cuestionario pereznieto preguntas completas u-1 a 7

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1. EL SER HUMANO, SOCIEDAD CULTURA Y DERECHO 1. ¿Cuál fue el papel del individuo en la formación del derecho primitivo? El individuo, tiene esencia y existencia particulares, que lo establecen como unidad independiente y a la vez distinta de los demás individuos donde habitan la Tierra. Este se encuentra limitado de manera necesaria, en cuanto a sus características especiales e históricas. El derecho figura una parte esencial de los valores a los cuales desea, a los exiguos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia. 2. Ante conductas dispares de los individuos, ¿qué papel desempeñan las reglas de convivencia? El individuo demanda que la sociedad de la que forma parte esté regulada por normas que ordenan la vida social, estas normas establecen los principios básicos que facilitan la vida en sociedad del individuo. 1

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Page 1: Cuestionario Pereznieto PREGUNTAS COMPLETAS U-1 a 7

1. EL SER HUMANO, SOCIEDAD CULTURA Y DERECHO

1. ¿Cuál fue el papel del individuo en la formación del derecho

primitivo?

El individuo, tiene esencia y existencia particulares, que lo establecen como

unidad independiente y a la vez distinta de los demás individuos donde habitan

la Tierra. Este se encuentra limitado de manera necesaria, en cuanto a sus

características especiales e históricas. El derecho figura una parte esencial de

los valores a los cuales desea, a los exiguos de seguridad, certeza, igualdad,

libertad y justicia.

2. Ante conductas dispares de los individuos, ¿qué papel desempeñan

las reglas de convivencia?

El individuo demanda que la sociedad de la que forma parte esté regulada por

normas que ordenan la vida social, estas normas establecen los principios

básicos que facilitan la vida en sociedad del individuo.

3. ¿Cuál es la diferencia entre las conductas internas o afectivas y las

conductas externas o colectivas?

Las normas internas rigen el comportamiento individual en la sociedad a partir

de sus valores morales o sus principios religiosos; las normas externas son

reglas implícitas que son conocidas y obedecidas por los miembros de un

grupo social que son aceptadas y exigibles.

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4. ¿Existe algún tipo de vínculo entre la regulación de las conductas

internas o afectivas y las externas o colectivas o son ámbitos

totalmente distintos?

La sociedad requiere el establecimiento de reglas generales que regulen al

individuo, así como la exteriorización de reglas o normas que sean conocidas

por todos aquellos a quienes van dirigidas.

5. ¿Por qué se afirma que la cultura es un producto social?

Porque la cultura está integrada por conocimientos transmitidos de generación

a generación, es un proceso de aprendizaje continuo que se da en el interior

de cada grupo social.

6. ¿Cuáles son las cuatro grandes culturas a que se refiere Toynbee?

I. Cristiana ortodoxa, en Europa suroriental y Rusia;

II. Islámica o Mahometana, en el norte de África y el Oriente Medio;

III. Hindú, en la India oriental y Asia tropical, y

IV. Lejano Oriente, abarca zonas áridas de Asia hasta el Pacífico.

7. ¿Por qué se dice que el orden jurídico tiene por objetivo estabilizar la

intención de las conductas humanas a fin de hacer posible la

convivencia social?

Porque tienen como objetivo el estabilizar las conductas humanas, con el fin de

hacer posible la convivencia social, esto gracias a las normas de certeza,

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seguridad, justicia, igualdad y libertad entre los individuos que forman la

sociedad.

8. ¿Por qué se afirma que el derecho es un mínimo ético que sirve para

garantizar el mantenimiento de las condiciones de subsistencia de la

sociedad?

George Jellinek, afirma que el derecho es un mínimo ético porque sirve para

garantizar el mantenimiento de los entornos de subsistencia de la sociedad.

9. ¿Qué implica la afirmación de que el derecho es un orden efectivo de

control de las conductas sociales?

El aseguramiento de la regulación y el control de esas conductas, esto

mediante el uso de la fuerza del Estado, ya que surge de la vida social misma,

vive y se ejerce en la sociedad y du fin se encuentra en ella misma.

10.¿Cuáles son los diferentes tipos de normas jurídicas?

Las normas externas que son de carácter obligatorio para toda la sociedad,

son de origen legislativo (leyes), jurisprudencial (sentencias), consuetudinario

(usos y costumbres), administrativo (reglamentos) o consensual (contratos), y

las normas internas, rigen el comportamiento individual en la sociedad, a través

de las normas morales y religiosas.

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11.¿Cuál es la distinción entre derecho subjetivo y derecho objetivo?

El derecho subjetivo está compuesto por los derechos y las obligaciones que

tiene los individuos frente a la sociedad y el derecho objetivo es la posibilidad

de ejercicio de los derechos y obligaciones en la sociedad.

12.¿Por qué se dice que las normas jurídicas tienen vigencia?

Porque en un momento determinado dejan de tener vigencia por la derogación

o terminación de la vigencia, siendo obligatorias mientras dure su lapso de

vigencia.

13.¿Por qué se deben respetar las normas prohibitivas?

Porque es la única forma de mantener en orden y en paz a la sociedad,

defender la convivencia y el bienestar social. Toda violación a estas normas

conlleva a una sanción.

14.¿Cuál es el objeto de regulación de las normas estatales?

Son llamadas normas adjetivas, estatales u orgánicas que establecen y

definen la estructura y el funcionamiento de sus órganos, así como las

facultades de los servidores públicos y el procedimiento a seguir para la

creación de nuevas normas que formen parten del orden jurídico estatal.

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15.¿Cuál es la diferencia entre las normas generales y abstractas y las

normas concretas o individualizadas?

Las normas generales se establecen por medio de las leyes como la

compraventa donde se obligan mutuamente los dos lados, mientras que las

concretas es el contrato de compraventa que celebran las partes.

16.¿Cuál es la definición de derecho?

Es el conjunto de normas jurídicas donde confieren facultades y otorgan

deberes y derechos con el fin de regular la sociedad, con base en los criterios

de certeza, seguridad, igualdad, libertad y justicia.

2. CIENCIA Y CIENCIA JURIDICA

1. ¿Cuál es concepto de ciencia? Diferencia entre la ciencia formal y la

ciencia fáctica.

