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DIAGNÓSTICO DEL IMPACTO DEL DECRETO 2041 DE 2014 “POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL
TITULO VIII DE LA LEY 99 DE 1993 SOBRE LICENCIAS AMBIENTALES” EN LOS CONTRATOS DE
INFRAESTRUCTURA DE CARRETERAS POR MEDIO DE CONCESIÓN VIAL EN CASOS DE ESTUDIO.
JOSE DAVID HERNANDEZ AYALA
PROYECTO DE GRADO
MÁGISTER EN INGENIERIA CIVIL
INGENIERÍA Y GERENCIA DE LA CONSTRUCCIÓN
Asesor: CARLOS ALEJANDRO ARBOLEDA ARANGO
UNIVERSIDAD DE LOS ANDES
FACULTAD DE INGENIERÍA
DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA CIVIL Y AMBIENTAL
BOGOTÁ, 2015
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Agradecimientos.
A mi esposa María Carolina Lora, mi estímulo y mejor consejera para llevar a cabo mis propósitos.
A mi familia y en especial a mi madre Ana Claudia Hernández, por su constante e incondicional
apoyo.
Al asesor Carlos Alejandro Arboleda por su retroalimentación y orientación atenta y adecuada.
A los asesores externos Oscar Vargas y Diana Ocampo por su disposición y tiempo.
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Tabla de contenido
Agradecimientos. .................................................................................................................................. 1
Listado de Ilustraciones ...................................................................................................................... 4
Listado de Tablas................................................................................................................................... 4
Listado de Ecuaciones .......................................................................................................................... 4
Componente Introductorio. ............................................................................................................... 5 Alcance del Capítulo. ........................................................................................................................................ 5 Introducción. ...................................................................................................................................................... 5 Objetivos. ............................................................................................................................................................. 6
Objetivo General: ........................................................................................................................................................... 6 Objetivos Específicos: .................................................................................................................................................. 6
Metodología. ....................................................................................................................................................... 6
Revisión Literaria. ................................................................................................................................ 9 Alcance del Capítulo. ........................................................................................................................................ 9 Desarrollo Revisión Literaria. ...................................................................................................................... 9
Evolución Normativa Colombiana en Materia de Licencias Ambientales. ...................... 15 Alcance del Capítulo. ..................................................................................................................................... 15 Desarrollo Evolución Normativa. ............................................................................................................. 15 Procedimiento General Para El Licenciamiento Ambiental. .......................................................... 17 Cambios Entre El Decreto 2041 De 2014 Y El Decreto 2820 De 2010. ....................................... 23
Diferencias En La Normatividad Entre Proyectos De Infraestructura Vial Y Otros Proyectos De Obra Civil..................................................................................................................... 27
Alcance del Capítulo. ..................................................................................................................................... 27 Diferencias De Normatividad Entre Los Diferentes Proyectos De Infraestructura. .............. 27
Normatividad Y Su Aplicación, Diferencias Halladas En Casos De Estudios. ................. 33 Alcance del Capítulo. ..................................................................................................................................... 33 Aplicación Del Decreto 2820 De 2010 En Casos De Estudio. .......................................................... 33 Aplicación Del Decreto 2041 De 2014 En Casos De Estudio. .......................................................... 37 Diferencias En La Aplicación De Los Decretos 2820 De 2010 Y 2041 De 2014. ...................... 40
Impactos Derivados De La Implementación Del Decreto 2041 De 2014 ......................... 41 Alcance del Capítulo. ..................................................................................................................................... 41 Costos Asociados A Demoras En Licenciamiento Ambiental Bajo El Decreto 2820 De 2010. .............................................................................................................................................................................. 41 Costos Asociados A Variación En Los Tiempos De Licenciamiento Ambiental Bajo El Decreto 2041 De 2014. ................................................................................................................................ 45
Conclusiones y Recomendaciones ................................................................................................. 47 Futuras Líneas de Investigación. .............................................................................................................. 49
Bibliografía ............................................................................................................................................ 51
Anexos ..................................................................................................................................................... 55 Anexo 01 Presupuesto Resumido Caso de Estudio (USD) ............................................................... 55 Anexo 02 Cronograma de costos Indirectos concesión vial (USD) .............................................. 57 Anexo 03 Presupuesto por insumo (USD) ............................................................................................ 63
Listado de Ilustraciones
Ilustración 1 Proceso Diagnóstico Ambiental de Alternativas ........................................................................... 22 Ilustración 2 Proceso Estudio de Impacto Ambiental ............................................................................................ 23 Ilustración 3 Costo Indirecto Pre-construcción ........................................................................................................ 43 Ilustración 4 Costo Construcción .................................................................................................................................... 44
Listado de Tablas
Tabla 1 Aspectos para determinar la Necesidad de presentar el Diagnóstico Ambiental de Alternativas. .................................................................................................................................................................. 21
Tabla 2 Cuadro Comparativo Decretos. ........................................................................................................................ 25 Tabla 3 Cuadro Proyectos que necesitan Licencia Ambiental. ........................................................................... 27 Tabla 4 Solicitud de Pronunciamiento Diagnóstico Ambiental de Alternativas. ......................................... 30 Tabla 5 Solicitudes de Licenciamiento a gestionar en las vigencias 2012 a 2014. ..................................... 33 Tabla 6 porcentaje de respuesta a solicitudes de licenciamiento en las vigencias 2012 a 2014. ........ 34 Tabla 7 Estado de las solicitudes con vigencia 2012 a 2014. .............................................................................. 34 Tabla 8 Solicitudes de Licenciamiento a gestionar en las vigencias 2012 a 2014 Sector
Infraestructura. ............................................................................................................................................................ 34 Tabla 9 Porcentaje de respuesta a solicitudes de licenciamiento en las vigencias 2012 a 2014 Sector
Infraestructura. ............................................................................................................................................................ 35 Tabla 10 Estado de las solicitudes con vigencia 2012 a 2014 Sector Infraestructura.............................. 35 Tabla 11 Tiempos de Respuesta para casos de estudio decreto 2820 de 2010. ......................................... 36 Tabla 12 Tiempos de Respuesta para casos de estudio decreto 2041 de 2014. ......................................... 39 Tabla 13 Costo mensual promedio Indirecto. ............................................................................................................ 42 Tabla 14 Variación de Costos asociados a demoras en trámites de licenciamiento ambiental. ........... 46 Tabla 15 Presupuesto caso de estudio concesión vial ........................................................................................... 55 Tabla 16 Cronograma de costos Indirectos concesión vial .................................................................................. 57 Tabla 17 Presupuesto por insumo de concesión vial ............................................................................................. 63
Listado de Ecuaciones Ecuación 1 Costo de un atraso promedio con promedio mensual de costo. ................................................. 43 Ecuación 2 Costo de un atraso promedio con el costo mensual del último mes. ........................................ 43 Ecuación 3 Costo de un atraso crítico con promedio mensual de costo. ........................................................ 43 Ecuación 4 Costo de un atraso crítico con el costo mensual del último mes. ............................................... 43 Ecuación 5 Costo de un atraso promedio con promedio mensual de costo. ................................................. 44 Ecuación 6 Costo de un atraso crítico con promedio mensual de costo. ........................................................ 44 Ecuación 7 Costo de un atraso promedio con promedio mensual de costo. ................................................. 45 Ecuación 8 Costo de un atraso promedio con el costo mensual del último mes. ........................................ 45 Ecuación 9 Costo de un atraso crítico con promedio mensual de costo. ........................................................ 45 Ecuación 10 Costo de un atraso crítico con el costo mensual del último mes. ............................................ 45 Ecuación 11 Costo de un atraso promedio con promedio mensual de costo. .............................................. 45 Ecuación 12 Costo de un atraso crítico con promedio mensual de costo. ..................................................... 45
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ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Componente Introductorio.
Alcance del Capítulo.
Este componente abarca la introducción al proyecto de grado así como el propósito del mismo, para
luego plasmar los objetivos que persigue el presente trabajo junto con la metodología a
implementar en pro de darles alcance.
Introducción.
Desde finales del siglo pasado ha sido de gran relevancia el desarrollo normativo que ha tenido en
la legislación colombiana el tema de licencias ambientales, lo anterior amparado primordialmente
en la importancia constitucional que tiene el derecho a gozar de un ambiente sano (CONSTITUCION
POLITICA, ARTICULO 79, 1991), lo trascendental de la problemática ambiental a nivel global y la
imperiosa necesidad de lograr un desarrollo sostenible óptimo, definido como aquel que “conduce
al crecimiento económico, a la elevación de la calidad de vida y al bienestar social, sin agotar la base
de los recursos naturales renovables en que se sustenta, ni deteriorar el medio ambiente o el derecho
de las generaciones futuras a utilizarlo para la satisfacción de sus propias necesidades” (LEY 99 de
1993, Artículo 3)
En este orden de ideas y teniendo en cuenta que medio ambiente sano, desarrollo económico y
equilibrio ecológico son conceptos intrínsecamente relacionados, resulta indispensable conocer
previo a la etapa de ejecución de una obra infraestructura, la influencia que ejerce sobre ese
proyecto la normatividad ambiental expedida para el efecto, pues es muy común evidenciar en
ciertas obras de infraestructura, dadas la características de los lugares donde se pretenden ejecutar,
que estas se vean afectadas por demoras excesivas o complicaciones en los trámites de
licenciamiento ambiental que ocasionan entre otras cosas retrasos, paralizaciones y costos no
presupuestados. Lo que ha generado sentimientos de desinterés en los grandes inversionistas en
hacer parte de los contratos de Alianzas Público Privadas nacionales.
De acuerdo con esto y partiendo de la premisa que todo cambio regulatorio en materia ambiental
incide en el desarrollo económico y social de un país, el Gobierno, en aras de incentivar a los
grandes inversionistas, expidió recientemente el Decreto 2041 de 2014, que tiene como propósito,
entre otros, agilizar el trámite para la obtención de licencias ambientales, el cual ha sido objeto de
distintas controversias entre diferentes sectores (político, ambiental, económico, social, entre
otros) y fundamento de estudio en este trabajo.
Objetivos.
Objetivo General:
1. Realizar un diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 en contratos de concesión del
sector de infraestructura de carreteras.
Objetivos Específicos:
1. Documentar las diferencias derivadas de la implementación del Decreto 2041 de 2014.
2. Realizar un paralelo entre la aplicación del Decreto 2041 de 2014 en los contratos de
infraestructura de carreteras y la aplicación de este en otras áreas.
3. Determinar el impacto económico que presupone la implementación de esta
reglamentación en los contratos de infraestructura de carreteras.
Metodología.
Con el fin de cumplir con los objetivos antes planteados, se definen los siguientes procesos para
satisfacer dicho fin:
Se investigará la evolución normativa expedida en Colombia en materia de licencias ambientales,
así como una revisión literaria de los distintos análisis hechos por otros autores al respecto.
Se documentarán las diferencias que pudiesen existir en el Decreto 2041 de 2014 entre la
normatividad para contratos de infraestructura de carreteras y otro tipo de contratos de obra civil
especificados en este Decreto.
Se realizará un diagnóstico sobre la efectividad en la aplicación de los procedimientos establecidos
en la normatividad de la Agencia Nacional de Licencias Ambientales en materia de otorgamiento de
licencias para los contratos de infraestructura de carreteras, puntualmente aquellos casos
expedidos bajo el Decreto 2820 de 2010, para luego realizar un paralelo entre estos y los
procedimientos establecidos para casos expedidos bajo el Decreto 2041 de 2014
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Se analizará y se concluirán los impactos positivos o negativos derivados específicamente de la
implementación del Decreto 2041 de 2014, así como los costos provenientes de estos impactos en
un proyecto de infraestructura de carreteras.
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ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Revisión Literaria.
Alcance del Capítulo.
A través del presente componente se pretende alcanzar un conocimiento crítico sobre el tema que
nos ocupa, por medio del análisis de varios textos, cuyos aportes son fundamentales en el
desarrollo de este trabajo y en los cuales se evidencian los distintos puntos de vista acerca de la
implementación del Decreto 2041 de 2014, tendientes a comprender el impacto ambiental que
implica el otorgamiento de la licencia ambiental y no simplemente cuestionar dicho procedimiento
como un obstáculo para el desarrollo.
Desarrollo Revisión Literaria.
En este orden de ideas, resulta indispensable traer a colación las siguientes opiniones:
Juan Fernando Romero Tobón, autor de “Un mundo licenciado o licencioso: el licenciamiento y
la protección administrativa del ambiente en Colombia” desarrolla una postura interesante
sobre el proceso de licenciamiento ambiental previsto en el Decreto 2041 de 2014; la cual es
menester poner de presente a fin de evidenciar los aspectos negativos y positivos del proceso de
licenciamiento, objeto de estudio en este trabajo.
En este orden de ideas, el principal objetivo del texto es evidenciar como el proceso de
licenciamiento ambiental previsto en nuestra legislación, no acoge los principios ambientales
contenidos en la Constitución Política de 1991, caracterizada como una constitución ecológica
(Sentencia C-283/14, 2014) y en cuyo texto constitucional se plantea una serie de límites y
autoridades encargadas de velar por la protección y defensa del medio ambiente; ni conduce a una
justicia ambiental eficiente, por medio de la cual se mitiguen y reduzcan los riesgos y daños
ambientales, pues el establecer un término tan reducido para conceder las licencias ambientales,
trae como consecuencia que su otorgamiento carezca de una revisión exhaustiva de los posibles
daños que podrían llegar a generarse, así como el nivel de impacto social, económico y ambiental
que produce la ejecución del proyecto a evaluar (Romero Tobón, 2015).
De igual forma, el autor plantea que una de las razones primordiales de dicho modificación
legislativa, se sustenta en el concepto de desarrollo, aclarando en este punto que un proceso de
licenciamiento diligente y responsable no impide el acceso al ambiente por parte de los seres
humanos, ni el desarrollo, pero si limita las formas de acceso que son depredatorias de aquel.
Adicionalmente afirma que “es importante revisar el actual esquema de licenciamiento frente al
planteamiento de justicia ambiental, pues un proceso de licenciamiento ambiental supone un
análisis inter, multi y transdisciplinar del operador jurídico; análisis jurídico que no puede ser
remplazado o ignorado por prácticas institucionales de reducción de tiempo en busca de eficacia
y/o eficiencia (principios de la gestión administrativa)” (Romero Tobón, 2015).
Ahora bien, particularmente sobre el Decreto en cuestión señala principalmente:
1. Se ha reducido el ámbito de proyectos, obras o actividades que son susceptibles de licencia,
lo que, sin duda, limita la protección administrativa pues muchos proyectos, obras y
actividades no requieren licencia a pesar del impacto que producen.
2. En relación con el trámite, de los denominados estudios ambientales, el Diagnóstico de
Alternativas Ambientales –DAA- y el Estudio de Impacto Ambiental –EIA- (arts. 56 y 57 de la
Ley 99 de 1993, arts. 13, 17 a 22 del Decreto 2041) son presentados por el interesado ante
la autoridad ambiental, es decir, la Autoridad Ambiental cede al particular la elaboración del
pilar básico, grado de afectación de su proyecto, y sólo, eventualmente, verificará la
información sobre la cual se soporta.
3. La celeridad de que se habla, constituye sólo un deseo, pues, en Estados Unidos el trámite
puede ser entre treinta y seis (36) y ochenta y cuatro (84) meses al paso que en Australia
está entre doce (12) a treinta y seis (36) meses y en Canadá corresponde a un mínimo de
seis (6) meses. En el entorno latinoamericano, países como Ecuador destinan entre seis (6)
a diez (10) meses en el trámite y en Perú puede llegar a veinticuatro (24) meses. Chile es el
país con un menor tiempo (cuatro (4) meses) (LA SILLA VACIA, 2013).
Así las cosas, conforme los argumentos anteriormente expuestos el autor concluye que el proceso
de licenciamiento no está enmarcado en su real defensa del medio ambiente, sino en una cotidiana
ofensa al no tenerse un tiempo prudencial, dentro del cual pueda existir un verdadero
dimensionamiento de los daños que se producen, derivando en ultimas en ser considerado dicho
procedimiento como inconstitucional.
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Bajo un criterio parecido, Rodrigo Elías Negrete Montes presentó demanda de nulidad y solicitud de
suspensión provisional al Consejo de Estado, por considerar inconstitucional el Decreto 2041 de
2014 (Negrete Montes, Solicitud de suspensión provisional del Decreto 2041 de 2014, 2014).
De igual forma, es importante mencionar las precisiones hechas por Manuel Rodríguez Becerra
como primer ministro de ambiente del país y como presidente-fundador del Foro Nacional
Ambiental; En su escrito “el ambientalismo radical” el autor inicia el texto con el siguiente
interrogante; “¿Por qué se condena al país a aprobar en plazo tan ridículo proyectos de alta
complejidad, como La Colosa o una hidroeléctrica?”, para luego asociar las políticas ambientales del
gobierno con la necesidad superior de “seguridad jurídica del inversionista”, dejando a un lado la
protección ambiental. Al respecto, el autor pone de presente que aunque en el último gobierno fue
separada la cartera de ambiente de la de vivienda, el presupuesto del ministerio de ambiente llega a
un tercio del presupuesto de este ministerio en 1998.
Por último, el autor reconoce que el Decreto 2041 implementó varias correcciones positivas
solicitadas por la Sociedad Colombiana de Ingenieros, pero pese a eso, no modifica lo que es más
importante para él que son los tiempos que tiene la autoridad ambiental para evaluar la viabilidad
en términos ambientales del proyecto, regresando con esto a la pregunta con que inició el texto y es
la igualdad en la parametrización de los tiempos para todo tipo de proyectos, sin importar el grado
de complejidad que pueden tener alguno de estos (Rodríguez Becerra, 2014).
En este sentido, Gloria Amparo Rodríguez en su documento “Las licencias ambientales y su proceso
de reglamentación en Colombia” expone como la reglamentación ambiental ha sufrido muchísimos
cambios, y la autora asevera que estos han estado orientados para convertir las exigencias en más
laxas, y desarrolla su idea en varios ejemplos como el Decreto 883 de 1997 donde se pretendía que
un documento de alcance similar a un Plan de Manejo Ambiental permitiera iniciar un proyecto, o
como en la Ley 685 de 2001 (Código de minas) “que incorporaba un procedimiento propio para el
licenciamiento ambiental de la minería que se destaca que la autorización sólo sería negada por
causales previstas en dicha norma” (Rodriguez, 2011).
Así mismo, siendo el Decreto 1753 de 1994 el primero en definir las actividades que requerían
licencia ambiental, la autora expone como posteriormente a este se han venido haciendo
modificaciones a este listado en aras de flexibilizarlo, muchas de estas modificaciones han sido
declaradas nulas (Rodriguez, 2011), pero como informa la Contraloría General de la República “es
evidente y preciso indicar que, durante la vigencia de los decretos mencionados, una importante
cantidad de proyectos y actividades obtuvieron la licencia ambiental, con solo el registro de los
planes de manejo ante las autoridades ambientales competentes y sin que tuvieran un proceso
objetivo riguroso de evaluación y licenciamiento. Sobre esta base, es evidente la falta de una política
de Estado frente al licenciamiento ambiental, reflejada en el hecho de que la normatividad expedida
carece de la realización de estudios técnicos rigurosos que analicen, evalúen y justifiquen las
modificaciones y los ajustes realizados en cada decreto y cada resolución expedida (Contraloría
General de la República, 2006)”
Por otro lado, María Paula García en su artículo “Verdades y mentiras del nuevo Decreto de
licencias ambientales” enuncia los impactos positivos del nuevo Decreto y aclara lo que considera
mentiras sobre el Decreto, afirmando los siguientes postulados:
Sobre la supuesta disminución de tiempos: “El plazo es el mismo, pero lo que se pretende es
cumplirlo, pues la demora en la decisión por parte de las autoridades ambientales toma
incluso años, generando la parálisis de los proyectos e impidiendo el dinamismo de las
diferentes industrias.” (García, 2014)
Sobre la oralidad: “ayuda a disminuir trámites y a agilizar tiempos; algunos consideran que
podría convertirse en un encuentro privado en el que se amañen ciertas condiciones del
licenciamiento, lo que es errado, pues implica partir de la mala fe de la autoridad y del
particular. En todo caso, para efectos de la participación de las comunidades, habría sido
preferible que se establecieran como audiencias públicas.” (García, 2014)
Sobre los requerimientos de información adicional: “por una sola vez, pues esto evita que se
continúe con la práctica por parte de los solicitantes de presentar estudios deficientes para
ir corrigiéndolos en el camino; y por parte de las autoridades, de requerir varias veces
información distinta, o incluso la misma, alargando el proceso.” (García, 2014)
De acuerdo con lo anterior, la autora se refiere a esos y otros puntos más, posicionándose sobre las
posibles bondades del nuevo Decreto.
Ahora bien, es importante resaltar lo plasmado en el artículo “Risk management framework for
construction projects in developing countries” (Shou Qing Wang, Mohammed Fadhil Dulaimi, &
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Muhammad Yousuf Aguria, 2010), en el cual los autores realizan un análisis sobre los riesgos que un
inversor debe tener en cuenta para proyectos de construcción en países en vía de desarrollo entre
los cuales se encuentran:
Aprobaciones y permisos: demoras o rechazos de permiso y/o aprobaciones de proyectos
por el gobierno local.
Cambios en leyes: aplicación incoherente del gobierno local de nuevas regulaciones y leyes.
Protección del medio ambiente: regulación estricta que tendrá un impacto en la atención
por parte de las constructoras de las cuestiones ambientales.
El autor enumera en total un listado de 28 riesgos, centrándose en particular en los enunciados
anteriormente; de igual forma clasifica los riesgos conforme el grado de criticidad, siendo los dos
primeros los de mayor nivel, mientras que el tercero fue el menos critico de toda la lista. Al respecto
el autor establece medidas de mitigación para estos riesgos enfocadas a realizar acciones,
anteriores a participar en este tipo de contrato, acciones determinadas a influenciar al agente
externo para hacer cambios que favorezcan la mitigación del riesgo.
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Evolución Normativa Colombiana en Materia de Licencias
Ambientales.
Alcance del Capítulo.
El presente componente tiene como objetivo documentar primero una mirada histórica a la
evolución normativa ambiental en materia de licencias ambientales, para luego terminar con un
comparativo entre los cambios implementados en el Decreto 2041 de 2014 en relación con el
Decreto 2820 de 2010 y documentar cómo estos cambios pueden afectar los tiempos para el
trámite de licenciamiento ambiental en proyectos de infraestructura de carreteras.
Desarrollo Evolución Normativa.
En este sentido como primera medida es ineludible hacer referencia a las dos grandes reformas se
han realizado en el país con ocasión a la implementación de la política pública ambiental, tal y como
lo define (BECERRA, 2009) la primera de ellas en los años 70, la cual tuvo como antecedente la
Conferencia de Estocolmo sobre Medio Ambiente Humano, que marcó formalmente el inicio de la
gestión ambiental en Colombia y tuvo como resultado la expedición del Código de los Recursos
Naturales Renovables y del Medio Ambiente, cuya novedad primordial fue la institucionalización de
la protección al medio ambiente, y la reorientación de las organizaciones existentes. EL INDERENA
(Instituto de los Recursos Naturales Renovables y del Medio Ambiente) como una de las
organizaciones preexistentes se estableció como la primera autoridad ambiental con jurisdicción a
nivel nacional y a nivel departamental las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) fueron
revestidas de autonomía para establecer políticas ambientales de manera sectorial.
Ahora bien, a pesar del auge que tuvieron estas instituciones a finales de los años 70 comenzaron a
debilitarse; al INDERENA debido a la creación de nuevas CAR le redujeron su jurisdicción,
debilitando de esta forma su mandato a nivel nacional, así mismo le fueron revocadas varias
competencias ambientales fundamentales y tuvo una disminución considerable en la asignación del
presupuesto, que conllevó la reducción de personal y en consecuencia, un debilitamiento técnico
(BECERRA, 2009). Por otra parte, las CAR le dieron mayor prioridad a su visión de desarrollo
regional, en detrimento de su función de gestión ambiental, lo que trajo como consecuencia su
declive. Este debilitamiento en las instituciones fue el resultado en primer lugar de la reducción de
la importancia para el estado del tema ambiental, pues se dio prioridad a la visión de desarrollo,
como respuesta a la oposición ejercida por las diferentes organizaciones del sector productivo del
país, quienes consideraban la normativa ambiental como un obstáculo para el desarrollo
económico.
La segunda gran reforma fue a partir de los años 90, catalogada como la principal respuesta de
Colombia a la conferencia de Naciones Unidas sobre medio ambiente y desarrollo celebrada en Río
de Janeiro en 1992; en dicha reforma se constitucionalizó el tema ambiental pues se fortaleció la
normatividad ambiental a través de más de 50 artículos plasmados en la Constitución Política de
1991 que incorporaron el concepto de desarrollo sostenible. En este marco se promulgó la Ley 99
de 1993, que desde su expedición reglamentó en el Título VIII todo lo relacionado con Licencias
Ambientales. Este título ha sido modificado en varias ocasiones, de las cuales las relevantes para
este trabajo son: el Decreto 2820 de 2010 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de
1993 sobre licencias ambientales” (DECRETO 2820, 2010) y siendo su última reforma el Decreto
2041 de 2014, que ha sido llamado el Decreto de las “licencias exprés”. En este punto es menester
resaltar el Decreto 3573 de 2011 “por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales -ANLA- y se dictan otras disposiciones.” “Organismo técnico con autonomía
administrativa y financiera encargada del estudio, aprobación y expedición de licencias, permisos y
trámites ambientales que contribuirá a mejorar la eficiencia, eficacia y efectividad de la gestión
ambiental y al desarrollo sostenible” (DECRETO 3573, 2011) cuya competencia se encontraba en
cabeza, conforme al artículo 51 y 52 de dicha ley en el Ministerio del Medio Ambiente.
