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DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO PARA LA FORMACIÓN DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO POLÍTICA CRIMINAL Conceptos.- La Política Criminal encuadra un concepto complejo y problemático, ya que no se puede incluir como una ciencia criminológica, pues no estudia la conducta antisocial, sino la forma de prevenirla, incluyendo medios jurídicos; tampoco entra como ciencia jurídica, pues la prevención abarca medidas extrajurídicas, y se trata de evitar conductas que no por fuerza están previstas por la ley como delito. Motivo por el cual explicaremos brevemente su evolución.

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DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO PARA LA FORMACIÓN DE LOS CUERPOS DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO

POLÍTICA CRIMINAL

Conceptos.-

La Política Criminal encuadra un concepto complejo y problemático, ya que no se puede incluir como una ciencia criminológica, pues no estudia la conducta antisocial, sino la forma de prevenirla, incluyendo medios jurídicos; tampoco entra como ciencia jurídica, pues la prevención abarca medidas extrajurídicas, y se trata de evitar conductas que no por fuerza están previstas por la ley como delito. Motivo por el cual explicaremos brevemente su evolución.

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Hay quien piensa que fue en realidad Beccaria, con su “Dei Delitti e Delle Pene” quien hace un primer tratado de Política Criminológica.

En la obra de Beccaria no se encuentra un sistema completo de Política Criminal, pero sí la iniciativa valiente de una crítica de la ley, hasta entonces respetada como intangible, y el desarrollo de algunos puntos de vista prácticos, futuros capítulos de la ciencia nueva: la infamia, la tortura, la pena de muerte, que se hipertrofia hasta entorpecer el desarrollo normal de todo el nuevo organismo.[*]

[*] Von Liszt, Franz. Tratado de Derecho Penal.

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Desgraciadamente, la obra de Beccaria no merece un aplauso, si no es el atrevimiento y la tendencia. Es el primer gorrión que se atreve a montar sobre el espantapájaros. Toda su doctrina, por lo demás, excepto la de la convicción, está tomada de los clásicos (Groccio, Montesquieu, Voltaire, d’Alambert, Diderot) y faltan, en absoluto, la observación directa de la realidad, la crítica concreta de las leyes y un programa positivo de reforma. Todo el libro es el desarrollo lógico de un principio político, aplicado a la crítica de las instituciones penales.

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En cuanto al primero en emplear el término de Política Criminal la solución es controvertida, aunque parece que, cronológicamente se debe Kleinsrod, en el prólogo de su obra fechado en 1793. Más tarde lo utilizarían Feuerbach (1801) y Henke (1823), siendo de uso general a partir del Congreso Internacional de Derecho Comparado celebrado en París en 1900.

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Existen diversos puntos de partida para referirse al contenido de la política Criminal; hay quienes opinan que se trata de una ciencia (Liszt, Battaglini), de un arte (Gauckler, Gautier, Vellón), de una disciplina, de parte de otra ciencia (la sociología criminal: Ferri), etc., pero lo más acertado es ubicarla dentro de las ciencias penales.

Esta ciencia tiene como objeto de estudio los medios de prevención de las conductas antisociales, medios que le son propuestos por el resto de las ciencias penales.

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A lo largo de la historia, varias definiciones se han dado de esta materia, así, Ferri dice que el arte de apropiar a las condiciones especiales de cada pueblo las medidas de represión y de defensa social que la ciencia y el derecho establece abstractamente.

El ilustre maestro Eugenio Cuello Calón nos indica que la política criminal fue definida como “El conjunto sistematizado de principios conforme a los cuales debe el estado organizar la lucha (prevención, represión) contra la criminalidad”

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Pero para este autor la política criminal, no es una ciencia sino un criterio de las reformas penales que debe fundamentarse sobre el estudio científico del delincuente y de la delincuencia, de la pena y demás medidas de defensa social contra el delito, y sobre esta base, establece Cuello Calón, ha de examinarse el derecho en vigor apreciando su adaptación al momento presente, y como resultado de tal crítica poner las mejores reformas necesarias tanto en el terreno de la legislación penal como en el campo penológico.[*]

[*] Cuello Calón, Eugenio. Derecho Penal, tomo 1. Editorial Bosch. Barcelona 1964.

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El gran penalista mexicano, Francisco Pavón Vasconcelos estableció que bajo el nombre de Política Criminal se conoce a la “disciplina conforme a la cual el Estado debe realizar la prevención y represión del delito”.[*]

Según Pavón Vasconcelos, en realidad, el propósito de la Política Criminal es el aprovechamiento práctico, por parte del legislador, de los conocimientos adquiridos por las ciencias penales, para poder satisfacer los fines propios del ordenamiento jurídico.

