derechos de propiedad, patentes, licencias,.. e innovación

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Derechos de Propiedad (patentes, licencias, etc.), Derechos de Propiedad (patentes, licencias, etc.), Normativa Nacional e Internacional y cómo afecta Normativa Nacional e Internacional y cómo afecta a la innovación y emprendimiento en la era digital. a la innovación y emprendimiento en la era digital. Aviso legal Esta presentación está sujeta a una licencia Reconocimiento-Compartir Igual 2.0 de Creative Commons. Se permite la reproducción, distribución y comunicación pública siempre y cuando se cite el autor (HCGlobal Group) y no se haga un uso comercial. Si se transforma esta obra para generar una nueva obra derivada, se debe distribuir con una licencia igual a la que regula la obra original. La licencia completa se puede consultar en http://creativecommons.org/licenses/by-nc/2.0/cl/legalcode

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Derechos de Propiedad (patentes, licencias, etc.),Derechos de Propiedad (patentes, licencias, etc.),Normativa Nacional e Internacional y cómo afectaNormativa Nacional e Internacional y cómo afectaa la innovación y emprendimiento en la era digital.a la innovación y emprendimiento en la era digital.

Aviso legalEsta presentación está sujeta a una licencia Reconocimiento-Compartir Igual 2.0 de Creative Commons. Se permite la reproducción, distribución y comunicación pública siempre ycuando se cite el autor (HCGlobal Group) y no se haga un uso comercial. Si se transforma esta obra para generar una nueva obra derivada, se debe distribuir con una licencia igual a laque regula la obra original. La licencia completa se puede consultar enhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc/2.0/cl/legalcode

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InvestigaciónInvestigación, Asesorías y Negocios, Asesorías y Negocios

Santiago-Chile, Latinoamérica. [email protected] www.hcglobalgroup.com

Hugo Céspedes A.Hugo Céspedes A.0303--0808--20082008

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: La Propiedad.

Desde tiempo remotos, “la propiedad” fue uno de los derechos primordiales y básicos de la civilización humana”. Fuela civilización romana y su imperio quienes desarrollaron con mayor detenimiento un régimen específico,especializado y probablemente el más completo de la historia, tanto así que su desarrollo constituye los cimientos delderecho de la gran cultura occidental.

La Propiedad.-

Es fundamental conocer las diferentes acepciones de lo que es propiedad. La propiedad ha sido definida dediferentes maneras por distintos autores, así encontraremos entre las diferentes definiciones:

- “La propiedad (dominio): Es el derecho real más amplio contenido, ya que comprende todas las facultades que eltitular puede ejercer sobre las cosas y es un derecho autónomo por cuanto no depende de ningún otro. Es el dominiomás general que puede ejercer sobre las cosas”.

- “La propiedad como una facultad que corresponde a una persona llamada propietario, de obtener directamente deuna cosa determinada, toda la utilidad jurídica que esa cosa es susceptible de proporcionar”.

- La propiedad es el derecho de obtener de un objetivo toda la satisfacción que éste pueda proporcionar”.- La propiedad es todo aquello en virtud de lo cual las ventajas que pueden procurar una cosa corporal son atribuidas

totalmente a una persona”.- La propiedad es el derecho real por excelencia, el más conocido y antiguo de todos los derechos reales o el dominio

completo o exclusivo que ejerce una persona obre una cosa corporal”.

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Derechos de Propiedad: La Propiedad.

Desde tiempo remotos, “la propiedad” fue uno de los derechos primordiales y básicos de la civilización humana”. Fuela civilización romana y su imperio quienes desarrollaron con mayor detenimiento un régimen específico,especializado y probablemente el más completo de la historia, tanto así que su desarrollo constituye los cimientos delderecho de la gran cultura occidental.

La Propiedad.-

Es fundamental conocer las diferentes acepciones de lo que es propiedad. La propiedad ha sido definida dediferentes maneras por distintos autores, así encontraremos entre las diferentes definiciones:

- “La propiedad (dominio): Es el derecho real más amplio contenido, ya que comprende todas las facultades que eltitular puede ejercer sobre las cosas y es un derecho autónomo por cuanto no depende de ningún otro. Es el dominiomás general que puede ejercer sobre las cosas”.

- “La propiedad como una facultad que corresponde a una persona llamada propietario, de obtener directamente deuna cosa determinada, toda la utilidad jurídica que esa cosa es susceptible de proporcionar”.

- La propiedad es el derecho de obtener de un objetivo toda la satisfacción que éste pueda proporcionar”.- La propiedad es todo aquello en virtud de lo cual las ventajas que pueden procurar una cosa corporal son atribuidas

totalmente a una persona”.- La propiedad es el derecho real por excelencia, el más conocido y antiguo de todos los derechos reales o el dominio

completo o exclusivo que ejerce una persona obre una cosa corporal”.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: La Propiedad.

Podría resumirse que:

- La propiedad es señorío más general que existe sobre la cosa.- El señorío no requiere que el titular del derecho esté en contacto inmediato de ejercerlo libremente con lo cual dicho

derecho conserva toda plenitud.- La propiedad procura ventajas a su titular, quién no solo usa y goza la cosa, sino que abusa y dispone de ella a

voluntad, por estar sometido exclusivamente a su poder.- El derecho de propiedad se ejerce sobre una cosa corpórea o tangible. No tiene validez en relación con las cosas

incorporales, pues ésta no puede entregarse, poseerse o construir un dominio. Sólo son susceptibles de cuasi-posesión, cuasi-tradición y cuasi-dominio, aún cuando ellas forman parte del patrimonio.

- La propiedad es un derecho. Esto significa que el titular del derecho de propiedad le asiste un título jurídico. Este esel fenómeno concreto en el cual descansa y se legitima el derecho y el cual invoca el titular cuando, por perturbacióno despojo, se lesiona su derecho.

- La propiedad es el derecho por excelencia. Es un vínculo directo entre el sujeto y el objeto. Se ejercita sinconsideración a personas determinadas. La sociedad debe respetar el ejercicio legitimo de ese derecho, por lo quetodos los miembros de la sociedad, sin excepción, están obligados a abstenerse de perturbarlo. Es considerado elderecho real por excelencia por cuanto todos los demás derechos reales se subordinan a él.

- La propiedad es, de los derechos reales, el más antiguo y reconocido.- Finalmente, podríamos definir la PROPIEDAD como el derecho real de usar, gozar y disponer de las cosas, de las

cuales se es propietario, sujeto a las restricciones impuestas por la ley y defendible por acción reivindicatoria.

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Derechos de Propiedad: La Propiedad.

Podría resumirse que:

- La propiedad es señorío más general que existe sobre la cosa.- El señorío no requiere que el titular del derecho esté en contacto inmediato de ejercerlo libremente con lo cual dicho

derecho conserva toda plenitud.- La propiedad procura ventajas a su titular, quién no solo usa y goza la cosa, sino que abusa y dispone de ella a

voluntad, por estar sometido exclusivamente a su poder.- El derecho de propiedad se ejerce sobre una cosa corpórea o tangible. No tiene validez en relación con las cosas

incorporales, pues ésta no puede entregarse, poseerse o construir un dominio. Sólo son susceptibles de cuasi-posesión, cuasi-tradición y cuasi-dominio, aún cuando ellas forman parte del patrimonio.

- La propiedad es un derecho. Esto significa que el titular del derecho de propiedad le asiste un título jurídico. Este esel fenómeno concreto en el cual descansa y se legitima el derecho y el cual invoca el titular cuando, por perturbacióno despojo, se lesiona su derecho.

- La propiedad es el derecho por excelencia. Es un vínculo directo entre el sujeto y el objeto. Se ejercita sinconsideración a personas determinadas. La sociedad debe respetar el ejercicio legitimo de ese derecho, por lo quetodos los miembros de la sociedad, sin excepción, están obligados a abstenerse de perturbarlo. Es considerado elderecho real por excelencia por cuanto todos los demás derechos reales se subordinan a él.

- La propiedad es, de los derechos reales, el más antiguo y reconocido.- Finalmente, podríamos definir la PROPIEDAD como el derecho real de usar, gozar y disponer de las cosas, de las

cuales se es propietario, sujeto a las restricciones impuestas por la ley y defendible por acción reivindicatoria.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad.

El Derecho de propiedad es “el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a su titular lacapacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que impongan la ley”. El es el derecho que implica elejercicio de las facultades jurídicas más amplias que el ordenamiento jurídico concede sobre un bien.

El objeto del derecho de propiedad esta constituido por todos los bienes susceptibles de apropiación. Para que secumpla tal condición, en general, se requieren tres condiciones:

- Que el bien sea “útil”, ya que si no lo fuera carecería de fin la apropiación.- Que el bien exista en cantidad limitada.- Que sea susceptible de ocupación, porque de otro modo no podrá actuarse.

“El Derecho de Propiedad sería el derecho real en una cosa corporal para gozar y disponer de ella arbitrariamente, nosiendo contra la ley o contra el derecho ajeno. La propiedad separada del goce de la cosa se llama mera o nuda

propiedad”.

Definición de Derecho de PropiedadAndrés Bello

Artículo 582, Código Civil de Chile.

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Derechos de Propiedad.

El Derecho de propiedad es “el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a su titular lacapacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que impongan la ley”. El es el derecho que implica elejercicio de las facultades jurídicas más amplias que el ordenamiento jurídico concede sobre un bien.

El objeto del derecho de propiedad esta constituido por todos los bienes susceptibles de apropiación. Para que secumpla tal condición, en general, se requieren tres condiciones:

- Que el bien sea “útil”, ya que si no lo fuera carecería de fin la apropiación.- Que el bien exista en cantidad limitada.- Que sea susceptible de ocupación, porque de otro modo no podrá actuarse.

“El Derecho de Propiedad sería el derecho real en una cosa corporal para gozar y disponer de ella arbitrariamente, nosiendo contra la ley o contra el derecho ajeno. La propiedad separada del goce de la cosa se llama mera o nuda

propiedad”.

Definición de Derecho de PropiedadAndrés Bello

Artículo 582, Código Civil de Chile.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad.

Se considera que el derecho de propiedad pleno comprende tres facultades:

- Uso.- Disfrute.- Disposición.

La concepción del derecho de propiedad tiene su origen en el derecho romano (como sinónimo de facultad oatribución correspondiente a un sujeto).

