derechos y garantias constitucionales

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DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES.Abog. Germán Tamayo.Universidad Yacambù

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Page 1: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES
Page 2: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

La Constitución la conocemos como la norma suprema y el La Constitución la conocemos como la norma suprema y el fundamento de todo nuestro ordenamiento jurídico (Art.7).

NATURALEZA:

� Sentencia Nº 1347 del 9/11/2002

� Caso del Dr. Bonhan, 1610 (inglaterra). Common Low� Caso del Dr. Bonhan, 1610 (inglaterra). Common Low

� Caso Marbury V. Madison, 5 U.S. (1 Granch), 137 (1803), de la Corte Suprema de los Estados Unidos.

Page 3: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

CARÁCTER NORMATIVO:

Sentencia Nº 963 del 5/06/2001

� La Constitución que vincula, en grado a la naturaleza del precepto aplicable, tanto a los órganos del poder publico como a particulares.

� La Constitución otorga o impone situaciones jurídicas � La Constitución otorga o impone situaciones jurídicas constitucionales, según se trate de derechos o deberes

� La Constitución ha diseñado un sistema garantizador de situaciones jurídicas constitucionales, en el cual el poder judicial juega un papel preponderante

Page 4: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

NORMAS CONSTITUCIONALES PROGRAMATICAS:

Sentencia Nº 1278 del 17/06/2005

� Son aquellas inspiradas en un fin, prevén la necesidad de materializarlo, pero dejan su necesidad de materializarlo, pero dejan su desarrollo al legislador, representantes de la voluntad popular es decir que tienen un destinatario, que debe desarrollarlo de manera que tal propósito perseguido logre cumplirse

Page 5: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

FUNCIONES DE LA CONSTITUCIÓN

Sentencia Nº 23 de fecha 22-01-2003Sentencia Nº 23 de fecha 22-01-2003

• NORMADORA Y ORGANIZADORA. SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL Y SU

INTERPRETACIÓNINTERPRETACIÓN

Page 6: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

FUERZA DE LA CONSTITUCIÓN

� Sentencia No 1655 de fecha 16-06-2003� Sentencia No 1655 de fecha 16-06-2003

� Estado De Derecho.

� Separación De Funciones.

� Improcedente Cualquier Recurso Que Pretenda con Carácter Previo Obtener Una Decisión Dirigida Al Resto De Los

Órganos Que Ejercen El Poder Público.Órganos Que Ejercen El Poder Público.

Page 7: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

LA SALA CONSTITUCIONALES LA QUE DETERMINA LA PREVALENCIA EN EL DERECHO INTERNO DE LAS NORMAS INTERNACIONALES SOBRE DERECHOS HUMANOS.

� Sentencia No 1942 de fecha 15-07-2003� Interpretación En Abstracto De Los Tratados Sobre Derechos

Humanos. � Soberanía Y Alcances Sobre Las Sentencias, Laudos Y

Recomendaciones De Los Organismos Supranacionales, Multinacionales Y Transnacionales.

� Aplicabilidad En Venezuela. Leyes De Desacato. Libertad De Expresión. Expresión.

� Derechoalaprotección Del Honor, Vida Privada, Intimad, Propia Imagen.

� Confidencialidad Y Reputaclón. � Símbolos Patrios. � Declaratoria De Nulidad Parcial De Los Artículos 223, 224, 225 Y 226

Del Código Penal.

Page 8: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

CONSTITUCION COMO NORMA SUPREMA:CONSTITUCION COMO NORMA SUPREMA:

� Sentencia Nº 1717 del 26/07/2002� Configura y ordena los poderes del Estado por ella construidos� Establece los limites del ejercicio del poder y el ámbito de libertades y derechos fundamentaleslibertades y derechos fundamentales� La Constitución es una norma jurídica, y no cualquiera, sino la primera entre todas, lex superior, aquella que sienta los valores supremos de un ordenamiento y que desde esa supremacía es capaz de exigir cuentas, de erigirse en el parámetro de validez de todas las demás normas jurídicas del sistema. (García de Enterría, Eduardo)

Page 9: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• es por ello, que para garantizar precisamente, esa supremacía y lograr que• es por ello, que para garantizar precisamente, esa supremacía y lograr quetenga efectividad es que la misma constitución regula la existencia de unsistema de justicia constitucional. Por ello, el artículo 334 de nuestraConstitución atribuye a todos los jueces, en el ámbito de sus respectivascompetencias y conforme a la constitución y la ley, la obligación deASEGURAR LA INTEGRIDAD DE LA CONSTITUCIÓN.

• Es decir que la JUSTICIA CONSTITUCIONAL, es la competencia judicialpara velar por la integridad y supremacía de la constitución y la misma espara velar por la integridad y supremacía de la constitución y la misma esejercida por los jueces y no solo por el TSJ, este ultimo además tiene lapotestad de ser el ultimo interprete de la misma y es el encargado de velarpor su correcta aplicación (Art.335) (Art.266 ord 1°, y 336)

Page 10: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• El sistema de Justicia Constitucional en Venezuela pude considerarse que• El sistema de Justicia Constitucional en Venezuela pude considerarse quees de carácter mixto o integral, pues combina el método difuso de controlde la constitucionalidad de las leyes, como poder-deber que tienen todoslo jueces, al decidir casos concretos, de desaplicar leyes que considerencontrarias a la Constitución aplicando preferentemente el textofundamental; con el denominado método concentrado de control de laconstitucionalidad de las leyes y demás actos de rango y valor de lasmismas, ejercido exclusivamente y con poderes anulatorios por la Salamismas, ejercido exclusivamente y con poderes anulatorios por la SalaConstitucional del Tribunal Supremo de Justicia. (ver Art. 19 COPP)

• Artículo 334: Todos los jueces o juezas de la República, en el ámbito desus competencias y conforme a lo previsto en esta Constitución y en laley, están en la obligación de asegurar la integridad de esta Constitución.

