decreto xx/201x por el que se regula el programa … · página 3 de 19 decreto xxx/2017 por el que...

19
Página 1 de 19 Decreto XX/201X por el que se regula el Programa Bienestar Escolar Rolando Rodrigo Zapata Bello, Gobernador del Estado de Yucatán, con fundamento en los artículos 55, fracción II, y 60 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 14, fracciones VIII y IX, del Código de la Administración Pública de Yucatán; y 133 y 135 de la Ley del Presupuesto y Contabilidad Gubernamental del Estado de Yucatán, y Considerando: Primero. Que el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que toda persona tiene derecho a recibir educación. Que la educación básica es obligatoria e incluye los niveles: preescolar, primaria y secundaria. Asimismo, que el Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos. Finalmente que toda la educación que el Estado imparta será gratuita. Segundo. Que la Constitución Política del Estado de Yucatán, en su artículo 1, párrafo cuarto, establece que las niñas, niños y adolescentes son sujetos de pleno derecho y que todas las instituciones públicas del estado garantizarán la vigencia y aplicación de las prerrogativas que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Convención sobre los Derechos del Niño, la propia Constitución y demás normatividad en la materia, otorgan a las niñas, niños y adolescentes. Que en los términos del artículo 90 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, los habitantes del estado tienen derecho a la educación como una prerrogativa social. Tercero. Que el artículo 6 de la Ley General de Desarrollo Social señala que son derechos para el desarrollo social la educación, la salud, la alimentación, la vivienda, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a la no discriminación en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, el artículo 8 de la Ley señala que toda persona o grupo social en situación de vulnerabilidad 1 tiene derecho a recibir acciones y apoyos tendientes a disminuir su desventaja. Cuarto. Que para la Organización de las Naciones Unidas 2010, el concepto de desigualdad educativa ha encontrado una relación de causalidad entre situaciones de pobreza material y las posibilidades de escolarización; en este sentido el obstáculo más grande para la educación es la pobreza. Quinto. Que una de las soluciones a problemas públicos relacionados con el ingreso, tales como la deserción escolar, el trabajo infantil, reducción en el poder adquisitivo de los hogares para el consumo de la canasta básica alimentaria, por citar algunos, 1 Grupos sociales en situación de vulnerabilidad: Aquellos núcleos de población y personas que por diferentes factores o la combinación de ellos, enfrentan situaciones de riesgo o discriminación que les impiden alcanzar mejores niveles de vida y, por lo tanto, requieren de la atención e inversión del Gobierno para lograr su bienestar (Ley General de Desarrollo Social, DOF 20 de enero de 2004).

Upload: hakiet

Post on 25-Sep-2018

217 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 1 de 19

Decreto XX/201X por el que se regula el Programa Bienestar Escolar

Rolando Rodrigo Zapata Bello, Gobernador del Estado de Yucatán, con fundamento en los artículos 55, fracción II, y 60 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 14, fracciones VIII y IX, del Código de la Administración Pública de Yucatán; y 133 y 135 de la Ley del Presupuesto y Contabilidad Gubernamental del Estado de Yucatán, y

Considerando: Primero. Que el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que toda persona tiene derecho a recibir educación. Que la educación básica es obligatoria e incluye los niveles: preescolar, primaria y secundaria. Asimismo, que el Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos. Finalmente que toda la educación que el Estado imparta será gratuita. Segundo. Que la Constitución Política del Estado de Yucatán, en su artículo 1, párrafo cuarto, establece que las niñas, niños y adolescentes son sujetos de pleno derecho y que todas las instituciones públicas del estado garantizarán la vigencia y aplicación de las prerrogativas que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Convención sobre los Derechos del Niño, la propia Constitución y demás normatividad en la materia, otorgan a las niñas, niños y adolescentes. Que en los términos del artículo 90 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, los habitantes del estado tienen derecho a la educación como una prerrogativa social.

Tercero. Que el artículo 6 de la Ley General de Desarrollo Social señala que son derechos para el desarrollo social la educación, la salud, la alimentación, la vivienda, el disfrute de un medio ambiente sano, el trabajo y la seguridad social y los relativos a la no discriminación en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, el artículo 8 de la Ley señala que toda persona o grupo social en situación de vulnerabilidad

1 tiene derecho a recibir acciones y apoyos tendientes a disminuir su

desventaja. Cuarto. Que para la Organización de las Naciones Unidas 2010, el concepto de desigualdad educativa ha encontrado una relación de causalidad entre situaciones de pobreza material y las posibilidades de escolarización; en este sentido el obstáculo más grande para la educación es la pobreza. Quinto. Que una de las soluciones a problemas públicos relacionados con el ingreso, tales como la deserción escolar, el trabajo infantil, reducción en el poder adquisitivo de los hogares para el consumo de la canasta básica alimentaria, por citar algunos,

1 Grupos sociales en situación de vulnerabilidad: Aquellos núcleos de población y personas que por

diferentes factores o la combinación de ellos, enfrentan situaciones de riesgo o discriminación que les impiden alcanzar mejores niveles de vida y, por lo tanto, requieren de la atención e inversión del Gobierno para lograr su bienestar (Ley General de Desarrollo Social, DOF 20 de enero de 2004).

