derecho burocratico procesal

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  • LA REFORMA PROCESAL DEL DERECHO BUROCRTICO

    Hugo talo MORALES

    SUMARIO: I. Introduccin. II. Antecedentes procesales. III. Exposicin de motivos. IV. Anlisis valorativo de la legislacin. V. Conclusiones. VI. Anexo.

    I. INTRODUCCIN

    Las reglamentaciones administrativas que regulaban la situacin jurdica entrelos servidores pblicos y el Estado reciban el calificativo de leyes del serviciocivil, para descartar la posibilidad de relaciones laborales, no obstante que losdecretos, reglamentos y disposiciones estatales tenan contenido laboral, fijan-do las condiciones en la prestacin del servicio.

    Las primeras disposiciones aplicables a los burcratas fueron dictadas enel siglo XIX relativas a pensiones y retiros del personal, y reconocimientoseconmicos a sus viudas.

    Durante el gobierno del general Porfirio Daz se dict la Ley de Pensiones,Montepos y Retiros para Civiles y Militares en 1886 estableciendo pensionesal personal retirado, sus viudas e hijos.

    En 1925 se dict la Ley de Pensiones Civiles de Retiro, creando la direccincorrespondiente que ejecutaba sus principios.

    En 1928 los maestros logran que el gobierno federal acepte su organizacinmutualista mediante el seguro federal del magisterio, que vino a aliviar su si-tuacin en caso de enfermedades, accidentes y muerte.

    Durante la presidencia del general Abelardo L. Rodrguez, se dict una le-gislacin provisional denominada Acuerdo sobre la Organizacin y Funcio-namiento del Servicio Civil , pero su vigencia escasamente abarc del 12 deabril al 30 de noviembre de 1934, fecha en la cual conclua su mandato.

    Sealaba en sus diversos captulos o trminos de proteccin a los servidorespblicos federales, excluyendo expresamente a los militares, altos empleados,personal de confianza, supernumerarios y los de contrato.

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  • Creaba comisiones de servicio civil, encargadas de seleccin y escalafn;formas de ingreso; vacaciones, licencias, permisos, recompensas, ascensos, se-paraciones e indemnizaciones; en caso de supresin del puesto.

    No obstante los beneficios que representaba esta codificacin, perdi susefectos al trmino de su vigencia, provocando desconcierto en los beneficiariosdel rgimen jurdico, que se encontraron sin ordenamiento aplicable, toda vezque la legislacin de trabajo los exclua expresamente en sus disposiciones.

    El inters de la burocracia federal por la obtencin de los beneficios labo-rales del artculo 123 constitucional se manifest en su militancia sindical, lo-grando ser aceptados en la Confederacin de Trabajadores de Mxico.

    No fue hasta el 5 de diciembre de 1938 cuando obtuvieron la promulgacindel Estatuto Jurdico de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de laUnin , el cual pretenda aplicar los principios fundamentales del derecho deltrabajo con caractersticas sui gneris, atendiendo a la naturaleza del Estadopatrn.

    Con posterioridad se dict un nuevo estatuto en el ao de 1941, el cual seconcret a llevar a cabo algunas reformas fundamentales.

    Durante el mandato del licenciado Adolfo Lpez Mateos se envi una ini-ciativa para incluir en el artculo 123 el apartado B , relativo a las disposi-ciones laborales entre los poderes de la Unin, los gobiernos del Distrito ylos territorios federales con sus trabajadores, elevando a la categora de cons-titucional los vnculos del trabajo en el medio burocrtico federal, publicn-dose en diciembre de 1960.

    A partir de entonces, dicho precepto se dividi en dos apartados, para re-ferirse a los trabajadores de la iniciativa privada y a los servidores pblicosfederales, y personal del Distrito Federal y territorios federales.

    El reconocimiento expreso del carcter laboral de estas relaciones, aceptadodesde el primer Estatuto Jurdico, pero elevado a rango constitucional poste-riormente, despej cualquier duda sobre el tema, clasificando expresamentedentro del derecho del trabajo estos vnculos y apartndose del derecho ad-ministrativo, no obstante que en altas jerarquas del cuadro burocrtico se man-tiene la aplicacin de esta disciplina.

    Como una consecuencia de lo anterior se public la Ley Federal de los Tra-bajadores al Servicio del Estado en diciembre de 1963, que reglamentaba lanorma constitucional, incurriendo en los mismos vicios de tcnica legislativade la Ley Federal del Trabajo.

