplativa.Los latinos -sobre todo Cicern (106-43 a.C.) y Sneca (4 a.C.-65 d.C.) - se hicieron eco de estas ideas. El bonum commune estuvo presente en las ideas polticas de los estoicos, que tendieron a identificarlo con la vida virtuosa que creyeron poder alcanza viviendo en correspondencia con la naturaleza. Cicern interpret el bien comn en el sentido de utilidad pblica, sirvindole para diferenciar en su obra al verdadero gobierno o justo, del que no lo era.Maquiavelo (1469-1527) continu desarrollando la doctrina del bien comn, pero a diferencia de sus predecesores tendi a su desmoralizacin. En su doctrina la poltica adquiere un status propio, y en correspondencia con la naturaleza humana en la que predomina el vicio, no puede renunciar a ser viciosa para poder lograr sus fines.En todos estos casos, el bien comn, el inters comn o la utilidad pblica son cualitativamente diferentes y superiores a la suma de los bienes particulares de los individuos que los componen, de ah que estos ltimos deban subordinrseles, siendo el Estado en abstracto el garante de la subordinacin.leyAristteles: El comn consentimiento de la ciudad.Gayo: Es lo que el pueblo manda y establece.Aftalion: Es la norma general, establecida mediante la palabra por el rgano competenteKelsen: En sentido especfico, legislacin significa establecimiento de normas jurdicas generales, cualquiera que sea el rgano que lo realice.Planiol: Regla social obligatoria establecida con carcter permanente por la autoridad pblica y sancionada por la fuerza.Santo Toms: Ordenacin de la razn dirigida al bien comn y promulgada solemnemente por quien cuida a la comunidad.

legitimidades un trmino utilizado en lateora del Derecho, en la ciencia polticay enfilosofaque define la cualidad de ser conforme a un mandato legalCuando una norma jurdica es obedecida sin que medie el recurso al monopolio de la ley

legalidadCuando se habla de legalidad se hace referencia a la presencia de un sistema de leyes que debe ser cumplido y que otorga la aprobacin a determinadas acciones, actos o circunstancias, y como contrapartida desaprueba a otras tantas que afectan las normas establecidas y vigentes. La legalidad es, entonces, todo lo que se realice dentro del marco de la ley escrita y que tenga como consecuencia supuesta el respeto por las pautas de vida y coexistencia de una sociedad dependiendo de lo que cada una de ellas entienda por tal concepto.