Page 2: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 2 de 19

ha sido el diseño de políticas públicas que dirigen acciones compensatorias de apoyo a familias y/o niños en situación de pobreza para otorgarles servicios de alimentación, útiles escolares, becas, uniforme y calzado, traslado, entre otros (CEPAL 2010). Sexto. Que en el Estado de Yucatán el 45.9% de la población, vive en situación de pobreza, el 21.8% en rezago social y el 20.7% se encuentra por debajo de la línea de bienestar mínimo (CONEVAL, 2014). Por otro lado, según datos de Indicadores de Carencia Social de CONEVAL 2015, el 21.8% de la población se encuentra en rezago educativo.

Séptimo. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2012-2018, en el Eje del desarrollo Yucatán Incluyente, establece el tema Superación del Rezago, que tiene como objetivo “Disminuir el nivel de marginación en el Estado”. Entre las estrategias para cumplir con este objetivo se encuentra la de “Fortalecer los Programas de apoyo a niños que acuden a escuelas públicas de educación básica, impulsando un enfoque integral de apoyos de cobertura amplia.”

Octavo. Que los Compromisos del Gobierno del Estado 2012-2018 constituyen acciones específicas que esta administración ejecutará para el óptimo cumplimiento del Plan Estatal de Desarrollo y entre estos se encuentra el identificado con el número 141 “Dotar de paquetes escolares a niños que estudian en escuelas públicas de educación básica, integrando Programas de entrega de zapatos, chamarras y útiles escolares, complementándolos con entrega de uniformes y mochila. Noveno. Que los Programas presupuestarios son las políticas públicas que orientan el gasto público, entre los que se encuentra el Programa presupuestario “Línea mínima de Bienestar” que tiene como propósito “que la población beneficiada incremente sus ingresos por encima de la línea mínima del bienestar”. Del cual forma parte, como uno de sus componentes, el Programa que es objeto de este decreto.

Décimo. Que para garantizar el derecho a la educación en igualdad de oportunidades y disminuir los índices de deserción escolar, resulta pertinente establecer un Programa de bienes que entregue paquetes escolares y paquetes de útiles que se usan de manera cotidiana en la asistencia al centro escolar a las niñas y niños que realizan estudios en escuelas públicas del Estado.

Por las consideraciones expuestas, he tenido a bien expedir el presente:

Page 3: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 3 de 19

Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se regula el Programa Bienestar Escolar

Artículo único. Se reforman: las especificaciones de los bienes que se entregarán y en los artículos 8 y 15; se anexa un cuadro de montos máximos en el artículo 16; se adiciona: una fracción I y VII al artículo 17, recorriéndose en su numeración las actuales fracciones II a la VI; se modifica el artículo 21 anexándose las fracciones IX y XI, y se recorre el IX pasando a ser X; se modifica el párrafo único del artículo 26; se modifica el párrafo del artículo 27; los párrafos primero y segundo del artículo 28; todos del Decreto 180/2014 por el que se regula el Programa Bienestar Escolar, para quedar como sigue:

Capítulo I

Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto Este decreto tiene por objeto establecer las reglas a las que se sujetará la operación del Programa Bienestar Escolar. Artículo 2. Objetivo del Programa Las personas que viven con ingresos por debajo de la línea mínima de bienestar y en rezago educativo incrementan su ingreso monetario y acceden a políticas compensatorias en materia educativa, mediante la entrega de paquetes escolares y paquetes de útiles a estudiantes de escuelas primarias públicas del Estado de Yucatán, los Centros de Atención Múltiple del Estado y escuelas primarias del Consejo Nacional de Fomento Educativo, así como la entrega de paquetes de útiles a estudiantes de escuelas secundarias del gobierno del Estado.

Artículo 3. Definiciones

Para los efectos de este decreto, se entenderá por:

Autoridades escolares: Personal que lleva a cabo funciones de dirección o supervisión en los sectores, zonas o centros escolares (artículo 11 de la Ley General de Educación).

