declaraciÓn de impacto ambiental modificación de …

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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL "Modificación de Proyecto Técnico en centro de cultivo de Salmónidos Punta Laura 120112” N° de Solicitud: 214 121 007 Titular MAINSTREAM CHILE S.A. ELABORADO POR PLANCTON ANDINO SPA. www.plancton.cl 2015

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Page 1: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"Modificación de Proyecto Técnico en centro de cultivo de Salmónidos Punta Laura 120112”

N° de Solicitud: 214 121 007

Titular MAINSTREAM CHILE S.A.

ELABORADO POR

PLANCTON ANDINO SPA.

www.plancton.cl

2015

Page 2: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

2

INDICE

a.1. Antecedentes del titular ....................................................... 7

a.2. Antecedentes Generales del Proyecto .................................. 7

a.3. Antecedentes de Localización .............................................. 9

a.3.1. Región, Provincia, Comuna ............................................. 9

a.3.2 Representación Cartográfica Datum WGS 84 ................... 9

a.3.3 Superficie total que comprende ....................................... 9

a.3.4 Caminos de acceso a los sitios en los que se desarrollará

el proyecto ................................................................................ 9

a.3.5. Justificación de su Localización .....................................10

a.4. Descripción de sus partes, acciones y obras físicas ............10

a.5. Descripción Fase de Construcción ........................................13

a.5.1. Estructuras en Concesión ...............................................14

Balsas Jaulas ........................................................................15

Redes ..................................................................................16

Sistema de detección de alimento ...........................................17

Plataforma Flotante ...............................................................18

Ensilaje de Mortalidad ...........................................................18

a.5.2. Emisiones y Residuos generados en la Etapa de

Construcción ............................................................................19

a.6. Descripción Fase de Operación ............................................20

A.6.1. Actividades desarrolladas en Etapa de Producción ........21

Ingreso de peces ..................................................................21

Suministro de Alimento a peces ..............................................21

Monitoreo de Eficiencia de Alimentación ...................................22

Tratamiento de la Mortalidad ..................................................22

Tratamientos Terapéuticos y Sanitarios ...................................24

Transporte ...........................................................................25

Page 3: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

3

Cosecha ...............................................................................25

Manejo y Transporte de Redes ................................................26

Almacenaje de Sustancias Peligrosas .......................................26

Actividades de Mantención .....................................................27

Mantención de Motores y Generador .....................................27

Descanso y Desinfección .....................................................27

Monitoreos Ambientales ......................................................28

Limpieza del Borde Costero. ................................................28

a.6.2. Insumos requeridos en Etapa de Operación ...................28

Alimento para salmones ............................................................28

Acido Fórmico ..........................................................................28

Desinfectantes y Detergentes. ...................................................29

Combustibles y Lubricantes. ......................................................29

Insumos Personal y Habitabilidad. ..............................................29

a.6.3. Emisiones y Residuos generados en Etapa de Operación

................................................................................................30

a.6.3.1.- Emisiones a la atmósfera .............................................30

a.6.3.2.- Residuos Solidos .........................................................31

Mortalidad .........................................................................31

Residuos generados durante el ensilaje. ................................31

Residuos generados en el pontón .........................................32

Residuos domiciliarios .........................................................32

Alimento no consumido y fecas ............................................32

a.6.3.3.- Residuos líquidos ........................................................34

Residuos líquidos pontón. ....................................................34

Solución desinfectante y detergentes ....................................35

Lubricantes .......................................................................35

a.7. Descripción de la Fase de Cierre ..........................................36

a.8. Prevención de contingencias y emergencias ........................37

Page 4: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

4

b. Antecedentes necesarios que justifican la inexistencia de

aquellos efectos, características o circunstancias establecidas en

el artículo 11 de la Ley 19300 .....................................................38

b.1. Área de influencia del Proyecto.........................................38

Determinación y Justificación del Área de Influencia .....................39

Descripción general del área de influencia ...................................39

b.1.1. Análisis Art. 11, Ley 19.300 y su modificación Ley 20.417

(artículo 12 bis b) en el Area de influencia del Proyecto ..........40

B.1.1.1. DS 40/2012; Artículo 5: Riesgo para la salud de la población

.............................................................................................40

B.1.1.2. DS 40/2012; Artículo 6: Efecto adverso significativo sobre

recursos naturales renovables. ..................................................43

C) Artículo 7, DS 40/2012: Reasentamiento de comunidades

humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y

costumbres de grupos humanos ................................................48

D) Artículo 8, DS 40/2012, Localización y Valor ambiental del

Territorio ................................................................................57

E) Artículo 9, DS 40/2012. Valor paisajístico o turístico de una

zona .......................................................................................64

F) Artículo 10, DS N°40/2012. Alteración del patrimonio cultural

.............................................................................................65

b.2. Ubicación del proyecto o actividad, partes, obras o acciones

................................................................................................66

b.3. En caso de corresponder, la ubicación y cuantificación de

los recursos naturales renovables a extraer o explotar por el

proyecto o actividad para satisfacer sus necesidades ..............67

b.4. Las emisiones del proyecto o actividad .............................67

b.5. La cantidad y manejo de residuos, productos químicos y

otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente ..........67

Page 5: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

5

b.6. Antecedentes que justifiquen la inexistencia de

susceptibilidad de afectación pueblos localizados en el área en

que se desarrollará el proyecto o actividad ..............................67

b.7. Cualquier otra información ambiental que el titular estime

pertinente ................................................................................67

b.7.1. Artículo 12.- Modificación de un proyecto o actividad ...68

b.7.2. DS 40, Artículo 13.- Relación con las políticas, planes y

programas de desarrollo ..........................................................68

b.7.2.1. Proyecto y su Relación con Políticas, Planes y programas de

Desarrollo Regional y Comunal ..................................................68

b.7.2.2. Política Regional de turismo 2010 .................................71

b.7.2.3. Políticas, Planes y Programas de Desarrollo Comunal .......73

b.7.3. Artículo 14.- Desarrollo de proyectos o actividades por

etapas ......................................................................................75

b.7.4. Artículo 15.- Relación con las políticas y planes evaluados

estratégicamente .....................................................................76

b.7.5. Artículo 16.- Establecimiento de Inicio de Ejecución del Proyecto………………………………………………………………………………....78

c. Plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable ....78

c.1 Normativa Ambiental Aplicable ..........................................79

c.2 Permisos Ambientales Sectoriales ......................................86

d. Compromisos Ambientales Voluntarios ..................................86

e. Firma de la Declaración de Impacto Ambiental ......................87

f. Ficha Resumen del Proyecto ..................................................88

g. Listado de los nombres de las personas que participaron en la

elaboración de la declaración de Impacto Ambiental ................ 123

h. Texto de Radiodifusión ........................................................ 124

Page 6: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

6

ANEXOS

Anexo 1 (1.1) Antecedentes Legales del Titular

Anexo 2 Proyecto Técnico

(2.1) Proyecto Técnico Modificado.

(2.2) RCA N°075/2007

(2.3) Proyecto Técnico Original.

Anexo 3 (3.1) Caracterización Preliminar del Sitio (CPS) acorde a

RESOLUCIÓN (SUBPESCA) N°3612. Aprobada en RCA 75-2007

Anexo 4 Información Complementaria

(4.1) Informe de Biodiversidad Primavera.

(4.2) Informe de Biodiversidad Otoño.

(4.3) Informe de Paisaje

(4.4) Informe de Medio Humano

(4.5) Informe Paisaje

Anexo 5 Antecedentes Instalaciones en Mar.

ET Plataforma de Ensilaje

Especificaciones Técnicas Pontón.4

Plano estructura Pontón.

Manual Planta de Tratamiento.

Certificado de Homologación Planta de Tratamiento.

Metodología toma de muestras PTTO

Anexo 6 Manuales de Procedimiento - Planes de Contingencia.

(6.1) Instructivo de Ensilaje de Mortalidad en Mar.

(6.2) PC-BIO 1 (V2) PC ante mortalidad, eliminación masiva o falla SE.

(6.3) Procedimiento de ensilaje mortalidad en mar V2

(6.4) Manual de Extracción y clasificación de mortalidad V5.

(6.5) Manual de Uso sistema de ensilaje agua mar.

(6.6) Plan veterinario Mar V3.

(6.7) Formato Playas limpias V3.

(6.8) Instructivo de Limpieza

(6.9) Plan de contingencias ambientales

(6.10) Plan de Contingencia transporte marítimo Silo de Ensilaje.

(6.11) Plan de Contingencia Transporte Terrestre Silo de Ensilaje.

Anexo 7 Higiene y Desinfección

(7.1) Manual de Higiene y desinfección

(7.2) Manejo de Residuos.

(7.3) Plan ante derrame de sustancias químicas.

(7.4) Estándar de trabajo seguro

(7.5) Uso de desinfectante e indumentaria.

(7.5) Aprobación Manual de Higiene y Desinfección

(7.6) Fichas técnicas y Hojas de Seguridad.

Page 7: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

7

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

"Modificación de Proyecto Técnico en centro de cultivo de Salmónidos Punta Laura”

A.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD1

a.1.- Antecedentes del titular

Nombre del titular: MAINSTREAM CHILE S.A.

RUT: 77.424.630-4

Teléfono: 065-25632000

Dirección: AVENIDA DIEGO PORTALES 2000 PISO 10

PUERTO MONTT

Representante Legal: RICARDO CALVETTI ZUÑIGA

RUT: 6.378.647-0

Teléfono: 065-2563200

Dirección: AVENIDA DIEGO PORTALES 2000 PISO 10

PUERTO MONTT

E-mail Representante

Legal:

[email protected]

a.2.- Antecedentes Generales del Proyecto

a.2.1 Nombre del

proyecto

"Modificación de Proyecto Técnico en centro de cultivo de

Salmónidos Punta Laura” N° de Pert: 214121007”

a.2.2

Descripción

breve del

proyecto

El proyecto corresponde a la modificación de un proyecto

existente en el cual se espera aumentar su producción

autorizada de 2.500 Ton a 3.750 Ton y regularizar el Sistema

de Ensilaje. El centro cuenta con RCA N° 075 del 15 de Mayo

del 2007. Proyecto técnico original (204 121 005), RCA N° 075

y Proyecto Técnico Modificado se adjuntan en Anexo 2.

a.2.3

Objetivo

general del

proyecto

Aumentar la producción del centro de cultivo de salmones de

2.500 Ton a 3.750 Ton y regularizar el sistema de ensilaje.

a.2.4

Tipología

del

proyecto

El proyecto cumple con la tipología dispuesta en el Artículo 10 °

Letra n de la Ley 19.300 (n: Proyectos de explotación

intensiva; cultivo y Plantas de Recursos Hidrobiológicos).

Del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental,

se considera Artículo 3°, Letra n.3 (Proyectos de explotación

intensiva, cultivo y plantas procesadoras de recursos

hidrobiológicos”.

a.2.5 Monto

Estimado

de

Construcción US $ 400.000

Operación US $ 1.200.000

1 Acorde a Art. 19; a) del D.S. N°40.

Page 8: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

8

Inversión Cierre US $ 400.000

TOTAL : US $ 2.000.000

a.2.6

Vida Útil

del

proyecto La vida útil del proyecto será indefinida.

Inicio de la

ejecución del

proyecto2

Luego de la obtención de la RCA de Calificación Ambiental

Favorable, se dará inicio a la ejecución del proyecto con la

construcción e Instalación de Balsas Jaula y Plataforma de

Tratamiento de Mortalidad.

Información de

Negociaciones3

Se informa a la autoridad que no se ha efectuado ningún tipo

de negociación previo a la presentación de esta Declaración de

Impacto Ambiental.

Tabla 1: Comparación de Proyecto Técnico Original, RCA N°75, y Solicitud de

Aumento de Producción.

Parámetro Proyecto Técnico

Precedente Nº 204 121 005

Proyecto Técnico

Modificado

Especie o Grupo de

Especies

Salmónidos

DCTO 604/95

Salmónidos

DCTO 604/95

Producción

Autorizada Año 5

(Kg)

2.500.000 3.750.000

Tamaño de la

concesión 10,16 Há

Monto Estimado

inversión ($ US) 3.000.000 2.000.000

Estructuras técnicas y

dimensiones

40 jaulas

(20 m * 20 m) *16 m de alto

Área total: 16.000 m2.

20 jaulas

(30 m * 30 m) *16 m de alto

Área Total: 18.000 m2.

Producción

proyectada

Año Producción máxima

(kg) Año

Producción máxima

(kg)

1 625.000 1 3.750.000

2 1.250.000 2 3.750.000

3 1.875.000 3 3.750.000

4 2.500.000 4 3.750.000

5 2.500.000 5 3.750.000

Vida Útil del Proyecto Indefinida Indefinida

2 Acorde a Artículo 16 DS N°40. 3 Acorde a Artículo 17 DS N°40

Page 9: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

9

Las dimensiones y la cantidad de balsas jaulas, debido a las condiciones operativas,

pueden variar con cada ciclo productivo. Se asegura el cumplimiento de Resolución

Sernapesca N° 1449/2009 que “Establece medidas de manejo Sanitario por Área” del

Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; Subsecretaría de Pesca; Servicio

Nacional de Pesca y D.S 320/2001 y sus modificaciones en cuanto a lo indicado en el

art 4. letra d), quedando el decíl más profundo siempre libre de estas estructuras.

a.3.- Antecedentes de Localización

Acorde a DS N°40, Art 19; se especifica:

a.3.1. Región, Provincia, Comuna.

La localización general del proyecto corresponde a la XII Región de Magallanes y la

Antártica Chilena, Provincia de Magallanes, Comuna de Río Verde, específicamente Seno

Skyring, al Este de Punta Laura.

Tabla 2: Coordenadas Geográficas de Ubicación.4

Vértice Latitud Longitud

A 52° 40' 05,3034' 72° 25' 16,7801''

B 52° 40' 01,1794' 72° 25' 08,5789''

C 52° 40' 13,6435' 72° 24' 51,6189''

D 52° 40' 17,7678' 72° 24' 59,8203''

Carta SHOA Nº 1114

Datum WGS 84

Área Otorgada 10,16 Ha

a.3.2 Representación Cartográfica Datum WGS 84 (Figura 1)

a.3.3 Superficie total que comprende.

- Concesión: 10,16 Ha

- Instalaciones en tierra: No se contempla instalaciones en tierra.

a.3.4 Caminos de acceso a los sitios en los que se desarrollará el proyecto.

El acceso al centro de cultivo se realizará por vía marítima, por los puertos habilitados

para tales faenas como por ejemplo Punta Arenas, Rio Verde, Puerto Natales o puertos

de otras regiones del país.

A modo de ejemplo se presentan los principales Rutas de navegación cercanos a la

concesión (Figura 1).

4 Extraídas de Proyecto Técnico vigente adjunto en Anexo 2.

Page 10: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

10

FIGURA 1: Representación Cartográfica de Localización Datum WGS 84.

a.3.5.- Justificación de su Localización.

Durante los 20 últimos años la industria ha acumulado una alta tasa anual de

crecimiento, pasando a constituir un pilar esencial en la estrategia de convertir a Chile

en una potencia alimentaria. De esta forma la actividad acuícola se ha transformado en

el motor desarrollo económico en el extremo sur del país, ya que contempla el

desarrollo de actividades complementarias como transporte, producción de alimento y

servicios en general.

El Titular plantea utilizar y optimizar la concesión en evaluación, garantizando el

desarrollo sustentable de la actividad; considerando especialmente la implementación

de buenas prácticas ambientales y sanitarias. El Titular indica que el proyecto en

evaluación, cumplirá en forma íntegra y oportunamente el marco jurídico ambiental

vigente.

Con el análisis de la información levantada en terreno y productiva, se concluye que el

sector de emplazamiento PRESENTA actualmente condiciones aeróbicas, cumpliendo

con lo solicitado en el art. 17 y 3 del D.S. (MINECON) N° 320/2001.

a.4.- Descripción de sus partes, acciones y obras físicas.

El proyecto consiste en un aumento de producción de salmones, de 2.500 a 3.750 Ton

por ciclo. Para tal efecto se reemplazarán las estructuras existentes (40 Jaulas de 20

Page 11: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

11

*20*16 de alto) por 20 balsas jaulas de 30 *30*16, además de instalará una

plataforma de ensilaje, para el tratamiento de la mortalidad.

El Titular señala que eventualmente el pontón puede ser reemplazado, dependiendo de

las necesidades particulares del centro, es decir, la capacidad y dimensiones de los

artefactos pueden variar por ciclo.

Las balsas-jaula metálicas, estará conformadas en uno o dos módulos, las que estarán

sujetas a un sistema de fondeo, consistente en estructuras de cemento (muertos)

unidas por cables de acero a la estructura flotante.

Los fondeos serán adquiridos de empresas autorizadas. Los tonelajes como estructuras

del material de fondeo, eventualmente podría variar según las tecnologías y oferta de

mercado en relación a los materiales.

Las jaulas utilizarán tres tipos de redes, la primera contendrá a los peces que se

cultivarán, otra impedirá el paso de depredadores marinos y una tercera impedirá el

paso de depredadores por la superficie de la estructura, principalmente aves. El Titular

señala que las características de las redes pueden variar por ciclo productivo, en cuanto

a forma y dimensiones, con el fin de evitar la depredación por aves y el escape de

peces por acción del oleaje. La apertura de malla podría ser de 2” a 4” u otra que se

estime conveniente. Se dará cumplimiento íntegro al D.S. 320/2001 y sus

modificaciones de acuerdo a lo indicado en el Art 4. Letra d), quedando el decil más

profundo siempre libre de estas estructuras.

Actualmente existe, una plataforma flotante5 que tendrá como función almacenar los

insumos que se requieren para la operación del centro y albergar a los trabajadores que

habitarán durante la Fase de operación. En esta estructura se almacenará: el alimento

para los peces, combustible, agua potable, equipos de seguridad, equipos de monitoreo

y mantención del centro, etc.

El pontón considera actualmente un equipo generador de energía, una planta de

tratamiento de aguas. El manejo de Residuos se efectuará acorde a Plan de Gestión de

Residuos adjunto en Anexo 7.

Adicionalmente se instalará una plataforma flotante que tendrá como función albergar

el sistema de ensilaje de mortalidad.

Una vez instaladas las estructuras comenzará la operación del centro con el ingreso de

los individuos juveniles, los que serán alimentados a través de un sistema automático

que distribuirá el alimento en raciones controladas en cada una de las jaulas de forma

que la pérdida sea mínima por no consumo.

Los salmones muertos serán retirados de las jaulas diariamente y serán tratados y

almacenados en un sistema de ensilaje para ser retirados y dispuestos por empresas

5 Referida a RCA N°75/2007, especificaciones técnicas adjuntas en documento citado.

Page 12: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

12

autorizadas. Finalmente, luego de aproximadamente 23 meses, los salmones serán

cosechados al alcanzar un peso promedio comercial, dependiendo de la especie y del

mercado de destino, y transportados a centros de procesamiento para ser

posteriormente comercializados en diferentes mercados tanto nacionales como

extranjeros.

En la ejecución del proyecto se identifican 3 Etapas (Tabla N°3): Construcción,

Operación y Cierre. El proyecto en evaluación corresponde a una modificación de una

actividad que ya se encuentra en ejecución.

Tabla 3: Cronograma programado de actividades del proyecto en concesión.6

.

La autoridad competente a través del el Reglamento Ambiental para la Acuicultura (D.S.

320/01)) y la RES. EXE. N° 3612 y sus modificaciones dispone las medidas tendientes a

que los centros de cultivo de acuicultura mantengan el equilibrio ecológico y operen de

acuerdo con la capacidad del cuerpo de agua donde se emplaza el área concedida,

disposición el titular cumplirá durante todas la etapas del proyecto.

Tabla 4: Superficie que comprende el proyecto o actividad.

Etapa Superficie valores en Há

Construcción 18.000 m2

Operación

(Acorde Proyecto Técnico)

Disponible

(Área de

concesión)

10,16 Há

A utilizar

(Área de jaulas)

18.000 m2

Utilizado en %

18

Cierre -----

Se dará inicio a la ejecución de la modificación de este proyecto con la obtención de la

RCA de Calificación Ambiental.

6 Las fechas en este cronograma son estimadas y están supeditadas a la obtención y fecha de la

Resolución de Calificación Ambiental y posterior aprobación del Proyecto Técnico y obtención de la

concesión, por parte de la SSFFAA.

Etapa Fecha inicio Fecha término

Construcción Primer semestre 2015 Primer semestre 2015

Operación Primer semestre 2015 -

Cierre - -

NOTA: Dependiendo de la obtención de las autorizaciones correspondientes. La cosecha

también depende de la tasa de crecimiento alcanzada por los recursos. Una vez terminada

la cosecha se vuelve a sembrar y el ciclo comienza nuevamente.

Abandono o cierre Indefinida

Page 13: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

13

Tabla 5: Mano de obra Directa7 que utilizará en el proyecto.

El número de personas puede variar según ciclo productivo y durante el ciclo productivo, esto es

por condiciones normales de operación.

El cronograma de las Etapas del proyecto, se señala a continuación y considera solo las

actividades a desarrollar una vez iniciado el proyecto:

Tabla 6: Cronograma referencial de Etapas del proyecto.

MES

Etapa 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23

Construcción x x x

Operación x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x

Abandono

Este cronograma estimativo se repite en forma cíclica, dependiendo de la especie a

cultivada podría variar, es referencial. Se trabajará respetando la Normativa Ambiental

Vigente, al concretarse las acciones citadas.

A.5.-Descripción Fase de Construcción.

- Respecto de la Fase de construcción, esta contempla la instalación de las

estructuras en la concesión. No existen otros requerimientos adicionales a los

mencionados en esta sección.

- Se espera dará inicio a esta modificación de proyecto una vez obtenida la RCA, lo

que dependerá de la duración de la evaluación ambiental y la obtención de las

autorizaciones pertinentes.

- Se dará inicio a la ejecución del proyecto, específicamente a la Fase de

construcción, con la Construcción e Instalación de Balsas Jaula, una vez

obtenida la RCA.

Tabla 7: Inicio y Termino Fase construcción.

Fase de Construcción Fecha de Inicio Fecha Termino

Construcción e Instalación de Balsas

Jaula y Plataforma de Mortalidad

Primer semestre

2015

Primer semestre

2015

7 Directa: Personal de la empresa Mainstream Chile S.A.

ETAPA N° personas

Construcción 4

Operación 11

Abandono 0

Page 14: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

14

Tabla 8: Cronograma Estimativo de Actividades etapa construcción.

Actividad Mes 1 Mes 2 Mes 3

- Instalación de fondeos x

- Instalación de Balsas jaula x

- Instalación de redes

x

- Instalación de Plataforma de

mortalidad x x

- La mano de obra requerida para esta Fase es de 4 personas, sin embargo puede

variar por ciclo.

- Durante la etapa de construcción se contratarán los servicios de terceros dedicados a

esta actividad; por lo cual los suministros básicos serán provistos por los contratitas. No

se requerirá durante esta Fase de los suministros básicos, tales como energía, agua,

servicios higiénicos, alimentación, alojamiento, transporte u otros semejantes.

- No se ejecutará extracción o explotación de recursos naturales renovables.

- Las emisiones y residuos de la Fase de construcción, las formas de abatimiento y el

control de estas es descrito en la sección a.5.2.

a.5.1.- Estructuras en Concesión

El titular señala que las embarcaciones, naves y artefactos navales cumplirán con todas

las exigencias técnicas y de seguridad pertinentes.

Las unidades a instalar son:

Balsas Jaulas

Redes

Sistema de Detección de Alimento

Sistema de Ensilaje.

Al respecto se adjuntan los siguientes antecedentes, en Anexo 5:

- Especificaciones Técnicas Plataforma de Ensilaje

- Especificaciones Técnicas Pontón.

- Plano estructura Pontón.

- Manual Planta de Tratamiento.

- Certificado de Homologación Planta de Tratamiento.

- Metodología toma de muestras Planta de Tratamiento

Las estructuras citadas son referenciales, ya que, tanto las especificaciones como

dimensiones pueden cambiar por ciclo productivo, sin embargo se asegura el

cumplimiento de la normativa vigente. Se aclara que el pontón puede ser cambiado por

ciclo productivo y que las especificaciones técnicas son sólo de referencia, por lo que

sus dimensiones pueden variar. En cuanto al plano de la ubicación de las estructuras,

este puede variar por ciclo productivo.

Page 15: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

15

Durante la etapa de construcción se materializará la instalación de estructuras Flotantes

y la realización de actividades necesarias para la correcta operación del centro, según el

siguiente detalle:

Balsas Jaulas

El proyecto contempla la instalación de un total de 20 balsas jaulas, de 30m de largo x

30m de ancho x 16 m de alto, implementadas con dispositivos flotantes de plástico, las

cuales se fondearan con cables de acero galvanizados y tensores unidos a un sistema

de anclaje.

Se aclara que existen dos posibilidades de estructuras (jaulas): jaulas cuadradas o

circulares, considerando que las condiciones operativas pueden variar con cada ciclo

productivo, el número y dimensiones cambian según sus características. En ambos

casos Mainstream Chile S.A, asegura el cumplimiento de Resolución Sernapesca N°

1449/2009 que “Establece medidas de manejo Sanitario por Área” del Ministerio de

Economía, Fomento y Reconstrucción; Subsecretaría de Pesca; Servicio Nacional de

Pesca y D.S 320/2001 y sus modificaciones en cuanto a lo indicado en el art 4. letra d),

quedando el decil más profundo siempre libre de estas estructuras.

Las balsas llegarán armadas al centro y la instalación de los fondeos y jaulas será

realizada por proveedores dedicados a esta actividad. Se aclara que existe la

posibilidad de armar las jaulas en sector de playa, siempre cumpliendo con la normativa

vigente ante la autoridad pertinente.

A fin de dar claridad a la Autoridad sobre los procedimientos relacionados con la

construcción e instalación de anclajes para el centro se indica que, los fondeo serán

adquiridos de una empresa autorizadas y la instalación, será efectuada por empresas

competentes.

Se indica además que, de acuerdo a lo indicado en el D.S Nº 397/09, el cual modifica el

D.S 320/01 “Reglamento ambiental para la Acuicultura”, el centro dispondrá de

módulos de cultivo y fondeo, los cuales presentaran condiciones de seguridad

apropiadas a las características geográficas y oceanográficas del sitio concesionado, a

fin de prevenir el escape o pérdida masiva de peces.

Respecto a la seguridad de los módulos de cultivo y fondeos, previo al inicio de ingreso

de peces, se dispondrá de una Memoria de Cálculo de Fondeo (MCF) en función de

antecedentes oceanográficos del sector.

Page 16: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

16

Tabla 9: Dimensiones, cantidad máxima y tipo de estructuras a instalar.

Item Proyecto Técnico

N° Balsas 20

Dimensiones 30 m de ancho * 30 m de largo

Alto: 16 m

Estructura Cuadradas

Tipo Metálicas

Las dimensiones y la cantidad de balsas jaulas, debido a las condiciones operativas,

pueden variar con cada ciclo productivo. Se garantiza el cumplimiento de Resolución

Sernapesca N° 1449/2009 que “Establece medidas de manejo Sanitario por Área” del

Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; Subsecretaría de Pesca; Servicio

Nacional de Pesca y D.S 320/2001 y sus modificaciones en cuanto a lo indicado en el

art 4. letra d), quedando el decil más profundo siempre libre de estas estructuras.

Redes

En el centro se utilizarán 3 tipos de redes: de cultivo, de protección ante depredadores

(lobo de mar) y escape/protección de peces (redes pajareras).

Redes Peceras: Las redes de cultivo serán confeccionadas, reparadas, transformadas,

lavadas y solo en caso de ser necesario impregnadas con pintura antifouling en un taller

autorizado. Actualmente no se trabaja con redes impregnadas, sin embargo no se

descarta la posibilidad de que a futuro pudiese utilizase esta alternativa. El cambio de

las redes será realizado por buzos, con el apoyo de barcazas especialmente equipadas y

de acuerdo a normativa vigente para buceo. Las redes de cultivo tendrán dimensiones

de 30mx30mx16m. La apertura de 1” y 2” dependiendo de la talla de los salmónidos,

se aclara que la apertura de red puede variar hasta 4” u otra dependiendo de las

necesidades operativas, especie a cultivar o nuevas tecnologías disponible en el

mercado.

Redes Loberas: Las unidades de cultivo serán envuelta por una red lobera que

protegerá las estructuras flotantes. Esta red tendrá una apertura de malla adecuada

para evitar que el depredador se enmalle y/o enrede, además de evitar que rompa la

red de cultivo y penetre a las balsas; cabos verticales y horizontales, gasas (orejas) en

todas intersecciones de cabo y embande del 7% por cada paño. Se tiene contemplado

una profundidad de 25 metros para el calado de las redes loberas, es decir 5 metros

más que las redes peceras, que en este proyecto presentan una profundidad de 16

metros, sin embargo acorde a necesidades operativas esto puede variar, sim embargo

en todo momento se da cumplimiento al artículo 4 d) del D.S. Nº 320 del 2001 y sus

modificaciones (RAMA).

Redes Pajareras: Las redes pajareras corresponderán a mallas que cubrirán la

totalidad del área superficial de las jaulas, de manera independiente, y cuya función

será evitar la depredación por aves y el escape de peces por acción del oleaje. Todas

Page 17: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

17

las redes mantienen un diámetro que evitan que las aves (pajareras) y mamíferos

marinos (loberas) se enmalle, cuidando la biodiversidad y conservación de las especies.

Los detalles referenciales de las redes de cultivo (pajarera, loberas y peceras) son

entregados en la Tabla 10.

Tabla 10: Especificaciones referenciales redes utilizadas en centro de cultivo.

Item Deniers Diámetro (mm)

Red Pecera de Engorda 210/144 1 – 2

Red Lobera 210/288 Hasta 10

Red Pajarera 210/72 Hasta 4

Las dimensiones de las redes pueden variar por ciclo productivo, en cuanto a la

forma y dimensiones de las estructuras. Por otro lado también puede variar la titulación

de las redes como forma de asegurar la resistencia de éstas. La apertura de redes,

puede ser de 2” a 4” u otra, como forma de evitar la depredación por aves y el escape

de peces por acción del oleaje, asegurando que las aves no se enmallen preservando la

biodiversidad del sector. Se asegura en todo momento el cumplimiento del D.S

320/2001 y sus modificaciones en cuanto a lo indicado en el art 4. letra d), quedando el

decil más profundo siempre libre de estas estructuras

Actualmente no se trabaja con redes impregnadas, en caso de ser necesario las redes

serán impregnadas en talleres que posean todos sus permisos ambientales vigentes, en

la Región de Magallanes u otra. Las redes se cambiarán para limpiarlas, lavarlas,

repararlas e impregnarlas con pintura anti-incrustante cuando la empresa estime

conveniente, acorde a su estado; acorde a normativa vigente.

Las redes removidas no serán acopiadas en el centro de cultivo, serán despachadas al

taller autorizado con su respectiva Guía de Despacho, ruta de navegación, certificado

sanitario de movimiento, quedando copia de estos documentos en el Centro de Cultivo,

acorde a normativa vigente.

Alternativamente se considera la posibilidad de realizar limpieza in-situ, acorde a

Reglamento Ambiental para la Acuicultura (D.S. N°320 de 2001) donde se establecen

las condiciones de limpieza y lavado de las redes de las artes de cultivos, tales como,

condiciones en que deben ser depositadas, tipo y requisitos de los envases, requisitos

en el transporte, etc. Respecto a la limpieza in situ, el reglamento fija los períodos de

limpieza según el sistema de limpieza utilizado.

Sistema de detección de alimento

Antes de iniciar la operación del centro, serán instalados sistemas de detección de

alimento. Bajo un concepto preventivo, el Titular optimizará el proceso de alimentación,

reduciendo al mínimo las perdidas por este concepto, resguardando la sustentabilidad

del sitio de emplazamiento. Por lo mismo, se activará durante el proceso de

Page 18: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

18

alimentación, un sistema de detección de alimento no ingerido. El porcentaje de pérdida

que presenta este sistema no debiera superar el 2%.

