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DATCER-159_R15 1 Criterios de agrupación de familia para Productos que deben cumplir con Eficiencia Energética

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DATCER-159_R15 1

Criterios de agrupación de familia para Productos que deben cumplir con Eficiencia Energética

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INDICE

1. Familia de productos. .......................................................................................................... 3 2. Definición de una familia de productos. ............................................................................. 3 3. Criterios establecidos para definir la familia de productos. ............................................... 3 3.1 NOM-001-ENER-2000, “Eficiencia energética de bombas verticales tipo turbina con

motor externo eléctrico vertical. Límites y métodos de prueba”. .................................................. 3 3.2 NOM-002-SEDE-2010 “Requisitos de seguridad y eficiencia energética para

transformadores de distribución” .................................................................................................... 4 3.3 NOM-003-ENER-2011, “Eficiencia térmica de calentadores de agua para uso doméstico

y comercial. Límites, método de prueba y etiquetado”. ................................................................. 4

3.4 NOM-004-ENER-2008 “Eficiencia energética de bombas y conjunto motor-bomba,

para bombeo de agua limpia, en potencias de 0,187 kW a 0,746 kW. Límites, métodos de

prueba y etiquetado.” ....................................................................................................................... 5

3.5 NOM-005-ENER-2012. “Eficiencia energética de lavadoras de ropa electrodomésticas,

límites, Método de prueba y etiquetado.” ....................................................................................... 5 3.6 NOM-010-ENER-2004, Eficiencia energética del conjunto motor bomba sumergible

tipo pozo profundo. Límites y método de prueba. .......................................................................... 7 3.7 NOM-011-ENER-2006 “Eficiencia energética en acondicionadores de aire tipo paquete

o dividido. Límite, método de prueba y etiquetado”. ..................................................................... 7

3.8 NOM-014-ENER-2004. “Eficiencia energética de motores eléctricos de corriente

alterna monofásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, enfriados con aire, en potencia nominal

de 0,180 a 1,500 kW” ...................................................................................................................... 8

3.9 NOM-015-ENER-2012 “Eficiencia energética de refrigeradores y congeladores

electrodomésticos. Límites, métodos de prueba y etiquetado.” ..................................................... 9 3.10 NOM-016-ENER-2010. “Eficiencia energética de motores de corriente alterna,

trifásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, en potencia nominal de 0,746 kW a 373 kW .

Límites, método de prueba y marcado.” ....................................................................................... 11 3.11 NOM-019-ENER-2009 “Eficiencia térmica y eléctrica de máquinas tortilladoras

mecanizadas. Límites, método de prueba y marcado” ................................................................. 12 3. 12 NOM-021-ENER/SCFI-2008. “Eficiencia energética, requisitos de seguridad al usuario

en acondicionadores de aire tipo cuarto. Límites, métodos de prueba y etiquetado. .................. 12

3.13 NOM-022-ENER/SCFI-2008. Eficiencia energética y requisitos de seguridad al usuario

para aparatos de refrigeración comercial autocontenidos. Límites, métodos de prueba y

etiquetado. ...................................................................................................................................... 13

3.14 NOM-023-ENER-2010. Eficiencia energética en acondicionadores de aire tipo dividido,

descarga libre y sin conductos. Límites, método de prueba y etiquetado. ................................... 14

3.14 NMX-AA-158-SCFI-2011. “Lavadoras De ropa – Requisitos para obtener el sello

“Grado Ecológico”. Clothes washing machines – Requirements for label “Grado Ecológico”. 15

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1. Familia de productos.

Es el conjunto de modelos del mismo tipo de producto, que presentan características comunes y cuyas variantes entre ellos, cumplen con las especificaciones establecidas en las normas oficiales mexicanas o normas mexicanas aplicables y/o criterios de certificación correspondientes, permitiéndose con ello el agruparlos dentro de un certificado de conformidad, facilitando así el proceso de certificación.

