derecho ecológico

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Derecho Ecológico Grupo: 603 García Díaz Ariana Elizabeth Ledesma Suárez Ana Karen Romo Fuentes María Fernanda Trujillo Hernández Lesly Marlenne Zapata López Juan Manuel

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Información sobre distintas áreas especificas en Derecho. Sea el caso, Derecho Ecológico.

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Page 1: Derecho Ecológico

Derecho Ecológico

Grupo: 603

García Díaz Ariana Elizabeth

Ledesma Suárez Ana Karen

Romo Fuentes María Fernanda

Trujillo Hernández Lesly Marlenne

Zapata López Juan Manuel

Page 2: Derecho Ecológico

¿Qué es?Conjunto sistematizado de principios y normas

jurídicas, internas e internacionales, que regulan: la actividad

humana en su interacción con los

ecosistemas y el medio ambiente.

Page 3: Derecho Ecológico

Los principios generalmente se

plasman en Declaraciones de la ONU

y que sirven de guías o fundamentos

para la conformación del Derecho

Ecológico de cada Estado. Se

compone principalmente de normas

jurídicas ambientales de Derecho

Administrativo, también cuenta con el

concurso de normas de Derecho Civil

(responsabilidad por daños), de

Derecho Penal (delitos ecológicos) y

de normas de Derecho Tributario

(impuestos ecológicos).

Page 4: Derecho Ecológico

Las normas jurídicas del Derecho Ecológico giran también

alrededor de estos ejes: las diversas técnicas de intervención

pública (autorizaciones, prohibiciones, regulaciones,

planificación, sanciones y catalogaciones), la evaluación de

impacto ambiental, las ayudas y subvenciones, la prevención y

control integrado de la contaminación, la participación social y la

información sobre datos ambientales, la cooperación

internacional y el reparto interno de competencias entre los

diversos organismos.

Page 5: Derecho Ecológico

El derecho ambiental

internacional se aplica

entre:

Estado- Estado

Estado- Empresas

Estado- Personas

Organizaciones- Estado

Page 6: Derecho Ecológico

Primeras Convenciones:

Tratados Bilaterales: aguas y contaminación

Convención de Londres para la preservación de Fauna y

Flora en Estado Natural (1933)

Convención de Washington Protección de la Naturaleza y

Vida Silvestre

Desarrollo de acuerdos ambientales por los riesgos:

Energía nuclear

Impactos por la contaminación

Informes científicos de destrucción ambiental

Convenciones por problemas globales:

Cambio climático

Contaminación Transfronteriza

Page 7: Derecho Ecológico

Hitosen la ONU

Page 8: Derecho Ecológico

Declaración de Estocolmo (1972) Reconocimiento del problema ambiental Inclusión en Agenda Mundial

Carta Mundial de la Naturaleza (1982) Reconocimiento en la Asamblea General de conservar la

naturaleza y respetar procesos esenciales Importancia, deber de todos los Estados y personas de

conservar Inclusión de participación como derecho, en decisiones

donde tengan “interés directo”

Declaración de Río (1992) Desarrollo de Instrumentos: Convenciones,

Declaraciones, Principios Forestales, Agenda XXI, GEF Determinación de Principios Generales

Page 9: Derecho Ecológico

Principios Generales: Soberanía de los Estados

No causar daños en otras jurisdicciones

Cooperación Internacional, informar emergencias

Deber de todos los Estados de Proteger el Ambiente

Quien contamina paga

Evaluación de Impacto Ambiental

Participación, Información, Acceso a la Justicia

Prevención

Precaución

Page 10: Derecho Ecológico

Tratados Ambientales

Page 11: Derecho Ecológico

Biodiversidad Ramsar (1971) protección de humedales Convención para control de tráfico de

especies CITES (1973) Convenio de Biodiversidad (1992)

Medio Marino Convención del Mar – protección de

biodiversidad y medio marino (1982) Convención Interamericana de Tortugas

Marinas

ParticipaciónConvención de Aarhus (1998)

Page 12: Derecho Ecológico

Cambio climático, atmósferaConvención de Viena y Protocolo

de Montreal (1987)Convención Marco de Cambio

Climático (1992), Protocolo de Kyoto

Materiales y desechos peligrosos Convención de Basilea (1989):

Transporte transfronterizo de desechos peligrosos

Convención de Rotterdam (1998): CIP para comercio internacional de ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos

Convención de Estocolmo (2002): control de pesticidas, sustancias tóxicas

Page 13: Derecho Ecológico

Organizaciones Ambientales Internacionales:

Programa de las Naciones Unidas para el Medio

Ambiente (PNUMA)

Fondo del Medio Ambiente (GEF)

Coordinación con:

UNESCO

FAO

OMS

regionales

Page 14: Derecho Ecológico

Derecho ecológico

en México

Page 15: Derecho Ecológico

Los principios que han dado sustento a la

legislación de derecho ecológico en México, son

los que encontramos desde la Constitución de

1917.