Plataforma Flotante

El artefacto naval está bajo Jurisdicción de la Armada, y cumplirá con la normativa

sectorial aplicable, está diseñado para el almacenamiento y distribución del alimento de

salmónidos y para la habitabilidad del personal que trabajará en el centro.8

Respecto a las instalaciones del artefacto naval se especifica las características de uno a

modo de ejemplo, dejando en claro que de no optar por este modelo, siempre se

utilizará uno que cumpla con la normativa ambiental vigente. Se adjunta en Anexo 5 las

Especificaciones Técnicas respectivas.

Se prevé, previa autorización de la Autoridad Marítima, que el pontón sea pintado de

colores en relación al entorno en el que se emplace, así como el diseño que se le

pretende dar que sea similar a una embarcación de modo que el observador en tierra o

a una distancia prudente al sector de la concesión asocie esta estructura a una

embarcación que navega por el área más que a algo estático o permanente, todo esto

con el fin de minimizar el contraste con el paisaje.

Se indica que la directiva de cumplimiento para los sistemas de tratamiento de aguas

servidas, es la Resolución DGTM ORD. N° 12.600/ 931 de diciembre de 2007. Por lo

anterior, se acreditará el correcto funcionamiento del sistema de tratamiento para

aguas servidas, con monitoreos semestrales del efluente generado. Los análisis deberán

incluir, a lo menos, los siguientes parámetros: Grasas y Aceites, Sólidos Sedimentables,

Sólidos Suspendidos Totales, pH, Coliformes Fecales, DBO5 y DQO.

Ensilaje de Mortalidad

El sistema de ensilaje corresponde a una estructura de acero, cerrada y cubierta con

planchas de zincalum. En la Figura 2 se observa sistema de ensilaje referencial.

Respecto de la estructura del Sistema de Ensilaje se adjunta en Anexo 5 plano general

del sistema de ensilaje y sus componentes. Sin embargo se indica que tanto la

plataforma como sus dimensiones pueden cambiar por ciclo productivo y que las

especificaciones técnicas son sólo referenciales.

Respecto de especificaciones técnicas se indica que:

Estanque triturador: Estanque de acero inoxidable 715 Lt.

Sistema de adición de ácido fórmico: Automático mediante bomba Finish-Thompson

Modelo EP-M54, flujo de 15 l/min.

Piping del sistema de ensilaje: HDPE PN 6 de 3” electrofusionado.

Bomba de recirculación: Bomba de 3”.

Estanque o silo de acopio de ensilado: Estanques en HDPE virgen con protección UV,

10 mm de espesor, capacidad para 20 m³.

8 Aprobado con RCA N°75/2007.

Page 19: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

19

Pretil de contención: Pretil de concreto con uniones metálicas de 50 cm. de alto por

10 cm. de ancho. Acorde a DS 78/2010.

Fuente de energía: Generador Diesel de 200 kVA.

Figura 2: Plataforma de ensilaje referencial.

a.5.2.- Emisiones y Residuos generados en la Etapa de Construcción.

La etapa de construcción considera emisiones provenientes de la combustión de los

motores de las embarcaciones, los cuales cumplirán con las normas de emisión

permitidas en la legislación chilena.

En la Fase de construcción, el Titular contratará los servicios de terceros, quienes se

ocuparán de entregar las balsas armadas para su posterior traslado al centro. Se aclara

que existe la posibilidad de armar las jaulas en sector de playa, siempre cumpliendo con

la normativa vigente ante la autoridad pertinente.

Las balsas y las estructuras flotantes contempladas en este proyecto arribarán a la

concesión pre-fabricadas y pre-armadas, y serán remolcadas por una embarcación que

ejecutará el fondeo en el área solicitada en concesión en el sector.

Por lo tanto, producto de esta actividad no se generarán residuos sólidos así como

tampoco líquidos en el área de concesión.

No obstante, cualquier material sobrante en la faena será retirado por la misma

empresa que desarrolle el fondeo, para cuyos efectos el Titular se hace responsable de

exigir el cumplimiento de la normativa ambiental no eximiéndose por ello de su

correspondiente responsabilidad. En caso de generarse residuos en playa, se asegura el

cumplimiento del DS N°320/01, respecto de la limpieza borde costero.

Page 20: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

20

Tabla 11: Emisiones Etapa de Construcción

Tipo de

Emisión Origen Destino Forma de Abatimiento

Gases

Combustión

motores

fuera de

borda

Atmosfera

Se exigirá al proveedor que ejecute una

mantención de sus embarcaciones acorde a

instrucciones del fabricante para reducir al

mínimo las emisiones de gases.

Ruido

Combustión

motores

fuera de

borda

Atmosfera

Se exigirá al proveedor que ejecute una

mantención de sus embarcaciones acorde a

instrucciones del fabricante para reducir al

mínimo las emisiones de ruidos.

Líquidos No aplica No aplica No aplica

Solidos No aplica No aplica No aplica

A.6.-Descripción Fase de Operación.

La Fase de operación corresponde a la Engorda y Cosecha del recurso cultivado. No se

considera periodo de prueba o puesta en marcha. Las partes comprendidas

corresponden a las estructuras descritas en la Fase de construcción y las acciones

asociadas se detallan en esta sección.

Tabla 12: Inicio y Termino Etapa Operación.

Fecha de Inicio Fecha Termino

diciembre 2016 Cosecha del segundo semestre del año 2041.

La fecha estimada de inicio de operación corresponde a primer semestre del 2015, sin

embargo está condicionada a la obtención de las autorizaciones pertinentes y al término

de la etapa de construcción.

La acción que establece el inicio de la etapa de operación corresponde al ingreso de

peces al centro. La mano de obra requerida durante su ejecución se describe en Tabla

N°5.

El proyecto no contempla actividades de mantención y conservación, diferentes a las

descritas en el presente documento.

No se extraerá o explotará recursos naturales renovables. No se utilizarán productos

químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente

Page 21: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

21

Tabla 13: Cronograma Estimativo de Actividades Etapa Operación.

MES

Ingreso

de

Peces

Alimentación Cambio de

Redes

Extracción y

manejo de

mortalidad

Mantención

de motores Cosecha

4 x

5 x x

x x

6

x

x x

7

x

x x

8

x

x x

9

x

x x

10

x

x x

11

x

x x

12

x

x x

13

x

x x

14

x

x x

15

x

x x

16

x x x x

17

x

x x

18

x

x x

19

x

x x

20

x

x x

21

x

x x

22

x

x x

23

x

x x x

A.6.1.- Actividades desarrolladas en Etapa de Producción.

La etapa de operación, producción o cultivo es la más intensiva y de mayor

actividad en el centro. El período productivo del centro comprende un máximo de 21 a

23 meses.

Ingreso de peces.

Se ingresará una cantidad determinada de smolts, con un peso promedio que puede

llegar a los 0,150 kg. Estos serán transportados desde pisciculturas autorizadas

cumpliendo con la normativa vigente.

Suministro de Alimento a peces.

El alimento llega al pontón en maxi sacos, que son inmediatamente retirados por la

empresa Proveedora del Alimento, por lo que no generan residuos por esta vía. El

alimento se almacenara en compartimento especial del artefacto naval. Se puede

utilizar éstos u otros formatos de embalaje de alimento, que pueden variar durante y

por ciclo productivo, sin embargo independiente de esto serán reciclados y/o

reutilizados, por lo que no se generarán residuos por esta vía.

Page 22: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

22

Los peces serán alimentados diariamente, desde el artefacto naval en forma

automática, es decir controlados por operadores desde computadoras. La dieta será

suministrada utilizando la técnica de micro-raciones, que consiste en abastecer de

alimento a los peces en pequeñas raciones hasta la saciedad, reduciendo las pérdidas

de alimento al medio, como parte de la gestión permanente. Esta técnica también

considera monitorear durante el proceso de alimentación, para asegurarse la no perdida

de alimento al medio. Se indica además que la técnica de alimentación puede ir

variando según las tendencias y tecnologías disponibles en el mercado.

Monitoreo de Eficiencia de Alimentación

Se instalarán sistemas de detección de alimento, se usarán cámaras submarinas dentro

de la jaula de cultivo, cuyas imágenes capturadas son desplegadas en el puente del

pontón, lo que actualmente permite al personal reducir significativamente las pérdidas

de alimento. Si a futuro existen innovaciones tecnológicas al respecto se evaluará su

implementación.

Tratamiento de la Mortalidad

Según establece la autoridad competente, el Tratamiento de la Mortalidad debe

ejecutarse mediante un Sistema de Ensilaje, que consiste en el procedimiento de

transformación de la mortalidad mediante una molienda y adición de ácido fórmico

hasta reducir y mantener un pH igual o menor de 4, en una mezcla homogénea. Este

sistema permite un manejo sanitario de la mortalidad, transformándola en una materia

inocua libre de bacterias y virus, debido a que la adición del ácido fórmico, por lo que

no produce olor.

El manejo de mortalidad presenta las siguientes etapas:

Recolección de mortalidad se realizará diariamente mediante buceo semi-autónomo

jaula a jaula, utilizando un chinguillo de red con arco metálico o sistemas de recolección

automáticos. Se agrega como antecedente la posibilidad de usar sistema Lift up para la

extracción de mortalidad. Se aclara que esta tecnología no es nociva para los peces ni

para el medio ambiente. También se considerará nuevas tecnologías disponible en el

mercado.

Una vez cuantificados y clasificados según la causa de muerte por apariencia y estado,

se dispondrá en contenedores de 60 L u otro, los cuales en su interior poseen doble

bolsa plástica para evitar escurrimientos y tapa hermética. Luego, los recipientes donde

se contiene la mortalidad serán transportados desde el módulo hasta la plataforma de

ensilaje, en lo posible, inmediatamente al terminar la recolección de mortalidad,

reduciendo de esta manera el tiempo de acopio en módulos. Este traslado, será

realizado por personal capacitado, adoptando todas las medidas preventivas y de

seguridad. Se asegura en todo momento el adecuado transporte de mortalidad con

todas las medidas de seguridad adecuada para el no escurrimiento de ningún tipo de

residuo.

Tratamiento de mortalidad en sistema de ensilaje: Los antecedentes técnicos del

Sistema de Ensilaje se adjuntan en Anexo 5. Respecto de la Capacidad Sistema de

Page 23: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

23

Plataforma de Ensilaje el titular señala que la cantidad de mortalidad (kg.) que se

generará en un ciclo productivo es del orden del 15% de la producción total por ciclo,

como máximo, en un ciclo productivo, la biomasa máxima generada para este centro es

de 3.750 toneladas, la mortalidad total será de aproximadamente 720 Ton. Para este

cálculo se considera un ciclo productivo de 23 meses. Si consideramos el ácido fórmico

adicionado, se estima que se generan 741 Ton/ciclo de pasta ensilada.

El Silo tiene una capacidad de 20 m3. Por otro lado, según las tablas indicadas por un

proveedor tipo de ácido fórmico para 500 kilos de mortalidad se usan aproximadamente

14,6 litros de ácido fórmico tamponado. Es importante mencionar que este nivel de

mortalidad, y la utilización de ácido fórmico, son algo referencial, los cálculos que se

presentan son en el peor escenario y acorde a productos disponibles en el mercado

actualmente. Asumiendo un 15% de mortalidad se presenta una estimación teórica de

la frecuencia de retiro de ensilado (Tabla 14).

Tabla 14: Estimación teórica de frecuencia de retiro de mortalidad ensilada.

Mes

Mortalidad

mensual

(Kg=Lt)

Acido

Fórmico

32 Lt/

1000 kg

Volumen

total (Lt)

N° Retiros

Ensilaje/mes

1 2.301 67 2.368 0

2 3.475 101 3.577 0

3 4.101 120 4.221 0

4 4.839 141 4.980 0

5 5.710 167 5.877 0

6 6.738 197 6.935 0

7 7.951 232 8.183 0

8 9.382 274 9.656 0

9 11.070 323 11.393 0

10 13.063 381 13.444 1

11 15.414 450 15.864 0

12 18.188 531 18.719 0

13 21.462 627 22.089 0

14 25.325 739 26.064 1

15 29.883 873 30.756 1

16 35.262 1.030 36.292 1

17 41.609 1.215 42.824 1

18 49.098 1.434 50.532 1

19 57.935 1.692 59.627 1

20 68.363 1.996 70.359 2

21 80.668 2.355 83.023 2

22 95.187 2.779 97.967 2

23 112.320 3.280 115.600 2

Total 719.343 21.005 740.347 15

Promedio

/mes 31276 913 32189 0,7

Page 24: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

24

Resumen estimado de mortalidad generada:

- Mortalidades por ciclo (23 meses): 719,343 Ton

- Mortalidades por mes (promedio) 31,276 Ton

- Mortalidades por día (promedio) 1 Ton

Una vez que la mortalidad ha llegado a la zona de ensilado, se deben seguir las

instrucciones detalladas en Manual de Manejo de Mortalidad con Ensilaje (Anexo 6).

En relación a la capacidad de operación del sistema de ensilaje para soportar la carga

de mortalidades diarias generadas en el centro, no existirá ningún inconveniente; ya

que, el estanque triturador tiene una capacidad de proceso de 60 Kg en un tiempo de

15 a 30 min. Al agregar 60 Kg de mortalidad a triturar y un tiempo promedio de

molienda de 30 minutos, tenemos que por ejemplo 500 Kg de mortalidad, que se

podrían generar al día en el centro de cultivo al finalizar el ciclo, se triturarán y

trasvasijarán al silo en un tiempo aproximado que no tomará más allá de 5 horas

diarias.

Referente a las mortalidades masivas, el titular actuará bajo normativa vigente. Se

estima que el centro tendrá la capacidad de procesar y/o disponer el 100% de la

Mortalidad del centro, en caso de presentarse una contingencia de esta magnitud. Los

silos de depósito de ensilaje se transportan a una planta de reciclaje especializada y

que cuenta con todos los permisos sanitarios necesarios para su funcionamiento. En

Anexo 6 se adjunta Plan del Transporte que realiza la empresa encargada del retiro de

la mortalidad. En caso de contingencias, se tomará acción de acuerdo al plan de

mortalidades masivas (Anexo 6).

Respecto a la frecuencia de retiro del ensilado, el titular aclara que dependerá de la

capacidad utilizada del estanque, como estrategia preventiva se coordinará el retiro

cuando el estanque alcance un 70 % de su capacidad, lo que dependerá de la

mortalidad generada (Tabla 14).

Una vez finalizado el traspaso del ensilaje al estanque de almacenamiento se deberá

desinfectar, los recipientes de transporte de mortalidad para ser llevados a los módulos.

La pasta ensilada será derivada a empresas autorizadas.

El titular señala que no existirá acopio de mortalidad y en el caso que no existan

instalaciones en la región, se dispondrá la mortalidad generada del centro a terceros

autorizados

Tratamientos Terapéuticos y Sanitarios.

Se adjunta en Anexo 6 Procedimiento de Manejo Sanitario. Para el tratamiento de

patologías sólo serán utilizados productos terapéuticos permitidos por el SAG y

SERNAPESCA. La administración y dosificación de los medicamentos se encuentra

sujeta a las condiciones ictiosanitarias, las cuales dependerán de factores como calidad

Page 25: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

25

genética, densidad máxima de cultivo, calidad y método de alimentación y temperatura

de la columna de agua.

Transporte

Los traslados de peces vivos cualquiera sea su destino, material patológico o material

de alto riesgo, alimentos, equipos y materiales que se utilicen directamente en las

actividades de cultivo y transporte, se realizarán cumpliendo lo que indica la Resolución

Nº 64 de 2003, del Servicio Nacional de Pesca, Programa Sanitario General de

procedimientos de Transporte, reglamento que tiene como objetivo establecer los

requisitos mínimos y procedimientos sanitarios aplicables al transporte, tendientes a

prevenir la diseminación de agentes patógenos.

En el centro se mantendrá un registro o bitácora de todos los traslados de insumos que

se realicen. Todo medio de transporte contará con un certificado de desinfección previo

al transporte. El proceso de desinfección se deberá realizar en base a lo dispuesto en el

Programa Sanitario General de Limpieza y Desinfección.

En caso de traslado de peces vivos, estos serán sometidos a un ayuno previo y se

establecerán procedimientos estandarizados indicando características específicas como

especie, temperaturas, distancias, entre otras. Siempre se realizará transporte de peces

sanos, lo cual deberá estar certificado por un Médico Veterinario responsable del centro.

Cosecha

En la medida que los peces alcancen un peso promedio aproximado de 5 Kg serán

cosechados, para lo cual se detendrá la alimentación y se procederá a la faena de

cosecha por embarcaciones tipo ICE TANK o wellboat, se contratará los servicios de

terceros. Se aclara que en la actualidad existen otras tecnologías que son amigables

con el medio ambiente como Iceboats, entre otros, por lo anterior, se asegura que la

cosecha de peces se realizará de acuerdo a las tecnologías de cosechas vigentes y

disponibles en el mercado, cumpliendo siempre con la normativa ambiental.

Los peces vivos al centro de acopio (vivero). Luego los peces serán descargados desde

los estancos del Wellboat por medio de una tubería directo a una jaula previamente

coordinada. En este centro de acopio los peces no pasarán más de 5 días antes de su

ingreso a Planta de Proceso. En el centro de acopio se le entregará al encargado toda la

documentación de traslado desde el centro de cultivo. El titular se compromete a

trasladar a sus peces a plantas autorizadas. En casos de emergencia la cosecha se

podrá efectuar por el método Tradicional.

Los traslados se realizarán en base a lo establecido en la Resolución Nº 64 del año 2003

por el Servicio Nacional de Pesca u otra que la reemplace, “Programa Sanitario General

de procedimientos de Transporte”, reglamento que tiene como objetivo establecer los

requisitos mínimos y procedimientos sanitarios aplicables al transporte, tendientes a

prevenir la diseminación. El titular mantendrá registros de cosecha y traslado

respectivamente.

Page 26: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

26

Manejo y Transporte de Redes

El Cambio de Redes se realizaría en forma semestral para las redes de las jaulas y

anualmente para las redes loberas. No obstante, el cambio y lavado de redes puede ser

adelantado o atrasado, dependiendo del estado de agentes incrustantes de las mismas.

Las redes que sean reemplazadas, serán estibadas en una embarcación que las

llevarán hasta el taller para su servicio y mantención. Se cumplirán las disposiciones del

D. S. 320/01 y sus modificaciones.

Las redes listas para despacho han sido desinfectadas durante el proceso de

mantención, según los protocolos de desinfección implementados por cada taller de

redes. Este despacho debe ser realizado en camiones limpios y desinfectados, para lo

cual el taller de redes debe solicitar a la empresa transportista el certificado de

desinfección, previo a la carga de redes. El despacho ira acompañado de la respectiva

guía.

El transporte entre taller de redes y puerto, se realizara en camiones planos

desinfectados. Este proceso será realizado en coordinación con la operación de carga a

los barcos, a fin de evitar el acopio de redes limpias en los puertos donde existe riesgo

de contaminación.

La recepción de redes limpias en puerto se realizara sobre los camiones, donde

previo a su carga al barco o barcaza encargada del cabotaje marítimo se verificará que

no haya existido alguna contaminación durante el proceso de mantención en el taller de

redes. El titular cumplirá las disposiciones realizadas al D.S. N° 320 del 14 de Diciembre

de 2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (MINECOM),

Reglamento Ambiental para la Acuicultura, que incorporó nuevos deberes y/u

obligaciones a las empresas productoras y de servicios, en especial en lo referente al

transporte de redes de cultivo, señalando que “El transporte marítimo, fluvial y

lacustre de las artes de cultivo deberán realizarse en contenedores que impidan el

escurrimiento de líquidos o desprendimiento de material”.

Almacenaje de Sustancias Peligrosas

El almacenaje será según las disposiciones del DS 78/2010 que aprueba el “Reglamento

de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. Las sustancias peligrosas solo se

almacenarán en lugares especiales que se señalan en D.S. 78/2010, acorde a su

cantidad, clase y división de peligrosidad según NCh 382 .Of 2004 o la que la sustituya

y estarán contenidas en envases debidamente etiquetados, diseñados de forma que

impidan las pérdidas de contenido; son adecuados para su conservación de material

químicamente compatible con la sustancia, de difícil ruptura y que minimice eventuales

accidentes. En este caso el ácido fórmico se dispone en la plataforma de ensilaje,

mediante estanques de 60 Lt, que se conecta directamente al sistema de ensilaje.

La rotulación de los estanques será visible a una distancia de 10 m y no será menor a

50 cm por lado. DS 78 2010, Art 73 establece que los líquidos que se almacenen en

Page 27: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

27

estanques fijos superficial deberán contar con un sistema de control de derrames,

consistente en un depósito de contención de capacidad equivalente a 1,1 veces el

volumen del estanque. En este caso, los estanques IBC o en su defecto estanques de 60

Lt se almacenan dentro de un sistema de control antiderrame, el cual tiene una

capacidad de contención igual a 1.1 veces el volumen del estanque.

El destino final del ácido fórmico es la mezcla de ensilaje, que será retirado por

empresa autorizada. Respecto de los contenedores de Ácido Fórmico solo se trabajará

con proveedores autorizados.

Los contenedores de residuos peligrosos cumplirán con las disposiciones siguientes:

- Tendrán un espesor adecuado y estarán construidos con materiales que serán

resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones.

- Estarán diseñados para ser capaces de resistir esfuerzos producidos durante su

manipulación, así como durante la carga y descarga, además del traslado de los

residuos, garantizando en todo momento que no serán derramados.

- Estarán en todo momento en buenas condiciones, y se reemplazaran los

contenedores que muestren deterioro de su capacidad de contención.

- Estarán rotulados indicando en forma clara y visible las características de su

peligrosidad de acuerdo a la Norma Chilena NCH 2.190 Of 93, en el proceso en

que se originó el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en

el sitio de almacenamiento.

El titular reitera que cumplirá con todas las disposiciones del DS 78/2010, que apliquen

a la actividad.

Actividades de Mantención.

Mantención de Motores y Generador.

El manejo de residuos se efectuará cumpliendo el D.S. MINSAL 148/2003. Producto de

la utilización de lubricantes para motores, se generarán residuos en bajas cantidades,

las que serán manejados y dispuestos acorde a Plan de Manejo de Residuos, adjunto en

adjunto en Anexo 7.

Alternativamente a la mantención interna nción de motores y generador, se podrá

contratará a una empresa externa, se le exigirá al proveedor que los residuos

generados del proceso de mantención sean manejados según normativa vigente (D.S.

MINSAL 148/03 y DS 78/2010) y entregados a una empresa autorizada para el

tratamiento de este tipo de residuos. El transporte de residuos se documentará con

doble guía.

Descanso y Desinfección

Respecto de los periodos de descanso, se indica que una vez finalizada la cosecha, se

efectuará el descanso sanitario establecido por la autoridad. Durante ese período se

Page 28: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

28

desarrollará el aseo, desinfección y mantención del centro; referido básicamente a una

mantención general de las estructuras instaladas, siguiendo las disposiciones del D. S.

N º 320/01. Las redes, serán derivadas al taller de redes autorizado con RCA para su

mantención.

El titular adjunta el Manual de Limpieza Lavado y Desinfección donde se describe

detalladamente el proceso de LLD por aspersión y la no generación de Riles. Además se

adjunta autorización de la Autoridad Marítima al respectivo Plan (Anexo 7)

El titular adjunta el Manual de Limpieza Lavado y Desinfección donde se describe

detalladamente el proceso de LLD y donde está establecido el mantenimiento de una

bitácora para el sistema de ensilaje donde se registran diariamente las actividades

solicitadas por la autoridad.

Monitoreos Ambientales

Se realizarán los monitoreos ambientales indicados por la autoridad según el calendario

que corresponda de acuerdo a su ciclo productivo.

Limpieza del Borde Costero.

La limpieza del borde costero se realizará se realizará según el plan de limpieza de

playas adjunto en el Anexo 6 y será verificable a través de su registro (Anexo 6).

A.6.2.- Insumos requeridos en Etapa de Operación.

Alimento para salmones

El alimento será del tipo extruido, de alta digestibilidad y de alto valor nutricional, con

variaciones dependiendo del fabricante.

El alimento utilizado será de alta energía, extruido, compuesto por un 22-30% de

lípidos y un 40-45 % de proteína principalmente, dependiendo de la etapa de

crecimiento de los peces. Actualmente esta dieta produce una tasa de crecimiento

considerablemente mayor que la dieta de baja energía y genera un Factor Relativo de

Conversión (FCR) menor. Sin embargo, considerando la vida útil del proyecto y los

avances en la investigación de la industria alimentaria, siempre se optará por los

productos que aumenten la eficiencia de la alimentación.

Acido Fórmico

Se adjunta, en anexo 7, procedimiento de Manejo y traslado de Químicos. La mezcla

de ácido fórmico utilizada tradicionalmente es de 3 a 3,5% (3 a 3,5 Lt de ácido por 100

kg de pescado). El cálculo de kilos se obtendrá multiplicando el número de peces

muertos con peso promedio del centro. Como recomendación se puede calcular el peso

de un tacho de mortalidad de 60 Lt y así determinar el cálculo final en terreno. El ácido

es vertido mediante una bomba automática.

Page 29: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

29

El transporte de ácido fórmico se realizará de acuerdo a la normativa vigente. Los

recipientes para almacenar el ácido fórmico serán de 60 litros.

Desinfectantes y Detergentes.

El Titular solo utilizará los detergentes y desinfectantes autorizados por la Dirección

General del Territorio Marítimo y Marina Mercante.

No se efectuarán descargas al mar bajo ninguna circunstancia, aun cuando el producto

se encuentre inactivado. El desinfectante será mantenido en envases originales,

acondicionados e instalados en un lugar seguro debidamente rotulado.

El desinfectante no será vertido al medio acuático. En Anexo 7 se presenta Manual de

Higiene y Desinfección. Además, independiente de los antecedentes proporcionados en

la DIA, antes de la ejecución del proyecto se presentará ante la autoridad competente

de la jurisdicción donde se encuentra el centro, un plan de contingencia en caso de

contaminación por hidrocarburos y sustancias nocivas líquidas contaminantes o que

sean susceptibles de contaminar, con todas las modificaciones correspondientes, en

conformidad a la Circular de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina

Mercante Ordinario A-53/002.

Combustibles y Lubricantes.

Se mantendrá una cantidad mínima de combustible (menor a 250 l) conservado en la

plataforma de combustible, para el funcionamiento de las embarcaciones menores del

centro de cultivo. Su abastecimiento dependerá de la actividad y demanda del centro.

Tanto el uso como la mantención de los combustibles se harán de acuerdo a lo

estipulado en la normativa asociada.

Por otro lado, el transporte de combustibles sólo se realizará en estanques aprobados

por la Autoridad Competente de acuerdo a los considerados establecidos en la Res.

DGTM y MM ORD. Nº 12.600/2545 de fecha 28 de octubre de 2002.

Los lubricantes serán manejados acorde a Plan de Manejo de Residuos, adjunto en

Anexo 7.

Insumos Personal y Habitabilidad.

Los suministros básicos a requerir por el personal del centro corresponden a: agua,

energía, alimentación, transporte y servicios higiénicos; los cuales serán suministrados

en la plataforma flotante, cuyas especificaciones se adjuntaron en Anexo 5.

El artefacto naval contará con equipos electrógenos, acorde a su capacidad. Todos los

generadores contarán con un gabinete para aislamiento acústico.

La fuente de abastecimiento de agua potable provendrá de la red pública desde el

centro urbano más próximo, Puerto Natales o Punta Arenas, la que será suministrada

en una cantidad necesaria para cumplir con el requerimiento de la normativa.

Page 30: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

30

El agua potable para lavado será cargada en recipientes especialmente destinados

para estos fines y transportada por embarcaciones de logística de la empresa al pontón.

A su vez, el abastecimiento de agua potable para beber será a través de proveedores

comerciales, garantizando su calidad, pudiendo eventualmente abastecerse con una

planta desalinizadora.

La frecuencia de abastecimiento será determinada para dar cumplimiento a lo indicado

en el Art. 14 del D.S. Nº 594/99 sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en

los Lugares de Trabajo. Una vez operando el centro de cultivo el titular no descarta la

opción de utilizar agua dulce cercana al emplazamiento del proyecto, en tal caso se

solicitaran los permisos de aprovechamiento correspondientes a la Dirección General de

Aguas para cumplir con la normativa correspondiente.

Se señala expresamente que: en caso de utilizar como fuente de agua dulce una red de

agua potable rural o alguna fuente natural, se presentarán todas las autorizaciones,

permisos correspondientes y/o derechos comprometidos antes de utilizar dicha fuente

de abastecimiento de agua.

Los servicios higiénicos del pontón habitable contarán con una Planta de tratamiento,

En Anexo 5 se adjunta Manual de Instalación y funcionamiento. Dicha planta cuenta con

un certificado de homologación (Anexo 5) y cumple con normativa vigente.

A.6.3.- Emisiones y Residuos generados en Etapa de Operación.

a.6.3.1.- Emisiones a la atmósfera

Las emisiones a la atmosfera corresponden a Gases y Ruido. Los gases que se

generarán producto de la combustión, tanto en los generadores, como en los motores

fuera de borda. La emisión de motores fuera de borda tendrá una duración de 8 h.

diarias, pero de forma intermitente, mientras que la de los generadores será una fuente

fija, pero de manera eventual y discontinua. Se tendrá especial cuidado en la

mantención de estos equipos para mantener la eficiencia de consumo y así permitir una

combustión optima (minimizando la cantidad de gases emitidos).

Se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipos, con la finalidad de

mantener la eficiencia de consumo y permitir una combustión óptima en los motores

para producir la mínima cantidad de gases y/o residuos, tanto en los generadores como

en los motores fuera de borda.

Las emisiones de ruido provienen fundamentalmente de los motores fuera de borda,

los generadores y el sistema de alimentación de peces. Al interior del pontón o artefacto

naval se dará cumplimiento Art. 74 del D. S. N° 594/99, respecto de las emisiones de

ruido y los trabajadores contarán con protecciones auditivas, en caso de ser necesario.

Las emisiones de ruido del sistema de alimentación ocurren durante unas pocas horas,

y se debe principalmente al contacto de los pellets con las paredes de los tubos de

alimentación, siendo un ruido escasamente detectable a unos 50 m. de distancia de la

fuente de emisión. El sector donde se emplazará la unidad emisora de ruido, i.e.

Page 31: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

31

generador de electricidad, se ubicará en un área aislada del artefacto naval en el sector

de proa. La oficina del pontón está en popa y en primera cubierta, por lo cual no hay

exposición ocupacional al ruido.

Se puede deducir de esta evaluación, que los puntos de mayor NPS (NIVEL PRESIÓN

SONORA), se producen al interior del pontón, los estancos permiten reducir el NPS a

74,2 en lado embarque, es decir, el ruido que se percibe en el exterior, y este nivel no

tiene efecto dañino según el DS 594. Además en ningún caso se exceden los valores

permitidos de permanecía de exposición. El titular como complemento a lo descrito

anteriormente, presenta resultados de una caracterización del ruido, en pontón de

similares características, que arrojó los siguientes resultados:

Tabla 15: Caracterización de Ruido.

Pontón

Puesto o

área de

trabajo

Permanencia

(Horas)

NPS

Max.dB(A)

NPS

Min.dB(A)

Leq.dB(A)

Puente Pontón

Monitores(PC) Asistente

3 - 4

Intermitente 88,8 59,3 76,4

Puente área de

mesa de trabajo Asistente

3- 4

Intermitente 75,8 61,3 68,3

Zona embarque General 0.3 – 0.5

Intermitente 90,1 71,6 74,2

Sala de

Máquina

Grupo

electrógeno

0.3 – 0.4

Intermitente 120,4 109,7 115,7

Cubierta Zona

Generador

0.3 – 0.4

Intermitente 90,1 107,1 101,9

a.6.3.2.- Residuos Solidos

Los Residuos Sólidos corresponden a Mortalidad, Residuos domiciliarios, Residuos

generados en el pontón, Residuos generados durante el ensilaje y alimento no

consumido y fecas.

