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DEPARTAMENTO DEL TOLIMA ALCALDIA MUNICIPAL MUNICIPIO DE RIOBLANCO Carrera 5ª Nº 4-25 Barrio Centro.Telefax: 2256032- Teléfono: 2256082 – 2256095 – 2256209 – 2256445 www.rioblanco-tolima.gov.co Email; [email protected] ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS (Artículo 20 del Decreto 1510 de 2013) ENTIDAD ALCALDIA MUNICIPAL DE RIOBLANCO TOLIMA DEPENDENCIA QUE PROYECTA SECRETARIA DE PLANEACION E INFRAESTRUCTURA FECHA 19 de MARZO DE 2015 DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACION Conforme a lo señalado en el artículo 25 Numeral 7 y 12 de la ley 80 de 1993 y el decreto 1510 de 2013, para adelantar el proceso de contratación y considerando que el municipio de Rioblanco – Tolima, señalo en su Plan de Desarrollo 2012-2015 “CAMPO PARA TODOS”, , tiene dentro de sus grandes retos proveer una educación pública con calidad y pertinencia que logre retener la población hasta concluir la educación primaria, ofreciendo a los niños y niñas la continuidad hacia la educación secundaria y post secundaria reales oportunidades de movilidad hacia el mundo del trabajo. Este proyecto surge ante la priorización de necesidades realizada con las directivas para atender algunas dificultades que presentan estas Instituciones. Esta institución educativa requiere la construcción de una cocina que les garantice a los niños y niñas la realización de sus refrigerios, además de diferentes adecuaciones en la misma como lo son la adecuación de aulas y la cubierta, realizando las siguientes actividades reforzando la estructura de concreto, columnas y vigas, puntos hidráulicos y sanitarios, cubierta, instalación de aire acondicionado, instalación de puertas y ventanas e igualmente un cielo raso en icopor, en razón a que la misma presenta en la actualidad daños que ponen en riesgo la seguridad de los niños, niñas y adolescente que acuden a dicha institución, de modo que se requiere adelantar actividades para el mantenimiento y adecuación de los espacios en para la construcción de una cocina de 4,50 mts x 4,50 mts, cubierta y adecuación de aulas en la institución educativa General Santander sede principal. Con la realización de este proyecto se beneficia la población urbana del municipio en un potencial aproximado de 4315 habitantes, lo que incide estas mejoras en la prestación de un mejor servicio educativo disminuyendo la deserción escolar y que los estudiantes estén más a gusto asistiendo a la institución educativa dentro del marco constitucional del artículo 44 y 67 de la Constitución Política. Bajo el contexto anterior se hace indispensable contratar mediante la modalidad de selección abreviada la necesidad existente.

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DEPARTAMENTO DEL TOLIMA ALCALDIA MUNICIPAL MUNICIPIO DE RIOBLANCO

Carrera 5ª Nº 4-25 Barrio Centro.Telefax: 2256032-

Teléfono: 2256082 – 2256095 – 2256209 – 2256445

www.rioblanco-tolima.gov.co Email; [email protected]

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS (Artículo 20 del Decreto 1510 de 2013)

ENTIDAD ALCALDIA MUNICIPAL DE RIOBLANCO TOLIMA

DEPENDENCIA QUE PROYECTA SECRETARIA DE PLANEACION E INFRAESTRUCTURA

FECHA 19 de MARZO DE 2015

DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACION

Conforme a lo señalado en el artículo 25 Numeral 7 y 12 de la ley 80 de 1993 y el decreto 1510 de 2013, para adelantar el proceso de contratación y considerando que el municipio de Rioblanco – Tolima, señalo en su Plan de Desarrollo 2012-2015 “CAMPO PARA TODOS”, , tiene dentro de sus

grandes retos proveer una educación pública con calidad y pertinencia que logre retener la población hasta concluir la educación primaria, ofreciendo a los niños y niñas la continuidad hacia la educación

secundaria y post secundaria reales oportunidades de movilidad hacia el mundo del trabajo. Este proyecto surge ante la priorización de necesidades realizada con las directivas para atender algunas dificultades que presentan estas Instituciones.