Page 11: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• En caso de incompatibilidad entre esta Constitución y una ley u otra normajurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales, correspondiendo alos tribunales en cualquier causa, aún de oficio, decidir lo conducente.Corresponde exclusivamente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremode Justicia como jurisdicción constitucional, declarar la nulidad de las leyesy demás actos de los órganos que ejercen el Poder Público dictados enejecución directa e inmediata de la Constitución o que tengan rango de ley,ejecución directa e inmediata de la Constitución o que tengan rango de ley,cuando colidan con aquella.

• Artículo 335. El Tribunal Supremo de Justicia garantizará la supremacía yefectividad de las normas y principios constitucionales; será el máximo yúltimo intérprete de la Constitución y velará por su uniforme interpretación yaplicación.

Page 12: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• Sala Constitucional: como dije anteriormente el constituyente no se• Sala Constitucional: como dije anteriormente el constituyente no seconformo con crear la Sala Constitucional, sino que creo un sin numero denormas en las cuales se define el alcance de sus facultades, por consiguiente,la Sala Constitucional es el guardián de la interpretación, y aplicación de lanorma, principios, derechos y garantías constitucionales.

1. Declarar la nulidad total o parcial de las leyes nacionales y demás actos conrango de ley de la Asamblea Nacional, que colidan con esta Constitución.

2. Declarar la nulidad total o parcial de las Constituciones y leyes estadales, de2. Declarar la nulidad total o parcial de las Constituciones y leyes estadales, delas ordenanzas municipales y demás actos de los cuerpos deliberantes de losEstados y Municipios dictados en ejecución directa e inmediata de estaConstitución y que colidan con ella., etc.

Page 13: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

Artículo 336: Son atribuciones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo deArtículo 336: Son atribuciones de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo deJusticia:

• Control represivo de la constitucionalidad de las leyes: En relación a losnumerales 1 al 4, se consagra la competencia para conocer de los recursos denulidad por inconstitucionalidad de las leyes y actos normativos de efectosgenerales dictados por los órganos del Poder Público.

• Control preventivo de la constitucionalidad de las leyes: Este se ejerceconforme lo establece el Titulo V Capitulo I Sección Cuarta de la Constitución,la Sala Constitucional ejercerá el control preventivo de la constitucionalidad decarácter orgánico de una ley que haya sido calificado como tal por la Asambleacarácter orgánico de una ley que haya sido calificado como tal por la AsambleaNacional. (Sent. N°194 del 15/02/2001, donde declaro que la solicitud incumbeúnicamente al Presidente de la República solo en lo que atañe a las leyesnacionales y los tratados internacionales suscritos por la República)

• Constitucionalidad de los Tratados Internacionales: Este opera a través delcontrol preventivo, y la potestad de activarlo le corresponde al Presidente de laRepública o a la Asamblea Nacional, siendo facultativo su ejercicio,descartándose la posibilidad de que este fuere obligatorio, pues este representaríaun obstáculo para la buena marcha de las relaciones internacionales.

Page 14: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• Revisar la constitucionalidad de los decretos que declare el estado de• Revisar la constitucionalidad de los decretos que declare el estado deexcepción dictado por el Presidente de la República: Este se realiza enconcordancia a lo previsto en el artículo 339 CRBV y debe cumplir lasexigencias, principios y garantías establecidos en El Pacto Internacional DeDerechos Civiles Y Políticos y la Convención Americana Sobre DerechosHumanos.

• Resolver las colisiones que existan entre diversas disposiciones legales ydeclarar cual debe prevalecer: El recurso de colisión de normas se refieredeclarar cual debe prevalecer: El recurso de colisión de normas se refierea la situación en la cual dos disposiciones intentan regular el mismosupuesto en forma diferente, por lo que se encuentran en conflicto (Sent. Nº356 del 11/05/2000). La finalidad de este recurso se reduce concretamente aestablecer una comparación de normas legales sobre las cuales versa elrecurso y en caso de que el órgano jurisdiccional estime que exista elconflicto denunciado, declarar cual de ellas debe prevalecer. (Sent. Nº 889del 31/05/2001)

Page 15: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• Dirimir las controversias entre órganos del Poder Público: 1) Que se trate decontroversias surgidas entre cualesquiera de los órganos que la constitución prevé enla distribución horizontal o vertical del poder público. 2) Que se trate decontroversias constitucionales donde se dependa del examen, interpretación yaplicación de la norma constitucional.

• Recurso de Revisión: sentencias definitivamente firmes de amparo constitucional yde control difuso de constitucionalidad con el objeto de garantizar la uniformidad enla interpretación de las normas y principios constitucionales, la eficacia del textola interpretación de las normas y principios constitucionales, la eficacia del textoconstitucional y la seguridad jurídica.

• Carácter vinculante de las decisiones de la Sala Constitucional: Sent. N° 93 defecha 06/02/2001 “las interpretaciones que establezca la Sala Constitucional sobre elcontenido y alcance de las normas y principios constitucionales son vinculantes paralas demás Salas del Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales de laRepública”.

Page 16: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

�Las demás que establezcan la constitución y las leyes: (RECURSO DEINTERPRETACIÓN): Este recurso tiene por objeto interpretarte el contenido o alcance de lasINTERPRETACIÓN): Este recurso tiene por objeto interpretarte el contenido o alcance de lasnormas y principios constitucionales conforme a las reglas siguientes: 1) Cuando se alegue quela norma constitucional choca con principios constitucionales. 2) Cuando la normaconstitucional remita a doctrina no explicita o a derechos humanos que no aparezcan en laconstitución o a tratados internacionales protectores de los derechos humanos que no hayanconvenido en leyes nacionales y cuyo texto, sentido y vigencia requiere aclaratoria. 3) cuandose alegue que dos o mas normas constitucionales chocan entre si. 4) cuando se alegue deuda alos fines de su vigencia interna, sobre la constitucionalidad de aquellas normas producidas pororganismos multilaterales en virtud de Tratados y Convenio Internacionales que les hubiesenorganismos multilaterales en virtud de Tratados y Convenio Internacionales que les hubiesensido remitidos. 5) Cuando se trate de establecer mecanismos procesales que permitan elcumplimiento de las decisiones de los órganos internacionales previstos en el articulo 31 de laConstitución. 6) Cuando se alegue vació legal en razón de la aparente o real superposición denormas constitucionales vigentes con el régimen legal transitorio constitucional. 7) cuando serequiera de la aplicación de normas constitucionales no desarrolladas por ley a los fines deimplementar alcance de la normativa. 8) cuando se alegue la inoperatividad por ambigüedad denormas constitucionales. 9) cuando se invoque contradicción entre el texto constitucional y lasfacultades del constituyente.