Mortalidad

Por ciclo productivo se generarán 720 Ton de Mortalidad. El destino de la mortalidad en

el Sistema de Ensilaje instalado en el centro. Se estima que el centro tendrá la

capacidad de procesar y almacenar de manera normal la mortalidad generada,

garantizando el normal funcionamiento del sistema de ensilaje, funcionamiento, equipos

e insumos que se utilizarán en el proceso. Se estima una mortalidad total de un 15 %

en un ciclo productivo. La mortalidad mensual se presentó en TABLA 13.

Residuos generados durante el ensilaje.

Al sistema de ensilajes ingresarán 720 Ton de Mortalidad, las que serán retiradas por

un proveedor autorizado. La pasta ensilada será derivada a terceros autorizados para su

utilización.

Page 32: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

32

Por otro lado también se generarán envases de ácido fórmico de 60 lts, los que serán

devueltos al proveedor para reciclaje, reutilización y/o disposición final. Mensualmente

se utilizan 4 a 5 envases, lo que variará según el porcentaje de mortalidad.

Como residuos sólidos del proceso de ensilaje, se generarán las bolsas que se utilizaron

para el transporte de mortalidad; estas serán acopiadas en un bins con doble bolsa y

tapa. Cada vez que se dispongan bolsas en este contenedor, se deberán desinfectar con

una bomba aspersora. Una vez lleno este bins se despacha su contenido como residuo

industrial sólido del centro, y se deja un registro de este despacho señalando la

desinfección de estas bolsas.

Residuos generados en el pontón

Los residuos generados en el pontón, son aquellos provenientes de los equipos

electrógenos, motores fuera de borda, así mismo los residuos de lubricantes, huaipes,

filtros de aceite, baterías de plomo ácido, pilas, agua empetrolada, entre otros. Durante

la operación se generarán residuos considerados peligrosos, tales como, pilas,

cartridges, tonners, tubos fluorescentes, lubricantes, entre otros, en general artículos

que se utilizan en la oficina. La disposición final de estos elementos se gestionará a

acorde a Plan de Manejo de Residuos, adjunto en Anexo 7.

Residuos domiciliarios

El residuo domiciliario o Basura (definida en el Art. 27° del “Reglamento para el Control

de la Contaminación Acuática” como toda clase de restos de comida, así como residuos

resultantes de las faenas domésticas y trabajos rutinarios del artefacto naval, en

condiciones normales de servicio) que se produzca será manejado acorde a plan de

Manejo de Residuos, adjunto en Anexo 7.

Se estima un total de 11.088 Kg por ciclo, los cuales serán almacenados en tacho

hermético y su destino final será un vertedero autorizado.

Alimento no consumido y fecas

La cantidad de alimento sedimentable, depende de varios factores tales como; vector y

velocidad de la corriente, profundidad de la columna de agua (Folke y Kautsky, 19899;

Gowen y Bradbury, 1987i10; Wiesmann, et. al. 198811i), además de las características

físicas del alimento utilizado (Yrong-Song et. al. 199912) y del tiempo de residencia en el

agua de mar (Stewart y Grant 2002)13.

9 Folke, C. and Kautsky, N. 1989. The role of Ecosystems for a Sustainable Development of aquaculture. AMBIO 18 (4): 243. 10 Gowen, R.J. and Braudbury, N.B. 1987. The ecologycal impact of Salmonid Farming in coastal Waters: A Review. Oceanogr. Mar. Biol. Ann Rev., (25) 563-575. 11 Wiesmann, D.; Scheid, H. , and Pfeffer, E. 1988. Water Pollution whith phosphorous of dietary Origin by Intensively Fed Rainbow Trout (Salmo gairdneri Rich). Aquaculture (69): 263-270. 12 Yrong-Song Chen, M., C.M, Beveridge and T.Telfer 1999. Physical characteristics of commercial pelleted Atlantic salmon feeds and consideration of implications for modeling of waste disperdion through sedimentation. Aquaculture International, Volume 7, N°2. 13 Stewart A.R.J and Grant. J. 2002. Disaggregation rates of extruded salmon feed pelets: influence of physical and biological variables. Aquaculture research , Volume 33 page 799.

Page 33: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

33

Según revisión bibliográfica efectuada Philips (1986)14 determinó que la pérdida de

alimento al fondo marino varía en un rango de 5% a un 40% del total de alimento

suministrado. Esta variación dependería de las corrientes, profundidad y grado de

exposición del lugar, así como de la especie, cepa o grupo, calidad del alimento y por

sobre todo del método de alimentación.

Posteriormente en estudio realizado por González (1997)15, la pérdida de alimento

representaría un 80% de los sólidos sedimentados bajo la balsa-jaula. Si consideramos

que se proyecta alcanzar un factor de conversión biológica de 1.25 al 5to ciclo

productivo, entonces un 20% del alimento se perdería como fecas y/o alimento. En los

últimos años sin embargo, se han realizado importantes avances en relación a la

digestibilidad del alimento, alcanzando valores cercanos e incluso superiores al 90%

(Gillbrand et al. 2009)16.

Considerando el desarrollo de la industria alimenticia en los últimos años, traducido en

un aumento de la digestibilidad del alimento y otras mejoras, se estima que

aproximadamente el 5 % del alimento es eliminado como producto fecal. Por otro

lado, el desarrollo de tecnología asociado a los sistemas de alimentación ha reducido

significativamente la perdida por concepto de alimento no consumido, estimándose

como concepto preventivo y como máximo aproximadamente un 2 %. Según

los proveedores de alimentadores automáticos la pérdida de alimento no

debiera ser mayor al 1% del total de alimento entregado siempre que se utilice

bajo las recomendaciones del fabricante.

Tabla 16: Cuantificación de Residuos Sólidos Etapa Construcción.

Ampliado

Año 5

Volumen de

los residuos

Ton / Ciclo

Tipo de manejo

de los residuos

generados

Destino de los residuos

generados

Mortalidad 720 Ensilaje

Planta de Harina y Aceite o

Vertedero autorizado más

próximo según corresponda.

En caso de que por alguna

circunstancia no prevista se

requiera de hacer uso de un

almacenamiento temporal, se

solicitará la autorización sanitaria

respectiva.

14 Phillips M. & M. Berverdge 1986. Cages and the effect on water condition. Fish Farmer. 9: 17-19 15 González H., Aguilera A., Asencio G., Ortiz V.& Brown A. 1997. Investigación de los Sedimentos aportados por el cultivo de Salmón en Balsas-Jaulas. 67pp 16 Gillbrand PA, Gubbins MJ, Greathead C, Davies IM. 2002. Scottish executive locational guidelines for fish farming: Predicted levels of nutrient enhancement and benthic impact. Scottish Fisheries Research Report 63/2002. Aberdeen: Fisheries Research Services. 52 pp.

Page 34: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

34

Alimento

entregado no

consumido

Ton /Ciclo

productivo

120 Soluciones

tecnológicas

para optimizar la

eficiencia de la

alimentación.

Al fondo marino bajo la jaula por

sedimentación, transporte por

corrientes y potencial consumo

por fauna acompañante y otros

peces.

Fecas

Ton /Ciclo

productivo

294

Residuos

domiciliarios 11 Contenedores

Reciclaje, reutilización o

disposición final autorizada en

vertedero.

A.6.3.3.- Residuos líquidos

Durante la Etapa de operación del proyecto se generarán los siguientes residuos

líquidos:

Residuos líquidos pontón.

El astillero que fabrica el artefacto naval coordina todas las inspecciones de

construcción y entrega ante la autoridad marítima, y se responsabiliza por el

cumplimiento de las normas que esta última indique.

El tipo de caudal generado corresponde a residuos domiciliarios domésticos cuyas

características típicas son (Zaror 1998)17:

Tabla 17: Caracterización residuos domiciliarios domésticos.

Composición Tasa de Generación Tipo

(g/hab/dia)

DBO 5 18-50

DQC 40 - 115

Sólidos suspendidos 18 - 50

Fósforo 0.4 - 2

Grasas 10 - 25

Nitrógeno total 5 - 13

La evacuación será inmediatamente bajo el artefacto naval, al interior de la concesión.

El titular dará cumplimiento íntegro a la Res. DGTM. y MM. Ord. N° 12600/931 VRS que

dispone las exigencias técnicas ambientales de las prescripciones técnicas operativas

para la aprobación de sistemas de tratamiento de aguas sucias en buques y artefactos

navales, en conformidad con lo dispuesto en Título II, Capítulo 5° del Reglamento.

En Anexo 5 se presentan las especificaciones técnicas de artefacto naval, considerando

la planta de tratamiento de aguas sucias. El titular efectuará aquellos monitoreos de

17

Zaror (1998) Introducción a la Ingeniería Ambiental, Proyecto de desarrollo a la docencia (Universidad de Concepción).

Page 35: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

35

autocontrol del efluente de las plantas de tratamiento requeridos por la Autoridad

Marítima.

Al considerar la dotación de agua establecida en el Artículo 14 del D.S. Nº 594/1999 del

Ministerio de Salud, que determina un promedio de 100 L/día por trabajador, se estima

que se producirá un máximo total de 1,6 m³ diarios de aguas residuales, obteniéndose

una generación máxima de 1.584 m³/ciclo de aguas.

El titular dará cumplimiento íntegro a la Res. DGTM. y MM. Ord. N° 12600/931 VRS del

13 de diciembre de 2007 (Ítem III - A), establece las concentraciones máximas para la

descarga de su efluente, en base a lo recomendado por la OMI, mediante su Resolución

MEPC.159 (55) de 2006.

Solución desinfectante y detergentes

El desinfectante no será vertido al medio acuático. Solo se desinfectará por aspersión.

Se aclara que los desinfectantes usados para las manos no generan residuos, ya que su

preparación es a base de alcohol-gel. Éste se evapora al momento de utilizarlo y se

encuentran envasados en bolsas que se disponen dentro de un dispensador.

Los desinfectantes utilizados cuentan con las respectivas autorizaciones de la autoridad

marítima. Se usan desinfectantes que cumplen con el Ord. Nº 12600/349 VRS, de fecha

23-05-08, o aquella norma que lo reemplace, según el tipo de desinfectante y

condiciones de empleo que sea autorizado.

El titular acredita que:

- Efectuará el manejo de todos los residuos líquidos acorde a legislación vigente.

- La empresa cuenta con procedimiento de manejo, transporte y almacenamiento de

sustancias peligrosas, adjunto en Anexo 7.

- Todos los residuos resultantes del proceso del tratamiento de la mortalidad, será

derivado a rellenos sanitarios autorizados independientes de la ubicación de este,

idealmente en la XII región, de lo contrario en el sitio más próximo. Se destaca además

que el compuesto utilizado para ensilar es una solución de la cual uno de sus

componentes es acido fórmico y no acido fórmico como tal.

- En caso de existir algún tipo de almacenamiento previo a su disposición final, será

solo en lugares autorizados.

Durante el proceso de tratamiento de mortalidad se generarán aguas de lavado de los

distintos contenedores y bolsas utilizadas; así, todo detergente o desinfectante que

sea utilizado para lavar y desinfectar los contenedores de mortalidad si aplica, será

inactivado y almacenado en bins herméticos. Destacar que las aguas generadas en esta

etapa fluctuarán aproximadamente entre los 2 y 3 l/día, los cuales son depositados

junto a la pasta ensilada. El retiro de estas aguas será efectuado por una empresa

debidamente autorizada y se dejará un registro de este despacho, sin perjuicio de que

se pueda cambiar este procedimiento y realizar la limpieza por aspersión.

Lubricantes

La caracterización de estos corresponde a lubricantes y aceites utilizados para la

mantención de motores y generadores utilizados en la operación normal del centro. La

Page 36: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

36

cuantificación de residuos se estima en 192 lt/Año. Respecto del manejo de estos se

especifica que serán almacenados en recipientes cerrados y debidamente identificados y

etiquetados, tomándose todas las medidas necesarias para prevenir la inflamación o

reacción de estos, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de

riesgo capaz de provocar tales efectos, según lo establece artículo 4 a 9 del D. S. de

MINSAL Nº 148/03. Los residuos generados serán manejados según normativa vigente

(D. S. MINSAL 148/03).

Respecto de su disposición final se especifica que los lubricantes se contienen en

envases de plástico de 20 L u otro, los que serán almacenados en contenedores

originales. Posteriormente, los lubricantes serán retirados y llevados a la bodega

transitoria de RESPEL, en tierra, y finalmente hasta un destino autorizado.

Tabla 18: Resumen Estimado de Residuos Líquidos generados en Etapa de

Operación

Tipo de Residuos Cantidad y Tipo de manejo de los

residuos generados

Destino de los residuos

generados

Residuos Líquidos

domiciliarios Aprox. 150 m3 año

El punto aproximado de

descarga se ubicará bajo el

artefacto naval.

Lubricantes y

Aceites

- Los lubricantes son retirados y

transportados a través de

barcazas.

no superando los 192 Lt/Año

Empresas autorizadas que se

encargará del tratamiento de

este residuo.

Además, previo al inicio de operación del centro el titular presentará ante la autoridad

marítima para su visado, un plan de Emergencia y Contingencia contra derrames de

hidrocarburos y sustancias nocivas líquidas contaminantes o que sean susceptibles de

contaminar, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Circular DGTM. y MM.

A53/002, según corresponda.

A.7. DESCRIPCIÓN DE LA FASE DE CIERRE.

La actividad tiene una vida útil indefinida, para lo cual se consideran trabajos de

mantención de las instalaciones, trabajos asociados a mejoras en la infraestructura y

remodelación de instalaciones, con el propósito de incorporar nuevas tecnologías que

signifiquen una mejora desde el punto de vista ambiental y de producción. En el caso

de no obtener la renovación y por ende sea necesario el cierre del centro se procederá

a, desarmar las balsas-jaulas, retirar los artefactos navales y trasladarlos al centro más

cercano donde puedan ser reutilizadas.

El titular se compromete a cumplir con él artículo 4° letra c) del D.S. N° 320 del año

2001, “Reglamento Ambiental para la Acuicultura”, en cuanto a que: se retirará al

término de su vida útil o a la cesación de las actividades del centro, todo tipo de

soportes no degradables, o de degradación lenta que hubieren sido utilizados como

sistemas de anclaje al fondo, con excepción de las estructuras de concreto utilizadas

para el anclaje.

Page 37: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

37

El procedimiento de abandono se detalla a continuación:

- Todos los peces serán retirados de las jaulas de cultivo: Cosecha de toda la

biomasa según el procedimiento detallado en la presente DIA.

- Las jaulas y demás estructuras flotantes serán desarmadas y trasladadas, vía

marítima hacia otros centros de cultivo del titular.

- Las redes serán retiradas y enviadas a mantención.

- Se verificará el estado de la línea de costa, ante la eventualidad de existir

residuos sólidos, los que se retirarán del lugar y serán depositados en vertederos

autorizados Finalmente, solo los muertos de anclaje quedarán ubicados en el

fondo de la concesión.

- Cualquier tipo de traslado de estructura se realizara según el Programa Sanitario

general de Procedimiento de Transporte del Servicio Nacional de Pesca.

- La etapa de abandono se estima de una duración máxima de 4 meses, una vez

finalizada la última cosecha.

El titular ejecutará el desmantelamiento de la infraestructura utilizada por el proyecto o

actividad. No será necesario restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier

otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto o

actividad; considerando que esta se desarrolla en el área de la concesión.

A.8.- Prevención de contingencias y emergencias.

Acciones a Implementar en Situaciones de Riesgo o Accidentes.

El centro dispondrá de un plan de acción ante contingencias, que establezca las

acciones y responsabilidades operativas en caso de ocurrir circunstancias susceptibles

de provocar efectos ambientales negativos o adversos.

En anexo 6 se adjunta la siguiente documentación:

Manuales de Procedimiento - Planes de Contingencia.

(6.1) Instructivo de Ensilaje de Mortalidad en Mar.

(6.2) PC-BIO 1 (V2) PC ante mortalidad, eliminación masiva o falla SE.

(6.3) Procedimiento de ensilaje mortalidad en mar V2

(6.4) Manual de Extracción y clasificación de mortalidad V5.

(6.5) Manual de Uso sistema de ensilaje agua mar.

(6.6) Plan veterinario Mar V3.

(6.7) Formato Playas limpias V3.

(6.8) Instructivo de Limpieza.

(6.9) Plan de contingencias ambientales.

El titular declara que la activación del plan de contingencia de Escape de Peces será de

inmediato una vez detectado cualquier tipo de fuga de peces. Además declarará que

informará a las autoridades competentes las capturas alcanzadas respecto del total de

peces escapados, como se indica en la legislación.

Page 38: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

38

Es responsabilidad del titular disponer de medios adecuados y personal capacitado para

el cumplimiento del plan de acción frente a contingencias. Los costos de su aplicación

serán de cargo del titular del centro de cultivo. Todas las contingencias a que se refiere

el presente artículo serán informadas a la autoridad competente según normativa

vigente.

B.- Antecedentes necesarios que justifican la inexistencia de aquellos efectos,

características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley 19300.

En el presente capitulo el Titular presenta un análisis de los criterios que definen que el

proyecto ingrese al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental mediante una

Declaración de Impacto y que no genera ninguno de los efectos descritos en los

Criterios contenidos en los Art. 11 de la Ley 19.300 y sus modificaciones posteriores, y

específicamente lo establecido en el Título II del Reglamento del SEA (DS N°40/2012),

concretamente los artículos del 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11, del mencionado Reglamento.

B.1.- Área de influencia del Proyecto18

Para los efectos de este documento se entenderá por:

Área de influencia: El área o espacio geográfico, cuyos atributos, elementos

naturales o socioculturales deben ser considerados con la finalidad de definir

si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos,

características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, o bien para justificar

la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias.

Los componentes del uso del territorio en el área de influencia de un proyecto,

necesarios para la evaluación de impacto ambiental, son: (i) el uso del suelo, (ii) las

actividades económicas y productivas relevantes y (iii) las construcciones relevantes.

En este caso particular el uso del suelo y construcciones relevantes; no aplica

considerando que no hay instalaciones en tierra. Respecto de las actividades

económicas y productivas relevantes se ejecutan en su totalidad en el área de

concesión, y fueron descritas oportunamente en el presente documento.

Respecto de la Zonificación del Borde Costero, la Política Nacional de Uso del Borde

Costero define el Borde Costero del Litoral como “aquella franja del territorio que

comprende los terrenos de playa fiscales situados en el litoral, la playa, las bahías,

golfos, estrechos y canales interiores, y el mar territorial de la República, que se

encuentran sujetos al control, fiscalización y súper vigilancia del Ministerio de Defensa

Nacional, Subsecretaría de Marina”.

18 Se consideraron las especificaciones de la Guía para la descripción del uso territorial en el SEA: Guía para la descripción del área de influencia 2013.

Page 39: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

39

El titular reconoce que las Comisiones Regionales de Usos del Borde Costero se

encuentran mandatadas para elaborar y proponer una zonificación de los diversos

espacios que conforman la franja litoral regional, proceso desarrollado por una comisión

técnica. De acuerdo a esta Política, se acatarán los usos preferentes específicos del

borde costero del litoral.

Determinación y Justificación del Área de Influencia

El tamaño o extensión del Área de Influencia está directamente determinado por cada

componente ambiental, para este proyecto los componentes susceptibles de verse

afectados corresponden principalmente a fondo marino, considerando las emisiones

sólidas de alimento no consumido y fecas, oportunamente cuantificadas. Inicialmente el

área de influencia corresponde al área de concesión y además el área de

depositación de fecas y alimento no consumido y el límite visual en este caso 2

Km. Para determinar el área de sedimentación de alimento no consumido y fecas se

efectuó una modelación matemática, propuesta según Gowen & Bradbury19.

Considerando los antecedentes presentados en el Estudio de Paisaje, la componente

paisajística se incluye en la determinación de Área de Influencia ambiental.

Descripción general del área de influencia.

El área de potencial influencia definida para el proyecto, considerando las

especificaciones de la citada Guía, esta comprende una superficie de 6,2 Km2, que

corresponde en un 100 % a porción de agua, que comprende el área de concesión,

donde se instalarán todas las estructuras de cultivo, acorde a normativa vigente al

interior de la concesión, el área de dispersión de fecas y alimento no consumido y el

radio de 2 Km correspondiente al límite visual.

Figura 3: Área de Influencia del Proyecto

19

Gowen, R.J. and Braudbury, N.B. 1987. The ecologycal impact of Salmonid Farming in coastal Waters: A

Review. Oceanogr. Mar. Biol. Ann Rev., (25) 563-575.

Page 40: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

40

b.1.1.- Análisis Art. 11, Ley 19.300 y su modificación Ley 20.417 (artículo 12

bis b) en el Area de influencia del Proyecto

Se desarrolla en presente análisis con la finalidad de definir si el proyecto o

actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o

circunstancias del artículo 11 de la Ley, específicamente lo establecido en el

Título II del Reglamento del SEA (DS N°40/2012), concretamente los artículos

del 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11, del mencionado Reglamento o bien para justificar la

inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias, se efectúa el

análisis considerando el Área de influencia previamente definida.

B.1.1.1.- DS 40/2012; Artículo 5: Riesgo para la salud de la población.

A objeto de evaluar si se genera o presenta el riesgo a que se refiere el inciso anterior,

se considerará la presencia de población en el área de influencia, cuya salud

pueda verse afectada por:

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las

normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución

significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos

en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los

Estados que se señalan en el artículo 11 del presente Reglamento.

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental

vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los

Estados que se señalan en el artículo 11 del presente Reglamento.

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre

los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea

posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos

sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Las normas de emisión vigentes serán consideradas para efectos de predecir los

impactos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire de

acuerdo a los límites establecidos en ellas. A falta de tales normas, se utilizarán como

referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del presente

Reglamento.

Para efectos de este artículo, la exposición deberá considerar la cantidad, composición,

concentración, peligrosidad, frecuencia y duración de las emisiones y efluentes del

proyecto o actividad, así como la cantidad, composición, concentración, peligrosidad,

frecuencia, duración y lugar de manejo de los residuos. Asimismo, deberán considerarse

los efectos que generen sobre la población la combinación y/o interacción conocida de

los contaminantes del proyecto o actividad.

Page 41: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

41

En caso que el proyecto o actividad genere o presente riesgo para la salud de grupos

humanos pertenecientes a pueblos indígenas, se entenderá que el proyecto o actividad

es susceptible de afectarlos, en los términos del artículo 8 del presente Reglamento.

Se efectuó la caracterización del componente Medio Humano, adjunto en Anexo 4. No

existe población en el área de Influencia del Proyecto, el proyecto o actividad no genera

o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de

efluentes, emisiones o residuos. Dada la naturaleza del proyecto y el sector de

emplazamiento, este no representa riesgo en sí para la salud de la población.

Para efectos de este artículo, la exposición considerará la cantidad, composición,

concentración, peligrosidad, frecuencia y duración de las emisiones y efluentes del

proyecto o actividad, así como la cantidad, composición, concentración, peligrosidad,

frecuencia, duración y lugar de manejo de los residuos. Asimismo, se considerarán los

efectos que se generen sobre la potencial población y la combinación y/o interacción

conocida de los contaminantes del proyecto o actividad.

Se amplían los antecedentes con el fin de evaluar si el proyecto pudiese generar o

presentar algún riesgo para la salud de la potencial población cercana al proyecto,

debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que generará o

producirá, se ha considerado lo siguiente:

Tabla 19: Resumen de Residuos generados y su peligrosidad.

Etapa Tipo de residuo Peligrosidad

Operación

Gases. Detalles en

Sección A.6.4.1

Gases de Motores

fuera de Borda Baja

Ruidos

Detalles Sección

A.6.4.1

Ruidos de

Motores y

generadores

Baja.

Líquidos

Detalles Sección

A.6.4.3

Residuos pontón Baja

Solución

desinfectante Baja

Sólidos

Detalles en Sección

A.6.4.2

Mortalidad Baja

Solidos de origen

doméstico Nula

Alimento no

consumido Baja

Fecas Baja

Residuos Ensilaje Baja

Lubricantes -

Aceites Baja

En relación a las emisiones atmosféricas, éstas se generarán a partir del funcionamiento

del generador eléctrico (fuente fija y permanente) y a partir de los motores de las

embarcaciones necesarias para la operación del centro (fuentes móviles y discretas),

éstas no presentan un riesgo para la población, dado que no que existe ningún

Page 42: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

42

asentamiento humano en las cercanías del proyecto; además no pueden ser

consideradas significativas dado que un generador emite una mínima cantidad de gases

y no en las cantidades considerados tóxicos, debiendo agregar otros factores como el

clima reinante en la zona, del tipo templado frío con gran humedad, el cual se

desarrolla en la costa occidental de la región y se caracteriza por tener temperaturas

promedio bajas (tanto diarias como anuales), vientos fuertes desde el oeste,

abundancia de nubosidad y altos índices de precipitaciones (5.000 mm anuales).

El titular señala que se realizarán mantenciones de los motores fuera de borda según

las recomendaciones del fabricante.

Respecto a la cantidad y calidad de residuos sólidos, éstos se estiman como se señaló

oportunamente ninguno de ellos representa un riesgo para la salud de la población. Los

residuos sólidos que se generarán son: Mortalidad, pérdidas de alimento, fecas,

residuos domiciliarios y residuos peligrosos.

Los residuos generados por el personal en las distintas etapas de proyecto,

(domiciliarios y peligrosos), serán retirados del centro por una empresa autorizada, y

dispuestos en un vertedero autorizado por lo que ningún tipo de ellos podría causar

efecto alguno sobre la población. Para el caso de residuos considerados peligrosos

(pilas, cartridges, lubricantes u otros), se mantendrán en un depósito adecuado,

debidamente cuantificados y rotulados, para su posterior retiro por una empresa que

cuente con los permisos necesarios. La cantidad de estos residuos es reducida.

A su vez, se señala en relación a posibles efectos sobre la salud de las personas

producto del manejo de alimento medicado de peces, especialmente en cuanto a la

generación de resistencia a antibióticos, cabe indicar que la única instancia en que hay

un acercamiento de parte de los operarios del centro con el alimento medicado es

durante la descarga de éste al centro. Por lo tanto, la posibilidad que se produzca una

ingesta de alimento es escasa. Ante lo anterior, se capacitará a los operarios con el

objetivo de que aquellos que se encuentren a cargo de esta maniobra, eviten la ingesta

o inhalación de este producto, usando mascarillas durante la actividad de descarga de

alimento.

En cuanto a los residuos líquidos, el titular reitera que el efluente de la planta de

tratamiento no sobrepasará los límites establecidos en la Res. DGTM. y MM. Ord. N°

12600/931 VRS del 13 de diciembre de 2007, en base a lo recomendado por la OMI,

mediante su Resolución MEPC.159 (55) de 2006. A su vez los residuos de lubricantes,

aceites, desinfección, así como los provenientes del proceso de ensilaje manejados

acorde a Plan de Manejo de Residuos adjunto en Anexo 7.

Considerando los antecedentes presentados, respecto de los residuos generados, y su

importancia en la conservación de la sustentabilidad en la concesión, especialmente lo

que se refiere a alimento no consumido y fecas, el titular indica que trabajará bajo un

concepto preventivo, considerando la normativa ambiental vigente (DS 320/01; RAMA y

sus modificaciones). Además como política de la empresa el personal será capacitado

respecto de un adecuado manejo de alimento.

Page 43: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

43

Cabe destacar que además la empresa cuenta con procedimiento de manejo, transporte

y almacenamiento de sustancias peligrosas, que le es aplicable a todos sus centros de

cultivo de salmones en su fase de agua mar.

B.1.1.2.- DS 40/2012; Artículo 6: Efecto adverso significativo sobre recursos

naturales renovables.

La evaluación de los efectos sobre los recursos naturales renovables considera la

capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración de dichos

recursos en el área de influencia del proyecto o actividad, así como los efectos que

genere la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes del proyecto o

actividad.

Se entenderá que el proyecto o actividad genera un efecto adverso significativo sobre la

cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire

si, como consecuencia de la extracción de estos recursos; el emplazamiento de sus

partes, obras o acciones; o sus emisiones, efluentes o residuos, se afecta la

permanencia del recurso, asociada a su disponibilidad, utilización y aprovechamiento

racional futuro; se altera la capacidad de regeneración o renovación del recurso; o bien,

se alteran las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de las especies y

ecosistemas. Se pondrá especial énfasis en aquellos recursos propios del país, únicos o

representativos.

A objeto de evaluar si se presenta la situación a que se refiere el inciso anterior se

consideró:

Dispersión de Alimento no consumido y Fecas.

Para calcular la dispersión del alimento no consumido y las fecas se utilizó la ecuación

propuesta por Gowen & Bradbury (1987 op cit.):

D = [(d * V) / v]; Donde:

D: Distancia de dispersión horizontal (m)

d: Profundidad de la columna de agua : Se espera instalar los módulos en 100-150 (m)

V: Velocidad de la corriente: Se consideró el rango de velocidad de corriente de mayor

ocurrencia en la capa más profunda, la velocidad de corrientes fue de 2,7 cm/s (Fuente:

CPS 2006, aprobada en RCA 75-2007).

v: velocidad de sedimentación de las partículas (Cromey et. al. 2002)

- Alimento no consumido: media 10.8 cm /seg

- Fecas: Media de 3.2 cm / seg

Tabla 19: Rango de dispersión de alimento no ingerido y fecas.

Rango de

profundidad

de dispersión

(m)

Velocidad de

Corriente (cm/seg)

Rango de dispersión de

alimento no ingerido (m)

Rango de

dispersión de

fecas (m)

100 - 150 2,7 25 – 37,5 84 – 126,6

Page 44: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

44

Es importante considerar que esta fórmula, tanto para fecas como alimento no calcula la

dispersión en un punto; bajo el cual existe un radio de dispersión, cuya amplitud es el

valor obtenido. Los resultados derivados, respecto de los rangos de dispersión del

alimento no consumido y fecas, concuerdan con los resultados de investigaciones

desarrolladas en nuestro país (Piker et al 2002) y en otros (Brooks, 2001); los que

demuestran que el impacto del material particulado es mayoritariamente bajo la jaula.

Para determinar el área de sedimentación de fecas, se consideran los vértices de

emplazamiento de módulos, como área total, más el radio de dispersión obtenido en el

punto anterior, para fecas el radio de dispersión, en cuadratura variaría entre 84 y 126,6

m, luego el área de sedimentación promedio fue de 128.102 m2.

Para determinar el área de sedimentación de alimento no consumido, se consideran los

vértices de emplazamiento de módulos, como área total, más el radio de dispersión

obtenido en el punto anterior, para alimento no consumido el radio de dispersión, en

cuadratura variaría entre 25 – 37,5 m, luego el área de sedimentación promedio fue de

43.297 m2.

Proyección del aporte y niveles acumulación de materia orgánica en el

sedimento.

De la cantidad total de fecas producidas, se estima que un 17% corresponde a cenizas

y humedad. Por otro lado aproximadamente un 26% de la Materia Orgánica Total (MOT)

podría remineralizarse (Silva y Rojas 2003) y aproximadamente un 80 % es

resuspendido y/o principalmente consumido por peces y/o macrofauna, considerando la

columna de agua antes de llegar a sedimentar. Para efectos de cálculo y para

transformar la MOT en Carbono Orgánico Total (COT), tanto para fecas como alimento

no consumido se utilizó la siguiente fórmula: COT= (MOT-0.009)/1.5904 (Brooks

2001).

Finalmente se obtiene una proyección de 0,64 kg C/m2/año para fecas y 0.36 kg

C/m2/año para alimento no consumido. Según Brooks (2001) el contenido de COT en el

sedimento debe ser menor a 0.7 kg C/m2/año, en este caso los resultados indican que

al cabo de un año productivo con máxima biomasa, no existe evidencia que indique que

se sobrepasará la capacidad teórica de C depositado en el sistema bentónico.

Índice de Impacto

Los datos calculados anteriormente se ingresan al cálculo del Índice de Impacto previa

transformación a mmol C/m2/d, de acuerdo al modelo de Findlay & Watling, lo que

permite calcular la demanda de oxígeno del sedimento, considerando el Carbono

Orgánico Total (COT) que ha quedado depositado.

