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.A.E 1 1 INFORME DE AUDITORIA ESPECIAL A LA GESTION Y RESULTADOS CURADURIA URBANA Nº 2 VIGENCIA FISCAL EVALUADA 2011 CONTRALORIA MUNICIPAL DE ARMENIA DICIEMBRE 2012

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INFORME DE AUDITORIA ESPECIAL A LA GESTION Y RESULTADOS

CURADURIA URBANA Nº 2

VIGENCIA FISCAL EVALUADA 2011

CONTRALORIA MUNICIPAL DE ARMENIA DICIEMBRE 2012

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AUDITORIA MODALIDAD ESPECIAL A LA GESTION Y RESULTADOS

CURADURIA URBANA Nº 2

NANCY LORENA CASTRO SANZ Contralora Municipal

LUZ ELENA RAMIREZ VELASCO SubContralora Municipal

MARIA ELENA ALVAREZ SUAREZ Directora de Vigilancia Fiscal y Control de Resultados

Equipo de Auditor

GLORIA ÁLVAREZ LOAIZA

Profesional Universitario

CONTRALORIA MUNICIPAL DE ARMENIA DICIEMBRE 2012

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TABLA DE CONTENIDO

N° DETALLE Pág.

INTRODUCCION

1 HECHOS RELEVANTES 5

2 CARTA DE CONCLUSIONES 6

2.1 EVALUACION DE LA GESTION Y RESULTADOS 7

2.1.1 Control de gestión 7

2.1.2 Control de resultados 7

2.1.3 Control de legalidad 7

2.1.4 Relación de hallazgos 8

3 RESULTADOS DE LA PRESENTE AUDITORIA 9

3.1 EVALUACION DE LA GESTION Y RESULTADOS 9

3.1.1 Control de gestión 9

3.1.2 Control de resultados 16

3.1.2.1 Seguimiento a Plan de Mejoramiento 17

3.1.3 Control de legalidad 17

3.1.3.1 Revisión y Rendición de la cuenta 17

3.1.3.2 Seguimiento a Denuncia Ciudadana 18

3.2 Matriz de Hallazgos 21

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INTRODUCCCION

Los Curadores Urbanos son particulares que ejercen funciones públicas y a los cuales les está asignada la función de expedir las licencias de urbanismo y construcción, basándose para ello, desde luego, en la normatividad nacional vigente en materia de urbanismo y reglamentación de licencias para construcción, ampliación, modificación y demolición de edificaciones, de urbanización y parcelación de terrenos urbanos y de expansión urbana y rural. En desarrollo del proceso auditor se evaluó la gestión, resultados, legalidad, seguimiento a quejas ciudadanas, revisión y rendición de la cuenta durante el período comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre de 2011. El análisis se ejerció sobre la evaluación del proceso de estudio, trámite y expedición de licencias de urbanismo y sus modalidades, verificando el acatamiento de las disposiciones legales vigentes y demás normas técnicas urbanísticas que regulen el desarrollo urbano de la ciudad, con el objeto de determinar que se hayan expedido licencias con el lleno de los requisitos de manera legal y en debida forma La Contraloría Municipal de Armenia, espera que este informe contribuya al mejoramiento continuo de la Curaduría y con ello a una eficiente administración de los recursos públicos.

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1. HECHOS RELEVANTES EN EL PERIODO

El Curador Urbano N° 2, tiene como función estudiar, tramitar y expedir licencias de urbanización, parcelación, subdivisión, y construcción en el Municipio de Armenia, facultades otorgadas por el Decreto 1469 de 2010, que para la vigencia 2011, expidió cuatrocientas setenta y seis (476) licencias de construcción, treinta y seis (36) licencias de subdivisión, cincuenta y ocho (58) licencias de urbanismo para un total de licencias tramitadas y otorgadas quinientas setenta (570), y otras actuaciones urbanísticas cuatrocientas noventainueve (499) ejercidas por el Curador Urbano Nº 2, de las cuales veinticinco (25) se verificaron en trabajo de campo, donde se pudo observar que veintitrés de ellas cumplieron las normas urbanísticas y de edificaciones vigentes, a través de otorgamiento de licencias. Las licencias urbanísticas se expiden mediante acto administrativo, donde son aprobadas por el Curador, teniendo en cuenta los conceptos que emite el ingeniero civil, quien se encarga de revisar los diseños y planos de las construcciones propuestas, las cuales deben ajustarse a las normas sismo resistentes, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 39 del Decreto 1469 de 2010. Se evidenció control sobre la expedición de licencias urbanísticas, ya que tiene implementado un Software especial para el proceso de radicación y seguimiento de licencias, lo que demuestra organización interna del sujeto de control, igualmente se observa en medio físico buena presentación y ordenamiento de los documentos.