Este Decreto se produjo ante la necesidad que expresó el Gobierno del presidente Santos “de
disminuir los tiempos de la evaluación ambiental de los proyectos, sin perturbar el entorno
ambiental y cumpliendo con los principios de desarrollo sostenible” (EL ESPECTADOR, 2014),
expresado igualmente en el Plan de Acción del COMPES 3762 “lineamientos de política para el
desarrollo de Proyectos de Interés Nacional y Estratégicos – PINES” donde señala como una de
estas la modificación del decreto 2820 de 2010 (COMPES 3762, 2013). Dicho pronunciamiento se
justifica en los procesos de licenciamiento que tomaban más de lo previsto para su consecución, los
cuales fueron calificados de burocráticos y engorrosos por muchos sectores que a su vez sostenían
que dichos procedimientos constituían un obstáculo para el crecimiento económico; prueba de ello
son las distintas declaraciones realizadas por privados interesados en la reducción de los términos,
como por ejemplo la de Ronald Pantin, gerente general de Pacific Rubiales, quien aseguró que “el
ritmo de concesión de las licencias ambientales estaba frenando al sector petrolero en Colombia”
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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(LA SILLA VACIA, 2013). Bajo estas consideraciones el 15 de octubre de 2014 se expidió el Decreto
2041, a través del cual el Gobierno buscó darle solución a la problemática planteada.
Procedimiento General Para El Licenciamiento Ambiental.
En primer medida se procederá a aclarar los términos y la estructura del procedimiento del
licenciamiento ambiental. Como reza el artículo 3º del Decreto 2041 de 2014:
“La licencia ambiental es la autorización que otorga la autoridad ambiental competente para
la ejecución de un proyecto, obra o actividad, que de acuerdo con la ley y los reglamentos, pueda
producir deterioro grave a los recursos naturales renovables, o al medio ambiente, o introducir
modificaciones considerables o notorias al paisaje; la cual sujeta al beneficiario de esta, al
cumplimiento de los requisitos, términos, condiciones y obligaciones que la misma establezca en
relación con la prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales
del proyecto, obra o actividad autorizada.”
Para el otorgamiento de una licencia ambiental, el decreto aclara qué procedimiento debe seguir
cada clase de proyecto, obra o actividad y qué tipo de estudio ambiental necesita. El artículo 13 del
Decreto 2041 de 2014 establece los siguientes estudios así:
“Los estudios ambientales a los que se refiere este título son el diagnóstico ambiental de
alternativas y el estudio de impacto ambiental, que deberán ser presentados ante la autoridad
ambiental competente. “
Estos a su vez son definidos por el artículo 17 y 21 del Decreto 2041 de 2014 de la siguiente
manera:
“El diagnóstico ambiental de alternativas (DAA), tiene como objeto suministrar la información
para evaluar y comparar las diferentes opciones que presente el peticionario, bajo las cuales sea
posible desarrollar un proyecto, obra o actividad. Las diferentes opciones deberán tener en cuenta el
entorno geográfico, las características bióticas, abióticas y socioeconómicas, el análisis comparativo
de los efectos y riesgos inherentes a la obra o actividad; así como las posibles soluciones y medidas de
control y mitigación para cada una de las alternativas.“
“El estudio de impacto ambiental (EIA) es el instrumento básico para la toma de decisiones
sobre los proyectos, obras o actividades que requieren licencia ambiental y se exigirá en todos los
casos en que de acuerdo con la ley y el presente reglamento se requiera. Este estudio deberá ser
elaborado de conformidad con la Metodología General para la Presentación de Estudios Ambientales
de que trata el artículo 14 del presente decreto y los términos de referencia expedidos para el efecto.”
Para el caso a desarrollar, según el artículo 18 numerales 12 y 13 del Decreto 2041 de 2014, La
construcción de carreteras, los túneles y demás infraestructura asociada a la red vial nacional,
secundaria y terciaria y la construcción de segundas calzadas, están obligados en primera medida a
formular petición por escrito dirigida a la autoridad ambiental competente1, en la cual solicite que
se determine si el proyecto, obra o actividad requiere o no de la elaboración y presentación de
Diagnóstico Ambiental de Alternativas – DAA. Si llegase a ser necesario el DAA la autoridad
competente evaluará minuciosamente las alternativas presentadas, en aras de escoger la más
adecuada, para que con base en la seleccionada el solicitante realice Estudio de Impacto Ambiental
(EIA), y a partir de ambos tramites decidir sobre la procedencia del otorgamiento de la licencia
ambiental.
Ahora bien, de no requerirse DAA, el interesado en obtener licencia ambiental deberá radicar ante
la autoridad ambiental competente un EIA, de cuya evaluación depende el otorgamiento de la
licencia ambiental.
En este orden de ideas, es procedente determinar los aspectos importantes a tener en cuenta, sobre
cada uno de los pasos necesarios para llevar a cabo cada uno de los estudios referenciados
anteriormente.
Al respecto es pertinente señalar que tanto Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA) como el
Estudio de Impacto Ambiental (EIA) deberán ser elaborados conforme los lineamientos
establecidos en los términos de referencia y metodología general para la presentación de estudios
ambientales, puestos a disposición del interesado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible. En este punto es importante puntualizar que si para el caso concreto no existen
términos de referencia aplicables, la autoridad ambiental competente podrá adaptarlos a las
1 Si se trata de proyectos de la red vial nacional corresponde a la ANLA conocer sobre el asunto; si
son red vial secundaria y terciaria corresponde a las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR).
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
19
particularidades del proyecto, obra o actividad, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la
presentación de la solicitud2.
Ahora bien, particularmente respecto al Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA), el artículo 19
del referido decreto señala que este deberá ser elaborado de conformidad con los términos de
referencia y metodología general para la presentación de estudios ambientales expedidos, para el
caso de infraestructura vial a través de la Resolución 1277 de 2006 “Términos de referencia para la
elaboración del Diagnóstico Ambiental de Alternativas para proyectos lineales” expedida por
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo territorial; y que al menos deberá contener:
1. Objetivo, alcance y descripción del proyecto, obra o actividad.
2. La descripción general de las alternativas de localización del proyecto, obra o actividad
caracterizando ambientalmente el área de interés e identificando las áreas de manejo especial,
así como también las características del entorno social y económico para cada alternativa
presentada.
3. La información sobre la compatibilidad del proyecto con los usos del suelo establecidos en el
Plan de Ordenamiento Territorial o su equivalente. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en
el Decreto 2201 de 2003, o la norma que lo modifique o sustituya.
4. La identificación y análisis comparativo de los potenciales riesgos y efectos sobre el medio
ambiente; así como el uso y/o aprovechamiento de los recursos naturales requeridos para las
diferentes alternativas estudiadas.
5. Identificación y de las comunidades y de los mecanismos utilizados para informarles sobre el
proyecto, obra o actividad.
6. Un análisis costo-beneficio ambiental de las alternativas.
7. Selección y justificación de la alternativa escogida.
Por otra parte el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de los proyectos de infraestructura vial que
interesa a este trabajo deberá ser elaborado de conformidad con los siguientes términos de
referencia: Resolución 0751 de 2015 “por la cual se adoptan los términos de referencia para la
elaboración del estudio de impacto ambiental- EIA, requerido para el trámite de la licencia
ambiental de los proyectos de construcción de carreteras y/o de túneles con sus accesos y se toman
otras determinaciones”, Resolución 1559 de 2009 “por la cual se acogen los términos de referencia
2 Artículo 14 del Decreto 2041 de 2014.
para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental para los proyectos de construcción de
segundas calzadas en terreno plano a semiondulado y se toman otras determinaciones” y la
Metodología General para la Presentación de Estudios Ambientales3, expedidos por el Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo territorial. El estudio deberá contener al menos:
1. Información del proyecto, relacionada con la localización, infraestructura, actividades del
proyecto y demás información que se considere pertinente.
2. Caracterización del área de influencia del proyecto, para los medios abiótico, biótico y
socioeconómico.
3. Demanda de recursos naturales por parte del proyecto; se presenta la información requerida
para la solicitud de permisos relacionados con la captación de aguas superficiales,
vertimientos, ocupación de cauces, aprovechamiento de materiales de construcción,
aprovechamiento forestal, recolección de especímenes de la diversidad biológica con fines no
comerciales, emisiones atmosféricas, gestión de residuos sólidos, exploración y explotación de
aguas subterráneas
4. Información relacionada con la evaluación de impactos ambientales y análisis de riesgos.
5. Zonificación de manejo ambiental, definida para el proyecto, obra o actividad para la cual se
identifican las áreas de exclusión, las áreas de intervención con restricciones y las áreas de
intervención.
6. Evaluación económica de los impactos positivos y negativos del proyecto.
7. Plan de manejo ambiental del proyecto, expresado en términos de programa de manejo, cada
uno de ellos diferenciado en proyectos y sus costos de implementación.
8. Programa de seguimiento y monitoreo, para cada uno de los medios abiótico, biótico y
socioeconómico.
9. Plan de contingencias para la construcción y operación del proyecto que incluya la actuación
para derrames, incendios, fugas, emisiones y/o vertimientos por fuera de los límites
permitidos.
10. Plan de desmantelamiento y abandono, en el que se define el uso final del suelo, las principales
medidas de manejo, restauración y reconformación morfológica.
11. Plan de inversión del 1 %, en el cual se incluyen los elementos y costos considerados para
estimar la inversión y la propuesta de proyectos de inversión, de conformidad con lo dispuesto
en el Decreto 1900 de 2006 o la norma que lo modifique, sustituya o derogue.
3 Disponible en http://www.anla.gov.co/documentos/normativa/metodologia_presentacion_ea.pdf
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
21
12. Plan de compensación por pérdida de biodiversidad de acuerdo con lo establecido en la
Resolución 1517 del 31 de agosto de 2012 o la que modifique, sustituya o derogue.
De igual forma, es pertinente indicar que dicho decreto además de establecer los parámetros
generales del cómo deben ser presentados el DAA y el EIA para su estudio, igualmente señala los
criterios de evaluación a los que deben someterse las autoridades ambientales competentes frente
a dichos estudios. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expidió un Manual de
Evaluación de Estudios Ambientales en el cual se observan, entre otros, los siguientes aspectos que
debe revisar la autoridad ambiental para decidir sobre la necesidad del DAA:
Tabla 1 Aspectos para determinar la Necesidad de presentar el Diagnóstico Ambiental de Alternativas.
Fuente: (ANLA, Manual de Evaluación de Estudios Ambientales, 2015)
1. ASPECTOS ABIÓTICOS
Zonas con pendiente excesiva, propensas a erosión o a inestabilidad geológica y/o geotécnica. Afectación del recurso hídrico superficial y subterráneo con base en las reglamentaciones nacionales y regionales asociadas al aprovechamiento del recurso (POMCA, PMAA, PORH, Rondas hídricas, objetivos de calidad del agua, caudal ambiental, etc.) No disponibilidad de profundidades adecuadas (en proyectos de puertos). Potencial afectación de la calidad del aire por la potencial emisión de sustancias contaminantes donde existan receptores del componente biótico y/p socioeconómico. Existencia de diferentes posibilidades de optimización de la eficiencia energética vs. Afectación de la calidad de un área determinada (proyectos del sector energético).
2. ASPECTOS BIÓTICOS
Áreas que hacen parte del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Áreas de importancia para la biodiversidad (continentales, marino costeras), así como estrategias
complementarias de conservación.
Corredores biológicos y zonas boscosas.
Zonas prioritarias reconocidas para la conservación a nivel regional y local.
Ecosistemas estratégicos definidos a nivel nacional, regional y/o local (p.e. bosque seco, humedales, páramos, manglares, arrecifes coralinos, pastos marinos, entre otros).
Presencia de especies de fauna focales, reportadas a partir de la herramienta Tremarctos (Sistema de Información de Alertas Tempranas).
Reporte de especies de flora o fauna (continental, acuática, marino costera) endémicas, amenazadas (Red list IUCN, Libros Rojos de Colombia, CITES, Resolución 0192 de 2014, Anexos de Protocolo SPAW, entre otras fuentes académicas), en veda y/o protegidas por una legislación específica.
3. ASPECTOS SOCIALES
Distribución espacial de la población en el área de influencia, zonas de mayor densidad poblacional rural y urbana, de acuerdo a la intensidad y calidad de la afectación.
Zonas con potencial afectación estructural a la actividad productiva en el área a ser intervenida por el proyecto, obra o actividad.
Sitios de reconocido interés histórico, cultural y arqueológico, declarados como parques arqueológicos, patrimonio histórico nacional o patrimonio histórico de la humanidad, o aquellos yacimientos arqueológicos que por la singularidad de sus contenidos culturales ameriten ser preservados para la posteridad. También debe considerarse la cultura intangible, incluyendo las relaciones sociales de parentesco y de vecindad.
Zonas de importancia ambiental por ser fuentes de abastecimiento de bienes y servicios (agua, alimentos, servicios de salud y educación).
Zonas de Reserva Campesina declaradas.
Áreas de especial sensibilidad por razones de alta dependencia de las actividades económicas hacia los recursos naturales potencialmente afectados por el proyecto, obra o actividad (empleo y sustento de las comunidades).
Áreas de especial sensibilidad por razones étnicas o de propiedad colectiva de la tierra: reservas, resguardos y territorios colectivos.
4. ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Zonas de alto riesgo natural, establecidas a nivel nacional, regional o local (p.e. identificados dentro de EOT's, POT,'s, PBOT's, POMCA´s, POMIUAC's, Planes de Gestión del Riesgo).
Incompatibilidad con los usos de suelo propuestos en los planes de ordenamiento territorial, POMCA´s, POMIUAC's, sistema nacional y regional de áreas protegidas (continental y marina) establecidas y áreas legalmente establecidas.
Cuando el proyecto afecte el Sistema de Parques Nacionales Naturales se debe solicitar el pronunciamiento de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales.
Así las cosas resulta procedente ilustrar el trámite previsto para el otorgamiento de la licencia
ambiental, conforme al Decreto 2041 de 2014 “por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99
de 1993 sobre licencias ambientales" a través de los siguientes flujogramas:
Ilustración 1 Proceso Diagnóstico Ambiental de Alternativas
Fuente: (PROCOLOMBIA.CO, 2010)
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Ilustración 2 Proceso Estudio de Impacto Ambiental Fuente: (PROCOLOMBIA.CO, 2010)
Cambios Entre El Decreto 2041 De 2014 Y El Decreto 2820 De 2010.
Al comparar este nuevo Decreto con el anterior 2820 de 2010, se observa que los tiempos de la
mayoría de los trámites de aprobación de licencia ambiental fueron modificados. El procedimiento
quedó plasmado de la siguiente manera:
Se mantuvo en quince (15) días hábiles siguientes a la radicación de la solicitud por parte del
interesado el pronunciamiento por parte de la autoridad acerca de la necesidad de presentar o no
DAA, adjuntando los términos de referencia para elaboración de este. Una vez presentado el estudio
de DAA, se redujo de cinco (5) días a inmediatamente el tiempo para expedir el acto administrativo
de inicio de trámite de evaluación del Diagnóstico; después de esto estableció en quince (15) días
hábiles el tiempo para la evaluación de la documentación presentada por el interesado, así mismo
se incluyó visita al proyecto cuando la autoridad lo estime pertinente. El mayor cambio está
contenido en la fijación para luego de estos quince días hábiles, de un término de tres (3) días
hábiles más para solicitar información adicional al interesado, lo cual solo puede hacerse una vez y
en el término concedido al peticionario de un (1) mes, que puede ser prorrogable, para allegar esta
información. Por último, la autoridad ambiental competente dispondrá de diez (10) días hábiles
para evaluar el DAA presentado a fin de elegir la alternativa sobre la cual deberá elaborarse el
correspondiente EIA y fijar los términos de referencia respectivos, mediante acto administrativo.
En el Decreto anterior se fijaba en un plazo de treinta (30) días hábiles, pero este era uno de los
tiempos que solían extenderse porque no estaba definido cómo se le podía solicitar información
adicional al interesado y cuántas veces podía proveerla.
Ahora bien, si ya se escogió la alternativa presentada en el DAA para la elaboración del EIA, luego
de expedido el acto administrativo de inicio de trámite, el cual con el nuevo Decreto debe ser
expedido inmediatamente y no dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la presentación del
estudio, la autoridad ambiental competente tendrá veinte (20) días hábiles para evaluar dicho
estudio y realizar visita al proyecto cuando esta se requiera; luego dispondrá de diez (10) días
hábiles para realizar una reunión con el interesado, con el fin de solicitar por una única vez la
información adicional que considere pertinente, y el peticionario tendrá un (1) mes, que puede ser
prorrogable, para allegar esta información. En vigencia de la anterior reglamentación la autoridad
ambiental podía solicitar al interesado dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la
apertura del acto administrativo la información adicional que considerara pertinente y tenía cinco
(5) días hábiles adicionales para expedir el auto de trámite que declarara reunida toda la
información. Así mismo, no establecía cuantas veces podía la autoridad ambiental solicitar dicha
información o aclaraciones a esta información lo que generaba dilación de los términos, y tampoco
asignaba un término dentro del cual el peticionario tenía que allegar dicha información.
Allegada la información por el solicitante la autoridad ambiental dispone de diez (10) días hábiles
para solicitar conceptos técnicos a otras autoridades o entidades, y estas tendrán veinte (20) días
hábiles para responder. Anteriormente la autoridad ambiental disponía de quince (15) días hábiles
para solicitar conceptos técnicos y veinte (20) días hábiles para responder.
Por último, vencido el término anterior, ahora la autoridad ambiental competente tiene treinta (30)
días hábiles para expedir el acto administrativo que declare reunida toda la información y expedir
resolución que otorgue o niegue la licencia ambiental. En el anterior Decreto se fijaba un término de
veinticinco (25) días hábiles.
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Tabla 2 Cuadro Comparativo Decretos.
Fuente: (DECRETO 2820, 2010) (DECRETO 2041, 2014)
Trámite Decreto 2820 de 2010 Decreto 2041 de 2014
Pronunciamiento DAA o EIA 15 días hábiles 15 días hábiles
DAA
Expedición de acto administrativo para
inicio de trámite de evaluación del DAA 5 días hábiles Inmediato
Evaluación de la documentación
presentada por el interesado Todo este trámite se fijaba en 30 días
hábiles, pero al no estar definidos los
tiempos y las veces que se podía
solicitar información adicional al
peticionario, tenía una duración
indefinida
15 días hábiles
Visita al área del proyecto Si, cuando sea pertinente
Solicitud de información adicional al
interesado
3 días hábiles, solo se
podrá solicitar una vez
Respuesta del peticionario 1 mes prorrogable solo una
vez
Evaluación por parte de la autoridad
Ambiental y escogencia del EIA 10 días hábiles
TOTAL 50 días hábiles 73 días hábiles
EIA
Expedición de acto administrativo para
inicio de trámite de evaluación del EIA 5 días hábiles Inmediato
Evaluación del EIA Todo este trámite se fijaba en 20 días
hábiles para solicitar información al
interesado y 5 más para el auto de
trámite que declarara reunida la
información, pero al no estar definidas
cuántas veces se podía solicitar
información adicional al peticionario,
tenía una duración indefinida
20 días hábiles
Visita al área del proyecto Si, cuando sea pertinente
Reunión para solicitud de información
adicional al interesado
10 días hábiles, solo se
podrá solicitar una vez
Respuesta del peticionario 1 mes prorrogable, solo
una vez
Solicitud de conceptos técnicos a otras
entidades 15 días hábiles 10 días hábiles
Respuesta de conceptos técnicos 20 días hábiles 20 días hábiles
Resolución Licencia Ambiental 25 días hábiles 30 días hábiles
TOTAL 90 días hábiles 120 días hábiles
Del anterior cuadro se puede ver que numéricamente hablando se pasó de tener un procedimiento
para DAA de cincuenta (50) días hábiles a setenta y tres (73) días hábiles y para EIA de noventa
(90) días hábiles a ciento veinte (120) días hábiles, lo cual daría entender que el Decreto 2041 de
2014 aumentó los tiempos, pero si se analiza al detalle resulta trascendente haber limitado la
solicitud de información adicional tanto para el DAA como para el EIA, y con ello haber creado
puntos de referencia para términos máximos que de duración en la respuesta del licenciamiento
requerido, pues antes el término del proceso de licenciamiento, como se observa en el cuadro,
pasaba por la incertidumbre.
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Diferencias En La Normatividad Entre Proyectos De Infraestructura
Vial Y Otros Proyectos De Obra Civil.
Alcance del Capítulo.
A través del presente componente se mostrarán las diferencias de normatividad que existen entre
los distintos proyectos de obra civil según el Decreto 2041 de 2014, y cómo estas diferencias
aumentan o disminuyen los tiempos de licenciamiento ambiental.
Diferencias De Normatividad Entre Los Diferentes Proyectos De Infraestructura.
En primer lugar se empezará por aclarar qué proyectos de infraestructura deben someterse al
proceso de licenciamiento ambiental, para luego entrar en las diferencias entre estos.
Los proyectos, obras y actividades de infraestructura sujetos a licencia ambiental de competencia
de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) según el artículo 8º del Decreto 2041 de
2014 y de competencia de las Corporaciones Autónomas Regionales según el artículo 9 son los
siguientes:
Tabla 3 Cuadro Proyectos que necesitan Licencia Ambiental.
Fuente: (DECRETO 2041, 2014)
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales Corporaciones Autónomas Regionales
Sector Hidrocarburos
a) Las actividades de exploración sísmica que requieran la construcción de vías para el tránsito vehicular y las actividades de exploración sísmica en las áreas marinas del territorio nacional cuando se realicen en profundidades inferiores a 200 metros.
c) La explotación de hidrocarburos que incluye, la perforación de los pozos de cualquier tipo, la construcción de instalaciones propias de la actividad, las obras complementarias incluidas el transporte interno de fluidos del campo por ductos, el almacenamiento interno, vías internas y demás infraestructuras asociada y conexa.
d) El transporte y conducción de hidrocarburos líquidos y gaseosos que se desarrollen por fuera de los campos de explotación que impliquen la construcción y montaje de infraestructura de líneas de conducción con diámetros iguales o superiores a seis (6) pulgadas (15.24 centímetros), incluyendo estaciones de bombeo y/o reducción de presión y la correspondiente infraestructura de almacenamiento y control de flujo; salvo aquellas actividades relacionadas con la distribución de gas natural de uso domiciliario, comercial o industrial.
e) Los terminales de entrega y estaciones de transferencia de hidrocarburos, entendidos como la infraestructura de almacenamiento asociada al transporte de hidrocarburos y sus productos y derivados por ductos.
f) La construcción y operación de refinerías y los desarrollos petroquímicos que formen parte de un complejo de refinación.
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales Corporaciones Autónomas Regionales
La construcción de presas, represas o embalses
Cualquiera sea su destinación con capacidad mayor de doscientos millones (200.000.000) de metros cúbicos de agua.
Con capacidad igual o inferior a doscientos millones (200.000.000) de metros cúbicos de agua.
El sector eléctrico
a) La construcción y operación de centrales generadoras de energía eléctrica con capacidad instalada igual o superior a cien (100) MW.
a) La construcción y operación de centrales generadoras con una capacidad mayor o igual a diez (10) Y menor de cien (100) MW, diferentes a las centrales generadoras de energía a partir del recurso hídrico.
c) La construcción y operación de centrales generadoras de energía a partir del recurso hídrico con una capacidad menor a cien (100) MW; exceptuando las pequeñas hidroeléctricas destinadas a operar en Zonas No Interconectadas (ZNI) y cuya capacidad sea igualo menor a diez (10) MW.
El sector marítimo y portuario
a) La construcción o ampliación y operación de puertos marítimos de gran calado.
a) La construcción, ampliación y operación de puertos marítimos que no sean de gran calado.
b) Los dragados de profundización de los canales de acceso a puertos marítimos de gran calado.
b) Los dragados de profundización de los canales de acceso a los puertos que no sean considerados como de gran calado.
c) La estabilización de playas y de entradas costeras. c) La ejecución de obras privadas relacionadas con la construcción de obras duras (rompeolas, espolones, construcción de diques) y de regeneración de dunas y playas.
La construcción y operación de aeropuertos
Aeropuertos internacionales y de nuevas pistas en los mismos. Aeropuertos del nivel nacional y de nuevas pistas en los mismos.
Ejecución de obras públicas
Proyectos de la red vial nacional referidos a:
a) La construcción de carreteras, incluyendo puentes y demás infraestructura asociada a la misma.
Proyectos en la red vial secundaria y terciaria:
a) La construcción de carreteras, incluyendo puentes y demás infraestructura asociada a la misma.
b) La construcción de segundas calzadas; salvo lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 10 del Decreto 769 de 2014.
b) La construcción de segundas calzadas; salvo lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 10 del Decreto 769 de 2014.
c) La construcción de túneles con sus accesos. c) La construcción de túneles con sus accesos.
Ejecución de proyectos en la red fluvial nacional referidos a:
a) La construcción y operación de puertos públicos.
Ejecución de obras de carácter privado en la red fluvial nacional:
a) La construcción y operación de puertos.
b) Rectificación de cauces, cierre de brazos, meandros y madreviejas.
b) Rectificación de cauces, cierre de brazos, meandros y madreviejas.
c) La construcción de espolones. c) La construcción de espolones.
d) Desviación de cauces en la red fluvial. d) Desviación de cauces en la red fluvial.
e) Los dragados de profundización en canales navegables y en áreas de deltas.
e) Los dragados de profundización en canales navegables y en áreas de deltas.
