convenio de coordinacion resimone potl 4043 5 abr 2000

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  • 7/29/2019 Convenio de Coordinacion Resimone Potl 4043 5 Abr 2000

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    Publicacin Peridica, Permiso Nm.

    003 0634, caractersticas 134182816,

    Autorizado por SEPOMEX

    Cuernavaca, Mor., a 5 de abril del 2000 6a. poca 4043

    PERIODICO OFICIAL

    TIERRA Y LIBERTAD ORGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS

    Las Leyes y Decretos son obligatorios, por su publicacin en este PeridicoDirector: Jorge Arturo Garca Rub

    SUMARIOGOBIERNO DEL ESTADOPODER LEGISLATIVO

    DECRETO NOVECIENTOS CINCUENTA YTRES.- Por el que no se aprueba en segundarevisin la Cuenta Pblica del H. Ayuntamiento deTemixco, Morelos, correspondiente al ejerciciofiscal comprendido del 1o. de enero al 31 dediciembre de 1996.

    ....Pg.- 2

    DECRETO NOVECIENTOS CINCUENTA YCUATRO.- Por el que no se aprueba en segundarevisin la Cuenta Pblica del H. Ayuntamiento deYecapixtla, Morelos, correspondiente al ejerciciofiscal comprendido del 1o. de enero al 31 dediciembre de 1996.

    ....Pg.- 3

    DECRETO NOVECIENTOS CINCUENTA YCINCO.- Por el que se faculta a la Comisin deHacienda, Presupuesto y Cuenta Pblica, parainstruir al Contador Mayor de Hacienda, que revise

    la Cuenta Pblica Municipal de Temixco, Morelos,correspondiente al 1o. de enero al 31 de diciembrede 1998.

    ....Pg.- 4DECRETO NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS.-Por el que se faculta a la Comisin de Hacienda,Presupuesto y Cuenta Pblica, para instruir alContador Mayor de Hacienda, que revise laCuenta Pblica Municipal de Tetecala, Morelos,correspondiente al 1o. de enero al 31 de diciembrede 1998.

    ....Pg.- 6

    DECRETO NOVECIENTOS CINCUENTA YSIETE.- Por el que se faculta a la Comisin deHacienda, Presupuesto y Cuenta Pblica, parainstruir al Contador Mayor de Hacienda, que revisela Cuenta Pblica Municipal de Tlayacapan,Morelos, correspondiente al 1o. de enero al 31 dediciembre de 1998.

    ....Pg.- 7PODER EJECUTIVO

    Fe de Erratas al Peridico Oficial Tierra y

    Libertad de fecha 15 de marzo del 2000, connmero 4040 en sus Secciones Tercera y Cuarta.

    ....Pg.- 9

    REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIN DEESTUDIOS JURDICOS DEL GOBIERNO DELESTADO DE MORELOS.

    ....Pg.- 9

    ACUERDO.- Por el que se concede Licencia al Lic.Herminio Morales Lpez Notario Pblico NmeroUno de la Tercera Demarcacin Notarial y seautoriza al C. Lic. Germn Loza Jimnez comoFedatario Sustituto.

    ....Pg.- 11Acta de Instalacin de la Comisin Estatal deProteccin a los Animales de Morelos.

    ....Pg.- 11

    Convenio de Coordinacin para la Planificacin yManejo de la Reserva Estatal Sierra MonteNegro.

    .....Pg. - 13

    Convenio de Coordinacin para la Planificacin yManejo de la Reserva Estatal Las Estacas.

    .....Pg. - 18

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    SECRETARA DE BIENESTAR SOCIAL

    LICITACIN PBLICA

    Convocatoria 003.- Por la que se invita a losinteresados en participar en la Licitacin deCarcter Nacional para la contratacin de Serviciode Alimentacin para Pacientes y Personal delHospital General de Cuernavaca DR. JOS G.PARRES.

    .....Pg. - 23GOBIERNO MUNICIPAL

    H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DECUERNAVACA, MORELOS.