La ciencia es la meditación del individuo para percibir lo que sucede en su

entorno. La ciencia formal estudia los pensamientos o formas de razonar y la

ciencia fáctica parte de la racionalidad, de un sistema de ideas y de concepto

anteriormente aceptados y producto de la experiencia y de la ideología.

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2. ¿Cuáles son los rasgos, que como ciencia, pueden adscribirse al

derecho?

El silogismo se utiliza en los tribunales para la declaración de sentencias, la

lógica formal ayuda a comprender y a solucionar un problema, y el silogismo

jurídico analiza la sentencia.

3. ¿Existe alguna similitud entre la ciencia del derecho y la ciencia

formal?

Sí, porque en ambas ciencias se puede utilizar diversos elementos como son el

silogismo que se utiliza en las sentencias que emiten los tribunales, lo lógica

formal que ayuda a comprender y a solucionar un problema, y el silogismo

jurídico que analiza la conclusión de una sentencia.

4. ¿Cuáles son las semejanzas entre la ciencia del derecho y las ciencias

empíricas?

En las ciencias fácticas el enunciado propuesto se verifica al contraste con los

datos de la realidad tangible, el derecho se compone de varios conceptos,

cuenta con diferentes sistemas de razonamiento, sus sistemas racionales no

buscan la verificación de sus postulados, contrastándolos de alguna realidad

tangible.

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5. ¿Se pueden aplicar herramientas de las ciencias formales en el

derecho? ¿Cuáles y cómo sería su aplicación?

Sí, la salud mental que es un concepto de la psicología con el fin de analizar

toda la teoría científica del derecho.

6. ¿En qué consiste el método histórico?

En encontrar ciertos criterios para poder definir al derecho como ciencia.

7. ¿Cuáles son los elementos centrales de las ideas de Hans Kelsen

respecto al derecho como ciencia?

Ubica el objeto de estudio en una teoría pura, a similitud de las ciencias

formales como las matemáticas y la lógica, la validez de las normas se

determina en base al procedimiento que ha sido creado a partir de la norma

fundamental de dicho sistema. Las normas creadas según el procedimiento

establecido por la norma fundamental, pueden ser contradictorias entre sí y

haber contradicción respecto a la norma fundante.

8. ¿Qué es la teoría?

Es el entendimiento del mundo que nos rodea que implica en atrapar y

sistematizar los problemas y tratar de explicarlos, en base en la

racionalización, explicación y dominación de los problemas.

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9. ¿Cuáles son los requisitos mínimos de la teoría?

La corrección sintáctica y la sistematicidad o unidad conceptual, donde los

cuales entre las proposiciones de la teoría existen la coherencia, la relación

lógica y sencilla

10.¿Qué se entiende por teoría jurídica?

Es la interpretación y aplicación de ciertas normas del derecho vigente, con el

fin de facilitar la labor de los legisladores y jueces.

11.¿Cuáles son los elementos centrales de la teoría jurídica?

La unidad lógica, interpretabilidad, representatividad, simplicidad semántica,

requisitos epistemológicos, capacidad explicativa, capacidad predictiva,

profundidad, capacidad unificadora y creatividad.

12.¿Qué es la teoría del conocimiento?

La teoría del conocimiento es una doctrina filosófica, que comprende todo

aquello que busca comprender y resolver un problema en general.

13.¿Cuáles son las conveniencias o inconveniencias de un sistema

jurídico rígido según lo expuesto?

La mayor inconveniencia que representa es que considero es un sistema muy

cuadrado, cerrado y mecanizado, aunque algunas personas consideren estos

rasgos como señales de eficiencia jurídica.

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14.¿Cuál es la relación entre teoría y realidad?

Se encuentran ligadas entre sí, la teoría busca mediante la interpretación de la

realidad vivida y conocida, en un momento específico determinado, establecer

soluciones o comprender ciertos actos.

15.¿Qué problemas provoca el aislamiento del derecho respecto al resto

de las ciencias sociales?

Genera una ineficiencia en el sistema que regula las conductas para el bien

social, ya que al ser el Derecho una rama universal, forzosamente debe tomar

en cuenta los puntos de vista del resto de las ciencias y no únicamente las

sociales, para poder entender su comportamiento y planteamientos.

16.¿En qué consiste el problema lógico de la filosofía del derecho?

El principal es que el método filosófico se interesa en el estudio de la verdad en

cuanto tal, no de aquella o esta verdad, y lo hace de manera semejante a la

ciencia formal, en cambio en cuanto a la rama del Derecho tenemos dos

vertientes: la verdad y la verdad legal.

17.¿Qué es la metodología?

 Es la ciencia de hacer con orden una cosa.

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18.¿Cuáles son los elementos centrales de la metodología propuestos

por Gastón Bachelard?

Bachelard nos señala una serie de elementos explicando uno a la vez de la

siguiente forma:

a) El método para la ciencia solo puede apreciarse luego de haber llevado

acabo la investigación y por tanto, constituirse como material de enseñanza

a partir del cual cada uno aprenderá su propio método siguiendo siempre

principios mínimos fundamentales como el estar atento en todo momento a

preservar la objetividad y “realizar una racionalidad dialéctica aplicada al

objeto y un método particular para el objeto estudiado” ,

b) Con lo ya escrito y con el propósito establecido resulta necesario analizar el

objeto desde diferentes perspectivas a fin de encontrar un “puente” que

permita superar la “ruptura”,

c) Bachelard nos señala que al margen de los conocimientos que se acumulan

debemos encontrar razones para “renovarlos”,

d) De ese modo la idea de la novedad – renovar, “no es la idea de un hallazgo

sino la de un método” para ello es necesario desarrollar una capacidad de

extensión, inferencia, inducción, generalización, complemento síntesis y

totalidad que se constituyan en sustitutos de la novedad,

e) De ahí de acuerdo con Bachelard todos nuestros   proyectos de

investigación deben se meditados respecto de lo que queremos probar

demostrar o alcanzar,

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f) Por último la reflexión que precisamente   Bachelard llama meditación

científica será la que poco a poco nos ira desentrañando el camino en el

conocimiento del objeto que pretendemos.

Con la conjunción de todos estos elementos que Bachelard nos señala

podemos aclarar los que son precisamente centrales para la metodología.

19.¿En qué consisten los métodos histórico-naturales, de Ihering, y el

positivista legal racionalista, de Windscheld?