Como institución social y jurídica, el derecho de propiedad puede ser definida como:

“El conjunto de derechos y obligaciones que definen las relaciones entre individuos y grupos, con respecto a quéfacultades de disposición y uso sobre bienes materiales les corresponden”.

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Derechos de Propiedad.

Se considera que el derecho de propiedad pleno comprende tres facultades:

- Uso.- Disfrute.- Disposición.

La concepción del derecho de propiedad tiene su origen en el derecho romano (como sinónimo de facultad oatribución correspondiente a un sujeto).

Como institución social y jurídica, el derecho de propiedad puede ser definida como:

“El conjunto de derechos y obligaciones que definen las relaciones entre individuos y grupos, con respecto a quéfacultades de disposición y uso sobre bienes materiales les corresponden”.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad.

Se considera que el dominio o propiedad está integrado por tres facultades o derechos:

- El propietario tiene derecho a servirse de las cosas para sus intereses y de acuerdo con la función social del derecho,siempre y cuando esas conductas no violen preceptos legales ya establecidos o causen lesiones a los derechos deotros propietarios.

- El propietario tiene el derecho a goce sobre la cosa. El propietario tiene el derecho de aprovechar y disponer losfrutos o productos que genere el bien. La regla general es que el propietario de una cosa es también propietario detodo aquello que la cosa produzca, con o sin su intervención. Los frutos pueden ser “naturales” o “civiles”. Los frutosnaturales son aquellos que la cosa produce natural o artificialmente sin detrimento de su sustancia. En ese aspectose distinguen de los denominados productos: Tratándose de un manzanar, las manzanas son frutos naturales y aleña de los árboles son sus productos.

- El propietario tiene derecho a disponer sobre la cosa. El propietario, bajo la premisa de que la cosa está bajo sudominabilidad ( (poder de hecho y voluntad de posesión), puede hacer con ella lo que quiera, incluyendo dañarla odestruirla (disposición material), salvo que esto sea contrario a su función social: ejemplo, el propietario de un bienintegrante del patrimonio cultural no puede destruirlo y, de hecho, puede estar obligado a su conservación. Delmismo modo, puede el propietario disponer de sus derecho real (disposición jurídica): así, puede enajenar la cosa,venderla, donarla y, en general, desligarse de su derecho de propiedad y dárselo a otra persona; incluso renunciaral derecho o abandonar la cosa Son actos de disposición aquellos en los que el propietario constituye a favor deotra persona un derecho real limitado, como el usufructúo, la servidumbre, la prenda o la hipoteca.

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Derechos de Propiedad.

Se considera que el dominio o propiedad está integrado por tres facultades o derechos:

- El propietario tiene derecho a servirse de las cosas para sus intereses y de acuerdo con la función social del derecho,siempre y cuando esas conductas no violen preceptos legales ya establecidos o causen lesiones a los derechos deotros propietarios.

- El propietario tiene el derecho a goce sobre la cosa. El propietario tiene el derecho de aprovechar y disponer losfrutos o productos que genere el bien. La regla general es que el propietario de una cosa es también propietario detodo aquello que la cosa produzca, con o sin su intervención. Los frutos pueden ser “naturales” o “civiles”. Los frutosnaturales son aquellos que la cosa produce natural o artificialmente sin detrimento de su sustancia. En ese aspectose distinguen de los denominados productos: Tratándose de un manzanar, las manzanas son frutos naturales y aleña de los árboles son sus productos.

- El propietario tiene derecho a disponer sobre la cosa. El propietario, bajo la premisa de que la cosa está bajo sudominabilidad ( (poder de hecho y voluntad de posesión), puede hacer con ella lo que quiera, incluyendo dañarla odestruirla (disposición material), salvo que esto sea contrario a su función social: ejemplo, el propietario de un bienintegrante del patrimonio cultural no puede destruirlo y, de hecho, puede estar obligado a su conservación. Delmismo modo, puede el propietario disponer de sus derecho real (disposición jurídica): así, puede enajenar la cosa,venderla, donarla y, en general, desligarse de su derecho de propiedad y dárselo a otra persona; incluso renunciaral derecho o abandonar la cosa Son actos de disposición aquellos en los que el propietario constituye a favor deotra persona un derecho real limitado, como el usufructúo, la servidumbre, la prenda o la hipoteca.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Caracteres del Derecho de Propiedad.

El derecho de propiedad es un poder moral, exclusivo y perfecto, pero con carácter de limitación y subordinación, asícomo también perpetuo:

- Es un poder moral: Debido a que la apropiación que se hace del bien es reflexiva y no instintiva, es decir, ladestinación al fin se hace previo el conocimiento del fin que se acepta libremente.

- Es un derecho exclusivo, derivado de la limitación esencial de la utilidad en muchos objetos, que no puedeaplicarse a remediar las necesidades de muchos individuos a la vez. Por esta razón, no son bienes apropiables losllamados de uso inagotable o bienes libres, que existen en cantidades sobrantes para todos, como el aireatmosférico, el mar o la luz solar.

- Es un derecho perfecto: El derecho de propiedad puede recaer sobre la sustancia misma de la cosa sobre suutilidad o sobre sus frutos: de aquí deriva el concepto de domino imperfecto según que el dominio se ejerza sobrela sustancia (dominio radical) o sobre la utilidad (dominio de uso o sobre los frutos, dominio de usufructo). Estastres clases de dominio, al hallarse en un solo sujeto, constituyen el dominio pleno o perfecto. El derecho depropiedad es un derecho perfecto, pues por él, todo propietario puede reclamar o defender la posesión de la cosa,incluso mediante un uso proporcionado de la fuerza, y disponer plenamente de su utilidad y aun de sus substancia,con la posibilidad en determinados supuestos de destruir la cosa.

- Es un derecho limitado o restringido por las exigencias del bien común, por la necesidad ajena y por la ley, ysubordinado, en todo caso, al deber moral.

- Es perpetuo, porque no existe un término establecido para dejar de ser propietario.

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Derechos de Propiedad: Caracteres del Derecho de Propiedad.

El derecho de propiedad es un poder moral, exclusivo y perfecto, pero con carácter de limitación y subordinación, asícomo también perpetuo:

- Es un poder moral: Debido a que la apropiación que se hace del bien es reflexiva y no instintiva, es decir, ladestinación al fin se hace previo el conocimiento del fin que se acepta libremente.

- Es un derecho exclusivo, derivado de la limitación esencial de la utilidad en muchos objetos, que no puedeaplicarse a remediar las necesidades de muchos individuos a la vez. Por esta razón, no son bienes apropiables losllamados de uso inagotable o bienes libres, que existen en cantidades sobrantes para todos, como el aireatmosférico, el mar o la luz solar.

- Es un derecho perfecto: El derecho de propiedad puede recaer sobre la sustancia misma de la cosa sobre suutilidad o sobre sus frutos: de aquí deriva el concepto de domino imperfecto según que el dominio se ejerza sobrela sustancia (dominio radical) o sobre la utilidad (dominio de uso o sobre los frutos, dominio de usufructo). Estastres clases de dominio, al hallarse en un solo sujeto, constituyen el dominio pleno o perfecto. El derecho depropiedad es un derecho perfecto, pues por él, todo propietario puede reclamar o defender la posesión de la cosa,incluso mediante un uso proporcionado de la fuerza, y disponer plenamente de su utilidad y aun de sus substancia,con la posibilidad en determinados supuestos de destruir la cosa.

- Es un derecho limitado o restringido por las exigencias del bien común, por la necesidad ajena y por la ley, ysubordinado, en todo caso, al deber moral.

- Es perpetuo, porque no existe un término establecido para dejar de ser propietario.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Clasificación.

Se puede clasificar en varias especies de propiedad, de acuerdo a:

SUJETO:- Pública: Si corresponde a la colectividad en general.- Privada: Cuando el derecho está asignado a determinada persona o grupo y las facultades dimanantes del derecho

se ejercitan con exclusión de otros individuos.- Individual: Si el derecho lo ejerce un solo individuo.- Colectiva Privada: Cuando el derecho es ejercido por varias personas.- Colectiva Pública: Si la propiedad corresponde a la colectividad y es ejercida por un ente público (municipio o

estado, entre otros).

POR NATURALEZA:- PropiedadMueble: Si puede transportarse de un lugar a otro.- Propiedad Inmueble o Bienes Raíces: Son las que no pueden transportarse de n lugar a otro.- Propiedad corporal: La que tiene un ser real y puede ser percibida por los sentidos, como una casa, n libro, entre

otros.- Propiedad incorporal: Si esa constituida por meros derechos, como un crédito, una servidumbre, entre otros.

POR OBJETO:- Propiedad de bienes destinados al consumo.- Propiedad de bienes de producción.

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Derechos de Propiedad: Clasificación.

Se puede clasificar en varias especies de propiedad, de acuerdo a:

SUJETO:- Pública: Si corresponde a la colectividad en general.- Privada: Cuando el derecho está asignado a determinada persona o grupo y las facultades dimanantes del derecho

se ejercitan con exclusión de otros individuos.- Individual: Si el derecho lo ejerce un solo individuo.- Colectiva Privada: Cuando el derecho es ejercido por varias personas.- Colectiva Pública: Si la propiedad corresponde a la colectividad y es ejercida por un ente público (municipio o

estado, entre otros).

POR NATURALEZA:- PropiedadMueble: Si puede transportarse de un lugar a otro.- Propiedad Inmueble o Bienes Raíces: Son las que no pueden transportarse de n lugar a otro.- Propiedad corporal: La que tiene un ser real y puede ser percibida por los sentidos, como una casa, n libro, entre

otros.- Propiedad incorporal: Si esa constituida por meros derechos, como un crédito, una servidumbre, entre otros.

POR OBJETO:- Propiedad de bienes destinados al consumo.- Propiedad de bienes de producción.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Modos de Adquirir una Propiedad.

Los modos de adquirir la propiedad son aquellos hechos o negocios jurídicos que producen la radicación o traslaciónde la propiedad en un patrimonio determinado. A este modo de adquirir la propiedad se le llama también “título” yexisten diversas clasificaciones:

- A título universal.- A título oneroso y gratuito.- Originarios.- Derivados.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: La importancia de la Propiedad .

