coordinación de contraloría 2012-2015 marco normativo

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Coordinació n de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

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Page 1: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Coordinación de Contraloría2012-2015

Marco Normativo

Page 2: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

• Artículo 1° fracción VI.Establece que todas las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y otros, con cargo total o parcial a recursos federales están obligados a la aplicación de la Ley, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.Excepciones: Fondos previstos en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal.

Page 3: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

• Artículos 3 y 4Obra Pública.-

Trabajos que tengan por objeto Construir, Instalar, Ampliar, Adecuar, Remodelar, Restaurar, Conservar, Mantener, Modificar y Demoler bienes inmuebles.Servicios.-

Trabajos que tengan por objeto Concebir, Diseñar y Calcular los elementos que integran un proyecto de Obra Pública; Las

Investigaciones, Estudios, Asesorías y Consultorías que se Vinculen con las acciones que regula la Ley; Dirección y Supervisión de la ejecución de Obras, así como los Estudios que tengan por objeto rehabilitar, corregir o incrementar la eficiencia de las instalaciones.

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Coordinación de Contraloría2012-2015

NORMATIVA APLICABLE A PROCESOS LICITATORIOS.

Page 5: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Planeación Programación Presupuestación Contratación Ejecución Control

ETAPAS DE LA DE OBRA PUBLICA

Proceso Licitatorio

Page 6: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios relacionados

con Bienes Muebles e Inmuebles

Obras Públicas y Servicios Relacionados con las

mismas

Procesos de Licitación y

Contratación

Dependencias, Entidades del Ejecutivo Estatal / Ayuntamientos

del Estado de Michoacán

Page 7: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Fomentar la transparencia y legalidad de los procedimientos y trámites.

Oportunidad a los contratistas, proveedores y prestadores de servicio.

Emplear los recursos públicos estrictamente indispensables para la ejecución de los programas.

Dar preferencia a los bienes y servicios de procedencia regional.

OBJETIVOS DE LOS PROCESOS LICITATORIOS

Page 8: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Marco de Actuación de COCOEM

Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de

Ocampo

Reglamento Interior de la Administración

Pública Centralizada del Estado de Michoacán

Ley de Obras Públicas del Estado de Michoacán de

Ocampo y de sus municipios y su

Reglamento.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Prestación de Servicios relacionados con Bienes

Muebles e Inmuebles y su reglamento.

Acuerdo de Coordinación

entre la SFP y el Ejecutivo Estatal

Disposiciones emitidas por el

órgano de control

Page 9: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

COORDINACION FEDERACION-ESTADOS

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos(Arts. 26, 49 y 116 fracción VII)

Ley de Planeación (Arts. 33 y 34)

Plan Nacional de Desarrollo

Relación de coordinación entre la Federación y los Estados, con

la participación que corresponda a los municipios.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos(Arts. 26, 49 y 116 fracción VII)

Page 10: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

• Modernización de las Administraciones Públicas Estatal y Municipal.

• Procedimientos de Contratación, Responsabilidades y Sanciones.• Transparencia y Combate a la Corrupción, Participación Social.

Dentro de las acciones de colaboración en materia Transparencia:

• Consolidar con el apoyo de la SFP la operación de su sistema electrónico de contrataciones gubernamentales para garantizar la aplicación transparente de los recursos públicos.

• Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables a las obras publicas y a los servicios relacionados con las mismas, así como a la adquisición, arrendamiento de bienes muebles y prestación de servicios que se efectúen con recursos federales.

Dentro de los Procedimientos de Contratación:

Acuerdo de Coordinación entre la SFP y el Ejecutivo Estatal

Page 11: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Acuerdo de Coordinación que celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, que tiene por objeto la realización de un programa de coordinación especial.

• DECIMA.- De acuerdo al proceso de federalización, para fortalecer al Estado y a los Municipios en la descentralización de funciones, “el Gobierno del Estado” se compromete a:

• I. Implementar con el apoyo de la SFP la operación del sistema electrónico de contrataciones gubernamentales, conocer de las licitaciones de bienes, servicios y de obra pública, los resultados de los concursos (Fallos), que se realicen total o parcialmente con recursos federales, y simplificar el pago de las bases y demás trámites relacionados con la participación en licitaciones públicas del nivel estatal;

• II. Verificar conforme al programa anual de trabajo acordado con la SFP, el cumplimiento de las disposiciones legales federales aplicables a las obras públicas y a los servicios relacionados con las mismas, que se efectúen total o parcialmente con recursos federales,

Facultades de la COCOEM

Page 12: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Acuerdo de Coordinación que celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, que tiene por objeto la realización de un programa de coordinación especial.

