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TALPA DE ALLENDE, JALISCO. 09 DE OCTUBRE DE 2010 DÉCIMO QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE AYUNTAMIENTO H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL 2010-2012 Página 1 En Talpa de Allende, Jalisco; siendo las 16:00 horas del día Sábado 9 de Octubre de 2010, dos mil diez, reunidos en la sala de Cabildo de la Presidencia Municipal, sita en Independencia 32, colonia centro de Talpa de Allende, estado de Jalisco; previa la convocatoria expedida por el C. Presidente Municipal Salvador Martín Uribe Gil, con fundamento en los Artículos 29, Fracción I y el Artículo 47, fracción III de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; a efecto de celebrar la DÉCIMO QUINTA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO, PERÍODO 2010-2012 con la asistencia del C. SALVADOR MARTIN URIBE GIL, Presidente Municipal, Síndico C. L.C.P. DORA JACQUELINE SÁNCHEZ GUERRA, y los Regidores: C. IRMA ESTELA LOPEZ VELASCO, L.A.P. MARÍA VIOLETA BECERRA OSORIA, C. PROFRA. LUZ MARÍA RUBIO SÁNCHEZ, C. PROFR. MIGUEL CEJA AGUILAR, C. HÉCTOR ISMAEL BARBA MUÑOZ, C. LEOBARDO LLAMAS SALAZAR, C. GUILLERMO ORTEGA ZÚÑIGA, C. MTRO. EN DERECHO, JORGE LUIS TERRÍQUEZ HERNÁNDEZ Y EL SECRETARIO GENERAL, C. MTRO. JOSÉ ÁNGEL TORRES GUZMÁN.---------------------- ------------------------------------------------------------------------------------------------ PRIMER PUNTO.- LISTA DE ASISTENCIA. El C. MTRO. JOSÉ ÁNGEL TORRES GUZMÁN, Secretario General inicia la Décimo Quinta Sesión Ordinaria con el pase de lista correspondiente y da lectura a oficio del C. Regidor, Profr. Hediberto Espino Ochoa quien hizo llegar en tiempo y forma su justificante mismo que se evidencia a continuación para la consideración de este H. Cuerpo Edilicio.

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TALPA DE ALLENDE, JALISCO. 09 DE OCTUBRE DE 2010 DÉCIMO QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE AYUNTAMIENTO H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL 2010-2012

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En Talpa de Allende, Jalisco; siendo las 16:00 horas del día Sábado 9 de Octubre de 2010, dos mil diez, reunidos en la sala de Cabildo de la Presidencia Municipal, sita en Independencia 32, colonia centro de Talpa de Allende, estado de Jalisco; previa la convocatoria expedida por el C. Presidente Municipal Salvador Martín Uribe Gil, con fundamento en los Artículos 29, Fracción I y el Artículo 47, fracción III de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; a efecto de celebrar la DÉCIMO QUINTA SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO, PERÍODO 2010-2012 con la asistencia del C. SALVADOR MARTIN URIBE GIL, Presidente Municipal, Síndico C. L.C.P. DORA JACQUELINE SÁNCHEZ GUERRA, y los Regidores: C. IRMA ESTELA LOPEZ VELASCO, L.A.P. MARÍA VIOLETA BECERRA OSORIA, C. PROFRA. LUZ MARÍA RUBIO SÁNCHEZ, C. PROFR. MIGUEL CEJA AGUILAR, C. HÉCTOR ISMAEL BARBA MUÑOZ, C. LEOBARDO LLAMAS SALAZAR, C. GUILLERMO ORTEGA ZÚÑIGA, C. MTRO. EN DERECHO, JORGE LUIS TERRÍQUEZ HERNÁNDEZ Y EL SECRETARIO GENERAL, C. MTRO. JOSÉ ÁNGEL TORRES GUZMÁN.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

PRIMER PUNTO.- LISTA DE ASISTENCIA. El C. MTRO. JOSÉ ÁNGEL TORRES GUZMÁN, Secretario

General inicia la Décimo Quinta Sesión Ordinaria con el pase de lista correspondiente y da lectura a oficio del C. Regidor, Profr. Hediberto Espino Ochoa quien hizo llegar en tiempo y forma su justificante mismo que se evidencia a continuación para la consideración de este H. Cuerpo Edilicio.

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Leído que fue el presente documento se sometió a votación siendo

APROBADO POR UNANIMIDAD LA JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIA DEL C. REGIDOR, PROFR. HEDIBERTO ESPINO OCHOA, A LA DÉCIMO QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE AYUNTAMIENTO.

Confirmando la ASISTENCIA DE DIEZ DE LOS ONCE

INTEGRANTES DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE 2010-2012; Para proceder con la declaración del quórum legal.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEGUNDO PUNTO.- DECLARACIÓN DE QUÓRUM LEGAL. C. Salvador Martín Uribe Gil, quien presidió la Décimo Quinta Sesión

Ordinaria, en su carácter de Presidente Municipal manifiesta: EN VISTA DE ESTAR PRESENTES DIEZ DE LOS ONCE INTEGRANTES DE ESTE H. AYUNTAMIENTO DECLARO QUÓRUM LEGAL Y POR LO TANTO ABIERTA Y VÁLIDOS LOS ACUERDOS DE ESTA DÉCIMO QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE AYUNTAMIENTO DE TALPA DE ALLENDE, JALISCO; PERÍODO 2010-2012.-------------------------------------

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TERCER PUNTO.- LECTURA Y EN SU CASO APROBACIÓN

DEL ORDEN DEL DÍA. El C. Mtro. José Ángel Torres Guzmán, Secretario General del H.

Ayuntamiento, da lectura al orden del día propuesto para la Décimo Quinta Sesión Ordinaria de Ayuntamiento 2010-2012:

1. Lista de Asistencia. 2. Declaración de Quórum Legal. 3. Lectura y en su caso, Aprobación del Orden del Día. 4. Lectura, y en su caso, Aprobación y Firma del Acta anterior. 5. Propuesta Nómina Bancomer. 6. Programa “Pinta tu casa” de IPROVIPE 7. Programa “Ver bien para aprender mejor” 8. Reglamento de Tortillerías para el Municipio de Talpa de

Allende, Jalisco. 9. Informe “día del Servidor Publico” 10. Sobre Módulo de Maquinaria SEDER. 11. Asuntos varios. SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE VOTOS, DE DIEZ DE

LOS ONCE REGIDORES PRESENTES EN ESTA DÉCIMO QUINTA SESIÓN ORDINARIA DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO, PERÍODO 2010-2012; EL ORDEN DEL DÍA PROPUESTO PARA LA DÉCIMO QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

CUARTO PUNTO.- LECTURA, Y EN SU CASO, APROBACIÓN

Y FIRMA DEL ACTA ANTERIOR. El C. Mtro. José Ángel Torres Guzmán, Secretario General del H.

Ayuntamiento, da lectura al Acta de la Décimo Cuarta Sesión Ordinaria celebrada el día 10 de Septiembre de 2010.

Leída que fue el Acta, analizada en todas y cada una de sus partes se

procedió a emitir el siguiente Acuerdo. SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE DIEZ DE

LOS ONCE REGIDORES QUE INTEGRAN EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO, PERÍODO 2010-2012; EL ACTA DE LA DÉCIMO CUARTA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DE 2010.

Las regidoras y regidores que estuvieron presentes en la Décimo Tercera

Sesión de Ayuntamiento proceden a su firma al calce y al margen en dos tantos originales.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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QUINTO PUNTO.- PROPUESTA NOMINA BANCOMER El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil… da a conocer

al pleno de este H. Cuerpo Edilicio la presente solicitud.

Están presentes personal de BBVA BANCOMER S.A., el C. Marco Iván Rodríguez Robles, Director de la Sucursal Mascota y el C. Manuel Ramírez, Ejecutivo de empresas a quienes se les cede el uso de la palabra para exponer que en referencia al oficio aquí expuesto, la institución bancaria tiene la intención de colocar un Cajero Automático en la población, con la finalidad de apoyar más al turismo religioso, otorgar servicio a la población de Talpa que ya son clientes e incluir en Nómina Bancomer a empleados del Ayuntamiento, por lo menos a 50 empleados además de fomentar la sana competencia.