La necesidad de este derecho es tal que sin éste, por ejemplo, no sería posible calcular ningún costo, ni la retribuciónque se le ha de pagar a una persona por desempeñar su trabajo. El desarrollo que ha experimentado el ser humanosería impensable si este derecho no existiese, y es que el ahorro es imposible sin propiedad.

Al comparar la situación económica entre los distintos países del mundo, es casi inevitable preguntarse las razones porla que son tan dispares. Tradicionalmente se solía explicar esta diferencia por la distribución de las materias primas anivel mundial. Sin embargo, esta explicación dejó de tener sentido al comprobarse que países muy desarrolladospodían existir en zonas de baja concentración de recursos.

Posteriormente se acudió a la teoría de la explotación internacional entre los países, según la cual, los países pobres seencontraban en esta situación porque habían sido colonia de países ricos. Una vez que obtuvieron su independenciapartieron desde una situación de desventaja al haber quedado toda la industria en la antigua metrópoli. Esta teoríacayó por su propio peso cuando se comprobó que países en principio poco desarrollados económicamenteexperimentaban un desarrollo espectacular, mientras que otros que llevaban varias décadas más siendoindependientes y que gozaban de una situación de partida más elevada, seguían al cabo de los años con una rentamuy inferior al de las antiguas metrópolis.

Si tratamos de obtener características comunes en los países de menor riqueza económica, nos encontramos con unafundamental: “la inseguridad jurídica de las propiedades de los ciudadanos más pobres”. El proceso legal para adquiriry defender una propiedad frente a terceros es tan engorroso en dichos países que sólo los ciudadanos más pudientes,que pueden contratar los servicios de grandes asesores y que gozan de grandes contactos con sus respectivasadministraciones públicas, pueden completarlo con ciertas garantías.

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Derechos de Propiedad: La importancia de la Propiedad .

La necesidad de este derecho es tal que sin éste, por ejemplo, no sería posible calcular ningún costo, ni la retribuciónque se le ha de pagar a una persona por desempeñar su trabajo. El desarrollo que ha experimentado el ser humanosería impensable si este derecho no existiese, y es que el ahorro es imposible sin propiedad.

Al comparar la situación económica entre los distintos países del mundo, es casi inevitable preguntarse las razones porla que son tan dispares. Tradicionalmente se solía explicar esta diferencia por la distribución de las materias primas anivel mundial. Sin embargo, esta explicación dejó de tener sentido al comprobarse que países muy desarrolladospodían existir en zonas de baja concentración de recursos.

Posteriormente se acudió a la teoría de la explotación internacional entre los países, según la cual, los países pobres seencontraban en esta situación porque habían sido colonia de países ricos. Una vez que obtuvieron su independenciapartieron desde una situación de desventaja al haber quedado toda la industria en la antigua metrópoli. Esta teoríacayó por su propio peso cuando se comprobó que países en principio poco desarrollados económicamenteexperimentaban un desarrollo espectacular, mientras que otros que llevaban varias décadas más siendoindependientes y que gozaban de una situación de partida más elevada, seguían al cabo de los años con una rentamuy inferior al de las antiguas metrópolis.

Si tratamos de obtener características comunes en los países de menor riqueza económica, nos encontramos con unafundamental: “la inseguridad jurídica de las propiedades de los ciudadanos más pobres”. El proceso legal para adquiriry defender una propiedad frente a terceros es tan engorroso en dichos países que sólo los ciudadanos más pudientes,que pueden contratar los servicios de grandes asesores y que gozan de grandes contactos con sus respectivasadministraciones públicas, pueden completarlo con ciertas garantías.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: La importancia de la Propiedad.

Para el resto de los ciudadanos, la seguridad jurídica es nula. Así, tienen que prevalecer frente a terceros. Loscomplejos procesos burocráticos son poco menos que de imposible acceso para la población en general.

Así, en estos países, la mayor parte de los ciudadanos compran y venden bienes cuya propiedad es, o bien desconocidao bien negada por sus administraciones públicas. En dicha situación el ahorro para los pequeños emprendedores sevuelve imposible. Poca gente se atreve a mejorar su negocio, cuando la propiedad de éste puede ser revocada por elEstado en cualquier momento. Además se encuentran con la dificultad añadida de que le resulta prácticamenteimposible acudir a los mercados financieros, ya que no disponen de ninguna garantía que ofrecer al banco paraobtener préstamos, al no ser reconocido oficialmente sus derechos de propiedad.

Es por ello que la debilidad de los derechos de propiedad se convierte en el principal obstáculo al que se enfrentan losciudadanos pobres de los tradicionalmente denominados países subdesarrollados.

Por tanto, el derecho a la propiedad no es la causa de la pobreza de muchos seres humanos. Es justo al revés: sunegación es la que motiva que éstos no puedan beneficiarse del fruto de su trabajo. La propiedad es una herramientaesencial para que los ciudadanos puedan ver el resultado del trabajo que desempeñan y que se éste se materialiceen forma de inversión, plasmándose en diversas adquisiciones que queden, con seguridad, en las manos de estospequeños emprendedores.

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Derechos de Propiedad: La importancia de la Propiedad.

Para el resto de los ciudadanos, la seguridad jurídica es nula. Así, tienen que prevalecer frente a terceros. Loscomplejos procesos burocráticos son poco menos que de imposible acceso para la población en general.

Así, en estos países, la mayor parte de los ciudadanos compran y venden bienes cuya propiedad es, o bien desconocidao bien negada por sus administraciones públicas. En dicha situación el ahorro para los pequeños emprendedores sevuelve imposible. Poca gente se atreve a mejorar su negocio, cuando la propiedad de éste puede ser revocada por elEstado en cualquier momento. Además se encuentran con la dificultad añadida de que le resulta prácticamenteimposible acudir a los mercados financieros, ya que no disponen de ninguna garantía que ofrecer al banco paraobtener préstamos, al no ser reconocido oficialmente sus derechos de propiedad.

Es por ello que la debilidad de los derechos de propiedad se convierte en el principal obstáculo al que se enfrentan losciudadanos pobres de los tradicionalmente denominados países subdesarrollados.

Por tanto, el derecho a la propiedad no es la causa de la pobreza de muchos seres humanos. Es justo al revés: sunegación es la que motiva que éstos no puedan beneficiarse del fruto de su trabajo. La propiedad es una herramientaesencial para que los ciudadanos puedan ver el resultado del trabajo que desempeñan y que se éste se materialiceen forma de inversión, plasmándose en diversas adquisiciones que queden, con seguridad, en las manos de estospequeños emprendedores.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

El concepto y función de los bienes inmateriales en una economía de mercado, basa sobre dos fuentes:

- Propiedad Intelectual (patentes, marcas y diseños industriales).- La Propiedad Intelectual (derechos sobre las obras literarias y artísticas, las películas, las obras musicales y las

obras de arte).

La Propiedad Intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:• Las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes, los dibujos y modelos

utilizados en el comercio.

La propiedad intelectual se divide en 2 categorías:1. La propiedad Industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e

indicaciones geográficas de origen.2. El Derecho de Autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de

teatro, las películas, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseñosarquitectónicos.

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Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

El concepto y función de los bienes inmateriales en una economía de mercado, basa sobre dos fuentes:

- Propiedad Intelectual (patentes, marcas y diseños industriales).- La Propiedad Intelectual (derechos sobre las obras literarias y artísticas, las películas, las obras musicales y las

obras de arte).

La Propiedad Intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente:• Las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes, los dibujos y modelos

utilizados en el comercio.

La propiedad intelectual se divide en 2 categorías:1. La propiedad Industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e

indicaciones geográficas de origen.2. El Derecho de Autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de

teatro, las películas, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseñosarquitectónicos.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Derechos de Propiedad Intelectual:

Derecho que adquiere un inventor o creador de un signo distintivo en el momento de registrar su invento o signo. Los derechos de propiedad son un tipo de propiedad:

- Inmaterial.- Transmisible.- Territorial.- De duración limitada.- Exclusivo.

Métodos de protección de los Derechos de Propiedad Intelectual:

Métodos No Confidenciales: Patentes, Modelos de Utilidad, Diseños y Dibujos, Circuitos integrados, Signosdistintivos, Derechos de Autor, entre otros.

Métodos Confidenciales: Secreto Industrial, Acuerdos de no divulgación y uso restringido, Acuerdos de Licencia detecnología, Manejo Confidencial de la Información, entre otros.

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Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Derechos de Propiedad Intelectual:

Derecho que adquiere un inventor o creador de un signo distintivo en el momento de registrar su invento o signo. Los derechos de propiedad son un tipo de propiedad:

- Inmaterial.- Transmisible.- Territorial.- De duración limitada.- Exclusivo.

Métodos de protección de los Derechos de Propiedad Intelectual:

Métodos No Confidenciales: Patentes, Modelos de Utilidad, Diseños y Dibujos, Circuitos integrados, Signosdistintivos, Derechos de Autor, entre otros.

Métodos Confidenciales: Secreto Industrial, Acuerdos de no divulgación y uso restringido, Acuerdos de Licencia detecnología, Manejo Confidencial de la Información, entre otros.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Derecho de Autor:

Como todos los campos de la Propiedad Intelectual, el Derecho de Autor guarda relación con la protección deobras del intelecto humano.

Es aquel que protege las obras, es decir, la expresión de conceptos, que el derecho común lo considera como unbien patrimonial susceptible de explotación económica.

Tipos de Derechos Amparados por el Derecho de Autor:

Derechos Patrimoniales: Permiten al titular de los derechos obtener una remuneración derivada de uso de susobras por otros.

Derechos Morales: Que permiten al autor tomar ciertas medidas para conservar el lazo personal existente entre elautor y la obra.

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Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Derecho de Autor:

Como todos los campos de la Propiedad Intelectual, el Derecho de Autor guarda relación con la protección deobras del intelecto humano.

Es aquel que protege las obras, es decir, la expresión de conceptos, que el derecho común lo considera como unbien patrimonial susceptible de explotación económica.

Tipos de Derechos Amparados por el Derecho de Autor:

Derechos Patrimoniales: Permiten al titular de los derechos obtener una remuneración derivada de uso de susobras por otros.