    En efecto, desde 1931 el cdigo laboral en una sola legislacin ha incluidotoda clase de disposiciones de trabajo, no obstante su diferente ubicacin enel cuadro de la sistemtica jurdica; consecuentemente, la parte adjetiva, sus-

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  • tantiva, orgnica, reglamentaria, sancionadora, administrativa, etctera, se en-cuentran dentro de un solo cuerpo normativo.

    Las consecuencias lgicas de esta prctica, provocan una confusin en elconocimiento, toda vez que bajo el mismo trmino (derecho del trabajo) sepretende un conocimiento universal de diversos objetos cognoscitivos.

    Ante esta mixtificacin de conceptos aparentemente prcticos, el jurista nopuede realizar una clasificacin tcnica correcta, puesto que una misma dis-posicin jurdica puede interpretarse desde diversos puntos de vista.

    Basta recordar los principios generales de derecho laboral, para entenderlo.Estos principios son diversos en el sustantivo y en el procesal, no obstanteque se localizan en el mismo ordenamiento.

    Lo mismo ocurre en la parte orgnica; la organizacin de los tribunales ju-risdiccionales es diversa a la de las dependencias administrativas, y sin em-bargo se localizan en la misma codificacin.

    Sera muy prolijo explicar todos aquellos casos en los cuales este eclecti-cismo produce contradicciones; sin embargo, los que estn apartados de laciencia jurdica consideran ms fcil consultar en un solo volumen toda clasede disposiciones.

    La Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, pretendiendouna reforma procesal sin modificar la parte sustantiva, provoca una serie deconfusiones, puesto que no logra su cometido y complica la interpretacinjurdica.

    II. ANTECEDENTES PROCESALES

    Durante largo tiempo ha persistido la discusin sobre la necesidad de uni-ficar la legislacin laboral comprendida en los apartados A y B del ar-tculo 123 constitucional, pero en tanto se toman medidas al respecto, la le-gislacin ordinaria aplicable a los servidores pblicos pretende unprocedimiento propio y plenamente identificado, que comprenda todos los con-flictos que se presentan en el Tribunal Federal de Conciliacin y Arbitraje.Para el efecto se ha proyectado una legislacin, cuya originalidad es dudosa,no obstante su exposicin de motivos.

    Se ha sometido al Congreso de la Unin un Cdigo Federal de ProcedimientoLaboral Burocrtico. Esta legislacin pretende otorgarle al procedimiento unsentido ms formal, resolviendo expresamente todas las lagunas actuales queprovocan la supletoriedad de la Ley Federal del Trabajo, la cual constituyeel apoyo interpretativo principal.

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  • No podemos considerar que la reforma aludida presenta grandes novedadesen la materia, considerando que carece de independencia doctrinal y en todoslos casos recurre a la fuente original (teora general del proceso) y gira sobreel procedimiento ordinario; sin embargo, constituye un avance, por su carcteractualizado, que sustituyendo principios obsoletos de la legislacin vigente quedespus de ms de treinta aos de prctica se modifica.

    III. EXPOSICIN DE MOTIVOS

    Por razones de orden, sintetizaremos inicialmente los conceptos fundamen-tales de esta exposicin de motivos, analizando con posterioridad las dispo-siciones normativas de la legislacin.

    Se inicia relatando sucintamente sus mayores alcances advirtiendo la nece-sidad de la reforma derivada del incremento en los conflictos de los servidoresdel Estado e instituciones pblicas regidas por la legislacin burocrtica queobligan su atencin inmediata.

    Reconoce adems la necesidad de impartir justicia laboral en el mbito bu-rocrtico, atendiendo a la realidad nacional y siguiendo las corrientes proce-sales modernas.

    Se afirma que las normas vigentes son tan escasas e incompletas que re-quieren complementos supletorios, y la circunstancia de confundir lo sustantivocon lo procesal crea problemas e interpretaciones errneas; para el efecto, ini-cia un estudio clasificatorio, refirindose en primer trmino a las caractersticasdel proceso burocrtico.

    Establece como principios generales la gratuidad, inmediatez, concentra-cin, oralidad y sencillez.

    Atendiendo a los conceptos de la Ley Federal del Trabajo suprime la le-gislacin civil y el derecho comn como un principio supletorio, por el carctereminentemente social de los objetivos que pretende.

