derecho del ni nio a tener una familia

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SOS Aldeas Infantiles Venezuela “DERECHO DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE ENTENER UNA FAMILIA” Caracas; Febrero de 2.005

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Importante recordatorio sobre algo tan elemental como los derechos del niño y del adolescente

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Page 1: Derecho Del Ni Nio A Tener Una Familia

SOS Aldeas Infantiles Venezuela

“DERECHO DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE

ENTENER UNA FAMILIA”Caracas; Febrero de 2.005

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SOS Aldeas Infantiles Venezuela

Abog. Agueda Domínguez

¿Qué es la Familia?

Afirmaciones desde lo Jurídico:

Declaración Universal de los Derechos Humanos. (10 de Diciembre de 1948). Artículo 16.3; “La Familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del estado”.

Convención Sobre los Derechos del Niño (artículos 5 y 18) “ ... Los padres son responsables de la protección de los derechos de sus hijos, con el apoyo del estado correspondiente para la realización de esta función.”

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Diciembre de 1999). Artículo 75: “El Estado protegerá a las familias como asociación natural de la sociedad y el espacio fundamental para el desarrollo de las personas. .......”

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DEFINICIONES DE FAMILIA

“Grupo de personas emparentadas entre sí que viven juntas”. (Diccionario Real Academia Española. Edición XXI)

“Unión de personas que comparten un proyecto vital de existencia en común que se quiere duradero, en el que se generan fuertes sentimientos de pertenencia a dicho grupo, existe u compromiso personal entre sus miembros y se establecen intensas relaciones de intimidad, reciprocidad y dependencia”. (Familia y Desarrollo Humano. María José Rodrigo y Jesús Palacios. Alianza editorial)

“Es el espacio donde todo ser humano inicia el camino para su desarrollo individual, los primeros ensayos de socialización, adquisición valores, sentimientos y herramientas, como simiente para su vida de adulto ”

Abog. Agueda Domínguez

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Abog. Agueda Domínguez

EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO DE FAMILIA

Evolución Social. Composición de la familia. Crianza de los Hijos y el Rol de la mujer en la actualidad.

Evolución Jurídica. Constitución e la República de Venezuela (1.961). Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1.999). Ley de Derechos.

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TIPOS DE FAMILIA

• Familia Nuclear: dos adultos con matrimonio formalizado con o sin hijos.

• Familia de Hecho: dos adultos sin matrimonio formalizado con o sin hijos.

• Familias Monoparentales: un adulto hombre o mujer con hijos. (Viudo/a, separado/a, divorciado/a).

• Familias Reconstituidas: dos adultos con o sin matrimonio formalizado, con hijos de uno de ellos o de ambos y/o con sus hijos propios.

• Familia con Abuelos: cualquiera de las familias descritas anteriormente conviviendo con abuelo/a o abuelos/as.

Abog. Agueda Domínguez

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Familias con otros parientes: cualquiera de las familias descritas anteriormente conviviendo con algún familiar (tío, sobrino, primo).

• Familia de Origen: la que está integrada por el padre y la madre, o por uno de ellos y sus descendientes, ascendientes y colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad. (Artículo 345 LOPNA).

• Familia Sustituta: aquélla que, no siendo su familia de origen, acoge, por decisión judicial, a un niño o a un adolescente privado permanente o temporalmente de su medio familiar, ya sea por carecer de padre y de madre, porque éstos se encuentran afectados en la titularidad de la patria potestad o en el ejercicio de la guarda.

La familia sustituta puede estar conformada por una o más personas y comprenden las modalidades de: colocación familiar, la tutela y la adopción. (Artículo 394 LOPNA).

Abog. Agueda Domínguez

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SOS Aldeas Infantiles Venezuela

¿CUÁL ES SU FAMILIA Y EN QUÉ TIPO DE FAMILIA SE DESARROLLÓ O ESTÁ USTED DESARROLLÁNDOSE?

Piense sólo por 2 minutos

¿Quien lo crió y como fue su crianza? . ¿Aún vive con su familia de origen, sus padres adoptivos, las personas que lo criaron o acogieron en su seno? ¿Permanecen los lazos afectivos que los unieron en un momento determinado? ¿Aún tiene contacto con ellos? ¿Si está en alguna necesidad o emergencia, usted podría contar con ellos?.

Abog. Agueda Domínguez

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SOS Aldeas Infantiles Venezuela

OBLIGACIONES GENERALES DE LA FAMILIA. (Artículo 5 de la LOPNA).-

• Es responsable. “Que debe responder, rendir cuentas de sus actos o de los otros ...... (en este sentido, de las personas dadas a sus cuidados)” Dicc. Larouse 2.000.

• De manera Prioritaria: anterioridad de una cosa respecto de otra, en el tiempo y en el espacio, de mayor importancia.

• Inmediata: sin tiempo de espera.

• Indeclinable: que forzosamente tiene que hacerse.

• El Estado debe asegurar políticas, programas y asistencia a la familia para que pueda asumir adecuadamente su responsabilidad.

Abog. Agueda Domínguez

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SOS Aldeas Infantiles Venezuela

¿QUÉ HACEMOS EN SOS ALDEAS INFANTILES PARA GARANTIZAR UN HOGAR Y CRIAR A LOS NIÑOS Y NIÑAS CON SENTIDO DE FAMILIA?

• Proceso de Acogida de Niños y Niñas en las Familias de Aldeas.

Búsqueda y localización de su familia de origen. Se agotan las vías para un reintegro familia.

Propiciamos el acercamiento con su familia de origen o algún familiar, respetando así su historia.

Elaboración e un informe social integral.

Abog. Agueda Domínguez

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SOS Aldeas Infantiles Venezuela

No separación de hermanos (as) biológicos.

Una Madre que les brinda los cuidado y la protección que todo niño necesita.

Contacto con su familia de origen o extendida, siempre que ella no vulnere sus derechos.

Son acogidos en nuestros hogares y permanecen hasta su autonomía.

Estudian en Colegios de las comunidades adyacentes a sus casas.

Asisten a actividades extracurriculares con otros niños y niñas de la comunidad.

Les apoyamos a formar su propio futuro.Abog. Agueda Domínguez

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SOS Aldeas Infantiles Venezuela

Abog. Agueda Domínguez

• Cuando las condiciones han mejorado y favorecido a la familia de origen del niño, niña o grupos de hermanos, hemos propiciado reintegros familiares, (en la práctica pocos casos).

• Los niños y niñas crecen en calor de hogar, con respeto, amor y seguridad.

• Acogemos a los niños y niñas única y exclusivamente a través de los órganos jurisdiccionales (Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente).

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SOS Aldeas Infantiles Venezuela

Abog. Agueda Domínguez

“Hemos dejado de comprender la naturaleza de los niños cuando no logramos apreciar la importancia de la relación del niño con su familia. Esta relación crea la base de todo nuestro desarrollo individual y como miembros de la sociedad”.

Hermann Gmeiner