Derechos Morales: Que permiten al autor tomar ciertas medidas para conservar el lazo personal existente entre elautor y la obra.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Derechos de Propiedad Industrial:

Los Derechos de Propiedad industrial tienen una naturaleza absoluta y excluyente y son oponibles. Enconsecuencia, por una parte, confieren a su titular una facultad de uso del mismo en el mercado, y por otra,permiten que aquel pueda prohibir su explotación por cualquier tercero.

Patentes:

Este derecho se concede sobre una invención, que puede definirse como el producto o proceso que ofrece unanueva manera de hacer algo, o posibilita una nueva solución técnica a un problema.

La concesión del derecho al titular se convierte en un incentivo, pues ofrece un reconocimiento a la “creatividad”del inventor, otorgándole una recompensa material, ya sea mediante su uso propio o transmisión.

El otorgamiento del derecho sobre la invención tiene como contrapartida:

En el momento de su solicitud el titular ha de comunicar su invención a la sociedad. Su concesión es por tiempo limitado (normalmente 20 años) por lo que una vez terminado ese plazo la invención

pasa al dominio público, pudiendo ser explotada comercialmente por terceros. La invención para ser patentable ha de tener un uso práctico, presentar un elemento de novedad en relación con el

estado de la técnica e implicar una actividad inventiva.

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Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Derechos de Propiedad Industrial:

Los Derechos de Propiedad industrial tienen una naturaleza absoluta y excluyente y son oponibles. Enconsecuencia, por una parte, confieren a su titular una facultad de uso del mismo en el mercado, y por otra,permiten que aquel pueda prohibir su explotación por cualquier tercero.

Patentes:

Este derecho se concede sobre una invención, que puede definirse como el producto o proceso que ofrece unanueva manera de hacer algo, o posibilita una nueva solución técnica a un problema.

La concesión del derecho al titular se convierte en un incentivo, pues ofrece un reconocimiento a la “creatividad”del inventor, otorgándole una recompensa material, ya sea mediante su uso propio o transmisión.

El otorgamiento del derecho sobre la invención tiene como contrapartida:

En el momento de su solicitud el titular ha de comunicar su invención a la sociedad. Su concesión es por tiempo limitado (normalmente 20 años) por lo que una vez terminado ese plazo la invención

pasa al dominio público, pudiendo ser explotada comercialmente por terceros. La invención para ser patentable ha de tener un uso práctico, presentar un elemento de novedad en relación con el

estado de la técnica e implicar una actividad inventiva.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Derechos de Propiedad Industrial:

Marcas:

Concepto: Signo distintivo que otorga a su titular el derecho exclusivo a utilizarlo en el tráfico económico, para indicarque ciertos bienes y servicios han sido producidos por una empresa determinada.

Concepto Legal de Marca Comercial: se comprende todo signo susceptible de representación gráfica capaz dedistinguir en el mercado productos, servicios o establecimientos industriales o comerciales. Tales signos puedenconsistir en palabras, incluidos nombres de personas, letras, números, elementos figurativos tales como imágines,gráficos, símbolos, combinaciones de colores, sonidos, así como también cualquier combinación de signos (Art 19 DFL3 ley Chilena de PI).

Diseños Industriales:

El Derecho sobre el “diseño industrial” recae sobre el aspecto ornamental o estético de un producto. Este diseñopuede consistir en creaciones estéticas tridimensionales como la forma de un producto -modelo industrial-, o bienen creaciones de dos dimensiones, como la combinación de líneas y colores –dibujo industrial-.

Para ser protegido el diseño debe ser original y nuevo.

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Derechos de Propiedad Industrial:

Marcas:

Concepto: Signo distintivo que otorga a su titular el derecho exclusivo a utilizarlo en el tráfico económico, para indicarque ciertos bienes y servicios han sido producidos por una empresa determinada.

Concepto Legal de Marca Comercial: se comprende todo signo susceptible de representación gráfica capaz dedistinguir en el mercado productos, servicios o establecimientos industriales o comerciales. Tales signos puedenconsistir en palabras, incluidos nombres de personas, letras, números, elementos figurativos tales como imágines,gráficos, símbolos, combinaciones de colores, sonidos, así como también cualquier combinación de signos (Art 19 DFL3 ley Chilena de PI).

Diseños Industriales:

El Derecho sobre el “diseño industrial” recae sobre el aspecto ornamental o estético de un producto. Este diseñopuede consistir en creaciones estéticas tridimensionales como la forma de un producto -modelo industrial-, o bienen creaciones de dos dimensiones, como la combinación de líneas y colores –dibujo industrial-.

Para ser protegido el diseño debe ser original y nuevo.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Derechos de Propiedad Industrial:

Derechos de Propiedad Intelectual.

El “Derecho de Autor” está integrado por un conjunto de derechos que se conceden a los creadores por sus obrasliterarias y artísticas durante un tiempo limitado, generalmente la vida del autor más 50 años. Puede recaer sobrelas obras de teatro o los libros, hasta los programas de computador (software) y las base de datos.

Características Generales de la Protección de la Propiedad Industrial e Intelectual en el Comercio internacional.

Principio de Territorialidad: La protección de los derechos de propiedad industrial e intelectual se limitaúnicamente al territorio del Estado que los concede y reconoce, por lo que si se quiere conseguir protección enotros Estados distintos al propio, es preciso cumplir con los trámites establecidos en las legislaciones nacionales deéstos.

El Principio de Independencia: Se refiere a que cada Estado es libre de establecer el régimen de protección queestime más adecuado para estos bienes.

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Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Derechos de Propiedad Industrial:

Derechos de Propiedad Intelectual.

El “Derecho de Autor” está integrado por un conjunto de derechos que se conceden a los creadores por sus obrasliterarias y artísticas durante un tiempo limitado, generalmente la vida del autor más 50 años. Puede recaer sobrelas obras de teatro o los libros, hasta los programas de computador (software) y las base de datos.

Características Generales de la Protección de la Propiedad Industrial e Intelectual en el Comercio internacional.

Principio de Territorialidad: La protección de los derechos de propiedad industrial e intelectual se limitaúnicamente al territorio del Estado que los concede y reconoce, por lo que si se quiere conseguir protección enotros Estados distintos al propio, es preciso cumplir con los trámites establecidos en las legislaciones nacionales deéstos.

El Principio de Independencia: Se refiere a que cada Estado es libre de establecer el régimen de protección queestime más adecuado para estos bienes.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional.

1.- La regla general sobre el derecho aplicable a la protección de estos bienes inmuebles es que se aplica la ley delpaís para el que se pide la protección. Tiene un doble alcance:

a) La Ley regulará el nacimiento del derecho, el contenido, la extinción, la duración, las condiciones para laprotección, titularidad, posibilidad de transmisión de esto derechos.

b) Abarcará los aspecto relativos a las circunstancias que son necesarias para que se produzca la vulneración de underecho de propiedad industrial e intelectual, y las consecuencias que se derivan de la misma.

2.- Existencia de un proceso de codificación internacional con miras a lograr una verdadera protección transnacionalde los derechos de Propiedad Industrial e Intelectual.

Convenios: Aquellos que contemplan normas sustantivas de protección:• Convenio de París para la protección de la Propiedad Intelectual de 20 de mayo de 1883.• Convenio de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas de 9 de septiembre de 1886.

Aquellos que tienen una naturaleza meramente procedimental, a través de la creación de un registro internacional: Arreglo de Madrid relativo al registro internacional de marcas de 14 de abril de 1891.

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Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional.

1.- La regla general sobre el derecho aplicable a la protección de estos bienes inmuebles es que se aplica la ley delpaís para el que se pide la protección. Tiene un doble alcance:

a) La Ley regulará el nacimiento del derecho, el contenido, la extinción, la duración, las condiciones para laprotección, titularidad, posibilidad de transmisión de esto derechos.

b) Abarcará los aspecto relativos a las circunstancias que son necesarias para que se produzca la vulneración de underecho de propiedad industrial e intelectual, y las consecuencias que se derivan de la misma.

2.- Existencia de un proceso de codificación internacional con miras a lograr una verdadera protección transnacionalde los derechos de Propiedad Industrial e Intelectual.

Convenios: Aquellos que contemplan normas sustantivas de protección:• Convenio de París para la protección de la Propiedad Intelectual de 20 de mayo de 1883.• Convenio de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas de 9 de septiembre de 1886.

Aquellos que tienen una naturaleza meramente procedimental, a través de la creación de un registro internacional: Arreglo de Madrid relativo al registro internacional de marcas de 14 de abril de 1891.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional.

Convenios:

3.- En la Comunidad Europea se ha optado en materia de propiedad industrial y como consecuencia del principio deterritorialidad por la creación de derechos de propiedad industrial de carácter comunitario, es decir se concede unúnico derecho a su titular con efectos en todo el territorio de la UE.Por el contrario, en el ámbito de la propiedad intelectual, las autoridades comunitarias se han limitado a tratar dearmonizar aquellos aspectos que eran considerados de gran importancia para el futuro económico de lacomunidad (Directiva de Base de Datos), pero sin plantearse acabar con los sistemas de protección del derecho deautor.

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Base del Régimen de Protección Internacional.

Convenios:

3.- En la Comunidad Europea se ha optado en materia de propiedad industrial y como consecuencia del principio deterritorialidad por la creación de derechos de propiedad industrial de carácter comunitario, es decir se concede unúnico derecho a su titular con efectos en todo el territorio de la UE.Por el contrario, en el ámbito de la propiedad intelectual, las autoridades comunitarias se han limitado a tratar dearmonizar aquellos aspectos que eran considerados de gran importancia para el futuro económico de lacomunidad (Directiva de Base de Datos), pero sin plantearse acabar con los sistemas de protección del derecho deautor.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Convenios Internacionales en materia de “Propiedad Industrial”.

Convenios unificadores.

Convenio de parís para la protección de la propiedad industrial de 20 de marzo de 1883. Las normas sustantivas deeste convenio suponen un cierto grado de armonización en todos los Estados parte del mismo. Algunos rasgos deeste estándar mínimo son:- Derechos de Propiedad.- La independencia de las marcas.- La Protección de las marcas notoriamente conocidas.

Convenios Procedimentales.

Tratado de Washington de cooperación en materia de patentes de 19 de junio de 1970 (PCT). Arreglo de Madrid relativo al registro internacional de marcas de 14 de abril de 1891 con su correspondiente

Protocolo de 27 de junio de 1989. Arreglo de La haya relativo al depósito internacional de dibujos y modelos industriales de 6 de noviembre de 1925,

revisado por última vez en Ginebra en 1999.