Beneficiarios: las personas que accedan a los apoyos del Programa.

CAM: Centros de Atención Múltiple del Estado. Servicio educativo que brinda a niños(as) y/o adolescentes con algún tipo de discapacidad física o motriz que les impida integrarse al sistema educativo regular.

CONEVAL: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

Escuelas primarias: escuelas de educación pública de nivel primaria que tiene a su cargo la Secretaría de Educación, y las primarias del Consejo Nacional de Fomento Educativo.

Page 4: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 4 de 19

Programa: el Programa Bienestar Escolar.

Secretaría: la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Estado de Yucatán. Segey: Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán.

Artículo 4. Programa Presupuestario El Programa Bienestar Escolar, forma parte del Programa Presupuestario 86 Línea Mínima de Bienestar.

Dependencia o entidad

Programas de bienes y servicios públicos

Componentes

Sedesol Programa Bienestar Escolar

Paquetes escolares a estudiantes otorgados

Segey Paquetes de útiles a estudiantes otorgados

Artículo 5. Población Objetivo Podrán acceder al programa de bienes y servicios los estudiantes regulares de educación primaria y secundaria de escuelas públicas de la Secretaría de Educación, alumnos de los Centros de Atención Múltiple y los matriculados en las primarias del Consejo Nacional de Fomento Educativo, de acuerdo a la siguiente tabla.

Componente Población Programada a atender

Paquetes escolares a estudiantes otorgados.

Estudiantes inscritos en:

Escuelas de educación pública de nivel primaria que tiene a su cargo la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán

Centros de Atención Múltiple del Estado

Escuelas primarias del Consejo Nacional de Fomento Educativo.

Paquetes de útiles a estudiantes otorgados.

Estudiantes inscritos en:

Escuelas de educación pública de nivel primaria y secundaria que tiene a su cargo la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán

Centros de Atención Múltiple del Estado

Escuelas primarias del Consejo Nacional de Fomento Educativo.

Artículo 6. Cobertura El programa abarcará el territorio del estado de Yucatán según lo señalado en el artículo 5 de las presentes reglas y de acuerdo a los criterios de priorización establecidos en el presente decreto. Artículo 7. Aplicación del Programa

Page 5: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 5 de 19

El Programa se aplicará anualmente de agosto a diciembre, conforme a lo establecido en este decreto. El Gobierno del estado determinará los recursos para su implementación, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria. Artículo 8. Descripción del Programa El Programa entrega paquetes escolares y paquetes de útiles a través de las autoridades escolares, durante el periodo de agosto a diciembre a estudiantes de escuelas públicas de nivel primaria que tiene a su cargo la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán, Centros de Atención Múltiple del Estado y escuelas primarias del Consejo Nacional de Fomento Educativo. Aunado a lo anterior, se entregan paquetes de útiles a los estudiantes de escuelas de educación pública de nivel secundaria que tiene a su cargo la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán. Con la entrega de estos insumos a los estudiantes se contribuye a aumentar la asistencia escolar, disminuir los índices de trabajo infantil, además de que representa un beneficio económico que afecta directamente el poder adquisitivo de los hogares para el consumo de la canasta básica alimentaria.

Capítulo II Beneficiarios

Artículo 9. Requisitos de elegibilidad Para el componente de paquetes escolares a estudiantes otorgado:

I. Estar inscrito en un plantel del nivel primaria perteneciente a la Secretaría de

Educación, en un Centro de Atención Múltiples o en una primaria del Consejo Nacional de Fomento Educativo.

II. Acudir a la escuela en la que se encuentra inscrito el día de la entrega de los

apoyos.

Para el componente de paquete de útiles a estudiantes otorgado: I. Estar inscrito en un plantel del nivel primaria o secundaria perteneciente a la

Secretaría de Educación. II. Acudir a la escuela en la que se encuentra inscrito el día de la entrega de los

apoyos Artículo 10. Documentación Los estudiantes beneficiarios del programa no entregan documentación adicional a la Secretaría de Desarrollo Social o a la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado. Las autoridades escolares deben entregar a la Secretaría la siguiente documentación:

I. Formato para la entrega de tallas a la Secretaría firmado por el maestro responsable, donde se especifiquen: las tallas de los estudiantes del grupo. De acuerdo al formato establecido en el Anexo 1 del presente decreto.

Page 6: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 6 de 19

II. Formato de entrega de paquetes escolares y de chamarras a las autoridades escolares de acuerdo a los formatos incluidos en los anexos 2 y 3.

