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    Sereie: Donde no hay abogado Derechos Fundamentales de las Personas

    SerieDonde no hay

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    Derechos

    Fundamentalesde lasPersonas

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    Ocina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala

    6ta calle 7-70, zona 1, Ciudad de Guatemala, Guatemala, C. A.Telfono: (502) 22850456 Fax: (502) 22328384Correo Electrnico: [email protected] Electrnica: www.odhag.org.gt

    Coordinador General+ Monseor Rodolfo Cardenal Quezada Toruo

    Director EjecutivoNery Estuardo Rodenas

    Coordinador del rea de Cultura de PazCarlos Alarcn Novoa

    Texto OriginalConsuelo Ericastilla

    Revisin y actualizacin de leyesHctor Reyes

    Jorge Luis Sandoval

    Mediacin PedaggicaCentro de Comunicacin para el Desarrollo

    Diseo y diagramacinGustavo Ortiz Perdomo

    Esta publicacin se ha realizado gracias al apoyo de DIAKONIA Suecia y MISEREOR Alemania

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    Sereie: Donde no hay abogado Derechos Fundamentales de las Personas

    Bienvenidosy bienvenidas

    En la primera parte de nuestro recorrido, tendr la oportunidad de conocerlos Derechos y Deberes Fundamentales. Este documento es parte de laserie Donde No Hay Abogado, la cual est elaborada para informarle yayudarle a comprender mejor de qu se tratan algunas de las leyes msimportantes de Guatemala. Estos documentos pueden ser utilizados poreducadores, promotores, lderes comunitarios y en general, por todasaquellas personas que se quieran informar y educar sobre el contenido yuso prctico de estas reas del Derecho.

    La Serie consta de cuatro libros, los cuales le describimos brevemente acontinuacin:

    Derechos Fundamentales

    de las PersonasEn esta parte le explicamos qu son los derechos humanos, ques la ley, qu es la Constitucin, cules y qu funciones tienen lasautoridades y los derechos que todas y todos los guatemaltecostenemos.

    Derecho CivilEn esta parte, encontrar respuesta a situaciones de nuestra vidaen sociedad, es decir, con las dems personas, tales como: laidentidad de las personas, la inscripcin de los hijos, las herencias, elmatrimonio, la propiedad de las cosas, los terrenos y la organizacincomunitaria.

    Derecho PenalAqu veremos por qu razones se puede castigar con la crcel auna persona, en qu consisten las multas, qu derechos tiene unapersona cuando se le juzga y cmo enfrentar esas situaciones.

    Derecho LaboralEn este documento se presentan los derechos de los trabajadores,lo que se puede y no puede hacer, el sindicato, el salario, lasobligaciones y responsabilidades, etc.

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    Con esta Serie queremos contribuir en la educacin del Derecho, pero noes educacin jurdica formal, sino un instrumento de trabajo que lleva laintencin de facilitar a toda la poblacin el difcil lenguaje jurdico.

    En esta primera parte como ya lo explicamos,veremos los derechos humanos yfundamentales. Es importante que primeroconozcamos qu son los derechos y cmohan sido agrupados. Todas las personastenemos derechos, conocerlos, ponerlosen prctica y velar por el cumplimiento,son algunas de las responsabilidades quetenemos. En esta primera parte, adems

    de conocer los derechos humanos, tambinveremos los derechos fundamentales, que

    son los principales.

    En este recorrido nos acompaan Julia y Sebastin,que nos ayudarn a comprender mejor lo quese nos presenta y tambin compartirn connosotros algunas historias y ancdotas. Asque vamos a conocerlos.

    Le recomendamos

    Este documento explica las leyes, pero no son las leyes en s.As que para lograr comprender mejor los artculos y los cdigos

    que le estaremos presentando a lo largo de los documentos, lerecomendamos conseguir una copia de ellas o bien, consultarlas enalguna biblioteca, centro de documentacin o con algn amigo. Eneste folleto podr ver que hemos incluido el nmero del artculo delcual hablamos, as como tambin la ley de la que tratamos.

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    Captulo I

    Derechos

    Humanos

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    Universales

    Esto quiere decir que los derechos nos pertenecen

    a todos y todas de cualquier lugar del mundo,sin importar nuestras costumbres, cultura, color,posicin social, etc.

    InviolablesQuiere decir que nadie, ni autoridad ni personacivil o particular, pueden negar, quitar o destruirnuestros derechos humanos.

    IntransferiblesSignica que no podemos dar nuestros derechos

    a otra persona, por mucho que la queramos. Los

    derechos humanos pertenecen a cada persona.

    Nunca prescriben

    Esto signica que nunca dejamos de tener

    derechos humanos. As como los tenemos desdeque estamos en el vientre de nuestra madre, deigual manera los tenemos al llegar a la ancianidad,porque en todo momento somos seres humanos.

    Irrenunciables

    Nadie puede renunciar a sus derechos humanos,

    porque le pertenecen por naturaleza. Nadie puededecir, ya no quiero vivir o yo no quiero tener saludo buena alimentacin.

    Interdependientes

    Quiere decir que todos los derechos humanos serelacionan entre s. Por ejemplo, el derecho a lavida se relaciona con el derecho al trabajo, a laalimentacin, la salud y otros.

    Nadie puede vivir sin trabajar, porque sin trabajar no puede alimentarse, sinuna buena alimentacin no puede tener buena salud y sin salud, no puedevivir bien.

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    Integridad de losDerechos Humanos

    Los derechos humanos pueden agruparse segn fueron evolucionando ofueron siendo reconocidos. Por eso se dicen derechos de primera, segunday tercera generacin.

    Derechos de Primera

    Generacin

    Aqu se toman en cuenta los derechosciviles y polticos y se reere a los

    derechos humanos individuales ysociales que cada individuo tiene. Entrestos estn:

    Derecho a elegir y ser electoDerecho a la vidaDerecho a la libertadDerecho a la seguridad personalDerecho a la justiciaDerecho al desarrollo integral de la persona

    Derechos de Segunda

    Generacin

    Son los derechos de tipo social y cultural. Buscan la satisfaccin denecesidades, a travs del cumplimiento de los compromisos del Estadopara con el pueblo. stos son:

    Derecho a la educacin

    Derecho a la saludDerecho a un salario justoDerecho a participar en la vida cultural

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    Derechos de Tercera

    Generacin

    A estos derechos tambin se les llamaDerechos de los Pueblos o DerechosSolidarios. En estos derechos estn:los civiles y polticos, los econmicosy los de cooperacin entre los grupos ypueblos que forman la sociedad y entrelas naciones. Por ejemplo:

    Derecho a la pazDerecho al desarrolloDerecho al medio ambiente

    Para ampliar ms esta explicacin, podemos decir que los grupos tnicostienen derecho al desarrollo econmico, como toda la dems poblacin.Tambin que en nuestro pas tenemos derecho de elegir nuestra forma degobierno, tenemos derecho a beneciarnos del patrimonio comn de la

    humanidad (ambiente sano) y tenemos derecho a que los dems pasesnos respeten.

    Declaracin de losDerechos Humanos

    Tomando en cuenta que el poco conocimiento, poca conciencia omenosprecio que se ha tenido de los Derechos Humanos, ha causadoactos que daan a toda la humanidad. La Organizacin de las NacionesUnidas (ONU), en la que estn representados la mayora de los pases delmundo, decidi declarar obligatorio el conocimiento, respeto y vigencia delos Derechos Humanos, entre todos los pases miembros.

    Esto es lo que se conoce como Declaracin de los Derechos Humanos yse realiz en Washington, Estados Unidos, el 10 de diciembre de 1948. Enesta Declaracin, los pases que participaron se comprometieron, desdeentonces, a velar porque todos sus ciudadanos conozcan los derechoshumanos, los respeten, vivan y deendan.

    En nuestro pas, los Derechos Humanos, ya no se encuentran respaldadosslo por la Declaracin de Derechos Humanos, sino que tambin por la

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    Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala que le da respaldolegal, para asegurar su cumplimiento.

    Hemos llegado al nal de nuestro primer captulo de los Derechos

    Fundamentales. En esta primera parte aprendimos la clasicacin de los

    Derechos Humanos, ahora lo que usted tendr que clasicar lo que le

    presentamos a continuacin de acuerdo a lo visto en este captulo.

    Anita es una nia que vive en una comunidad muy lejana. La escuela,

    hasta el momento no ha sido una opcin para ella. Qu derecho se leest negando a la nia?

    Juan es un joven que trabaja en una panadera. Un da se quem sus

    manos y su jefe lo mand al Centro de Salud para que se curara. Qu

    derecho est promoviendo el jefe?

    Describa cmo ha sido su situacin con los Derechos Humanos. Alguna

    vez ha sentido que los respetan? Por qu?

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    Captulo IILos Derechos

    Humanos y la Ley

    Todas las personastenemos la libertad de hacer

    lo que deseemos, pero hay lmitesque debemos respetar.

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    Para poder gozar de nuestros derechos plenamente, es nuestra obligacin

    cumplir con lo que manda la ley. Es por eso que como guatemaltecas y

    guatemaltecos responsables, debemos conocer nuestras leyes, lo que nos

    manda a cumplir, lo que nos prohbe hacer y en especial conocer hasta

    dnde llegan nuestros lmites y los de la ley. Si no actuamos conforme la

    ley, recibiremos un castigo el cual depender de nuestras faltas o delitos.

    La LeyLas personas hemos vivido siempre con otras personas. Para lograr estaconvivencia, es decir, para lograr mantener el orden y la organizacin de lasociedad, ha sido necesario crear La Ley y tambin los castigos en caso deser desobedecida sta.

    Antes de continuar, vamos a denir qu es La Ley: es el conjunto de reglasy normas que ordenan y organizan la vida en una sociedad y busca el biencomn mediante aprobaciones y prohibiciones. La Ley nos dice que nos espermitido hacer y que no.

