derecho concursal
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UNIVERSIDAD FERMIN TOROVICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO
EL DERECHO CONCURSAL
INTEGRANTE:RODRIGUEZ YURBIS
CATEDRA: Derecho Mercantil II y Practicas
El Derecho Concursal
Es el conjunto de normas materiales y procesales que regulan y hacen posible la declaración de proceder a la ejecución colectiva de todo el patrimonio del deudor en
beneficio de todos sus acreedores
FINALIDAD
Asegurar en la medida de lo posible la ocupación y embargo general de todo el patrimonio del deudor
la seguridad de que éste no continuará administrando libremente y agravando la crisis existente
la liquidación del patrimonio todo en beneficio de todos los acreedores.
EJECUCIÓNSINGULAR COLECTIVA
Tiene lugar cuando el acreedor acude a los medios procesales ordinarios a los fines de denunciar una situación de incumplimiento de las obligaciones del deudor para obtener la satisfacción de su interés
Se basa en la inclusión y la generalidad, ya que cuando el patrimonio se hace impotente para cancelar lo adeudado debido a un desequilibrio que lo afecta se procede a liquidar todo el patrimonio del deudor en beneficio de todos sus acreedores
La ejecución singular es menos igualitaria y niveladora que la colectiva, ya que el acreedor más diligente cobra primero y el que mejor bienes embargue está en mejor situación, fundamentándose en los principios de exclusión
y selección.
EL PATRIMONIO COMO PRENDA COMÚN DE LOS
ACREEDORES
PATRIMONIO: la propiedad heredada de los ancestros
PATRIMONIO EMPRESARIAL: El conjunto de bienes, derechos y obligaciones, pertenecientes a una empresa.
Cuando por algún motivo el patrimonio carece de medios líquidos para pagar oportunamente sus deudas, interviene el Estado imponiendo al comerciante la obligación de manifestar ante un Tribunal la declaración de quiebra o facultad para solicitar el atraso.
Después de obtenida esta declaratoria, se procede a liquidar todo el patrimonio en beneficio de todos los acreedores.
SUSPENSIÓN Y CESACIÓN DE PAGOS
Situación concursal en la cual una persona, familia, empresa o una sociedad mercantil se encuentra cuando no puede pagar la totalidad de las deudas que tiene con sus acreedores por falta de liquidez o dinero en efectivo.
Situación jurídica proveniente de un comerciante por causas que no le son imputables, y por lo tanto, se ve obligado a retardar el de sus obligaciones.
ATRASO
El atraso y la liquidación amigable se encuentran reguladas en el Libro Tercero, Título Primero del Código de Comercio
1. REQUISITOS DE FONDO:
Son sustancialmente los presupuestos procesales, tales como:
a. La cualidad del comerciante en el deudor.
b. La crisis de cesación de pagos excusable y subsanable por ser el activo real y positivamente superior al pasivo.
c. La competencia del tribunal.
d. La capacidad procesal del peticionario.
2. REQUISITOS DE FORMA:
a. Petición regular del estado de atraso.
b. Presentación de libros de comercio regularmente llevados; balance comercial; su inventario, entre otros.
c. Cualquier otro documento o papel que tenga las condiciones de seriedad y verosimilitud necesarias para probar la veracidad de las razones por las cuales se incurrió en una cesación de pagos.
d. No encontrarse el deudor en quiebra declarada.
REQUISITOS DE ADMISIÓN DEL ATRASO
El Tribunal, después de haber verificado la presentación de todos los documentos exigidos como requisitos en debida forma, dictará las medidas de vigilancia necesarias de acuerdo al arbitrio del Juez, nombrará:
El síndico en el estado de atraso es un funcionario de buena fe, auxiliar de la justicia, cuya opinión será tomada muy en cuenta por el Tribunal a los efectos de decidir la procedencia o improcedencia del atraso.
La comisión de acreedores deberá estar conformada por tres de los principales acreedores residentes, de los que figuren en el balance del peticionario; lo cual da a entender que estos acreedores son aquellos de mayor suma.
PROCEDIMIENTO
LA QUIEBRAes el proceso legal mediante el cual un deudor declara su incapacidad
de pagar sus deudas.
FORTUITAProviene de casos fortuitos o fuerza mayor
CULPABLEEs ocasionada por parte del fallido
FRAUDULENTAEl fallido perjudica a sus acreedores