Page 17: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

PRINCIPIO DE LA PREEMINENCIA

DE LOS DERECHOS HUMANOS� Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y

de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y desu actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, lademocracia..

� Artículo 22. La enunciación de los derechos y garantías contenidos en estaConstitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no debeConstitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no debeentenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figurenexpresamente en ellos.

� Artículo 23. Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos,suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen enel orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejerciciomás favorables a las establecidas por esta Constitución y en las leyes de laRepública………..

Page 18: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

PRINCIPIO DE LA PREEMINENCIA

DE LOS DERECHOS HUMANOS� Por su parte el Artículo 187, numeral 18 de nuestra Constitución consagra: “Corresponde a la

Asamblea Nacional: ... 18. Aprobar por ley los tratados o convenios internacionales que celebreel Ejecutivo Nacional, salvo las excepciones consagradas en esta Constitución...” Así mismoen nuestra Carta Magna se creo el Poder Ciudadano, como uno de los cinco Poderes queintegran el poder Publico.

� Artículo 280. La Defensoría del Pueblo tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de� Artículo 280. La Defensoría del Pueblo tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia delos derechos y garantías establecidos en esta Constitución y los tratados internacionales sobrederechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos o difusos, de los ciudadanos yciudadanas.

� Artículo 29. El Estado estará obligado a investigar y sancionar legalmente los delitos contra losderechos humanos cometidos por sus autoridades.

� Artículo 30. El Estado tendrá la obligación de indemnizar integralmente a las víctimas deviolaciones de los derechos humanos que le sean imputables, o a su derechohabientes, incluidoel pago de daños y perjuicios.

Page 19: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD

Artículo 19. El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividady sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible einterdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para losórganos del Poder Público de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobrederechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que losdesarrollen.

PRINCIPIO DE GOCE Y EJERCICIO IRRENUNCIABLE, INDIVISIBLE, PRINCIPIO DE GOCE Y EJERCICIO IRRENUNCIABLE, INDIVISIBLE, INTERDEPENDIENTE DE LOS DERECHOS HUMANOS

PRINCIPIO DE LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR

VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

Artículo 140. El Estado responderá patrimonialmente por los daños que sufran los o lasparticulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea imputable alfuncionamiento de la administración pública.

Page 20: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

PRINCIPIO DE LA INTEGRACIÓN DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN INTERNA Y DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LOS

DERECHOS HUMANOS

En nuestros días, la cuestión de los derechos humanos no es algo que pueda quedarcircunscrito a la soberanía interna de los Estados; por el contrario, puede ser consideradacomo patrimonio de la comunidad internacional; de ahí que su tutela haya trascendido elámbito estrictamente estatal, siendo factible hablar de una protección transnacional de losderechos. Ello no es sino la resultante obligada del hecho de que los derechos humanosderechos. Ello no es sino la resultante obligada del hecho de que los derechos humanosconstituyen, como lo ha afirmado cassese'", un nuevo derecho natural de la Humanidad, noen el sentido tradicional del derecho natural, es decir, no en el sentido de preceptoshallados por individuos y particulares en la "razón humana" y exigidos en cánones deconducta superiores al derecho positivo, sino más bien en el sentido de un conjunto deparámetros de conducta y de evaluación concordemente destilados (por obra de todos losEstados) de tradiciones ideológicas y filosóficas, de preceptos religiosos y concepcionesdel mundo, y transformados por los Estados mismos en código internacional de conducta.

Page 21: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

PRINCIPIO DE LA GARANTÍA JURISDICCIONAL� Deberes constitucionales.

� Deber de cumplir la Constitución, Art. 131.

� Deber de honrar y defender la patria, Art. 130.

� Deber de motivación presupuestaria, Art. 315.

� Deber de participación política, civil y comunitaria Art. 132

� Deber de prestar el servicio civil o militar, Art. 134

� Deber de promover el conocimiento de la Constitución por el Consejo Moral� Deber de promover el conocimiento de la Constitución por el Consejo MoralRepublicano, Art. 278.

� Deber de solidaridad social, Art. 135.

� Deber del funcionario de cumplir la Constitución, Art. 137 (principio delegalidad administrativa)

� Deber de pagar impuesto, Art. 133.

� Deberes de los padres con los hijos, Art. 076

Page 22: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

NOCION: Son los derechos naturales que tiene todo hombre, por el solo hecho de serlo y no porque los de el Estado; y cuando estos se establecen en la constitución, es para recordarle al Poder que son derechos recordarle al Poder que son derechos inalienables y que este debe garantizarlos y defenderlos ante terceros. (Ángel Fajardo)

Page 23: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

CLASIFICACION DE LOS DERECHOSCLASIFICACION DE LOS DERECHOS

�Según la naturaleza del interés jurídico protegido (TSJ- Sala Constitucional. Sentencia N° 1556 del 08/12/2000) � Los derechos y garantías constitucionales, que no son otros que los establecidos explícitamente o implícitamente en la Carta fundamental.•Derechos civiles. Art. 19, 20, 22, 23•Garantías constitucionales Art. 21, 24 al 31y 49•Garantías constitucionales Art. 21, 24 al 31y 49•Derechos individuales, 43 al 53, 55, al 61•Derechos sociales y de la familia, 75 al 78, 80 al 85, 87 al 97•Culturales y educativos, 98 al 111. •Derechos económicos, 112, 115 al 118, 271, 307•Derechos de los pueblos indígenas, 119 al 126•Derechos ambientales, 127 al 129

Page 24: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

CLASIFICACION DE LOS DERECHOSCLASIFICACION DE LOS DERECHOS

� Los derechos fundamentales o inherentes a la

persona humana en general, así ellos no aparezcan

en la constitución, por lo que los determina el juez

constitucional o que se encuentran señalados en

instrumentos internacionales sobre derechos

humanos, no reproducidos por la Constitución, que humanos, no reproducidos por la Constitución, que

hayan sido suscritos o ratificados por Venezuela (art.