    Para lograr mantener el orden y la organizacin de la sociedad, es necesarioque todos sus miembros, tanto, ciudadanos comunes, como funcionarios,desde el Presidente, Ministros, Viceministros, Diputados, Militares, Alcaldesy dems autoridades, respeten y cumplan La Ley.

    Todos los humanos por el slo hecho de existir, tenemos derechos que

    nadie nos puede quitar o negar, que nunca terminan y que estn amparadospor las leyes de nuestro pas y por leyes internacionales. El Artculo 3 dela Constitucin Poltica de la Repblica de Guatemala, dice que el Estadogarantiza y protege la vida humana desde su concepcin. Entonces desdeque estamos en el vientre de nuestra madre, ya tenemos derechos.

    Hay leyes internacionales que obligan a todos los Estados a respetar losderechos humanos y se llaman Tratados Internacionales. Casi todos lospases han rmado tratados internacionales, Guatemala ha rmado algunos

    de stos, por eso est obligada ante el mundo a respetarlos.

    El respeto al Derecho Internacional, es una manifestacin de respeto a losDerechos Humanos

    Hemos visto que los Derecho Humanos tambin estn escritos en LaConstitucin Poltica de la Repblica de Guatemala, la que reconoce todoslos derechos propios del ser humano y, aunque no estn escritos, los aceptacomo si estuvieran. Por ejemplo, existe el Derecho Consuetudinario de losPueblos Indgenas.

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    Le voy a explicar dequ se trata el Derecho

    Consuetudinario.

    Esto signica que el Gobierno de Guatemala se compromete a promover

    ante el Organismo Legislativo, con la participacin de organizacionesindgenas, el desarrollo de normas legales que reconozcan a las

    comunidades indgenas el manejo de sus asuntos internos de acuerdo con

    sus normas consuetudinarias, siempre que stas no sean incompatibles

    con los derechos fundamentales denidos por el sistema jurdico nacional

    ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos.

    Eso no est escrito en la Constitucin, pero como es un derecho de lapersona, se puede exigir su cumplimiento. Y aunque la Constitucinsea anulada por un golpe de estado, como pas en 1982, los DerechosHumanos no dejan de valer y siguen protegidos por los tratados y acuerdosinternacionales.

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    Como pudimos ver, no conocen bien las leyes y es muy necesario que todosy todas las conozcamos. Ahora vamos a empezar con la Constitucin.

    Ahorale voy a compartir

    lo que piensan algunosguatemaltecos sobre las

    leyes.

    Mi nombre es Jos y soy de Santo Domingo Xenacoj y la mayora sabemos

    que existen leyes pero no las conocemos y no toda la gente las cumple.

    Yo soy Juan, soy de San Pedro Carch y slo he odo que hay una Constitucin,

    pero no s qu trabajo tiene o en qu forma ayuda.

    Mi nombre es Arturo, soy Alcalde Auxiliar de una aldea de Momostenango, yo no

    conozco ninguna ley. S que hay una Constitucin pero a saber qu contiene.

    Yo digo que ninguno de los Alcaldes conoce la ley, slo sabemos que hay una

    ley que dice que uno no puede robar, que no se puede hacer tal otra cosa, que

    no se puede hacer escndalo, pero todo eso, slo se tiene en la mente.

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    La Constitucin PolticaEn Guatemala la Constitucin es la ley ms importante del pas. All nosdice cules son las obligaciones y los derechos de los guatemaltecos y

    cules son las instituciones del Estado. Tambin nos dice cmo se organizael Estado y la poblacin, por eso decimos que es un conjuntode leyes bsicas para convivir tranquilamente.

    En la Constitucin slo estn los principios ms importantesen forma general, y otras leyes se encargan de explicarlasy decir qu hay que hacer para que estos principios secumplan. Por ejemplo, el Artculo 97 de la Constitucin diceque el Estado, Municipalidades y los habitantes tienen laobligacin de cuidar el aire o el ambiente y proteger losros, bosques y los animales, pero es la Ley Forestal, entre

    otras, la que dice cmo cortar rboles de un bosque para noperjudicar el ambiente o cmo proteger las fuentes de agua y

    cules son los castigos para quienes no cumplan con estas leyes.

    La Constitucin es para todos

    Todos los que viven en Guatemala, tambin el Presidente, los Alcaldes o losDiputados tienen que respetar la Constitucin y a todos ellos la ley tambinles dice qu pueden hacer y qu no pueden hacer, como funcionarios oautoridades.

    Esto signica que nadie, aunque sea el Presidente, puede ser superior a la

    ley, es decir, todos debemos cumplirla y el que no lo haga tiene que rendircuentas.

    Es importante conocer la Constitucin para saber cules son nuestrosderechos fundamentales para exigir su respeto y saber cuales son nuestrasobligaciones para cumplirlas.

    Organismos del Estado

    La Constitucin declara que Guatemala tiene un sistema de gobiernorepublicano, democrtico y representativo. La soberana radica en el puebloquien la delega, para su ejercicio en tres organismos.

    El Estado de Guatemala est dividido en tres organismos, para evitar queel poder se concentre en una sola persona u organismo y para que los trespoderes se controlen entre s.

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    ORGANISMO LEGISLATIVO

    Es el organismo encargado de hacer lasleyes, de cambiarlas y de decir que yano tienen valor cuando dejan de tenerlo.Este organismo est compuesto pordiputados, que se eligen popularmentecada cuatro aos y deben representar alos 22 departamentos de la Repblica.

    En Guatemala, al Organismo Legislativo, se le llama Congreso de la

    Repblica.

    Legislativo

    Organismos

    Organismos

    Ejecutivo

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    ORGANISMO EJECUTIVO

    Es organismo est integrado por elPresidente, el Vicepresidente, losMinistros y Viceministros. El Presidente

    es el Jefe de Estado y representa a laNacin.

    Es el organismo encargado de ejecutaro realizar los programas del gobierno,a travs de sus ministerios.

    Algunos ministerios de Guatemala:

    Ministerio de Educacin Ministerio de SaludMinisterio de Comunicaciones, Infraestructura y ViviendaMinisterio de EconomaMinisterio de Cultura y Deportes

    Tanto el Presidente como el Vicepresidente, son electos por votacinpopular, cada cuatro aos.

    Los Ministros y Viceministros son nombrados y removidos o destituidos porel Presidente y se encargan de cuidar los asuntos de cada ministerio.

    El Organismo Legislativo puede controlar lo que hace el Gobierno,especialmente, por medio de la interpelacin. Es decir, que el Congresopuede llamar a un Ministro para que explique algunas cosas relacionadas consu cargo, y si la explicacin no le parece al Congreso, puede recomendarleal Presidente que lo quite del puesto.

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    ORGANISMO JUDICIALEl Organismo Judicial es el encargadode solucionar los problemas o conictos

    sociales que se le presentan. Es sudeber aplicar las leyes, hacer justicia

    y obligar a las personas a que lascumplan. Este organismo slo puedeimpartir justicia tomando como base a laConstitucin y las leyes de la Repblica,

    Artculo 203, Constitucin Poltica de laRepblica de Guatemala.

    Actualmente, el sistema de justicia en Guatemala est integrado de lasiguiente forma:

    El Organismo Judicial, incluye a la Corte Suprema de Justicia, Tribunalesde Apelaciones, y otros rganos colegiados de igual categora, Juzgadosde Primera Instancia y Juzgados de Paz. La Corte Suprema de Justicia esel tribunal de mayor rango y tiene la responsabilidad de la administracindel Organismo Judicial, incluyendo la labor de presupuesto y los recursoshumanos.

    La Corte de Constitucionalidad es el mximo tribunal en materia

    constitucional.

    Trabajo de los Jueces

    Los jueces son nombrados por la Corte Suprema de Justicia. El juez tienela autoridad y el conocimiento para juzgar a las personas que cometendelitos, porque ha estudiado las leyes. Todos tienen derecho a saber lo quelos Jueces hacen y nadie puede ser juzgado por tribunales secretos.

    Cada juez debe resolver los problemas que se presenten en el territorioque se le ha asignado.

    Tambin a cada juez slo le toca resolver algunos asuntos y por eso haydiferentes jueces. El rgano mximo es la Corte Suprema de Justicia, perolos jueces en su tarea de hacer justicia, no reciben rdenes de nadie, ni dela Corte, ni de los Ministros o PNC, slo deben cumplir con la ley.

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    Sereie: Donde no hay abogado Derechos Fundamentales de las Personas

    En este segundo captulo ya aprendimos ms acerca de nuestro

    pas. Ahora vamos a ejercitar lo aprendido.

    Cuntenos por qu es importante conocer la Constitucin Poltica

    de la Repblica de Guatemala.

    El Presidente y Vicepresidente son los que gobiernan el pas, pero

    a qu organismo del Estado pertenecen? Qu funcin tienen

    los otros organismos?

    Conoce usted al juez de su comunidad? Qu trabajo es el que

    realiza?

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    Captulo III

    Las Autoridades

    Reconoce a cada una de las personas?Sabe qu es el trabajo de cada uno?

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    Nuestras autoridades las podemos conocer o no conocer bien, pero

    en realidad sabemos a qu se dedica cada persona? Cules son sus

    obligaciones? Cules son sus lmites como autoridades?

    En este captulo explicarle qu es la autoridad y cmo se representa en

    nuestro pas. Adems es importante que conozcamos lo que pueden hacery qu no pueden hacer para saber a quin acudir en caso de que tengamos

    un problema.

    La AutoridadEs el derecho o poder de mandar o hacer obedecer. Con esto no quieredecir que el Estado puede hacer lo que quiera con el pueblo, porque nuestraConstitucin en el Artculo 152, dice que el poder proviene del pueblo y que

    su ejercicio est bajo la Constitucin y la Ley.En otras palabras, signica que el pueblo es el dueo de este poder, pero

    como no todos podemos dedicarnos a administrarlo, decidimos elegir aunos pocos para que nos representen y a estas personas les prestamos elpoder.

