cuestionario habilitacion est atencion adulto mayor

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Normas para la habilitacin de establecimientos de ciruga oftalmolgica

MINISTERIO DE SALUD

REPBLICA DE COSTA RICA

DIRECCION DE GARANTA DE ACCESO A SERVICIOS DE SALUDNormas de Costa Rica para la Habilitacin

de Establecimientos de Atencin Integral

a las personas adultas mayores.

Ao 2001 2 B105

Cuestionario de Informacin

Instrucciones para el uso del cuestionario

El cuestionario est dividido de acuerdo a las secciones en que est estructurada la norma de Habilitacin. Cada estndar tiene una o varias preguntas asociadas por medio de las cuales se verifica el cumplimiento de las mismas. Para facilitar la identificacin de las preguntas con los respectivos estndares, se sigui la misma numeracin de la norma.

El cuestionario incluye los aspectos necesarios para comprobar si el establecimiento cumple con los requisitos mnimos para ser Habilitado.

Para llenar el cuestionario coloque -segn corresponda- en la Columna E (Evaluacin), alguno de los cdigos presentados y explicados en el cuadro siguiente:

CODIGODESCRIPCIN

0 = NO APLICA Cuando el estndar no puede ser aplicado al establecimiento

1 = SI Si cumple. El estndar es cumplido en su totalidad

2 = NO No cumple. El estndar no se cumple del todo

Todas las preguntas deben ser respondidas para efectos de la Habilitacin.

Una vez lleno el cuestionario, debe enviarse al Nivel Central, junto con la hoja de informacin general del establecimiento, que se presenta en las primeras pginas.

- En caso de consulta llamar a la Direccin de servicios de Salud, a los siguientes telfonos:

233-78-72 256-46-98 Fax: 255-11-67Contenido

Temtica

pgina

Instrucciones para el uso del cuestionario

1

Informacin General del Establecimiento

3

Datos Generales

4

1. Datos Poblacionales

4

2. Recursos Materiales y Equipo

4

3. Recursos Humanos

4

4.1 CENTROS DIURNOS, HOGARES Y ALBERGUES

5

4.1.1 Estructura y Mobiliario

5

4.1.2 Seguridad e higiene laboral

9

4.1.3 Direccin

10

4.1.4 Administracin

10

4.1.5 Nutricin

10

4.1.6 Actividades de Terapia Ocupacional

12

4.1.7 Prevencin y atencin de la violencia

13

4.2 ALBERGUES y HOGARES

14

4.2.1 Atencin en salud

14

4.2.2 Trabajo Social

15

4.2.3 Terapia Fsica

15

4.2.4 Lavandera y/o ropera

16

Informacin General del Establecimiento

Nombre del Establecimiento: _______________________________________________________

1.1 Direccin exacta :

__________________________________________________________________

1.2 Provincia: 1.3 Cantn: 1.4 Distrito:

1.4 Direccin postal :

1.5 Telfono : 1.6 Fax:

1.7 Direccin de correo electrnico:

1.8 Regin de Salud: 1.9 rea de salud:

1.10 Tipo: Hogar ( Albergue ( Centro Diurno (

1.11 Financiamiento : Pblico ( Privado ( Mixto (

1.12 Nombre del Encargado Tcnico:

1.13 Nmero de Cdula del Encargado Tcnico:

1.14 Puesto del Encargado Tcnico:

1.15 Nombre del dueo:

1.16 Nmero de cdula del dueo:

1.17 Nmero de Cdula Jurdica del Establecimiento:

1.18 Fecha de vencimiento de la cdula jurdica:

1.19 Fecha de evaluacin :

Da Mes Ao

1.20 Evaluadores /as:

1.21 Observadores /as:

1.22 Contraparte :

1. Datos Poblacionales

2.1 Nmero actual de usuarias: 2.2 Nmero actual de usuarios: 2.3 Total :

2.4 Capacidad total del establecimiento personas :

2.5 Capacidad utilizada. Divida el nmero total (2.3) entre el nmero anterior (2.4) y multiplique por cien, d el dato en porcentaje de capacidad utilizada: %