Beneficios adicionales: Crédito de nómina, Crédito automotriz, crédito hipotecario, sorteos de libretón mensuales. El Crédito nominal hasta por cuatro meses directo con un interés más bajo que HSBC, sin comisión por apertura.

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Bancomer móvil para celular, línea Bancomer, consulta de saldo, pago de impuestos por SPEI, Garantías Bancomer en contra de un fraude bancario. No existe cobro por manejo de cuenta, ni por retiros, ni saldo mínimo. Todos los servicios son gratuitos y tenemos la mayor cantidad de cajeros en la República Mexicana.

Para los empleados es gratis este servicio, solo requerimos el compromiso de 50 empleados de su nómina para garantizar la instalación del Cajero Automático. Estamos en plática con el Sr. Cura Pbro. José de Jesús Enríquez Flores para que se instale el cajero en el jardín del Curato, anexo a la cochera, ubicado en Independencia # 2, Colonia Centro.

Las tarjetas las traeríamos para que desde aquí se activen, no se requiere que los empleados se desplacen a Mascota, desde la Tesorería Municipal se activarían las tarjetas bancarias.

El C. Regidor M. en D. Jorge Luis Terríquez Hernández cuestiona ¿qué pasaría cuando un trabajador solicitara un préstamo? Le responden que el ejecutivo de cuenta vendría a Talpa para atender todos y cada uno de los requerimientos de los clientes.

Pues el hecho de que no haya sucursal sería un problema. Es mi punto de vista.

El C. Regidor Leobardo Llamas Salazar manifiesta que sería un servicio para todos los habitantes de Talpa de Allende que tienen cuenta en Mascota.

El C. Regidor Héctor Ismael Barba Muñoz expone que para los peregrinos sería un excelente servicio y vale la pena apoyarlo.

Analizada la presente y considerando la trascendencia que tiene, la C. LAP María Violeta Becerra Osoria propone que sería importante que la misma institución continuara con el trámite necesario para que en un futuro próximo se aperture una sucursal bancaria de BANCOMER en Talpa de Allende.

La Síndico, LCP Dora Jacqueline Sánchez Guerra manifiesta que en la pasada romería hubo mucho conflicto en el cajero automáticos de HSBC además de interminables filas para sacar dinero, razón de más para aprobar la instalación del cajero automático.

Los ejecutivos mencionan que no se requiere software especial para realizar transferencias, solo en el portal de BANCOMER, además el mismo día puede hacerse el depósito y el mismo día cobrarlo.

Se despiden los ejecutivos de BANCOMER S.A. agradeciendo la atención de los Regidores y quedan a la espera de la respuesta.

Habiendo analizado y discutido la presente solicitud y considerando que existen más pros que contras, el pleno del H. Cuerpo Edilicio emite el siguiente Acuerdo.

POR UNANIMIDAD DE DIEZ REGIDORES DE LOS ONCE QUE INTEGRAN ESTE H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO, PERIODO 2010-2012 SE APRUEBA REALIZAR UNA CONSULTA INDIVIDUAL A TODOS Y CADA UNO DE LOS EMPLEADOS PARA SOLICITAR SU CAMBIO A NÓMINA BBVA BANCOMER PARA POSTERIORMENTE

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NOTIFICAR A BBVA BANCOMER S. A.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

SEXTO PUNTO.- PROGRAMA “PINTA TU CASA” DE

IPROVIPE. El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil manifiesta que

por parte de IPROVIPE (Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado) se nos ha propuesto el programa “PINTA TU CASA” consistente en mejorar la imagen urbana de los centros de población, fundamentalmente en los “Barrios grises” o zonas periféricas.

IPROVIPE realizó un convenio con la empresa COMEX que será la

responsable de proporcionar la pintura, cepillos y rodillos a la población interesada en participar en el programa.

PINTA TU CASA ofrece 1,000 acciones o cubetas de 19.0 lts. De

pintura vinílica en distintos colores mismos que se aplicarán a 1,000 fachadas de viviendas exclusivamente y/o beneficiarios, no locales comerciales, mismos que aportarán por cubeta la cantidad de $ 150.00 (Ciento cincuenta pesos 00/100 M.N), el Ayuntamiento aportaría la cantidad de $ 50.00 (Cincuenta pesos 00/100 M.N) más el transporte de las cubetas e implementos diversos. (cepillos, brochas y rodillos) y el Gobierno del Estado una aportación aproximada de $ 400.00 por cubeta.

Preferentemente deberán ingresar al programa todas las casas de una

cuadra o manzana, de tal manera que haya el impacto visual pretendido.

REQUISITOS PARA LOS SOLICITANTES Y BENEFICIARIOS: (EN COPIA SIMPLE)

Copia de acta de nacimiento Copia de CURP Copia de Credencial de Elector Comprobante de ingresos, menor a $ 6,000.00 mensuales. Comprobante de domicilio Llenado de la Cédula de Información Socioeconómica del Programa

“Pinta tu casa”. Documentos que se anexan a continuación. Las fachadas que son muy grandes y que requieran más pintura deberán

incluirse a otro beneficiario de la misma casa con los mismos documentos anteriores.

La C. Regidora LAP María Violeta Becerra Osoria pregunta si se tiene

el costo real de la cubeta de pintura vinílica. El C. Presidente Municipal responde que el costo comercial aproximado de cada cubeta es de $ 600.00 y en esta primera etapa se apoyaría a la cabecera municipal y en una etapa posterior e inmediata a las localidades que quieran y puedan otorgar su participación correspondiente.

Continúa la C. Regidora cuestionando si en este momento el municipio

se encuentra en condiciones de aportar los $ 50,000.00 requeridos para el programa PINTA TU CASA de IPROVIPE?.

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El C. Presidente responde que efectivamente, consultado ya con el C. Tesorero sí tendríamos disponibilidad de estos recursos y la capacidad financiera suficiente para absorber dicha inversión.

El Regidor M. en D. Jorge Luis Terríquez Hernández expone que está

de acuerdo y que el programa se enfoque a las familias más necesitadas que es el objetivo principal del mismo.

Esta pintura especial de COMEX tiene un rendimiento de entre 5 y 8

mts.2 por cada litro, que sería suficiente para pintar las fachadas de las viviendas, ya sean de adobe, ladrillo o con enjarre.

Por lo tanto es necesario promocionar el programa en los barrios

periféricos de Talpa de Allende para realizar la inscripción correspondiente.

A continuación los documentos a llenar por cada solicitante.

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Por lo anteriormente expuesto solicito al pleno del H. Cuerpo Edilicio la autorización para la firma del convenio de este H. Ayuntamiento con IPROVIPE (Inmobiliaria y Promotora de Vivienda de Interés Público del Estado) así como la aportación correspondiente por parte del municipio.

Habiendo analizado y discutido la presente solicitud, el pleno del H.

Cuerpo Edilicio emite el siguiente acuerdo. POR UNANIMIDAD DE LOS DIEZ REGIDORES PRESENTES

DE LOS ONCE REGIDORES QUE INTEGRAN ESTE H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO, PERIODO 2010-2012 SE AUTORIZA LA FIRMA DEL CONVENIO PARA EL PROGRAMA “PINTA TU CASA” A TRAVES DE LA IPROVIPE, (INMOBILIARIA Y PROMOTORA DE VIVIENDA DE INTEREÉS PÚBLICO DEL ESTADO) FACULTANDO A LOS C.C. SALVADOR MARTÍN URIBE GIL, LCP DORA JACQUELINE SÁNCHEZ GUERRA, MTRO. JOSÉ ÁNGEL TORRES GUZMÁN Y VÍCTOR MANUEL PEÑA ORTEGA, PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO MUNICIPAL, SECRETARIO GENERAL Y ENCARGADO DE LA HACIENDA PUBLICA MUNICIPAL RESPECTIVAMENTE, PARA QUE EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE, CELEBREN Y SUSCRIBEN EL CONVENIO EN CUESTIÓN.