Las fórmulas utilizadas son:

a) Demanda de Oxígeno (D.O) = -32,6 + 1,1 * [Carbono Depositado]

Carbono Depositado: (0,59 kg C/m2/año para fecas y 0.36 kg C/m2/año para alimento

no consumido), se obtiene un total de 1,80 kg C/m2/ciclo.

b) Disponibilidad O2 = 736,3 + 672, 6 Log * [Velocidad de la Corriente (cm/s)]

Page 45: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

45

Índice de Findlay & Watling (I) = Disponibilidad de O2 / Demanda de O2.

El índice debe ser > 1, para que el proyecto tenga un impacto ambientalmente

compatible con la capacidad del cuerpo de agua.

Con un I ≈1, la disponibilidad y demanda de O2 se acercan a la unidad, por tanto

los impactos son moderados.

I < 1, la demanda supera la disponibilidad de oxígeno, los sedimentos exhibirán

características anóxicas.

Índice de Impacto: 2,65

De esta forma el Índice de Impacto, arroja un valor para la depositación modelada,

según los mismos autores un valor >1, lo cual refleja condiciones aeróbicas en el

sedimento.

En cuanto a las emisiones a la atmosfera, estas se provendrán de la etapa de

operación, producto de la combustión de motores fuera de borda. Al respecto, el Titular

se compromete a verificar el correcto funcionamiento de los equipos y realizar las

mantenciones necesarias. De esta forma, se espera que emisiones no sean

significativas.

Figura 3: Área de dispersión de alimento no consumido y fecas.

Con respecto al literal b) y d) del Artículo 11 de la Ley 19.300 el Titular menciona que la

instalación del centro de cultivo NO influirá negativamente en las especies durante la

Page 46: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

46

etapa de construcción y operación. Lo residuos generados, asociados a aguas grises,

serán derivadas hacia una planta de tratamiento que se ubicará en el pontón de

alimentación.

Las embarcaciones que transiten por el sector se apegarán a la normativa ambiental

vigente que regula la contaminación acuática, además contarán con planes de

contingencia ante derrame de hidrocarburos. En caso de sufrir alguna emergencia se

actuará inmediatamente y se dará aviso a la autoridad competente.

Todas las actividades que se realicen en el centro cultivo; mantención de estructuras,

cambios de redes u otras acciones, se regirán de acuerdo a la normativa ambiental

vigente, de esta forma se mitigará la generación de residuos o efectos sobre la columna

de agua.

Para la producción solicitada sólo se utilizará el pequeño porcentaje de la concesión, con

el objeto de mantener siempre condiciones aeróbicas en la superficie del área de

sedimentación, es decir se cumplirá el equilibrio ecológico que dispone la Res. Exe.

SUBPESCA N° 3612.

Con la información ambiental presentada, respecto de la condición actual de la concesión,

se concluye lo siguiente:

CONCLUSIONES

De acuerdo a la máxima biomasa solicitada en el proyecto técnico y a los

correspondientes cálculos de dispersión de alimento no consumido y fecas, NO

se sobrepasará la capacidad de carga del cuerpo de agua receptor, es decir, no

se generarán condiciones anaeróbicas, por lo que el sector de emplazamiento

presenta óptimas condiciones para sustentar ambientalmente una producción

de 3.750 Ton.

De acuerdo a lo expuesto anteriormente no se generarán efectos adversos

significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables,

incluidos suelo, agua y aire dentro del área de influencia.

Respecto de la diversidad biológica, presencia y abundancia de especies

silvestres en estado de conservación, considerando la naturaleza del proyecto,

cultivo de salmones en una concesión de acuicultura, que no se generan condiciones

anaeróbicas en el sedimento, es posible afirmar que no existe superficie con plantas,

algas, hongos, biota intervenida, explotada, alterada o manejada.

Respecto de los animales silvestres se efectuaron dos Estudio de Biodiversidad:

- Estudio de Primavera sobre Biodiversidad de Mamíferos y Aves

Marinas y costeras en SENO Skyring, región de Magallanes, Chile. Juan Capella y

Jorge Gibbons, Enero 2014.

- Monitoreo de la BIODIVERSIDAD de Maníferos y Aves Marinas y

costeras en el suroeste de Seno Skyring, Región de Magallanes, Chile, Otoños

2014. Juan Capella y Jorge Gibbons, Enero 2014.

Page 47: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

47

- De los citados informes20 se extrae lo siguiente:

- “La evaluación del posible efecto de los proyectos sobre la fauna bajo

estudio requiere una mayor base de datos y su seguimiento en el tiempo

para bosquejar posibles patrones estacionales como los mencionados por

Imberti (2005), Gibbons et al (2007), Duffy et al (1988) y Devillers. &

Terschuren (1978). De manera preliminar cabe consignar que en el

trabajo realizado no se ha detectado efecto de la actividad de los

centros sobre la fauna estudiada. El área en que se encuentran los

centros presenta baja densidad de fauna, pero ésta no es diferente a la

encontrada en general para toda el área prospectada con la excepción de los

sitios de nidificación de aves (Isla Escarpada que coincide con lo descrito por

Legoupil 2000) o los que tienen condiciones apropiados para Huillines (Isla

Grande) (Sielfeld 1989; 1990, 1992). Con un criterio inverso, no se aprecia

que la actividad del centro atraiga mamíferos y/o aves marinas (observación

directa y/o indirecta por fecas) que se acerquen a alimentarse con la

excepción de la gaviota dominicana que fue observada en densidades

mayores a lo normal en un centro y un día particular. Lo anterior difiere de

lo reportado por Sepulveda & Soto (2005) y muestra que los sistemas de

cierre de las jaula de peces impiden al acceso a alimentarse por parte de

mamíferos y aves marinas. La distancia a la costa y las profundidades a las

que se ubican los centros no coinciden con los ocupados en general por las

especies más relevantes (Delfín Chileno, Lobo Marino Común y Huillín)

(Heinrich 2006; Sielfeld 1990, Venegas et al 1999). Del mismo modo los

vientos dominantes del N-W en el área A2 en que se encuentran los centros

inciden en que eventuales accidentes que pudieran ocurrir de liberación de

desechos y/o basura no derive hacia los ambientes principales de estas

especies.

-

- Del informe efectuado en otoño se concluyó lo siguiente:

-

- “En general, la fauna encontrada en las inmediaciones de los sectores donde

se encuentran los centros salmoneros no es diferente de aquella de las áreas

más lejanas prospectadas, con la excepción de los sitios de nidificación de

aves (Isla Escarpada, isla Grande), de reproducción de Lobo Marino Común

(isla Grande) y los que reúnen mayor número y condiciones de hábitat

apropiado para Huillines (Isla Grande). La actividad de los centros parece

atraer a una sola especie que se acerca para alimentarse, la Gaviota

Dominicana, que fue observada en concentraciones mayores en el centro

Unicornio Sur, tanto en primavera como en otoño. Lo anterior difiere de lo

reportado por Sepulveda & Soto (2005) para el Lobo Marino Común, lo cual

indica que los sistemas de cierre de las jaula de peces limitan el acceso a

alimentarse por parte de mamíferos y aves marinas o que éstos hasta la

actualidad no muestran interés por aproximarse”

-

20 Adjuntos en Anexo 4.

Page 48: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

48

- Respecto de Macrolagas, el titular reconoce la importancia de las agrupaciones

de macrolagas, particularmente Macrocystis pyrifera que es una macroalga

con distribución de tipo bipolar y antitropical, que en la región de Magallanes

es un elemento característico en prácticamente toda la extensión de fiordos

y canales tanto fueguinos como patagónicos, específicamente en sectores

someros. Los huirales aparecen preferentemente entre 4 -15 m de

profundidad (Rios y Mutschke 2009)21, esta característica fue confirmada

por Santelices (1989)22 quien señala la distribución de esta especie parece

estar restringida a ambientes protegidos con presencia de sustrato

conformado ya sea por roca madre o por los típicos bloques y cantos de

origen glaciar, su, su distribución batimétrica estaría limitada a los 8 -1 0

m, produciendo huirales de 30 a 40 m.

-

- El titular reconoce que “los huirales” tienen un importante rol ecológico ya que

se les considera estructuradora de comunidades. Los huirales ofrecen una

serie de micro-hábitats (discos de fijación y frondas) que son de alta

importancia para una gran variedad de peces e invertebrados. En este

contexto y considerando la profundidad de fijación de grampones se estima

que no se desarrollarán interacciones negativas entre el cultivo de salmones

y este tipo de estructuras, ya que los módulos se emplazaran por sobre la

profundidad que constituye un sustrato de fijación para la especie

CONCLUSIONES

Dado a todo lo mencionado en el informe de Biodiversidad, se concluye

firmemente que la modificación del proyecto técnico no generará ningún

efecto mencionado en ningún Literal del artículo 11 (Ley 19.300 y sus

modificaciones), tampoco en el Literal d) del artículo 6 del D.S. N° 40/2012, ni

en el artículo 17 del D.S. 320/01 y sus modificaciones (RAMA).

c) Artículo 7, DS 40/2012: Reasentamiento de comunidades humanas, o

alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos

humanos.

Se entenderá por comunidades humanas o grupos humanos a todo conjunto de

personas que comparte un territorio, en el que interactúan permanentemente, dando

origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas y culturales,

que eventualmente tienden a generar tradiciones, intereses comunitarios y sentimientos

de arraigo.

A objeto de evaluar si el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades

humanas, se debe considerar el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que

habitan en el área de influencia del proyecto o actividad. Al respecto se considera una

mano de obra de 16 personas.

21 C.Ríos y E. Mutschke (2009) Aporte al conocimiento de Macrocystis pyrifera: Revisión bibliográfica sobre los

“Huirales” distribuidos en la Región de Magallanes. 22 Fide Rios y Mutschke (2009)

Page 49: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

49

El titular presenta una caracterización del Medio Humano para determinar la existencia

de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa del sistema de

vida y costumbres de grupos humanos23. A objeto de evaluar la alteración significativa a

los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos, se considerará la generación

de efectos adversos significativos sobre la calidad de vida de éstos, en consideración a

la duración o magnitud de cualquiera de las siguientes circunstancias:

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como

sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso

medicinal, espiritual o cultural.

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento

significativo de los tiempos de desplazamiento.

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o

infraestructura básica.

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones,

cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la

cohesión social del grupo.

Se consideraron los siguientes aspectos:

Situación demográfica actual24

La región de Magallanes y Antártica Chilena presenta una fuerte concentración

poblacional en las comunas de Punta Arenas, Puerto Natales y Porvenir; reuniendo por

si solas el 95,5% del total de la población regional.

La población urbana presenta altos índices de concentración llegando al 92,6% del total

de la población regional. Del mismo modo la población rural representa solo el 7,4%.

Desde el punto de vista de la densidad poblacional la región presenta una relación de

1,14 hab/km2, siendo superada solo por la región de Aysén.

En temas de género, la región posee una estructura distinta a la observada a nivel país.

Mientras que en Chile la población masculina total (de acuerdo al Censo de 2002)

corresponde al 49,3% y la femenina al 50,7%, en la región se observan alrededor de 5

puntos de diferencia en beneficio de la población masculina, la cual representan un

52,3% frente al 47,7% de población femenina.

Por otra parte, esta condición geográfica, constituye una oportunidad vista en relación a

su competitividad desde la perspectiva de la diferenciación. Es aquí donde se

encuentran las verdaderas ventajas competitivas de la región, las cuales a través de

23 Acorde a Guía de criterios para Evaluar la Alteración significativa de los Sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos en Proyectos o Actividades que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) 2006. 24 Extraído de Estrategia Regional de Desarrollo de Magallanes y Antártica Chilena 2012 -2020.

Page 50: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

50

políticas pertinentes pueden implicar un dinamismo para la economía regional que

permita tasas de crecimiento convergentes con los objetivos de desarrollo.

Al analizar el conjunto de sectores productivos regionales, es posible concluir que los

requerimientos de crecimiento de la región implican el impulso de aquellas actividades

que efectivamente tiene impacto en la generación del Producto Regional (PIB). Estos

sectores han estado presentes de manera permanente en las distintas iniciativas

formuladas en la Región y recientemente definidas en el Plan Magallanes; dichos

sectores son: Minero/Energético, Turismo, Pesca y Acuicultura, Servicios Marítimos y

Portuarios, así como el sector Ganadero/Forestal/Hortícola.

El titular amplia la información presentada, indicando que de acuerdo a los resultados

obtenidos en el censo del año 2012, la región de Magallanes y Antártica Chilena tiene

una población total de 159.468 habitantes, y la comuna de Río Verde tiene una

población de 201 habitantes, con un total de 183 viviendas, de las cuales sólo 96 de

ellas se encuentra ocupadas. Del total poblacional el 23.38% pertenece a alguna etnia o

pueblo originario. El nivel educacional refleja que 66 personas cuentan un nivel de

escolaridad de enseñanza media, 1 técnico de nivel superior y 6 profesionales.

Actividad económica25

La situación geográfica tanto interna (región isla) como en lo relacionado a su ubicación

(distancia de los mercados globales) se ha transformado tanto en una barrera como en

una oportunidad relevante para el posicionamiento competitivo general de los distintos

sectores de la economía regional. Por un lado constituye una limitante pues su lejanía

de los mercados proveedores de bienes y servicios especializados, así como de los

mercados de destino final de los bienes y servicios producidos, implica aumentar sus

brechas tecnológicas, así como un aumento de costos de transporte significativo.

Dimensiones asociadas a las características constitutivas de un grupo

humano26.

El artículo 8º del Reglamento del SEIA establece que para efectos de evaluar si el

proyecto o actividad genera alteración significativa de los sistemas de vida y

costumbres de grupos humanos, se considerará el cambio producido en un conjunto de

dimensiones, a saber:

a) Dimensión geográfica: Ubicación física y patrón de dispersión (azar, uniforme

o agrupada) de los grupos humanos en el área de influencia del proyecto o actividad, de

acuerdo a la ocupación del territorio según usos (económicos, sociales, culturales),

incluidos los flujos de comunicación y transporte utilizados.

Respecto a su composición, la región de Magallanes y Antártica Chilena se encuentra

dividida en 4 provincias:

25 Extraído de Estrategia Regional de Desarrollo de Magallanes y Antártica Chilena 2012 -2020. 26 Extraído de: Guía de Criterios para evaluar la alteración significativa de los sistemas de Vida y Costumbres de Grupos Humanos en Proyectos o Actividades que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) 2006. Comisión Nacional del Medio Ambiente. Gobierno de Chile. 2006.

Page 51: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

51

Provincia de Magallanes: alberga las comunas de Punta Arenas, Rio Verde, Laguna

Blanca y San Gregorio; esta provincia posee 121.675 habitantes.

Provincia de Antártica Chilena: la componen las comunas de Cabo de Hornos y

Antártica Chilena; la población total de esta comuna alcanza a 2.392 habitantes.

Provincia de Tierra del Fuego: se conforma por las comunas de Porvenir, Primavera

y Timaukel; estas tres comunas suman una población de 6.904 habitantes.

Provincia de Última Esperanza: esta provincia posee dos comunas Natales y Torres

del Payne, entre ambas comunas concentran la segunda mayor concentración de

población con un 19.855 habitantes.

El territorio comunal, donde se emplaza el proyecto corresponde a la comuna de Río

Verde que abarca territorios tanto marítimos como terrestres. En el primer caso,

destacan el Seno Otway, el Seno Skyring y el canal Fitz Roy, y en el segundo, los

territorios continentales y los insulares, dentro de los cuales destaca la Isla Riesco.

En términos específicos, la comuna de Río verde ha sido catalogada como 100% rural,

presentando sólo asentamientos humanos dispersos, los que poseen muy poca

población y carecen casi totalmente de equipamiento urbano y fuentes productivas. Los

resultados del último censo (INE, 2002) registraron sólo tres concentraciones de

viviendas propiamente tal, todas ellas catalogadas como “Caseríos”, y que, de acuerdo

a la cantidad de viviendas registradas se asocian a una estructura de instalaciones de

Estancias Ganaderas.

Se puede entonces caracterizar la imagen espacial comunal como una estructura de

“archipiélago” de estancias con un centro de potencial desarrollo en torno a la sede

municipal, ubicada estratégicamente en el sector de las instalaciones de la barcaza de

cruce del canal Fitz Roy entre el continente y la isla Riesco, punto que señala en el caso

de la isla la división entre costa septentrional (seno Skyring) y costa austral (seno

Otway).

Considerando la ubicación física y patrón de dispersión de los grupos

humanos en la comuna de Rio Verde y considerando el área de influencia del

proyecto corresponde al área de concesión se estima que no se generará

cambios en la dimensión geográfica.

b) Dimensión demográfica: Población presente en el área de influencia del

proyecto o actividad, en referencia a criterios de orden cuantitativo y cualitativo, según

los indicadores convencionales utilizados en estadísticas de población; así como por sus

características socioeconómicas, socioculturales, de educación, de salud, entre otras

considerando el territorio y área de influencia.

Las actividades asociadas al proyecto se desarrollarán en el área de concesión

solicitada, no existe población en el área de influencia del proyecto. El proyecto

considera una mano de obra, durante la etapa de operación, de 16 personas.

Page 52: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

52

Sin embargo, el PLADECO de Rio Verde indica que, cualquier pequeño crecimiento o

decrecimiento demográfico en algún sector puede aparecer como un cambio muy

significativo en el contexto comunal, pero no necesariamente implicar una tendencia a

mediano o largo plazo. Considerando, que debido a que el volumen demográfico es

poco significativo, cualquier proyecto productivo que se instale en el territorio comunal

puede provocar efectos muy relevantes en la estructura demográfica local. En este

sentido, cualquier instalación que implique la llegada de alguna decena de personas en

un año, tiene una gran importancia en la proporción de crecimiento comunal. Frente a

esta situación se tendrá especial cuidado, tratando de no generar efectos en la

estructura demográfica.

Por otro lado, es preciso señalar que las proyecciones de población estimadas

estadísticamente tienden a ser mucho menos predictivas en territorios poco poblados,

como es el caso de Río Verde, puesto que dichas proyecciones no consideran proyectos

de inversión que no pueden ser considerados para la proyección estadística. Por ello, es

posible señalar que, considerando los proyectos de inversión planificados en Río Verde,

la comuna se encuentra en un potencial punto de inflexión demográfica, que

podría incrementar muy significativamente su tamaño demográfico en los próximos 20

años.

En este contexto es factible asegurar, no se generan cambios diferentes a lo esperado

en la dimensión demográfica de la Comuna de Río Verde, considerando la información

recabada en el PLADECO de Río Verde.

c) Dimensión antropológica: Expresiones culturales y costumbristas en las

cuales participan los grupos humanos en el área de influencia del proyecto o en sitios

de interés local, así como creencias, valores y actitudes predominantes con los que un

grupo humano se conecta y promueve. Considera la caracterización de dichos grupos a

partir de rasgos culturales, historia, intereses o aspectos específicos que podrían verse

afectados (por ejemplo, grupos en extrema pobreza, en ascenso social, adultos

mayores, formales, informales, en riesgo, entro otros).

Las actividades asociadas al proyecto se desarrollarán en el área de concesión

solicitada, no existe población en el área de influencia del proyecto. En el área de

emplazamiento del proyecto no se desarrollan expresiones culturales y costumbristas

en las cuales participan los grupos humanos, así como creencias, valores y actitudes

predominantes con los que un grupo humano se conecta y promueve.

En el área donde se emplazará el proyecto no existen comunidades o grupos humanos

protegidos por leyes especiales, ni tampoco se desarrollan ceremonias religiosas u otras

manifestaciones propias de la cultura o del folklore. Además, se informa que no existen

instalaciones en tierra.

En tanto esta definición legal busca proteger “agrupaciones de bienes inmuebles

urbanos o rurales, que forman una unidad de asentamiento representativo de la

evolución de una comunidad humana”. Está la existencia de sitios que se podrían

clasificar como pertenecientes al patrimonio cultural, particularmente aquellos

Page 53: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

53

relacionados con manifestaciones inmateriales como es el caso del santuario de la

Virgen de Montserrat, ubicado en las cercanías de la estancia Las Coles, 42 km al norte

de Villa Ponsomby en la ribera norte del seno Skyring. Se trata de una gruta natural

bajo una cascada que deposita las aguas de un riachuelo en el mar, lugar donde se ha

emplazado una efigie de esta virgen catalana. Todos los años en enero se realiza una

procesión vehicular desde la capital regional que logra reunir alrededor de 5.000 fieles.

Por su alcance regional y considerando las renovadas directrices de los organismos

internacionales especializados en la conservación del patrimonio cultural, las cuales

hacen énfasis en la importancia equivalente del patrimonio inmaterial respecto del

material, esta gruta podría perfectamente ser considerada por el futuro Plan Regulador

como posible sitio de protección.

Otro de los principales hitos patrimoniales en el ámbito de la arquitectura y la ocupación

territorial es la estancia Río Verde. En ella se pueden observar varios caracteres

singulares de la arquitectura tradicional de estancias en cuanto reflejo de un modo de

vida y una particular organización funcional en torno a la casa patronal, en el esquema

que hemos denominado como proto-asentamiento.

En el ámbito del patrimonio natural, en la comuna existe una importante área del

SNASPE, la Reserva Nacional Alacalufes, y en términos generales es bien sabido que la

región es la que cuenta con el mayor porcentaje proporcional de tierras protegidas.

Pese a ello, existen iniciativas privadas de protección, como es el caso de la estancia

Cabo León, de propiedad de la Fundación Yendegaia, institución que desde principios de

la década espera obtener la declaración de sitio prioritario de protección de la

biodiversidad.

Entre los objetivos del PLADECO, destaca la necesidad de fortalecer y desarrollar la

identidad cultural regional, el documento referido menciona libramientos que guardan

relación con promover el conocimiento de los valores culturales propios de la región;

preservar el patrimonio cultural regional y dotar de infraestructura para el

funcionamiento de centros culturales para, con ella, potenciar el desarrollo de proyectos

culturales de carácter regional y local.

No se registró presencia de grupos humanos pertenecientes a grupos

indígenas en el área de influencia del proyecto. El titular amplia la información

presentada haciendo referencia a los antecedentes culturales, particularmente al pueblo

Kawésqar27, conocido como nómades del mar, y su conexión con el territorio,

considerando que el centro se encuentra ubicado en el mar, lugar de desarrollo de la

Comunidad Kawésqar residente en Punta Arenas y Puerto Natales. Actualmente, en

puerto Eden, existen 9 miembros hablantes de la lengua Kawésqar.

La solicitud de concesión se emplaza en el sector correspondiente a Tawókser,

correspondiente a la zona del mar de Skyring, seno Otway y ambos márgenes del

Estrecho de Magallanes.

27 Todos los antecedentes presentados referidos al Pueblo Kawésqar, fueron extraídos de Oficio Ord. N° 715

(21/12/2012). Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

Page 54: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

54

Existen ciertos puntos que tenían importancia especial para los Kawésqar: Faro en Isla

San Pedro, Puerto Eden, Isla Kalau, Itsmo y Faro Fairway; ninguno de los cuales se

emplaza en el área de influencia del proyecto.

Respecto de los cambios culturales y situación actual de los Kawésqar, se indica que se

generó una gran pérdida cultural y reducción de la población debido al contacto con

pescadores, loberos y cazadores provenientes de Chiloe, así como marineros y colonos

que ocuparon las tierras de explotación ganadera (Tonko, 2007; Vega 1995; Aguilera,

1988; Emparaire, 1958; fide ORD.N°715, 21/12/2012, Corporación Nacional de

Desarrollo Indígena).

Sumado a lo anterior, se destaca el impacto que tuvo en la pérdida de la cultura y del

nomadismo de este pueblo la creación de políticas de asimilación, promovidas por el

Estado Chileno (Tonko, 2007; fide ORD.N°715, 21/12/2012, Corporación Nacional de

Desarrollo Indígena). Ejemplo de estás políticas son aquellas referidas a la educación

escolar sin incorporar la cultura Kawésqar, cambio de nombres obligación de uso de

vestuario, regulaciones de navegación y pesca; e inclusive la designación de parte de su

territorio como Parque Nacional (1969) lo que prohibió la caza y recolección de la

mayoría de las especies ancestrales utilizadas por los Kawésqar (Tonko y Oyarzun,

2003; com pers. Comunidad Kawésqar residente en Puerto Eden fide ORD.N°715,

21/12/2012, Corporación Nacional de Desarrollo Indígena).

Las actividades económicas del pueblo Kawésqar son principalmente: Extracción de

madera, Pesca Artesanal, Producción de Cholga seca ahumada y en forma

complementaria extracción de centolla y recolección de luche. El desarrollo del actual

proyecto no incidirá en materia alguna con el pueblo Kawésqar.

Finalmente se concluye que el desarrollo del proyecto no produciría alteraciones en la

dimensión antropológica.

d) Dimensión socioeconómica: Relación entre productores, distribuidores y

consumidores, derivada de actividades productivas genéricas o dependientes de la

extracción de recursos naturales desarrolladas por los grupos humanos, las cuales

pueden verse afectadas por el proyecto o actividad. Incluye información sobre el

mercado laboral local (formal e informal), con énfasis en las eventuales variaciones de

empleo/ desempleo según ramas de actividad y/o variables demográficas.

Según Pladeco de Rio Verde, la economía de Río Verde ha tenido siempre como base la

actividad ganadera. Esta ha tenido un crecimiento lento, de acuerdo a las

características que asume la crianza extensiva en pasturas naturales, que

anteriormente eran áreas forestales.

El crecimiento de los planteles ovinos y bovinos, independientemente de la

disponibilidad de pasturas, no ha sido rectilíneo. Han existido altibajos y su dimensión

ha sido, de hecho, durante un largo periodo, regulada por la demanda local. También,

han aportado históricamente, al producto local, en forma temporal, pequeñas

explotaciones mineras de carbón que hoy están inactivas. Por otra parte, en el

Page 55: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

55

último tiempo, la operación de salmoneras y la piscicultura, han generado una

diversificación destacable, en este ítem se inserta la actividad productiva a

desarrollar por el titular.

En términos de sus expectativas, son distintas, y de una dimensión de un rango muy

superior, las posibilidades de crecimiento que generan las eventuales explotaciones

acuícola y la de sus valiosos recursos carboníferos.

En el marco de lo público, la Municipalidad es la que asume con sus recursos, un rol

vital para la operación de toda la actividad comunal, sobre todo, referida a la

multifacética labor social y asistencial que encara y financia con su presupuesto,

además de ejercer como autoridad, los servicios derivados de su rol constitucional. En

cuanto al ámbito privado, las empresas de servicio que aportan su gestión en Río Verde

son las de transporte terrestre y marítimo, y las empresas turísticas (mixtas).

Por otra parte, la acuicultura está actualmente representada por una empresa que se

dedica a la crianza de salmón y trucha. Su producción excede los 3.500.000 alevines al

año. Esta empresa dispone de una tecnología moderna y su inversión es del orden de

U$275.000, la cual fue financiada en un 40% por CORFO.

En este contexto se concluye que la actividad desarrollada por el titular no producirá

impactos negativos en la dimensión socioeconómica,

e) Dimensión de bienestar social básico: Escenario relativo a la oferta y demanda

tanto de infraestructura comunitaria y servicios como de ambiente natural y construido,

a objeto de evaluar la mantención y/o desarrollo de las condiciones actuales de acceso

o mejoramiento de las condiciones de bienestar social básico para los grupos

humanos en el área de influencia del proyecto o actividad.

Las actividades asociadas al proyecto se desarrollarán en el área de concesión

solicitada, no existe población en el área de influencia del proyecto. En este

contexto se concluye que la actividad desarrollada por el titular podría generar impactos

positivos en la dimensión de bienestar social básico,

Al respecto cabe señalar que:

- El proyecto se emplaza en la concesión de acuicultura.

- Durante la campaña de terreno no se visualizaron asentamientos de grupos

humanos establecidos con antelación al proyecto, por tanto, éste no generará

reasentamiento de comunidades.

- El presente proyecto sólo cuenta con instalaciones en mar, no tendrá ninguna

instalación de apoyo en tierra.

- Dentro del área de influencia del proyecto no hay asentamientos humanos, que

pudiese ser afectado por la operatividad del centro.

Respecto de la evaluación de la alteración significativa a los sistemas de vida y

costumbres de los grupos humanos, acorde a información presentada concluyó:

Page 56: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

56

a) En el área de influencia del proyecto no se detectó recursos naturales utilizados

como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales

como uso medicinal, espiritual o cultural., por lo cual es posible concluir que el

proyecto en evaluación no genera intervención, uso o restricción al acceso de los

recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para

cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

Sin embargo se aclara que El titular permitirá el acceso de embarcaciones de

pescadores artesanales en general y en especial atención a la comunidad

kawésqar, para el libre tránsito a lugares donde se efectúen faenas de pesca y

buceo. En este sentido, cabe mencionar, que en la concesión donde se

desarrollaran las actividades de cultivo, no presenta bancos naturales de

ninguna índole y según el último estudio de zonificación de borde costero, el

lugar donde se emplazará el proyecto, corresponde a un área apta para el

desarrollo de la acuicultura.

b) Las actividades asociadas a la construcción y operación del centro se restrieguen

al área de concesión. Se concluye que el proyecto en evaluación no genera

obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento

significativo de los tiempos de desplazamiento.

c) El poblado más próximo corresponde a Rió Verde, aproximadamente a 100 km,

en este contexto el proyecto en evaluación no genera alteración al acceso o a la

calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

d) Las actividades asociadas a la construcción y operación del centro se restrieguen

al área de concesión, el poblado más próximo corresponde a Rió Verde. En este

contexto el proyecto en evaluación no genera dificultad o impedimento para el

ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que

puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. El

titular señala que cerca del área de emplazamiento del proyecto no existen

asentamientos humanos, tampoco se encuentran en este territorio comunidades

indígenas o grupos humanos protegidos por leyes especiales, ni tampoco se

desarrollan ceremonias religiosas u otras manifestaciones propias de la cultura o

del folklore que puedan verse afectadas por la instalación del proyecto. Por lo

tanto, la instalación del proyecto no involucra reasentamiento de comunidades

humanas, ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de

grupos humanos.

Conclusión 3: “De acuerdo a lo anterior, se puede concluir que el proyecto no

generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa

de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Sin embargo, considerando la relevancia del tema, los siguientes son los compromisos

adquiridos por el titular, en relación a lo establecido en el D.S. Nº 279 de 2005,

publicado en el Diario Oficial el día 28 de abril De 2006, que Declara Área de Desarrollo

Indígena la Zona Que indica:

Page 57: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

57

a) Es importante destacar que las actividades propias de este tipo de proyectos (Centro

de Cultivo de Salmónidos), no considera acciones en tierra. Solo se remite a un área o

porción de mar definida en la DIA y sólo en casos circunstanciales, debidamente

explicitado en el reglamento interno de la empresa, se considerará acercarse a la costa.

b) Aun cuando la concesión no se vincule directamente a territorio Kawesqar, el Titular

se encuentra y se mantendrá en diálogo permanente con las comunidades

mencionadas, a través de la Asociación de Productores de Salmón y Trucha de

Magallanes A.G. De la Cual forma parte, en virtud a lo dispuesto en el D.S. Nº 279 De

2005.

c) Mainstream Chile S.A., está en conocimiento que desde Marzo del 2014, se llevará

a cabo un convenio de cooperación de carácter indefinido, que permitirá llevar a cabo

diferentes iniciativas de interés común, orientadas al desarrollo laboral y educacional de

dicha comunidad indígena, aportando al rescate, fortalecimiento y sostenibilidad de su

cultura, en el cual verá las formas más correctas y apropiadas de participar y contribuir

a dicho fortalecimiento.

d) En caso que a futuro se cedan tierras cercanas a la comunidad Kawésqar actual, el

Titular se compromete generar un Plan de Relaciones Comunitarias, que permitirá

definir en conjunto con esta comunidad, los aportes con los que puede contribuir el

proyecto, y asegurarse con este mecanismo de diálogo, tener una comunicación

permanente con ellos, generando una relación

de buenos vecinos.