2. Definición de una familia de productos.

Una vez que la agrupación propuesta por el cliente es analizada y aceptada por el personal del área de certificación de ANCE, el responsable de atender la solicitud, debe seleccionar el o los modelos representativos de la familia, para que el solicitante proceda al envío de las muestras al laboratorio de pruebas seleccionado por el cliente. La aprobación de la familia por el área de certificación, debe obtenerse previo ingreso de la solicitud de servicios de certificación. Para el análisis correspondiente es necesario presentar, según sea el caso, la información indicada en la hoja de revisión preliminar para ingresar solicitudes y/o la especificada en el complemento de solicitud de servicios de certificación.

3. Criterios establecidos para definir la familia de productos.

3.1 NOM-001-ENER-2000, “Eficiencia energética de bombas verticales tipo turbina con motor externo eléctrico vertical. Límites y métodos de prueba”.

Dos o más productos pueden ser considerados como familia, si cumplen con los requisitos mencionados a continuación:

Familia

Tamaño de tazón

Producto Características No. de

productos

que integran

la muestra

Intervalo de gasto

(l/s)

Eficiencia

mínima %

No. de

pasos

4 Cuerpo de tazones turbina vertical 1,0 a 3,0 64,0 8 2

5 Cuerpo de tazones turbina vertical 3,66 a 11,55 71,0 5 2

6 Cuerpo de tazones turbina vertical 2,9 a 24,97 70,0 7 2

7 Cuerpo de tazones turbina vertical 4,7 a 34,65 70,0 6 2

8 Cuerpo de tazones turbina vertical 10,0 a 68,0 73,0 7 2

9 Cuerpo de tazones turbina vertical 17,0 a 69,3 77,0 5 2

10 Cuerpo de tazones turbina vertical 20,4 a 66,6 77,0 7 2

11 Cuerpo de tazones turbina vertical 39,7 a 75,0 80,0 5 2

12 Cuerpo de tazones turbina vertical 32,0 a 150,0 80,0 5 2

13 Cuerpo de tazones turbina vertical 85,8 a 141,6 80,0 5 2

14 Cuerpo de tazones turbina vertical 61,1 a 250,0 80,0 5 2

15 Cuerpo de tazones turbina vertical 101,0 a 209,0 81,0 7 2

16 Cuerpo de tazones turbina vertical 139,4 a 256,8 81,0 5 2

18 Cuerpo de tazones turbina vertical 222,6 a 353,9 81,0 5 2

20 Cuerpo de tazones turbina vertical 321,8 a 818,9 81,0 5 1

24 Cuerpo de tazones turbina vertical 533,6 a 902,2 81,0 5 1

(*) Notas:

Número de pasos: Cuando una bomba se pruebe con un número de pasos menor a lo especificado en la tabla 1 de la norma, los valores mínimos de eficiencia en el punto óptimo

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especificada en dicha tabla, deben reducirse de acuerdo a las deducciones indicadas por el fabricante en las curvas de operación de sus catálogos. No se consideran de la misma familia los productos que no cumplan con uno o más de los criterios aplicables a la definición de familias antes expuesta. En caso de que los criterios establecidos en este folleto sean insuficientes para definir la pertenencia de algún producto a una familia, favor de dirigirse por escrito al área de certificación de producto de ANCE, quienes analizarán su caso y lo presentarán al comité técnico de certificación de producto, para definir la pertenencia de este tipo de productos.

3.2 NOM-002-SEDE-2010 “Requisitos de seguridad y eficiencia energética para transformadores de distribución”

Los criterios establecidos para este tipo de productos, en la citada norma oficial mexicana se encuentran contemplados en el documento de Productos eléctricos, por contemplarse también en dicha norma aspectos de seguridad.

3.3 NOM-003-ENER-2011, “Eficiencia térmica de calentadores de agua para uso doméstico y comercial. Límites, método de prueba y etiquetado”.

Para definir la familia correspondientes a la norma NOM-003-ENER-2011, es indispensable que dos o más modelos, de un mismo producto, cumplan con los siguientes criterios:

a) Todos los calentadores de agua se clasificarán de acuerdo a su carga

térmica en:

Doméstico, cuya carga térmica es menor o igual a 35 kW

Comercial, cuya carga térmica es mayor a 35 kW y menor o igual a 108 kW

Misma carga térmica

b) Misma eficiencia térmica

c) Idéntico tipo de calentador.

* Almacenamiento automático con aislamiento térmico

* De rápida recuperación.