POR UNANIMIDAD DE LOS DIEZ REGIDORES PRESENTES DE LOS ONCE REGIDORES QUE INTEGRAN ESTE H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO, PERIODO 2010-2012 SE AUTORIZA LA APORTACIÓN MUNICIPAL DE $ 50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) AL PROGRAMA DE LA IPROVIPE” PINTA TU CASA” Y EXCLUSIVAMENTE PARA LA REALIZACIÓN DE MIL ACCIONES DE PINTA DE FACHADAS DE VIVIENDAS PARTICULARES, NO COMERCIALES, EN EL MUNICIPIO DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO.‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ 

SÉPTIMO PUNTO.- PROGRAMA “VER BIEN PARA

APRENDER MEJOR” El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil manifiesta que

como todos los regidores estuvieron presentes en la Inauguración del edificio del Plantel 20 de COBAJE, el pasado Jueves 30 de Septiembre de 2010 arrancó también el Programa de la Secretaría de Educación “VER BIEN PARA APRENDER MEJOR” y en el cual se nos hizo la pública petición para ingresar a este programa.

Nos informaron que los últimos años que Talpa de Allende participó en

este programa fue en el 2000 con 453 alumnos beneficiados y en año 2001 solo se benefició a 9 alumnos. Razón por la cual en años posteriores ya no se apoyó este programa.

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El estudio- censo que ha realizado la Secretaría de Educación Jalisco ha arrojado una necesidad de 384 alumnos con deficiencia visual. Mismo que se evidencia en el documento siguiente.

Se nos solicita un financiamiento para el pago de anteojos del 50% por la cantidad de $ 26,146.56 (Veintiséis mil ciento cuarenta y seis pesos 56/100 M.N.) y beneficiar con ello a 384 alumnos y alumnas del municipio. El otro 50% lo paga el programa a través de Secretaría de Educación.

Consensado en Tesorería Municipal sí se tiene por el momento el

recurso para apoyar este programa ya nuestros niños y niñas del municipio. Analizada que fue la presente propuesta, el pleno del H. Cabildo emite

el siguiente Acuerdo.

POR UNANIMIDAD DE DIEZ DE LOS ONCE REGIDORES QUE INTEGRAN ESTE H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE, PERIODO 2010-2012 SE APRUEBA LA APORTACIÓN ECONÓMICA DEL 50% PARA EL PROGRAMA “VER BIEN PARA APRENDER MEJOR”, POR LA CANTIDAD DE $ 26,146.56 (VEINTISÉIS MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS PESOS 56/100 M.N.) Y BENEFICIAR CON ELLO A 384 ALUMNOS Y ALUMNAS DE NUESTRO MUNICIPIO. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

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OCTAVO PUNTO.- REGLAMENTO DE TORTILLERIAS PARA EL MUNICIPIO DE TALPA DE ALLENDE, JALISCO.

El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil da la bienvenida

a los Industriales de la masa, dueños de tortillerías, asistentes a la sesión: C.C. Federico Sánchez Velasco, Leodegario Torres Estrada, Gerardo Torres Sánchez, Rigoberto Palomera Velasco, Daniel Osoria Pantoja, Carlos Daniel Rosales y Gabriel Torres Pacheco; y a quienes agradece su participación y compromiso en este proceso.

Les comento que a petición de los dueños de tortillerías desde los

primeros meses de la administración municipal solicitaron reglamentar las tortillerías dado el desorden que se manifestaba y la competencia desleal en que operaban. Prácticamente todos los fabricantes de tortillas se han unido a este proyecto, los primeros acuerdos giraron en torno a la prohibición de vender tortillas fuera de los establecimientos, acuerdo que se ha cumplido a excepción de una persona de Puerto Vallarta que sigue realizando la venta fuera de su local, en camionetas y en mesas y hieleras en tiendas y de la Sra. Araceli Hernández a quien los mismos compañeros autorizaron la venta fuera de su local hasta el mes de octubre de 2010.

A partir de esta situación se realizó una propuesta de Reglamento, la

cual se ha estado trabajando en coordinación con ellos mismos y adicionándose sus peticiones.

Cedo el uso de la voz a los fabricantes de tortillas para que nos

expongan sus intereses, intenciones, inquietudes y necesidades. El C. Leodegario Torres manifiesta que ha sido un compromiso por

parte de los dueños de tortillerías de evitar riesgos y accidentes, bajarle a la contaminación auditiva que se daba por el usos de chicharras o claxon de los carros. Lo que queremos es que haya una competencia leal y que la gente vaya al establecimiento de su preferencia.

El C. Gerardo Torres Sánchez expone que es positivo este Reglamento y

sí cumple con todas sus expectativas, además de garantizarnos una competencia leal.

El C. Rigoberto Palomera Velasco solicita a los regidores que se nos apoye autorizándonos el presente reglamento y evitar con ello accidentes viales, orden e higiene en la venta de nuestro básico producto.

El C. Federico Sánchez Velasco dice que todos tenemos los mismos

derechos y pagamos impuestos, por lo tanto deberá de haber igualdad de oportunidades y competencia leal. Antes todas las personas iban a las tortillerías a comprar el producto.

El C. Presidente municipal reconoce la voluntad y el esfuerzo de la

mayoría de los industriales de la masa, su unidad y disposición para crear el Reglamento que a continuación se presenta.

Reglamento que hoy hacemos de su conocimiento para su revisión y

análisis y para la siguiente sesión, en su caso, la aprobación correspondiente. A continuación el Secretario General, C. Mtro. José Ángel Torres

Guzmán procede a darle primera lectura y comentarios a algunos artículos del Reglamento.

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REGLAMENTO DE TORTILLERIAS PARA EL MUNICIPIO DE TALPA DE ALLENDE JALISCO.

CAPITULO I

Disposiciones Generales

ARTICULO 1.- El Municipio de Talpa de Allende, Jalisco, tiene la personalidad jurídica para la creación de sus propios reglamentos, conforme lo dispone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 115, la Constitución Política del Estado de Jalisco en el Artículo 73, 77, 78 y la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco en el Artículo 40, 41, 42, 43, 44 y de mas relativos. ARTICULO 2.- El presente reglamento es de interés público y de observancia general y tiene por objeto regular el funcionamiento y las ubicaciones justas y equitativas de molinos y tortillerías del municipio de Talpa de Allende, Jalisco, con el propósito de que entre ellos se propicie un desarrollo social y fortalecido en la cordialidad y convivencia, en beneficio de las clases populares. ARTICULO 3.- Para los efectos del presente reglamento se consideran molinos para nixtamal los establecimientos donde se prepara y muele el nixtamal para obtener masa. ARTÍCULO 4.- Se consideran tortillerías, los establecimientos donde se elaboran tortillas de masa de nixtamal, masa de harina de maíz, masa de harina de trigo, por medios mecánicos o manuales. ARTICULO 5.- Los molinos para nixtamal podrán elaborar tortillas para su venta al público, al amparo de una sola licencia como molino tortillería. ARTICULO 6.- Las tortillas elaboradas en fondas, restaurantes, taquerías y bares, para su propio consumo, no requieren de la licencia respectiva para ello. En caso de que un almacén o supermercado solicite licencia para instalar una tortillería, deberá cumplir totalmente el contenido del presente reglamento. ARTÍCULO 7- Son autoridades competentes para la aplicación y vigilancia del presente reglamento: I. El Presidente Municipal; II. La Hacienda Municipal; III. La Oficialía Mayor de Padrón y Licencias; IV. Protección Civil y Bomberos. ARTÍCULO 8- Son facultades del Ayuntamiento a través de sus dependencias competente: I. La autorización de licencias de funcionamiento de molinos y tortillerías; II. Supervisar las condiciones de instalación y operación para que funcionen con higiene y seguridad los molinos y tortillerías; y III. Ordenar y complementar las inspecciones que se consideren necesarias en estos establecimientos, con objeto de verificar el cumplimiento de las disposiciones que establece el presente Reglamento.