D) Artículo 8, DS 40/2012, Localización y Valor ambiental del Territorio.

Se adjunta análisis respecto de la localización del proyecto, respecto de poblaciones,

recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales

protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental

del territorio en que se pretende emplazar.

Se entenderá que el proyecto o actividad se localiza en o próxima a población, recursos

y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos,

glaciares o a un territorio con valor ambiental, cuando éstas se encuentren en el

área de influencia del proyecto o actividad.

El área de potencial influencia definida para el proyecto, comprende una superficie de

6,2 Km2, que corresponde en un 100 % a porción de agua, que comprende el área de

concesión, donde se instalarán todas las estructuras de cultivo, acorde a normativa

vigente al interior de la concesión y además el área de dispersión de fecas y alimento

no consumido (Figura 3). Es importante destacar que no existe proyección a la línea de

costa, ya que ni aún en el peor escenario las emisiones (alimento no consumido y

fecas) llegarán a la costa.

Page 58: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

58

En el área de influencia del proyecto no existe población protegida. Se entenderá por

poblaciones protegidas a los pueblos indígenas, independiente de su forma de

organización. No se registró presencia de grupos humanos pertenecientes a

grupos indígenas en el área de influencia del proyecto. El titular amplia la

información presentada haciendo referencia a los antecedentes culturales,

particularmente al pueblo Kawésqar28, conocido como nómades del mar, y su conexión

con el territorio, considerando que el centro se encuentra ubicado en el mar, lugar de

desarrollo de la Comunidad Kawésqar residente en Punta Arenas y Puerto Natales.

Actualmente, en Puerto Eden, existen 9 miembros hablantes de la lengua Kawésqar.

La solicitud de concesión se emplaza en el sector correspondiente a Tawókser,

correspondiente a la zona del mar de Skyring, seno Otway y ambos márgenes del

Estrecho de Magallanes.

Existen ciertos puntos que tenían importancia especial para los Kawésqar: Faro en Isla

San Pedro, Puerto Eden, Isla Kalau, Itsmo y Faro Fairway; ninguno de los cuales se

emplaza en el área de influencia del proyecto.

Respecto de los cambios culturales y situación actual de los Kawésqar, se indica que se

generó una gran pérdida cultural y reducción de la población debido al contacto con

pescadores, loberos y cazadores provenientes de Chiloe, así como marineros y colonos

que ocuparon las tierras de explotación ganadera (Tonko, 2007; Vega 1995; Aguilera,

1988; Emparaire, 1958; fide ORD.N°715, 21/12/2012, Corporación Nacional de

Desarrollo Indígena).

Sumado a lo anterior, se destaca el impacto que tuvo en la pérdida de la cultura y del

nomadismo de este pueblo la creación de políticas de asimilación, promovidas por el

Estado Chileno (Tonko, 2007; fide ORD.N°715, 21/12/2012, Corporación Nacional de

Desarrollo Indígena). Ejemplo de estás políticas son aquellas referidas a la educación

escolar sin incorporar la cultura Kawésqar, cambio de nombres obligación de uso de

vestuario, regulaciones de navegación y pesca; e inclusive la designación de parte de su

territorio como Parque Nacional (1969) lo que prohibió la caza y recolección de la

mayoría de las especies ancestrales utilizadas por los Kawésqar (Tonko y Oyarzun,

2003; com pers. Comunidad Kawésqar residente en Puerto Eden fide ORD.N°715,

21/12/2012, Corporación Nacional de Desarrollo Indígena).

Las actividades económicas del pueblo Kawésqar son principalmente: Extracción de

madera, Pesca Artesanal, Producción de Cholga seca ahumada y en forma

complementaria extracción de centolla y recolección de luche. Las obras, acciones y

emisiones del proyecto se restringen al área de influencia, por lo cual el proyecto no es

susceptible de afectar poblaciones protegidas, se considerará la extensión, magnitud o

duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.

Respecto de recursos protegidos, se entenderá que corresponden a aquellos

colocados bajo protección oficial mediante un acto administrativo de autoridad

28 Todos los antecedentes presentados referidos al Pueblo Kawésqar, fueron extraídos de Oficio Ord. N° 715

(21/12/2012). Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

Page 59: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

59

competente, con la finalidad de asegurar la diversidad biológica, tutelar la preservación

de la naturaleza o conservar el patrimonio ambiental. El proyecto no contempla

intervenir ni se emplaza cercano a Recursos o Áreas Protegidas, por cuanto las Áreas

Protegidas más cercanos se encuentran ubicados aproximadamente a:

- RN Alacalufes a 41 km al Sur del Proyecto

- RN Magallanes a 96 km al Sureste del Proyecto

En relación a áreas protegidas, podemos señalar que el lugar de emplazamiento se

encuentra dentro de las “Áreas Aptas para la Acuicultura” según D.S. Nº 350/03 del

MINDEF, y se encuentra ubicado dentro de las “Áreas preferentes para la

Salmonicultura” (Figura 5).

Del análisis efectuado respecto de la presencia de areas del patrimonio ambiental bajo

protección oficial consideradas como áreas protegidas para la protección de la

biodiversidad: Parque Nacional, Reserva Nacional y Monumento Natural, actualmente

conforman SNAPSE, Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado.

Además se debe considerar la presencia de Reserva de Regiones Vírgenes (Aún existen

áreas declaradas en esta categoría en Chile), Santuario de la Naturaleza, Parque

Marino, Reserva Marina y Áreas Marinas Costeras Protegidas.

Respecto de sitios Prioritarios para la Conservación, el proyecto no contempla intervenir

ni se emplaza cercano a sitios prioritarios y áreas protegidas para la conservación de la

biodiversidad, por cuanto los sitios más cercanos se encuentran ubicados a:

- Parque Marino Francisco Coloane a 7 km hacia el Sur del Proyecto.

- Sitio Prioritario Río Perez a 29 km hacia el Este del Proyecto.

- Sitio Prioritario Canal Fitz Roy a 59 km hacia el Este del Proyecto.

- Sitio Prioritario Península Muñoz Gamero a 61 km hacia el Oeste del Proyecto.

- Sitio Prioritario Seno Otway a 59 Km hacia el Sur del Proyecto.

- Sitio Prioritario Río Rubens a 49 km hacia el Norte del Proyecto.

- Sitio Prioritario Sector Dora a 49 km hacia el Norte del Proyecto

Del Análisis efectuado para la Región de Magallanes (Tabla 21), respecto de Parques

Nacionales, Reservas Naturales y Monumentos Nacionales se tiene que el área SNASPE

más cercana es la Reserva Nacional Alacalufes, distante unos 40 km aproximadamente

(Figura 6).

Page 60: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

60

Figura 5: Uso del borde Costero sector de Emplazamiento del proyecto.

Tabla 20: Distribución provincial, comunal, y superficie de áreas SNASPE en la

Región de Magallanes y Antártica Chilena29.

Área SNASPE Nombre Provincia Superficie Hás.

Parque Nacional Bernardo O´Higgins Última Esperanza 3.525.901

Parque Nacional Torres del Paine Última Esperanza 181.414

Parque Nacional Pali Aike Magallanes 5.030

Parque Nacional Alberto de Agostini

Magallanes, Tierra

del Fuego y

Antártica Chilena

1.560.000

Parque Nacional Cabo de Hornos Antártica Chilena, y

Magallanes 63.093

Reserva Nacional Laguna Parrillar Magallanes 18.814

Reserva Nacional Magallanes Magallanes 13.500

Reserva Nacional Alacalufe Natales, Rio Verde,

Punta Arenas. 2.313.875

Monumento Natural Cueva del Milodón Última Esperanza 189

Monumento Natural Los Pingüinos Magallanes 97

Monumento Natural Laguna de los

Cisnes Tierra del Fuego 25

29 http://www.conaf.cl/parques/seccion-parques-nacionales.html

http://www.conaf.cl/parques/seccion-monumentos-naturales.html

http://www.conaf.cl/parques/seccion-reserva-nacional.html

Page 61: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

61

Figura 6: Distribución espacial de áreas SNASPE cercanas a la solicitud de

concesión.

Se entenderá por humedales protegidos aquellos ecosistemas acuáticos incluidos en la

Lista a que se refiere la Convención Relativa a las Zonas Húmedas de Importancia

Internacional Especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, promulgada mediante

Decreto Supremo N° 771, de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores. En el área

de emplazamiento de la concesión y su área de influencia, no se registra la presencia de

humedales, dada la naturaleza del proyecto. El proyecto no contempla intervenir ni se

emplaza cercano a humedales protegidos, el sitio más cercano se encuentra ubicado en

el sector del Tres Puentes con una extensión de 50 Ha y enclavado a la entrada de

Punta Arenas a 115 Kilómetros al Sureste del Proyecto.

Se amplía la información presentada indicando que, en general, la información de

humedales en Chile es dispersa, no sistemática, diversa, y con una notable diferencia

en los esfuerzos de investigación y caracterización realizados en las distintas regiones.

Un catastro realizado el año 1999 (CONAMA-CONAF) reporta la existencia de

aproximadamente 4,5 millones de hectáreas de humedales en el país, equivalentes al

6% del territorio de Chile. En este mismo estudio se contabiliza a los bosques como

principal categoría de uso dentro del SNASPE, con un 28,1%, seguido de Humedales

con un 24,8%, correspondiente principalmente a turberas ubicadas en las regiones XI

y XII. Según estos cálculos, aproximadamente 3 millones y medio de hectáreas de

Page 62: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

62

humedales estarían protegidas dentro del SNASPE, correspondientes al 77% de la

superficie total de humedales en el país30.

La “turba magallanica” se encuentra desde el Golfo de Penas (48º S) hasta el extremo

sur de América del Sur (56º S), con algunas representantes de este tipo de humedal

ubicadas más al norte, como en la cordillera pelada de Valdivia y en la isla de Chiloé,

siendo conocidas localmente como “campañas” (Díaz et al., 2005; Valenzuela-Rojas &

Schlatter, 2004). La vegetación es continua, herbácea, dominada principalmente por

musgos del género sphagnum. Se describen especies de herpetofauna como los anfibios

Batrachyla taeniata, Eupsophus vittatus, Pleurodema thaul, Bufo arunco; y los reptiles

Liolaemus cyanogaster y Liolaemus pictus (Valenzuela-Rojas & Schlatter, 2004).

Otro humedal identificado en el extremo sur de Chile son los “mallines” (aguazal, bajos

aguachentos en lenguaje mapundungum). Estos se originan en sectores hundidos, ya

sea en terrenos planos o inclinados. En el invierno o en la época de lluvias, una

acumulación de agua con impedimento de su salida en sentido horizontal y vertical,

debido a un sustrato geológico impermeable en el subsuelo. Estos ambientes presentan

una napa freática superficial en al menos una porción importante de su superficie.

Respecto de los Humedales se han jerarquizado las amenazas en función de los

ecotipos. En los bordes continentales próximos a la concesión, pero fuera del área de

influencia de esta, los humedales debería ser de tipo Escorrentía, sus principales

amenaza físicas correspondes extracción de agua superficial y desforestación. Por otro

lado sus amenazas químicas corresponden a descarga d eriles con alta concentración de

nutrientes y sus amenazas biológicas corresponden a desforestación vegetación

ripariana 31.

Respecto de Glaciares, el proyecto no contempla intervenir ni se emplaza cercano a

glaciares o campos nevados, por cuanto el sitio más cercano denominado Gran Campo

Nevado, con una elevación de 1.640 m, se encuentra ubicado a 44 Kilómetros hacia el

Oeste del Proyecto.

Se indica que no hay poblaciones cercanas ni áreas de patrimonio cultural cercanas al

Proyecto, tampoco existen predios o poblaciones indígenas cercanas y los sitios

arqueológicos más cercanos conforme a Documento “Mapa de sitios Arqueológicos de la

Región de Magallanes y Antártica Chilena”, proporcionado por CONADI, serían los de

Pta. Laura a más de 2 km y los de Isla Escarpada a más de 6 km, mayor detalle en

Figura 7.

30 Protección y manejo sustentable de humedales integrados a la cuenca hidrográfica. Centro de Ecología Aplicada Ltda. Comisión Nacional de Médio Ambiente Gobierno de Chile Informe Final Diciembre 2006 CONTRATO CONAMA N°31-22-001/05 31 Protección y manejo sustentable de humedales integrados a la cuenca hidrográfica. Centro de Ecología Aplicada Ltda. Comisión Nacional de Medio Ambiente Gobierno de Chile Informe Final Diciembre 2006 CONTRATO CONAMA N°31-22-001/05

Page 63: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

63

Figura 7: Mapa de sitios Arqueológicos de la Región de Magallanes y Antártica

Chilena.

En este contexto se reiteran los siguientes compromisos adquiridos por el titular, en

relación a lo establecido en el D.S. Nº 279 de 2005, publicado en el Diario Oficial el día

28 de abril De 2006, que Declara Área de Desarrollo Indígena la Zona Que indica:

a) Es importante destacar que las actividades propias de este tipo de proyectos (Centro

de Cultivo de Salmónidos), no considera acciones en tierra. Solo se remite a un área

o porción de mar definido en la DIA y sólo en casos circunstanciales, debidamente

explicitados en el reglamento interno de la empresa, se considerará acercarse a la

costa.

b) Aun cuando la concesión no se vincule directamente a territorio Kawesqar, el Titular

se encuentra y se mantendrá en diálogo permanente con las comunidades

mencionadas, a través de la Asociación de Productores de Salmón y Trucha de

Magallanes A.G. De la Cual forma parte, en virtud a lo dispuesto en el D.S. Nº 279 De

2005.

c) Mainstream Chile S.A., está en conocimiento que desde Marzo del 2014, se llevará

a cabo un convenio de cooperación de carácter indefinido, que permitirá llevar a cabo

diferentes iniciativas de interés común, orientadas al desarrollo laboral y educacional de

dicha comunidad indígena, aportando al rescate, fortalecimiento y sostenibilidad de su

cultura, en el cual verá las formas más correctas y apropiadas de participar y contribuir

a dicho fortalecimiento.

Page 64: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

64

En el área de influencia del proyecto no hay población, ni recursos susceptibles de ser

afectados, así como del valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. En

el área de influencia del proyecyto no existen comunidades o grupos humanos

protegidos por leyes especiales, ni tampoco se desarrollan ceremonias religiosas u otras

manifestaciones propias de la cultura o del folklore. Se entenderá que un territorio

cuenta con valor ambiental cuando corresponda a un territorio con nula o baja

intervención antrópica y provea de servicios eco sistémicos locales relevantes para la

población, o cuyos ecosistemas o formaciones naturales presentan características de

unicidad, escasez o representatividad. Se entrega esta información con el objeto de dar

cumplimiento al Art.11, literal (d) de la Ley 19.300, y el Art. 8 del D.S. N° 40 de 2012.

Por lo tanto, sobre la base del análisis anterior, el área donde se emplazará el proyecto,

incluyendo sus obras y acciones asociadas al proyecto, en cualquiera de sus fases:

• No se localiza en un área de desarrollo indígena (ADI), por lo cual NO se afectará los

objetivos que persiguen estas áreas que son respetar, proteger y promover el desarrollo

de los indígenas, sus culturas, familias y comunidades, proteger las tierras indígenas,

velar por la adecuada explotación de estas tierras y velar por el equilibrio ecológico de

estas tierras.

• No se localiza en Áreas Protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales

protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, por lo que NO se afectara sitios

prioritarios para la conservación ni el valor ambiental del territorio.

En conclusión, considerando la información presentada, se estima que en el proyecto o

actividad no es susceptible de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios

para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental,

se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes,

obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad,

teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden

resguardar.

E) Art N°9, DS 40/2012. Valor paisajístico o turístico de una zona.

Como conclusión del Estudio de Paisaje (Adjunto en Anexo 4) se desprende que las

características que se presentan en este paisaje, y en particular el sector evaluado, son

bastante comunes a la situación que se observa en todo el territorio circunscrito en los

fiordos y canales de la XII región.

Los resultados de la aplicación del método propuesto por Aguiló et al (1992) muestran

que todas las unidades definidas (radio de 500, 1000 y 1500 m) tendría una Calidad

Visual Alta, por lo que el paisaje en general, será de una Calidad Visual Alta.

Además, respecto a la fragilidad visual se destaca que el lugar de solicitud de concesión

presenta Fragilidad Visual Media para todas las Unidades de Paisaje analizadas (500 m,

1000 m y 1500m), por lo que el paisaje en general, será de una Fragilidad Visual y una

Capacidad de Absorción Visual (C.A.V) Media.

Page 65: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

65

De esta combinación se desprende que el área de emplazamiento del proyecto presenta

condiciones favorables para establecer actividades de turismo y recreación. Referente, a

los atractivos turísticos de la zona, se destaca que si bien el proyecto se encuentra

emplazado dentro del Seno Skyring, ésta no se verá afectada por él, dada la magnitud

y duración de la intervención en relación al impacto visual, las cuáles se establecieron

como no significativas.

Adicionalmente se proponen medidas de mitigación, con la finalidad que exista una

alteración mínima en el paisaje, el Titular se compromete a utilizar colores armónicos

con el paisaje del sector, de modo de lograr la mimetización de las estructuras que

forman parte del proyecto con el entorno. De esta forma, las estructuras de cultivo

mantendrán colores similares a los del entorno (por ejemplo verde oliva o gris grafito)

permitiendo que la intervención sea mínima desde el punto de vista paisajístico. En el

mismo sentido, se mantendrá los alrededores al área de emplazamiento del proyecto

libre de contaminación de cualquier tipo de residuos. Finalmente y con todos los

antecedentes, expuestos tanto en la DIA como en el presente estudio, se concluye que

existirá una alteración mínima del paisaje y el turismo, debido principalmente, a que el

área de influencia del proyecto es reducida, existe escaso movimiento de turistas y que,

a pesar de que se obtiene un paisaje de Calidad Visual Alta, el proyecto considerará

medidas de mitigación que permitirán que el impacto visual que se produzca por el

proyecto sea mínimo, y completamente reversible.

La ruta de abastecimiento se suma a otras tantas embarcaciones que potencialmente

transitan por lo que no se prevé un impacto en esta fase del proceso productivo. Por

otro lado, la ubicación próxima a otras islas como fondo, genera una situación de

confinamiento que reduce el ángulo de visión o percepción del centro, ocultándola.

El proyecto no interferirá con el movimiento marino del sector. Al respecto se ratifica

que en ninguna medida será obstruido el acceso a embarcaciones que naveguen por el

lugar.

Desde el punto de vista del paisaje se concluye que la materialización del proyecto

tendrá una incidencia no significativa respecto de eventuales impactos negativos,

resultados avaluados en la evaluación realizada, de los que se destaca:

Finalmente y en virtud de los resultados de este informe de caracterización paisajística

y turística, se concluye que el proyecto, no genera o presenta efectos adversos

significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables. A objeto

de evaluar lo anterior, se tomaron en cuenta lo indicado en el artículo 9 del Reglamento

del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. 40/2012).

F) Artículo 10, DS N°40/2012. Alteración del patrimonio cultural.

En base al análisis presentado el proyecto no genera o presenta alteraciones de

monumentos, sitios antropológicos, arqueológicos, históricos y en general

pertenecientes al patrimonio cultural. Sin embargo, el titular reitera los siguientes

antecedentes:

Page 66: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

66

- En el sector donde se emplazará en proyecto, es decir la concesión, no existen

sitios con valor antropológico, arqueológico y/o histórico.

- El proyecto no considera el uso de infraestructura o sistemas de apoyo en

lugares distintos al área de emplazamiento, ya mencionada.

- El proyecto no contempla la remoción, destrucción, traslado, deterioro o

modificación de algún Monumento Nacional de aquellos definidos en la Ley 17.288: o la

modificación o deterioro en construcciones, lugares o sitios que por sus características

constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por

su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural.

Respecto del Patrimonio Cultural del Pueblo Kawésqar, se tiene conocimiento de zonas

cercanas si se encuentran vestigios de este tipo, gracias a estudios realizados por el

Centro de Estudios del Hombre Austral (UMAG) fide ORD.N°715, 21/12/2012,

Corporación Nacional de Desarrollo Indígena. En este contexto, en caso de efectuarse

un hallazgo arqueológico y/o paleontológico, se procederá según lo establecido en los

artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N°

20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones

arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Por otro lado el titular se compromete

a cumplir con la no afectación del patrimonio cultural sub-acuático declarado

Monumento Histórico mediante Decreto N° 311 del 08.10.1999 del Ministerio de

Educación.

En base al análisis presentado el proyecto no generará o presentará

alteraciones de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico,

histórico y en general perteneciente al patrimonio cultural.

B.2.- Ubicación del proyecto o actividad, partes, obras o acciones.

La ubicación del proyecto y sus principales partes, obras o acciones se desarrollarán en

la comuna de Río Verde, inserta en la Provincia de Magallanes en la XII Región de

Magallanes y La Antártica Chilena. En cuanto a la superficie que abarcara el proyecto,

ésta corresponde a un área total de 10,16 Há.

En cuanto al acceso al proyecto, éste se realizará por mar desde Punta Arenas o Puerto

Natales y las obras y acciones del proyecto se encuentran detallaron oportunamente en

el presente documento.32

32 Secciones a.4, a.5, a.6, a.7

Page 67: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

67

B.3.- En caso de corresponder, la ubicación y cuantificación de los recursos

naturales renovables a extraer o explotar por el proyecto o actividad para

satisfacer sus necesidades.

Debido a la naturaleza y objetivo del proyecto, no se realizará la extracción ni

explotación de recursos naturales renovables en ninguna de sus fases.

B.4. Las emisiones del proyecto o actividad.

En el capítulo de Descripción del proyecto, específicamente Etapa de construcción:

Sección A.5 y Etapa de Operación: Sección A.6, se detallaron todas las emisiones del

proyecto.

B.5. La cantidad y manejo de residuos, productos químicos y otras sustancias

que puedan afectar el medio ambiente.

En el capítulo de Descripción del proyecto, específicamente Etapa de construcción:

Sección A.5 y Etapa de Operación: Sección A.6, se detalló la cantidad y manejo de

residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente

B.6. Antecedentes que justifiquen la inexistencia de susceptibilidad de

afectación pueblos localizados en el área en que se desarrollará el proyecto o

actividad.

Considerando la determinación del Área de Influencia efectuada, se concluye que no

existen pueblos localizados en el área en que se desarrollará el proyecto o actividad. En

este contexto no existe susceptibilidad de afectación a pueblos localizados en el área en

que se desarrollará el proyecto o actividad.

B.7. Cualquier otra información ambiental que el titular estime pertinente.

El presente documento está elaborado bajo las directrices del D.S. N°40, acorde TITULO

3, DE LOS CONTENIDOS DE LOS ESTUDIOS Y DECLARACIONES DE IMPACTO

AMBIENTAL, Párrafo 1, “Contenidos mínimos comunes de los Estudios y Declaraciones

de Impacto ambiental, al respecto de incluyen las siguientes especificaciones33:

Por lo que el titular considera que toda la información ambiental relevante, está

contenida en la presente DIA.

33 Articulo 16 y 17 del DS 40, ver página 6 y 7 del presente documento.

Page 68: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

68

B.7.1.- Artículo 12.- Modificación de un proyecto o actividad.

El titular indica que el proyecto sometido a evaluación modifica la RCA N°

075/2007 correspondiente al proyecto “CES, Seno Skyring, Punta Laura, Pert

N° 204121005.

B.7.2.- DS 40, Artículo 13.- Relación con las políticas, planes y programas de

desarrollo.

El Titular describe la forma en que sus proyectos o actividades se relacionan con las

políticas, planes y programas de desarrollo regional, así como con los planes de

desarrollo comunal del área de influencia del proyecto.

Para evaluar la forma en que el proyecto o actividad se relaciona con las políticas,

planes y programas de desarrollo regional y comunal, el titular consideró la tipología del

proyecto o actividad:

El proyecto cumple con la tipología dispuesta en el Artículo 10 ° Letra n de la

Ley 19.300 (n: Proyectos de explotación intensiva; cultivo y Plantas de

Recursos Hidrobiológicos) y Artículo 3 ° Letra n.3, del Reglamento del Sistema

de Evaluación de Impacto Ambiental.

Luego se determinará si se encuentra reconocida en alguna de las definiciones

estratégicas, objetivos generales u objetivos específicos de dichos instrumentos. Del

mismo modo, se indica cuáles de dichas definiciones y objetivos se ven favorecidos o

perjudicados por el proyecto.

En el presente capítulo se expone la relación que tiene el proyecto con las Políticas,

Planes y Programas regionales y comunales vigentes, tal como es indicado en la Ley Nº

19.300, en su artículo 9 ter, modificada por la Ley Nº 20.417.

Se evalúa la interacción del proyecto referida a los instrumentos de

planificación regional vigentes.

B.7.2.1.- Proyecto y su Relación con Políticas, Planes y programas de

Desarrollo Regional y Comunal.

El presente proyecto corresponde a la instalación e implementación de un nuevo centro

de cultivo de salmones ubicado en la Comuna de Río Verde, XII región.

A continuación se analizan los lineamientos de política, planes y programas de

desarrollo regional y comunal, con el objeto de establecer como se relaciona el proyecto

con los instrumentos señalados.

El artículo 9° ter de la Ley 20.417 no menciona ni exige la necesidad de formular

indicadores de seguimiento, valor meta ni medio de verificación, por cuanto sólo

Page 69: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

69

establece que: “Los proponentes de los proyectos o actividades, en sus Estudios o

Declaraciones de Impacto Ambiental, deberán describir la forma en que tales proyectos

o actividades se relacionan con las políticas, planes y programas de desarrollo regional,

así como los planes de desarrollo comunal. Sin embargo, el titular reconoce que la

existencia de indicadores de seguimiento para el proyecto en evaluación y otros

similares, constituye una de las maneras básicas de clarificar su aporte a la ERD.

Políticas, Planes y Programas de Desarrollo Regional

La estrategia de Desarrollo Regional para el período 2012-2020, formulada por la

Secretaría Regional de Planificación y Coordinación de la XII Región, definió como

imagen objetivo lo siguiente:

Al 2020, la Región de Magallanes y Antártica chilena, habrá logrado un crecimiento y

desarrollo económico sostenido y sustentable, contará con un sistema de leyes e

incentivos especiales que articulará una visión integrada de desarrollo, lo que habrá

permitido superar la pobreza, respetando la diversidad sociocultural, con

empoderamiento ciudadano y una valoración del patrimonio natural y cultural, que

otorgará un sello multicultural de la Patagonia chilena. Ello, redundará en una alta

integración territorial, con una conexión expedita con el territorio nacional, permitiendo

que la Región sea una puerta de entrada nacional e internacional a la Antártica,

insertando así a Magallanes al ámbito científico y tecnológico mundial.

Se abordan los siguientes componentes y ámbitos, considerando los objetivos

estratégicos y lineamientos.

Tabla 21: Ámbitos Priorizados de la Estrategia de Desarrollo Regional para el

período 2012-2020.

Ámbitos priorizados Ámbitos priorizados

Competitividad y desarrollo

productivo

Turismo, Minero – Energético, Pesca y Acuicultura,

Agricultura, Ganadería y Forestal, Servicios Marítimos y

Portuarios

Desarrollo social, cultura y

pueblos indígenas

Desarrollo social, Cultura y Patrimonio, Pueblos Indígenas.

Desarrollo territorial

integrado.

Infraestructura y Conectividad, Antártica.

Ejes y lineamientos

transversales.

Territorial, Género, Descentralización y Medio Ambiente y

Sustentabilidad.

El Titular, señala que el centro de cultivo se alineará con las Líneas Estratégicas

descritas en la Estrategia Regional de Desarrollo 2012-2020, establecida por el

Gobierno Regional de Magallanes y Antárctica Chilena, potenciando el DESARROLLO

ECONOMICO Y PRODUCTIVO en el marco regional, debido a que promoverá inversiones

directas e indirectas asociadas a la ejecución del proyecto.

Page 70: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

70

Dentro del objetivo estratégico de competitividad y desarrollo, tiene los ejes de turismo,

minero, energético, pesca y acuicultura, ganadería, forestal, agricultura y servicios

marítimos y portuarios. Dentro del eje de turismo, el presente proyecto puede aportar a

la carta gastronómica local con productos Premium de salmón patagónico, el cual será

puesto a disposición en la mesa de los habitantes de la región.

La acuicultura sin ser del todo una actividad turística, no es una actividad antagónica o

que se contraponga al turismo, sino que ambas pueden coexistir. Es por esto, que

también se puede idear una ruta turística en torno al salmón que permita al turista

navegar y tener la posibilidad de conocer “in situ” un centro salmonero.

Al ser parte de los sectores productivos claves en la Región de Magallanes y la Antártica

Chilena, la acuicultura ha generado un impacto en el producto interno bruto regional,

por lo que, el proyecto en evaluación también se sitúa en el lineamiento de

competitividad y desarrollo productivo, siendo parte de un sector en pleno crecimiento

en la región.

De acuerdo al lineamiento 3 del Objetivo Estratégico de Competitividad y Desarrollo

Productivo, “incentivar el desarrollo sustentable y competitivo de la actividad pesquera

(artesanal e industrial) y acuícola de la región, mediante la priorización de iniciativas

que fortalezcan la innovación y el emprendimiento del sector público y privado” el

proyecto se vincula a este lineamiento de las siguientes formas:

El proyecto privilegiará la contratación de personal, adecuado para las labores

propias del centro de cultivo, de la región. Para mantener un buen manejo de

todas las actividades, se capacitará al personal en las labores a desempeñar y

aspectos como bioseguridad y normativa ambiental.

Este proyecto privilegiará la contratación de pequeños empresarios

Meanstream Chile S.A., es consciente de la protección del entorno natural donde

se emplazan los proyectos, y entiende que el cuidado al medio ambiente es

paralelo a todas las actividades económicas propias de la empresa, ya que de

ello dependerán los futuros ciclos productivos. Por tal motivo el Titular insta al

desarrollo sostenible y a la producción limpia de los recursos hidrobiológicos

cultivados.

Por último mencionar los Ejes y Lineamientos Transversales, como parte de la

Identificación de Lineamientos Estratégicos, es importante destacar que existen

elementos que son transversales a los anteriores ámbitos, sectores y subsectores

identificados y que tienen relación con el proyecto, estos son:

· Enfoque Género.

· Descentralización.

· Enfoque Territorial.

· Medio Ambiente y Sustentabilidad.

Page 71: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

71

En base a lo antes mencionado el titular señala que el proyecto está enfocado en

cumplir con estos lineamientos transversales,

1. ENFOQUE GÉNERO

El titular señala que se encuentra trabajando como empresa por una equidad en el

número de empleados de ambos géneros, además cabe señalar que profesionales del

género femenino ocupan cargos de jefatura y gerencia.

2. DESCENTRALIZACIÓN

Este proyecto se ejecuta en su totalidad dentro de la región y es por ello que impulsa a

la descentralización. La ejecución de este proyecto busca incorporar los elementos

necesarios a los ámbitos y sectores prioritarios para el desarrollo de la región, y en el

fortalecimiento de las capacidades locales. Este proyecto generará empleo para las

familias de la XII región de Magallanes.

3. ENFOQUE TERRITORIAL:

La ejecución del presente proyecto, permitirá fomentar la consolidación de nuestra

región, siendo esta una actividad económica y ambientalmente factibles, abriendo

nuevos nichos de mercados en el marco regional. Cabe señalar que la actividad acuícola

requiere la prestación de diversos servicios o insumos del sector privado como:

Transportes Terrestres, Aéreos, Marítimos, Insumos, Servicios de Alimentación y

hospedaje, entre otros. De este modo, nuestro proyecto incidirá en el aumento de la

ocupación y/o empleabilidad del sector privado.

4. MEDIO AMBIENTE Y SUSTENTABILIDAD.

Este proyecto estará directamente relacionado con la institucionalidad ambiental y

pesquera, los que en su conjunto generarán programas de cuidado y mantención del

medio ambiente, alcanzando procesos de desarrollo sustentables. Con ello se busca que

el área de emplazamiento del proyecto no presente desmedro alguno de manera de no

comprometer las expectativas de las futuras producciones ni de las generaciones

futuras.