    ACUERDO.- Por el que se reforma y modifica elArtculo 40 del Reglamento del Gobierno Interno ypara la Administracin Pblica del Municipio deCuernavaca.

    .....Pg. - 24

    ACUERDO.- Por el que se aprueba la modificacin

    al Artculo 129 en su Fraccin V y se adiciona laFraccin XIX del Bando de Polica y BuenGobierno del Municipio de Cuernavaca, Morelos.

    ..Pg.- 25ACUERDO.- Por el que se conceden licenciaspara separarse de su cargo a los CC. Lic. MarthaLeticia Rivera Cisneros, Dr. Julio Csar PeaVera, Elas Granados Casarrrubias, ReginoGmez Acosta, Jorge Gmez Ibarra, Julio CsarLara Manrique y Salvador Espaa Flores.

    .....Pg. - 26

    ACUERDO.- Por el que se autoriza al Tesorero

    Municipal a condonar el pago del impuesto sobreadquisicin de bienes inmuebles y el pago delImpuesto Predial por cinco aos anteriores a laescrituracin de los lotes regularizados por laCORETT, en el Municipio de Cuernavaca.

    .....Pg. - 27

    H. AYUNTAMIENTO DE CONSTITUCIONAL DEEMILIANO ZAPATA, MOR.

    Acta de la Sesin Pblica de Cabildo ordinario,celebrada el martes 22 de marzo del 2000.

    .....Pg. - 28

    EDICTOS Y AVISOS JUDICIALES

    .....Pg. - 29Al margen izquierdo un Escudo del Estado de

    Morelos que dice.- La Tierra Volver a Quienes laTrabajan con sus Manos.- Poder Ejecutivo del Estado

    de Morelos.

    JORGE MORALES BARUD, GOBERNADORCONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE YSOBERANO DE MORELOS A SUS HABITANTES SABED.

    Que el H. Congreso del Estado se ha servidoenviarme para su promulgacin lo siguiente:

    LA HONORABLE CUADRAGSIMA SPTIMALEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, CONFUNDAMENTO POR LO DISPUESTO POR ELARTCULO 40 FRACCIONES II Y XXVIII DE LACONSTITUCIN POLTICA DEL ESTADO DEMORELOS, Y

    C O N S I D E R A N D O.

    I.- Que en acato a lo ordenado en el DecretoNmero Ciento Noventa y Nueve, publicado en elPeridico Oficial Tierra y Libertad Nmero 3901,rgano Informativo del Gobierno del Estado del 11 defebrero de 1998, correspondi a la Contadura Mayorde Hacienda, practicar la revisin y auditora general alMunicipio de Temixco, Morelos, por el perodo fiscal1996.

    II.- Que en trminos de las consideraciones quesirvieron de motivacin al ordenamiento citado, la

    numeral V, refiere que de acuerdo al informe rendidopor el rgano Tcnico, ste no cont con elementossuficientes para poder evaluar el manejo de laHacienda Pblica Municipal.

    III.- La Contadura Mayor de Hacienda realiz larevisin y emiti el informe correspondiente confundamento en los Artculos 115 fraccin IV, ltimoprrafo, de la Constitucin Poltica de los EstadosUnidos Mexicanos, 40 fracciones XXVIII y XLVII de laConstitucin Poltica del Estado de Morelos; 1, 3, 13,14, 31 y 32 de la Ley Orgnica de la Contadura Mayorde Hacienda.

    IV.- Que el rgano Tcnico del H. Congreso del

    Estado, en el informe rendido a esta Soberanaestablece que de la revisin efectuada por segundaocasin a la cuenta pblica del H. Ayuntamiento deTemixco, Morelos del Ejercicio 1996, los comparativosde Ingresos y Egresos, no se pueden identificardebidamente, en virtud de carecer de la documentacinsoporte respectiva.

