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Derechos del autor Breitner Aimar Orozco Ninfa Astrid Emilio Sotomayor 2014

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Derechos del autor

Breitner Aimar Orozco

Ninfa Astrid

Emilio Sotomayor

2014

DERECHOS DEL AUTOR

El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (los derechos de autor), por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita. La legislación sobre derechos de autor en Occidente se inicia en 1710 con el Estatuto de la Reina Ana.

Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.1

En el derecho anglosajón se utiliza la noción de copyright (traducido literalmente como ‘derecho de copia’) que —por lo general— comprende la parte patrimonial de los derechos de autor (derechos patrimoniales).

Derechos patrimoniales

Al contrario que los morales, estos derechos pueden cederse casi con toda libertad tanto por actos inter vivos comomortis causa, y son los siguientes:

Tecnología y derechos de autor

La tecnología que nos permite crear, publicar y acceder a la información parece ir continuamente por delante de las leyes que no consiguen estar a la altura de la situación, aunque se han producido algunos avances significativos. La historia de los derechos de autor es una continua adaptación según se van produciendo los cambios comerciales y técnicos. Las TIC crean continuamente nuevos retos y la ley trata de ir respondiéndolos, pero esto no significa que el uso y gestión de la tecnología no esté regulada, o está más allá de la ley.

copyright 

El símbolo del copyright “©” se usa para indicar que una obra está sujeta aLa protección que ofrece un copyright. abarca las obras que pueden percibirse, reproducirse comunicarse tanto directamente como con la ayuda de una máquina o dispositivos. Los programas de software informático están sujetos a la protección de copyright al igual que las obras literarias, incluso aunque existan en un formato (como, por ejemplo, un código objeto) ininteligible para los seres humanos. derecho de autor.

¿Para que nos sirven los derechos del autor?

Los derechos del autor fueron creados para evitar un robo de idea. Es decir en caso de que una persona cree una idea ya sea literaria, cinematográfica, etc. Con los derechos del autor evitamos que esta idea se copiada, falsificada o duplicada.

Contrario a la libre difusión de la cultura

Al producir obras bajo derechos de autor se limita la libre difusión de obras culturales, debido a esto muchos países han comenzado a legislar para que las obras producidas con fondos públicos se liberen bajo licencias libres como copyleft o Creative Commons para que puedan ser disfrutadas por toda la población sin límites ni diferencias, democratizando la cultura y la educación.

Clases de derechos de autor

Derechos patrimoniales: son aquellos que permiten de manera exclusiva la explotación de la obra hasta un plazo contado a partir de la muerte del último de los autores, posteriormente pasan a formar parte del dominio público pudiendo cualquier persona explotar la obra.

Derechos morales: son aquellos ligados al autor de manera permanente y son irrenunciables e imprescriptibles.

Derechos conexos: son aquellos que protegen a personas distintas al autor, como pueden ser los artistas, intérpretes, traductores, editores, productores, etc.

Evolución del copyright

En 1790, las obras protegidas por la Copyright Act de Estados Unidos eran solo los “mapas, cartas de navegación y libros” (no cubría las obras musicales o de arquitectura). Este copyright otorgaba al autor el derecho exclusivo a publicar las obras, por lo que solo se violaba tal derecho si reimprimía la obra sin el permiso de su titular. Además, este derecho no se extendía a las “obras derivadas” (era un derecho exclusivo sobre la obra en particular), por lo que no impedía las traducciones o adaptaciones de dicho texto. Con los años, el titular del copyright obtuvo el derecho exclusivo a controlar cualquier publicación de su obra. Sus derechos se extendieron, de la obra en particular, a cualquier obra .