decreto 539 de 2006

Upload: cpsdocuments

Post on 10-Apr-2018

219 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    1/24

    DECRETO 539 DE 2006

    (Diciembre 29)

    Por el cual se determina el objeto, la estructura organizacional y lasfunciones de la Secretara Distrital de Gobierno y se dictan otras

    disposiciones

    EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL

    En ejercicio de las atribuciones conferidas por el artculo 119 del Acuerdo257 del 30 de noviembre de 2006, y el artculo 38 del Decreto Ley 1421 de

    1993, y

    CONSIDERANDO:

    Que el artculo 51 del Acuerdo 257 del 30 de noviembre de 2006, estableceque el Sector Gobierno, Seguridad y Convivencia, el cual est integrado por la

    Secretara Distrital Gobierno, cabeza de Sector, el DepartamentoAdministrativo de la Defensora del Espacio Pblico -DADEP-, el cual darsoporte tcnico al Sector, la Unidad Administrativa Especial, sin personerajurdica del Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogot y por las siguientesentidades adscritas:

    a. Establecimiento Pblico: Instituto Distrital de la Participacin y AccinComunal

    b. Establecimiento Pblico: Fondo de Prevencin y Atencin de EmergenciasFOPAE

    c. Establecimiento Pblico: Fondo de Vigilancia y Seguridad

    Que el artculo 119 del Acuerdo 257 de 2006, fij como trmino para laimplementacin de la organizacin distrital un plazo mximo de seis (6) mesescontados a partir del 30 de noviembre de 2006, fecha de publicacin y en lacual entr en vigencia el citado Acuerdo.

    Que el Artculo 50 y el Pargrafo 1 del Artculo 52 del Acuerdo 257 de 2006,estableci que el Departamento Administrativo de Accin Comunal Distrital setransformar en el Instituto Distrital de la Participacin y Accin Comunaladscrito a la Secretara de Gobierno y que el Cuerpo Oficial de Bomberos

    estar organizado como una Unidad Administrativa Especial del orden distritaldel sector central.

    Que como consecuencia de lo anterior, se suprimirn de la estructura de laSecretara de Gobierno la Direccin de Participacin Ciudadana y la Direccindel Cuerpo Oficial de Bomberos y las funciones sern asumidas por el InstitutoDistrital de la Participacin y Accin Comunal y por la Unidad AdministrativaEspecial Cuerpo Oficial de Bomberos.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    2/24

    Que como consecuencia de la integracin del Sector Gobierno, Seguridad yConvivencia en donde la Secretara Distrital de Gobierno encabeza el Sector,se hace necesario determinar sus objetivos y dotarla de la estructuraorganizacional que le permita un adecuado funcionamiento.

    Que mediante oficio No. 3403 de 26 de diciembre de 2006, el Departamento

    Administrativo del Servicio Civil Distrital emiti concepto tcnico favorable parala modificacin de la estructura organizacional de la entidad.

    Que en mrito de lo expuesto,

    DECRETA:

    CAPITULO I.

    OBJETO, ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE LA SECRETARA DISTRTIALDE GOBIERNO

    Artculo 1. NATURALEZA Y OBJETO. La Secretara Distrital de Gobierno esun organismo del Sector Central con autonoma administrativa y financiera quetiene por objeto orientar y liderar la formulacin y seguimiento de las polticasencaminadas al fortalecimiento de la gobernabilidad democrtica en el mbitodistrital y local, mediante la promocin y garanta de la convivencia pacfica, losderechos humanos, el ejercicio de la ciudadana, la cultura democrtica, laseguridad ciudadana y el orden pblico; la prevencin y atencin deemergencias; la coordinacin del sistema de justicia policiva y administrativa dela ciudad; la promocin de la organizacin y de la participacin ciudadana en ladefinicin de los destinos de la ciudad; y la coordinacin de las relacionespolticas de la Administracin Distrital en sus distintos niveles.

    Artculo 2. FUNCIONES. La Secretara Distrital de Gobierno, adems de lasfunciones generales contenidas en el Artculo 23 del Acuerdo 257 del 30 denoviembre de 2006, tendr, las siguientes funciones bsicas:

    a. Liderar, orientar y coordinar la formulacin de polticas, planes y programasdirigidos a garantizar la convivencia pacfica, el respeto de los derechoshumanos, la seguridad ciudadana y la preservacin del orden pblico en laciudad.

    b. Liderar, orientar y coordinar la formulacin de polticas, planes y programasde prevencin y atencin de emergencias.

    c. Liderar, orientar y coordinar la formulacin de polticas, planes y programasdel sistema de justicia y solucin de conflictos de la ciudad.

    d. Liderar, orientar y coordinar la formulacin de polticas, planes y programasnecesarios para el mejoramiento de la gestin pblica local y la consolidacinde los procesos de la gobernabilidad local.

    e. Crear y ejercer la direccin del Sistema Distrital de Participacin.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    3/24

    f. Liderar, orientar y coordinar la formulacin de polticas, planes y programasencaminados a garantizar la participacin de los habitantes en las decisionesque les afecten y en el control social a la gestin pblica en el marco delSistema Distrital de Participacin.

    g. Liderar, orientar y coordinar la formulacin de polticas para la defensa del

    espacio pblico y el saneamiento y registro de los bienes constitutivos delpatrimonio inmobiliario distrital.

    h. Liderar, orientar y coordinar la formulacin de polticas, planes y programasdirigidos a la promocin, desarrollo y organizacin de las iniciativas y procesosciudadanos solidarios para la atencin de las poblaciones vulnerables desde laperspectiva de convivencia y seguridad ciudadana.

    i. Coordinar las relaciones polticas de la Administracin Distrital con lascorporaciones pblicas de eleccin popular y los gobiernos en los niveles local,distrital, regional y nacional.

    j. Apoyar a las autoridades electorales, con miras al fortalecimiento de lademocracia pluralista y participativa y el cumplimiento de los derechos ydeberes civiles y polticos.

    k. Institucionalizar, apoyar y promover los programas de justicia de paz yreconciliacin.

    l. Ejercer la direccin de asuntos tnicos.

    m. Liderar, orientar y coordinar la formulacin de polticas, planes y programasencaminados a la defensa y promocin de los derechos de los consumidoresde bienes y servicios.

    n. Liderar, orientar y vigilar la defensa y proteccin de los derechosconstitucionales de los ciudadanos en todo el territorio distrital.