- Método histórico-natural (también conocido como jurisprudencia de los

conceptos). “La ciencia puede formar nuevos conceptos y normas jurídicas:

los conceptos son productivos, se emparejan y engendran otros nuevos.”

“El procedimiento de formación de los conceptos es exclusivamente

inductivo, lo mismo que el de las ciencias naturales exactas.

- Método del positivismo legal racionalista, para quien la ley “no es

simplemente el veredicto terminante del legislador, no es solo   un factor,

sino la sabiduría de siglos que nos ha precedido; lo que en la ley se declara

derecho, lo había antes reconocido como derecho la comunidad jurídica” El

derecho es, en estas condiciones, susceptible de elaboración científica” no

solo histórica, sino también sistemática

20.¿Cuáles son y en que consisten los requisitos mínimos de

escrutabilidad, refutabilidad, confirmabilidad y simplicidad

metodológica?

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La escrutabilidad indica la capacidad de búsqueda y control a fin de que las

pruebas o los argumentos que se aporten para probar los postulados, los

enunciados o las hipótesis sean congruentes con los mismos y se den acordes

con las reglas de una determinada teoría previamente escogida o postulada.

En la refutabilidad el argumento o prueba cuyo objeto es destruir las razones

del contrario.

En la confirmabilidad se requiere una verificación objetiva de los pros y los

contras de los postulados, de ahí que sea el único criterio de prueba de una

teoría. El corroborar la verdad o certeza de una cosa es un requisito

metodológico de primer orden.

Y en la simplicidad metodológica es necesaria para las teorías complejamente

elaboradas cuya contrastación empírica requiera que el fallo de la experiencia

pueda darse inmediatamente.

21.¿Qué es el método?

Método es un medio del que nos valemos para conocer un objeto de

conocimiento, sin embargo podemos hacer unas aclaraciones de que el

método se usa en distintas formas y depende de esta para darle un significado

adecuado. El método en la lógica, constituye una parte fundamental del trabajo

científico pues para la lógica el trabajo del pensamiento es receptivo y para el

método el trabajo del pensamiento es activo. Pues el método es un proceso

como actividad.

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22.¿Cuál es la relación entre método y enseñanza?

La relación se establece a partir de que la enseñanza da a conocer al

estudiante el objeto de su disciplina a través de teorías y enseguida mediante

las prácticas estos dos elementos se relacionan en sí con el método; el método

puede ser entendido como la base del conocimiento y debemos emplearlo al

tratar de aprender o de obtener un determinado resultado que se adquiere con

la enseñanza.

23.¿Qué importancia tiene el método en el estudio del derecho, y por

qué?

Es de suma importancia debido a que el derecho se da a conocer a través de

sistemas simbólicos (leyes, sentencias), en virtud de lo cual se establece que

ciertas personas están obligadas frente a otras superiores o frente al Estado

(autoridad),es decir, a responder a una determinada situación con una cierta

conducta.

24.¿Cuáles son los problemas básicos en los métodos que utiliza el

derecho?

De los problemas básicos se encuentra en la tendencia a separar o dividir

conceptos jurídicos fundaméntales a fin de explicarlos o para que estos puedan

ser bien comprendidos sin reparar en que con mucha frecuencia   ese tipo de

divisiones artificiales provocan más problemas de los que se pretende

resolver. 

Otro problema lo representan los juristas cuya actividad se limita a comentar

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glosar, interpretar, interrelacionar las diferentes proposiciones normativas a las

que el estado atribuye validez jurídica en forma totalmente aislada de la

realidad social.

Otro de los problemas básicos se encuentra en la tendencia a separar o dividir

conceptos jurídicos fundaméntales a fin de explicarlos o para que estos puedan

ser bien comprendidos sin reparar en que con mucha frecuencia   ese tipo de

divisiones artificiales provocan más problemas de los que se pretende

resolver. 

Otro problema lo representan los juristas cuya actividad se limita a comentar

glosar, interpretar, interrelacionar las diferentes proposiciones normativas a las

que el estado atribuye validez jurídica en forma totalmente aislada de la

realidad social.

25.¿Cuáles son las similitudes y diferencias entre el lenguaje natural y el

lenguaje jurídico?

Una similitud entre ambas, es que son un medio de comunicar y dar a entender

un hecho o pensar, etc. y la diferencia es que uno lo hace de una forma más

exacta y clara que el otro. Sin embargo   el tema del leguaje jurídico, es un

leguaje que se basa en el natural sin embargo este abarca una exactitud mejor

plasmada y expresa dadas las dificultades que conlleva el lenguaje natural

como forma de expresión del derecho, los problemas aparecen con el lenguaje

natural como es el caso de la vaguedad y la ambigüedad. Deben de conservar

los principios de una unidad lógica pues cabe destacar que la formulación de

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una norma debe ser sencilla y clara para que de esta manera sea comprendida

por el mayor número de destinatarios y por lo tanto sea acatada.

26.¿En que consiste la metodología jurídica?

Es un instrumento que en sus estudios les permite tomar el camino adecuado

para el análisis y la sistematización de los materiales jurídicos.

27.¿En que consisten la importancia y la utilidad de la metodología

jurídica para el estudiante de derecho?

Como juez, le brinda la oportunidad de desarrollar procedimientos y dictar

sentencias de manera adecuada y para el estudiante de derecho, la

metodología es el camino más recomendable para lograr los mejores frutos

tanto en la investigación como en la redacción de informes y resultados, sin

embargo es escasa la atención que se ha prestado en los planes y los

programas de estudio de derecho en universidades.

28.¿Cuál es la relación entre lógica y método?

La lógica se estructura en relación con la actividad del método y a su vez el

método se perfecciona con los resultados obtenidos por el trabajo de la lógica

pues ambos método y lógica son la misma y única cosa pero con diferente

objetivo. El primero como proceso y como actividad la segunda como resultado

como símbolo pero al final complementario.

29.¿En qué consiste y cuales son las ventajas del método de enseñanza

propuesto en este capitulo?

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En la enseñanza, el estudiante conoce el objeto de su disciplina a través de

teorías y en segunda mediante la práctica.   La teoría es un resultado una

forma simbólica terminada ya sea porque alguien planteó los paradigmas o  

principios de alguna disciplina y éstos fueron constatados en los resultados que

se pretendían   obtener, podemos encontrar ventajas a partir de que ésta

puede ser una opción de reconducir a la enseñanza a combinar la teoría con

casos prácticos que le brinden al alumno diversas habilidades al analizar lo que

sucede en la realidad. Ofrecerle la posibilidad de entender el por qué y para

qué de la ley y de su aplicación,   y de esa manera poder estar en condiciones

de redactar un proyecto de ley que modifique y mejore una determinada

situación.