El origen del derecho ecológico en nuestro país, lo encontramos en el artículo 27 Constitucional, que desde su redacción original incorpora el concepto de conservación de los recursos naturales

Page 16: Derecho Ecológico

A continuación se enumeran las reformas realizadas a la

Constitución en materia ecológica:

Artículo 73, fracción XVI- incorpora el principio de

prevención y control de la contaminación

Artículo 4 (derecho a la salud)- uno de sus principios

postula el tratar de manejar racionalmente a los

elementos del ecosistema para que sus desequilibrios no

afecten a la población y especialmente al individuo

Artículo 115 (reforma municipal)- los municipios, en los

términos de las leyes federales y estatales, relativas,

estarán facultados para formular, aprobar y administrar

la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, y

administración de zonas de reservas ecológicas.

Page 17: Derecho Ecológico

Artículo 25 (reforma económica)- conforme al precepto del

sexto párrafo, la actividad industrial tiene como condición

para su operación, que el proceso productivo tenga como

premisa fundamental la conservación de los recursos

productivos y el cuidado del medio ambiente

Artículo 73, fracción VI, base tercera- donde se establecen

las funciones de la Asamblea de Representantes y una de

ellas es “dictar bandos ordenanzas y reglamentos… en

materia de …preservación del medio ambiente y protección

ecológica.

Reforma ecológica, artículos 27 y 73, XXIX-G –el 10 de

Agosto de 1987, apareció lo que podemos denominar la

“reforma ecológica a la Constitución” en las que se prevé la

posibilidad de preservar y restaurar el equilibrio ecológico

del país.

Page 18: Derecho Ecológico

El Sistema Nacional de

Planeación Democrática, que

se encuentra previsto en el

artículo 26 constitucional, es

una herramienta clave para

lograr los objetivos en

materia ecológica.

Desde el primer Plan de

Desarrollo, el de 1982-1988,

aparece la materia ecológica

incluida en el mismo.

Page 19: Derecho Ecológico

La legislación ecológica, propiamente dicha, apareció en los

años setenta. Con anterioridad se había abordado la materia a

través de la regulación de los recursos naturales.

Son antecedentes importantes en materia legislativa todos los

ordenamientos relacionados con las aguas, el uso y tenencia de

la tierra, los bosques, la fauna, la pesca, cuestiones sanitarias,

de urbanismo, relativas a las costas, a la industria; en general,

las materias que se relacionan con aspectos ambientales

También son de destacar los ordenamientos relativos al

establecimiento de parques nacionales, que son el antecedente

directo del actual Sistema de Áreas Naturales Protegidas

Page 20: Derecho Ecológico

Primeras Leyes Mexicanas en la materia:

Ley Federal para Prevenir y Controlar la

Contaminación- publicada en el Diario

Oficial de la Federación el 23 de marzo

de 197. Este ordenamiento tenía una

serie de inconsistencias.

Ley Federal de Protección al Ambiente-

apareció publicada en el Diario Oficial

de la Federación el 11 de enero de

1982, y tuvo importantes reformas y

adiciones que fueron publicadas en el

Diario Oficial del 27 de enero de 1984.

Page 21: Derecho Ecológico

Legislación Vigente

Page 22: Derecho Ecológico

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del

Ambiente Fue publicada el 28 de enero de 1988, y entró en vigor

el día primero de marzo de ese mismo año. Consta de 6 títulos en 194 artículos Sus rubros son:

Título primero: “Disposiciones Generales” Título segundo: “Áreas Naturales Protegidas” Título tercero: “Aprovechamiento racional de los elementos

naturales” Título cuarto: “Protección al ambiente” Título quinto: “Participación Social” Título sexto: “Medidas de control y seguridad y sanciones”

Desde la aparición de la Ley, se han expedido cuatro reglamentos

Page 23: Derecho Ecológico

En materia atmosférica:

Reglamento a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección

al Ambiente en materia de Prevención y Control de la

Contaminación de la Atmósfera- publicado en el Diario Oficial el 25

de noviembre de 1988.

Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección

al Ambiente para la Prevención y Control de la Contaminación

Generada por los Vehículos Automotores que Circulan por el Distrito

Federal y los Municipios de su Zona Conurbada- publicada en el

Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 1988

En materia de residuos peligrosos:

Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección

al Ambiente en Materia de Residuos Peligrosos- en el Diario Oficial del

25 de Noviembre de 1988

En materia de impacto ambiental:

Reglamento a la Ley General del Equilibrio Ecológico, en materia de

impacto ambiental- en el Diario Oficial del 7 de junio de 1988

Page 24: Derecho Ecológico

Como complemento a la reglamentación, han

sido expedidas una serie de normas técnicas

ecológicas que, según la Ley, son instrumento

de la política ecológica y son el conjunto de

reglas científicas o tecnológicas emitidas por

la *SEDUE, que establecen los requisitos,

especificaciones, condiciones,

procedimientos, parámetros y límites

permisibles que deberán observarse en el

desarrollo de actividades o uso y destino de

bienes, que causen o puedan causar

desequilibrio ecológico o daño al ambiente y,

además que uniformen principios, criterios,

políticas y estrategias en la materia.

*SEDUE: Secretaría de Desarrollo Urbano y

Ecología

Page 25: Derecho Ecológico

Instituciones Ambientales: PNUMA: Programa de las Naciones

Unidas para el Medio Ambiente SEMARNAT: Secretaría del Medio

Ambiente y Recursos Naturales PROFEPA: Procuraduría Federal de

Protección al Ambiente SEDEMA: Secretaría del Medio

Ambiente del Gobierno del Distrito Federal

AMIA: Academia Mexicana de Impacto Ambiental, A.C.

PAOT: Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal