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IGLESIA METODISTA IGLESIA METODISTA IGLESIA METODISTA IGLESIA METODISTA

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Page 1: Curso Para Miembros

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INTRODUCCION "Así que las iglesias eran confirmadas en la fe, y aumentaban en número

cada día". Hechos 16:5

Desde hace mucho tiempo se ha hecho sentir en nuestro medio la necesidad de un "CURSO PARA MIEMBROS DE LA IGLESIA METODISTA" El trabajo que hoy ponemos en vuestras manos tiende a llenar esa necesidad, sin tener la pretensión de haber cubierto todos los puntos que exige un "Curso" de esta naturaleza. Conscientes de lo dicho, y con un profundo sentido de humildad y gratitud a Dios, encomendamos este material de trabajo y estudio a la consideración de nuestras congregaciones.

Nos hemos propuesto cumplir un doble objetivo:

1. Entregar a todo candidato a miembro de la Iglesia los conocimientos básicos que deben recibirse antes de ingresar cumplidamente en ella; y,

2. Incentivar en los miembros un interés creciente en los diversos temas del "Curso".

Es un hecho real que surgen muchas interrogantes en las personas nuevas que manifiestan su propósito de relacionarse con la Iglesia. Esas preguntas deben ser contestadas en el momento inicial, lo que hará posible que dichas personas puedan avanzar con seguridad hacia su relación de miembros en pleno comunión, y en total certidumbre del paso que se han propuesto dar.

Por otra parte, para nadie es un misterio la alarmante carencia de conocimientos sobre Historia, Doctrina y Organización de la Iglesia Metodista, de que adolecen muchos miembros. Es nuestra confianza que este "Curso" seguido con seriedad, contribuirá a un mejor desarrollo de nuestras congregaciones locales.

La Iglesia como cuerpo es el reflejo de la acción de sus miembros laicos, complementada con la participación pastoral en todo el contexto del quehacer congregacional. Estos dos factores van a ser siempre decisivos en la expresión de un testimonio consistente frente a una comunidad que observa y espera. Creemos que este es el desafío que nos plantea el "Curso para Miembros de la Iglesia Metodista" cuyo contenido puede y debe ser adaptado a los requerimientos locales en la forma que sea más adecuada para aprovechar con eficacia su amplio campo de acción.

Requerimos la preocupación pastoral y del liderazgo local en la programación de los estudios. Es importante establecer y mantener el día y horario de clases, designar en oración a los relatores más idóneos para la presentación de los temas, fijar la fecha de término del "Curso" y culminar las actividades con un acto de especial relevancia espiritual.

Les deseamos éxito en la tarea y pedimos a Dios su divina dirección para guiar a las personas que manifiestan públicamente su anhelo de ser salvos de sus pecados y vivir sinceramente en fe y prácticas cristianos, reconociendo a Jesucristo como su Señor y Salvador y comprometiéndose como lealtad a El, a servir activa y fielmente a través de la Iglesia Metodista.

Comité Editor

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CAPlTULO 1

HISTORIA DE LA IGLESIA

1.1. INTRODUCCION A LA HISTORIA DE LA IGLESIA

En el mundo moderno la Iglesia Cristiana tiene tres grandes ramas: la Ortodoxia Oriental, el Catolicismo Romano, y el Protestantismo, todas con sus raíces históricas en la vida y obra de Jesús de Nazaret y en la Iglesia primitiva del primer siglo. A través de los años, ellas han sufrido considerables modificaciones en su doctrina, organización y liturgia.

Las iglesias griega de oriente y latina de occidente, después de siglos de disputas y recriminaciones por diferencias litúrgicas y dogmáticas, se separaron definitivamente en el año 1054, excomulgándose mutuamente y pretendiendo ser cada una la sucesora legítima del Colegio Apostólico. Esta separación, que perdura hasta el día de hoy, no afectó mayormente la vida en ambas partes de la cristiandad medieval, ya que cada una ocupaba su propio territorio.

Las iglesias orientales, severamente restringidas en su acción por la opresión mahometana, se volvieron celosas guardianas de las tradiciones cristianas antiguas y así se consideran hoy.

En occidente, la Iglesia latina se constituyó en heredera del imperio romano, recogió y conservó los restos de la cultura clásica, evangelizó y educó a los pueblos paganos de toda Europa y construyó un majestuoso edificio religioso-cultural que culminó en la obra de Inocencio III, Santo Tomás de Aquino, San Francisco de Asís y Dante Alighieri.

Todo el mundo miraba hacia Roma como fuente y cabeza de esta estructura singular, nadie ponla en tela de juicio el poder supremo del sumo pontífice, en lo temporal ni en lo espiritual.

Los siglos XIV y XV presenciaron serias resquebrajaduras en el sistema, las cuales, una tras otra, amenazaron con el derrumbe total del mismo.

El feudalismo iba desapareciendo y cedía lugar a monarquías con tendencias al absolutismo (Francia, Inglaterra y España). Los estudiosos descubrieron en los clásicos de la antigüedad griega verdaderos monumentos de una civilización pre-cristiana y se dejaron seducir por su ideario y hermosura. Los críticos humanistas negaron la autenticidad de algunos documentos sobre los que se basaban las pretensiones de la Iglesia. En muchos círculos laicos se cultivaba una religiosidad personal que no dependía esencialmente del monopolio sacerdotal. El gran cisma de occidente (1309-1377), habla sacudido tremendamente la confianza de muchos en el papado. Durante todo el siglo que precedió al nacimiento de Lutero, se hizo oír la demanda de una reforma y renovación general de la Iglesia.

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1.2. BREVE HISTORIA DEL MOVIMIENTO PROTESTANTE

El movimiento protestante del siglo XVI no surgió de improviso ni fue el resultado de la obra de un monje rebelde. Tuvo sus precursores en la persona de hombres tales como: Pedro Valdo, Juan Wyclif, Juan Hus y otros, que reclamaban un retorno a la simplicidad del evangelio primitivo.

Hacia fines del siglo XII, Valdo mercader de Lyon, hizo traducir la Biblia a la lengua vulgar y salieron él y sus discípulos, de dos en dos, para predicar el mensaje divino a las multitudes. Ellos insistían en el sacerdocio espiritual de los laicos y negaban la validez de los sacramentos administrados por sacerdotes de mala vida. En el siglo XIV, Wyclif, profesor de la Universidad de Oxford, hizo traducir la Biblia al inglés y la puso en manos de predicadores laicos que recorrían el país. Además, escribió duramente en contra del papado y la jerarquía, rechazando la misa, la doctrina de la transustanciación, el culto de los santos y las indulgencias. Después de su muerte, la Iglesia lo condenó por hereje, hizo desenterrar sus restos y los quemó. Menos suerte tuvo Hus de Bohemia, quien por doctrinas análogas fue condenado por el concilio de Constanza (1414) y llevado a la hoguera.

Un siglo más tarde (1515-1540) el movimiento reformista prendió fuego en muchas partes y no pudo ser apagado. Sus dirigentes fueron, en su mayor parte, sacerdotes o monjes: Lefévre d'Etaples (1455-1537) en Francia, Martín Lutero (1483-1546) en Alemania, Ulrico Zwinglio (1484-1531) en Zurich, Guillermo Farel (1489-1565) en Ginebra y Martín Bucero (1491-1551) en Estrasburgo. Erasmo de Rotterdam (1466-1536) nunca se plegó al movimiento, pero con sus escritos le abrió camino y con su edición del Nuevo Testamento griego, le dio una poderosa arma de combate. La traducción castellana del "Manual del Caballero Cristiano", constituyó el más grande éxito editorial de la época. Juan Calvino (1509-1564) pertenecía a la segunda generación de reformadores, pero la obra que realizó, si la consideramos en toda su magnitud, posiblemente sobrepasó a la de todos los otros.

Lutero nació en en hogar humilde y piadoso de Turingia. Su padre lo envió a estudiar a la Universidad de Erfurt para que siguiera abogacía, pero Martín, quien tenía grandes dudas por la salvación de su alma, después de graduarse de Maestro en Artes (1505), entró en el convento de los eremitas agustinos. Con este paso pensó que conseguiría el "camino al cielo" dedicándose a un riguroso ascetismo, pero todo fue en vano, hasta ser llevado gradualmente a la convicción de que ninguna obra humana podía librarlo de la condenación divina, sino sólo la confianza o fe personal en la misericordia de Dios revelada en Jesucristo. Esta convicción se fue confirmando y profundizando con sus estudios bíblicos, lo que se revela claramente en los apuntes de las clases de teología que dictó en la Universidad de Wittenberg, en Sajonia. A los 33 años, el hermano Martín, monje obediente, hijo leal de la Iglesia era famoso como profesor de Biblia y orador sagrado, e igualmente oía las confesiones de sus feligreses.

Un día advirtió un hecho que resultaba ser causa de grave perversión religiosa y moral de la Iglesia romana. Mientras León X era sumo pontífice, y con motivo de la reconstrucción de la basílica de San Pedro en Roma, el dominico Tetzel fue encargado de promover la venta de indulgencias, que el pueblo, ignorante de las sutilezas de la teología oficial, interpretaba como permiso para pecar o, por lo menos, como medio fácil de evitar las consecuencias del pecado. En tales circunstancias, el 31 de octubre de 1517, Martín Lutero clavó, en la puerta de la Iglesia de Wittenberg, sus noventa y cinco

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tesis, que no proponían ninguna doctrina nueva. Únicamente recordaban la enseñanza clásica de la Iglesia, según la cual las indulgencias no tienen ningún poder redentor.

Estas tesis despertaron inusitado interés y pronto circularon en latín y en alemán; no podían las imprentas dar abasto a los pedidos que llegaban desde todas partes de Alemania. Muy pronto se hizo sentir el efecto de las tesis, y por falta de compradores la venta de las indulgencias casi se suspendió.

A pesar que las afirmaciones de Lutero se inspiraban en una verdadera preocupación por las almas de los fieles, la Iglesia oficial se sintió herida en dos puntos muy sensibles: sus ingresos y el poder doctrinal del Papa. No es extraño, entonces, que Lutero fuese citado para comparecer en Roma. Pero en ese momento, para él "obedecer hubiera significado la muerte".

Siguieron dos años de debates entre el reformador y los representantes de la curia romana, debates que hicieron ver a Lutero las consecuencias teológicas de sus afirmaciones fundamentales. En estas condiciones, la reacción de Roma no se hizo esperar: fue preparada la bula Exsurge Domine, que condenaba 41 proposiciones, atribuidas a Lutero, como "heréticas o escandalosas o falsas" y excomulgaba a su autor. Lutero quemó la bula en un acto público en Wittenberg, en medio de los aplausos de los estudiantes y del pueblo. El elector Federico de Sajonia lo apoyó en su controversia con Roma.

En cambio, el joven emperador Carlos V, instado por los partidarios del Papa a tomar cartas en el asunto, citó al reformador a comparecer ante la Dieta Imperial de Worms en abril de 1521. Al término de dos días de discusiones, le exigieron que se retractara de sus errores (según ellos), mas Lutero respondió: "Me es imposible retractarme, a menos que se me pruebe que estoy equivocado, por el testimonio de la Escritura o por medio del razonamiento; no puedo confiar ni en las decisiones de los concilios ni en las de los Papas, porque está bien claro que ellos no sólo se han equivocado, sino que se han contradicho entre sí. Mi conciencia está afirmada con la Palabra de Dios, y no es honrado ni seguro obrar en contra de la propia conciencia. ¡Que Dios me ayude! ¡Amén!"

Desde este momento, el reformador fue puesto bajo el bando del Imperio, expuesto a la muerte a manos de cualquiera. Pero el secretario del emperador, escribiéndole a un amigo desde Worms, le dijo: "Allí tenéis, como algunos se imaginan, el fin de la tragedia; sin embargo, estoy persuadido de que no es el fin sino el comienzo. Porque mientras el Papa insiste en que Lutero debe ser condenado y quemado, yo percibo que la totalidad de la cristiandad corre hacia la destrucción, a menos que Dios mismo nos ayude.

Mientras viajaba de vuelta hacia Wittenberg, Lutero fue raptado por sus amigos y llevado al castillo del Warburgo, en Sajonia, donde hizo su clásica traducción del Nuevo Testamento del griego al alemán. Volvió a Wittenberg en medio de gran agitación popular, el 7 de marzo de 1522; y desde esa fecha, con la eficaz colaboración de su joven colega Felipe Melanchton, dirigió con mano firme el movimiento de reforma.

PRINCIPIOS BASICOS DEL PROTESTANTISMO

La Reforma del siglo XVI no surgió de una crítica doctrinaria. Lutero había dicho: "Nadie puede negar que nosotros mantenemos, creemos, cantamos y confesamos todas las

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cosas de acuerdo con el Credo de los Apóstoles y la fe de la Iglesia antigua; que no hemos introducido en ello ninguna novedad ni tampoco agregado nada y que, por esta razón, pertenecemos a la Iglesia antigua y nos sentimos unidos a ella". Las confesiones clásicas del protestantismo (luteranismo, calvinismo y anglicanismo) confirman esta lealtad a las doctrinas tradicionales. Los reformadores renovaron la insistencia de la Escritura como sola norma de doctrina, la "Sola Scriptura", es decir, basta con la revelación escritural y es sólo por la revelación escritural que se conoce a Dios.

Los principios fundamentales de la doctrina protestante son:

a) La supremacía de Jesucristo. "El (Jesucristo) es nuestra salvación"

El centro de la religiosidad protestante es Cristo, lo que necesariamente tiene por consecuencia el rechazo de otros intermediarios o intercesores entre Dios y el hombre, ya sea la jerarquía eclesiástica, o los santos, o la bienaventurada Virgen María. Todos estos tienen tanta necesidad de la gracia divina como la persona más humilde del mundo, y sólo en Cristo la pueden encontrar. (Filipenses 2:5-11).

b) La religión de gracia y fe. Por la fe sola (Sola Fide) y a Dios solo la gloria (Soli Deo Gloria), fueron como la marca visible de la Reforma protestante. Correspondían respectivamente a la doctrina luterana de la justificación por la fe, y a la doctrina calvinista de la soberanía de Dios, doctrinas que expresan motivos permanentes de la vida protestante. (Romanos 5:1-11)

e) La autoridad de la Biblia. La Biblia tiene autoridad suprema para el protestante. Ella es el criterio o norma para juzgar de "lo cristiano" en las diversas formas históricas del cristianismo, y es el medio por el cual el cristiano llega a conocer a Jesucristo y a relacionarse con El. Así, la Biblia es autoridad histórica, y autoridad religiosa. (2a.Tim.3:14-17; Heb.4:12)

d) El sacerdocio universal de los creyentes. Esto significa, según la posición protestante, que el hombre tiene el derecho y el privilegio de acercarse directamente a Dios, sin la intervención de otros. Sostiene el protestantismo que Dios, al revelarse en su Hijo, se ha puesto al alcance de todo penitente humilde que lo busca con sinceridad. He ahí el significado del "sacerdocio universal de los creyentes" (1 Pedro 2:9-10).

e) La comunidad cristiana: la Iglesia. En el concepto protestante, la Iglesia es la "comunión de los santos" es decir, de todos los creyentes que, por su fe en el Evangelio, tienen comunión con Cristo, el Señor viviente, por el lado divino; y por el lado humano, con todos los demás hombres que están en comunión con Cristo. San Pablo la llamaba "el cuerpo de Cristo", es decir, el organismo que encarna y expresa la vida que estaba en Cristo y que se repite en sus seguidores o discípulos, "La Iglesia es la cadena viviente que nos une a Cristo y permite que la vida de Cristo llegue a ser nuestra vida".(1 Cor. 12:27; Colosenses 1:17-18; Efesios 5:25-27).

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1.3. HISTORIA DEL METODISMO

Inicios del Metodismo

El Metodismo nació en Inglaterra en el siglo XVIII. En una época de marcada frialdad racionalista y de formalismo ritual en la vida de la Iglesia Anglicana, y de gran decadencia moral en el pueblo inglés, un grupo de jóvenes en la Universidad de Oxford se propuso buscar seriamente la santidad cristiana. Tanto se distinguieron por sus prácticas metódicas de piedad religiosa y de caridad a los presos y necesitados que sus compañeros, en son de burla, los señalaban diciendo: "Ahí van los Metodistas." Alma de este grupo fue el joven docente universitario, Juan Wesley, presbítero de la Iglesia Anglicana.

El gran movimiento Metodista, sin embargo, no comenzó sino después que Wesley dejara su residencia en Oxford para ir a Norteamérica como misionero y regresara a establecerse en Londres. A pesar de su firme disciplina religiosa y su intenso anhelo de santidad, Wesley no estaba realmente seguro de su salvación personal, no tenia tranquilidad de espíritu, ni era capaz de comunicar su fe a otras personas. El momento decisivo de su vida tuvo lugar la noche del 24 de mayo de 1738 en una reunión de oración y testimonios que se celebraba en la calle Aldersgate en Londres. Anota Wesley en su diario de vida:

"A la noche fui con muy pocas ganas a una Sociedad de la calle Aldersgate, donde alguien leía el Prefacio de Lutero a la Epístola a los Romanos. A eso de las nueve menos cuarto, mientras describía el cambio que Dios opera en el corazón mediante la fe en Cristo, yo sentí un extraño ardor en mi corazón. Sentí que confiaba en Cristo, y únicamente en Cristo, para mi salvación; y me fue dada una seguridad de que El había quitado todos mis pecados, sí los míos, y me había librado de la ley del pecado y de la muerte... Comencé a orar con todo mi ser por aquellos que de alguna manera particular me habían usado desdeñosamente y me habían perseguido. Luego testifiqué abiertamente a todos los allí reunidos lo que ahora, por primera vez, experimentaba en mi corazón."

Wesley recibió para sí, como profunda experiencia personal, lo que Pablo y Lutero habían recibido, "que no son las reglas y leyes ni nuestros propios esfuerzos hacia la perfección, sino la fe en la misericordia de Dios, manifestada en Cristo, lo que permite al hombre entrar en posesión de la vida y de la paz." Su hermano Carlos, quien habría de convertirse en el gran poeta-himnólogo del Metodismo -autor de más de 6.000 himnos, muchos de los cuales han pasado a la himnología universal cristiana- había tenido una experiencia similar cuatro días antes.

La fe que Wesley no había podido comunicar eficazmente antes de su experiencia en Aldersgate ahora se expresaba con convicción y poder. En este punto, es necesario señalar que Wesley insistió siempre en la fe como experiencia, pero lo que él está diciendo por esa expresión no es fe como experiencia emocional, sino que fe como experiencia de vida, es decir la manera en que uno vive, con lo que llegamos nuevamente a lo de santidad escritural. En realidad, en vez de decirse "EXPERIENCIA" debería decirse "PRACTICA" ya que es "experiencia" en el sentido de la "práctica" igual que cuando uno dice que un médico tiene "experiencia", o un mecánico tiene "experiencia".

