creación de una empresa de responsabilidad limitada

35
Creación de una empresa de Responsabilida d Limitada “Mr. Orange y Cía. Ltda.” CONTABILIDAD II LIC. EDWIN RAUL CABRERA. UNIVERSIDAD PANAMERICANA

Upload: jfrancisco-pineda

Post on 20-Nov-2015

222 views

Category:

Documents


2 download

DESCRIPTION

trabajo completo de una creación de una empresa de responsabilidad limitada

TRANSCRIPT

Presentacin de PowerPoint

Creacin de una empresa de Responsabilidad LimitadaMr. Orange y Ca. Ltda.

CONTABILIDAD IILIC. EDWIN RAUL CABRERA.UNIVERSIDAD PANAMERICANA

ARTCULO 78. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Sociedad de responsabilidad limitada es la compuesta por varios socios que slo estn obligados al pago de sus aportaciones. Por las obligaciones sociales responde nicamente el patrimonio de la sociedad y, en su caso, la suma que a ms de las aportaciones convenga la escritura social.

ARTCULO 79. NUMERO DE LOS SOCIOS. El nmero de los socios no podr exceder de veinte.

El capital estar dividido en aportaciones que no podrn incorporarse a ttulos de ninguna naturaleza ni denominarse acciones.

ARTCULO 80. RAZN O DENOMINACIN SOCIAL. La sociedad girar bajo una denominacin o bajo una razn social. La denominacin se formar libremente, pero siempre har referencia a la actividad social principal.La razn social se formar con el nombre completo de uno de los socios o con el apellido de dos o ms de ellos.

RAZN O DENOMINACIN SOCIAL.En ambos casos es obligatorio agregar la palabra Limitada o la leyenda: y Compaa Limitada, las que podrn abreviarse: Ltda. o Ca. Ltda., Respectivamente.Si se omiten esas palabras o leyendas, los socios respondern de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.

ARTCULO 81. APORTACIN NTEGRA DEL CAPITALNo podr otorgarse la escritura constitutiva de la sociedad, mientras no conste de manera fehaciente que el capital ha sido ntegra y efectivamente pagado.

Si se otorgare la escritura constitutiva sin esa circunstancia, el contrato ser nulo y los socios sern ilimitada y solidariamente responsables de los daos y perjuicios que por tal razn se causen a terceros.

ARTCULO 82. NO HAY SOCIO INDUSTRIAL.. En esta forma de sociedad, no podr haber socio industrial.

ARTCULO 83. DERECHO DE VIGILANCIA. Salvo que en la escritura social se hubiere constituido un consejo de vigilancia, cada socio tiene derecho a obtener de los administradores informes del desarrollo de los negocios sociales y a consultar los libros de la sociedad. Es nulo todo pacto en contrario.

ARTCULO 84. NOMBRE EN LA RAZN SOCIAL.Cualquier persona extraa a la sociedad que haga figurar o permita que figure su nombre en la razn social, responder de las operaciones sociales hasta por el monto de la mayor de las aportaciones.

ARTCULO 85. OTRAS DISPOSICIONES APLICABLES. Son aplicables a las sociedades de responsabilidad limitada los artculos 64, 65, 66 y 67 del presente Cdigo.Tiene caractersticas similares a la colectiva, su nica diferencia radica en la responsabilidad de los socios, en donde responden solo hasta el monto de sus aportes lo que han entregado a la sociedad o lo que expresamente pacten en la escritura de constitucin.

OTRAS DISPOSICIONES APLICABLESLa ley otorga a estas sociedadeslibertadde estipulacin en cuanto a la forma de administrarla sociedad. La facultad para ceder sus derechos es limitada al acuerdo de los socios.

CONSTITUCION:Por escritura pblica, cuyo extracto debe ser inscrito en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio de la sociedad y publicado en el Diario OficialNOMBRE O RAZON SOCIAL:Nombre de uno o ms de los socios, o una referencia al objeto de la sociedad, terminado con la palabra limitada.

NOMBRE O RAZON SOCIAL:Corresponde a todos los socios, por si mismos o mediante un mandatario que ellos eligen.Responsabilidad:Responden solo hasta el monto de sus aportes o el monte que se indique en su escritura social.

MODIFICACION DE UNASOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:La modificacin de este tipo de sociedad pasa por el acuerdo unnime de todos los socios, el cual se materializa en una escritura pblica que deja constancia de los elementos que modifican el pacto social.

MODIFICACION DE UNASOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:Los socios pueden modificar cualquiera de los elementos: individualizacin de los socios, capital, objeto, razn social,administracin, duracin, reparticin de utilidades, obligaciones de los socios, etc.

MODIFICACION DE UNASOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:Un extracto autorizado por el notario ante quien se otorg la escritura de modificacin, con las menciones exigidas por la ley, debe inscribirse en el Registro Mercantil y anotarse al margen de la inscripcin de la constitucin.