El Titular trabajara desarrollará el proyecto bajo el alero de la reglamentación ambiental

vigente impulsando acciones tendientes al trabajo conjunto con la nueva

institucionalidad ambiental, con el fin de crear buenas prácticas de producción y/o

cultivo.

B.7.2.2.- Política Regional de turismo 2010

Dentro de la Política Regional de Turismo de la Región de Magallanes y Antártica

Chilena, elaborada en Diciembre de 2010, se señalan una serie de Líneas Estratégicas,

las cuales se detallan en Tabla 25.

La política para el desarrollo turístico de la Región de Magallanes y Antártica Chilena,

debido a su diversidad, aborda temas que requieren de un referente fuerte de

Page 72: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

72

coordinación interinstitucional que asegure el seguimiento e implementación de manera

gradual de los objetivos para alcanzar el crecimiento turístico deseado, para lo cual se

debería constituir un Directorio Público-Privado Regional de Turismo, que vea la

aplicación y seguimiento de la Política Regional de Turismo y que complemente y apoye

las acciones definidas en la Política Nacional de Turismo y las instancias generadas por

la legislación específica de turismo que gradualmente se pondrán en operación.

Tabla 22: Proyecto y su relación Política de Turismo.

La política cuenta con varios lineamientos estratégicos, todos ellos apuntan al al

fortalecimiento de la actividad turística de la región, por lo que resulta difícil establecer

un análisis de compatibilidad del proyecto con los objetivos general y específicos de la

Política, toda vez que se trata de actividades productivas diferentes, aun cuando ambas

tienen su base en las ventajas comparativas que ofrece el territorio. Y si bien es cierto

puede no existir compatibilidad del proyecto con los objetivos de la Política Regional de

Turismo, el titular en ningún caso busca contraponerse a éstos. Por ello, y como

medidas de mitigación, contempla el uso de colores acordes al fondo escénico de su

área de emplazamiento, la mantención absoluta del entorno limpio y en buen estado

ambiental y visual, y el compromiso de no ocupar playas aledañas al emplazamiento del

proyecto. De acuerdo al estudio de paisaje adjunto en el Anexo 4 de la DIA, se observa

que la visualización del centro utilizando colores acordes al fondo escénico se pierde en

detalle a los 1500 m de distancia. Para mayor detalle ver informe paisaje adjunto en

Anexo 4 de la DIA.

De acuerdo a lo descrito en la presente Política Regional, es posible inferir que las

labores del Proyecto, no tendrán relación con las líneas estratégicas consideradas en el

Page 73: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

73

desarrollo turístico de la Región, puesto que la ejecución del presente Proyecto, no

intervendrá en ninguna de sus fases con la planificación y objetivos estipulados en este

instrumento, así como tampoco impedirá el incremento de este rubro en el sector

público y privado.

De acuerdo al proyecto y a lo mencionado anteriormente, éste no se encuentra

directamente relacionado con esta política, sin embargo dentro de los lineamientos

estratégicos, la línea referida al Capital humano y educación, propone como línea de

intervención “Mejorar la interrelación entre sectores productivos y educacional”, de esta

manera se pretende incorporar al sector privado en la capacitación y tecnificación de

esta actividad, considerando además inversiones privadas en el desarrollo turístico de la

Región.

También es importante destacar que el desarrollo turístico en general no sólo considera

el turismo de áreas naturales, sino que se pueden generar nuevos focos de atención al

turismo asociado a las actividades productivas, como por ejemplo lo que ocurre en otras

regiones con la incorporación de la agricultura al turismo (Agroturismo), lo que permite

dar a conocer la actividad productiva, en este caso la acuicultura, e impulsar el

desarrollo sustentable de estas actividades, lo que permite compatibilizarla además con

el entorno.

En el lineamiento de la Oferta Turística, es importante incentivar al sector privado a

invertir en actividades y lugares turísticos, que permitan el cuidado y conservación del

entorno, como es el caso de la incorporación de Parques privados.

B.7.2.3.- Políticas, Planes y Programas de Desarrollo Comunal

La comuna de Río Verde cuenta con un Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO)

aprobado en el año 2007, en el cual dentro de sus objetivos estratégicos, está el

desarrollo de la actividad acuícola y pesquera, por lo que dentro de este contexto el

presente proyecto se ajusta a los objetivos del Plan.

La comuna, creada en 1980, no cuenta con asentamientos humanos reconocidos, ya

sea por la planificación urbana regional o los sistemas nacionales de estadísticas. Su

población es 100% rural y la actividad económica principal es la ganadería ovina y

bovina, a la que se suman como actividades recientes la minería y la acuicultura. El

modelo de ocupación territorial actual condiciona negativamente la instalación de

actividad comercial, por cuanto el abastecimiento de las estancias es realizado por sus

propietarios en Punta Arenas con una periodicidad larga (una vez al mes, en de mayoría

de los casos). Se prevé que este escenario cambie en una proporción importante con la

llegada de la acuicultura y la minería, actividad que según diferentes estudios genera

3 empleos indirectos por cada puesto de trabajo real, lo cual además del impacto sobre

los requerimientos de asistencia social e infraestructura, incidirá probablemente en la

atracción de oferta comercial.

"Río Verde, Una comuna de múltiples oportunidades”

Page 74: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

74

La Imagen objetivo de la Comuna reúne los objetivos estratégicos relativos a la

modernización y desarrollo de la base productiva tradicional de la comuna más la

exitosa incorporación de las nuevas actividades y áreas de producción que se

vislumbran en el horizonte. Todo esto con la intención de mejorar de manera

significativa los índices y la calidad del empleo; la productividad comunal; el

aprovechamiento y protección de los recursos naturales y el fomento a sectores de

actividad específicos (agricultura, minería, turismo, industria, acuicultura, etc.)

mediante el apoyo del gobierno local, en todo aquello que sus atribuciones

fundamentales le permiten, a los actores productivos comunales.

Si bien las nuevas actividades productivas que potencialmente se introducirán en el

territorio dentro de un plazo mediato también responden a la lógica de explotación de

recursos naturales, tanto la minería como la acuicultura se desarrollan dentro de un

modelo de uso del suelo mucho más intensivo que la ganadería y requieren de nuevas

infraestructuras que probablemente cambiarán el rostro de Río Verde tal cual es hoy.

En función de características muy particulares del sistema y modo de poblamiento que

caracterizan a Río Verde hasta la fecha (temporalidad del esquema de trabajo en la

ganadería, responsabilidad de los patrones en el suministro de insumos básicos,

alimentación y energía), existe aparentemente una escasa demanda de viajes rutinarios

hacia la capital regional u otros centros poblados. Con la llegada de actividades

económicas complementarias a la minería y la acuicultura, más el potencial desarrollo

del turismo, la comuna debiera llegar a contar en dicho lapso con al menos un servicio

diurno de ida y vuelta a la capital regional.

A esta realidad estadística, el INE, según sus metodologías de proyección de población,

le otorga proyecciones bajas decrecimiento demográfico. Sin embargo, mediante la

consideración acerca de la instalación de nuevas actividades económicas (minería,

acuicultura y turismo), se puede hablar un próximo punto de inflexión demográfica

para la comuna. De esta manera, podemos observar hoy en día, una matriz económica

muy poco diversa, que genera relaciones laborales poco competitivas. Sin embargo, la

posibilidad del establecimiento de nuevas actividades productivas, fundamentalmente

de minería y de acuicultura, establecería un fuerte quiebre en dicha matriz, e

incentivaría un aumento considerable de población.

Por otro lado, se perfila la actividad turística, que como actividad de carácter terciaria,

está relacionada a varios elementos. Depende del surgimiento y crecimiento de las

actividades de la minería y la acuicultura, para establecerse como actividad

asociada, depende de los impulsos que se generen desde el sector público, de los

emprendimientos de un sector privado que va a tender a la diversificación, y se muestra

fuertemente condicionada por la construcción del camino Río Hollemberg-Río Pérez para

un impulso de alta magnitud.

Pese a lo anterior, debido a que el volumen demográfico es poco significativo, cualquier

proyecto productivo que se instale en el territorio comunal puede provocar efectos muy

relevantes en la estructura demográfica local. En este sentido, cualquier instalación que

implique la llegada de alguna decena de personas en un año, tiene una gran

Page 75: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

75

importancia en la proporción de crecimiento comunal. En el caso de algunos proyectos

productivos que se han identificado, como es el caso de explotaciones mineras o

desarrollos de salmonicultura, se podría llegar, incluso, a duplicar o triplicar la población

comunal en un período significativamente corto. Sin embargo, por otro lado el

PLADECO admite que en el último tiempo, la operación de salmoneras y la piscicultura,

han generado una diversificación destacable.

En el caso de la salmonicultura, se estima que el crecimiento de esta actividad

involucrará la instalación de un grupo significativo de nuevas familias residentes, en

tanto su modelo de empleo supone la presencia de trabajadores con un nivel mayor de

calificación, los cuales se trasladan a sus destinaciones en compañía de sus núcleos

familiares. Empero, es posible que esta opción no se concrete si se tiene en cuenta la

relativa cercanía a Punta Arenas, que podría hacer posible desplazamientos diarios de

los trabajadores acuícolas desde y hacia la capital regional. Acorde a lo indicado en

PLADECO vigente, será necesario analizar en detalle esta posibilidad durante las

jornadas de participación, pues de hacerse realidad la llegada de este nuevo

contingente de población, se creará inmediatamente la necesidad de mejorar los

servicios de salud y educación, así como la oferta comercial hoy inexistente.

Del mismo modo, en PLADECO vigente se indica que la actividad salmonícola debería

manejar de forma adecuada elementos que potencialmente pueden afectar el

ecosistema marino de la comuna. Frente a este requerimiento el Titular somete el

presente proyecto a Evaluación Ambiental.

Del mismo modo, en PLADECO vigente se indica, el desarrollo futuro de la

salmonicultura debe implementar medidas ambientales con el fin de no emitir

contaminantes o enfermedades potenciales que afecten al medio marino y a los

recursos pesqueros, puesto que ello podría afectar a la comunidad de pescadores del

sector. Frente a este requerimiento se Titular somete el presente proyecto a Evaluación

Ambiental.

En cuanto a las ZOIT y CEIT 2008 (Zona de Interés Turístico Nacional y Centro de

Interés Turístico Nacional), para la región de Magallanes, se tiene que sólo existen

áreas en estudio para ser declaradas como ZOIT, a saber: ZOIT P. N. Torres del Paine y

Puerto Natales; ZOIT Cabo de Hornos y Canal Beagle; y ZOIT Isla Carlos III; dado el

emplazamiento del proyecto, estas se encuentran fuera de éstas áreas.

B.7.3.- Artículo 14.- Desarrollo de proyectos o actividades por etapas.

El proponente no ha fraccionado sus proyectos o actividades con el objeto de variar el

instrumento de evaluación o de eludir el ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto

Ambiental.

La Declaración de Impacto Ambiental indica expresamente que el proyectos o

actividades se desarrollarán por etapas: Construcción, Operación y Cierre, todas

descritas íntegramente en el presente documento, indicando para cada una de ellas el

Page 76: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

76

objetivo y las razones o circunstancias de que dependen, así como las obras o acciones

asociadas y su duración estimada.

B.7.4.- Artículo 15.- Relación con las políticas y planes evaluados

estratégicamente.

Los proyectos o actividades sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

deberán considerar siempre las políticas y planes evaluados estratégicamente, de

conformidad con la Ley.

De la revisión con el catastro público de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) de la

plataforma del Ministerio del Medio Ambiente http://eae.mma.gob.c/index/ficha, se

constata que en la comuna de Magallanes, existen, a la fecha, políticas y planes

evaluados estratégicamente. Lo anterior se menciona en el punto B.7.2.1.- y a

continuación a más detalle se presenta el listado de instrumentos que actualmente son

parte de la EAE de la Región de Magallanes:

Tabla 23: Listado de Instrumentos que actualmente se encuentran en EAE34 en la

Región de Magallanes.

Instrumento Órgano Promotor Procedimiento Fecha Ingreso

Plan Gobierno Regional Ingreso Informe

Ambiental I

2013-11-12

IPT Municipalidad Ingreso Informe

Ambiental III

2012-06-04

IPT Ministerio de

Vivienda y

Urbanismo

Ingreso Informe

Ambiental II

2011-07-21

IPT Municipalidad Ingreso Informe

Ambiental II

2011-07-15

ZBC Gobierno Regional Inicio EAE 2012-01-21

34 Fuente: http://eae.mma.gob.cl/index/ficha

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77

Instrumentos EAE en relación al proyecto:

Tabla 24: Relación de Instrumentos EAE con el proyecto.

Instrumento Nombre Objetivo(s) En relación al

proyecto

Plan (Ord.

Territorial

Gobierno

Regional)

Magallanes_B84

Establecer las

compatibilidades de usos

entre las actividades

humanas y el activo

ambiental en el Borde

Costero, de acuerdo a los

intereses y prioridades

regionales.

Caracterización, análisis y

especialización del sistema

de cuencas hidrográficas de

la región, para la zonificación

funcional de las cuencas

hidrográficas del territorio

regional.

El desarrollo de este

proyecto promueve el

crecimiento de las

actividades acuícolas,

tomando en cuenta y

respetando los aspectos

normativos

ambientales, sanitarios

y la componente social

asociada a la actividad

de cultivo, además de

los usos múltiples del

borde costero como por

ejemplo el turismo,

respetando y tomando

medidas eficaces para

cada una de las

temáticas.

IPT (Plan

Regulador

Comunal Villa

Punta

Delgada)

San

Gregorio_A71

Actualización Plan Regulador

Comunal Villa Punta Delgada No aplica.

IPT (Plan

Regulador

Intercomunal

Punta

Arenas/Río

Verde)

Punta

Arenas_A21

De acuerdo a la

metodología de evaluación

ambiental: Cumplir con los

efectos, características o

circunstancias establecidas en

el Artículo 11 de la Ley,

desglosados en los artículos

5, 6, 8, 9, 10 y 11 del

Reglamento del SEIA

La presente Declaración

de Impacto Ambiental

cumple con los efectos,

características o

circunstancias

establecidas en el

Artículo 11 de la Ley,

desglosados en los

artículos 5, 6, 8, 9, 10 y

11 del Reglamento del

SEIA.

IPT

(Descripción

Resumida de

la Propuesta

de

Planificación)

Punta

Arenas_A05

Ciudad sensible al Medio

Ambiente Natural: Es

considerado un elemento

fundamental para el

desarrollo de la ciudad acoger

y proteger su ambiente

natural.

El centro de cultivo de

salmónidos en

evaluación será

compatible con otras

actividades, acorde con

la protección del medio

ambiente.

ZBC Magallanes_C07 El instrumento se encuentra

en elaboración. No aplica

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78

C) Plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable.

En esta sección se incluye:

c.1.- Identificación de las normas ambientales aplicables al proyecto o

actividad y

Tabla 25

c.2.- Descripción de la forma y fases en las que se dará cumplimiento a

las obligaciones contenidas en la normativa ambiental, incluyendo

indicadores de cumplimiento

Tabla 25

c.3.-Listado de los permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales

aplicables al proyecto o actividad;

Tabla 26

c.4.- Contenidos técnicos y formales que acrediten el cumplimiento de

los requisitos de otorgamiento de los respectivos permisos y

pronunciamientos ambientales sectoriales, según lo dispuesto en el

Título VII de este Reglamento, incluyendo indicadores de cumplimiento,

si corresponde.

Tabla 26

B.7.5.- Artículo 16.- Establecimiento de Inicio de Ejecución del Proyecto.

Luego de la obtención de la RCA de Calificación Ambiental Favorable, se dará inicio a la

ejecución del proyecto con la construcción e Instalación de Balsas Jaula y Plataforma de

Tratamiento de Mortalidad.

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79

c.1 Normativa Ambiental Aplicable

Tabla 25: Normativa ambiental aplicable y forma de dar cumplimiento.

Normativa

Etapa en que

aplica al

proyecto

Forma e Indicador de cumplimiento

Ley Nº 19.300 sobre

Bases Generales del

Medio Ambiente. Ley

Nº 20.417 que

modifica la

Ley 19.300/1994 y

que rediseña la

Institucionalidad

Ambiental Ministerio

Secretaría General de

la Presidencia.

Construcción

Operación

Cierre

Mediante el cumplimiento de las normas

ambientales vigentes y la implementación de

técnicas que permitan reducir y minimizar los

impactos ambientales o efectos negativos

sobre el medio ambiente. Se presenta a

tramitación al SEA de la región de Magallanes

la presente Declaración de Impacto

Ambiental.

Indicador de cumplimiento:

1.- Etapa de Construcción: Elaboración DIA,

Evaluación DIA por parte del SEA y Obtención

de RCA.

2.- Etapa de Operación: Obtención de INFAs

Aeróbicos.

3.- Etapa de Cierre: Se retiraran de la

concesión todas las estructuras especificadas

en normativa vigente, acorde a plan de cierre.

D.S. Nº 40, 2012,

MINISTERIO del Medio

Ambiente.

“Reglamento del

Sistema de Evaluación

de Impacto

Ambiental”.

Construcción

Operación

Cierre

El D.S. N° 40/2012 establece las disposiciones por

las cuales se regirá el Sistema de Evaluación de

Impacto Ambiental y la Participación de la

comunidad en el proceso de Evaluación de

Impacto Ambiental, de conformidad con los

preceptos de la Ley N° 19.300 sobre Bases

Generales del Medio Ambiente.

Se procede con el Ingreso de la correspondiente

Declaración de Impacto Ambiental, en la cual bajo

juramento, se establecen todas las medidas

necesarias para el cumplimiento de las normas en

pro del medio ambiente. En específico dar

cumplimiento al Permiso Ambiental 116 “permiso

para realizar actividades de acuicultura”, poniendo

énfasis en no generar efectos adversos en la vida

acuática y prevenir el surgimiento de condiciones

anaeróbicas en las áreas de acuicultura.

Indicador de cumplimiento:

1. Construcción: Elaboración DIA y evaluación

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80

ante SEA, Obtención RCA.

2. Operación: Obtención de PAS N°116.

Implementación de medidas necesarias

para la mantención de las condiciones

aeróbicas, elaboración y levantamiento de

información ambiental (INFA).

3. Etapa de Cierre: En caso de realizar cierre

del proyecto se realizará acorde a plan de

cierre, aprobado por el SEA y SMA.

Ley N° 20.091 que

modifica el D.S. Nº

430/1991 Ley General

de

Pesca y Acuicultura,

Ministerio de

Economía, Fomento y

Reconstrucción.

Construcción

Operación

Posee modificaciones en sus artículos 67, 68, 69,

77, 78, 80, 84, 90, 113, 118, 142, que regulan las

concesiones acuícolas y perfeccionan el marco

jurídico aplicable a la actividad de Pesca y

Acuicultura.

Se dará cumplimiento a la ley, la cual apunta a

promover el máximo crecimiento económico de la

acuicultura en un marco de sustentabilidad

ambiental e igualdad en el acceso a la actividad.

Indicadores de cumplimiento:

1. Construcción y Operación: Mantención de todas

las estructuras de cultivo e instalaciones de apoyo

dentro de la posición concesionada.

2. Construcción y Operación: La logística del

centro será está diseñada considerando no

entorpecer el desarrollo de otras actividades en el

sector.

3. Construcción y Operación: Se considera el uso

de tecnología orientada la no generación de

condiciones anaeróbicas del área, verificador

INFA.

4. Construcción y Operación: Una vez obtenida la

RCA y permisos sectoriales, el titular se

compromete a dar inicio de su concesión en los

plazos indicados por esta Ley. Verificador: se dará

aviso a todas las entidades pertinentes del inicio

del proyecto con la instalación de las estructuras

indicadas.

5. Construcción: Cumplimiento del artículo 77 y

78, el proyecto cuenta con un proyecto técnico

ingresado ante el Servicio. Toda la tramitación

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81

previa a la elaboración de la DIA se ha ejecutado

conforme lo dictan los presentes artículos.

Verificador: Ingreso de la DIA al SEA.

6. Construcción: Cumplimiento del artículo 80 y

84, para dar inicio a la actividad se requiere de la

entrega física de la concesión, verificador: Acta de

entrega de concesión.

7. Operación: Articulo 113 y 118, verificador, se

entregará siempre información fidedigna tanto de

la operación como de la condición sanitaria del

centro, registros entregados a SERNAPESCA

registros mantenidos en el centro de cultivo para

revisión.

8. Operación: Artículo 142, se dará cumplimento a

lo establecido en dicho artículo, verificador:

estadística entregada a SERNAPESCA, se

mantendrán copias en el centro, con ello queda en

evidencia de que el centro sólo se explota para

aquello que es objeto, pago de la patente, cumplir

con los plazos dados artículo 84.

D.S. (MINECON) Nº

320 de 2001 y sus

modificaciones,

Reglamento Ambiental

para la Acuicultura.

Construcción

Operación

Cierre

Mediante el desarrollo de la CPS que acompaña la

DIA y los futuros monitoreos ambientales (Título

III) así como también los informativos

ambientales.

Se cumplirá durante todas las etapas del proyecto

con las especificaciones del Artículo 4:

- Se dispondrán los desechos sólidos o líquidos

en depósitos y condiciones que no resulten

perjudiciales al medio circundante.

- Mantener limpia el área y terrenos aledaños al

centro de cultivo de todo residuo generado por

éste.

- Se retirará todo tipo de soporte no degradable

o degradable como sistema de fijación al

fondo, al término de la vida útil del centro.

- Impedir que estructuras tengan contacto con

el fondo.

- Utilizar sistemas de flotación que no permitan

ningún tipo de desprendimiento

- En caso de efectuarse, sólo se realizará

limpieza y lavado de estructuras en

instalaciones que permitan el tratamiento de

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82

los efluentes.

Se cumplirá con las especificaciones del Artículo

5:

- Se dispondrá de Planes de Contingencia, se

adjuntan en Anexo 4.

Operación: Se cumplirá con las especificaciones

del Artículo 6.

- En caso de ocurrir desprendimiento masivo de

ejemplares, así como la sospecha de que haya

ocurrido se dará aviso al Servicio y a la

Autoridad Competente.

Indicador de cumplimiento:

1. Operación-Cierre: Se mantendrá en el

centro de cultivo registros que acrediten el

cumplimiento del RAMA.

2. Operación- Construcción-Cierre: se

mantendrán registros con respaldo de

faena de limpieza de borde costero,

registros de verificación del estado de las

estructuras, registros de servicios para la

reparación de estructuras. Registro de

Limpieza.

Resolución

(SUBPESCA) Nº 3612

de 2009, y sus

modificaciones.

Establece contenidos

y metodologías para

elaborar la

caracterización

preliminar de sitio y la

información

ambiental.

Construcción

Operación

Cierre

Mediante el desarrollo de la CPS que

acompañó la DIA Original y los futuros

monitoreos ambientales así como también los

informativos ambientales.

Indicador de cumplimiento:

1. Construcción, se debe obtener RCA

Favorable para dar inicio a la operación.

2. Operación: Se mantendrá registro de

evaluación de las INFAs en el centro.

D.F.L. Nº 725 de 1967

(MINSAL) Código

Sanitario.

Operación

Los residuos sólidos que se generen y los

domésticos asociados, serán depositados en

vertederos autorizados.

Indicador de cumplimiento:

Registros de manejo de Residuos sólidos,

disponibles en el centro.

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83

D.S. N° 594 de 1999

(MINSAL) Reglamento

sobre las condiciones

sanitarias y

ambientales básicas

de los lugares de

trabajo.

Construcción

Operación

Establece las Normas sobre las condiciones

ambientales y sanitarias básicas en los

lugares de trabajo y de salud ocupacional;

especialmente en la provisión de agua

potable y servicios higiénicos en el lugar de

trabajo. El proyecto contempla dar fiel

cumplimiento a lo establecido por dicha

normativa.

Indicador de cumplimiento:

1. Construcción y Operación: Obtención de

Autorización de la autoridad competente.

D. Ex. (MINECON) Nº

225 de 1995 y sus

modificaciones,

Establece protección

de los mamíferos,

aves y reptiles

marinos.

Construcción

Operación

Cierre

Se establece medidas de protección, que

prohíben la caza y captura de mamíferos

marinos, el Titular se compromete a cumplir

con lo dispuesto en ambos Decretos

Supremos, para ello tomará medidas para

prevenir enmalles y capacitación de los

trabajadores en preservación de dichos

animales.

Indicador de cumplimiento:

Registro de capacitación de trabajadores.

D. Ex. (MINECON) Nº

765 de 2004,

Establece protección

del lobo marino

común.

Construcción

Operación

Cierre

El Titular se compromete a cumplir con lo

dispuesto en ambos Decretos supremos, para

ello tomará medidas como efectuar

capacitaciones en temas de biodiversidad y

conservación de especies.

Indicador de cumplimiento:

Registro de capacitación de trabajadores.

D.S N° 175/ 1980

(MINECOM),

Reglamenta

actividades y deroga

decretos supremos

que indica.

Construcción

Operación

Cierre

El proyecto corresponde a una modificación de

una actividad existente. Artículo 13, el titular dará

cumplimiento a dicho artículo obteniendo semillas,

ovas, alevines o reproductores provenientes de

establecimientos de cultivos autorizados.

Artículo 18, el titular mantendrá informado al

Servicio Nacional de Pesca la estadística de

producción del centro de cultivo. Además se

cumplirá con las obligaciones especificadas en las

Disposiciones generales, de la normativa

especificada.

Indicador de cumplimiento:

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84

Se mantendrán en el centro u oficina central

los registros que den cuenta del cumplimiento

de lo especificado.

D.S. N° 430 / 91,

Texto Refundido,

Coordinado y

Sistematizado de la

Ley General de Pesca

y Acuicultura.

Construcción

Operación

Cierre

Artículos 74, 86, 87, 118 y 158.

La mantención de la limpieza y equilibrio

ecológico de la zona concedida. Las medidas

de protección del medio ambiente como la

implementación en el centro de técnicas de

manejo y tecnologías tendientes a reducir y

eliminar efectos negativos sobre el medio

ambiente. Se establecen sanciones para el

caso de incumplimiento de las obligaciones

anteriores.

Indicador de Cumplimiento:

El titular cuenta con Planes de Contingencia y

Procedimientos, con sus respectivos registros

asociados, entre los que se menciona

Registro de limpieza de borde costero, acorde

a normativa vigente.

Ley N°20.293/2008.

Modifica Ley 18.892

Protege a los cetáceos

e introduce

modificaciones en la

Ley N° 8.892 de LGPA.

Construcción

Operación

Cierre

Declárese los espacios marítimos de

soberanía y jurisdicción nacional, como zona

libre de caza de cetáceos sólo para los efectos

previstos en esta ley.

Se prohíbe dar muerte, cazar, capturar,

acosar, tener, poseer, transportar,

desembarcar, elaborar o realizar cualquier

especie de cetáceo que habite o surque los

espacios marítimos de soberanía y

jurisdicción nacional.

Indicador de cumplimiento:

Registro de capacitación en temas de

biodiversidad y conservación de especies al

personal del centro.

Resolución N°

1892/2009

(MINECON)

Establece veda

Extractiva para el

recurso Lobo Marino

Común, en el área y

periodo que indica.

Construcción

Operación

Cierre

Ampliación del D.S. N° 225/95 y 366/99 del

Ministerio de Economía y Fomento y

reconstrucción.

Indicador de Cumplimiento:

Registro de Capacitación a operarios.

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D.S. N 290 / 1991,

Reglamento de

Concesiones y

Autorizaciones de

Acuicultura.

Construcción

Operación

Cierre

Aplicable a toda actividad de acuicultura. Se

dará cumplimiento al artículo 3 referente a

que la concesión o autorización de acuicultura

tiene por objeto la realización de actividades

de cultivo en el área concedida, respecto de la

especie o grupo de especies hidrobiológicas

indicadas en las resoluciones que las otorgan,

y permiten a sus titulares el desarrollo de sus

actividades, sin más limitaciones que las

expresamente establecidas en la ley y sus

reglamentos.

Indicador de Cumplimiento: Envío de las

proyecciones a SERNAPESCA. Obtención del

permiso para siembra posterior a la

ejecución de cada INFA.

D.S. Nº 148/2004,

Reglamento sanitario

sobre manejo de

residuos peligrosos

Construcción

Operación

Cierre

El Titular se compromete a cumplir con lo

dispuesto en este decreto, para ello tomará

medidas para el manejo de residuos

peligrosos en caso de generarse.

Indicador de Cumplimiento:

En caso de efectuar manejo de residuos

peligroso se llevará un registro, que estará

disponible en el centro.

Ley de Navegación

Decreto Ley N°

2.222/1978

Ministerio de Defensa

Nacional

Operación

Artículos 142 al 162

No se arrojará lastre, escombros o basuras y

no se derramará petróleo o sus derivados o

residuos, aguas de relave de materiales u

otras materias nocivas o peligrosas, de

cualquier especie, que ocasiones daños o

perjuicios en las aguas sometidas a la

jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y

lagos.

Indicador de cumplimiento: El proyecto no

contempla descargar sustancias peligrosas al

medio marino. Los residuos de hidrocarburos

serán manejados por empresas autorizadas.

Como evidencia se mantendrá registro en el

centro.

D.S. N°1/92

Reglamento para el

control de la

contaminación

Operación

Dentro del desarrollo del proyecto se prohibirá

arrojar lastre, escombros o

basuras y derramar petróleo o sus derivados o

residuos u otras aguas nocivas

Page 86: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

86

acuática.

Ministerio de Defensa

Nacional

o peligrosas, de cualquier especie, que puedan

ocasionar daños a las aguas sometidas a la

jurisdicción nacional.

Indicador de cumplimiento: Todos los residuos

generados durante el proceso productivo, residuos

líquidos, sólidos y domésticos serán almacenados

en lugares específicos debidamente señalizados

para su posterior envío a plantas autorizadas,

mediante guías de despacho. Se mantendrá

registros de respaldo en el centro de cultivo.

c.2 Permisos Ambientales Sectoriales

Tabla 26: Permisos ambientales sectoriales35.

PAS 116: Permiso para realizar actividades de acuicultura.

Autoriza El permiso para realizar actividades de acuicultura, será el

establecido en el inciso 3º del artículo 87 del Decreto Supremo N°

430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y

Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y

sistematizado de la Ley N° 18.892, de 1989 y sus modificaciones,

Ley General de Pesca y Acuicultura.

Requisitos Los requisitos para su otorgamiento consisten en no generar

efectos adversos en la vida acuática y prevenir el surgimiento de

condiciones anaeróbicas en las áreas de la acuicultura.

Contenido

técnico/

Indicador de

cumplimiento

El contenido técnico y formal que debe presentarse para acreditar

su cumplimiento corresponde a la caracterización preliminar del

sitio (CPS) o información ambiental (INFA), según corresponda, de

acuerdo a los contenidos y metodologías de elaboración

establecidos en la Resolución Exenta N° 3.612, de 2009, de la

Subsecretaría de Pesca, o aquella que la reemplace.

Indicador de cumplimientos: Entrega de INFAs y Ejecución de CPS.

D) Compromisos Ambientales Voluntarios

No contempla compromisos ambientales voluntarios.

35 DS N°40, Art 110. Se efectuó consulta OIRS N° 2967, cuya respuesta fue que las GUIAS de trámites de permisos ambientales sectoriales aún están en elaboración, por lo cual se procede en forma autónoma al respecto.

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Page 88: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

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F) Ficha Resumen del Proyecto

Acorde al literal f) del Artículo 19 del D.S. 40/2012, se deberá presenta una ficha en la

cual se resumen, para cada fase del proyecto o actividad, los contenidos a que

se refieren las letras a), b), c) y d) del presente artículo, a fin de facilitar la

fiscalización a que alude el artículo 64 de la Ley.36

IDENTIFICACIÓN DEL TITULAR Y REPRESENTANTE LEGAL

Titular MAINSTREAM CHILE S.A.

