derecho ~ práctico 5
TRANSCRIPT
-
7/28/2019 Derecho ~ Prctico 5
1/3
El TP n 2 es de a 2 o individual (Lunes 10/6). Hay que justificar si es verdadero o falso.
Poder Judicial:
- El Estado se reserva para s la administracin de la justicia (nadie ms lo puedeejercer).- La administracin de la justicia queda reservada al Poder Judicial.- rgano no poltico e independiente.- No admite influencias ni presiones externas (no debera).- Jueces y tribunales de diferentes instancias, fueros y jurisdicciones.
La Justicia:
- La Constitucin Nacional establece un doble orden judicial (sistema federal).- Justicia provincial: Constitucin Nacional artculo 5.
- Autonoma para organizar y administrar justicia en su territorio delitos comunes.- Nacin: Corte Suprema.- Provincia: Suprema Corte.
Constitucin Nacional:
- Establece una Corte Suprema de Justicia de la Nacin (CSJN), tribunales inferiores,Consejo de la magistratura y el jurado de enjuiciamiento.
- Abole los tribunales especiales.- Prohbe al presidente ejercer funciones judiciales.- Fija las condiciones para ser juez de la CSJN.
- Prev un sistema de designacin de jueces para la Corte Suprema.- Establece la incompatibilidad de funciones de los jueces.- Le brinda a la CSJN competencia exclusiva y originaria de determinados temas.- Prev un Poder Judicial para la Ciudad Autnoma de Buenos Aires (CABA
1994), y determina la estabilidad laboral de los jueces y su forma de destitucin.
La Corte Suprema de Justicia de la Nacin (CSJN):
- rgano colegiado (ms de un miembro).- En l no se agota el Poder Judicial (tribunales inferiores y rganos que no
administran justicia: Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento).- Competencia originaria en las materias reguladas por el artculo 117.- ltima instancia de apelacin.- Miembros: 7 (1 presidente y 6 ministros). No se divide en salas.- Eleccin de los miembros: presidente con acuerdo del Senado.- Abogado con 8 aos de ejercicio de la profesin, condiciones para Senador.
-
7/28/2019 Derecho ~ Prctico 5
2/3
Corte Suprema de Justicia de la Nacin, funciones:
- Ejercer un poder del Estado.- Interpretar y aplicar la Constitucin.
- Ejercer, en ltima instancia, el control judicial de constitucionalidad.- Actuar como custodio de los derechos y vigilar que no se violen tratadosinternacionales.
- Intervenir entre conflictos entre provincias.- Integrar los vacos normativos de la constitucin.- Controla la correcta aplicacin del Derecho.- Jurisdiccin federal vs local (provincial y a partir de 1994 de Buenos Aires).- La justicia federal se divide en competencia por razn de materia, de partes y de
lugar.- La justicia federal es limitada y de excepcin, privativa y excluyente, e
improrrogable si surge por razn de materia.- Fueros separados en razn de materia.
Justicia Federal:
- CSJN: cmaras de apelaciones, tribunales de primera instancia y consejo de lamagistratura.
- Jurisdiccin originaria y exclusiva:o Causas relativas a la constitucin y leyes nacionales.o Tratados internacionales.o Embajadores, ministros pblicos y cnsules extranjeros.
- Eleccin de magistrados: tema del consejo de la magistratura Poder Ejecutivo +Senado (ministerio de justicia, Boletn Oficial, diarios de tirada nacional / local).- Remocin: jurado de enjuiciamiento (cuerpo mixto):
o Fallo irrecurrible (solo destitucin).o Juicio en tribunales ordinarios.o 180 das para emitir fallo
Ministerio Pblico:
- rgano independiente, autonoma funcional y autarqua financiera.- rgano auxiliar (art. 20 de la Constitucin Nacional).
- rgano bicfalo:o Ministerio pblico fiscal (Procurador general de la Nacin) coordina
accin de los fiscales.o Ministerio pblico de la defensa defiende a los que no pueden pagar a un
abogado particular.- Funciones: promover la justicia y defender a los indefensos.
-
7/28/2019 Derecho ~ Prctico 5
3/3
Consejo de la Magistratura:
- Regulado por ley especial.
- rgano colegiado representativo de diversos sectores del poder pblico.- No imparte justicia.- Seleccionar los candidatos a jueces, conformar las ternas, administrar los recursos y
ejecutar el presupuesto del Poder Judicial, ejercer facultades disciplinarias sobre losjueces y poner en marcha los mecanismos de remocin.
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nacin:
- Dentro de la rbita del Poder Ejecutivo.- Funciones:
o Brindar asistencia al Poder Ejecutivo (eleccin de jueces, opiniones legales
y derechos humanos, relaciones con el Poder Judicial, elaboracin deproyectos).o Ayudar a definir polticas nacionales criminales y penitenciarias.o Ordenar y recopilar normas jurdicas.
Fuero: (jurisdiccin):1) mbito dentro del que el juez ejerce sus atribuciones.2) Conjunto de privilegios que uno adquiere por el cargo que ocupa.