Asimismo, las autoridades escolares deben entregar a la Unidad de Gestión y Atención Ciudadana de la Segey el “Formato de entrega de útiles escolares a las autoridades escolares” de acuerdo al anexo 4 del presente decreto.

Artículo 11. Criterios de Priorización

Cuando los recursos destinados a este Programa no sean suficientes para atender a todos los municipios del estado, se dará prioridad a las escuelas según el orden de los siguientes criterios:

I. Escuelas primarias y/o secundarias públicas II. Los Centros de Atención Múltiple del Estado III. Escuelas primarias del Consejo Nacional de Fomento Educativo

Artículo 12. Derechos Los estudiantes beneficiados gozarán de los siguientes derechos:

I. Recibir un trato digno y respetuoso. II. Recibir los apoyos que ofrece el programa conforme a lo dispuesto en este

decreto. Artículo 13. Obligaciones

Los estudiantes beneficiados tendrán las siguientes obligaciones: I. Estar presente en la escuela al momento de la entrega de los apoyos del

programa II. Informar con veracidad sobre los datos que se les soliciten para la entrega de

los apoyos.

Artículo 14. Sanciones La secretaría sancionará a los beneficiarios que incumplan con las disposiciones de este acuerdo con la retención, suspensión o cancelación de la entrega de los apoyos. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 29.

Capítulo III Apoyos

Artículo 15. Descripción de los apoyos El programa incluye la entrega de los siguientes apoyos:

Para el componente paquetes escolares a estudiantes otorgados: I. En los meses de agosto y septiembre:

a) Un par de zapatos negros b) Una mochila de material sintético. c) Dos camisas escolares de tela blanca

Page 7: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 7 de 19

II. En los meses de noviembre y diciembre:

d) Una chamarra unisex de nylon Para el componente paquetes de útiles a estudiantes otorgados, los materiales a

entregar serán como mínimo los siguientes, según el grado escolar correspondiente:

a) Para el 1° y 2°Grado de primaria

Cantidad Concepto

3 Cuaderno profesional cuadricula grande

3 Lápiz del número dos

1 Goma blanca

1 Sacapuntas

1 Caja de lápices de colores corto c/12

1 Regla de plástico de 30 cm

1 Paquete de 100 hojas blancas

1 Lápiz adhesivo

1 Lapicera

b) Para el 3° y 4°Grado de primaria

Cantidad Concepto 3 Cuaderno profesional cuadricula grande

1 Cuaderno profesional rayado

2 Lápiz del número dos

1 Bolígrafo azul

1 Bolígrafo negro

1 Juego de geometría de plástico

1 Goma blanca

1 Sacapuntas de metal

1 Caja de lápices de colores corto c/12

1 Lápiz adhesivo

1 Lapicera

1 Bicolor

1 Paquete de 100 hojas

1 Libreta Profesional Cuadricula Chica

c) Para el 5° y 6°Grado de primaria

Cantidad Concepto 3 Cuaderno profesional cuadricula grande

1 Cuaderno profesional rayado

2 Lápiz del número dos

1 Bolígrafo Negro

1 Juego de geometría de plástico

1 Sacapuntas

Page 8: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 8 de 19

1 Goma blanca

1 Caja de lápices de colores

1 Paquete de 100 hojas

1 Marcatexto

1 Bolígrafo Azul

1 Cuaderno profesional cuadricula chica

d) Para Secundarias

Cantidad Concepto 8 Cuaderno profesional cuadricula grande

2 Lápiz del número dos

2 Bolígrafo azul

2 Bolígrafo negro

1 Sacapuntas

1 Goma blanca

1 Lápiz adhesivo

1 Bolígrafo Rojo

1 Paquete de 100 hojas

1 Marcatexto

1 Diccionario inglés-español

Artículo 16. Montos Máximos

El monto máximo del apoyo por cada beneficiario será de acuerdo a la siguiente tabla:

Componente Cantidad máxima

Paquetes escolares a estudiantes otorgado

Hasta un paquete escolar al año por estudiante

Paquetes de útiles a estudiantes otorgado

Hasta un paquete de útiles al año por estudiante

Capítulo IV Operación

Artículo 17. Procedimiento La entrega de los apoyos se sujetará al siguiente procedimiento.

I. La Secretaría de Desarrollo Social priorizará las zonas de atención, como se indica en el artículo 11 de este decreto.

II. Una vez definidos los municipios que serán beneficiados con el programa, la Secretaría de Desarrollo Social se coordinará con la Secretaría de Educación para que esta última realice:

a) La distribución del formato de entrega de tallas incluido en el Anexo 1, para documentar las tallas de los estudiantes que serán beneficiarios.