Esta institución educativa requiere la construcción de una cocina que les garantice a los niños y niñas la realización de sus refrigerios, además de diferentes adecuaciones en la misma como lo son la

adecuación de aulas y la cubierta, realizando las siguientes actividades reforzando la estructura de concreto, columnas y vigas, puntos hidráulicos y sanitarios, cubierta, instalación de aire acondicionado,

instalación de puertas y ventanas e igualmente un cielo raso en icopor, en razón a que la misma presenta en la actualidad daños que ponen en riesgo la seguridad de los niños, niñas y adolescente que acuden a dicha institución, de modo que se requiere adelantar actividades para el mantenimiento y

adecuación de los espacios en para la construcción de una cocina de 4,50 mts x 4,50 mts, cubierta y adecuación de aulas en la institución educativa General Santander sede principal.

Con la realización de este proyecto se beneficia la población urbana del municipio en un potencial aproximado de 4315 habitantes, lo que incide estas mejoras en la prestación de un mejor servicio

educativo disminuyendo la deserción escolar y que los estudiantes estén más a gusto asistiendo a la institución educativa dentro del marco constitucional del artículo 44 y 67 de la Constitución Política.

Bajo el contexto anterior se hace indispensable contratar mediante la modalidad de selección abreviada la necesidad existente.

DEPARTAMENTO DEL TOLIMA ALCALDIA MUNICIPAL MUNICIPIO DE RIOBLANCO

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Teléfono: 2256082 – 2256095 – 2256209 – 2256445

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EL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES, LAS AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERDOS PARA SU EJECUCIÓN Y EL CONTRATO INCLUYE DISEÑO Y CONTRUCCION,

LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO.

2.1. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES Y LA IDENTIFICACION DEL CONTRATO A CELEBRAR

2.1.1. Objeto: “GARANTIZAR LAS ADECUACIONES LOCATIVAS EN LA INSTITUCION EDUCATIVA GENERAL SANTANDER SEDE PRINCIPAL SECTOR URBANO DEL MUNICIPIO DE RIOBLANCO TOLIMA, EN CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA EDUCACION PARA TODOS DEL PLAN DE DESARROLLO CAMPO

PARA TODOS 2012 – 2015.” 2.1.2. Alcance del objeto: Garantizar la construcción de una cocina y la adecuación de unas aulas que se

encuentran en malas condiciones en la institución educativa General Santander Sede principal.

CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS

UNSPSC

721033 Servicios de mantenimiento y reparación de infraestructura

721029 Servicios de mantenimiento y reparación de instalaciones

2.2. IDENTIFICACION DEL CONTRATO A CELEBRAR

2.2.1. Tipo de Contrato: Obra

2.2.2. Plazo de Ejecución: Sesenta (60) días calendario 2.2.3. Lugar de Ejecución: Municipio de Rioblanco - Tolima 2.2.4. Valor estimado del contrato. VEINTISEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO

CINCUENTA Y UNO CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS MCTE ($26.932.151.38) 2.2.5. Forma de pago: Al proponente que manifieste con su oferta una forma de pago diferente a la

inicialmente propuesta por la Entidad en el numeral 4.1 y de acuerdo con las siguientes opciones; se otorgarán hasta 100 puntos de acuerdo con la opción elegida:

OPCIÓN 1 (150 puntos): Mediante pagos parciales previa presentación de actas parciales de recibo a satisfacción

de obra ejecutada, certificadas por el interventor de la obra. Caso en el cual la primera acta de obra parcial

presentada no podrá ser inferior al 50% del total de ejecución de la obra.

OPCIÓN 2 (300 puntos): Sin Anticipo, es decir, el pago total al finalizar la obra previa presentación de acta final

de recibo a satisfacción de obra ejecutada, certificadas por el interventor de la obra.

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2.2.6. Disponibilidad presupuestal: Disponibilidad presupuestal No. CDP No 2015000152 de 14 de Marzo de

2015 por $26.932.151.38 expedido por la Secretaria de Hacienda.

2.2.7. Supervisión: La ejecución de las obras y su cumplimiento serán vigilados a través de la secretaria de planeación e infraestructura

2.2.7. Clausulas sancionatorias y costos a cargo del contratista. El proponente deberá tener en cuenta que el contrato incluirá cláusula de multas, cláusula penal pecuniaria, clausulas excepcionales (si hay lugar a

ellas). Igualmente, deberá asumir los costos de expedición de garantías así como todos los impuestos, tasas y contribuciones del orden nacional y municipal cuando a ello hubiere lugar.

2.2.8. Consulta del proceso: El presente proceso contractual se podrá consultar en la Secretaria General y de Gobierno de la Alcaldía Municipal y en la página www.colombiacompra.gov.co.

