decreto supremo que aprueba el reglamento de organización y

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0511C,A D EL 1 Decreto Supremo Nº 021-2010-Mir DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCÍAS - SUTRAN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 29380, creó la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, como un organismo público adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determinando y regulando su ámbito, estructura orgánica básica, competencia y funciones; Que, mediante Decreto Supremo No. 033-2009-MTC, se aprobó el Reglamento de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, precisando las funciones de normar. fiscalizar y sancionar las actividades de transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional: así como supervisar y fiscalizar el cumplimiento de la normativa relacionada con el tránsito en la red vial nacional, departamental o regional. y el cumplimiento de las disposiciones del Reglamento Nacional de Vehículos, así como las actividades complementarias relacionadas con el transporte y tránsito en el ámbito de su competencia; Que, la Ley No. 29380, estableció la organización básica de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, disponiendo la elaboración de su Reglamento de Organización y Funciones - ROF y correspondiente aprobación por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, la Ley No. 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declaró al Estado Peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía. priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos: Que, el Decreto Supremo No. 043-2006-PCM aprobó los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por

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Page 1: Decreto Supremo Que Aprueba El Reglamento de Organización y

0511C,A DEL1

Decreto Supremo Nº 021-2010-Mir

DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN YFUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE

PERSONAS, CARGA Y MERCANCÍAS - SUTRAN

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley No. 29380, creó la Superintendencia de TransporteTerrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, como un organismo públicoadscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determinando y regulando suámbito, estructura orgánica básica, competencia y funciones;

Que, mediante Decreto Supremo No. 033-2009-MTC, se aprobó elReglamento de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga yMercancías - SUTRAN, precisando las funciones de normar. fiscalizar y sancionar lasactividades de transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional einternacional: así como supervisar y fiscalizar el cumplimiento de la normativa relacionadacon el tránsito en la red vial nacional, departamental o regional. y el cumplimiento de lasdisposiciones del Reglamento Nacional de Vehículos, así como las actividadescomplementarias relacionadas con el transporte y tránsito en el ámbito de sucompetencia;

Que, la Ley No. 29380, estableció la organización básica de laSuperintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN,disponiendo la elaboración de su Reglamento de Organización y Funciones - ROF ycorrespondiente aprobación por Decreto Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo deMinistros;

Que, la Ley No. 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión delEstado, declaró al Estado Peruano en proceso de modernización con la finalidad demejorar la gestión pública y obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, demanera que se logre una mejor atención a la ciudadanía. priorizando y optimizando el usode los recursos públicos:

Que, el Decreto Supremo No. 043-2006-PCM aprobó los Lineamientospara la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por

Page 2: Decreto Supremo Que Aprueba El Reglamento de Organización y

parte de las entidades de la Administración Pública; con la finalidad de asegurar quecontengan una adecuada estructura orgánica de la entidad, así como la definición de susfunciones y las de los órganos que la integran, acorde con los criterios de diseño yestructura de la Administración Pública que establece la Ley No. 27658, Ley Marco deModernización de la Gestión del Estado:

Que, estando a lo previsto en el artículo 33 de los citados Lineamientos.la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha emitido elInforme Previo Favorable para la aprobación del Reglamento de Organización yFunciones de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga yMercancías - SUTRAN;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 29158, la Ley No.29370 y la Ley No. 29380;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización yFunciones de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga yMercancías - SUTRAN

Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones de laSuperintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN.que consta de tres (03) títulos. nueve (09) capítulos, cincuenta (50) artículos y tres (03)disposiciones complementarias finales, que como anexo forma parte integrante delpresente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Publicación

El presente Decreto Supremo será publicado en el Diario Oficial ElPeruano.

El Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia deTransporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN aprobado por elartículo 1 del presente Decreto Supremo deberá ser publicado en el Portal del EstadoPeruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes yComunicaciones (www.mtc.gob.pe), en la fecha de la publicación del presente DecretoSupremo en el Diario Oficial El Peruano.

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Decreto Supremo

Artículo 3.- Refrendo

El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro deTransportes y Comunicaciones.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- Proceso de transferencia.

Entiéndase concluido el proceso de transferencia de funciones a la que hace referencia laPrimera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Superintendenciade Transporte Terrestre de Personas. Carga y Mercancías — SUTRAN, aprobadomediante Decreto Supremo No. 033-2009-MTC, con la entrada en vigencia delReglamento de Organización y Funciones - ROF de la SUTRAN.

En un plazo máximo de sesenta (60) días naturales contados a partir de la entrada envigencia de la presente norma. la Comisión de transferencia a la que hace referencia laPrimera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Superintendencia deTransporte Terrestre de Personas. Carga y Mercancías — SUTRAN, aprobado medianteDecreto Supremo No. 033-2009-MTC, deberá concluir el proceso de transferencia de losbienes, pasivos. activos, acervo documentario, entre otros y personal de la Dirección deSupervisión. Fiscalización y Sanciones de la Dirección General de Transporte Terrestre yde la Unidad Gerencial de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura deTransporte Nacional — PROVIAS NACIONAL del Ministerio de Transportes yComunicaciones. según corresponda.

La citada Comisión de transferencia deberá presentar a la Secretaría de Gestión Públicade la Presidencia del Consejo de Ministros, en un plazo de quince (15) días calendarioscontados a partir de la culminación de sus actividades. un informe detallado de lasacciones desarrolladas durante el proceso de transferencia.

Segunda.- Vigencia

El Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Transporte

Page 4: Decreto Supremo Que Aprueba El Reglamento de Organización y

Terrestre de Personas, Carga y Mercancías — SUTRAN aprobado por el presente DecretoSupremo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el portalinstitucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe ).

Tercera.- Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal

La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas. Carga y Mercancías -SUTRAN aprobará el Cuadro para Asignación de Personal - CAP en concordancia con elpresente Reglamento de Organización y Funciones. en un plazo de sesenta (60) díashábiles. contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo.

Cuarta.- Del financiamiento

La realización de las acciones necesarias para la implementación del Reglamento deOrganización y Funciones de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas.Carga y Mercancías (SUTRAN) se ejecutan con cargo al presupuesto institucional de lospliegos SUTRAN y Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin demandar mayoresrecursos al Tesoro Público.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA

Única.- Publicación en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes yComunicaciones

En tanto la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRANno cuente con Portal Institucional, para efectos de la entrada en vigencia del presenteDecreto Supremo y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley No. 29091,considérese cumplido lo dispuesto en la citada norma, con la publicación del Reglamentode Organización y Funciones - ROF de la SUTRAN en el Portal Institucional del Ministeriode Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe ).

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS

Primera.- Modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministeriode Transportes y Comunicaciones aprobado con Decreto Supremo No. 021-2007-MTC

Modificar los artículos 66, 67, 68. 70 y 71 del Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado con Decreto Supremo No. 021-2007-MTC, relacionados a las funciones de supervisión y fiscalización del transporteterrestre y el artículo 68 en lo relacionado a la estructura orgánica de la Dirección General

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Dtz,

1

Decreto Supremode Transporte Terrestre, con los textos siguientes:

(« • .)

De la Dirección General de Transporte Terrestre

Artículo 66.- La Dirección General de Transporte Terrestre es un órgano de línea deámbito nacional encargado de normar el transporte y tránsito terrestre; regular y autorizar.la prestación de servicios de transporte terrestre por carretera y servicioscomplementarios, así como del tránsito terrestre".

De las Funciones de la Dirección General de Transporte Terrestre

Artículo 67.- La Dirección General de Transporte Terrestre tiene las funciones específicassiguientes:

Proponer y ejecutar las políticas orientadas a la administración de los servicios detransporte terrestre de personas y de mercancías.Proponer proyectos de normas. reglamentos y demás disposiciones relacionadascon las actividades de transporte y tránsito terrestre.Otorgar autorizaciones para la prestación de servicios de transporte terrestre depersonas y de mercancías de ámbito nacional e internacional y sus servicioscomplementarios.Conducir la gestión y mantener actualizados los registros administrativosnacionales relacionados al transporte y tránsito terrestre por carretera, encoordinación con los gobiernos regionales y locales según corresponda.Mantener un sistema estándar de licencias de conducir: normar, coordinar yfiscalizar el proceso de otorgamiento de éstas a nivel nacional y emitir licencias deconducir en el ámbito de su competencia.Mantener un sistema estándar de homologación, certificación. verificación yrevisiones técnicas de vehículos: así como normar su operación.Desarrollar las actividades orientadas a promover la educación y seguridad vial, decompetencia del Ministerio.Producir estadísticas relacionadas al transporte y tránsito terrestre de personas ymercaderías en su ámbito de competencia.

i) Participar en representación del Ministerio como organismo nacional competentede Transporte Terrestre, en eventos nacionales e internacionales sobre transporte

Page 6: Decreto Supremo Que Aprueba El Reglamento de Organización y

y tránsito terrestre.Proponer convenios y acuerdos nacionales e internacionales, dentro del ámbito desu competencia.Las demás funciones que le asigne el Viceministro de Transportes, en el ámbito desu competencia.

De la Estructura Orgánica de la Dirección General de Transporte Terrestre

Artículo 68.- La Dirección General de Transporte Terrestre tiene las siguientes unidadesorgánicas:

Dirección de Regulación y NormatividadDirección de Servicios de Transporte TerrestreDirección de Circulación y Seguridad Vial

(...)

De la Dirección de Servicios de Transporte Terrestre

Artículo 70.- La Dirección de Servicios de Transporte Terrestre es la unidad orgánicaencargada de autorizar la prestación de servicios de transporte terrestre de personas y demercancías. de ámbito nacional e internacional. servicios complementarios y administrarel Sistema Nacional de Registros del Transporte Terrestre. Tiene las funcionesespecíficas siguientes:

Evaluar y proponer la autorización, modificación y cancelación de los servicios detransporte terrestre nacional e internacional por carretera.Evaluar y proponer la certificación de habilitación técnica de terminales terrestres yestaciones de ruta. otros servicios complementarios y sus modificaciones.

c) Administrar y mantener actualizado el Registro Nacional de Transporte Terrestrede ámbito nacional.