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Muy pronto otros acudieron a él para que les ayudara en el camino a la salvación. A fin de tener más tiempo que dedicar a esta gran obra, Wesley señaló un día en que pudieran reunirse todos, lo que hicieron desde entonces los jueves en la noche. Este fue el comienzo de las Sociedad Unidas, las que impulsadas con extraordinaria energía por Juan Wesley, comenzaron a multiplicarse rápidamente en Gran Bretaña.

La búsqueda de la santidad, que había sido la sublime obsesión de los jóvenes del "Club Santo", comprendida ahora no como logro humano, sino como obra del Espíritu Santo en la vida del creyente, se hace presente también como anhelo ferviente en los miembros de las Sociedades, inspirados por Wesley. La santidad se entendía como una vida de "perfeccionamiento en amor" no de mística individualista, sino como "santidad social"; o sea, de mutua ayuda en el camino de salvación, y de amor y servicio a nuestros semejantes. La verdadera fe, Wesley siempre insistió, es aquella "que obra por amor". De ahí que la preocupación social se manifiesta en el Metodismo desde sus inicios. El apodo de "Metodistas" también empezó a aplicarse a los miembros de las Sociedades.

Wesley no se propuso fundar una nueva iglesia. Simplemente prosiguió su trabajo dedicándose, en primer lugar, a predicar el Evangelio a los que no eran atendidos por la Iglesia establecida y su clero, encontrando una especial receptividad entre los pobres, y luego, a guiar a los que se habían convertido, a crecer en la vida cristiana. Desarrolló su labor con persistencia y profundidad, sin confiar en la mera emotividad de los convertidos. Así llegó el Metodismo a constituirse en un movimiento grande y poderoso, transformador de la vida toda de Inglaterra. Dividió a las Sociedades en "clases" y "bandas" nombrándoles "predicadores locales" y "guías de clase". Wesley creó las "clases" y "bandas" inspirándose en los jesuitas (trabajo a nivel de células). No más de cinco presbíteros ordenados de la Iglesia de Inglaterra, incluyendo su hermano Carlos, se adhirieron al movimiento, y ningún Obispo lo apoyó -al contrario, al principio fue duramente criticado- pero encontró en hombres sencillos, inflamados de una pasión evangelizadora, dispuestos a ser instruidos por él, los predicadores laicos que llevaron el mensaje evangélico no sólo a las reuniones de las Sociedades, sino también a las calles, a campo abierto y en casas particulares. Una vez al año, Wesley los convocaba a una "Conferencia" -verdaderas sesiones de instrucción en los énfasis doctrinales del movimiento y sobre conductas que se esperaba de los "Metodistas". Los miembros recibían los sacramentos, Bautismo y Santa Cena, de manos de los presbíteros anglicanos. En tales circunstancias, Wesley creó el ministerio laico (predicadores locales) y guías de clases, justamente por no querer romper con el orden ministerial de la Iglesia Universal (que la propia Iglesia Católica ha retomado en nuestros días).

El propósito de las Sociedades Metodistas fue descrito por Wesley como el de "diseminar la santidad bíblica y reformar la nación".

Esta "reforma de la nación" Wesley no la entendió como una reforma de la sociedad por medio de cambios legislativos, salvo con respecto a la abolición del sistema de esclavitud humana, que denominó "la más execrable de las villanías". Para ello, le dio todo su apoyo al parlamentario Wilberforce en su lucha por lograr esa abolición. En el siglo XIX, sin embargo, una mayoría de los Metodistas ingleses, gente de origen campesino y de obreros industriales en su mayor parte, imbuidos por su fe evangélica de un nuevo sentido de su dignidad humana como hijos de Dios, y el consecuente derecho a igualdad de oportunidades para una vida plenamente humana, si bregaron pacíficamente por otras reformas legislativas conducentes a una mayor justicia social.

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Avance del Metodismo a Norteamérica y a todos los continentes

De Gran Bretaña el Metodismo pasó a las colonias inglesas en Norteamérica, empezando en 1765, por la migración de miembros de las Sociedades, desarrollando allí un vigoroso empuje evangelístico, adaptándose con especial eficacia a la vida de la frontera. Con inmenso sacrificio personal los predicadores itinerantes avanzaban junto con los pioneros en las migraciones hacia el Oeste, estableciendo puntos de predicación y organizando Sociedades que luego formaban en "circuitos".

La ausencia de clérigos anglicanos en las fronteras y el abandono general de las colonias durante la guerra de independencia, significó que los miembros de las Sociedades Metodistas de las colonias en rebelión se encontraron sin acceso a los sacramentos. En la Iglesia Anglicana sólo los obispos podían ordenar presbíteros, y sólo los presbíteros podían oficiar la Santa Cena. Como ningún Obispo Anglicano estuvo dispuesto a ordenar presbíteros para las Sociedades Metodistas, Wesley, después de profundos estudios y oración, decidió iniciar ordenaciones él mismo, y consagrar a su colaborador, el presbítero Anglicano, Tomás Coke, como superintendente general para Norteamérica, autorizándolo para ordenar al brillante e infatigable predicador Francis Asbury, y luego consagrarlo también como superintendente, con derecho a proceder a realizar otras ordenaciones. Habiendo terminado la guerra con el reconocimiento de la independencia de las colonias, y convocados los predicadores itinerantes en la nueva nación, el 24 de Diciembre de 1784, presididos por Tomás Coke, las Sociedades Metodistas de los Estados Unidos se convirtieron en la primera Iglesia Metodista del mundo. Asbury insistió, antes de ser consagrado superintendente, en que él debiera ser elegido para el cargo por los presbíteros, acordándose también para él el título de Obispo. En la nueva nación americana el Metodismo logró un desarrollo extraordinario, cubriendo todo el territorio. Junto con su crecimiento dentro del país, el año 1819 la Iglesia Metodista de los Estados Unidos inició un formidable programa de acción misionera al extranjero, que habría de llevar al Metodismo americano a mas de 50 países en todos los continentes.

Poco después de la muerte de Wesley, acontecida en Londres en 1791 a los 88 años de edad, las Sociedades Unidas de Gran Bretaña también se convirtieron en Iglesia. Aunque sobrevinieron divisiones, el extraordinario celo evangelístico que había hecho crecer el movimiento continuó manifestándose, convirtiendo al Metodismo británico en el conjunto religioso evangélico más numeroso de Inglaterra, después de la Iglesia Anglicana. El Metodismo inglés, sin embargo, no adoptó el sistema episcopal, la única diferencia importante entre las dos principales corrientes del Metodismo mundial. A consecuencia de las grandes migraciones de ciudadanos británicos a Canadá, Australia, Nueva Zelandia, Sud-África, etc., que llevaron a muchos Metodistas a estos lugares, y a la gran obra evangelística y misionera del Metodismo inglés, especialmente en los países y colonias del Imperio Británico, unida a la americana, el Metodismo se encuentra establecido hoy en más de 90 países, formando una comunidad religiosa de cerca de 50 millones de personas.

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1.4. EL METODISMO EN CHILE

William Taylor inicia el Metodismo en Chile

El Metodismo llegó a Chile en 1878 en las personas de un grupo de heroicos misioneros, reclutados por el gran evangelista mundial William Taylor, a participar en un audaz proyecto de avance misionero sobre la base de sostén propio en el país a servir -un método cuyo modelo Taylor creía encontrar en San Pablo y que él ya había ensayado en la India. En un viaje exploratorio por la costa occidental de América del Sur en 1877, Taylor habla quedado profundamente impresionado al comprobar una gran decadencia espiritual y moral en estos países, y la ausencia de una verdadera proclamación de Jesucristo como Señor y Salvador personal. La Iglesia Católica estaba sumida en un formalismo ritual, usando un idioma desconocido por el pueblo, invocando a los santos y a María en el culto popular más bien que a Jesucristo, tolerante frente a las supersticiones populares, pero tremendamente intolerante respecto a la libertad de cultos y de pensamiento. Taylor percibió a la Iglesia oficial como responsable en gran medida por esta situación de decadencia, estimando que ésta sólo podría ser superada por la predicación del verdadero Evangelio de Jesucristo por medio de misioneros Protestantes.

La Iglesia Católica a esa fecha era la aliada política del Partido Conservador, defensor de los intereses de los terratenientes y de las pretensiones monopólicas de la Iglesia, derivadas de su tradición hispánica. Como reacción al Partido Conservador, surgieron partidos anti-clericales que llegaron al poder introduciendo reformas legislativas que decretaban libertad de religión y de pensamiento, aunque sin llegar a la separación de la Iglesia y el Estado. Taylor también encontró que había un gran interés por escuelas a las cuales los ciudadanos británicos y los elementos liberales de la nación pudieran enviar a sus hijos, para quienes deseaban enseñanza de inglés, y, una alternativa a la educación dogmática impartida por las escuelas católicas, las cuales, además, eran escasas, y las fiscales de calidad aún más.

Habiendo constatado la posibilidad de auto-sostén, que ofrecía el establecimiento de estas escuelas, Taylor volvió a los Estados Unidos a reclutar a los educadores-evangelistas que habrían de iniciar la obra Metodista. A esa fecha la única obra evangélica misionera que se estaba realizando en Chile se debía a David Trumbull y un pequeño grupo de misioneros de la Iglesia Presbiteriana de los Estados Unidos. Las Iglesias Anglicanas y Luteranas entendían su labor como destinada exclusivamente a los ciudadanos británicos y alemanes residentes en el país, y en el idioma de su origen. Así nació la "Misión William Taylor de Sostén Propio en la Costa Occidental de Sud-América".

Los años difíciles

Aunque los Comités, organizados por Taylor en Chile y Perú como auspiciadores de los colegios que habrían de iniciar los misioneros, habían prometido enviar los fondos necesarios para costear el viaje, cuando el primer grupo llegó a Nueva York para embarcarse, estos fondos no habían llegado, el grupo tomó la decisión de seguir adelante de todas maneras, usando sus propios fondos para viajar en cubierta. El establecimiento de los colegios resultó ser para los misioneros una obra de inmenso sacrificio. Aunque las leyes garantizaban libertad de acción, había gran hostilidad en el ambiente, instigada por el clero católico. Con fe y perseverancia, sin embargo, los misioneros siguieron adelante. Grupos adicionales llegaron en 1878 y 1879. ¡Entonces

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estalló la Guerra del Pacífico, desbaratando completamente la obra ya iniciada en Tacna Iquique y Antofagasta!. Sin embargo, los colegios iniciados en Santiago y Concepción lentamente comenzaron a afirmarse, y el Colegio Inglés de Iquique pudo restablecerse en 1885, ahora en territorio chileno. Tan difícil fue la obra de estos años, que el propósito central de establecer congregaciones en castellano no pudo iniciarse seriamente hasta 1890. Anota el Rev. Goodsil F. Arms, autor de "La Historia de las Misiones de Auto-Sostén William Taylor en la Costa Occidental de Sud-América": "Durante la primera década 1878-1888 más de cien misioneros viajaron a Chile. Del primer grupo que arribó en Julio de 1878, el Rev. Ira La Fetra es el único que permanece". De este número, tres murieron después de cortos meses de servicio y más de 60 habían abandonado el país.

Entre los primeros misioneros debe destacarse en forma especial al Rev. Ira H. La Fetra, el cual, designado por Taylor como Superintendente de la Misión, fue el verdadero fundador del Metodismo en Chile. Más que ningún otro, dice el Dr. Arms, "él fue el constructor de la Misión Metodista en Chile". Su primera labor en el país fue como pastor a los marinos de habla inglesa en Valparaíso, donde residió en el hogar del Rev. David Trumbull, iniciándose así la buena relación que siempre existió entre los obreros presbiterianos y metodistas. En 1880 se trasladó a Santiago. Aquí contrajo matrimonio con la Srta. Adelaide Whitfield, enviada a Chile en 1881 por Taylor para servir como Directora fundadora del Santiago College para señoritas. Los esposos La Fetra llevaron al Santiago College al más alto sitial de prestigio entre los colegios de Sud-América. El Dr. La Fetra permaneció en Chile por 25 años, guiando la obra con gran sabiduría, regresando a los Estados Unidos en 1904 con su salud totalmente quebrantada por el exceso de trabajo. También en el primer grupo estuvo el Rev. Lucius Smith, el primer misionero Metodista en predicar en castellano en Chile, primero en Copiapó, y luego en Santiago. En ambos lugares sufrió persecuciones de turbas fanáticas. El Rev. Goodsill F. Arms y Sra. Ida Taggard de Arnis, llegaron a Chile en 1888, asignados a Concepción donde ayudaron a consolidar la obra educacional. Como Superintendente para la zona sur, el Dr. Arms dirigió el desarrollo y avance de la obra evangelizadora en los pueblos y ciudades de esa región. Los esposos Arms laboraron en Chile por 39 años.

Los primeros pastores y congregaciones Chilenas

El crecimiento de la obra en castellano fue más rápido comenzando con el año 1890. Los misioneros educadores vivían con escaso sueldo. Consolidado el éxito de los colegios en Iquique, Santiago y Concepción, estos produjeron fondos de superávit de operación que permitieron afrontar los salarios, tanto de misioneros como de predicadores chilenos que se dedicaron enteramente a la evangelización y a la dirección de las primeras congregaciones. Entre estos pastores debe destacarse al misionero Willis C. Hoover, quien dejó la dirección del Iquique English College para asumir la dirección de la Iglesia recientemente formada.

El primer pastor-evangelista no norteamericano fue el Rev. Juan Canut de Bon, español ex-jesuita, invitado por La Fetra a colaborar con la obra de la Misión, nombrado en 1890 a iniciar obra en Coquimbo y La Serena. Fogoso y polémico predicador, la obra del Dr. Canut de Bon provocó tanto revuelo que todos los chilenos evangélicos comenzaron a ser conocidos por el sobre-nombre de "canutos", hecho que destaca la importancia del Metodismo en los comienzos del movimiento evangélico en Chile. Otros pastores no enviados de los Estados Unidos e incorporados a la obra en Chile antes de 1900 son: el ciudadano alemán Carlos Beutelspacher (funcionario del ferrocarril de Antofagasta a La

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Paz) quien se destaca como fundador de la Iglesia de Antofagasta y de la primera obra Metodista en Bolivia; el Rev. Indalecio Romero, también nacido en España; el Rev. Cecilio Venegas, primer pastor Metodista nacido en Chile; el aguerrido adalid evangélico Rev. José Torregrosa, nacido y convertido en España, trasladado a Argentina y reclutado por La Fetra para la obra Metodista en Chile; el ciudadano italiano, Rev. Cayetano Signorelli, y el joven chileno Julio Samuel Valenzuela. Ya existían congregaciones a las cuales se hicieron nombramientos, en Coquimbo, La Serena, Iquique, Arica, Tacna, Antofagasta, Valparaíso, Santiago, Concepción, Angol y Temuco.

Organización y desarrollo de la Iglesia hasta la autonomía

A pesar de que Taylor había reclutado a todos sus misioneros dentro de la Iglesia Metodista Episcopal de los Estados Unidos, con la idea de que los frutos de su obra fueran incorporados a esa Iglesia allá, la labor de la Misión no tuvo conexión oficial con ella hasta 1890, cuando fue incorporada como el Distrito de Chile de la Conferencia Anual de Cincinnati, Estado de Ohio. En 1893 todo el Distrito fue trasladado para formar parte de la Conferencia Misionera de Sudamérica. Ese año la labor de la Misión también fue incorporada a la supervisión de la Sociedad Misionera de la Iglesia Metodista Episcopal, continuándose por un tiempo más, sin embargo, con la responsabilidad del sostén propio de los misioneros, asumiendo la Sociedad responsabilidad por los viajes y ayuda a construcciones. En 1898 la obra Metodista en Perú y Chile fue reconocida como la Conferencia Misionera Occidental de Sudamérica, y luego el 8 de febrero de 1901, la obra de Chile y Bolivia fue constituida como la Conferencia Anual Andina, cambiándose su nombre a Conferencia Anual de Chile en 1909, cuando la pequeña obra de Bolivia quedó separada de ella.

Al organizarse en Conferencia Anual en 1901, la Iglesia Metodista de Chile contaba ya con 32 pastores, de los cuales 17 eran misioneros y 15 nacionales. Había 1.279 miembros en plena relación y 1.168 probandos, con 3.045 alumnos inscritos en las Escuelas Dominicales y cerca de 1.000 alumnos en los colegios. El Metodismo se había convertido ya en fuerza autóctona, haciéndose responsable, en esfuerzo nacional, de la tarea de hacer llegar la voz del Evangelio a muchos lugares en Chile donde no existía obra evangélica.

En 1910 la Iglesia Metodista de Chile sufrió el éxodo de numerosos miembros en Valparaíso y Santiago cuando el avivamiento Pentecostal, iniciado en la Iglesia de Valparaíso y liderado por el pastor misionero Willis C. Hoover, fue rechazado por el liderazgo de la Iglesia en esa época. Se intentó obligar al Pastor Hoover a regresar a los Estados Unidos. Su respuesta fue la de renunciar a la Iglesia Metodista junto con los adherentes al movimiento. Ese fue el principio del gran movimiento Pentecostal de Chile, el cual hoy, aunque fragmentado en numerosos grupos separados, abarca a cientos de miles de miembros. Con el éxodo referido, el Metodismo chileno perdió un dinamismo que aún no ha recuperado del todo. No obstante la Iglesia continuó creciendo en número y madurez. En la sesión de la Conferencia Anual de enero de 1969 se informó que había más de 5.000 miembros en plena relación y 2.000 probandos distribuidos en 68 iglesias y congregaciones a lo largo del país. La Conferencia tenia 45 miembros ministeriales, 35 nacionales y 10 misioneros. De los pastores nacionales 18 eran graduados de la Facultad Evangélica de Teología de Buenos Aires, como se llamaba en aquel entonces el actual ISEDET (Instituto Superior de Estudios Teológicos).

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Obra Educacional y social

Desde los comienzos su obra educacional le ha dado a la Iglesia Metodista una influencia en el ámbito nacional muy superior al número de sus miembros activos. Esta obra ha tenido sus reveses: cuando el prestigioso Colegio Americano de Concepción, escuela para varones fundada en 1880, tuvo que ser clausurada en 1933 a raíz de la gran depresión, fusionándose con el Concepción College; este, a la vez, fue destruido por el gran terremoto de 1939 y no pudo ser reconstruido. El Santiago College fue reorganizado como institución independiente de la Iglesia en 1932, aunque manteniendo una relación fraternal con representación de delegados de la Iglesia en su Directorio. Sin embargo, el Iquique English College sigue bajo la tutela directa de la Iglesia Metodista de Chile, y la Primera Iglesia Metodista de Concepción y la Primera Iglesia Metodista de Temuco, desde la década de 1950, mantienen colegios que han logrado un sólido prestigio. Escuelas gratuitas de educación básica, con importante matricula, también funcionan en Coquimbo y en Coronel, en la población Camilo Olavarría.