21 y 22 ) (TSJ- Sala Constitucional. Sentencia N°

1556 del 08/12/2000)

Page 25: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

CLASIFICACION DE LOS DERECHOSCLASIFICACION DE LOS DERECHOS

� Según el alcance subjetivo y personal: Son los

establecidos por la constitución (derechos implícitos).

� Según el orden jurídico en el cual están previstos

� Según su reconocimiento expreso.

� Según el grado de evolución.

GARANTIAS CONSTITUCIONALES:

Naturaleza

Identificación.

DEBERES CONSTITUCIONALES

Page 26: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES
Page 27: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

AntecedentesArt. 49 de la Constitución de 1961.“Los Tribunales ampararán a todo habitante de la República en el goce y

ejercicio de los derechos y garantías que la Constitución establece, en

conformidad con la ley.

El procedimiento será breve y sumario, y el juez competente tendrá

potestad para restablecer inmediatamente la situación jurídica potestad para restablecer inmediatamente la situación jurídica

infringida”.

Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías

Constitucionales. G.O. Nº 33.891 del 22 de enero de

1988.

Page 28: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• Toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en elgoce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, aun degoce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, aun deaquellos inherentes a la persona que no figuren expresamente en estaConstitución o en los instrumentos internacionales sobre derechoshumanos.

• El procedimiento de la acción de amparo constitucional será oral,público, breve, gratuito y no sujeto a formalidad, y la autoridadjudicial competente tendrá potestad para restablecer inmediatamentela situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje aella. Todo tiempo será hábil y el tribunal lo tramitará conella. Todo tiempo será hábil y el tribunal lo tramitará conpreferencia a cualquier otro asunto.

• La acción de amparo a la libertad o seguridad podrá ser interpuestapor cualquier persona, y el detenido o detenida será puesto bajo lacustodia del tribunal de manera inmediata, sin dilación alguna.

• El ejercicio de este derecho no puede ser afectado, en modo alguno,por la declaración del estado de excepción o de la restricción degarantías constitucionales.

Page 29: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

Ni la Constitución, ni la ley contienen una definición del

amparo constitucional.

“El amparo constitucional es un derecho fundamental que se

concreta en la garantía de acceder a los tribunales de justicia, concreta en la garantía de acceder a los tribunales de justicia,

mediante un procedimiento breve, gratuito, oral y sencillo, a

los fines de restablecer urgentemente los derechos

constitucionales que hayan sido vulnerados”.

Rafael Chavero.

Page 30: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

El amparo constitucional es un medioprocesal que tiene por objeto asegurar elgoce y ejercicio de los derechos ygarantías constitucionales.

Page 31: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• Habeas Corpus

Figuras AfinesFiguras AfinesFiguras AfinesFiguras Afines

• Habeas Data

• Amparo Tributario

• Amparo agrario

• Amparo laboral • Amparo laboral

• Interdicto de amparo

• Amparo cautelar

Page 32: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• Es una acción judicial que tienen todas las personas• Es una acción judicial que tienen todas las personasjurídicas y naturales para defenderse de las violaciones desus derechos y garantías constitucionales.

• La acción de amparo procede contra normas.

• La acción de amparo protege la libertad y seguridad• La acción de amparo protege la libertad y seguridadpersonales a través del habeas corpus

• La acción de amparo protege al ciudadano en el goce yejercicio de los derechos y garantías constitucionales.

Page 33: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

Es un derechoEs un derecho: contra la tesis de que sólo es un mero procedimiento.Es un derechoEs un derecho: contra la tesis de que sólo es un mero procedimiento.

Es un medio de tutela jurisdiccionalEs un medio de tutela jurisdiccional: Ante los tribunales.

Protege derechos constitucionalesProtege derechos constitucionales: Estén o no establecidos en el texto

Fundamental. Caso: Kingtaurus. Violación directa

Celeridad e informalidadCeleridad e informalidad: Concatenado con el artículo 257 Constitucional,

remedio judicial rápido y efectivo.

OralidadOralidad: Desarrollado en la sentencia José A. Mejía del 1-2-2000.

Carácter extraordinarioCarácter extraordinario: Criterio de la opcionalidad vs criterio caso Stefan

Mar.

Page 34: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• La acción de amparo procede contra cualquier hechou omisión

• La acción de amparo procede cuando la violación oamenaza de violación derive de una norma que colidacon la Constitución (Amparo Normativo).con la Constitución (Amparo Normativo).

• La acción de amparo procede contra las conductasomisivas.

Page 35: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• Cuando haya cesado la violación.

• Cuando la violación o amenaza de violación no sea inmediata, posibley realizable por el imputado.

• Cuando los hechos hayan sido expresa o tácitamente consentidos porel agraviado.

• Cuando el agraviado haya optado recurrir a las vías procesales• Cuando el agraviado haya optado recurrir a las vías procesalesordinarias.

• Cuando se haya ejercido una acción de amparo con relación a losmismos hechos, cosa juzgada.

• Cuando no se alegue violación directa de la Norma Constitucional

Page 36: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

El objeto de la acción de amparo es el inmediatoreestablecimiento de la situación jurídica infringida ola situación que más se asemeje a ella.