La construcción de vías férreas y/o variantes de la red férrea nacional tanto pública como privada.
La construcción de vías férreas de carácter regional y/o variantes de estas tanto públicas como privadas.
La construcción de obras marítimas duras (rompeolas, espolones, construcción de diques) y de regeneración de dunas y playas.
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Autoridad Nacional de Licencias Ambientales Corporaciones Autónomas Regionales
La construcción y operación de:
Instalaciones cuyo objeto sea el almacenamiento, tratamiento, aprovechamiento, recuperación y/o disposición final de residuos o desechos peligrosos.
Instalaciones cuyo objeto sea el almacenamiento, tratamiento, aprovechamiento (recuperación / reciclado) y/o disposición final de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y de residuos de pilas y/o acumuladores.
Plantas cuyo objeto sea el aprovechamiento y valorización de residuos sólidos orgánicos biodegradables mayores o iguales a veinte mil (20.000) toneladas/año.
Rellenos sanitarios; no obstante la operación únicamente podrá ser adelantada por las personas señaladas en el artículo 15 de la Ley 142 de 1994.
Sistemas de tratamiento de aguas residuales que sirvan a poblaciones iguales o superiores a doscientos mil (200.000) habitantes.
Distritos de riego y/o de drenaje con coberturas superiores a 20.000 hectáreas.
Distritos de riego y/o drenaje para áreas mayores o iguales a cinco mil (5.000) hectáreas e inferiores o iguales a veinte mil (20.000) hectáreas.
Los proyectos que afecten:
Áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales Áreas del Sistema de Parques Regionales Naturales por realizarse al interior de estas, en el marco de las actividades allí permitidas.
Áreas protegidas públicas nacionales de que trata el Decreto 2372 de 2010 distintas a las áreas de Parques Nacionales Naturales, siempre y cuando su ejecución sea compatible con los usos definidos para la categoría de manejo respectiva.
Áreas protegidas públicas regionales de que trata el Decreto 2372 de 2010 distintas a las áreas de Parques Regionales Naturales, siempre y cuando su ejecución sea compatible con los usos definidos para la categoría de manejo respectiva.
Los proyectos que requieran trasvase de una cuenca a otra
Cuando al menos una de las dos presente un valor igual o superior a 2 metros cúbicos/segundo durante los períodos de mínimo caudal.
Cuando al menos una de las dos presente un valor igual o inferior a dos (2) metros cúbicos/segundo, durante los períodos de mínimo caudal.
Vale la pena aclarar que este listado es solo un resumen de los proyectos que necesitan licencia
ambiental, enfocado hacia el sector de infraestructura, toda vez que el listado completo incluye
muchas más actividades de otros sectores como: hidrocarburos, minero, y agropecuario, entre
otros.
Teniendo claro este listado de proyectos que requieren licencia, se analizará cuáles de estos tienen
que solicitar pronunciamiento sobre la presentación de DAA y posterior presentación de EIA y
cuáles solo tienen que realizar EIA, en atención a lo establecido en el artículo 18 del decreto 2041
de 2014.
Tabla 4 Solicitud de Pronunciamiento Diagnóstico Ambiental de Alternativas.
Fuente: (DECRETO 2041, 2014)
Proyectos que requieren pronunciamiento sobre presentación del diagnóstico ambiental de alternativas
Proyectos que no requieren pronunciamiento sobre presentación del diagnóstico ambiental de alternativas
Sector Hidrocarburos
La exploración sísmica de hidrocarburos que requiera la construcción de vías para el tránsito vehicular.
La explotación de hidrocarburos que incluye, la perforación de los pozos de cualquier tipo, la construcción de instalaciones propias de la actividad, las obras complementarias incluidas el transporte interno de fluidos del campo por ductos, el almacenamiento interno, vías internas y demás infraestructuras asociada y conexa.
El transporte y conducción de hidrocarburos líquidos o gaseosos, que se desarrollen por fuera de los campos; de explotación que impliquen la construcción y montaje de infraestructura de líneas de conducción con diámetros iguales o superiores a seis (6) pulgadas (15.24 centímetros), excepto en aquellos casos de nuevas líneas cuyo trayecto se vaya a realizar por derechos de vía o servidumbres existentes.
Los terminales de entrega de hidrocarburos líquidos, entendidos como la infraestructura de almacenamiento asociada al transporte por duetos.
La construcción de refinerías y desarrollos petroquímicos.
La construcción de presas, represas o embalses
Cualquiera sea su destinación y capacidad
El sector eléctrico La construcción y operación de centrales generadoras de energía eléctrica, cualquiera sea su capacidad
El sector marítimo y portuario
La construcción o ampliación y operación de puertos marítimos.
Los dragados de profundización de los canales de acceso a los puertos
La estabilización de playas y entradas costeras
La construcción de obras duras (rompeolas, espolones, construcción de diques) y de regeneración de dunas y playas.
La construcción y operación de aeropuertos
Aeropuertos internacionales y nacionales y de nuevas pistas en los mismos
Ejecución de obras públicas
La construcción de carreteras, los túneles y demás infraestructura asociada de la red vial nacional, secundaria y terciaria.
La construcción de segundas calzadas.
La ejecución de obras en la red fluvial nacional, como construcción y operación de puertos, rectificación de cauces, cierre de brazos, meandros y madreviejas, construcción de espolones, y desviación de cauces en la red fluvial.
Los dragados de profundización en canales navegables y en áreas de deltas.
La construcción de vías férreas y variantes de estas.
La construcción y operación de:
Instalaciones para residuos o desechos peligrosos.
Instalaciones para Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) y de residuos de pilas y/o acumuladores.
Plantas para residuos sólidos orgánicos biodegradables.
Rellenos sanitarios.
Sistemas de tratamiento de aguas residuales.
Distritos de riego y/o drenaje.
Los proyectos que requieran trasvase de una cuenca a otra.
Sin importar el caudal de las cuencas.
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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A partir de esta tabla se puede inferir que los proyectos que requieren licencia ambiental tendrán
un trámite más corto o largo, dependiendo de si deben presentar DAA. Para el caso que nos
compete de infraestructura vial, y más específicamente, de los proyectos de concesiones de la red
vial nacional, se observa que estos deben requerir pronunciamiento sobre la presentación y
posterior evaluación del DAA, por lo que tendrían que cumplir con el proceso de licenciamiento más
largo. Por otro lado, también se observa que proyectos como plantas de tratamiento de aguas
residuales o dragados, entre otros, tendrían un beneficio en comparación de los otros, ya que se
ahorran el trámite de la presentación y evaluación del DAA, y pasan directamente a presentar su
EIA.
Por otro lado, resultan llamativas algunas modificaciones, que es menester poner en consideración,
ya que hacen cambios sobre cómo se estaba manejando el licenciamiento de algunos casos de
infraestructura:
En el artículo 8 numeral 7 inciso b del Decreto 2041 de 2014 referente a la construcción de
segundas calzadas se hace una salvedad “según lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 10 del
decreto 769 de 2014”, según la cual las segundas calzadas podrán ser consideradas actividades de
mejoramiento cuando la autoridad ambiental así lo determine, a través de oficio que debe producir
en un término de veinte (20) días hábiles contados a partir de la radicación del documento
aportado por el interesado y en el cual justifique las razones por las cuales no se genera un
deterioro grave al medio ambiente. Esta disposición fue fuertemente criticada por la Sociedad
Colombiana de Ingenieros, en cabeza de su presidente Diana Espinosa, en el entendido de que se
estaría “permitiendo entrar en disminución de juicio de evaluación de impacto ambiental”
(SOCIEDAD COLOMBIANA DE INGENIEROS, 2014)
Otro cambio importante es que con el Decreto anterior los dragados de profundización y los de
mantenimiento cuyo volumen sea superior a 1.000.000 m3 al año necesitaban licencia, mientras
que en el presente Decreto solo se conservó la exigencia de licencia para los dragados de
profundización, más no para los de mantenimiento. No obstante, es claro que el mantenimiento a
los dragados de tal magnitud genera un gran impacto al medio ambiente, y que resulta cuestionable
que con el nuevo Decreto no deba ser evaluado.
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
33
Normatividad Y Su Aplicación, Diferencias Halladas En Casos De
Estudios.
Alcance del Capítulo.
El presente componente tiene como objetivo revisar primeramente con casos de estudio, cómo las
autoridades ambientales llevaban a cabo el procedimiento de licenciamiento ambiental bajo la
reglamentación del Decreto 2820 de 2010, para luego finalizar revisando cómo llevan este proceso
de acuerdo al Decreto 2041 de 2014.
Aplicación Del Decreto 2820 De 2010 En Casos De Estudio.
Para este análisis se revisará la gestión de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA
desde el 2012 hasta 2014, para lo cual se usará la base de datos Vital, así como los informes de
gestión de la misma entidad. Este rango se escogió teniendo en cuenta que solo hasta el 2012 entró
en vigencia el Decreto 3573 de 2011, por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales – ANLA, como autoridad competente para el otorgamiento de licencias ambientales; y
que para inicios del año 2015 entró en vigencia el Decreto 2041 de 2014.
Durante este periodo la ANLA recibió aproximadamente 490 solicitudes de licenciamiento al año
(Informe de Gestión 2012, 2013) (Informe de Gestíon 2013, 2014) (Informe de Gestión 2014, 2015). Sin
embargo, las solicitudes pueden ser de licencia ambiental, modificaciones a la licencia ambiental,
Plan de Manejo Ambiental (PMA), modificaciones al PMA, necesidad de Diagnóstico Ambiental de
Alternativas (NDA), Diagnostico Ambiental de Alternativas (DAA) o Medidas de Manejo Ambiental
(MMA).
Tabla 5 Solicitudes de Licenciamiento a gestionar en las vigencias 2012 a 2014. Fuente: (Informe de Gestión 2012, 2013) (Informe de Gestíon 2013, 2014) (Informe de Gestión 2014, 2015)
Instrumentos Asociados al Licenciamiento Ambiental 2012 2013 2014
1. Licenciamiento Ambiental 442 465 563
Licencia Ambiental y modificaciones 352 292 373
PMA y modificaciones 50 40 58
NDA 15 95 82
DAA 24 37 49
MMA 1 1 1
TOTAL 442 465 563
El porcentaje de respuesta a las solicitudes presentadas para los periodos en mención fue del
86.5% (Informe de Gestión 2012, 2013) (Informe de Gestíon 2013, 2014) (Informe de Gestión 2014,
2015). Las respuestas pueden ser de resolución (tanto positiva como negativa), de requerimiento de
información adicional al usuario o de suspensión.
Tabla 6 porcentaje de respuesta a solicitudes de licenciamiento en las vigencias 2012 a 2014. Fuente: (Informe de Gestión 2012, 2013) (Informe de Gestíon 2013, 2014) (Informe de Gestión 2014, 2015)
Concepto 2012 2013 2014
Solicitudes recibidas 442 465 563
Solicitudes evaluadas y/o con respuesta mediante acto administrativo
356 413 507
% de respuesta 81% 89% 90%
Tabla 7 Estado de las solicitudes con vigencia 2012 a 2014.
Fuente: (Informe de Gestión 2012, 2013) (Informe de Gestíon 2013, 2014) (Informe de Gestión 2014, 2015)
Concepto 2012 2013 2014
Solicitudes Resueltas 52,6% 67,2% 57,9%
En Usuario 18,4% 11,1% 9,9%
En Evaluación 29,0% 18,4% 30,4%
Suspendido 0,0% 3,3% 1,8%
TOTAL 100% 100% 100%
De la Tabla 6 se obtiene que en promedio el 86.5% de las solicitudes recibidas durante una vigencia
son respondidas y en la Tabla 7 se puede ver que el porcentaje de resolución de solicitudes es en
promedio del 59% sobre las solicitudes respondidas, lo que quiere decir que en promedio solo el
51% de las solicitudes recibidas son resueltas durante una vigencia.
En este mismo periodo para el sector de infraestructura la ANLA recibió 424 solicitudes asociadas
al licenciamiento ambiental (Informe de Gestión 2012, 2013) (Informe de Gestíon 2013, 2014) (Informe
de Gestión 2014, 2015), como se puede observar en la siguiente tabla.
Tabla 8 Solicitudes de Licenciamiento a gestionar en las vigencias 2012 a 2014 Sector Infraestructura. Fuente: (Informe de Gestión 2012, 2013) (Informe de Gestíon 2013, 2014) (Informe de Gestión 2014, 2015)
Instrumentos Asociados al Licenciamiento Ambiental 2012 2013 2014
1. Licenciamiento Ambiental 94 165 165
Licencia Ambiental y modificaciones 51 65 76
PMA y modificaciones 0 3 9
NDA 35 78 42
DAA 8 19 38
TOTAL 94 165 165
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
35
De estas solicitudes solo el 77% tuvo respuesta como se observa en la Tabla 9 (Informe de Gestión
2012, 2013) (Informe de Gestíon 2013, 2014) (Informe de Gestión 2014, 2015), cifra inferior al
promedio general para todos los sectores.
Tabla 9 Porcentaje de respuesta a solicitudes de licenciamiento en las vigencias 2012 a 2014 Sector
Infraestructura. Fuente: (Informe de Gestión 2012, 2013) (Informe de Gestíon 2013, 2014) (Informe de Gestión 2014, 2015)
Concepto 2012 2013 2014
Solicitudes recibidas 94 165 165
Solicitudes evaluadas y con respuesta mediante acto administrativo
76 134 116
% de respuesta 81% 81% 70%
Tabla 10 Estado de las solicitudes con vigencia 2012 a 2014 Sector Infraestructura.
Fuente: (Informe de Gestión 2012, 2013) (Informe de Gestíon 2013, 2014) (Informe de Gestión 2014, 2015)
Concepto 2012 2013 2014
Solicitudes Resueltas 58,0% 78,2% 63,0%
En Usuario 32,0% 1,2% 6,7%
En Evaluación 10,0% 19,4% 29,7%
Suspendido 0,0% 1,2% 0,6%
TOTAL 100% 100% 100%
Como se dijo anteriormente de la Tabla 9 se obtiene que en promedio el 77% de las solicitudes
recibidas durante una vigencia son respondidas y en la Tabla 10 se puede ver que el porcentaje de
resolución de solicitudes es en promedio del 66% sobre las solicitudes respondidas, lo que implica
que en promedio solo el 51% de las solicitudes recibidas son resueltas durante una vigencia, con lo
cual se llega al promedio general de todos los sectores. Así, se puede inferir que aunque el promedio
de respuesta es menor, el de solicitudes resueltas es más alto que el de todos los sectores, lo que
resulta al final dando como resultado el mismo promedio de resolución.
Ahora bien, después de ver el análisis del porcentaje de resolución de licenciamientos ambientales
por vigencia, se puede proceder a revisar los tiempos de respuesta que se obtienen de varios casos
de estudios (ver Tabla 11). Estos casos de estudio provienen de información pública que puede ser
consultada por medio de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea (VITAL).
36
Tabla 11 Tiempos de Respuesta para casos de estudio decreto 2820 de 2010. Fuente: (ANLA, 2015)
Proyecto Variante Solicitud de Pronunciamiento DAA
Respuesta DAA
Presentación DAA
Definición DAA
Entrega de EIA
Inicio trámite administrativo de EIA
Solicitud información adicional o correcciones
información Adicional o correcciones
Otorga o niega Licencia Ambiental
Tiempo Respuesta - Entrega de EIA (meses)
Ruta del Sol sector 2
Pasos por los centros poblados de El Burro, Pailitas y Curumaní
13/09/11 Si, 28/12/11
21/08/12 12/07/13 30/09/13 18/10/13 10/04/2014 y
24/06/14 30/04/2014 y
7/10/14 28/10/14 13
Ruta del Sol sector 2
Pasos por los centros poblados de Aguas Negras y Campo 23
13/09/11 Si,
28/12/11 21/08/12 12/07/13 25/10/13 28/11/13
9/12/13, 17/02/14 y
27/02/14 21/03/14 5
Ruta del Sol sector 3
Pasos por los centros poblados de El Difícil y Granada
Si,
21/09/12 11/04/13 22/11/13 27/12/13 27/03/14 29/05/14 22/08/14 9
Ruta del Sol sector 3
Pasos por los centros poblados de Nueva Granada, Plato y Ariguaní
Si,
11/10/12 15/03/13 29/11/13 17/01/14 28/03/14 4
Ruta del Sol sector 2
Paso por el centro poblado de Puerto Araujo
13/09/11 Si,
28/12/11 9/05/12 23/01/13 20/12/13 17/01/14 28/03/14 3
Córdoba-Sucre Doble Calzada Sincelejo - Toluviejo
22/01/14 26/02/14 12/05/14 24/06/14 27/10/14 9
Ruta del Sol sector 3
Paso por el centro poblado de El Plato
Si,
21/09/12 11/04/13 26/02/14 17/03/14 19/09/14 7
Conexión Magangue - Yati - La Bodega
Si 7/03/11 23/07/12 25/03/14 11/04/14 13/05/14 25/07/14 4
Transversal de las Américas
Doble Calzada Necoclí - San Juan
30/05/13 y 24/07/13
No, 02/09/13
24/04/14 18/06/14 22/08/14 25/09/14 24/11/14 7
Córdoba-Sucre Doble Calzada La Yé – Sahagún
Si,
23/10/13 27/12/13 13/05/14 2/07/14 14/11/14 6
Ruta del Sol sector 2
Pasos por los centros poblados de Aguas Negras, Puerto Parra, Palmas del Guayabito y Campo 23.
Si,
22/02/13 3/02/14 16/05/14 16/06/14 22/08/14 3
Transversal de las Américas
Doble Calzada Cantagallo - San Pablo
No,
08/10/13 30/05/14 15/07/14
3/02/2015 y 20/03/15
19/02/2015 y 5/05/15
30/07/15 14
Transversal de las Américas
Construcción de la variante de Majagual
Si,
14/11/13 14/02/14 1/08/14 13/08/14 15/09/14 4/11/14 3
Promedio 7
Mediana 6
37
De la tabla anterior es importante advertir la falta de información de la base de datos pública, lo que
hace que se tenga algunos vacíos de datos. Debido a la escasa información que se tiene con respecto
al proceso completo de DAA, de estos casos solo se puede inferir que en promedio este proceso
duraría 8 meses desde la entrega del DAA hasta la escogencia de la alternativa seleccionada por la
entidad competente.
Por otro lado, sobre el trámite de EIA se cuenta con mayor información y con mas números de
casos, y de ellos se puede inferir que la duración promedio del trámite era de siete (7) meses, y que
la mediana de la muestra era de seis (6) meses, con casos de duración máxima de trece (13) y
catorce (14) meses y casos de duración mínima de tres (3) meses. Recordando la Tabla 2 que
entregaba como resultado un tiempo de trámite de noventa (90) días hábiles y si lo ratificamos con
las declaraciones del ministro Vallejo que corroboraban que la duración estimada del trámite era
cuatro meses y medio (4.5), que dicho sea de paso no se estaba logrando (EL TIEMPO, 2014), se
obtiene por lo tanto que durante el rango evaluado para el decreto anterior, el trámite se estaba
demorando dos meses y medio (2.5) más de lo previsto, y el caso de mayor duración hasta nueve
meses y medio (9.5) más con respecto tiempo esperado. Para nuestro análisis posterior es
importante advertir que la desviación estándar de la muestra es de cuatro (4) meses, que sumados
a los siete (7) meses del promedio de la muestras, nos daría un valor de once (11) meses de
duración, que implicaría una demora en el proceso de seis meses y medio (6.5).
Aplicación Del Decreto 2041 De 2014 En Casos De Estudio.
Para estos casos se tomará como rango lo que va del año 2015, ya que el Decreto 2041 de 2014
entró en vigencia desde el primero de enero de 2015. Dado que aún no ha terminado la presente
vigencia, no es posible tener datos de porcentajes de respuesta a los procesos asociados a
licenciamiento ambiental bajo este decreto. Sin embargo, en la Ventanilla Integral de Trámites
Ambientales en Línea (VITAL), sí se pueden obtener los datos de los avances de algunos casos de
estudio durante esta vigencia. Al estar algunos de estos procesos sin respuesta sobre el
otorgamiento o negación de la licencia ambiental, al realizar el cálculo de tiempo de respuesta de la
solicitud se tomó como referencia de respuesta la fecha del 31 de octubre de 2015.
En la Tabla 12, se puede observar que la mayoría de proyectos aprobados este año venían de un
proceso de DAA aceptado en vigencias anteriores, y efectivamente aunque la muestra es pequeña
ya se puede ir viendo que los tiempos con este decreto mejoraron, pues tanto el promedio como la
mediana disminuyeron en dos (2) meses en comparación de la muestra del decreto anterior. A
pesar de esta mejora hay dos casos aún si respuesta y son estos los que aumentan el promedio y así
mismo lo pueden seguir incrementando sino se resuelven. En conclusión la mediana y el promedio
se acercan más al objetivo de tiempo de respuesta trazado por la autoridad ambiental, pero a pesar
de eso hay que tener en cuenta que la muestra tiene una desviación estándar de dos (2) meses.
39
Tabla 12 Tiempos de Respuesta para casos de estudio decreto 2041 de 2014. Fuente: (ANLA, 2015)
Proyecto Variante Solicitud de Pronunciamiento DAA
Respuesta DAA
Presentación DAA
Definición DAA
Entrega de EIA
Inicio trámite administrativo de EIA
Otorga o niega Licencia Ambiental
Tiempo Respuesta - Entrega de EIA (meses)
Ruta del Sol sector 3
Paso por el centro poblado de Cuatro Vientos
14/03/11 si 28/06/11 23/04/12 23/09/13 27/02/15 5/03/15 15/05/15 3
Autopistas del Café
Variante La Paz, Vía Pereira - Manizales
13/11/12 Si, 18/02/13 20/02/15 27/02/15 8
Transversal de las Américas
Doble Calzada Yondó-Cantagallo
9/06/14 10/03/15 13/03/15 23/07/15 5
Ruta del Sol sector 3
Anillo vial Bosconia 14/03/11 no 28/06/11 11/03/15 17/03/15 30/06/15 4
Ruta del Sol sector 3
Paso por el centro poblado La Gran Vía
14/03/11 si 28/06/11
23/04/12 20/02/14
16/04/15 30/04/15 28/08/15 4
Paso por el centro poblado La Isabel
27/04/12 20/02/14
Paso por el centro poblado La Loma del Bálsamo
25/06/12 11/04/13
Paso por el centro poblado Mariangola
3/08/12 11/04/13
Paso por los centros poblados El Copey y Julio Zawady
5/12/12 10/09/13
Transversal de las Américas
Paso por los centros poblados Currulao, Apartado, El Reposo, Casa Verde y Carepa
si, 26/02/14 8/08/14 25/08/14 11/05/15 19/05/15 6
Promedio 5
Mediana 4
40
Diferencias En La Aplicación De Los Decretos 2820 De 2010 Y 2041 De 2014.
Revisado exclusivamente el trámite de EIA en los dos decretos, la primera diferencia hallada es el
tiempo en que la autoridad ambiental toma para emitir auto de inicio de trámite. Según el Decreto
2820 de 2010 este tiempo era de 5 días hábiles, pero si se revisan los casos de estudios este paso
tardó alrededor un mes; mientras que bajo el Decreto 2041 de 2014 este término se redujo a
inmediatamente, que aunque es un tanto subjetivo, se observa que en los casos de estudio este paso
se redujo a menos de una semana.
La otra gran diferencia fue la que ya se planteó someramente en el anterior sub-capítulo,
consistente en la disminución de dos (2) meses en el tiempo de respuesta de la autoridad ambiental
desde la presentación del EIA por parte del interesado.
Adicional a estas dos grandes diferencias, revisando los distintos casos de estudio, se observa que
en estos momentos la entidad no está generando auto de inicio de trámite si no está la información
completa, mientras que antes la autoridad esperaba a que el solicitante completara todos estos
requisitos (sin importar cuanto tiempo se demorase), para luego proferir el auto.
Así mismo, durante el tiempo de evaluación se disminuyó considerablemente el número de
solicitudes de información adicional o correcciones, lo cual puede estar asociado a que se
disminuyó a solo una (1) vez la oportunidad para requerirlo, o también a que los peticionarios en la
mayoría de los casos ya han adquirido experiencia en el trámite previamente y tienen un mejor
conocimiento del procedimiento, que conlleva menos pérdida de tiempo útil. Con todo, es menester
poner de presente que en estos momentos ninguna solicitud radicada de junio de 2015 a la fecha ha
sido resuelta.
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
41
Impactos Derivados De La Implementación Del Decreto 2041 De 2014
Alcance del Capítulo.
Este componente mostrará los impactos económicos positivos o negativos derivados de la
implementación del Decreto 2041 de 2014, basados en la reducción o aumento del tiempo usado
para la obtención del Licenciamiento Ambiental. Para esto se tomarán los costos reales ocasionados
por estas demoras de un proyecto de concesión vial, para poder extrapolar estos costos al nuevo
decreto.
Costos Asociados A Demoras En Licenciamiento Ambiental Bajo El Decreto 2820 De
2010.
Para el desarrollo del presente capítulo contamos con información del presupuesto de una obra de
concesión vial del país, este presupuesto se encuentra en dólares, y solo contiene el valor de la
ejecución de obra, no incluye los valores de financiamiento, ni de operación y mantenimiento que
puede abarcar un contrato de este estilo.