• III. Enviar, en la medida de sus posibilidades, a un servidor público del órgano estatal de control a los actos de licitación que, para la adquisición, arrendamiento de bienes muebles, servicios, obra pública y servicios relacionados con las misma, lleven a cabo en la entidad federativa, con cargo parcial o total a los recursos federales.

• IV. Verificar, cuando así se establezca en las mismas, por conducto del órgano estatal de control, que las dependencias y entidades ejecutoras locales den puntual y oportuno cumplimiento a las resoluciones que emita la

Facultades de la COCOEM

Page 13: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Acuerdo de Coordinación que celebran el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, que tiene por objeto la realización de un programa de coordinación especial.

• Autoridad competente, con motivo de inconformidades derivadas de cualquier acto del procedimiento de contratación de obras públicas o servicios relacionados con las mismas, que se efectúen total o parcialmente con recursos federales,

• V. Orientar, a través del órgano estatal de control, a los interesados en formular inconformidades derivadas de cualquier acto del procedimiento de contratación de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, que se efectúen total o parcialmente con recursos federales, a efecto de que sean presentadas en la forma y términos previstos en las disposiciones aplicables.

Facultades de la COCOEM

Page 14: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

BEOPUnidad de Control y

Auditoría a Obra Pública

CompraNet 5.0Unidad de Política de

Contrataciones Públicas.

Unidades Responsables de la SFP

ENLACE (SFP - COCOEM):Unidad de Operación Regional y Contraloría

Social

Acue

rdo

de

Coor

dina

ción

Administrador EstatalMtro. Jorge Humberto

Villegas García.Director de Control y

Auditoría a Obra Pública.

Supervisora Estatal

Arq. Mónica Tena Fernández.Jefe de Departamento de

Análisis de Adquisiciones y Servicios Relacionados con Obra

Pública.

Page 15: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Coordinación de Contraloría2012-2015

Clasificación de Ramos, Subsidios y

Transferencias Federales

Page 16: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Denominación de Ramo.

El nivel más agregado de identificación administrativa (¿A quién se asignan? ¿Quién los ejerce?), de los recursos contemplados en el Presupuesto de Egresos de las Dependencias de la Administración Pública Centralizada y de los Órganos Autónomos, se logra a través de uno de los componentes de la clave presupuestaria denominado RAMO.

Page 17: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

El Ramo permite identificar aquellas erogaciones globales que están consideradas en el PEF, que no están vinculadas directamente con las actividades institucionales que desarrollan las entidades, e. j. participaciones de ingresos federales.

Por ello, para efectos presupuestarios los Ramos se dividen en Ramos Administrativos, aquellos que se identifican con una entidad, y Ramos Generales, los que corresponden a erogaciones globales previstas en el presupuesto:

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Catálogo de Ramos:

Ramos Administrativos:08 Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural;09 Comunicaciones y Transportes;10 Comercio y Fomento Industrial;11 Educación Pública;12 Salud16 Medio Ambiente, recursos naturales y Pesca;20 Desarrollo Social; entre otros.

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Catálogo de Ramos:

Ramos Generales:19 Aportaciones a Seguridad Social;23 Provisiones Salariales y Económicas;25 Previsiones y Aportaciones para los Sistemas de Educación Básica y Normal;28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios;33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios.

Page 20: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Fondos de Aportaciones

I. Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal

(FAEB);II. Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA);III. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social; (FAIS):

a) Fondo de Infraestructura Social Estatal (FISE);b) Fondo de Infraestructura Social Municipal (FISM);

IV. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de losMunicipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN D.F.);

Page 21: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Fondos de AportacionesV. Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM):

a) Asistencia Social;b) Infraestructura Educativa.

VI.Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos (FAETA):

a) Educación Tecnológica;b)Educación de Adultos;

VII.Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los

Estados y del Distrito Federal (FASP), yVIII.Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las

Entidades Federativas (FAFEF). (A partir de 2003 (PAFEF = Ramo 39)

Page 22: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Se norma la integración, distribución, administración, ejercicio y supervisión de las aportaciones federales a entidades federativas y municipios.

Las aportaciones federales se definen como recursos que la Federación transfiere a las haciendas públicas de los Estados, Distrito Federal, y en su caso, de los Municipios condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece la Ley para los diferentes Fondos.

