cuadro comparativo
TRANSCRIPT
SOCIEDAD COLECTIVA
SOCIEDAD ENCOMANDITA
SIMPLE
SOCIEDAD COMANDITA POR
ACCIONES
SOCIEDAD ANÓNIMA
SOCIEDAD ANONIMA
SIMPLIFICADA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
DENOMINACION Se integra con las palabras "sociedad colectiva" o su abreviatura. Si actúa bajo una razón social, esta se formará con el nombre de alguno, algunos o todos los socios. Contendrá las palabras "y compañía" o su abreviatura si en ella no figuran los nombres de todos los socios.
Se integra con las palabras "sociedad en comandita simple" o su abreviatura.
Se integra con las palabras “sociedad en comandita por acciones”, su abreviatura o la sigla S.C.A.
Puede incluir el nombre de una o mas personas de existencia visible y deber contener la expresión “sociedad anónima”, su abreviatura o la sigla S.A..
Puede incluir el nombre de una o mas personas de existencia visible y deber contener la expresión “sociedad por acciones simplificada, su abreviatura o la sigla S.A.S.”
Puede incluir el nombre de uno o más socios y debe contener la indicación “sociedad de responsabilidad limitada”, su abreviatura o la sigla S.R.L. Su omisión hará responsable ilimitadamente y solidariamente al gerente por los actos que celebre en esas condiciones
CONSTITUCION Instrumento privado Instrumento privado Escritura pública Escritura pública Instrumento privado registrado en cámara de comercio.
Escritura pública
OBJETO Debe ser preciso y determinado, así como también licito
Debe ser preciso y determinado, así como también licito
Debe ser preciso y determinado, así como también licito
Debe ser preciso y determinado, así como también licito
Debe ser preciso y determinado, así como también licito
Debe ser preciso y determinado, así como también licito
DURACION Debe ser determinada en el contrato de constitución y toda modificación de la misma requiere acuerdo unánime de los socios
Debe ser determinada en el contrato de constitución y toda modificación de la misma requiere acuerdo unánime de los socios
Debe ser determinada en el contrato de constitución y toda modificación de la misma requiere acuerdo unánime de los socios
Debe ser determinada en el contrato de constitución y toda modificación de la misma requiere acuerdo unánime de los socios
Debe ser determinada en el contrato de constitución y toda modificación de la misma requiere acuerdo unánime de los socios
Debe ser determinada en el contrato de constitución y toda modificación de la misma requiere acuerdo unánime de los socios
TIPO DE SOCIOS SociosDos tipos:A) Gestores: Administran la sociedad.B) Comanditarios: No
Dos tipos:A) Gestores: Administran la sociedad.
Accionistas Accionistas Socios
administran la sociedadB) Comanditarios: No administran la sociedad
CAPITAL SOCIAL El capital se divide en partes de interés que pueden ser desiguales.
Cada socio tiene un voto.
El aumento o disminución del capital social requiere reforma estatutaria.
El capital se divide en cuotas iguales que dan un voto por cada una.
Aportes de los socios comanditarios y gestores.
El aumento o disminución del capital social requiere reforma estatutaria.
El capital se divide en acciones de igual valor.
Aportes de los socios comanditarios y gestores.
El aumento o disminución del capital social requiere reforma estatutaria.
El capital se divide en acciones de igual valor.
Las acciones en circulación corresponden al capital pagado por los accionistas.
El capital se divide en acciones de igual o desigual valor.
Las acciones en circulación corresponden al capital pagado por los accionistas.
El capital se divide en cuotas de igual valor
El aumento o disminución del capital social requiere reforma estatutaria.
NUMERO DE SOCIOS
Mínimo dos Mínimo un socio gestor y máximo 25 comanditarios
Mínimo un socio gestor y 5 comanditarios, sin límite máximo.
Mínimo 5 accionistas y no hay límite máximo.
Mínimo uno y sin límites
Mínimo 2 socios y máximo 25 socios.
RESPONSABIIDAD Solidaria e ilimitada Solidaria e ilimitada para los socios gestores
Hasta el monto de sus aportes a los socios comanditarios.
Hasta el monto de sus aportes.
Hasta el monto de sus aportes
Hasta el monto de sus aportes
ORGANOS SOCIALES
Junta de socios
Representante Legal
Junta de socios
Representante Legal
Asamblea de asociados
Representante Legal
Asamblea general de accionistas
Junta de socios
Representante Legal
Asamblea general de accionistas
Junta de socios
Representante Legal
Junta de socios
Representante Legal
CESION DE PARTICIPACION
SOCIAL
Requiere autorización expresa de los consocios.
Requiere reforma estatutaria.
Los socios comanditarios pueden ceder libremente.
Los gestores requieren autorización de los comanditarios.
Requiere reforma estatutaria.
Las acciones son libremente negociables salvo se pacte derecho de preferencia
No requiere reforma estatutaria.
Las acciones son libremente negociables salvo se pacte derecho de preferencia
No requiere reforma estatutaria.
Las acciones son libremente negociables salvo se pacte derecho de preferencia
No requiere reforma estatutaria.
Existe derecho de preferencia.
No requiere reforma estatutaria.
PAGO DE CAPITAL
En la escritura de constitución los socios se obligan a pagar una parte del capital
Pagar la totalidad del capital al momento de constitución.
Suscribir el 50% del capital autorizado y pagar la tercera parte del capital suscrito.
Suscribir el 50% del capital autorizado y pagar la tercera parte del capital suscrito.
La suscripción y pago del capital podrá hacerse en condiciones, proporciones y plazos distintos de los previstos en las normas contempladas en el Código de Comercio para las sociedades anónimas. Sin embargo, en ningún caso, el plazo para el pago de las acciones excederá de dos (2) años..
Pagar la totalidad del capital al momento de constitución.
REVISOR FISCAL No requiere No requiere Requiere Requiere Requiere No requiere