2.2.9. Obligaciones generales del contratista: El eventual contratista se obliga con el Municipio de Rioblanco - Tolima a: 1) Acatar la Constitución, la Ley, las normas legales y procedimientos establecidos por el gobierno nacional y

demás disposiciones pertinentes. 2) Cumplir con lo previsto en las disposiciones de las especificaciones esenciales, así como la propuesta presentada.

3) Dar cumplimiento a las obligaciones con los sistemas de seguridad social, salud, pensiones y aportes parafiscales cuando haya lugar, y presentar los documentos respectivos que así lo acrediten, conforme lo establecido por el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 828 de 2003, la Ley 1122 de 2007, Decreto 1703 de

2002, Decreto 510 de 2003, artículo 3 de la Ley 1150 de 2007, Ley 1562 de 2012 y demás normas que las adicionen, complementen, modifiquen o aclaren.

4) Constituir las garantías requeridas en la presente invitación en los tiempos estipulados para ello, cuando asi se le piden. 5) Garantizar la calidad de los servicios contratados y responder por ello.

6) Colaborar con el Municipio de Rioblanco para que el objeto del contrato se cumpla y que este sea el de mejor calidad. 7) Acatar las órdenes que durante el desarrollo del contrato le imparta el supervisor, y de manera general obrar

con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales evitando dilaciones y entrabamientos que pudieran presentarse. 8) No encontrase incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Ley para

contratar con el Estado y con el Municipio de Rioblanco - Tolima. 9) Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía al supervisor del contrato. 10) Guardar total reserva de la información que por razón del servicio y desarrollo de sus actividades obtenga,

esta es propiedad del Municipio de Rioblanco y esta cobijada de reserva legal. 11) Suscribir las actas a que haya lugar. 12) Las demás que se deriven de la naturaleza del contrato y que garanticen su cabal y oportuna ejecución.

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Asimismo se anexa el presupuesto que hace parte integra del presente estudio previo.

3. LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACION, INCLUYENDO LOS

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Teniendo en cuenta la naturaleza del objeto a contratar y el valor del mismo, es viable y conveniente acudir a

la modalidad prevista en la ley 1150 de 2007 y Decreto 1510 de 2013 y sus decretos reglamentarios, utilizando el procedimiento de la Selección Abreviada.

4. EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y LA JUSTIFICACIÓN DEL MISMO. CUANDO EL VALOR DEL CONTRATO ESTÉ DETERMINADO POR PRECIOS UNITARIOS, LA ENTIDAD ESTATAL DEBE INCLUIR

LA FORMA COMO LOS CALCULÓ Y SOPORTAR SUS CÁLCULOS DE PRESUPUESTO EN LA ESTIMACIÓN DE AQUELLOS. LA ENTIDAD ESTATAL NO DEBE PUBLICAR LAS VARIABLES UTILIZADAS PARA

CALCULAR EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO CUANDO LA MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA SEA EN CONCURSO DE MÉRITOS. SI EL CONTRATO ES DE CONCESIÓN, LA ENTIDAD

ESTATAL NO DEBE PUBLICAR EL MODELO FINANCIERO UTILIZADO EN SU ESTRUCTURACIÓN.

La Secretaria Planeación e Infraestructura para establecer el valor estimado del presente proceso de contratación tomó como referente los contratos anteriores similares y análisis realizados por la Secretaria de Planeación, y lo

establecido en el estudio del sector por lo tanto el valor a pagar por el servicio objeto del contrato a suscribir, es la suma equivalente a VEINTISEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS MCTE ($26.932.151.38)

5. LOS CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MAS FAVORABLE

La ley 1150 de 2007 y su Decreto reglamentario 1510 de 2013 señalan como factores de selección de la oferta más favorable los siguientes:

Requisitos habilitantes

Aspecto técnico

FACTOR TÉCNICO CALIFICACIÓN

Programación de Obras 300 puntos

Flujo de F o n d o s del Contrato 300 puntos

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Apoyo a la Industria nacional 100 puntos

Forma de pago 300 puntos

TOTAL 1000 PUNTOS

Aspecto económico

En este criterio se efectuará las correcciones aritméticas del Formulario y sus A.P.U del o de los oferentes que hayan obtenido calificación ADMISIBLE en todos los criterios de evaluación financieros y jurídicos, y se conformará el orden de elegibilidad para la adjudicación del contrato de acuerdo a los siguientes puntos.

