decreto nº 103 (noviembre 14 de 2014)20141118 10485327

2

Click here to load reader

Upload: liborina

Post on 08-Jul-2015

226 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Decreto nº 103 (noviembre 14 de 2014)20141118 10485327

>ELIBORIN.

~Aíc'áld7a~MunitipáÍ

DECRETO N°103(Noviembre 14 de 2014)

POR MEDIO DEL CUAL SE CONCEDE UN BENEFICIO A LOS FUNCIONARIOSDE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.

La Alcaldesa Municipal de Liborina en uso de las facultades legales,constitucionales y

CONSIDERANDO

A. Que el Honorable Concejo Municipal mediante el Acuerdo 023 del 30 deagosto de 2012, institucionalizó la realización de las Tradicionales Fiestasdel Fríjol, cada año en el segundo puente de noviembre.

B. Que en este año, las tradicionales fiestas del frijol, se vienen celebrando del13 e irán hasta el 17 de Noviembre.

C. Que la junta organizadora de dichas festividades está conformada por iosempleados y contratistas de la administración municipal, ios cuales hanestado trabajando arduamente en la organización y realización de cada unode los eventos programados por dicha junta.

D. Que como alcaldesa, es mi deber reconocer ei esfuerzo y dedicación delpersonal que labora en la administración municipal,

Por lo antes expuesto,

DECRETA

Artículo Primero; Conceder a todo el personal que labora al servicio de laadministración municipal de Liborina, el dia 18 de Noviembre de 2014, como unestímulo por el apoyo en la organización y realización de las tradicionales fiestasdel frijol, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente actoadministrativo.

www.ljtoorina-antloquia.gov.co

CódiRO Postal 051460Desarrollo coa Equidad

Palacio Municipal Carrera 10 # 7-71 - Telefax: 856 18 65Nit. S90.9S3.672-6

Page 2: Decreto nº 103 (noviembre 14 de 2014)20141118 10485327

MmiCIPIODE LIBORINA/(^fóft/w^ff-ó p.ewi> &/f{.{'<7(rm-l

Alcaldía Munitipal

ARTICULO Segundo. Publicación. Fíjese el presente Decreto en lugarvisible, en la página Web de! Municipio y en los demás medios de comunicaciónexistentes en el municipio, para conocimiento de toda la comunidad.

ARTICULO Tercero. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicacióny deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNIQÚESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Liborina-Antioquia a los catorce (14) días del mes de Noviembre de dosmu catorce (2014).

ADRIANA MARÍA MAYA GALLEGOAlcaldesa Popular /

yyww,IIbqrina-ginUoquia.goy,.co

Código Postal 051460Desarrollo con Equidad

Palacio Municipal Carrera 1O # 7-71 - Telefax: 856 18 65Nit S90.9S3.672-6