2. Recursos Materiales y Equipo

AreaTiene

Si NoAreaTiene

Si No

2.1 Area administrativa2.8 Area de rehabilitacin fsica

2.2 Area de atencin mdica2.9 Area de actividades recreativas y ocupacionales

2.3 Area de atencin de

enfermera2.10 Area de lavandera

2.4 Area de medicamentos2.11 Area de sala de estar

2.5 Area de cocina 2.12 Area de capilla

2.6 Area de comedor2.13 Area de dormitorios

2.7 Area de trabajo social

3. Recursos Humanos (Si no se tiene el recurso colocar 0 )

Nombre del recursoCantidad

Nombre del RecursoCantidad

3.1 Mdico general3.10 Trabajador Social

3.2 Mdico especialista en Geriatra3.11 Fisioterapeuta

3.3 Profesional en enfermera3.12 Asistente rehabilitacin fsica

3.4 Auxiliares de enfermera3.13 Terapista ocupacional

3.5 Asistente del adulto mayor3.14 Administrador(a)

3.6 Nutricionista3.15 Personal de lavandera

3.7 Cocinera3.16 Personal de aseo

3.8 Auxiliar de cocina3.17 Personal Voluntario

3.9 Profesional en Seguridad e Higiene

Laboral.3.18 Personal de mantenimiento

FECHA:______________FIRMA______________________POR________________________________

PUESTO / OFICIO_____________________________________________

4.1 CENTROS DIURNOS, HOGARES Y ALBERGUES

4.1.1 Estructura y Mobiliario

Item4.1.1.1 Planta FsicaEObservaciones

4.1.1.1.1La edificacin donde funcione el centro debe cumplir con las caractersticas descritas en el Apndice A.

4.1.1.1.1.11. El establecimiento debe estar ubicado en zonas cercanas a centros de atencin de salud.

4.1.1.1.1.22. Debe estar alejado de zonas industriales o con riesgo de contaminacin y de zonas de desastre o con riesgo de desastres naturales.

4.1.1.1.1.33. El establecimiento debe ser de una sola planta, en caso contrario deben contar con ascensor o rampas.

4.1.1.1.1.44. No deben existir barreras arquitectnicas como gradas, muros, alcantarillas abiertas, desages sin tapa, desniveles en el piso, alfombras sin pegar ni elementos que obstaculicen el desplazamiento.

4.1.1.1.1.55. Las rampas.

4.1.1.1.1.5.1a) Deben estar acorde a lo dispuesto en la Ley 7600 lo que implica que las pendientes longitudinales deben ser, 10% hasta 12% tramos menores a 3 metros; 8 hasta 10% tramos de 3 hasta 10 metros; 6 a 8% tramos mayores a 10 metros.

4.1.1.1.1.5.2b) Tiene una superficie de suelo duro y antideslizante, y con una anchura mnima de 85 cms. para una sola silla. No deben colocarse rampas con distancias de ms de 15 m.

4.1.1.1.1.66. Las escaleras y reas de trnsito de los usuarios; deben cumplir con las especificaciones; segn la Ley 7600.

4.1.1.1.1.77. Los pasamanos.

4.1.1.1.1.7.1a) Deben colocarse en todas las reas de trnsito de los usuarios, a ambos lados de los pasillos y escaleras..

4.1.1.1.1.7.2b) Deben ser de material resistente a la humedad y que no sea conductor de la electricidad

4.1.1.1.1.88. Las puertas.

4.1.1.1.1.8.1a) Deben tener al menos un ancho mnimo de 90 cm, con los herrajes instalados a 90 cm del piso.

4.1.1.1.1.8.2b) Que puedan ser abiertas con una sola mano y adems de fcil manejo.

4.1.1.1.1.99. La Puerta de emergencia.

4.1.1.1.1.9.1a) Debe tener ancho mnimo de 120 cm y 210 cm de alto.

4.1.1.1.1.9.2b) Esta puerta debe abrir hacia fuera.

4.1.1.1.1.1010. Las ventanas.

4.1.1.1.1.10.1a) Deben tener una altura al menos de 90 cm del piso.

4.1.1.1.1.10.2b) Y de fcil apertura.

4.1.1.1.1.10.3c) El rea mnima para ventanas debe ser el siguiente. Piezas habitables y cocina 15%, cuartos de bao 10%, escaleras y corredores 15%; Esta rea es con relacin al rea total de piso de cada zona, y al menos un 50% del total de rea de ventanas deber abrirse para ventilacin.

4.1.1.1.1.11.111. La ventilacin debe ser directa, a travs de ventanas o tragaluces abiertos.

4.1.1.1.1.1212. La iluminacin diurna debe ser directa a travs de ventanas.

4.1.1.1.1.1313. Los pisos.

4.1.1.1.1.13.1a) Deben ser antideslizantes.

4.1.1.1.1.13.2b) Lisos y nivelados, que no impida el desplazamiento.

4.1.1.1.1.13.3c) La altura del piso al cielo raso debe ser al menos de 2,40 metros.

4.1.1.1.1.13.4d) No deben estar colocadas alfombras, felpudas ni esterillas sueltas.

4.1.1.1.1.1414. Las paredes.

4.1.1.1.1.14.1a) Debe ser de material refractario, contra el fuego.

4.1.1.1.1.14.2b) Sin hoyos, grietas o filos cortantes.

4.1.1.1.1.14.3c) La textura debe ser lisa y con bordes redondeados.

4.1.1.1.1.14.4d) De fcil lavado.

4.1.1.1.1.14.5e) Y pinturas de colores claros (sin brillo).

4.1.1.1.1.14.6f) Y con pinturas no txicas (sin plomo).

4.1.1.1.1.1515. Los techos.

4.1.1.1.1.15.1a) Deben ser de material durable, resistente e impermeable y sin goteras.

4.1.1.1.1.15.2b) Debe considerarse para su diseo el clima donde se construye para prever calentamiento excesivo u otro tipo de problema.

4.1.1.1.1.1616. Los cielos rasos deben ser de material durable, resistente y no combustible.

4.1.1.1.1.17 17. Pasillos

4.1.1.1.1.17.1a) El ancho mnimo de los pasillos es de al menos de 180 cm.

4.1.1.1.1.17.2b) Los pasillos deben tener unas dimensiones que permitan el movimiento seguro y cmodo de los usuarios.

4.1.1.1.1.1818. Los interruptores y timbres (dentro de los dormitorios).

4.1.1.1.1.18.1a) Deben estar a una altura del piso entre 80 cm y 100 cm.

4.1.1.1.1.18.2b) Que sean accesibles y visibles.

4.1.1.1.1.18.3c) De fcil manejo, que permitan encenderlos evitando caminar a oscuras.

4.1.1.1.1.1919. Los tomacorrientes estar situados a no menos de 40 a 50 cm del suelo.

4.1.1.1.1.19.1a) En los casos en que se ofrezca servicio de dormitorio, deben contarse con luces a 60 cm sobre el piso, que indiquen el trayecto al bao.

4.1.1.1.1.2020. Deben tener protectores en:

4.1.1.1.1.20.1a) Los bordes de los pasillos.

4.1.1.1.1.20.2b) Muros.

4.1.1.1.1.20.3c) Puertas.

4.1.1.1.1.20.4d) Esquinas.

4.1.1.1.1.20.5d) Tanto en el interior como en el exterior.

4.1.1.1.1.20.6f) Con una altura de sesenta centmetros del suelo y un ancho de no menos 10 cm.

4.1.1.1.1.21 21. Los servicios sanitarios deben contar como mnimo con las siguientes piezas sanitarias:

4.1.1.1.1.21.1a) Una ducha por cada quince usuarios segn sexo.

4.1.1.1.1.21.2b) Lavamanos: dos por cada quince usuarios segn sexo.

4.1.1.1.1.21.3c) Inodoros: dos por cada quince usuarios segn sexo.

4.1.1.1.1.21.4d) Servicio sanitario para funcionarios(as).

4.1.1.1.1.21.5e) Servicio sanitario para visitantes.

4.1.1.1.1.2222 Deben contar:

4.1.1.1.1.22.1a) Con una rea de bao y de inodoro con una dimensin de al menos 1.5 m x 2.1 m por unidad, para que permita la movilizacin de sillas de ruedas.

4.1.1.1.1.22.2b) Las duchas deben tener piso antideslizante, un asiento o silla de bao y barras para sujetarse, no tener escalones (gradas, muros).

4.1.1.1.1.2323. El inodoro.

4.1.1.1.1.23.1a)Debe tener una altura de 60 cm.

4.1.1.1.1.23.2b) Con barras laterales en ambos lados para sujetarse.

4.1.1.1.1.2424. Los lavamanos deben tener una altura de 85 cm, segn Ley No. 7600.

4.1.1.1.2Tener al menos tener acceso a un 30% de zonas verdes.

4.1.1.1.3El establecimiento debe contar con agua potable apta para el consumo humano.

4.1.1.1.4El establecimiento debe contar con un sistema de disposicin de aguas negras

4.1.1.1.5El establecimiento debe contar con un sistema de evacuacin de aguas pluviales.

4.1.1.1.6El establecimiento debe contar con un rea especfica y privada para realizar el ingreso del adulto mayor.

4.1.1.1.7El establecimiento debe contar para dormitorios, con un rea mnima de 7.5 metros cuadrados para dos camas o un rea mnima de 3.5 metros cuadrados por cama, para salones grandes.

4.1.1 Estructura y Mobiliario

Item4.1.1.2 Recurso Material EObservaciones

4.1.1.2.1Los sillones.