Con fondos reunidos en la celebración del Centenario de las Misiones Metodistas en los Estados Unidos, la Iglesia Metodista de Chile, en 1919, adquirió el fundo modelo "El Vergel" en Angol, donde estableció una Escuela Agrícola y programas de mejoramiento de cultivos, con prácticas agrícolas y de forestación que han ayudado significativamente al agro chileno. En 1925 se fundó la Institución Sweet en Santiago, llamada así en honor a sus benefactores, piadosos Metodistas de Kansas, Estados Unidos, estableciéndose un instituto de capacitación de obreras cristianas y luego también una sala cuna y jardín infantil que llegó a ser reconocido como modelo en su género en todo el país. En la provincia de Cautín, la Junta de Obra Rural ha realizado una hermosa labor educacional, médica y de extensión agrícola de gran importancia que se inició en la década de 1930, y que se mantiene hasta hoy. La Federación Nacional de Mujeres Metodistas inició el "Hogar Remanso de Paz" que hoy cobija a más de 20 ancianas. Muchas congregaciones locales han mantenido programas de ayuda médica y asistencia social a lo largo de los años, mostrando el acendrado espíritu de servicio al prójimo necesitado, sin limitar la caridad a los "de casa".

La preocupación social de la Conferencia Anual no se limitó a la asistencia caritativa. La Conferencia General de la Iglesia Metodista Episcopal de la cual dependía nuestra Conferencia, adoptó en 1908 una declaración de principios generales relacionados con la justicia social y la paz internacional conocida como el "Credo Social". Este Credo, con sus posteriores revisiones, recibió amplia difusión año tras año en nuestra Iglesia, ayudando a orientar la posición asumida por la Conferencia Anual en repetidas ocasiones frente a la realidad chilena, especialmente en tiempos de crisis.

Dirección Episcopal

La dirección episcopal de la Iglesia Metodista de Chile, al ser ésta incorporada a la estructura de la Iglesia Metodista mundial de origen norteamericano, estuvo desde 1890 a cargo de obispos designados por la Conferencia General de la Iglesia en los Estados Unidos. El primer Obispo en celebrar una Conferencia Anual en Chile fue el Obispo Henry W. Warren quien lo hizo en las sesiones de la Conferencia Misionera Occidental en Concepción en 1897. Le siguieron los Obispos McCabe, Joyce, Neely, Bristol, Stuntz, Oldham, Thirkield y Miller. En 1932 la Conferencia Central de la Iglesia Metodista de América Latina, un cuerpo formado por delegados de las Iglesias Metodistas de Argentina, Bolivia, Uruguay, Perú, Costa Rica, Panamá y Chile, pasó a ser

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el organismo autorizado para elegir obispos para las Iglesias componentes de la Conferencia Central. En 1936 el presbítero chileno Roberto Elphick Valenzuela fue elegido Obispo del Area del Pacifico, comprendiendo a Chile, Perú, Costa Rica y Panamá. Le siguieron los Obispos Enrique C. Balloch, Julio M. Sabanes y B. Foster Stockwell y el segundo Obispo chileno, Rev. Pedro Zóttele C.

Paso a la autonomía y nuevas relaciones

La relación de la Iglesia Metodista de Chile como Conferencia Anual de la Iglesia Metodista mundial con sede en los Estados Unidos (hoy conocida como "Iglesia Metodista Unida"), significaba tener como autoridad máxima la Conferencia General de esa Iglesia, de la cual emanaba la constitución eclesiástica y toda su reglamentación general, aunque con plena representación de voz y voto en esa Conferencia. Esta relación directamente conexional permitía realzar el carácter mundial y misionero del Metodismo, en una relación fraternal de gran valor. Colocaba, sin embargo, a la Iglesia de Chile como a las demás Iglesias pertenecientes a la Conferencia Central dentro de una estructura demasiado rígida, y una reglamentación diseñada primordialmente para las necesidades de las Iglesias de los Estados Unidos (que forman cerca del 90% de las congregaciones de la Iglesia Metodista Unida como organismo mundial). La Conferencia Anual, aún teniendo muchas atribuciones, no tenía, sin embargo, suficiente autoridad para tomar decisiones propias respecto a organización y gobierno que le permitieran adaptarse en mejor forma a la realidad nacional.

Por tal motivo, la Conferencia Anual de Chile, en su sesión de enero de 1968, acordó, en conjunto con las demás Iglesias pertenecientes a la Conferencia Central, solicitar a la Conferencia General de la Iglesia Metodista Unida, a reunirse en los Estados Unidos en abril de ese año, autorización para constituirse como Iglesia Autónoma Afiliada, de acuerdo con disposiciones legislativas recientemente vigentes en esa Iglesia. Concedida la autorización, la nueva Iglesia Autónoma se constituyó como tal el 2 de febrero de 1969. Como Iglesia Autónoma, la Iglesia Metodista de Chile adquirió plena libertad para adoptar su propia legislación y sus propias autoridades. Como Iglesia Afiliada sigue ligada a la Iglesia Metodista Unida de los Estados Unidos, mediante un acuerdo de comunión fraternal y de cooperación en misión, pactado al momento de recibir su autonomía. Sus delegados siguen invitados a participar en la Conferencia General de esa Iglesia, tan sólo con derecho a voz. El paso a la autonomía de las Iglesias componentes de la Conferencia Central, significó la disolución de ese organismo como estructura subalterna de la Conferencia General de la Iglesia Metodista Unida, pero de inmediato, se formó el Consejo de Iglesias Evangélicas Metodistas de América Latina (CIEMAL). Este Consejo de carácter fraternal, está formado por las mismas Iglesias que integraban la Conferencia Central, más las previamente autónomas Iglesias Metodistas de México, Brasil y Cuba, fundadas por el Metodismo de los Estados Unidos, y también la Iglesia Metodista del Caribe, fundada por las Iglesias Metodistas de Inglaterra, ampliándose así la cooperación Metodista Latinoamericana. Además, la nueva Iglesia Metodista de Chile, como era propio, ingresó al Concilio Mundial Metodista (cuerpo que une a todas las iglesias que reconocen su origen en la obra de Juan Wesley), y fiel a su tradición ecuménica, ingresó también al Consejo Mundial de Iglesias, el máximo organismo de comunión cristiana en el mundo que relaciona a las principales confesiones con excepción de la Iglesia Católica Romana, que se excluye a sí misma.

Dentro de Chile la Iglesia Metodista sigue buscando una relación fraternal con todas las confesiones cristianas, incluyendo a la Iglesia Católica, la cual, con los cambios introducidos por el Papa Juan XXIII y el Concilio Vaticano Segundo, se ha abierto a la

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comunión fraternal y a la cooperación con otras iglesias en lo que se refiere a promover la paz, la justicia y la ayuda a los necesitados. Sin embargo, diferencias doctrinales importantes, aún impiden toda consideración inmediata de unidad orgánica.

Situación de la Iglesia Autónoma

El nuevo Reglamento acordado por la Asamblea General, ha establecido la práctica del episcopado como función de un presbítero elegido a la superintendencia general de la Iglesia por un período de 4 años, y no como una orden permanente separada del resto del ministerio. El primer Obispo elegido por la Asamblea General de la nueva Iglesia fue el presbítero Raimundo Valenzuela Arms, hijo del pastor chileno Julio Samuel Valenzuela y nieto de los esposos Goodsil Clarín y Sra. Ida Taggard de Arms, misioneros fundadores. El período episcopal del Obispo Valenzuela se extendió desde el 3 de febrero de 1969 hasta el 2 de febrero de 1973, cuando fue elegido el presbítero Juan Vásquez del Valle, quien, reelegido en enero de 1977, sirvió hasta enero de 1981, fecha en que fue elegido el presbítero Isaías Gutiérrez Vallejos, reelegido en 1985 por un nuevo período.

La transición a la Autonomía Afiliada no constituyó dificultad para el Metodismo chileno.

El carácter del ministerio, con excepción del diaconado que se transformó en función transitoria y no una orden, y las estructuras básicas de la Iglesia, se mantuvieron sin alteración. La Conferencia Anual anterior, se transformó en la Asamblea General, investida ahora como la máxima autoridad, con plenos poderes legislativos y resolutivos a nivel nacional. Se continuó, como cuerpos de decisión en sus respectivos niveles, con poderes otorgados por la Asamblea General, con las Asambleas de Distrito, y las Asambleas de Iglesia local, ambas presididas por el Superintendente de Distrito.

El apoyo financiero fraternal de la Iglesia Metodista Unida, especialmente para las obras de asistencia social iniciadas con el apoyo de esa Iglesia y para la capacitación de líderes continúa, aunque en forma disminuida, evitando así una crisis en las instituciones de servicio. En cambio, la Iglesia Autónoma ha asumido plena responsabilidad por el sostén de su ministerio de tiempo completo. La Iglesia recibe ayuda solamente para situaciones de emergencia.

También acordó continuar con el "Credo Social" de la Iglesia Metodista mundial, mientras uno, redactado enteramente en Chile, no fuera adoptado por la Asamblea General de la Iglesia Metodista de Chile, algo que a esta fecha (1986) aún no se ha hecho.

Además del apoyo de la Iglesia Metodista Unida, la Iglesia Autónoma también está recibiendo ayuda para su misión de parte de la Iglesia Metodista de Inglaterra, la Iglesia Unida del Canadá, la Iglesia Unida de Australia y de varios organismos ecuménicos.

Problemas y desafíos de la nueva Iglesia

El periodo de autonomía ha coincidido con una época de severas tensiones y conflictos en la vida nacional y, al mismo tiempo con una grave crisis financiera. Las tensiones, conflictos y divisiones que han asolado a nuestra sociedad, también se han manifestado en el interior de nuestra Iglesia, debido esto a la heterogénea composición social y

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económica de ella. Sin embargo, a pesar de las diferencias, no se produjeron por este motivo rupturas de importancia.

En la última década, la Iglesia Metodista de Chile se unió a la Iglesia Católica, la Ortodoxa, el Rabinato Judío y otras Iglesias evangélicas en el esfuerzo de protección de los derechos humanos, a través del Comité de Cooperación por la Paz y la Comisión Nacional de Ayuda a los Refugiados y, una vez disueltas estas organizaciones, lo ha hecho a través de la Fundación de Asistencia Social de las Iglesias Cristianas (FASIC). Esfuerzos por ayudar a paliar las situaciones de gran necesidad, especialmente las de desnutrición infantil, producida por la falta de trabajo y los bajos ingresos, llevó a la Iglesia a instaurar programas para socorrer a los hogares más necesitados. El mayor esfuerzo de ayuda infantil, sin embargo, es aquel realizado por la Obra Social Metodista.

La autonomía de la Iglesia se inició en 1969, requiriendo de todos sus miembros en plena relación, la renovación de sus votos de lealtad a Cristo y a la Iglesia Metodista. Esta decisión llevó a una reducción substancial de los miembros en el registro como miembros activos y, en 1985 la lista de miembros es similar a la de 1968. El desafío permanente ante la Iglesia es mantener su celo evangelístico, la prioridad de la proclamación del Evangelio respaldada por la evidencia del amor cristiano, que es la verdadera razón de ser de toda la Iglesia Cristiana. Sí ha tenido lugar un importante aumento en el número de Iglesias organizadas en el país -de 58 en 1968 a 74 en 1985. También ha aumentado el número de pastores nacionales en tiempo completo al servicio de la Iglesia, de 35 en 1968 a 51 en 1985; habiendo ingresado 33 pastores nuevos a la Asamblea en este período, 25 de ellos egresados de la Comunidad Teológica Evangélica de Chile (institución interdenominacional de estudios de alto nivel que la Iglesia Metodista ayudó a fundar en 1964). Comparado con 9 misioneros con nombramiento a obra pastoral en 1968, en 1986 hay sólo dos misioneros extranjeros en tal función, otra evidencia de progreso en la vida de la Iglesia Metodista de Chile como institución nacional.

Es de esperar que el hecho que hay un mayor número, no sólo de Iglesias, sino de pastores con buena preparación para atender a aproximadamente al mismo número de miembros que antes de la autonomía, unido a la labor de los laicos -pastores y laicos todos impulsados por el poder del Espíritu Santo- ha de significar que la Iglesia Metodista de Chile está en víspera de un avance significativo y sostenido. Dios espera de cada Metodista una nueva consagración y apostolado.

NOTA: Excelente material adicional sobre este tema, puede encontrarse en las lecciones, UN PUEBLO LLAMADO METODISTA

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CAPITULO II DOCTRINA

2.1. CRITERIOS WESLEYANOS DE DOCTRINA

Juan Wesley, y todos los fundadores del metodismo, siempre se sintieron herederos de la fe universal de la Iglesia (catolicidad) y, a la vez, continuadores de los postulados de la Reforma protestante.

¿Cuál es el valor de revisar la posición teológica de Wesley?

No es para encontrar la autoridad única, sino para extraer lo esencial y entender la identidad de la Iglesia Metodista y comprender los principios que motivaron al movimiento.

Si conocemos y dominamos esto, podemos crecer y movernos hacia adelante, sin ataduras, de acuerdo a los retos propios de cada época.

Es menester reconocer y valorar nuestros principios para saber hacia donde vamos. En esto debemos reconocer primeramente que Juan Wesley no fue un teólogo al estilo de los grandes teólogos de la cristiandad, sin embargo, encontramos valiosos fundamentos en su pensamiento, que sirven para elaborar un planteamiento a la luz de sus mensajes y de su actividad.

Si fuera necesario dar un título a Juan Wesley, sería el de "intérprete del pueblo". Desde joven fue un verdadero estudioso, recibió junto a sus amigos el apodo de "polilla de bibliotecas", esto por la manera de "devorar los libros" pero su singularidad consiste en que él presentó los libros ya digeridos e interpretados al pueblo. Por esa razón lo llamamos el intérprete del pueblo.

Juan Wesley, nunca fue un teólogo de escritorio, porque nunca se desarraigó del pueblo. En su época fue un verdadero hijo del pueblo. Vibró con sus mensajes a los pobres, a los niños explotados, a los mineros del carbón, a los encarcelados, etc. El problema de la Iglesia moderna es la facilidad con que se desarraiga de su comunidad.

Por otra parte, en su pensamiento Wesley entrega un concepto de Dios como Aquel que comprende al ser humano en sus debilidades, un Dios que actúa con amor frente a la humanidad. El Dios cercano que acompaña al hombre en todas sus realidades.

En el pensamiento de Wesley, subyacen dos conceptos básicos, importantes para el carácter y la experiencia de un metodista. Ver al ser humano tal como es en su realidad y presentar a Dios como el Dios cercano y perdonador.

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¿Cuales son las fuentes básicas del enfoque Wesleyano?.

La Biblia

Wesley es un clásico protestante en el sentido que su punto de partida para toda reflexión doctrinal es la Biblia, como palabra inspirada por Dios. Siempre se remitió a ella, y con mucha autoridad, ya que conoció y dominó los idiomas originales del texto bíblico.

La razón

Wesley dio verdadera importancia a la razón, llegando a afirmar que una religión irracional es una religión diabólica. En este intento de valorar la razón humana, él siempre combinó razón con revelación.

Para Wesley la "razón" implica toda la actividad intelectual, incluyendo los más altos niveles de preparación. Por supuesto, nadie se salva mediante una razón esclarecida, pero la ignorancia no constituye tampoco ningún mérito especial para la salvación.

La revelación bíblica es para él una verdad que el ser humano capta de manera intuitiva. Es una verdad que la alcanzamos y hacemos nuestra porque la razón descubre que es verdad, sin embargo ello no es suficiente. Tiene que transformarse en experiencia, pero no en términos emocionales, sino que en términos de vida y práctica, y lo que se practica es justamente, la ética del Nuevo Testamento.

En su sermón "El caso de la razón considerada imparcialmente" afirma: "Dejad a la razón hacer todo lo que pueda: empleadla tan lejos como llegue. Pero al mismo tiempo reconoced que es completamente incapaz de dar fe, esperanza o amor, y consecuentemente de producir bien, la virtud real o la felicidad".

La experiencia

Una tercera fuente de pensamiento que encontramos en Wesley, es la experiencia. El siempre insistió en la fe como experiencia, no en la fe como experiencia emocional, sino fe como experiencia de vida, es decir, la manera como uno vive. Experiencia en el sentido de "práctica" que se manifiesta en una santidad escritural, a partir del Sermón del Monte y el resto de la ética del Nuevo Testamento.

Wesley jamás separa su propia experiencia de la revelación escritural. Siempre insistió que toda conversión, para ser auténtica, tenia que demostrarse en "santidad de vida", de acuerdo a la escritura. Su argumento fue que cuando el Espíritu Santo toca una vida, también la santifica, y esa santificación tiene que estar en absoluta concordancia con la Revelación de la Escritura, ya que el Espíritu Santo no puede contradecirse en el sentido de ser el medio para la revelación escritural o descuidarla en beneficio de sentimientos y emociones. Así, Wesley combatió enérgicamente, y durante toda su vida, al movimiento llamado "Entusiasta" que otorgaba primacía a lo emocional. Wesley siempre dio primacía a la Escritura, y acostumbraba a ser hasta brusco con sus preguntas sobre diezmos, pagos de deudas, dineros para templos, una vida ordenada, cada vez que alguien se entusiasmaba. Su actitud invariable fue la de insistir en que una vida tocada por el Espíritu Santo lo demuestra en la santidad, es decir, en el buen uso de los recursos, en una vida familiar ordenada, etc.

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Lo destacado para Wesley era que esta experiencia de conversión se expresara en forma auténtica, en santidad de vida, de acuerdo al Nuevo Testamento.

La Tradición

No cabe duda que la tradición tuvo importancia en el pensamiento de Wesley, él siempre respetó a los padres cristianos. Manifestó gran preocupación por el estudio en sus pastores, especialmente en lo concerniente al pasado de la Iglesia, es decir su historia.

En cuanto a las bases del pensamiento de Wesley, bien podemos decir que por su fe en Cristo logró superar y romper las barreras teológicas de su tiempo. Fue un hombre escogido por Dios, como profeta, para armonizar los valores del pensamiento cristiano de su tiempo. El hace teología en el contacto de la experiencia cristiana, evangelizando al hombre en su realidad. En la base de su experiencia y acción encontramos los elementos para elaborar una teología Wesleyana.

El consideraba que el amor de Dios está presente en la creación del mundo, en la creación del ser humano y de manera más claramente precisa en la presencia de Jesucristo en el mundo, a través de todo su ministerio y resurrección.

En su sermón No. 36 señala "Cosas excelentes se dicen de la fe.... sin embargo, cuando la fe se compara con el amor, desaparece su excelencia. Más aún, toda la gloria de la fe, antes que desaparezca, consiste en saber, si sirve al amor... Antes de la fundación del mundo no había necesidad de fe en su acepción general o especial. Empero había lugar para el amor... Dios ordenó originalmente que la fe restableciese la ley del amor".

"Debemos constantemente proclamar que la fe misma, la fe cristiana, la fe de los elegidos de Dios, la fe en la obra de Dios, es aún la ayuda del amor: "El amor es lo que constituye el fin de todos los mandamientos de Dios. El amor es el objeto, el único fin de todas las dispensaciones de Dios".