* Instantáneos con misma presión de apertura.

d) Misma capacidad volumétrica y/o flujo de agua por minuto, según tipo de

calentador.

No pueden considerarse de la misma familia los productos que no cumplan con uno o más de los criterios aplicables a la definición de familias antes expuesta. El número de modelos que pertenezcan a una misma familia, dependerá de que la documentación técnica presentada de cada uno de los modelos solicitados, demuestre plenamente el cumplimiento con los criterios de agrupación de familia.

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3.4 NOM-004-ENER-2008 “Eficiencia energética de bombas y conjunto motor-bomba, para bombeo de agua limpia, en potencias de 0,187 kW a 0,746 kW. Límites, métodos de prueba y etiquetado.”

Para definir la familia correspondientes a la norma NOM-004-ENER-2008, es indispensable que dos o más modelos, de un mismo producto, cumplan con los siguientes criterios:

TABLA 1. BOMBA

Familia Potencia (kW)

Total de bombas que integran la

muestra

I 0,187 3

II 0,373 3

III 0,560 3

IV 0,746 3

TABLA 2. CONJUNTO MOTOR BOMBA

Familia Tipo carga dinámica total (m.c.a.) o

metros de altura

Total de conjuntos motor bomba que

integran la muestra.

I Centrifuga 5 3

II Centrifuga 8 3

III Centrifuga 11 3

IV Centrifuga 14 3

V Centrifuga 17 3

VI Centrifuga 20 3

VII Centrifuga 23 3

VIII Centrifuga 26 3

IX Periférica 5 3

X Periférica 8 3

XI Periférica 11 3

XII Periférica 14 3

XII Periférica 17 3

XIV Periférica 20 3

XV Periférica 23 3

XVI Periférica 26 3

Nota: 1.- Si un conjunto motor o conjunto motor-bomba se encuentra marcado a dos o mas tensiones eléctricas, la muestra a evaluar se debe probar a la tensión menor.

3.5 NOM-005-ENER-2012. “Eficiencia energética de lavadoras de ropa electrodomésticas, límites, Método de prueba y etiquetado.”

Familia de productos Un grupo de productos del mismo tipo con características similares y acordes con las siguientes tablas. Se establecen 18 familias de producto, como se describen en las tablas 1 y 2 de este inciso.

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Tabla 1. LAVADORAS AUTOMATICAS

TIPO / FAMILIA FE Muestras por

familia

Lavadora de ropa automática de eje vertical, con capacidad volumétrica del contenedor de

ropa menor de 45,3 L

1. Impulsor

2. Agitador

3. Agitador con elemento calefactor

45 3

Lavadora de ropa automática de eje vertical, con capacidad volumétrica del contenedor de

ropa igual o mayor de 45,3 L

4. Impulsor

5. Impulsor con elemento calefactor

6. Agitador

7. Agitador con elemento calefactor

45 3

Lavadora de ropa automática de eje horizontal

8. Tambor

9. Tambor con elemento calefactor

45 3

Nota: Para certificación inicial se debe probar el modelo representativo con el FE de menor valor de

cada familia.

Tabla 2. LAVADORAS MANUALES Y SEMIAUTOMÁTICAS

CLASIFICACION POR TIPO Y CAPACIDAD /

FAMILIA

Manual

(kWh/año)

Semiautomáticas

(kWh/año)

Muestras

por familia

IMPULSOR

1. Menores de 4,0 kg

de ropa 19 21 3

2. De 4,0 kg a menores

de 6,0 kg de ropa 19 24 3

3. De 6,0 kg a menores

de 10,0 kg de ropa 24 24 3

4. De 10,0 kg de ropa

en adelante 38 38 3

AGITADOR

5. Menores de 4,0 kg

de ropa 32 38 3

6. De 4,0 kg a menores

de 6,0 kg de ropa 44 96 3

7. De 6,0 kg a menores

de 8,0 kg de ropa 80 140 3

8. De 8,0 kg a menores

de 10,0 kg de ropa 80 140 3

9. De 10,0 kg de ropa

en adelante 104 160 3

Nota: Para certificación inicial se debe probar el modelo representativo con kWh/año de mayor valor de cada

familia.

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3.6 NOM-010-ENER-2004, Eficiencia energética del conjunto motor bomba sumergible tipo pozo profundo. Límites y método de prueba.

