c.p.n. carlos a. schestakow. importancia del tema: se vinculan muy claramente con la magnitud del...
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VALUACIÓN DE BIENES DE CAMBIO EN EL IMP. A LAS GANANCIAS
C.P.N. Carlos A. SCHESTAKOW
Valuación Bienes de Cambio
Importancia del tema: Se vinculan muy claramente con la
magnitud del resultado del ejercicio. Mientras mayor sea el valor de la
existencia, mayor será el resultado del ejercicio.
Mientras menor sea el valor de la existencia, menor será el resultado del ejercicio
Valuación Bienes de Cambio
Valuación a valores corrientes: Lleva a incluir en el estado de resultados
ganancias/pérdidas por tenencia. (No hay aún transacción).
No hay ingresos disponibles a extraer de las empresas sin que disminuya su potencial económico.
Afecta al principio de “comodidad de pago”
Valuación Bienes de Cambio
Contabilidad normas de valuación concretas.
Impuestos necesidad de que la ley establezca los métodos aplicables.
Intentos de la profesión para lograr uniformidad.
Formalidades de los inventarios
Art. 52 Ley + Art. 74 D.R.Los inventarios deberán consignar
en forma detallada: la existencia de cada artículo. precio unitario. número de referencia si lo hubiere. Agrupados por clase o concepto.
Valuación Bienes de Cambio
No se permiten deducciones en forma global, por reservas generales para hacer frente a fluctuaciones de precios o contingencias de otro orden (ej. Fallas de stock).
No se consideran bienes de cambio Acciones Títulos, bonos Demás títulos valores.
Diferencias de inventario
Ley 11.683 (art. 18) Inc. c) Diferencias físicas de inventario
comprobadas por AFIP, luego de su valoración, representan:▪ En ganancias: Renta neta + 10% en concepto
de renta dispuesta o consumida.▪ IVA, Internos, Capitales y Patrimonio neto.
Inc. c·) Diferencias en producción
Métodos de valuación previstos por la L.IG.
Art. 52: Mercaderías de reventa, materias
primas y materiales. Productos elaborados y en curso de
elaboración. Hacienda Cereales, oleaginosas, frutas y demás
productos de la tierra, excepto explotaciones forestales.
Sementeras
Métodos de valuación previstos por la L.IG.
Art. 55: Inmuebles que tengan el carácter de
bienes de cambio.Casos en que deben utilizarse
coeficientes de actualización:Art. 89 Ley (IPMNG – hoy discontinuado)Art. 39 Ley 24.073
Merc. De reventas, materias primas y materiales
Se aplica cuando: Se comercializan productos en el mismo
estado en que se adquieren. Empresas manufactureras: para
existencias de materias primas y materiales.
Merc. De reventas, materias primas y materiales
Compras en los dos últimos meses del ejercicio.
Costo de la última compra (Art. 75 D.R.)
No hay compras en los dos últimos meses y sí en el ejercicio.
Última compra actualizada al cierre desde la fecha de compra.
No hay compras en el ejercicio
Valor impositivo al inicio reexpresado de cierre a cierre
Merc. De reventas, materias primas y materiales
Decreto Reglamentario Costo última compra: operación
realizada en condiciones de CONTADO + importes facturados con concepto de poner en condiciones de venta a los artículos que conforman la compra (acarreos, fletes, acondicionamiento, etc.)◦ IVA: no es costo.◦ Diferencias de cambio: no forman parte del
mismo◦ Intereses: Idem
Merc. De reventas, materias primas y materiales
Decreto ReglamentarioCosto última compra:
◦ Deben referirse a operaciones que involucren volúmenes normales de compras, realizadas durante el ejercicio, considerando la envergadura y modalidad operativa del negocio del contribuyente.
◦ Los valores deben estar respaldados por facturas o documentos equivalentes.
Merc. De reventas, materias primas y materiales
Regla de excepción Art. 86 D.R.: Debe existir dificultades
atendibles en su aplicación, en razón de la gran diversidad de artículos.
Resulta admisible aplicar el “COSTO EN PLAZA”.
Productos Elaborados
Dos casos: No se llevan sistemas que permitan
la determinación del costo de producción de cada partida.
Se llevan sistemas que permitan la determinación del costo de producción de cada partida.