Como primera medida es importante saber que el valor del presupuesto mencionado es de
aproximadamente 908 millones de dólares repartidos en un 83% de costo directo y un 17% de
costo indirecto (donde se asocia como costo directo todo aquel costo implícito en la elaboración de
las actividades propias de los entregables del contrato, mientras que el costo indirecto es lo que
nosotros asociamos a costos administrativos, así mismo este presupuesto no tiene en cuenta los
rubros ni de utilidad ni de imprevistos).
Partiendo de las premisas anteriores y retomando lo de capítulos anteriores, se puede asociar que
las demoras en el licenciamiento ambiental pueden ocurrir en dos tipos de momento: un primer
caso sería no tener licencia para iniciar la etapa de construcción; y un segundo caso que puede
ocurrir en el proceso de licenciamiento de infraestructura lineal, ocurre cuando uno o varios tramos
se encuentran sin licencia y el equipo de la obra ha finalizado sus labores previas quedando sin
posibilidad de avance.
Para el primer caso mencionado, una demora de este tipo influiría en el inicio de la obra por lo que
prolongaría la etapa de pre-construcción y así mismo prolongaría los costos asociados a esta etapa.
Del capítulo anterior se obtuvo que en promedio la duración del trámite durante la vigencia del
Decreto 2820 de 2010 superaba en dos meses y medio (2.5) la duración esperada y que si a esto se
le suma la desviación estándar de cuatro (4) meses, tendríamos como resultado seis meses y medio
(6.5). Por otro lado del Anexo 02 Cronograma de costos Indirectos concesión vial (USD), de la
estructura de costo indirecto de la etapa de pre-construcción (dieciocho (18) meses iniciales) se
puede obtener en promedio el costo de un mes adicional de costos indirectos, como se calcula en la
Tabla 13 y como se muestra en la Ilustración 3.
Tabla 13 Costo mensual promedio Indirecto.
Mes Costo mensual (USD)
1 294.357
2 209.363
3 209.693
4 287.146
5 238.676
6 349.300
7 453.083
8 370.508
9 371.168
10 384.736
11 380.342
12 372.756
13 395.700
14 447.827
15 453.691
16 541.353
17 570.202
18 681.492
Promedio 389.522
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
43
Ilustración 3 Costo Indirecto Pre-construcción
Teniendo el valor promedio mensual de costo indirecto, y el costo de cada mes, se pueden inferir
varios casos: el costo de la demora promedio por el costo mensual promedio, el costo de la demora
promedio por el costo mensual del último mes, el costo de la demora promedio más la desviación
estándar por el costo mensual promedio, y el costo de la demora promedio más la desviación
estándar por el costo del último mes.
Ecuación 1 Costo de un atraso promedio con promedio mensual de costo.
X=Δt*Cp=2,5*389.522=973.804 USD
Ecuación 2 Costo de un atraso promedio con el costo mensual del último mes.
X=Δt*C18=2,5*681.492=1.703.729 USD
Ecuación 3 Costo de un atraso crítico con promedio mensual de costo.
X=(Δt+𝜎)*Cp=6,5*389.522=2.531.893 USD
Ecuación 4 Costo de un atraso crítico con el costo mensual del último mes.
X=(Δt+𝜎)*Cp=6,5*681.492=4.429.628 USD
Como se observa en los cálculos anteriores, las variaciones del costo asociado a la demora de
licencia para este caso, pueden fluctuar bastante dependiendo de la consideración que se tenga. Es
necesario que quien realice en su momento la matriz de riesgo de un presupuesto de este estilo,
revise el riesgo asociado a estas demoras que para este caso puede llegar hasta el 0.5% del
presupuesto.
0
100,000
200,000
300,000
400,000
500,000
600,000
700,000
800,000
0
100,000
200,000
300,000
400,000
500,000
600,000
700,000
800,000
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18
Costo mensual (USD) Promedio
Para el segundo caso que es el asociado a una paralización de actividades al no tenerse más tramos
licenciados o al no alcanzar los tramos para todo el equipo de trabajo, los costos que se pueden
relacionar a este son muchos más, pues se asociaría el costo indirecto de la etapa de construcción y
el costo de la mano de obra directa y de los equipos paralizados. Para la obtención de estos costos
se usarán los datos del Anexo 02 Cronograma de costos Indirectos concesión vial (USD) para el
costo indirecto y del Anexo 03 Presupuesto por insumo (USD) para los costos asociados a la
paralización de equipos y mano de obra.
Ilustración 4 Costo Construcción
De acuerdo con lo anterior y del Anexo 02 Cronograma de costos Indirectos concesión vial (USD) y
la Ilustración 4 Costo Construcción se puede obtener el promedio de costo indirecto mensual, el
cual es de 2.212.687 dólares. Por otro lado del Anexo 03 Presupuesto por insumo (USD) se puede
identificar los insumos tanto de mano de obra como de equipos que tocaría costear por la
paralización de la obra, el costo mensual de esto ascendería 3.381.460 dólares, la suma de estos
valores nos daría el costo mensual de 5.594.147 para atrasos durante la ejecución. Ahora bien igual
que en el caso anterior se puede proceder a calcular el costo de los atrasos para las dos situaciones.
Ecuación 5 Costo de un atraso promedio con promedio mensual de costo.
X=Δt*Cp=2,5*5.594.147=13.985.367 USD
Ecuación 6 Costo de un atraso crítico con promedio mensual de costo.
X=(Δt+𝜎)*Cp=6,5*5.594.147=36.361.955 USD
-
500,000
1,000,000
1,500,000
2,000,000
2,500,000
3,000,000
3,500,000
4,000,000
4,500,000
-
500,000
1,000,000
1,500,000
2,000,000
2,500,000
3,000,000
3,500,000
4,000,000
4,500,000
1 3 5 7 9 11 13 15 1719 21 2325 27 29 3133 35 3739 41 43 4547 4951 53 55 5759 61 6365
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Para estos casos es más factible considerar el resultado de la Ecuación 5, ya que si una demora de
un tramo se está prolongando tanto, la liberación de otros tramos puede llegar primero, o también
pueden tomarse decisiones como recorte de personal, suspensiones de subcontratos, venta de
equipos, entre otras. Tomando como base el valor para un retraso de 2,5 meses, se tendría un costo
del 1,5% del valor total del presupuesto.
Costos Asociados A Variación En Los Tiempos De Licenciamiento Ambiental Bajo El
Decreto 2041 De 2014.
Para el Decreto 2041 como se vio en el capítulo anterior, los tiempos de respuesta de los casos
disminuyeron, teniendo solo medio mes de atraso en promedio, y para el caso crítico en el que se le
sumaria la desviación estándar quedaría en 2,5 meses.
Ecuación 7 Costo de un atraso promedio con promedio mensual de costo.
X=Δt*Cp=0,5*389.522=194.761 USD
Ecuación 8 Costo de un atraso promedio con el costo mensual del último mes.
X=Δt*C18=0,5*681.492=340.746 USD
Ecuación 9 Costo de un atraso crítico con promedio mensual de costo.
X=(Δt+𝜎)*Cp=2,5*389.522=973.805 USD
Ecuación 10 Costo de un atraso crítico con el costo mensual del último mes.
X=(Δt+𝜎)*Cp=2,5*681.492=1.703.730 USD
Lo que nos lleva como resultado a que en el caso más crítico se pasó de una incidencia del 0,5%
sobre el presupuesto a una de 0,2%, lo cual representa un ahorro de 2,7 MM USD.
Para el segundo caso, se toman las mismas premisas para el cálculo del costo, tomando igualmente
los tiempos de atraso para este decreto (0,5 meses para el promedio y 2.5 meses para el caso
crítico).
Ecuación 11 Costo de un atraso promedio con promedio mensual de costo.
X=Δt*Cp=0,5*5.594.147=2.797.074 USD
Ecuación 12 Costo de un atraso crítico con promedio mensual de costo.
X=(Δt+𝜎)*Cp=2,5*5.594.147=13.985.368 USD
En este caso para el atraso promedio el costo disminuyó su peso al 0.3%, disminución bastante
considerable teniendo en cuenta el Decreto anterior. A continuación se podrá observar una tabla
con la información anteriormente descrita.
Tabla 14 Variación de Costos asociados a demoras en trámites de licenciamiento ambiental.
Ecuaciones Decreto 2820 de 2010
Decreto 2041 de 2014 Disminución
Pre - Construcción
1 - 7 0,11% 0,02% 80,00%
2 - 8 0,19% 0,04% 80,00%
3 - 9 0,28% 0,11% 61,54%
4 - 10 0,49% 0,19% 61,54%
Construcción 5 -11 1,54% 0,31% 80,00%
6 - 12 4,00% 1,54% 61,54%
Es menester aclarar que adicional a los costos aquí mencionados pueden existir otros costos como
movilización y/o desmovilización de equipos o personal, gastos adicionales en asesorías jurídicas,
entre otros.
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Conclusiones y Recomendaciones
De acuerdo a lo analizado en este trabajo, el Decreto si está agilizando el trámite de licenciamiento
ambiental según los casos de estudio que se analizaron, sin embargo, no se puede decir que los
tiempos se estén cumpliendo tal cual como se definieron en el Decreto. La importancia de analizar
esto fuera de las mejoras en los tiempos, es asociar el cumplimiento de los plazos con la seguridad
jurídica refiriéndose esto como la mitigación del riesgo asociado a la llamada “inestabilidad
jurídica”, esto quiere decir que entre más se parezca la normatividad a su implementación más
seguro estaría un inversionista, porque podría mejorar su análisis financiero al mitigar, conocer y
cuantificar el riesgo (Shou Qing Wang, Mohammed Fadhil Dulaimi, & Muhammad Yousuf Aguria,
2010).
Por último cabe advertir que las modificaciones descritas con anterioridad han incentivado
innumerables opiniones acerca de las consecuentes positivas y negativas que puede acarrear la
implementación del Decreto 2041 de 2014.
En este sentido Manuel Rodríguez Becerra, ex ministro de ambiente y primero en ocupar este cargo
señaló “No es lo mismo montar una fábrica de arequipes en Cali que la mina de oro de La Colosa,
una pequeña cantera, que una hidroeléctrica. Pensar que todo se puede resolver en cinco meses es
desconocer la complejidad de algunos proyectos y la fragilidad de algunos ecosistemas” (LA SILLA
VACIA, 2014).
Así mismo Julio Carrizosa, ex gerente del Inderena, advierte que “Podríamos terminar forzando a
los funcionarios a dar una respuesta aun cuando tengan dudas” (LA SILLA VACIA, 2014), debido al
corto tiempo que se prevé con el nuevo Decreto para expedir las licencias ambientales y del miedo
latente a que no se cumpla con el rigor técnico necesario para tomar una decisión de tan alta
trascendencia.
Otro de los temores que existen radica en ¿cómo con el mismo recurso humano las autoridades
ambientales competentes planean cumplir con el término estipulado en este Decreto? Vale la pena
aclarar que estas autoridades también deben velar por el efectivo cumplimiento de los EIA de los
distintos proyectos y que esta supervisión no puede ser olvidada o realizarse a medias por estar
evacuando en menor tiempo la aprobación de las licencias.
Por su parte, el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible Gabriel Vallejo pareciera tener una
respuesta a estos interrogantes; en cuanto al recurso necesario para llevar a cabo la
implementación de las políticas económicas asignadas a su Ministerio, aclara que su gestión tendrá
aproximadamente unos doscientos mil millones de pesos ($200.000.000.000) adicionales en el
presupuesto para atender todos estos nuevos desafíos, así mismo, el Ministerio y sus entidades
adscritas y vinculadas se encuentran en un proceso de restructuración organizacional que
permitirá obtener un diseño de procesos más eficientes, que logren mejorar la utilización de
recursos. Por último, es celebre su frase: “Piense en los pasaportes: hace quince años se demoraba
un mes y hoy se lo entregan en horas. Lo que vamos hacer en la ANLA es exactamente lo mismo, sin
perder el rigor” (PORTAFOLIO, 2014), que ha ocasionado controversia, pues la perdida de rigor en
la elaboración de estudios y consultas encaminados a la protección del medio ambiente sí es una
preocupación, dada la importancia que tiene la conservación y el goce de un medio ambiente sano
para las generaciones presentes y futuras.
Ahora bien, realizado el análisis pertinente, pareciese que la apuesta es manejar términos
razonables sin que ello afecte la calidad de las decisiones, sin embargo algunos casos ponen en duda
esta aseveración, ya que en el presente decreto se pueden encontrar disminución de requisitos
como los señalados sobre dragados y construcción de segundas calzadas y disminución de tiempos.
Es preocupante que ante las distintas críticas hechas al Decreto las respuestas dadas por el
Gobierno Nacional no sean las más alentadoras o claras y que brinden a la ciudadanía un
sentimiento de confianza hacia el buen desarrollo político, social, económico del país, ya que a largo
plazo puede suceder que las decisiones que se tomen aparentemente para lograr un desarrollo
económico conlleven a daños irreversibles a nuestros ecosistemas o a nuestra población y los que si
se puedan corregir a incrementos presupuestales más adelante con el fin de subsanar los perjuicios
ocasionados por la mala evaluación del impacto ambiental generado por la aprobación de ciertos
proyectos.
Es recomendable que se incluya personal calificado, que tenga experiencia y formación académica
puntual sobre la materia para emitir conceptos técnicos apropiados para la aprobación o rechazo
de licencias ambientales y que en todo caso dichos conceptos conserven el correcto análisis y rigor
técnico indispensable. Así mismo, deberá existir personal con estas mismas condiciones para la
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ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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etapa de seguimiento de los planes aprobados, para que sean estos los responsables de velar por el
correcto cumplimiento de las obligaciones contenidas en las licencias, que lleven a una verdadera
prevención, mitigación o corrección de los riesgos ambientales a fin de dar un mejor alcance al
Derecho Constitucional al goce de un ambiente sano.
Futuras Líneas de Investigación.
A lo largo de este trabajo se han ido presentando otras problemáticas que pueden ser desarrolladas
en futuras líneas de investigación y que complementarían el conocimiento aportado en este. Las
siguientes serían las posibles líneas de investigación acordes con el objeto tratado:
El trámite de licencias ambientales es solo uno de los requisitos a los que se puede enfrentar un
inversor, existen otros que inclusive pueden ser de mayor complejidad, por ejemplo “la consulta
previa” y la “gestión predial”, cuya importancia derivaría en la necesidad de realizar un análisis y
diagnóstico similar.
Derecho comparado y casos de éxito, esta es otra línea de investigación, donde se busque las leyes
de otros países y los casos de éxito donde los tiempos se adecuen a las leyes y la incertidumbre
jurídica sea mínima disminuyendo el riesgo.
Acompañamiento al decreto 2041 de 2014 y a sus posibles modificaciones, al cierre del presente
trabajo de grado el decreto en mención tenía menos de un año de vigencia, para poder seguir
analizando su efectividad, se podría seguir alimentando la base de datos de las muestras tomadas,
para con este muestreo tener unas conclusiones más ajustadas.
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ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Anexos
Anexo 01 Presupuesto Resumido Caso de Estudio (USD)
Tabla 15 Presupuesto caso de estudio concesión vial
Descripción Costo Total Costo Directo Costo Indirecto
Total General 907.998.040 754.950.033 153.048.007 Mano de Obra 174.387.315 97.282.338 77.104.977
Materiales 188.030.071 172.273.989 15.756.082
Subcontratos 483.406.640 445.167.429 38.239.211
Depreciaciones 36.263.791 34.099.746 2.164.044
Gastos Generales 25.910.223 6.126.530 19.783.693
57
Anexo 02 Cronograma de costos Indirectos concesión vial (USD)
Tabla 16 Cronograma de costos Indirectos concesión vial
1 de 6
Descripción Total (C) 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15
COSTOS I ND I RECTOS 1 5 3 .0 4 8 .7 1 1 2 9 4 .3 5 7 2 0 9 .3 6 3 2 0 9 .6 9 3 2 8 7 .1 4 6 2 3 8 .6 7 6 3 4 9 .3 0 0 4 5 3 .0 8 3 3 7 0 .5 0 8 3 7 1 .1 6 8 3 8 4 .7 3 6 3 8 0 .3 4 2 3 7 2 .7 5 6 3 9 5 .7 0 0 4 4 7 .8 2 7 4 5 3 .6 9 1
DI RECCI ÓN DEL CONTRATO 4 .6 3 1 .4 7 0 6 8 .8 6 6 4 5 .2 6 4 4 5 .2 6 4 4 5 .2 6 4 4 8 .5 4 4 5 1 .8 2 4 4 5 .2 6 4 4 5 .2 6 4 4 5 .2 6 4 4 5 .2 6 4 5 1 .8 2 4 4 5 .2 6 4 5 0 .3 3 6 5 0 .3 3 6 5 2 .2 1 6
DI RECTOR DEL CONTRATO 4 .6 3 1 .4 7 0 6 8 .8 6 6 4 5 .2 6 4 4 5 .2 6 4 4 5 .2 6 4 4 8 .5 4 4 5 1 .8 2 4 4 5 .2 6 4 4 5 .2 6 4 4 5 .2 6 4 4 5 .2 6 4 5 1 .8 2 4 4 5 .2 6 4 5 0 .3 3 6 5 0 .3 3 6 5 2 .2 1 6
GERENCI A ADMI NI STRATI VA 2 0 .4 6 0 .0 5 8 1 0 .8 2 4 1 0 .8 2 4 1 0 .8 2 4 6 0 .8 2 4 1 0 .8 2 4 1 1 .5 7 4 1 1 2 .3 0 0 3 7 .8 6 0 3 7 .8 6 0 4 7 .8 6 0 3 7 .8 6 0 3 7 .8 6 0 4 7 .8 6 0 8 9 .8 6 0 4 3 .8 5 1
GERENTE ADMI NI STRATI VO 2 .2 6 2 .5 6 2 4 0 .7 2 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 7 .2 7 7
DEPRECI ACI ÓN EQUI POS OFI CI NAS 5 8 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS 1 .6 7 5 .7 3 7
DEPARTAMENTO DE FI NANZAS 1 .4 3 8 .8 9 0
ÁREA ADMI NI STRATI VO/ SERVI CI OS GENERALES 4 .4 2 6 .9 1 2 2 .0 7 4 2 .0 7 4 2 .0 7 4 2 .0 7 4 2 .0 7 4 2 .0 7 4 2 .0 7 4 2 .0 7 4 2 .0 7 4 2 .0 7 4 2 .0 7 4 2 .0 7 4 2 .0 7 4 2 .0 7 4 2 .0 7 4
ÁREA MANTENI MI ENTO GENERAL 3 .5 8 6 .9 0 0 7 .2 0 0 7 .2 0 0 7 .2 0 0 7 .2 0 0 7 .2 0 0 7 .2 0 0 7 .2 0 0 7 .2 0 0 7 .2 0 0 7 .2 0 0 7 .2 0 0 7 .2 0 0 7 .2 0 0 9 .2 0 0 1 2 .2 0 0