    Entonces, el Estado, es decir, los tres Organismos: Ejecutivo, Legislativo yJudicial, tienen prestado el poder para servir al pueblo. Por eso ellos tienenla autoridad, pero est bajo la ley y jams son superiores a ella. Al prestarlesel poder tambin les dimos permiso para administrar los recursos y por eso

    debemos obedecerlos, siempre y cuando lo que ordenan es legal.

    En Guatemala hay varios tipos de autoridades, por ejemplo:

    Autoridades de Guatemala

    Electo Nombrado Electo

    Departamental Municipal

    Presidente Gobernador Alcalde

    Nacional

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    Sereie: Donde no hay abogado Derechos Fundamentales de las Personas

    En este captulo veremos los problemas que se pueden tener con las

    autoridades y cmo resolverlos.

    Las autoridades estn para satisfacer las necesidades del pueblo.

    Me llamo Don Jos soy de Palencia. Las autoridades de mi comunidad se

    eligen a travs de los Consejos Comunitarios de Desarrollo y el presidente

    es el Alcalde Auxiliar. Algunas veces se comunican con el pueblo, pero la

    mayora de veces no y hacen las cosas a su antojo.

    Soy Don Ventura de Fray Bartolom de las Casas, y sera bueno que

    estas cosas las conocieran las autoridades porque algunas de ellas como

    que no saben o han olvidado que el poder es del pueblo y en lugar de

    atender con respeto a la gente la tratan mal, aprovechndose de ese

    poder.

    Esto es lo que algunaspersonas piensan de las

    autoridades.

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    Nombramientode las autoridades

    Para nombrar a las autoridades se puede hacer de dos formas:

    Por eleccinPor nombramiento

    Por eleccin se nombra al Presidente, al Vicepresidente y a los AlcaldesMunicipales, es decir que todos votamos por ellos para que trabajen por unperodo de tiempo que establece la ley.

    En San Pedro Carch, por ejemplo, las autoridades de la comunidad sonlos Alcaldes Auxiliares y a ellos los elige toda la gente de la comunidad. Sepresentan tres candidatos y la gente es la que dice a quien preeren.

    Los requisitos para escoger a los candidatos son, por ejemplo, que noingiera bebidas alcohlicas, que cumpla con su deber, que sea honrado. Eltrabajo que tiene es guiar y colaborar con la gente y ver cualquier problemaque haya para revisar a la comunidad y as buscarle una solucin. La otraforma es que una autoridad superior lo nombre.

    Por ejemplo, los Ministros son nombrados por el Presidente y el SecretarioMunicipal es nombrado por el Alcalde.

    Citacin de las autoridades

    Cuando nos citan las autoridades y si la citacin es por escrito, est rma y

    sellada por la autoridad y dice para qu se nos cita, es mejor presentarse,para saber cul es el problema que vamos a tratar.

    Si la citacin no dice para qu nos estn citando, no es obligatoriopresentarnos. Esto es para evitar que se nos engae cuando la cita no estbasada en la ley, segn el Artculo 32 de la Constitucin.

    Las Autoridades Municipales

    Los municipios son autnomos, es decir, que tienen la libertad eindependencia del gobierno central y de cualquier otra institucin. Por esolos vecinos de un Municipio eligen directa y popularmente a sus autoridadesmunicipales que se encargan de las cosas y el dinero de la comunidad.

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    Sereie: Donde no hay abogado Derechos Fundamentales de las Personas

    El gobierno municipal est formado por el Alcalde, los Sndicos yConcejales, que forman La Corporacin Municipal, as lo indica el Artculo254 de la Constitucin. Quienes la integran tienen que cuidar los interesesdel municipio y administrar sus bienes (dinero, cosas, lugares). Entre losprincipales deberes de la municipalidad, est la atencin de los servicios

    pblicos, como el control e higiene del mercado, del agua potable, de larecoleccin de basura, del cementerio, de las calles, y otros.

    La autonoma municipal es importante, porque gracias a ella el municipiopuede actuar sin que otras autoridades digan qu hacer, ni siquiera elPresidente. La Corporacin Municipal puede disponer con independencia,en qu invertir el dinero municipal y cmo usar los recursos como: agua,lea, tierra.

    De la Corporacin Municipal depende la administracin

    de los ingresos municipales.

    Corporacin Municipal

    Alcalde

    ConsejalesSndicos

    El dinero de la Municipalidad

    Para obtener el dinero la municipalidad, puede cobrar una cantidad dedinero llamada tasa municipal. Esta tasa tiene que haber sido estableciday aprobada antes de ser cobrada y se debe haber publicado en el diario

    ocial, El Diario de Centro Amrica, para que se pueda exigir su pago. Estoquiere decir que las municipalidades no pueden cobrar lo que quieran, sinoslo lo que est aprobado cobrar.

    As tambin el Artculo 257, de la Constitucin, sobre la asignacin paralas municipalidades, dice que el Organismo Ejecutivo incluir anualmenteen el Presupuesto General de Ingresos Ordinarios del Estado, un diez porciento del mismo para las municipalidades del pas. Este porcentaje deber

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    ser distribuido en la forma que la ley determine y destinado por lo menosen un noventa por ciento para programas y proyectos de educacin, saludpreventiva, obras de infraestructura y servicios pblicos que mejoren lacalidad de vida de los habitantes.

    La Tasa Municipal:es una cantidad de dinero que se paga por un servicio

    que nos da la municipalidad, por ejemplo el servicio de agua potable.

    El Arbitrio:es una cantidad que se paga a la municipalidad para que staconstruya alguna obra con el dinero recogido, por ejemplo el Boleto deOrnato.

    Ingresos

    Municipales

    Bienescomunales ypatrimonialesdel municipio

    Aporte delOrganismoEjecutivo

    Donacionesal municipio

    Producto deimpuestosdecretados

    por elCongreso

    Productode arbitrios,

    tasas yservicios

    municipales

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    Al respecto un vecino tieneun comentario.

    Los Alcaldes

    El precio del aguaLos alcaldes pueden intervenir para que se baje el precio del agua, si esque la institucin est cobrando mucho porque ste es un servicio pblico.

    Eso es bueno saberlo porque en la aldea tenemos

    un problema y es que hay una cooperativa de aguapotable que le subi al pago de agua y nosotros

    le pedimos al Alcalde que le exija a la cooperativa

    que le baje el precio de agua, pero segn l, ellos

    no pueden exigirle eso a la institucin.

    Lo que sucede en esa aldea, es que la municipalidad le dio a la Cooperativala concesin o autorizacin para que prestara el servicio de agua pero, antesdebi establecer, cunto se poda cobrar por el servicio, para proteger deesto que pas y de otras situaciones a los vecinos.

    Problemas de tierra

    Algunas personas se preguntan si el Alcalde puede resolver problemas detierra y no es as.

    Por ejemplo, si hay un problema de mojones y las personas de los terrenosno se ponen de acuerdo, entonces son los Sndicos los encargados deir a medir el terreno y si an as no se logra nada, entonces se pasa elproblema al juzgado.

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    Sobre estotenemos un

    ejemplo.

    Como dijimos antes, este tipo de problemas de la tierra los Sndicos son losencargados de resolverlos, ya no es tarea de los Alcaldes.

    Permiso para cortar rboles

    Segn del Artculo 54 de la Ley Forestal, el Alcalde, las municipalidadespueden extender licencia para la tala de rboles dentro de su permetrourbano y slo para volmenes menores de 10 metros cbicos por ao, para

    volmenes mayores la licencia ser otorgada por el INAB.

    En las cabeceras departamentales hay ocinas del INAB, a las cuales

    podemos ir para pedir esta licencia. El INAB es el Instituto Nacional deBosques y es la ocina del Gobierno encargada de velar por el buen uso,

    cuidado y proteccin de los bosques, y suelos propios para la agricultura ybosques y tiene ocinas en varios departamentos del pas.

    El Juez de PazEs una persona que conoce las leyes y se trabaja para el OrganismoJudicial, haciendo justicia en uno o ms municipios. Las atribuciones delJuez de Paz, estn reguladas en el Artculo 44 del Decreto 51-92 del CdigoProcesal Penal.

    La principal funcin que tienen los Jueces de Paz es resolver, consoluciones sencillas y justas, los problemas legales que se les presenten.

    En Purulh y San Pedro Carch, all por Baja

    y Alta Verapaz, cuando los problemas son de

    mojones y linderos y los problemas no logran

    resolverlos las personas interesadas va el

    Alcalde o el Sndico a medir los terrenos, luego

    hacen un acta, y mandan para el juzgado.

    Ahora si las personas interesadas llegan a unacuerdo, no se levanta acta y slo se sealan

    los mojones.

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    En el caso de los delitos, el Juez de Paz debe recibir las denuncias, ir allugar donde pasaron los problemas para ver qu fue lo que pas y si quedalgn rastro; tambin debe escuchar a los testigos y establecer quin es elposible responsable.

    Polica Nacional CivilLa Polica Nacional Civil se constituye como respuesta al compromisocontrado en el Acuerdo de Paz Fortalecimiento del Poder Civil y funcindel Ejrcito en una Sociedad Demcrata.

    De acuerdo al Artculo 2 de la Ley de la Polica Nacional Civil, es unainstitucin profesional armada, ajena a toda actividad poltica. Su

    organizacin es de naturaleza jerrquica y su funcionamiento se rige porla ms estricta disciplina. La Polica Nacional Civil ejerce sus funcionesdurante las veinticuatro horas del da en todo el territorio de la repblica.Para efectos de su operatividad estar dividida en distritos y su nmero ydemarcacin sern jados por su Direccin General. Esta integrada por

    los miembros de la carrera policial y de la carrera administrativa. En elreclutamiento, seleccin, capacitacin, y despliegue de su personal debetenerse presente el carcter multitnico y pluricultural de Guatemala.