Wesley, al igual que Pablo, deja sentada la preeminencia del amor. La fe, sin embargo, es el instrumento que el ser humano necesita para sentir el amor de Dios manifestado en sí mismo.

Wesley no olvida la justicia de Dios, Dios es justo y su justicia es a través de Cristo. "Mi palabra juzgará al mundo". La acción de este Dios de justicia y amor trae el acto de redención a la humanidad. Dios redime al ser humano por su amor.

Wesley considera al hombre creado por Dios a su imagen, con la capacidad de razonar y libre albedrío, con amor por la santidad, justicia, amor y perfección, amor que el hombre perdió en su caída.

Estima, además, dudoso el hecho de que el hombre escogiera el mal por sí mismo, sabiendo que era mal. La explicación es que el mal entra por satanás (instigador), que para seducir a Eva, confunde la verdad con la falsedad y así la persuade para que no crea en Dios. De esta manera ella cedió a la tentación que le fue presentada así: "Al deseo de la carne, porque era algo bueno para comer... al deseo de los ojos porque era agradable a la vista... y al orgullo, porque era codiciable para alcanzar sabiduría y, por lo tanto, honorabilidad (Génesis 3).

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He aquí tres cosas que propiciaron que la falsedad se convirtiera en verdad y sobrevino la caída.

El pecado original consiste en haber perdido el amor por la santidad, la justicia, el amor y la perfección. Wesley no discurre de cómo se hereda el pecado original, sino que lo da por hecho. Esta naturaleza del hombre caído lo mantiene en una situación en la que es indiferente a Dios, no se preocupa de Dios, ni por Su verdad, ni por la santidad. Vive de acuerdo a los principios que ha aprendido y asimilado en el mundo.

Wesley nos presenta tres situaciones del hombre: el hombre natural, el hombre bajo la ley, y el hombre bajo la gracia.

1.- El hombre natural

Es el ser humano que vive fuera de la ley de Dios. No tiene aguda conciencia del bien y del mal, ni propósito de acercarse a Dios.

No teme a Dios ni lo ama. Su alma está sumergida en un profundo sueño y por lo tanto no puede discernir entre el bien y el mal. Vive en completa ignorancia respecto a Dios y su ley le parece extraña. De este modo, el ser humano está ciego y por eso se siente seguro. Aún más, no tiene inteligencia suficiente para abrigar temores. Cree vivir en una absoluta libertad y no se da cuenta que es esclavo del pecado.

2.- El hombre bajo la ley

Es el hombre que ha despertado a la conciencia de Dios y de su ley. Se da cuenta que Dios es "justo y terrible, que recompensa a cada hombre conforme a sus obras". Se encuentra abrumado ante el peso de toda la ley que ahora descubre, siente remordimientos por haber vivido sin esta ley y tiene miedo de la ira de Dios.

Se esfuerza por romper con el pecado, pero mientras más lucha y se esfuerza, descubre que el pecado es más fuerte. De este hombre, atormentado por la fuerza del mal dentro de si mismo, lleno de remordimientos por su situación, sale la exclamación: "Miserable hombre, pobre de mi".

El hombre bajo la ley siente una pesada carga que no puede arrastrar. Tiene sed de libertad, poder, amor, pero aún permanece en la servidumbre y el temor. Cuando percibe la gracia de Dios por medio de Jesucristo, su clamor obtiene respuesta.

3.- El hombre bajo la gracia

Bajo la gracia, el ser humano puede experimentar el amor y la misericordia de Dios. Goza ahora del consuelo que le da la luz de ese amor manifestado en Jesucristo. Ahora se siente libre de remordimientos y culpas. El pecado no tiene ya dominio sobre él, goza ahora de la libertad que Dios le ha otorgado. Es el hombre que vive en la paz de Dios por medio de Jesucristo.

El hombre bajo la gracia es aquel que se regocija en la esperanza del Reino de Dios, y teniendo poder para dominar el pecado, es un testimonio viviente de la libertad de los hijos de Dios.

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¿Cómo puede el ser humano obtener su salvación?

Wesley considera que la salvación es para el hombre la plenitud de su humanidad. Al dejar de ser un hombre meramente natural y serle dado vivir bajo la gracia, recupera así el amor por la santidad, la justicia, el amor y la perfección.

A diferencia de algunas comunidades cristianas que predicaban la salvación como algo del futuro, Wesley proclamó la salvación a partir del "aquí y ahora". Señala que es una salvación con "Justificación y Santificación" y dice: "Empero hablamos ahora de esta salvación a la que el apóstol se refiere, la cual consta de dos partes principales: la Justificación y la Santificación En su sermón sobre la salvación indica: "La Justificación es sinónimo de perdón, es el lavamiento de todos nuestros pecados, los que necesariamente se incluyen en este perdón".

Para Wesley, la Justificación y la Santificación vienen de manera consecutiva. La Santificación es un proceso en crecimiento constante y de toda la vida, es una lucha interna del cristiano por su natural condición de pecado que no lo abandona por el resto de sus días. El conocimiento de esta realidad es lo que mantiene al cristiano alerta: "El que cree estar firme, mire que no caiga". Debe estar consciente de su dependencia de Dios para superar su condición e ir conformándose más a la imagen de Cristo.

¿Por medio de qué fe somos salvos?

Junto a la declaración de que somos salvos por la gracia de Dios, debemos declarar que somos salvos por fe. Un tema inherente a todo cristiano es preguntar por la fe.

¿Por medio de qué fe somos salvos? Es la fe en Cristo, la fe cuyos dos objetos son Jesucristo y Dios, por medio de Jesús de Nazareth. Y en esto se distingue la fe, en que no es solamente una fe especulativa, fría y racional, un asentimiento inerte, una sucesión mental de ideas, sino una disposición del corazón, una decisión de vida.

En la disposición del corazón, frente a estas verdades, se ve nuestra verdadera fe; otra vez en Wesley el acento es la experiencia.

La justificación es algo que Cristo hace por nosotros, la santificación es algo que Cristo hace en nosotros.

Es verdad que Wesley no quiere una religión irracional, sino una en que la razón tenga lugar, pero también quiere que esa religión sea experimentada en el sentimiento y en el corazón del creyente. No sólo pide que la razón se dé cuenta de su fe, sino exige que la experiencia también dé cuenta de nuestra fe. La razón y la experiencia al servicio de la fe, nos permite poner bien nuestros pies sobre la tierra y, a la vez, gozar plenamente de la experiencia con Dios. Lo valioso en revisar la posición teológica de Juan Wesley, no consiste en hallar una autoridad final, sino en comprender los principios que motivaron el movimiento histórico que se produjo en su época. Tratándose de Wesley, y del metodismo, el valor es aún mayor, pues nos ayuda a re-descubrir nuestra identidad y entender la posición de la Iglesia Metodista.

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2.2. LOS ARTICULOS DE FE DE LA IGLESIA METODISTA

¿De dónde surgen estas expresiones de fe?

Estas son las únicas afirmaciones formales que la Iglesia Metodista posee. Su carácter y formación debe ser entendido a la luz de la historia de la Iglesia Cristiana, de donde se extraen muchos de sus significados así como también sus limitaciones.

Juan Wesley seleccionó 24 Artículos de Fe de los 39 Artículos de Fe en la Iglesia Anglicana.

Los 39 Art. de Fe anglicanos se formaron en la época de la Reforma Inglesa; son el resultado de un largo período de trabajo y agitación que duró 35 años (1536-1571).

A diferencia de Alemania, la Reforma en Inglaterra fue un movimiento más bien de carácter político que religioso, aunque posteriormente se desarrolló el movimiento propiamente religioso.

Los 39 Art. de Fe, siguen la trayectoria de la reforma de Lutero, Melanchton, Calvino, Zwinglio. Esta idea de reconciliar diversas tendencias del protestantismo hizo posible que muchos hombres y grupos se mantuvieran en la Iglesia Anglicana.

Carácter de los Artículos de Fe.

Los Art. de Fe de nuestra Iglesia Metodista, pueden ser identificados y explicados por medio de tres ideas centrales:

a) En ciertas doctrinas importantes de nuestros artículos se enfatiza la fe común que nos une a todo el cristianismo. El metodismo no es separatista ni divisionista. Se siente parte de la fe histórica del cristianismo. Es parte del cristianismo católico (universal).

b) Los 39 Art. de Fe, surgieron en una época de polémica, por lo cual en nuestros actuales 24 Art. subyacen expresiones fuertes en contra de algunas doctrinas de la Iglesia católica romana, que deben interpretarse a la luz de la historia.

e) La Iglesia nunca le ha dado el carácter de dogma o credo a estas doctrinas esenciales de la vida cristiana, es así que no observamos los 24 Art. de Fe como la totalidad de la doctrina cristiana, ni las bases de fe para los énfasis doctrinales. Son una carta abierta a la creatividad del Espíritu Santo, son el punto de partida para el cristiano. Representan, en resumen, las afirmaciones de fe de las doctrinas universales y la posición distintiva de la herencia protestante.

¿Cuál es el lugar de los Artículos de Fe en la Iglesia?

Aunque no significan una autoridad de tipo dogmático, sin embargo, son el criterio nivelador de una posición doctrinal en la Iglesia. Ellos han tenido su lugar de importancia desde que fueron adoptados en 1784.

A todos los predicadores metodistas antes de ser admitidos como miembros en plena conexión, se les pregunta: ¿Has estudiado las doctrinas de la Iglesia Metodista?, Art. 363 del Reglamento.

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El significado de los Artículos de Fe

Puede ser que el vocabulario de los Art. de Fe no sea el más adecuado para la época presente, pero el contenido y la fe doctrinal que tienen en su trasfondo es tan válido para los metodistas contemporáneos como para los fundadores.

A continuación se detalla un breve comentario a los 24 Artículos de Fe que además, están señalados en el Reglamento de la Iglesia Metodista de Chile.

1.- De la fe en la Santísima Trinidad

Hay un solo Dios vivo y verdadero, eterno, sin cuerpo ni partes, de infinito poder, sabiduría y bondad; creador y conservador de todas las cosas. Y en la unidad de este Dios hay tres personas, de una misma substancia, poder y eternidad, el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo.

2.- Del Verbo o Hijo de Dios

Jesucristo es el Verbo, la Palabra de Dios, hecho hombre.

En El se unen, en forma armónica, la naturaleza divina y la naturaleza humana, esto hace posible que su obra redentora en beneficio de la humanidad, sea una obra perfecta. Desconocer una de sus dos naturalezas, significa desvirtuar el verdadero propósito de su obra salvadora. La historia de la Iglesia nos muestra que cuando se ha cometido este error, surgen fuertes movimientos herejes que ocasionan serios daños a la verdadera doctrina cristiana y, por lo tanto, al cuerpo visible de Jesucristo, la Iglesia.

A través de este artículo se declara, además, que Jesucristo es la Palabra eterna del Padre para reconciliarnos consigo mismo y para que ejerzamos el ministerio de la reconciliación (11 Corintios 5:17-19, Juan 1:1-14).

3.- De la resurrección de Cristo

La doctrina de la resurrección del Señor, es de suma importancia para la fe cristiana. Este Art. declara que Cristo verdaderamente resucitó de entre los muertos y volvió a tomar su cuerpo, con todo lo perteneciente a la integridad de la naturaleza humana, la cual continúa en el Señor resucitado. Queda establecido que Jesucristo, como vencedor del pecado y de la muerte, se ha transformado en el Señor de la vida.

4.- Del Espíritu Santo

El Espíritu Santo, el cual procede del Padre y del Hijo, es de una misma substancia, majestad y gloria con el Padre y con el Hijo, verdadero y eterno Dios.

El Espíritu Santo es la tercera manera en que Dios revela a los hombres Su actuar, Sus beneficios y Sus frutos en la vida de la Iglesia.

S.- De las Sagradas Escrituras

Las Sagradas Escrituras contienen todas las cosas necesarias para la salvación. Este es uno de los postulados fundamentales de la Reforma.

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El ser humano puede, por si mismo, acercarse a la Palabra escrita y encontrar, a través de ella, el camino de la vida y salvación.

Bajo el nombre de Sagradas Escrituras comprendemos aquellos libros canónicos del Antiguo y del Nuevo Testamento, de cuya autoridad nunca hubo duda alguna en la Iglesia.

6.- Del Antiguo Testamento

Este Art. expresa el valor del A. Testamento en relación con el N. Testamento. Señala que en ambos se ofrece la salvación al género humano, por medio de Jesucristo, único mediador entre Dios y los hombres, siendo que El es Dios y Hombre.

7.- Del Pecado Original

El pecado original no consiste en la imitación de Adán, sino que es la corrupción de la naturaleza de todo ser humano engendrado en el orden natural de la estirpe de Adán, por lo cual el hombre está muy apartado de la justicia original, y por su misma naturaleza se inclina al mal.

8.- Del libre Albedrío

En este Art. no se trata del uso libre que el hombre tiene de su voluntad, sino más bien que esa voluntad sea orientada por la gracia divina. Es cierto que el metodismo ha sostenido la libertad de la voluntad humana contra el determinismo y la predestinación, sin embargo, esta libre voluntad del hombre solamente determina en sí mismo la aceptación o el rechazo de la gracia de Dios. En este Art. se trata de preveer la doctrina extrema de Pelagio que enseñaba que era la voluntad sola del hombre la que aceptaba o rechazaba a Dios.

9.- De la Justificación del hombre

Esta es la gran doctrina de Pablo, que fue enfatizada por los Reformadores. Es importante señalar que los conceptos de gracia y de fe deben ir juntos. "Porque por gracia sois salvos, por medio de la fe"Efesios 2:8: La Salvación por la gracia es un don libre de Dios y sólo puede ser aceptado por el hombre como un don de Dios, lo cual produce nueva vida en el creyente. "Por medio de la fe" significa que esto no es el resultado de obras, ya que ellas no nos capacitan para la salvación.

10.- De las buenas obras

Aunque no somos justificados por las buenas obras, la verdadera fe debe producir una vida santa y fructífera. Si la fe es un rendirse a Dios, entonces toda la vida del creyente debe ser cambiada por el Espíritu Santo. Las buenas obras son una consecuencia de la fe.

11.- De las obras de supererogación

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Este Art. condena el sistema de méritos de la Iglesia Católica Romana, que llevó a la promoción de indulgencias y otros abusos. La Iglesia romana enseñó que existía un tesoro de méritos en el cual se depositaba todas las obras de los santos que eran hechas más allá de lo que ordenaba Dios. Así la Iglesia podía disponer de este tesoro y transferirlo a los creyentes a cambio de una suma de dinero.

12.- Del pecado después de la Justificación

Al comienzo del movimiento cristiano existió un grupo de seguidores de Montano (los Montanistas), los cuales sostenían que aquellos que voluntariamente pecaban después de recibir el bautismo, no eran restituidos por la gracia de Dios. Debido a esta razón, un número significativo de cristianos se negaban a ser bautizados y sólo recibían el sacramento bautismal en la hora de su muerte.

13.- De la Iglesia

La Iglesia visible de Cristo es una congregación de fieles, en la cual se predica la palabra pura de Dios, y se administran debidamente los sacramentos, conforme a la institución de Cristo, en todo aquello que forma parte necesaria y esencial de los mismos.

14.- Del Purgatorio

A través de este Art. se rechaza categóricamente la doctrina del purgatorio, como así también las doctrinas de la absolución, la veneración y adoración de imágenes e invocación de santos. Cada una de estas doctrinas no tiene fundamento bíblico alguno.

15.- Del uso en la congregación de una lengua que el pueblo entienda

Este Art., fiel al propósito de la Palabra de Dios revelada en Cristo y a la práctica de la Iglesia primitiva, establece que la celebración del culto y la administración de los sacramentos deberá hacerse en un lenguaje que el pueblo entienda.

16.- De los Sacramentos

Este es un Art. netamente protestante. Va entre los conceptos de los reformadores Lutero y Zwinglio.

Establece que los sacramentos instituidos por Cristo no son sólo señales o signos de profesión de los cristianos, sino más bien testimonios seguros de la gracia y buena voluntad de Dios para con nosotros, por los cuales El obra en nosotros, y no sólo aviva nuestra fe en El, sino que también la fortalece y confirma.

Los sacramentos instituidos por nuestro Señor Jesucristo son dos: EL BAUTISMO Y LA CENA DEL SEÑOR.

17.- Del Bautismo

Es un sacramento porque fue instituido por Jesucristo. El bautismo no es solamente signo de profesión y nota distintiva, por la cual se distinguen los cristianos de los no bautizados, sino también signo de regeneración o renacimiento.

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Establece, además, que el bautismo de párvulos y niños debe mantenerse en la Iglesia, considerando que la gracia de ser admitido en el pueblo de Dios también se experimenta al ser hijo de un hogar cristiano.

18.- De la Cena del Señor

La Cena del Señor es, principalmente, sacramento de nuestra redención por la muerte de Cristo; de modo que, para los que responsablemente y con fe reciben estos elementos, el pan que partimos es una participación del cuerpo de Cristo, y asimismo la copa de bendición es una participación de la sangre de Cristo. El cuerpo de Cristo se da, se toma y se come en la Cena sólo de un modo espiritual. Y el medio por el cual el cuerpo de Cristo se recibe y se come en la Cena es por la fe.

19.- De las dos especies

Estos dos artículos son el resultado de la gran controversia que existió entre los Reformadores y la Iglesia Católica Romana. La Transustanciación sostiene la idea que, aunque uno "ve" pan y vino, estos elementos se han transformado totalmente en carne y sangre del Señor. Esta doctrina es sostenida por la Iglesia Católica Romana.

La Consubstanciación, doctrina de los Reformadores, establece que en la Cena el pan y el vino siguen siendo tales y, a la vez, son también verdadera carne y sangre del Señor (y no meramente en sentido espiritual).

Simbólicamente, el pan y el vino son símbolos espirituales de la carne y sangre del Señor.

20.- De la única oblación de Cristo consumada en la cruz

Este Art. señala que Jesucristo murió una vez y que su sacrificio es válido para todos, en toda época y es único.

21.- Del matrimonio de los ministros

Este Art. indica que la Palabra de Dios no manda a los ministros del evangelio hacer voto de celibato, ni abstenerse del matrimonio. Lícito es, pues para ellos, igual que para los demás cristianos, contraer matrimonio a su discreción, como juzguen más conducente a la santidad.

22.- De los ritos y ceremonias

Este Art. es una protesta contra todas las iglesias o movimientos religiosos que hacen del ritualismo y las ceremonias algo rígido. Es así como algunas tratan de perpetuar experiencias cúlticas y uniformar a sus adeptos para este fin.

Nuestra Iglesia, basada en el sentir de este Art., ha mantenido una tradición doble de culto, uno ordenado, con 4 partes bien señaladas, otro más espontáneo que permite adaptación a las necesidades y expresiones propias de cada medio ambiente.

23.- De los bienes de los cristianos

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Este Art. defiende, más que el sentido comunitario de los bienes, el don de administrar y ser buenos mayordomos de lo que el Señor nos ha dado. La mayordomía cristiana, nos enseña a reconocer que Dios nos brinda la oportunidad de tener bienes personales pero para que sean administrados en favor de otros.