[*] Pavón Vasconcelos, Francisco. Derecho Penal Mexicano, tomo1. Editorial Porrúa. México 1961.

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González Quintanilla cita en su obra, que la política criminal es “el contenido sistemático de principios garantizados por la investigación científica de las causas del delito y de la eficiencia de la pena, según las cuales el Estado dirige la lucha contra el delito, por medio de la pena y sus formas de ejecución”.[*]

[*] González Quintanilla, José Arturo. Derecho Penal Mexicano. Editorial Porrúa. México 1996.

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Göppinger, en su criminología la define como: “una ciencia que se ocupa de la Política de reforma del Derecho Penal (en sentido amplio) y de la ejecución de la lucha contra el crimen por medio del Derecho Penal”.[*] Definición que se limita al campo jurídico penal.

La definición de Gramática no sólo habla de reforma o lucha por medio del Derecho Penal, sino de prevención (impedir), y de antisocialidad. Este autor considera que la finalidad de la Política Criminal es “la de estudiar las mejores actuaciones prácticas para impedir o reprimir la denominada delincuencia o criminalidad”.[**]

[*] Göpinguer, Hans. Criminología. Reus, S.A. Madrid, España. 1975[**] Gramática, Filippo. Principios de Defensa Social. Editorial Monte Corvo, S.A., 1974.

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En los últimos años, 1974-76, se ha ido ampliando el contenido de la Política Criminal, tomando en consideración todo el marco socioeconómico y político que la rodea.

Así nacen definiciones como la de Versele, extraordinario criminólogo belga, que afirma que la Política Criminológica es una estrategia global, una protección general del hombre en la colectividad, ya que, “si se quiere verdaderamente realizar las reformas sociales que son indispensables para una política racional de lucha contra la criminalidad o el desvío negativo, es necesario hacerlo dentro de las estructuras económicas y políticas”[*]

[*] Versele, C.S. La Política Criminal. Primer Coloquio en Política Criminal en América Latina. México, 9-12 de agosto de 1976.

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Política.-Para Lukic la política es: “El conjunto de actividades socialmente concientes encaminadas a conseguir unas metas determinadas, mientras que en el sentido más estrecho del término, estas actividades se realizan en el estado, o más bien por intermedio del estado”.

Aristóteles establecía que la Política “es una ciencia a la que corresponde indagar cual es la mejor Constitución, cual más que otra, es adecuada para satisfacer nuestros ideales, cuando no existen impedimentos externos, cuál se adapta a las diferentes condiciones para ser puesta en practica, ya que el buen legislador y el buen hombre político deben saber cuál es la mejor forma de gobierno de determinadas condiciones”.[*]

[*] Aristóteles. La Política, IV, 1, 1228. Diccionario de Filosofía. Abbagno Nicole, F. De C.E. México 1981. p 905

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¿Qué significa la palabra Política, dentro de este contexto?

La explicación nos la da Versele, al afirmar que si no nos ocupamos de la modificación de estructuras político sociales en las cuales se dan las conductas antisociales, no estamos resolviendo en realidad el problema, solo es una lucha parcial y superficialmente inútil.

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Por esto es necesario vincular la prevención y lucha contra el crimen con la acción política, en la cual se postulan metas a realizar por el Estado; partiendo de la definición de que política es la ciencia, arte y virtud del bien común.

Siendo la política el arte de escoger los mejores medios de gobierno, la política criminológica será el arte de escoger los mejores medios preventivos y represivos para la defensa contra el crimen.

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La Política Criminológica (también llamada Política Criminal) es, tradicionalmente, la aplicación de todos aquellos conocimientos proporcionados por la investigación científica del crimen, del criminal y de la criminalidad, así como de la reacción social hacia ellos, en el intento de evitarlos en forma preventiva, y cuando esto no sea posible, reprimiéndolos.[*]

[*] Rodríguez Manzanera, Luis. “Criminología”. Editorial Porrúa. México, D.F. 1998. p. 111.

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Para Naciones Unidas, depende de la Política Criminológica: “cualquier proposición de una actividad deliberada que afecte los engranajes de la sociedad, o cualquiera de sus partes, con la finalidad de la prevención o control del delito”.

Rodríguez Manzanera[*] refiere que la denominación “Política Criminal” es inadecuada, argumentando el descrédito mundial en que ha caído la política (vocablo que es ya sinónimo de “juego sucio”), aunado al adjetivo “criminal”, hace sospechar que se está haciendo referencia a una política que es criminal, es decir, la actividad antisocial de funcionarios públicos o de un gobierno.

[*] Obra citada.

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No obstante, en algunas reuniones científicas se decidió utilizar el termino “Política Criminal” para designar el conjunto de medidas prácticas que el estado debe tomar para prevenir la criminalidad.

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