RUT 77.424.630-4

Representante Legal RICARDO CALVETTI ZUÑIGA

RUT 6.378.647-0

Domicilio AVENIDA DIEGO PORTALES 2000 PISO 10

PUERTO MONTT

Correo Electrónico [email protected]

ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO

Nombre del Proyecto Modificación de Proyecto Técnico en centro de cultivo de

Salmónidos Punta Laura” N° de Pert: 214121007

Descripción Breve

El proyecto corresponde a la modificación de un proyecto

existente se espera aumentar su producción autorizada de

2.500 Ton a 3.750 Ton y regularizar el Sistema de Ensilaje. El

centro cuenta con RCA N° 075 del 15 de Mayo del 2007.

Proyecto técnico original (204 121 005), RCA N° 075 y

Proyecto Técnico Modificado (N° 214121007) se adjuntan en

Anexo 2.

Objetivo Aumentar la producción del centro de cultivo de salmones de

2.500 Ton a 3.750 Ton y regularizar el sistema de ensilaje.

Tipología principal y

secundaria

El proyecto cumple con la tipología dispuesta en el Artículo 10

° Letra n de la Ley 19.300 (n: Proyectos de explotación

intensiva; cultivo y Plantas de Recursos

Hidrobiológicos). Del Reglamento del Sistema de Evaluación

de Impacto Ambiental, se considera Artículo 3°, Letra n.3

(Proyectos de explotación intensiva, cultivo y plantas

procesadoras de recursos hidrobiológicos”.

Monto de la Inversión

Construcción US $ 400.000

Operación US $ 1.200.000

Cierre US $ 400.000

TOTAL : US $ 2.000.000

Vida Útil Proyecto La vida útil del proyecto será indefinida.

Inicio de la ejecución del Luego de la obtención de la RCA de Calificación Ambiental

36 Cada vez que, como consecuencia de la presentación de la Adenda, se aclare, rectifique o amplíe el

contenido de la Declaración de Impacto Ambiental, se anexará a dicha Adenda la actualización de las fichas

que corresponda.

Page 89: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

89

proyecto Favorable, se dará inicio a la ejecución del proyecto con la

construcción e Instalación de Balsas Jaula y Plataforma de

Tratamiento de Mortalidad.

Información de

Negociaciones

Se informa a la autoridad que no se ha efectuado ningún tipo

de negociación previo a la presentación de esta Declaración

de Impacto Ambiental.

LOCALIZACIÓN

Región XII Región de Magallanes

Provincia Magallanes

Comuna Río Verde

Coordenadas

Geográficas

Datum Local.

Vértice Latitud Longitud

A 52° 40' 05,3034' 72° 25' 16,7801''

B 52° 40' 01,1794' 72° 25' 08,5789''

C 52° 40' 13,6435' 72° 24' 51,6189''

D 52° 40' 17,7678' 72° 24' 59,8203''

Carta SHOA Nº 1114

Datum WGS 84

Superficie Total del

Proyecto

10,16 ha

Caminos de Acceso

El acceso al centro de cultivo se realizará por vía marítima, por los

puertos habilitados para tales faenas como por ejemplo Punta

Arenas, Rio Verde, Puerto Natales o puertos de otras regiones del

país.

Justificación de la

Localización

Durante los 20 últimos años la industria ha acumulado una alta

tasa anualizada de crecimiento, pasando a constituir un pilar

esencial en la estrategia de convertir a Chile en una potencia

alimentaria. De esta forma la actividad acuícola se ha

transformado en el motor desarrollo económico en el extremo sur

del país, ya que contempla el desarrollo de actividades

complementarias como transporte, producción de alimento y

servicios en general.

El Titular plantea utilizar y optimizar la concesión en evaluación,

garantizando el desarrollo sustentable de la actividad;

considerando especialmente la implementación de buenas

prácticas ambientales y sanitarias. El Titular indica que el

proyecto en evaluación, cumplirá en forma íntegra y

oportunamente el marco jurídico ambiental vigente.

Con el análisis de la información levantada en terreno y

productiva, se concluye que el sector de emplazamiento

PRESENTA actualmente condiciones aeróbicas, cumpliendo con lo

solicitado en el art. 17 y 3 del D.S. (MINECON) N° 320/2001.

ETAPA DE

CONSTRUCCIÓN Resumen

Page 90: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

90

Partes, Obras y

Acciones

El titular señala que las embarcaciones, naves y artefactos

navales cumplirán con todas las exigencias técnicas y de

seguridad pertinentes.

Las unidades a instalar son:

Balsas Jaulas

Redes

Sistema de Detección de Alimento

Sistema de Ensilaje.

Acciones y

requerimientos para

la materialización

de las obras físicas

Durante la etapa de construcción se contratarán los servicios de

terceros dedicados a esta actividad; por lo cual los suministros

básicos serán provistos por los contratitas. No se requerirá

durante esta Fase de los suministros básicos, tales como energía,

agua, servicios higiénicos, alimentación, alojamiento, transporte u

otros semejantes.

Fecha estimada e

indicación de parte,

obra o acción que

establezca el inicio

y término de la fase

Se dará inicio a la ejecución del proyecto, específicamente a la

Fase de construcción, con la Construcción e Instalación de Balsas

Jaula, una vez obtenida la RCA.

Fase de Construcción Fecha de

Inicio

Fecha

Termino

Construcción e Instalación de

Balsas Jaula y Plataforma de

Mortalidad

Primer

semestre

2015

Primer

semestre

2015

Cronograma de las

principales partes,

obras y acciones

asociadas a esta

fase

Actividad Mes

1

Mes

2

Mes

3

- Instalación de fondeos x

- Instalación de Balsas jaula x

- Instalación de redes

x

- Instalación de Plataforma de

mortalidad x x

Mano de Obra

ETAPA N° personas

Construcción 4

Operación 11

Abandono 0

Descripción de

cómo se proveerán

los suministros

básicos

Durante la etapa de construcción se contratarán los servicios de

terceros dedicados a esta actividad; por lo cual los suministros

básicos serán provistos por los contratitas. No se requerirá

durante esta Fase de los suministros básicos, tales como energía,

agua, servicios higiénicos, alimentación, alojamiento, transporte u

otros semejantes.

Ubicación y

cantidad de

recursos naturales

renovables a

No se ejecutará extracción o explotación de recursos naturales

renovables.

Page 91: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

91

extraer o explotar

Emisiones

(abatimiento y

control)

La etapa de construcción considera emisiones provenientes de la

combustión de los motores de las embarcaciones, los cuales

cumplirán con las normas de emisión permitidas en la legislación

chilena.

En la Fase de construcción, el Titular contratará los servicios de

terceros, quienes se ocuparán de entregar las balsas armadas

para su posterior traslado al centro. Se aclara que existe la

posibilidad de armar las jaulas en sector de playa, siempre

cumpliendo con la normativa vigente ante la autoridad

pertinente.

Las balsas y las estructuras flotantes contempladas en este

proyecto arribarán a la concesión pre-fabricadas y pre-armadas, y

serán remolcadas por una embarcación que ejecutará el fondeo

en el área solicitada en concesión en el sector.

Por lo tanto, producto de esta actividad no se generarán residuos

sólidos así como tampoco líquidos en el área de concesión.

No obstante, cualquier material sobrante en la faena será retirado

por la misma empresa que desarrolle el fondeo, para cuyos

efectos el Titular se hace responsable de exigir el cumplimiento de

la normativa ambiental no eximiéndose por ello de su

correspondiente responsabilidad. En caso de generarse residuos

en playa, se asegura el cumplimiento del DS N°320/01, respecto

de la limpieza borde costero.

Tabla 11: Emisiones Etapa de Construcción

Tipo de

Emisión Origen Destino Forma de Abatimiento

Gases

Combustión

motores

fuera de

borda

Atmosfera

Se exigirá al proveedor

que ejecute una

mantención de sus

embarcaciones acorde a

instrucciones del

fabricante para reducir al

mínimo las emisiones de

gases.

Ruido

Combustión

motores

fuera de

borda

Atmosfera

Se exigirá al proveedor

que ejecute una

mantención de sus

embarcaciones acorde a

instrucciones del

fabricante para reducir al

mínimo las emisiones de

Page 92: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

92

ruidos.

Líquidos No aplica No aplica No aplica

Solidos No aplica No aplica No aplica

Residuos, Químicos

y otros (cantidad y

manejo)

Las balsas y las estructuras flotantes contempladas en este

proyecto arribarán a la concesión pre-fabricadas y pre-armadas, y

serán remolcadas por una embarcación que ejecutará el fondeo

en el área solicitada en concesión en el sector.

Por lo tanto, producto de esta actividad no se generarán residuos

sólidos así como tampoco líquidos en el área de concesión.

ETAPA DE

OPERACIÓN Resumen

Partes, Obras y

Acciones

Ingreso de peces.

Se ingresará una cantidad determinada de smolts de un peso

referencial aproximado entre 0,07 kg y 0,1 Kg, en jaulas

especialmente habilitadas. El peso inicial puede variar con cada

ciclo productivo y un tamaño promedio de hasta 150 gr,

provenientes siempre de pisciculturas autorizadas. El transporte

de los smolts al centro de cultivo se hará cumpliendo la normativa

vigente.

Suministro de Alimento a peces.

El alimento llega al pontón en maxi sacos, que son

inmediatamente retirados por la empresa Proveedora del

Alimento, por lo que no generan residuos por esta vía. El alimento

se almacenara en compartimento especial del artefacto naval. Se

puede utilizar éstos u otros formatos de embalaje de alimento,

que pueden variar durante y por ciclo productivo, sin embargo

independiente de esto serán reciclados y/o reutilizados, por lo que

no se generarán residuos por esta vía.

Los peces serán alimentados diariamente, desde el artefacto

naval en forma automática, es decir controlados por operadores

desde computadoras. La dieta será suministrada utilizando la

técnica de micro-raciones, que consiste en abastecer de alimento

a los peces en pequeñas raciones hasta la saciedad, reduciendo

las pérdidas de alimento al medio, como parte de la gestión

permanente. Esta técnica también considera monitorear durante

el proceso de alimentación, para asegurarse la no perdida de

alimento al medio. Se indica además que la técnica de

alimentación puede ir variando según las tendencias y tecnologías

disponibles en el mercado.

Monitoreo de Eficiencia de Alimentación

Se instalarán sistemas de detección de alimento, se usarán

cámaras submarinas dentro de la jaula de cultivo, cuyas

Page 93: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

93

imágenes capturadas son desplegadas en el puente del pontón, lo

que actualmente permite al personal reducir significativamente

las pérdidas de alimento. Si a futuro existen innovaciones

tecnológicas al respecto se evaluará su implementación.

Tratamiento de la Mortalidad

Según establece la autoridad competente, el Tratamiento de la

Mortalidad debe ejecutarse mediante un Sistema de Ensilaje, que

consiste en el procedimiento de transformación de la mortalidad

mediante una molienda y adición de ácido fórmico hasta reducir y

mantener un pH igual o menor de 4, en una mezcla homogénea.

Este sistema permite un manejo sanitario de la mortalidad,

transformándola en una materia inocua libre de bacterias y virus,

debido a que la adición del ácido fórmico, por lo que no produce

olor.

El manejo de mortalidad presenta las siguientes etapas:

Recolección de mortalidad se realizará diariamente mediante

buceo semi-autónomo jaula a jaula, utilizando un chinguillo de

red con arco metálico o sistemas de recolección automáticos. Se

agrega como antecedente la posibilidad de usar sistema Lift up

para la extracción de mortalidad. Se aclara que esta tecnología no

es nociva para los peces ni para el medio ambiente. También se

considerará nuevas tecnologías disponible en el mercado.

Una vez cuantificados y clasificados según la causa de muerte por

apariencia y estado, se dispondrá en contenedores de 60 L u

otro, los cuales en su interior poseen doble bolsa plástica para

evitar escurrimientos y tapa hermética. Luego, los recipientes

donde se contiene la mortalidad serán transportados desde el

módulo hasta la plataforma de ensilaje, en lo posible,

inmediatamente al terminar la recolección de mortalidad,

reduciendo de esta manera el tiempo de acopio en módulos. Este

traslado, será realizado por personal capacitado, adoptando todas

las medidas preventivas y de seguridad. Se asegura en todo

momento el adecuado transporte de mortalidad con todas las

medidas de seguridad adecuada para el no escurrimiento de

ningún tipo de residuo.

Tratamiento de mortalidad en sistema de ensilaje: Los

antecedentes técnicos del Sistema de Ensilaje se adjuntan en

Anexo 5. Respecto de la Capacidad Sistema de Plataforma de

Ensilaje el titular señala que la cantidad de mortalidad (kg.) que

se generará en un ciclo productivo es del orden del 15% de la

producción total por ciclo, como máximo, en un ciclo productivo,

la biomasa máxima generada para este centro es de 3.750

Page 94: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

94

toneladas, la mortalidad total será de aproximadamente 720 Ton.

Para este cálculo se considera un ciclo productivo de 23 meses. Si

consideramos el ácido fórmico adicionado, se estima que se

generan 741 Ton/ciclo de pasta ensilada.

Requerimientos

para la

materialización de

las obras físicas

Fecha estimada e

indicación de parte,

obra o acción que

establezca el inicio

y término de la

fase.

La fecha estimada de inicio de operación corresponde a primer

semestre del 2015, sin embargo está condicionada a la obtención

de las autorizaciones pertinentes y al término de la etapa de

construcción.

Cronograma de las

principales partes,

obras y acciones

asociadas a esta

fase

La etapa de operación, producción o cultivo es la más

intensiva y de mayor actividad en el centro. El período productivo

del centro comprende un máximo de 21 a 23 meses.

Mano de Obra

Tabla 5: Mano de obra Directa que utilizará en el proyecto.

El número de personas puede variar según ciclo productivo y durante el

ciclo productivo, esto es por condiciones normales de operación.

ETAPA N° personas

Construcción 4

Operación 11

Abandono 0

En caso que el

proyecto contemple

actividades de

mantención y

conservación se

deberán indicar

aquellos aspectos

considerados para

las actividades

generales

Actividades de Mantención.

Mantención de Motores y Generador.

El manejo de residuos se efectuará cumpliendo el D.S. MINSAL

148/2003. Producto de la utilización de lubricantes para motores,

se generarán residuos en bajas cantidades, las que serán

manejados y dispuestos acorde a Plan de Manejo de Residuos,

adjunto en adjunto en Anexo 7.

Alternativamente a la mantención interna nción de motores y

generador, se podrá contratará a una empresa externa, se le

exigirá al proveedor que los residuos generados del proceso de

mantención sean manejados según normativa vigente (D.S.

MINSAL 148/03 y DS 78/2010) y entregados a una empresa

autorizada para el tratamiento de este tipo de residuos. El

transporte de residuos se documentará con doble guía.

Descanso y Desinfección

Page 95: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

95

Respecto de los periodos de descanso, se indica que una vez

finalizada la cosecha, se efectuará el descanso sanitario

establecido por la autoridad. Durante ese período se desarrollará

el aseo, desinfección y mantención del centro; referido

básicamente a una mantención general de las estructuras

instaladas, siguiendo las disposiciones del D. S. N º 320/01. Las

redes, serán derivadas al taller de redes autorizado con RCA para

su mantención.

El titular adjunta el Manual de Limpieza Lavado y Desinfección

donde se describe detalladamente el proceso de LLD por

aspersión y la no generación de Riles. Además se adjunta

autorización de la Autoridad Marítima al respectivo Plan (Anexo 7)

El titular adjunta el Manual de Limpieza Lavado y Desinfección

donde se describe detalladamente el proceso de LLD y donde está

establecido el mantenimiento de una bitácora para el sistema de

ensilaje donde se registran diariamente las actividades solicitadas

por la autoridad.

Monitoreos Ambientales

Se realizarán los monitoreos ambientales indicados por la

autoridad según el calendario que corresponda de acuerdo a su

ciclo productivo.

Limpieza del Borde Costero.

La limpieza del borde costero se realizará se realizará según el

plan de limpieza de playas adjunto en el Anexo 6 y será

verificable a través de su registro (Anexo 6).

Descripción de

cómo se proveerán

los suministros

básicos

Insumos Personal y Habitabilidad.

Los suministros básicos a requerir por el personal del centro

corresponden a: agua, energía, alimentación, transporte y

servicios higiénicos; los cuales serán suministrados en la

plataforma flotante, cuyas especificaciones se adjuntaron en

Anexo 5.1.

El artefacto naval contará con equipos electrógenos, acorde a su

capacidad. Todos los generadores contarán con un gabinete para

aislamiento acústico.

La fuente de abastecimiento de agua potable provendrá de la red

pública desde el centro urbano más próximo, Puerto Natales o

Punta Arenas, la que será suministrada en una cantidad necesaria

para cumplir con el requerimiento de la normativa.

El agua potable para lavado será cargada en recipientes

Page 96: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

96

especialmente destinados para estos fines y transportada por

embarcaciones de logística de la empresa al pontón. A su vez, el

abastecimiento de agua potable para beber será a través de

proveedores comerciales, garantizando su calidad, pudiendo

eventualmente abastecerse con una planta desalinizadora.

La frecuencia de abastecimiento será determinada para dar

cumplimiento a lo indicado en el Art. 14 del D.S. Nº 594/99

sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los

Lugares de Trabajo. Una vez operando el centro de cultivo el

titular no descarta la opción de utilizar agua dulce cercana al

emplazamiento del proyecto, en tal caso se solicitaran los

permisos de aprovechamiento correspondientes a la Dirección

General de Aguas para cumplir con la normativa correspondiente.

Se señala expresamente que: en caso de utilizar como fuente de

agua dulce una red de agua potable rural o alguna fuente natural,

se presentarán todas las autorizaciones, permisos

correspondientes y/o derechos comprometidos antes de utilizar

dicha fuente de abastecimiento de agua.

Los servicios higiénicos del pontón habitable contarán con una

Planta de tratamiento, En Anexo 5 se adjunta Manual de

Instalación y funcionamiento. Dicha planta cuenta con un

certificado de homologación (Anexo 5) y cumple con normativa

vigente.

Cuantificación y

forma de manejo de

los productos

generados, así

como el transporte

considerado para su

entrega o despacho

Tratamiento de la Mortalidad

Según establece la autoridad competente, el Tratamiento de la

Mortalidad debe ejecutarse mediante un Sistema de Ensilaje, que

consiste en el procedimiento de transformación de la mortalidad

mediante una molienda y adición de ácido fórmico hasta reducir y

mantener un pH igual o menor de 4, en una mezcla homogénea.

Este sistema permite un manejo sanitario de la mortalidad,

transformándola en una materia inocua libre de bacterias y virus,

debido a que la adición del ácido fórmico, por lo que no produce

olor.

Una vez cuantificados y clasificados según la causa de muerte por

apariencia y estado, se dispondrá en contenedores de 60 L u

otro, los cuales en su interior poseen doble bolsa plástica para

evitar escurrimientos y tapa hermética. Luego, los recipientes

donde se contiene la mortalidad serán transportados desde el

módulo hasta la plataforma de ensilaje, en lo posible,

inmediatamente al terminar la recolección de mortalidad,

reduciendo de esta manera el tiempo de acopio en módulos. Este

traslado, será realizado por personal capacitado, adoptando todas

Page 97: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

97

las medidas preventivas y de seguridad. Se asegura en todo

momento el adecuado transporte de mortalidad con todas las

medidas de seguridad adecuada para el no escurrimiento de

ningún tipo de residuo.

Una vez que la mortalidad ha llegado a la zona de ensilado, se

deben seguir las instrucciones detalladas en Manual de Manejo de

Mortalidad con Ensilaje (Anexo 6).

En relación a la capacidad de operación del sistema de ensilaje

para soportar la carga de mortalidades diarias generadas en el

centro, no existirá ningún inconveniente; ya que, el estanque

triturador tiene una capacidad de proceso de 60 Kg en un tiempo

de 15 a 30 min. Al agregar 60 Kg de mortalidad a triturar y un

tiempo promedio de molienda de 30 minutos, tenemos que por

ejemplo 500 Kg de mortalidad, que se podrían generar al día en

el centro de cultivo al finalizar el ciclo, se triturarán y

trasvasijarán al silo en un tiempo aproximado que no tomará más

allá de 5 horas diarias.

Referente a las mortalidades masivas el titular actuará bajo

normativa vigente. Se estima que el centro tendrá la capacidad de

procesar y/o disponer el 100% de la Mortalidad del centro, en

caso de presentarse una contingencia de esta magnitud. Los silos

de depósito de ensilaje se transportan a una planta de reciclaje

especializada y que cuenta con todos los permisos sanitarios

necesarios para su funcionamiento. En Anexo 6 se adjunta Plan

del Transporte que realiza la empresa encargada del retiro de la

mortalidad. En caso de contingencias, se tomará acción de

acuerdo al plan de mortalidades masivas (Anexo 6). material.

Respecto a la frecuencia de retiro del ensilado, el titular aclara

que dependerá de la capacidad utilizada del estanque, como

estrategia preventiva se coordinará el retiro cuando el estanque

alcance un 70 % de su capacidad, lo que dependerá de la

mortalidad generada (Tabla 14).

Una vez finalizado el traspaso del ensilaje al estanque de

almacenamiento se deberá desinfectar, los recipientes de

transporte de mortalidad para ser llevados a los módulos.

La pasta ensilada será derivada a terceros autorizados para su

utilización.

El titular señala que no existirá acopio de mortalidad y en el caso

que no existan instalaciones en la región, se dispondrá la

mortalidad generada del centro a terceros autorizados

Page 98: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

98

Tratamientos Terapéuticos y Sanitarios.

Se adjunta en Anexo 6 Procedimiento de Manejo Sanitario. Para el

tratamiento de patologías sólo serán utilizados productos

terapéuticos permitidos por el SAG y SERNAPESCA. La

administración y dosificación de los medicamentos se encuentra

sujeta a las condiciones ictiosanitarias, las cuales dependerán de

factores como calidad genética, densidad máxima de cultivo,

calidad y método de alimentación y temperatura de la columna de

agua.

Transporte

Los traslados de peces vivos cualquiera sea su destino, material

patológico o material de alto riesgo, alimentos, equipos y

materiales que se utilicen directamente en las actividades de

cultivo y transporte, se realizarán cumpliendo lo que indica la

Resolución Nº 64 de 2003, del Servicio Nacional de Pesca,

Programa Sanitario General de procedimientos de Transporte,

reglamento que tiene como objetivo establecer los requisitos

mínimos y procedimientos sanitarios aplicables al transporte,

tendientes a prevenir la diseminación de agentes patógenos.

En el centro se mantendrá un registro o bitácora de todos los

traslados de insumos que se realicen. Todo medio de transporte

contará con un certificado de desinfección previo al transporte. El

proceso de desinfección se deberá realizar en base a lo dispuesto

en el Programa Sanitario General de Limpieza y Desinfección.

En caso de traslado de peces vivos, estos serán sometidos a un

ayuno previo y se establecerán procedimientos estandarizados

indicando características específicas como especie, temperaturas,

distancias, entre otras. Siempre se realizará transporte de peces

sanos, lo cual deberá estar certificado por un Médico Veterinario

responsable del centro.

Cosecha

En la medida que los peces alcancen un peso promedio

aproximado de 5 Kg serán cosechados, para lo cual se detendrá la

alimentación y se procederá a la faena de cosecha por

embarcaciones tipo ICE TANK o wellboat, se contratará los

servicios de terceros. Se aclara que en la actualidad existen otras

tecnologías que son amigables con el medio ambiente como

Iceboats, entre otros, por lo anterior, se asegura que la cosecha

Page 99: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

99

de peces se realizará de acuerdo a las tecnologías de cosecha

vigentes y disponibles en el mercado, cumpliendo siempre con la

normativa ambiental.

Los peces vivos al centro de acopio (vivero). Luego los peces

serán descargados desde los estancos del Wellboat por medio de

una tubería directo a una jaula previamente coordinada. En este

centro de acopio los peces no pasarán más de 5 días antes de su

ingreso a Planta de Proceso. En el centro de acopio se le

entregará al encargado toda la documentación de traslado desde

el centro de cultivo. El titular se compromete a trasladar a sus

peces a plantas autorizadas. En casos de emergencia la cosecha

se podrá efectuar por el método Tradicional.

Los traslados se realizarán en base a lo establecido en la

Resolución Nº 64 del año 2003 por el Servicio Nacional de Pesca u

otra que la reemplace, “Programa Sanitario General de

procedimientos de Transporte”, reglamento que tiene como

objetivo establecer los requisitos mínimos y procedimientos

sanitarios aplicables al transporte, tendientes a prevenir la

diseminación. El titular mantendrá registros de cosecha y traslado

respectivamente.

Manejo y Transporte de Redes

El Cambio de Redes se realizaría en forma semestral para las

redes de las jaulas y anualmente para las redes loberas. No

obstante, el cambio y lavado de redes puede ser adelantado o

atrasado, dependiendo del estado de agentes incrustantes de las

mismas.

Las redes que sean reemplazadas, serán estibadas en una

embarcación que las llevarán hasta el taller para su servicio y

mantención. Se cumplirán las disposiciones del D. S. 320/01 y sus

modificaciones.

Las redes listas para despacho han sido desinfectadas durante el

proceso de mantención, según los protocolos de desinfección

implementados por cada taller de redes. Este despacho debe ser

realizado en camiones limpios y desinfectados, para lo cual el

taller de redes debe solicitar a la empresa transportista el

certificado de desinfección, previo a la carga de redes. El

despacho ira acompañado de la respectiva guía.

El transporte entre taller de redes y puerto, se realizara en

camiones planos desinfectados. Este proceso será realizado en

Page 100: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

100

coordinación con la operación de carga a los barcos, a fin de

evitar el acopio de redes limpias en los puertos donde existe

riesgo de contaminación.

La recepción de redes limpias en puerto se realizara sobre los

camiones, donde previo a su carga al barco o barcaza encargada

del cabotaje marítimo se verificará que no haya existido alguna

contaminación durante el proceso de mantención en el taller de

redes. El titular cumplirá las disposiciones realizadas al D.S. N°

320 del 14 de Diciembre de 2001 del Ministerio de Economía,

Fomento y Reconstrucción (MINECOM), Reglamento Ambiental

para la Acuicultura, que incorporó nuevos deberes y/u

obligaciones a las empresas productoras y de servicios, en

especial en lo referente al transporte de redes de cultivo,

señalando que “El transporte marítimo, fluvial y lacustre de las

artes de cultivo deberán realizarse en contenedores que impidan

el escurrimiento de líquidos o desprendimiento de material”.

Almacenaje de Sustancias Peligrosas

El almacenaje será según las disposiciones del DS 78/2010 que

aprueba el “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias

Peligrosas”. Las sustancias peligrosas solo se almacenarán en

lugares especiales que se señalan en D.S. 78/2010, acorde a su

cantidad, clase y división de peligrosidad según NCh 382 .Of 2004

o la que la sustituya y estarán contenidas en envases

debidamente etiquetados, diseñados de forma que impidan las

pérdidas de contenido; son adecuados para su conservación de

material químicamente compatible con la sustancia, de difícil

ruptura y que minimice eventuales accidentes. En este caso el

ácido fórmico se dispone en la plataforma de ensilaje, mediante

estanques de 60 Lt, que se conecta directamente al sistema de

ensilaje.

La rotulación de los estanques será visible a una distancia de 10

m y no será menor a 50 cm por lado. DS 78 2010, Art 73

establece que los líquidos que se almacenen en estanques fijos

superficial deberán contar con un sistema de control de derrames,

consistente en un depósito de contención de capacidad

equivalente a 1,1 veces el volumen del estanque. En este caso,

los estanques IBC o en su defecto estanques de 60 Lt se

almacenan dentro de un sistema de control antiderrame, el cual

tiene una capacidad de contención igual a 1.1 veces el volumen

del estanque.

El destino final del ácido fórmico es la mezcla de ensilaje, que

será retirado por empresa autorizada. Respecto de los

Page 101: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

101

contenedores de Ácido Fórmico solo se trabajará con proveedores

autorizados.

Los contenedores de residuos peligrosos cumplirán con las

disposiciones siguientes:

- Tendrán un espesor adecuado y estarán construidos con

materiales que serán resistentes al residuo almacenado y a

prueba de filtraciones.

- Estarán diseñados para ser capaces de resistir esfuerzos

producidos durante su manipulación, así como durante la

carga y descarga, además del traslado de los residuos,

garantizando en todo momento que no serán derramados.

- Estarán en todo momento en buenas condiciones, y se

reemplazaran los contenedores que muestren deterioro de

su capacidad de contención.

- Estarán rotulados indicando en forma clara y visible las

características de su peligrosidad de acuerdo a la Norma

Chilena NCH 2.190 Of 93, en el proceso en que se originó

el residuo, el código de identificación y la fecha de su

ubicación en el sitio de almacenamiento.

El titular reitera que cumplirá con todas las disposiciones del DS

78/2010, que apliquen a la actividad.

Ubicación y

cantidad de

recursos naturales

renovables a

extraer o explotar

No se extraen o explotan recursos naturales renovables.

Emisiones

(abatimiento y

control)

Tabla 18: Resumen Estimado de Residuos Líquidos

generados en Etapa de Operación

Tipo de

Residuos

Cantidad y Tipo

de manejo de los

residuos

generados

Destino de los

residuos

generados

Residuos

Líquidos

domiciliarios

Aprox. 150 m3

año

El punto

aproximado de

descarga se

ubicará bajo el

artefacto naval.

Lubricantes y

Aceites

- Los lubricantes

son retirados y

transportados a

través de

barcazas.

no superando los

Empresas

autorizadas que

se encargará

del tratamiento

de este residuo.

Page 102: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

102

192 Lt/Año

Cantidad y manejo

de residuos,

productos químicos

y otras sustancias

que puedan afectar

el medio ambiente

a.6.3.1.- Emisiones a la atmósfera

Las emisiones a la atmosfera corresponden a Gases y Ruido. Los

gases que se generarán producto de la combustión, tanto en los

generadores, como en los motores fuera de borda. La emisión de

motores fuera de borda tendrá una duración de 8 h. diarias, pero

de forma intermitente, mientras que la de los generadores será

una fuente fija, pero de manera eventual y discontinua. Se tendrá

especial cuidado en la mantención de estos equipos para

mantener la eficiencia de consumo y así permitir una combustión

optima (minimizando la cantidad de gases emitidos).

a.6.3.2.- Residuos Solidos

Los Residuos Sólidos corresponden a Mortalidad, Residuos

domiciliarios, Residuos generados en el pontón, Residuos

generados durante el ensilaje y alimento no consumido y fecas.

Mortalidad

Por ciclo productivo se generarán 720 Ton de Mortalidad. El

destino de la mortalidad en el Sistema de Ensilaje instalado en el

centro. Se estima que el centro tendrá la capacidad de procesar y

almacenar de manera normal la mortalidad generada,

garantizando el normal funcionamiento del sistema de ensilaje,

funcionamiento, equipos e insumos que se utilizarán en el

proceso. Se estima una mortalidad total de un 15 % en un ciclo

productivo. La mortalidad mensual se presentó en TABLA 13.

Residuos generados durante el ensilaje.

Al sistema de ensilajes ingresarán 720 Ton de Mortalidad, las que

serán retiradas por un proveedor autorizado. La pasta ensilada

será derivada a terceros autorizados para su utilización.

Por otro lado también se generarán envases de ácido fórmico de

60 lts, los que serán devueltos al proveedor para reciclaje,

reutilización y/o disposición final. Mensualmente se utilizan 4 a 5

envases, lo que variará según el porcentaje de mortalidad.

Como residuos sólidos del proceso de ensilaje, se generarán las

bolsas que se utilizaron para el transporte de mortalidad; estas

serán acopiadas en un bins con doble bolsa y tapa. Cada vez que

se dispongan bolsas en este contenedor, se deberán desinfectar

con una bomba aspersora. Una vez lleno este bins se despacha su

contenido como residuo industrial sólido del centro, y se deja un

registro de este despacho señalando la desinfección de estas

bolsas.