ÁREA TI / COMUNI CACI ÓN 2 .2 4 1 .7 9 8 1 .5 5 0 1 .5 5 0 1 .5 5 0 1 .5 5 0 1 .5 5 0 2 .3 0 0 2 .3 0 0 2 .3 0 0 2 .3 0 0 2 .3 0 0 2 .3 0 0 2 .3 0 0 2 .3 0 0 2 .3 0 0 2 .3 0 0
ÁREA MATERI ALES/ ALM ACÉN / PATRI MON I O 2 .1 4 0 .4 3 6
PROGRAMA DE CAPACI TACI ÓN DE MANO DE OBRA LOCAL 1 .8 0 6 .8 2 3
MOVI LI ZACI ÓN 3 0 0 .0 0 0 5 0 .0 0 0 5 0 .0 0 0 5 0 .0 0 0
GERENCI A COMERCI AL 8 .1 1 4 .8 1 5 5 1 .5 6 1 3 7 .1 2 2 3 7 .1 2 2 3 7 .1 2 2 3 7 .1 2 2 3 7 .1 2 2 5 2 .3 4 5 4 6 .2 3 9 4 6 .2 3 9 4 6 .2 3 9 4 6 .2 3 9 4 6 .2 3 9 4 6 .2 3 9 4 6 .2 3 9 4 6 .8 9 9
GERENCI A COMERCI AL 2 .6 0 4 .0 9 6 4 0 .7 2 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6 2 6 .2 8 6
COMERCI AL - REGI STRO DE TRABAJOS Y COSTOS 3 .9 3 7 .5 2 4 1 5 .2 2 3 9 .1 1 8 9 .1 1 8 9 .1 1 8 9 .1 1 8 9 .1 1 8 9 .1 1 8 9 .1 1 8 9 .1 1 8
COMERCI AL - SUBCONTRATOS 1 .5 7 3 .1 9 5 1 0 .8 3 6 1 0 .8 3 6 1 0 .8 3 6 1 0 .8 3 6 1 0 .8 3 6 1 0 .8 3 6 1 0 .8 3 6 1 0 .8 3 6 1 0 .8 3 6 1 0 .8 3 6 1 0 .8 3 6 1 0 .8 3 6 1 0 .8 3 6 1 0 .8 3 6 1 1 .4 9 6
GERENCI A I NGENI ERÍ A 2 4 .8 7 0 .9 9 6 5 8 .0 6 5 3 7 .4 2 6 3 7 .4 2 6 6 3 .2 4 6 6 2 .0 2 6 1 6 3 .4 1 8 1 4 1 .3 3 8 1 3 9 .7 8 8 1 4 0 .1 1 8 1 4 2 .4 8 9 1 4 1 .5 9 9 1 4 1 .2 6 9 1 4 2 .8 1 9 1 4 1 .2 6 9 1 5 1 .8 9 9
GERENTE DE I NGENI ERÍ A 3 .0 5 5 .5 9 6 5 8 .0 6 5 3 7 .4 2 6 3 7 .4 2 6 3 8 .6 4 6 3 7 .4 2 6 3 7 .4 2 6 3 8 .6 4 6 3 7 .4 2 6 3 7 .4 2 6 3 8 .6 4 6 3 7 .4 2 6 3 7 .4 2 6 3 8 .6 4 6 3 7 .4 2 6 3 7 .4 2 6
ÁREA PROYECTO 3 .6 3 9 .9 3 4 2 4 .6 0 0 2 4 .6 0 0 2 4 .6 0 0 2 4 .6 0 0 2 4 .6 0 0 2 4 .6 0 0 2 4 .6 0 0 2 4 .6 0 0 2 4 .6 0 0 2 4 .6 0 0 2 4 .6 0 0 3 4 .9 0 0
TOPOGRAFÍ A 8 .9 5 7 .3 4 5 4 9 .0 5 3 3 7 .4 0 3 3 7 .0 7 3 3 7 .4 0 3 3 7 .0 7 3 3 7 .4 0 3 3 7 .0 7 3 3 7 .4 0 3 3 7 .0 7 3 3 7 .4 0 3
LABORATORI O 7 .0 7 5 .7 0 3 5 2 .3 3 9 4 0 .6 8 9 4 0 .6 8 9 4 0 .6 8 9 4 2 .1 7 0 4 2 .1 7 0 4 2 .1 7 0 4 2 .1 7 0 4 2 .1 7 0 4 2 .1 7 0
ÁREA PLAN EAM I ENTO 1 .3 2 1 .5 9 0
ASEGURAMI ENTO CALI DAD 8 2 0 .8 2 7
GERENCI A DE PRODUCCI ÓN 2 2 .4 8 0 .8 2 4 6 9 .3 7 0 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 4 .5 4 6 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 4 .5 4 6 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 5 .1 0 6
GERENTE DE PRODUCCI ÓN 6 .4 1 6 .1 4 6 6 9 .3 7 0 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 4 .5 4 6 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 4 .5 4 6 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 3 .8 8 6 4 5 .1 0 6
CONCRETO - PUENTES / VI ADUCTOS / MUROS / PÓRTI COS 5 .3 5 5 .5 5 5
TERRAPLÉN / PAVI MENTO 6 .2 0 7 .6 2 6
CONCRETO DRENAJE 3 .2 6 0 .2 9 9
CONCRETO PATI O Y MONTAJE 1 .2 4 1 .1 9 8
GERENCI A ADMI NI STRACI ÓN CONTRACTUAL /
LI BERACI ON ES 4 .0 0 5 .7 1 0 3 0 .9 6 5 3 0 .6 3 5 3 0 .9 6 5 3 0 .6 3 5 3 0 .9 6 5 3 0 .6 3 5 3 0 .9 6 5 3 0 .6 3 5 3 0 .9 6 5 3 0 .6 3 5 3 0 .9 6 5 3 0 .6 3 5 3 4 .2 6 4 4 1 .8 5 0 4 0 .8 6 0
GERENCI A ADMI NI STRACI ÓN CONTRACTUAL 3 .1 4 5 .1 1 0 3 0 .9 6 5 3 0 .6 3 5 3 0 .9 6 5 3 0 .6 3 5 3 0 .9 6 5 3 0 .6 3 5 3 0 .9 6 5 3 0 .6 3 5 3 0 .9 6 5 3 0 .6 3 5 3 0 .9 6 5 3 0 .6 3 5 3 4 .2 6 4 3 3 .9 3 4 3 4 .2 6 4
ADMI N I STRACI ÓN CONTRACTUAL 8 6 0 .5 9 9 7 .9 1 5 6 .5 9 5
GERENCI A EQUI POS/ I NDUSTRI AL 8 .0 5 2 .0 1 3 3 7 .4 4 6
GERENCI A EQUI POS/ I NDUSTRI AL 1 .9 5 6 .5 5 9 3 7 .4 4 6
CONTROL DE EQUI POS MÓVI LES 1 .1 8 8 .7 6 7
MANTENI MI ENTO DE EQUI POS MÓVI LES 1 .5 5 7 .2 8 6
ÁREA I NDUSTRI AL ( PLANTAS) 3 .3 4 9 .4 0 0
GERENCI A DE SEGURI DAD FÍ SI CA Y PATRI MONI AL DEL PRO
4 .9 4 7 .5 3 2 1 5 .0 2 9 1 5 .0 2 9 1 5 .0 2 9 1 5 .0 2 9 1 5 .3 9 5 1 5 .0 2 9 1 6 .4 4 5 1 9 .9 5 3 1 9 .9 5 3
GERENTE DE SEGURI DAD DEL PROYECTO 2 .4 7 3 .1 8 6 1 5 .0 2 9 1 5 .0 2 9 1 5 .0 2 9 1 5 .0 2 9 1 5 .3 9 5 1 5 .0 2 9 1 6 .4 4 5 1 9 .9 5 3 1 9 .9 5 3
SECTOR DE SEGURI DAD 2 .4 7 4 .3 4 6
GERENCI A DE SUSTENTABI LI DAD 9 .8 7 4 .0 9 1
GERENTE DE SUSTENTABI LI DAD 1 .8 7 3 .1 9 6
ÁREA DE SEGURI DAD I NDUSTRI AL 5 .8 4 1 .2 1 4
SERVI CI OS MÉDI COS Y SALUD 2 .1 5 9 .6 8 1
GASTOS EN FUNCI ÓN DE LA MANO DE OBRA 2 5 .0 5 3 .8 5 6 4 .1 2 1 3 .6 2 1 3 .6 2 1 4 .6 8 9 4 .4 8 9 9 .3 1 9 1 0 .2 5 7 1 0 .1 0 7 1 0 .1 0 7 1 0 .5 8 1 1 0 .4 8 1 1 0 .4 8 1 1 1 .5 8 1 1 2 .0 4 8 1 2 .9 5 8
GASTOS EN FUNCI ÓN DE LA MANO DE OBRA SOLO DI RECTO
2 0 .5 5 7 .3 4 7 5 8 6 5 8 6 5 8 6 8 2 0 8 2 0 1 .5 2 2 1 .6 9 8 1 .6 9 8 1 .6 9 8 2 .0 9 2 2 .0 9 2 2 .0 9 2 2 .2 6 8 2 .3 8 5 2 .5 0 2
Anexo 1 Cronogram a de Costos I ndirectos Concesión Vial ( USD)
3 de 6
Descripción Total (C)
COSTOS I ND I RECTOS 1 5 3 .0 4 8 .7 1 1
DI RECCI ÓN DEL CONTRATO 4 .6 3 1 .4 7 0
DI RECTOR DEL CONTRATO 4 .6 3 1 .4 7 0
GERENCI A ADMI NI STRATI VA 2 0 .4 6 0 .0 5 8
GERENTE ADMI NI STRATI VO 2 .2 6 2 .5 6 2
DEPRECI ACI ÓN EQUI POS OFI CI NAS 5 8 0 .0 0 0
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS 1 .6 7 5 .7 3 7
DEPARTAMENTO DE FI NANZAS 1 .4 3 8 .8 9 0
ÁREA ADMI NI STRATI VO/ SERVI CI OS GENERALES 4 .4 2 6 .9 1 2
ÁREA MANTENI MI ENTO GENERAL 3 .5 8 6 .9 0 0
ÁREA TI / COMUNI CACI ÓN 2 .2 4 1 .7 9 8
ÁREA MATERI ALES/ ALM ACÉN / PATRI MONI O 2 .1 4 0 .4 3 6
PROGRAMA DE CAPACI TACI ÓN DE MANO DE OBRA LOCAL 1 .8 0 6 .8 2 3
MOVI LI ZACI ÓN 3 0 0 .0 0 0
GERENCI A COMERCI AL 8 .1 1 4 .8 1 5
GERENCI A COMERCI AL 2 .6 0 4 .0 9 6
COMERCI AL - REGI STRO DE TRABAJOS Y COSTOS 3 .9 3 7 .5 2 4
COMERCI AL - SUBCONTRATOS 1 .5 7 3 .1 9 5
GERENCI A I NGENI ERÍ A 2 4 .8 7 0 .9 9 6
GERENTE DE I NGENI ERÍ A 3 .0 5 5 .5 9 6
ÁREA PROYECTO 3 .6 3 9 .9 3 4
TOPOGRAFÍ A 8 .9 5 7 .3 4 5
LABORATORI O 7 .0 7 5 .7 0 3
ÁREA PLAN EAMI EN TO 1 .3 2 1 .5 9 0
ASEGURAMI ENTO CALI DAD 8 2 0 .8 2 7
GERENCI A DE PRODUCCI ÓN 2 2 .4 8 0 .8 2 4
GERENTE DE PRODUCCI ÓN 6 .4 1 6 .1 4 6
CONCRETO - PUENTES / VI ADUCTOS / MUROS / PÓRTI COS 5 .3 5 5 .5 5 5
TERRAPLÉN / PAVI MENTO 6 .2 0 7 .6 2 6
CONCRETO DRENAJE 3 .2 6 0 .2 9 9
CONCRETO PATI O Y MONTAJE 1 .2 4 1 .1 9 8
GERENCI A ADMI NI STRACI ÓN CONTRACTUAL /
LI BERACI ON ES 4 .0 0 5 .7 1 0
GERENCI A ADMI NI STRACI ÓN CONTRACTUAL 3 .1 4 5 .1 1 0
ADMI N I STRACI ÓN CONTRACTUAL 8 6 0 .5 9 9
GERENCI A EQUI POS/ I NDUSTRI AL 8 .0 5 2 .0 1 3
GERENCI A EQUI POS/ I NDUSTRI AL 1 .9 5 6 .5 5 9
CONTROL DE EQUI POS MÓVI LES 1 .1 8 8 .7 6 7
MANTENI MI ENTO DE EQUI POS MÓVI LES 1 .5 5 7 .2 8 6
ÁREA I NDUSTRI AL ( PLANTAS) 3 .3 4 9 .4 0 0
GERENCI A DE SEGURI DAD FÍ SI CA Y PATRI MONI AL DEL PRO
4 .9 4 7 .5 3 2
GERENTE DE SEGURI DAD DEL PROYECTO 2 .4 7 3 .1 8 6
SECTOR DE SEGURI DAD 2 .4 7 4 .3 4 6
GERENCI A DE SUSTENTABI LI DAD 9 .8 7 4 .0 9 1
GERENTE DE SUSTENTABI LI DAD 1 .8 7 3 .1 9 6
ÁREA DE SEGURI DAD I NDUSTRI AL 5 .8 4 1 .2 1 4
SERVI CI OS MÉDI COS Y SALUD 2 .1 5 9 .6 8 1
GASTOS EN FUNCI ÓN DE LA MANO DE OBRA 2 5 .0 5 3 .8 5 6
GASTOS EN FUNCI ÓN DE LA MANO DE OBRA SOLO DI RECTO
2 0 .5 5 7 .3 4 7
Anexo 1 Cronogram a de Costos I ndirectos Concesión Vial ( USD)
29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40
1 .8 8 5 .9 4 3 2 .0 2 4 .7 4 1 2 .3 5 5 .3 5 0 2 .7 8 9 .3 4 7 2 .9 2 6 .0 3 1 3 .6 6 2 .3 7 7 3 .3 2 2 .6 2 1 3 .5 4 6 .1 6 5 3 .8 2 9 .4 4 9 3 .7 0 6 .7 4 3 3 .8 7 1 .5 7 7 3 .7 1 0 .0 6 8
5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 6 8 .0 0 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 8 .6 2 7 6 8 .0 0 7 5 5 .3 4 7
5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 6 8 .0 0 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 8 .6 2 7 6 8 .0 0 7 5 5 .3 4 7
2 9 8 .6 5 7 3 0 1 .5 8 7 3 6 9 .4 0 2 3 5 9 .7 3 2 3 6 0 .1 4 2 4 5 4 .4 7 2 3 6 4 .1 4 2 3 6 4 .4 7 2 3 7 0 .1 4 2 3 7 0 .4 7 2 3 7 0 .1 4 2 3 7 0 .4 7 2
3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2
1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0
2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5
2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9
7 1 .4 6 2 7 1 .4 6 2 7 2 .6 0 7 7 2 .6 0 7 7 3 .3 4 7 1 6 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7
3 6 .0 0 0 3 6 .0 0 0 4 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0
3 4 .3 0 4 3 6 .9 0 4 3 6 .9 0 4 3 6 .9 0 4 3 6 .9 0 4 4 0 .9 0 4 4 0 .9 0 4 4 0 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4
3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4
2 9 .1 1 1 2 9 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1
5 0 .0 0 0
1 0 8 .4 0 4 1 0 9 .3 2 4 1 0 8 .1 0 4 1 1 6 .7 3 9 1 2 3 .9 0 8 1 2 5 .1 2 8 1 3 1 .8 7 1 1 3 2 .7 9 1 1 3 1 .5 7 1 1 3 3 .0 9 1 1 3 1 .5 7 1 1 3 2 .7 9 1
3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2
5 2 .5 6 8 5 2 .5 6 8 5 2 .5 6 8 5 9 .6 8 3 6 8 .3 7 2 6 8 .3 7 2 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5
2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4 2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4 2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4 2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4
3 6 1 .0 5 0 3 6 1 .3 8 0 4 3 2 .6 6 6 4 3 2 .9 9 6 4 3 2 .6 6 6 4 3 2 .9 9 6 4 3 4 .9 9 6 4 3 3 .3 2 6 4 3 6 .9 9 6 4 3 7 .3 2 6 4 3 6 .9 9 6 4 3 7 .3 2 6
4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5
5 7 .4 2 6 5 7 .4 2 6 5 7 .7 5 6 5 7 .7 5 6 5 7 .7 5 6 5 7 .7 5 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6
1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2
1 0 2 .7 4 6 1 0 2 .7 4 6 1 2 6 .8 3 8 1 2 6 .8 3 8 1 2 6 .8 3 8 1 2 6 .8 3 8 1 2 8 .8 3 8 1 2 6 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8
2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3
1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1
3 9 0 .6 6 5 3 8 1 .9 2 5 4 0 4 .7 8 9 3 9 6 .0 4 9 4 0 4 .7 8 9 3 9 6 .0 4 9 4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9 4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9 4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9
1 0 8 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 8 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 8 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3
9 1 .1 4 3 9 1 .1 4 3 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7
1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6
6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7
2 2 .2 2 6 2 2 .2 2 6 2 2 .2 2 6 2 2 .2 2 6 2 2 .2 2 6 2 2 .2 2 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6
5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8
3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1
1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7
1 0 6 .1 9 8 1 2 4 .6 5 2 1 2 5 .9 7 2 1 2 4 .6 5 2 1 2 5 .9 7 2 1 5 7 .5 4 7 1 4 5 .7 4 7 1 4 4 .4 2 7 1 4 5 .7 4 7 1 4 4 .4 2 7 1 4 5 .7 4 7 1 5 7 .5 4 7
2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 3 9 .9 2 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 3 9 .9 2 5
1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1
3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9
2 7 .7 3 2 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1
8 5 .7 7 2 9 1 .6 7 2 9 2 .0 3 8 9 4 .6 2 2 9 4 .6 2 2 9 4 .6 2 2 9 7 .5 7 2 9 4 .9 8 8 9 4 .6 2 2 9 1 .6 7 2 9 1 .6 7 2 9 1 .6 7 2
3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .7 6 0 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .7 6 0 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4
4 8 .3 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 7 .2 2 8 5 7 .2 2 8 5 7 .2 2 8 6 0 .1 7 8 5 7 .2 2 8 5 7 .2 2 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8
1 7 0 .4 6 8 1 6 9 .1 4 8 1 7 6 .4 6 8 1 7 4 .1 4 8 1 7 5 .4 6 8 1 8 8 .2 6 8 1 7 5 .4 6 8 1 7 7 .4 4 7 1 7 9 .7 6 7 1 8 2 .4 4 7 1 8 3 .7 6 7 1 9 6 .5 6 7
3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 1 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 4 4 .2 3 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 1 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 4 4 .2 3 2
1 0 3 .3 1 1 1 0 1 .9 9 1 1 0 8 .3 1 1 1 0 6 .9 9 1 1 0 8 .3 1 1 1 0 6 .9 9 1 1 0 8 .3 1 1 1 1 0 .2 9 0 1 1 1 .6 1 0 1 1 5 .2 9 0 1 1 6 .6 1 0 1 1 5 .2 9 0
3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5
1 6 5 .7 7 4 2 3 1 .1 8 9 3 1 6 .4 3 8 5 5 1 .6 9 0 5 8 5 .2 8 4 9 2 5 .4 2 2 7 6 3 .0 1 6 8 8 9 .3 5 7 1 .0 2 9 .7 6 2 9 4 6 .3 5 4 1 .0 3 7 .9 1 2 9 3 7 .1 5 9
9 0 .9 3 9 1 4 5 .5 1 9 2 2 1 .4 5 7 4 3 0 .3 7 3 5 0 2 .5 0 4 7 7 9 .5 2 8 7 0 1 .6 7 5 8 0 4 .6 3 3 9 3 2 .7 0 7 8 9 2 .9 5 0 9 5 2 .9 7 5 8 8 1 .8 0 9
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales” en los contratos de
infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
59
3 de 6
Descripción Total (C)
COSTOS I NDI RECTOS 1 5 3 .0 4 8 .7 1 1
DI RECCI ÓN DEL CONTRATO 4 .6 3 1 .4 7 0
DI RECTOR DEL CONTRATO 4 .6 3 1 .4 7 0
GERENCI A ADMI N I STRATI VA 2 0 .4 6 0 .0 5 8
GERENTE ADMI NI STRATI VO 2 .2 6 2 .5 6 2
DEPRECI ACI ÓN EQUI POS OFI CI NAS 5 8 0 .0 0 0
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS 1 .6 7 5 .7 3 7
DEPARTAMENTO DE FI NANZAS 1 .4 3 8 .8 9 0
ÁREA ADMI NI STRATI VO/ SERVI CI OS GENERALES 4 .4 2 6 .9 1 2
ÁREA MANTENI MI ENTO GENERAL 3 .5 8 6 .9 0 0
ÁREA TI / COMUNI CACI ÓN 2 .2 4 1 .7 9 8
ÁREA MATERI ALES/ ALM ACÉN / PATRI MONI O 2 .1 4 0 .4 3 6
PROGRAMA DE CAPACI TACI ÓN DE MANO DE OBRA LOCAL 1 .8 0 6 .8 2 3
MOVI LI ZACI ÓN 3 0 0 .0 0 0
GERENCI A COMERCI AL 8 .1 1 4 .8 1 5
GERENCI A COMERCI AL 2 .6 0 4 .0 9 6
COMERCI AL - REGI STRO DE TRABAJOS Y COSTOS 3 .9 3 7 .5 2 4
COMERCI AL - SUBCONTRATOS 1 .5 7 3 .1 9 5
GERENCI A I NGENI ERÍ A 2 4 .8 7 0 .9 9 6
GERENTE DE I NGENI ERÍ A 3 .0 5 5 .5 9 6
ÁREA PROYECTO 3 .6 3 9 .9 3 4
TOPOGRAFÍ A 8 .9 5 7 .3 4 5
LABORATORI O 7 .0 7 5 .7 0 3
ÁREA PLAN EAM I ENTO 1 .3 2 1 .5 9 0
ASEGURAMI ENTO CALI DAD 8 2 0 .8 2 7
GERENCI A DE PRODUCCI ÓN 2 2 .4 8 0 .8 2 4
GERENTE DE PRODUCCI ÓN 6 .4 1 6 .1 4 6
CONCRETO - PUENTES / VI ADUCTOS / MUROS / PÓRTI COS 5 .3 5 5 .5 5 5
TERRAPLÉN / PAVI MENTO 6 .2 0 7 .6 2 6
CONCRETO DRENAJE 3 .2 6 0 .2 9 9
CONCRETO PATI O Y MONTAJE 1 .2 4 1 .1 9 8
GERENCI A ADMI N I STRACI ÓN CONTRACTUAL /
LI BERACI ONES 4 .0 0 5 .7 1 0
GERENCI A ADMI N I STRACI ÓN CONTRACTUAL 3 .1 4 5 .1 1 0
ADMI N I STRACI ÓN CONTRACTUAL 8 6 0 .5 9 9
GERENCI A EQUI POS/ I NDUSTRI AL 8 .0 5 2 .0 1 3
GERENCI A EQUI POS/ I NDUSTRI AL 1 .9 5 6 .5 5 9
CONTROL DE EQUI POS MÓVI LES 1 .1 8 8 .7 6 7
MANTENI MI ENTO DE EQUI POS MÓVI LES 1 .5 5 7 .2 8 6
ÁREA I NDUSTRI AL ( PLANTAS) 3 .3 4 9 .4 0 0
GERENCI A DE SEGURI DAD FÍ SI CA Y PATRI MONI AL DEL PRO
4 .9 4 7 .5 3 2
GERENTE DE SEGURI DAD DEL PROYECTO 2 .4 7 3 .1 8 6
SECTOR DE SEGURI DAD 2 .4 7 4 .3 4 6
GERENCI A DE SUSTENTABI LI DAD 9 .8 7 4 .0 9 1
GERENTE DE SUSTENTABI LI DAD 1 .8 7 3 .1 9 6
ÁREA DE SEGURI DAD I NDUSTRI AL 5 .8 4 1 .2 1 4
SERVI CI OS MÉDI COS Y SALUD 2 .1 5 9 .6 8 1
GASTOS EN FUN CI ÓN DE LA MANO DE OBRA 2 5 .0 5 3 .8 5 6
GASTOS EN FUN CI ÓN DE LA MANO DE OBRA SOLO DI RECTO
2 0 .5 5 7 .3 4 7
Anexo 1 Cronogram a de Costos I ndirectos Concesión Vial ( USD)
29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40
1 .8 8 5 .9 4 3 2 .0 2 4 .7 4 1 2 .3 5 5 .3 5 0 2 .7 8 9 .3 4 7 2 .9 2 6 .0 3 1 3 .6 6 2 .3 7 7 3 .3 2 2 .6 2 1 3 .5 4 6 .1 6 5 3 .8 2 9 .4 4 9 3 .7 0 6 .7 4 3 3 .8 7 1 .5 7 7 3 .7 1 0 .0 6 8
5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 6 8 .0 0 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 8 .6 2 7 6 8 .0 0 7 5 5 .3 4 7
5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 6 8 .0 0 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 8 .6 2 7 6 8 .0 0 7 5 5 .3 4 7
2 9 8 .6 5 7 3 0 1 .5 8 7 3 6 9 .4 0 2 3 5 9 .7 3 2 3 6 0 .1 4 2 4 5 4 .4 7 2 3 6 4 .1 4 2 3 6 4 .4 7 2 3 7 0 .1 4 2 3 7 0 .4 7 2 3 7 0 .1 4 2 3 7 0 .4 7 2
3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2
1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0
2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5
2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9
7 1 .4 6 2 7 1 .4 6 2 7 2 .6 0 7 7 2 .6 0 7 7 3 .3 4 7 1 6 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7
3 6 .0 0 0 3 6 .0 0 0 4 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0
3 4 .3 0 4 3 6 .9 0 4 3 6 .9 0 4 3 6 .9 0 4 3 6 .9 0 4 4 0 .9 0 4 4 0 .9 0 4 4 0 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4
3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4
2 9 .1 1 1 2 9 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1
5 0 .0 0 0
1 0 8 .4 0 4 1 0 9 .3 2 4 1 0 8 .1 0 4 1 1 6 .7 3 9 1 2 3 .9 0 8 1 2 5 .1 2 8 1 3 1 .8 7 1 1 3 2 .7 9 1 1 3 1 .5 7 1 1 3 3 .0 9 1 1 3 1 .5 7 1 1 3 2 .7 9 1
3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2
5 2 .5 6 8 5 2 .5 6 8 5 2 .5 6 8 5 9 .6 8 3 6 8 .3 7 2 6 8 .3 7 2 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5
2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4 2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4 2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4 2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4
3 6 1 .0 5 0 3 6 1 .3 8 0 4 3 2 .6 6 6 4 3 2 .9 9 6 4 3 2 .6 6 6 4 3 2 .9 9 6 4 3 4 .9 9 6 4 3 3 .3 2 6 4 3 6 .9 9 6 4 3 7 .3 2 6 4 3 6 .9 9 6 4 3 7 .3 2 6
4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5
5 7 .4 2 6 5 7 .4 2 6 5 7 .7 5 6 5 7 .7 5 6 5 7 .7 5 6 5 7 .7 5 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6
1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2
1 0 2 .7 4 6 1 0 2 .7 4 6 1 2 6 .8 3 8 1 2 6 .8 3 8 1 2 6 .8 3 8 1 2 6 .8 3 8 1 2 8 .8 3 8 1 2 6 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8
2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3
