definiciones operacionales sobre el trabajo infantil

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Definiciones operacionales sobre el trabajo infantil Trabajo infantil: “toda actividad económica llevada a cabo por personas menores de 15 años de edad, sin importar el status ocupacional (trabajo asalariado, trabajo independiente, trabajo familiar no remunerado, etc.). Ello no incluye los quehaceres del hogar realizados en su propio hogar, excepto donde los quehaceres del hogar puedan ser considerados una actividad económica –como, por ejemplo, cuando un niño dedica todo su tiempo a estos quehaceres para que sus padres puedan trabajar fuera del hogar, y ello signifique privarlo de la posibilidad de ir a la escuela-” (OIT, 1996). Trabajo de adolescentes: aquél que es desarrollado por personas entre 15 y 18 años de edad bajo situaciones similares a las descritas en la definición anterior, de acuerdo al Convenio Internacional sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo (138) de la OIT. En los países que aún no han ratificado el Convenio Internacional 138, la edad mínima de admisión al empleo varía según sus leyes laborales (12 años, 14 años, 16 años, etc.). Naturaleza del trabajo infantil: nivel de riesgo para la salud y seguridad de los sujetos intrínseco o asociado al desempeño de la actividad laboral. En relación a la naturaleza, los trabajos que desempeñan los niños y adolescentes pueden ser clasificados como: de naturaleza no nociva o inocua (actividades cuyo ejercicio, en sí mismo, no deriva en mayor riesgo para quienes las ejercen, como la venta de productos, artesanía en cerámica, mozos en restaurantes, etc.) o de naturaleza nociva para la seguridad o la salud (física o mental) de quienes los ejercen (actividades de riesgo, como por ejemplo el manejo de sierras circulares en una carpintería y las actividades peligrosas o de alto riesgo, como por ejemplo trabajo en subsuelo, manipulación de sustancias tóxicas, transporte de carga pesada, etc.).

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Definiciones operacionales sobre el trabajo infantilTrabajo infantil:toda actividad econmica llevada a cabo por personas menores de 15 aos de edad, sin importar el status ocupacional (trabajo asalariado, trabajo independiente, trabajo familiar no remunerado, etc.).Ello no incluye los quehaceres del hogar realizados en su propio hogar, excepto donde los quehaceres del hogar puedan ser considerados una actividad econmica como, por ejemplo, cuando un nio dedica todo su tiempo a estos quehaceres para que sus padres puedan trabajar fuera del hogar, y ello signifique privarlo de la posibilidad de ir a la escuela-(OIT, 1996).Trabajo de adolescentes:aqul que es desarrollado por personas entre 15 y 18 aos de edad bajo situaciones similares a las descritas en la definicin anterior, de acuerdo al Convenio Internacional sobre la Edad Mnima de Admisin al Empleo (138) de la OIT.En los pases que an no han ratificado el Convenio Internacional 138, la edad mnima de admisin al empleo vara segn sus leyes laborales (12 aos, 14 aos, 16 aos, etc.).Naturaleza del trabajo infantil:nivel de riesgo para la salud y seguridad de los sujetos intrnseco o asociado al desempeo de la actividad laboral.En relacin a la naturaleza, los trabajos que desempean los nios y adolescentes pueden ser clasificados como: denaturaleza no nociva o inocua (actividades cuyo ejercicio, en s mismo, no deriva en mayor riesgo para quienes las ejercen, como la venta de productos, artesana en cermica, mozos en restaurantes, etc.) o de naturaleza nociva para la seguridad o la salud (fsica o mental) de quienes los ejercen (actividades de riesgo, como por ejemplo el manejo de sierras circulares en una carpintera y las actividades peligrosas o de alto riesgo, como por ejemplotrabajo en subsuelo, manipulacin de sustancias txicas, transporte de carga pesada, etc.).Condiciones del trabajo infantil:elementos propios del contexto donde los nios desarrollan su actividad laboral, que pueden determinar o no perjuicios en su desarrollo integral. An en el caso de actividades que en principio podran ser consideradas como inocuas, tales como la venta de productos, la presencia de condiciones inadecuadas puede determinar que una actividad de carcter inocuo se convierta en una actividad de riesgo o incluso peligrosa. Se clasifican enadecuadas o inadecuadas. Son condiciones inadecuadas, entre otras las siguientes: las jornadas laborales extensas, por encima del lmite legal permitido en cada pas (usualmente no mayor a 4 6 horas diarias); el trabajo en horario nocturno o de madrugada; la actividad laboral a destajo; la actividad laboral realizada en ausencia de medidas de higiene y condiciones de seguridad laboral; el trabajo que, por su horario o exigencias, impida la asistencia de los menores a la escuela(por ejemplo, el empleo domstico donde terceros en jornadas laborales que sobrepasen, como con frecuencia se da en