De otra parte se observó que dentro de los documentos que se requieren para otorgar la licencia de construcción, no se encontraron objeciones y observaciones a la expedición de la licencias de construcción, lo que determina que los (vecinos) no encontraron irregularidades que afecten directamente su inmueble, según lo establece el artículo 30 del Decreto 1469 de 2010.

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2. CARTA DE CONCLUSIONES

Armenia, Diciembre 03 de 2012. Doctor JORGE IVAN SALAZAR PALACIO Curador Urbano N° 2 La Contraloría Municipal de Armenia, con fundamento en las facultades otorgadas por los artículos 267 y 272 de la Constitución Política, practicó Auditoría Modalidad Especial a la Curaduría Urbana No 2, evaluando las líneas de Gestión, Resultados, legalidad y seguimiento a quejas ciudadanas, con el fin de determinar las actuaciones del Curador en el cumplimiento de las normas legales vigentes que aplican en la expedición, tramitación de las licencias urbanísticas en el Municipio de Armenia. Los resultados de las evaluaciones y el contenido de la información suministrada son responsabilidad de la Curaduría Urbana Nº 2 y analizada por la Contraloría Municipal de Armenia, quien es responsable de producir un informe que contenga el concepto sobre el examen practicado. Para efectos de la auditoria, se tomó como insumos la rendición de cuenta que reposa en el archivo de la Contraloría y documentos facilitados en las instalaciones del sujeto de control y demás documentos que fueron consultados en trabajo de campo. La auditoría incluyó el examen sobre la base de pruebas selectivas de las evidencias y documentos soportes fuentes.

El representante legal rindió la cuenta semestral y anual para la vigencia 2011, dentro de los plazos establecidos en la Resolución Nº 137 de octubre 2 de 2008, capítulos II, III, IV y V.

Los hallazgos se dieron a conocer oportunamente a la Curaduría Urbana Nº 2 dentro del desarrollo de la auditoría, las respuestas fueron analizadas y evaluadas por la Auditoría.

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2.1 EVALUACION DE LA GESTION Y RESULTADOS La evaluación de la gestión y resultados se fundamentó en los sistemas de control de: Gestión, Resultados, Legalidad, y seguimiento a queja ciudadana registrada en la oficina de Participación Ciudadana, adscrita a la Dirección de Vigilancia Fiscal y Control de Resultados de la Contraloría Municipal de Armenia. 2.1.1 Control de gestión En este componente se evaluó el cumplimiento de su misión institucional de la Curaduría Nº 2, teniendo en cuenta que cumple con su función de tramitar, estudiar y expedir licencias de parcelación, urbanización construcción, subdivisión en sus diferentes modalidades, para establecer si la gestión fue eficiente. 2.1.2 Control de resultado

Las licencias urbanísticas se expiden mediante acto administrativo, donde son aprobadas por el Curador Urbano Nº 2, teniendo en cuenta los conceptos que emite el ingeniero civil, quien se encarga de revisar los diseños y planos de las construcciones propuestas, las cuales deben ajustarse a las normas sismo resistentes. Se evidenció en el trámite y expedición de dos (2) licencias que presentaron inconsistencias, ya explicadas en el informe, las cuales generaron demora en la expedición del acto administrativo, no obstante la gestión de la Curaduría fue eficiente, toda vez que veintitrés (23) licencias que fueron evaluadas cumplieron lo establecido en el Decreto 1469 de 2010. 2.1.3 Control de legalidad

En la evaluación a la gestión se observó aplicación a las normas partiendo desde la Ley 388 de 1997, numeral 3 del artículo 101, Ley 810 de 2003, parágrafo del artículo 7° y 9°, artículo 108 de la ley 812 de 2003, el Decreto 1469 de 2010, por medio de la cual se reglamenta las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; al reconocimiento de edificaciones, a la función pública que desempeñan los Curadores Urbanos y se expiden otras disposiciones.