1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1
3 9 0 .6 6 5 3 8 1 .9 2 5 4 0 4 .7 8 9 3 9 6 .0 4 9 4 0 4 .7 8 9 3 9 6 .0 4 9 4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9 4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9 4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9
1 0 8 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 8 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 8 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3
9 1 .1 4 3 9 1 .1 4 3 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7
1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6
6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7
2 2 .2 2 6 2 2 .2 2 6 2 2 .2 2 6 2 2 .2 2 6 2 2 .2 2 6 2 2 .2 2 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6
5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8
3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1
1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7
1 0 6 .1 9 8 1 2 4 .6 5 2 1 2 5 .9 7 2 1 2 4 .6 5 2 1 2 5 .9 7 2 1 5 7 .5 4 7 1 4 5 .7 4 7 1 4 4 .4 2 7 1 4 5 .7 4 7 1 4 4 .4 2 7 1 4 5 .7 4 7 1 5 7 .5 4 7
2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 3 9 .9 2 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 3 9 .9 2 5
1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1
3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9
2 7 .7 3 2 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1
8 5 .7 7 2 9 1 .6 7 2 9 2 .0 3 8 9 4 .6 2 2 9 4 .6 2 2 9 4 .6 2 2 9 7 .5 7 2 9 4 .9 8 8 9 4 .6 2 2 9 1 .6 7 2 9 1 .6 7 2 9 1 .6 7 2
3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .7 6 0 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .7 6 0 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4
4 8 .3 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 7 .2 2 8 5 7 .2 2 8 5 7 .2 2 8 6 0 .1 7 8 5 7 .2 2 8 5 7 .2 2 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8
1 7 0 .4 6 8 1 6 9 .1 4 8 1 7 6 .4 6 8 1 7 4 .1 4 8 1 7 5 .4 6 8 1 8 8 .2 6 8 1 7 5 .4 6 8 1 7 7 .4 4 7 1 7 9 .7 6 7 1 8 2 .4 4 7 1 8 3 .7 6 7 1 9 6 .5 6 7
3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 1 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 4 4 .2 3 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 1 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 4 4 .2 3 2
1 0 3 .3 1 1 1 0 1 .9 9 1 1 0 8 .3 1 1 1 0 6 .9 9 1 1 0 8 .3 1 1 1 0 6 .9 9 1 1 0 8 .3 1 1 1 1 0 .2 9 0 1 1 1 .6 1 0 1 1 5 .2 9 0 1 1 6 .6 1 0 1 1 5 .2 9 0
3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5
1 6 5 .7 7 4 2 3 1 .1 8 9 3 1 6 .4 3 8 5 5 1 .6 9 0 5 8 5 .2 8 4 9 2 5 .4 2 2 7 6 3 .0 1 6 8 8 9 .3 5 7 1 .0 2 9 .7 6 2 9 4 6 .3 5 4 1 .0 3 7 .9 1 2 9 3 7 .1 5 9
9 0 .9 3 9 1 4 5 .5 1 9 2 2 1 .4 5 7 4 3 0 .3 7 3 5 0 2 .5 0 4 7 7 9 .5 2 8 7 0 1 .6 7 5 8 0 4 .6 3 3 9 3 2 .7 0 7 8 9 2 .9 5 0 9 5 2 .9 7 5 8 8 1 .8 0 9
4 de 6
Descripción Total (C)
COSTOS I ND I RECTOS 1 5 3 .0 4 8 .7 1 1
DI RECCI ÓN DEL CONTRATO 4 .6 3 1 .4 7 0
DI RECTOR DEL CONTRATO 4 .6 3 1 .4 7 0
GERENCI A ADMI N I STRATI VA 2 0 .4 6 0 .0 5 8
GERENTE ADMI NI STRATI VO 2 .2 6 2 .5 6 2
DEPRECI ACI ÓN EQUI POS OFI CI NAS 5 8 0 .0 0 0
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUM ANOS 1 .6 7 5 .7 3 7
DEPARTAMENTO DE FI NANZAS 1 .4 3 8 .8 9 0
ÁREA ADMI NI STRATI VO/ SERVI CI OS GENERALES 4 .4 2 6 .9 1 2
ÁREA MANTENI MI ENTO GENERAL 3 .5 8 6 .9 0 0
ÁREA TI / COMUNI CACI ÓN 2 .2 4 1 .7 9 8
ÁREA MATERI ALES/ ALM ACÉN / PATRI MON I O 2 .1 4 0 .4 3 6
PROGRAMA DE CAPACI TACI ÓN DE MANO DE OBRA LOCAL 1 .8 0 6 .8 2 3
MOVI LI ZACI ÓN 3 0 0 .0 0 0
GERENCI A COMERCI AL 8 .1 1 4 .8 1 5
GERENCI A COMERCI AL 2 .6 0 4 .0 9 6
COMERCI AL - REGI STRO DE TRABAJOS Y COSTOS 3 .9 3 7 .5 2 4
COMERCI AL - SUBCONTRATOS 1 .5 7 3 .1 9 5
GERENCI A I NGENI ERÍ A 2 4 .8 7 0 .9 9 6
GERENTE DE I NGENI ERÍ A 3 .0 5 5 .5 9 6
ÁREA PROYECTO 3 .6 3 9 .9 3 4
TOPOGRAFÍ A 8 .9 5 7 .3 4 5
LABORATORI O 7 .0 7 5 .7 0 3
ÁREA PLAN EAM I EN TO 1 .3 2 1 .5 9 0
ASEGURAMI ENTO CALI DAD 8 2 0 .8 2 7
GERENCI A DE PRODUCCI ÓN 2 2 .4 8 0 .8 2 4
GERENTE DE PRODUCCI ÓN 6 .4 1 6 .1 4 6
CONCRETO - PUENTES / VI ADUCTOS / MUROS / PÓRTI COS 5 .3 5 5 .5 5 5
TERRAPLÉN / PAVI MENTO 6 .2 0 7 .6 2 6
CONCRETO DRENAJE 3 .2 6 0 .2 9 9
CONCRETO PATI O Y MONTAJE 1 .2 4 1 .1 9 8
GERENCI A ADMI N I STRACI ÓN CONTRACTUAL /
LI BERACI ON ES 4 .0 0 5 .7 1 0
GERENCI A ADMI N I STRACI ÓN CONTRACTUAL 3 .1 4 5 .1 1 0
ADMI N I STRACI ÓN CONTRACTUAL 8 6 0 .5 9 9
GERENCI A EQUI POS/ I NDUSTRI AL 8 .0 5 2 .0 1 3
GERENCI A EQUI POS/ I NDUSTRI AL 1 .9 5 6 .5 5 9
CONTROL DE EQUI POS MÓVI LES 1 .1 8 8 .7 6 7
MANTENI MI ENTO DE EQUI POS MÓVI LES 1 .5 5 7 .2 8 6
ÁREA I NDUSTRI AL ( PLANTAS) 3 .3 4 9 .4 0 0
GERENCI A DE SEGURI DAD FÍ SI CA Y PATRI MONI AL DEL PRO
4 .9 4 7 .5 3 2
GERENTE DE SEGURI DAD DEL PROYECTO 2 .4 7 3 .1 8 6
SECTOR DE SEGURI DAD 2 .4 7 4 .3 4 6
GERENCI A DE SUSTENTABI LI DAD 9 .8 7 4 .0 9 1
GERENTE DE SUSTENTABI LI DAD 1 .8 7 3 .1 9 6
ÁREA DE SEGURI DAD I NDUSTRI AL 5 .8 4 1 .2 1 4
SERVI CI OS MÉDI COS Y SALUD 2 .1 5 9 .6 8 1
GASTOS EN FUN CI ÓN DE LA MAN O DE OBRA 2 5 .0 5 3 .8 5 6
GASTOS EN FUN CI ÓN DE LA MAN O DE OBRA SOLO DI RECTO
2 0 .5 5 7 .3 4 7
Anexo 1 Cronogram a de Costos I ndirectos Concesión Vial ( USD)
41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52
3 .7 4 3 .3 6 3 3 .9 7 8 .2 6 0 3 .7 6 3 .0 2 4 3 .7 6 3 .4 1 1 3 .7 9 7 .8 7 4 3 .8 0 9 .1 6 1 3 .2 0 3 .6 6 7 3 .2 5 6 .8 6 4 3 .1 6 3 .1 5 3 3 .0 0 3 .8 4 2 3 .0 9 5 .5 9 4 2 .9 1 2 .7 4 4
5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 1 0 5 .3 4 7 6 1 .9 0 7 6 1 .4 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 8 .6 2 7 6 1 .9 0 7 6 1 .4 4 7 5 5 .3 4 7
5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 1 0 5 .3 4 7 6 1 .9 0 7 6 1 .4 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 8 .6 2 7 6 1 .9 0 7 6 1 .4 4 7 5 5 .3 4 7
3 7 0 .1 4 2 3 7 0 .4 7 2 3 7 0 .1 4 2 3 7 0 .4 7 2 3 7 0 .1 4 2 4 6 0 .4 7 2 3 7 0 .1 4 2 3 7 0 .4 7 2 3 7 0 .1 4 2 3 7 0 .4 7 2 3 7 0 .1 4 2 3 7 0 .4 7 2
3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2
1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0
2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5
2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9
7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 1 6 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7
8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0
4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4
3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4
3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1
1 3 1 .8 7 1 1 3 2 .7 9 1 1 3 1 .5 7 1 1 3 3 .0 9 1 1 3 1 .5 7 1 1 3 2 .7 9 1 1 3 1 .8 7 1 1 3 2 .7 9 1 1 3 1 .5 7 1 1 3 3 .0 9 1 1 3 1 .5 7 1 1 3 2 .7 9 1
3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2
7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5
2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4 2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4 2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4 2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4
4 3 6 .9 9 6 4 3 7 .3 2 6 4 4 1 .9 9 6 4 3 7 .3 2 6 4 4 1 .9 9 6 4 3 7 .3 2 6 4 4 1 .9 9 6 4 3 7 .3 2 6 4 3 6 .9 9 6 4 3 7 .3 2 6 4 3 6 .9 9 6 4 3 7 .3 2 6
4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5
5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6
1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2
1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8
2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3
1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 8 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 8 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 8 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1
4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9 4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9 4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9 4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9 4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9 4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9
1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3
1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7
1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6
6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7
2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6
5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8
3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1
1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7
1 4 5 .7 4 7 1 4 4 .4 2 7 1 4 5 .7 4 7 1 4 4 .4 2 7 1 4 5 .7 4 7 1 5 7 .5 4 7 1 4 5 .7 4 7 1 4 4 .4 2 7 1 4 5 .7 4 7 1 4 4 .4 2 7 1 4 5 .7 4 7 1 5 7 .5 4 7
2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 3 9 .9 2 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 3 9 .9 2 5
1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1
3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9
6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1
9 2 .0 3 8 9 1 .6 7 2 9 1 .6 7 2 9 1 .6 7 2 9 1 .6 7 2 9 2 .0 3 8 9 1 .6 7 2 9 1 .6 7 2 9 1 .6 7 2 9 1 .6 7 2 9 2 .0 3 8 9 1 .6 7 2
3 7 .7 6 0 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .7 6 0 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .7 6 0 3 7 .3 9 4
5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8
1 8 3 .7 6 7 1 8 2 .4 4 7 1 8 4 .7 6 7 1 8 2 .4 4 7 1 8 3 .7 6 7 1 9 6 .5 6 7 1 8 3 .7 6 7 1 8 2 .4 4 7 1 8 4 .7 6 7 1 8 2 .4 4 7 1 8 3 .7 6 7 1 9 6 .5 6 7
3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 1 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 4 4 .2 3 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 1 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 4 4 .2 3 2
1 1 6 .6 1 0 1 1 5 .2 9 0 1 1 6 .6 1 0 1 1 5 .2 9 0 1 1 6 .6 1 0 1 1 5 .2 9 0 1 1 6 .6 1 0 1 1 5 .2 9 0 1 1 6 .6 1 0 1 1 5 .2 9 0 1 1 6 .6 1 0 1 1 5 .2 9 0
3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5
9 6 7 .3 4 8 1 .1 0 7 .9 0 0 9 4 4 .1 6 3 9 7 5 .0 7 8 9 9 5 .1 4 2 9 7 0 .0 3 3 6 9 7 .6 8 2 7 3 8 .5 6 8 6 8 7 .2 0 4 6 0 0 .4 0 9 6 6 0 .5 9 5 5 5 2 .8 1 9
9 0 7 .3 1 9 1 .0 0 6 .5 0 1 8 9 4 .8 3 1 9 1 7 .6 1 3 9 2 3 .6 0 2 8 5 7 .6 6 2 6 3 2 .6 5 5 6 5 4 .4 3 6 6 0 3 .6 3 9 5 3 2 .7 1 3 5 6 0 .5 0 3 4 6 8 .8 2 5
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales” en los contratos de
infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
61
5 de 6
Descripción Total (C)
COSTOS I NDI RECTOS 1 5 3 .0 4 8 .7 1 1
DI RECCI ÓN DEL CONTRATO 4 .6 3 1 .4 7 0
DI RECTOR DEL CONTRATO 4 .6 3 1 .4 7 0
GERENCI A ADMI NI STRATI VA 2 0 .4 6 0 .0 5 8
GERENTE ADMI NI STRATI VO 2 .2 6 2 .5 6 2
DEPRECI ACI ÓN EQUI POS OFI CI NAS 5 8 0 .0 0 0
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUM ANOS 1 .6 7 5 .7 3 7
DEPARTAMENTO DE FI NANZAS 1 .4 3 8 .8 9 0
ÁREA ADMI N I STRATI VO/ SERVI CI OS GENERALES 4 .4 2 6 .9 1 2
ÁREA MANTENI MI ENTO GENERAL 3 .5 8 6 .9 0 0
ÁREA TI / COMUNI CACI ÓN 2 .2 4 1 .7 9 8
ÁREA MATERI ALES/ ALM ACÉN / PATRI MONI O 2 .1 4 0 .4 3 6
PROGRAMA DE CAPACI TACI ÓN DE MANO DE OBRA LOCAL 1 .8 0 6 .8 2 3
MOVI LI ZACI ÓN 3 0 0 .0 0 0
GERENCI A COMERCI AL 8 .1 1 4 .8 1 5
GERENCI A COMERCI AL 2 .6 0 4 .0 9 6
COMERCI AL - REGI STRO DE TRABAJOS Y COSTOS 3 .9 3 7 .5 2 4
COMERCI AL - SUBCONTRATOS 1 .5 7 3 .1 9 5
GERENCI A I NGENI ERÍ A 2 4 .8 7 0 .9 9 6
GERENTE DE I NGENI ERÍ A 3 .0 5 5 .5 9 6
ÁREA PROYECTO 3 .6 3 9 .9 3 4
TOPOGRAFÍ A 8 .9 5 7 .3 4 5
LABORATORI O 7 .0 7 5 .7 0 3
ÁREA PLAN EAM I EN TO 1 .3 2 1 .5 9 0
ASEGURAMI ENTO CALI DAD 8 2 0 .8 2 7
GERENCI A DE PRODUCCI ÓN 2 2 .4 8 0 .8 2 4
GERENTE DE PRODUCCI ÓN 6 .4 1 6 .1 4 6
CONCRETO - PUENTES / VI ADUCTOS / MUROS / PÓRTI COS 5 .3 5 5 .5 5 5
TERRAPLÉN / PAVI MENTO 6 .2 0 7 .6 2 6
CONCRETO DRENAJE 3 .2 6 0 .2 9 9
CONCRETO PATI O Y MONTAJE 1 .2 4 1 .1 9 8
GERENCI A ADMI NI STRACI ÓN CONTRACTUAL /
LI BERACI ONES 4 .0 0 5 .7 1 0
GERENCI A ADMI NI STRACI ÓN CONTRACTUAL 3 .1 4 5 .1 1 0
ADMI N I STRACI ÓN CONTRACTUAL 8 6 0 .5 9 9
GERENCI A EQUI POS/ I NDUSTRI AL 8 .0 5 2 .0 1 3
GERENCI A EQUI POS/ I NDUSTRI AL 1 .9 5 6 .5 5 9
CONTROL DE EQUI POS MÓVI LES 1 .1 8 8 .7 6 7
MANTENI MI ENTO DE EQUI POS MÓVI LES 1 .5 5 7 .2 8 6
ÁREA I NDUSTRI AL ( PLANTAS) 3 .3 4 9 .4 0 0
GERENCI A DE SEGURI DAD FÍ SI CA Y PATRI MONI AL DEL PRO
4 .9 4 7 .5 3 2
GERENTE DE SEGURI DAD DEL PROYECTO 2 .4 7 3 .1 8 6
SECTOR DE SEGURI DAD 2 .4 7 4 .3 4 6
GERENCI A DE SUSTENTABI LI DAD 9 .8 7 4 .0 9 1
GERENTE DE SUSTENTABI LI DAD 1 .8 7 3 .1 9 6
ÁREA DE SEGURI DAD I NDUSTRI AL 5 .8 4 1 .2 1 4
SERVI CI OS MÉDI COS Y SALUD 2 .1 5 9 .6 8 1
GASTOS EN FUN CI ÓN DE LA MANO DE OBRA 2 5 .0 5 3 .8 5 6
GASTOS EN FUN CI ÓN DE LA MANO DE OBRA SOLO DI RECTO
2 0 .5 5 7 .3 4 7
Anexo 1 Cronogram a de Costos I ndirectos Concesión Vial ( USD)
53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64
2 .7 7 4 .1 5 5 2 .6 7 6 .3 8 5 2 .6 4 2 .3 1 1 2 .6 3 3 .7 9 5 2 .5 5 9 .5 7 1 2 .6 2 0 .8 5 2 2 .3 9 9 .4 5 6 2 .4 4 3 .1 6 9 2 .4 1 8 .0 8 3 1 .8 8 4 .6 3 0 1 .8 6 0 .0 9 4 1 .8 1 6 .4 5 8
5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 1 1 1 .9 0 7 5 5 .3 4 7 6 1 .4 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 8 .6 2 7 1 1 1 .9 0 7 5 5 .3 4 7 6 1 .4 4 7 5 5 .3 4 7
5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 1 1 1 .9 0 7 5 5 .3 4 7 6 1 .4 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 8 .6 2 7 1 1 1 .9 0 7 5 5 .3 4 7 6 1 .4 4 7 5 5 .3 4 7
3 7 0 .1 4 2 3 7 0 .4 7 2 3 7 0 .1 4 2 3 7 0 .4 7 2 3 7 0 .1 4 2 4 6 0 .4 7 2 3 7 0 .1 4 2 3 7 0 .4 7 2 3 7 0 .1 4 2 2 9 4 .0 6 2 2 9 3 .7 3 2 2 8 6 .6 2 2
3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2
1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0
2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5
2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9
7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 1 6 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 7 3 .3 4 7 5 7 .8 6 7 5 7 .8 6 7 5 5 .4 2 7
8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 8 6 .0 0 0 4 1 .0 0 0 4 1 .0 0 0 3 6 .0 0 0
4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 6 .9 0 4 4 1 .9 0 4 4 1 .9 0 4 4 1 .9 0 4
3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 5 .8 9 4 3 5 .2 3 4 3 1 .9 6 4 3 1 .3 0 4 3 1 .9 6 4
3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 3 6 .1 1 1 2 9 .1 1 1 2 9 .1 1 1 2 9 .1 1 1
1 3 1 .8 7 1 1 3 2 .7 9 1 1 3 1 .5 7 1 1 3 3 .0 9 1 1 3 1 .5 7 1 1 3 2 .7 9 1 1 3 1 .3 7 1 1 3 2 .2 9 1 1 3 1 .0 7 1 1 1 3 .5 2 0 1 1 2 .0 0 0 1 1 3 .2 2 0
3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2
7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 6 .0 3 5 7 5 .5 3 5 7 5 .5 3 5 7 5 .5 3 5 5 6 .4 6 4 5 6 .4 6 4 5 6 .4 6 4
2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4 2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4 2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4 2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4
4 3 6 .9 9 6 4 3 7 .3 2 6 4 4 1 .9 9 6 4 3 7 .3 2 6 4 4 1 .6 6 6 4 3 6 .9 9 6 4 4 1 .6 6 6 4 3 6 .9 9 6 4 4 1 .6 6 6 3 2 8 .9 2 4 3 3 3 .5 9 4 3 2 5 .7 1 7
4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 4 2 .2 7 5 4 1 .9 4 5 3 9 .0 6 9
5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 8 .0 8 6 5 7 .7 5 6 5 7 .7 5 6 5 7 .7 5 6 5 7 .7 5 6 5 7 .7 5 6 4 3 .2 2 9 4 3 .2 2 9 4 3 .2 2 9
1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 6 7 .4 4 2 1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9
1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 1 3 0 .8 3 8 9 3 .7 6 6 9 3 .7 6 6 9 3 .7 6 6
2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 2 4 .9 9 3 1 7 .6 6 5 1 7 .6 6 5 1 7 .6 6 5
1 3 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 8 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 8 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 8 .6 9 1 1 3 .6 9 1 1 8 .6 9 1 1 1 .7 3 9 1 6 .7 3 9 1 1 .7 3 9
4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9 4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9 4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9 4 0 0 .1 1 9 3 9 6 .3 7 9 4 3 7 .2 5 3 2 5 9 .9 0 4 2 6 3 .3 1 4 2 5 9 .9 0 4
1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 0 3 .7 1 3 1 0 3 .0 5 3 1 2 9 .1 9 7 5 2 .1 3 6 5 2 .4 6 6 5 2 .1 3 6
1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 0 5 .2 6 7 1 1 6 .9 1 6 6 1 .6 6 9 6 1 .6 6 9 6 1 .6 6 9
1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 1 0 2 .3 5 6 1 0 5 .4 3 6 9 1 .2 2 3 9 4 .3 0 3 9 1 .2 2 3
6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 6 3 .1 4 7 3 2 .3 1 9 3 2 .3 1 9 3 2 .3 1 9
2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6
5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 5 2 .9 9 8 5 2 .6 6 8 4 9 .4 6 2
3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 9 .6 2 1 3 9 .2 9 1 3 6 .0 8 4
1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7
1 4 5 .7 4 7 1 4 4 .4 2 7 1 4 5 .7 4 7 1 4 4 .4 2 7 1 4 5 .7 4 7 1 5 7 .5 4 7 1 4 5 .7 4 7 1 4 4 .4 2 7 1 4 5 .7 4 7 1 0 8 .9 6 3 1 0 9 .9 5 3 1 2 2 .0 8 3
2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 3 9 .9 2 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 3 9 .9 2 5
1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 8 .6 6 1 1 9 .3 2 1 1 7 .5 1 6 1 8 .1 7 6 1 7 .5 1 6
3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 3 1 .6 7 9 3 2 .3 3 9 1 7 .1 3 5 1 7 .4 6 5 1 7 .1 3 5