    CAPITULO II.

    ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS

    Artculo 3. ESTRUCTURA. Para el desarrollo de sus funciones y objetivo, laestructura organizacional de la Secretaria de Gobierno del Distrito Capital serla siguiente:

    1. Despacho

    1.1. Alcaldas Locales

    1.2. Oficina de Asuntos Disciplinarios

    1.3. Oficina de Control Interno

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    4/24

    1.4. Oficina Asesora de Jurdica

    1.5. Direccin de Gestin Humana

    1.6. Direccin de Seguimiento y Anlisis Estratgico

    1.7. Direccin de Prevencin y Atencin de Emergencias

    1.8. Consejo de Justicia

    2. Subsecretara de Asuntos Locales y Desarrollo Ciudadano

    2.1. Direccin de Apoyo a Localidades

    2.2. Direccin Ejecutiva Local

    3. Subsecretara de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana

    3.1. Direccin de Seguridad

    3.2. Direccin de Derechos Humanos y Apoyo a la Justicia

    3.3. Direccin de la Crcel Distrital

    4. Subsecretara de Planeacin y Gestin

    4.1. Direccin de Planeacin y Sistemas de Informacin

    4.2. Direccin Administrativa

    4.3. Direccin Financiera

    Artculo 4. FUNCIONES DEL DESPACHO. Son funciones del Despacho:

    a. Formular la poltica general y evaluar y aprobar los planes anuales de lasactividades de la Secretara, conforme a los lineamientos que seale el AlcaldeMayor.

    b. Formular polticas en materia de seguridad, justicia, proteccin y promocinde derechos y libertades pblicas y de gestin local, de conformidad con loslineamientos que seale el Alcalde Mayor.

    c. Disear y poner a consideracin del Alcalde Mayor, las polticas, planes yprogramas de seguridad y orden pblico y desarrollo local tendientes afortalecer la capacidad de Gobierno de las localidades del Distrito Capital.

    d. Atender las relaciones con el Concejo Distrital en los asuntos que sean de sucompetencia, de conformidad con la legislacin vigente y los lineamientos queseale el Alcalde Mayor.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    5/24

    e. Garantizar la proteccin a las personas en sus derechos civiles y garantassociales, conforme a la Constitucin Poltica y a las leyes.

    f. Instruir a la fuerza pblica en los asuntos que sean de su competencia, parapreservar el orden pblico en el territorio del Distrito Capital, en materia deseguridad y justicia, de conformidad con lo establecido en la ley.

    g. Vigilar y hacer cumplir la aplicacin de las normas de polica de conformidadcon la ley.

    h. Formular las polticas, planes y programas relacionados con laadministracin de los recursos humanos, financieros y fsicos de la Secretara.

    i. Establecer mecanismos que permitan verificar y controlar la atencinoportuna de las solicitudes, quejas y reclamos formulados por la ciudadana ylos funcionarios de la Secretara.

    j. Establecer el sistema de control interno de la entidad.

    k. Propiciar en la organizacin la formulacin de una cultura de autocontrol quecontribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misininstitucional.

    l. Garantizar el estudio, concepto y solucin de negocios de polica asignados ala Secretara de conformidad con la ley.

    m. Servir, cuando las condiciones lo requieran, de instancia de enlace ycoordinacin en las acciones de apoyo con las fuerzas militares y de polica, elDAS y las autoridades para la investigacin de los delitos en su rea dejurisdiccin.

    n. Cooperar con las autoridades competentes para prevenir y conjurarcalamidades pblicas, a fin de dar proteccin a la vida, honra y bienes de losciudadanos.

    o. Garantizar el trmite de permisos para las rifas, juegos y espectculos dentrodel territorio del Distrito, de conformidad con las normas pertinentes ydesarrollar actividades relacionadas con los espectculos y eventos taurinossimilares y afines.

    p. Proponer al Alcalde Mayor la creacin, supresin o modificacin de cargos y

    dependencias en la Secretara, con sujecin a las disposiciones vigentes.

    q. Crear y mantener un sistema de informacin para el apoyo en la toma dedecisiones a nivel de la Secretara de cada una de las localidades.

    r. Asegurar el funcionamiento de la Secretara de acuerdo con las normasvigentes.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    6/24

    s. Conocer en segunda instancia, de los procesos disciplinarios que seadelanten contra los servidores pblicos de la Secretara de Gobierno, deconformidad con lo previsto en las disposiciones vigentes.

    t. Ordenar los gastos y celebrar los contratos y convenios de acuerdo con elplan de desarrollo econmico, social y con el presupuesto, observando las

    normas jurdicas aplicables.

    u. Las dems que le sean asignadas o delegadas y que correspondan a lanaturaleza de la Secretara.

    Artculo 5. ALCALDIAS LOCALES. Son funciones de las Alcaldas Locales:

    a. Coordinar la accin administrativa del Distrito en la localidad.

    b. Garantizar el desarrollo armnico e integrado de la localidad.

    c. Coordinar la gestin administrativa asignada a las Inspecciones de Polica,

    Casas de Justicia y al programa de Mediacin y Conciliacin.

    d. Las establecidas en el Decreto 1421 de 1993.

    e. Las dems que le sean asignadas o delegadas y que correspondan a lanaturaleza de las Localidades.

    Artculo 6. OFICINA DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS. Son funciones de laOficina de Asuntos Disciplinarios:

    a. Asesorar al Despacho y dems dependencias de la Secretara de Gobiernoen las aplicaciones del Rgimen Disciplinario.

    b. Adelantar en la primera instancia la investigacin de los procesosdisciplinarios de su competencia y remitirlos al Secretario de Gobierno porconducto de la Oficina Asesora de Jurdica para que sustancie y proyecte lasegunda instancia.

    c. Recepcionar y tramitar las quejas e informes sobre conductas disciplinablesde los servidores pblicos de la Secretara.

    d. Preparar informes y estadsticas que requiera el Secretario de Gobierno, losOrganismos Judiciales y de Control del Estado.

    e. Apoyar a los funcionarios competentes en el cumplimiento de la funcindisciplinaria.

    f. Dirigir y promover los programas de capacitacin y divulgacin del rgimendisciplinario.

    g. Efectuar el seguimiento a la ejecucin de las sanciones que se impongan alos empleados.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    7/24

    h. Las dems asignadas por las disposiciones legales aplicables a ladependencia encargada de la atencin de los asuntos disciplinarios.