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Así mismo se analizó y revisó la rendición de la cuenta de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Nº 137 de octubre 2 de 2008, en la cual se verificaron los formatos e instructivos, acompañado del informe de gestión, con su respectivo listado de la relación de licencias en sus diferentes modalidades, estados contables, relación de contratos y otras actuaciones que realiza el Curador.

seguimiento a queja ciudadana En la investigación realizada por la Auditoria y verificados los documentos soportes se evidenció que el predio denominado la Australia, no coincide con el predio denominado barrio el Jardín de la Fachada, según consta en los certificados de tradición y fichas catastrales de las partes. 2.1.4 Relación de hallazgos Del proceso de auditoría de gestión y resultados se comunicaron dos (2), observaciones de carácter administrativas, las cuales se describen en el siguiente cuadro. Observaciones comunicadas

No Hallazgos A D F P S

1 Trámite de licencias X

2 Expedición de las licencias de construcción X

Una vez analizadas las respuestas aportadas en el derecho de contradicción, la Auditoria en mesa de trabajo fueron ratificadas las observaciones e incluidas en el informe de auditoría como hallazgos. MARIA ELENA ALVAREZ SUAREZ Directora de Vigilancia Fiscal y Control de Resultados

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3. RESULTADOS DE LA PRESENTE AUDITORIA

3.1 EVALUACION A LA GESTIÓN Y RESULTADOS 3.1.1 Control de gestión Durante la vigencia fiscal de 2011, la Curaduría Urbana Nº 2 expidió 476 licencias de construcción en sus diferentes modalidades, licencias de subdivisión 36, licencias de urbanismo 58 para un total de licencias tramitadas y otorgadas 570, y otras actuaciones urbanísticas 499 ejercidas por el curador.

Cuadro Nº 1

Trámite de Licencias

NOMBRE DE LAS ACTUACIONES Número de

trámites

Licencia de Construcción modalidad ampliación 4

Licencia de Construcción modalidad reforzamiento 5

Licencia de Construcción modalidad cerramiento 9

Licencia de Construcción Obra nueva 183

Licencia de Construcción modalidad ampliación 129

Licencia de Construcción modalidad modificación 26

Licencia de Construcción modalidad demolición 7

Modificación licencia de construcción 59

Reconocimiento de obra 54 Total Licencias de Construcción 476

Licencia de subdivisión (Reloteo) 7

Subdivisión de lotes 29 Total licencias de subdivisión 36

Licencias de urbanismo 44

Modificación licencia de urbanismo 13

PUG y licencia de urbanismo 1 Total licencias de urbanismo 58

Ajuste cuota de área 5

Certificados 2

Concepto de norma urbana 180

Conformidad uso de suelo 1

Hilos informáticos 252

Movimiento de tierra 5

Movimiento de tierra para urbanizaciones 2

Revalidación licencia. 3

Vo. Bo. A propiedad horizontal 40

Prorroga 9 Total otras actuaciones urbanísticas 499

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De ese total se escogió una muestra, con el propósito de determinar el cumplimiento en el Decreto 1469 de 2010, el cual reglamenta las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; al reconocimiento de edificaciones, a la función pública que desempeñas los curadores urbanos y se expidan otras disposiciones.

Cuadro Nº 2 Relación de licencias Evaluadas

Clase Nombre del titular Fecha de

radicación fecha de expedición

Licencia de construcción modalidad obra nueva

Omar Enrique Quintero Nº 7285 del 03 de noviembre de 2011

Resolución Nº 10016001 de diciembre 5 de 2011

Mariela Cañaveral de Angulo

Nº 6478 de febrero 02 de 2011

Resolución Nº 1001479 de abril 15 de 2011

José Aníbal Naranjo Nº 7063 de agosto 25 de 2011

Resolución Nº 1001606 de diciembre 09 de 2011

James Alberto Clavijo Atehortua

Nº 7096 de septiembre 02 de 2011

Resolución Nº 1001589 de 0ctubre 28 de 2011

Ana Praxedis Beltrán Nº 6447 de febrero 02 de 2011

Resolución Nº 100469 de marzo 10 de 2011

Licencia de construcción modalidad ampliación

Lucella Torres Susunaga Nº 7167 de septiembre 26 de 2011

Resolución Nº 29000193 de 0ctubre 28 de 2011

José Mario Zapata Ramírez

Nº 6473 de enero 31 de 2011

Resolución Nº 2900098 de marzo 01de 2011

Maria Nelly Martínez Nº 6875 de junio 10 de 2011

Resolución Nº 29000163 de julio 21de 2011

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Clase Nombre del titular Fecha de radicación