I> I d) Administrar y mantener actualizados los registros de transporte internacional porcarretera, de conformidad con los acuerdos internacionales vigentes.Asesorar a los órganos competentes de los gobiernos regionales. en asuntos decarácter técnico relativos a las autorizaciones de servicios, administración delRegistro Nacional de Transporte Terrestre y otras actividades relacionadas a losservicios de transporte.Coordinar con la Dirección de Regulación y Normatividad la elaboración deproyectos de normas, reglamentos y otras disposiciones relacionadas con lasactividades de transporte terrestre, de su competencia.

g) Las demás funciones que le asigne el Director General, en el ámbito de sucompetencia.

Page 7: Decreto Supremo Que Aprueba El Reglamento de Organización y

(Decreto Supremo

De la Dirección de Circulación y Seguridad Vial

Artículo 71.- La Dirección de Circulación y Seguridad Vial es la unidad orgánicaencargada de regular y supervisar el sistema de identificación vehicular y dehomologación. certificación y revisiones técnicas; otorgar placas de rodaje y licencias deconducir; promover la educación y seguridad vial. Tiene las funciones específicassiguientes:

Conducir el sistema de identificación vehicular a nivel nacional y el proceso deotorgamiento de la placa única nacional de rodaje: así como gestionar la emisiónde ésta en su ámbito de competencia.Conducir el sistema de otorgamiento de licencias de conducir a nivel nacional ygestionar la emisión de éstas en su ámbito de competencia.Regular el funcionamiento del sistema de homologación, certificación y revisionestécnicas a nivel nacional.Administrar y mantener actualizados los registros nacionales de identificaciónvehicular. de revisiones técnicas, de licencias de conducir y de sancionesaplicadas a los conductores.

e) Desarrollar actividades de promoción de la educación y seguridad vialcorrespondientes al Ministerio, en coordinación con el Consejo Nacional deSeguridad Vial.Promover la capacitación de conductores en su ámbito de competencia.Asesorar a los órganos competentes de los gobiernos regionales. en asuntos decarácter técnico relativos al sistema de identificación vehicular, emisión delicencias de conducir y actividades relacionadas a la educación y seguridad vial.Coordinar con la Dirección de Regulación y Normatividad la elaboración deproyectos de normas. reglamentos y otras disposiciones relacionadas con lasactividades de tránsito terrestre, de su competencia.

i) Las demás funciones que le asigne el Director General, en el ámbito de sucompetencia.

Segunda.- Modificación del Manual de Operaciones del Proyecto Especial deInfraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL aprobado conResolución Ministerial No. 011-2008-MTC/02

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Page 8: Decreto Supremo Que Aprueba El Reglamento de Organización y

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El Ministerio de Transportes y Comunicaciones en ejercicio de sus funciones aprobarámediante Resolución Ministerial la modificación al Manual de Operaciones del ProyectoEspecial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL aprobado conResolución Ministerial No. 011-2008-MTC/02.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA

Única.- Derogación del artículo 72 del Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio de Transportes y Comunicaciones aprobado con Decreto Supremo No.021-2007-MTC.

Derogar el artículo 72 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio deTransportes y Comunicaciones aprobado con Decreto Supremo No. 021-2007-MTC.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONESDE LA SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS,

CARGA Y MERCANCÍAS(SUTRAN)

INDICE

TÍTULO 1 DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO II DE L. , ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOSÓRGANOS Y UNIDADES ORGÁNICAS

CAPÍTULO 1

Estructura OrgánicaCAPÍTULO II

Órganos de Alta DirecciónCAPÍTULO III

Órgano ConsultivoCAPÍTULO IV

Órgano de Control InstitucionalCAPÍTULO V

Órgano de Defensa JurídicaCAPÍTULO VI

Órganos de AsesoramientoCAPÍTULO VII

Órganos de ApoyoCAPÍTULO VIII

Órganos de LíneaCAPÍTULO IX

Órganos Desconcentrados

TÍTULO III : DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

ANEXO ORGANIGRAMA

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA DETRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCÍAS

(SUTRAN)

TÍTULO IDE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1°.- Naturaleza JurídicaLa Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías. en adelanteSUTRAN, es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Transportes yComunicaciones, creado por Ley N' 29380, encargado de normar. supervisar, fiscalizar ysancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacionale internacional y las actividades vinculadas con el transporte de mercancías en el ámbito nacional.Tiene personería jurídica de derecho público interno. con autonomía técnica, funcional.administrativa y presupuestal. Constituye pliego presupuestal.

Artículo 2°.- Competencia de la SUTRANLa competencia de la SUTRAN. en lo concerniente a la supervisión, fiscalización y sanción, seextiende a las personas naturales y jurídicas que realizan actividades de transporte por carreterade personas, carga y mercancías, de ámbito nacional e internacional; así como a los agentespúblicos o privados que brinden servicios complementarios a dichas actividades.Asimismo. es competente para supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las normas relacionadascon el tránsito y las establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos.

Artículo 3°.- Funciones GeneralesSon funciones generales de la SUTRAN:

Supervisar, fiscalizar y controlar los servicios de transporte terrestre en los ámbitos nacional einternacional.Supervisar, fiscalizar y controlar los servicios complementarios y vinculados que brinden losagentes públicos o privados relacionados al sector: los cuales comprenden la infraestructuracomplementaria de transporte terrestre, los centros de inspección técnica vehicular, entidadescertificadoras y talleres de conversión a GLP y GNV. escuelas de conductores. centros deinstrucción para cursos de seguridad vial y sensibilización, establecimientos de saludencargados del examen de aptitud psicosomática. centros de desguace y chatarreo devehículos. centros de reparación de ómnibus autorizados por el Ministerio de Transportes yComunicaciones. entidades verificadoras para la importación de vehículos usados; y otrosrelacionados con el transporte y tránsito terrestre.Supervisar. fiscalizar y controlar el cumplimiento de las normas relacionadas con el tránsito enel ámbito de la red vial nacional. departamental o regional, y las establecidas en elReglamento Nacional de Vehículos.Emitir normas complementarias relacionadas con la supervisión, fiscalización y control deltransporte y tránsito terrestre en el ámbito de la red vial de su competencia. así como lasdisposiciones establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos.Sancionar la contravención a la normatividad en materia de transporte y tránsito terrestre y elReglamento Nacional de Vehículos, y otras normas sobre la materia.Hacer cumplir las sanciones derivadas de la fiscalización de los servicios de transporteterrestre y de los servicios complementarios. así como del tránsito terrestre y del control depesos y medidas vehiculares.Coordinar con las instituciones públicas y privadas. gobiernos regionales y locales, para elejercicio de las actividades de su competencia.Emitir opinión sobre asuntos técnicos de su competencia que puedan ser materia de contratosde concesión. sin colisionar con el ámbito de competencia exclusiva del Organismo Supervisorde la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN).

Artículo 4°.- Base legalLas funciones de la SUTRAN se sustentan en las siguientes normas:

Constitución Política del Perú.Ley N° 27658. Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización,Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

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Page 11: Decreto Supremo Que Aprueba El Reglamento de Organización y

Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes yComunicaciones.Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre y su modificatoria.Ley N° 29380, Ley de creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas,Carga y Mercancías (SUTRAN).Ley N° 28256, Ley que regula el transporte terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.

k) Ley N° 28972, Ley que establece la formalización del transporte terrestre de pasajeros enautomóviles colectivos.

I) Ley N° 29005. Ley que establece los lineamientos generales para el funcionamiento de lasEscuelas de Conductores.Ley N° 29177, Ley del programa de incentivos para la sustitución de los ómnibus ensambladossobre chasis de camión del servicio de transporte terrestre interprovincial de pasajeros.Ley N° 29237, Ley de creación del Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares.Ley N° 29365, Ley c., establece. el Sistema de Licencias de Conducir por Puntos.Decreto Supremo N I 12-97-EF que aprueba el Texto Unico Ordenado de las Normas conrango de ley emitidas an relación a los CETICOS.Decreto Legislativo N° 843 que restablece la importación de vehículos usados a partir del 01de noviembre de 1996 y sus modificatorias.Decreto Supremo N° 033-2009-MTC que aprueba el Reglamento de la Superintendencia deTransporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN).Decreto Supremo N° 017-2009-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Administraciónde Transporte.Decreto Supremo N° 016-2009-MTC que aprueba el Texto Único Ordenado del ReglamentoNacional de Tránsito — Código de Tránsito.Decreto Supremo N° 021-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de TransporteTerrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.Decreto Supremo N° 058-2003-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Vehículos.Decreto Supremo N° 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de InspeccionesTécnicas Vehiculares.Decreto Supremo N° 017-2008-MTC que aprueba el Reglamento de Placa Única Nacional deRodaje y su modificatoria.Decreto Supremo N' 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias deConducir vehículos automotores y no motorizados de transporte terrestre.Decreto Supremo N' 024-2002-MTC que aprueba e! Texto Único Ordenado del ReglamentoNacional de Responsabilidad Civil y Seguros Obligatorios para Accidentes de Tránsito.