Page 9: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 9 de 19

b) La entrega de la matrícula escolar de cada una de las escuelas a la Secretaría de Desarrollo Social.

III. La Secretaría de Desarrollo Social y la Secretaría de Educación Pública adquirirán los paquetes escolares y los paquetes de útiles escolares de acuerdo a la normatividad aplicable.

IV. La Secretaría de Desarrollo Social y la Secretaría de Educación Pública promoverán y divulgarán la información del Programa entre los estudiantes de las escuelas que serán beneficiadas a través de las autoridades escolares, radio, prensa y televisión.

V. La Secretaría de Desarrollo Social y la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado entregan a las autoridades escolares los apoyos del Programa quienes posteriormente entregan los paquetes escolares y paquetes de útiles a los estudiantes en las instalaciones de las instituciones educativas. La entrega de los paquetes escolares y los paquetes de útiles se comprobará a través de los formatos incluidos en el anexo 2, 3 y 4.

VI. La Secretaría de Educación a través de las autoridades escolares integra la documentación comprobatoria de la entrega de paquetes escolares, y el padrón de beneficiarios de acuerdo con los Lineamientos Normativos para la Integración de Padrones establecidos por la Secretaría Técnica de Planeación y Evaluación.

VII. La Secretaría de Educación comparte la información de padrón de beneficiarios y la documentación comprobatoria a la Secretaría de Desarrollo Social de acuerdo a los lineamientos mencionados en la fracción anterior.

Capítulo V Participantes

Artículo 18. Dependencia Coordinadora La Secretaría de Desarrollo Social será la dependencia encargada de coordinar las acciones con las instancias participantes para lograr cumplir con el objetivo del programa. Artículo 19 Instancia Ejecutora La Secretaría de Desarrollo Social será la entidad de la administración pública estatal responsable de la ejecución del programa que se presenta en este decreto. Artículo 20. Mecanismos de coordinación o participación Participarán en la implementación del Programa, en el ámbito de sus respectivas competencias, las siguientes dependencias y entidades:

I. La Secretaría. II. La Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán. III. Las autoridades escolares de escuelas primarias públicas del Estado de

Yucatán, de los Centros de Atención Múltiple del Estado y de las escuelas primarias del Consejo Nacional de Fomento Educativo

Artículo 21. Atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Social

Page 10: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 10 de 19

La Secretaría, en su carácter de dependencia ejecutora del Programa, tendrá las siguientes atribuciones:

I. Definir las estrategias para que las acciones del Programa se realicen en forma articulada.

II. Coordinar la integración del proyecto de presupuesto, así como la adquisición

de los bienes del componente paquetes escolares a estudiantes otorgados de acuerdo a las leyes aplicables.

III. Concertar, en su caso, con otras instancias del ámbito federal, estatal o

municipal acciones que permitan cumplir el objeto del Programa. IV. Dar seguimiento a la información del Programa.

V. Resolver las cuestiones administrativas y operativas que se susciten con

motivo de la aplicación del Programa. VI. Turnar a la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán los

paquetes de muestra del paquete escolar.

VII. Coordinarse con la Secretaría de Educación para la logística de entrega de los apoyos que integran los paquetes escolares.

VIII. Recibir de la Secretaría de Educación la documentación comprobatoria de la

recepción de los paquetes escolares y el padrón de beneficiarios dentro de los primeros cinco días hábiles del mes de octubre del ejercicio fiscal en el que se realiza la entrega.

IX. Coordinarse con la Secretaría de Educación para la publicación de los respectivos padrones de beneficiarios en el portal de transparencia.

Artículo 22. Atribuciones de la Secretaría de Educación

La Secretaría de Educación para la ejecución del Programa, tendrá las siguientes

atribuciones:

I. Proporcionar la matricula total de los alumnos inscritos en: las escuelas primarias públicas, los Centros de Atención Múltiple del Estado y las escuelas primarias del Consejo Nacional de Fomento Educativo. Esta información deberá ser entregada a la Secretaría de Desarrollo Social durante el primer trimestre del ejercicio fiscal. En caso de que la información no se encuentre disponible al término del primer trimestre, la Secretaría de Desarrollo Social podrá adquirir los bienes del Programa considerando hasta un incremento del 10 por ciento en relación a la matrícula del ciclo escolar anterior.

II. Distribuir los formatos de entrega de tallas incluido en el anexo 1 del presente decreto, en las escuelas descritas en el artículo 5 del presente decreto.