    Artculo 7. OFICINA DE CONTROL INTERNO. Son funciones de la Oficina deControl Interno:

    a. Asesorar al Secretario en la definicin y aplicacin de polticas, normas,planes y programas de control interno.

    b. Evaluar el Sistema de Control Interno en la Secretara de Gobierno yproponer al Secretario las recomendaciones para mejorarlo.

    c. Evaluar el Sistema de Control Interno en la Secretara de Gobierno yproponer al Secretario las recomendaciones para mejorarlo.

    d. Disear los procedimientos y mecanismos de seguimiento y evaluacin delSistema de Control Interno de la Secretara.

    e. Realizar la evaluacin de gestin a partir de la aplicacin de los indicadoreselaborados para tal efecto y sugerir las modificaciones pertinentes.

    f. Vigilar que los servicios a cargo de la Secretara se presenten de acuerdocon las normas legales vigentes y rendir un informe semestral sobre elparticular.

    g. Vigilar que la atencin de quejas y reclamos se tramite conforme a la ley ypresentar los informes a que haya lugar.

    h. Verificar y evaluar la gestin administrativa de los procesos de apoyo,misionales y de los sistemas de informacin y recomendar los correctivosnecesarios al Despacho del Secretario.

    i. Verificar que se implanten las medidas recomendadas y mantenerpermanentemente informando al Secretario acerca del estado del sistema decontrol interno.

    j. Implementar en coordinacin con la Subsecretara de Asuntos Locales yDesarrollo Ciudadano de la Secretara de Gobierno el sistema de controlinterno en las localidades.

    k. Presentar informes al Secretario de Gobierno y al Comit de Coordinacin de

    Control Interno, con el propsito de que all se evalen, decidan y adoptenoportunamente las propuestas de mejoramiento del sistema.

    l. Cumplir los dems mandatos legales que en materia de control interno lecorresponda adelantar.

    Artculo 8. OFICINA ASESORA DE JURDICA. Son funciones de la OficinaAsesora de Jurdica:

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    8/24

    a. Asesorar al Secretario de Gobierno y por su conducto a las dependencias dela Secretara en el conocimiento, revisin y trmite de conceptos, fallos yasesoras de los asuntos jurdicos que le corresponda resolver, bien por ser desu directa competencia, o por delegacin de funciones y en general en todaslas actuaciones que comprometan la posicin institucional jurdica de laSecretara.

    b. Asesorar al Secretario de Gobierno y a las dependencias en la elaboracinde los proyectos de normas y actos administrativos que se deban expedir ohayan de someterse al Concejo de Bogot o al Gobierno Distrital.

    c. Revisar los proyectos de actos administrativos que el Secretario de Gobiernodeba firmar y conceptuar sobre su constitucionalidad y legalidad.

    d. Generar las herramientas necesarias, tales como proformas, formatos,manuales o instructivos relacionados con los temas de su competencia, paragarantizar que las dependencias acten conforme a la normatividad vigente.

    e. Elaborar y revisar los contratos de la Secretara de Gobierno.

    f. Mantener la guarda de los contratos y convenios de la entidad.

    g. Elaborar las adiciones, modificaciones y liquidaciones de los contratos oconvenios de la Secretara cuando sea pertinente.

    h. Absolver las consultas que sobre interpretacin y aplicacin de lasdisposiciones legales relativas al campo de actuacin de la Secretara deGobierno, le formulen las dependencias internas, los empleados de las mismasy los particulares.

    i. Elaborar los proyectos de contratos de los que en forma directa deba conocerel Secretario de Gobierno, las dependencias de la Secretara y los relativos alas localidades

    j. Recomendar, sustanciar y proyectar lo pertinente a los recursos que elSecretario de Gobierno deba resolver por la va gubernativa y preparar lasrespectivas respuestas previa solicitud de aqul.

    k. Compilar y concordar las normas legales relacionadas con el SectorGobierno, manteniendo actualizado el archivo de las mismas y prestando losapoyos de consulta que requieran en el campo jurdico los funcionarios a travs

    de los jefes de cada dependencia.

    l. Desarrollar los mtodos, procedimientos y gestin de la informacin jurdica,en coordinacin con la dependencia competente en materia de sistemas einformtica.

    m. Orientar a las dependencias de la Secretara de Gobierno en la correctaaplicacin de las normas que rigen en sus diversos mbitos de actuacin.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    9/24

    n. Estudiar y conceptuar sobre las peticiones relacionadas con las consultas deorden jurdico que le sean formuladas a la Secretara de Gobierno.

    o. Notificar y comunicar los actos administrativos que en sentido particularexpida el Secretario de Gobierno.

    p. Derogado por el art. 4, Decreto Distrital 014 de 2007. Representarjudicialmente a la Secretara de Gobierno-Distrito Capital ante las autoridadescompetentes cuando fuere el caso.

    q. Derogado por el art. 4, Decreto Distrital 014 de 2007. Atender y vigilar lastutelas, acciones de cumplimiento, conciliaciones y cumplimiento de sentenciasen coordinacin con las dependencias comprometidas para su adecuadaresolucin y por las que deba responder o sea parte la Secretara de Gobierno.

    r. Coordinar con cada rea responsable la proyeccin de respuesta a losderechos de peticin por los que deba responder en forma directa la Secretarade Gobierno.

    s. Proyectar y elaborar los convenios interadministrativos que suscriba elSecretario de Gobierno con otras entidades pblicas, distritales, nacionales ointernacionales.

    t. Coordinar lo pertinente para efectos de cumplimiento de los principios detransparencia, celeridad y eficiencia en materia de la contratacin, con cargo alpresupuesto de los Fondos de Desarrollo Local, en los programas,subprogramas y proyectos del plan de desarrollo local que adelanta laSecretara de Gobierno.

    u. Asesorar a la Secretara de Gobierno en los procedimientos de licitaciones,concursos y contrataciones directas, la adjudicacin, celebracin y liquidacinde los actos y contratos comprendidos dentro de la finalidad de la Secretara.

    v. Revisar los aspectos jurdicos de los pliegos de condiciones o trminos dereferencia que elaboren las distintas dependencias de la Secretara deGobierno para el trmite de procesos contractuales.

    w. Evaluar jurdicamente las propuestas u ofertas que se presenten dentro delos procesos licitatorios, concurso de mritos o procesos de contratacindirecta con formalidades plenas que adelanten las distintas dependencias.

    x. EIaborar los contratos para firma del Secretario de Gobierno o de quientenga la facultad para celebrar contratos, comprometer y ordenar gastos.

    y. Aprobar las plizas o garantas nicas que otorguen los contratistas pararespaldar las obligaciones contractuales.

    z. Efectuar el seguimiento y control jurdico sobre la ejecucin de los contratosen que hace parte la Secretara de Gobierno, proyectando los correspondientescontratos adicionales, actas de terminacin anticipada, suspensin, liquidacin

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    10/24

    o los actos administrativos que les sustituyan y en todo caso, aquelloscontentivos de sanciones por incumplimiento total, parcial o definitivos de loscontratos.