4.1.1.2.1.1a) Deben tener un altura sobre el suelo de 43 cm

4.1.1.2.1.2b) El ancho mnimo de 50 cm y profundidad mxima de 40 cm.

4.1.1.2.1.3c) La altura del respaldo debe ser de al menos 60 cm.

4.1.1.2.1.4d) Deben contar con apoyo lateral (brazos) que se prolongue fuera del borde del asiento, acorde segn las tallas y pesos de lo mismos.

4.1.1.2.2Las mesas.

4.1.1.2.2.1a) Deben tener una altura del sobre al suelo entre 75 cm y 85 cm.

4.1.1.2.2.2b) Con sus bordes redondeados.

4.1.1.2.3Las sillas.

4.1.1.2.3.1a) Deben ser estables, resistentes.

4.1.1.2.3.2b) Con brazos para ponerse de pie.

4.1.1.2.3.3c) El respaldo y el asiento debe ser acolchados.

4.1.1.2.3.4d) Entre el asiento y la tabla de la mesa debe quedar un espacio de 20 cm.

4.1.1 Estructura y Mobiliario

Item4.1.1.2 Recurso Material EObservaciones

4.1.1.2.3.5e) Los soportes de las sillas deben tener material antideslizante, segn tallas y pesos de los usuarios / as.

4.1.1.2.4Las camas.

4.1.1.2.4.1a) Deben de tener al menos una altura entre 50 cm y 60 cm, sobre el suelo.

4.1.1.2.4.2b) Y con una distancia entre cama y cama de 0.90 metros como mnimo.

Item4.1.1.3 GestinEObservaciones

4.1.1.3.1El establecimiento debe contar:

4.1.1.3.1.1a) Con el visto bueno de ubicacin del Ministerio de Salud.

4.1.1.3.1.2b) Y el visto bueno de uso del suelo de la Municipalidad del lugar.

4.1.1.3.2Los planos deben contar con los sellos, timbres y firmas, as como los documentos anexos donde se otorgue la aprobacin de rea mnima de predio y edificacin otorgados por el Ministerio de Salud, Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, INVU y la Municipalidad respectiva.

4.1.1.3.3Tanto los planos originales como las modificaciones hechas en el establecimiento, debe contar con la aprobacin de todas las Instituciones involucradas, Ministerio de Salud, Colegio de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica y la Municipalidad local.

Item4.1.1.4 DocumentacinEObservaciones

4.1.1.4.1El establecimiento debe de contar con un juego de planos de la edificacin que incluya:

4.1.1.4.1.1a) Las lminas del diseo de las instalaciones hidrulicas.

4.1.1.4.1.2b) Sanitarias.

4.1.1.4.1.3c) Pluviales.

4.1.1.4.1.4d) Elctricas.

4.1.1.4.1.5e) Mecnicas.

4.1.1.4.1.6f) Estructurales.

4.1.1.4.1.7g) Y arquitectnicas.

4.1.1.4.2En caso de que el edificio no sea nuevo y no exista la posibilidad de conseguir los planos constructivos aprobados, se debe contar con:

4.1.1.4.2.1a) Una certificacin estructural.

4.1.1.4.2.2b) Y elctrica del establecimiento.

4.1.1.4.2.3c) Realizadas por profesionales en el campo, que garanticen la idoneidad y seguridad del inmueble para funcionar como tal.

4.1.1.4.3En caso de que el establecimiento cuente con tanque de captacin de agua potable, se debe indicar en los planos su ubicacin, dimensin y especificaciones.

4.1.1.4.4En los planos debe indicarse el diseo y la posible solucin de las barreras arquitectnicas cumpliendo con las condiciones mnimas establecidas por el Departamento de Ingeniera Sanitaria y de Arquitectura del Ministerio de Salud.

4.1.1.4.5El establecimiento debe tener las recomendaciones del Benemrito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, Ingeniera en Prevencin del Instituto Nacional de Seguros.

4.1.2 Seguridad e Higiene Laboral

Item4.1.2.1 Recurso HumanoEObservaciones

4.1.2.1.1El establecimiento debe contar con asesora de un tcnico y/o profesional en Seguridad e Higiene Laboral en la planeacin, direccin y ejecucin de las acciones tendientes al mejoramiento de las condiciones y medio ambiente del trabajo.

Item4.1.2.2 Planta FsicaEObservaciones

4.1.2.2.1En el establecimiento debe existir sealizacin de seguridad para indicar:

4.1.2.2.1.1a) Salidas de emergencia.

4.1.2.2.1.2b) Rutas de evacuacin.

4.1.2.2.1.3c) Zonas de seguridad.