30.¿Cuál es la diferencia entre dogmatismo y ciencia?

La ciencia representa el mejor medio contra el dogmatismo,   de esta manera

en el campo científico no se pueden presentar todas las afirmaciones como

estables o inconmovibles, y tampoco hablar de todas ellas como provisionales,

pues el dogmatismo y la pretensión de verdades eternas queda únicamente

para el ámbito personal del ser humano, a través de las creencias o de las

religiones   que en ningún caso deben ser confundidas con las ciencias. Por lo

que podemos destacar que la diferencia habita en que una se basa en la

exactitud y la otra en el interior y la fe que un individuo le tiene a las cosas

intangibles.

31.¿Cuáles son las concepciones de filosofía que aporta Manuel Atienza?

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Según Manuel Atienza, el derecho se puede distinguir en tres sentidos como

una actividad “teorética o teorética práctica”, cultivada por filósofos que parten

de una concepción general del mundo y con un instrumental metodológico,  

que tratan de aplicar a un campo particular.

La segunda concepción describe a la filosofía del derecho como “un tipo de

reflexión llevada acabo esencialmente por juristas con intereses filosóficos que

no tratan de construir un sistema como de analizar una serie de problemas

típicos.” 

Finalmente la tercera como   una forma de entender a la filosofía del derecho

es como conocimiento residual,   para los “juristas prácticos” como en el caso

de los científicos del derecho, la filosofía del derecho se resuelve en

especulaciones   mejor o peor construidas pero no contribuyen en lo absoluto a

la resolución de lo que ellos consideran como genuinos problemas jurídicos. 

32.¿Por qué la corriente iusnaturalista afirma que los derechos humanos

son previos al derecho y éste tiene como misión su defensa?

En el iusnaturalismo se afirma la existencia de derecho innatos, inmanentes,

apoyados todos en la idea de la justicia, los textos escritos jurídicos sólo son

derecho en la medida en la que se ajustan a ese patrón de justicia. En este

sentido el iusnaturalismo, por ejemplo, sostiene que los derechos humanos son

previos al derecho y que este tiene como misión su defensa.

33.¿De qué tipo de herramientas se vale el derecho para superar la

dogmática jurídica y reinterpretar los textos legales?

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De reglas de interpretación, extensiva o restrictiva, según se requiera o de

criterios analógicos, en un intento de reinterpretar los textos legales para

hacerlos más accesibles o en la defensa de un caso acordes en los intereses

de la sociedad.

3. DEFINICIÓN DE DERECHO

1. ¿Qué es el hecho jurídico?

Son sucesos o acontecimientos que se producen en un lugar y tiempo

determinados.

2. ¿Qué es el acto jurídico?

Son una manifestación de la voluntad que se realiza con la intención de

producir consecuencias de derecho, las cuales son reconocidas por el

ordenamiento jurídico.

3. Enumere las características de los hechos jurídicos.

I. Capacidad,

II. Voluntad, y

III. Exteriorización.

4. Mencione las características de los actos jurídicos.

I. Manifestación de la voluntad,

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II. Intención de reproducir consecuencias de derecho, y

III. Reconocimiento, por el ordenamiento jurídico, de dichas

consecuencias jurídicas.

5. Clasifique los hechos jurídicos.

POSITIVOS:

- Naturales que son el resultado de fenómenos de la naturaleza, aportan algo

o enriquecen a una persona,

- Involuntarios que son aquellos sucesos o acontecimientos que aunque

vinculados en alguna forma con la voluntad humana, no fueron realizados

con el propósito de producir las consecuencias jurídicas resultantes de

ellos, y

- Voluntarios los cuales consisten en todo suceso o acontecimientos.

NEGATIVOS:

- Naturales, que distinguen a los de fuerza mayor y caso fortuito, donde en

ambos las consecuencias son las mismas: impiden al individuo que se

había obligado a una acción o a una omisión que la cumpla.

- Involuntarios que están vinculados a la voluntad humana que se realizan sin

la intención de producir consecuencias jurídicas, y

- Voluntarias que es la violación de un deber jurídico que cause daño a otro y

que responsabiliza civilmente.

6. Clasifique los actos jurídicos.

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- Unilaterales, y

- Bilaterales.

7. ¿Qué es la capacidad?

Es la aptitud de dicho individuo que tiene para aplicar y ser facultativo de sus

derechos y obligaciones.

8. ¿Qué es la voluntad?

Es una manifestación interna y externa por medios sensibles que la hagan

presentes al otro interesado.

9. ¿Qué es el error?

Se trata de una creencia contraria a la realidad, es decir, un subjetivo que está

en desacuerdo con la realidad o con la exactitud que aporta el conocimiento

científico.

10.¿Qué es la mala fe?

Es la disimulación del error de uno de los contratantes, una vez conocido.

11.¿Qué es el dolo?

Es cuando existe cualquier sugestión o artificio que se emplee para inducir a

error o mantener en él a alguno de los contratantes.

12. ¿Qué son las solemnidades?

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La solemnidad en los actos jurídicos es de suma importancia y aun que no

parecen tan explícitamente en nuestros códigos. Es necesario ya que si esta

llega a faltar en los actos jurídicos que señale la ley, los actos quedaran

anulados. Aunque en muchos casos la formalidad y la solemnidad se llegan a

confundir, la formalidad como la palabra lo indica implícitamente significa la

forma de hacer dichos actos, mientras tanto, las solemnidades son elementos

de carácter exterior, como por ejemplo, las palabras que deben utilizarse para

realizar el acto del matrimonio.

13.¿Hay diferencia entre inexistencia y nulidad de los actos jurídicos?

Todo acto jurídico debe tener un efecto, ya sea con la persona que lo emite o

respecto a las partes que lo celebran; sin embargo, conforme a temas de la

nulidades y la inexistencias la doctrina ha desarrollado una graduación de

acuerdo con la cual un acto jurídico puede no tener efectos o tenerlos

parcialmente o esos efectos parciales desaparecen, de ahí que el acto jurídico

pueda ser declarado por la autoridad judicial: inexistente, con nulidad absoluta

o con nulidad relativa, según la gravedad del vicio en que se haya incurrido en

el momento de su formación.