    Las Autoridadesde la Comunidad

    En cada aldea, casero o cantn hay representantes del gobierno municipalllamados Alcaldes Auxiliares. El Artculo 56 del Cdigo Municipal, dice queel Concejo Municipal, de acuerdo a los usos, normas y tradiciones de lascomunidades reconocer a las alcaldas comunitarias o auxiliares, comoentidades representativas de las comunidades, en especial para la toma dedecisiones y como vnculo de relacin con el gobierno municipal.

    El nombramiento de alcaldes comunitarios o auxiliares lo emitir el alcaldemunicipal, con base a la designacin o eleccin que hagan las comunidadesde acuerdo a los principios, valores, procedimientos y tradiciones de lasmismas.

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    Respecto a la retribucin a los cargos de alcaldes comunitarios o alcaldesauxiliares, el Artculo 59 del Cdigo Municipal, indica que cada municipalidad,de acuerdo a sus recursos nancieros, regular en el reglamento municipal

    la retribucin que corresponda por el servicio de alcalde comunitario oauxiliar.

    Uno de los principales trabajos de los alcaldes auxiliares, es que en lascomunidades la vida se desarrolle tranquilamente, y si hay algn problemaque no pueda solucionar debe hacrselo saber al Juez, en caso sea algndelito; o al Alcalde si, por ejemplo, se est cayendo un puente en la aldea.

    Por ser la autoridad en la aldea, el alcalde auxiliar representa a la comunidady es quien debe mantener la comunicacin con otras autoridades para tratarasuntos de la comunidad, por ejemplo, con el Gobernador Departamental.l avisa a la Alcalda cuando una persona ha muerto en su comunidad oda fe que un nio naci en la aldea para poder ser inscrito en el Registro

    Nacional de las Personas -RENAP.

    Doa Josefa, de Momostenango:

    cuando algn hombre est bolo yhaciendo escndalo o le est pegando

    a su mujer, las mujeres nos vamos a

    quejar con los auxiliares y ellos les

    llaman la atencin y si no hacen caso,

    los ayudantes del alcalde los agarran

    y los llevan ante el Juez.

    En las aldeas de Fray Bartolom,

    Alta Verapaz, los alcaldes auxiliares

    ayudan a la comunidad a arreglar el

    camino, el puente o ven los problemas

    de agua. No s cmo se eligen porque

    eso slo lo hacen entre los hombres, y

    las mujeres no nos enteramos.

    Estas son algunas opinionesacerca del trabajo de los

    Alcaldes Auxiliares.

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    Este tercer captulo nos ha explicado la funcin de las autoridades.

    En este espacio puede anotar quines son las autoridades de su

    comunidad, qu trabajo realizan y cmo las eligen. Tambin puede

    anotar quin es el Gobernador departamental.

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    Captulo IVDerechos

    Individuales

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    Todas las personas de las comunidades tenemos derecho a una vida

    saludable y segura. Nuestros derechos individuales que son los que

    protegen la vida, la libertad, la igualdad, la seguridad, la dignidad, las ideas

    y la integridad fsica o el cuerpo de las personas, son los que nos ayudan a

    tener esa vida saludable.

    En otras palabras se dice que son los derechos humanos mnimos con los

    que se puede vivir en sociedad, y en este captulo vamos a conocer ms

    de ellos.

    Ley del Orden Pblico yEstados de Excepcin

    A veces las personas se preguntan si pueden perder los derechosindividuales. Esto slo se da en casos muy especiales como: invasin delterritorio, perturbacin grave de la paz, de actividades contra la seguridaddel Estado o calamidad pblica. Los derechos que pierden su vigenciason los que se mencionan en los artculos 5, 6, 9, 33, 35 (prrafo 1),38 (prrafo 2) y 116 (prrafo 2). Al concurrir cualquiera de los casosque se mencionaron, el Presidente de la Repblica, har la declaratoriacorrespondiente, por medio de decreto dictado en Consejo de Ministros yse aplicarn las disposiciones de la Ley de Orden Pblico.

    Esos derechos no se pueden suspender por ms de 30 das, y si al terminarlos 30 das siguen los problemas que le dieron origen, el plazo se puedealargar por otros 30 das.

    El Presidente en Consejo de Ministros puede ordenar o decretar que sesuspendan algunos derechos, esa orden debe ser raticada o conrmada

    por el Congreso de la Repblica y se puede aplicar en toda Guatemalao nada ms en una regin o en una parte del pas.

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    Derecho a la VidaEste derecho es el ms importante y es la raz de todos los derechos de lapersona humana y por esto el Estado en Guatemala debe proteger la vida

    de todos los seres humanos, desde la concepcin, Art. 3 de la Constitucin.Al hablar del derecho a la vida, tambin se est hablando de la proteccina la integridad y la seguridad de las personas.

    El Estado debe cuidar que nadie le haga dao fsico a otro, y en caso deque lo haga, el Estado, por medio del Organismo Judicial, deber juzgarloy si es culpable, castigarlo.

    En San Juan Sacatepquez personal

    de la Polica y del Ejrcito cerraron las

    vas de acceso y salida a la aldea San

    Antonio Las Trojes, pues el Presidente

    decret Estado de Prevencin. No nos

    dejaron tener armas, tampoco nos

    dejaron manifestar ni hacer reuniones,

    porque nos dijeron que eso era el Estado

    de Prevencin. Al principio nos quisimos

    enfrentar a la Polica y al Ejrcito, pero

    eran mucho ms que nosotros, as que

    nos alejamos pero igual se llevaron como

    a 40 de la comunidad y nos dijeron que

    mientras estuviera eso en la comunidad

    iban a haber muchos policas y personas

    del ejrcito.

    Quiero contarles un caso deSan Juan Sacatepquez

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    Derecho a la IgualdadEste derecho quiere decir que en Guatemala todos somos iguales endignidad y derechos, sean mujeres, hombres, adultos, nios, morenos,

    indgenas, ladinos, pobres, ricos. Ninguno es ms ni menos que el otro,Art. 4 de la Constitucin.

    As como la ley reconoce que todos somos iguales, as tambin nos protegecontra toda forma de opresin y discriminacin y obliga a que los tribunalesnos traten igual a todos. No existe una ley para el pobre y otra para el rico, ouna ley para los ladinos y otra para los indgenas, pero s existe el Acuerdo81-2002 Ley de Proteccin Educativa Contra el Racismo.

    Adems de la Ley de Proteccin Educativa Contra el Racismo, desde el2002 existe la Comisin Presidencial contra la Discriminacin y el Racismohacia los Pueblos Indgenas en Guatemala (CODISRA).

    Las Leyes son buenas,pero las autoridades no lasrespetan. cre que las leyesson discrimintarias porque

    no se conocen.

    Qu ha oido hablar sobre laigualdad ante las leyes?

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    Tratamientode la Constitucin

    El tratamiento que da la Constitucin a los grupos tnicos o a los indgenasno va en contra del principio de igualdad. Cuando la Constitucin reconoceque Guatemala est formada por varios grupos tnicos, como: Quichs,Mames, Ixiles, Garfunas, etc., y que es deber del Estado respetar y promoversus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organizacin social,el uso de sus idiomas y trajes. Esto lo podemos encontrar en el Artculo 66de la Constitucin.

    El Estado debe proteger la forma de tenencia de la tierra que desde tiemposantiguos acostumbran las comunidades indgenas, as como sus bienes opatrimonio familiar y cultural y garantizar su posesin y desarrollo. Dice,adems, que el Estado dar tierras a las comunidades indgenas que lasnecesiten y dar crditos y asesora tcnica para ayudar a mejorar lascondiciones de vida de las comunidades, esto de acuerdo al Art. 68 dela Constitucin. En Guatemala, es la primera vez que una Constitucin

    habla sobre Derechos Indgenas, esto est fortalecido por elConvenio 169. Este Convenio fue hecho por la OrganizacinInternacional del Trabajo (OIT) y habla de los Derechosde los Pueblos Indgenas y Tribales (relativo a las tribus),en Pases Independientes. Este es un acuerdo o conveniointernacional que contiene derechos legtimos, negados

    por mucho tiempo a los pueblos indgenas. Como todos lostratados internacionales, el Convenio 169, est respaldadopor el Art. 46 de la Constitucin.

    Libertad PersonalEn el Artculo 4 de la Constitucin, dice que en Guatemala todos somoslibres. Esto quiere decir que cada uno puede hacer con su vida lo quequiera, con el nico lmite de respetar el derecho de la otra persona, y de

    la sociedad. Entonces, esto signica que debemos respetar a los dems yasegurarnos que no le vamos a causar dao a otra persona con nuestrasacciones. Tambin en el Artculo 4 de la Constitucin, dice que ningunapersona puede ser sometida a servidumbre o esclavitud ni otra condicinque afecte su dignidad. Ser sometido a servidumbre signica que a una

    persona no se le d un pago justo por su trabajo, se le den malos tratos,no se le permita escoger cual es el trabajo que quiere hacer, o que otrapersona le diga lo que debe y no debe hacer.

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    Libertad de AccinSegn el Artculo 5 de la Constitucin, los guatemaltecos podemos hacer

    todo lo que queramos siempre que no exista una ley que diga claramenteque no se puede hacer. Por ejemplo, el Cdigo Penal, en el primer prrafodel Artculo 132, dice que est prohibido matar a otra persona, por lo tantonadie tiene derecho de quitarle la vida a nadie.

    Tambin el Artculo 5 de la Constitucin, dice que las personas no estnobligadas a cumplir rdenes que no estn basadas en la ley. Por ejemplo,obligar a alguien que forme parte de un comit o de cualquier otra agrupacin,en contra de su voluntad.

