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Derecho de la Informática Análisis de la legislación, códigos y leyes internacionales, nacionales y estatales sobre el uso de los medios electrónicos digitales

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Análisis de la legislación nacional, estatal e internacional sobre el uso de medios electronicos

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Derecho de la Informática

Análisis de la legislación, códigos y leyes internacionales, nacionales y estatales sobre

el uso de los medios electrónicos digitales

Asuntos más importantes que en

materia informática es importante regular:

Delitos informáticos; Contratos electrónicos y

firma electrónica; Protección de la

privacidad y de la información;

Propiedad Intelectual; Cómputo forense; y Contenidos de Internet.

Código Penal Federal regula ciertas conductas delictivas relacionadas estrechamente con el desarrollo de las nuevas tecnologías de información y comunicación: Modificación, destrucción o provocar la pérdida de

información contenida en sistemas o equipos informáticos, (virus, gusanos);

Conocer o copiar la información contenida en sistemas o equipos;

Uso y/o reproducción no autorizada de programas informáticos con fines de lucro (piratería);

Ataque a las vías de comunicación y obtención de información que pasa por el medio;

Pornografía infantil.

Legislación federal Delitos informáticos

La Ley de Instituciones de CréditoAutoriza a las mismas a “pactar la celebración de sus operaciones y la prestación de servicios con el público, mediante el uso de equipos, medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, sistemas automatizados de procesamiento de datos y redes de telecomunicaciones, ya sean privados o públicos...”.

Contratos electrónicos y

firma electrónica

La Ley del Mercado de Valores, al regular el contrato de intermediación bursátil, autoriza a las partes a convenir libremente el uso de télex, telefax o cualquier otro medio electrónico, de cómputo o telecomunicaciones para el envío, intercambio o confirmación de las órdenes de la clientela inversionista;

El Código de Comercio, se autoriza el empleo de medios electrónicos, ópticos y de cualquier otra tecnología en los actos de comercio y la formación de los mismos;

La Ley Federal de Protección al Consumidor, protege como confidencial la información que éste proporcione al proveedor, prohibiendo su difusión a otros proveedores ajenos;

El Código Civil Federal, al regular el consentimiento, menciona que “será expreso cuando se manifieste verbalmente, por escrito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología;

Los Códigos Civiles de los Estados de

Baja California Sur, Coahuila, Jalisco, Puebla, Yucatán, también equiparan la oferta hecha entre presentes a la realizada por télex telefax o cualquier otro medio de comunicación simultánea o que permita al que recibe la oferta, contestar inmediatamente; algunos de éstos Códigos, además, engloban dentro del consentimiento expreso el manifestado por medios electrónicos o telemáticos.

Legislación Estatal

La Ley Federal de Protección al

Consumidor, protege como confidencial la información que éste proporcione al proveedor, prohibiendo su difusión a otros proveedores ajenos;

La Ley Federal del Derecho de Autor, al proteger las bases de datos que por razones de disposición de su contenido constituyan obras intelectuales, establece que la información privada de las personas contenidas en dichas bases no podrá ser divulgada, transmitida ni reproducida, salvo con el consentimiento de la persona de que se trate.

Protección de la privacidad y de la

información

La Ley de Instituciones de Crédito,

sanciona con prisión y multa al que "obtenga o use indebidamente la información sobre clientes u operaciones del sistema bancario sin contar con las autorización correspondiente…";

La Ley Federal del Derecho de Autor, misma que entiende por programa de cómputo "la expresión original en cualquier forma, lenguaje o código, de un conjunto de instrucciones que con una secuencia, estructura y organización determinada, tiene como propósito que una computadora o dispositivo realice una tarea o función específica". La Ley protege programas tanto operativos como aplicativos y deja fuera a los que tienen por objeto causar efectos nocivos

Propiedad Intelectual

Se limitan a

otorgarles valor probatorio a los documentos o instrumentos que se obtengan por medios electrónicos.

Cómputo forense

Es éste un asunto de los más difíciles en cuanto a regulación se trata, en virtud del carácter absolutamente internacional del Internet y de la enorme cantidad de sitios que existen. Se han hecho algunos esfuerzos por regular un adecuado uso de Internet, aislados (Europa, Estados unidos de América).

El único contenido de internet que está prohibido y sancionado en nuestro país es el de la pornografía infantil,

Contenidos de Internet

Legislación Internacional

Libertad de Información • Artículo 6, párrafo segundo, de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

• Artículo 19.2, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos;

• 13.1, de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos suscrita en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos;

• Artículo 19, de la Declaración Universal de Derechos Humanos; artículo IV, de la Declaración Americana de Deberes y Derechos del Hombre;

• Artículo 7, de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial;

• Principio 21, de los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados;

• Artículo 17, inciso a), de la Convención sobre los Derechos del Niño;

• Artículo 2.1., de la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales.

Inviolabilidad de Comunicaciones Privadas

Artículo 16 párrafo decimo segundo, decimo tercero y decimo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; articulo X, de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; artículo 17, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; artículo 12, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y artículo 11.2, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Legislación Internacional