14.¿En qué consisten las modalidades de los actos jurídicos?

- Término o plazo, todo acto jurídico esta sometido a una fecha de inicio y a

una fecha de terminación,

- La condición, es un acontecimiento futuro, pero a diferencia de la anterior,

el acontecimiento es incierto, por lo que puede llegar a realizar o no.

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- Modo, se trata de la carga que deja un apersona a otra como condición

para que acepte un beneficio.

15.¿Cuál es la importancia de las solemnidades para una existencia de

los actos jurídicos?

La manifestación de la voluntad de celebrar un acto jurídico para que este se

pueda crear.

16.Proporcione una definición de norma jurídica.

Son reglas de conducta que confieren facultades o imponen deberes u otorgan

derechos para que los individuos en sociedad puedan comportarse de manera

adecuada, vivir en armonía y asegurar sus intercambios.

17.¿Cuándo se dice que una norma es vigente y válida?

Hay vigencia cuando las normas son observadas y cumplidas de manera

generalizada por la sociedad, y hay validez cuando las normas han sido

expedidas conforme a procedimientos previamente establecidos, pues con

ellas solo pueden existir cuando tienen validez.

18.Explique la clasificación de normas jurídicas propuestas por Hart.

- Normas primarias, son las que perciben derechos y obligaciones,

- Normas secundarias, encuentra tres tipos:

I. Las de reconocimiento,

II. Las de cambio, y

III. Las de adjudicación.

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19.¿El derecho refleja algún tipo de valor? ¿Cuál o cuáles?

Igualdad, libertad y justicia, estos deben ser la guía en la creación de las

normas jurídicas.

4. ÓRDENES NORMATIVOS

1. Explique los conceptos de la regla, norma y ley.

La regla es el conjunto de normas que contienen prohibiciones, imponen

deberes y otorgan derechos y facultades, la norma es toda regla que impone

deberes o confiere derechos, la ley es la norma jurídica obligatoria y general

dictada por legítimo poder para regular la conducta de los individuos.

2. Enumere y explique las características de las normas jurídicas,

morales, religiosas y de las reglas de trato social.

- NORMAS JURÍDICAS:

I. Bilaterales o impero-atributivas, porque confieren derechos y

obligaciones, existe un sujeto facultado y un obligado.

II. Exteriores, el derecho solo de aplica a las conductas externas del sujeto

a través de un movimiento corporal.

III. Coercibles, si no son cumplidas voluntariamente por los obligados, el

Estado puede solicitar por la fuerza su cumplimiento

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IV. Heteronomía, el acreedor de ellas es un ente distinto al destinatario de

las mismas.

- NORMAS MORALES:

I. Unilaterales e imperativas, frente a un sujeto obligado moralmente no

existe un ente facultado para exigir el cumplimiento de la obligación

moral.

II. Internas, regulan el aspecto interior o íntimo de las personas,

III. Incoercibles, es la imposibilidad de hacer cumplir al obligado moral aún

por medios coactivos o mediante el uso de la violencia o de la fuerza.

IV. Autónomas, significa autolesgislación, el propio individuo con base en

sus vivencias, valores, educación se autorregula su comportamiento

imponiéndose sus propias reglas de comportamiento.

- NORMAS RELIGIOSAS:

I. Internas, porque auxilian al individuo a acercarse a Dios y de esta

manera alcanzar la vida eterna,

II. Unilaterales,

III. Incoercibles, y

IV. Heterónomas.

- REGLAS DE TRATO SOCIAL:

I. Unilaterales,

II. Externas,

III. Incoercibles, y

IV. Heterónomas.

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3. Indique las diferencias y analogías entre las normas jurídicas, morales

y los convencionalismos sociales.

Las normas jurídicas se asemejan a las normas morales porque ambas tienen

como finalidad regular conductas de los individuos. Las normas morales se

asemejan a las reglas sociales en que ambas tienen la finalidad de regular las

conductas de los individuos. Las normas jurídicas son bilaterales, exteriores,

coercibles y heterónomas mientras que las normas morales son unilaterales,

internas, incoercibles y autónomas. Las normas jurídicas se asemejan a las

reglas de trato social en que ambas son exteriores y heterónomas y tienen

como finalidad regular el comportamiento social.

4. Señale los puntos más importantes del Código de Ética del Abogado.

- Artículo 1°, esencia del deber profesional.

- Artículo 2°, defensa del honor profesional,

- Artículo 3°, honradez,

- Artículo 4°, abusos de procedimiento,

- Articulo 5°, cohecho,

- Artículo 6°, aceptación y rechazo de asuntos,

- Artículo 7°, defensa de indigentes,

- Artículo 8°, defensa de acusados,

- Artículo 9°, acusaciones penales,

- Artículo 10°, secreto profesional,

- Artículo 11°, alcance de la obligación de guardar el secreto,

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- Artículo 12°, extinción de la obligación de guardar el secreto,

- Artículo 13°, formación de clientela,

- Artículo 14°, publicidad de litigios pendientes,

- Artículo 15°, empleos de medios publicitarios para la consulta,

- Artículo 16°, incitación directa o indirecta a litigar,

- Artículo 17°, puntualidad,

- Artículo 18°, alcance del código,

- Artículo 19°, aplicación del código.

5. Explique las razones por las cuales una norma jurídica es acatada.

Porque son bilaterales o impero-atributivas, esto es que son obligatorias, y

cuando no se acata una norma tiene como consecuencia una sanción por parte

del Estado o de la misma sociedad.

6. ¿En qué consiste la vigencia y validez de las normas jurídicas?

Las normas jurídicas entran en vigor a partir de una fecha cierta, que puede ser

la fecha en que se publica en el Diario Oficial, la fecha en que se dicta una

sentencia, la fecha en que las partes han convenido que entre en vigor su

contrato, etc. La norma jurídica tiene validez para toda la sociedad o parte de

ella.

7. ¿En qué consiste la validez de la norma?

La norma jurídica tiene validez para toda la sociedad o parte de ella, la norma

solo se aplica a todos los individuos que se encuentren dentro del país.

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8. ¿Qué es el ámbito espacial de la norma?