    V.- Que derivado de la segunda revisin del Gasto

    Pblico por el Ejercicio de 1996, la Contadura Mayorde Hacienda del Congreso del Estado, le observa alAyuntamiento que del pliego de observacionesnotificado, no solventaron la cantidad $ 40,883.05

    (CUARENTA MIL, OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRESPESOS, 05/100 M.N. ), incumpliendo los Artculos 26 y

    27 de la Ley de Presupuesto Contabilidad y GastoPblico del Estado de Morelos, igualmente les sealatambin varias inconsistencias administrativas que nocomprobaron ni aclararon, agotando el tiempolegalmente establecido para presentar documentacincomprobatoria, aclarar o solventar.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, estaSoberana ha tenido a bien expedir el siguiente:

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    DECRETO NMERO NOVECIENTOS CINCUENTA YTRES.

    ARTCULO PRIMERO.- No se aprueba, en segundarevisin, la Cuenta Pblica del H. Ayuntamiento deTemixco, Morelos, correspondiente al Ejercicio Fiscalcomprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de

    1996.ARTCULO SEGUNDO. - Se faculta a la Comisin deHacienda, Presupuesto y Cuenta Pblica, para instruiral Contador Mayor de Hacienda, titular del rganotcnico de este H. Congreso del Estado, a requerir elresarcimiento del dao a la Hacienda Pblica Municipaly, en su caso, iniciar el procedimiento deresponsabilidad correspondiente, en contra de losrepresentantes de la Administracin Pblica Municipalde Temixco, Morelos, as como de los servidorespblicos de ese Ayuntamiento que en el perodo deenero a diciembre de 1996, resulten responsables porlas acciones u omisiones que deriven en

    responsabilidad administrativa o en la comisin dedelitos; por los sealamientos en que incurrieron y quese relacionan en la parte considerativa de estaresolucin.

    T R A N S I T O R I O S

    ARTCULO PRIMERO. - El presente Decreto,entrar en vigor al da siguiente de su publicacin en elPeridico Oficial Tierra y Libertad, rgano de difusindel Gobierno del Estado.

    ARTCULO SEGUNDO. - Remtase el presenteDecreto, al Titular del Poder Ejecutivo Estatal para los

    efectos correspondientes.Saln de Sesiones del H. Congreso del Estado a losveintids das del mes de marzo de dos mil.

    ATENTAMENTE

    SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIN.

    LOS CC. INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVADEL SEGUNDO PERODO EXTRAORDINARIO DESESIONES DEL SEGUNDO PERODO ORDINARIODEL TERCER AO DE EJERCICIOCONSTITUCIONAL.

    P R E S I D E N T E.

    DIP. JUAN ANTONIO REYNOSO ABUNDEZ.

    SECRETARIA.

    DIP. MARA CRISTINA BALDERAS ARAGN.

    SECRETARIA.

    DIP. RUFINA VILLANUEVA PACHECO.

    RBRICAS

    Por tanto mando se imprima, publique, circule y sele d el debido cumplimiento.

    Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo en laCiudad de Cuernavaca, Capital del Estado de Morelosa los veintiocho das del mes de marzo del dos mil.

    SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCINGOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO

    LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS

    JORGE MORALES BARUDSECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

    JORGE ARTURO GARCA RUBRBRICAS

    Al margen izquierdo un Escudo del Estado deMorelos que dice.- La Tierra Volver a Quienes laTrabajan con sus Manos.- Poder Ejecutivo del Estadode Morelos.

    JORGE MORALES BARUD, GOBERNADORCONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE YSOBERANO DE MORELOS A SUS HABITANTES SABED.

    Que el H. Congreso del Estado se ha servidoenviarme para su promulgacin lo siguiente:

    LA HONORABLE CUADRAGSIMA SPTIMALEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, CON

    FUNDAMENTO POR LO DISPUESTO POR ELARTCULO 40 FRACCIONES II Y XXVIII DE LACONSTITUCIN POLTICA DEL ESTADO DEMORELOS, Y

    C O N S I D E R A N D O.