Dos o más productos pueden ser considerados como familia, si cumplen con los requisitos mencionados a continuación:

Familia Capacidad de la bomba

l/s

Eficiencia mínima de la bomba, en el punto óptimo %

Motor sumergible en Hp o kW

Eficiencia conjunto

motor-bomba en el punto óptimo

N° de productos que integran la muestra que debe enviarse a

pruebas de laboratorio

1 Mayor que 0,3

hasta 0,5 40

Cualquier motor con una eficiencia mínima tal como

lo indicada la tabla 2 de la

NOM-010-ENER-2004

La eficiencia en este punto

debe ser como mínimo 0,972 de la especificada.

Todo conjunto motor-bomba

debe cumplir con los valores de eficiencia que se obtengan como producto de

la multiplicación de la eficiencia de la bomba por la eficiencia del motor que

tenga acoplado.

Lo anterior de acuerdo a lo especificado en la NOM-

010-ENER-2004, Inciso 8.4

2

2 Mayor que 0,5

hasta 2,0 49 2

3 Mayor que 2,0

hasta 5,0 62 2

4 Mayor que 5,0

hasta 10,0 69 2

5 Mayor que 10,0

hasta 15,0 71 2

6 Mayor que 15,0

hasta 25,0 73 2

7 Mayor que 25,0

hasta 30,0 74 2

8 Mayor que 30,0

hasta 60,0 77 1

9 Mayor que 60,0 78 1

Nota: Para certificación inicial se debe probar el modelo representativo con kWh/año de mayor valor de cada

familia.

No se consideran de la misma familia los productos que no cumplan con uno o más de los criterios aplicables a la definición de familias antes expuesta. En caso de que los criterios establecidos en este folleto sean insuficientes para definir la pertenencia de algún producto a una familia, favor de dirigirse por escrito al área de certificación de producto de ANCE, quienes analizarán su caso y lo presentarán al comité técnico de certificación de producto, para definir la pertenencia de este tipo de productos.

3.7 NOM-011-ENER-2006 “Eficiencia energética en acondicionadores de aire tipo paquete o dividido. Límite, método de prueba y etiquetado”.

Se entiende como familia al conjunto de aparatos acondicionadores de aire tipo central, que cumplen con los siguientes requisitos:

I. Misma capacidad nominal de enfriamiento. II. Misma relación de Eficiencia Energética Estacional (REEE) nominal. III. Se pueden agrupar en una misma familia equipos paquete y dividido, sin

calefacción ó con calefacción a gas, eléctrica o con bomba de calor. IV. La muestra a enviar a pruebas de laboratorio por cada familia a certificar, estará

compuesta de un equipo representativo de la misma.

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No se consideran de la misma familia aquellos productos que no cumplen con uno o más de los criterios aplicables a la definición de familias antes expuesta. En caso de que los criterios establecidos en este folleto sean insuficientes para definir la pertenencia de algún producto a una familia, favor de dirigirse por escrito al área de certificación de ANCE, quienes analizarán su caso y lo presentarán al comité técnico de certificación de producto eléctrico, para definir la pertenencia de este tipo de productos.

3.8 NOM-014-ENER-2004. “Eficiencia energética de motores eléctricos de corriente alterna monofásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, enfriados con aire, en potencia nominal de 0,180 a 1,500 kW”

Para el proceso de certificación de eficiencia energética de motores monofásicos, éstos se

pueden agrupar en familias, siempre y cuando se envíen a pruebas de laboratorio las

unidades correspondientes de acuerdo a lo indicado en la Tabla A.

Para esta agrupación de familia se toma la Tabla 2 de Valores de eficiencia Nominal

establecida en la norma NOM-014-ENER-2004, que agrupa motores con tensiones nominales

de operación de cómo se indica en la tabla, quedando 6 familias, como se indica a

continuación.

Tabla A.

Familia

No.