Es cuando las normas jurídicas son elaboradas para aplicarse en una sociedad

determinada, para ser aplicadas en su sociedad y con ese objeto tienen en

cuenta una serie de factores culturales.

9. ¿Por qué se afirma que las normas tienen un ámbito temporal?

Porque la norma tiene una limitación, y es la del tiempo. Con excepción de la

costumbre y los usos mercantiles, que no tienen una fecha de inicio ni una

fecha de terminación precisas. Estas normas tienen una fecha en la que dejan

de estar en vigor.

10.¿Cuál es el ámbito personal de la norma?

La norma solo se aplica a todos los individuos que se encuentren dentro del

país.

11.¿En qué consiste el ámbito material de la norma?

Se trata de la materia que regula a la norma. Las normas administrativas

regulan la naturaleza y las funciones de los órganos encargados de la

administración pública, otras determinan la forma en que se constituyen y

funcionan las sociedades mercantiles; unas más se refieren a lo relativo a su

nacimiento, nombre, relaciones de parentesco, matrimonio, adopción, divorcio

y muerte.

12.Explique la importancia del deber moral en el plano internacional y en

el nacional.

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Los mares, las aguas, el aire no son patrimonio de una persona ni de ningún

país, pero son patrimonio de la humanidad. El contaminar a estos no puede ser

un delito, pero este acto puede afectar a otros, ya sea en el mismo Estado o de

otro país.

13.Describa las normas individuales y las normas generales.

Cuando una norma alude a una conducta atribuible a un número indeterminado

de personas, son las normas jurídicas generales. Cunado una norma es

individual, se dirige a uno o varios individuos de forma personal.

14.¿Cuáles son las normas explicativas?

Son reglas que le sirven al legislador para explicar o describir el tipo de

naturaleza de las normas jurídicas que ha expedido.

15.¿En qué consisten las normas de conflicto?

El supuesto o condición es un concepto o categoría jurídica y consecuencia

jurídica, el señalamiento del derecho susceptible de ser aplicado, derecho que

nos dará la respuesta directa.

16.Describa brevemente el nexo de imputabilidad.

Es la relación que existe cuando el comportamiento humano se analiza como

supuesto o condición de la norma jurídica, cuando ese comportamiento

implique un delito, una acción censurable, el cumplimiento o incumplimiento de

formalidades o condiciones establecidas por la ley.

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17.¿En qué consiste la personalidad jurídica?

Consiste en los derechos, los deberes y las facultades de la persona, y todos

ellos se relacionan estrechamente con los derechos, deberes y facultades, que

en conjunto constituyen la personalidad jurídica.

18.¿Cuál es el objeto de la ciencia jurídica y del derecho?

El objeto de la ciencia jurídica es el comportamiento humano imputativamente

vinculado y no el comportamiento simple o natural de la persona, en tanto a la

realidad psicobiológica. La ciencia del derecho estudia el comportamiento del

humano a medida en que está estipulado en las normas jurídicas.

19.Defina el derecho subjetivo y el deber.

El derecho subjetivo es la autorización de la conducta a un sujeto por parte de

la norma. El deber jurídico es la restricción de la libertad exterior de una

persona, derivada de la facultad, concedida a otra u otras por la ley.

20.¿En qué consiste la sanción o coacción?

La sanción es la consecuencia jurídica que el incumplimiento de un deber

produce en relación con el obligado, la coacción es la aplicación forzada de la

sanción

21.Explique el concepto de responsabilidad jurídica.

Se da cuando surge la posibilidad de sancionar a un individuo, esto si el

individuo comete un ilícito la consecuencia será una sanción

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22.Comente el concepto de antijuridicidad.

Son los actos contradictorios del derecho, donde existe una conducta mala en

contraposición de las buenas, que van de acuerdo al derecho.

23.Explique la causalidad en la ley física y su diferencia con el derecho.

El mundo natural esta formado por fenómenos interrelacionados con la

naturaleza, se rige por la causalidad y consecuencias de la naturaleza, el

mundo normativo está integrado por normas creadas por los órganos estatales.

En los dos mundos se hablan de leyes, donde se expresa las relaciones entre

fenómenos y es por la causalidad la relación de tales fenómenos.

24.¿Por qué se habla de nexo contingente y su función en la norma

primaria y en la secundaria?

Porque la normas primaria se vinculan con la norma secundaria, a través de la

norma primaria, se exige que los individuaos hagan o se abstengan de hacer

ciertas acciones. Las normas secundarias son derivadas conforma a las

normas primarias.

25.Comente los conceptos jurídicos fundamentales de carácter real.

Son los conceptos que se originan en la realidad social, este proceder es

propio y natural del derecho.

26.¿Por qué se dice que el derecho es un producto cultural.

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Porque son las relaciones entre las personas las que han creado y modificado

al derecho.

27.¿En qué consiste la distinción entre conceptos jurídicos

fundamentales de origen real y de carácter formal?

En que los de carácter real son aquellos que se originan en la realidad social,

mientras que los de carácter formal son producto de la especulación jurídica.

28.¿Por qué se dice que las normas jurídicas son reglas de conducta?

Porque confieren facultades, imponen deberes u otorgan derechos para que

los individuos en sociedad puedan comportarse de manera adecuada, vivir en

armonía y asegurar sus intercambios.

29.¿En qué consisten las normas jurídicas sustantivas?

En regular directamente la conducta de las personas en sociedad.

30.¿Cuál es la naturaleza de las normas jurídicas adjetivas?

Defender facultades y procedimientos para la creación de nuevas normas o

para su cumplimiento.

5. CLASIFICACION DEL DERECHO

1. ¿Qué se entiende por derecho natural?

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Es un orden que forma parte de lo moral, que no se encuentra reconocido por

el poder público; en consecuencia no se trata de un derecho real, sino de un

orden ideal.

2. ¿Cuál es la diferencia entre una orden positiva y una orden vigente?

Es aquella orden que se estipula según el derecho positivo es decir el que está

escrito, y la orden vigente es la que se hace valer obligatoriamente por

mandato del estado o de la misma constitución.

3. Explique cuándo se habla de derecho adjetivo y cuándo de derecho

sustantivo.

El derecho subjetivo hace referencia a las normas de derecho procesal, el

derecho procesal o adjetivo se compone del conjunto de normas que rigen la

jurisdicción ya los elementos necesarios para su ejercicio. El derecho

sustantivo o derecho material, hace referencia a todo aquel derecho que no

tiene carácter de procesal.