III. Recabar las tallas de los estudiantes. Esta información deberá enviarse a la Secretaría durante el primer mes del segundo trimestre del año fiscal en curso. En caso de que la información no se encuentre disponible, la

Page 11: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 11 de 19

Secretaría podrá realizar las estimaciones de las tallas con base en la información del ejercicio fiscal anterior.

IV. Coordinar la integración del proyecto de presupuesto y la adquisición del componente paquetes de útiles a estudiantes otorgados de acuerdo a las leyes aplicables.

V. Integrar los paquetes escolares y los paquetes de útiles para entregarlos a las autoridades escolares y distribuirlos a los beneficiarios.

VI. Integrar y proporcionar a la Secretaría la documentación comprobatoria de la

entrega de los apoyos, mediante el formato de entrega de los anexos 2 y 3.

VII. Integrar el padrón de beneficiarios de acuerdo a la normatividad aplicable. El cual deberá ser compartido a la Secretaria a más tardar los primeros cinco días hábiles del mes de octubre del ejercicio fiscal en el que se realiza la entrega.

VIII. Coordinarse con la Secretaría para la publicación de los respectivos padrones de beneficiarios en el portal de transparencia.

Artículo 23. Atribuciones de las autoridades escolares Las autoridades escolares para la ejecución del Programa, tendrá las siguientes

atribuciones:

I. Difundir la información del programa a los estudiantes. II. Recabar la información necesaria de los estudiantes para la operación del

programa. III. Entregar a los estudiantes los apoyos del programa. IV. Entregar a la Segey la documentación comprobatoria de entrega de los

apoyos. V. Aceptar, facilitar y atender verificaciones, supervisiones, auditorías,

inspecciones y las solicitudes de información que permitan observar el cumplimiento de las obligaciones que derivan del presente decreto.

Capítulo VI

Seguimiento y evaluación Artículo 24. Seguimiento La Secretaría realizará el seguimiento a los avances de la implementación del Programa, a través del cálculo de indicadores, de acuerdo con la frecuencia de medición previamente definida. Los indicadores de los componentes paquetes escolares a estudiantes otorgados, y paquetes de útiles a estudiantes otorgados, se encuentran establecidos en la Matriz de Indicadores de Resultados (MIR) del PP 86 Línea Mínima de Bienestar, la cual fue diseñada con base en la metodología del Marco Lógico. Los indicadores de este componente se describen a continuación:

Page 12: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 12 de 19

Componente Indicador Formula Periodicidad Medio de Verificación

Paquetes escolares a estudiantes otorgados

Porcentaje de estudiantes de educación primaria beneficiados con paquetes escolares.

(Total de estudiantes beneficiados con paquetes escolares/ Total de estudiantes programados según la matricula reportada por la Segey) X 100

Anual

- Informe trimestral sobre las finanzas públicas del Estado de Yucatán. Dirección General de Planeación y Concertación Sectorial, Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol). Disponible en http://www.yucatan.gob.mx/transparencia/informe.php?id=informe_trimestral

Paquetes de útiles a estudiantes otorgados

Porcentaje de estudiantes de educación primaria y secundaria beneficiados con paquetes escolares.

(Total de estudiantes beneficiados con paquetes de útiles/ Total de estudiantes programados según la matricula reportada por la Segey) X 100

Anual

- Informe trimestral sobre las finanzas públicas del Estado de Yucatán. Dirección General de Planeación y Concertación Sectorial, Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol). Disponible en http://www.yucatan.gob.mx/transparencia/informe.php?id=informe_trimestral

Artículo 25. Evaluación La evaluación del Programa estará a cargo de la Secretaría Técnica de Planeación y Evaluación y se realizará conforme a las disposiciones legales y normativas aplicables. Artículo 26. Publicación de Informes La Secretaría deberá publicar anualmente los resultados obtenidos del seguimiento de los indicadores, así como también información trimestral del desempeño del Programa en los medios que disponga la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) y la Secretaria Técnica de Planeación y Evaluación (Seplan) del Gobierno del Estado. Asimismo, y según los lineamientos que para tal efecto expida la Seplan, deberá proporcionar información para la elaboración del texto y anexos estadísticos del Informe de Gobierno del Estado de Yucatán.