4.1.2.2.1.4d) Area de fumado (Segn ley No. 7501)

4.1.2.2.1.5e) Areas riesgosas de trabajo.

4.1.2.2.1.6f) Equipo contra incendio.

4.1.2.2.1.7g) Lmparas / luces de emergencia.

4.1.2.2.1.8h) Detectores de humo.

Item4.1.2.3 Recurso Material EObservaciones

4.1.2.3.1El establecimiento debe contar con el equipo necesario para el control de incendios, que incluya un dispositivo de alarma audiovisual y automtico.

4.1.2.3.2El establecimiento debe contar con recipientes que tengan tapa y bolsas plsticas para los desechos slidos.

4.1.2.3.2.1a) De origen vegetal (como cscaras, semillas, componentes de plantas).

4.1.2.3.2.2b) Y slidos de origen animal (como huesos y partes animales).

4.1.2.3.3El establecimiento debe contar con un sistema para la disposicin final de residuos peligrosos producidos en el mismo.

4.1.2.3.3.1a) Con bolsas plsticas rotuladas para la (cristalera, aplicadores, gasas, guantes con secreciones, etc.).

Item4.1.2.4 Documentacin EObservaciones

4.1.2.4.1El establecimiento debe tener un manual de normas de seguridad e higiene del trabajo.

4.1.2.4.2El establecimiento debe tener un mapa de riesgos actualizado y estar disponible para todo el personal.

4.1.2.4.3El establecimiento debe tener un manual de protocolos de seguridad para la prevencin de enfermedades infectocontagiosas (Hepatitis B, Sida, etc.).

4.1.3 Direccin

Item4.1.3.1 Recurso Humano EObservaciones

4.1.3.1.1El establecimiento debe contar con el Presidente de Junta Directiva o representante que sea el responsable principal del funcionamiento del mismo.

4.1.3.1.2El Presidente de la Junta Directiva o representante del establecimiento debe tener:

4.1.3.1.2.1a) Capacitacin en el manejo del adulto/a mayor.

4.1.3.1.2.2b) Conocimientos bsicos y experiencia en administracin y gestin.

4.1.4 Administracin

Item4.1.4.1 Recurso HumanoEObservaciones

4.1.4.1.1El establecimiento debe contar con un funcionario/a responsable de la seccin administrativa.

4.1.4.1.2El establecimiento debe contar con una o un funcionario responsable de la seccin administrativa con capacitacin en el manejo del adulto y adulta mayor, conocimientos bsicos y experiencia en administracin y gestin.

Item4.1.4.2 Planta Fsica EObservaciones

4.1.4.2.1El establecimiento debe contar con un espacio fsico.

4.1.4.2.1.1a) Para labores administrativas.

4.1.4.2.1.2b) Incluyendo un rea para el almacenaje de insumos y equipo.

4.1.4.2.2El establecimiento debe contar con un rea especfica para la conservacin de los expedientes que garantice su proteccin, confidencialidad y control.

Item4.1.4.3 Recurso Material EObservaciones

4.1.4.3.1Debe contar con el equipo necesario para el desempeo de las labores administrativas.

4.1.5 Nutricin

Item4.1.5.1 Recurso Humano EObservaciones

4.1.5.1.1El servicio de nutricin debe contar con acceso a un o una profesional en nutricin.

4.1.5.1.2El servicio de nutricin debe contar:

4.1.5.1.2.1a) Con un/a cocinera/o para la preparacin de menos de 50 raciones.

4.1.5.1.2.2b) Y un auxiliar de cocina por cada 100 raciones producidas.

Item4.1.5.2 Planta Fsica EObservaciones

4.1.5.2.1La ubicacin del servicio:.

4.1.5.2.1.1a) Debe permitir el fcil acceso para el almacenamiento de alimentos y otros materiales.

4.1.5.2.2En caso de que el establecimiento utilice Gas LPG para cocinar, para secadoras, tanques para calentamiento de agua, etc. debe contar con un rea para los cilindros, donde exista:

4.1.5.2.2.1a) Libre circulacin de aire para la ubicacin de los cilindros. Deben estar protegidos de las inclemencias del tiempo (techados), anclados, sealizados y resguardados en un recinto con malla tipo cicln.

4.1.5.2.2.2b) La tubera debe ser de cobre, bronce o hierro galvanizado, bien soportada y protegida de daos fsicos.

4.1.5 Nutricin

Item4.1.5.2 Planta Fsica EObservaciones

4.1.5.2.2.3c) Debern contar con vlvulas de cierre rpido a una distancia aproximada de 2 metros de los quemados, accesibles en forma manual por los operadores y otra cercana a los cilindros.