En el evento que solo un proponente obtenga calificación ADMISIBLE en todos los criterios de evaluación, LA

ENTIDAD le verificará que el precio de su oferta cumpla los requisitos que a continuación se detallan:

a) El costo total corregido de la propuesta no excede el de la disponibilidad presupuestal

establecida en la presente base de contratación; y no se encuentre por debajo del 95% de la

misma de lo contrario, la propuesta se considerará NO VÁLIDA, es decir, no se tendrá en cuenta

para la evaluación, ni la adjudicación del contrato.

El costo total corregido de la propuesta se determinará con base en la información consignada en el Formulario No. 2, y sus análisis de precios unitarios y su respectiva corrección aritmética.

Sólo se aceptará como corrección aritmética la originada por:

Todas las operaciones aritméticas a que haya lugar en el Formulario No. 2. Y los análisis de precios

unitarios

El ajuste al peso ya sea por exceso o por defecto de los valores consignados en el Formulario No.

2, así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco se aproximará por

exceso al número entero siguiente del peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a

cinco se aproximará por defecto al número entero del peso.

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Nota. si después de efectuada alguna corrección aritmética de parte del comité evaluador, la

diferencia entre el valor original y el valor corregido de la propuesta supera el cero punto uno

por ciento (0.1%) del valor original, la propuesta será declarada como no valida

En el evento que sólo un proponente obtenga calificación ADMISIBLE en todos los criterios de evaluación, y además haya sido calificada como VALIDA en cumplimiento de los requisitos a) y b) del presente numeral. El

ALCALDE del MUNICIPIO o su delegado, le adjudicará el contrato al proponente por el valor total corregido de su propuesta y en el plazo de ejecución del proyecto estipulado en el presente Pliego de Condiciones. La resolución por medio de la cual se adjudica el contrato se notificará personalmente al proponente favorecido, es irrevocable y obliga al MUNICIPIO y al adjudicatario.

En el evento que varias propuestas obtenga calificación ADMISIBLE en todos los criterios de evaluación, LA

ENTIDAD le verificará que el precio de su oferta cumpla los requisitos a) y b) del presente numeral y procederá

a la calificación de la siguiente manera:

Para la evaluación, comparación y adjudicación el MUNICIPIO DE RIOBLANCO – TOLIMA utilizará el valor final de

la oferta corregida, siempre y cuando ésta no supere el presupuesto oficial.

Se obtiene el promedio aritmético del valor básico de las propuestas aceptadas Pp:

Pp = Promedio aritmético.

N = Número de propuestas.

Pn = Propuesta n

Pp = P1 + P2 + P3…....+ Pn

n

Pb = Promedio básico

Po = Presupuesto oficial.

Pb = Pp + Po

2

A las ofertas que se encuentran por debajo del valor promedio (Pb) se les asignará puntaje de acuerdo al

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siguiente criterio:

Puntaje obtenido, CPn

Por debajo de Pb:

CPn = Pn * 1.000

Pb

Las ofertas que por el contrario se encontraran por encima del Pb (valor promedio) se les otorgará puntaje

aplicando la siguiente fórmula:

Por encima de Pb:

CPn = 2000 – ( Pn/Pb) * 1.000

Las propuestas económicas que superen en el análisis los 1000 puntos serán rechazadas. Solo

participaran las propuestas que en el análisis y evaluación del factor económico sea igual o inferior a

1000 puntos.

6. ANALISIS DE RIESGO Y FORMA DE MITIGARLO

De conformidad con lo establecido en la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1510 de 2013, se procede a tipificar, estimar y asignar el riesgo parcial o totalmente que debido a los posibles hechos o circunstancias que por la naturaleza del

contrato y de la actividad a ejecutar es factible su ocurrencia: Uno de los objetivos del sistema de compras y contratación pública es el manejo del Riesgo del Proceso de

contratación. En consecuencia, la administración o el manejo del riesgo debe cubrir desde la planeación hasta la terminación del plazo, la liquidación del contrato, el vencimiento de las garantías de calidad o la disposición final del bien; y no solamente la tipificación, estimación y asignación del riesgo que pueda alterar el equilibrio económico del

contrato. El Decreto 1510 de 2013 define Riesgo como un evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud

en el logro de los objetivos del proceso de contratación o en la ejecución del contrato. Definiéndose solo el riesgo previsible.