    Menciona que la jurisprudencia y prcticas forales del propio Tribunal cons-tituyen tambin fuente de inspiracin en el procedimiento que se propone.

    Se busca un procedimiento gil y sencillo con plazos breves y perentoriospara resolver las peticiones de las partes y reducir los incidentes al mximo,y cuando stos surgen resolverlos de inmediato con trmites acelerados, re-chazando los improcedentes, que slo retardan la resolucin definitiva.

    El libro primero no constituye propiamente un procedimiento, sino el detallede la integracin del Tribunal Federal de Conciliacin y Arbitraje y la Comi-sin Sustanciadora de la Suprema Corte que tramita los conflictos entre el Po-

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  • der Judicial Federal y sus servidores para ser resueltos por el pleno de dichoalto tribunal.

    El libro segundo menciona las caractersticas del proceso y sus generalida-des, la competencia del Tribunal y formas de solucin de conflictos. Establecelas normas sobre capacidad, personalidad, trminos procesales, notificaciones,emplazamientos, caducidad, ejecucin.

    En el ttulo segundo destacan las caractersticas de las pruebas y su valo-racin, liberando al trabajador del onus probandi en determinadas circunstan-cias y siguiendo las reglas generales de la Ley Federal del Trabajo, que le sirvede antecedente; incluyendo la valoracin en conciencia, con criterios lgico-jurdicos que justifiquen apartarse del anlisis rigorista.

    El ttulo tercero clasifica los tipos de resoluciones y establece los elementosde los juicios individuales, disponiendo que en el escrito inicial bastar anun-cio de las pruebas, siendo innecesario ofrecerlas en ese acto jurdico, comola legislacin actual lo determina y reservando para la audiencia respectiva elacto de ofrecimiento.

    Por lo que respecta a la contestacin, sta deber producirse en el mismo tr-mino, independientemente de que el demandado sea un titular o el trabajador.

    La audiencia se descompone en tres etapas: conciliacin, demanda y con-testacin; y por ltimo, ofrecimiento y admisin de pruebas.

    En el periodo siguiente se procede al desahogo de pruebas, y formuladoslos alegatos se turnan los autos a resolucin.

    Se establece como regla general la ausencia de recursos para acelerar el pro-cedimiento, salvo de resoluciones dictadas en audiencias y actos del ejecutorque admitan revisin.

    Los laudos deben ejecutarse por el presidente correspondiente.En el libro cuarto se mencionan las medidas de apremio para hacerse efec-

    tivas a las partes, apoderados o terceros segn los casos, incluyendo a los ser-vidores pblicos.

    El libro quinto establece la organizacin de la Procuradura de la Defensadel Trabajo, atribuciones y funciones, as como los requisitos que deben cubrirsus integrantes.

    El libro sexto menciona las formalidades de los asuntos colectivos, el pro-cedimiento para el registro de sindicatos, condiciones generales de trabajo yotros reglamentos.

    Tambin seala los requisitos de procedimiento de huelga, las formalidades delpliego de peticiones, la etapa conciliatoria, incluyendo las calificaciones previasy posteriores del tribunal una vez estallada la huelga y la forma de conclusindel conflicto. Finaliza con los conflictos sindicales e intersindicales.

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  • En el ttulo segundo se refiere a los asuntos para-procesales que permitenla declaracin de personas; exhibicin de cosa o documento; realizacin dediligencia fuera de proceso, consignacin o citacin para pago de cantidad oentrega de objeto; ratificacin de convenios y cese de nombramientos.

    El ttulo tercero menciona recursos, incidentes, incluyendo prescripcin, lacual innovadoramente la establece como excepcin de previo y especial pro-nunciamiento, que se resuelve en una audiencia incidental, y de proceder jus-tifica el archivo del expediente como asunto concluido.

    Tambin se refiere a la sustitucin patronal, que no se encuentra previstaactualmente, mencionando al respecto que deber resolverse en una audienciaespecfica; de considerarse procedente se citar al sustituto de ser competenteel tribunal; de lo contrario se remitir al organismo idneo.

    Seala el procedimiento en caso de fallecimiento del trabajador para quelos beneficiarios acrediten sus derechos.

    Concluye derogando las disposiciones del procedimiento vigente, salvo enlos casos de asuntos en trmites los cuales debern concluirse bajo los prin-cipios de la legislacin actual.