Ley de Coordinación Fiscal

Capítulo V, artículo 25.

Page 23: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Ley de Coordinación Fiscal

Los artículos 26 a 46 establecen las disposiciones para la distribución de los fondos anteriormente citados.Estos fondos son entregados a los Estados, entre las disposiciones establecidas está la obligación de hacerlos de conocimiento público.La administración y ejercicio de los Fondos de las Aportaciones Federales son competencia de las entidades federativas y de los municipios (artículo 49).

Page 24: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Ley de Coordinación Fiscal

La fiscalización de las cuentas públicas de las entidades federativas y los municipios corresponde a los respectivos Congresos Locales, de acuerdo a su legislación.

La Ley establece que estos recursos no podrán ser destinados a fines distintos a los previstos.

Page 25: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Programas sectoriales.Comprenden los aspectos relativos a un sector de la

economía o la sociedad, que es atendido por una Dependencia. Rigen el desempeño de las actividades del sector administrativo relacionado con la materia de los mismos. Se integran bajo la responsabilidad de la dependencia coordinadora del sector, atendiendo las normas y lineamientos que emite para su integración la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, e incorporando las propuestas de las entidades sectorizadas, las previsiones del PND, las recomendaciones de los estados y municipios y las aportaciones de los grupos sociales interesados a través de los foros de consulta popular.

Page 26: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Definición de Programa sectorial concertado.

Conjunto de acciones derivadas de las atribuciones correspondientes a las dependencias y entidades que conforman un sector de la Administración Pública Federal, cuya ejecución requiere participación concurrente con el ejecutivo de cada entidad federativa; integra acciones de las dos instancias de gobierno, previéndose la participación de los ayuntamientos y de los grupos sociales y privados; se formaliza bajo la figura de acuerdos de coordinación (CONVENIOS).

Recursos Etiquetados a Dependencias y Entidades

Federales en el PEF

Convenio de Coordinación, Reasignación y /o Concertación

Federación – Estado

Convenios Específicos CODEM

Federación - Estado - MunicipioFederación - Municipio

Federación - Municipio - Beneficiarios

Page 27: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Principales Regulaciones de los Recursos Federales

• Distribución de erogaciones del R33 (Anexo 14 del PEF).• Montos, Rangos y Límites para Adjudicación de Obras (Art. 3º frac. XVII y Anexo 17 PEF).• En caso de concurrencia de recursos, los Municipios deben radicar su aportación en un plazo no

mayor a 40 días hábiles a partir de la recepción de los recursos Federales (Art. 9 PEF). Caso contrario es motivo de suspensión de recursos.

• Los Municipios en el ejercicio de recursos Federales debe: (Art. 10 PEF)– Informar sobre el Ejercicio del Gasto.– Informar sobre Cuentas específicas para su administración.– Mantener registros por Fondo.– Abstenerse de transferir recursos entre Fondos.– Coadyuvar con la fiscalización de los recursos.– Etc.

• Los recursos deben ser operados bajo Reglas de Operación. (Art. 33. y Anexo 18 PEF) y (Art. 77 LFPRH).

• Los recursos Federales Transferidos a Entidades Federativas y Municipios, deben formalizarse mediante Convenios (Art. 82 LFPRH).

• Los recursos Federales Transferidos no pierden su carácter Federal (Art. 83 LFPRH).

Page 28: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Principales Regulaciones de los Recursos Federales

• Los subsidios se considerarán devengados una vez que se haya constituido la obligación de entregar el recurso al beneficiario por haberse acreditado su elegibilidad antes del 31 de diciembre de cada ejercicio. (Art. 175 del RLFPRH)

• Las Dependencias y entidades deberán prever en las reglas de operación de los programas sujetos a éstas conforme a los previsto en el Presupuesto de Egresos o en los instrumentos jurídicos a través de los cuales se canalicen recursos, la obligación de reintegrar a la TESOFE los recursos que no se destinen a los fines autorizados y aquellos que al cierre del ejercicio no hayan sido devengados. (Art. 176 del RLFPRH)

• Las Dependencias y entidades a cargo de dichos programas proporcionarán en los Informes Trimestrales la información relativa a la ejecución del gasto. (Art. 177 del RLFPRH)

Page 29: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Coordinación de Contraloría2012-2015

Rangos de Adjudicación

Recursos Federalizados

Page 30: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Rangos de Adjudicación (Federal):

(Artículo 43 de la LOPSRM Presupuesto de Egresos)

La suma de los montos de los contratos que se realicen no podrá exceder del 30% del presupuesto autorizado a las dependencias y entidades (MUNICIPIOS) para realizar obras públicas y servicios relacionados con las mismas en cada ejercicio presupuestal.