4.1.5.2.3El servicio debe estar alejado de lugares insalubres o con riesgo de contaminacin.

4.1.5.2.4El servicio debe contar con el espacio fsico y reas identificadas para el cumplimiento de cada una de la actividades (recepcin, almacenamiento, preparacin (cocina), distribucin (comedor), y rea de limpieza.

4.1.5.2.5El rea de cocina debe ajustarse a las caractersticas fsicas que se anotan en el Apndice B.

4.1.5.2.5.1a) Pisos de acabado liso, no poroso, antideslizante y de fcil lavado.

4.1.5.2.5.2b) Paredes, de acabado liso y no poroso.

4.1.5.2.5.3c) Cielo raso, liso, de fcil lavado y de color claro.

4.1.5.2.5.4d) Uniones, entre pared y pared, pared y piso deben ser cncavas y de material lavable.

4.1.5.2.5.5e) Puertas, deben abrir hacia fuera, fcil manejo y tener contrapuerta de cedazo.

4.1.5.2.5.6f) Ventanas, deben llevar malla desmontable para facilitar el aseo, Si se utiliza cualquier otro tipo de abertura exterior, por ejemplo, ladrillo ornamental, es necesario que sea protegido con cedazo.

4.1.5.2.5.7g) Pintura, debe ser resistente a la humedad y a vapores, con colores claros y no txica. (sin plomo).

4.1.5.2.5.8h) Ventilacin natural o artificial (ventilador) que garantice una temperatura ambiental agradable para los funcionarios y usuarios.

4.1.5.2.5.9i) El extractor de grasa, calor, vapor y otros deben estar construidos en acero inoxidable, para permitir su fcil limpieza y recubierta de material aislante para evitar el recalentamiento de las reas adjuntas.

4.1.5.2.5.10j) Iluminacin que permita la realizacin de las tareas, preferiblemente luz natural (durante el da).

4.1.5.2.5.11k) Las lmparas ubicadas en rea de preparacin (cocina) y distribucin (comedor) de alimentos deben contar con protecciones para evitar la cada de vidrios en caso de rompimiento accidental del bombillo u fluorescente.

4.1.5.2.5.12l) Debe contar con suministro de agua caliente en el rea de lavado de utensilios.

Item4.1.5.3 Recurso MaterialEObservaciones

4.1.5.3.1El servicio debe contar con el equipo y utensilios especificados en el Apndice C. Estos deben estar en buen estado de funcionamiento.

4.1.5.3.1.1rea de Almacenamiento.

4.1.5.3.1.1.1a) Tarimas para alimentos en sacos.

4.1.5.3.1.1.2b) Estantes.

4.1.5.3.1.1.3c) Recipientes con tapa ajustada.

4.1.5.3.1.1.4d) Refrigeradora con congelador (recomendable de dos puertas).

4.1.5.3.2rea de preparacin. (cocina).

4.1.5.3.2.1a) Balanza para pesar alimentos.

4.1.5.3.2.2b) Refrigeradora.

Item4.1.5.3 Recurso MaterialEObservaciones

4.1.5.3.2.3c) Licuadora.

4.1.5.3.2.4d) Cocina: elctrica o de gas.

4.1.5.3.2.5e) Base de soporte para cilindros de gas (en caso de utilizar este combustible).

4.1.5.3.2.6f) Batidora.

4.1.5.3.2.7g) Ollas y sartenes de diferentes tamaos.

4.1.5.3.2.8h) Pelador de vegetales.

4.1.5.3.2.9i) Abrelatas.

4.1.5.3.2.10j) Horno.

4.1.5.3.2.11k) Extractor de grasa.

4.1.5.3.2.12l) Pilas de material poroso, superficie lisa, resistente al fro y calor (acero inoxidable).

4.1.5.3.2.13m) Pileta para el lavado de artculo de aseo.

4.1.5.3.2.14n) Basureros con tapa y bolsa plstica, segn tipo de desecho (vidrio, plstico. papel, cartn y orgnico).

4.1.5.3.3rea de Distribucin (Comedor).

4.1.5.3.3.1a) Percolador.

4.1.5.3.3.2b) Mesas y sillas.

4.1.5.3.3.3c) Bandejas, platos, vasos, cubiertos, cucharas y otros (de material resistente).

4.1.5.3.3.4e) Lavamanos, dispensador de jabn, secador de manos o toallas desechables.

4.1.5.3.3.5f) Basurero con bolsa plstica y tapa.

4.1.5.3.4rea de Limpieza.

4.1.5.3.4.1a) Escoba.

4.1.5.3.4.2b) Escurridor y palo de piso.

4.1.5.3.4.3c) Pala de basura ( plstica o acero inoxidable).