    IV. ANLISIS VALORATIVO DE LA LEGISLACIN

    En este punto se investigar el origen histrico de los preceptos jurdicosprocesales, para desprender hasta qu punto tiene originalidad la iniciativa.

    LIBRO PRIMERODe las autoridades jurisdiccionales

    Seala al Tribunal Federal de Conciliacin y Arbitraje, organismo compe-tente en los conflictos de los trabajadores de los Poderes Ejecutivo, Legislativoy organismos a que se refiere el artculo 45 de la Ley Federal de la Admi-nistracin Pblica Federal; 14 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales ySociedades Nacionales de Crdito.

    Y al pleno de la Suprema Corte de Justicia, cuando se trate de trabajadoresal servicio del Poder Judicial Federal.

    TTULO PRIMERODel Tribunal Federal de Conciliacin y Arbitraje

    Reproduce casi ntegramente el ttulo sptimo, captulo I de la legislacinvigente.

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  • TTULO SEGUNDODe la Comisin Sustanciadora de los Conflictos entre el Poder

    Judicial de la Federacin y sus Trabajadores

    Captulo I y Captulo II

    Idnticos al ttulo noveno de la legislacin vigente, con algunas salvedadesintranscendentes.

    TTULO TERCERO

    Captulo primeroDe los procedimientos y excusas

    Esta parte aparentemente novedosa, reproduce ntegramente el ttulo catorce,captulo cuatro, de la Ley Federal del Trabajo.

    Debe insistirse que constituye una novedad su inclusin en el proyecto, perouna falta absoluta de la originalidad al transcribir la legislacin supletoria; se-ra recomendable un poco de imaginacin para introducir nuevas razones deimpedimento.

    LIBRO SEGUNDODe la substanciacin de los procedimientos

    TTULO PRIMERODel proceso en general

    Captulo IPrincipios procesales

    Coincide casi ntegramente con los principios procesales de la Ley Federaldel Trabajo en su ttulo catorce, captulo I, con algunas diferencias.

    Considera el principio de legalidad como integrante de los fundamentos pro-cesales, pasando por alto que constituye una obligacin del tribunal su apli-cacin por su carcter formal y antecedentes constitucionales.

    Menciona como fuente supletoria la Ley Federal del Trabajo, la legislacinbancaria burocrtica y los principios generales mencionados por la Ley Federaldel Trabajo.

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  • Debe sealarse que la legislacin bancaria es un apndice de la burocrtica,luego entonces no puede invocarse como supletoria de la principal.

    Este error se ha venido repitiendo en la jurisprudencia de la Corte, v. gr. noobstante que el cdigo laboral es supletorio del burocrtico, por disposicin ex-presa, nuestro mximo tribunal aplica principios de sta a aqulla, provocandoun error de tcnica jurdica y confusin entre lo principal y lo secundario.

    Captulo IICompetencia

    Coincide con la legislacin actual agregando nicamente la competenciaque existe respecto de los organismos pblicos, paraestatales y sociedades na-cionales de crdito.

    Establece la declinatoria, omitida en la Ley vigente y las funciones del ple-no; salas metropolitanas y regionales o estatales sin aportar novedades.

    Captulo IIIDe la capacidad y personalidad

    Transcribe el ttulo catorce, captulo II, de la Ley Federal del Trabajo conligeras modificaciones.

    Por tal motivo, incurre en los mismos errores de la fuente original, refi-rindose al trabajador menor de edad de 16 aos o ms, puesto que a partirde esa edad tiene capacidad laboral plena y no puede calificrsele de personamenor.

    Captulo IVTrminos procesales

    Transcribe el ttulo catorce, captulo VI de la Ley Federal del Trabajo.

    Captulo VNotificaciones

    Transcribe el ttulo catorce, captulo VII de la Ley Federal del Trabajo, sal-vo el sealamiento de das inhbiles o festivos que se incluyen en la parte sus-tantiva.

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  • Captulo VIExhortos y despachos

    Se transcribe el ttulo catorce, captulo VIII, de la Ley Federal del Trabajo.

    Captulo VIIDe la activacin del proceso y la caducidad

    Expresa las causas de terminacin del proceso: a) convenio; b) desaparicinde la causa de la litis; c) desistimiento; d) cumplimiento voluntario de la re-clamacin; d) laudo.