Page 13: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 13 de 19

Capítulo VII Disposiciones complementarias

Artículo 27. Publicidad del Programa En la papelería, empaques y publicidad del programa deberá mencionarse que este es gratuito, así como incluir la leyenda siguiente ““Este Programa es público ajeno a cualquier partido político, queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”. Artículo 28. Auditoria La Secretaría de la Contraloría General será la dependencia encargada de las funciones de auditoría del programa, de conformidad con las facultades y los procedimientos establecidos en las disposiciones legales y normativas aplicables. Artículo 29. Quejas y denuncias Cuando se presuma la existencia de actos u omisiones que puedan constituir faltas administrativas o vincularse con estas, el ciudadano podrá optar entre promover la queja o denuncia ante la Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán o ante la Secretaría de la Contraloría General. Cuando se presuma la existencia de un acto de corrupción podrá asistir ante el Instituto Estatal para el Combate a la Corrupción a presentar su queja, a través de los medios de recepción que este ponga a disposición de la ciudadanía, quien la tramitará en términos de las disposiciones legales que lo regulan. Independientemente de lo anterior, en la papelería del Programa deberá incluirse una dirección y un número telefónico donde cualquier ciudadano pueda solicitar información respecto de las opciones que tiene para denunciar conductas o hechos que contravengan las disposiciones de este decreto. Las quejas o denuncias deberán contener datos o indicios suficientes y las circunstancias de tiempo, modo y lugar que permitan advertir la probable responsabilidad del servidor público. No se considerarán como tales los escritos que tengan por objeto dirimir la resolución del trámite de las solicitudes, cuya resolución les corresponda determinar a la propia Secretaría o las instancias jurisdiccionales competentes en términos de lo dispuesto en la Ley de Actos y Procedimientos Administrativos del Estado de Yucatán o las demás disposiciones legales que regulan los medios de impugnación; en estos casos la autoridad que tenga conocimiento se limitará a orientar al ciudadano sobre la autoridad competente que deba conocer del asunto. Artículo 30. Responsabilidades de los servidores públicos Los servidores públicos que incumplan con las disposiciones de este acuerdo serán sancionados conforme a la normativa aplicable en materia de responsabilidades administrativas, sin perjuicio de la responsabilidad penal en que puedan incurrir.

Page 14: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 14 de 19

Artículos transitorios

Primero. Entrada en vigor El presente decreto, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado Yucatán. Segundo. Derogación Tácita Se derogan todas las disposiciones de igual o menor rango en lo que se opongan al contenido de este decreto. Tercero. Vigencia del decreto El presente decreto estará vigente desde el momento de su publicación en el Diario Oficial del Estado y hasta el 31 de diciembre del 2018.

Page 15: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 15 de 19

Nombre de la Escuela:

Dirección de la Escuela:

Clave de la Escuela: Turno:

Nombre del Director de la Escuela: _______________________________________

Teléfono de contacto: Municipio/Loc:

T - 16 T - 23 T - 16 T - 23

T - 16.5 T - 23.5 T - 16.5 T - 23.5

T - 17 T - 24 T - 17 T - 24

T - 17.5 T - 24.5 T - 17.5 T - 24.5

T - 18 T - 25 T - 18 T - 25

T - 18.5 T - 25.5 T - 18.5 T - 25.5

T - 19 T - 26 T - 19 T - 26

T - 19.5 T - 26.5 T - 19.5 T - 26.5

T - 20 T - 27 T - 20 T - 27

T - 20.5 T - 27.5 T - 20.5 T - 27.5

T - 21 T - 28 T - 21 T - 28

T - 21.5 T - 28.5 T - 21.5 T - 28.5

T - 22 T - 29 T - 22 T - 29

T - 22.5 Total T - 22.5 Total

T - 6 T - 8 T - 10 T - 12 T - 14 T - 16 T - 18 T - 20 T - 22

T - 6 T - 8 T - 10 T - 12 T - 14 T - 16 T - 18 T - 20 T - 22

Fecha de entrega:

PAQUETES DE CAMISAS (Cada paquete incluye dos camisas por niño)

UNIDADES DE CHAMARRAS

PROGRAMA BIENESTAR ESCOLAR 2017

Formato de entrega de tallas

ZAPATOS NIÑOS ZAPATOS NIÑAS

Nombre completo y firma de quién ENTREGA Nombre completo y firma de quién RECIBE

TOTAL PAQ.CAMISAS

TOTAL UNI.CHAMARRAS

ANEXO 1.- Formato de entrega de tallas

“Este Programa es público ajeno a cualquier partido político, queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”.

Page 16: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 16 de 19

Anexo 2.- Formato de entrega de paquetes escolares a las Autoridades Escolares

“Este Programa es público ajeno a cualquier partido político, queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”.