Page 37: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• Principio Personalísimo• Principio Personalísimo

• Principio excepcional y residual de amparo

• Principio dispositivo del procedimiento

• Principio inquisitivo

• Oralidad

• Publicidad• Publicidad

• Brevedad

• Gratuidad

• Simplificación de normas

• Otros principios

Page 38: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• Principio de la valoración de la prueba para el juez

• Principio de impulsión oficiosa del proceso por el juez

• Principio de la economía procesal

• Principio de la inmediación y de la concentración delproceso

• Principio de la buena fe y la lealtad procesal

• Principio de la doble instancia

• Principio de motivación de la sentencia

• Principio de la carga de prueba

Page 39: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

1. Según la Naturaleza del Derecho Protegido1. Según la Naturaleza del Derecho ProtegidoA) Amparo a los derechos humanosB) Amparo a la libertad o seguridad personalC) Amparo de habeas data

2. Atendiendo el Carácter Principal o Accesorio del AmparoA) Amparo autónomoB) Amparo cautelar

3. Atendiendo a la Naturaleza de la Lesión o AgravioA) Amparo normativoA) Amparo normativoB) Amparo contra actos administrativos de efectos particulares o negativas de

la administraciónC) Amparo contra sentenciasD) Amparo sobrevenidoE) Amparo contra hechos u omisiones

Page 40: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

El procedimiento de la acción de amparo Constitucional seráEl procedimiento de la acción de amparo Constitucional seráoral, público, breve, gratuito y no sujeto a formalidad, y laautoridad judicial competente, tendrá potestad para restablecerinmediatamente la situación jurídica infringida o la situaciónque más se asemeje a ella. Todo tiempo será hábil y el tribunallo tramitará con preferencia a cualquier otro asunto.

EL PROCEDIMIENTO DE AMPARO SE RIGE

• Por la ley de amparo sobre derechos y garantías constitucionales

• Sentencia vinculante de la sala constitucional

Page 41: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

Requisitos:Requisitos:• Artículo 18 de la Ley de Amparo sobre derechos y garantías, los contemplados en

el Artículo 340 del Código de Procedimiento Civil y los Requisitos exigidos en laSentencia de la Sala Constitucional Nº 7.

Legitimación: Artículo 26 de la C.R.B.V.• Activa: Debe ser interpuesta directamente por el agraviado, debidamente asistido

por el abogado. Artículo 13 de la Ley de Amparo sobre Derechos y Garantías.Artículo 26 C.R.B.V. Sentencia Nº 94/00, del 15/03/2000, caso Paul Hariston yotros.otros.

• Pasiva: Recae sobre las personas naturales o jurídicas, tanto de derecho público oprivado. Artículo 2 de la Ley de Amparo sobre Derechos y Garantías. SentenciaNº 330/00 del 04/05/2000, Caso Seguros La Occidental C.A.

• Intereses Difusos y Colectivos: Medidas que afecten a la colectividad en generalo a grupos determinados de ella. Sentencia Nº 714/00, del 13/07/2000; CasoAsociación de Propietarios y y Residentes de la Urbanización Miranda.

Page 42: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

Competencia: Artículos 7 y 8 de la Ley de Amparo sobre Derechos y Garantias,Competencia: Artículos 7 y 8 de la Ley de Amparo sobre Derechos y Garantias,y Sentencia de la Sala Constitucional Nº1 del 20/01/2000, Caso Emiry MataMillán

Admisibilidad: Artículo 6 y 7 de la Ley de Amparo sobre Derechos y Garantías.

Notificación:

• Notificación al Ministerio Público: El juez debe notificar de oficio o portelegrama al representante del Ministerio Público, de la apertura delprocedimiento, quedando el mismo a derecho a partir de la notificación.

• Notificación al Presunto Agraviante: Artículos 23 de la Ley de Amparosobre Derechos y Garantías, dicha disposición quedó modificada en laSentencia de la Sala Constitucional Nº 7 del 01/02/2000, Caso José MejiasBetancourt y otros, en lo referente a la comparecencia al tribunal dentro de las96 horas siguientes a la notificación.

Page 43: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• Medidas Cautelares: Artículos 588 del Código de Procedimiento Civil.• Medidas Cautelares: Artículos 588 del Código de Procedimiento Civil.Queda a Criterio del Juez que conozca el Amparo, utilizando las reglas de lalógica y las máximas experiencias, determinar si la medida cautelar en elamparo es o no procedente. (Sentencia Nº 156/00 de fecha 24/03/2000Corporación L ´Hotel).

DISTINCIÓN ENTRE EL AMPARO CAUTELAR Y LAS MEDIDAS CAUTELARES CAUTELARES

• La Medida Cautelar: Persigue el restablecimiento inmediato y efectivo en elgoce de los derechos y garantías constitucionales del solicitante.

• Amparo Constitucional: Busca únicamente la suspensión temporal del acto(administrativo. Acción omisivas, normas), mientras dura el juicio de nulidad.

Page 44: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

Contestación:Contestación:

• El agraviante no comparece a la audiencia pública

• El agraviante comparece pero el agraviado no: En fallo del 25 de abril del2000, la Sala Constitucional señaló que la falta de comparecencia delpresunto agraviado dará por terminado el procedimiento de amparo, a menosque el tribunal considere que los hechos alegados afectan al ordenpúblico.

• Ninguna de las partes comparece.

• El agraviante comparece y reconoce los hechos.

• El agraviante opone cuestiones previas (Artículo 6 de la Ley de Amparo sobreDerechos y Garantías).

Page 45: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• El presunto agraviante contesta la solicitud rechazando los hechos (incumbit• El presunto agraviante contesta la solicitud rechazando los hechos (incumbit

probatio qui dicit, no quit negat).

• El presunto agraviante contesta la solicitud, sin negar los hechos, lesdesconoce trascendencia jurídica.

AUDICIENCIA CONSTITUCIONAL

• Intervención de las Partes: Se debe exponer en forma oral y pública, todoslos alegatos y defensas. El juez determina manteniendo la igualdad entre laspartes el tiempo de la intervención de cada uno, concediéndoles a cada quienel derecho de replica.

• Promoción de Pruebas: Las partes harán una relación sucinta y breve de loshechos constitutivos del agravio, promoviendo las pruebas que quiera hacervaler.

Page 46: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• Dispone en el artículo 472 del Código de Procedimiento que el juez, a• Dispone en el artículo 472 del Código de Procedimiento que el juez, apedimento de cualquiera de las partes o cuando lo juzgue oportuno, acordarála inspección judicial de personas, cosas, lugares o documentos, a objeto deverificar o esclarecer aquellos hechos que interesen para la decisión para ladecisión de la causa o el contenido del documento.