    Libertad de LocomocinEsta libertad es el derecho que tiene toda persona a viajar, transitar ocaminar en cualquier parte del territorio de Guatemala o fuera de l, ya elegir libremente dnde quiere vivir, esto lo indica el Artculo 26 de laConstitucin.

    Este derecho se puede limitar por una orden de Juez, en el caso que alguienest siendo procesado y se le arraiga, es decir, que no se le permite salirdel pas porque tiene algo pendiente con la justicia o se le detiene y se lemanda preso; pero estas limitaciones siempre deben estar basada en la leyy con una orden escrita.

    Tambin se puede limitar este derecho cuando en un lugar existe epidemia.Por ejemplo, con la enfermedad del clera, el gobierno puede hacer que nopodamos entrar o salir del lugar infectado para evitar que otras personasse enfermen.

    La Constitucin tambin dice quea ningn guatemalteco se le puede

    expatriar, y esto signica que no se lepuede ordenar que salga del pas si lno quiere, ni se le puede prohibir quevuelva a entrar cuando lo desee. Ypara entrar al pas los guatemaltecosno necesitan autorizacin o visa.

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    El Gobierno yla identifcacin personal

    El Gobierno no puede negarse a darnos un pasaporte u otro documentode identicacin como una cdula o partida de nacimiento. En Guatemala

    hay muchas personas que no tienen documentos de identicacin y esto

    les da muchos problemas. En el segundo libro de esta serie, explicaremosdetenidamente qu pueden hacer estas personas para identicarse.

    Acceso a la JusticiaNosotros tenemos la libertad de entrar a los juzgados y otras ocinas del

    Estado para realizar trmites y hacer valer los derechos y ninguna autoridadpuede negarnos ese derecho. Este derecho tiene que ver, no slo, con quepodamos entrar y salir de las ocinas, sino tambin con que los empleados

    de estos lugares nos atiendan con respeto y consideracin y nos orientenpara solucionar los problemas que les presentemos, sin importar si somosindgenas o ladinos; ya que esa es una de sus obligaciones, Art. 29 de laConstitucin.

    La Vivienda es inviolableSignica que nadie, ni el Presidente de

    la Repblica, ni el Ejrcito, ni la PNC;nadie, puede entrar a nuestra casa sinpermiso, aunque la casa sea grande yde block o una humilde vivienda, porquelo que la ley protege es el lugar dondeviven las personas, no importandosin son los dueos de la casa o si laalquilan, Art. 23 de la Constitucin.

    Para poder entrar a una casa senecesita el premiso de quien vive all,o la orden escrita de un juez, rmada y

    sellada por l, en donde se explique porqu se debe entrar. A esta orden se lellama Orden de Allanamiento o Cateoy slo se puede cumplir despus de

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    las 6:00 a.m. y antes de las 6:00 p.m. y siempre que est presente el jefeo dueo de la casa. Por ejemplo, si llegan con esa orden de cateo y losmayores se fueron a trabajar y slo quedaron los nios en la casa, nopueden entrar.

    Si se intenta cumplirla orden entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m. est permitidono obedecer, aunque haya una orden del juez, porque la ley dice que slodurante el da se puede hacer.

    Documentos InviolablesEl Estado o las personas no pueden registrar nuestras cosas, leer nuestrascartas, or nuestras conversaciones telefnicas o quitarnos nuestroslibros, slo podrn revisarse o quitarse con orden de un juez, Art. 24 de laConstitucin.

    Este derecho nos garantiza que la nica persona que puede abrir y leerlas cartas que vienen en un sobre cerrado, es el destinatario o persona aquien van dirigidos y si otra persona lo hace, comete un delito y debe sercastigada.

    Registro dePersonas y Vehculos

    La Constitucin, en el Artculo 25, permite el registro de personas y vehculos,pero para hacerlo debe haber una causa justicada. Por ejemplo, cuando

    la persona es detenida por delito agrante o cuando el juez lo ordena para

    buscar, armas, drogas o evitar robos y asaltos.

    Para hacer el registro, la Polica o el Ejrcito deben estar uniformados. Siel registro se hace a una mujer, la autoridad que la registre tambin deberser mujer, y si el registrado es un hombre la autoridad que lo registre deberser un hombre.

    Mientras se hace el registro de personas y vehculos no se debe maltrataro golpear a los registrados, porque la ley dice que se debe respetar ladignidad e intimidad de las personas.

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    El Derecho de AsiloEl asilo es la proteccin que un Estado le da a una persona para defendersu vida o libertad, que estn amenazadas por graves violaciones a sus

    derechos humanos en su pas. Por ejemplo, que se persiga a una personaporque piensa diferente a lo que piensa el gobierno o que sea su opositorpoltico. Muchos guatemaltecos han sido perseguidos por defender susderechos en el pas y para salvar sus vidas, se han ido a vivir a otros pasesque les dieron asilo. Este derecho no protege a los que han cometido un delitocomn como un homicidio, robo o lesiones, Artculo 27 de la Constitucin.

    La Constitucin tambin reconoce el derecho a refugiarse en Guatemalapor medio de las embajadas o por cualquier otro medio, y que prohbe quese regrese a la persona que pide asilo, al pas donde peligra su vida.

    La ExtradicinCuando una persona ha cometido un delito comn, por ejemplo un robo,y una huye hacia otro pas. El pas donde cometi el delito puede pedirleal otro pas que se le entregue para ser juzgado donde cometi el delito.Por ejemplo, si en Guatemala vive una persona que es perseguida enEstados Unidos por ser narcotracante, es decir por comprar o vender

    droga, Estados Unidos puede pedirle al gobierno de Guatemala que se loentregue, para que en Estados Unidos sea juzgado por ese delito.

    La Constitucin dice que los guatemaltecos nunca sern entregados agobiernos extranjeros, deben ser juzgados aqu. A los guatemaltecosslo se les puede extraditar o mandar a otro pas, si se trata de personasprocesadas por delitos muy graves para la humanidad.

    El gobierno tampoco puede pedir que le sean entregados guatemaltecosque hayan pedido asilo a otros pases, por razones polticas. Por ejemplo,si un guatemalteco se ha ido a vivir a Nicaragua por razones polticas, elgobierno de Guatemala no lo puede mandar a extraditar para ser juzgadoy lo mismo sucede con los guatemaltecos que estn asilados en Mxico,

    la ley prohbe al gobierno de Guatemala, pedir los asilados al gobiernomexicano.

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    El Derecho de PeticinSegn el Artculo 28 de la Constitucin, el derecho de peticin lo tenemostodos los guatemaltecos. Todos podemos hacer quejas, solicitudes o

    propuestas a las autoridades, sobre varios asuntos; es decir, podemos pedira las autoridades lo que creemos justo para nosotros y la comunidad. Porejemplo, podemos pedir un puente, una escuela, la formacin de un partidopoltico, la introduccin de agua, pedir nuestras prestaciones de trabajo,tierra o mejores condiciones de vida. Estas peticiones las puede hacer unasola persona o un grupo. Por ejemplo, un comit o una asociacin y laautoridad estn obligados a responder.

    Respuesta de las autoridades

    De acuerdo con la ley, las autoridades estn obligadas a contestar nuestraspeticiones en un plazo de 30 das hbiles. Si no lo hacen, se puede pedirun amparo, ms adelante se explica qu es un amparo.

    Malos tratos de las autoridades

    Si las autoridades tratan mal a las personas, lo que se puede hacer espresentar una queja al Alcalde, haciendo ver la mala conducta del empleadoy recordarle que ellos estn para servirnos. En el caso de los cobros, sedebe pedir recibo que respalde el pago, de esta manera si el cobro el ilegal,se puede presentar un juicio ante el Juzgado de Paz, porque eso es undelito.

    Los actos de la administracin son pblicos

    Todo lo que hace la administracin es pblico, esto quiere decir, que comoguatemaltecos tenemos derecho a conocer lo que hacen las autoridades.Tambin tenemos derecho a que nos den copias, reproducciones ycerticaciones de documentos, as como a que nos muestren los papeles

    que queremos ver, Art. 30 de la Constitucin.

    Como todos los actos de la administracin son pblicos, podemos pedircuentas al Gobierno. Existe derecho para que todos los ciudadanos yciudadanas, puedan saber y controlar qu hacen las autoridades y cmolo hacen, para evitar que las cosas las hagan mal, evitar los abusos delgobierno y para saber qu hacen con el poder que les hemos dado.

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    Acceso a archivos y

    registros estatales

    Los guatemaltecos tenemos derecho asaber lo que tienen escrito sobre cada unode nosotros en los archivos o registros delas autoridades. Tambin tenemos derechoa saber por qu existe esa informacin ypara qu la usan. Si los datos estn maloso equivocados, se puede pedir que corrijanlos errores, Art. 31 de la Constitucin.

    Ser parte de una organizacino partido polticoSi usted tambin pertenece a una organizacin o partido poltico, no espreocupe, porque estn prohibidos los archivos y registros de las personasque pertenecen a cualquiera de las dos, entonces no lo pueden char.

    Lo que no estn prohibidas, son las listas del mismo partido o de lasautoridades electorales. Ninguna otra autoridad tiene por qu controlar aqu organizacin o partido poltico pertenecemos los guatemaltecos.

    Derecho a manifestar

    El Artculo 33 de la Constitucin, reconoce el derecho de reunin y demanifestacin pblica, y que ste no puede ser restringido, disminuido ocoartado y la ley los regular con el nico objeto de garantizar el ordenpblico. Esto quiere decir que podemos reunirnos y salir a las calles ahacer pblicas nuestras solicitudes o nuestros problemas, siempre que lohagamos en forma pacca.

    Para poder hacer una manifestacin, no es necesario pedir permiso, el

    nico requisito es que los organizadores le avisen a las autoridades, queen este caso, es la Gobernacin Departamental.