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De conformidad con lo establecido en la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1510 de 2013, se procede a tipificar, estimar y asignar el riesgo parcial o totalmente que debido a los posibles hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato y de la actividad a ejecutar es factible su ocurrencia:

ANÁLISIS DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL

CONTRATO.

1. Establecer el contexto en el cual se adelanta el Proceso de Contratación.

2. identificar y clasificar los Riesgos del Proceso de Contratación.

3. Evaluar y calificar los Riesgos.

4. Asignar y tratar los Riesgos.

5. Monitorear y revisar la gestión de los Riesgos

VER. TABLA 1 – MATRIZ DE RIESGOS SELECCIÓN ABREVIADA 006 DE 2015

Un manejo adecuado del Riesgo permite a las Entidades Estatales: (1) proporcionar un mayor nivel de certeza y

conocimiento para la toma de decisiones relacionadas con el Proceso de Contratación; (u) mejorar la planeación

de contingencias del Proceso de Contratación; (iii) incrementar el grado de confianza entre las partes del Proceso

de Contratación; y (iv) reducir la posibilidad de litigios; entre otros.

Nota: se debe revisar lo preceptuado en el manual de Colombia Compra eficiente para la determinación de los

riesgos.

PROBABILIDAD DEL RIESGO

P CATEGORÍA VALORACIÓN

R RARO (puede ocurrir excepcionalmente) 1

O IMPROBABLE (puede ocurrir ocasionalmente) 2

B POSIBLE (Puede ocurrir en cualquier momento futuro) 3

A PROBABLE (Probablemente va a ocurrir) 4

B CASI CIERTO (ocurre en la mayoría de los casos) 5

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VALORACIÓN DEL RIESGO

Dentro de los riesgos previsibles que pueden afectar el desarrollo del contrato encontramos:

RIESGOS ASIGNADOS AL CONTRATISTA:

• No disponibilidad de los bienes, equipos e insumos necesarios para llevar a cabo el objeto del contrato.

IMPACTO

CALIFICACIÓN CUALITATIVA

obstruye la ejecución

del contrato de

manera

intrascendente

Dificulta la

ejecución del

contrato de

manera baja,

alcanzando

medidas

mínimas se

puede lograr

el objeto

contractual

Afecta la

ejecución del

contrato sin

alterar el

beneficio para las

partes

Obstruyen la

ejecución del

contrato

sustancialmente

pero aun así

permite la

consecución del

objeto contractual

Perturba la

ejecución del

contrato de

manera grave

imposibilitando la

consecución del

objeto contractual

CALIFICACIÓN MONETARIA

Los sobre costos no

representan más del

1% del valor del

contrato

Los sobre

costos no

representan

más del 5%

del valor del

contrato

Genera un

impacto sobre el

valor del contrato

entre el 5% y el

15%

Incrementa el

valor del contrato

entre el 15% y el

30%

Impacto sobre el

valor del contrato

en más del 30%

CATEGORÍA VALORACIÓN

INSIGNIFICANTE MENOR MODERADO MAYOR CATASTRÓFICO

1 2 3 4 5

PRO

B

A

B

I L

I

DAD

RARO (puede ocurrir

excepcionalmente) 1 5 6

IMPROBABLE (puede

ocurrir

ocasionalmente)

2 5 6 7

POSIBLE (Puede

ocurrir en cualquier

momento futuro)

3 5 6 7

PROBABLE

(Probablemente va a

ocurrir)

4 5 6 7

CASI CIERTO (ocurre

en la mayoría de los

casos)

5 6 7

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• No presentación del personal que prestará los diferentes servicios.

• Incumplimiento de las obligaciones por parte del personal a cargo del contratista. • Accidente laboral sufrido en el sitio de ejecución del contrato por el personal que presta el servicio y riesgos profesionales.

• Causación de daños materiales o deterioros durante la ejecución del contrato a terceros. • No cumplimiento de las obligaciones de salarios, prestaciones sociales y aportes al sistema de seguridad social del personal a su cargo.

• Incrementos de impuestos que afectan a todos los contribuyentes y a todas las actividades. • Falta de financiamiento del contrato.

RIESGOS ASIGNADOS A LA ENTIDAD

No pago o retrasos en los pagos del valor del contrato Efectos derivados de la existencia del daño emergente al contratista, por la ocurrencia de hechos de fuerza mayor o caso fortuito en los términos del

contrato y de la legislación existente. Incremento de los precios o tarifas de los servicios prestados por el contratista, decretados oficialmente

por el Gobierno Nacional.