Motores

por

número

de polos

Total de

equipos que

integran la

muestra (1)

Tensión

Única Tensión múltiple (2)

Poten

cia en

(kW)

2 4 6 De 0 a 115 V ó de

115,1 V a 127 V 200 V a 240 V

De 0 a 115V ó de 115,1 a 127V ó

200 a 240 V

I 5 5 5 15 Familia I xxxxx xxxxx 0,187

a

0,560

II 1 1 1 3 xxxxx Familia II xxxxx

III 1 1 1 3 xxxxx xxxxx Familia III

IV 5 5 5 15 Familia IV xxxxx xxxxx 0,561

a

1,492

V 1 1 1 3 xxxxx Familia V xxxxx

VI 1 1 1 3 xxxxx xxxxx Familia VI

Notas:

(1) Si se requiere certificar una familia y no se cuenta con la cantidad de motores solicitada por la Tabla 1 para cada número de polos, o no se logra completar dicha cantidad para un cierto número de polos, la muestra se debe integrar o complementar en su totalidad, con motores del número de polos que se tenga disponible. (2) Si un motor se encuentra marcado a dos tensiones o más y los valores se encuentran dentro de los valores de prueba, éste se debe probar a la tensión menor de prueba. Las tensiones eléctricas de prueba están dadas sobre la base del inciso 9.1 (condiciones de prueba), tabla 3 de la norma de referencia.

En el caso de que los criterios establecidos en este folleto sean insuficientes favor de dirigirse al área de certificación de ANCE.

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3.9 NOM-015-ENER-2012 “Eficiencia energética de refrigeradores y congeladores electrodomésticos. Límites, métodos de prueba y etiquetado.”

Para definir la familia de productos correspondiente a la norma de referencia, dos o más modelos se consideran de la misma familia siempre y cuando cumplan con todos y cada uno de los siguientes criterios:

1) Mismo tipo (ver tabla 1 de este numeral). 2) Mismo sistema de deshielo. - Deshielo manual y semiautomático. - Deshielo parcialmente automático. - Deshielo automático - Deshielo automático de duración larga. 3) Similar volumen con variación de +/- 3%. 4) Mismo circuito eléctrico con excepción de lo indicado en los incisos 7) y 8). 5) Mismo componentes eléctricos principales: compresor (misma capacidad), accesorios eléctricos, etc. 6) Se permiten cambios estéticos, de color, de número de modelo y de marca. 7) Se permiten agrupar modelos con o sin dispositivos automáticos generadores de hielo y con uno o más focos en los compartimientos refrigerador y congelador. Siempre y cuando durante las pruebas de laboratorio permanezcan apagados o no estén funcionando. 8) Se permiten agrupar modelos con o sin luces de cortesía, radios, relojes, lámparas higiénicas y similares, siempre y cuando se operen a través del usuario.

En caso de que por mejoras del producto en el consumo de energía, se modifique el compresor o ventilador del producto previamente certificado, se debe presentar el informe de pruebas, de acuerdo a la norma de referencia, de un laboratorio de pruebas acreditado y aprobado, para el producto con el nuevo componente. Tabla 1. Límites de consumo de energía máximos para refrigeradores y congeladores

Familia / Tipo

Tipo. Descripción del aparato electrodoméstico para la familia de producto. Mismo Tipo. EMax

1

Refrigerador solo, convencional y refrigerador-congelador (R/C) con deshielo manual o semiautomático 0,31VA+248,4

2 Refrigerador-congelador con deshielo parcialmente automático. 0,31VA+248,4

3

Refrigerador-congelador con deshielo automático y congelador montado en la parte superior, sin despachador de hielo, y refrigeradores solos con deshielo automático. 0,35VA+276,0

4

Refrigerador-congelador con deshielo automático y congelador montado lateralmente, sin despachador de hielo. 0,17VA+507,5

5

Refrigerador-congelador con deshielo automático y congelador montado en la parte inferior, sin despachador de hielo. 0,16VA+459,0

5A

Refrigerador-congelador con deshielo automático y congelador montado en la parte inferior, con despachador de hielo a través de la puerta. 0,18 VA + 539

6 Refrigerador-congelador con deshielo automático y congelador montado en la parte superior, con 0,36VA+356,0

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despachador de hielo.