CAPITULO II Licencias de Funcionamiento

ARTICULO 9.-Los molinos y tortillerías deberán contar con su licencia respectiva expedida por el H. ayuntamiento. Las personas que se dediquen a la venta de tortillas hechas a mano también deberán contar con Licencia Municipal. ARTÍCULO 10.- Los interesados en obtener una licencia de funcionamiento de molino y tortillería, con su respectiva acta al padrón de contribuyentes, deberán presentar por escrito su solicitud a la Oficialía Mayor de Padrón y Licencias, cubriendo todos los requisitos y llenando las formas necesarias para tal efecto. ARTICULO 11.- Los datos a presentar con la solicitud correspondiente son los siguientes: I. Nombre y domicilio en caso de tratarse de persona física o la denominación o razón social con domicilio o acta constitutiva en caso de tratarse de personas morales; II. Especificaciones de giro, con qué materia prima se pretende operar y nombre comercial del mismo

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III. Especificar número de máquinas y volumen de producción. IV. Domicilio en que se instalará el establecimiento: V. Medidas del local con plano arquitectónico. VI. Registro Federal de Contribuyente; VII. Establecer a qué organización civil de molinos y tortillerías se encuentra afiliado o si trabaja en forma independiente. ARTÍCULO 12.- Documentos y requisitos que se deben complementar y anexar a la solicitud. I. Escritura o contrato de compra-venta o arrendamiento del local: II. Croquis de ubicación del local, que permita su localización en la manzana a que pertenece, con los nombres de las calles que la conforman, lo cual será un requisito puntualmente observado por la Oficialía Mayor de Padrón y Licencias, III. Dictamen de uso especifico de suelo; IV. Dictamen del Departamento de Protección Civil donde especifique que las instalaciones de agua, luz, gas y ventilación son adecuadas; V. Licencia sanitaria; VI. Recibo de pago catastral actualizado; VII.- Recibo de pago de agua potable actualizado; VI II. Copia de Registro Federal de Causantes; ARTICULO 13.- Para que la dependencia competente del H. Ayuntamiento otorgue la autorización de funcionamiento el local e instalaciones deberán reunir las características siguientes: I. contar con las medidas de seguridad correspondientes, debiendo tener el dictamen de Protección Civil Municipal. II. Que los energéticos o la forma de uso no contravengan las disposiciones vigentes sobre contaminación ambiental. III. Que el establecimiento tenga acceso directo a la vía pública. IV. Que la maquinaría que se utilice, reúna las condiciones de seguridad para evitar accidentes. V. Que la maquinaria se instale en forma tal, que el público no tenga acceso a ella. VI. Que se cuente con las instalaciones necesarias para la venta y despacho del producto.. VII. Que el equipo de gas e instalaciones sean nuevas con el objeto de salvaguardar la integridad física de la ciudadanía y el trabajador; que cuente con la responsiva correspondiente, además deberán estar ubicados en espacios abiertos y alejados de cualquier fuente de calor. VIII. Que el establecimiento cuente con un sistema extractor de aire. IX. Que sean correctas las condiciones de presentación, higiene y limpieza; X. No podrán adaptarse establecimientos en cocheras destinadas a casas habitación. XI. Que el establecimiento cumpla con todas y cada una de las disposiciones que en materia de salud establece la ley respectiva. XII. Cuando se trate de nuevos establecimientos no podrán instalarse a una distancia menor de 25 veinte cinco metros de cualquier hospitales, escuelas, oficinas públicas y demás tortillerías. ARTÍCULO 14.- El H. Ayuntamiento de Talpa de Allende, Jalisco, por medio de él Encargado de la Hacienda Municipal y la Oficialía Mayor de Padrón y Licencias, podrá comprobar con sus medios facultados, la veracidad de los datos y documentos, así como el cumplimiento exacto de los requisitos establecidos. I.- La Oficina de Padrón y Licencias y al Encargado de la Hacienda Municipal le Corresponde la inspección y vigilancia del presente reglamento mediante la inspección rutinaria. II.- El personal que se designe deberá estar provisto de credenciales que lo identifiquen en su carácter oficial y de orden escrita de la Dirección en el que se precisa el objeto de su visita. III.- Al término de la diligencia deberá levantar acta circunstancial en la que se hará constar los hechos u omisiones constitutivo de la infracción, los artículos del reglamento y también las consideraciones o recomendaciones a que se haya lugar. ARTICULO 15.- Queda estrictamente prohibida la venta de tortillas fuera de los establecimientos oficialmente autorizados. Exceptuando fiestas familiares restaurantes y taquerías. ARTICULO 15 A bis.- Queda estrictamente prohibida la re-venta de tortillas en tiendas de abarrotes, locales comerciales, casas habitación o puesto fijo o semi-fijo ubicado en vía pública. ARTICULO 15 B bis.- No se permitirá realizar la comercialización y venta de tortillas y masa en el interior de camionetas, automóviles, motos o cualesquier tipo de vehículo, de igual manera se prohíbe el reparto de las mismas en forma ambulante o a domicilio.

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Y En los casos que se expenda el producto en establecimientos diferente a su elaboración deberá sujetarse a la Normatividad en Materia Sanitaria Correspondiente. ARTICULO 16.- Si la solicitud de licencia se presenta incompleta en los datos, documentos y requisitos establecidos, se concederá al solicitante un plazo de 30 días hábiles, con posibilidad de prórroga, por una sola vez a petición del interesado, para que pueda cumplir puntualmente con los faltantes, estableciéndose que de haber transcurrido el plazo autorizado y no haber complementado lo necesario, la solicitud será desechada. ARTICULO 17.- Las licencias municipales son intransferibles, debiendo ser devuelta a la oficina que la expidió, en caso de clausura o suspensión de actividades, dentro de los diez días siguientes a la fecha en que esta ocurra para su cancelación, so pena de incurrir en infracción. ARTICULO 18.- Las licencias municipales no conceden a sus titulares los derechos perennes ni definitivos, la Autoridad Municipal podrá en cualquier momento revocarla o cancelarla, cuando las causas lo justifiquen sin derecho a devolución de cantidad alguna, tal como lo establece la Ley de Ingresos Municipal del Estado de Jalisco. ARTÍCULO 19.- Las Autoridades Municipales podrán revocar las licencias expedidas, cuando los establecimientos violen o dejen de cumplir con las disposiciones contenidas en este reglamento o cualquier otra Ley vigente. ARTICULO 20.- Cuando una solicitud de licencia o referendo haya sido cancelada por no cubrir debidamente los requisitos establecidos al respecto, el interesado tendrá permanentemente el derecho de formular una nueva solicitud, en el momento que considere poder cubrir los requisitos. ARTÍCULO 21.- Son obligaciones permanentes de los establecimientos de producción y venta de masa y tortilla las siguientes: I. Exhibir en un lugar visible el original de la licencia o una copia cuando ésta se encuentre en trámite y sea dado un permiso provisional; II. Colocar en lugar visible la lista de precios vigente; III. Expender sus productos únicamente en el mostrador de su establecimiento directamente al consumidor, sin utilizar vendedores ambulantes ó distribuidores, Salvo lo contemplado en el articulo 15 quince del presente reglamento IV. Cuidar permanentemente las medidas de seguridad, la limpieza y la higiene de su local, y del personal que maneja el producto y atiende a la clientela. V. Tratar siempre con esmero y buen trato a la clientela, VI. Permitir la entrada a inspectores debidamente identificados y autorizados, con el oficio de comisión correspondiente; VII. No permitir que entren o permanezcan animales en el establecimiento; VIII. Abstenerse de conservar en el establecimiento materias o sustancias tóxicas ajenas a la producción y venta de masa y tortilla; IX. Disponer de las condiciones y medidas de seguridad aprobadas por el Protección Civil u Bomberos, en materia de instalaciones eléctricas, manejo de energéticos, verificación y otras; X. Cumplir con todas las normas que para tal efecto dicten la Secretaria de Salubridad y la Procuraduría Federal de Consumidor.