Cada obra deberá considerarse individualmente y no podrá ser fraccionada para quedar comprendida en alguno de los rangos anteriores.

Page 31: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Determinación de Montos máximos de adjudicación de obras que involucran recurso federal:

Convenios firmados con una solo MUNICIPIO:

Monto Convenido Programa A: $ 1’500,000Monto Convenido Programa B: $ 3’000,000Monto Convenido Programa C: $ 7’000,000

Total Convenido: $11’500,000

30% correspondiente: $ 3’450,000

(Monto máximo que puedo adjudicar por Invitación Restringida ó Adjudicación

Directa).

Page 32: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

MONTOS MAXIMOS PARA ADJUDICACIONES MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION DIRECTA Y DE INVITACION A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ESTABLECIDO EN MILES DE PESOS, SIN CONSIDERAR EL IMPUESTO AL VALOR

AGREGADO

Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas  

Presupuesto autorizado para realizar obras públicas y servicios relacionados

con las mismas

Monto máximo total de cada obra que podrá

adjudicarse directamente

Monto máximo total de cada servicio

relacionado con obra pública que podrá

adjudicarse directamente

Monto máximo total de cada obra que podrá adjudicarse mediante invitación a cuando

menos tres personas

Monto máximo total de cada servicio relacionado

con obra pública que podrá adjudicarse

mediante invitación a cuando menos tres

personas

           

Mayor de HastaDependencias y

EntidadesDependencias y

EntidadesDependencias y

EntidadesDependencias y Entidades

           

 0 15,000 226 111 2,006 1,55915,000 30,000 278 142 2,226 1,670

30,000 50,000 336 168 2,562 2,006

50,000 100,000 389 194 3,119 2,336

100,000 150,000 446 226 3,675 2,783

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION EJERCICIO FISCAL 2012 (DOF 12-12-2011)

Page 33: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Rangos de Adjudicación (Federal):

Rangos de adjudicación de obra y servicios de acuerdo al Presupuesto de Egresos de la Federación:

Total Convenido $11’500,000

Obra Pública ServiciosLicitación Pública: Desde $2’006,001 $1’559,001

Invitación Restringida: Hasta $ 2’006,000 $ 1’559,000

Adjudicación Directa: Hasta $ 226,000 $ 111,000

La suma de todas las adjudicaciones que se realicen por Invitación Restringida ó Adjudicación Directa no deberá exceder los $3’450,000.

Page 34: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Términos establecidos por la LOPSRM:

Artículos 31, 33, 37 y 47 de la LOPSRM y 31 de su Reglamento

Periodo para preparar la licitación. Día 1

Día 2

Día 3

Día 4 Día 5

Día 6

Día 7

Día 8

Día 9 Día 10 Día 11

Día 11

Día 12

Día 13 Día 14 Día 15

Configuración en el

CompraNET.

Publicación de Convocatoria en COMPRANET y resumen en el DOF.

Fecha Visita al sitio de los trabajos y Junta de Aclaraciones.Fecha máxima para realizar modificaciones a la convocatoria.

Acto de presentación y apertura de proposiciones.

Acto de Fallo ó notificación de fallo.

Firma de contrato

Convocatoria.- Desde la fecha de publicación y hasta, inclusive, el sexto día previo al acto de presentación y

apertura de proposiciones.31 del Reglamento

Fallo.- Dentro de los 30 días naturales siguientes al acto de

presentación y apertura de proposiciones. 37.III de la Ley

VISITA. Y J.A.- Dentro del período comprendido entre el cuarto día natural siguiente a la publicación y sexto previo al acto de presentación y apertura de proposiciones. 31.IX de la Ley.

Firma contrato.- No podrá exceder de los 15 días naturales siguientes al de la notificación del fallo. 47 de la Ley

Art. 32-D CFFAcuse del SAT

Page 35: Coordinación de Contraloría 2012-2015 Marco Normativo

Función de la Coordinación de Contraloría:

    que las adquisiciones, los arrendamientos

y los servicios, se realicen conforme a lo establecido en la Ley y el Reglamento, realizando visitas e inspecciones del destino de los bienes y servicios, así como a los procesos licitatorios de obras públicas.

auditorías

Vigilar