7

Refrigerador-congelador con deshielo automático y congelador montado lateralmente, con despachador de hielo. 0,36VA+406,0

8 Congelador vertical con deshielo manual. 0,27VA+258,3

9 Congelador vertical con deshielo automático. 0,44VA+326,1

10 Congelador horizontal y todos los demás congeladores, excepto congelador compacto 0,35VA+143,7

10A Congelador horizontal con deshielo automático. 0,52 VA+ 211,5

11 Refrigerador y refrigerador-congelador compacto con deshielo manual. 0,38VA+299,0

12 Refrigerador-congelador compacto con deshielo parcialmente automático. 0,25VA+398,0

13

Refrigerador-congelador compacto con deshielo automático y congelador montado en la parte superior y refrigerador solo compacto con deshielo automático. 0,45VA+355,0

14 Refrigerador-congelador compacto con deshielo automático y congelador montado lateralmente. 0,27VA+501,0

15

Refrigerador-congelador compacto con deshielo automático y congelador montado en la parte inferior. 0,46VA+367,0

16 Congelador vertical compacto con deshielo manual. 0,35VA+250,8

17 Congelador vertical compacto con deshielo automático. 0,40VA+391,0

18 Congelador horizontal compacto. 0,37VA+152,0

Por cada familia debe enviarse 3 muestras al laboratorio, de acuerdo a lo establecido con el punto 7 de la norma de referencia. El número de modelos, que pertenezcan a una misma familia, que se pueden certificar por el mismo costo, es determinado por el personal del área de certificación con base a la información que el cliente presente y que justifique plenamente su pertenencia a la familia. Los criterios para agrupación de familia para certificación respecto de la NOM-003-SCFI-2000, siguen siendo válidos para refrigeradores y congeladores. Cuando se presente una certificación para modelos que no pueden agruparse en una familia respecto de la NOM-015-ENER-2012, pero que si pueden ser agrupados dentro de la misma familia respecto de la NOM-003-SCFI-2000, entonces se requiere de un informe de laboratorio de pruebas de eficiencia energética por cada modelo, por consiguiente se requerirá de otro certificado o certificados dependiendo la cantidad de familias propuestas, en tanto que solamente se requiere de un informe de laboratorio de pruebas de seguridad por toda la familia.

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3.10 NOM-016-ENER-2010. “Eficiencia energética de motores de corriente alterna, trifásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, en potencia nominal de 0,746 kW a 373 kW . Límites, método de prueba y marcado.”

Para el proceso de certificación los motores se pueden agrupar por familia, siendo suficiente

con probar una muestra de esa agrupación, para otorgar la certificación de toda la familia.

Para la presente agrupación de familias se toma la tabla 2 de valores de eficiencia nominal a

plena carga, establecidos en la norma de referencia y que agrupa motores cerrados, abiertos,

horizontales y verticales; se establecen 6 familias:

Tabla A.

Familia Tipo de enclaustramiento kW(CP) No.

polos

Cantidad de motores de la

muestra a pruebas (ver

notas)

HORIZONTAL O

VERTICAL 1 Abierto

0,746 (1,0)

a

14,920 (20)

2, 4, 6, 8

1 Horizontal +

1 Vertical

HORIZONTAL O VERTICAL

2 Abierto

14,921 (20,1)

a

74,60 (100,0)

2, 4, 6, 8

1 Horizontal +

1 Vertical

HORIZONTAL O VERTICAL

3 Abierto

74,61 (100,1)

a

373 (500)

2, 4, 6, 8

1 Horizontal +

1 Vertical

HORIZONTAL O VERTICAL

4 Cerrado

0,746 (1,0)

a

14,920 (20)

2, 4, 6, 8 1 Horizontales +

1 Vertical

HORIZONTAL O VERTICAL

5 Cerrado

14,921 (20,1)

a

74,60 (100,0)

2, 4, 6, 8 1 Horizontales +

1 Vertical

HORIZONTAL O VERTICAL

6 Cerrado

74,61 (100,1)

a

373 (500)

2, 4, 6, 8 1 Horizontales +

1 Vertical

NOTAS:

1) Para aquellas familias que requieran la certificación de motor con ambas

posiciones de montaje (horizontal y vertical), se debe enviar a pruebas de

laboratorio las muestras correspondientes a cada tipo de motor.

2) En el caso de aquellas familias que solo requieran la certificación de motores

con una posición de montaje (horizontal o vertical), sólo se debe enviar a

pruebas de laboratorio la muestra correspondiente al tipo de motor que se

requiera certificar.