Nombre de la Escuela:

Dirección de la Escuela:

Clave de la Escuela: Turno:

Nombre del Director de la Escuela:__________________________________

Teléfono de contacto: Municipio/Loc:

T - 16 T - 23 T - 16 T - 23

T - 16.5 T - 23.5 T - 16.5 T - 23.5

T - 17 T - 24 T - 17 T - 24

T - 17.5 T - 24.5 T - 17.5 T - 24.5

T - 18 T - 25 T - 18 T - 25

T - 18.5 T - 25.5 T - 18.5 T - 25.5

T - 19 T - 26 T - 19 T - 26

T - 19.5 T - 26.5 T - 19.5 T - 26.5

T - 20 T - 27 T - 20 T - 27

T - 20.5 T - 27.5 T - 20.5 T - 27.5

T - 21 T - 28 T - 21 T - 28

T - 21.5 T - 28.5 T - 21.5 T - 28.5

T - 22 T - 29 T - 22 T - 29

T - 22.5 Total T - 22.5 Total

T - 6 T - 8 T - 10 T - 12 T - 14 T - 16 T - 18 T - 20 T - 22

Fecha de entrega:

Nombre completo y firma de quién ENTREGA Nombre completo y firma de quién RECIBE

TOTAL PAQ.CAMISAS

PAQUETES DE CAMISAS (Cada paquete incluye dos camisas por cada alumno)

Formato de Entrega de Paquetes Escolares a las Autoridades Escolares

ZAPATOS NIÑOS ZAPATOS NIÑAS

TOTAL DE PAQUETES DE MOCHILAS

Page 17: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 17 de 19

Anexo 3.- Formato de entrega de chamarras a las autoridades escolares

Nombre de la Escuela:

Dirección de la Escuela:

Nombre del Director de la Escuela:________________________________________

Clave de la Escuela: Turno:

Teléfono de contacto: Municipio/Loc:

T - 6 T - 8 T - 10 T - 12 T - 14 T - 16 T - 18 T - 20 T - 22

Fecha de entrega:

PAQUETES DE UNIDADES DE CHAMARRAS.

PROGRAMA BIENESTAR ESCOLAR 2017

Formato de entrega de chamarras a las Autoridades Escolares

Nombre completo y firma de quién ENTREGA Nombre completo y firma de quién RECIBE

TOTAL UNIDADES DE CHAMARRAS

“Este Programa es público ajeno a cualquier partido político, queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”.

Page 18: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 18 de 19

Anexo 4- Formato de entrega de útiles escolares a las autoridades escolares

FORMATO DE ENTREGA DE ÚTILES ESCOLARES

FECHA:

BIENESTAR ESCOLAR 2017

ENTREGA POR ESCUELA

MUNICIPIO:

LOCALIDAD:

NIVEL:

TURNO:

ESCUELA:

CLAVE:

PRIMARIA

GRADOS CANTIDAD

TOTAL 0

DIRECTOR PADRE DE FAMILIA

ENTREGÓ RECIBIÓ

SELLO: SELLO:

NOMBRE: NOMBRE:

FIRMA: FIRMA:

“Este Programa es público ajeno a cualquier partido político, queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”.

Page 19: Decreto XX/201X por el que se regula el Programa … · Página 3 de 19 Decreto XXX/2017 por el que se modifica el Decreto 180/2014 por el que se ... Formato de entrega de paquetes

Página 19 de 19

Anexo 5.- Diagrama de flujo del Programa Bienestar Escolar

Recolecta la

información de tallas

y documentación de

los beneficiarios

Envía la matrícula de

las escuelas primarias

públicas junto con las

tallas y documentación

de los beneficiarios

Recibe información de la

SEGEY

Realiza el proceso de

adquisición de los apoyos

entregables que conforman el

Paquete Escolar

Recepciona y verifica los

bienes que recibe para

conformar el Paquete

Escolar

Arma los Paquetes Escolares

para entregar a las escuelas

Recibe a través de los

directores los

Paquetes Escolares y

paquetes de útiles

Entrega los Paquetes

Escolares y de útiles a

los beneficiarios del

programa

Secretaria de Educación

del Gobierno del Estado

de Yucatán

Integra la

documentación

comprobatoria y el

Padrón de

Beneficiarios de los

apoyos entregados

Secretaria de Desarrollo

Social del Estado de

Yucatán

Autoridades Escolares

Recibe la

Comprobación y el

Padrón de

Beneficiarios de los

apoyos entregados

Coordinarse con la

SEGEY para la

recolección de tallas

Realiza el proceso de

adquisición de los apoyos

entregables que conforman el

Paquete de útiles

Recepciona y verifica los

bienes que recibe para

conformar el Paquete de

útiles

Arma los Paquetesde útiles para

entregar a las escuelas

Difunde la información del

programaDifunde la información del

programa

“Este Programa es público ajeno a cualquier partido político, queda prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el Programa”.