    I.- Que en acato a lo ordenado en el DecretoNmero Ciento Noventa y Ocho, correspondi a laContadura Mayor de Hacienda, practicar la revisin yauditora general al Municipio de Yecapixtla, Morelos,durante el perodo fiscal 1996.

    II.- Que en trminos de las consideraciones V y VIque sirvieron de motivacin al ordenamiento citado en

    el punto anterior, refieren que de acuerdo al informerendido por el rgano Tcnico, los responsables de laAutoridad Municipal Hacendara que estaban enfunciones en el perodo de revisin, no dieron respuestaal pliego de observaciones para su solventacin, dandocomo resultado que el gasto pblico no fuera posibleevaluarlo por lo que la informacin contenida en elexpediente respectivo debe ser sujeto a verificacin.

    III.- La Contadura Mayor de Hacienda realiz larevisin y emiti el informe correspondiente confundamento en los Artculos 115 fraccin IV, ltimoprrafo, de la Constitucin Poltica de los EstadosUnidos Mexicanos, 40 fracciones XXVIII y XLVII de la

    Constitucin Poltica del Estado de Morelos; 1, 3, 13,14, 31 y 32 de la Ley Orgnica de la Contadura Mayorde Hacienda.

    IV.- Que durante el Ejercicio 1996, se obtuvo un

    ingreso total por la cantidad de 4 millones 100 mil 769pesos, 52/100 M.N., de donde la cantidad de 433 mil240 pesos 35/100 M.N. corresponde a recaudacin

    propia, misma que representa el 10.56 % del total derecursos y la cantidad de 3 millones 667 mil 529 pesos17/100 M.N., por concepto de participaciones querepresentan el 89.44 % del total.

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    V.- Que el H. Ayuntamiento de Yecapixtla, Morelos,aprob para el Ejercicio Fiscal 1996 un Presupuesto deEgresos por un total de 2 millones 928 mil pesos 00/100M.N., ejercindose un gasto real de 3 millones 747 mil761 pesos, 90/100 M.N., de lo que result un excedenteentre los ingresos y egresos reales de 353 mil 7 pesos,62/100, M.N. que por carecer de estados financieros no

    se pudo precisar su correcto registro; el ejercicio delgasto se aplic de la siguiente forma:GASTO CORRIENTE $ 2103,910.07

    OBRAS Y SERVICIOSPBLICOS 1643,851.83

    GASTO TOTAL $ 3747,761.90

    VI.- Que habindose examinado todos y cada unode los conceptos correspondientes al origen yaplicacin de recursos por el perodo correspondiente alejercicio 1996, se obtuvo que los ingresos fueronregistrados y cuyo importe se seala anteriormente, losegresos se aplicaron como lo establece la tcnica

    contable gubernamental de acuerdo a la Ley, exceptoporque la Contadura Mayor de Hacienda del Congresodel Estado, en el informe entregado a esta Soberana,le seala al Ayuntamiento que del pliego deobservaciones notificado, no solventaron la cantidadde $ 126,528.25 (CIENTO VEINTISEIS MIL,QUINIENTOS VEINTIOCHO PESOS, 25/100 M.N. ),por lo que incurrieron en lo que prohibe el Artculo 54fraccin X de la Ley Orgnica Municipal del Estado yviolentaron lo relacionado a los Artculos 26 y 27 de laLey de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Pblico;sealndoles tambin inconsistencias administrativas yla falta de firmas en algunas nminas, agotando eltiempo legalmente establecido sin presentardocumentacin comprobatoria, aclarar o solventar.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, estaSoberana ha tenido a bien expedir el siguiente:

    DECRETO NMERO NOVECIENTOS CINCUENTA YCUATRO.

    ARTCULO PRIMERO. - No se aprueba, en segundarevisin, la Cuenta Pblica del H. Ayuntamiento deYecapixtla, Morelos, correspondiente al Ejercicio Fiscalcomprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de1996.