Residuos generados en el pontón

Page 103: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

103

Los residuos generados en el pontón, son aquellos provenientes

de los equipos electrógenos, motores fuera de borda, así mismo

los residuos de lubricantes, huaipes, filtros de aceite, baterías de

plomo ácido, pilas, agua empetrolada, entre otros. Durante la

operación se generarán residuos considerados peligrosos, tales

como, pilas, cartridges, tonners, tubos fluorescentes, lubricantes,

entre otros, en general artículos que se utilizan en la oficina. La

disposición final de estos elementos se gestionará a acorde a Plan

de Manejo de Residuos, adjunto en Anexo 7.

Residuos domiciliarios

El residuo domiciliario o Basura (definida en el Art. 27° del

“Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática” como

toda clase de restos de comida, así como residuos resultantes de

las faenas domésticas y trabajos rutinarios del artefacto naval, en

condiciones normales de servicio) que se produzca será manejado

acorde a plan de Manejo de Residuos, adjunto en Anexo 7.

Se estima un total de 11.088 Kg por ciclo, los cuales serán

almacenados en tacho hermético y su destino final será un

vertedero autorizado.

Alimento no consumido y fecas

Ampliado

Año 5

Volumen de los residuos

Ton / Ciclo

Mortalidad 720

Alimento entregado no consumido

Ton /Ciclo productivo 120

Fecas

Ton /Ciclo productivo

294

Residuos domiciliarios 11

Residuos líquidos pontón.

El astillero que fabrica el artefacto naval coordina todas las

inspecciones de construcción y entrega ante la autoridad

marítima, y se responsabiliza por el cumplimiento de las normas

que esta última indique.

La evacuación será inmediatamente bajo el artefacto naval, al

interior de la concesión.

Page 104: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

104

El titular dará cumplimiento íntegro a la Res. DGTM. y MM. Ord.

N° 12600/931 VRS que dispone las exigencias

técnicas ambientales de las prescripciones técnicas operativas

para la aprobación de sistemas de tratamiento de aguas sucias en

buques y artefactos navales, en conformidad con lo dispuesto en

Título II, Capítulo 5° del Reglamento.

En Anexo 5 se presentan las especificaciones técnicas de

artefacto naval, considerando la planta de tratamiento de aguas

sucias. El titular efectuará aquellos monitoreos de autocontrol del

efluente de las plantas de tratamiento requeridos por la Autoridad

Marítima.

Al considerar la dotación de agua establecida en el Artículo 14 del

D.S. Nº 594/1999 del Ministerio de Salud, que determina un

promedio de 100 L/día por trabajador, se estima que se producirá

un máximo total de 1,6 m³ diarios de aguas residuales,

obteniéndose una generación máxima de 1.584 m³/ciclo de

aguas.

El titular dará cumplimiento íntegro a la Res. DGTM. y MM. Ord.

N° 12600/931 VRS del 13 de diciembre de 2007 (Ítem III - A),

establece las concentraciones máximas para la descarga de su

efluente, en base a lo recomendado por la OMI, mediante su

Resolución MEPC.159 (55) de 2006.

Solución desinfectante y detergentes

El desinfectante no será vertido al medio acuático. Solo se

desinfectará por aspersión. Se aclara que los desinfectantes

usados para las manos no generan residuos, ya que su

preparación es a base de alcohol-gel. Éste se evapora al momento

de utilizarlo y se encuentran envasados en bolsas que se disponen

dentro de un dispensador.

Los desinfectantes utilizados cuentan con las respectivas

autorizaciones de la autoridad marítima. Se usan desinfectantes

que cumplen con el Ord. Nº 12600/349 VRS, de fecha 23-05-08,

o aquella norma que lo reemplace, según el tipo de desinfectante

y condiciones de empleo que sea autorizado.

El titular acredita que:

- Efectuará el manejo de todos los residuos líquidos acorde a

legislación vigente.

- La empresa cuenta con procedimiento de manejo, transporte y

almacenamiento de sustancias peligrosas, adjunto en Anexo 7.

- Todos los residuos resultantes del proceso del tratamiento de la

mortalidad, será derivado a rellenos sanitarios autorizados

Page 105: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

105

independientes de la ubicación de este, idealmente en la XII

región, de lo contrario en el sitio más próximo. Se destaca

además que el compuesto utilizado para ensilar es una solución

de la cual uno de sus componentes es acido fórmico y no acido

fórmico como tal.

- En caso de existir algún tipo de almacenamiento previo a su

disposición final, será solo en lugares autorizados.

Durante el proceso de tratamiento de mortalidad se generarán

aguas de lavado de los distintos contenedores y bolsas utilizadas;

así, todo detergente o desinfectante que sea utilizado para

lavar y desinfectar los contenedores de mortalidad si aplica, será

inactivado y almacenado en bins herméticos. Destacar que las

aguas generadas en esta etapa fluctuarán aproximadamente

entre los 2 y 3 l/día, los cuales son depositados junto a la pasta

ensilada. El retiro de estas aguas será efectuado por una empresa

debidamente autorizada y se dejará un registro de este despacho,

sin perjuicio de que se pueda cambiar este procedimiento y

realizar la limpieza por aspersión.

Lubricantes

La caracterización de estos corresponde a lubricantes y aceites

utilizados para la mantención de motores y generadores utilizados

en la operación normal del centro. La cuantificación de residuos

se estima en 192 lt/Año. Respecto del manejo de estos se

especifica que serán almacenados en recipientes cerrados y

debidamente identificados y etiquetados, tomándose todas las

medidas necesarias para prevenir la inflamación o reacción de

estos, entre ellas su separación y protección frente a cualquier

fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos, según lo

establece artículo 4 a 9 del D. S. de MINSAL Nº 148/03. Los

residuos generados serán manejados según normativa vigente (D.

S. MINSAL 148/03).

Respecto de su disposición final se especifica que los lubricantes

se contienen en envases de plástico de 20 L u otro, los que serán

almacenados en contenedores originales. Posteriormente, los

lubricantes serán retirados y llevados a la bodega transitoria de

RESPEL, en tierra, y finalmente hasta un destino autorizado.

Además, previo al inicio de operación del centro el titular

presentará ante la autoridad marítima para su visado, un plan de

Emergencia y Contingencia contra derrames de hidrocarburos y

sustancias nocivas líquidas contaminantes o que sean susceptibles

de contaminar, de acuerdo con los procedimientos establecidos

en la Circular DGTM. y MM. A53/002, según corresponda.

ETAPA DE CIERRE Resumen

Page 106: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

106

Descripción Etapa

de Abandono

La actividad tiene una vida útil indefinida, para lo cual se

consideran trabajos de mantención de las instalaciones, trabajos

asociados a mejoras en la infraestructura y remodelación de

instalaciones, con el propósito de incorporar nuevas tecnologías

que signifiquen una mejora desde el punto de vista ambiental y

de producción. En el caso de no obtener la renovación y por ende

sea necesario el cierre del centro se procederá a, desarmar las

balsas-jaulas, retirar los artefactos navales y trasladarlos al

centro más cercano donde puedan ser reutilizadas.

El titular se compromete a cumplir con él artículo 4° letra c) del

D.S. N° 320 del año 2001, “Reglamento Ambiental para la

Acuicultura”, en cuanto a que: se retirará al término de su vida

útil o a la cesación de las actividades del centro, todo tipo de

soportes no degradables, o de degradación lenta que hubieren

sido utilizados como sistemas de anclaje al fondo, con excepción

de las estructuras de concreto utilizadas para el anclaje.

El procedimiento de abandono se detalla a continuación:

- Todos los peces serán retirados de las jaulas de cultivo:

Cosecha de toda la biomasa según el procedimiento

detallado en la presente DIA.

- Las jaulas y demás estructuras flotantes serán desarmadas

y trasladadas, vía marítima hacia otros centros de cultivo

del titular.

- Las redes serán retiradas y enviadas a mantención.

- Se verificará el estado de la línea de costa, ante la

eventualidad de existir residuos sólidos, los que se

retirarán del lugar y serán depositados en vertederos

autorizados Finalmente, solo los muertos de anclaje

quedarán ubicados en el fondo de la concesión.

- Cualquier tipo de traslado de estructura se realizara según

el Programa Sanitario general de Procedimiento de

Transporte del Servicio Nacional de Pesca.

- La etapa de abandono se estima de una duración máxima

de 4 meses, una vez finalizada la última cosecha.

El titular ejecutará el desmantelamiento de la infraestructura

utilizada por el proyecto o actividad. No será necesario restaurar

la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro

componente ambiental que haya sido afectado durante la

ejecución del proyecto o actividad; considerando que esta se

desarrolla en el área de la concesión.

PLANES DE

CONTINGENCIA Resumen

Page 107: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

107

Plan de Prevención

de Contingencias

Plan de

Emergencias

A.8.- Prevención de contingencias y emergencias.

Acciones a Implementar en Situaciones de Riesgo o

Accidentes.

El centro dispondrá de un plan de acción ante contingencias, que

establezca las acciones y responsabilidades operativas en caso de

ocurrir circunstancias susceptibles de provocar efectos

ambientales negativos o adversos.

En anexo 6 se adjunta la siguiente documentación:

Manuales de Procedimiento - Planes de Contingencia.

(6.1) Instructivo de Ensilaje de Mortalidad en Mar.

(6.2) PC-BIO 1 (V2) PC ante mortalidad, eliminación masiva o

falla SE.

(6.3) Procedimiento de ensilaje mortalidad en mar V2

(6.4) Manual de Extracción y clasificación de mortalidad V5.

(6.5) Manual de Uso sistema de ensilaje agua mar.

(6.6) Plan veterinario Mar V3.

(6.7) Formato Playas limpias V3.

(6.8) Instructivo de Limpieza

(6.9) Plan de contingencias ambientales

El titular declara que la activación del plan de contingencia de

Escape de Peces será de inmediato una vez detectado cualquier

tipo de fuga de peces. Además declarará que informará a las

autoridades competentes las capturas alcanzadas respecto del

total de peces escapados, como se indica en la legislación.

Es responsabilidad del titular disponer de medios adecuados y

personal capacitado para el cumplimiento del plan de acción

frente a contingencias. Los costos de su aplicación serán de cargo

del titular del centro de cultivo. Todas las contingencias a que se

refiere el presente artículo serán informadas a la autoridad

competente según normativa vigente.

NORMATIVA

AMBIENTAL

APLICABLE

Normativa

Etapa en

que aplica al

proyecto

Forma e Indicador de

cumplimiento

Page 108: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

108

Ley Nº 19.300

sobre Bases

Generales del

Medio Ambiente.

Ley Nº 20.417

que modifica la

Ley

19.300/1994 y

que rediseña la

Institucionalidad

Ambiental

Ministerio

Secretaría

General de la

Presidencia.

Construcción

Operación

Cierre

Mediante el

cumplimiento de las

normas ambientales

vigentes y la

implementación de

técnicas que permitan

reducir y minimizar los

impactos ambientales o

efectos negativos sobre

el medio ambiente. Se

presenta a tramitación

al SEA de la región de

Magallanes la presente

Declaración de Impacto

Ambiental.

Indicador de

cumplimiento:

1.- Etapa de

Construcción:

Elaboración DIA,

Evaluación DIA por

parte del SEA y

Obtención de RCA.

2.- Etapa de

Operación: Obtención

de INFAs Aeróbicos.

3.- Etapa de Cierre: Se

retiraran de la

concesión todas las

estructuras

especificadas en

normativa vigente,

acorde a plan de cierre.

D.S. Nº 40,

2012,

MINISTERIO del

Medio Ambiente.

“Reglamento del

Sistema de

Evaluación de

Impacto

Ambiental”.

Construcción

Operación

Cierre

El D.S. N° 40/2012

establece las disposiciones

por las cuales se regirá el

Sistema de Evaluación de

Impacto Ambiental y la

Participación de la

comunidad en el proceso de

Evaluación de Impacto

Ambiental, de conformidad

con los preceptos de la Ley

N° 19.300 sobre Bases

Generales del Medio

Page 109: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

109

Ambiente.

Se procede con el Ingreso

de la correspondiente

Declaración de Impacto

Ambiental, en la cual bajo

juramento, se establecen

todas las medidas

necesarias para el

cumplimiento de las normas

en pro del medio ambiente.

En específico dar

cumplimiento al Permiso

Ambiental 116 “permiso

para realizar actividades de

acuicultura”, poniendo

énfasis en no generar

efectos adversos en la vida

acuática y prevenir el

surgimiento de condiciones

anaeróbicas en las áreas de

acuicultura.

Indicador de

cumplimiento:

4. Construcción:

Elaboración DIA y

evaluación ante SEA,

Obtención RCA.

5. Operación:

Obtención de PAS

N°116.

Implementación de

medidas necesarias

para la mantención

de las condiciones

aeróbicas,

elaboración y

levantamiento de

información

ambiental (INFA).

6. Etapa de Cierre: En

caso de realizar

cierre del proyecto

se realizará acorde a

plan de cierre,

aprobado por el SEA

Page 110: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

110

y SMA.

Ley N° 20.091

que modifica el

D.S. Nº

430/1991 Ley

General de

Pesca y

Acuicultura,

Ministerio de

Economía,

Fomento y

Reconstrucción.

Construcción

Operación

Posee modificaciones en

sus artículos 67, 68, 69, 77,

78, 80, 84, 90, 113, 118,

142, que regulan las

concesiones acuícolas y

perfeccionan el marco

jurídico aplicable a la

actividad de Pesca y

Acuicultura.

Se dará cumplimiento a la

ley, la cual apunta a

promover el máximo

crecimiento económico de

la acuicultura en un marco

de sustentabilidad

ambiental e igualdad en el

acceso a la actividad.

Indicadores de

cumplimiento:

1. Construcción y

Operación: Mantención de

todas las estructuras de

cultivo e instalaciones de

apoyo dentro de la posición

concesionada.

2. Construcción y

Operación: La logística del

centro será está diseñada

considerando no entorpecer

el desarrollo de otras

actividades en el sector.

3. Construcción y

Operación: Se considera el

uso de tecnología orientada

la no generación de

condiciones anaeróbicas del

área, verificador INFA.

Page 111: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

111

4. Construcción y

Operación: Una vez

obtenida la RCA y permisos

sectoriales, el titular se

compromete a dar inicio de

su concesión en los plazos

indicados por esta Ley.

Verificador: se dará aviso a

todas las entidades

pertinentes del inicio del

proyecto con la instalación

de las estructuras indicadas.

5. Construcción:

Cumplimiento del artículo

77 y 78, el proyecto cuenta

con un proyecto técnico

ingresado ante el Servicio.

Toda la tramitación previa a

la elaboración de la DIA se

ha ejecutado conforme lo

dictan los presentes

artículos. Verificador:

Ingreso de la DIA al SEA.

6. Construcción:

Cumplimiento del artículo

80 y 84, para dar inicio a la

actividad se requiere de la

entrega física de la

concesión, verificador: Acta

de entrega de concesión.

7. Operación: Articulo 113 y

118, verificador, se

entregará siempre

información fidedigna tanto

de la operación como de la

condición sanitaria del

centro, registros entregados

a SERNAPESCA registros

mantenidos en el centro de

cultivo para revisión.

8. Operación: Artículo 142,

se dará cumplimento a lo

establecido en dicho

Page 112: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

112

artículo, verificador:

estadística entregada a

SERNAPESCA, se

mantendrán copias en el

centro, con ello queda en

evidencia de que el centro

sólo se explota para aquello

que es objeto, pago de la

patente, cumplir con los

plazos dados artículo 84.

D.S. (MINECON)

Nº 320 de 2001

y sus

modificaciones,

Reglamento

Ambiental para

la Acuicultura.

Construcción

Operación

Cierre

Mediante el desarrollo de la

CPS que acompaña la DIA y

los futuros monitoreos

ambientales (Título III) así

como también los

informativos ambientales.

Se cumplirá durante todas

las etapas del proyecto con

las especificaciones del

Artículo 4:

- Se dispondrán los

desechos sólidos o

líquidos en depósitos y

condiciones que no

resulten perjudiciales al

medio circundante.

- Mantener limpia el área

y terrenos aledaños al

centro de cultivo de

todo residuo generado

por éste.

- Se retirará todo tipo de

soporte no degradable o

degradable como

sistema de fijación al

fondo, al término de la

vida útil del centro.

- Impedir que estructuras

tengan contacto con el

fondo.

- Utilizar sistemas de

flotación que no

permitan ningún tipo de

desprendimiento

- En caso de efectuarse,

Page 113: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

113

sólo se realizará

limpieza y lavado de

estructuras en

instalaciones que

permitan el tratamiento

de los efluentes.

Se cumplirá con las

especificaciones del Artículo

5:

- Se dispondrá de Planes

de Contingencia, se

adjuntan en Anexo 4.

Operación: Se cumplirá con

las especificaciones del

Artículo 6.

- En caso de ocurrir

desprendimiento masivo

de ejemplares, así como

la sospecha de que haya

ocurrido se dará aviso al

Servicio y a la

Autoridad Competente.

Indicador de

cumplimiento:

3. Operación-Cierre: Se

mantendrá en el

centro de cultivo

registros que

acrediten el

cumplimiento del

RAMA.

4. Operación-

Construcción-Cierre:

se mantendrán

registros con

respaldo de faena de

limpieza de borde

costero, registros de

verificación del

estado de las

estructuras,

registros de servicios

para la reparación

Page 114: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

114

de estructuras.

Registro de

Limpieza.

Resolución

(SUBPESCA) Nº

3612 de 2009, y

sus

modificaciones.

Establece

contenidos y

metodologías

para elaborar la

caracterización

preliminar de

sitio y la

información

ambiental.

Construcción

Operación

Cierre

Mediante el desarrollo

de la CPS que

acompañó la DIA

Original y los futuros

monitoreos

ambientales así como

también los

informativos

ambientales.

Indicador de

cumplimiento:

3. Construcción, se

debe obtener RCA

Favorable para dar

inicio a la

operación.

4. Operación: Se

mantendrá registro

de evaluación de

las INFAs en el

centro.

D.F.L. Nº 725 de

1967 (MINSAL)

Código

Sanitario.

Operación

Los residuos sólidos

que se generen y los

domésticos asociados,

serán depositados en

vertederos autorizados.

Indicador de

cumplimiento:

Registros de manejo de

Residuos sólidos,

disponibles en el

centro.

D.S. N° 594 de

1999 (MINSAL)

Reglamento

sobre las

condiciones

sanitarias y

ambientales

básicas de los

lugares de

Construcción

Operación

Establece las Normas

sobre las condiciones

ambientales y

sanitarias básicas en

los lugares de trabajo y

de salud ocupacional;

especialmente en la

provisión de agua

potable y servicios

Page 115: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

115

trabajo. higiénicos en el lugar

de trabajo. El proyecto

contempla dar fiel

cumplimiento a lo

establecido por dicha

normativa.

Indicador de

cumplimiento:

2. Construcción y

Operación:

Obtención de

Autorización de la

autoridad

competente.

D. Ex.

(MINECON) Nº

225 de 1995 y

sus

modificaciones,

Establece

protección de

los mamíferos,

aves y reptiles

marinos.

Construcción

Operación

Cierre

Se establece medidas

de protección, que

prohíben la caza y

captura de mamíferos

marinos, el Titular se

compromete a cumplir

con lo dispuesto en

ambos Decretos

Supremos, para ello

tomará medidas para

prevenir enmalles y

capacitación de los

trabajadores en

preservación de dichos

animales.

Indicador de

cumplimiento:

Registro de

capacitación de

trabajadores.

D. Ex.

(MINECON) Nº

765 de 2004,

Establece

protección del

lobo marino

común.

Construcción

Operación

Cierre

El Titular se

compromete a cumplir

con lo dispuesto en

ambos Decretos

supremos, para ello

tomará medidas como

efectuar capacitaciones

en temas de

biodiversidad y

conservación de

Page 116: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

116

especies.

Indicador de

cumplimiento:

Registro de

capacitación de

trabajadores.

D.S N° 175/

1980

(MINECOM),

Reglamenta

actividades y

deroga decretos

supremos que

indica.

Construcción

Operación

Cierre

El proyecto corresponde a

una modificación de una

actividad existente. Artículo

13, el titular dará

cumplimiento a dicho

artículo obteniendo

semillas, ovas, alevines o

reproductores provenientes

de establecimientos de

cultivos autorizados.

Artículo 18, el titular

mantendrá informado al

Servicio Nacional de Pesca

la estadística de producción

del centro de cultivo.

Además se cumplirá con las

obligaciones especificadas

en las Disposiciones

generales, de la normativa

especificada.

Indicador de

cumplimiento:

Se mantendrán en el

centro u oficina central

los registros que den

cuenta del cumplimiento

de lo especificado.

D.S. N° 430 /

91, Texto

Refundido,

Coordinado y

Sistematizado

de la Ley

General de

Pesca y

Acuicultura.

Construcción

Operación

Cierre

Artículos 74, 86, 87,

118 y 158.

La mantención de la

limpieza y equilibrio

ecológico de la zona

concedida. Las medidas

de protección del

medio ambiente como

la implementación en

Page 117: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

117

el centro de técnicas de

manejo y tecnologías

tendientes a reducir y

eliminar efectos

negativos sobre el

medio ambiente. Se

establecen sanciones

para el caso de

incumplimiento de las

obligaciones anteriores.

Indicador de

Cumplimiento:

El titular cuenta con

Planes de Contingencia

y Procedimientos, con

sus respectivos

registros asociados,

entre los que se

menciona Registro de

limpieza de borde

costero, acorde a

normativa vigente.

Ley

N°20.293/2008.

Modifica Ley

18.892 Protege

a los cetáceos e

introduce

modificaciones

en la Ley N°

8.892 de LGPA.

Construcción

Operación

Cierre

Declárese los espacios

marítimos de soberanía

y jurisdicción nacional,

como zona libre de

caza de cetáceos sólo

para los efectos

previstos en esta ley.

Se prohíbe dar muerte,

cazar, capturar,

acosar, tener, poseer,

transportar,

desembarcar, elaborar

o realizar cualquier

especie de cetáceo que

habite o surque los

espacios marítimos de

soberanía y jurisdicción

nacional.

Indicador de

cumplimiento:

Registro de

capacitación en temas

de biodiversidad y

Page 118: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

118

conservación de

especies al personal del

centro.

Resolución N°

1892/2009

(MINECON)

Establece veda

Extractiva para

el recurso Lobo

Marino Común,

en el área y

periodo que

indica.

Construcción

Operación

Cierre

Ampliación del D.S. N°

225/95 y 366/99 del

Ministerio de Economía

y Fomento y

reconstrucción.

Indicador de

Cumplimiento:

Registro de

Capacitación a

operarios.

D.S. N 290 /

1991,

Reglamento de

Concesiones y

Autorizaciones

de Acuicultura.

Construcción

Operación

Cierre

Aplicable a toda

actividad de

acuicultura. Se dará

cumplimiento al

artículo 3 referente a

que la concesión o

autorización de

acuicultura tiene por

objeto la realización de

actividades de cultivo

en el área concedida,

respecto de la especie

o grupo de especies

hidrobiológicas

indicadas en las

resoluciones que las

otorgan, y permiten a

sus titulares el

desarrollo de sus

actividades, sin más

limitaciones que las

expresamente

establecidas en la ley y

sus reglamentos.

Indicador de

Cumplimiento: Envío

de las proyecciones a

SERNAPESCA.

Obtención del

permiso para

Page 119: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

119

siembra posterior a

la ejecución de cada

INFA.

D.S. Nº

148/2004,

Reglamento

sanitario sobre

manejo de

residuos

peligrosos

Construcción

Operación

Cierre

El Titular se

compromete a cumplir

con lo dispuesto en

este decreto, para ello

tomará medidas para el

manejo de residuos

peligrosos en caso de

generarse.

Indicador de

Cumplimiento:

En caso de efectuar

manejo de residuos

peligroso se llevará un

registro, que estará

disponible en el centro.

Ley de

Navegación

Decreto Ley N°

2.222/1978

Ministerio de

Defensa

Nacional

Operación

Artículos 142 al 162

No se arrojará lastre,

escombros o basuras y

no se derramará

petróleo o sus

derivados o residuos,

aguas de relave de

materiales u otras

materias nocivas o

peligrosas, de cualquier

especie, que ocasiones

daños o perjuicios en

las aguas sometidas a

la jurisdicción nacional,

y en puertos, ríos y

lagos.

Indicador de

cumplimiento: El

proyecto no contempla

descargar sustancias

peligrosas al medio

marino. Los residuos

de hidrocarburos serán

manejados por

empresas autorizadas.

Como evidencia se

Page 120: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

120

mantendrá registro en

el centro,

D.S. N°1/92

Reglamento

para el control

de la

contaminación

acuática.

Ministerio de

Defensa

Nacional

Operación

Dentro del desarrollo del

proyecto se prohibirá

arrojar lastre, escombros o

basuras y derramar

petróleo o sus derivados o

residuos u otras aguas

nocivas

o peligrosas, de cualquier

especie, que puedan

ocasionar daños a las aguas

sometidas a la jurisdicción

nacional.

Indicador de

cumplimiento: Todos los

residuos generados durante

el proceso productivo,

residuos líquidos, sólidos y

domésticos serán

almacenados

en lugares específicos

debidamente señalizados

para su posterior envío a

plantas autorizadas,

mediante guías de

despacho. Se mantendrá

registros de respaldo en el

centro de cultivo.

PERMISOS Y

PRONUNCIAMIENT

OS AMBIENTALES

SECTORIALES

APLICABLES

PAS 116: Permiso para realizar actividades de acuicultura.

Autoriza El permiso para realizar actividades de

acuicultura, será el establecido en el inciso 3º

del artículo 87 del Decreto Supremo N° 430

de 1991, del Ministerio de Economía,

Fomento y Reconstrucción, que fija el texto

refundido, coordinado y sistematizado de la

Ley N° 18.892, de 1989 y sus

modificaciones, Ley General de Pesca y

Acuicultura.

Requisitos Los requisitos para su otorgamiento

consisten en no generar efectos adversos en

la vida acuática y prevenir el surgimiento de

condiciones anaeróbicas en las áreas de la

acuicultura.

Contenido El contenido técnico y formal que debe

Page 121: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

121

técnico/

Indicador de

cumplimiento

presentarse para acreditar su cumplimiento

corresponde a la caracterización preliminar

del sitio (CPS) o información ambiental

(INFA), según corresponda, de acuerdo a los

contenidos y metodologías de elaboración

establecidos en la Resolución Exenta N°

3.612, de 2009, de la Subsecretaría de

Pesca, o aquella que la reemplace.

Indicador de cumplimientos: Entrega de

INFAs y Ejecución de CPS (Anexo 3).

ANTECEDENTES DONDE SE ACREDITA QUE EL PROYECTO NO REQUIERE INGRESAR AL

SEIA A TRAVÉS DE UN EIA (D.S. N°40/12)

Determinación y justificación del área de

influencia del proyecto o actividad

El tamaño o extensión del Área de Influencia está

directamente determinado por cada componente

ambiental, para este proyecto los componentes

susceptibles de verse afectados corresponden

principalmente a fondo marino, considerando las

emisiones sólidas de alimento no consumido y

fecas, oportunamente cuantificadas. Inicialmente el

área de influencia corresponde al área de

concesión y además el área de depositación de

fecas y alimento no consumido y el límite visual

en este caso 2 Km. Para determinar el área de

sedimentación de alimento no consumido y fecas se

efectuó una modelación matemática, propuesta

según Gowen & Bradbury37. Considerando los

antecedentes presentados en el Estudio de Paisaje,

la componente paisajística se incluye en la

determinación de Área de Influencia ambiental.

Artículo 5, Riesgo para la Salud de la Población

- Etapa de Construcción

- Etapa de Cierre

- Etapa de Operación

El Proyecto no genera ni presenta riesgo para la

salud de la población debido a la cantidad y calidad

de los efluentes, emisiones o residuos que genera o

produce. Ver punto B.1.1.1. Artículo 5

Artículo 6, Efecto Adverso Significativo sobre Recursos Naturales Renovables

- Etapa de Construcción

- Etapa de Operación

- Etapa de Abandono

El Proyecto no genera ni presenta efectos adversos

significativos sobre la cantidad y calidad de los

recursos naturales renovables, incluidos el suelo,

agua y aire. Ver Punto B.1.1.2. Artículo 6

Artículo 7, Reasentamiento de Comunidades Humanas o alteración significativa de los

sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

37

Gowen, R.J. and Braudbury, N.B. 1987. The ecologycal impact of Salmonid Farming in coastal Waters: A

Review. Oceanogr. Mar. Biol. Ann Rev., (25) 563-575.

Page 122: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

122

- Etapa de Construcción

- Etapa de Operación

- Etapa de Cierre

El proyecto no genera reasentamiento de

comunidades humanas o alteración significativa de

los sistemas de vida y costumbres de grupos

humanos. Ver punto B.1.1.2. Artículo 7

Artículo 8, Localización y valor ambiental del territorio

- Etapa de Construcción

El proyecto no se localiza en o próxima a

poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios

prioritarios para la conservación, humedales

protegidos y glaciares, susceptibles de ser

afectados, así como el valor ambiental del territorio

en que se pretende emplazar. Ver punto B.1.1.2.

Artículo 8

Artículo 9, Valor paisajístico o turístico

- Etapa de Construcción

- Etapa de Operación

- Etapa de Cierre

El proyecto no genera alteraciones significativas, en

términos de magnitud o duración, del valor

paisajístico o turístico de una zona. Ver punto

B.1.1.2 Artículo 9

Artículo 10, Alteración del patrimonio cultural

- Etapa de Construcción

- Etapa de Operación

- Etapa de Cierre

El proyecto no presenta alteración de monumentos,

sitios con valor antropológico, arqueológico,

histórico, y, en general, los pertenecientes al

patrimonio cultural. Ver punto B.1.1.2. Artículo 10

COMPROMISOS AMBIENTALES

VOLUNTARIOS

No contempla compromisos ambientales

voluntarios.

MONITOREO / SEGUIMIENTO

Monitoreos Ambientales

Se realizarán los monitoreos ambientales

indicados por la autoridad según el calendario

que corresponda de acuerdo a su ciclo

productivo. Ver A.6.1

Page 123: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

123

G) Listado de los nombres de las personas que participaron en la elaboración

de la declaración de Impacto Ambiental

Nombre Empresa Consultora: Plancton Andino Ltda.

RUT: 77.137.290-2

Gerente General:

- Revisión general de documentos

Alejandro Clément Díaz

Biólogo Marino, M. Sc. Oceanografía.

Oregon State University. [email protected]

Fono:+65-2235046, Cel:9-847 2643

Profesional Responsable del

proyecto:

- Elaboración DIA.

- Análisis de Información

Ambiental

- Informe de Paisaje

- Informe de Biodiversidad

Tomás Ballesteros Cohen

Ingeniero Ambiental

Universidad de los Lagos

oceanografí[email protected]

Fono: 65-2235046

Asistente de Consultoría:

- Profesional de Apoyo en

Cartografía y SIG.

Carmen Paz Maluje Aguayo

Geógrafo

Pontificia Universidad Católica de Chile

[email protected]

Fono 065-2235046

Secretaria Administrativa:

- Trámites administrativos

Paola Wilhelm, Secretaria ,Manpower

[email protected], Fono 065-2235046

Nombre TITULAR: MAINSTREAM CHILE S.A.

RUT: 77.424.630-4

- Revisión general de documentos

- Entrega de Información

productiva y planes de

contingencia.

Catherine Bruce

(Cargo: Jefe Medio Ambiente)

Page 124: DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Modificación de …

124

H) TEXTO DE RADIODIFUSIÓN

Maintream Chile S.A. ha ingresado una Declaración de Impacto Ambiental para el proyecto

""Modificación de Proyecto Técnico en centro de cultivo de Salmónidos Punta

Laura” emplazado en la Comuna de Río Verde. El centro producirá 3.750 Ton/ciclo.”

Todos los antecedentes de la Declaración de Impacto Ambiental se encuentran disponibles

en el sitio web: www.seia.cl y en las oficinas del Servicio de Evaluación Ambiental de la

Región de Magallanes y la Antártica Chilena Lautaro Navarro 363 Punta Arenas. La fecha

para formular las observaciones al proyecto serán las autorizadas por la Ley o Reglamento.

Radio: Radiopolar de Punta Arenas.