4. Explique la distinción entre derecho público y derecho privado.

El derecho público es definido como el conjunto de normas que regulan la

organización del Estado y los procedimientos entre éste y los particulares. El

derecho privado es definido como el conjunto de normas que regulan las

relaciones entre particulares, ya sea de forma individual o colectivamente.

5. Señale y explique las distintas ramas del derecho público.

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- El derecho constitucional, esta integrado por un conjunto de normas que

tienen por objeto la organización del Estado y el funcionamiento de sus

poderes.

- El derecho administrativo, es el conjunto de normas jurídicas que regulan el

funcionamiento del Poder Ejecutivo y sus relaciones con los gobernados,

así como las reglas a las que están sujetos los servidores públicos.

- El derecho procesal, es una disciplina que regula el tratamiento y desarrollo

de tres elementos básicos:

a) La jurisdicción, como el poder del Estado para resolver conflictos de

trascendencia jurídica de forma vinculativa para las partes;

b) El proceso, como instrumento jurídico del Estado para conducir la

solución de litigios, y

c) La acción como derecho, facultad, poder o posibilidad jurídica de las

partes para provocar la actividad del órgano jurisdiccional del Estado

con objeto de que se resuelva sobre una petición litigiosa.

- El derecho penal, es la rama del derecho que tiene por objeto tutelar los

valores fundamentales de las personas, de la sociedad y del Estado. Esta

protección se otorga mediante la creación de normas jurídicas en la que se

definen las conductas que dañan o pueden dañar y que, por tanto, tienen

una sanción.

6. Señale y explique las distintas ramas del derecho privado.

- El derecho civil, se define como el conjunto de normas que rigen las

relaciones de los particulares entre si, y de estos con el Estado, actuando

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este ultimo con carácter privado, es decir, dejando a un lado su posición de

soberano.

- El derecho mercantil, es el conjunto de normas que regula la actividad de

los comerciantes, la creación de los actos de comercio de las relaciones

derivadas de estos actos,

- El derecho bancario, es una subdivisión del derecho mercantil, rige las

relaciones de los comerciantes que operan como sociedades nacionales de

crédito, tanto en sus relaciones con los particulares como con el Estado, y

entre sí o por medio de los organismos comunes a esos comerciantes.

7. Diferencie los ámbitos federal, local y municipal.

El federal se vincula con la estructura y organización de la República, el

estatal, que tiene relación con la forma de organización y el funcionamiento de

cada estado.

8. Diferencie el derecho internacional público del privado.

El derecho internacional público, es el conjunto de normativo destinado a

reglamentar las relaciones entre sujetos internacionales, el derecho

internacional privado, es el conjunto normativo que regula el tráfico jurídico

internacional en el ámbito de coordinación entre individuos que se encuentran

sometidos a sistemas jurídicos diversos, o cuando los actos realizados se

someten a un sistema jurídico distinto de aquel cuyo reconocimiento se

pretende.

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6. FUENTES DEL DERECHO

1. Defina las fuentes reales y las formales del derecho. Distinga las

primeras de las segundas.

Las fuentes formales son el procedimiento o modos establecidos por una

determinada sociedad para crear su propio derecho, las fuentes reales son los

elementos distintivos de cada sociedad que se refleja en sus propias normas

jurídicas, y que, en esa medida, determinan su contenido y alcance.

2. ¿Qué es la soft law? ¿Qué tipo de fuente se considera?

Son leyes modelo o reformas legislativas que se pretende se incorporen a los

sistemas jurídicos nacionales para regular relaciones que antes no existían o

se encontraban mal reguladas. Las fuentes formales son la ley, la

jurisprudencia y los principios generales del derecho.

3. Señale y explique las fases del proceso legislativo.

- Iniciativa, es el acto por medio del cual determinados órganos del Estado,

junto con senadores y diputados, someten a la consideración del Congreso

un proyecto de ley,

- Presentación de iniciativa de ley, toda ley tiene una cámara de origen y la

otra cámara actúa como revisora, donde dicho órgano las revisa, las discute

y tiene las facultades para rechazarla o aprobarlas,

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- Derecho de veto, es cuando una vez aprobada la ley pasa al Poder

Ejecutivo, es decir, al Presidente de la República, quién puede negarse a

publicar la ley,

- Sanción, es la aprobación del proyecto de ley,

- Publicación, que consiste en la aprobación y sanción de la ley, se da a

conocer a los gobernados y se publica en el Diario Oficial de la Federación,

- Iniciación de vigencia, que consiste en dos procesos, el primero es el

sucesivo donde la ley entra en vigor tres días después de su publicación y

para que tenga efecto en otros lugares, por cada cuarenta kilómetros de

distancia o fracción que exceda la mitad, se aumenta un día mas. El

sistema sincrónico consiste en fijar una fecha a partir de la cual la

disposición entra en vigor, siempre y cuando la publicación haya sido

anterior.

4. Explique en que consiste la facultad reglamentaria del Presidente de la

República. Señale si se justifica o no jurídicamente.

En la facultad de expedir órdenes y dar los reglamentos necesarios para la

ejecución de la ley sin alterarla o modificarla, promulgar y ejecutar las leyes

que expide el Congreso de la Unión y proveer en la esfera administrativa su

exacta observancia.

5. Proporcione la definición de reglamento y precise su diferencia con la

ley.

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El reglamento es un conjunto de disposiciones jurídicas expedido por el poder

del Ejecutivo con fundamento en la fracción aludida, la ley se distingue del

reglamento en que este último solo puede emanar el Presidente y es una

norma subalterna que tiene su medida y justificación en la ley.

6. Señale que se entiende por jurisprudencia y explique el modo de

formación de la misma.

Es el término que designa a la actividad que realizan los juristas cuando

describen el derecho, actividad que la denomina ciencia, literalmente significa

conocimiento del derecho. La jurisprudencia suele ser obligatoria, pero su

obligatoriedad es relativizada, según el sistema, al requerir un cierto número

decisiones sobre el mismo punto controvertido y en el mismo sentido, lo cual

provoca que su formación sea excesivamente lenta.

7. ¿Cuándo se interrumpe la jurisprudencia?