CAPITULO III Cambio de Domicilio

ARTICULO 22.- Para obtener la autorización de cambio de domicilio, el interesado deberá presentar la solicitud por escrito ante la Autoridad competente Municipal y cubrir los requisitos marcados en el presente Reglamento para nuevos establecimientos.

CAPITULO IV Sanciones

ARTÍCULO 23.- La falta de licencia, autorización o permiso será causa de sanción pecuniaria y de clausura definitiva. ARTICULO 24.- Cometen infracciones o faltas a este reglamento todas aquellas personas que realicen actos contrarios a los que se prescriben. ARTICULO 25.- Las faltas al presente reglamento serán sancionadas conforme a lo dispuesto en la Ley de Ingresos Municipal Vigente al momento de la infracción.

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ARTÍCULO 26.- Las sanciones serán fijadas tomando en cuenta la gravedad de la infracción y las circunstancias particulares. ARTICULO 27.- Las infracciones a que se refiere el artículo anterior se calificarán tomando en cuenta las diferentes violaciones al presente reglamento, imponiendo sanciones por cada concepto infringido. El Presidente y el Funcionario encargado de Hacienda Municipal y el Oficial Mayor de Padrón y Licencia están facultados para imponer sanciones en el caso de que se quebrante alguno de los conceptos determinados por este reglamento. ARTICULO 28- Para el efecto de este reglamento se considera reincidente al infractor que cometa dos o más infracciones y será sancionado con clausura temporal o definitiva, según la gravedad de las infracciones. ARTICULO 29.- Las violaciones al presente reglamento serán sancionadas con alguna de las infracciones siguientes: I. Amonestación, la cual se llevará a cabo mediante requerimiento, citatorio o notificación por escrito. II. Decomiso de mercancías; cuando exista venta de tortillas o masa en establecimientos no autorizados. III. Multa; en el caso de reincidencias. IV. Suspensión temporal de licencia. V. Clausura del negocio. VI. Cancelación definitiva de licencia. ARTÍCULO 30.- Las multas se fijarán conforme a lo estipulado en la Ley de Ingresos municipal vigente.

CAPITULO V Recursos Administrativos

ARTICULO 31.- Recursos: son los medios de que dispone todo ciudadano para apelar o impugnar los acuerdos y actos administrativos que se dictan con motivo de la aplicación del presente reglamento, a través de recursos de Revocación. El recurso de Revocación se interpondrá por escrito por el agraviado o su representante legal, ante el Secretario General del Ayuntamiento, dentro del término de 10 diez días hábiles contando a partir de la fecha de que se le haya notificado el acto o resolución en pugna, expresando los agravios que se le cause dicho acto o resolución ARTICULO 32.- La simple interposición del recurso de previsto en este reglamento producirá efecto de suspensión provisionalmente la ejecución del acto impugnado siempre y cuando lo solicite el agraviado en el mismo escrito de interposición de recurso y acompañe una copia mas de dicha solicitud para la dirección, En este caso el recurso de referencia deberá ser presentado ante el funcionario antes precisado, quien debe tomar todas las medidas que sean pertinentes para que la suspensión provisional sea acatada con exactitud. La suspensión definitiva se otorgará, siempre y cuando la soliciten el agraviado o su representante legal y se garantice mediante deposito en efectivo fianza que discrecional mente deberá fijar el Secretario General y que deberá efectuarse ante la Hacienda Municipal el resarcimiento de los daño perjuicios a terceros, al Ayuntamiento o en su caso a ambos si la afectación patrimonial fuera en común. ARTICULO 33.- Cuando conforme a lo dispuesto al artículo anterior el escrito de interposición del recurso sea presentado ante la dirección esta lo enviara dentro de las veinticuatro horas siguientes a su presentación, juntamente con el original del expediente relativo, anexando informe justificado de sus actos al Secretario General ARTICULO 34.- Recibido el escrito de interposición del recurso o en su caso el informe y el expediente que alude el artículo anterior la autoridad encargada dictara acuerdo admitiendo o desechando en su caso el recurso propuesto en el mismo acuerdo en el supuesto de admitirle dicho recurso resolverá sobre la suspensión definitiva. ARTÍCULO 35.- La suspensión definitiva esta deberá ser acatada por todas las autoridades Municipales que tengan conocimientos de la misma

TRANSITORIOS

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ARTÍCULO PRIMERO.- Este reglamento entrará en vigor al tercer día siguiente de su publicación. En la Gaceta Municipal ARTICULO SEGUNDO.- Los establecidos de tortillerías y molinos de nixtamal, que ya venían operando en el Municipio con Anterioridad Seguirán Laborando en las Condiciones que se encuentran a la entrada en vigor del Presente Reglamento y solo deberán demostrar que contaban ya con Licencia Respectiva. ARTICULO TERCERO.- En cuanto a las solicitudes pendientes de molinos de nixtamal y tortillerías, estas deberán de resolverse conforme al presente reglamento, lo anterior en virtud de ser la norma aplicable al caso. Se continúa con el análisis y comentarios del Reglamento.

El C. Presidente Municipal aclara que desde la administración pasada se otorgó un permiso de tortillería por la calle Benito Juárez, frente al Colegio “Talpa” sin que hubiera local ni instalaciones. Este Ayuntamiento se deslinda totalmente de ese permiso para que quede asentado en el acta. Ante los cuestionamientos de los presentes respecto de qué pasará con este permiso, el Regidor M. en D. Jorge Luis Terríquez Hernández responde que la ley no es retroactiva, por lo tanto no aplica la anulación del permiso.

El Regidor C. Héctor Ismael Barba Muñoz manifiesta que existen casos que habría que analizar a profundidad y que las licencias, según el Reglamento de Comercio, son intransferibles. Sin embargo el mismo Habría que analizar el mismo Reglamento de Comercio y realizar sus adecuaciones correspondientes.

La Regidora, LAP María Violeta Becerra Osoria felicita la unidad de los

industriales de la masa. Y manifiesta su apoyo al Reglamento de Tortillerías y a los usuarios de la misma. Insisten tanto ella como el C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil en que aprovechen el proceso que están viviendo para crear la Unión de Tortilleros de Talpa y protejan su gremio.

Después de dar lectura al presente Reglamento y aclaradas las dudas para las regidoras, regidores e industriales de la masa en Talpa de Allende, el pleno del H. Cuerpo Edilicio emite el siguiente acuerdo.

POR UNANIMIDAD DE DIEZ DE LOS ONCE REGIDORES

QUE INTEGRAN ESTE H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE, PERIODO 2010-2012 SE APRUEBA LA EXHAUSTIVA REVISIÓN DEL REGLAMENTO DE TORTILLERÍAS PARA EL MUNICIPIO DE TALPA DE ALLENDE Y PARA SU POSTERIOR, EN SU CASO, APROBACIÓN.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

NOVENO PUNTO.- INFORME “DIA DEL SERVIDOR PÚBLICO”.

El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil, expone que el pasado lunes 27 de septiembre de 2010, y con motivo del Día del Servidor Público se realizó una comida en agradecimiento a su servicio, evento al cual ustedes también fueron invitados.

Les rindo un informe financiero de los gastos erogados en el evento. Se entrega copia fotostática del mismo.

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Se hace la aclaración que el Sindicato de Trabajadores del municipio realizó una aportación económica para la bebida y una hora de música, cuentas que rendirán a sus agremiados.

Para la celebración se prepararon carnitas, música: “Mascota Show” que fueron los gastos más fuertes y la atención de meseros fue excelente.

Los Regidores M.en D. Jorge Luis Terríquez Hernández y la Profra. Luz María Rubio Sánchez manifiestan su apoyo y reconocimiento a los servidores públicos señalando que vale la pena la inversión y el agradecimiento a los mismos a través de este evento en su honor.

La Regidora LAP María Violeta Becerra Osoria reconoce el esfuerzo de los servidores públicos y señala que se lo merecen.