fecha de expedición

Licencia de construcción modalidad ampliación

Pabla Andrea Londoño Alarcón

Nº 6937 de julio 05 de 2011

Resolución Nº 29000181de setiembre 01 de 2011

Maria Araceli García Nº 6447 de enero 27 de 2011

Resolución Nº 29000112 de abril 06 de 2011

Idalba Buitrago Flórez Nº 6981 de julio 25 de 2011

Resolución Nº 1001569 de agosto 31 de 2011.

Licencia de construcción modalidad cerramiento (lotes)

terminal de transporte Nº 6769 de mayo 10 de 2011

Resolución Nº 5000084 de mayo 30 de 2011

Iván Echeverry Osorio Nº 6963 de julio 18 de 2011

Resolución Nº 5000086 de octubre 24 de 2011

Distribuidora de cementos Quindío CIA Lita

Nº 6443 de enero 19 de 2011

Resolución Nº 5000081 de febrero 10 de 2011

José Lisandro cabrera Nº 7282 02/11/11

Resolución Nº 27 de noviembre de 2011

Nathaly Serna Flórez Nº 6347 de diciembre 14 de 2011

Resolución Nº5000080 de febrero 3 de 2011

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Clase Nombre del titular Fecha de radicación

fecha de expedición

Licencia de construcción reconocimiento de obra y reforzamiento

José Eloy Angulo Nº 6678 07/04/11

Resolución Nº 18000257 de junio 07 de 2011

Lucila Montenegro Reyes Nº 6628 23/03/11

Resolución Nº 18000244 de abril 08 de 2011

Luz Adriana Mejía Mejía Nº 6461 24 de enero de 2011

Resolución Nº 18000240 de febrero 18 de 2011

Licencia de construcción modalidad modificación

Marco Tulio Guerrero Nº 6406 de diciembre 31 de 2010

Resolución Nº37000011 de abril 15 de 2011

Gabriel Alirio Ocampo Nº 6404-6405 de diciembre 30 de 2010

Resolución Nº 7000187 de marzo 17 de 2011

Gloria Elizabeth Villanueva López

Nº 6659 de abril 01 de 2011

Resolución 29 de abril de 2011

Bertha Nohemí Giraldo Duque

Nº 6427 de enero 14 de 2011

Resolución Nº 1001444 de febrero 27 de 2011

Licencia subdivisión de lote

Gustavo José Varón Nº 7115 de septiembre de 2011

Resolución Nº de noviembre 04 de 2011

Licencia obra nueva revalidación

Constructora Centenario Nº 6181de octubre15 de 2010

Resolución Nº 39-000001de enero 14 de 2011

Fuente: archivo Curaduría urbana Nº 2

Del total de licencias tramitadas y otorgadas se hizo seguimiento a veinticinco (25) en las modalidades de obra nueva, ampliación, cerramiento, reconocimiento de obra y reforzamiento equivalente al 4.38% del total, de las cuales veintitrés (23) presentaron los siguientes aspectos positivos:

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La Curaduría Urbana Nº 2 aplicó el procedimiento normado para la expedición de licencias y sus modificaciones en legal y debida forma, toda vez que los titulares del predio presentaron la documentación requerida como copia del certificado de tradición actualizado con el nombre del titular de la licencia, el Formulario Único Nacional diligenciado por el solicitante, copia del documento de identidad, copia del pago del impuesto predial, relación de los predios colindantes, donde no hubo objeciones al proyecto por parte de los vecinos colindantes, fotografía de la valla y/o aviso del inicio del trámite administrativo, planos del lote o construcción, concepto favorable del ingeniero estructural, certificados de tradición del inmueble.

Se pudo comprobar aplicación del procedimiento para la expedición de las licencias y sus modificaciones, evidenciado en las carpetas que contienen los documentos, observándose que fueron resueltas antes de los cuarenta y cinco (45) días, contados desde la fecha en que la solicitud fue radicada en legal y debida forma.