    ARTCULO SEGUNDO. - Se faculta a la Comisin deHacienda, Presupuesto y Cuenta Pblica, para instruiral Contador Mayor de Hacienda, titular del rganotcnico de este H. Congreso del Estado, a requerir elresarcimiento del dao a la Hacienda Pblica Municipaly, en su caso, iniciar el procedimiento deresponsabilidad correspondiente, en contra de losrepresentantes de la Administracin Pblica Municipalde Yecapixtla, Morelos, as como de los servidorespblicos de ese Ayuntamiento que en el perodo deenero a diciembre de 1996, resulten responsables por

    las acciones u omisiones que deriven enresponsabilidad administrativa o en la comisin dedelitos; por los sealamientos en que incurrieron y quese relacionan en la parte considerativa de estaresolucin.

    T R A N S I T O R I O S

    ARTCULO PRIMERO. - El presente Decreto,entrar en vigor al da siguiente de su publicacin en elPeridico Oficial Tierra y Libertad, rgano de difusindel Gobierno del Estado.

    ARTCULO SEGUNDO. - Remtase el presenteDecreto, al Titular del Poder Ejecutivo Estatal para losefectos correspondientes.

    Saln de Sesiones del H. Congreso del Estado a losveintids das del mes de marzo de dos mil.

    ATENTAMENTE

    SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIN.

    LOS CC. INTEGRANTES DE LA MESADIRECTIVA DEL SEGUNDO PERODOEXTRAORDINARIO DE SESIONES DEL SEGUNDOPERODO ORDINARIO DEL TERCER AO DEEJERCICIO CONSTITUCIONAL.

    P R E S I D E N T E.

    DIP. JUAN ANTONIO REYNOSO ABUNDEZ.

    SECRETARIA.

    DIP. MARA CRISTINA BALDERAS ARAGN.

    SECRETARIA.

    DIP. RUFINA VILLANUEVA PACHECO

    RBRICASPor tanto mando se imprima, publique, circule y se

    le d el debido cumplimiento.Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo en la

    Ciudad de Cuernavaca, Capital del Estado de Morelosa los veintiocho das del mes de marzo del dos mil.

    SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIN

    GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE MORELOS

    JORGE MORALES BARUDSECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

    JORGE ARTURO GARCA RUB

    RBRICASAl margen izquierdo un Escudo del Estado de

    Morelos que dice.- La Tierra Volver a Quienes laTrabajan con sus Manos.- Poder Ejecutivo del Estadode Morelos.

    JORGE MORALES BARUD, GOBERNADORCONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE YSOBERANO DE MORELOS A SUS HABITANTES SABED.

    Que el H. Congreso del Estado se ha servidoenviarme para su promulgacin lo siguiente:

  • 7/29/2019 Convenio de Coordinacion Resimone Potl 4043 5 Abr 2000

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    5 de abril del 2000 P E R I O D I C O O F I C I A L Pgina 5

    LA HONORABLE CUADRAGSIMA SPTIMALEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, CONFUNDAMENTO POR LO DISPUESTO POR ELARTICULO 40 FRACCIONES II Y XXVIII DE LACONSTITUCIN POLTICA DEL ESTADO DEMORELOS, Y

    C O N S I D E R A N D O.

    I.- Que en trminos de lo dispuesto por el artculo53, fracciones V, VII, XIV y XV de la Ley OrgnicaMunicipal del Estado de Morelos, corresponde a losAyuntamientos revisar y aprobar, la cuenta pblicaanual correspondiente al ejercicio anterior, as comoadministrar libremente su hacienda, controlar elejercicio del presupuesto de egresos del municipio y laaprobacin de los informes mensuales de cuentapblica, ajustndose tambin a lo que sealen lasdisposiciones vigentes en la materia.

    II.- Que en trminos de lo dispuesto por la fraccinXXVIII del Artculo 40 de la Constitucin Poltica del

    Estado, corresponde al Congreso del Estado examinary aprobar, las cuentas pblicas del ao anterior quedebern presentar los municipios; quienes de acuerdocon lo dispuesto por el Artculo 115, fraccin VI de laConstitucin Poltica Local, tienen la facultad deadministrar libremente su hacienda.

