delito derecho penal

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZULA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSIDAD FERMIN TORO ACARIGUA- ARAURE TORRES MERSI C.I: 20.024.054 LOS DELITOS CONTRA LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO, DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y LOS DELITOS CONTRA EL ORDEN PÚBLICOS

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZULAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LE EDUCACIN SUPERIORUNIVERSIDAD FERMIN TOROACARIGUA- ARAURETORRES MERSIC.I: 20.024.054LOS DELITOS CONTRA LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO, DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIN DE JUSTICIA Y LOS DELITOS CONTRA EL ORDEN PBLICOS

DELITO COMETIDO POR FUNCIONARIO PUBLICO: si un funcionario publico entra aun domicilio si una orden judicial este estar cometiendo un delito ya que no cumple con las formalidades correspondientes y establecidas por la ley. Art. 184:DELITOS CONTRA LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO El domicilio es la morada o sitio donde la persona habita, es un refugio donde el individuo se siente con libertad de desenvolvimiento personal y lo concerniente a tener privacidad. La inviolabilidad del domicilio se da cuando se introducen a este sin el consentimiento del habitante o dueo de este esta se encuentra en el Art 183 del cdigo penal GENERALIDADES: La funcin del Poder Judicial es el encargado de administras la justicia en nuestro pas, es por lo tanto que se entiende que su funcin es la de aplicar el derecho a los hechos, es decir, nos indica la norma conforme a la cual deben proceder las personas en un caso determinado.

Estos delitos se pueden clasificar como delitos contra la inviolabilidad de la correspondencia y revelacin de secreto, el secreto es una figura que se refiere al hecho, la cual tiene sus propias diferencias.1. La de informarse. 2. La de informar. Tomando en cuenta la figura principal del secreto como lo es la proteccin que en oportunidades lo rodea.DELITO CONTRA LA INVIOLABILIDAD DEL SECRETO Estos son delitos en los que la accin estara configurada, segn el caso, en una intromisin ilegal e ilegtima, en el domicilio de una persona (violacin del domicilio).Adems, son delitos intencionales o dolosos, se sujetos activos indiferentes y pasivos siempre calificados, pues siempre ser o la persona duea del domicilio, de la correspondencia y el remitente, o la persona que confi el secreto artculo 184, 188 y 189 C.P La accin va a depender de la conducta que configure el tipo especfico que se analiza, son delitos eminentemente dolosos, de sujetos activos indiferentes o calificados, segn el caso ANALISIS DE TIPO

DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIN DE JUSTICIA TIPOS DE VIOLENCIAEs un instrumento esencial de todo Estado para desarrollar sus polticas, es uno de los elementos ms determinantes a la hora de conseguir la justicia para los ciudadanos, evitando que stos se vean tratados de forma distinta por circunstancias ajenas a las permitidas constitucionalmente; cuando hablamos de la Administracin de Justicia, como poder del Estado, estamos ante una situacin mucho ms importante.GENERALIDADES: La Administracin, como instrumento esencial de todo Estado para desarrollar sus polticas, es uno de los elementos ms determinantes a la hora de conseguir la justicia para los ciudadanos, evitando que stos se vean tratados de forma distinta.LA VIOLENCIA DIRECTA, la cual es visible, se concreta con comportamientos y corresponde a actos de violencia. LA VIOLENCIA CULTURAL, la cual crea un marco legitimador de la violencia y se concreta en actitudes LA VIOLENCIA ESTRUCTURAL, (la peor de las tres), que se centra en el conjunto de estructuras que no permiten la satisfaccin de las necesidades y se concreta, precisamente, en la negacin de las necesidades.A menudo, las causas de la violencia directa estn relacionadas con situaciones de violencia estructural o justificadas por la violencia cultural: muchas situaciones son consecuencia de un abuso de poder que recae sobre un grupo oprimido, o de una situacin de desigualdad social (econmica, sanitaria, racial).

Atenuante (Art. 271 CP)REGIMEN LEGAL EL CODIGO PENAL VENEZOLANO (VIGENTE)violencia y de la resistencia a la autoridad (Art. 215 al 221 CP)Negativa a servicio legalmente debido (Art. 238 CP)simulacin de hecho punible (Art. 239 CP)Calumnia (Art. 240 CP)Falso testimonio (Art. 242 CP) Soborno de testigos (Art. 246 CP) La prevaricacin o la representacin infiel (Art. 250 al 253 CP)El encubrimiento (Art. 254 CP)La prohibicin de hacerse justicia por sus propias manos. Anlisis del tipo (Art. 270 CP)

Se define como la tranquilidad y paz social que proviene del respeto generalizado, al ordenamiento jurdico. Los delitos contra el Orden Pblico son el irrespeto que causa la inestabilidad, atentando contra la paz social.DELITOS CONTRA EL ORDENPBLICOEste delito contra el orden pblico se encuentran establecidos en la ley especial Ley Orgnica Contra La Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, pero se consigue de una manera ms extensa en el cdigo penal debido a que ste es de data ms reciente; Tambin se puede decir que en lo que respecta a este delito, poco ha cambiado a lo largo del tiempo apareciendo por primera vez en el Cdigo Penal Venezolano Vigente. De la importacin, fabricacin, comercio, detencin y porte de armas

Artculo 272. Se consideran delitos y sern castigados conforme a los artculos pertinentes El Artculo 273 establece: Son armas, en general, todos los instrumentos propios para maltratar o herir..

El Artculo 274 Armas de Guerra. prescribe: El comercio, la importacin, la fabricacin, el porte, la posesin, el suministro y el ocultamiento de las armas clasificadas como de guerra segn la Ley..

Bajo la condiciones estipulados en nuestro cdigo penal venezolano es preciso llevar a cabo el estudio de los delitos que atentan, con los Delitos contra la inviolabilidad del domicilio, Delitos contra la administracin de justicia y los Delitos contra el orden pblicos; es decir estos delitos van contra intimidad de las personas en la sociedad, si bien conocemos que cada individuo es libre de expresarse y desenvolverse dentro de domicilio o morada, es por ello que se reconoce el derecho que toda persona tiene de habitar un espacio donde pueda desarrollarse ntimamente, es as que llego a concluir y notar que el que vulnere los deberes que hoy consagra nuestra ley ser penado con prisin, de igual manera todos como seres humanos debemos cumplir con la norma y hacer valer nuestros propio derechos, y quien vulnere o altere lo estipulado en la norma y todo aquello que nos garantiza nuestra legislacin ser penado con prisin y dichos procedimientos dependern de cul sea el caso o delito que ejecute el sujeto, de esta manera debo expresar que fue gratificante y amplio mis conocimientos de los temas expuesto.CONCLUSIN