    Artculo 9. DIRECCIN DE GESTIN HUMANA. Son funciones de laDireccin de Gestin Humana:

    a. Dirigir y disear, de acuerdo con lo que disponga el Secretario de Gobierno,las polticas, planes y programas que se deban implantar para el desarrollointegral del talento humano.

    b. Responder por la elaboracin y actualizacin del manual de funciones y decompetencias laborales.

    c. Responder por la custodia y actualizacin de las historias laborales delpersonal activo o inactivo de la Secretara de Gobierno.

    d. Dirigir la elaboracin de los actos administrativos relacionados con las

    novedades de personal para la firma del Secretario de Gobierno y revisar elalcance de los mismos.

    e. Dirigir y controlar el cumplimiento de las normas que debe cumplir laadministracin de personal, la elaboracin de las nminas y la liquidacin delas prestaciones sociales y dems factores de remuneracin.

    f. Coordinar el diligenciamiento de la posesin de los empleados de laSecretara de Gobierno y posesionarlos en los trminos en que se le delegue.

    g. Coordinar la organizacin y trmite de todas las actividades que en materiade administracin de personal requiera la Secretara de Gobierno.

    h. Coordinar los registros necesarios para la administracin de personal yexpedir las certificaciones relacionadas con dichos registros y situacioneslaborales.

    i. Formular, elaborar, proponer y ejecutar el Plan Institucional Anual deCapacitacin de Induccin y Reinduccin, aplicable a los funcionarios de laSecretara de Gobierno.

    j. Disear y coordinar los programas que en materia de salud ocupacional seestablezcan para los funcionarios de la Secretara de Gobierno con el objeto de

    dar cumplimiento a la normatividad vigente.

    k. Dirigir la organizacin del registro de novedades de la Secretara queocasionen los empleados desde su ingreso hasta su retiro.

    l. Coordinar, dirigir y desarrollar el reporte de novedades e informacin para losprocesos de administracin de personal.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    11/24

    m. Orientar el diseo, la coordinacin, la supervisin y la ejecucin de lossistemas de evaluacin del desempeo de acuerdo con lo que la ley dispongaal respecto.

    n. Establecer de acuerdo a las polticas distritales, las estrategias demejoramiento de la calidad de vida laboral de los servidores de la Secretara de

    Gobierno.

    o. Atender, tramitar y resolver las solicitudes, consultas, derechos de peticin yreclamaciones sobre los asuntos de su competencia.

    p. Proyectar el presupuesto en lo relacionado con los servicios personales denmina y dems asignaciones originadas por la vinculacin laboral.

    q. Las dems que le sean asignadas o delegadas y que correspondan a lanaturaleza de la Direccin.

    Artculo 10. DIRECCIN DE SEGUIMIENTO Y ANLISIS ESTRATGICO.Son funciones de la Direccin de Seguimiento y Anlisis Estratgico:

    a. Hacer el seguimiento a los proyectos de acuerdo que cursen en el ConcejoDistrital y presentar por conducto de la Secretara de Gobierno, a la AlcaldaMayor, las observaciones relacionadas con la conveniencia o inconvenienciade cada proyecto as como su legalidad o ilegalidad.

    b. Compilar y sistematizar los acuerdos del Concejo.

    c. Identificar los frentes reales y potenciales que constituyan problemas para lagobernabilidad de la ciudad y hacer las recomendaciones pertinentes paralograr la solucin a estos.

    d. Prestar el apoyo inmediato a la Secretara de Gobierno en sus relacionescon el Concejo.

    e. Promover y difundir la informacin relevante de las actuacionesinstitucionales de los funcionarios frente a la comunidad.

    f. Formular, elaborar y proponer estrategias de manejo de los medios decomunicacin al Secretario de Gobierno.

    g. Atender las relaciones con los medios de comunicacin de diverso orden en

    todos los aspectos que tengan que ver con la Secretara de Gobierno.

    h. Asesorar y coordinar las publicaciones peridicas y en general todo lorelacionado con el desarrollo de proyectos editoriales de la Secretara deGobierno.

    i. Establecer las estrategias e implementar los instrumentos que convenganpara el mejoramiento de las comunicaciones internas al interior de la Secretarade Gobierno.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    12/24

    j. Las dems que le sean asignadas o delegadas y que correspondan a lanaturaleza de la Direccin.

    Artculo 11. DIRECCIN DE PREVENCIN Y ATENCIN DEEMERGENCIAS. Son funciones de la Direccin de Prevencin y Atencin deEmergencias las asignadas para la dependencia competente en el Acuerdo 11

    de 1.987 y los Decretos 657 y 951 de 1.994 y 436 de 2003 del GobiernoDistrital, as como las establecidas en las dems disposiciones legales sobre lamateria.

    Artculo 12. CONSEJO DE JUSTICIA. Son funciones del Consejo de Justicia:

    a. Conocer en nica instancia de los impedimentos y recusaciones de losInspectores de Polica y de los Alcaldes Locales.

    b. Conocer en nica instancia de los conflictos de competencia que se suscitenentre los Inspectores de Polica y los Alcaldes Locales.

    c. Conocer en segunda instancia de los procesos de polica salvo lasexcepciones de ley.

    1. Conocer de los recursos de apelacin y de queja o hecho en los procesospor contravenciones especiales de polica.

    2. Conocer en segunda instancia de los procesos de restitucin de bienes deuso pblico y afectado al uso pblico.

    3. Conocer en segunda instancia de las actuaciones administrativas proferidaspor los Alcaldes Locales, de conformidad con lo establecido en la Ley 232 de1995.