• La inspección ocular prevista en el Código Civil se promoverá y evacuaráconforme a las disposiciones del Código de Procedimiento Civil, contenidasen el Capítulo VII.en el Capítulo VII.

PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL SOBRE LAS PRUEBAS

• Agotado el derecho de palabra, el tribunal resolverá las cuestionesprocedimentales planteadas por las partes y decretará cuales son las pruebasnecesarias y admisibles ordenando su evacuación.

Page 47: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

SENTENCIA DE AMPARO SENTENCIA DE AMPARO

Una vez concluido el debate oral o las pruebas, el Juez, el mismodía, estudiará individualmente el expediente y podrá:

• Decidir Inmediatamente: Exposición oral del fallo, debiendo serpublicado dentro de los cinco días siguientes.

• Diferir la Sentencia por un Lapso de 48 Horas: Por estimar quees necesaria la presentación o evacuación de una pruebaes necesaria la presentación o evacuación de una pruebafundamental. Sentencia de la Sala Constitucional Nº 7 del01/02/2000, Caso José Mejias Betancourt y otros.

Page 48: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• Contenido de la Sentencia: Además de ser motivada y reunir los• Contenido de la Sentencia: Además de ser motivada y reunir losrequisitos del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil,deberá cumplir con las siguientes exigencias:

• Mención concreta de la autoridad, del ente o de la persona contracuya resolución o acto u omisión se considere el amparo.

• Determinación precisa de la orden a cumplir, con lasespecificaciones necesarias, para su ejecución.especificaciones necesarias, para su ejecución.

• Plazo para cumplir lo resuelto.

Page 49: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

EFECTOS DE LA SENTENCIA• Las sentencias de amparo tienen un efecto eminente cautelar que se

agota con el restablecimiento de la situación jurídica infringida o laque se asemeje a ella (Sentencia Nº 2730 del 20/11/2001, de la SalaConstitucional). Los efectos del amparo son siempre restablecedoresy nunca constitutivos, entendiéndose que el efecto restablecedory nunca constitutivos, entendiéndose que el efecto restablecedorsignifica poner una cosa en su estado original, por lo que solo puedepretender el quejoso que se coloque en la situación que ostentabaantes de que se produjera la lesión denunciada ante el juez.

Page 50: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

OTROS EFECTOS DE LA SENTENCIA DE AMPARO OTROS EFECTOS DE LA SENTENCIA DE AMPARO

• Mandato de acatamiento

• Conducta omisiva

• Incumplimiento del mandamiento de amparo

• Acción improcedente

• Costas en el juicio de amparo• Costas en el juicio de amparo

• Exención de las costas

Page 51: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

• Recursos contra la Sentencia de Amparo: Cabe el recurso deapelación a la parte perdidosa, y a falta de la apelación, se impone laconsulta obligatoria. Artículo 35 de la Ley de Amparo sobreDerechos y Garantías.

• Revisión de la Sentencia de Amparo por la Sala Constitucional:La revisión procede frente a aquellas sentencias:La revisión procede frente a aquellas sentencias:

• Que decidan una acción de amparo en segunda instancia.

• Que constituyan una manifiesta violación de preceptos de rangoconstitucional.

• Que del estudio de que ella se haga, contribuya a la uniformidad deinterpretación de normas y principios constitucionales.

Page 52: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL

Page 53: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

LegitimaciónLegitimaciónLegitimaciónLegitimación

Sentencia n° 1234, del 13-07-01 Caso: Juan Pablo DíazApoderado apud acta

Defensor ad litem

Defensor sin juramentación o poder

Habeas Corpus Habeas Corpus Habeas Corpus Habeas Corpus Art. 27 CRBV

Sentencia n° 113, del 17-03-00 Caso: Juan Francisco Rivas

Todos los días son hábilesTodos los días son hábilesTodos los días son hábilesTodos los días son hábiles

Sentencia n° 501, del 31-05-2000

Interposición de la acción de amparoInterposición de la acción de amparoInterposición de la acción de amparoInterposición de la acción de amparo por escrito (vía fax o e-mail) o en forma oral

Contenido de la solicitud de amparo constitucionalContenido de la solicitud de amparo constitucionalContenido de la solicitud de amparo constitucionalContenido de la solicitud de amparo constitucional

Art. 18. LOA

Sentencia n° 908, del 25-04-03Caso: Naudy Arcángel CamacaroLas pruebas que desee promover, siendo esta una carga cuya omisión

produce la preclusión de la oportunidad.

Copia certificada del fallo objeto de la acción, a menos que por la

urgencia no pueda obtenerse a tiempo la copia certificada, caso en el

cual se admitirán las copias previstas en el Art. 429 del CPC, no obstante

Recepción de la Recepción de la Recepción de la Recepción de la Recepción de la Recepción de la Recepción de la Recepción de la

acción de amparoacción de amparoacción de amparoacción de amparoacción de amparoacción de amparoacción de amparoacción de amparo

Sentencia n° 501, del 31-05-2000Caso: Seguros Los Andes, C.A.

Abandono del trámiteAbandono del trámiteAbandono del trámiteAbandono del trámite

Lapso de 6 meses el cual comienza a correr

desde la presentación del amparo.

Sentencia n° 982, del 06-06-2001Caso: José Vicente ArenasEstado de Sentencia

Decisión del TribunalDecisión del TribunalDecisión del TribunalDecisión del TribunalDecisión del TribunalDecisión del TribunalDecisión del TribunalDecisión del Tribunal

Donde no funcionen Tribunales de 1º InstanciaDonde no funcionen Tribunales de 1º InstanciaDonde no funcionen Tribunales de 1º InstanciaDonde no funcionen Tribunales de 1º Instancia

Sentencia n° 1555, del 08-12-00Caso: Yoslena Chanchamire Bastardo

InadmisibleInadmisibleInadmisibleInadmisible

cual se admitirán las copias previstas en el Art. 429 del CPC, no obstante

en la audiencia oral deberá presentarse copia auténtica de la sentencia.