- La jurisprudencia se interrumpe cuando esta deja de tener carácter

obligatorio, siempre que se pronuncie ejecutoria en contrario por 11

ministros, si se trata de la sustentada por el pleno; por cuatro si es de una

sala, y por unanimidad de votos tratándose de la de un tribunal colegiado

de circuito.

- En todo caso, en la ejecutoria deberán expresarse las razones en que se

apoye la interrupción, las cuales se referirán a las que se pusieron en

consideración para establecer la jurisprudencia relativa.

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- Para la modificación de la jurisprudencia se observarán las mismas reglas

establecidas por esta ley, para su formación.

8. Mencione las reglas que deben aplicarse para modificar la

jurisprudencia.

- Que se pronuncie ejecutoria en contrario por catorce ministros, es decir, por

todos los ministros que integran el Pleno, el Pleno consta de once ministros

después de las reformas de 1986.

- Si el criterio que va a cambiar es jurisprudencia de Sala, que el criterio se

sustente por cuatro ministros.

- Si lo que se trata es de cambiar un criterio establecido por Tribunales

Colegiados de Circuito, es requisito que haya unanimidad de votos del

tribunal de circuito que cambie el criterio.

9. ¿Qué se entiende por costumbre y usos?

La costumbre es un comportamiento, un modo de actuar, una práctica

aceptada por la sociedad como obligatoria, mientras que los usos sirven para

interpretar la voluntad de las partes al consistir en prácticas generales.

La diferencia es que los usos carecen del elemento subjetivo de la costumbre.

10.¿Qué son los principios generales del derecho?

Son construcciones doctrinales o ideas y conceptos elaborados que

constituyen el fundamento del orden jurídico, pues en ellos se inspira el

legislador para crear dicho orden.

11.Defina la doctrina y precise si ésta es o no fuente formal del derecho.

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La doctrina está constituida por el conjunto de opiniones de los estudiosos del

derecho, las cuales son consideradas por el legislador al crear la ley y por el

juzgador, cuando la interpreta.

12.¿Qué se entiende por sentencia, contrato y acto unilateral de

voluntad?

La sentencia es la actividad que principalmente se realiza por el Poder Judicial,

función mediante el cual resuelve los conflictos que plantean los gobernantes,

aplicando una ley vigente a cada caso en particular, el contrato es el acuerdo

entre dos o más personas para crear, transferir, modificar y extinguir

obligaciones, y el acto unilateral de voluntad son fuentes de creación normativa

porque al individualizar y concretar a casos específicos normas jurídicas

generales y abstractas, generan para las partes involucradas derechos u

obligaciones que no existían previamente.

13.¿Por qué se dice que las sentencias, los contratos y los actos

unilaterales de voluntad son fuente de creación normativa?

Porque al individualizar y concretar casos específicos normas jurídicas

generales y abstractas, generan situaciones, derechos y obligaciones que no

existían con anterioridad.

14.¿Qué son las fuentes reales?

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Son aquellas compuestas por todas las características y necesidades de una

comunidad que, a su vez, delimitan el contenido y el alcance de sus propias

normas jurídicas.

15.¿En qué medida las reglas creadas internacionalmente por grupos o

asociaciones de comerciantes en el plano internacional pueden tener

efectividad en el derecho interno?

Estas normas jurídicas se crean con la finalidad de ser aceptadas o

reconocidas por diversos estados, aun cuando estos no estén previstos en la

Constitución o por la Leyes de esos Estados, con la finalidad de establecer

bases mínimas que regulen sus relaciones entre los Estados que la

conformen.

7. EL ESTADO Y ES DERECHO

1. ¿Cuáles son las causas por las que el derecho y el Estado se

encuentran en una interrelación necesaria?

La creación, aplicación y desarrollo del derecho son tareas de órganos

estatales, asimismo la institución estatal se justifica, pues, por el hecho de que

tiene una determinada etapa de la división del trabajo y del intercambio social

de la certidumbre de sentido y ejecución del derecho hacen preciso al Estado.

2. ¿Cuáles son las relaciones y diferencias entre poder y política?

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La política es una actividad propia del ser humano. Esta se manifiesta en forma

de dominación, garantizando el orden en medio de las luchas que nacen de la

diversidad y de la divergencia de opiniones e intereses. El poder implica la

posibilidad de que determinados mandatos, en forma de voluntad manifestada,

emitidos con intención de influir sobre la conducta de otras personas, influyan

efectivamente en función de un grupo territorial, con el propósito de la

organización social del grupo.

3. Explique cómo se ejercía el poder político en la Edad Media.

El ejercicio de las funciones de dominación política correspondía a diversos

centros de poder dispersos e independientes entre sí. Los ámbitos de

aplicación de sus mandatos, desde el punto de vista temporal, espacial,

personal y material, en pocas ocasiones precisos. Esta circunstancia dio lugar

a incertidumbres y conflictos de poder que terminaron con al centralización del

poder en una unidad de denominación territorial a la que se le denominó

Estado.

4. ¿Cuáles fueron los factores que dieron lugar al nacimiento del

Estado?

La centralización del poder político, el establecimiento de impuestos generales,

y de la milicia y burocracia permanentes, así como la distinción de gastos e

ingresos públicos y los privados del monarca.

5. ¿Con qué hecho se alcanzó la madurez de la institución estatal?

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Con las exigencias de regulación unitaria y planificada de las relaciones

políticas para un territorio hicieron necesaria la codificación del derecho público

en un documento unitario que se le conoce como Constitución escrita. La

constitución como cuerpo normativo se convirtió en el documento ideológico en

el que se describen los anhelos y los afanes de un pueblo, siendo su proyecto

nacional.

6. ¿Cómo se define al Estado?

Jellinek definió al estado como un grupo humano que se ha reunido como un

pueblo, que vive en territorio determinado y que dispone de un poder que

descansa en una organización. La definición costa de elementos clave, como

son:

- Pueblo,

- Territorio, y

- Poder.

7. ¿Cuál es la diferencia entre población y nación?

Por pueblo se entiende el elemento humano que integra una unidad política,

donde cada estado determina autónomamente qué personas deben ser

consideradas como pertenecientes al mismo y quiénes como extranjeros. La

nación es la mención a una comunidad cultural de idioma, religión, sentimiento

común de pertenencia a la misma historia y origen.

8. ¿Cuáles son los métodos de adquisición de la nacionalidad?

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Son dos los métodos para adquirir la nacionalidad:

I. Por nacimiento, y

II. Por naturalización.

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