24.- Del juramento del cristiano

Este Art. señala que el cristiano debe rechazar el juramento en vano y temerario (Mateo 5:33-37, Santiago 5:12). Es decir, jurar sin razón y hacerlo con el propósito malsano de tentar a Dios. Por el contrario, el cristiano puede ser demandado a jurar para afirmar una verdad, para hacer justicia y juicio, aquí la referencia es Jeremías 4:2.

CONCLUSION

Los Artículos de Fe no contienen toda la doctrina de nuestra Iglesia, sino más bien, los énfasis esenciales. Es de suma importancia profundizar en su estudio y promover el uso de ellos en la vida de nuestras congregaciones. Es más, cada miembro al recibirse como tal, debe conocerlos.

2.3. METODISTAS EN AMERICA LATINA Y CHILE HOY

Así como los Artículos de Fe dan cabida a críticas Protestantes a la doctrina Católica Romana, hoy día en América Latina la fe y la presencia de los Metodistas aparece sobre un fondo mayoritario de catolicismo. ¿Es el mismo catolicismo?

Las reuniones del Consejo Episcopal Latinoamericano (CELAM) de la Iglesia Católica en Medellín y Puebla, después del Concilio Vaticano II dieron al catolicismo latinoamericano una nueva cara. Particularmente la Conferencia de Medellín trató de aplicar los principios del Concilio Vaticano II a las realidades del Continente. La explotación de las masas ha sido desenmascarada y los obispos han resuelto claramente ponerse al lado de los pobres. También ha quedado al descubierto la inadecuación de estructuras clericales anteriores y la jerarquía católica se ha dado cuenta de que la misión cristiana en América Latina sólo puede ser enfrentada incorporando a los laicos, invitándolos a asumir su cuota de responsabilidad. Por ello la formación de Comunidades de Base se ha convertido en la orden del día.

Según los documentos de Medellín, la Iglesia Católica Latinoamericana ha reformulado su responsabilidad pastoral en tres áreas:

a) El cuidado pastoral se entiende ahora como promoción humana;

b) La evangelización se ha convertido en un proceso de maduración de la fe, tanto por las masas populares católicas como en los grupos de creyentes de clase media y alta;

e) Manifestar creciente unidad en las estructuras visibles, adaptándolas a las nuevas condiciones.

Al mismo tiempo, muchas denominaciones protestantes y evangélicas llegadas mediante la obra misionera norteamericana y europea, ahora han alcanzado un nivel importante de indigenización y autonomía frente a los grupos extranjeros que les dieron origen. Un buen número de ellas participan en el Concilio Latinoamericano de Iglesias (CLAI). Desde su constitución los propósitos del CLAI son:

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-La unidad del pueblo de Dios en América Latina, ya sea dentro o fuera de la Iglesia.

-Profundizar esta unidad que ya poseemos en Cristo, teniendo en mente la identidad y la realidad latinoamericana en sus momentos particulares.

Ayudar a las membresías para que asuman como su campo misionero la realidad en que vive el pueblo latinoamericano.

-Optar por una fidelidad total a Cristo en una situación como esta.

-Promover un diálogo pastoral y teológico entre las Iglesias y con las Iglesias en otras partes del mundo para desarrollar una presencia misionera relevante en el Continente.

La Iglesia Metodista de Chile, goza de su autonomía nacional desde 1969, y forma parte de CIEMAL (Consejo de Iglesias Evangélicas Metodistas de América Latina) desde su fundación ese mismo año. En todo este tiempo, hasta ahora, ha venido surgiendo una reformulación del rol del Metodismo en América Latina y en Chile en particular. Este rol surge de las marcas que nuestra herencia nos ha dado aplicadas a la realidad histórica que determina las prioridades de nuestro testimonio. Por ello se dialoga en la Iglesia sobre algunas tesis para la unidad en la misión:

1.- La Iglesia Metodista como una Iglesia Puente. Los Metodistas estamos llamados a ser instrumento eficaz para la unidad y la reconciliación. Los Metodistas somos Ecuménicos, y encontramos nuestra identidad en aquella tarea iniciada por Cristo de producir un acercamiento entre los creyentes y, más allá, entre aquellas personas de buena voluntad, sensibles hacia sistemas de vida más acordes con la promesa de vida en plenitud con que Jesús dio contenido al Evangelio: la Buena Nueva de vida en su Reino.

2.- La Iglesia Metodista es Promotora de la Santidad Social. Los Metodistas están dedicados crecientemente al desarrollo integral de la persona humana. En medio de un pueblo ricamente equipado por Dios, pero progresivamente empobrecido víctima de abusos externos e internos, los Metodistas inician y apoyan acciones que atacan los trastornos morales, laborales y espirituales, exigiendo una mayor responsabilidad y sacrificio entre quienes gozan de condiciones privilegiadas de vida con el fin de impulsar el desarrollo y dignidad de aquellos que sufren los efectos de esta postración.

3.- La Iglesia Metodista inició una nueva forma de cristianismo, centrado en la Doctrina del Espíritu Santo. Más que con doctrinas intelectuales o formas litúrgicas, los Metodistas se encuentran unidos en acción. La Iglesia Metodista se encuentra muy ligada al movimiento evangélico mundial y a las iglesias pentecostales. A su manera, la Iglesia Metodista es una Iglesia Pentecostal, que ha aprendido la lección de abandonar una piedad de autocomplacencia para convertirse en testimonio de un Dios vivo, quien, por Su Espíritu, está produciendo cambios históricos. Un Espíritu Santo que se revela en mensaje y martirio de aquellos hijos que toman la cruz del Maestro de Nazareth.

4.- La Iglesia Metodista es un pueblo organizado democráticamente. Diversas culturas, razas, idiomas y espiritualidades se encuentran en la Iglesia Metodista alrededor del mundo. El único modo de conservar y desarrollar estructuras unidas pero respetuosas de esta diversidad es el diálogo. La Iglesia Metodista es, por lo tanto, una Iglesia Ministerial en la cual sus pastores aportan el conocimiento, la técnica y la visión universal de una comunidad cristiana que participa de la Iglesia Universal. Y, al mismo

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tiempo, la Iglesia Metodista está compuesta por innumerables comunidades locales de raíces profundas, que en diálogo transformador, son enriquecidas por un mensaje y orientación pastoral cercano a sus luchas y necesidades. Los Metodistas pueden así pronunciarse autorizadamente sobre cualquier asunto que afecte la vida humana a través de Juntas y Asambleas que no entorpecen, sino estimulan el compromiso de laicos y ministros en una pluralidad creciente de testimonios y servicios, (según los dones y recursos de cada comunidad).

Esta contribución ecuménica, social, pentecostal, y democrática es un aporte que se añade al testimonio de tantos otros latinoamericanos y chilenos que han puesto su fe en Jesucristo el Señor. De allí que la identidad o particularidad de los Metodistas no está centrada en ellos mismos, sino en un servicio eficiente en la obra del Señor, en la cual con gozo somos co-partícipes junto a aquellos que también le siguen desde otras comunidades.

2.4. LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DEL CREYENTE

La acción del cristiano en el día de hoy es distinta a la de tiempos pasados. En la sociedad moderna hay responsabilidades sociales que antes no existían. El mundo actual es tan complejo que la mayoría de nosotros dependemos de influencias y factores que no podemos controlar y que en algunos casos no conocemos.

Cuando vamos a la Biblia, tenemos algunas dificultades si queremos encontrar respuestas para nuestra sociedad industrial, para las complicadas relaciones internacionales, para resolver las tensiones creadas por la Radio, la T.V. y la propaganda moderna.

¿Cómo entender los consejos éticos y morales en la Biblia, donde se nos presenta una sociedad primitiva, con hombres que se mueven al influjo de sus impulsos, de una sociedad organizada en forma tribal, con leyes de tipo rural?

De hecho, no podemos agrupar las leyes que encontramos en la Biblia en un código fijo, que resuelva todas las situaciones que la sociedad nos presenta y que se adapte a nuestro tiempo.

Debemos interpretar el mensaje bíblico a la luz de las nuevas situaciones, siempre cambiantes y ahora complejas.

Hoy día, no es suficiente mostrar una solución puramente individual, por ejemplo a través de la salvación de las almas. Hoy se nos exige un testimonio de vida en la sociedad y por la sociedad, de lo contrario corremos el peligro de apartarnos y no ser la "sal y la luz de la tierra".

La búsqueda de pasajes bíblicos al azar es infructuosa sin centrarnos en la persona y obra redentora de Dios, esto es Jesucristo nuestro Señor. El encuentro con el Señor de señores es la experiencia básica que antecede al estudio de las escrituras. Cualquier estudio de las enseñanzas bíblicas, desconectadas de su persona viviente, llevará a un mero biblicismo. La revelación del Reino de Dios, es el mismo Cristo para el presente como para el futuro.

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2.5. EL CREDO SOCIAL DE LA IGLESIA METODISTA

Nuestra Herencia

El interés de la Iglesia Metodista por el bienestar social tiene su origen en el Evangelio, (Mateo 25:31-46, 10:42, 21:28-32; Lucas 4:18-19; Juan 17:18, etc.) y en la obra personal de Juan Wesley.

Wesley insistió permanentemente en que todos aquellos que son perdonados por el Señor, son también equipados por El para amar. Y, esto, de la manera más práctica en todas las relaciones humanas. Para Wesley la santidad no sólo se limita a los deberes religiosos sino que compromete todo el diario vivir. El invirtió una inmensa cantidad de tiempo atacando las necesidades físicas y mentales de los necesitados. Para ello abrió dispensarios, escribió sobre medicina poniendo al alcance de los pobres conocimientos elementales, organizó programas de alivio para los reclusos, se opuso a la esclavitud, y sobre todo abrió escuelas y colegios.

La historia del Metodismo ratifica esta posición de seguir a Cristo en la tarea de armonizar toda la vida, con sus actividades, posesiones y relaciones con la voluntad de Dios. Cuando Gran Bretaña era la primera potencia mundial y nacieron los primeros sindicatos, hubo preclaros Metodistas en la lucha por la reglamentación del trabajo de la mujer, en la defensa de la niñez abandonada y abolición del trabajo infantil, en el combate al tráfico del alcohol, la prostitución y el tabaquismo. Recordemos que de los seis mártires de Tolpuddle, cinco fueron Metodistas. Aquel fue el primer movimiento por crear un sindicato agrícola, siendo sus impulsores relegados desde Inglaterra a la lejana y en aquella época inhóspita Australia. Junto a ellos recordemos al pastor Samuel Fielden, quien fuera también obrero textil, y uno de los mártires de Chicago, por participar en la famosa jornada por las ocho horas de trabajo.

En América Latina, y particularmente en Chile, los Metodistas han aportado innumerables colegios, iniciaron la campaña contra el tráfico de bebidas embriagantes enfrentando fuertes intereses creados, han preparado a miles de ciudadanos para actuar en las más diversas actividades nacionales: en la administración pública, empresas privadas, la educación y la cultura, en sindicatos y gremios. Recordemos que en 1938, cuando las puertas se cerraron a los sindicatos y gremios, la Iglesia Metodista les abrió sus templos en momentos particularmente difíciles.

Esta preocupación, por parte de los Metodistas en las consecuencias sociales de la fe en Cristo, se ha concretado en una tradición iniciada a comienzos del siglo XX, EL CREDO SOCIAL DE LA IGLESIA METODISTA. En Diciembre de 1907 se fundó la Federación Metodista de Acción Social con la intención de reclutar a hermanos de las congregaciones comprometidos en dar testimonio cristiano en las diversas áreas del mundo de las relaciones humanas y sociales. El propósito de esta Federación es el de proveer un grupo de Metodistas "especializados" (más que académicamente, por su compromiso cotidiano) que pueda educar, influir y unificar a la Iglesia en su responsabilidad Social. Fruto del trabajo de la Federación, la Conferencia General realizada en Baltimore en 1908, adoptó el Primer Credo Social Metodista. Desde entonces, cada Conferencia General, ya sea en Estados Unidos o alrededor del mundo ha declarado sus principio sociales en forma actualizada y pertinente. Estos Credos tienen una parte Teológica más permanente y una parte llamada "Declaración de intereses sociales" más variable, según las circunstancias.

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Bases teológicas del Credo Social

Creemos en Dios Padre, Creador y Sustentador del universo y de la vida. Reconocemos, que en su inmenso amor, Dios ha provisto abundantemente los recursos naturales, las capacidades humanas, y un proceso histórico para que Su Reino se establezca sobre la tierra.

Creemos en Jesucristo el Redentor de la humanidad y del universo. Con dolor y seria preocupación constatamos situaciones de injusticia y explotación que han distorsionado la relación armoniosa entre el ser humano y la naturaleza, y al mismo tiempo han engendrado el odio y la violencia entre los hombres. Aceptamos a Jesucristo y sus enseñanzas como el único camino para establecer la convivencia humana basada en el amor; la justicia sostenida en la verdad, el respeto a la dignidad humana y en un trato equitativo a todos por igual; y, en el servicio solidario entre los hombres obedeciendo la Voluntad divina.

Creemos en el Espíritu Santo, el Espíritu de Verdad y en la Palabra de Dios contenida en las Sagradas Escrituras, que nos enseñan el camino del amor, nos comprometen con la justicia, y nos conceden el coraje para ser firmes frente a las fuerzas que intentan el sometimiento de la persona humana.

Creemos que la Iglesia es de Cristo y ha sido llamada para predicar con su palabra y su vida las riquezas del Reino de Dios. Por amor a Dios, quien nos ofrece la redención en Jesucristo, la Iglesia busca diligentemente aquellas condiciones espirituales sociales y naturales que respondan a las aspiraciones más elevadas que como dones de Dios anidan en el espíritu humano.

Por lo tanto, gozosamente nos entregamos en forma responsable a vivir el mandamiento de Cristo en un compromiso por impedir la existencia de toda situación o fuerza que atente contra el hombre, su vida, su dignidad y su libertad de conciencia. Confiados en el triunfo presente y final de la Palabra de Dios, asumimos para nosotros, nuestra iglesia y los demás la misión de vivir el Evangelio en el mundo. Amén.

PRINCIPIOS SOCIALES

Recursos Naturales

Toda creación es del Señor y somos mayordomos de ella. El aire, el agua, la, tierra, los minerales, las plantas, la vida animal y el espacio se deben valorar, respetar y mantener, en primer lugar, porque pertenecen a Dios, y en segundo lugar, porque han sido puestos para servir a la vida humana. Apoyamos en consecuencia aquellas medidas que los protegen, y la investigación científica para su mejor utilización. Sin embargo, nos oponemos a toda devastación, contaminación e investigación que destruyan esta creación o pretendan avances de investigación a expensas de no satisfacer las necesidades humanas normales.

Relaciones Humanas

La comprensión del Evangelio nos señala el valor infinito de cada persona como Hijo de Dios y hermano nuestro. Por lo tanto, tenemos la responsabilidad de evaluar, fomentar y desarrollar aquellas formas de comunidad en las que el ser humano nazca, se eduque, trabaje y desarrolle su espíritu, en respeto y libertad.

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Uso del Poder

Todos los poderes: económicos, culturales, políticos y militares están bajo el juicio de Dios. Es responsabilidad de quienes administran el poder, establecer y desarrollar reglamentos, modificar o derogar leyes inoperantes y gestar aquellas que tiendan al bienestar comunitario e individual de las personas sin someterlas a criterios arbitrarios, o a la explotación, o a su utilización interesada.

Tarea Social de la Iglesia

Los cristianos metodistas chilenos buscamos armonizar toda la vida, con sus actividades, posesiones y relaciones con la Voluntad de Dios. En consecuencia, es nuestro deber pronunciarnos en relación a los problemas sociales, y estructurar nuestro comportamiento individual como nuestra tarea institucional en obediencia a estos Principios Sociales.

Declaración de Interés Social

Ha sido preocupación permanente en los Credos Sociales pronunciarse sobre:

La Familia;

El Orden Económico; (derecho a la propiedad, uso responsable del poder, desocupación y pobreza, uso de las riquezas, condiciones de trabajo, beneficios sociales para los trabajadores, el derecho a organizarse para convenios, la vida urbana y rural, etc.)

Temperancia;

Tratamiento del crimen;

Libertad en pluralidad;

La Paz y el Orden Mundial; (opción por la interdependencia fraterna de los pueblos en oposición a nacionalismos cerrados, opción por la búsqueda pacifica de solución a conflictos en oposición a la guerra, apoyo a la Organización de las Naciones Unidas, etc.)

Respeto de las autoridades debidamente constituidas;

Respeto a los objetores de conciencia en su posición al enrolamiento para el servicio militar;

Libertad y Derechos Humanos.

En nuestro país, la Iglesia está considerando aspectos particulares de la convivencia ciudadana, como son:

La Familia

- protección a la niñez abandonada, la madre sin recursos y la ancianidad;

- eliminación del trabajo infantil;

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- eliminación del trabajo o actividades de la mujer, en cuanto representan menoscabo de su personalidad, o una práctica forzada por la pobreza de su situación personal o familiar;

- promover programas que provean viviendas dignas a las familias que carecen de ellas;

- colaborar en servicios educacionales para mejorar tanto las condiciones como la calidad de la educación en el país;

- promover el acceso a la salud, de tal manera que este servicio deje de ser un campo propicio para el rápido enriquecimiento de unos pocos;

- promover el ejercicio responsable de los medios de comunicación social, ejerciendo un severo control sobre difusión de pornografía, violencia y consumismo;

- participar decididamente en la búsqueda de soluciones a conflictos matrimoniales que estén contribuyendo a la desintegración de la familia.

Economía

- denunciar el desenfrenado afán de lucro que afecta a la economía nacional, lo que está haciendo imposible una normal supervivencia familiar;

- promover la creación de fuentes ocupacionales que integren a todos los ciudadanos a un proceso productivo y de mercado nacional del trabajo;

- denunciar aquellas políticas arancelarias que hacen del país un proveedor de materias primas baratas, lo que disminuye los recursos para el desarrollo integral de la vida de todos los habitantes;

- promover una política salarial que no disminuya la capacidad económica de las familias para atender sus necesidades fundamentales con dignidad;

- denunciar aquellas políticas previsionales que ponen en peligro un nivel de vida digno para quienes terminan su vida activa como trabajadores;

- profundizar el proceso de Reforma Agraria como lo recomiendan la FAO y las Naciones, para dignificar la vida del campesino y aumentar la productividad de la tierra.

Los Derechos Humanos

- promover el derecho a opinar, a organizarse libremente y a dar a conocer las propias ideas en forma responsable; promover el derecho a reunión y libertad religiosa;

- promover el derecho a disentir y a defender, pacíficamente, un ordenamiento constitucional y político que sea garantía de representatividad democrática para todos los ciudadanos.

El Panamericanismo

- Abogar por la unidad, sin reservas, de la América de habla española;

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- Promover aquellas coincidencias culturales, económicas y políticas que acerquen a los pueblos de nuestro Continente;

- Denunciar todo intento por activar diferendos fronterizos o territoriales, cuyo notorio propósito sería dividir al pueblo latinoamericano, en beneficio de intereses foráneos.