    III.- Que de conformidad con lo establecido en elArtculo 32 prrafo segundo, de la Constitucin Polticadel Estado de Morelos, durante el primer perodo desesiones el Congreso se ocupar invariablemente delexamen, discusin y aprobacin, en su caso, de lacuenta pblica del ao anterior de los municipios, losque debern presentarla para esos efectos dentro de

    los primeros 15 das del mes de marzo; toda vez quenos fue turnada por el Pleno del Congreso, se procedia su envo a la Contadura Mayor de Hacienda la queprocedi a la practica del examen conforme a lodispuesto en los Artculos 2, 6, 7, 20, 21, 22, 26, 27, 28,29, 30 y 31 de la Ley Orgnica de la Contadura Mayorde Hacienda del H. Congreso del Estado de Morelos.Por la entrega extempornea de los cortes mensualesde la cuenta pblica de los Municipios, el rganoTcnico de este H. Congreso, requiri mayor tiempo delque la normatividad, en primer trmino establece paraque realice su funcin de examen, por lo que solicitprorroga a la Asamblea Legislativa para concluir elexamen de las cuentas pblicas Municipales,

    fundamentndose en el Artculo 35 de su Ley Orgnica,que prev estos casos. La Comisin de Hacienda,Presupuesto y Cuenta Pblica present en sesinordinaria de la Honorable Asamblea, un punto deacuerdo sobre esta solicitud resultando aprobado,terminado el examen emiti el informe que sirve debase para este Decreto, por lo que corresponde ladiscusin de la Cuenta Pblica del H. Ayuntamiento deTemixco, Morelos, en el Segundo Perodo Ordinario deSesiones.

    IV.- Que durante el ao de 1998, los ingresos fueronregistrados en forma correcta y se obtuvo un

    ingreso total por la cantidad de 20 millones 882 mil585 pesos 88/100 M.N., de donde la cantidad de 4milln 39 mil 145 pesos 27/100 M.N. corresponde arecaudacin propia, misma que representa el 19.35 %del total de recursos y la cantidad de 16 millones 843mil 440 pesos 61/100 M.N. por concepto departicipaciones que representan el 80.65 % del total.

    V.- Que el H. Ayuntamiento aprob para el EjercicioFiscal 1998 un Presupuesto de Egresos por un total de16 millones 161 mil 804 pesos 00/100 M.N.,ejercindose un gasto real de 15 millones 999 mil 147pesos, 94/100 M.N., resultando que el Ayuntamiento deTemixco, dej de ejercer la cantidad de 4 millones 883,mil 437 pesos 94/100 M.N., y los refleja en los EstadosFinancieros de 1998 como Resultado del Ejercicio; elgasto se aplic de la siguiente forma:

    GASTO CORRIENTE $ 9425,879.48

    OBRAS Y SERVICIOS PBLICOS 6573,268.46GASTO TOTAL $ 15999,147.94VI.- Que habindose examinado todos y cada uno

    de los conceptos correspondientes al Estado de Origeny Aplicacin de Recursos por el perodocorrespondiente al ao de 1998, se obtuvo que losegresos se aplicaron como lo establece la tcnicacontable gubernamental de acuerdo a la Ley; laContadura Mayor de Hacienda del Congreso delEstado, en el informe que entreg a esta Soberana, leseala inconsistencias administrativas y observacionesen los registros contables, por estos sealamientos serecomienda al H. Ayuntamiento de Temixco, Morelos,eficientar el sistema contable e implementar un mejorcontrol interno en las funciones de Tesorera.

    VII.- La Cuenta Pblica Anual 1998 del H.Ayuntamiento de Temixco, Morelos, fue aprobada en

    sesin ordinaria de Cabildo, como consta en la copiacertificada del acta correspondiente que obra enexpedientes y debido a que la Comisin Legislativa alhacer la revisin, encontr inconsistencias einsuficiencias en los registros contables, no puededictaminar sobre la razonabilidad financiera delmunicipio, por lo que proponen al H. Congreso, sometera revisin la Cuenta Pblica Municipal del ejercicio1998 de ste Ayuntamiento, con fundamento en lasfacultades establecidas en el Artculo 40, fraccinXLVII, de la Constitucin Poltica del Estado deMorelos.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, esta

    Soberana ha tenido a bien expedir el siguiente:DECRETO NMERO NOVECIENTOS CINCUENTA Y

    CINCO.