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Base del Régimen de Protección Internacional: Convenios Internacionales en materia de “Propiedad Industrial”.

Convenios unificadores.

Convenio de parís para la protección de la propiedad industrial de 20 de marzo de 1883. Las normas sustantivas deeste convenio suponen un cierto grado de armonización en todos los Estados parte del mismo. Algunos rasgos deeste estándar mínimo son:- Derechos de Propiedad.- La independencia de las marcas.- La Protección de las marcas notoriamente conocidas.

Convenios Procedimentales.

Tratado de Washington de cooperación en materia de patentes de 19 de junio de 1970 (PCT). Arreglo de Madrid relativo al registro internacional de marcas de 14 de abril de 1891 con su correspondiente

Protocolo de 27 de junio de 1989. Arreglo de La haya relativo al depósito internacional de dibujos y modelos industriales de 6 de noviembre de 1925,

revisado por última vez en Ginebra en 1999.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Convenios Internacionales en materia de “Propiedad Intelectual”.

Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas de 1886, revisado por última vez en París.Reconoce el principio de territorialidad y de independencia de los derechos nacionales, pero trata de flexibilizar losefectos perjudiciales que estos principios pueden tener en la protección internacional de las obras literarias yartísticas. Principio de Trato Nacional y Conjunto de Derechos Mínimos. Se integró al Acuerdo de ADPIC de la OMC.

Convenio Universal de Ginebra de Derechos de Autor de 6 e septiembre de 1952.

Convenio de Roma sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas ylos organismos de radiodifusión de 26 de octubre de 1961.

Tratado de la OMPI sobre Derechos de Autor de 1996.

Tratado de la OMPI sobre interpretación o ejecución y fonogramas de 1996.

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Base del Régimen de Protección Internacional: Convenios Internacionales en materia de “Propiedad Intelectual”.

Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas de 1886, revisado por última vez en París.Reconoce el principio de territorialidad y de independencia de los derechos nacionales, pero trata de flexibilizar losefectos perjudiciales que estos principios pueden tener en la protección internacional de las obras literarias yartísticas. Principio de Trato Nacional y Conjunto de Derechos Mínimos. Se integró al Acuerdo de ADPIC de la OMC.

Convenio Universal de Ginebra de Derechos de Autor de 6 e septiembre de 1952.

Convenio de Roma sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas ylos organismos de radiodifusión de 26 de octubre de 1961.

Tratado de la OMPI sobre Derechos de Autor de 1996.

Tratado de la OMPI sobre interpretación o ejecución y fonogramas de 1996.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: El Acuerdo ADPIC (TRIPS).

El Acuerdo ADPIC se adoptó en el marco de la Ronda de Uruguay del GATT en 1983. Su objetivo e elevar laprotección otorgada a los derechos de propiedad intelectual e industrial a nivel mundial.

Cuanta con un mecanismo de resolución de controversias y de sanción.

Incluye los principios de trato nacional y como novedad el de NMF (Nación ´más favorecida).

Obliga a los Estados miembros de la OMC a asumir las principales reglas materiales contenidas en los Convenios deParís y de Berna.

Introduce nuevas disposiciones (extiende protección de marcas notorias a servicios y programas de computación ybases de datos).

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Base del Régimen de Protección Internacional: El Acuerdo ADPIC (TRIPS).

El Acuerdo ADPIC se adoptó en el marco de la Ronda de Uruguay del GATT en 1983. Su objetivo e elevar laprotección otorgada a los derechos de propiedad intelectual e industrial a nivel mundial.

Cuanta con un mecanismo de resolución de controversias y de sanción.

Incluye los principios de trato nacional y como novedad el de NMF (Nación ´más favorecida).

Obliga a los Estados miembros de la OMC a asumir las principales reglas materiales contenidas en los Convenios deParís y de Berna.

Introduce nuevas disposiciones (extiende protección de marcas notorias a servicios y programas de computación ybases de datos).

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Organización Mundial de Propiedad intelectual (OMPI).

Organización especializado de las Naciones Unidas que nace en 1967 cuyo objetivo es desarrollar un sistema depropiedad intelectual internacional, que sea equilibrado y accesible y recompense la creatividad, estimule lainnovación y contribuya al desarrollo económico, salvaguardando a la vez el interés público.

Tiene una Secretaría Internacional con sede en Ginebra.

Objetivos:

- Fomento de una Cultura de Propiedad Intelectual.- Integración de la propiedad intelectual en las políticas y programas de desarrollo nacionales.- Desarrollo de leyes y normas internacionales sobre la propiedad intelectual.- Prestación de servicios de calidad mediante los sistemas de protección de la propiedad intelectual.- Aumento de la eficiencia de los procesos de gestión y apoyo a la OMPI.

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Base del Régimen de Protección Internacional: Organización Mundial de Propiedad intelectual (OMPI).

Organización especializado de las Naciones Unidas que nace en 1967 cuyo objetivo es desarrollar un sistema depropiedad intelectual internacional, que sea equilibrado y accesible y recompense la creatividad, estimule lainnovación y contribuya al desarrollo económico, salvaguardando a la vez el interés público.

Tiene una Secretaría Internacional con sede en Ginebra.

Objetivos:

- Fomento de una Cultura de Propiedad Intelectual.- Integración de la propiedad intelectual en las políticas y programas de desarrollo nacionales.- Desarrollo de leyes y normas internacionales sobre la propiedad intelectual.- Prestación de servicios de calidad mediante los sistemas de protección de la propiedad intelectual.- Aumento de la eficiencia de los procesos de gestión y apoyo a la OMPI.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Normativa Comunitaria de Protección.

Las Instituciones Comunitarias Europeas se propusieron armonizar diversos aspectos relativos a los derechos depropiedad industrial e intelectual para lograr un nivel de protección uniforme de manera que el ejercicio de estosderechos no se convierta en barreras proteccionistas que obstaculicen la libre circulación de bienes y servicios.

Creación de Derechos de Propiedad Industrial Comunitarios.

La Marca Comunitaria: Fue instaurada por el Reglamento (CE) 40/90, del Consejo de 20 de diciembre de 1993. Seadquiere a través de su registro en la Oficina de Armonización del mercado Interior (OAMI) que tiene su sede enAlicante España. Coexisten el sistema de marca comunitaria con las marcas nacionales.

El Diseño industrial Comunitario: Fue instaurado por Reglamente (CE) 6/2002, del Consejo de 12 de diciembre de2001 sobre los dibujos y modelos comunitarios.

La Patente Comunitaria: Tiene sus antecedentes en el Convenio de Munich sobre concesión de patentes de 1973que posee un carácter procedimental. NO ha sido aprobado el Reglamento de Patente Comunitaria.

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Base del Régimen de Protección Internacional: Normativa Comunitaria de Protección.

Las Instituciones Comunitarias Europeas se propusieron armonizar diversos aspectos relativos a los derechos depropiedad industrial e intelectual para lograr un nivel de protección uniforme de manera que el ejercicio de estosderechos no se convierta en barreras proteccionistas que obstaculicen la libre circulación de bienes y servicios.

Creación de Derechos de Propiedad Industrial Comunitarios.

La Marca Comunitaria: Fue instaurada por el Reglamento (CE) 40/90, del Consejo de 20 de diciembre de 1993. Seadquiere a través de su registro en la Oficina de Armonización del mercado Interior (OAMI) que tiene su sede enAlicante España. Coexisten el sistema de marca comunitaria con las marcas nacionales.

El Diseño industrial Comunitario: Fue instaurado por Reglamente (CE) 6/2002, del Consejo de 12 de diciembre de2001 sobre los dibujos y modelos comunitarios.

La Patente Comunitaria: Tiene sus antecedentes en el Convenio de Munich sobre concesión de patentes de 1973que posee un carácter procedimental. NO ha sido aprobado el Reglamento de Patente Comunitaria.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Normativa Chilena de Protección.

DFL N° 3 de propiedad industrial de 20 de junio de 2006, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado dela Ley de Propiedad Industrial (Ley 19.039) Modificaciones por medio de la Ley N° 19.996.

Ley N° 17.336 de Propiedad Intelectual.

Modificaciones a la Ley 19. 039 de Ley de Propiedad industrial (N° 19.996) que adecuó legislación a ADPIC. Nuevas Categorías de derechos:

- Dibujos Industriales.- Esquemas de Trazado o Topografía de Circuitos Integrados.- Secretos empresariales y de la Información presentada a la autoridad para la obtención de registros o

autorizaciones sanitarias.- Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen.

Dibujos Industriales: Definición Legal: “Bajo la denominación de dibujo industrial se comprende toda disposición, conjunto o

combinación de figuras, líneas o colores que se desarrollen en un plano para su incorporación a un productoindustrial con fines de ornamentación y que le otorguen a ese producto una apariencia nueva” (Art. 62, inciso 2°de la Ley de propiedad Intelectual).

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Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Normativa Chilena de Protección.

DFL N° 3 de propiedad industrial de 20 de junio de 2006, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado dela Ley de Propiedad Industrial (Ley 19.039) Modificaciones por medio de la Ley N° 19.996.

Ley N° 17.336 de Propiedad Intelectual.

Modificaciones a la Ley 19. 039 de Ley de Propiedad industrial (N° 19.996) que adecuó legislación a ADPIC. Nuevas Categorías de derechos:

- Dibujos Industriales.- Esquemas de Trazado o Topografía de Circuitos Integrados.- Secretos empresariales y de la Información presentada a la autoridad para la obtención de registros o

autorizaciones sanitarias.- Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen.

Dibujos Industriales: Definición Legal: “Bajo la denominación de dibujo industrial se comprende toda disposición, conjunto o

combinación de figuras, líneas o colores que se desarrollen en un plano para su incorporación a un productoindustrial con fines de ornamentación y que le otorguen a ese producto una apariencia nueva” (Art. 62, inciso 2°de la Ley de propiedad Intelectual).

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Normativa Chilena de Protección.

Esquemas de Trazados o topografía de Circuitos Integrados: “Se entenderá por circuito integrado, en su forma final o intermedia, destinado a realizar una función electrónica,

en el que los elementos, al menos uno de los cuales deberá ser activo, y alguna o todas las interconexiones,formen parte integrante del cuerpo o de la superficie de una pieza de material” (Art. 73 de la Ley de PropiedadIntelectual, PI).

