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  • 8/8/2019 Devolucin de impuestos

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    DEVOLUCION DEL IGV e IPM PARA LOS

    PROYECTOS DE COOPERACIONINTERNACIONAL

    COEECI - ANC

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    Puede ser objeto de beneficio de la devolucin elIGV/IPM pagado por los proyectos de cooperacin

    internacional?De acuerdo al art. 1 del Decreto Legislativo No 783, podrn serobjeto de devolucin el Impuesto General a las Ventas (IGV) y elImpuesto de Promocin Municipal (IPM) que se pague en lascompras de bienes y servicios, efectuadas con donaciones delexterior y de la cooperacin tcnica internacional no reembolsableotorgadas por Gobiernos e Instituciones Extranjeras u Organismosde Cooperacin Tcnica Internacional en favor de instituciones sinfines de lucro, previamente autorizadas y acordadas con elGobierno Peruano

    Este beneficio de devolucin se encuentra prorrogado hasta el 31de diciembre de 2012 por la Ley 29501.

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    No pueden ser objeto de devolucin el IGV e IPM que se pague enlas compras de bienes y servicios, efectuados con el IGV e IPMrecuperados en virtud del procedimiento de devolucin establecidoen el Decreto Legislativo N 783.

    No obstante, los recursos generados a partir de la devolucin delIGV e IPM y que hayan sido destinados a la ejecucin de unproyecto, deben ser declarados en cuanto a sus ingresos ygastos- en la Declaracin Anual que se desprenden comoobligacin de los Registros de ONGD y ENIEX.

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    Cules son los requisitos y pasos para acogerse al

    beneficio de la devolucin del IGV e IPM?De acuerdo al D.S. 136-94-EF, son:

    1. Deben contar con inscripcin vigente en los Registros de APCI(ONGD, ENIEX, IPREDA).

    2. Deben estar inscritas en el Registro de entidades exoneradas delImpuesto a la Renta de la SUNAT.

    3. Deben encontrarse financiando o ejecutando al menos unprograma, proyecto o actividad que involucra cooperacin tcnicainternacional no reembolsable, o donaciones provenientes delexterior.

    4. Deben contar con Planes de Operaciones (PO) registrados antela APCI, con las adquisiciones a efectuarse durante el perodo conrecursos que proporciona la fuente cooperante.

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    Cmo se efectuara la devolucin del IGV e IPM y conque periodicidad?

    De acuerdo a los artculos 5 y 6 del Decreto Supremo N 036-94-EF, la devolucin del IGV e IPM discriminados que se hayan

    trasladado en las adquisiciones de bienes y servicios, se efectuarmediante Notas de Crdito Negociables emitidas por la SUNAT, lascuales se harn efectiva en un plazo de dos (2) das hbiles deemitidas.

    Las solicitudes de devolucin podrn ser presentadas dentro de

    los seis (6) meses de efectuada la adquisicin de bienes yservicios / sustentadas con los comprobantes de pago respectivos.Las solicitudes son cancelatorias frente al perodo mensual quecomprende.

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    Cul es el procedimiento para el registro del Plan deOperaciones del proyecto?

    Deben cumplir con los siguientes requisitos:1. Solicitud de registro del PO o su actualizacin, conforme alAnexo 1 - PO (Directiva de la APCI)

    2. Plan de Operaciones del programa, proyecto y/o actividad aejecutarse

    3. Copia simple del convenio suscrito con la fuente cooperante parala ejecucin del proyecto y/o actividad,

    4. Opinin favorable del Ministerio que corresponda, si su mbitode operaciones abarca ms de una regin o si se ejecuta en LimaMetropolitana; o del Gobierno Regional, si el mbito deoperaciones est en su jurisdiccin. Excepcionalmente, se podrrecibir el cargo que acredite haber gestionado la opinin favorable,siendo indispensable la presentacin de dicha opinin antes desolicitar la emisin de la constancia.

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    PARTE II: MARCO LGICO DEL PROYECTO

    Actualizado si corresponde, conforme alAnexo 2 - PO de laDirectiva, que contendr:

    a. Objetivo de desarrollo (Fin).b. Objetivo del proyecto (Propsito).c. Componentes o Productos.d. Actividades por Componentes. (Tareas)

    PARTE III: CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

    Conforme alAnexo 3 - PO que forma parte de la Directiva.