    4. Conocer los recursos de apelacin en los procesos a que se refiere elnumeral 9 del Articulo 86 del decreto ley 1421 de 1993, acorde con la ley 388de 1997, ley 810 de 2003 y dems normas que regulen el rgimen de obras yurbanismo.

    d. Evaluar cualitativamente las labores de las inspecciones de policarelacionadas con los asuntos especficos de conocimiento de cada Sala delConsejo.

    e. Tramitar y proyectar la respuesta a los derechos de peticin y dems

    requerimiento sobre asuntos que deba conocer en el Consejo.

    f. Conocer de los dems asuntos que le seale la Ley, el Cdigo Distrital dePolica y sus reglamentos.

    Artculo 13. SUBSECRETARA DE ASUNTOS LOCALES Y DESARROLLOCIUDADANO. Son funciones de la Subsecretara de Asuntos Locales yDesarrollo Ciudadano:

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    13/24

    a. Elaborar en coordinacin con las diferentes dependencias a su cargo y consujecin al Plan de Desarrollo Distrital, los planes, programas, proyectos y elplan de accin de la Subsecretara y presentarlos al Secretario para suadopcin.

    b. Formular las polticas y los planes generales referidos a la gestin a nivel

    local y someterlos a consideracin del Secretario de Gobierno, y por suconducto, al Alcalde Mayor.

    c. Apoyar a las localidades en el diseo de los planes, programas y proyectospara la ejecucin de las polticas de descentralizacin del Distrito Capitalformuladas por las autoridades competentes, en materia de desarrollo local.

    d. Apoyar a las localidades en el mejoramiento de su gestin y en elaprovechamiento ptimo de sus recursos y promover el cumplimiento de lasnormas, mediante actividades de asesora y capacitacin.

    e. Apoyar a las localidades en el desarrollo de programas tendientes a impulsar

    procesos de reconocimiento de los derechos y deberes ciudadanos.

    f. Otorgar permisos para la realizacin de marchas o concentraciones por vaso sitios pblicos.

    g. Establecer y administrar un sistema de informacin que de cuenta de lagestin en las localidades del Distrito Capital.

    h. Velar por el desarrollo y actualizacin permanente del sistema deinformacin de la Subsecretara promoviendo su alimentacin por parte decada una de sus dependencias.

    i. Informar peridicamente al Secretario de Gobierno y por su conducto, alAlcalde Mayor, sobre la gestin en las localidades.

    j. Ejecutar la coordinacin de las Unidades Ejecutivas de las localidades.

    k. Coordinar con las dependencias de la Secretara la asistencia a laslocalidades para el funcionamiento y operacin eficiente de los Fondos deDesarrollo Local, en los programas, subprogramas y proyectos del Plan deDesarrollo Local que adelanta la Secretara de Gobierno.

    l. Las dems que le sean asignadas o delegadas y que correspondan a la

    naturaleza de la Subsecretaria.

    Pargrafo. En lo atinente al componente legal de contratacin que debarealizarse para afectar presupuestariamente los recursos con cargo a losfondos locales, la Subsecretara de Planeacin y Gestin a travs de la OficinaAsesora Jurdica prestar los apoyos del caso y asumir lo relativo a losaspectos legales de dicha contratacin. De igual forma, prestar apoyo laSubsecretara de Planeacin y Gestin a travs de la Oficina de Planeacin ySistemas de Informacin respecto de los planes, programas y proyectos

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    14/24

    diseados como componente tcnico esencial para la afectacin de lospresupuestos de los fondos locales. La Subsecretara de Asuntos Localescoordinar y gestionar los apoyos requeridos en esta materia.

    Artculo 14. DIRECCIN DE APOYO A LOCALIDADES. Son funciones de laDireccin de Apoyo a Localidades:

    a. Proponer a la Subsecretara polticas de fortalecimiento de la gestin de laslocalidades.

    b. Disear y formular acciones tendientes al fortalecimiento de la gestin localpor medio de la capacitacin, sistematizacin, diseo de mtodos yprocedimientos que le permita a las Alcaldas Locales cumplir con sus planes,programas y proyectos.

    c. Disear y ejecutar programas especficos para fortalecer a las localidades enel ejercicio y cumplimiento de las normas.

    d. Apoyar a las localidades en el cumplimiento de las normas relacionadas conlos procesos de formulacin, seguimiento y evaluacin de sus planes dedesarrollo, en concordancia con lo establecido por el DepartamentoAdministrativo de Planeacin Distrital.

    e. Ejecutar las actividades que permitan hacer efectiva la coordinacin de lasacciones de las entidades nacionales y distritales con el nivel local, en el marcode los principios de complementariedad, subsidiaria y concurrencia.

    f. Ejecutar los convenios, que en materia de gestin local realice el Distrito o laNacin.

    g. Recopilar y consolidar en el marco del Sistema de Informacin, los datosrelacionados con la gestin de cada una de las Alcaldas Locales.

    h. Desarrollar un sistema de seguimiento y evaluacin de la gestin local quepermita conocer los logros cualitativos y cuantitativos de sta.

    i. Implementar en coordinacin con la Oficina de Control Interno de laSecretara de Gobierno el sistema de control interno en las localidades.

    j. Elaborar los proyectos y planes de accin de la Direccin de Apoyo aLocalidades, acordes con los lineamientos emitidos por el Secretario de

    Gobierno.

    k. Apoyar el cumplimiento de las normas orgnicas de la Secretara y de lasdems disposiciones que regulan los procedimientos y trmites administrativosinternos, respondiendo por aquellas que tengan relacin directa con sudependencia.

    l. Las dems que le sean asignadas o delegadas y que correspondan a lanaturaleza de la Direccin.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    15/24

    Artculo 15. DIRECCIN EJECUTIVA LOCAL. Son funciones de la DireccinEjecutiva Local:

    a. Coordinar lo pertinente para efectos del cumplimiento de los principios detransparencia, celeridad y eficiencia en materia de contratacin, ordenamientodel gasto y pago con cargo al presupuesto de los Fondos de Desarrollo Local,

    en programas, subprogramas y proyectos del Plan de Desarrollo Local queadelanta la Secretara de Gobierno.

    b. Adelantar las actividades correspondientes a los aspectos relativos aplaneacin, programacin, revisin y elaboracin de componentes tcnicos ylegales, con el fin de lograr una contratacin exitosa bajo los procedimientos yprincipios establecidos en la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios.

    c. Las dems que le sean asignadas o delegadas y que correspondan a lanaturaleza de la Direccin.