Sentencia n° 7, del 01-02-2000Caso: José Armando MejíaInstrumento de poder

Sentencia n° 1028, del 30-05-02 Caso: Ediane Gualberto Coelho

Ordena la corrección del escritoOrdena la corrección del escritoOrdena la corrección del escritoOrdena la corrección del escrito

Art. 19 LOA

Sentencia n° 1503, del 03-07-02Caso: José Elegno Mora BolívarSi no lo hiciere, la acción de amparo

será declarada inadmisible

Ordena la consignación del fallo Ordena la consignación del fallo Ordena la consignación del fallo Ordena la consignación del fallo

accionado y de pruebasaccionado y de pruebasaccionado y de pruebasaccionado y de pruebas

Art. 17 LOA

Sentencia n° 295, del 05-03-04Caso: José Luis Tamayo

InadmisibleInadmisibleInadmisibleInadmisible

Arts. 6 ó 19, falta de

legitimación, ininteligible, etc.

Improcedente in limine litisImprocedente in limine litisImprocedente in limine litisImprocedente in limine litis

Declina la competenciaDeclina la competenciaDeclina la competenciaDeclina la competencia

Arts. 7 u 8 LOA

Auto para mejor proveerAuto para mejor proveerAuto para mejor proveerAuto para mejor proveer

AdmiteAdmiteAdmiteAdmite

No hay recursos o

acciones contra el auto

de admisión.

Sentencia n° 310, del 06-03-2001Caso: Jhonny Castillo

Page 54: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

Acuerda o no cautelaresAcuerda o no cautelaresAcuerda o no cautelaresAcuerda o no cautelares

Sentencia n° 156, del 24-03-2000Caso: Corporación L’ Hotels C.A.

TercerosTercerosTercerosTerceros

Las partes del juicio donde se dictó

NotificaciónNotificaciónNotificaciónNotificación deldeldeldel agraviante,agraviante,agraviante,agraviante, MinisterioMinisterioMinisterioMinisterio

PúblicoPúblicoPúblicoPúblico yyyy dededede loslosloslos tercerostercerostercerosterceros

Sentencia n° 7, del 01-02-2000Caso: José Amando MejíaBoleta, teléfono, fax, telegrama,

correo electrónico.

Las partes del juicio donde se dictó

el fallo impugnado podrán hacerse

partes, en el proceso de amparo,

antes y aún dentro de la audiencia

pública, mas no después, sin

necesidad de probar su interés. Los

terceros coadyuvantes deberán

demostrar su interés legítimo y

directo para intervenir en los

procesos de amparo de cualquier

clase antes de la audiencia pública.

Sentencia n° 7, del 01-02-2000Caso: José Amando Mejía.

La Notificación del accionante no es

necesaria para la celebración de la

audiencia oral, en virtud de que el

mismo se encuentra a derecho desde

la interposición del amparo

Sentencia n° 511, del 09-04-2001Caso: Jenisa Granadino

Caso: José Amando Mejía.

FijaciónFijaciónFijaciónFijación de audiencia constitucionalde audiencia constitucionalde audiencia constitucionalde audiencia constitucional

Dentro de las noventa y seis (96) horas a partir de la ultima notificación efectuada

Sentencia n° 7, del 01-02-2000Caso: José Amando Mejía

Page 55: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

AudienciaAudienciaAudienciaAudiencia constitucionalconstitucionalconstitucionalconstitucional

Debido al mandato constitucional de que el procedimiento de amparo no estará sujeto a

formalidades, los trámites como se desarrollan las audiencias y la evacuación de las

pruebas, si fueran necesarias, las dictará en las audiencias el tribunal que conozca del

amparo, siempre manteniendo la igualdad entre las partes y el derecho de defensa.

Siempre se podrán interrogar a las partes y a los comparecientes.

Sentencia n° 7, del 01-02-2000 Caso: José Amando MejíaSentencia n° 7, del 01-02-2000 Caso: José Amando Mejía

DecidirDecidirDecidirDecidir inmediatamenteinmediatamenteinmediatamenteinmediatamente; en cuyo caso expondrá

de forma oral los términos del dispositivo del

fallo; el cual deberá ser publicado íntegramente

dentro de los cinco (5) días siguientes a la

audiencia en la cual se dictó la decisión

correspondiente.

DiferirDiferirDiferirDiferir lalalala audienciaaudienciaaudienciaaudiencia, por estimar que es

necesaria la presentación o evaluación de

alguna prueba que sea fundamental para

decidir.

correspondiente.

LaLaLaLa faltafaltafaltafalta dededede comparenciacomparenciacomparenciacomparencia deldeldeldel accionanteaccionanteaccionanteaccionante dará

por terminado el procedimiento, a menos que el

Tribunal considere que los hechos alegados

afectan el orden público, caso en que podrá

inquirir sobre los hechos alegados.

Si el accionante llega tarde a la audiencia, pero

el Tribunal se encuentra constituido y no se ha

declarado el abandono del trámite, la audiencia

puede celebrarse.

Sentencia n° 331, del 13-03-2001Caso: Enrique Capriles Radonski

InadmisibilidadInadmisibilidadInadmisibilidadInadmisibilidad sobrevenidasobrevenidasobrevenidasobrevenida

Page 56: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

Publicación del fallo definitivoPublicación del fallo definitivoPublicación del fallo definitivoPublicación del fallo definitivo

El cual deberá ser publicado íntegramente dentro de los cinco (5) días siguientes a la audiencia en la cual

se dictó la decisión correspondiente.

Sentencia Nº 7, del 01-02-2000. Caso: José Amando Mejía

ApelaciónApelaciónApelaciónApelación

Contra la decisión dictada en primera instancia, podrá

apelarse dentro de los tres (3) días siguientes a la

ConsultaConsultaConsultaConsulta

Mediante decisión Nº 1.307 del 22-06-

2005 (Caso: Ana Mercedes Bermúdez), se apelarse dentro de los tres (3) días siguientes a la

publicación del fallo, el cual se oirá en un solo efecto a

menos que se trate del fallo dictado en un proceso que

tenga una sola instancia.

Sentencia Nº 7, del 01-02-2000Caso: José Amando Mejía

Los tribunales de Segunda Instancia deben recibir copia

certificada de todo el expediente contentivo del fallo que

será conocido en apelación.