Prod. Elaborados. Ausencia de sistemas
Ventas en los dos últimos meses del ejercicio.
Última vta. (Art. 75 D.R.) menos gastos de venta y margen de ut. neta.
No hay ventas en los dos últimos meses y sí en el ejercicio.
Última venta actualizada al cierre desde la fecha de compra menos gastos de venta y margen de ut. Neta.
No hay ventas en el ejercicio
Precio de vta. para el contrib. a la fecha de cierre, menos gastos de ventas y margen de ut. neta
Prod. Elaborados. Ausencia de sistemas.
PRECIO DE LA ÚLTIMA VENTA: es que surja de considerar la operación realizada en condiciones de contado. (Art. 75 D. R.)
GASTOS DE VENTAS: aquellos incurridos directamente con motivo de la comercialización de los bienes de cambio (fletes, comisiones, empaque, etc.) (Art. 75 D. R.)
Prod. Elaborados. Ausencia de sistemas.
Margen de utilidad neta (Art. 75 d) D.R.)◦ Asignando el coeficiente de rentabilidad neta
asignado por el contribuyente a cada línea de productos.Debe demostrarse su razonabilidad.
◦ Relacionando el “resultado neto del ejercicio” que se liquida, con las “ventas netas” del mismo período, el que será de aplicación para todos los productos.
◦ UNIFORMIDAD POR CINCO EJERCICIOS FISCALES.
Prod. Elaborados. Ausencia de sistemas.
Margen de utilidad neta (Art. 75 d) D.R.) CARACTERÍSTICAS del resultado neto del
ejercicio:▪ Debe corresponder a OPERACIONES
ORDINARIAS DEL EJERCICIO.▪ No debe incluir ingresos por la reventa
de bienes de cambio, o prestaciones de servicios, ni los gastos que le sean atribuibles.
▪ Debe estar determinado conforme a las normas de contabilidad generalmente aceptadas.
▪ Tales normas deben guardar uniformidad respecto del ejercicio anterior
Prod. Elaborados. Ausencia de sistemas.
Margen de utilidad neta (Art. 75 d) D.R.) Objetivo: determinar un margen real. Problema: es un absurdo: es necesario conocer
el costo de producción, que es lo que se desea determinar.
Solución: en base a información histórica (estadística) de ejercicios anteriores.
Otro problema: remite a normas contables que se aplicarán sobre valores impositivos, lo que puede llevar a cierto margen de variabilidad de las cifras (atemperado por uniformidad).
Prod. Elab. Existencia de sistemas que permitan la determ. del costo de prod. de
cada partida.
¿Obligatorio u optativo?Criterio de valuación: “costo de la última producción”
Ley: “igual al establecido para la valuación de existencia de mercaderías de reventa”, considerando como fecha de compra el momento de finalización de la elaboración de los bienes.
Prod. Elaborados. Existencia de sistemas
Ley: Asignación de materias primas y materiales a proceso teniendo en cuenta el método fijado para la valuación de las existencias de dichos bienes.
D.R.: Idem para mano de obra y gastos generales de fabricación.
Prod. Elaborados. Existencia de sistemas
Requisitos de los sistemas (75 e) D.R.):◦ Exterioricen en forma analítica, en los
registros contables, las distintas etapas del proceso productivo.
◦ Permitan evaluar la eficiencia de dicho proceso.
Muy genéricos: EL SISTEMA DEBE PERMITIR DETERMINAR LOS COSTOS DE PRODUCCIÓN, SURGIR DE LA CONTABILIDAD Y SER AUDITABLE.
Prod. Elaborados. Existencia de sistemas
Elementos integrantes del costo: Materias primas y materiales Mano de obra Gastos de fabricación.
Desecha el método de costeo directoNunca es costo el interés.
Prod. Elaborados. Existencia de sistemas
Si bien las definiciones llevarían a la aplicación de un sistema de “órdenes de producción” es aplicable a “costos por procesos” siempre que sea posible: Determinar el momento de finalización
de elaboración de los bienes en existencia.
Apreciar los componentes del costo de producción que integran el lote a valorizar.
Productos en curso de elaboración
Valor determinado para los productos terminados X porcentaje de acabado a la fecha de cierre del ejercicio.