En cuanto a las dos (2) licencias restantes presentaron las siguientes inconsistencias:

Expediente del señor José Aníbal Naranjo, persona que radicó la solicitud para el trámite de licencia de construcción modalidad vivienda nueva, en el barrio Veracruz ETP II manzana K casa 5 matricula inmobiliaria Nº 280- 117786 y ficha catastral Nº 0010954006000, radicado bajo el Nº 7063 de agosto 25 de 2011, se evidencia citación de vecinos colindantes donde no se observa ninguna objeción, sin embargo el recibo del impuesto predial fue radicado en el mes de noviembre de 2011, los planos arquitectónicos, estructurales y estudio de suelos fueron devueltos según concepto del ingeniero para ser corregidos, el aviso de la valla para dar inicio al trámite de la licencia se anexó extemporáneamente lo que generó demora en la expedición del acto administrativo Resolución Nº 1001606 de diciembre 09 de 2011.

Expediente del señor Gabriel Alirio Ocampo Vásquez, persona que radicó la solicitud para el trámite de licencia de construcción modalidad modificación predio ubicado en la calle 14 entre carreras 16 y 17 identificado con matrícula inmobiliaria 280-65167 y ficha catastral 010401500022, radicado con el Nº 6404-6405 del 30 de diciembre de 2010, se evidenció acta de observaciones y correcciones del ingeniero

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civil que revisó los planos, los cuales fueron devueltos para sus respectivos ajustes por parte del titular del predio antes de ser aprobados por el curador; el aviso de la valla para dar inicio al trámite administrativo y el certificado de aprobación de los dueños por ser de propiedad horizontal autorizando la ejecución de las obras fueron anexados posteriormente, lo que generó demora en la expedición del acto administrativo Resolución Nº 700187 de marzo 17 de 2011.

OBSERVACIÓN Nº 1 TRÁMITE DE LICENCIAS

La Auditoria revisó veinticinco (25) licencias de construcción con sus respectivas modalidades donde pudo observar que la Curaduría N° 2, radica el trámite de las licencias sin el lleno de los requisitos exigidos por el artículo 21 y adicionales del Decreto 1469 de 2010 en dos (2) de ellas descritas en este informe. El Ente de Control considera que las personas encargadas de la revisión de dichos documentos no deben radicarlos hasta tanto no se allegue la documentación faltante, con el fin de tener un mejor control y evitar denuncias que los titulares de las licencias manifiestan demora en su trámite.

Respuesta de la Curaduría “Este despacho se permite manifestar al ente de control la imposibilidad de rehusarnos a radicar una solicitud de licencia cuya documentación se encuentre incompleta, ya que si el solicitante insiste en radicarla-como ocurre en todos los casos-debemos radicarla, dejando constancia de los documentos faltantes, tal situación se encuentra contemplada en el artículo 16 del Decreto Nacional 1469 de 2010, el cual me permito transcribir a continuación” Artículo 16. Radicación de la solicitud. Presentada la solicitud de licencia, se radicará y

numerará consecutivamente, en orden cronológico de recibo, dejando constancia de los documentos aportados con la misma. En caso de que la solicitud no se encuentre completa, se devolverá la documentación para completarla. Si el peticionario insiste, se radicará dejando constancia de este hecho y advirtiéndole que deberá allanarse a cumplir dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes so pena de entenderse desistida la solicitud, lo cual se hará mediante acto administrativo que ordene su archivo y contra el que procederá el recurso de reposición ante la autoridad que lo expidió.

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Conclusión de la mesa

El equipo auditor después de analizar la respuesta enviada por la Curaduría Nº 2, la acepta, pero aclara que deben notificar al usuario de manera clara y expresa que cuenta con treinta (30) días para allegar la documentación faltante y/o las correcciones que surjan de la revisión de los planos realizada por los ingenieros civiles a partir de esa fecha se entenderá radicados en legal y debida forma, con el fin de evitar denuncias ciudadanas de los que solicitan las licencias, por presentar demora en la expedición del acto administrativo. Por lo anterior se deja en firme el hallazgo para que sea suscrito en plan de mejoramiento. OBSERVACIÓN Nº 2 EXPEDICIÓN DE LAS LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN Las licencias expedidas por la Curaduría Nº 2 en la vigencia 2011 no están cumpliendo con lo estipulado en el Decreto 1469 de 2010 artículo 38 que establece “Contenido de la licencia numerales 6 y 8:

“6. Descripción de las características básicas del proyecto aprobado, identificando cuando menos: uso, área del lote, área construida, número de pisos, número de unidades privadas aprobadas, estacionamientos, índices de ocupación y de construcción.