Es responsabilidad de la Asamblea General de la Iglesia Metodista de Chile, o de la Junta General, representar las aspiraciones sociales de los metodistas chilenos ante la opinión pública, las demás comunidades cristianas y las autoridades.

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CAPITULO III

ORGANIZACION

Nota : se presenta aquí una síntesis del Estatuto de la Iglesia Metodista de Chile, considerando aquellos aspectos más relevantes que toda persona que recién entra a la Iglesia debería conocer.

TITULO SEGUNDO: De los miembros de la Iglesia, sus derechos y sus obligaciones

CAPÍTULO I: De los miembros.

ART. 6 : Podrán ser miembros de la Iglesia Metodista de Chile, las personas naturales, que reúnan los requisitos establecidos por estos Estatutos. Habrá dos tipos de miembros: a) a prueba, y b) en plena comunión.

a) Miembros a Prueba:

ART. 7 : Serán miembros a prueba: 1) Los menores de doce años que hayan sido bautizados en la Iglesia Metodista, y hayan sido anotados en sus registros de bautismo. Cumplida dicha edad, sino solicitaren ser mantenido a prueba, perderán esa condición. 2) Aquellas personas que habiendo sido bautizada en otras Iglesias Cristianas, participaren activamente en la Iglesia Metodista, manifestaren su deseo de ser recibidos como miembros o a prueba, y fueren ingresados al registro de miembros a prueba de la Iglesia . 3) Aquellas personas mayores de 12 años que no hubieren sido bautizadas, y que habiendo recibido de Dios el llamado a una nueva vida participaren activamente en la Iglesia Metodista, y manifestaren sus deseos de ser bautizados, fueren ingresados al Registro de Miembros a Prueba de la Iglesia, y 4) Aquellas personas que siendo mayores de 12 años, y habiendo recibido el bautismo de la Iglesia Metodista, iniciaren un conocimiento más directo de la Iglesia, y previa aceptación de los votos bautismales, fueren enrolados en el Registro de Miembros a Prueba de la Iglesia, a la espera de una decisión personal de su experiencia de fe y comunión cristiana.

b) Miembros en Plena Comunión:

ART. 8 : Serán miembros en plena comunión , las personas mayores de 15 años, que habiendo permanecido a lo menos 6 meses como miembros a Prueba, hubieren cumplido la etapa de capacitación, que la Iglesia les otorgue a través del curso para miembros, y adquirido una formación y experiencia personal cristiana, que tomaren la decisión de servir junto a sus hermanos, al Señor de la Iglesia, Jesucristo, que aceptaren voluntariamente los votos de miembros en plena comunión con la Iglesia, y que manifestando públicamente su deseo de unirse a la Iglesia Metodista de Chile, fueren incorporadas al Registro de Miembros en Plena Comunión con la Iglesia.

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CAPÍTULO II: De los derechos y obligaciones de los miembros :

ART. 9 : Los miembros a Prueba, por cortesía, tendrán derecho a voz en las Asambleas de Congregación si fueren contribuyentes y participaren activamente en la vida de la Iglesia; no tendrán derecho a voto en las Asambleas, y no podrán ser elegidos para servir cargos en las Iglesias. Con todo, podrán asistir a éstas , y participarán de todos los servicios, asistencia y los beneficios espirituales y materiales que la Iglesia prestare a sus miembros. Como contrapartida, deberán colaborar activamente en las tareas que determinare la Iglesia, por medio de sus instancias de dirección; deberán así mismo, respetar y cumplir estos Estatutos, y los Reglamentos de la Iglesia Metodista de Chile, como también, las resoluciones y acuerdos adoptados por las respectivas instancias de dirección de la Iglesia; del mismo modo deberán contribuir al sostenimiento de la Iglesia, mediante ofrendas y aporte oportuno y sistemático de diezmos o contribuciones.

ART. 10: Los miembros en plena comunión con la Iglesia Metodista de Chile, que se encontraren al día en el cumplimiento de sus obligaciones para con ésta, y cumplieren los requisitos generales y especiales, establecidos en estos Estatutos, así como los contenidos en el Reglamento de la Iglesia Metodista de Chile, se denominarán “habilitados”, y tendrán los siguientes derechos: a) elegir y ser elegidos para servir cargos en los distintos ámbitos e instancias de la Iglesia. b) participar en las Asambleas de Congregación de su respectiva Iglesia Local, con derecho a voz y voto. c) ser electos delegados en representación de su Iglesia Local con derecho a voz y voto a la Asamblea de Distrito, a la Asamblea General, y a otras instancias eclesiales. d) recibir y participar de todos los servicios, asistencia, y beneficios espirituales y materiales que la Iglesia presta a sus miembros. e) representar a la Iglesia en otras instancias eclesiales nacionales e internacionales, y f) hacer proposiciones y participar en proyectos de buena administración, como también solicitar por los medios establecidos, informes sobre la marcha administrativa y social de la Iglesia; todo ello en las formas y oportunidades establecidas por estos Estatutos y el Reglamento de la Iglesia Metodista de Chile.

ART. 11 : Como contrapartida, todo miembro en Plena Comunión con la Iglesia, para estar en la condición de habilitado, deberá cumplir las siguientes obligaciones: a) Servir los cargos para los cuales hubiere sido designado o elegido de conformidad a estos Estatutos y Reglamento de la Iglesia, y colaborar activamente en las tareas acordadas en las respectivas instancias de dirección de la Iglesia, a saber: Asambleas Generales o Juntas Generales, Asambleas Distritales o Juntas Distritales, o bien su propia Asamblea de Congregación o Junta de Oficiales, como así mismo en aquellas que estas entidades determinen y le encomienden. b) Respetar y cumplir el Estatuto y Reglamento de la Iglesia Metodista de Chile y las resoluciones y acuerdos adoptados por las entidades o instancias de dirección antes relacionadas. c) Asistir a las reuniones estatutariamente citadas, fueren de Asambleas, Juntas, comisiones, agencias, comités, consejos, u otra entidad de la Iglesia, a la que perteneciere en calidad de miembro, y d) Contribuir al sostenimiento de la Iglesia con sus ofrendas y aporte oportuno y sistemático de diezmos o contribuciones.

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CAPITULO III: De la suspensión o inhabilidad, y de la pérdida de los derechos de los miembros.

ART. 12 : Quedarán inhabilitados en sus derechos a ser elegibles para los cargos de la Iglesia en cualquiera de sus niveles e instancias, en el derecho de ejercer el o los cargos y representaciones para los cuales hubieren sido electos, y en su derecho de participar en las votaciones de Asambleas (General, Distrital y de la Congregación) y Juntas (General, Distrital y de Oficiales) de la Iglesia: a) los miembros que no estuvieren al día en sus obligaciones pecuniarias con la Iglesia, situación que será determinada por la respectiva Comisión de Nombramientos . Esta suspensión o inhabilidad cesará de inmediato una vez cumplida la obligación morosa que le hubiere dado origen. b) los miembros que sin causa justificada dejaren de asistir con regularidad a los cultos y actividades generales de la Iglesia, o perturbaren el estado de armonía con el pastor y hermanos de la Iglesia, y c) los miembros que injustificadamente se negaren a servir los cargos en los que hubieren sido elegidos, a colaborar en las tareas acordadas por la Iglesia, y a asistir a las reuniones de la instancia en que le correspondiere participar.

ART. 13 : La Comisión de Nombramientos respectiva informará a la más próxima Asamblea o Junta que se realice, la situación de inhabilidad o suspensión que afectare a los miembros.

ART. 14 : La calidad de miembro de la Iglesia se perderá: a) por transferencia a otra Iglesia Metodista del extranjero, o a otra Iglesia distinta de la Iglesia Metodista de Chile, b) por fallecimiento; c) por renuncia escrita, d) por expulsión decretada por la instancia judicial respectiva, de conformidad al procedimiento señalado en estos Estatutos y fundada en una de las siguientes causales: UNO: causar grave daño de palabra, o por escrito a los intereses de la Iglesia. DOS: haber sido sancionado durante un año calendario, con tres inhabilidades o suspensiones de derechos. TRES : Haber sido condenado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva. CUATRO : arrogarse la representación de la Iglesia o derechos en ella que no poseyere, con el objeto de obtener beneficios personales, o bien causar con tal actitud daño o perjuicio a la Iglesia. CINCO : afectar gravemente el prestigio de la Iglesia, afirmando falsedades respecto de sus actividades o conducción de sus dirigentes. SEIS : tratándose de administradores de entidades, directores de instituciones, miembros de comités ejecutivos u otros entes administrativos de la Iglesia, por extralimitarse en sus funciones, o que en uso de sus atribuciones, comprometan gravemente la integridad social o económica de la Iglesia, causando injustificadamente daño o perjuicio a los bienes de esta, o en la persona de alguno de sus miembros, con motivo u ocasión del desempeño del cargo. SIETE : desobediencia al Estatuto y Reglamento de la Iglesia Metodista de Chile. OCHO : por diseminar doctrinas contrarias a los artículos de fe, a la enseñanza bíblica o las normas y doctrinas establecidas por la Iglesia Metodista de Chile. NUEVE : por mala administración o descuido habitual de los deberes propios de un miembro de la Iglesia en su calidad de servidor o funcionario rentado de la Iglesia. DIEZ : por palabras o acciones impropias de un cristiano, tales como: practicar el comercio de bebidas alcohólicas, cigarrillos, drogas, prostitución y juegos de azar.

ART. 15 : Respecto de la medida de expulsión, dispuesta por el Consejo Judicial Distrital respectivo, podrá el afectado apelar al Consejo Judicial Nacional de la Iglesia, el cuál se pronunciará en definitiva sobre ella.

TITULO TERCERO: De Artículos de Fe de la Iglesia Metodista de Chile

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(el lector aquí puede ver la sección que correspondiente del capítulo II de este mismo link)

TITULO CUARTO: De los Órganos de Administración y Gestión

Capitulo I: Las Asambleas

ART. 17 : El carácter democrático de la Iglesia Metodista de Chile, deberá ser representado en las Asambleas. Ellas serán de tres tipos, según el ámbito de acción que les correspondiere: A) Asamblea de la Congregación, cuya jurisdicción radicará en cada Iglesia Local; B) Asamblea de Distrito, cuya jurisdicción radicará en cada Distrito, y C) Asamblea General, cuya jurisdicción radicará en todo el ámbito nacional.

A) Asamblea de la Congregación

ART. 18 : La Asamblea de la Congregación , será el órgano máximo resolutivo dentro del ámbito de un cargo pastoral o de una Iglesia Local, y a su vez, constituirá el cuerpo de control básico que unirá a cada Iglesia Local con la Iglesia Metodista de Chile, persona jurídica de derecho público. Estará compuesta por el pastor o los pastores del cargo, los pastores jubilados residentes, los pastores designados en ministerios especializados en su jurisdicción y los miembros en plena comunión habilitados de la Iglesia Local.

ART. 19 : Presidirá la Asamblea de la Congregación él o la Superintendente de Distrito o un presbítero designado por él o ella para tal efecto. Se reunirá, en forma ordinaria, por lo menos dos veces en el año, la primera entre los meses de febrero y marzo y la segunda entre noviembre y diciembre.

El pastor del cargo podrá, con el consentimiento por escrito del Superintendente, convocar a Asambleas Extraordinarias.

ART. 20: Las atribuciones y deberes de la Asamblea de la Congregación serán las siguientes: a) Elaborar , promover, y supervisar el programa integrado de la Iglesia Local; b) Establecer el presupuesto de la Iglesia Local, y velar por el cumplimiento oportuno de las obligaciones financieras con el fondo conexional nacional y Distrital y del presupuesto de la Iglesia Local; c) Recibir y pronunciarse sobre el informe del pastor, y todos los otros informes que dispongan el presente Estatuto y el Reglamento de la Iglesia ; d) Elegir el liderazgo local; e) Establecer los Reglamentos y procedimientos de administración de las Comisiones e Instituciones que dependieren de la Iglesia Local.

B) Asamblea de Distrito:

ART. 21: La Asamblea de Distrito , será el órgano máximo resolutivo dentro de la jurisdicción del Distrito respectivo, y le corresponderá fundamentalmente velar por que el principio de solidaridad y conexionalidad sea una práctica en las Iglesias Locales del Distrito. Será presidida por el Superintendente o el Presbítero que este designare. Se reunirá en forma ordinaria una vez al año, en la fecha y lugar que fije la Asamblea inmediatamente anterior, para evaluar y promover el Programa de la Iglesia Nacional y del Distrito, y para considerar aspectos de la Misión, de Servicio y Comunión, Legales, Jurídicos, Financieros, Sociales y Administrativos tomando en cuenta el multifacético Ministerio de la Iglesia.

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En forma extraordinaria se reunirá cuando lo requiera el interés de la Iglesia, en la fecha y lugar que fije la Junta Distrital. Al iniciar su sesión elegirá un Secretario(a) de Actas.

ART. 22 : La Asamblea de Distrito estará compuesta, por: a) El Superintendente de Distrito; b) Los Presbíteros, Pastores y Diáconos del Distrito que tengan nombramiento de tiempo completo, y los Pastores Suplentes Aprobados de Tiempo Parcial; c) Tres Delegados Laicos por cada Iglesia Local organizada; d) Los Presidentes de los Organismos Federados Distritales o un Representante de estos; e) El o los Delegados Laicos de Distrito a la Junta General; f) Un Representante elegido por cada Ministerio existente en el Distrito, y g) El Secretario de Vida y Misión, el Secretario de Administración y Tesorero Distrital; h) Los miembros de la Junta Distrital que no fueren Pastores o Delegados de Iglesias locales; todos ellos con derecho a voz y voto en la misma. Con derecho a asiento y voz participarán:, el Presidente del Consejo Judicial Distrital, junto a Presidentes de las Comisiones y Agencias del Distrito, los Misioneros Laicos y los Predicadores Laicos residentes en el Distrito.

ART. 23 : Serán atribuciones y deberes de la Asamblea de Distrito: a) Elaborar y desarrollar la estrategia y programa integral para el distrito; b) Votar las modificaciones a los Estatutos; c) Asignar los aportes conexiónales a cada Iglesia local; d) Establecer el Fondo Conexional Distrital; e) Elegir los integrantes de las comisiones distritales de: Vida y Misión, Nombramientos, Calificación Ministerial y las otras Agencias y Comisiones que establecieren los Estatutos y el Reglamento de la Iglesia; f) Elegir al Secretario Eclesiástico o Coordinador de Vida y Misión del Distrito, al Secretario de Finanzas y Administración del Distrito y Tesorero Distrital y cualquier otra comisión que considerare conveniente la Asamblea de Distrito; g) Conceder y renovar licencias a los predicadores laicos del distrito; h) Recomendar nuevos candidatos para el ministerio integral de la Iglesia; i) Elegir la terna que se presentará al Obispo para designar Superintendentes de Distritos; j) Elegir él o los delegados del Distrito a la Junta General y a la Comisión Nacional de Nombramientos; k) Realizar las tareas y ejercer las atribuciones que le delegare la Asamblea General y , l) Todas aquellas otras facultades que le confirieren el Estatuto y el Reglamento de la Iglesia.

C) La Asamblea General:

ART. 24 : La Asamblea General será el Órgano de máxima autoridad en la Iglesia Metodista de Chile, su función será administrar, coordinar, organizar, legislar y dirigir la Iglesia Metodista de Chile, elegir su liderazgo nacional, hablar en nombre de la Iglesia y representarla en el ámbito jurídico y social, pudiendo delegar dicha facultades mediante poderes especiales. Se reúne bajo la presidencia del Obispo o quien lo represente, en forma ordinaria cada dos años en el mes de Enero, en el lugar fijado en la Asamblea inmediatamente anterior, y en forma extraordinaria cuando lo requiera el interés de la Iglesia, en la fecha y lugar que fijare la Junta General. Elegirá entre sus integrantes un Secretario (a) de Actas.

ART. 25 : Componen la Asamblea General, con derecho a voz y voto: a) El obispo; b) los presbíteros en plena conexión con la Asamblea General; c) los pastores suplentes aprobados que estuvieren ejerciendo un ministerio pastoral de tiempo completo; d) Un Delegado Laico elegido por cada Iglesia local organizada, que tuviere hasta cien miembros, o dos delegados por cada Iglesia Local organizada que contare con más de cien miembros; e) Los Presidentes de las Federaciones u Organismos Nacionales debidamente reconocidos o sus representantes; f) Los Presidentes de los Ministerios

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Nacionales reconocidos o sus representantes; g) El Delegado Laico Nacional al Gabinete; h) El Presidente de la Comisión de Actividades Laicas, y i) Un Delegado Laico a la Junta General por Distrito.

Participarán en la Asamblea General con derecho a asiento y voz: El Secretario General o Representante Legal; el Consejo Judicial Nacional, el Presidente de la Comisión Nacional de Estudios y Promoción de Proyectos, el Tesorero Nacional o Secretario Nacional de Finanzas y Administración y el Secretario Eclesiástico o Secretario Nacional de Vida y Misión.

ART. 26 : Las atribuciones y deberes de la Asamblea General son las siguientes: a) Aprobar todos los cuerpos legales y normativos-reglamentarios de la Iglesia Metodista de Chile; b) Recibir y aprobar el informe episcopal; c) Elegir a todas las autoridades ministeriales y laicas que le correspondiere en conformidad al presente Estatuto , a saber: Obispo, Delegado Laico Nacional al Gabinete, Secretario Nacional Eclesiástico o Secretario Nacional de Vida y Misión, Tesorero Nacional o Secretario Nacional de Finanzas y Administración, el Secretario General o Representante Legal, los miembros de Agencias y Comisiones Nacionales, y en general elegir todos los otros cargos establecidos en el Reglamento de la Iglesia; d) Aprobar el Presupuesto y Programa Integrado de la Iglesia; e) Determinar la participación de la Iglesia Metodista de Chile en otros cuerpos eclesiásticos o para eclesiásticos nacionales y extranjeros ; f) Adoptar el himnario y ritual de la Iglesia Metodista de Chile; g) Determinar las calificaciones y deberes de los miembros ministeriales y los asuntos relativos al carácter y ordenación de los presbíteros y pastores; h) Atender todas las consultas y asuntos que fueren llevados a su conocimiento; i) Constituir nuevas personas jurídicas de derecho publico y aprobar sus estatutos; j) Determinar el número de los Distritos y sus limites respectivos, así como el número de Obispos y sus respectivas áreas; k) Establecer capellanías en Instituciones Públicas Cárceles, Hospitales, Fuerzas Armadas, Servicios Públicos e Instituciones Metodistas: l) Delegará en el Obispo y Gabinete la facultad de recomendar Profesores de Religión, de conformidad a la Ley, en Establecimientos Educacionales Públicos y Confesionales, y m) Todas aquellas otras facultades que le otorgaren este Estatuto y el Reglamento de la Iglesia Metodista de Chile.

CAPÍTULO II: Las Juntas .