TÍTULO IIDE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ÓRGANOS Y

UNIDADES ORGÁNICAS

CAPÍTULO IESTRUCTURA ORGÁNICA

Artículo 5°.- Estructura OrgánicaLa SUTRAN tiene la siguiente estructura orgánica:

01 Órganos de Alta Dirección01.1 Consejo Directivo01.2 Superintendencia01.3 Secretaría General

01 3.1 Unidad de Imagen Institucional

02 Órgano Consultivo02.1 Consejo Consultivo

03 Órgano de Control Institucional03.1 Órgano de Control Institucional

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04 Órgano de Defensa Jurídica04.1 Procuraduría Pública

05 Órganos de Asesoramiento05.1 Oficina de Asesoría Legal05.2 Oficina de Planeamiento y Presupuesto

05.2.1 Unidad de Planeamiento05.2.2 Unidad de Presupuesto05.2.3 Unidad de Estadística y Registro

06 Órgano de Apoyo06.1 Oficina de Administración

06.1.1 Unidad de Personal06.1.2 Unidad de Finanzas06.1.3 Unidad de Logística06.1.4 Unidad de Tecnología de Información

07 Órganos de Línea07.1 Dirección de Supervisión y Fiscalización

07.1.1 Sub Dirección de Fiscalización de Servicios de Transporte07.1.2 Sub Dirección de Fiscalización de Tránsito07.1.3 Sub Dirección de Fiscalización de Vehículos07.1.4 Sub Dirección de Fiscalización de Servicios Complementarios

07.2 Dirección de Evaluación y Sanciones07.2.1 Sub Dirección de Procedimientos de Transporte, Tránsito y Servicios

Complementarios07.2.2 Sub Dirección de Procedimientos de Vehículos07.2.3 Sub Dirección de Ejecución de Sanciones

08 Órganos Desconcentrados08.1 Direcciones Zonales

CAPÍTULO HÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN

Artículo 6°.- Consejo DirectivoEl Consejo Directivo es el órgano máximo de la SUTRAN: aprueba la política institucional.supervisa y evalúa su cumplimiento. Está integrado por el Superintendente, quien lo preside. un(01) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros y uno (01) del Ministerio deTransportes y Comunicaciones.

Artículo 7°.- Funciones del Consejo DirectivoEl Consejo Directivo tiene las funciones específicas siguientes:

Definir la política de la institución y dar cumplimiento a sus objetivos y metas.Aprobar el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional.Aprobar el Proyecto de Presupuesto Institucional.Aprobar los Proyectos de Reglamento de Organización y Funciones de la SUTRAN. Cuadropara Asignación de Personal, Texto Único de Procedimientos Administrativos y los demásreglamentos internos e instrumentos de gestión. conforme a la normatividad vigente.Aprobar el Manual de Organización y Funciones de la entidadAprobar la Memoria Anual, el Balance y los Estados Financieros de la SUTRAN.Aprobar el Reglamento Interno de funcionamiento del Consejo Directivo.Designar y remover a los funcionarios públicos de la SUTRAN. conforme a la normatividadvigente.Expedir normas de regulación del funcionamiento de la institución.Aprobar la apertura y desactivación de órganos desconcentrados de la institución.

k) Adoptar acuerdos referidos a la SUTRAN que se sometan a su consideración, dentro delámbito de sus competencias.

I) Emitir Resoluciones en el ámbito de su competencia.m) Evaluar el desempeño y resultados de gestión de la SUTRAN.

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Delegar en el Superintendente las atribuciones que no le sean privativas.Otras funciones que establezca la Ley de creación de la SUTRAN y demás normasreglamentarias.

Artículo 8°.- SuperintendenciaE! Superintendente preside el Consejo Directivo. constituye la máxima autoridad ejecutiva de laSUTRAN; conduce el funcionamiento institucional y representa a la Institución ante las entidadespúblicas y privadas, nacionales y extranjeras. ejecuta y supervisa la aplicación de las políticas dela SUTRAN. en armonía con la política general del Sector. Es designado por Resolución Supremaa propuesta del Ministro de Transportes y Comunicaciones.

El Superintendente es titular del Pliego Presupuestal y representa a la SUTRAN. Puede delegarlas facultades y atribuciones que no sean privativas de su cargo.

Artículo 9°.- Funciones del SuperintendenteEl Superintendente tiene -as f ..- ojones específicas siguientes:

Ejercer la representa:ión legal de !a SUTRAN.Dirigir. coordinar y supervisar el funcionamiento de la SUTRAN.Definir la agenda, convocar y presidir las sesiones del Consejo Directivo.Proponer al Consejo Directivo la designación de funcionarios de la SUTRAN.Emitir resoluciones y normas en materias de su competencia.Aprobar el Plan Anual de Fiscalización.Aprobar y suscribir convenios de colaboración o gestión con otros organismos públicos y/oprivados para los fines de competencia de la SUTRAN.Aprobar y suscribir convenios con los gobiernos regionales y locales para asumir y/o delegarfunciones relacionadas con competencias de la SUTRAN.Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia.Ejercer las funciones que le delegue el Consejo Directivo y las que correspondan de acuerdo aLey.

k) Delegar funciones relacionadas con sus competencias, siempre que no sean privativas de sucargo.

I) Autorizar los viajes de los funcionarios de la SUTRAN, conforme a la normatividad vigente.Aprobar el Plan Anual de Contrataciones.Aprobar. a propuesta del Secretario General, las políticas de administración, recursoshumanos y finanzas de la Institución.Aprobar. a propuesta del Secretario General. el Clasificador de Cargos de la Entidad.Supervisar la correcta ejecución de los acuerdos del Consejo Directivo.Aprobar las exoneraciones de los procesos de selección con sujeción a lo dispuesto en lasnormas de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.Aprobar la adquisición. enajenación o disposición de bienes inmuebles de la SUTRAN, deacuerdo a la normatividad vigente.Aceptar asignaciones. donaciones. legados o transferencias por cualquier titulo hacia laSUTRAN.Coordinar con el Consejo Nacional de Seguridad Vial y el Observatorio de TransporteTerrestre para el desarrollo de las políticas de transporte y tránsito terrestre en el ámbito de sucompetencia.

u) Comunicar, a las autoridades que corresponda. de las presuntas infracciones administrativasy/o ilícitos penales relacionados con temas que estén fuera del ámbito de competencia de laSUTRAN.

y ) Informar semestralmente a la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso de laRepública sobre las acciones que viene ejecutando la SUTRAN de acuerdo a suscompetencias.

w) Ejercer las demás atribuciones y facultades inherentes a su cargo, de acuerdo a las leyessobre la materia

Artículo 10°.- Secretaría GeneralEl Secretario General es la máxima autoridad administrativa de la SUTRAN, actúa como nexo decoordinación entre la Alta Dirección y los órganos de asesoramiento y de apoyo, asiste alSuperintendente en los aspectos administrativos. de comunicación social y relaciones públicas dela institución: ejerce las funciones que le delegue el Superintendente y aquellas que le asigne elConsejo Directivo. Actúa como Secretario del Consejo Directivo.

5

Page 14: Decreto Supremo Que Aprueba El Reglamento de Organización y

El Secretario General actúa como Secretario del Consejo Directivo, asiste a las sesiones delConsejo Directivo con voz pero sin voto.

Artículo 11°.- Funciones del Secretario GeneralEl Secretario General tiene las funciones especificas siguientes:

Dirigir y supervisar la marcha administrativa de la SUTRAN.Dirigir y supervisar el funcionamiento de los órganos de apoyo.Coordinar y supervisar el funcionamiento de los órganos de asesoramiento.Someter a consideración del Superintendente los planes, programas, proyectos y documentosque requieran su aprobación.Asesorar a la Alta Dirección en materias de su competencia.Centralizar, coordinar y procesar el flujo documentario de la SUTRAN.Coordinar las acciones vinculadas a comunicación social, prensa. imagen, protocolo yrelaciones públicas e interinstitucionales.Coordinar las acciones de seguridad, defensa nacional y defensa civil en la institución, deacuerdo a normas sobre la materia.Administrar el registro, publicación y archivo de la documentación oficial y dispositivos legalesque emanen de la SUTRAN.Expedir resoluciones secretariales en materias de su competencia o en aquellas que le seandelegadas.

k) Expedir directivas sobre asuntos administrativos y mantener el registro de las directivasinternas vigentes.

I) Expedir resoluciones secretariales en materias de su competencia o en aquellas que le hayansido delegadas.Coordinar con organismos del sector público y privado los temas de su competencia o los quele sean delegados por el Superintendente.Supervisar la actualización permanente del Portal de Transparencia de la SUTRAN.

o) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección en el ámbito de su competencia.

Artículo 12°.- Estructura Orgánica de la Secretaría GeneralLa Secretaría General tiene la siguiente unidad orgánica:

Unidad de Imagen Institucional

Artículo 13°.- Unidad de Imagen InstitucionalLa Unidad de Imagen Institucional es la unidad orgánica de fa Secretaria General encargada deasesorar a la Alta Dirección en la formulación e implementación de estrategias de comunicación yrealizar el seguimiento y análisis de la información emitida por los medios sobre temas de laSUTRAN: coordina las acciones de protocolo. Tiene las funciones específicas siguientes:

Proponer a la Alta Dirección las estrategias de comunicación proactiva y reactiva de laSUTRAN.Planificar, ejecutar y supervisar la difusión de las actividades de la SUTRAN y coordinar lasacciones correspondientes con los organismos del Sector.Diseñar estrategias que contribuyan a fortalecer la imagen de la SUTRAN ante la opiniónpública.Proporcionar a la Alta Dirección la información y análisis sobre las noticias y tendencias diariasde la opinión pública nacional e internacional.Mantener contacto permanente con los medios de comunicación social.Controlar y aprobar todo tipo de impresos. campañas. avisos y spots publicitarios que serealicen en cumplimiento de las funciones de la SUTRANSupervisar el uso adecuado del logotipo institucional.Conducir las actividades de relaciones públicas y protocolo de la SUTRAN Organizarceremonias y eventos que sean dispuestos por la Alta Dirección.