    Artculo 16. SUBSECRETARA DE ASUNTOS PARA LA CONVIVENCIA Y

    SEGURIDAD CIUDADANA. Son funciones de la Subsecretara de Asuntospara la Convivencia y Seguridad Ciudadana:

    a. Formular las polticas y los planes generales referidos al apoyo a la justicia ya la seguridad ciudadana y someterlos a consideracin del Secretario deGobierno, y por su conducto, al Alcalde Mayor.

    b. Elaborar en coordinacin con las diferentes dependencias a su cargo y consujecin al Plan de Desarrollo Distrital, los planes, programas y proyectos y elcorrespondiente Plan de Accin de la Subsecretara y presentarlos alSecretario de Gobierno para su adopcin.

    c. Disear y formular proyectos y programas de derechos humanos, apoyo a lajusticia y garanta de derechos y libertades individuales; siguiendo loslineamientos que para el efecto seale el Secretario de Gobierno.

    d. Proponer polticas de prevencin de delitos, contravenciones y problemas deconvivencia y seguridad ciudadana.

    e. Disear y formular proyectos y programas de prevencin de delitos,contravenciones y problemas de convivencia y seguridad ciudadana.

    f. Participar con la Polica Metropolitana en la identificacin de lneas generales

    de diseo, formulacin, seguimiento, evaluacin y control de proyectos yprogramas genricos o especficos de prevencin y control en seguridadciudadana que deban ser ejecutados por ella, siguiendo las pautas que para elefecto seale el Despacho del Secretario.

    g. Responder por la informacin de seguridad ciudadana cualitativa ycuantitativa, incluyendo aquella relativa a las reacciones, posturas, propuestas,y acciones de otras autoridades y de la sociedad civil.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    16/24

    h. Apoyar tcnicamente a las Alcaldas Locales en la formulacin de proyectosy programas de seguridad ciudadana, siguiendo los lineamientos que para elefecto seale el Secretario.

    i. Evaluar y revisar peridicamente el impacto, la pertinencia y la oportunidadde las polticas y estrategias de seguridad ciudadana trazadas por la Alcalda

    Mayor y ejecutada por las Alcaldas Locales.

    j. Establecer y aplicar mtodos objetivos de evaluacin de la gestin, realizandoel seguimiento del rendimiento a los despachos policivos; igualmente,recomendar al Secretario de Gobierno y por su conducto, al Alcalde Mayor, lacreacin y supresin de los despachos mencionados.

    k. Controlar y evaluar peridicamente la ejecucin de los planes, programas yproyectos de sus dependencias proponiendo los ajustes que se considerennecesarios.

    l. Coordinar el desarrollo de un sistema de informacin referido al mapa de

    riesgo de conflictos, tipificacin de conflictos, delitos, violacin de derechoshumanos, formas de resolucin de conflictos y acceso a la justicia.

    m. Identificar y evaluar las fuentes de recursos econmicos para los nuevosproyectos de su dependencia, calificando su viabilidad de acuerdo con losparmetros establecidos.

    n. Apoyar el cumplimiento de las normas orgnicas de la Secretara y de lasdems disposiciones que regulan los procedimientos y trmites administrativosinternos, respondiendo por aquellas que tengan relacin directa con sudependencia.

    o. Evaluar peridicamente y hacer cumplir el convenio establecido con laNacin, para el manejo de la Crcel Distrital.

    p. Las dems que le sean asignadas o delegadas y que correspondan a lanaturaleza de la Subsecretaria.

    Artculo 17. DIRECCIN DE SEGURIDAD. Son funciones de la Direccin deSeguridad:

    a. Apoyar a la Subsecretara en el trazado de polticas de prevencin dedelitos, contravenciones y problemas de convivencia y seguridad ciudadana.

    b. Disear y formular proyectos y programas de prevencin de delitos,contravenciones y problemas de convivencia y seguridad ciudadana.

    c. Apoyar tcnicamente a las Alcaldas Locales en la formulacin de proyectosy programas de seguridad ciudadana, siguiendo los lineamientos que para elefecto seale el Secretario.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    17/24

    d. Participar con la Polica Metropolitana en la identificacin de lneas generalesde diseo, formulacin, seguimiento, evaluacin y control de proyectos yprogramas genricos o especficos de prevencin y control en seguridadciudadana que deban ser ejecutados por ella, siguiendo las pautas que para elefecto seale el despacho del Secretario y/o la Subsecretara.

    e. Asumir y coordinar la consecucin de informacin de seguridad ciudadanacualitativa y cuantitativa, incluyendo aquella relativa a las reacciones, posturas,propuestas y acciones de otras autoridades y de la sociedad civil.

    f. Evaluar y revisar peridicamente el impacto, la pertinencia y la oportunidadde las polticas y estrategias de seguridad ciudadana trazadas por la AlcaldaMayor y ejecutadas por la Alcalda Local.

    g. Apoyar el cumplimiento de las normas orgnicas de la Secretara y de lasdems disposiciones que regulan los procedimientos y trmites administrativosinternos, respondiendo por aquellas que tengan relacin directa con laDireccin.

    h. Evaluar peridicamente y hacer cumplir el convenio establecido con laNacin, para el manejo de la Crcel Distrital.

    i. Las dems que le sean asignadas o delegadas y que correspondan a lanaturaleza de la Direccin.

    Artculo 18. DIRECCIN DE DERECHOS HUMANOS Y APOYO A LAJUSTICIA. Son funciones de la Direccin de Derechos Humanos y Apoyo a laJusticia:

    a. Proponer a la Subsecretara polticas que faciliten la promocin de losderechos humanos, el acceso ciudadano a la justicia y la garanta de derechosy libertades individuales.

    b. Elaborar y presentar a la Subsecretara, pautas y orientaciones tcnicas quecoadyuven a definir e identificar las lneas a seguir en materia de promocin dederechos humanos, acceso ciudadano a la justicia y garanta de derechos ylibertades individuales en el Distrito Capital.

    c. Capacitar sobre derechos humanos a los servidores pblicos del Distrito, lasAlcaldas Locales y la ciudadana.

    d. Disear, formular y ejecutar proyectos y programas para la implantacin demecanismos alternativos de resolucin de conflictos en los mbitosinstitucionales, escolares y a nivel comunitario.

    e. Responder por el sistema de informacin que facilite la toma de decisionesen materia de acercamiento, realizacin y seguimiento de la gestin de lajusticia, en el Distrito Capital.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    18/24

    f. Evaluar y revisar peridicamente el impacto, la pertinencia y la oportunidadde las polticas y estrategias de acceso ciudadano a la justicia trazadas por laAlcalda Mayor y por las Alcaldas Locales.

    g. Apoyar el cumplimiento de las normas orgnicas de la Secretara y de lasdems disposiciones que regulan los procedimientos y trmites administrativos

    internos, respondiendo por aquellas que tengan relacin directa con laDireccin.

    h. Las dems que le sean asignadas o delegadas y que correspondan a lanaturaleza de la Direccin.