“Se entenderá por esquemas de trazado o topografía de circuitos integrados la disposición tridimensional de suselementos, expresada en cualquier forma, diseñada para su fabricación” (Art. 74 de la ley de PI).

Secreto Empresarial. Toda Información confidencial relevante para la compañía que le confiere una ventaja competitiva.

Requisitos:

- Secreto (Información o conocimiento no generalmente conocido, ni fácilmente accesible).- Sustancial (Conocimiento útil y relevante).- Identificado (Conocimiento o desarrollo industrial o comercial debe ser descrito y registrado en soporte material).

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Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Normativa Chilena de Protección.

Esquemas de Trazados o topografía de Circuitos Integrados: “Se entenderá por circuito integrado, en su forma final o intermedia, destinado a realizar una función electrónica,

en el que los elementos, al menos uno de los cuales deberá ser activo, y alguna o todas las interconexiones,formen parte integrante del cuerpo o de la superficie de una pieza de material” (Art. 73 de la Ley de PropiedadIntelectual, PI).

“Se entenderá por esquemas de trazado o topografía de circuitos integrados la disposición tridimensional de suselementos, expresada en cualquier forma, diseñada para su fabricación” (Art. 74 de la ley de PI).

Secreto Empresarial. Toda Información confidencial relevante para la compañía que le confiere una ventaja competitiva.

Requisitos:

- Secreto (Información o conocimiento no generalmente conocido, ni fácilmente accesible).- Sustancial (Conocimiento útil y relevante).- Identificado (Conocimiento o desarrollo industrial o comercial debe ser descrito y registrado en soporte material).

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Normativa Chilena de Protección.

Secretos Industriales y Comerciales: Proceso de Fabricación. Información sobre Actividades de Investigación y Desarrollo. Planos, Proyectos.. Algoritmos que se utilizan en programas informáticos y los mismos programas. Listados de proveedores y clientes. Proyectos de reestructuración. Manuales.

Nota:- El 70% del valor de una corporación reside en la información que posee.

Secreto Empresarial (Referencia legal al Secreto Empresarial): Nuestra Ley de PI (Chilena) regula en sus artículos 86 y siguientes el tema de Secreto Empresarial. Art. 86 “Se define por secreto Empresarial todo conocimiento sobre mantenimiento en reserva proporciona a su

poseedor una mejora, avance o ventaja competitiva”. Art. 87 trata de la violación al Secreto Empresarial.

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Base del Régimen de Protección Internacional: Normativa Chilena de Protección.

Secretos Industriales y Comerciales: Proceso de Fabricación. Información sobre Actividades de Investigación y Desarrollo. Planos, Proyectos.. Algoritmos que se utilizan en programas informáticos y los mismos programas. Listados de proveedores y clientes. Proyectos de reestructuración. Manuales.

Nota:- El 70% del valor de una corporación reside en la información que posee.

Secreto Empresarial (Referencia legal al Secreto Empresarial): Nuestra Ley de PI (Chilena) regula en sus artículos 86 y siguientes el tema de Secreto Empresarial. Art. 86 “Se define por secreto Empresarial todo conocimiento sobre mantenimiento en reserva proporciona a su

poseedor una mejora, avance o ventaja competitiva”. Art. 87 trata de la violación al Secreto Empresarial.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Normativa Chilena de Protección.

Indicaciones Geográficas: Es aquella que identifica un producto como originario del país o de una región o localidad del territorio nacional

cuando la calidad, reputación u otra característica del mismo sea imputable, fundamentalmente, a su origengeográfico (Art. 92 letra “a” de Ley de PI).

Denominación de Origen: Aquella que identifica a un producto como originario del país, o de una región o de una localidad del territorio

nacional, cuando la calidad, reputación u otra característica del mismo sea imputable fundamentalmente a suorigen geográfico, teniendo en consideración, además, otros factores naturales y humanos que incidan en lacaracterización del producto (Art. 92 letra “b” de Ley de PI).

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Base del Régimen de Protección Internacional: Normativa Chilena de Protección.

Indicaciones Geográficas: Es aquella que identifica un producto como originario del país o de una región o localidad del territorio nacional

cuando la calidad, reputación u otra característica del mismo sea imputable, fundamentalmente, a su origengeográfico (Art. 92 letra “a” de Ley de PI).

Denominación de Origen: Aquella que identifica a un producto como originario del país, o de una región o de una localidad del territorio

nacional, cuando la calidad, reputación u otra característica del mismo sea imputable fundamentalmente a suorigen geográfico, teniendo en consideración, además, otros factores naturales y humanos que incidan en lacaracterización del producto (Art. 92 letra “b” de Ley de PI).

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Sistema Chileno de Propiedad Industrial.

Departamento de Propiedad Intelectual dependiente del Ministerio de Economía, Fomento y reconstrucción:

- Función Administrativo-Jurisdiccional.- Concede los privilegios industriales.- Actúa como Tribunal decidiendo juicios de oposiciones a solicitudes de marcas y patentes y de nulidad respectode marcas y patentes concedidas.

- Posee una amplia base documental para búsquedas del estado de la técnica.- Participa en la formulación de proyectos de ley referentes a temas de propiedad industrial.

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Base del Régimen de Protección Internacional: Sistema Chileno de Propiedad Industrial.

Departamento de Propiedad Intelectual dependiente del Ministerio de Economía, Fomento y reconstrucción:

- Función Administrativo-Jurisdiccional.- Concede los privilegios industriales.- Actúa como Tribunal decidiendo juicios de oposiciones a solicitudes de marcas y patentes y de nulidad respectode marcas y patentes concedidas.

- Posee una amplia base documental para búsquedas del estado de la técnica.- Participa en la formulación de proyectos de ley referentes a temas de propiedad industrial.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Algunas Nociones sobre Derecho de Autor y Nuevas Tecnologías.

Tratados OMPI de ciciembre de 1996:- Tratados sobre Derecho de Autor.- Tratados sobre Interpretación o ejecución y fonogramas.

Novedades destacadas de los Tratados OMPI: Respecto del derecho de alquiler, éste no se aplicará en el caso de un programa computacional cuando dicho

programa no sea esencial o principal del alquile, sino accesorio para el uso o utilización de la obra alquilada. Se configura un nuevo derecho de puesta a disposición al público en los dos tratados. Se impone la obligación de que la Propiedad Intelectual tutele también los actos que tratan de eludir los controles

de información en la gestión de los derechos o las medidas tecnológicas que los titulares de la propiedad utilicenpara controlar la explotación de las obras.

El Tratado sobre interpretación, ejecución y Fonogramas señala que los fonogramas puestos a disposición delpúblico, ya sea por hilo o por medios inalámbricos de tal manera que los miembros del público puedan teneracceso a ellos desde el lugar y momento que cada uno elija, serán considerados como si se hubieren publicado confines comerciales, por lo que se requiere siempre el consentimiento del legítimo titular de los derechos.

Se produce un primer reconocimiento el derecho moral del artista, interprete y ejecutante sobre susinterpretaciones.

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Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Algunas Nociones sobre Derecho de Autor y Nuevas Tecnologías.

Tratados OMPI de ciciembre de 1996:- Tratados sobre Derecho de Autor.- Tratados sobre Interpretación o ejecución y fonogramas.

Novedades destacadas de los Tratados OMPI: Respecto del derecho de alquiler, éste no se aplicará en el caso de un programa computacional cuando dicho

programa no sea esencial o principal del alquile, sino accesorio para el uso o utilización de la obra alquilada. Se configura un nuevo derecho de puesta a disposición al público en los dos tratados. Se impone la obligación de que la Propiedad Intelectual tutele también los actos que tratan de eludir los controles

de información en la gestión de los derechos o las medidas tecnológicas que los titulares de la propiedad utilicenpara controlar la explotación de las obras.

El Tratado sobre interpretación, ejecución y Fonogramas señala que los fonogramas puestos a disposición delpúblico, ya sea por hilo o por medios inalámbricos de tal manera que los miembros del público puedan teneracceso a ellos desde el lugar y momento que cada uno elija, serán considerados como si se hubieren publicado confines comerciales, por lo que se requiere siempre el consentimiento del legítimo titular de los derechos.

Se produce un primer reconocimiento el derecho moral del artista, interprete y ejecutante sobre susinterpretaciones.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Algunas Nociones sobre Derecho de Autor y Nuevas Tecnologías.

Protección de una Página Web por la Propiedad Intelectual.

A nivel doctrinal se reafirma la posición de que la protección de una página web, de modo similar a lo que ocurrecon las bases de datos, es protegible respecto de sus estructura general con independencia de la protección o noque tengan los contenido que la integran y del diseño informático externo de la página.

Debe tener el elemento de “originalidad”. Puede ser objeto de transmisión o cesión. Frame (enlace a otra página en la que la página direccionante se mantiene y domina la página). Conveniencia de no hacer “enlaces de profundidad”.

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Derechos de Propiedad: Concepto y Función de los Bienes Inmateriales en una Economía de Mercado.

Base del Régimen de Protección Internacional: Algunas Nociones sobre Derecho de Autor y Nuevas Tecnologías.

Protección de una Página Web por la Propiedad Intelectual.

A nivel doctrinal se reafirma la posición de que la protección de una página web, de modo similar a lo que ocurrecon las bases de datos, es protegible respecto de sus estructura general con independencia de la protección o noque tengan los contenido que la integran y del diseño informático externo de la página.

Debe tener el elemento de “originalidad”. Puede ser objeto de transmisión o cesión. Frame (enlace a otra página en la que la página direccionante se mantiene y domina la página). Conveniencia de no hacer “enlaces de profundidad”.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Derechos de Propiedad Intelectual e Innovación.

Las relaciones entre propiedad intelectual e innovación no son simples. Si bien, las empresas pueden beneficiarse dela innovación, comprometerse con la innovación es a la vez costoso y arriesgado, lo que puede llevar a renunciar. Estatensión inherente a la innovación está en el fundamento de la reflexión sobre la noción de derecho de propiedadintelectual (DPI), cuya justificación y condicione de eficacia plantean interrogantes particularmente complejos.