8. Constancia que se trata de vivienda de interés social cuando la licencia incluya este tipo de vivienda”

Respuesta de la Curaduría

Con relación a esta observación me permito manifestarle que este despacho tiene especial cuidado con relación a todas las licencias, en dar cumplimiento al contenido mínimo de la licencia, es por esto, que en los artículos primero y decimo segundo de nuestros actos administrativos que otorgan licencias, se deja constancia expresa no solo de las características básicas del proyecto aprobado tal y como lo establece el numeral 6º del artículo 38 del Decreto 1469, sino también en la parte final de las licencias se establece si el proyecto estará o no destinado a la construcción de vivienda de interés social.

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Conclusión de la mesa

Después de estudiar el material probatorio correspondiente a las Resoluciones Nº 29-000176 de agosto 10 de 2011, Nº 29-000171 de julio 28 de 2011, Nº 1-001591 de noviembre 2 de 2011, Nº 5-000087 de noviembre 24 de 2011, Nº 1-001448 de febrero 8 de 2011, se acepta la respuesta en el numeral 6º y 8º, toda vez que estas resoluciones contienen los datos que establece el artículo 38 del Decreto 1469 de 2010, sin embargo la observación planteada en la Auditoria se debió a que revisada y analizada en trabajo de campo la licencia expedida mediante Resolución Nº 34-000001 de enero 14 de 2011, a nombre de la Constructora Centenario contiene área del lote, área construida, número de unidades privadas aprobadas, estacionamientos, excepto índices de ocupación y de construcción, así mismo no se encontró un artículo que incluya que es vivienda de interés social según numeral 6º y 8º. Por lo anterior es importante que se tenga en cuenta esta observación porque algunas licencias contienen todos los datos solicitados en el artículo 38, mientras que otras les falta información. El equipo auditor decide dejar en firme el hallazgo para que se suscriba en plan de mejoramiento.

3.1.2 Control de resultado

Se evidenció control sobre la expedición de licencias urbanísticas, ya que la curaduría las registra mediante una hoja de cálculo Excel con acceso restringido, lo que demuestra organización interna del sujeto de control, igualmente se observa en medio físico buena presentación y ordenamiento de los documentos. La Curaduría Urbana N° 1, cita a los vecinos colindantes del inmueble para que hagan parte de la actuación administrativa, con el propósito de que dichos vecinos hagan valer sus derechos. De otra parte se observó que dentro de los documentos que se requieren para otorgar la licencia de construcción, no se encontraron objeciones y observaciones por parte de los vecinos colindantes a la expedición de la licencia de construcción, lo que determina que los vecinos no encontraron irregularidades que afecten directamente su inmueble. Las licencias urbanísticas se expiden mediante acto administrativo, donde son aprobadas por el Curador, teniendo en cuenta los conceptos que emite el

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ingeniero civil, quien se encarga de revisar los diseños y planos de las construcciones propuestas, las cuales deben ajustarse a las normas sismo resistentes. 3.1.2.1 Seguimiento al Plan de Mejoramiento La Dirección de Vigilancia Fiscal y Control de Resultados de la Contraloría Municipal de Armenia en la vigencia 2011, realizó Auditoria Modalidad Regular a la Curaduría Urbana Nº 2, la cual no generó hallazgos, por lo tanto no se desarrolló este punto. 3.1.3 Control de legalidad A las curadurías les aplican las siguientes normas: Ley 9° de 1989, Ley 388 de 1997, numeral 3 del artículo 101, Ley 810 de 2003, parágrafo del artículo 7° y 9°, artículo 108 de la ley 812 de 2003, Decreto 1469 de 2010, por medio de la cual se reglamenta las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; al reconocimiento de edificaciones, a la función pública que desempeñan los Curadores Urbanos y se expiden otras disposiciones, Resolución 1002 de 2002, expedida por el Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial por medio del cual se adopta el Formulario Único Nacional para la solicitud de licencias de parcelación, urbanización, subdivisión y construcción y para el reconocimiento de edificaciones, que se anexa a la presente Resolución y hace parte de la misma, Resolución N° 137 de 2006, expedida por la Contraloría Municipal de Armenia, por medio de la cual se reglamenta la forma en que las Curadurías rinden la cuenta a la Contraloría Municipal de Armenia.