6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 6 7 .2 8 1 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7
9 1 .6 7 2 9 1 .6 7 2 9 1 .6 7 2 9 2 .0 3 8 9 1 .6 7 2 9 1 .6 7 2 9 1 .6 7 2 8 2 .8 2 2 8 3 .1 8 8 8 2 .8 2 2 7 9 .8 7 2 8 4 .4 5 3
3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .7 6 0 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 3 7 .7 6 0 3 7 .3 9 4 3 7 .3 9 4 4 1 .9 7 5
5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 5 4 .2 7 8 4 5 .4 2 8 4 5 .4 2 8 4 5 .4 2 8 4 2 .4 7 8 4 2 .4 7 8
1 8 3 .7 6 7 1 8 2 .4 4 7 1 8 4 .7 6 7 1 8 2 .4 4 7 1 8 3 .7 6 7 1 9 6 .5 6 7 1 8 3 .7 6 7 1 8 2 .4 4 7 1 8 1 .4 6 8 1 5 5 .6 1 8 1 5 6 .6 0 8 1 6 9 .7 3 8
3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 1 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 4 4 .2 3 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 1 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 4 4 .2 3 2
1 1 6 .6 1 0 1 1 5 .2 9 0 1 1 6 .6 1 0 1 1 5 .2 9 0 1 1 6 .6 1 0 1 1 5 .2 9 0 1 1 6 .6 1 0 1 1 5 .2 9 0 1 1 3 .3 1 1 8 8 .4 6 0 8 9 .4 5 0 8 8 .4 6 0
3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5
4 9 4 .0 4 7 4 4 7 .7 6 2 3 9 1 .5 0 5 4 2 8 .2 5 8 3 7 8 .2 9 1 3 6 1 .0 7 7 2 9 9 .2 6 5 3 3 7 .4 3 6 2 6 9 .6 7 9 2 4 6 .4 1 1 2 2 8 .7 4 2 2 0 3 .3 1 6
4 1 1 .7 7 8 3 6 4 .7 6 4 3 2 0 .2 1 7 3 4 1 .0 1 2 3 0 2 .4 8 0 2 7 9 .0 0 6 2 2 7 .6 9 1 2 4 8 .2 7 4 1 9 3 .2 9 4 1 8 6 .0 6 2 1 6 8 .1 6 6 1 4 6 .5 9 8
6 de 6
Descripción Total (C)
COSTOS I NDI RECTOS 1 5 3 .0 4 8 .7 1 1
DI RECCI ÓN DEL CONTRATO 4 .6 3 1 .4 7 0
DI RECTOR DEL CONTRATO 4 .6 3 1 .4 7 0
GERENCI A ADMI NI STRATI VA 2 0 .4 6 0 .0 5 8
GERENTE ADMI NI STRATI VO 2 .2 6 2 .5 6 2
DEPRECI ACI ÓN EQUI POS OFI CI NAS 5 8 0 .0 0 0
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS 1 .6 7 5 .7 3 7
DEPARTAMENTO DE FI NANZAS 1 .4 3 8 .8 9 0
ÁREA ADMI N I STRATI VO/ SERVI CI OS GENERALES 4 .4 2 6 .9 1 2
ÁREA MANTENI MI ENTO GENERAL 3 .5 8 6 .9 0 0
ÁREA TI / COMUNI CACI ÓN 2 .2 4 1 .7 9 8
ÁREA MATERI ALES/ ALM ACÉN / PATRI MON I O 2 .1 4 0 .4 3 6
PROGRAMA DE CAPACI TACI ÓN DE MANO DE OBRA LOCAL 1 .8 0 6 .8 2 3
MOVI LI ZACI ÓN 3 0 0 .0 0 0
GERENCI A COMERCI AL 8 .1 1 4 .8 1 5
GERENCI A COMERCI AL 2 .6 0 4 .0 9 6
COMERCI AL - REGI STRO DE TRABAJOS Y COSTOS 3 .9 3 7 .5 2 4
COMERCI AL - SUBCONTRATOS 1 .5 7 3 .1 9 5
GERENCI A I NGENI ERÍ A 2 4 .8 7 0 .9 9 6
GERENTE DE I NGENI ERÍ A 3 .0 5 5 .5 9 6
ÁREA PROYECTO 3 .6 3 9 .9 3 4
TOPOGRAFÍ A 8 .9 5 7 .3 4 5
LABORATORI O 7 .0 7 5 .7 0 3
ÁREA PLAN EAM I ENTO 1 .3 2 1 .5 9 0
ASEGURAMI ENTO CALI DAD 8 2 0 .8 2 7
GERENCI A DE PRODUCCI ÓN 2 2 .4 8 0 .8 2 4
GERENTE DE PRODUCCI ÓN 6 .4 1 6 .1 4 6
CONCRETO - PUENTES / VI ADUCTOS / MUROS / PÓRTI COS 5 .3 5 5 .5 5 5
TERRAPLÉN / PAVI MENTO 6 .2 0 7 .6 2 6
CONCRETO DRENAJE 3 .2 6 0 .2 9 9
CONCRETO PATI O Y MONTAJE 1 .2 4 1 .1 9 8
GERENCI A ADMI NI STRACI ÓN CONTRACTUAL /
LI BERACI ON ES 4 .0 0 5 .7 1 0
GERENCI A ADMI NI STRACI ÓN CONTRACTUAL 3 .1 4 5 .1 1 0
ADMI N I STRACI ÓN CONTRACTUAL 8 6 0 .5 9 9
GERENCI A EQUI POS/ I NDUSTRI AL 8 .0 5 2 .0 1 3
GERENCI A EQUI POS/ I NDUSTRI AL 1 .9 5 6 .5 5 9
CONTROL DE EQUI POS MÓVI LES 1 .1 8 8 .7 6 7
MANTENI MI ENTO DE EQUI POS MÓVI LES 1 .5 5 7 .2 8 6
ÁREA I NDUSTRI AL ( PLANTAS) 3 .3 4 9 .4 0 0
GERENCI A DE SEGURI DAD FÍ SI CA Y PATRI MONI AL DEL PRO
4 .9 4 7 .5 3 2
GERENTE DE SEGURI DAD DEL PROYECTO 2 .4 7 3 .1 8 6
SECTOR DE SEGURI DAD 2 .4 7 4 .3 4 6
GERENCI A DE SUSTENTABI LI DAD 9 .8 7 4 .0 9 1
GERENTE DE SUSTENTABI LI DAD 1 .8 7 3 .1 9 6
ÁREA DE SEGURI DAD I NDUSTRI AL 5 .8 4 1 .2 1 4
SERVI CI OS MÉDI COS Y SALUD 2 .1 5 9 .6 8 1
GASTOS EN FUNCI ÓN DE LA MANO DE OBRA 2 5 .0 5 3 .8 5 6
GASTOS EN FUNCI ÓN DE LA MANO DE OBRA SOLO DI RECTO
2 0 .5 5 7 .3 4 7
Anexo 1 Cronogram a de Costos I ndirectos Concesión Vial ( USD)
65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76
1 .8 1 9 .3 8 5 1 .7 3 1 .0 2 2 1 .7 4 1 .6 4 4 1 .7 1 1 .3 8 4 1 .5 7 4 .0 4 5 1 .6 5 6 .4 2 4 1 .5 1 4 .1 4 2 1 .4 6 2 .0 3 2 1 .3 9 6 .7 8 5 1 .2 9 4 .0 6 0 1 .3 4 2 .8 9 2 1 .0 2 3 .7 4 5
5 8 .6 2 7 6 1 .9 0 7 1 0 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 6 1 .4 4 7 5 5 .3 4 7 6 1 .9 0 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 8 8 .7 8 9
5 8 .6 2 7 6 1 .9 0 7 1 0 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 6 1 .4 4 7 5 5 .3 4 7 6 1 .9 0 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 5 5 .3 4 7 8 8 .7 8 9
2 8 6 .2 9 2 2 8 6 .6 2 2 2 8 3 .1 4 7 2 8 0 .9 6 0 2 6 3 .1 4 8 3 5 2 .7 3 8 2 5 6 .6 3 8 2 4 0 .4 8 5 2 0 9 .7 9 5 1 9 0 .3 9 1 1 9 3 .3 6 9 1 3 5 .7 9 6
3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 3 3 .7 8 2 3 3 .4 5 2 4 8 .2 2 1
1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0 1 0 .0 0 0
2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 6 .2 9 5 2 6 .6 2 5 2 4 .3 4 4 2 4 .6 7 4 2 4 .3 4 4 2 4 .6 7 4 2 4 .3 4 4 2 0 .5 6 0 2 0 .2 3 0 2 0 .5 6 0
2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .4 6 9 2 2 .1 3 9 2 2 .1 3 9 2 2 .1 3 9 2 2 .1 3 9 1 9 .3 3 8
5 5 .4 2 7 5 5 .4 2 7 5 5 .4 2 7 5 5 .4 2 7 4 8 .7 9 9 1 3 8 .0 5 9 4 5 .6 1 9 4 5 .6 1 9 4 4 .2 8 9 4 2 .3 3 7 4 2 .3 3 7 3 9 .2 4 0
3 6 .0 0 0 3 6 .0 0 0 3 6 .0 0 0 3 6 .0 0 0 3 1 .0 0 0 3 1 .0 0 0 3 1 .0 0 0 2 6 .0 0 0 2 3 .0 0 0 2 3 .0 0 0 2 1 .0 0 0 2 1 .0 0 0
4 1 .9 0 4 4 1 .9 0 4 3 9 .9 0 4 3 8 .4 0 4 3 6 .4 5 2 3 6 .4 5 2 3 3 .4 5 2 3 3 .4 5 2 1 7 .7 5 2 1 7 .7 5 2 8 .9 5 2 8 .9 5 2
3 1 .3 0 4 3 1 .9 6 4 3 0 .1 5 9 2 9 .8 0 2 2 7 .1 9 1 2 7 .8 5 1 2 7 .1 9 1 2 7 .8 5 1 2 7 .1 9 1 2 7 .8 5 1 2 7 .1 9 1 2 6 .7 0 5
2 9 .1 1 1 2 9 .1 1 1 2 9 .1 1 1 2 9 .1 1 1 2 9 .1 1 1 2 9 .1 1 1 2 8 .7 8 1 1 7 .2 9 9 1 7 .2 9 9 3 .2 9 9 3 .2 9 9
1 1 2 .3 0 0 1 1 3 .2 2 0 1 1 2 .0 0 0 1 1 3 .5 2 0 1 1 2 .0 0 0 1 1 3 .2 2 0 1 0 6 .8 2 0 1 0 4 .2 3 2 1 0 0 .9 3 7 9 6 .0 5 9 9 4 .8 3 9 8 1 .7 3 6
3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 3 2 .7 9 2 3 4 .0 1 2 2 9 .5 1 2 3 0 .7 3 2 2 9 .5 1 2 3 0 .7 3 2 2 9 .5 1 2 2 6 .2 1 3
5 6 .4 6 4 5 6 .4 6 4 5 6 .4 6 4 5 6 .4 6 4 5 6 .4 6 4 5 6 .4 6 4 5 4 .5 9 4 5 4 .5 9 4 5 2 .5 1 9 4 6 .4 2 1 4 6 .4 2 1 4 2 .0 7 6
2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4 2 3 .0 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 4 4 2 2 .7 1 4 1 8 .9 0 7 1 8 .9 0 7 1 8 .9 0 7 1 8 .9 0 7 1 3 .4 4 7
3 3 0 .3 8 7 3 2 5 .7 1 7 3 3 0 .3 8 7 3 2 5 .7 1 7 3 3 0 .3 8 7 3 2 0 .8 8 7 3 2 5 .5 5 7 3 2 0 .5 5 7 3 1 8 .4 2 7 2 8 4 .5 4 0 2 9 8 .1 5 1 2 3 8 .6 8 1
3 8 .7 3 9 3 9 .0 6 9 3 8 .7 3 9 3 9 .0 6 9 3 8 .7 3 9 3 4 .2 3 9 3 4 .2 3 9 3 4 .2 3 9 3 4 .2 3 9 3 4 .2 3 9 5 1 .3 4 9
4 3 .2 2 9 4 3 .2 2 9 4 3 .2 2 9 4 3 .2 2 9 4 3 .2 2 9 4 3 .2 2 9 4 2 .8 9 9 4 2 .8 9 9 3 0 .7 6 9 3 0 .7 6 9 3 0 .7 6 9 2 2 .6 4 8
1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9 1 2 0 .2 4 9
9 3 .7 6 6 9 3 .7 6 6 9 3 .7 6 6 9 3 .7 6 6 9 3 .7 6 6 9 3 .7 6 6 9 3 .7 6 6 9 3 .7 6 6 1 0 5 .4 1 5 7 1 .5 2 9 6 8 .0 2 9 6 8 .0 2 9
1 7 .6 6 5 1 7 .6 6 5 1 7 .6 6 5 1 7 .6 6 5 1 7 .6 6 5 1 7 .6 6 5 1 7 .6 6 5 1 7 .6 6 5 1 6 .0 1 5 1 6 .0 1 5 1 6 .0 1 5 1 6 .0 1 5
1 6 .7 3 9 1 1 .7 3 9 1 6 .7 3 9 1 1 .7 3 9 1 6 .7 3 9 1 1 .7 3 9 1 6 .7 3 9 1 1 .7 3 9 1 1 .7 3 9 1 1 .7 3 9 1 1 .7 3 9 1 1 .7 3 9
2 6 3 .3 1 4 2 5 9 .9 0 4 2 6 3 .3 1 4 2 5 9 .9 0 4 2 6 0 .9 4 4 2 5 7 .2 0 4 2 5 7 .7 4 4 2 5 4 .3 3 4 2 6 3 .4 6 3 2 3 7 .5 6 9 2 3 7 .6 8 0 2 2 1 .0 8 7
5 2 .4 6 6 5 2 .1 3 6 5 2 .4 6 6 5 2 .1 3 6 5 2 .4 6 6 5 2 .1 3 6 5 2 .4 6 6 5 2 .1 3 6 5 2 .4 6 6 5 2 .1 3 6 5 2 .4 6 6 5 2 .1 3 6
6 1 .6 6 9 6 1 .6 6 9 6 1 .6 6 9 6 1 .6 6 9 6 1 .6 6 9 6 1 .6 6 9 5 8 .9 6 4 5 8 .9 6 4 5 8 .9 6 4 5 8 .9 6 4 5 8 .9 6 4 5 3 .4 9 3
9 4 .3 0 3 9 1 .2 2 3 9 4 .3 0 3 9 1 .2 2 3 9 4 .3 0 3 9 0 .8 9 3 9 3 .8 0 8 9 0 .7 2 8 9 0 .5 0 9 8 7 .4 2 9 8 7 .2 1 0 8 4 .1 3 0
3 2 .3 1 9 3 2 .3 1 9 3 2 .3 1 9 3 2 .3 1 9 3 2 .3 1 9 3 2 .3 1 9 3 2 .3 1 9 3 2 .3 1 9 3 2 .3 1 9 3 2 .3 1 9 3 2 .3 1 9 3 1 .3 2 8
2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 2 .5 5 6 2 0 .1 8 6 2 0 .1 8 6 2 0 .1 8 6 2 0 .1 8 6 2 9 .2 0 4 6 .7 2 0 6 .7 2 0
4 9 .4 6 2 4 9 .4 6 2 4 9 .4 6 2 4 9 .4 6 2 4 9 .4 6 2 4 9 .4 6 2 4 9 .4 6 2 4 9 .4 6 2 4 9 .1 3 2 4 9 .1 3 2 4 6 .8 4 2 4 6 .8 4 2
3 6 .0 8 4 3 6 .0 8 4 3 6 .0 8 4 3 6 .0 8 4 3 6 .0 8 4 3 6 .0 8 4 3 6 .0 8 4 3 6 .0 8 4 3 6 .0 8 4 3 6 .0 8 4 3 6 .0 8 4 3 6 .0 8 4
1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .3 7 7 1 3 .0 4 7 1 3 .0 4 7 1 0 .7 5 8 1 0 .7 5 8
1 0 9 .9 5 3 1 0 8 .9 6 3 1 0 9 .9 5 3 1 0 8 .9 6 3 1 0 9 .9 5 3 1 2 2 .0 8 3 1 0 9 .6 5 3 1 0 8 .6 6 3 1 0 9 .6 5 3 1 0 8 .6 6 3 1 0 9 .6 5 3 1 1 1 .8 3 4
2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 3 9 .9 2 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 2 6 .8 0 5 3 9 .9 2 5
1 8 .1 7 6 1 7 .5 1 6 1 8 .1 7 6 1 7 .5 1 6 1 8 .1 7 6 1 7 .5 1 6 1 8 .1 7 6 1 7 .5 1 6 1 8 .1 7 6 1 7 .5 1 6 1 8 .1 7 6 1 7 .5 1 6
1 7 .4 6 5 1 7 .1 3 5 1 7 .4 6 5 1 7 .1 3 5 1 7 .4 6 5 1 7 .1 3 5 1 7 .1 6 5 1 6 .8 3 5 1 7 .1 6 5 1 6 .8 3 5 1 7 .1 6 5 1 4 .5 4 4
4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 4 7 .5 0 7 3 9 .8 4 9
8 4 .4 5 3 8 1 .8 6 9 7 8 .5 5 3 7 2 .6 5 3 7 2 .6 5 3 7 2 .6 5 3 5 6 .8 5 9 5 6 .4 9 3 3 0 .4 3 4 3 0 .4 3 4 3 0 .4 3 4 3 0 .8 0 0
4 1 .9 7 5 4 2 .3 4 1 4 1 .9 7 5 4 1 .9 7 5 4 1 .9 7 5 4 1 .9 7 5 4 0 .9 3 1 4 0 .5 6 5 2 4 .5 3 4 2 4 .5 3 4 2 4 .5 3 4 2 4 .9 0 0
4 2 .4 7 8 3 9 .5 2 8 3 6 .5 7 8 3 0 .6 7 8 3 0 .6 7 8 3 0 .6 7 8 1 5 .9 2 8 1 5 .9 2 8 5 .9 0 0 5 .9 0 0 5 .9 0 0 5 .9 0 0
1 5 6 .6 0 8 1 5 5 .6 1 8 1 5 6 .6 0 8 1 5 5 .6 1 8 1 5 6 .6 0 8 1 6 8 .7 3 8 1 5 6 .0 0 8 1 5 1 .1 1 4 1 4 4 .6 0 4 1 3 9 .7 1 1 1 4 2 .3 3 4 7 3 .3 5 1
3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 3 0 .1 1 2 4 3 .2 3 2 2 9 .5 1 2 2 9 .5 1 2 2 9 .5 1 2 2 9 .5 1 2 4 3 .9 5 1
8 9 .4 5 0 8 8 .4 6 0 8 9 .4 5 0 8 8 .4 6 0 8 9 .4 5 0 8 8 .4 6 0 8 9 .4 5 0 8 4 .5 5 7 7 9 .0 4 7 7 4 .1 5 4 6 2 .3 3 8 4 9 .9 7 0
3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 7 .0 4 5 3 6 .0 4 5 3 6 .0 4 5 3 6 .0 4 5 2 3 .3 8 0
2 1 7 .4 5 0 1 7 5 .0 5 1 1 5 5 .7 3 6 1 8 2 .3 0 5 1 0 9 .6 2 7 1 0 2 .9 7 9 9 7 .9 0 1 9 1 .1 6 9 8 8 .2 2 7 7 9 .0 8 7 7 8 .2 8 1 6 3 .4 4 0
1 5 0 .5 4 1 1 1 2 .6 9 0 9 7 .1 3 8 1 0 6 .9 3 6 4 7 .8 1 7 4 1 .1 1 4 3 5 .5 9 4 3 0 .1 7 6 2 6 .7 6 6 2 3 .1 2 8 2 2 .5 2 1 2 0 .1 7 8
63
Anexo 03 Presupuesto por insumo (USD)
Tabla 17 Presupuesto por insumo de concesión vial
Descripción UMed. Cantidad Costo Unitario Costo Total
Costo Total 907.998.040
EXP - DIRECTOR DEL CONTRATO H 18.000 157 2.867.515
EXP - ENCARGADO GENERAL H 44.160 56 2.531.815
EXP - GERENTE COMERCIAL H 20.160 96 1.961.397
EXP - GERENTE EQUIPOS/INDUSTRIAL H 16.080 96 1.570.292
EXP - GERENTE PRODUCCIÓN H 29.760 169 5.137.062
EXP - RESPONSABLE LABORATORIO H 16.320 72 1.206.336
EXP - RESPONSABLE PRESUPUESTO Y COSTOS H 18.720 38 723.384
EXP - RESPONSABLE PRODUCCIÓN H 54.240 77 4.288.335
EXP - GERENTE SUSTENTABILIDAD H 13.680 96 1.340.230
EXP - RESPONSABLE TOPOGRAFÍA H 17.520 72 1.293.324
EXP - GERENTE ADMINISTRATIVO H 16.560 96 1.616.304
EXP - GERENTE INGENIERÍA H 18.000 129 2.359.325
NTR - COORDINADOR DE SEGURIDAD H 17.040 15 249.048
NTR - ENCARGADO DE CHANCADORA H 25.448 11 249.292
NTR - ENCARGADO GENERAL H 77.280 31 2.451.322
NTR - ENCARGADO GENERAL MANTENIMIENTO SÉNIOR H 23.280 48 1.090.784
NTR - ANALISTA RECURSOS HUMANOS H 16.320 15 238.525
NTR - INGENIERO H 72.960 15 1.094.400
NTR - INGENIERO PLENO H 22.320 31 681.492
NTR - INGENIERO SÉNIOR H 22.560 45 1.017.490
NTR - RESPONSABLE MEDICO H 13.680 32 417.689
NTR - RESPONSABLE ADMINISTRATIVO H 26.880 36 972.325
NTR - RESPONSABLE FINANZAS H 16.320 31 498.295
NTR - RESPONSABLE INGENIERÍA H 29.040 61 1.757.791
NTR - RESPONSABLE PLANEAMIENTO H 14.160 31 432.344
NTR - RESPONSABLE PLANTAS/EQUIPOS H 36.240 58 2.111.516
NTR - RESPONSABLE PRODUCCIÓN H 49.440 45 2.229.818
NTR - RESPONSABLE PROGRAMA CAPACITACIÓN H 12.960 36 468.799
NTR - RESPONSABLE RECURSOS HUMANOS H 16.560 31 505.623
NTR - RESPONSABLE SEGURIDAD INDUSTRIAL H 14.400 31 439.672
NTR - RESPONSABLE SUBCONTRATOS H 20.160 31 615.541
NTR - RESPONSABLE SUMINISTRO H 16.080 31 490.967
NTR - TÉCNICO LABORATORISTA H 45.080 14 643.855
NTR - TÉCNICO COSTOS H 48.440 16 751.571
NTR - TÉCNICO SEGURIDAD INDUSTRIAL H 44.240 16 686.406
NTR - TOPÓGRAFO H 110.320 16 1.711.670
NTR - RESPONSABLE ASEGURAMIENTO CALIDAD H 14.400 31 439.672
NTR - GERENTE ADMINISTRACIÓN CONTRACTUAL H 20.160 97 1.957.822
NTR - GERENTE DE SEGURIDAD FÍSICA H 17.760 51 887.201
NTR - TÉCNICO SUBCONTRATOS H 45.600 15 666.467
NTR - COMPRADOR H 18.760 16 291.071
NTR - ABOGADO H 20.160 27 615.541
NTR - TÉCNICO PROYECTOS H 33.600 26 863.688
NTR - GEÓLOGO H 18.960 25 471.878
NTR - COORDINADOR TOPOGRAFÍA H 33.360 31 1.018.574
NTR - TÉCNICO PATRIMONIO H 18.760 16 291.071
Descripción UMed. Cantidad Costo Unitario Costo Total
Costo Total 907.998.040
NTR - JOVEN INGENIERO H 90.960 13 1.215.226
NTR - RESPONSABLE ADM CONTRACTUAL H 17.040 27 468.259
AUXILIAR ALMACENISTA H 61.600 4 223.608
ANALISTA CUENTAS A PAGAR H 16.520 13 207.656
APUNTADOR H 495.600 4 1.799.028
ASISTENTE H 32.760 7 228.337
ASISTENTE ADMINISTRATIVO H 93.520 7 651.834
AUXILIAR ADMINISTRATIVO H 247.240 4 1.011.212
AUXILIAR DE LABORATORIO H 110.880 4 445.738
AUXILIAR DE TOPOGRAFÍA H 247.800 4 1.105.188
AUXILIAR ENFERMERÍA H 78.120 5 428.879
AUXILIAR LIMPIEZA H 124.880 3 380.884
AUXILIAR SEGURIDAD INDUSTRIAL H 190.960 7 1.330.991
AUXILIAR TÉCNICO H 67.760 6 373.358
CADENERO H 150.640 7 1.049.961
CHOFER EJECUTIVO H 15.120 9 141.070
CHOFER VEHIC LIVIANO H 728.036 4 2.577.247
CONTADOR H 16.080 20 319.510
DIGITADOR H 49.280 4 198.106
ENCARGADO APUNTADORES Y COSTOS H 14.880 20 295.666
ENCARGADO ALMACÉN H 16.080 12 187.654
ENFERMERO/TEC. ATENCIÓN PRE HOSPITALARIA H 32.760 11 360.032
INSTRUCTOR H 12.240 12 142.841
MECÁNICO REFRIGERACIÓN H 15.960 7 111.241
SECRETARIA EJECUTIVA H 13.920 12 162.446
TÉCNICO PLANEAMIENTO H 27.360 12 319.291
TÉCNICO TI H 12.720 12 148.442
TRABAJADOR SOCIAL H 16.240 7 113.193
PARAMÉDICO H 28.080 10 286.416
TÉCNICO PRODUCCIÓN H 60.200 13 756.714
ANALISTA TRIBUTARIO H 13.440 12 156.845
CHOFER SEGURIDAD -VEHIC LIVIANO H 28.800 4 101.952
INGENIERO DE ALIMENTOS H 21.840 12 254.873
TECNÓLOGO H 25.920 10 247.277
AUXILIAR TÉCNICO H 225.960 7 1.574.941
AUXILIAR SISTEMAS H 27.160 7 189.305
TÉCNICO PRODUCCIÓN SÉNIOR H 11.520 20 228.902
AYUDANTE SEÑALIZACIÓN VIAL H 542.453 3 1.588.957
TESORERO H 16.080 7 113.364
ALBAÑIL H 750.675 4 2.678.354
ABASTECEDOR H 83.710 4 286.858
AYUDA MANTENIMIENTO TALLER H 286.020 3 817.528
AYUDANTE H 13.611.484 3 30.206.932
CAPATAZ H 2.493.953 6 13.447.064
CAPATAZ MECÁNICOS (TALL) H 112.420 13 1.287.452
CARPINTERO H 5.204.225 4 18.627.367
CHOFER VEHÍCULO PESADO H 877.955 5 3.841.644
ELECTR AUTO H 114.656 7 729.335
ELECTRICISTA BT H 70.627 6 360.546
ENCARGADO EQUIPOS INDUSTRILES H 29.061 11 293.258
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
65
Descripción UMed. Cantidad Costo Unitario Costo Total
Costo Total 907.998.040
LUBRICADOR II (TALL) H 162.303 6 818.277
MECANICO EQUIPO LIVIANO (TALL) H 99.926 6 506.185
MECÁNICO EQUIPO PESADO II (TALL) H 182.638 6 1.005.094
MONTALLANTAS NEUMÁTICO (TALL) H 115.044 4 392.744
OFICIAL H 1.288.208 6 6.412.841
OPERADOR ACABADORA ASFALTO H 60.280 8 418.707
OPERADOR CENTRAL TRITURADORA/SUELOS H 52.884 8 356.645
OPERADOR EQUIP AUXILIAR H 100.866 3 301.992
OPERADOR EXCAVADORA II H 544.302 8 3.951.018
OPERADOR MINI CARGADOR H 32.734 4 120.284
OPERADOR PALA CARGADORA I H 89.748 7 532.558
OPERADOR RETROEXCAVADORA EP-I H 120.900 7 697.611
OPERADOR RODILLO COMPACTADOR EP-1 H 513.996 4 1.895.150
OPERADOR RODILLOS DE PAVIMENTACIÓN H 46.784 8 327.216
OPERADOR TRACTOR AGRÍCOLA EP-1 H 40.593 4 145.985
OPERADOR TRACTOR LAMINA II H 431.266 6 2.325.151
OPERADOR DE GRÚA EP-I H 200.762 6 1.004.723
OPERADOR DE TRACK DRILL H 30.360 4 116.618
OPERADOR ESPECIALIZADO H 5.829 10 51.822
OPERADOR IMPRIMADOR H 21.872 6 115.784
OPERADOR MOTONIVELADORA - EXCAVADORA EP-II H 160.721 9 1.247.054
PLOMERO H 30.040 4 106.078
SOLDADOR H 82.636 4 282.824
TEC ELECTRICISTA (TALL) H 20.163 9 158.539
TORNERO II (TALL) H 28.703 7 189.705
LAVADOR H 62.670 3 182.338
MECÁNICO INDUSTRIAL H 51.076 6 286.840
MECÁNICO HIDRÁULICA H 23.911 7 160.211
GASTOS CON CARPA DE OBRA UN 2.929 458 1.341.347
JUNTA DILATACIÓN PTES T100 (VIGAS) SIN INSTALACIÓN M 2.296 417 957.267
JUNTA DILATACIÓN PTES T100 (VOLADIZO) C/INSTALACIÓN M 124 2.335 289.626
MALLA ELECTROSOLDADA Q196 KG 1.554.396 1 2.051.802
APUNTALAMIENTO METÁLICO M3 21.845 158 3.459.815
UNIFORME (CAMISA Y PANTALÓN) UN 78.717 19 1.532.627
BOTA PUNTA ACERO UN 39.359 26 1.004.826
BOTA DE CAUCHO UN 3.936 16 64.233
IMPERMEABLE UN 3.936 22 84.935
GUANTES DE VAQUETA UN 247.960 4 1.033.992
CASCO UN 4.920 11 54.365
MASCARILLA UN 708.456 1 354.228
GAFAS UN 94.461 5 447.744
CAPUCHÓN UN 106.268 6 642.924
PROTECCIÓN AUDITIVA UN 425.074 1 267.796
LÍNEAS DE VIDA VERTICAL UN 2.952 209 617.567
ESLINGA DOBLE TERMINAL UN 2.952 104 306.850
ARNÉS TRABAJO PESADO UN 2.952 105 310.717
CASCO PARA ALTURAS UN 2.952 28 83.303
GUANTE DE NYLON Y PU UN 35.423 3 108.040
MANTO IMPERMEABILIZANTE BITUMINOSO M2 197.745 25 4.943.634
JUNTA DILATACIÓN T-40 M 11 235 2.469
Descripción UMed. Cantidad Costo Unitario Costo Total
Costo Total 907.998.040
CEMENTO GRANEL TIPO I ESPECIAL TON 3.436 272 934.279