3) Para familias que ya cuenten con la certificación de motores en una

determinada posición de montaje, y en el caso de requerir “ampliar la familia”

para motores de otra posición, se deberá presentar el correspondiente informe

de pruebas, según se requiera para la familia.

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3.11 NOM-019-ENER-2009 “Eficiencia térmica y eléctrica de máquinas tortilladoras mecanizadas. Límites, método de prueba y marcado”

Familia de productos: un grupo de productos del mismo tipo en el que las variantes son de carácter estético o de apariencia, pero conservan las características de diseño que se aseguran el cumplimiento con esta NOM.

3. 12 NOM-021-ENER/SCFI-2008. “Eficiencia energética, requisitos de seguridad al usuario en acondicionadores de aire tipo cuarto. Límites, métodos de prueba y etiquetado.

Dos o más productos pueden ser considerados como familia, si cumplen con los requisitos mencionados a continuación:

a) Contar con una Relación de Eficiencia Energética (REE), mayor o igual al valor

mínimo establecido por la norma de referencia.

b) Mismo intervalo de capacidad de enfriamiento según tabla siguiente:

c) Mismo tipo de acondicionador (ventana o consola).

d) Se acepta la agrupación en familias de aparatos solo enfriamiento, enfriamiento y

calefacción con bomba de calor y enfriamiento y calefacción con resistencia eléctrica,

siempre y cuando se envíe a pruebas de laboratorio el aparato con condiciones de

operación más desfavorables.

e) Misma tensión nominal de alimentación; en aquellos productos que cuenten con dos niveles nominales de tensión, estos se evaluarán en el valor más desfavorable

NOTA: La muestra que se enviará a pruebas de laboratorio para fines de certificación, deberá estar integrada de un equipo por cada familia. Asimismo el titular deberá enviar a pruebas de laboratorio el modelo más representativo de la familia, el que contenga más variaciones y funciones. No se consideran de la misma familia los productos que no cumplan con uno o más de los criterios aplicables a la definición de familias antes expuesta. En caso de que los criterios establecidos en este folleto sean insuficientes para definir la pertenencia de algún producto a una familia, favor de dirigirse por escrito al área de certificación de producto de ANCE, quienes analizarán su caso y lo presentarán al comité técnico de certificación de producto, para definir la pertenencia de este tipo de productos.

Capacidad nominal de

enfriamiento.

(W térmicos)

Equivalencia

Capacidad nominal de

enfriamiento

(Referencia

informativa)

hasta 1 758 W equivale a Hasta 5 999 BTU/h

rango de 1 759 a 2 343 W equivale a 6 000 a 7 999 BTU/h

rango de 2 344 a 4 101 W equivale a 8 000 a 13 999 BTU/h

rango de 4 102 a 5 859 W equivale a 14 000 a 19 999 BTU/h

rango de 5 860 a 10 600 W equivale a 20 000 a 36 000 BTU/h

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DATCER-159_R15 13

3.13 NOM-022-ENER/SCFI-2008. Eficiencia energética y requisitos de seguridad al usuario para aparatos de refrigeración comercial autocontenidos. Límites, métodos de prueba y etiquetado.

Dos o más productos pueden ser considerados como familia, si cumplen con los requisitos mencionados a continuación:

Tabla 1.

Familia Producto Capacidad útil de refrigeración

en litros (L)

ENFRIADOR VERTICAL

1 Con circulación forzada de aire de 50 a 1 200 *

2 Con placa fría de 50 a 1 200 *

ENFRIADOR HORIZONTAL

3 Con circulación forzada de aire de 100 a 500 *

4 De placa fría de 100 a 500 *

CONGELADOR VERTICAL

5 Con puerta de cristal y circulación

forzada de aire de 100 a 500 *

6 Con puerta de cristal y placa fría 200 a 1 500 *

CONGELADOR HORIZONTAL

7 Con puerta sólida de 100 a 700 *

8 Con puerta sólida uso médico de 100 a 700 *

9 Con puerta de cristal de 100 a 500 *

VITRINA CERRADA

10 De temperatura media de 200 a 1200 *

11 De baja temperatura de 200 a 1200 *

12 CONSERVADORES DE BOLSAS DE

HIELO 250 a 2 500 *

Adicionalmente se deberá considerar en la elección de la muestra representativa por cada familia que se enviará a pruebas de laboratorio, lo siguiente:

I. Se debe enviar a pruebas de laboratorio preferentemente un equipo que

cuente con el compresor de mayor capacidad y/o con mayores componentes en su circuito eléctrico.