En este orden de ideas se procedió a verificar el cumplimiento normativo sobre la expedición de las licencias de urbanismo y sus modalidades verificando el acatamiento de las disposiciones legales vigentes, donde se observó cumplimiento del Decreto 1469 de 2010, excepto las inconsistencias presentadas en dos (2) de las veinticinco (25) licencias evaluadas y analizadas en este informe.

3.1.3.1 Revisión y Rendición de la cuenta

De conformidad con lo dispuesto en la Resolución Nº 137 de octubre 2 de 2008, la Curaduría Nº 2 rindió la cuenta semestral correspondiente al periodo julio 1 a diciembre 31 de 2011, dentro del término estipulado artículo décimo de la resolución, expedida por la Contraloría Municipal de Armenia, en la cual se

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verificaron los formatos e instructivos, acompañado del informe de gestión, con su respectivo listado de la relación de licencias con sus diferentes modalidades, estados contables, relación de contratos y otras actuaciones que realiza el Curador. Se evidenció que en la curaduría Nº 2 tiene implementado un software especial para el proceso de radicación y seguimiento de licencias, al igual que para el reporte de información que se envía a la Contraloría Municipal de Armenia.

De acuerdo al artículo 63 del decreto 1469 de 2010, control urbano que ejerce el Municipio a través de la oficina de planeación Municipal, para ello los curadores urbanos envían periódicamente la relación de las licencias otorgadas, para que de esta forma los inspectores de control urbano puedan ejercer la vigilancia y control durante la ejecución de las obras con el fin de asegurar el cumplimiento de las licencias urbanísticas y de las normas contenidas en el Plan de Ordenamiento Territorial 3.1.3.2 Seguimiento a queja Ciudadana La Contraloría Municipal de Armenia, a través de la Oficina de Participación Ciudadana, adscrita a la Dirección de Vigilancia Fiscal y Control de Resultados, en plena observancia y aplicación de las directrices establecidas en el Capítulo Sexto, Artículo 49 de la Resolución No. 076 de Julio de 2007, procedió a codificar la denuncia y agotar el trámite allí establecido.

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Una vez lo anterior y notificado el Memorando, se visitó la Curaduría Nº 2, para efectos de investigar y solicitar los documentos que reposan en la carpeta sobre el predio en mención ubicado en la Vereda Puerto Espejo (hoy sector barrio La Fachada), con el propósito de determinar si los certificados de tradición corresponde al predio y la licencia otorgada a la constructora Centenario representada por el Ingeniero Civil Gustavo Alberto Castaño Sarmiento coincide con los certificados de tradición de la Señora Olga Patricia Soto Betancur. En la curaduría Nº 2 se solicitaron los documentos que reposan sobre las propiedades de la Constructora Centenario representada por el Ingeniero Civil encontrando lo siguiente:

La Curaduría Urbana Nº 1 otorgó inicialmente licencia de construcción obra nueva Nº 839 el 02 de octubre de 2007 a la Constructora Centenario para la construcción de 128 viviendas unifamiliares en el barrio Jardines de la Fachada manzanas 75, 76, 77, 78, 79,79 y 80 matrícula inmobiliaria 280-141966, ficha catastral 00-02-0000-1457/1458.

En el año 2009 la Constructora Centenario solicitó ante la Curaduría Nº 1 prorroga a la licencia de construcción por vencimiento de términos, la cual fue otorgada mediante la Resolución 1088 de septiembre 02 de 2009, sobre el lote terreno ubicado en el barrio Jardines de la Fachada manzana 75,76, 77, 78, 79,79 y 80 matrícula inmobiliaria 280-141966,

ficha catastral 00-02-0000-1457/1458.

En el año 2011 la Constructora Centenario solicitó ante la Curaduría Nº 2 prórrogas a la licencia de construcción en la modalidad obra nueva por vencimiento de términos, la cual fue otorgada mediante la Resolución Nº 39-000001 de Enero 14 de 2011, con matricula inmobiliaria 280-141966 y 280-126515.

Ahora bien según del Decreto 1469 de 2010 artículo 21 establece que “Toda licencia urbanística deberá acompañarse de los siguientes documentos: copia del certificado de libertad y tradición del inmueble o inmuebles, cuya fecha de expedición no sea superior a un mes antes de la fecha de solicitud, formulario Único Nacional, copia del documento de identidad, recibo del impuesto predial, relación de los predios colindantes.