    Tambin se puede celebrar toda clase de manifestaciones religiosas enlos templos o en cualquier otro lugar pblico, tanto de espiritualidad maya,catlica, evanglica como de otras religiones. Ninguna autoridad puedelimitar o quitarnos ese derecho y la ley lo regula, slo para garantizar elorden pblico.

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    El Orden Pblico

    Es la tranquilidad en que deben vivir las personas de un pas cuando sehacen actividades individuales o en grupo, sin que hayan desrdenes opleitos. Es el comportamiento o la conducta normal a la que tienen derecho

    los guatemaltecos para moverse y hacer su trabajo. Existe el Decreto 7, LaLey de Orden Pblico y en el artculo 1 dice que sta se aplicar en loscasos de invasin del territorio nacional, de perturbacin grave de la paz,de calamidad pblica o de actividades contra la seguridad del Estado.

    Esta tranquilidad es la que se trata de proteger porque hay manifestacioneso reuniones que pueden molestar a otras personas que tambin tienenderecho de vivir en paz.

    Por ejemplo, en una comunidad haba una iglesia, a donde iban muchosfeligreses y hacan uso de su derecho de reunin; pero cada da le dabanms volumen a los aparatos de sonido, hasta el punto que los vecinos devarias cuadras a la redonda no podan hablar, ni dormir. En este caso ya nohubo orden pblico y el juez del lugar tuvo que intervenir para que pusieranla msica a un volumen normal.

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    Derecho de AsociacinEl artculo 34 de la Constitucin, dice que se reconoce el derecho de libreasociacin. Nadie est obligado a asociarse ni a formar parte de grupos

    o asociaciones de autodefensa o similares, a excepcin del caso de lacolegiacin profesional.

    Este derecho se puede ver desde dos lados:

    El primero, es que todos los ciudadanos guatemaltecos tenemosderecho de formar grupos con las personas que queramos, y que laley reconozca como legales. A estos grupos la ley les permite actuaro trabajar, ya no en lo individual, sino colectivamente o en un grupo.Por ejemplo, los Consejos Comunitarios de Desarrollo (COCODE),un sindicato, una asociacin religiosa, una asociacin de padres de

    familia, una de desarrollo integra o una de pequeos productores.Este punto, tambin es parte de la Ley de Descentralizacin.

    El otro lado, es que nadie puede ser obligado a formar parte de ungrupo si no quiere, no se le puede obligar a formar parte de algunaagrupacin ni directa o indirectamente.

    Con el ejercicio de este derecho, podemos organizarnos para lograrsatisfacer nuestras necesidades, porque es ms fcil hacerlo en grupo queindividualmente, podemos hacer un partido poltico, protestar contra unaautoridad, defender nuestros derechos, formar una cooperativa, celebrarestas.

    Libre emisin del pensamiento

    Es el derecho que tenemos todos los guatemaltecos de expresar o dar aconocer nuestros sentimientos, nuestras ideas, nuestros puntos de vista,por cualquier medio, ya sea hablado o por escrito, en los peridicos, en laradio o en televisin, Art. 35 de la Constitucin.

    Para poder decir lo que pensamos no necesitamos de ninguna autorizacino que alguna persona revise lo que vamos a decir o publicar. Tambinpodemos leer cualquier libro o escuchar el programa de radio que ms nosguste.

    La libre emisin del pensamiento tambin tiene que ve con nuestro derechoa saber qu pasa en nuestra comunidad, en el pas y en el mundo. Tambintenemos derecho a conocer el pensamiento de otras personas, lasexperiencias de otros pueblos, las diferentes ideas polticas y religiosas.

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    Para que todos podamos saber lo que pasa, los periodistas y las personasque informan, tienen derecho a averiguar todo lo que pasa en el gobierno,en las ciudades y en el pas.

    Todo con medida

    Si bien la existe la libertad de emisin del pensamiento, hay algunos lmitesen el ejercicio de este derecho como: no se le puede faltar al respeto a lavida privada y moral de otras personas, si se faltara al respeto la personaque lo haga ser responsable conforme a la ley.

    Esto signica que podemos decir lo que queramos, pero respetando el

    honor y la vida privada de los dems. Por ejemplo, no se puede escribir enun peridico que una persona es tonta, porque estaramos abusando denuestro derecho.

    Denuncias o crticas

    Si se critica a una autoridad por el peridico, la radio, televisin u otromedio, no es delito. Denunciar, criticar o culpar a funcionarios o empleadospblicos por lo que hacen como autoridades no es delito, ni se puedecastigar a las personas que lo hacen, as es como lo indica el segundoprrafo del Artculo 35 de la Constitucin.

    Este derecho es muy importante porque as nos podemos enterar cmohace las cosas el Gobierno.

    Libertad de ReliginEsto signica que cada persona puede elegir libremente la religin a

    la que quiere pertenecer. Es libre de conservar o cambiar de religin ocreencias. Tiene adems, la libertad de hacerlas pblicas y de practicarlasindividualmente o en grupo, Art. 36 de la Constitucin.

    Cada uno debe respetar la forma de pensar de las otras personas, y la

    forma en que maniesta o expresa su religin, ya sea en sus templos o ensus casas.

    Los indgenas del pas tambin tienen sus propias creencias religiosas yeso se expresa o maniesta por medio de las ceremonias que celebran

    en diferentes templos mayas como: las ceremonias en Pascual Abaj,Chichicastenango o en Kaminal Juy. Tanto la religin maya, como todaslas dems, deben ser respetadas por todos, aunque no las practiquemos ono creamos en ellas.

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    Libertad de Posesino Portacin de Armas

    El Artculo 38 de la Constitucin, reconoce el derecho de tener armas deuso personal, no prohibidas por la ley, ya sea en el lugar donde vivimos odonde trabajamos. Slo con una orden de un juez pueden castigarnos oquitarnos las armas.

    La Constitucin tambin dice que se tiene derecho de portar o de llevar lasarmas a donde vayamos, pero para esto en necesaria la autorizacin delDepartamento de Control de Armas y Municiones DECAM-.

    Armas blancas

    Los machetes no se consideran armas prohibidas, porque se reconocencomo herramientas de trabajo al igual que: las navajas, los cuchillos y otrosinstrumentos cortantes de uso artesanal, agrcola, industrial u otro. Estasherramientas no necesitan autorizacin para tenerlas y andar con ellas. Estolo podemos encontrar en el Artculo 9 de la Ley de Armas y Municiones.

    Las armas blancas prohibidas son las bayonetas, dagas, puales,

    verduguillos y navajas automticas.

    Propiedad privadaToda persona tiene derecho a usar y gozar sus bienes, y puede disponerlibremente de ellos. Esto signica que cada uno puede vender o comprar

    animales, terrenos, herramientas, a quien quiera, como medio de buscar supropio desarrollo y el de la comunidad, Art. 39 de la Constitucin.

    Cualquiera puede hacer uso de su derecho de propiedad siempre que noperjudique a las dems personas de su comunidad.

    Nadie puede quitarme nada

    Ninguna persona, ni las autoridades, tienen derecho a quitarnos lo que nospertenece. Slo lo pueden hacer, si por razones de utilidad colectiva, benecio

    social o inters pblico, y despus de pagar el precio de la propiedad condinero en efectivo. A este procedimiento se le llama expropiacin y estestablecido en el Artculo 40 de la Constitucin.

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    La utilidad colectiva se da cuando el benecio es para la gente de una

    localidad (aldea, cantn). Por ejemplo, expropiacin de su terreno a unapersona porque por ah va a pasar la construccin de un camino, unacarretera o se va a construir una escuela, que necesita una comunidad.

    El benecio social quiere decir, que se benecia a todos los que forman elEstado. Por ejemplo, quitar los impuestos a los fertilizantes, as se favorecea todos los agricultores.

    Derechos de Autor

    Autor es el creador de una obra. Por ejemplo, el msico que compone unacancin, el pintor que hace un cuadro, el escritor que escribe un libro. Y laley dice que esa cancin, cuadro o libro que hizo le pertenecen y los puedevender, regalar o autorizar que lo publiquen y se prohbe su reproduccin

    sin la debida autorizacin del autor, Artculo 42 de la Constitucin.

    Derechos del Inventor

    Inventor es la persona a la que se le ocurre hacer una cosa que nadie habahecho. Por ejemplo, se puede inventar una forma especial de sembrar,una mquina o un dibujo muy especial. La ley protege al inventor para queinscriba en un registro su invento o creacin y que slo con su autorizacin,otras personas puedan usarlo o reproducir. Este derecho tambin estrespaldado por el Artculo 42 de la Constitucin.

    En el caso de artesanas

    Para las artesanas, tambin se tiene derecho a ser inventor de diseos.Existe el Decreto 57-2000 Ley de Propiedad Industrial, y dice que losdibujos que se aplican a un producto industrial o de artesana se puedenproteger, con la condicin que den una apariencia especial o muy propia ala artesana y que la distinga de las dems.

    El derecho sobre los diseos o modelos lo tiene el creador y lo puedeinscribir en el Registro de la Propiedad Intelectual a donde debe presentaruna solicitud junto con los diseos.

    Si usted es inventor o autor, puede ir a las ocinas del Registro de la

    Propiedad Intelectual que estn en la ciudad de Guatemala, en la 7.Avenida 7-61 de la zona 4.

    Adems de la Ley de Propiedad Industrial, tambin existe el Decreto 33-98Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, y establece proteccin de

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    Hace muchos aos se pusieron muchas

    fbricas a las orillas del lago de Amatitln,

    esto ensuci o contamin ese lago. Por eso

    ahora, la ley prohbe que se pongan fbricas

    en las orillas de los lagos o ros para evitar su

    contaminacin.

    los derechos de los autores de obras literarias y artsticas, de los artistasintrpretes o ejecutantes, de los productores de fonogramas y de losorganismos de radiodifusin.