MODIFICACION DE UNASOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:Un extracto autorizado por el notario ante quien se otorgo la escritura de modificacin, con las menciones exigidas por la ley, debe publicarse en el Diario Oficial.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADAEs un contrato por el que dos o ms personas convienen en poner en comn bienes y servicios para ejercer una actividad econmica y dividirse las ganancias. (Artculo 1728 del Cdigo Civil de Guatemala).

Requisitos para la Inscripcin de una Sociedad Mercantil de Responsabilidad Limitada. Comprar un formulario de solicitud de inscripcin de Sociedad Mercantil. Tiene un costo de Q 2.00.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION Solicitar una orden de pago y cancelarla en el banco Q 275.00 para inscripcin de sociedad mercantil.

Por cada Q 1,000.00 del capital autorizado, deber pagar Q 6.00. El monto mximo a pagar por dicho arancel es de Q 25,000.00.Q 15.00 por edicto para publicacin.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION Con la orden de pago ya cancelada, presentar expediente en las ventanillas receptoras de documentos en un flder tamao oficio con pestaa. El expediente debe contener: Formulario correspondiente autenticado Fotocopia simple del testimonio de la escritura de constitucin de la sociedad.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION El expediente es calificado por el departamento de Asesora Jurdica. Si todo est correcto y conforme la ley, se ordena la inscripcin provisional y la emisin del edicto para su publicacin.Dicho edicto debe ser publicado una vez en el Diario Oficial.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIONSe debe inscribir el nombramiento del representante legal de la sociedad. el cual se realiza siguiendo los pasos respectivos para la inscripcin de auxiliares de comercio.Ocho das hbiles despus de la publicacin del edicto, se debe presentar en el Registro Mercantil.Un memorial solicitando la inscripcin definitiva de la sociedad

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIONLa pgina completa donde aparece la publicacin de la inscripcin provisional

o El testimonio original de la escritura

o Fotocopia del nombramiento del Representante Legal previamente inscrito en el Registro Mercantil.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION Luego de realizados todos los tramites, puede pasar a recoger su expediente a la ventanilla de entrega de documentos. Cuando pase a recoger su expedienteo Revise cuidadosamente su patenteo Verificar razn en el testimonio original Adherir Q 200.00 de timbres fiscales en la patente de comercio de Sociedad.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIONCuando la sociedad est inscrita definitivamente, debe hacerse el trmite para inscribir la empresa, propiedad de la sociedad. Para ello deben seguirse los pasos indicados para inscribir una empresa.

Dentro de un ao mximo, despus de inscrita definitivamente la sociedad, debe hacerse el trmite para inscribir el Aviso de Emisin de Acciones (solo para sociedades accionadas), el cual se realiza siguiendo los pasos respectivos para el aviso de emisin de acciones.

VENTAJAS DE SOCIEDADES R.L.En una sociedad se tiene la ventaja de poder disponer de las tcnicas y habilidades de cada socio. En una situacin ideal, la contribucin que cada socio puede hacer a la empresa complementa la de los otros socios.

VENTAJAS DE SOCIEDADES R.L.Hay ms capital de inversin disponible, ya que la capacidad de la empresa para aumentar el capital se incrementa con tan solo incluir ms socios. A diferencia de una propiedad nica, que slo cuenta con los recursos financieros de un individuo, en una sociedad se tienen los recursos combinados de los socios. Tambin se pueden obtener recursos econmicos mediante crditos bancarios, con mayor facilidad

VENTAJAS DE SOCIEDADES R.L.Se puede convertir en socios a los empleados ms valiosos. Las sociedades pueden atraer y retener a los empleados de alta calidad ofrecindoles la oportunidad de convertirse en socios, y este mtodo de motivacin ha tenido mucho xito en particular en las reas legales y contables.

DESVENTAJAS DE SOCIEDADES R.L.Al igual que los propietarios nicos, los socios son responsables de todas las deudas o juicios legales contra la empresa, obligaciones que pueden extenderse ms all de la inversin, es decir, sobre los activos personales de los socios. Estas responsabilidades y obligaciones varan, dependiendo del tipo de sociedad que se forme.

DESVENTAJAS DE SOCIEDADES R.LLas utilidades deben compartirse, deben distribuirse entre los socios. Adems, el porcentaje de las utilidades que se reinviertan en la empresa debe decidirse en conjunto. Los deseos personales son tan slo un punto de vista.

DESVENTAJAS DE SOCIEDADES R.LLos socios pueden estar en desacuerdo, lo que puede traer mucho estrs al negocio.

Las disputas y los problemas personales entre los socios pueden poner en peligro a la empresa y disolver una sociedad.

El deseo de un socio de ampliar la empresa puede contraponerse a los dems socios.

NUESTRA EMPRESA

M.R. ORANGE

Lograr ser una empresa lder, de mayor reconocimiento y con gran rentabilidad expandiendo nuestro producto a nivel local y nacional. Brindando a nuestros clientes el mejor servicio. Ya que somos una empresa reconocedora de que el cliente es primero.

Satisfacer, saciar y refrescar la sed de todos los guatemaltecos, ofreciendo un producto de calidad, llenando las expectativas de los consumidores y dejando nuestra huella en cada uno de sus corazones.

ORGANIGRAMA