ART. 27 : Las Juntas serán entidades esencialmente ejecutivas y, eventualmente resolutivas; funcionarán entre Asambleas y deberán administrar la Iglesia por mandato de las Asambleas respectivas, velando por que se cumplan los acuerdos y resoluciones de estas.

ART. 28 : Al igual que las Asambleas , las Juntas funcionarán en tres niveles o ámbitos, a saber: a) En el ámbito de la Iglesia Local, funcionará como ente ejecutivo la Junta de Oficiales; b) En el ámbito del Distrito, funcionará como ente ejecutivo la Junta Distrital, y c) En el ámbito nacional funcionará como ente ejecutivo la Junta General.

La Junta de Oficiales

ART. 29 : Atribuciones y deberes: La Junta de Oficiales, será el cuerpo o instancia colegiada y ejecutiva encargada de hacer cumplir los acuerdos, el programa integrado, el presupuesto y, en general, todo tipo de resoluciones adoptadas por la Asamblea de la Congregación ante la cual responderá. Se reúne en forma ordinaria, a lo menos, cada dos meses, y en forma extraordinaria cada vez que lo requiera el interés de la Iglesia.

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Sus miembros elegidos durarán un año en sus cargos, excepto el o los delegados a la Asamblea General que duran dos, pudiendo sus integrantes ser reelegidos. En su primera reunión del año elegirá entre sus miembros, un presidente (a), un vicepresidente (a), y un secretario (a) de actas.

ART. 30 : La Junta de Oficiales está compuesta por: a) El pastor o pastora del cargo; b) Los diáconos si los hubiere; y c) Los siguientes oficiales electos en la Asamblea de la Congregación: uno o dos Delegados a la Asamblea General, los Delegados a la Asamblea de Distrito, el Secretario de Vida y Misión, el Secretario de Administración, el Sindico, el Tesorero, el Director o Directora de la Escuela Dominical, los Oficiales de Comunión y cualquier otro Oficial que establecieren este Estatuto y el Reglamento de la Iglesia.

La Junta Distrital

ART. 31 : Atribuciones y Deberes: La Junta Distrital, será el cuerpo o instancia colegiada y ejecutiva encargada de hacer cumplir los acuerdos, el programa integrado, el presupuesto, y en general, todo tipo de resoluciones adoptadas por la Asamblea de Distrito, ante la cual responderá, de acuerdo con las normas del presente Estatuto y del Reglamento de la Iglesia. Se reúne en forma ordinaria bajo la presidencia del Superintendente de Distrito, tres veces al año, en fecha y lugar que la propia Junta fija en su primera reunión del año, y en forma extraordinaria cuando sea conveniente a los intereses de la Iglesia.

ART. 32 : Serán miembros de la Junta Distrital con derecho a voz y voto: a) El Superintendente de Distrito; b) Dos presbíteros y dos representantes laicos elegidos en la Asamblea de Distrito, en conformidad con éste Estatuto y el Reglamento de la Iglesia, quienes durarán un año en sus cargos, pudiendo ser reelegidos; c) Un representante laico por cada Federación u Organismo y Ministerios reconocidos en el Distrito; d) El Tesorero y Secretario de Finanzas y Administración del Distrito, quien durará un año en su cargo pudiendo ser reelegido; e) El Secretario Eclesiástico o de Vida y Misión del Distrito, quien durará un año en su cargo pudiendo ser reelegido, y f) El o los Delegados del Distrito a la Junta General. Serán miembros de la Junta Distrital con derecho a asiento y voz: el Presidente del Consejo Judicial Distrital, un representante de la Contraloría y el Presidente de la Comisión Distrital de Estudios y Promoción de Proyectos. En su primera reunión elegirá entre sus miembros a un secretario(a) de actas.

La Junta General

ART. 33 : Atribuciones y Deberes: La Junta General, será el cuerpo o instancia colegiada, ejecutiva y, eventualmente resolutiva, encargada de hacer cumplir los acuerdos, el programa integrado, el presupuesto y, en general, todo tipo de resoluciones adoptadas por la Asamblea General, dentro de los límites de su función, y ejercer las facultades administrativas y de gestión que le delegare esta Asamblea, ante la cual responderá, de acuerdo con las normas del presente Estatuto y del Reglamento de la Iglesia.

ART. 34 : Serán integrantes de la Junta General con derecho a voz y voto: a) El Obispo que la presidirá; b) Los Superintendentes de Distrito; c) Los Delegados Laicos de los Distritos; d) El Presidente o el Representante de cada Federación u Organismo Laico reconocido; e) Los Consejeros Nacionales de Juveniles y Menores; f) El

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Presidente o Representante de cada Ministerio Nacional reconocido; g) El Delegado Laico al Gabinete, y h) El Presidente Nacional de la Comisión de Actividades Laicas.

Serán miembros de la Junta General con derecho a asiento y voz: El Presidente del Consejo Judicial Nacional o la persona en quien este delegare; el Contralor Nacional de la Iglesia Metodista de Chile; el Presidente del Consejo de Finanzas y Economía; el Presidente de la Comisión Nacional de Estudio y Promoción de Proyectos; el Tesorero Nacional o Secretario Nacional de Finanzas y Administración; el Secretario Nacional Eclesiástico o Secretario Nacional de Vida y Misión; el Representante Legal o Secretario General de la Iglesia Metodista de Chile; los Directores de Instituciones Nacionales, y los Presidentes de los Comités creados por la Asamblea General que fueren especialmente invitados para tratar materias específicas.

De los Cargos de la Junta General:

Del Obispo :

ART. 35 : El Obispo, quien representará la conexionalidad y la unidad de la Iglesia Nacional, será elegido por la Asamblea General de una terna de presbíteros, por un período de cuatro años, y podrá ser reelegido por un período más. Dicha terna será elaborada mediante votación directa de los miembros habilitados de todas las Iglesias Locales. El Obispo será el Presidente de la Asamblea General y la Junta General, así como también del Comité Ejecutivo Nacional. Representará a la Iglesia Metodista de Chile en toda instancia eclesiástica dentro y fuera de ella, tanto en actos oficiales como religiosos. Tendrá dedicación exclusiva a su oficio, y deberá residir en Santiago.

De los Superintendentes:

ART. 36 : Los Superintendentes, serán presbíteros que representarán al Obispo en cada Distrito, y serán elegidos por el Obispo de una terna que entregarán los Distritos. Durarán en su cargo cuatro años, y podrán ser reelegidos sólo una vez. El Superintendente será el Presidente de la Asamblea de Distrito y la Junta Distrital. Representará a la Iglesia en toda instancia eclesial dentro y fuera de ella, tanto en actos oficiales como religiosos en su jurisdicción.

Del Delegado Laico Nacional al Gabinete y del Presidente Nacional de la Comisión de Actividades Laicas.

ART. 37 : El Delegado Laico Nacional al Gabinete será elegido por la Asamblea General por un periodo de cuatro años, y el presidente de la Comisión de Actividades Laicas, será elegido por los delegados laicos de la Asamblea General, por un período de dos años; podrán ser reelegidos solo una vez. Ambos delegados laicos deberán, a lo menos, tener estudios teológicos reconocidos, ser miembros en plena comunión por un plazo no menor a diez años, y no podrán pertenecer a ninguna institución o entidad de la Iglesia Metodista de Chile para la cual prestaren servicios remunerados; asimismo no podrán ocupar cargos directivos en directorios de Federaciones ni Ministerios Nacionales o en el ámbito del Distrito; no podrán pertenecer a otra Agencia o Comisión de la Iglesia y no podrán ser familiares directos de un miembro del Gabinete.

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De los Delegados Laicos de los Distritos:

ART. 38 : Los Distritos hasta mil miembros podrán enviar un Delegado Laico a la Junta General y aquellos con más de mil miembros podrán enviar dos delegados. Estos son electos en la Asamblea de Distrito respectiva y duran dos años en sus cargos pudiendo ser reelegidos. Un Delegado de cada Distrito será miembro de la Comisión Nacional de Nombramiento.

Del Tesorero Nacional o Secretario Nacional de Finanzas y Administración.

ART. 39 : El Tesorero Nacional o Secretario Nacional de Finanzas y Administración, es elegido por la Asamblea General y dura dos años en su cargo pudiendo ser reelegido sólo una vez. Le corresponde llevar la Tesorería Nacional de la Iglesia, velar por el cumplimiento del presupuesto e informar a la Asamblea General y la Junta General del movimiento de la Tesorería Nacional en el período respectivo, y presidir la Comisión Nacional de Tesorería, además de las otras facultades y obligaciones que le confieran estos Estatutos y el Reglamento de la Iglesia.

Del Secretario Eclesiástico o de Vida y Misión:

ART. 40: El Secretario Eclesiástico o de Vida y Misión, es elegido por la Asamblea General y dura cuatro años en su cargo, pudiendo ser reelegido. Le corresponde velar por el cumplimiento del programa integrado nacional de la Iglesia y presidir la Comisión Nacional de Vida y Misión, además de las otras facultades y obligaciones que le confieran estos Estatutos y el Reglamento de la Iglesia.

De los Presidentes y representantes de los Federaciones u Organismos Nacionales Reconocidos y de los Ministerios reconocidos.

ART. 42 : Los Presidentes de las Federaciones u Organismos Nacionales Reconocidos y de los Ministerios reconocidos por la Iglesia son miembros de la Junta General por el periodo por el cual hayan sido elegidos en el respectivo Organismo o Ministerio. Para el evento que no pudiere participar el Presidente en las reuniones de la Junta General podrá ser suplido por quien corresponda reemplazarlo según el ordenamiento interno del respectivo Organismo o Ministerio.

De los Consejeros de Juveniles y Menores.

ART. 43 : Los Juveniles y Menores serán representados en la Junta General por sus Consejeros Nacionales, por el período para el que hayan sido designados, y a falta de estos, por el Secretario Nacional Eclesiástico o Secretario Nacional de Vida y Misión.

CAPÍTULO III: Reglas de Aplicación General.

De las Citaciones:

ART. 46 : Finalmente las citaciones a Asamblea de la Congregación serán efectuadas por el Superintendente de Distrito mediante carta circular enviada a la Iglesia respectiva con a lo menos treinta días de anticipación a la reunión, cuando corresponda según estos Estatutos o el Reglamento de la Iglesia, o bien cuando la convoque el pastor debidamente autorizado, o lo solicitare por escrito, al Superintendente, un tercio de los miembros de la Junta de Oficiales; respecto de las citaciones a la reuniones de Junta de

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Oficiales, la realizará el Presidente de la misma, por carta circular entregada a los miembros de ésta, con a lo menos quince días de anticipación a la sesión.

Del quórum para sesionar y para adoptar acuerdos.

ART. 47 : Las Asambleas General y de Distrito, y las Juntas General, Distritales y Junta de Oficiales requerirán para constituirse y sesionar el quórum de dos tercios de sus miembros. La Asamblea de la Congregación requerirán para constituirse y sesionar el quórum de mayoría absoluta de sus miembros habilitados. De no reunirse dicho quórum se dejará constancia de ello en el acta y se deberá disponer de una nueva citación a sesión.

ART. 48 : Las Asambleas General, de Distrito y de la Congregación, y las Juntas General, Distritales y de Oficiales, requerirán para adoptar acuerdos el quórum de la mayoría absoluta de sus miembros presentes votantes, salvo que el presente Estatuto estableciere otro quórum o mayoría especial o calificada para determinadas materias.

De las Actas de Sesiones .

ART. 49 : De las deliberaciones y acuerdos adoptados por las Asambleas y Juntas se deberá dejar constancia en el Libro de Actas llevado al efecto por el Secretario de la Asamblea o Junta respectiva. Dichas actas deberán ser firmadas por quien presidió la respectiva sesión y por el secretario de la misma. En ellas podrán sus miembros con derecho a voz y voto estampar las reclamaciones convenientes a sus derechos por vicios de procedimiento relativos a citación a reuniones, al funcionamiento de la respectiva Asamblea o Junta, y a los acuerdos adoptados, salvando así su responsabilidad en ellos.

ART. 50 : Cada acta de reuniones de Asambleas o Juntas deberá contener: a) El día, hora y lugar de la sesión; b) Nombre de quien preside; c) La cantidad de miembros asistentes; d) Materias tratadas y acuerdos adoptados, y e) Resumen de deliberaciones.

CAPÍTULO IV: Del Comité Ejecutivo Nacional.

TÍTULO QUINTO: Del Patrimonio

ART. 53 : El Patrimonio de la Iglesia Metodista de Chile estará conformado por: a) Las donaciones y contribuciones voluntarias de particulares e instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras; por colectas entre sus fieles; por aportes de sus miembros en forma extraordinaria; por las herencias y legados recibidos, con beneficio de inventario, por la Iglesia provenientes de personas nacionales o extranjeras; por bienes muebles o inmuebles que la Iglesia adquiriere a cualquier título, y los frutos civiles o naturales que ellos produzcan; todo ello para los fines de sostenimiento del Culto y de sus ministros u otros fines propios de su Misión. b) Por las erogaciones o subvenciones recibidas de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, de derecho público o privado, de Municipalidades u Organismos Fiscales o de administración autónoma, para proyectos específicos de servicios comunitarios elaborados o realizados por la Iglesia, y c) Por aportes y donaciones de Instituciones de la Iglesia o relacionadas con esta.

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TÍTULO SEXTO: De las Agencias

ART. 54 : La Iglesia Metodista de Chile tendrá agencias que se desempeñarán en el ámbito Nacional, y en el ámbito de los Distritos. Dichas agencias serán: a) El Gabinete; b) El Consejo Judicial; c) La Contraloría; d) El Consejo de Finanzas y Economía, y e) El Tribunal Electoral.

CAPÍTULO I: El Gabinete

ART. 55 : La Asamblea General será responsable de que se establezca el Gabinete, el cual estará integrado por: a) El Obispo quien lo presidirá; b) Los Superintendentes de los respectivos Distritos; c) Un(a) Delegado Laico Nacional, y d) El Presidente (o Presidenta) de la Comisión Nacional de Actividades Laicas.

Como Agencia de la Iglesia, el Gabinete tendrá las facultades y obligaciones que establezcan estos Estatutos y el Reglamento de la Iglesia.

CAPITULO II: De la Administración Judicial o Consejo Judicial .

De la Toma de Razón Acuerdos y Resoluciones y de su conformidad al Estatuto y Reglamento.

ART. 63 : De los acuerdos adoptados en la jurisdicción de un Distrito, por una Asamblea de Congregación o de Distrito, por una Junta de Oficiales o Junta Distrital, por un organismo o institución distrital , por un pastor o laico, y en general por cualquier ente de la Iglesia sujeto a supervisión territorial dentro de un Distrito, o incumplimiento de los asuntos mismos, conocerá el Consejo Judicial Distrital en pleno, quien no tomará razón de aquellos que fueren contrarios a los Estatutos y Reglamentos de la Iglesia. Con todo se podrá apelar de su resolución ante el Consejo Judicial Nacional, quien verá en pleno la apelación.

ART. 64 : De los acuerdos adoptados por la Asamblea y Junta General, por cualquier comisión, agencia, organismo, institución o entidad nacional de la Iglesia, o del incumplimiento de los mismos, conocerá el Consejo Judicial Nacional, entidad autónoma, única autorizada por los Estatutos para interpretar estos acuerdos junto con los Reglamentos, en forma definitiva. Dicho Consejo tomará razón, observando y anulando el acuerdo contrario a estatutos y reglamentos.

ART. 65 : Sólo el pleno del Consejo Judicial Nacional podrá sancionar o tomar razón respecto de acuerdos de Juntas y Asambleas que importaren la constitución de entidades jurídicas, fueren estas de derecho público o privado, teniendo como obligación primera el velar por la situación legal y patrimonial de la Iglesia en dichas gestiones; de igual forma, le corresponderá el control preventivo y a posteriori de toda actuación con repercusiones legales y jurídicas de las Asambleas, Juntas, Consejos, Distritos, Entidades, Organismos e Instituciones de la Iglesia o relacionadas con ésta, Comisiones, Federaciones, Ministerios, Pastorales e Iglesias Locales, así como dar fe de actos, documentos y gestiones propias de la entidad jurídica.

CAPÍTULO III: La Contraloría

ART. 66 : Habrá una Contraloría, Agencia funcional y autónoma en su gestión, cuyos miembros serán elegidos por la Asamblea General de la Iglesia Metodista de Chile, y

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que responderá ante ésta. Su finalidad será ejercer el control, preventivo y a posteriori, respecto de toda actuación financiera, económica, administrativa, de mérito, jurídica y legal ejercida por instituciones, ministerios, comisiones, distritos, organismos, federaciones y cualquier otra entidad o persona jurídica creada por la Iglesia Metodista de Chile; todo ello en relación con el cumplimiento de las políticas financieras, administrativas, y de gestión, aprobada por la Asamblea General.

CAPITULO IV: Del Consejo de Finanzas y Economía

ART. 71 : La Asamblea General constituirá el Consejo de Finanzas y Economía, con el objetivo fundamental de coordinar las decisiones y acciones financieras orientadas a generar recursos en beneficio de la labor evangelizadora de la Iglesia Metodista de Chile.

ART. 72 : El Consejo de Finanzas y Economía estará formado por cuatro laicos y dos pastores, quienes deberán ser profesionales en esas materias, o con amplia experiencia y conocimiento financiero.

Los laicos y los pastores serán elegidos cuadrienalmente por la Asamblea General, a propuesta de la Comisión Nacional de Nombramientos, y podrán ser reelegidos por un nuevo período.

CAPITULO V: Del Tribunal Electoral

ART. 74 : Habrá un Tribunal Electoral, constituido por dos instancias: Una distrital, compuesta por los Tribunales Electorales de cada Distrito, y otra nacional, compuesta por el Tribunal Electoral Nacional. Su integración, requisitos y forma de elección será la misma del Consejo Judicial.

ART. 75 : Corresponderá a los Tribunales Electorales Distritales, supervisar y asesorar todos los procesos eleccionarios realizados dentro de su ámbito jurisdiccional, y resolver sobre las reclamaciones interpuestos con relación a dichos procesos. Trabajará en estrecha relación con la Comisión de Nombramientos. De sus resoluciones se podrá apelar al Tribunal Electoral Nacional.

ART. 76 : Corresponderá al Tribunal Electoral Nacional supervisar y asesorar en los procesos eleccionarios realizado a nivel Nacional (elección directa de terna para obispo, elecciones realizadas por la Asamblea General y, eventualmente, por la Junta General). Trabajará en relación con la Comisión Nacional de Nombramientos, y resolverá las consultas y apelaciones interpuestas respecto de resoluciones de los Tribunales Electorales Distritales. Respecto de sus resoluciones se podrá recurrir ante el Consejo Judicial Nacional, quien verá en pleno dicho recurso.