El H. Cuerpo Edilicio, habiendo analizado la erogación correspondiente al festejo del día del servidor público, emite el siguiente Acuerdo.

POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE DIEZ DE LOS ONCE REGIDORAS Y REGIDORES QUE INTEGRAN EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO, PERÍODO 2010-2012; SE APRUEBA LA EROGACIÓN DE $ 37,664.00 (TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS

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SESENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.) Y EXCLUSIVAMENTE PARA EL PAGO DEL EVENTO DEL DÍA DEL SERVIDOR PÚBLICO EN EL MUNICIPIO DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMO PUNTO.- SOBRE MÓDULO DE MAQUINARIA SEDER.

El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil informa al H. Ayuntamiento que debido a las bajas participaciones y a la situación de que la Secretaría de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Jalisco ha erogado en la totalidad su presupuesto para el año 2010, la operatividad de los módulos itinerantes de maquinaria ha cambiado.

Nos han comunicado que a partir del 1° de octubre de 2010 no existen recursos en la SEDER y los municipios que aún faltaban del servicio del módulo de maquinaria para los caminos, nos quedamos sin el apoyo que normalmente otorgaba la SEDER de maquinaria y sueldo de los operadores. Si el municipio está dispuesto a pagar el sueldo de 6 operadores durante 3 meses tendremos el módulo de maquinaria, de lo contrario no contaremos con él.

El Presidente de Ayutla, Jalisco me habló para preguntarme si queríamos el módulo, de lo contrario su municipio se quedaría con él y pagando los sueldos de los operadores.

Los municipios que tuvieron el módulo durante los primeros meses no les tocó aportar el sueldo de los operadores, razón por la cual sigo haciendo gestiones ante la SEDER para que sea equitativo, sin embargo nos manifiestan que no existen recursos para ello.

El módulo de maquinaria de la SEDER está conformado por 1 payloader, 1 tractor de oruga komatsu, 1 motoconformadora y dos volteos, por lo tanto se requiere de 3 operadores, 2 choferes y 1 supervisor.

Los sueldos mensuales a pagar son:

Sueldo de Operador: $ 11,406.52 x (3) = $ 34,219.56 Sueldo de chofer: $ 10,339.58 x (2) = $ 20,679.16 Sueldo de supervisor: $ 14,699.68 Pago mensual de personal = $ 69,598.40 x (3 meses) = $ 208,795.20 Sumado a esta cantidad existe el compromiso de otorgar combustible

para la maquinaria, reparaciones menores, alimentación y hospedaje para el personal del módulo de SEDER.

Ante esta circunstancia el Regidor M. en D. Jorge Luis Terríquez Hernández expone que habría que analizar el costo total y valorar si es posible que se rentara maquinaria en la localidad y amortiguar costos. Es lo que propongo analizar.

Además, señala la regidora LAP María Violeta Becerra Osoria que es necesario realizar e invertir en infraestructura para que el dinero sea bien invertido y quede infraestructura permanente.

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Es necesario y urgente armar 3 módulos de maquinaria para rehabilitar lo más pronto posible los caminos y darle prioridad a los más dañados y alejados del municipio. Esto sí es muy importante, indica así la regidora Irma Estela López Velasco.

El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil, manifiesta que estamos muy conscientes de la inversión que se requiere y la escasez de recursos, afortunadamente sí se tiene recurso del Fondo de Infraestructura y que será destinado a caminos. Esto es muy importante que se señale.

Analizada la presente propuesta y considerando la urgente necesidad de contar con el módulo de maquinaria de SEDER, el pleno del H. Cabildo emite el siguiente acuerdo.

POR UNANIMIDAD DE DIEZ REGIDORES DE LOS ONCE QUE INTEGRAN ESTE H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO, PERIODO 2010-2012 Y EN EL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE OTORGAN LOS ARTÍCULOS 37 Y 38 DE LA LEY DEL GOBIERNO Y LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE JALISCO, APRUEBAN Y AUTORIZAN AL C. SALVADOR MARTÍN URIBE GIL, C. DORA JACQUELINE SÁNCHEZ GUERRA, PROFR. JOSÉ ÁNGEL TORRES GUZMÁN Y C. VÍCTOR MANUEL PEÑA ORTEGA EN SU RESPECTIVO CARÁCTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO MUNICIPAL, SECRETARIO GENERAL Y ENCARGADO DE LA HACIENDA MUNICIPAL, RESPECTIVAMENTE PARA QUE EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE TALPA DE ALLENDE, JALISCO FIRMEN EL CONVENIO DE CONCERTACIÓN DE OBRA DE INFRAESTRUCTURA RURAL CON LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO.

CONVENIO DE CONCERTACIÓN DE OBRA DE INFRAESTRUCTURA RURAL QUE TIENE UNA VIGENCIA DEL 1 DE OCTUBRE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010.

EL AYUNTAMIENTO SE OBLIGA ENTRE OTRAS COSAS A ENTREGAR AL GOBIERNO DEL ESTADO LA CANTIDAD DE $ 193,254.78/100 M.N. MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO PARA EL PAGO DE RECURSOS HUMANOS PARA LA EJECUCIÓN DE LOS PROGRAMAS CON MAQUINARIA DEL ESTADO.

ASÍ MISMO SE OBLIGA A OTORGAR ALIMENTACIÓN Y HOSPEDAJE PARA OPERADORES, LUBRICANTES Y COMBUSTIBLES PARA LA MAQUINARIA ASÍ COMO EL PAGO DE REFACCIONES MENORES, ENTRE OTROS.

CONVENIO Y RECIBO QUE SE EVIDENCIAN A

CONTINUACIÓN.

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UNDÉCIMO PUNTO.-ASUNTOS VARIOS.

A. VII FORO DESDE LO LOCAL.

El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil, manifiesta que el día de ayer Viernes 08 de octubre estuvimos en la Cd. De Morelia, Michoacán acompañado por la Regidora C. Irma Estela López Velasco en la celebración del VII Foro Nacional “Desde Lo Local”. Asistimos para recibir el premio de Certificación 2010. Talpa por segundo año consecutivo ha certificado los 39 indicadores, hecho que nos hace sentir orgullosos por ser un logro de este excelente equipo, de esta gran administración.

El reconocimiento a la letra dice: “EL VII FORO INTERNACIONAL DESDE LO LOCAL. EL CONSEJO NACIONAL DESDE LO LOCAL OTORGA EL PRESENTE “PREMIO NACIONAL AL DESARROLLO MUNICIPAL” AL MUNICIPIO DE TALPA DE ALLENDE, JALISCO”. MORELIA, MICHOACÁN. OCTUBRE 2010.

Jalisco es el estado que se lleva el primer lugar de municipios certificados. El estado de Chihuahua alcanzó el segundo lugar. Este año de 124 municipios que ingresaron al programa, 88 municipios jaliscienses fueron certificados por el Consejo Nacional Desde Lo local. La mayoría de presidentes municipales estuvimos presentes en el evento.

El año 2009 el Gobierno de Jalisco, otorgó un premio económico

por $ 1,000,000.00 a los municipios que certificaron, en nuestro estado fue en el único en donde se otorgó éste estímulo económico, pero este año, dado la situación económica difícil, harán lo posible por otorgar algún reconocimiento económico, si bien no igual, cercano al año 2009. Sin embargo está en veremos. Realizarán una revisión de los fondos estatales y luego emitirán algún acuerdo y apoyo para continuar motivando a los municipios para otorgar un mejor servicio a la ciudadanía.

El año 2011, el VIII Foro Internacional desde lo local se

celebrará en la ciudad de Hermosillo, Sonora. La Regidora C. Irma Estela López Velasco expone que como

responsable del programa “Agenda desde lo local” en el municipio está orgullosa de haber certificado durante el año 2010, lo que evidencia la calidad y eficiencia del servicio que hemos otorgado a la ciudadanía. Señala que indudablemente el premio económico es necesario para los municipios pero, argumenta, el objetivo primordial de Agenda desde lo local es motivar a los municipios para eficientar los servicios y generar conciencia y compromiso en los servidores públicos y para beneficio de nuestros talpenses.