    Artculo 19. DIRECCIN DE LA CRCEL DISTRITAL. Son funciones de laDireccin de la Crcel Distrital:

    a. Albergar a personas que hayan infringido la ley penal con el fin dereadaptarlos a la sociedad, de acuerdo con las normas del rgimenpenitenciario y el plan de desarrollo del Distrito Capital en materia carcelaria,

    dndoles el tratamiento integral que les permita reincorporarsen a la Sociedad.

    b. Brindar los mecanismos de seguridad al interior del penal.

    c. Velar por la proteccin y el cumplimiento de los derechos humanos yconstitucionales de los internos.

    d. Cumplir con las disposiciones que sobre el particular determine el INPEC.

    e. Las dems que le sean asignadas o delegadas y que correspondan a lanaturaleza de la Direccin.

    Artculo 20. SUBSECRETARIA DE PLANEACIN Y GESTIN. Sonfunciones de la Subsecretaria de Planeacin y Gestin:

    a. Coordinar el proceso de diseo de indicadores de gestin en la Secretara deGobierno y velar por su aplicacin.

    b. Asesorar a la Secretara en la formulacin, coordinacin, ejecucin, y controlde polticas, planes y programas, de inversin.

    c. Asesorar a las localidades de Bogot en la implementacin del proceso deplaneacin.

    d. Definir polticas relacionadas con los recursos informticos de la entidad yvelar por la prestacin de un eficiente servicio al usuario.

    e. Liderar el proceso de preparacin del presupuesto en coordinacin con lasdiferentes dependencias de la Secretara de Gobierno, con sujecin a lasnormas vigentes.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    19/24

    f. Dirigir los procesos presupuestales, contables y administrativos de laSecretara de Gobierno.

    g. Coordinar los procesos administrativos y presupuestales para la realizacinde las licitaciones y contratacin directa que requiera para su funcionamiento laSecretara de Gobierno.

    h. Estudiar y resolver los asuntos relacionados con las actividades propias delrea que se presenten a su consideracin.

    i. Analizar y rendir los informes que sean requeridos.

    j. Formular planes, proyectos y programas relacionados con el rea.

    k. Las dems que le sean asignadas o delegadas y que correspondan a lanaturaleza de la Subsecretara.

    Artculo 21. DIRECCIN DE PLANEACIN Y SISTEMAS DE

    INFORMACIN. Son funciones de la Direccin de Planeacin y Sistemas deInformacin:

    a. Disear normas, mtodos y procedimientos para la implementacin desistemas de planeacin operativa y la presentacin de planes, programas yproyectos institucionales y de inversin pblica con el fin de dar cumplimiento ala misin institucional.

    b. Proponer los indicadores de gestin, en coordinacin con todas lasdependencias, tendientes a la ejecucin de las polticas, planes y programas,llevar el sistema de informacin de los mismos y disear el sistema y lasherramientas e instrumentos de seguimiento y evaluacin de tales indicadoresy del desempeo general de la Secretara.

    c. Programar y evaluar la inversin de la Secretara de Gobierno, encoordinacin con quienes sean responsables de su ejecucin, realizando elrespectivo seguimiento.

    d. Definir y aplicar indicadores que permitan medir la gestin de la Secretarade Gobierno y el impacto de sus proyectos de inversin publica.

    e. Coordinar la produccin de informes dirigidos a los organismos de control yde respuesta a los requerimientos producidos por ellos.

    f. Consolidar y procesar la informacin que se origine en las dependenciasrelativas a la ejecucin del presupuesto de inversin y de seguimiento de lagestin.

    g. Interactuar con la Secretara de Hacienda y el Departamento Administrativode Planeacin Distrital en lo referente a la ejecucin, seguimiento fsico yfinanciero de los proyectos de inversin.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    20/24

    h. Brindar capacitacin, asesora y asistencia tcnica a los gerentes deproyectos en la formulacin, programacin y seguimiento a los mismos.

    i. Implementar un banco de informacin relacionado con Proyectos de InversinPblica, de competencia de la Secretara de Gobierno.

    j. Recopilar, tabular y procesar las estadsticas de la Secretara de Gobierno,que sirvan de base para la elaboracin de polticas, planes, programas yproyectos.

    k. Realizar estudios para determinar sistemas de informacin acordes a lasnecesidades de la Secretara de Gobierno.

    l. Disear y coordinar la implementacin de los sistemas de informacin, losbancos y las bases de datos con el fin de garantizar el adecuado registro ycoordinacin de las labores tcnicas.

    m. Proponer a la Subsecretara de Planeacin y Gestin sugerencias sobre

    polticas de desarrollo y actualizacin en materia de tecnologa entelecomunicaciones y sistemas.

    n. Proponer reglamentacin e implementar metodologas y mecanismos deacceso a los equipos de computacin, redes de comunicaciones, dispositivos,archivos magnticos, entre otros.

    o. Establecer mecanismos de reporte e intercambio de informacin con laslocalidades y con otras entidades distritales.

    p. Ejercer control y seguridad sobre la informacin y los equipos de cmputo dela Secretara de Gobierno.

    q. Evaluar las normas y procedimientos internos establecidos en el manejo delos sistemas de informacin, tecnologas en sistemas y telecomunicaciones.

    r. Coordinar con las alcaldas locales y con las entidades adscritas a laSecretara de Gobierno la estandarizacin de normas y procedimientosrelacionados con las tecnologas informticas.

    s. Otorgar apoyo tcnico a los usuarios y coordinar con la Direccin de GestinHumana, los programas de capacitacin relacionados con tecnologa einformtica.

    t. Disear y coordinar la ejecucin de las polticas y procedimientosrelacionados con el mantenimiento de los equipos de la Secretara deGobierno.

    u. Formular planes, proyectos y programas relacionados con el rea.

    v. Velar por la eficiencia de las redes, de tal forma que garantice suficientesniveles de control de acceso, integridad, privacidad, seguridad de la

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    21/24

    informacin, conexin con otras redes y sistemas del Distrito Capital eilustracin adecuada al usuario.

    w. Asesorar institucionalmente a la Secretara sobre aspectos de informtica ytelecomunicaciones

    x. Coordinar el inventario detallado, actualizado y valorizado tanto del hardwarecomo el software utilizado. Dicho inventario debe reposar en mediosmagnticos.

    y. Verificar que el software utilizado por las diferentes dependencias de laSecretara, est debidamente implementado bajo parmetros y procedimientoslegales de compra y adquisicin en cuanto a licencias, permisos y patentes.

    z. Las dems que le sean asignadas o delegadas de acuerdo con la naturalezade la Direccin.