) Administrar y cautelar los archivos audiovisuales y físicos de la Unidad.) Las demás funciones que le asigne el Secretario General, en el ámbito de su competencia.

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f)

9)

i)

CAPÍTULO IIIÓRGANO CONSULTIVO

Artículo 14°.- Consejo ConsultivoEl Consejo Consultivo es un órgano no estructurado de la SUTRAN, cuya conformación es laseñalada en la Ley de creación de esta. Emite opinión y formula recomendaciones sobre asuntosde competencia de la SUTRAN, que le son requeridos. Su funcionamiento se rige por sus normasespecificas.

Artículo 15°.- Funciones del Consejo ConsultivoEl Consejo Consultivo tiene las funciones específicas siguientes:

Emitir opiniones, informes y recomendaciones sobre temas de competencia de la SUTRAN,que la Alta Dirección someta a su consideración.Presentar al Consejo Directivo las sugerencias e iniciativas que estime conveniente para elmejor desempeño del rol de la SUTRAN.

c) Promover la coordinación entre los sectores representados en el Consejo Consultivo, entemas de competencia de la SUTRAN.

CAPITULO IVÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

Artículo 16°.- Órgano de Control InstitucionalEl Órgano de Control Institucional es el encargado del control interno en el ámbito de la SUTRAN,en armonía con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y las disposiciones legalesvigentes. Está a cargo del Jefe del Órgano de Control Institucional. quien depende funcional yadministrativamente de la Contraloría General de la República.

Artículo 17°.- Funciones del Órgano de Control InstitucionalEl Órgano de Control Institucional tiene las funciones específicas siguientes:

Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la SUTRAN, sobre la base delos lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control, así como ejercer el control externopor encargo de la Contraloría General de la República.Efectuar auditorias a los estados financieros, presupuestarios y gestión, de conformidad conlas pautas que señale la Contraloría General de la República.Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones, que disponga laContraloría General de la República, así como, las que sean requeridas por el ConsejoDirectivo. Cuando éstas últimas tengan carácter de no programadas, su realización serácomunicada a la Contraloría General de la República.Efectuar el control preventivo sin carácter vinculante, al órgano de más alto nivel de laSUTRAN con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas einstrumentos de control interno. sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que comprometael ejercicio de su función, vía el control posterior.

e) Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General de laRepública y al Consejo Directivo.Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones se adviertan indicios razonables deilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Consejo Directivo para que adoptelas medidas correctivas pertinentes.Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores públicos yciudadanos, sobre actos y operaciones de la SUTRAN, otorgándole el trámite quecorresponda a su mérito y documentación sustentatoria respectiva.Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General.Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la SUTRAN, como resultado delas acciones y actividades de control. comprobando su materialización efectiva, conforme a lostérminos y plazos respectivos. Dicha función comprende efectuar el seguimiento de losprocesos judiciales y administrativos derivados de las acciones de control.Apoyar las comisiones que designe la Contraloría General de la República para la ejecuciónde las acciones en el ámbito de la SUTRAN.Verificar el cumplimiento de ias disposiciones legales y normativa interna aplicables, por partede los órganos, unidades orgánicas y personal de la SUTRAN.

!) Las demás funciones que le asigne la Contraloría General de la República y las demás

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previstas por los dispositivos legales pertinentes.

CAPÍTULO VÓRGANO DE DEFENSA JURÍDICA

Artículo 18°.- Procuraduría PúblicaLa Procuraduría Pública es el órgano encargado de representar y asumir la defensa jurídica delEstado a nivel nacional. de los derechos e intereses de la SUTRAN. está obligado a asumir ycumplir los principios rectores del Sistema Nacional de Defensa Jurídica del Estado, Dependeadministrativamente de la SUTRAN y funcionalmente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado.

Artículo 19°.- FuncionesLa Procuraduría Pública tiene las funciones específicas siguientes:

Representar y defender los derechos e intereses del Estado en materia de las competenciasde la SUTRAN. ante los órganos jurisdiccionales, administrativos, Tribunal Constitucional, asícomo ante el Ministerio Público, Policía Nacional, Tribunal Arbitral, Centro de Conciliación yotros de similar naturaleza en los que el Estado y la SUTRAN es parte.Asesorar a la Alta Dirección en los asuntos de su competencia.Coordinar con las entidades del Sector Público Nacional los asuntos relacionados con ladefensa de los derechos e intereses de la SUTRAN y solicitar los informes que estimeconveniente.Impulsar acciones destinadas a la consecución de la reparación civil y su ejecución. Asimismo.participar en los procesos de colaboración eficaz y procesos de determinación anticipada.Ofrecer medios probatorios y solicitar a la autoridad competente la realización de actos deinvestigación.Las demás funciones señaladas en el Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica delEstado, normas complementarias y conexas y otras que le asigne el Superintendente deacuerdo al ámbito de su competencia.

CAPÍTULO VIÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

Artículo 20`.- Oficina de Asesoría LegalLa Oficina de Asesoría Legal es el órgano encargado de asesorar y emitir opinión legal en asuntosde carácter jurídico-legal y normativo que requiere la Alta Dirección y demás dependencias de laSUTRAN.

Artículo 21°.- Funciones de la Oficina de Asesoría LegalLa Oficina de Asesoría Legal tiene las funciones específicas siguientes:

Asesorar a la Alta Dirección y demás órganos en los asuntos de carácter jurídico y legalrelacionados con las actividades de la SUTRAN.Absolver las consultas que en materia jurídica formule la Alta Dirección.Evaluar los expedientes administrativos y proyectos de resolutivos a ser expedidos por la AltaDirección, que no estén referidos a recursos de impugnación derivados de procedimientossancionadores por infracción de la normatividad de transportes, tránsito y vehículos, niconcernientes a la apertura de los procesos administrativos disciplinarios, imposición desanciones y recursos de impugnación respectivos; salvo disposición legal o reglamentaria encontrario.Evaluar, formular y proponer disposiciones legales o reglamentarias sobre materias vinculadasa la SUTRAN o las que le encomiende la Alta Dirección.Emitir pronunciamiento legal respecto de las discrepancias producidas dentro de un órgano oentre órganos de la SUTRAN, cuando así lo requiera la Alta Dirección.Coordinar con la Procuraduría Pública de la SUTRAN el seguimiento de los procesosjudiciales.Compendiar y sistematizar la legislación pertinente a las actividades de la SUTRANCoordinar con la Procuraduría Pública del MTC, los asuntos judiciales relativos a la SUTRAN ybrindarle a poyo cuando lo requiera la Alta Dirección, según corresponda.

if:c-7 y Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección en el ámbito de su competencia.

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Artículo 22°.- Oficina de Planeamiento y PresupuestoLa Oficina de Planeamiento y Presupuesto es el órgano encargado de asesorar a la Alta Direccióny demás dependencias de la SUTRAN en la formulación y evaluación de la política institucional;formula y evalúa los planes y presupuesto. realiza estudios, conduce el sistema de estadística, lasacciones de racionalización y desarrollo institucional.

Artículo 23°.- Funciones de la Oficina de Planeamiento y PresupuestoLa Oficina de Planeamiento y Presupuesto tiene ias funciones especificas siguientes:

Proponer la política de la SUTRAN. para su aprobación por el Consejo Directivo.Elaborar y proponer a la Secretaria General el Plan Estratégico Institucional (PEI) y el PlanOperativo Institucional (POI), para su aprobación por el Consejo Directivo.Participar en la elaboración de las estrategias para la fiscalización.Conducir el proceso presupuestario del Pliego.Realizar los estudios de base y técnico económicos.Conducir el sistema de estadística en la institución.Conducir y coordinar las acciones de racionalización administrativa y desarrollo institucional.Formular en coordinación con los diferentes órganos de la institución, la elaboración de losproyectos de instrumentos normativos de gestión.Gestionar la cooperación técnica internacional para el desarrollo de la institución.Coordinar la elaboración de la Memoria Anual e informes de gestión, con los demás órganosde la institución.

Artículo 24°.- Estructura Orgánica de la Oficina de Planeamiento y PresupuestoLa Oficina de Planeamiento y Presupuesto tiene las siguientes unidades orgánicas:

Unidad de PlaneamientoUnidad de PresupuestoUnidad de Estadistica y Registro

Artículo 25°.- Unidad de PlaneamientoLa Unidad de Planeamiento es la unidad orgánica encargada de la coordinación, formulación yevaluación de los planes institucionales: ejecución de estudios; formulación y aplicación deprocedimientos e instrumentos para la mejor gestión institucional. Tiene las funciones específicassiguientes:

Formular y proponer los planes estratégicos y operativos de la SUTRAN, en coordinación conlos órganos de la institución.Coordinar y elaborar estudios de base y técnico económicos relacionados con lascompetencias de la SUTRAN.Gestionar las acciones de cooperación técnica internacional requerida para el desarrollo de lainstitución.Participar en estudios y acciones de fortalecimiento institucional, según sea requerido.Elaborar, evaluar,y proponer los proyectos de documentos de gestión institucional tales comoel Reglamento de Organización y Funciones (ROF). Manual de Organización y Funciones(MOF), Cuadro para Asignación de Personal (CAP), Texto Único de ProcedimientosAdministrativos (TUPA).Conducir los procesos técnicos de racionalización orientados a mejorar procedimientos de lainstitución y fomentar el desarrollo organizacional.Elaborar manuales, directivas y/o instructivos para la ejecución de funciones de la SUTRAN,que sean requeridos.Asesorar a los órganos de la institución ; en materias de planeamiento, estudios, organizacióny racionalización.

i) Las demás funciones que le asigne el Director de Planeamiento y Presupuesto. en el ámbitode su competencia.