TÍTULO SEPTIMO: De las Comisiones

ART. 77 : La Iglesia Metodista de Chile, constituirá Comisiones que deberán funcionar en el ámbito nacional y en el ámbito distrital. Dichas Comisiones, en el ámbito nacional, serán las siguientes: Comisión Nacional de Nombramientos; Comisión Nacional de Vida y Misión; Comisión de Tesorería Nacional; Comisión Nacional de Actividades Laicas; Comisión de Preparación e Idoneidad Ministerial; Comisión de Estadísticas, Registro e Historia, y, Comisión Nacional de Estudios y Promoción de Proyectos.

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Son Comisiones en el ámbito Distrital, las siguientes: Comisión Distrital de Nombramientos; Comisión Distrital de Vida y Misión; Comisión de Tesorería Distrital; Comisión Distrital de Actividades Laicas; Comisión Distrital de Calificación Ministerial, y Comisión Distrital de Estudio y Promoción de Proyectos .

CAPITULO I: Comisión Nacional de Nombramientos .

ART. 80 : La Comisión Nacional de Nombramientos estará conformada por el Obispo, quien la presidirá y convocará; por los Superintendentes de Distrito; por el Presidente de la Comisión Nacional de Actividades Laicas ; por el Delegado Laico Nacional al Gabinete , y por un Delegado Laico de cada Distrito a la Junta General. Su finalidad consistirá en proponer los nombres de miembros de la Iglesia que cumplieren con los requisitos estatutarios y reglamentarios para ser candidatos a los diversos cargos de elección dentro de la Iglesia Metodista de Chile. Esta Comisión deberá funcionar en estrecha relación con la Comisión de Preparación e Idoneidad Ministerial.

ART. 81 : La Comisión Distrital de Nombramientos estará conformada por el Superintendente del respectivo Distrito, quien la convocará y presidirá; por dos Laicos y dos Pastores electos en la Asamblea de Distrito por un período de dos años; podrán ser reelegidos sólo en una oportunidad. La finalidad de esta comisión consistirá en proponer los nombres de los miembros de la Iglesia que cumplieren con los requisitos estatutarios y reglamentarios para ser candidatos a los diversos cargos de elección dentro de la Iglesia Metodista de Chile a nivel del respectivo Distrito. Esta Comisión deberá trabajar en estrecha relación con la Comisión de Calificación Ministerial del Distrito.

CAPITULO II: Comisión de Tesorería

ART. 82 : La Comisión de Tesorería Nacional, será la encargada de promover, desarrollar y administrar los recursos del Fondo Conexional a Nivel Nacional, implementando las políticas adecuadas para generar excedentes en instituciones relacionadas y en instituciones nacionales. Deberá presentar a la Asamblea General el presupuesto del Fondo Conexional.

CAPITULO III: De la Comisión Nacional de Vida y Misión

ART. 86 : La Comisión Nacional de Vida y Misión estará conformada por: a) El Secretario Eclesiástico o Secretario Nacional de Vida y Misión, quien la presidirá y citará; b) los Secretarios Distritales de Vida y Misión; c) los Presidentes de las Federaciones Nacionales u Organismos Nacionales reconocidos o sus Representantes; d) los Consejeros Nacionales de Juveniles y Menores; e) Un representante del Seminario Metodista; f) los Presidentes de los Ministerios Estatutariamente reconocidos o sus representantes, y g) El presidente de la Comisión Nacional de Actividades Laicas.

CAPITULO IV: De la Comisión de Actividades Laicas

ART. 88 : Su propósito será aunar los objetivos que persiguieren las Federaciones, Instituciones y el movimiento Laico en General de la Iglesia Metodista de Chile, tanto en el ámbito nacional como en el Distrital.

En el ámbito Nacional estará constituida con derecho a voz y voto por: El Presidente de la Comisión Nacional de Actividades Laicas, todos los Presidentes o sus Representantes

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de los Organismos o Federaciones Nacionales, de los Ministerios, de las Comisiones y Agencias de la Iglesia (si fueren laicos) a nivel Nacional y los delegados laicos a la Junta General.

En el ámbito Distrital estará constituida con derecho a voz y voto por: El Presidente de la Comisión Distrital de Actividades Laicas, todos los Presidentes o sus Representantes de los Organismos o Federaciones Distritales, de los Ministerios, de las Comisiones y Agencias de la Iglesia (si fueren laicos) a nivel Distrital, y los delegados laicos a la Junta Distrital.

CAPITULO V: De la Comisión de Estudios y Promoción de Proyectos

CAPITULO VI: De la Comisión de Preparación e Idoneidad Ministerial y de la Comisión Distrital de Calificación Ministerial.

Comisión de Preparación e Idoneidad Ministerial.

ART. 90 : La Asamblea General Establecerá la Comisión de Preparación e idoneidad Ministerial, la que estará compuesta por no menos de seis ni más de doce presbíteros propuestos por la Comisión Nacional de Nombramientos, y con opción de dos presbíteros propuesto por la Asamblea General. Además, la Asamblea General elegirá, cuadrienalmente, dos miembros laicos titulares y dos suplentes. Los requisitos de estos representantes Laicos serán los establecidos en el Reglamento de la Iglesia.

ART. 91 : La Comisión de Preparación e Idoneidad Ministerial establecerá los procedimientos y examinará a:

• los candidatos a pastores suplentes aprobados

• Los candidatos para admisión a prueba

• Los candidatos para admisión en plena conexión.

Además presentará y recomendará a la Asamblea General a: Candidatos a la consagración de diáconos; Candidatos a la ordenación de Presbíteros; Los que hallan de ser recibidos de otras Iglesias Evangélicas; Los transferidos a la Asamblea General que no sean presbíteros en plena conexión, y los estudiantes que no sean todavía presbíteros en plena conexión, que hayan de ser designados para asistir a un seminario y asignados a una Asamblea de Congregación.

Esta Comisión incentivará y promoverá las vocaciones ministeriales en todo el ámbito de la Iglesia Metodista de Chile, y mantendrá un registro permanente de los estudiantes que dependieren de ella.

La Comisión de Calificación Distrital.

ART. 92 : En todo Distrito, cuyo número de presbíteros lo permita, habrá una Comisión Distrital de Calificación, presidida por el Superintendente, quien la cita, y compuesta de no menos de tres ni más de cinco presbíteros itinerantes, más un laico, elegidos, anualmente, por la Asamblea de Distrito, a propuesta del Comité de Nombramientos. Sus deberes y obligaciones estarán establecidos en el Reglamento de la Iglesia.

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CAPÍTULO VII: De la Comisión de Estadística, Registro e Historia.

TÍTULO OCTAVO: De los Distritos.

ART. 94 : Para la debida administración y supervisión de su obra, la Iglesia Metodista de Chile se dividirá en Distritos formados por un mínimo de cuatro Iglesias, organizadas y con un mínimo de doscientos miembros en plena Comunión, salvo en el caso de distritos Misioneros donde no se requiere este número.

Cada Distrito tendrá su Asamblea de Distrito, presidida por su Superintendente respectivo. Sus atribuciones serán llevar adelante el programa, presupuesto, acuerdos y resoluciones adoptados por la Asamblea General, manteniendo respecto de otros distritos un espíritu conexional.

TÍTULO NOVENO: De las Iglesias Locales.

ART. 95 : Para todos los propósitos, se entenderá por Iglesia Local a aquella congregación de personas que hayan profesado su fe en Cristo, hayan sido bautizadas, hayan asumido los votos de miembros de la Iglesia Metodista de Chile, y estén asociadas fraternalmente como una Iglesia Metodista local a fin de oír la palabra de Dios, recibir los Sacramentos y llevar adelante la obra que Cristo ha encomendado a su Iglesia. Tal congregación de creyentes, por el solo hecho de estar dentro de la Iglesia Metodista de Chile y sujeta a estos Estatutos y Reglamento, se considerará también parte inherente a la Iglesia Universal, la cual está compuesta por todos aquellos que aceptan a Cristo como Señor y Salvador, y a la que en el Credo de los Apóstoles declaramos la Santa Iglesia Universal.

TÍTULO DÉCIMO: De los Organismos Laicos reconocidos.

ART. 96 : Si bien la Iglesia Metodista de Chile constituye un solo cuerpo en su expresión local y conexional, de las Federaciones, los organismos laicos locales, de Distrito y Nacionales serán los canales oficiales mediante los cuales las mujeres, los hombres, los jóvenes, los juveniles e incluso los menores se organicen para encauzar su acción de acuerdo a sus características propias. De esta manera los Organismos Laicos serán elementos básicos de la Iglesia Metodista de Chile, y continuarán siéndolo, aparte de los ajustes internos que puedan realizar sobre sus metas y formas de Trabajo.

ART. 97 : Los Reglamentos de estos Organismos deben ser autorizados y aprobados por la Asamblea o Congreso respectivo, por la Junta General y el Consejo Judicial Nacional , y quedaran sujetos en su gestión a las entidades resolutivas y normativas de la Iglesia Metodista de Chile.

Las actividades de los Organismos deberán tender a la unidad de sus miembros, y a cultivar su vida espiritual y el desarrollo de sus capacidades, preparándolos para ejercer en forma más eficaz la Misión Integral de la Iglesia. Asimismo deberán cultivar la Mayordomía Integral y el efectivo compromiso con la Iglesia, buscarán apoyar y hacer cumplir el programa integrado de la Iglesia y su presupuesto, apoyando a las entidades respectivas, y promoverán entre sus miembros un espíritu de estudio y capacitación doctrinal.

TÍTULO DÉCIMO PRIMERO: De las Instituciones y Entidades Relacionadas.

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ART. 98 : Serán consideradas Instituciones de la Iglesia Metodista de Chile, las entidades, jurídicas o no jurídicas a nivel local distrital o nacional, encargadas de desarrollar trabajos específicos en áreas de las pastorales de la Iglesia, servicio y desarrollo social, canalizadas por medio de los Ministerios, como testimonio de amor cristiano a la comunidad.

ART. 99 : Serán entidades relacionadas aquellas instituciones de propiedad exclusiva de la Iglesia o sobre las cuales esta tuviere algún grado de propiedad, que, teniendo personalidad jurídica propia, de derecho privado, complementan y apoyan el giro de la Iglesia en su ámbito misional.

TÍTULO DÉCIMO SEGUNDO: Los Ministerios.

ART. 100 : Los Ministerios de la Iglesia Metodista de Chile, serán entidades que agruparán a las instituciones y pastorales de la Iglesia, según sus fines e intereses. Su tarea será coordinar el trabajo de todas ellas, y aportar desde sus respectivas áreas, al trabajo misional integral de la Iglesia.

ART. 101 : La Iglesia establecerá, para los fines que se indican, los siguientes Ministerios: a) Ministerio de Salud, que agrupará a las pastorales e instituciones de la Iglesia Metodista de Chile relacionadas con el área de la Salud. b) Ministerio de Educación, que agrupará a las pastorales e Instituciones de la Iglesia Metodista de Chile que atienden el área de educación, y c) Ministerio Social, que agrupará a las pastorales e instituciones de Servicio y Acción Social de la Iglesia.

ART. 102 : Los Ministerios trabajarán con carácter nacional, aunque tendrán su base de acción en los Distritos. Aquí radicarán los respectivos Consejos Superiores Directivos, los cuales representarán, administrarán y coordinarán la gestión de los Ministerios, de las Instituciones Nacionales y de las entidades relacionadas en los respectivos Distritos.

TÍTULO DECIMOTERCERO: El Cuerpo Pastoral.

ART. 103 : El cuerpo pastoral estará formado por todos los pastores en servicio activo y jubilados de la Iglesia Metodista de Chile.

El cuerpo pastoral tendrá como principal objetivo velar por todas aquellas situaciones que conciernen directamente a los pastores, con respecto al ejercicio de su función ministerial.

TÍTULO DECIMOCUARTO: De las Ordenes, Consagraciones y Oficios.

ART. 104 : La Iglesia Metodista de Chile instituirá un ministerio: ordenado y otro consagrado: el Presbiterado y el Diaconado respectivamente; y reconocerá los siguientes oficios: el Episcopado, la Superintendencia, la Capellanía, y el Pastorado.

Capítulo I: De las Órdenes y Consagraciones .

ART. 105 : En cuanto a las Ordenaciones y consagraciones: a) El Presbiterado será ejercido por pastores que, habiéndose desempeñado como diáconos, sean recibidos en plena conexión y ordenados presbíteros por el voto favorable de a lo menos tres cuartas partes de los presbíteros asistentes a la Asamblea General, a proposición de la

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Comisión de Preparación e Idoneidad Ministerial. El Presbiterado constituirá la única orden permanente de la Iglesia Metodista de Chile.

b) El Diaconado será un ministerio laico consagrado que ejercerá el ministerio de la Palabra, de la dirección del Culto, de la Enseñanza y del Asesoramiento Pastoral. El Diaconado será ejercido por pastores que hayan sido recibidos en dicha condición como miembros a prueba de la Asamblea General, por votación favorable de, a lo menos, tres cuartas partes del total de los presbíteros asistentes a dicha Asamblea, a recomendación de la Comisión de Preparación e Idoneidad Ministerial, y luego de haber sido propuestos para tal oficio por el Comité de Calificación Distrital respectivo, esto es aquel donde ejerció como pastor a lo menos durante tres años consecutivos, con dedicación exclusiva y a tiempo completo. Su relación con esta Asamblea será a prueba y esencialmente temporaria.

De los requisitos, condiciones, y deberes del Diácono y del Presbítero tratará en forma detallada el Reglamento de la Iglesia Metodista de Chile.

Capítulo II: De los Oficios .

ART. 106 : Los Oficios consistirán en el desempeño temporal, por un Presbítero o eventualmente un Diácono, de uno de los siguientes cargos, cuyas condiciones y requisitos, serán establecidos por el Reglamento de la Iglesia: a) Al episcopado serán llamados los presbíteros electos como Obispos de la Iglesia en las Asambleas Generales respectivas, cumplidas que fueren las condiciones y requisitos establecidos por el presente Estatuto y el Reglamento de la Iglesia Metodista de Chile, los que determinarán además sus facultades y deberes. El Obispo representará la conexionalidad de la Iglesia en el ámbito nacional e internacional, ejercerá la supervisión plena en todo ámbito de la obra, y apoyará al cuerpo pastoral y al liderazgo laico. Del mismo modo, presidirá las sesiones de la Asamblea General, la Junta General, el Comité Ejecutivo Nacional y todas las entidades que estos Estatutos señalaren; b) A la Superintendencia serán llamados los presbíteros electos como Superintendentes de Distrito de la Iglesia cumplidas que fueren las formalidades y requisitos establecidos por el presente Estatuto y el Reglamento de la Iglesia, instrumentos que también determinarán sus facultades y deberes, y c) Al Pastorado y Capellanías serán llamados los pastores que reúnen los requisitos y las condiciones establecidas por el presente Estatuto y el Reglamento de la Iglesia, instrumentos que también determinarán sus deberes y facultades.

TÍTULO DECIMOQUINTO: Inhabilidades e Incompatibilidades.

ART. 107: Sin perjuicio de las establecidas para algunos cargos, y para el correcto y transparente funcionamiento de las diversas entidades de la Iglesia, deberán observarse las siguientes inhabilidades e incompatibilidades: a) En ninguna Junta, Entidad, Directorio, Comisión, Agencia o Comité de la Iglesia, fuere en el ámbito local, distrital o nacional, podrá haber más de dos integrantes de una misma familia con derecho a voz y voto ; b) No podrán tener cargos de representación de la Iglesia local, o del Distrito en Juntas de Oficiales, de Distrito o General, las personas que prestaren servicios remunerados bajo contrato de trabajo, para entidades relacionadas o instituciones de la Iglesia; c) No podrán prestar servicios remunerados bajo contrato de trabajo u honorarios, más de dos personas de una familia, en una misma entidad o institución de la Iglesia o relacionada con esta; d) No podrá desempeñarse como director o administrador de cualquier Institución de la Iglesia, la persona que no fuere

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miembro en plena comunión con ella; e) El director o administrador de una institución Metodista no podrá sugerir para prestar servicio bajo contrato para su institución a familiar consanguíneo o colateral, según se establezca en el Reglamento de la Iglesia.

TÍTULO DECIMOSEXTO: Modificaciones de los Estatutos.

ART. 108 : Cualquier miembro, Iglesia Local, Organismo, Ministerio, o Entidad de la Iglesia, tendrá el derecho de proponer modificaciones a estos Estatutos o una parte de los mismos. A fin de que se cumpla ese derecho, la Junta General constituirá, a lo menos ciento ochenta días antes de una Asamblea General Legislativa, una Comisión de Memoriales, la cual deberá recibir las proposiciones o Memoriales, y velará porque en ellos se cumplan los requisitos formales de presentación; de ningún modo esta Comisión podrá entrar a decidir sobre el fondo o el contenido del Memorial. No podrán integrar esta Comisión de Memoriales los miembros de los Consejos Judiciales Distritales o del Consejo Judicial Nacional.

Los Requisitos para la presentación de Memoriales a la Comisión, serán los siguientes: a) Los Memoriales deberán ser presentados por escrito, y dirigidos a la Comisión de Memoriales, a lo menos , noventa días antes del comienzo de una Asamblea General Legislativa. b) Los Memoriales podrán referirse a un artículo o a parte de un artículo, a un capítulo completo o a parte de el, a un título completo o a parte del mismo, o incluso a toda la parte Orgánica Estructural de los Estatutos; asimismo, podrán referirse a los Antecedentes Históricos o a los Artículos de Fe. c) La persona que enviare un Memorial deberá señalar con claridad la parte de los Estatutos que propone cambiar, como quedaría la nueva redacción o parte cambiada, así como los antecedentes que fundamenten el cambio.

La Asamblea General se constituirá, cada cuatro años como Asamblea Legislativa, y le corresponderá a ella, por mayoría de dos tercios del total de los miembros presentes votantes, el pronunciarse sobre el fondo de los memoriales recibidos, y modificar o no bajo el quórum señalado estos Estatutos.

TÍTULO DECIMOSEPTIMO: De la Disolución

ART 109 : En el eventual caso de que las entradas anuales de la Iglesia Metodista de Chile no alcanzaren para cubrir sus gastos, de forma tal que la Iglesia no pudiere cumplir sus objetivos y Misión Evangelizadora, la Junta General por mayoría de tres cuartos del total de sus miembros presentes votantes, podrá acordar citar a una Asamblea General Extraordinaria para resolver lo que conviniere a la Iglesia. En el caso de que dicha Asamblea acordare la disolución de la Iglesia Metodista de Chile, este acuerdo deberá ser adoptado por la unanimidad de los miembros presentes votantes en esa Asamblea General Extraordinaria. El acto que diere cuenta de la disolución de la Iglesia y de las condiciones de dicha disolución, se reducirá a escritura pública. Por otra parte, la Iglesia Metodista de Chile también podrá disolverse, en cumplimiento de sentencia judicial firme, recaída en juicio incoado a requerimiento del Consejo de Defensa del Estado, dictada por la Corte de Apelaciones respectiva. Disuelta que fuere la Iglesia Metodista de Chile, sus bienes pasarán a la Corporación Metodista, persona jurídica de derecho privado y personalidad jurídica, vigente según Decreto número dos mil novecientos veintinueve del quince de septiembre de mil novecientos seis.-