Estas cuestiones desde siempre han sido materia de reflexión de los economistas de la innovación, en los últimos 20años volvieron a despertar fuerte interés.

Se han desarrollado evoluciones fundamentales tanto en la doctrina como de la política seguida en materia depatentes, expresándose en algunos casos en espectaculares desplazamientos de frontera entre lo que es patentable ylo que no lo es.

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Derechos de Propiedad: Derechos de Propiedad Intelectual e Innovación.

Las relaciones entre propiedad intelectual e innovación no son simples. Si bien, las empresas pueden beneficiarse dela innovación, comprometerse con la innovación es a la vez costoso y arriesgado, lo que puede llevar a renunciar. Estatensión inherente a la innovación está en el fundamento de la reflexión sobre la noción de derecho de propiedadintelectual (DPI), cuya justificación y condicione de eficacia plantean interrogantes particularmente complejos.

Estas cuestiones desde siempre han sido materia de reflexión de los economistas de la innovación, en los últimos 20años volvieron a despertar fuerte interés.

Se han desarrollado evoluciones fundamentales tanto en la doctrina como de la política seguida en materia depatentes, expresándose en algunos casos en espectaculares desplazamientos de frontera entre lo que es patentable ylo que no lo es.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Derechos de Propiedad Intelectual e Innovación.

Justificación económica del sistema de patentes.

La patente como solución a los fracasos del mercado. J.K Arrow (1962) introduce la idea de que “el conocimiento –en la medida en que puede asimilare a la información- es

un bien que presenta características específicas. En particular “la naturaleza indivisible” del conocimiento significaque su reproducción no cuesta nada o casi nada.

Desde Shumpeter, se admite que la innovación puede revestir cinco formas principales:- La innovación puede referirse al producto.- La innovación puede referirse al proceso.- La innovación puede referirse a la organización.- La innovación puede referirse al descubrimiento de un nuevo mercado o de un nuevo método comercial.

Así, toda empresa que supera la aversión natural al riesgo inherente a esta actividad e invierte en investigación sobrenuevos productos o procesos de producción innovadores y que, para hacerlo, emprende gastos más o menos seriosen un período a veces largo antes de poder gozar de los beneficios de sus inversiones, estaría en peligro de no poderaprovechar de sus esfuerzos, mientras que por simple “reverse engineering” una empresa rival podría con poco gastoapropiarse de los resultados de la investigación. Esta propiedad explica la formación de “fallas de mercado” y laaparición de un problema llamado “polizonte o pasajero clandestino” (sin la protección de la patente, las empresasno están interesadas en invertir ya que no pueden apropiarse de la información producida; las empresas rivalespueden disponer sin gasto o con costos muy bajos, de las mismas informaciones elaboradas por empresasinnovadoras con fuertes inversiones.

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Justificación económica del sistema de patentes.

La patente como solución a los fracasos del mercado. J.K Arrow (1962) introduce la idea de que “el conocimiento –en la medida en que puede asimilare a la información- es

un bien que presenta características específicas. En particular “la naturaleza indivisible” del conocimiento significaque su reproducción no cuesta nada o casi nada.

Desde Shumpeter, se admite que la innovación puede revestir cinco formas principales:- La innovación puede referirse al producto.- La innovación puede referirse al proceso.- La innovación puede referirse a la organización.- La innovación puede referirse al descubrimiento de un nuevo mercado o de un nuevo método comercial.

Así, toda empresa que supera la aversión natural al riesgo inherente a esta actividad e invierte en investigación sobrenuevos productos o procesos de producción innovadores y que, para hacerlo, emprende gastos más o menos seriosen un período a veces largo antes de poder gozar de los beneficios de sus inversiones, estaría en peligro de no poderaprovechar de sus esfuerzos, mientras que por simple “reverse engineering” una empresa rival podría con poco gastoapropiarse de los resultados de la investigación. Esta propiedad explica la formación de “fallas de mercado” y laaparición de un problema llamado “polizonte o pasajero clandestino” (sin la protección de la patente, las empresasno están interesadas en invertir ya que no pueden apropiarse de la información producida; las empresas rivalespueden disponer sin gasto o con costos muy bajos, de las mismas informaciones elaboradas por empresasinnovadoras con fuertes inversiones.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Derechos de Propiedad Intelectual e Innovación.

Justificación económica del sistema de patentes.

La patente como solución a los fracasos del mercado. En la medida que los mecanismos de mercado son incapaces de ofrecer soluciones que lleven a las empresas realizar

un nivel de inversión “socialmente óptimo” en la producción de conocimientos, la sociedad en su conjunto corre elriesgo de encontrarse en estado de sub-inversión permanente en investigación, y de no poder disponer del flujo denuevos conocimientos e innovaciones necesarias para la búsqueda del crecimiento económico y del bienestarcolectivo.

Para superar este tipo de falla del mercado, la teoría económica concuerda en que hay que recurrir a “arreglosinstitucionales” particulares, es decir mecanismos no mercantiles, para crear el tipo de estímulo apropiado al buendesarrollo de la inversión en investigación, y de manera más general, en “actividades inventivas”.

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Derechos de Propiedad: Derechos de Propiedad Intelectual e Innovación.

Justificación económica del sistema de patentes.

La patente como solución a los fracasos del mercado. En la medida que los mecanismos de mercado son incapaces de ofrecer soluciones que lleven a las empresas realizar

un nivel de inversión “socialmente óptimo” en la producción de conocimientos, la sociedad en su conjunto corre elriesgo de encontrarse en estado de sub-inversión permanente en investigación, y de no poder disponer del flujo denuevos conocimientos e innovaciones necesarias para la búsqueda del crecimiento económico y del bienestarcolectivo.

Para superar este tipo de falla del mercado, la teoría económica concuerda en que hay que recurrir a “arreglosinstitucionales” particulares, es decir mecanismos no mercantiles, para crear el tipo de estímulo apropiado al buendesarrollo de la inversión en investigación, y de manera más general, en “actividades inventivas”.

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Derechos de Propiedad.

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Justificación económica del sistema de patentes.

La patente como solución a los fracasos del mercado.Dos mecanismos incitativos para limitar el “costo de la innovación:Se admite que es posible (y deseable) recurrir a dos categorías fundamentales de estímulo:

La implementación de derechos de propiedad intelectual DPI (especialmente las patentes) atribuidas a losinventores. Estos DPI se traducen en el hecho de que los inventores gozan en el plano legal de una forma deprotección que les permite aprovechar los esfuerzos realizados.

Nota: Las patentes de invención en particular, que en el mundo de la industria y el comercio son el tipo de DPI másimportante, que constituyen monopolios parciales y temporarios atribuidos a inventores bajo una serie decondiciones. La patente confiere a su poseedor el derecho de prohibir a terceros el uso del descubrimiento patentadoy el derecho exclusivo de explotar sus beneficios, si decide hacerlo. Al tratarse de una innovación de producto, laobtención de una patente permite en la práctica a su titular obtener una renta sobre el precio del productoprotegido. Esta renta permite cubrir los gastos de investigación anteriormente comprometidos, al mismo tiempo queconstituye una “recompensa” para el inventor. Pasado, 20 años, la patente cae en el dominio público y la invenciónpuede copiarse libremente.

La asignación de subvenciones públicas (entre ellas los estímulos fiscales) a las actividades de investigación. En estecaso, el contribuyente cubre el costo de puesta a disposición del público del tipo de informaciones o bienes quepermitieron asegurar un progreso en el bienestar colectivo.

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Derechos de Propiedad: Derechos de Propiedad Intelectual e Innovación.

Justificación económica del sistema de patentes.

La patente como solución a los fracasos del mercado.Dos mecanismos incitativos para limitar el “costo de la innovación:Se admite que es posible (y deseable) recurrir a dos categorías fundamentales de estímulo:

La implementación de derechos de propiedad intelectual DPI (especialmente las patentes) atribuidas a losinventores. Estos DPI se traducen en el hecho de que los inventores gozan en el plano legal de una forma deprotección que les permite aprovechar los esfuerzos realizados.

Nota: Las patentes de invención en particular, que en el mundo de la industria y el comercio son el tipo de DPI másimportante, que constituyen monopolios parciales y temporarios atribuidos a inventores bajo una serie decondiciones. La patente confiere a su poseedor el derecho de prohibir a terceros el uso del descubrimiento patentadoy el derecho exclusivo de explotar sus beneficios, si decide hacerlo. Al tratarse de una innovación de producto, laobtención de una patente permite en la práctica a su titular obtener una renta sobre el precio del productoprotegido. Esta renta permite cubrir los gastos de investigación anteriormente comprometidos, al mismo tiempo queconstituye una “recompensa” para el inventor. Pasado, 20 años, la patente cae en el dominio público y la invenciónpuede copiarse libremente.

La asignación de subvenciones públicas (entre ellas los estímulos fiscales) a las actividades de investigación. En estecaso, el contribuyente cubre el costo de puesta a disposición del público del tipo de informaciones o bienes quepermitieron asegurar un progreso en el bienestar colectivo.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Derechos de Propiedad Intelectual e Innovación.

Justificación económica del sistema de patentes.

La patente como solución a los fracasos del mercado.Dos mecanismos incitativos para limitar el “costo de la innovación:

En ambos casos (patentes y financiamiento público), la cuestión esencial es la de los medios para limitar el costosocial de la innovación, ya sea un costo cubierto por el consumidor (patentes) o el contribuyente (subvenciones). Elequilibrio de los “dispositivos institucionales” requeridos para favorecer la innovación es difícil de establecer. Por unaparte deben crear estímulos los suficientemente fuertes como para que las empresas inviertan en investigación ydesarrollo (I&D). Por otro, no deben dejar ningún espacio a la formación de prácticas anticompetitivas que puedannacer o constituirse a partir de las patentes concedidas a agentes individuales que buscan la maximización de susganancias.

Se trata de conciliar dos exigencias opuestas: Incitar la creación de la innovación y favorecer su difusión en la mayorescala y con el menor costo posible.

La búsqueda del justo equilibrio entre la eficacia en materia de asignación de recursos y la eficacia en materia deredistribución se basa en una suerte de proceso de tanteo: nuevas cláusulas y reglamentaciones deben introducirse alo largo del tiempo para tomar en cuenta la experiencia y limitar los comportamientos estratégicos de los agentes.