    Artculo 22. DIRECCIN ADMINISTRATIVA. Son funciones de la DireccinAdministrativa:

    a. Adelantar el proceso de adquisicin de los bienes y servicios que permitan eladecuado funcionamiento de todas las dependencias de la Secretara deGobierno.

    b. Velar por el adecuado control de los inventarios y el funcionamiento delalmacn.

    c. Atender las solicitudes de servicios generales en lo relacionado conadecuaciones locativas, servicio de aseo, cafetera, vigilancia y mantenimientode bienes muebles, inmuebles y equipos.

    d. Velar por que todos los bienes de la Secretara de Gobierno se encuentrendebidamente asegurados.

    e. Adelantar las gestiones correspondientes que garanticen el normalfuncionamiento de los procesos de archivo y correspondencia.

    f. Coordinar y controlar la ejecucin de las obras de infraestructura adelantadaspor la Secretara de Gobierno.

    g. Disear, controlar y garantizar la ejecucin de planes, programas y

    procedimientos para la adquisicin, contratacin, almacenamiento, suministro,registro, control y seguro de bienes y servicios de la Secretara de Gobierno.

    h. Realizar el estudio de las necesidades institucionales de elementos deconsumo y de equipos para las distintas dependencias de la Secretara deGobierno y elaborar el programa anual de compras bajo la orientacin delDirector Administrativo.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    22/24

    i. Garantizar la adecuada administracin del registro de proveedores de laSecretara de acuerdo con las normas vigentes.

    j. Organizar los servicios administrativos de transporte y mantenimiento delparque automotor al servicio de la Secretara de Gobierno.

    k. Remitir oportunamente los actos administrativos de contenido general a lasdiferentes dependencias de la Secretara de Gobierno y solicitar su publicacinen la Gaceta Distrital-Registro Distrital.

    l. Formular planes, proyectos y programas relacionados con el rea.

    m. La Direccin cumplir funciones relacionadas con rifas, juegos, concursos yespectculos, de acuerdo con la normatividad vigente.

    n. Las dems que le sean asignadas o delegadas y que correspondan a lanaturaleza de la Direccin.

    Artculo 23. DIRECCIN FINANCIERA. Son funciones de la DireccinFinanciera:

    a. Responder por la contabilidad de la Secretara de Gobierno y supervisar laelaboracin de balances y estados financieros que deban ser presentados antelas autoridades competentes.

    b. Elaborar los informes de la ejecucin presupuestal y de otros informesadelantando los trmites para su remisin a las entidades correspondientes.

    c. Elaborar el anteproyecto de presupuesto del plan anual de caja, expedicinde los certificados de disponibilidad presupuestal, de las rdenes de pago,relaciones de giro, relaciones de autorizacin y tramitar su correspondientepresentacin ante la Secretara de Hacienda cuando corresponda.

    d. Velar por el cumplimiento de las normas presupuestales, que apliquen parala Secretara de Gobierno.

    e. Coordinar, dirigir y controlar la aplicacin de normas y evaluar losprocedimientos de orden contable, presupuestal, del procedimiento de pagos yen general del sistema financiero aplicable a la Secretara de Gobierno.

    f. Expedir las certificaciones sobre la viabilidad, disponibilidad y reserva

    presupuestal necesarias para la adecuada ejecucin del presupuesto de laSecretara de Gobierno.

    g. Responder por los movimientos de las apropiaciones y en general todo losgastos relacionados con la ejecucin presupuestal.

    h. Formular planes, proyectos y programas relacionados con el rea.

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    23/24

    i. Las dems que le sean asignadas o delegadas, y que correspondan a lanaturaleza de la Direccin.

    ARTCULO 24 FUNCIONES GENERALES DE LAS DEPENDENCIAS DE LASECRETARA DISTRITAL DE GOBIERNO. Las dependencias de la SecretaraDistrital de Gobierno, tendrn las siguientes funciones:

    a. Asesorar y apoyar a las dems dependencias de la entidad en los asuntosde su competencia;

    b. Formular, en coordinacin con la Oficina Asesora de Planeacin y Sistemas,el plan de gestin y los planes de accin, compras y contratacin propios de laEntidad;

    c. Ejecutar los recursos presupuestales de acuerdo con las polticas, objetivos ymetas;

    d. Elaborar y presentar oportunamente los informes de gestin que requieran

    las dems dependencias o los entes de control;

    e. Responder por la clasificacin, organizacin y configuracin de los archivosde gestin y su transferencia al archivo central, conforme a las normasespeciales que determinen la materia;

    f. Promover la creacin de equipos transversales de trabajo conformados porservidores que realizan tareas comunes en las diferentes entidades distritales,en aquellas reas de la administracin que correspondan a la entidad y ejercersu liderazgo, de acuerdo con su objeto;

    Artculo 25. PLANTA GLOBAL. La Secretaria tendr un sistema de plantaglobal, cuyos cargos sern distribuidos entre las diferentes dependenciasmediante resolucin del Secretario de Gobierno, de conformidad con laestructura interna, las necesidades del servicio, los planes, programas yproyectos que aquellas adelanten, la naturaleza de las funciones, los niveles deresponsabilidad y el perfil de los cargos.

    Artculo 26. VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de supublicacin y deroga el Decreto No. 367 de 2001 y todas las disposiciones quele sean contrarias.

    Dado en Bogot, D.C., a los 29 das de diciembre de 2006

    PUBLQUESE Y CMPLASE

    LUIS EDUARDO GARZON

    Alcalde Mayor

    ENRIQUE BORDA VILLEGAS

  • 8/8/2019 Decreto 539 de 2006

    24/24

    Secretario general

    MARIELLA BELTRAN BARRAGAN

    Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil