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SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO – SST FEBRERO 2015

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SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO – SST

FEBRERO 2015

http://www.youtube.com/watch?v=4b5hl_fxOns

http://www.youtube.com/watch?v=DyGIpBgMD_o

RIESGOS

ACCIDENTES DE TRABAJO

• Suceso repentino.

• Lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, la invalidezo la muerte.

• Por causa o con ocasión del trabajo.

• La ejecución de órdenes o bajo autoridad del empleador.

• Durante el traslado de trabajadores desde su casa hasta el lugar detrabajo y de regreso, con transporte de la empresa.

• Actividades recreativas o culturales por cuenta o en representación delempleador.

• El ocurrido en actividades sindicales.

Fuente: Ley 1562 de 2012, Artículo 3.

ENFERMEDAD LABORAL

• Estado patológico permanente o temporal.

• Tiempo de exposición a riesgos determinados.

• Que se encuentre en la tabla de Enfermedades Laborales.

• Otros con relación de causalidad.

Fuente: Ley 1562 de 2012, Artículo 4.

Decreto 1477 de 2014 Tabla de Enfermedades Laborales.

SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO - SST

Es la disciplina que trata de la prevenciónde las lesiones y enfermedades causadaspor las condiciones de trabajo, y de laprotección y promoción de la salud de lostrabajadores. Tiene por objeto mejorarlas condiciones y el medio ambiente detrabajo, así como la salud en el trabajo,que conlleva a la promoción y elmantenimiento del bienestar físico,mental y social de los trabajadores entodas las ocupaciones.

SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN

EL TRABAJO – SG-SST

Consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basadoen la mejora continua y que incluye la política, la organización, laplanificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las accionesde mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlarlos riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo.

El SG-SST debe ser liderado e implementado por el empleador ocontratante, con la participación de los trabajadores y/o contratistas,garantizando a través de dicho sistema, la aplicación de las medidasde Seguridad y Salud en el Trabajo, el mejoramiento delcomportamiento de los trabajadores, las condiciones y el medioambiente laboral, y el control eficaz de los peligros y riesgos en ellugar de trabajo.

Para el efecto, elempleador o contratantedebe abordar laprevención de losaccidentes y lasenfermedades laborales ytambién la protección ypromoción de la salud delos trabajadores y/ocontratistas, a través de laimplementación,mantenimiento y mejoracontinua de un sistema degestión cuyos principiosestén basados 'en el cicloPHVA (Planificar, Hacer,Verificar y Actuar).

Dentro de los parámetros deselección y evaluación deproveedores y contratistas, elcontratante podrá incluircriterios que le permitanconocer que la empresa acontratar cuente con el Sistemade Gestión de la Seguridad ySalud en el Trabajo SG-SST.

El Sistema de Gestión de laSeguridad y Salud en el TrabajoSG-SST debe adaptarse altamaño y características de laempresa; igualmente, propendepor ser compatible con los otrossistemas de gestión de laempresa y estar integrado enellos.

SALUD OCUPACIONALSEGURIDAD Y SALUD

EN EL TRABAJO

COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL

COPASO

COMITÉ PARITARIO EN SEGURIDAD Y SALUD EN

EL TRABAJO

COPASST

VIGÍA EN SALUD OCUPACIONAL

VIGÍA EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL

SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y

SALUD EN EL TRABAJO SG-SST

DECRETO 1443 DE 201431/JULIO/2014

Por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema deGestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

Es el empleador responsable de todas las personas que están en sus sedes detrabajo.

Indistinto de quién o por quién esté contratado, Yo me convierto en solidarioen el momento de cualquier reclamación de un accidente de trabajo oenfermedad, sin importar la forma de vinculación laboral.

Si es un tema del giro ordinario del contratista, yo le debo exigir a esecontratista que lo tenga (aplica para todos los documentos de laorganización); es decir a los contratistas externos que me presten serviciospuntuales en mi empresa debo pedirle que cumpla con la normativa del SG-SST.

ANTECEDENTESSu origen viene de la Organización Internacional del Trabajo en el 2001. Busca orientarse a resultado,recomendaciones de prácticas de seguridad y salud en el trabajo.

1. Noción

2. Mejora Continua.

3. Componentes:

• Política

• Organización

• Planificación y aplicación

• Evaluación

• Acciones de mejora

Resolución 1016 de 1989 y aún está vigente, pero no se daba el concepto de Gestión y se debenbuscar resultados y por eso se cambia a gestión (donde se asume que no es un gasto sino unainversión). Posterior a esto se pasa a buscar una normativa (Ley 1562 de 2012) donde se incluye lanecesitad de cambiar a un conjunto de actividades a una verdadera gestión en la seguridad y salud enel trabajo, pasamos del plan básico a sistema de gestión, tomando textualmente de lasrecomendaciones de la OIT, luego se reglamenta en el tema del Decreto 1443, para que el inspectorde trabajo acepte sus reclamaciones y requerimientos, pues se hace el requerimiento es a través de lamejora continua de un proceso. Formalización del empleo a través de los compromisos de los TLCfirmados por Colombia.

SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO – SG-SST

Si yo no cumplo con las acciones que inicialmente coloque en mi primer accidentede trabajo, si vuelve a incurrirse en un accidente de trabajo por lo mismo, tengosanciones y responsabilidad civil como empleador. Esta nueva normativa sedescarga más en el empleador.

El comportamiento del empleador o del empleado es indispensable para evitar omitigar los accidentes de trabajo, se debe informar, verificar, capacitar para queexista un cambio de consciencia.

El empleador tiene la obligación de prevenir los accidentes y las enfermedades detrabajo. Los emprendimientos deben tener en cuenta los riesgos que asumen paraser empresarios y los debe manejar desde el principio.

La aseguradora tiene la obligación de dar asesoría en el cómo?, puede ser colectivao específica, todos estos recursos son exigibles a la ARL. La ARL no puede ejecutar,solo da asesoría y vigila al empresario, lo puede entrar a recobrar a losempleadores para que le devuelvan dinero a la ARL según lo que le pagó alempleado. La ARL puede pedir inspecciones por parte del Ministerio de Trabajo.

ASPECTOS LEGALES RELEVANTES SG-SST

• Política, es el marco que yo le voy a exigir a la organización y a los empleados (arts.5 al 7).

• Obligaciones de los empleadores (art. 8).• Documentación, los registros se deben guardar como mínimo 20 años, en caso de

alguna demanda tener los soportes en el futuro de cualquier empleado -digitalización certificada (art. 12) (puedo demandar hasta tres años después dehacer el diagnóstico).

• Evaluación inicial, es necesario evaluar hoy qué se tiene y poco a poco como secumplirá con la normativa (art. 16).

• Adquisiciones y contratación, control de contratistas y que se incluyan en laarticulación de alguna documentación de los contratistas (arts. 27 y 28).

• Revisión por la alta dirección, programar auditorías legales (arts. 31 N. 13).• Capacitación obligatoria, los que administran están obligados a capacitarse mínimo

50 horas, pueden ser virtual (art. 35).• Transición, el Decreto 1443 es hoy exigible, pero existen dos años y a partir de la

fecha se debe comenzar a migrar (art. 37)

LICENCIAS EN SALUD OCUPACIONAL

Es obligatoria para las persona que explotan comercialmente esa actividad, esdecir profesionales de esa área.

Sí tengo alguien en mi equipo a la que le pongo ese trabajo no lo requiero(pero ese personal debe ser idóneo), pero sí yo voy a conseguir alguienexterno que me preste el servicio de seguridad y salud en el trabajo esobligatorio que la persona jurídica y el equipo de esa empresa tengan licenciasen salud ocupacional.

Es obligatorio que las personas que hacen investigación de trabajo poraccidente de trabajo grave, evaluar el riesgos social y realizar los exámenesmédicos ocupacionales tengan licencia ocupacional, pueden ser personas queestén al interior del equipo o externas pero deben tener licencia. Resolución4502 de 2012 (la licencia es regulación de mercado), por eso en algunos casosno es evidente.

GESTIÓN LEGAL DE LOS CONTRATISTASP + H + V + A

Planificación de la contratación.

Selección objetiva y confiable.

Prevención de los riesgos del contrato: - Desde el contratante

- Desde el contratista

El manejo del incumplimiento, Usted debe tener contratos que le permitanblindar y minimizar el riesgo contractual con sus proveedores, mecanismosque le permitan lograr cumplimiento.

INCUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATISTAS

Gestión de los contratistas, en cuanto a adquisiciones y contratacionesexternas, se debe identificar y evaluar que se cumplan las disposicionesrelacionadas con el cumplimiento del SG-SST por parte de la empresa,durante el desempeño de las actividades o compras objeto del contrato.

Gestión legal de los contratistas, verificando la afiliación y los aportes alSistema General de Riesgos Laborales.

Capacitación de los contratistas, socializar en los temas de SST manejadosen la empresa y deben propender por su cumplimiento.

Existe con el empresario una responsabilidad compartida o solidaria.

SISTEMA DE GESTIÓN• Evaluación inicial SG-SST.

• Matriz Legal - Cumplimiento Normativo, actualización permanente según nuevas

disposiciones.

