cuestiones prejudiciales · • son elementos de hecho integrantes de una causa de pedir, o...

10
CUESTIONES PREJUDICIALES Concepto Requisitos Clases

Upload: others

Post on 25-Mar-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: CUESTIONES PREJUDICIALES · • Son elementos de hecho integrantes de una causa de pedir, o pretensiones conexas e instrumentales de la principal, que precisan de una valoración

CUESTIONES PREJUDICIALES

ConceptoRequisitos

Clases

Page 2: CUESTIONES PREJUDICIALES · • Son elementos de hecho integrantes de una causa de pedir, o pretensiones conexas e instrumentales de la principal, que precisan de una valoración

Concepto

• Son elementos de hecho integrantes de unacausa de pedir, o pretensiones conexas einstrumentales de la principal, que precisan deuna valoración jurídica y consiguiente declaracióndel tribunal del orden jurisdiccional competente,previa e independiente, pero necesaria para latotal integración de la pretensión principal .

• Son cuestiones pertenecientes al fondo delasunto.

Page 3: CUESTIONES PREJUDICIALES · • Son elementos de hecho integrantes de una causa de pedir, o pretensiones conexas e instrumentales de la principal, que precisan de una valoración

REQUISITOS

*Elementos de hecho integrantes de una pretensión, o conexas, o instrumentalesde la principal.-Ej:, Elemento de hecho que puede integrar una causa de pedir: se ejercita unadeclaración de nulidad de un contrato por constituir un delito de estafa. Ha dedeterminarse previamente si se cometió o no el delito de estafa.-Ej:, Elemento conexo o instrumental: se pide la condena a entregar una cosa porrescisión del contrato entre las partes. Habrá que determinar primero a quién lecorresponde la propiedad.

*Precisan de una valoración jurídica (Han de guardar una conexión odependencia con el asunto que se enjuicia -juicio de relevancia, Art. 42.2.2 LEC-)y declaración del juez previa e independiente del tribunal del orden jurisdiccionalcompetente.*Resulta necesaria y determinante para el fallo que eventualmente se dicte.

Page 4: CUESTIONES PREJUDICIALES · • Son elementos de hecho integrantes de una causa de pedir, o pretensiones conexas e instrumentales de la principal, que precisan de una valoración

Valoración jurídica y declaración judicial previa e independientede la pretensión principal (juicio de relevancia del art. 40.2.2 LEC)

• En un proceso ejecutivo: se pretende el cobrode una deuda reconocida en un títuloejecutivo falso: habrá de determinarse siexistió o no falsedad documental de acuerdocon el Derecho Penal.

• En un proceso laboral por despido: si eltrabajador es funcionario habrá que acreditardicha cualidad con arreglo al DerechoAdministrativo.

Page 5: CUESTIONES PREJUDICIALES · • Son elementos de hecho integrantes de una causa de pedir, o pretensiones conexas e instrumentales de la principal, que precisan de una valoración

Competencia para valorar

• Norma general: art. 9 LOPJ.

• Excepción: art. 10 LOPJ.

Page 6: CUESTIONES PREJUDICIALES · • Son elementos de hecho integrantes de una causa de pedir, o pretensiones conexas e instrumentales de la principal, que precisan de una valoración

CLASES

• 1. HETEROGÉNEAS Y HOMOGÉNEAS

• 2. DEVOLUTIVAS E INCIDENTALES

Page 7: CUESTIONES PREJUDICIALES · • Son elementos de hecho integrantes de una causa de pedir, o pretensiones conexas e instrumentales de la principal, que precisan de una valoración

Heterogéneas y Homogéneas

• Son heterogéneas las que han de decidirse con arreglo a normas distintas del Código Civil. (arts. 3-7 LECrim y 10.2 LOPJ).

• Son homogéneas las que han de ser valoradas con arreglo a las normas de Derecho Civil (art. 43 LEC)

Page 8: CUESTIONES PREJUDICIALES · • Son elementos de hecho integrantes de una causa de pedir, o pretensiones conexas e instrumentales de la principal, que precisan de una valoración

Devolutivas (prejudiciales penales)

• Las que han de plantearse ante el tribunal jurisdiccionalcompetente, distinto del que está conociendo de lacuestión principal (civil) y, por ello, conlleva suspensióndel procedimiento civil (Art. 40 LEC).

• Se está ante una cuestión prejudicial penal cuando:– 1. Conste o se acredite la existencia de un proceso penal cuyo

objeto sea el mismo hecho en el que las partes hanfundamentado sus pretensiones civiles.

– 2. Que la decisión del tribunal civil pueda verse influenciada porla que adopta el tribunal penal. El art. 114 LECrim exige unrazonamiento que reafirme esa relación prejudicial.

Page 9: CUESTIONES PREJUDICIALES · • Son elementos de hecho integrantes de una causa de pedir, o pretensiones conexas e instrumentales de la principal, que precisan de una valoración

Devolutivas (prejudiciales no penales)

• Las administrativas y laborales

• Las partes deberán manifestar su voluntad aconformarse con plantear la cuestión comodevolutiva (salvo que una normaexpresamente así lo establezca) para que elprocedimiento se suspenda y el tribunal civilquede vinculado por la decisión del juez otribunal del otro orden jurisdiccional.

Page 10: CUESTIONES PREJUDICIALES · • Son elementos de hecho integrantes de una causa de pedir, o pretensiones conexas e instrumentales de la principal, que precisan de una valoración

Incidentales

• Las que puede conocer el tribunal civilcompetente para el enjuiciamiento de lapretensión principal, sin que haya de deferirsesu conocimiento a otro tribunal.

• Son incidentales todas las que las normas noprevean expresamente como cuestionesdevolutivas, pero sólo las administrativas olaborales pues las penales son siempredevolutivas (arts. 4 y 5 LECrim)