    Establece la caducidad de la instancia en tres meses y la de ejecucin delos laudos en dos aos.

    Recordemos que la caducidad de oficio de la primera legislacin laboral de1931, detallada en el artculo 479, fue muy combatida por la interpretacinde la Corte, anulndola casi en las ltimas etapas de vigencia. Siempre se ar-gument la proteccin oficiosa de parte de la autoridad en favor de los tra-bajadores. Para dejar vigente el principio de caducidad la Ley Federal del Tra-bajo actual, la regula en forma tal, que la hace totalmente imprctica y de casiimposible cumplimiento.

    Captulo VIIIPrescripcin

    Transcribe casi ntegramente el ttulo sexto de la legislacin burocrtica vi-gente, con algunas variaciones

    TTULO SEGUNDODe las pruebas y su valoracin

    Captulo IReglas generales de la prueba

    Se transcriben casi ntegramente el ttulo XIV, captulo XII, seccin pri-mera, de la Ley Federal del Trabajo. Y sorprendentemente se transcribe ade-ms el ttulo sexto, captulo II, del Cdigo de Procedimientos Civiles para elDistrito Federal relevando del onus probandi al que niega, salvo las excep-ciones ampliamente conocidas.

    LA REFORMA PROCESAL DEL DERECHO BUROCRTICO 733

  • Captulo IIPrueba confesional

    Se transcribe el ttulo catorce, captulo II, seccin segunda, de la Ley Fe-deral del Trabajo.

    Captulo IIIDe las documentales

    Se transcribe el ttulo catorce, captulo XII, seccin tercera, de la Ley Fe-deral del Trabajo.

    Captulo IVDe la testimonial

    Se transcribe el ttulo catorce, captulo XII, seccin cuarta, de la Ley Federaldel Trabajo.

    Captulo VDe la pericial

    Se transcribe el ttulo catorce, captulo XII, seccin quinta, de la Ley Fe-deral del Trabajo.

    Captulo VIDe la inspeccin

    Se transcribe el ttulo catorce, captulo XII, seccin sexta, de la Ley Federaldel Trabajo.

    Captulo VIIOtros medios derivados del avance de la ciencia

    Se transcribe el ttulo catorce, captulo XII, artculo 776, fraccin VIII, dela Ley Federal del Trabajo.

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  • Captulo VIIIDe la presuncional

    Se transcribe el ttulo catorce, captulo XII, seccin sptima, de la Ley Fe-deral del Trabajo.

    Captulo IXDe la instrumental

    Se transcribe el ttulo catorce, captulo XII, seccin octava, de la Ley Fe-deral del Trabajo.

    Captulo XValoracin de las pruebas

    Se transcribe el ttulo catorce, captulo XIII, artculo 841, de la Ley Federaldel Trabajo.

    TTULO TERCERODe las resoluciones del tribunal

    Transcribe el ttulo sexto, captulo III, artculo 128, de la legislacin buro-crtica vigente, y el ttulo XIV, captulo XII, de la Ley Federal del Trabajo.

    TTULO CUARTODel procedimiento en asuntos individuales

    Transcribe el ttulo sptimo, captulo III, artculo 130, de la legislacin bu-rocrtica vigente, y ttulo catorce, captulo XVII, de la Ley Federal del Tra-bajo, con algunas adaptaciones, v. gr.:

    a) Anuncio de pruebas.b) Acta administrativa.c) Reconvencin.

    LA REFORMA PROCESAL DEL DERECHO BUROCRTICO 735

  • Captulo IIDe la audiencia de conciliacin demanda y excepciones

    Se transcribe ttulo catorce, captulo XVI, de la Ley Federal del Trabajo,salvo rplica y recontrarrplica que omite en el procedimiento.

    Captulo IIIDe los recursos

    Se transcribe ttulo catorce, captulo XIII, artculo 848, de la Ley Federaldel Trabajo, rechazando los recursos, con las siguientes salvedades:

    a) Aclaraciones de laudo.b) Revisin de acuerdo.c) Revisin actos del ejecutor.

    TTULO TERCERODe la ejecucin

    Se transcribe ttulo quince, captulo I, seccin primera, de la Ley Federaldel Trabajo, con salvedades.

    Captulo IIProcedimiento de ejecucin

    Se transcribe ttulo quince, captulo I, seccin segunda, de la Ley Federaldel Trabajo, con salvedades.