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    PARTE IV: PRESUPUESTOS

    a) Relacin de Bienes y Servicios por Componentes / Actividades yRubros, conformeAnexo 4 - PO de la Directiva.

    b) Presupuesto por Componente, Actividades y Fuente CooperanteExterna, conformeAnexo 5 - PO de la Directiva.

    Para la actualizacin del PO, no ser necesario proporcionarinformacin que estuviera registrada anteriormente.

    El presupuesto adems debe ser elaborado en hoja Excell y serpresentado en un medio magntico (diskette de 1.44 MB o CD),etiquetado detallando el nombre o razn social del solicitante, elnombre del programa, proyecto o actividad, fuente cooperante yel perodo de ejecucin.

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    Qu tips debe tener en cuenta para cubrir la

    informacin del Plan de Operaciones del proyecto? No debe dejarse de presupuestar el personal necesario (equipo

    de campo y administrativa), los gastos financieros y gastos defuncionamiento

    Para incluir gastos no examinados inicialmente, se recomiendatrabajar en equipo, especialmente con el personaladministrativo. El xito radica en el trabajo conjunto.

    El cuadro de actividades es fundamental para saber los costospor actividades y solicitar la devolucin del IGV

    La mayora ejecuta sus actividades sin conocer la relacin deAdquisiciones de Bienes y Servicios, por rubros y actividades.Es importante que conozca que adquisiciones se han previsto afin de obtener la devolucin.

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    A fines de ao se debe contar con un control presupuestal poractividades y por partidas, para realizar una buena planificaciny presupuestar todas las actividades no ejecutadas al aoanterior.

    Es necesario contar con sistemas que eviten que losAdministradores utilicen el doble de su tiempo pasando losgastos de su sistema contable a hojas en Excell por partida ytambin por actividades. Lo recomendable es que mediante unasola digitacin en el sistema se reporte el gasto por partidas ypor actividades.

    El xito de un buen control presupuestal radica en laelaboracin correcta del presupuesto.

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    Cul es el procedimiento para el registro del Plan deOperaciones (PO)?

    * Las solicitudes del registro del PO sern derivadas a laDireccin de Operaciones y Capacitacin (DOC) de APCI alda siguiente de su recepcin por Mesa de Partes.

    * La DOC tendr un plazo de treinta (30) das hbiles, contados a

    partir del da siguiente de la recepcin de la solicitud en mesade partes para evaluar la documentacin recibida. La Direccinpodr realizar las observaciones pertinentes respecto al registrodel PO. En ese caso, la institucin deber levantar lasobservaciones en el menor tiempo posible. En caso de nocumplir, no se aceptar ni proceder ninguna solicitud de

    emisin de constancia.

    De resultar procedente, la DOC proceder a registrar oactualizar la informacin en el Sistema de Registro dePlanes Operativos, otorgando una copia a la entidadsolicitante.

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    Desde cuando se aceptara la devolucin del IGV/IPMen consideracin al registro del Plan de

    Operaciones?

    * Los beneficios contemplados se considerarn a partir del mesde presentacin del PO, sin perjuicio de la calificacinrealizada por APCI.

    * No se contemplara la devolucin por conceptos realizadosanteriores a dicha fecha.

    * SI EL PO SUFRIERA ALGUNA MODIFICACIN, LAINSTITUCIN RESPONSABLE DEBER, DENTRO DEL MES

    DE REALIZADA LA MISMA, ACTUALIZAR LA INFORMACINREGISTRADA EN APCI.

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    Qu requisitos son necesarios para la emisin de laConstancia para solicitar ante la SUNAT la devolucin

    del IGV e IPM?Documentacin requerida/ DIRECTIVA N 002-2008-APCI-DOC:

    1. Solicitud elaborada de acuerdo alAnexo 1-IGV de la Directiva.

    2. Formulario denominado Rgimen de Devolucin del IGV e IPMnumero 4919.

    3. Relacin detallada de comprobantes de pago correspondientesal periodo por el que se solicita la devolucin, conforme a losformularios contenidos en elAnexos 2 IGV y elAnexos 3

    IGV de la Directiva.

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    Cul es el procedimiento para la emisin de lasConstancias por parte de la APCI?

    * En (30) das hbiles contados de recepcionada la solicitud, laAPCI verificar que se cumpla con lo siguiente:

    a) Que el monto de las adquisiciones realizadas no supere el

    presupuesto del PO registrado.

    b) Que los bienes y servicios detallados en elAnexo 2-IGV en lacolumna Descripcin Bien o Servicio corresponda a lo sealadoen la relacin de bienes y servicios a adquirir de acuerdo al POregistrado.

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    De existir alguna observacin, se reportara CON OBSERVACION,indicando que no existe el proveedor, hay error en laelaboracin de cuadros o mal clculo de IGV.

    * De resultar improcedente, la Subdireccin de Beneficioscomunicar de dicho hecho al solicitante en un plazo 15 das.

    * De resultar procedente, la Subdireccin de Beneficios emitirla Constancia solicitada, indicando entre otros datos, el perodoen el que se van a acoger al beneficio, el monto solicitado para

    devolucin, el monto considerado por la APCI a devolver y lafecha de vencimiento de la constancia.

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    Cmo se solicita la devolucin del IGV/IPM a la SUNAT?

    Para solicitar la devolucin del IGV/IPM, deber presentarse a laSUNAT el Formulario 4919 SOLICITUD DE DEVOLUCION,debidamente firmado por el Representante Legal de lapersona jurdica sin fines de lucro o por el Apoderado de laentidad extranjera de cooperacin internacional, inscrito ante el

    Registro nico de Contribuyentes de la SUNAT.

    En todo caso, para efecto del trmite, el Representante Legalpuede nombrar a un Tercero, cuyo nombre se consignara enla Constancia emitida por la APCI. Este ltimo deber presentarcopia simple de su Documento de Identidad y del

    Representante Legal, autenticado por Fedatario de la SUNAT.

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    A este Formulario 4919 deber adjuntarse los siguientesdocumentos:

    Copia autenticada por el Fedatario de la SUNAT de laConstancia emitida por la APCI.

    Relacin detallada de la totalidad de comprobante depago correspondiente al periodo en que se solicita ladevolucin, en la que indique el nmero de RUC delemisor, serie, numero, fecha y el monto de losimpuestos; y adicionalmente, los datos del documentoque acredite el pago de impuestos.

    Copia simple de las facturas o tickets correspondientea la SUNAT, entregados en la adquisicin de bienes y

    servicios, en los que conste en forma discriminada elmonto de impuestos. Las mencionadas copias deberemitirse de conformidad a lo establecido en elReglamento de Comprobantes de Pago.

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    El Formulario 4919 y los documentos seran presentados Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales Divisin de Centro de Servicios de la Gerencia de Centros de

    Servicios al Contribuyentes Seccin de Servicios al Contribuyente

    El plazo del tramite es de 5 das, de presentado todos losdocumentos. La devolucin se efectuar mediante Notas deCrdito Negociables emitidas por la SUNAT.

    En caso de ser denegada la solicitud, el sujeto del beneficio podr

    presentar su Recurso de Reclamacin en el plazo de 20 dashbiles ante el Intendente de Principales ContribuyentesNacional, el Intendente Regional o el Jefe de la Oficina Zonal; oel respectivo Recurso de Apelacin en el plazo de 15 dashbiles ante el rgano que dicto la resolucin, a fin de que elprocedimiento sea elevado y resuelto por el Tribunal Fiscal.

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    Se debe informar a la APCI sobre el uso del beneficiodel IGV e IPM?

    Los sujetos que hayan hecho uso del beneficio tributario,debern presentar a la APCI el Informe Final del IGV e IPMRecuperado, en elAnexo 4-IGV y la relacin de comprobantesde pago que dieron origen a la devolucin.

    El informe deber contener: Nombre de la institucin Perodo por el que solicit devolucin Nombre del proyecto Fuente cooperante Nombre del representante legal

    Monto del IGV e IPM recuperado Nmero y fecha de resolucin de SUNAT mediante el cualse aprueba el beneficio tributario

    Firma y sello del representante legal

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    Es necesario contar con autorizacin para utilizacinde beneficios tributarios recuperados?

    * Los recursos obtenidos producto de la recuperacin del IGV eIPM de parte de la APCI, no son de libre disposicin de lainstitucin. Es necesario solicitar autorizacin a la entidadcooperante, mediante la emisin de una carta o suscripcin deun Addenda.

    * Para solicitar la autorizacin se debe sustentar ante la entidadcooperante a que actividad y partida se van ha aplicar dichosrecuperos.

    * Pocas ONGD gestionan la recuperacin del IGV e IPM, debido

    a que estn sujetos a procesos de fiscalizacin posterior por laAPCI.

    * Es importante en todo caso, que estas solicitudes se formulen ala APCI desde el primer mes de inicio del Plan Operativo ycuando se efecten modificaciones del mismo.