• Identificación de peligros, valoración de riesgos (actualización 1 vez al año).

• SG-SST (revisión y actualización 1 vez al año).

• Plan de Trabajo del SG-SST (elaboración 1 vez al año).

• Política – alcance – objetivos (actualización 1 vez al año).

• Procedimientos e instructivos SST.

• Responsables, recursos y líder del SG-SST.

• Indicadores de estructura, proceso y resultados (evaluación 1 vez al año).

• Programa de capacitación y asesoría (revisión y actualización 1 vez al año), incluir el tema

en el proceso de inducción de la Compañía. Evidenciar soportes de inducción, reinducción,

capacitaciones de los trabajadores dependientes, contratistas, cooperados y en misión.

Participación activa de todos (informar, capacitar, aplicar).

• Plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias (revisión 1 vez al año).

• Auditoría externa o interna al SG-SST (ejecución 1 vez al año).

MATRIZ LEGALEs la compilación de los requisitos normativos exigibles a la empresa acordecon las actividades propias e inherentes de su actividad productiva, los cualesdan los lineamientos normativos y técnicos para desarrollar el Sistema deGestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo - SG-SST, el cual deberáactualizarse en la medida que sean emitidas nuevas disposiciones aplicables.

Identificar requisitos legales: sector, actividad, producto, proceso instalación,equipo, material, persona. – importante basarnos en las normas(internacionales y nacionales).

Las normas de seguridad y salud en el trabajo es una norma de toda lacompañía, no solamente del líder de SST.

P.E. Es necesario revisar el Decreto de Seguridad Vial.

El empleador debe conservar los registros y documentos que soportan el SG-SST de manera controlada, garantizando que sean legibles, fácilmenteidentificables y accesibles, protegidos contra daño, deterioro o pérdida.

El responsable del SG-SST tendrá acceso a todos los documentos y registrosexceptuando el acceso a las historias clínicas ocupacionales de lostrabajadores cuando no tenga perfil de médico especialista en seguridad ysalud en el trabajo. La conservación puede hacerse de forma electrónica deconformidad con lo establecido en el presente decreto siempre y cuando segarantice la preservación de la información.

Los documentos y registros, deben ser conservados por un período mínimode veinte (20) años, contados a partir del momento en que cese la relaciónlaboral del trabajador con la empresa. (Ley General de Archivo)

CONSERVACIÓN DE DOCUMENTOS

Los responsables de la ejecución de los Sistema deGestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST,deberán realizar el curso de capacitación virtual decincuenta (50) horas sobre el Sistema de Gestión de laSeguridad y Salud en el Trabajo SG-SST que defina elMinisterio del Trabajo en desarrollo de las accionesseñaladas en el literal a) del artículo 12 de la Ley 1562 de2012, y obtener el certificado de aprobación del mismo.

CAPACITACIÓN OBLIGATORIA

Las Administradoras de Riesgos Laborales - ARL, dentro de lasobligaciones que le confiere la normatividad vigente en el SistemaGeneral de Riesgos Laborales, capacitarán al Comité Paritario o Vigía deSeguridad y Salud en el Trabajo - COPASST o Vigía en Seguridad y Salud enel Trabajo en los aspectos relativos al SG-SST y prestarán asesoría yasistencia técnica a sus empresas y trabajadores afiliados, en laimplementación del presente decreto.

Las Administradoras de Riesgos Laborales realizarán la vigilancia delegadadel cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto e informarán alas Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo los casos en loscuales se evidencia el no cumplimiento del mismo por parte de susempresas afiliadas.

Deberán invertir el 5% del total de la cotización para actividades depromoción y prevención básica.

OBLIGACIONES DE LAS ARL

El incumplimiento a lo establecido en el presente decreto y demásnormas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan, será sancionado enlos términos previstos en el artículo 91 del Decreto 1295 de 1994,modificado parcialmente y adicionado por el artículo 13 de la Ley1562 de 2012 y las normas que a su vez lo adicionen, modifiquen osustituyan.

SANCIONES

Dieciocho (18) meses para las empresas de menos de diez (10) trabajadores(31 de enero de 2016).

Veinticuatro (24) meses para las empresas con diez (10) a doscientos (200)trabajadores (31 de julio de 2016).

Treinta (30) meses para las empresas de doscientos uno (201) o mástrabajadores (31 de enero de 2017).

El promedio de empleados se calcula con base en el último año antes de laexpedición del Decreto, certificado por el representante legal, estostiempos se calculan a partir del 31 de julio de 2014.

PLAZOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA NUEVA NORMATIVA

GRACIAS