CEMENTO ASFALTICO 80/100 (O 60/70) KG 19.446.366 1 10.889.965
ELVALOY KG 272.249 10 2.790.553
CATALIZADOR - ACIDO POLIFOSFORICO KG 155.571 6 920.980
SIGUNIT 59F KG 1.345.438 3 3.363.595
GEOTEXTIL NO TEJIDO PAVCO NT 2500 O SIM M2 487.153 2 1.169.166
GEOMALLA TT060 MONOORIENTADA DE PAVCO M2 431.289 4 1.725.157
ACERO DE REFUERZO FY420 MPA KG 44.681.498 1 46.915.573
ALAMBRE NEGRO NO. 18 P.AMARRE HIERRO KG 1.278.482 2 1.917.722
LISTÓN DE MADERA (AMARILLO) 5.0X5.0X100CM. SIN CEPILLAR M 80.292 4 293.870
TABLÓN DE MADERA (AMARILLO) 4X23X100 CM. PLANCHÓN CEPILLADO
M 136.310 3 472.997
LAMINA DE TRIPLEX 18 MM M2 205.399 18 3.709.510
CORDEL DETONANTE 6 GR/M M 275.951 0 74.507
CORDÓN DETONANTE 3 GR/M M 283.527 0 59.541
MECHA DE SEGURIDAD M 11.351 0 3.973
CINTA DE ENMASCARAR PARA AMARRE DE EXPLOSIVOS UN 76.534 2 140.823
DETONADOR COMÚN #8 UN 7.726 0 2.395
RETARDO PARA CORDEL 5MS A 50MS UN 9.709 8 78.643
EXPLOSIVO CONTORNO (INDUGEL PLUS AP 26X250MM) KG 1.301 4 5.413
INICIADOR PENTOFEX UN 22 7 163
EXPLOSIVO DE PRODUCCIÓN CIELO ABIERTO (ANFO) KG 48.047 1 64.383
EXPLOSIVO PRODUCCIÓN CIELO ABIERTO (INDUGEL PLUS AV800) KG 452 2 1.050
EXPLOSIVO DE PRODUCCIÓN (IDUGEL PLUS AP 38X250MM) KG 203.098 4 798.174
COPA DE AFILADO BOTÓN / METAL NO.10 UN 1 180 114
COPA DE AFILADO BOTÓN / METAL NO. 12 UN 1 195 123
BROCA DE PERFORACIÓN T38 - 76 MM UN 786 248 194.779
BROCA DE PERFORACIÓN T38 - 64 MM UN 9 182 1.563
SHANK T38 COP 1238 (575MM-38MM) UN 527 340 179.116
ACOPLE T38 * T38 UN 5 98 466
BARRA DE PERFORACIÓN SPEEDROD T38 X 12 FT UN 395 638 251.848
BARRENA INTEGRAL DE PERFORACIÓN (0.8- 1.6- 2.4- 3.2 Y 4.0 M) UN 19 148 2.753
PIEDRA ESMERIL DE AFILAR D= UN 1 120 96
PUNTILLAS KG 1.867 1 2.539
TUBERÍA DE 4 POLEGADAS M 246.292 11 2.652.565
TUBERÍA 2 PULGADAS PERFORADA P/SUBDREN M 116.957 9 1.043.253
ÍTEMS DIVERSOS DE CONSUMO VB 29.706 1 29.706
PLÁSTICO NEGRO POLIETILENO M2 351.059 0 129.892
EMULSIÓN ASFÁLTICA CATIÓNICA DE ROTURA LENTA CRL-1 (IMPRIMACIÓN)
L 982.332 0 451.873
EMULSIÓN ASFÁLTICA CRR-1 (RIEGO DE LIGA) L 972.739 0 418.278
HERRAMIENTAS Y UTENSILIOS VB 99.020 1 99.020
SEMILLA BRACHIARIA DECUMBENS KG 26.341 30 777.839
MULCH KG 585.348 3 1.843.846
HIDRORRETENEDOR KG 5.488 10 53.724
AGLUTINANTE KG 5.488 46 254.625
FERTILIZANTE 15X15X15 KG 7.317 1 8.195
FERTILIZANTE DAP 0-18-46 KG 7.317 1 9.439
HORMONAS PROGGIB KG 37 263 9.630
SUELO ORGÁNICO KG 2.195.054 0 658.516
TUBERÍA DE CONCRETO REFORZADO CLIII TITÁN -900MM M 8.679 270 2.343.398
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
67
Descripción UMed. Cantidad Costo Unitario Costo Total
Costo Total 907.998.040
TUBERÍA DE CONCRETO REFORZADO CLIII TITÁN - 1200MM M 172 530 91.003
MATERIALES VARIOS CONSUMO VB 487.007 1 487.007
GASOLINA L 126.762 1 139.438
DIESEL L 31.881.878 1 33.475.973
ACEITE LUBRICANTE MOTOR/HIDRÁULICO SH68AD O SIMILAR L 875.273 2 1.750.547
GRASA (EP 2) KG 47.079 4 175.132
LUBRICANTE (SAE 14W/40) L 314 3 919
NEUMÁTICOS LLANTAS VB 201.659 1 201.659
ADQUISICIÓN/DEPRECIACIÓN DE MATERIALES DE LABORATORIO Y TOPOGRAFÍA
VB 1.782.200 1 1.782.200
MATERIAL DE DESGASTE VB 7.720.307 1 7.720.307
MATERIAL RODANTE VB 7.897.447 1 7.897.447
GASTOS GENERALES DE PAPELERÍA Y CAFETERÍA VB 308.660 1 308.660
HERRAMIENTA MENOR VB 1.007.765 2 1.592.269
KIT SEÑALIZA T-2 (23SEÑ-5BARR-10DEL-15CON-10CIN-1FLE-2BAL-2FLASH-2RED)
VB 1.063.000 1 1.063.000
ADQUISICIÓN/DEPRECIACIÓN DE EQUIPOS MÉDICOS VB 26.100 1 26.100
MATERIALES VARIOS DE PAPELERÍA VB 422.486 1 422.486
ADQUISICIÓN/DEPRECIACIÓN DE MATERIALES DE OFICINA VB 580.000 1 580.000
ADQUISICIÓN/DEPRECIACIÓN DE SISTEMAS INTERNET VB 125.900 1 125.900
MEDICINAS VB 25.500 1 25.500
EQUIPOS E INSTRUMENTACIÓN VB 25.500 1 25.500
APOYO ELASTOMÉRICO SECCIÓN 30X30X4 CON CUATRO DE 1/8 DM3 80.676 21 1.696.616
MATERIAL DIVERSOS PARA ANILLO DE CAISSON M3 93.286 78 7.276.304
K DE PIEZAS VB 13.456.363 1 13.456.364
SUB - TÉCNICOS FORMAS DESLIZANTES VBMES 40 14.500 586.206
SUBCONTRATISTA - ESTUDIOS AMBIENTALES VBMES 25.000.000 1 25.000.000
PAGO SERVIDUMBRE/REGALÍA POR EXPLOTACIÓN - PERALONSO M3 779.881 1 709.692
SUBCONTRATO VIGILANCIA PRIVADA VB 759 2.950 2.239.050
PAGO SERVIDUMBRE POR EXPLOTACIÓN PROPIA M3 1.639.577 0 606.644
ALQUILER DE TERRENOS PARA BOTADERO M3 10.041.236 0 3.313.608
TRANSPORTE DE LIMPIEZA M3*KM 2.915.311 0 1.166.124
TRANSPORTE CONGLOMERADO M3*KM 10.294.442 0 3.911.888
ENERGÍA ELÉCTRICA KWH 10.734.943 0 2.146.989
SUBCONTRATO SEGURIDAD PROTECTIVA VB 235.296 1 235.296
MONITOREO EL IRI H 505.123 4 1.818.441
SUBCONTRATISTA PERFORACIÓN HORIZONTAL PARA SUBDRENE M 246.292 35 8.521.703
SUBCONTRATISTA INSTALACIÓN DE MALLA ELECTROSOLDADA M2 434.613 4 1.794.952
SUB - PROYECTOS COMPLEMENTARES VB 11.225.500 1 11.225.500
DESAYUNO UN 56.634 4 216.342
CENA UN 56.634 4 235.597
ALMUERZO UN 3.063.436 5 16.328.114
TRANSPORTE DE MATERIAL - 0 A 3 KM M3 1.559.763 1 2.183.668
SUMINISTRO E INSTALACIÓN ANCLAJE TIPO E 800KN L=13M M 9.913 98 971.449
SUMINISTRO Y INSTALACIÓN ANCLAJE TIPO A 1200KN L=30M M 8.250 108 894.292
SUMINISTRO E INSTALACIÓN ANCLAJES TIPO C 1000KN L=30M M 245.714 104 25.652.536
SUMINISTRO E INSTALACIÓN ANCLAJES TIPO D 1000KN L=20M M 219.898 100 21.967.764
DREN HORIZONTAL D=2- INCLUYE PERFORACIÓN ARMADO E INSTALACIÓN DREN
M 2.356 42 98.950
PUENTES VOLADIZOS SUCESIVOS M3 25.178 750 18.883.844
EXCAVACIÓN MECANIZADA MATERIAL COMÚN - PILOTES M3 8.934 363 3.239.579
Descripción UMed. Cantidad Costo Unitario Costo Total
Costo Total 907.998.040
MOVILIZACIÓN HASTA LA OBRA Y DEVUELTA MAQUINARIA VB 1 80.000 119.360
MOVILIZACIÓN INTERNA MAQUINARIA VB 36 7.000 250.145
LANZAMIENTO DE VIGAS/PRE LAJE PRE FABRICADAS M3 7.310 300 2.192.871
INDICADORES RECEPCIÓN HITOS H 60.000 1 60.000
PRUEBA DE CARGA PUENTES VB 84 50.000 4.200.000
PASARELAS VB 0 473.685 474
PASOS ANIMALES VB 0 50.000 50
PEDAGIOS VB 19.072.882 1 19.072.882
CAMPAMENTOS VB 7.000.000 1 7.000.000
APOYO DESLIZANTE FL 250X400X80 TIPO VSL (A TODO COSTO) UN 40 760 30.400
CONCRETO ARGOS FCK= 14 MPa (C/ BOMBEO Y TRANSPORTE) M3 6.199 174 1.079.947
CONCRETO ARGOS FCK= 18 MPa (C/ BOMBEO Y TRANSPORTE) M3 33.789 178 6.010.784
CONCRETO ARGOS FCK= 21 MPa (C/ BOMBEO Y TRANSPORTE) M3 60.274 183 11.053.654
CONCRETO ARGOS FCK= 28 MPa (C/ BOMBEO Y TRANSPORTE) M3 123.073 202 24.871.829
CONCRETO ARGOS FCK= 35 MPa (C/ BOMBEO Y TRANSPORTE) M3 125.425 223 27.945.949
CONCRETO ARGOS LANZADO FCK= 21 MPa (C/ TRANSPORTE) M3 21.170 226 4.780.875
CONCRETO ARGOS LANZADO FCK= 28 MPa (C/ TRANSPORTE) M3 24.207 251 6.074.008
Reforestación VB 219.780 1 219.780
BOMBA DE LECHADA H 7.858 14 107.739
LANZAMIENTO DE CONCRETO EN TALUDES M3 45.790 187 8.562.670
PILOTES DE MADERA D=20 a 30 CM L=6 M 2.800 70 196.000
SUBCONTRATO EXCAVACIÓN MANUAL CAISONS D=1.3M - MATERIAL COMÚN ( INCLUYE ANILLO)
M3 83.013 528 43.831.010
SUBCONTRATO EXCAVACIÓN MANUAL CAISONS D=1.8M - MATERIAL COMÚN (INCLUYE ANILLO)
M3 1.076 350 376.555
SUBCONTRATO EXCAVACIÓN MANUAL CAISSONS D=2.2M - MATERIAL COMÚN (INCLUYE ANILLO)
M3 9.146 275 2.515.036
ESCOLTA DE EXPLOSIVOS DE EXCAVACIÓN NO APROVECHABLE KG 246.704 1 234.369
TRANSPORTE EXPLOSIVOS (1 TON P/ VIAJE) KG 3.130 1 1.690
ESCOLTA DE EXPLOSIVOS KG 3.130 3 9.202
RETIRO DE CERCAS DE ALAMBRE ( INCLUYE TRANSPORTE) M 242.843 2 364.264
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE POSTE EN CONCRETO UND 121.421 12 1.457.056
SUMINISTRO E INSTALACIÓN ALAMBRE DE PÚAS M 971.370 0 339.980
SUMINISTRO Y INSTALACIÓN NEW JERSEY CONCRETO M 856 225 192.600
SUMINISTRO Y INSTALACIÓN DEFENSA METÁLICA TIPO SIMPLE M 14.615 68 992.964
SUMINISTRO Y INSTALACIÓN DEFENSA METÁLICA TIPO DOBLE M 8.742 87 764.776
SUMINISTRO Y INSTALACIÓN PINTURA MEC DE FAJAS SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL
M 295.467 1 153.643
SUMINISTRO Y INSTALACIÓN PINTURA MANUAL FAJAS SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL
M2 460 9 4.264
SUMINISTRO Y INSTALACIÓN TACHA REFLECTIVO BI DIRECCIONAL 10 X 10
UN 42.733 3 136.746
SUMINISTRO Y INSTALACIÓN PÓRTICO TIPO BANDERA SEÑALIZACIÓN VERTICAL
UN 25 1.374 34.358
SUMINISTRO Y INSTALACIÓN PLACA REFLECTIVA PARA SEÑALIZACIÓN VERTICAL
UN 434 183 79.465
SUMINISTRO Y INSTALACIÓN DE FIBRA ÓPTICA COMPLETA M 149.424 27 4.029.965
COMPRA INSTALACIONES DE POSTES SOS VB 52 5.000 260.000
BASCULAS VB 1.469.291 1 1.469.291
GESTIÓN / EQUIPOS CCO VB 500.000 1 500.000
SUBCONTRATO - TRABAJOS PIP VB 2.291.000 1 2.291.000
SUMINISTRO E INSTALACIÓN ACERO A-416 TIPO VSL O SIMILAR KG 188.658 25 4.716.450
SUMINISTRO E INSTALACIÓN BARRA ALTA RESISTENCIA TIPO VSL O SIMILAR
KG 20.000 6 118.000
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
69
Descripción UMed. Cantidad Costo Unitario Costo Total
Costo Total 907.998.040
SUMINISTRO E INSTALACIÓN AMORTIGUADOR PARA TIRANTE L>100M
KG 44 8.000 352.000
IMPLEMENTACIÓN MONITOREO VB 1 300.000 300.000
AISLADOR SÍSMICO UN 54 2.000 108.000
ALQUILER DE BUSES - 36 LUGARES MES 2.471 5.600 13.837.208
SISTEMA DE MONITOREO SATELITAL POR VEHÍCULO VB 2.535 80 202.800
SERVICIO CONSTRUCCIÓN BORDILLO H 5.633 20 112.669
SEÑALIZACIÓN DELINEADOR CURVA 60x75 - SUMINISTRO Y APLICACIÓN
UN 489 115 56.088
SUBCONTRATO ILUMINACIÓN INTERSECCIONES VB 5 87.000 435.000
POSTE DE KILOMETRAJE UN 233 115 26.795
SEÑAL TIPO CHEVRON - SUMINISTRO E INSTALACIÓN UN 143 129 18.499
SUB - ENCUENTROS TIERRA ARMADA (LONG. 26M CADA LADO) COMPLEM CONC
VB 41.300.000 1 41.300.000
SUB - LANZAMIENTO VIGAS 15M>=L<25M M 6 5.713 35.992
SUB - LANZAMIENTO VIGAS 25M>=L<35M M 66 8.395 557.865
SUB - LANZAMIENTO VIGAS L>=35M M 265 14.327 3.800.566
SUB - TRATAMIENTO FONDO DE CAUCE M2 622.010 21 12.757.416
SUB - APUNTALAMIENTO M2 14.288 7 97.017
POZO NATURAL AGUA UN 3 10.000 34.270
SERVICIO DE POSTECIONAMENTO DE VIGAS (INCLUYE MATERIAL) KG 2.675.422 4 10.808.703
ALQUILER DE SANITARIO PORTÁTIL UNMES 5.953 430 2.559.659
ARRENDAMIENTOS DE ÁREA VBMES 995.000 1 995.000
SUBCONTRATO REMOCIÓN DE INTERFERENCIAS VB 4.859.000 1 4.859.000
TRANSPORTE AGREGADOS LARGA DISTANCIA M3*KM 9.651.887 0 2.895.566
AMORTIZACIÓN ESCALERA METÁLICA M 84 880 74.118
AMORTIZACIÓN CONJUNTO FORMA DESLIZANTE - PILA VB 22.460 10 224.598
AMORTIZACIÓN ESCALERA METÁLICA - FOSTER UN 63 5.461 343.353
AMORTIZACIÓN CONJUNTO FORMA METÁLICA - MURO VB 39.665 2 95.592
AMORTIZACIÓN CONJUNTO FORMA METÁLICA - PILA VB 246.940 4 1.054.433
DEPRECIACIÓN EQUIPOS DE TALLER VB 425.437 1 425.437
JUROS EQUIPOS ADQUIRIDOS VB 8.989.823 1 8.989.824
GASTOS ESTRUCTURAS BOGOTÁ VB 525.000 1 525.000
GASTO EQUIPOS APUNTAMIENTO ELECTRÓNICO VB 62.000 1 62.000
COMUNICACIONES (cctv-gps vehículos- GPS celulares) VB 211.934 1 211.934
GASTOS DE CAPACITACIÓN - CREER VB 14.100 70 987.000
SISTEMAS CORPORATIVOS VB 650.000 1 650.000
IMPLEMENTACIÓN SOFTWARE DE GERENCIAMIENTO VB 80.500 1 80.500
IVA SOB PRODUCCIÓN DE MEZCLA VB 3.535.703 1 3.535.703
RADARES DE VELOCIDAD VB 5 16.000 81.440
MONITORES DE GASES VB 5 6.000 30.540
ALCOHOL CONTROLES VB 5 20.000 101.800
CÁMARA FOTOGRÁFICA VB 5 4.000 20.360
GASTOS DE ASESORÍA EXTERNA VB 25.650 1 25.650
GASTOS EQUIPO TI VB 64.800 1 64.800
GERENCIAMIENTO ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS (GED) VB 153.700 1 153.700
ENSAYOS SUBCONTRATADOS VB 526.800 1 526.800
GASTOS DE MANUTENCIÓN DE EQUIPOS LABORATORIO VB 232.650 1 232.650
PASAJE AÉREO UN 3.338 1.000 3.337.850
HOTELES Y RESIDENCIAS PV 225 300 67.350
REFRIGERIO Y ALIMENTACIÓN PV 689 80 55.080
Descripción UMed. Cantidad Costo Unitario Costo Total
Costo Total 907.998.040
TAXIS PV 3.521 50 176.030
GASTOS DE REPUBLICA VB 113.000 1 113.000
CONSULTORÍA Y ASESORAMIENTO MES 1.129.500 1 1.129.500
SERVICIO DE ENERGÍA MES 2.146.300 1 2.146.300
SERVICIO DE AGUA MES 131.000 1 131.000
SERVICIO INTERNET MES 417.600 1 417.600
SERVICIO TELEFONÍA CELULAR-FIJA VB 645.750 1 645.750
CAPACITACIÓN VB 280.400 1 280.400
EXÁMENES MÉDICOS VB 14.154 50 707.700
SOAT IMP VEHÍCULOS VB 529.566 1 529.567
PAGO PEAJES VB 28.600 1 28.600
IMPUESTOS VB 215.754 1 215.754
GASTOS DIVERSOS VB 88.400 1 88.400
EVENTOS RECREATIVOS PERSONAL VB 53.000 1 53.000
GASTOS DE VIAJE Y HOSPEDAJE VB 131.600 1 131.600
MANTENIMIENTO DE CAMPAMENTO VB 173.000 1 173.000
EVENTOS FINAL DE AÑO VB 390.000 1 390.000
MANUTENCIÓN VEHÍCULOS VB 510.473 1 510.473
GASTO DE ÁREA VB 499.300 1 499.300
GASTOS ESTUDIOS DE SEGURIDAD DE PERSONAL VB 49.818 1 49.818
GASTOS ESTUDIO ÁREAS CERCANAS A LA VÍA VB 77.550 1 77.550
GASTOS CONVENIOS FUERZAS MILITARES VB 269.776 1 269.776
GASTOS HIDRATACIÓN VB 3.117.090 1 3.117.090
GASTOS DE MOVILIZACIÓN VB 300.000 1 300.000
ASISTENCIA MEDICA EXPATRIADO VB 1.180 300 354.000
SEGURO DE EQUIPOS VB 2.624.859 1 2.624.858
Depreciación Técnica - BOMBA DE CONCRETO 50 A 90 M3/H H 50.790 11 575.448
Depreciación Técnica - CAMIÓN CISTERNA TANQUE 20.000 L H 64.846 9 581.019
Alquiler - CAMIÓN BOMBA LANZADERA 25 M MES 51 24.012 1.218.969
Alquiler - CAMIÓN BOMBA LANZADERA 38 M MES 58 30.740 1.785.963
Depreciación Técnica - CAMIÓN LUBRICANTE TANQUE 6000 L (TALLER)
H 15.154 11 173.513
Depreciación Técnica - CAMIÓN COMBUSTIBLE TANQUE 10.000 L (TALLER)
H 11.601 8 91.760
Depreciación Técnica - CAMIÓN GRÚA 15 T (TALLER) H 23.317 12 289.131
Depreciación Técnica - CAMIÓN CARROCERÍA 10 T H 6.624 6 36.567
Depreciación Técnica - EXCAVADORA HIDRÁULICA CAT 345 H 4.874 33 158.707
Depreciación Técnica - CAMIÓN TRACTOR CAMA BAJA 45T H 11.801 8 90.631
Depreciación Técnica - TRACTOR AGRÍCOLA 4x4 - 140 HP H 16.807 8 128.240
Depreciación Técnica - EXCAVADORA HIDRÁULICA CAT 320D H 70.455 12 879.988
Depreciación Técnica - RODILLO COMPACTADOR DE LLANTAS 30 T H 20.467 14 282.648
Depreciación Técnica - RODILLO COMPACTADOR VIBRATORIO LISO 10 A 14 T
H 88.754 10 876.891
Depreciación Técnica - RODILLO TANDEN COMPACTADOR 10 A 14 T H 20.467 13 257.269
Depreciación Técnica - Vehículo Camioneta HILUX MES 2.365 790 1.868.350
Depreciación Técnica - PAVIMENTADORA ASFALTO 200-250 T/H H 20.467 37 760.549
Depreciación Técnica - CAMIÓN IMPRIMADOR 6 A 10 M3 H 8.140 16 130.484
Depreciación Técnica - PLANTA DE ASFALTO GRAVIMÉTRICA - LINTEC - CAP 12
H 7.366 114 842.160
Depreciación Técnica - PLANTA SUELOS - LUZMAC LZ - 400 T/H H 7.141 29 208.666
Depreciación Técnica - MOTONIVELADORA CAT 140K - 170 HP H 72.590 15 1.075.786
Alquiler - VEHÍCULO AMBULANCIA MES 63 8.210 517.230
Diagnóstico del impacto del Decreto 2041 de 2014 “Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias
ambientales” en los contratos de infraestructura de carreteras por medio de concesión vial en casos de estudio.
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Descripción UMed. Cantidad Costo Unitario Costo Total
Costo Total 907.998.040
Depreciación Técnica - TRACTOR ORUGAS CAT D6T-XL H 196.509 16 3.045.883
Depreciación Técnica - TRACTOR ORUGAS CAT D8T H 4.875 36 177.161
Alquiler - MINICARGADOR DE LLANTAS BOBCAT - DIRECTO H 13.232 3 42.079
Depreciación Técnica - CARGADOR S/LLANTAS CAT 950H - 18T - 3.1 M3
H 42.251 16 695.458
Depreciación Técnica - EQUIPO MENOR H 282.094 1 282.094
Depreciación Técnica - VEHÍCULO CAMIONETA BLINDADA MES 170 1.315 223.550
Alquiler - CAMIÓN REFRIGERADO H 20.330 9 178.497
Alquiler - CAMIÓN CARROCERÍA EQUIPADO VIGA BENKELMAN H 11.780 9 103.428
Depreciación Técnica - CAMIÓN GRÚA 15 T (OBRA) H 51.898 12 643.538
Alquiler - CAMIÓN CARROCERÍA 3.5 T H 34.200 9 300.276
Alquiler - CAMIÓN CARROCERÍA HIDROSSEMEADURA H 51.218 33 1.672.266
Depreciación Técnica - CAMIÓN VOLQUETA 6x4 - 15 M3 SUELO/ROCA
H 261.588 8 2.220.880
Depreciación Técnica - PLANTA TRITURADORA FIJA - 250 T/H H 15.696 168 2.641.618
Depreciación Técnica - MOTOSIERRA MS 250 H 18.710 0 1.123
Depreciación Técnica - EXCAVADORA HIDRÁULICA CAT 336DL H 178.305 16 2.924.200
Alquiler - Excavadora Hidráulica - Caterpillar - 312D H 2.724 9 23.563
Depreciación Técnica - RETROEXCAVADORA CAT 416E - 4X4 H 56.786 10 550.254
Alquiler - MAQUINA PARA AFILAR BROCAS H 237 1 190
Alquiler - MAQUINA PARA AFILAR BARRAS INTEGRALES H 237 1 190
Alquiler - TORRE ILUMINACIÓN H 40.903 1 43.766
Depreciación Técnica - GRUPO GENERADOR 550 KVA H 8.311 9 76.963
Alquiler - GRÚA TELESCÓPICA 11/25 T H 14.730 10 147.296
Alquiler - GRÚA HIDRÁULICA TELESCÓPICA - 50/60 T H 15.505 36 555.850
Alquiler - BOMBA CENTRIFUGA KSB ETA 125-33 5PLUG 60HP DIESEL
H 11.302 3 38.654
Alquiler - PERFORADORA TRACK DRILL S/ORUGAS (712 ATLAS o similar)
H 13.093 13 175.841
Alquiler - MARTILLO PERFORADOR NEUMÁTICO RH657 o similar H 888 5 4.438
Depreciación Técnica - RODILLO COMPACTADOR PATA DE CABRA - 10 A 14 T
H 110.584 11 1.172.189
Alquiler - RODILLO TANDEN CB24 - BENETIN H 15.973 20 327.292
Alquiler - COMPRESOR PORTÁTIL HASTA 300 PCM H 34.332 3 101.279
Alquiler - COMPRESOR PORTÁTIL 601 A 900 PCM H 95 8 742
Alquiler - GRADE DE DISCO ROME TCH 24 X 24POL H 13.639 4 50.055
Depreciación Técnica - HERRAMIENTAS VB 1.093.717 1 1.093.717
Alquiler - COMPACTADOR SALTARIN H 62.753 2 144.333
Alquiler - CONJUNTO DE MAQUINAS DE CARPINTERÍA H 46.682 8 394.460
Alquiler - CONJUNTO VIBRADORES 65MM PORTÁTILES H 33.473 5 167.366
Alquiler - BARREDORA MECÁNICA FERLEX VM-7 2.66m H 10.378 13 134.911
Alquiler - Fresadora Wirtgen W1000 o similar H 409 88 263.160
Alquiler - VIBRADORES NEUMÁTICOS H 92.481 4 369.923
Alquiler - CAMIÓN VOLQUETA 6x4 - 15 M3 SUELA/ROCA - SUBCONTRATO
H 783.613 46 35.748.405
Alquiler - CIZALLA H 7.271 13 95.756
MANO DE OBRA
MATERIALES
DEPRECIACIONES Y/O AMORTIZACIONES
ALQUILERES O SUBCONTRATOS
GASTOS GENERALES