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Los certificados de tradición presentados por la Constructora Centenario y los recibos del impuesto predial hacen parte de las manzanas 75, 76, 77,78, 79 y 80 de la Urbanización Jardines de la Fachada tal como se expresa en las licencias de construcción expedidas por las Curadurías 1 y 2. La denuncia expresa lo siguiente: 1) La Constructora Centenario esta perturbando e invadiendo el lote de mi propiedad denominado la Australia ubicado en la vereda Puerto Espejo distinguido con matricula inmobiliaria Nº 280-40106, ficha catastral 01-01-1445-0001-000

Respuesta del Auditor

Revisado el certificado de tradición de la señora Olga Patricia Soto Betancur identificado con matrícula inmobiliaria 280-40106, según ficha catastral, no coinciden con los predios de la Constructora Centenario. 2) Se destaca que dentro del trámite de expedición de las licencias de construcción del plan urbanístico que adelanta la Constructora Centenario, la Curaduría Urbana Nº 2, no cumplió con requisitos que es el de notificar a los vecinos Respuesta del Auditor

La Curaduría Nº 2 no hizo uso de este requisito por cuanto la solicitud de la Constructora Centenario fue revalidación, según parágrafo 2 del artículo 29 del Decreto 1469 de 2010.

Igualmente es importante manifestar que el artículo 61 establece que el titular de la licencia debe instalar un aviso o valla durante el término de ejecución de la obra en un lugar de amplia circulación que contenga la dirección del inmueble, el nombre del titular, lo que indica que cualquier persona puede objetar ante la curaduría alguna anomalía que se presente sobre las obras en proceso de construcción. 3) Por las razones expuestas solicito sancionar pecuniariamente a la Constructora Centenario representada por el Ingeniero Gustavo Alberto Castaño Sarmiento con base en la violación expresa de la Resolución Nº 019 del 7 de Septiembre de 2009, emanada por la Alcaldía de Armenia Q, donde se ordena a la Constructora Centenario cesar actos perturbatorios ejecutados por

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esta sobre el predio denominado la Australia, ubicado en el paraje de Puerto Espejo (hoy la Fachada), de una extensión superficiaria de 12.000m2, además, también solicito ordenar la suspensión de la licencia de construcción y el sellamiento de la obra que se viene ejecutando por la mencionada constructora con base en las razones expuestas. Respuesta del Auditor En la investigación realizada por la Auditoria y verificados los documentos soportes se evidenció que el predio denominado la Australia, no coincide con el predio denominado barrio el Jardín de la Fachada, según consta en los certificados de tradición de las partes. Conclusiones

Verificados los documentos de las partes se pudo establecer que los certificados de tradición de la señora Soto Betancur no corresponden a los predios que hacen parte de las manzanas 75 a 80 de la Urbanización Jardín de la Fachada porque corresponden a folios de matricula inmobiliaria diferentes y se desprenden de fichas catastrales diferentes.

3.2 MATRIZ DE HALLAZGOS

N Descripción del hallazgo Causa Efecto A F D P S

1

TRÁMITE DE LICENCIAS La Auditoria revisó veinticinco (25) licencias de construcción con sus respectivas modalidades donde se pudo comprobrar que dos (2) de ellas fueron radicadas sin el lleno de los requisitos. El ente de control considera que las personas encargadas de la revisión de dichos documentos deben radicarlos, teniendo en cuenta que se debe notificar al usuario de manera clara y expresa que cuenta con treinta (30) días para allegar la documentación faltante. Criterio artículo 21 al 25 del Decreto 1469 de 2010.

Falta de mecanismos de control y seguimiento

Incumplimiento de

disposiciones generales

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N Descripción del hallazgo Causa Efecto A F D P S

EXPEDICIÓN DE LAS LICENCIAS DE CONSTRUCCIÓN Las licencias expedidas por la Curaduría Nº 2 en la vigencia 2011 no están cumpliendo con lo estipulado en el Decreto 1469 de 2010 artículo 38 que establece “Contenido de la licencia numerales 6 y 8, específicamente la licencia de Construcción de la constructora centenario en la modalidad de revalidación mediante la Resolución Nº 39-000001 de enero 14 de 2011.

Criterio: artículo 38 numerales 6 y 7 del Decreto 1469 de 2010.

No se aplica revisión previa en los documentos expedidos por el Curador Urbano Nº 2.

Actos

administrativ

os

expedidos

incompletos

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