4.1.5.3.4.4d) Pileta para el lavado de utensilios de limpieza ( fuera del rea del servicio).

4.1.6 Actividades de Terapia Ocupacional

Item4.1.6.1 Recurso Humano EObservaciones

4.1.6.1.1El establecimiento debe tener acceso a un o una funcionario/a terapeuta Ocupacional a cargo de las actividades de terapia ocupacional.

4.1.6.1.2El establecimiento debe tener una o un voluntario, capacitado en las actividades de terapia ocupacional.

Item4.1.6.2 Planta FsicaEObservaciones

4.1.6.2.1El establecimiento debe tener acceso a un saln multiuso donde llevar a cabo actividades de terapia ocupacional de los usuarios y usuarias como las manualidades, juegos de mesa, teatro, baile, lectura, oratoria e hidropona.

Item4.1.6.3 Recurso Material EObservaciones

4.1.6.3.1El establecimiento debe contar con el equipo especifico para realizar las actividades de terapia ocupacional segn el Apndice D.

4.1.6.3.1.1a) Mesas, sillas.

4.1.6.3.1.2b) Pizarra acrlica.

4.1.6.3.1.3c) Marcadores para pizarra acrlica.

4.1.6.3.1.4d) Borrador de pizarra acrlica.

4.1.6.3.1.5e) Papelera ( hojas blancas, papel peridico, papel de construccin, cuadernos de rayas, cuadernos de caligrafa).

4.1.6.3.1.6f) Libros de lectura recreativa.

4.1.6.3.1.7g) Lpices de colores y marcadores para dibujo.

4.1.6.3.1.8h) Tijeras, reglas, goma.

4.1.6.3.1.9i) Tela.

4.1.6.3.1.10j) Agujas de coser.

4.1.6.3.1.11k) Hilos de colores.

4.1.6.3.1.12l) Lanas.

4.1.6.3.1.13m) Juegos de entretenimiento, coordinacin y estimulacin cognitiva (lotera de figuras geomtricas, scrabble, rompecabezas, bingo, memorias, etc.).

4.1.6.3.1.14n) Televisin, equipo de sonido o grabadora.

4.1.6.3.1.15o) Plasticina.

4.1.6.3.1.16p) Cubos de madera.

4.1.6.3.1.17q) Bolas de diferentes tamaos.

4.1.7 Prevencin y Atencin de la Violencia

Item4.1.7.1 DocumentacinEObservaciones

4.1.7.1.1El reglamento interno de trabajo o de (sanciones disciplinarias) del establecimiento, debe contener los siguientes especificaciones referidas a la prevencin y atencin de la violencia intrafamiliar o institucional.

4.1.7.1.1.1a) Prohibicin de ejercer cualquier tipo de violencia (fsica, psicolgica, sexual y patrimonial) hacia los adultos/as mayores usuarios del establecimiento.

4.1.7.1.1.2b) Sanciones para el personal que incumpla las prohibiciones del punto anterior, segn lo estipulado en el artculo 2 de la Ley 7586 y en los artculos 57 a 62 de la Ley 7935.

4.1.7.1.2El establecimiento debe contar con un directorio actualizado de instituciones que brindan atencin en caso de violencia intrafamiliar.

4.1.7.1.3El establecimiento debe contar con ejemplares de la Ley Contra la Violencia Domstica N7586, la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor 7935, Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas Discapacidad N7600 siguientes y la Declaracin de Derechos Humanos.

4.1.7.1.4El establecimiento debe tener en un lugar visible los derechos del Adulto/a Mayor.

4.2 ALBERGUES Y HOGARES4.2.1 Atencin en Salud

Item4.2.1.1 Recurso HumanoEObservaciones

4.2.1.1.1El establecimiento debe tener acceso a un profesional en medicina segn el nmero de usuarios/as.

4.2.1.1.2El establecimiento debe contar con un profesional en enfermera, al menos en jornada de medio tiempo, con un mnimo de 50 usuarios/as.

4.2.1.1.3El establecimiento debe contar al menos con un auxiliar de enfermera por turno, con un mnimo de 50 usuarios/as.

4.2.1.1.4El establecimiento debe contar al menos con un asistente de atencin en salud por turno, con un mnimo de 50 usuarios/as.

Item4.2.1.2 Planta Fsica EObservaciones

4.2.1.2.1El establecimiento debe contar con un rea (compartida) especfica, exclusiva y privada para la consulta mdica y enfermera.

Item4.2.1.3 Recurso MaterialEObservaciones

4.2.1.3.1El establecimiento debe contar con el material y equipo para la atencin en salud especificados en el Apndice E.