    LIBRO CUARTODe los medios de apremio y correcciones disciplinarias

    TTULO NICO

    Captulo IA las partes, apoderados y terceros

    Se transcribe el ttulo catorce, captulo V, artculos 729 y 731, de la LeyFederal del Trabajo.

    736 HUGO TALO MORALES

  • Captulo IIA los servidores pblicos

    Se remite a la ley y condiciones generales de trabajo para la aplicacin desanciones.

    LIBRO QUINTO

    TTULO NICODe la Procuradura de la Defensa de los Trabajadores

    al Servicio del Estado

    Captulo IOrganizacin

    Transcribe las partes relativas de la Ley Orgnica de la Procuradura de laDefensa del Trabajo Burocrtico.

    Captulo IIAtribuciones y funciones

    Transcribe la parte relativa de la legislacin mencionada anteriormente.

    LIBRO SEXTO

    TTULO PRIMERODel procedimiento en los asuntos colectivos

    Captulo IDel registro de los sindicatos

    Se transcribe el ttulo cuarto, captulo I, de la legislacin burocrtica y ttulosptimo, captulo II, de la Ley Federal del Trabajo con adaptaciones.

    LA REFORMA PROCESAL DEL DERECHO BUROCRTICO 737

  • Captulo IIDel registro de las condiciones generales del trabajo y otros reglamentos

    Se transcribe el ttulo sptimo, captulo III, de la Ley Federal del Trabajocon adaptaciones.

    Captulo IIIEl procedimiento de huelga

    Se transcribe el ttulo cuatro, captulos III y IV, de la legislacin burocrticaactual, con algunas adaptaciones.

    Cabe mencionar al respecto, que la huelga en materia burocrtica resultaajena a la realidad jurdica y social, reiterndose los errores de todos los or-denamientos anteriores.

    Los requisitos previos para estallarla constituyen obstculos insuperables,que imposibilitan la suspensin colectiva de labores.

    Slo la violacin general y sistemtica de todos los preceptos del artculo123, apartado B constitucional, legitiman el movimiento colectivo.

    Requirindose adems: a) pliego de peticiones, b) acuerdo de asamblea,c) autorizacin del Tribunal, d) conciliacin previa. Slo cumplidas todas ycada una de estas hiptesis es procedente el ejercicio del derecho.

    Luego entonces, el ejercicio de este derecho en materia burocrtica, atentaen contra de los principios sociales y doctrinales del derecho del trabajo.

    Captulo IVDel procedimiento para los conflictos sindicales e intersindicales

    Se transcribe el ttulo sptimo, captulo III, artculo 125, de la legislacinburocrtica vigente, con algunas modificaciones, derivadas de los principiosde la Ley Federal del Trabajo.

    TTULO SEGUNDOProcedimiento paraprocesal

    Captulo I

    Se transcribe el ttulo quince, captulo III, de la Ley Federal del Trabajo,constituyendo una novedad en derecho burocrtico.

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  • TTULO TERCERODe los incidentes y recursos

    Captulo I

    Se transcribe el ttulo catorce, captulo IX, de la Ley Federal del Trabajo,con algunas variantes.

    Captulo IIDe la acumulacin

    Se transcribe el ttulo catorce, captulo X, de la Ley Federal del Trabajo,con algunas variantes.

    Captulo IIIDe la prescripcin de la accin

    Establece este concepto como excepcin de previo y especial pronuncia-miento, provocando la apertura de un incidente y el archivo del negocio, encaso de proceder.

    Captulo IVSustitucin patronal

    Establece el procedimiento incidental para su trmite, sin definir conceptos.

    Captulo VReconocimiento de beneficiarios

    Transcribe el ttulo noveno, artculos 501 y 503 de la Ley Federal del Tra-bajo, con algunas variantes.

    Transitorios

    a) Inicio de vigencia; b) derogacin de la parte procesal; c) asuntos en tr-mite; d) vigencia de los registros sindicales actuales.

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  • V. CONCLUSIONES

    1. El derecho del trabajo constituye una disciplina jurdica aplicable a lasrelaciones laborales.

    2. El artculo 123 constitucional debe retornar a su fuente original, inclu-yendo expresamente a los servidores pblicos.

    3. La legislacin laboral debe dictarse atendiendo a los principios de la sis-temtica jurdica, evitando en un solo cuerpo legal comprender normas obje-tivas, procesales, reglamentarias, etctera.