VALUACIÓN DE HACIENDA
C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega 27
Clasificación de las haciendas1. ESPECIES
Vacuna
Ovina
Porcina
Equina
2. RAZAS
3. TIPOS DE HACIENDA
Pedigree
Puros por cruza
Rodeo GeneralC.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega 28
Hacienda
4. CATEGORÍAS:
VACUNAS
HEMBRAS
OREJANOS
TERNERA MARCADA
VAQUILLONA (de 1 a 2 años)
VAQUILLONA (de 2 a 3 años)
VACA 29C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
4. CATEGORÍASVACUNAS
4. CATEGORÍASMACHOS
CASTRADOSOREJANOSTERNERONOVILLITO (Entre 1 y 2 años)NOVILLO
NO CASTRADOSTORITOTORO
30C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Hacienda
B. TRATAMIENTO IMPOSITIVO
1. Clasificiación en bienes de cambio y bienes de uso.
2. Métodos de valuación.
3. Valuación de existencias en establecimientos de cría.
4. Valuación en establecimientos de invernada
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Hacienda – Clasificación en bienes de cambio y bienes de uso
PRINCIPIO GENERAL: Art. 54 Ley.
BIENES DE CAMBIO
TRATAMIENTO BIENES DE USO.
REPRODUCTORES ADQUIRIDOS
MACHOS: puros por cruza, pédigri y rodeo general.
HEMBRAS: puras por cruza y pédigri.
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Valuación de hacienda
Establecimientos de cría (hacienda de propia producción):◦ Costo estimativo por revaluación anual.
Establecimientos de invernada - hacienda adquiridas (por categoría de hacienda)◦ Precio de plaza para el contrib. en el
mercado donde acostumbra operar.◦ (-) Gastos de ventas
Art. 83 D.R: procedimientos independientes por cada un de los establecimientos pertenecientes a un mismo contribuyente
33C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Costo estimativo por revaluación anual
Distinguir:Hacienda bovina, ovina y porcina
(excepto vientres)Otras haciendas (excepto vientres)VientresEjercicio de inicio de actividades
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Costo estimativo por revaluación anual - Hacienda bovina, ovina y porcina - salvo vientres
Por cabeza y por categoría.Elegir y valorizar categoría base.Resto categorías --> Índices de relación de
la Ley 23.079.Distinción de establecimientos: dentro y
fuera de la zona central ganadera.
35C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Costo estimativo por revaluación anual - Hacienda bovina, ovina y porcina - salvo vientres
Elección y valor categoría base:◦ En función de la ventas del último
trimestre CATEGORÍA MÁS VENDIDA Representatividad Valor: 60 % precio promedio ponderado de las
ventas del último trimestre.
36C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Costo estimativo por revaluación anual - Hacienda bovina, ovina y porcina - salvo vientres
Elección y valor categoría base:◦ En función de la compras del último
trimestre CATEGORÍA MÁS COMPRADA
Sólo hembras destinadas a incrementar los planteles del establecimiento.
Valor: 60 % precio promedio ponderado de las compras del último trimestre.
37C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Costo estimativo por revaluación anual - Hacienda bovina, ovina y porcina - salvo vientres
Elección y valor categoría base:◦ En función de la ventas del último
trimestre del mercado donde el ganadero acostumbra a operar. CATEGORÍA MÁS VENDIDA Valor: 60 % precio promedio ponderado de las
ventas del último trimestre.
38C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
VALUACION DE HACIENDA EN ESTABLECIMIENTOS GANADEROS DE CRÍA - Elección categoría base
¿HAY VENTAS EN EL ÚLTIMO TRIMESTRE?
¿REPRESENTATIVAS?
¿COMPRAS ENEL ULTIMO
TRIMESTRE?
NO
SINO
VALUCION ENFUNCION DEVTAS. DEL ESTABLEC.
SI
VALUACION EN FUNCIÓN DE
COMPRAS DELESTABLEC.
VALUCION EN FUNCIÓNDE MERCADO DONDE
EL GANADEROACOSTUMBRA A
OPERAR
SI
NO
39C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Costo estimativo por revaluación anual - Hacienda bovina, ovina y porcina - salvo vientres
ESTABLECIMIENTOS UBICADOS FUERA
DE LA ZONA CENTRAL GANADERAValor de todas las categorías de acuerdo con el procedimiento establecido para los vientres.