    Libertad de industria,comercio y trabajo

    Esta libertad consiste en que cada persona tiene derecho a escoger laactividad econmica en la que quiere trabajar. Por ejemplo, si uno quiereponer una fbrica puede decidir qu y cmo se va a producir en esa fbrica.Tambin tiene la libertad de ganar dinero comerciando alguna cosa,comprando y vendiendo productos legales. Este derecho lo encontramosen el Artculo 43 de la Constitucin.

    Este derecho de industria, comercio y trabajo, tambin tiene sus lmites. LaConstitucin, Art. 43, pone como lmites a estos derechos el inters nacional,motivos sociales o ambientales que estn establecidos en la Ley.

    Un ejemplo de los lmites:

    Otro ejemplo sobre estos lmites, es la prohibicin que hace la Ley de laventa de licor en las cercanas de los centros educativos. Aunque a pesarde eso, hay personas que insisten en este negocio en lugares prohibidos.

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    La institucin del Estado responsable de velar porque se cumplan estas leyeses el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) quien coordinaa travs de la Comisin Nacional del Medio Ambiente (CONAMA).

    Adems en el Artculo 29 bis del Decreto 114-97, Ley del Organismo

    Ejecutivo, dice que al Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales lecorresponde formular y ejecutar las polticas relativas a su ramo: cumplir yhacer que se cumpla el rgimen concerniente a la conservacin, proteccin,sostenibilidad y mejoramiento del ambiente y los recursos naturales enel pas y el derecho humano a un ambiente saludable y ecolgicamenteequilibrado, debiendo prevenir la contaminacin del ambiente, disminuir eldeterioro ambiental y la prdida del patrimonio natural.

    As tambin el Artculo 3 del Decreto 68-86, Ley de Proteccin y Mejoramientodel Medio Ambiente, dice que el Estado destinar los recursos tcnicos ynancieros para el funcionamiento de la CONAMA.

    Inters social ms que el inters particular

    Esto quiere decir que vale ms el bien para muchas personas, que el bienpara una sola. La Constitucin le reconoce sus derechos a cada personay puede usarlos libremente, pero cuando estos derechos se enfrentan ochocan contra los intereses de un grupo de personas o de una comunidad,son ms importantes los intereses de la comunidad que el inters de uno,

    Art. 44 de la Constitucin.

    Por ejemplo, como vimos, la Constitucin reconoce el Derecho de Propiedad,y si en el uso de ese derecho una persona, duea de una nca, cierra un

    camino por donde pasan muchos vecinos, estos vecinos tienen derecho deque se abra otra vez ese camino. Porque el inters de todos ellos es msfuerte que el inters del dueo de la nca.

    Derecho a la resistenciaEs el derecho que tiene todo guatemalteco a desobedecer y oponerse

    a las rdenes abusivas o a los actos injustos o ilegales de la autoridad.Tambin es el derecho a proteger y defender los derechos y garantas quese encuentran escritos en la Constitucin, Art. 45.

    Por ejemplo, si una autoridad trata de entrar en mi casa sin autorizacin ysin orden de un juez, me puedo oponer y no permitir que entre.

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    Sereie: Donde no hay abogado Derechos Fundamentales de las Personas

    Ya hemos avanzando en este recorrido por los Derechos

    Fundamentales y hemos visto los derechos individuales. Estecaptulo ha sido el ms largo, pero la informacin es muy

    valiosa. El ejercicio ser de responder a algunas preguntas

    relacionadas a los derechos que hemos visto.

    En su comunidad, se cumplen stos derechos?

    Sobre los registros y archivos estatales, cree que es importante

    poder revisar la informacin que tiene el gobierno? Por qu?

    En su comunidad se han organizado manifestaciones? Ha

    participado en alguna?

    Acerca de las asociaciones, pertenece a alguna asociacin? Si

    pertenece a alguna, cuntenos por qu.

    Considera que en Guatemala y en su comunidad se pone en

    prctica la libertad de emisin del pensamiento?

    Las religiones son un tema delicado, cmo viven la religin en

    su comunidad, se respetan todas?

    Otro tema que puede ser delicado es el de las armas, tiene

    usted un arma o conoce a alguien que tenga una? Cree que

    todos tienen sus armas de manera legal? Por qu?

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    Sereie: Donde no hay abogado Derechos Fundamentales de las Personas

    Captulo VDerechosSociales

    Las personas tenemos derecho a vivir en un ambiente sano, con una familiaque nos quiera y nos cuide. Adems tenemos derecho a estar sanos y

    podemos cuidar unos de otros

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    Derechos SocialesLos derechos individuales son los que tienen que ver con una personaen particular, en cambio, los derechos sociales, son los que tienen que

    ver con las personas, pero como parte de un grupo o una comunidad conquien el Estado tiene obligaciones que cumplir. Por ejemplo, el Estado estobligado a dar educacin, salud, proteccin y asistencia a la familia, esdecir, a brindarle un nivel de vida adecuado.

    Derechos de la FamiliaLa Constitucin en el Artculo 47, dice que la familia nace con el matrimonioo con la unin de hecho. Dentro de la familia tanto el esposo como la esposatienen iguales derechos, no es ms el hombre, ni ms la mujer, uno no tienederecho a mandar sobre el otro, mucho menos tiene derecho a maltratar ogolpear a su pareja.

    Este derecho no se cumple en muchos lugares. Se piensa que la mujerdebe obedecer al hombre y que si no le obedece, el hombre tienederecho a maltratarla y se piensa tambin que la mujer es la que tienems obligaciones con los hijos y que no tiene derecho a participar en losasuntos de su comunidad. Esto no es correcto, porque ninguna personaest sobre otra. Adems, las personas nos debemos respeto y ms si esnuestra pareja.

    Responsabilidad con los hijos

    La mam no es la que tiene mayor responsabilidad con los hijos pues enla Constitucin se habla de la paternidad responsable. Esto quiere decirque los dos padres tienen la obligacin de ver por el cuidado, educaciny alimentacin de sus hijos. Tambin quiere decir que las personas tienenderecho a decidir libremente cuntos hijos quieren tener y cundo los vana tener.

    Todos los hijos que se tengan son iguales ante la Ley, ya se que nazcan depadres casados, unidos o de madres solteras y cualquier forma de hacerlosde menos es castigada por la Ley. Tambin son iguales ante la Ley los hijosadoptados de acuerdo con el Artculo 50 de la Constitucin.

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    Sereie: Donde no hay abogado Derechos Fundamentales de las Personas

    Ley de Proteccin Integral a la Niez y

    Adolescencia y Ley del Adulto Mayor

    Los nios y nias y los ancianos, tienen derechos. Adems del derecho delos nios a que sus padres los cuiden, les den de comer, los vistan, los cureny los eduquen; los nios y los ancianos tienen derecho a que el Estado losproteja y les d las condiciones para que puedan vivir dignamente.El Estado debe cumplir con esta obligacin creando instituciones o centrosque cuiden a los nios y los ancianos, porque son personas que no sepueden cuidar solas. Igual obligacin tiene el Estado de proteger a laspersonas que tienen capacidades diferentes.

    Proteccin a la mujeres embarazadas

    El Artculo 52 de la Constitucin, dice que el Estado protege a las mujeresembarazadas desde el inicio del embarazo. Esta proteccin consiste enque las mujeres embarazadas no deben hacer trabajos muy duros y no seles puede quitar su trabajo mientras estn embarazadas; tienen derecho aun descanso pagado, y ste se explicar en el libro del Derecho Laboral.

    Derecho a la culturaEs el derecho a participar libremente en la vida cultural y artstica de lacomunidad, as como a beneciarse del progreso cientco y tecnolgico

    de la nacin, Art. 57 de la Constitucin.

    Por ejemplo, se tiene derecho a recibir buena atencin mdica, con losmejores aparatos que hayan.

    Los indgenas tienen derecho a conservar o mantener y transmitir la culturaque han heredado de sus antepasados.

    La Cultura

    A la cultura se le dene como: el conjunto de rasgos distintivos espirituales,materiales, intelectuales, y afectivos de una sociedad o grupo social, quecomprende, adems de las artes y las letras, los estilos de vida, las formasde convivencia, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias,as es como la denen los expertos de la UNESCO.

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    Sin embargo, el Patrimonio Cultural de Guatemala, se forma en sumayora por las expresiones de cultura popular como: ferias patronales,celebraciones de las poblaciones, espectculos de danza, teatro y msica.Las comidas y los textiles particulares de Guatemala, tambin son parte delPatrimonio Cultural.

    Los grupos tnicos de Guatemala con sus idiomas, trajes, comidas y demscaractersticas que los identican, son un complemento importante de la

    cultura guatemalteca.

    La Cultura en la Constitucin

    La Constitucin de Guatemala, en los Artculo 57 al 65, se menciona todo lorelacionado con la cultura, pero no se practica. Por ejemplo, los Qeches deCobn tienen problemas con las ocinas del Estado porque los empleados

    slo hablan espaol y no entienden el idioma maya del lugar, por eso lagente tiene problemas con sus papeles, porque tiene que buscar o pagar aun traductor para hacer cualquier trmite.

    Si se respetara lo que dice la Constitucin, en las comunidades en donde lagente habla un idioma indgena, las ocinas deberan tener gente que hable

    la lengua de la comunidad y los papeles tambin deberan estar escritos enel idioma maya del lugar.

    Derecho a la educacinEs el derecho que tenemos todos losguatemaltecos de aprender a leer y escribiry a recibir una educacin que nos permitaconocer la realidad y desarrollar nuestrascapacidades.

    Para que todos podamos ir a la escuela, laeducacin debe ser GRATUITA, esto quiere

    decir que el Estado debe hacer escuelas yno debe cobrar por ensear. La educacines OBLIGATORAIA, no slo es un derecho,sino es un deber de todos los guatemaltecosir a la escuela. Los padres de familia tienenel derecho a escoger la educacin quequieren para sus hijos.

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    La Constitucin tambin dice que la educacin debe estar de acuerdo conlas necesidades de cada lugar. En los lugares donde la mayora de personasson indgenas, la educacin debe ser en el idioma maya del lugar.