4.2.1.3.1.1a) Lavamanos, dispensador de jabn, desinfectante, toallas desechables.

4.2.1.3.1.2b) Servicio Sanitario.

4.2.1.3.1.3c) Camilla con grada.

4.2.1.3.1.4d) Esfignomanmetro, termmetros, estetoscopio.

4.2.1.3.1.5e) Equipo de diagnstico.

4.2.1.3.1.6f) Balanza de plataforma.

4.2.1.3.1.7g) Foco con bateras.

4.2.1.3.1.8h) Guantes, vendas, gasa.

4.2.1.3.1.9i) Baja lenguas, algodn, jeringas con aguja.

4.2.1.3.1.10j) Alcohol, yodo, equipo de curaciones.

4.2.1.3.1.11k) Carro de curaciones.

4.2.1.3.1.12l) Azafates, riones.

4.2.1.3.1.13m)Tarjetas de medicamentos.

4.2.1.3.1.14n) Papelera: ordenes mdicas, hojas de notas de enfermera y de otros profesionales de la norma, hoja de medicamentos, estado nutricional, laboratorio, rayos x, rdenes de traslado, etc.

4.2.1.3.1.15o) Basurero con tapa y bolsa plstica.

4.2.1.3.1.16p) Biombo.

4.2.1.3.1.17q) Bolsas par material contaminado (residuos peligrosos).

4.2.1.3.1.18r) Tener acceso a un sistema de esterilizacin para material y equipo. Ejemplo: equipo de curaciones, conos del equipo, diagnstico, etc. Este sistema puede ser utilizando medios qumicos, autoclave, gas y otros.

4.2.2 Trabajo Social

Item4.2.2.1 Recurso HumanoEObservaciones

4.2.2.1.1El establecimiento debe tener acceso a un/a profesional en trabajo social.

Item4.2.2.2 Planta FsicaEObservaciones

4.2.2.2.1El establecimiento debe tener el espacio necesario para actividades tcnicas y administrativas de trabajo social.

4.2.2.2.2El servicio debe contar con un espacio privado para la atencin de los usuarios/as.

Item4.2.2.3 Recurso MaterialEObservaciones

4.2.2.3.1El establecimiento debe contar con el soporte administrativo en equipo y mobiliario para el desempeo de las funciones:

4.2.2.3.2a) Escritorio con silla.

4.2.2.3.3b) Dos sillas adicionales.

4.2.2.3.4c) Archivo.

4.2.2.3.5d) Mquina de escribir y/o equipo de computo.

4.2.2.3.6e) Telfono o extensin telefnica.

4.2.2.3.7f) Basurero.

4.2.2.3.8g) Y papelera.

4.2.3 Terapia Fsica

4.2.3.1 Recurso Humano EObservaciones

4.2.3.1.1El establecimiento debe tener acceso a un profesional en terapia fsica.

4.2.3.1.2El establecimiento debe tener a una o un voluntario, capacitado en las actividades de terapia fsica.

Item4.2.3.2 Planta FsicaEObservaciones

4.2.3.2.1El establecimiento debe contar con acceso a un espacio o saln multiuso, donde se puedan llevar a cabo actividades de terapia fsica de los usuarios (actividad fsica, ejercicio fsico).

Item4.2.3.3 Recurso MaterialEObservaciones

4.2.3.3.1El establecimiento debe contar con el equipo necesario especificado en el Apndice F.

4.2.3.3.1.1a) Barras paralelas.

4.2.3.3.1.2b) Poleas.

4.2.3.3.1.3c) Espejo de cuerpo entero pegado a la pared.

4.2.3.3.1.4d) Juego de pesas (sacos de arena).

4.2.4 Lavandera y ropera

Item4.2.4.1 Recurso HumanoEObservaciones

4.2.4.1.1Debe existir una o un funcionario/a responsable del servicio de lavandera o ropera.

4.2.4.2 Planta FsicaEObservaciones

4.2.4.2.1El servicio debe tener un rea especfica y exclusiva para su funcionamiento, con espacios dedicados a cada etapa del proceso de recepcin, clasificacin, lavado, secado, planchado y almacenamiento.

4.2.4.2.2El servicio de lavandera propio o externo, debe contar con suministro suficiente, constante de agua y electricidad.

Item4.2.4.3 Recurso MaterialEObservaciones

4.2.4.3.1El servicio de lavandera debe tener equipo exclusivo y rotulado para el transporte de ropa limpia y sucia.

Unidad de Servicios de Salud de atencin directa a las personas

Telfonos: 2221-6058 / 2255-2745 / 2222-9115 Fax: 2222-1420