Sentencia Nº 488, del 06-04-2001Caso: Parque Turístico Río Chico C.A.

2005 (Caso: Ana Mercedes Bermúdez), se

suprimió, conforme a la norma derogatoria

de la Constitución, la consulta de ley que

preveía el artículo 35 de la LOA.

AclaratoriaAclaratoriaAclaratoriaAclaratoria

Conforme al artículo 252 del CPC

Sentencia Nº 516, del 01-06-2000Caso: Segundo José Gil

Las partes tienen un lapso de treinta (30) días para

interponer cualquier escrito que consideren pertinente.

Sentencia Nº 442 del 04-04-2001Caso: Estación de Servicios Los Pinos

Juez agraviante no puede apelar, pues dicta la sentencia

en nombre de la República y autoridad e la ley. Carece de

legitimidad.

Sentencia Nº 1397 del 30-06-2005Caso: Rene de Jesús Hernández Pérez

Ministerio Público cuando actúa como garante

de la Constitución no puede apelar. Sólo puede

apelar cuando interviene como parte

interesada.

Sentencia Nº 596 del 20-03-2006Caso: Yovani Cordero

Page 57: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

Publicación del fallo definitivoPublicación del fallo definitivoPublicación del fallo definitivoPublicación del fallo definitivo

El cual deberá ser publicado íntegramente dentro de los cinco (5) días siguientes a la audiencia en la cual

se dictó la decisión correspondiente.se dictó la decisión correspondiente.

Sentencia Nº 7, del 01-02-2000. Caso: José Amando Mejía

Tribunal con asociadosTribunal con asociadosTribunal con asociadosTribunal con asociados

Imposibilidad de

constituir asociados por la

brevedad y por el art. 14

LOA que ordena que los

Recurso de hechoRecurso de hechoRecurso de hechoRecurso de hecho

Aplicable el art. 305 CPC, por

mandato del art. 48 LOA.

Procede sólo cuando nieguen la

apelación contra una

InvalidaciónInvalidaciónInvalidaciónInvalidación

No ha sido resuelta,

pendiente audiencia

caso Restaurant la

Casona de los Altos.

brevedad y por el art. 14

LOA que ordena que los

jueces tienen que haber

presenciado todos los

actos del proceso.

Sentencia del 04-08-2000Caso: José Manuel Iglesias Moreda

Procede sólo cuando nieguen la

apelación contra una

interlocutoria. No procede contra

la definitiva porque existe

consulta?. No procede contra la

abstención o la omisión de

pronunciarse sobre la apelación.

Sentencias Nos. 3.233 y 3.864 Del 12-12-2002 y 07-12-2005.Casos: Distribuidora Santronic de Venezuela e Inversiones Imperatur

caso Restaurant la

Casona de los Altos.

Sentencia del 06-06-2003.

Page 58: DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES

Amparo constitucional intentado por correo electrónicoAmparo constitucional intentado por correo electrónicoAmparo constitucional intentado por correo electrónicoAmparo constitucional intentado por correo electrónicoAmparo constitucional intentado por correo electrónicoAmparo constitucional intentado por correo electrónicoAmparo constitucional intentado por correo electrónicoAmparo constitucional intentado por correo electrónico

Interposición de la acción de amparo por vía de Interposición de la acción de amparo por vía de Interposición de la acción de amparo por vía de Interposición de la acción de amparo por vía de Interpretación progresiva del Interpretación progresiva del Interpretación progresiva del Interpretación progresiva del Interposición de la acción de amparo por vía de Interposición de la acción de amparo por vía de Interposición de la acción de amparo por vía de Interposición de la acción de amparo por vía de

correo electrónico.correo electrónico.correo electrónico.correo electrónico.

Sentencia no. 523, del 09/04/2001Sentencia no. 523, del 09/04/2001Sentencia no. 523, del 09/04/2001Sentencia no. 523, del 09/04/2001Caso: Oswaldo Álvarez.Caso: Oswaldo Álvarez.Caso: Oswaldo Álvarez.Caso: Oswaldo Álvarez.

Interpretación progresiva del Interpretación progresiva del Interpretación progresiva del Interpretación progresiva del artículo 16 de la LOAartículo 16 de la LOAartículo 16 de la LOAartículo 16 de la LOA

Ratificación del escrito de amparo dentro de los 3 días siguientes a su Ratificación del escrito de amparo dentro de los 3 días siguientes a su Ratificación del escrito de amparo dentro de los 3 días siguientes a su Ratificación del escrito de amparo dentro de los 3 días siguientes a su

recepción, única y exclusivamente en forma personal por parte del actor o, recepción, única y exclusivamente en forma personal por parte del actor o, recepción, única y exclusivamente en forma personal por parte del actor o, recepción, única y exclusivamente en forma personal por parte del actor o,

en su defecto, su apoderado.en su defecto, su apoderado.en su defecto, su apoderado.en su defecto, su apoderado.

Sentencia no. 695, del 07/04/2003Sentencia no. 695, del 07/04/2003Sentencia no. 695, del 07/04/2003Sentencia no. 695, del 07/04/2003Sentencia no. 695, del 07/04/2003Sentencia no. 695, del 07/04/2003Sentencia no. 695, del 07/04/2003Sentencia no. 695, del 07/04/2003Caso: Amalia Josefina RodríguezCaso: Amalia Josefina RodríguezCaso: Amalia Josefina RodríguezCaso: Amalia Josefina Rodríguez

En caso de no producirse la ratificación se En caso de no producirse la ratificación se En caso de no producirse la ratificación se En caso de no producirse la ratificación se

declarará inadmisible el amparo declarará inadmisible el amparo declarará inadmisible el amparo declarará inadmisible el amparo

inmediatamente.inmediatamente.inmediatamente.inmediatamente.

En caso de producirse la ratificación, el En caso de producirse la ratificación, el En caso de producirse la ratificación, el En caso de producirse la ratificación, el

amparo continuará por el procedimiento amparo continuará por el procedimiento amparo continuará por el procedimiento amparo continuará por el procedimiento

normal.normal.normal.normal.