Artículo 26°.- Unidad de PresupuestoLa Unidad de Presupuesto es la unidad orgánica encargada de la conducción del procesopresupuestal de la SUTRAN; así como coordinar y/o ejecutar las acciones que en materiapresupuestal correspondan a nivel de la institución. Tiene las funciones específicas siguientes:a) Coordinar y conducir los procesos de programación, formulación, ejecución, seguimiento y

evaluación del presupuesto de la SUTRAN.) Elaborar el proyecto de presupuesto correspondiente al Pliego de la SUTRAN.

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b)

Gestionar ante el Ministerio de Economía y Finanzas las autorizaciones necesarias para laejecución presupuestaria del Pliego.Proponer y gestionar modificaciones presupuestales a nivel institucional y funcionalprogramático.Emitir informes de disponibilidad presupuestal, de acuerdo a la normatividad vigente.Representar al Pliego en la fase de sustentación del presupuesto. conciliación y cierre ante elMinisterio de Economía y Finanzas.Efectuar la evaluación institucional del Presupuesto del Pliego.Coordinar con los órganos de la institución. en asuntos de presupuesto.

i) Las demás funciones que le asigne el Director de Planeamiento y Presupuesto, en el ámbitode su competencia.

Artículo 27°.- Unidad de Estadística y RegistroLa Unidad de Estadistica y Registro es la unidad orgánica encargada de conducir el sistema deregistro y estadística institucional. de recopilar, procesar, consolidar y difundir la informacióngenerada por las actividades de la SUTRAN en cumplimiento de sus funciones. Tiene lasfunciones específicas siguientes:

Coordinar la elaboración y actualización de la información estadística en materias decompetencia de la SUTRAN.Mantener actualizado el Banco de Datos con información relacionada a la supervisiónfiscalización y sanción en los temas materia de competencia de la SUTRAN.Producir las estadísticas básicas, en materias de competencia de la SUTRAN.Elaborar reportes estadísticos de las actividades de fiscalización realizadas por la SUTRAN.Elaborar y consolidar la información de gestión relacionada con los procedimientossancionadores.Ejecutar encuestas y levantamientos de información estadística relacionada con materias de lafiscalización.Analizar e interpretar la información estadística y formular indicadores. para la toma dedecisiones.Consolidar y elaborar estadísticas vinculadas a la accidentalidad en las carreteras del país.Formular las directivas metodológicas para la elaboración, recopilación. clasificación, análisis einterpretación de la información estadística para la toma de decisiones.Coordinar con los órganos correspondientes del Ministerio de Transportes y Comunicacionesla gestión de información relacionada con las competencias de fiscalización de la SUTRAN.

k) Proporcionar asistencia técnica y coordinar la capacitación en herramientas especializadaspara uso estadístico

I) Coordinar con la Unidad de Tecnología de Información la sistematización de los procesosrelacionados con la estadística de la SUTRAN.

m) Las demás funciones que le asigne el Director de Planeamiento y Presupuesto, en el ámbitode su competencia.

CAPÍTULO VIIÓRGANOS DE APOYO

Artículo 28°.- Oficina de AdministraciónLa Oficina de Administración es el órgano de apoyo encargado de administrar los recursoshumanos. financieros y materiales de la SUTRAN, así como conducir la ejecución del procesopresupuestario en el ámbito de su competencia: conduce las actividades de tecnologia deinformación.

Artículo 29°.- Funciones de la Oficina de AdministraciónLa Oficina de Administración tiene las funciones específicas siguientes:a) Dirigir, ejecutar y controlar los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de personal,

contabilidad. tesoreria. abastecimiento, así como las acciones relativas al control patrimonial.conforme a la normatividad vigente.Participar. en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en la programacióny formulación presupuestaria de la SUTRAN.Dirigir y supervisar la formulación, de los estados financieros de la SUTRAN.Efectuar la gestión de los fondos y gastos públicos de la SUTRAN.Programar y ejecutar los procesos de selección y atender las necesidades de recursos

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materiales y de servicios de la SUTRAN.Suscribir contratos y/o convenios relacionados a la adquisición de bienes, contratación deservicios, ejecución de obras y otros en el ámbito de su competencia; supervisar sucumplimiento.Administrar los bienes muebles e inmuebles de la SUTRAN, así como controlar y manteneractualizado el margesí de los mismos.Brindar apoyo logístico para la ejecución de las actividades de la SUTRAN.Resolver, en segunda instancia administrativa, los recursos impugnativos interpuestos contralas resoluciones expedidas por la Unidad de Personal.Conducir la administración y desarrollo del sistema informático y recursos tecnológicosasociados, en la SUTRAN.Efectuar la ejecución presupuestal de acuerdo a la normatividad vigente.

1) Las demás funciones que le asigne el Secretario General, en el ámbito de su competencia.

Artículo 30°.- Estructura Orgánica de la Oficina de AdministraciónLa Oficina de Administración tiene las siguientes unidades orgánicas:

Unidad de PersonalUnidad de FinanzasUnidad de LogísticaUnidad de Tecnología de Información

Artículo 31°.- Unidad de PersonalLa Unidad de Personal es la unidad orgánica encargada de administrar los recursos humanos dela SUTRAN. Tiene las funciones específicas siguientes:

Programar, ejecutar y evaluar los procesos técnicos de personal, sobre ingreso, permanencia,desplazamiento y término de servicios. evaluación del desempeño laboral, capacitación, asícomo el reconocimiento y otorgamiento de beneficios sociales.Elaborar y proponer los lineamientos y directivas internas del Sistema Administrativo dePersonal, en el marco de la normatividad vigente.Efectuar el control de asistencia. permanencia y desplazamiento del personal.Cautelar el cumplimiento de! Reglamento Interno de Trabajo y la legislación laboral.Actualizar y sistematizar el registro de datos del personal.Formular el Presupuesto Analítico de Personal (PAF)) y del Presupuesto Nominativo dePersonal (PNP).Realizar las acciones relativas al pago de remuneraciones y beneficios sociales quecorrespondan al personal.Administrar los programas de servicio médico y social de la institución.Conducir la administración de las relaciones laborales y asesorar a la Alta Dirección en la tomade decisiones relativas a políticas de recursos humanos.Las demás funciones que le asigne el Director de Administración, en el ámbito de sucompetencia.

Artículo 32°.- Unidad de FinanzasLa Unidad de Finanzas es la unidad orgánica encargada de los procesos técnicos del Sistema deContabilidad y del Sistema de Tesorería de la SUTRAN. Tiene las funciones específicassiguientes:

Programar. ejecutar y evaluar los procesos técnicos del Sistema Administrativo deContabilidad y Sistema Administrativo de Tesorería, de la SUTRAN.Formular los estados financieros del pliego.Mantener actualizada la contabilidad general de la SUTRAN.Conciliar los ingresos y gastos con ios órganos pertinentes del Ministerio de Economía yFinanzas.Administrar los fondos correspondientes a la SUTRAN.Programar el cumplimiento de los compromisos y transacciones financieras de la SUTRAN.Llevar el control, registro y custodia de los valores, cartas fianzas u otros documentos de valormonetario de la SUTRAN.Emitir informes de disponibilidad presupuestal para los procesos de adquisiciones.

i) Realizar la ejecución presupuestaria en sus etapas de compromiso, devengado, girado ypagado en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público.

) Verificar e informar la ejecución del gasto.

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k) Las demás funciones que le asigne el Director de Administración, en el ámbito de sucompetencia

Artículo 33°.- Unidad de LogísticaLa Unidad de Logística es la unidad orgánica encargada de los procesos técnicos del Sistema deAbastecimiento y la administración de los bienes patrimoniales de la SUTRAN. Tiene las funcionesespecíficas siguientes:

Programar, ejecutar y evaluar los procesos técnicos del Sistema de Abastecimiento de laSUTRAN.Formular, ejecutar y controlar el presupuesto de abastecimiento de bienes y servicios de laSUTRAN.Coordinar con las diversas dependencias de la SUTRAN, la formulación de sus cuadros denecesidades para efectos de elaborar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones.Coordinar con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la formulación anual del presupuestode bienes y servicios de la SUTRAN, así como sus calendarios de compromisos.Programar. ejecutar y controlar la adquisición de bienes. contratación de servicios y ejecuciónde obras de la SUTRAN, en el ámbito de su competencia.Supervisar los servicios de mantenimiento y reparación de las instalaciones, equipos yvehículos, así como administrar los servicios de seguridad, limpieza, transportes y otros de laSUTRANRecepcionar, almacenar y distribuir los bienes de la SUTRAN.Proporcionar apoyo logístico para la ejecución de las funciones de fiscalización.Administrar los bienes patrimoniales de la SUTRAN, efectuando su control y supervisando suestado de conservación y mantenimiento.Realizar la toma de inventario de los bienes muebles e inmuebles de la SUTRAN.

k) Implementar la infraestructura vial complementaria, requerida para la supervisión yfiscalización del transporte y tránsito terrestre en la red vial de su competencia.

I) Coordinar con instituciones y organismos públicos y privados las transferencias de bienespatrimoniales. conforme a la normatividad vigente.Efectuar el saneamiento técnico y legal de los bienes inmuebles asignados a la SUTRAN.Formular las bases y términos de referencia para la cobertura de seguros de los bienespatrimoniales,Conducir la disposición final de bienes patrimoniales de propiedad de la SUTRAN.Las demás funciones que le asigne el Director de Administración, en el ámbito de sucompetencia.