40C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Costo estimativo por revaluación anual - Otras haciendas - salvo vientres
POR CABEZA SIN DISTINCIÓN DE CATEGORÍA.
Procedimiento de elección y valor: similar a hacienda bovina, ovina y porcina.
41C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Costo estimativo por revaluación anual - Hacienda bovina, ovina y porcina - VIENTRES
Concepto de vientres. Los que están destinados a cumplir dicha
finalidad (vientres potenciales) Fundamento valuación especial
Baja rotación Técnicamente cumplen función de activo fijo
Valor Valor que al inicio del ejercicio tuviera la que
la categoría a la que el vientre pertenece a su finalización por coeficiente anual de ajuste por inflación.
42C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Costo estimativo por revaluación anual - Ejercicio de inicio de actividades
Haciendo bovina, ovina y porcina Categoría base:
▪ Categoría más adquirida en los últimos tres meses.▪ Valor: 60% ppp de esas compras
▪ Si no hay compras en ese lapso:▪ 60 % ppp de la última adquisición efectuada en el
ejercicio.
Restantes categorías: ▪ Indices de relación Ley 23.079
43C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Costo estimativo por revaluación anual - Ejercicio de inicio de actividades
Otras haciendas◦ POR CABEZA Y SIN DISTINCIÓN DE
CATEGORÍAS.◦ Procedimiento similar al anterior
44C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Cereales, oleaginosas, frutos y demás productos de la tierra, excepto
explotaciones forestales.
Productos con cotización conocida: Precio de plaza menos los gastos de
ventas, a la fecha de cierre del ejercicio.Productos sin cotización
conocida Precio de venta fijado por el
contribuyente menos los gastos de venta, a la fecha de cierre del ejercico.
45C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Sementeras
D.R. (art. 80): todos los gastos relativos a semillas, mano de obra directa y gastos directos que conforman los trabajos culturales de los productos, que a la fecha de cierre de ejercicio, no se encuentran cosechados o recolectados.
46C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Sementeras
Valuación: Considerando el monto de las
inversiones realizadas, actualizadas desde la fecha de cada una de ellas hasta la fecha de cierre de ejercicio.
Se puede optar por el valor de realización o costo en plaza, en casos en que pueda determinarse que el mismo es menor al correspondiente al punto anterior.
47C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Situaciones especiales. Deducciones globales
Art. 52 LIG.: No pueden efectuarse deducciones en forma global, sobre los valores impositivos de los bienes que se originen en: Reservas generales constituidas para
hacer frente a fluctuaciones de precios. Contingencias de otro orden.
48C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Situaciones especiales. Valuación a costo en plaza
Art. 56 LIG: Si el costo en plaza es menor al determinado conforme a los procedimientos anteriores, se puede OPTAR por el costo en plaza, siempre que los valores surjan de documentación probatoria.◦ Art. 82 D.R.: Facturas de ventas representativas
anteriores a la fecha de cierre del ejercicio.◦ Cotizaciones en bolsas o mercados (productos
con cotización conocida).NECESIDAD DE INFORMAR A LA AFIP.
49C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Situaciones especiales. Valuación a costo en plaza
Concepto de costo en plaza (Art. 75, inc. g) D.R.) EL VALOR DE REPOSICION DE LOS
BIENES DE CAMBIO EN EXISTENCIA, POR OPERACIONES DE CONTADO, TENIENDO EN CUENTA EL VOLUMEN NORMAL DE COMPRAS QUE REALIZA EL SUJETO.
50C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Situaciones especiales. Mercad. deterioradas, fuera de moda, mal elaboradas ....
Art. 86 D.R.: Pueden valuarse al valor probable de realización , menos los gastos de venta.
Necesidad de contar con documentación respaldatoria sobre el estado de los bienes (descripción adecuada en el inventario).
51C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega
Situaciones especiales. Bienes de uso afectados como bienes de cambio.
En el ejercicio de afectación: Fecha de adquisición: inicio del
ejercicio. Valor de adquisición: valor residual
del bien al inicio del ejercicio de afectación
52C.P.N. Carlos A. Schestakow - C.P.N. Alejandro D. Ortega