    Por ejemplo, en las escuelas de El Quich y de Totonicapn, en donde hay

    mayora indgena, los maestros deberan dar sus clases en idioma Quicheo en forma bilinge, es decir, en el idioma maya del lugar y en espaol. Lorelacionado con la educacin lo encontramos en los Artculos 71 al 78 dela Constitucin.

    Obligacin de las empresas

    De acuerdo con el Artculo 77 de la Constitucin, los dueos de las ncas,

    comercios o fbricas tienen la obligacin de poner y mantener escuelas,guarderas y centros culturales para sus trabajadores y para los hijos de

    los trabajadores.

    Derecho a la saludEs el derecho que tienen todos los guatemaltecosa tener o disfrutas de una buena salud fsica ymental.

    Es obligacin del Estado proteger, sin discriminacinalguna, la salud de todas las personas que vivenen Guatemala y brindar asistencia o ayuda social

    para evitar enfermedades y curar las que ya existen,Art. 93 de la Constitucin.

    Por eso debe realizar campaas de vacunacin, construir centros y puestosde salud con buena atencin mdica y dar medicinas en cada comunidad.

    El Estado tambin debe cuidar que la leche que vendan no est contaminadao que tenga agua, que la manteca o aceite no sea cebo de animal, porqueeso enferma a las personas, a esto se le conoce como Control de Calidadde Productos y est en la Constitucin en el Artculo 96.

    La Constitucin en el Artculo 98, dice que las comunidades tienen derechoy el deber de participar en la planicacin, ejecucin y evaluacin de los

    programas de salud.

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    Lo que estas personas hacen no est bien. Adems estn violando el Artculo3 del Cdigo de Salud que dice que es responsabilidad de todos y todas,

    a velar, mejorar y conservar la salud personal, familiar y comunitaria, ascomo las condiciones de salubridad del medio en que viven y desarrollansus actividades.

    Derecho a laSeguridad Social

    Segn el Artculo 100 de la Constitucin, todas las personas en Guatemalatienen derecho a la seguridad social, a ser protegidas en caso de accidente,enfermedad, vejez o muerte o por medio del pago de una pensin o cantidadde dinero mensual o curando sus enfermedades. La institucin encargadade la seguridad social es el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social(IGSS).

    En la comunidad en donde vivimos, las

    personas no hacen caso de no quemar la

    basura. Pasan toda la semana juntndola

    y luego la queman. El olor es muy fuerte y

    adems es algo peligroso porque hay campos

    cerca con pasto seco y se puede volver un

    gran incendio. Y cuando hay nios cerca, les

    agarra la tos bien fuerte por estar respirando

    ese humo de la basura.

    Una vecina tiene una quejade otras personas de su

    comunidad

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    Las fbricas, adems de contaminar las fuentes de agua a travs de losqumicos que echan en los desages, tambin contaminan el aire querespiramos, con el humo que sacan. Lo mismo sucede con el humo de losincendios forestales y el humo de camionetas, carros, camiones y otrosvehculos.

    Conservacin de un ambiente sano

    Para proteger el ambiente es necesario que cada uno de nosotros dejede hacer todo aquello que lo contamine o perjudique y si sabemos queotra persona o institucin est contaminando, debemos denunciar ante laautoridad todo hecho, acto u omisin que genere contaminacin y deterioroo prdida de recursos naturales o que afecte los niveles de calidad de vida.

    Si en la localidad no existe un representante de la Comisin Nacional delMedio Ambiente, se puede denunciar ante la autoridad municipal, la que laremitir para su atencin y trmite. Art. 30 Ley de Proteccin y Mejoramientodel Medio Ambiente.

    Adems en cada departamento del pas, existe una delegacin del Ministeriode Ambiente y Recursos Naturales (MARN) a la que puede ir y explicarlo que sucede en su comunidad. Tambin el MARN tiene un nmero detelfono, 1560, para hacer las denuncias de manera condencial.

    Debemos evitar cortar los rboles que no vamos a usar y si cortamos,

    debemos reforestar.

    Por ejemplo, en Santo Domingo Xenacoj, hay gente que no es de lacomunidad que tala rboles y no reforesta. Es un problema porque la gentede otros lados, que venden madera, les autorizan botar rboles, mientrasque la gente de la comunidad que necesita para consumo no la dejan sacarlea de esos terrenos.

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    Sereie: Donde no hay abogado Derechos Fundamentales de las Personas

    Derecho al trabajo

    Es el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vidapor medio de un trabajo pagado y escogido libremente, Art. 101 de laConstitucin. Esto quiere decir que todos podemos trabajan en lo que msnos conviene, pero no debemos afectar los derechos de otras personas.

    Por ejemplo, una persona puede ganarse la vida criando y vendiendogallinas, pero debe cuidar que las gallinas no entren a la parcela del vecinoy se coman la siembra.

    Tambin es el derecho a tener un salario suciente, que garantice al

    trabajador y a su familia poder comer, vestirse, educarse, curarse y vivir.Este salario sebe ser igual que el que se paga a otras personas que hacenel mismo trabajo. Por ejemplo, las mujeres no deben ganar menos si estnhaciendo el mismo trabajo que los hombres.

    Todo trabajo merece recompensa

    Esto signica que nadie nos puede hacer trabajar sin pagarnos. Todo trabajo

    que se haga, debe ser pagado con un salario justo y en quetzales, Art. 102,inciso b), de la Constitucin.

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    Derechos sindicalesLos derechos sindicales son parte de los derechos sociales y es el derechode toda persona de formar o ser parte del sindicato que quiera. El sindicato

    es una asociacin de trabajadores que se unen para defender sus intereseseconmicos, sociales y laborales.

    Tipos de sindicatos

    Empresariales: en donde los trabajadores de una misma empresase unen.Gremiales: cuando participan los trabajadores de diferentesempresas de un mismo gremio.

    Industriales: estn formados por trabajadores de varias profesiones

    y ocios que prestan sus servicios en empresas de una misma

    industria.

    Participacin ciudadana

    Los deberes y derechos polticos hacen que la persona pueda participar

    en las cosas o asuntos del gobierno y en la direccin de su comunidad.Este derecho es limitado en nuestro pas, porque slo lo usamos cuandovotamos en las elecciones. Pero despus las municipalidades, el Congresoy el Presidente trabajan sin pedir, ni respetar la opinin e intereses delpueblo que los eligieron. Es decir, que nos falta mucho por avanzar en elpleno ejercicio de los derechos polticos.

    Elegir y ser electo

    El Artculo 136, inciso b) nos indica que todos los guatemaltecos mayoresde edad tenemos derecho a elegir y ser electos para cargos pblicos, como

    Alcaldes Municipales, Concejales, Diputados, Presidentes, Diputados, etc.,y formar organizaciones, partidos polticos o comits cvicos.

    Tambin tenemos el derecho y deber de cuidar que las votaciones seanlibres, limpias, sin fraudes o trampas.

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    Sereie: Donde no hay abogado Derechos Fundamentales de las Personas

    Como al pueblo le corresponde elegir a sus gobernantes, la forma parahacerlo es por medio del voto y todas las personas tenemos derecho avotar. El voto debe ser secreto y no se puede obligar a nadie a votar poralguna persona o partido poltico.

    Derecho a ser electoTodos los guatemaltecos, hombres y mujeres, mayores de 18 aos,tenemos el derecho y el deber de inscribirnos o estar en la lista del Registrode Ciudadanos (empadronamiento) para poder votar. Todo lo anterior estrespaldado por el Art. 136 de la Constitucin.

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    Este captulo quinto es la penltima parada por el recorrido

    de los Derechos Fundamentales y hemos conocido ms

    acerca de los derechos sociales y la participacin ciudadana.

    Vamos a ejercitar con los nuevos conocimientos.

    En su comunidad, cmo se promueven los derechos

    humanos?

    Si no se conocen, qu actividades propone usted para

    ayudar a las personas a que conozcan sus derechos?

    Como vivir en un ambiente sano es un derecho, cuntenos

    cmo es su comunidad, Tienen contaminacin? Cmo

    cuidan el ambiente?

    Ahora, respecto a la participacin ciudadana, ha participado

    en algunas elecciones en su comunidad? Cmo son los

    procesos que siguen?

  • 8/10/2019 Derechos Fundamentales. Donde No hay Abogado.pdf

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    Sereie: Donde no hay abogado Derechos Fundamentales de las Personas

    Captulo VIGarantas

    Constitucionales

    Por qu cree que el seor deseahablar con el Procurador de los

    Derechos Humanos?

    Sabe usted, quin es elrepresentante del Procurador en

    su comunidad?

    Las personas tenemos derechos

    y stos se deben respetar porcualquier persona sin importar

    si es autoridad o no. Y si nolos respetan hay personas quenos pueden ayudar, como elProcurador de los Derechos

    Humanos.

  • 8/10/2019 Derechos Fundamentales. Donde No hay Abogado.pdf

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    Sereie

    :

    Donde

    no

    hay

    abogado

    ODHAG

    DerechosFundamentalesdelasPersonas

    En caso que violennuestros derechos

    La Constitucin nos da medidas o normas que nos protegen cuando nose respetan nuestros derechos. Estas medidas se llaman GarantasConstitucionales, que son las herramientas que nos da la ley para protegernuestros derechos fundamentales. Utilizamos esas herramientas cuandohacemos trmites para que una autoridad nos proteja.

    Esto lo podemos encontrar en el Artculo 82 de la Ley de Amparo, Exhibiciny Constitucionalidad y en los Artculos 263 y 264 de la Constitucin.

    La Constitucin dice que hay tres garantas que son:

    La Exhibicin Personal: Artculo 2631.El Proceso de Amparo: Artculo 2652.La Inconstitucionalidad de las Leyes: Artculos 266 y 3673.

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