Artículo 34°.- Unidad de Tecnología de InformaciónLa Unidad de Tecnología de Información es la unidad orgánica encargada de diseñar y ejecutar laestrategia informática, así como coordinar y supervisar su implementación en la SUTRAN. Tienelas funciones específicas siguientes:

Administrar y controlar las actividades informáticas de la SUTRAN.Elaborar y p roponer directivas para el funcionamiento de los sistemas informáticos de laSUTRAN.Desarrollar los sistemas informáticos de la SUTRAN.Evaluar y recomendar la adopción de nuevas tecnologías en materia informática quecontribuyan a mejorar el cumplimiento de las funciones en la SUTRAN.Diseñar, formular, implementar y controlar los procesos de los sistemas informáticos de laSUTRAN.Administrar los recursos informáticos de la SUTRAN.Realizar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos informáticos de laSUTRAN.Proporcionar el apoyo informático para el funcionamiento del sistema de estadística de lainstitución.Brindar soporte técnico e informático a los órganos de la SUTRAN.Sistematizar los procesos y procedimientos de la SUTRAN, para optimizar la gestióninstitucional, en coordinación con la Unidad de Planeamiento y las dependencias involucradas.

k) Desarrollar módulos y/o sistemas informáticos de acuerdo a los requerimientos de los órganosde la institución.

I) Las demás funciones que le asigne el Director de Administración. en el ámbito de sucompetencia.

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CAPÍTULO VIIIÓRGANOS DE LÍNEA

Artículo 35°.- Dirección de Supervisión y FiscalizaciónLa Dirección de Supervisión y Fiscalización es el órgano de línea encargado de supervisar,fiscalizar y controlar el cumplimiento de la normatividad en materia de transporte, de tránsito,servicios complementarios y de vehículos, en el ámbito de competencia de la SUTRAN; y detectarlos incumplimientos e infracciones a la misma que ameriten la aplicación de sanciones y medidaspreventivas y cautelares.

Artículo 36°.- Funciones de la Dirección de Supervisión y FiscalizaciónLa Dirección de Supervisión y Fiscalización tiene las funciones específicas siguientes:

Proponer el Plan Anual de Fiscalización y las acciones a realizar.Supervisar el cumplimiento de la normatividad que regula las condiciones de acceso ypermanencia : y la prestación del servicio de transporte terrestre en sus diversas modalidades,el tránsito de vehículos en la red vial de su competencia, los servicios complementarios y lodispuesto en el Reglamento Nacional de Vehículos.Fiscalizar la actividad del servicio de transporte terrestre en sus diversas modalidades. asícomo los servicios complementarios de transporte y tránsito terrestre.Fiscalizar el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Vehículos.Fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre ubicación de avisos publicitarios en la red vialde su competencia.Supervisar la correcta señalización de las vías, las condiciones técnicas de mantenimiento yatención de emergencias en la red vial de su competencia, en su relación con los accidentesde tránsito.Aplicar medidas preventivas de acuerdo a la normatividad vigente en materia de transporte ytránsito terrestre, sus servicios complementarios y al control de pesos y medidas vehiculares.en el ámbito de su competencia.Solicitar a la Dirección de Evaluación y Sanciones, la aplicación de medidas preventivas ycautelares. cuando estas estén fuera del ámbito de su competencia, así como la aplicación desanciones de conformidad con la normatividad vigente.Realizar la gestión operativa de los centros de control del transporte y tránsito, de lainfraestructura de control de pesos y medidas y de toda otra que se utilice en la labor.Alimentar el registro de información estadística relacionada con la supervisión y fiscalizaciónmateria de su competencia, en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

k) Mantener actualizado un sistema de registro de datos sobre los vehículos que incurran enaccidentes en la red vial de su competencia.

I) Proponer proyectos de normas y disposiciones relacionadas con la fiscalización de lasactividades de transporte y tránsito terrestre, de los servicios complementarios y del control depesos y medidas.Coordinar con los gobiernos regionales y locales la ejecución de programas, proyectos yacciones para la fiscalización de los servicios de transportes y tránsito terrestre.Coordinar con otras dependencias y entidades gubernamentales nacionales y regionales, parala realización de acciones de control del transporte y tránsito terrestre.Dar cuenta a sus superiores de las presuntas infracciones administrativas y/o ilícitos penalesde los que tome noticia como consecuencia del ejercicio de sus funciones.Proponer al Superintendente. la comunicación a ser dirigida al Ministerio Público ante hechosde naturaleza penal que conozca o le sean informados en el ejercicio de su función.Formular y gestionar la suscripción de los convenios de colaboración Institucional que serequieran para el efectivo cumplimiento de sus funciones.Coordinar con los órganos desconcentrados las acciones de fiscalización en cumplimiento delas funciones de la SUTRAN.Administrar la infraestructura vial complementaria requerida para la supervisión y fiscalizacióndel transporte y tránsito terrestre en la red vial de su competencia; así como disponer suapertura, suspensión y desactivación.Asesorar a los órganos competentes de los gobiernos regionales y locales, en asuntos decarácter técnico relativos a la supervisión y fiscalización del transporte y tránsito terrestre yotras actividades relacionadas.

) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección, en el ámbito de su competencia.

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Artículo 37°.- Estructura Orgánica de la Dirección de Supervisión y FiscalizaciónLa Dirección de Supervisión y Fiscalización tiene las siguientes unidades orgánicas:

Sub Dirección de Fiscalización de Servicios de TransporteSub Dirección de Fiscalización de TránsitoSub Dirección de Fiscalización de VehículosSub Dirección de Fiscalización de Servicios Complementarios

Artículo 38°.- Sub Dirección de Fiscalización de Servicios de TransporteLa Sub Dirección de Fiscalización de Servicios de Transporte es la unidad orgánica encargada desupervisar y fiscalizar los servicios de transporte terrestre en los ámbitos nacional e internacional:los conductores y vehículos utilizados en el servicio; así como la infraestructura complementariade transportes. Constata, levanta actas y realiza requerimientos respecto de los incumplimientos einfracciones que detecte, conozca o reciba como denuncia. Tipifica los incumplimientos einfracciones y aplica medidas preventivas de acuerdo a la normatividad de la materia. Generainformación y reportes de los accidentes de tránsito ocurridos en la red vial. Tiene las siguientesfunciones específicas:

Elaborar el plan anual de fiscalización de los servicios de transporte terrestre en los ámbitosnacional e internacional, así como de la infraestructura complementaria de transportesSupervisar el cumplimiento de la normatividad que regula las condiciones de acceso ypermanencia. y prestación del servicio de transporte terrestre en sus diversas modalidades.Fiscalizar la actividad del servicio de transporte terrestre en sus diversas modalidades.Supervisar y fiscalizar la infraestructura complementaria de transporte terrestre.Ejecutar acciones de control en el ámbito de su competencia.Aplicar medidas preventivas de acuerdo a la normatividad vigente en materia de servicios detransporte e infraestructura complementaria. en el ámbito de su competencia.Proponer que se solicite a la Dirección de Evaluación y Sanciones, la aplicación de medidaspreventivas y cautelares, cuando estas estén fuera del ámbito de su competencia, así como laaplicación de sanciones de conformidad con la normatividad vigente.Alimentar el registro de información estadística relacionada con la supervisión y fiscalizaciónde los servicios de transporte terrestre y la infraestructura complementaria de transportes, encoordinación con la Unidad de Estadística y Registro.Proponer normas y directivas técnicas para la realización de acciones de control de losservicios de transporte, en el ámbito de su competencia. De ser necesario, proponer al órganocompetente, proyectos de normas y disposiciones relacionadas con los servicios detransporte.Proponer sistemas y/o métodos para mejorar los procedimientos de fiscalización de sucompetencia.

k) Coordinar con los gobiernos regionales y locales la ejecución de programas y acciones para lafiscalización de los servicios de transporte.

I) Coordinar con otras dependencias y entidades gubernamentales nacionales y regionales. parala realización de acciones de control de los servicios de transporte.Proponer la suscripción de convenios de colaboración institucional que se requieran para elefectivo cumplimiento de sus funciones.Coordinar con los órganos desconcentrados las acciones de fiscalización de su competencia.

o) Las demás funciones que le asigne el Director de Supervisión y Fiscalización, en el ámbito desu competencia.

Artículo 39°.- Sub Dirección de Fiscalización de TránsitoLa Sub Dirección de Fiscalización de Tránsito es la unidad orgánica encargada de supervisar yfiscalizar la circulación de vehículos en la red vial de competencia de la SUTRAN; de administrar elsistema de imposición de papeletas por infracciones al tránsito: y supervisar la correctaseñalización de las vías en la red vial de su competencia. en su relación con los accidentes detránsito. Tiene las siguientes funciones específicas:

Elaborar el plan anual de fiscalización de cumplimiento de las normas relacionadas con eltránsito en el ámbito de su competencia.Supervisar y fiscalizar el cumplimiento del Reglamento Nacional de Tránsito en materias decompetencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

) Supervisar la correcta señalización de las vías. las condiciones técnicas de mantenimiento yatención de emergencias en la red vial de su competencia. en su relación con los accidentes

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de tránsito.Fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre ubicación de avisos publicitarios en !a red vialde su competencia.Fiscalizar el cumplimiento de la normativa sobre otorgamiento de licencias de conducir.Aplicar medidas preventivas de acuerdo a la normatividad vigente en materia de tránsitoterrestre, en el ámbito de su competenciaProponer que se solicite a la Dirección de Evaluación y Sanciones, la aplicación de medidaspreventivas y cautelares, cuando estas estén fuera del ámbito de su competencia, así como laaplicación de sanciones de conformidad con la normatividad vigente.Crear y mantener actualizado un sistema de registro de datos sobre los vehículos que incurranen accidentes en la red vial de su competencia.Alimentar el registro de información estadística relacionada con la supervisión y fiscalizaciónde tránsito terrestre, en coordinación con la Unidad de Estadística y Registro.Proponer normas y directivas técnicas para la realización de acciones de control relacionadascon el tránsito terrestre, en el ámbito de su competencia.Proponer sistemas y/o métodos para mejorar los procedimientos de fiscalización de sucompetencia.