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Lo anterior para su pleno conocimiento y archivo correspondiente.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

B. SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA OPERAR EL GIRO DE

DEPOSITO DE VINOS Y LICORES DEL C. HUGO ERNESTO PEÑA PELAYO

El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil, da a

conocer solicitud del C. Hugo Ernesto Peña Pelayo, misma que se reproduce a continuación.

Habiendo analizado la presente, el pleno del H. Cuerpo Edilicio

emite el siguiente acuerdo. POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE DIEZ DE LOS ONCE REGIDORAS Y REGIDORES QUE INTEGRAN EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO, PERÍODO 2010-2012; SE NIEGA AL C. HUGO ERNESTO PEÑA PELAYO LA LICENCIA MUNICIPAL PARA OPERAR EL GIRO DE DEPÓSITO DE VINOS Y LICORES EN EL DOMICILIO UBICADO EN LA FINCA MARCADA CON EL NÚMERO 1 DE LA CALLE REPÚBLICA POR CONTRAVENIR LOS ARTÍCULOS 43, 67,69 Y 72 DEL REGLAMENTO DE COMERCIO MUNICIPAL Y

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ENCONTRARSE FRENTE A LA CAPILLA DE SAN MIGUEL. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

C. SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN CALMEX KING.

El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil, da a conocer al pleno solicitud que realiza el C. FRANCISCO GUZMÁN GARCÍA, propietario del Restaurante familiar Calmex King, mismo que se reproduce a continuación.

Habiendo analizado la presente solicitud el pleno del H. Cabildo emite el siguiente Acuerdo.

POR UNANIMIDAD DE DIEZ DE LOS ONCE

REGIDORES QUE INTEGRAN EL AYUNTAMIENTO 2010-2012 DE TALPA DE ALLENDE JALISCO, SE APRUEBA LA

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LICENCIA MUNICIPAL DEL RESTAURANTE FAMILIAR CALMEX KING CON VENTA DE BEBIDAS EMBRIAGANTES EXCLUSIVAMENTE CON ALIMENTOS Y AL INTERIOR, UBICADO EN LA CALLE AZALEAS # 1, ESQ. CON 23 DE JUNIO, COL. PLAYA DEL POZONEXTLE, SALIDA A LA CUESTA, DE ESTA POBLACIÓN DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO.- - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - -- -

D. SOLICITUD CECILIO DE LA PAZ SOLTERO.

La Síndico, LCP Dora Jacqueline Sánchez Guerra, da lectura a oficio que envía el C. Cecilio de la Paz Soltero, misma que se reproduce a continuación.  

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La LAP. María Violeta Becerra Osoria manifiesta que en torno a esta solicitud en primer lugar fue un convenio que si dio como él lo manifiesta fue verbal y nunca fue autorizado en Cabildo que es quien debió de haber autorizado, en segundo lugar Cecilio fraccionó terrenos en ese lugar y qué parte donó al municipio; entonces la figura jurídica se llama Ayuntamiento y por lo tanto no es procedente su solicitud.

El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil comenta que independientemente de la decisión que se tome respecto a esta solicitud, no hay dinero, estamos muy limitados en gastos y apenas vamos a salir el año pagando lo necesario.

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El C. Héctor Ismael Barba Muñoz, regidor, señala que aún habiendo dinero, como no existen elementos para probar la existencia del convenio.

El C. M. en D. Jorge Luis Terríquez Hernández señala que lo que debería hacer en todo caso, realizar un juicio contra el Ayuntamiento.

Habiendo analizada la presente solicitud, el pleno del H. Cuerpo Edilicio emite el siguiente Acuerdo.

POR UNANIMIDAD DE DIEZ DE LOS ONCE REGIDORES QUE INTEGRAN EL AYUNTAMIENTO 2010-2012 DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO, APRUEBA NOTIFICAR AL C. CECILIO DE LA PAZ SOLTERO QUE SU SOLICITUD NO ES PROCEDENTE HASTA EN TANTO ENVÍE CONVENIO O ACUERDO DE AYUNTAMIENTO QUE HUBIERE AUTORIZADO LA APERTURA DE LA CALLE ROBERTO PALOMERA, EN LA COLONIA EMILIANO ZAPATA. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

E. RATIFICACIÓN DE LA CREACIÓN DEL CONSEJO MUNICIPAL DEL DEPORTE.

El C. Mtro. José Ángel Torres Guzmán, Secretario General expone al H.

Cuerpo Edilicio que en la Quinta Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 30 de marzo de 2010, en el Octavo punto, se aprobó la Creación del Consejo Municipal del Deporte municipal, solo que el CODE Jalisco a través del Dr. Carlos Salazar Ramos, Director del Departamento de Atención a Municipios, nos solicita la ratificación del mismo con la aclaración de que el acuerdo diga que es un Organismo Público Descentralizado (O.P.D.)

Lo anterior con la finalidad de registrarnos ante la CODEME, la cual

requiere como requisitos los siguientes: Acta de Cabildo. Acta de Instalación. Copia de Identificación y CURP del Director de Deporte. Copia de nombramiento del Director de Deporte. Proyecto de Desarrollo Deportivo. Censo de Instalaciones Deportivas: fotografías, medidas y

ubicación. Relación de eventos, fotografías, número de participantes. Copia de la acreditación del terreno de las unidades y plano de

las mismas. Copia del RFC del Consejo. Tramitarlo ante la SHCP. Por lo

pronto nos serviría el del Ayuntamiento.

Habiendo analizado la presente solicitud, el pleno del H. Cuerpo

Edilicio, emite el siguiente punto de acuerdo.

SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE DIEZ DE LOS ONCE REGIDORES QUE INTEGRAN EL H. CUERPO EDILICIO DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO LA CREACIÓN DEL CONSEJO MUNICIPAL DEL DEPORTE

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COMO ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO EN EL MUNICIPIO DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO.

SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE DIEZ DE LOS ONCE REGIDORES QUE INTEGRAN EL H. CUERPO EDILICIO DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO LA CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL CONSEJO MUNICIPAL DEL DEPORTE DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO, INTEGRADO POR EL PRESIDENTE DEL CONSEJO: SALVADOR MARTÍN URIBE GIL,PRESIDENTE MUNICIPAL. EL SECRETARIO Y DIRECTOR DEL CONSEJO: NÉSTOR MANHAURE HUERTA SANTANA, DIRECTOR DE DEPORTES. MIEMBROS CONSEJEROS: DORA JACQUELINE SÁNCHEZ GUERRA, SÍONDICO; MTRO. JOSÉ ÁNGEL TORRES GUZMÁN, SECRETARIO GENERAL, C. VÍCTOR MANUEL PEÑA ORTEGA, ENCARGADO DE LA HACIENDA PÚBLICA MUNICIPAL; LEOBARDO LLAMAS SALAZAR, REGIDOR DE DEPORTES; LIVIER URIBE UREÑA, DIRECTORA DEL DIF MUNICIPAL; C. MANUEL ORNELAS ROMERO, DIRECTOR DE PROTECCIÓN CIVIL MUNICIPAL; DR. CARLOS BANTONIO BOLAÑOS GONZÁLEZ, MÉDICO MUNICIPAL; PROFR. FRANCISCO JAVIER GUZMÁN, REPRESENTANTE DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN; C. JOSÉ LUIS LÓPEZ PADILLA, DEPORTISTA DESTACADO; DR. CARLOS SALAZAR RAMOS, REPRESENTANTE DEL CODE Y JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN A MUNICIPIOS.

F. JUBILACIÓN DEL C. CRESCENCIO OCAMPO HERNÁNDEZ

La C. Regidora LAP María Violeta Becerra Osoria, pregunta qué

ha pasado con la situación del C. Crescencio Ocampo Hernández quien está en proceso de jubilación.

El Secretario General evidencia a continuación los resultados

obtenidos en la investigación documental y que se muestran en seguida.

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Razón por la cual los regidores exponen que es necesario que se

le dé ya su descanso previo a su jubilación con la finalidad de que se continúe investigando y decretar lo más pronto posible su jubilación.

SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE DIEZ DE LOS

ONCE REGIDORES QUE INTEGRAN EL H. CUERPO EDILICIO DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO OTORGAR AL C. CRESCENCIO OCAMPO HERNÁNDEZ DESCANSO PERMANENTE A PARTIR DE LA SEGUNDA QUINCENA DE OCTUBRE DE 2010 Y EN TANTO SE TERMINA EL TRÁMITE DE SU JUBILACIÓN. SU LUGAR SERÁ CUBIERTO POR EL C. JUAN MAYORGA LANGARICA.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

G. LOS MAYORES DE 70 AÑOS TRABAJEN 30 HRS

SEMANALES.

El Secretario General, C. Mtro. José Ángel Torres Guzmán, da a conocer al pleno del H. Cabildo la situación de empleados municipales que tienen más de 70 años de edad y tan solo 10 años de servicio según la Ley del Instituto de Pensiones es imposible su jubilación.

La Síndico, LCP Dora Jacqueline Sánchez Guerra muy

consciente de la situación expone que por humanidad deberíamos de otorgar solo un trabajo diario de 6 horas, de lunes a viernes.

Ante tal circunstancia y conscientes de la situación de nuestros

empleados municipales, mayores de edad, el pleno del H. Cuerpo Edilicio, emite el siguiente acuerdo.

SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE DIEZ DE LOS ONCE REGIDORES QUE INTEGRAN EL H. CUERPO EDILICIO DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO OTORGAR A

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LOS TRABAJADORES MAYORES DE SETENTA AÑOS DE EDAD UN HORARIO ESPECIAL DE TRABAJO ESTIMADO EN 30 HORAS SEMANALES. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

H. SOLICITUD DE DEPORTES. El Regidor comisionado de Deportes C. Leobardo Llamas

Salazar da lectura a oficios enviados por las ligas de Fútbol, Juvenil y superveteranos en los que solicitan apoyos con el 50% del total para la premiación de sus respectivos equipos.

POR UNANIMIDAD DE DIEZ DE LOS ONCE REGIDORES QUE INTEGRAN EL AYUNTAMIENTO 2010-2012 DE TALPA DE ALLENDE JALISCO, SE APRUEBA EL APOYO ECONÓMICO CON $ 3,000.00 (TRES MIL PESOS 00/100 M.N.) PARA LA LIGA JUVENIL MUNICIPAL DE FÚTBOL Y PARA LA PREMIACIÓN DE FIN DE CAMPEONATO.

SE APRUEBA EL APOYO ECONÓMICO CON $ 3,000.00 (TRES MIL PESOS 00/100 M.N.) PARA LA LIGA DE SUPERVETERANOS MUNICIPAL DE FÚTBOL Y PARA LA PREMIACIÓN DE FIN DE CAMPEONATO.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

I. PROGRAMA DE LÁMINAS DE DESARROLLO HUMANO Y

MARIANA TRINITARIA.

El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil informa que próximamente ingresaremos a un programa de adquisición de láminas de fibrocemento con la finalidad de apoyar a familias de escasos recursos económicos y que tengan necesidad de rehabilitar sus techos.

Lo anterior porque se requiere firmar convenio con la Congregación Mariana Trinitaria S.A. que será la proveedora de las láminas de fibrocemento. Las generalidades del programa indican que los beneficiarios pagarán una lámina y el programa les donará otra.

En la próxima sesión traeremos la información necesaria para su

conocimiento, y en su caso, aprobación del programa y convenio del mismo.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

J. SOLICITUD DE RECURSOS AL FODEN Y FOPAM

El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil expone al pleno del H. Cabildo la necesidad urgente de firmar un convenio con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con la finalidad de solicitar recursos para obras diversas en el municipio, tanto al FODEN (Fondo de Desastres Naturales) como al FOPAM (Fondo de Pavimentación a

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Municipios), razón por la cual se requiere la autorización del pleno para la firma del convenio correspondiente.

El pleno del H. Cuerpo Edilicio emite el siguiente acuerdo.

POR UNANIMIDAD DE DIEZ DE LOS ONCE REGIDORES QUE INTEGRAN EL AYUNTAMIENTO 2010-2012 DE TALPA DE ALLENDE, ESTADO DE JALISCO, SE AUTORIZA AL C. SALVADOR MARTÍN URBIBE GIL, LCP DORA JACQUELINE SÁNCHEZ GUERRA, MTRO. JOSÉ ÁNGEL TORRES GUZMÁN, C. VÍCTOR MANUEL PEÑA ORTEGA EN SUS CARACTERES DE PRESIDENTE CONSTITUCIONAL, SÍNDICO, SECRETARIO GENERAL Y ENCARGADO DE LA HACIENDA MUNICIPAL RESPECTIVAMENTE; PARA QUE EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TALPA DE ALLENDE, JALISCO FIRMEN CONVENIO CON LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO PARA LA SOLICITUD DE RECURSOS AL FODEN Y FOPAM. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

K. INFORMACIÓN SOBRE EL PROYECTO CARRETERO DE “LA MEZA”HASTA “EL RUBÍ”

El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil expone al pleno del H. Cabildo el anteproyecto carretero que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes ha planteado para Talpa de Allende, consistente en la Construcción de tramo carretero pavimentado de la Prol. 23 de Junio, salida de la Meza hasta el Rubí, pasando cerca del arroyo de Toledo.

Informo a ustedes que ya se tuvo un acercamiento con la mayoría

de los propietarios de los terrenos por donde se pretende realizar el estudio o proyecto y por el momento hay buena disposición y aceptación del mismo.

Se les notificó también que si hubiere impedimentos o

reclamaciones por indemnización, el proyecto se trasladaría a otro municipio, condición propuesta por la S.C.T.

Por lo pronto, por parte de la SCT se autorizó ya el recurso para

la elaboración del proyecto, con la finalidad de exponerlo a los beneficiarios y propietarios de predios por donde será trazado el proyecto carretero de pavimentación.

Lo anterior para su conocimiento y divulgación.-----------------------------

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L. ENTREGA DE OFICINAS A FRACCIONES EDILICIAS.

El C. Presidente Municipal, Salvador Martín Uribe Gil hace entrega a continuación a los coordinadores de regidores del PRI, LAP María Violeta Becerra Osoria y del PVEM, M. en D. Jorge Luis Terríquez

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Hernández las oficinas correspondientes para que su fracción edilicia pueda disponer de ellas en los tiempos y momentos que consideren pertinentes. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

C.C. Regidoras y regidores, al no existir más asuntos qué

analizar ni resolver, hoy día Sábado 9 nueve de Octubre de 2010, siendo las 19.40 horas, doy por clausurada la Décimo Quinta Sesión Ordinaria de Cabildo del Honorable Ayuntamiento Constitucional de Talpa de Allende, Jalisco, período 2010-2012 y válidos los acuerdos en ella asumidos.

Levantándose la presente Acta en dos originales, mismos que se suscriben al margen y al calce para su legal constancia y firmas respectivas.

FIRMAN LA PRESENTE ACTA EL C. SALVADOR MARTÍN URIBE GIL, PRESIDENTE MUNICIPAL, C. L.C.P. DORA JACQUELINE SÁNCHEZ GUERRA, SÍNDICO MUNICIPAL, Y LOS C.C. REGIDORES: IRMA ESTELA LÓPEZ VELASCO, L.A.P. MARÍA VIOLETA BECERRA OSORIA, C. PROFRA. LUZ MARÍA RUBIO SÁNCHEZ, C. PROFR. MIGUEL CEJA AGUILAR, C. HÉCTOR ISMAEL BARBA MUÑOZ, C. LEOBARDO LLAMAS SALAZAR, C. GUILLERMO ORTEGA ZÚÑIGA, C. MTRO. EN DERECHO, JORGE LUIS TERRÍQUEZ HERNÁNDEZ Y EL SECRETARIO GENERAL, C. MTRO. JOSÉ ÁNGEL TORRES GUZMÁN. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------