    4. El derecho laboral burocrtico debe formar parte de la legislacin ordi-naria, reservndose con la posibilidad de incluirlo como especial, por sus ca-ractersticas sui gneris.

    5. La reforma procesal burocrtica debe rechazarse, por las mltiples con-fusiones que provoca, mezclando conceptos de distintas reas laborales.

    6. En caso de requerirse una reforma laboral burocrtica, debe abrogarsela actual legislacin creando una nueva que distinga con precisin sus dife-rentes mbitos de aplicabilidad.

    VI. ANEXO

    1. Libro primero. De las autoridades jurisdiccionales.1.1. Ttulo primero. Del Tribunal Federal de Conciliacin y Arbitraje.1.2. Ttulo segundo. De la comisin sustanciadora de los conflictos entre

    el poder judicial de la federacin y sus trabajadores.1.2.1. Captulo I.1.2.2. Captulo II.1.3. Ttulo tercero.1.3.1. Captulo I. De los procedimientos y excusas.2. Libro segundo. De la sustanciacin de los procedimientos.2.1. Ttulo primero. Del proceso en general.2.1.1. Captulo I. Principios procesales.2.1.2. Captulo II. Competencia.2.1.3. Captulo III. De la capacidad y personalidad.2.1.4. Captulo IV. Trminos procesales.2.1.5. Captulo V. Notificaciones.2.1.6. Captulo VI. Exhortos y despachos.2.1.7. Captulo VII. De la activacin del proceso y la caducidad.2.1.8. Captulo VIII. Prescripcin.

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  • 2.2. Ttulo II. De las pruebas y su valoracin.2.2.1. Captulo I. Reglas generales de la prueba.2.2.2. Captulo II. Prueba confesional.2.2.3. Captulo III. De las documentales.2.2.4. Captulo IV. De la testimonial.2.2.5. Captulo V. De la pericial.2.2.6. Captulo VI. De la inspeccin.2.2.7. Captulo VII. Otros medios derivados del avance de la ciencia.2.2.8. Captulo VIII. De la presuncional.2.2.9. Captulo IX. De la instrumental.2.2.0. Captulo X. Valoracin de las pruebas.2.3. Ttulo tercero. De las resoluciones del tribunal.2.4. Ttulo cuarto. Del procedimiento en los asuntos individuales.2.4.1. Captulo I. De la demanda y la contestacin.2.4.2. Captulo II. De la audiencia de conciliacin, demanda y excepciones.2.4.3. Captulo III. De los recursos.3. Libro tercero. De la ejecucin.3.1. Ttulo nico.3.1.1. Captulo I. Disposiciones generales.3.1.2. Captulo II. Procedimiento de ejecucin.4. Libro cuarto. De los medios de apremio y correcciones disciplinarias.4.1. Ttulo nico.4.1.1. Captulo I. A las partes, apoderados y terceros.4.1.2. Captulo II. A los servidores pblicos.5. Libro quinto.5.1. Ttulo nico. De la Procuradura de la Defensa de los Trabajadores al

    Servicio del Estado.5.1.1. Captulo I. Organizacin.5.1.2. Captulo II. Atribuciones y funciones.6. Libro sexto.6.1. Ttulo primero. Del procedimiento en los asuntos colectivos.6.1.1. Captulo I. Del registro de los sindicatos.6.1.2. Captulo II. Del registro de las condiciones generales de trabajo y

    otros reglamentos.6.1.3. Captulo III. Del procedimiento de huelga.6.1.4. Captulo IV. Del procedimiento para los conflictos sindicales e in-

    tersindicales.6.2.1. Ttulo segundo. Procedimiento paraprocesal.6.2.1.1. Captulo I.6.3.1. Ttulo tercero. De los incidentes y recursos.

    LA REFORMA PROCESAL DEL DERECHO BUROCRTICO 741

  • 6.3.1.1. Captulo I. De los incidentes de previo y especial pronunciamiento.6.3.1.2. Captulo II. De la acumulacin.6.3.1.3. Captulo III. De la prescripcin de la accin.6.3.1.4. Captulo IV. Sustitucin patronal.6.3.1.5. Captulo V. Reconocimiento de beneficiarios.Transitorios.

    742 HUGO TALO MORALES