I) Coordinar con los gobiernos regionales y locales la aplicación de programas y acciones para lafiscalización de tránsito terrestre.Coordinar con otras dependencias y entidades gubernamentales nacionales y regionales, parala realización de acciones de control de tránsito terrestre.Proponer la suscripción de convenios de colaboración institucional que se requieran para elefectivo cumplimiento de sus funciones.

o) Coordinar con los órganos desconcentrados las acciones de fiscalización de su competencia.io) Las demás funciones que le asigne el Director de Supervisión y Fiscalización, en el ámbito de

su competencia.

Artículo 40°.- Sub Dirección de Fiscalización de VehículosLa Sub Dirección de Fiscalización de Vehículos es la unidad orgánica encargada de fiscalizar ycontrolar el cumplimiento de la normatividad sobre pesos y medidas, y autorizaciones especiales;de detectar sus infracciones, levantar actas y constancias que acrediten !as mismas; y de aplicarmedidas preventivas de acuerdo a la normatividad de la materia. Tiene las siguientes funcionesespecíficas:

Elaborar el plan anual de fiscalización de cumplimiento de la normatividad sobre regulación depesos y medidas vehiculares.Supervisar y fiscalizar el cumplimiento del Reglamento Nacional de Vehículos y lanormatividad vigente sobre regulación de pesos y medidas vehiculares.Efectuar el control de pesos y medidas vehiculares a través de las estaciones de pesaje en lascarreteras de la Red Vial Nacional.Proponer la implementación y/c funcionamiento de estaciones de control de pesos y medidasvehiculares en la Red Vial Nacional.Aplicar medidas preventivas de acuerdo a la normatividad vigente en materia de control depesos y medidas vehiculares, en el ámbito de su competenciaProponer que se solicite a la Dirección de Evaluación y Sanciones, la aplicación de medidaspreventivas y cautelares, cuando estas estén fuera del ámbito de su competencia, así como laaplicación de sanciones de conformidad con la normatividad vigente.Participar en la elaboración de estudios relacionados con la infraestructura de pesos ymedidas vehiculares.Alimentar el registro de información estadística relacionada con el control de pesos y medidasvehiculares en la Red Vial Nacional. en coordinación con la Unidad de Estadística y Registro.Proponer normas y directivas técnicas para la gestión operativa de estaciones de pesaje y larealización de acciones de control de pesos y medidas vehiculares.Proponer sistemas y/o métodos para mejorar los procedimientos de fiscalización de sucompetencia.

k) Coordinar con los aobiernos regionales y locales la ejecución de programas y acciones para elcontrol de pesos y medidas vehiculares.

I) Coordinar con otras dependencias y entidades gubernamentales nacionales y regionales, parala realización de acciones de control de pesos y medidas vehiculares.Proponer la suscripción de convenios de colaboración Institucional que se requieran para elefectivo cumplimiento de sus funciones.Coordinar con los órganos desconcentrados las acciones de fiscalización de su competencia.

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o) Las demás funciones que le asigne el Director de Supervisión y Fiscalización, en el ámbito desu competencia.

Artículo 41°.- Sub Dirección de Fiscalización de Servicios ComplementariosLa Sub Dirección de Fiscalización de Servicios Complementarios es la unidad orgánica encargadade supervisar y fiscalizar el cumplimiento de la normatividad aplicable a los servicioscomplementarios de transporte y tránsito terrestre; de detectar las infracciones que se cometan,levantando las actas y constancias que las acrediten; y de aplicar medidas preventivas de acuerdoa la normatividad vigente. Tiene las siguientes funciones específicas:

Elaborar el plan anual de fiscalización de los servicios complementarios de transporte ytránsito terrestre.Supervisar y fiscalizar los establecimientos de salud autorizados para realizar exámenesmédicos y de aptitud psicosomática para obtención de licencias de conducir, escuelas deconductores, centros de instrucción para cursos de seguridad vial y sensibilización, y otrosrelacionados con el tránsito terrestre.Supervisar y fiscalizar los centros de inspección técnica vehicular, entidades certificadoras ytalleres de conversión a GLP y GNV, centros de desguace y chatarreo de vehículos. centrosde reparación de ómnibus autorizados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones,entidades verificadoras para la importación de vehículos usados. y otros en su ámbito decompetencia.Aplicar medidas preventivas de acuerdo a la normatividad vigente en materia de servicioscomplementarios de transporte y tránsito terrestre, en el ámbito de su competencia.Proponer que se solicite a la Dirección de Evaluación y Sanciones. la aplicación de medidaspreventivas y cautelares, cuando estas estén fuera del ámbito de su competencia, así como laaplicación de sanciones de conformidad con la normatividad vigente.Alimentar el registro de información estadística relacionada con la supervisión y fiscalizaciónde los servicios complementarios de transporte y tránsito terrestre, en coordinación con laUnidad de Estadística y Registro.Proponer normas y directivas técnicas para la realización de acciones de control de losservicios complementarios.Proponer sistemas y/o métodos para mejorar los procedimientos de fiscalización de sucompetencia.Coordinar con los gobiernos regionales y locales la ejecución de programas, proyectos yacciones para la fiscalización de los servicios complementarios.Coordinar con otras dependencias y entidades gubernamentales nacionales y regionales, parala realización de acciones de control de los servicios complementarios.

k) Proponer la suscripción de convenios de colaboración Institucional que se requieran para elefectivo cumplimiento de sus funciones.

I) Coordinar con los órganos desconcentrados las acciones de fiscalización de su competencia.m) Las demás funciones que le asigne el Director de Supervisión y Fiscalización, en el ámbito de

su competencia.

Artículo 42°.- Dirección de Evaluación y SancionesLa Dirección de Evaluación y Sanciones es el órgano de línea encargado de llevar adelante losprocedimientos administrativos generados por las acciones de fiscalización realizadas por lasunidades orgánicas competentes de la SUTRAN. Evalúa los descargos efectuados por losadministrados e impone. de ser el caso. las sanciones y medidas cautelares que correspondan deacuerdo a la normatividad de la materia. Se encarga asimismo de la ejecución de las sancionesadministrativas y pecuniarias impuestas. así como de las medidas administrativas y cautelaresaplicadas.

Artículo 43°.- Funciones de la Dirección de Evaluación y SancionesLa Dirección de Evaluación y Sanciones tiene las funciones es pecificas siguientes:

Efectuar el procedimiento administrativo sancionador. en concordancia con lo dispuesto por lanormatividad de la materia.Ejercer la potestad administrativa sancionadora sobre cualquier entidad. institución, empresa opersona, que bajo autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones realiceactividades relacionadas con el transporte y tránsito terrestre, así como sus servicios

) complementarios.'£c) Imponer sanciones administrativas por incumplimiento de la normativa vigente respecto a

pesos y medidas vehiculares en las carreteras a cargo del Ministerio de Transportes y

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Comunicaciones o conforme a la modalidad de concesión o tercerización.Resolver en segunda instancia administrativa los procedimientos administrativossancionadores por incumplimientos e infracciones a la normatividad de transporte, tránsito,servicios complementarios y Reglamento Nacional de Vehículos.Administrar el régimen de infracciones al transporte y tránsito terrestre, a sus servicioscomplementarios y de las derivadas del control de pesos y medidas vehiculares.Hacer cumplir lo dispuesto en las resoluciones expedidas en los procedimientosadministrativos sancionadores en el ámbito de su competencia, agotando la vía administrativacorrespondiente.Ejecutar las sanciones administrativas impuestas y hacer cumplir las medidas cautelares y/oadministrativas aplicadas.

h) Exigir coactivamente las obligaciones pecuniarias derivadas de la fiscalización de los serviciosde transporte terrestre y de los servicios complementarios, así como del tránsito terrestre y delas derivadas del control de pesos y medidas vehiculares, de conformidad con lo dispuesto enlas normas correspondientes.

) Celebrar convenios, con o sin garantías, destinados al pago fraccionado de las obligacionespecuniarias derivadas de la fiscalización de los servicios de transporte terrestre y de losservicios complementarios. así como del tránsito terrestre y de las derivadas del control depesos y medidas vehiculares, de conformidad con lo dispuesto en las normascorrespondientes.Retirar los avisos y elementos publicitarios que se encuentren ubicados dentro del Derecho deVía, en la red vial de su competencia.Proponer proyectos de normas y disposiciones relacionadas con la sanción y la ejecución deestas en materias de competencia de la SUTRAN.

1) Alimentar el registro de información estadística relacionada con materias de su competencia,en coordinación con fa Oficina de Planeamiento y Presupuesto.Realizar la gestión operativa de los sistemas que se utilice en la tramitación y registro deprocedimientos administrativos en curso. culminados y en archivo, generando información yreportes sobre la materia.Custodiar los expedientes de los procedimientos administrativos en trámite, culminados y enarchivo, coordinando la logística necesaria para tal fin.Coordinar con la Dirección de Supervisión y Fiscalización para el cumplimiento de susfunciones.Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección, en el ámbito de su competencia.