Las consideraciones del bienestar colectivo son las que a fin de cuentas justifican el sistema d agentes. Es la razónpor las que las patentes otorgadas a agentes individuales sólo se conceden bajo la condición de “revelación” y

“descripción escrita” de la invención, para que a sociedad en su conjuntopueda resultar beneficiada.

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Derechos de Propiedad: Derechos de Propiedad Intelectual e Innovación.

Justificación económica del sistema de patentes.

La patente como solución a los fracasos del mercado.Dos mecanismos incitativos para limitar el “costo de la innovación:

En ambos casos (patentes y financiamiento público), la cuestión esencial es la de los medios para limitar el costosocial de la innovación, ya sea un costo cubierto por el consumidor (patentes) o el contribuyente (subvenciones). Elequilibrio de los “dispositivos institucionales” requeridos para favorecer la innovación es difícil de establecer. Por unaparte deben crear estímulos los suficientemente fuertes como para que las empresas inviertan en investigación ydesarrollo (I&D). Por otro, no deben dejar ningún espacio a la formación de prácticas anticompetitivas que puedannacer o constituirse a partir de las patentes concedidas a agentes individuales que buscan la maximización de susganancias.

Se trata de conciliar dos exigencias opuestas: Incitar la creación de la innovación y favorecer su difusión en la mayorescala y con el menor costo posible.

La búsqueda del justo equilibrio entre la eficacia en materia de asignación de recursos y la eficacia en materia deredistribución se basa en una suerte de proceso de tanteo: nuevas cláusulas y reglamentaciones deben introducirse alo largo del tiempo para tomar en cuenta la experiencia y limitar los comportamientos estratégicos de los agentes.

Las consideraciones del bienestar colectivo son las que a fin de cuentas justifican el sistema d agentes. Es la razónpor las que las patentes otorgadas a agentes individuales sólo se conceden bajo la condición de “revelación” y

“descripción escrita” de la invención, para que a sociedad en su conjuntopueda resultar beneficiada.

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Derechos de Autor y Propiedad en entornos digitales y colaborativos.

Tal como sostiene Jordi Graells Costa (“Derechos de Autor y Propiedad Intelectual en entornos Digitales yColaborativos”):

“El régimen de derechos de autor es muy difícil de aplicar en el mundo digital, debido a la irrupción de Internet ylas tecnologías de la información y comunicaciones (TIC) surgen problemas en la aplicación de la normativa vigentehasta entonces para proteger los derechos de los autores y, al mismo tiempo, hacer compatible el acceso alconocimiento por parte de las personas y facilitar la posibilidad de compartirlo.En el caso de entornos digitales de trabajo colaborativo, debemos ser cuidadosos con los materiales que tienenderechos de autor al momento de publicar contenidos en ellos”.

¿Podemos Innovar con todos los derechos reservados sobre las obras?

Se debe encontrar un equilibrio entre los problemas de propiedad intelectual (PI) y los derechos de autor (DA) con lasocialización masiva de internet y las TIC mediante:

- El interés privado del autor y titulares de derechos de la obra.- El interés público social para acceder a la cultura e información.

Innovaciones como las “Licencias Creative Commons”, se trata de cambiar el “todos los derechos reservados” por“algunos derechos reservados” (Diferenciación entre copyright y derechos de autor).

Jordi GraellsDerechos de Autor y Propiedad Intelectual en entornos Digitales y Colaborativos”:

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Derechos de Propiedad: Derechos de Autor y Propiedad en entornos digitales y colaborativos.

Tal como sostiene Jordi Graells Costa (“Derechos de Autor y Propiedad Intelectual en entornos Digitales yColaborativos”):

“El régimen de derechos de autor es muy difícil de aplicar en el mundo digital, debido a la irrupción de Internet ylas tecnologías de la información y comunicaciones (TIC) surgen problemas en la aplicación de la normativa vigentehasta entonces para proteger los derechos de los autores y, al mismo tiempo, hacer compatible el acceso alconocimiento por parte de las personas y facilitar la posibilidad de compartirlo.En el caso de entornos digitales de trabajo colaborativo, debemos ser cuidadosos con los materiales que tienenderechos de autor al momento de publicar contenidos en ellos”.

¿Podemos Innovar con todos los derechos reservados sobre las obras?

Se debe encontrar un equilibrio entre los problemas de propiedad intelectual (PI) y los derechos de autor (DA) con lasocialización masiva de internet y las TIC mediante:

- El interés privado del autor y titulares de derechos de la obra.- El interés público social para acceder a la cultura e información.

Innovaciones como las “Licencias Creative Commons”, se trata de cambiar el “todos los derechos reservados” por“algunos derechos reservados” (Diferenciación entre copyright y derechos de autor).

Jordi GraellsDerechos de Autor y Propiedad Intelectual en entornos Digitales y Colaborativos”:

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Derechos de Propiedad.

Derechos de Propiedad: Derechos de Autor y Propiedad en entornos digitales y colaborativos.

¿Por qué surgen las licencias?

- La propiedad intelectual distinguía tradicionalmente entre uso (privado, sin fines de lucro) y explotación (público,beneficio económico).

- En cambio, en el mundo digital, para usar una obra (libro, obra teatral, película, blog, fichero, programa, etc.) sedebe reproducir y toda reproducción constituye un acto de explotación. El uso pasa a ser público.

Por lo tanto, el uso de una obra debe autorizarse, sino es una infracción.

Ejemplo de licencias para el mundo digital son las creadas por Lawrence Lessig (licencias CC, el autor decide cómo elpúblico puede reproducir su obra (ceder derechos para algunos usos adecuados) a partir del reconocimiento de losderechos exclusivos del autor que establece la Ley de propiedad intelectual. No se prohíbe el uso sino que se autorizacon algunas condiciones. Son muy aptas para las personas que no deseen reservarse todos los derechos sobre laobras, sino que quieran ceder algunos derechos en unas determinadas condiciones.

Lo anterior, permite un orden y estandarización de :- Cómo citar obras ajenas licenciadas en Creative Commons.- Citar texto ajeno registrado con licencia CC.- Citar foto o imagen ajena registrada con CC.- Citar webs con licencias CC.- Videos con licencias CC.- Otros soportes con licencias CC.

Jordi GraellsDerechos de Autor y Propiedad Intelectual en entornos Digitales y Colaborativos”:

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Derechos de Propiedad: Derechos de Autor y Propiedad en entornos digitales y colaborativos.

¿Por qué surgen las licencias?

- La propiedad intelectual distinguía tradicionalmente entre uso (privado, sin fines de lucro) y explotación (público,beneficio económico).

- En cambio, en el mundo digital, para usar una obra (libro, obra teatral, película, blog, fichero, programa, etc.) sedebe reproducir y toda reproducción constituye un acto de explotación. El uso pasa a ser público.

Por lo tanto, el uso de una obra debe autorizarse, sino es una infracción.

Ejemplo de licencias para el mundo digital son las creadas por Lawrence Lessig (licencias CC, el autor decide cómo elpúblico puede reproducir su obra (ceder derechos para algunos usos adecuados) a partir del reconocimiento de losderechos exclusivos del autor que establece la Ley de propiedad intelectual. No se prohíbe el uso sino que se autorizacon algunas condiciones. Son muy aptas para las personas que no deseen reservarse todos los derechos sobre laobras, sino que quieran ceder algunos derechos en unas determinadas condiciones.

Lo anterior, permite un orden y estandarización de :- Cómo citar obras ajenas licenciadas en Creative Commons.- Citar texto ajeno registrado con licencia CC.- Citar foto o imagen ajena registrada con CC.- Citar webs con licencias CC.- Videos con licencias CC.- Otros soportes con licencias CC.

Jordi GraellsDerechos de Autor y Propiedad Intelectual en entornos Digitales y Colaborativos”:

http://cat.creativecommons.org

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Derechos de Propiedad.

Bibliografía:

“Derechos de autor y propiedad intelectual en entornos digitales en entornos digitales y colaborativos. Cómo citar documentos enCreative Commons”, www.slideshare.net/jordigraells/autors-rights-and-ip-in-digital-and-collaborative-platforms , Jordi Grealls,

Barcelona-España, Junio 2008.

“Derechos de Propiedad” , Wikipedia.

“Derechos de Propiedad”, www.monografias.com/trabajos16/romano-limitaciones/romano-limitaciones.shtml Devorah V. Riquel,Monografías.

“La importancia de la Propiedad”, Juan José Mora Villalón.

“Algunas Nociones de Propiedad Intelectual e Industria de Relevancia práctica en el Actual Comercio Internacional”, Jaime Correa,Derecho Comercial Internacional, (Universidad Bernardo O´higgins).

“Derechos de Propiedad Intelectual e Innovación”, Documento Seminario Propiedad Intelectual e Innovación, Buenos Aires Diciembre2007, Benjamin Coriat, Fabienne Orsi.

Aviso legalEsta presentación está sujeta a una licencia Reconocimiento-CompartirIgual 2.5 de Creative Commons. Se permite la reproducción, distribución y comunicación públicasiempre y cuando se cite el autor (Jordi Graells Costa) y no se haga un uso comercial. Si se transforma esta obra para generar una nueva obra derivada, se debe distribuir conuna licencia igual a la que regula la obra original. La licencia completa se puede consultar en http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/es/legalcode.es.

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Bibliografía:

“Derechos de autor y propiedad intelectual en entornos digitales en entornos digitales y colaborativos. Cómo citar documentos enCreative Commons”, www.slideshare.net/jordigraells/autors-rights-and-ip-in-digital-and-collaborative-platforms , Jordi Grealls,

Barcelona-España, Junio 2008.

“Derechos de Propiedad” , Wikipedia.

“Derechos de Propiedad”, www.monografias.com/trabajos16/romano-limitaciones/romano-limitaciones.shtml Devorah V. Riquel,Monografías.

“La importancia de la Propiedad”, Juan José Mora Villalón.

“Algunas Nociones de Propiedad Intelectual e Industria de Relevancia práctica en el Actual Comercio Internacional”, Jaime Correa,Derecho Comercial Internacional, (Universidad Bernardo O´higgins).

“Derechos de Propiedad Intelectual e Innovación”, Documento Seminario Propiedad Intelectual e Innovación, Buenos Aires Diciembre2007, Benjamin Coriat, Fabienne Orsi.