Afectaciones al contrato originadas por nuevas normas durante la ejecución del mismo. En la audiencia que dentro del proceso se realizará para el respectivo análisis de riesgos, las empresas

interesadas en participar en la licitación deberán manifestar la existencia de posibles riesgos asociados a la ejecución del contrato que puedan afectar el equilibrio económico del mismo.

La Entidad no aceptará reclamaciones relacionadas con circunstancias previsibles por el contratista que afecten

dicho equilibrio económico y que no hayan sido manifestadas por el contratista.

7. LAS GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD ESTATAL CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE

CONTRATACION.

El oferente favorecido con la adjudicación del contrato deberá constituir a favor del Municipio de RIOBLANCO, garantía única en los términos de la Ley 1150 de 2007 y del Decreto 1510 de 2013, que cubra los siguientes amparos, en las cuantías y vigencias que se establecen a continuación, sobre el valor total del contrato:

1) DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES SURGIDAS DEL CONTRATO ESTATAL: Para precaver los perjuicios derivados del incumplimiento total o parcial imputables al afianzado contratista de las obligaciones

emanadas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o su cumplimiento defectuoso, por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del mismo y su vigencia se extenderá hasta el plazo de ejecución del contrato y seis meses más. Si al vencerse dicho plazo no se hubiere logrado la liquidación, antes de dicho

vencimiento, el contratista prorrogará la póliza por lapsos sucesivos de seis (6) meses hasta tanto se logre la liquidación del contrato.

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2) DE PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Para cubrir

al MUNICIPIO del riesgo de incumplimiento de las obligaciones laborales relacionadas con salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones, de acuerdo con lo consagrado en el Código Sustantivo del Trabajo, a que está

obligado el afianzado Contratista y relacionadas con el personal utilizado para la ejecución del contrato, por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y con una vigencia igual al término del contrato y tres (3) años más.

3) DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: La Entidad Estatal debe exigir en los contratos de obra, y en aquellos en que por su objeto o naturaleza lo considere necesario con ocasión de los Riesgos del contrato, el otorgamiento de una póliza de responsabilidad civil extracontractual que la proteja de eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surja de las actuaciones, hechos u omisiones de su

contratista. Para indemnizar los perjuicios patrimoniales que cause el asegurado a las personas o bienes de

terceros, por doscientos (200) smmlv para contratos cuyo valor sea inferior o igual a mil quinientos (1.500)

smmlv. 4) ESTABILIDAD Y CALIDAD DE LAS OBRAS: En una cuantía equivalente al treinta por ciento (30%) del

valor final de la obra ejecutada, con una vigencia de cinco (5) años contados a partir de la fecha de recibo definitivo de los trabajos por parte del Municipio de RIOBLANCO – TOLIMA. La Entidad Estatal puede aceptar que esta garantía tenga una vigencia inferior a cinco (5) años previa justificación técnica de un experto en la

materia objeto del contrato.

8. ACUERDOS Y TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

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El Proceso de Contratación está sujeto a los siguientes Acuerdos Comerciales. En consecuencia las Ofertas de

bienes y servicios de países con los cuales Colombia tiene Acuerdos Comerciales vigentes que cubren el presente

Proceso de Contratación, serán tratados como Ofertas de bienes y servicios colombianos y tendrán derecho al

puntaje para estimular la industria nacional de que trata la sección VII C.

Acuerdo Comercial Entidad Estatal

incluida

Presupuesto del

Proceso de

Contratación

superior al valor

delAcuerdo

Comercial

Excepción

aplicable

al Proceso de

Contratación

Proceso de

Contratación

cubierto por el

Acuerdo Comercial Canadá Sí Sí Sí No

Chile Sí Sí Sí No

Estados Unidos Sí Sí Sí No

El Salvador Sí Sí Sí No

Guatemala Sí Sí Sí Si

Honduras Sí Sí Sí Si

Liechtenstein Sí Sí Sí No

Suiza Sí Sí Sí No

México Sí Sí Sí No

Unión Europea Sí Sí Sí No

En consecuencia, los bienes y servicios de los siguientes países Guatemala y Honduras reciben trato nacional

10. RESPONSABLE DEL ESTUDIO PREVIO

NOMBRE. CLAUDIA MARIA DURAN CARGO. SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA

ORIGINAL FIRMADO

Proyecto y Reviso: GUSTAVO ADOLFO PATARROYO C. Asesor Jurídico Vbo: JHOANA MILDRET TRIANA

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