Artículo 44°.- Estructura Orgánica de Dirección de Evaluación y SancionesLa Dirección de Evaluación y Sanciones tiene las siguientes unidades orgánicas:

Sub Dirección de Procedimientos de Transporte. Tránsito y Servicios ComplementariosSub Dirección de Procedimientos de VehículosSub Dirección de Ejecución de Sanciones

Artículo 45°.- Sub Dirección de Procedimientos de Transporte, Tránsito y ServiciosComplementariosLa Sub Dirección de Procedimientos de Transporte, Tránsito y Servicios Complementarios es launidad orgánica encargada de iniciar la tramitación de los procedimientos administrativosrelacionados con incumplimientos e infracciones a la normatividad de la materia y la resolución delos mismos en primera instancia administrativa. Tiene las funciones específicas siguientes:

Efectuar el procedimiento administrativo sancionador por incumplimiento de la normatividadque regula las condiciones de acceso y permanencia, y prestación del servicio de transporteterrestre en sus diversas modalidades.Imponer sanciones administrativas por incumplimiento de la normatividad vinculada altransporte y tránsito terrestre. así como a sus servicios complementarios.Ejerce r la primera instancia administrativa en el proceso sancionador por infracciones de lanormatividad sobre transporte y tránsito terrestre, y sus servicios complementarios.Administrar el régimen de imposición de papeletas por las infracciones de tránsito detectadasen la red vial de su competencia.Administrar el régimen de infracciones al transporte terrestre, y los servicios complementarios.Elabora r y actualizar información estadística relacionada con fas sanciones en materia detransporte y tránsito terrestre. y sus servicios complementarios, en coordinación con la Unidadde Estadística y Registro

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Proponer normas y dispositivos que permitan desarrollar su función sancionadora respecto altransporte y tránsito terrestre. y sus servicios complementarios.Proponer sistemas y/o métodos para mejorar los procedimientos sancionadores de sucompetencia.

i) Las demás funciones que le asigne el Director de Evaluación y Sanciones, en el ámbito de sucompetencia.

Artículo 46°.- Sub Dirección de Procedimientos de VehículosLa Sub Dirección de Procedimientos de Vehículos es la unidad orgánica encargada de iniciar latramitación de los procedimientos administrativos relacionados con incumplimientos e infraccionesa la normatividad de la materia y la resolución de los mismos en primera instancia administrativa.Tiene las funciones específicas siguientes:

Efectuar el procedimiento administrativo sancionador por incumplimiento de la normatividadque regula pesos y medidas vehiculares. así como del Reglamento Nacional de Vehículos, enlas carreteras de la Red Vial Nacional.Imponer sanciones administrativas por incumplimiento de la normatividad que regula pesos ymedidas vehiculares, así como del Reglamento Nacional de Vehículos.Ejercer la primera instancia administrativa en el proceso sancionador por infracciones de lanormatividad sobre pesos y medidas vehiculares. así como del Reglamento Nacional deVehículos.Administrar el régimen de infracciones derivadas del control de pesos y medidas vehiculares.Elaborar y actualizar información estadística relacionada con las sanciones en materia decontrol de pesos y medidas vehiculares, en coordinación con la Unidad de Estadística yRegistro.Proponer normas y dispositivos que permitan desarrollar su función sancionadora respecto alcontrol de pesos y medidas vehiculares en la red vial nacional.Proponer sistemas y/o métodos para mejorar los procedimientos sancionadores de sucompetencia.Las demás funciones que le asigne el Director de Evaluación y Sanciones, en el ámbito de sucompetencia

Artículo 47°.- Sub Dirección de Ejecución de SancionesLa Sub Dirección de Ejecución de Sanciones es la unidad orgánica encargada de la ejecución delas sanciones y obligaciones pecuniarias y no pecuniarias exigibles a los administrados, así comode las medidas administrativas y cautelares aplicadas. Tiene las funciones específicas siguientes:

Llevar a cabo las acciones coercitivas necesarias para la ejecución de las sanciones yobligaciones pecuniarias y no pecuniarias exigibles a los administrados, así como para laejecución forzosa de las medidas administrativas y cautelares aplicadas.Realizar en nombre de la SUTRAN. el procedimiento de ejecución coactiva, conforme a loprevisto en la Ley N' 26979. Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva y las disposicionesmodificatorias y reglamentarias.Realizar notificaciones, comunicaciones y requerimientos a los obligados al cumplimiento desanciones pecuniarias y no pecuniarias, o a la ejecución de una medida administrativa ocautelar.Ordenar, variar, ampliar o sustituir medidas cautelares a fin de garantizar la ejecución de lassanciones pecuniarias y no pecuniarias. conforme a lo previsto en las normas vigentes.Disponer y adoptar cualquier otra medida permitida por la normatividad vigente tendiente alcumplimiento de sus funciones: así como levantar las medidas dispuestas y/o adoptadascuando se logre dicho cumplimiento.Requerir a las entidades públicas y privadas información y documentación relativa a losobligados.Solicitar autorización judicial para hacer uso de medidas de fuerza para las cuales no seencuentre autorizado.Dar fe de los actos en que interviene.Suspender el procedimiento de conformidad con las causales establecidas por las normasque resulten aplicables.Sacar a remate bienes embargados y ejecutar cartas fianzas y garantías.

k) Las demás funciones que le asigne el Director de Evaluación y Sanciones. en el ámbito de sucompetencia.

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CAPÍTULO IXÓRGANOS DESCONCENTRADOS

Artículo 48°.- Direcciones ZonalesLas Direcciones Zonales son órganos desconcentrados de la SUTRAN, que siguiendo lasdirectivas de la Dirección de Supervisión y Fiscalización, en su jurisdicción se encargan desupervisar, fiscalizar y controlar el cumplimiento de la normatividad en materia de transporte, detránsito, servicios complementarios y de vehículos, en el ámbito de competencia de la SUTRAN; ydetectar los incumplimientos e infracciones a la misma que ameriten la aplicación de sanciones ymedidas preventivas y cautelares. Su apertura o desactivación se realiza por disposición delConsejo Directivo.

Artículo 49°.- Funciones de las Direcciones ZonalesLas Direcciones Zonales, en sus respectivas jurisdicciones, tienen las funciones específicassiguientes:

Supervisar y fiscalizar el cumplimiento de la normatividad que regula las condiciones de accesoy permanencia, y la prestación del servicio de transporte terrestre en sus diversas modalidades,el tránsito de vehiculos en la red vial de su competencia. los servicios complementarios y lodispuesto en el Reglamento Nacional de Vehículos.Fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre ubicación de avisos publicitarios en la red vialde su competencia.Dar cuenta a las instancias pertinentes. respecto de los temas relacionados con la correctaseñalización de las vías, las condiciones técnicas de mantenimiento y atención de emergenciasen la red vial de su competencia, en su relación con los accidentes de tránsito.Aplicar medidas preventivas de acuerdo a la normatividad vigente en materia de transporte ytránsito terrestre, los servicios complementarios y al control de pesos y medidas vehiculares, enel ámbito de su competencia.Coordinar con los gobiernos regionales y locales la ejecución de programas y acciones para lafiscalización de los servicios de transporte.Prestar apoyo a las Direcciones de Supervisión y Fiscalización y de Evaluación y Sanciones.

g) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección, en el ámbito de su competencia.

TÍTULO IIIDE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

Artículo 50°.- Relaciones InterinstitucionalesLa SUTRAN mantiene relaciones funcionales y de coordinación con los diferentes organismospúblicos descentralizados. empresas del Estado y empresas privadas, que estén vinculadas deuna u otra forma con las actividades del sector.Asimismo. mantiene una relación técnico - normativa y de coordinación con las DireccionesRegionales a cargo de los ternas de transportes y comunicaciones, respecto de las materias queson competencia de la SUTRAN, pudiendo suscribir convenios específicos para realizaractividades conjuntas o por delegación en dichas materias.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- Régimen laboral del personalEl personal de la SUTRAN se encuentra comprendido dent ro del régimen laboral de la actividadprivada a que se contrae el texto único ordenado del Decreto Legislativo N° 728 y sus normascomplementarias. modificatorias y reglamentarias.

Segunda.- Referencia en normas anteriores a las Direcciones u Oficinas del MinisterioToda referencia en normas anteriores a las Direcciones u Oficinas del Ministe rio de Transportes yComunicaciones respecto de los temas y funciones que son materia de competencia de laSUTRAN, se entenderá referida a esta última.

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Page 28: Decreto Supremo Que Aprueba El Reglamento de Organización y

Tercera.- Requisitos e impedimentos aplicables a los funcionarios de SUTRANLos requisitos e impedimentos generales para acceder a los cargos establecidos en laorganización básica definida en el artículo 5° de la Ley N° 29380, Ley de creación de laSuperintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, que no se precisanen dicha Ley, serán los siguientes:

Título profesional en temas relacionados con la especialidad.Experiencia en cargos de gestión ejecutiva en temas relacionados con el transporte. tránsitoterrestre o la seguridad vial.No tener inhabilitación vigente para contratar con el Estado ni para ejercer la función pública.No haber sido declarado insolvente.

El Manual de Organización y Funciones — MOF deberá ser aprobado en un plazo no mayor aesenta (60) días hábiles contados desde la fecha de aprobación del presente Reglamento derganización y Funciones.

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Unidad oePersonal

Undad deFinanzas

Unidad deLogística

Unidad deTecnologia de

informacton

H

Sub Direcuon ceProcede/santos de

Transoole Transito ySenderos Cornolernemanos

H

Son Direocion deProcedimientos oe

Vehiculos

Sub Direccion deErecumon de Sanciones

DIRECCIÓN DESUPERVISIÓN YPISCAJZACIÓN

Sus Direetuor deFiscalizacron oe Servictros

de Transpole

Sub Direcelon deFisealizassen ce Transes

Sub DIfer401, oeFiscalizacrón oe Vernellos

Sub Di rectuOrt oeFiscalización oe Servicios

iComplornentanos

ORGANIGRAMA DE LA SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DEPERSONAS, CARGA Y MERCANCÍAS

CONSEJODIRECTIVO

ÓRGANO DE CONTROLINSTITUCIONAL

CONSEJO 1CONSULTIVO 1 J

SUPERINTENDENCIA

PROCURADURÍAPUBLICA

SECRETARIAGENERAL

Unidad de OnagroinsInucronal

OFICINA DEADMINISTRACIÓN

0 ,r ICINA DE

ASESORIA LEGALOFICINA DE

PLANEAMIENTO YPRESLPUESTO

Unidad dePlaneamiento

Unidad dePresupuesto

H Unidad deEstadistica y

Registro

DIRECCIÓN DEEVALUACIÓN Y

SANCIONES

Direxones Zonales I,

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