II. A excepción de las familias 7, 8 y 9 se debe evaluar preferentemente un producto con puertas de cristal.

III. Las pruebas deberán de realizarse a un mismo producto y preferentemente en el siguiente orden: Abatimiento de temperatura (cuando aplique), Eficiencia Energética y Seguridad de Producto.

IV. Para pruebas de laboratorio la muestra a evaluar por cada familia a certificar, estará integrada por 1 mismo producto, con las características arriba descritas.

V. Misma clase de aparato: a) clase 0, b) clase 01 ó 1 por familia. VI. * pueden integrarse capacidades a partir de 50 L y mayores a las indicadas

en el rango.

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DATCER-159.15 14

3.14 NOM-023-ENER-2010. Eficiencia energética en acondicionadores de aire tipo dividido, descarga libre y sin conductos. Límites, método de prueba y etiquetado.

Dos o más productos o modelos pueden ser considerados como una misma familia, si cumplen con lo establecido en la tabla 1 de este procedimiento y los requisitos mencionados a continuación:

a) Contar con una Relación de Eficiencia Energética (REE), mayor o igual al valor mínimo

establecido por la norma de referencia.

b) Se acepta agrupación de familia de aparatos de solo enfriamiento, enfriamiento y calefacción con bomba de calor y enfriamiento y calefacción con resistencia eléctrica.

c) Los modelos pertenecientes a una misma familia pueden presentar en sus etiquetas de eficiencia energética un valor de REE distinto entre sí, siempre y cuando éste no se encuentre por debajo del valor REE requerido por la NOM en su Tabla 1.

Tipo Capacidad de Enfriamiento

Watts BTU/h Familia Muestras

Minisplit

Menor o igual a 3 516 Menor o igual a 12 000 1 1

3 517 a 5 275 12 001 a 18 000 2 1

5 276 a 7 033 18 001 a 24 000 3 1

7 034 a 10 550 24 001 a 36 000 4 1

10551-19050 36001 a 65001 5 1

Multisplit

Menor o igual a 3 516 Menor o igual a 12 000 6 1

3 517 a 5 275 12 001 a 18 000 7 1

5 276 a 7 033 18 001 a 24 000 8 1

7 034 a 10 550 24 001 a 36 000 9 1

10551-19050 36001 a 65001 10 1

Notas: 1. Para la certificación inicial de unidades minisplit enviar a pruebas de laboratorio el equipo de menor Relación de Eficiencia Energética. 2. Para la certificación inicial de unidades multisplit, se deberá enviar a pruebas de laboratorio el equipo de menor Relación de Eficiencia Energética y mayor capacidad de enfriamiento y mayor cantidad de evaporadoras conectadas.

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DATCER-159_R15 15

3.14 NMX-AA-158-SCFI-2011. “Lavadoras De ropa – Requisitos para obtener el sello “Grado Ecológico”. Clothes washing machines – Requirements for label “Grado Ecológico”.

Dos o más productos pueden ser considerados como familia si cumple con el requisito que se menciona a continuación:

1) Misma marca o nombre del fabricante. 2) Mismo tipo de sistema de lavado:

a. lavadora de ropa de eje vertical, o b. lavadora de ropa de eje horizontal;

3) Mismo volumen en litros de la capacidad del contenedor de ropa. 4) Los modelos por agrupar deben presentar un valor de eficiencia de lavado mayor o

igual al mínimo del modelo más desfavorable comprendido en la familia por agrupar. 5) Los modelos por agrupar deben presentar un factor de energía mayor o igual al

mínimo del modelo más desfavorable comprendido en la familia por agrupar. 6) Los modelos por agrupar deben presentar un factor de consumo de agua menor o

igual al máximo del modelo más desfavorable comprendido en la familia por agrupar. 7) Mismo tipo de operación de lavado: Impulsor o Agitador o Tambor.