    ARTCULO NICO. - Se faculta a la Comisin deHacienda, Presupuesto y Cuenta Pblica, para instruiral Contador Mayor de Hacienda, titular del rganotcnico de este H. Congreso del Estado, para querevise la Cuenta Pblica Municipal de Temixco,Morelos, correspondiente al perodo del 1. de enero al31 de diciembre de 1998, por los sealamientos que serelacionan en la parte considerativa de esta resolucin.

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    Pgina 6 P E R I O D I C O O F I C I A L 5 de abril del 2000

    T R A N S I T O R I O S

    ARTCULO PRIMERO. - El presente Decreto,entrar en vigor al da siguiente de su publicacin en elPeridico Oficial Tierra y Libertad, rgano de difusindel Gobierno del Estado.

    ARTCULO SEGUNDO. - Remtase el presente

    Decreto, al Titular del Poder Ejecutivo Estatal para losefectos correspondientes.Saln de Sesiones del H. Congreso del Estado a los

    veintids das del mes de marzo de dos mil.

    ATENTAMENTE

    SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIN.

    LOS CC. INTEGRANTES DE LA MESADIRECTIVA DEL SEGUNDO PERODOEXTRAORDINARIO DE SESIONES DEL SEGUNDOPERODO ORDINARIO DEL TERCER AO DEEJERCICIO CONSTITUCIONAL.

    P R E S I D E N T E.

    DIP. JUAN ANTONIO REYNOSO ABUNDEZ.

    SECRETARIA.

    DIP. MARA CRISTINA BALDERAS ARAGN.

    SECRETARIA.

    DIP. RUFINA VILLANUEVA PACHECO.

    RBRICASPor tanto mando se imprima, publique, circule y se

    le d el debido cumplimiento.Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo en la

    Ciudad de Cuernavaca, Capital del Estado de Morelos

    a los veintiocho das del mes de marzo del dos mil.SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIN

    GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE MORELOS

    JORGE MORALES BARUDSECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

    JORGE ARTURO GARCA RUBRBRICAS

    Al margen izquierdo un Escudo del Estado deMorelos que dice.- La Tierra Volver a Quienes laTrabajan con sus Manos.- Poder Ejecutivo del Estadode Morelos.

    JORGE MORALES BARUD, GOBERNADORCONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE YSOBERANO DE MORELOS A SUS HABITANTES SABED.

    Que el H. Congreso del Estado se ha servidoenviarme para su promulgacin lo siguiente:

    LA HONORABLE CUADRAGSIMA SPTIMALEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, CONFUNDAMENTO POR LO DISPUESTO POR ELARTCULO 40 FRACCIONES II Y XXVIII DE LACONSTITUCIN POLTICA DEL ESTA DO DEMORELOS, Y

    C O N S I D E R A N D O.

    I.- Que en trminos de lo dispuesto por el artculo53, fracciones V, VII, XIV y XV de la Ley OrgnicaMunicipal del Estado de Morelos, corresponde a losAyuntamientos revisar y aprobar, la cuenta pblicaanual correspondiente al ejercicio anterior, as comoadministrar libremente su hacienda, controlar el

    ejercicio del presupuesto de egresos del municipio y laaprobacin de los informes mensuales de cuentapblica, ajustndose tambin a lo que sealen lasdisposiciones vigentes en la materia.

    II.- Que en trminos de lo dispuesto por la fraccinXXVIII del Artculo 40 de la Constitucin Poltica delEstado, corresponde al Congreso del Estado examinary aprobar, las cuentas pblicas del ao anterior quedebern presentar los municipios; quienes de acuerdocon lo dispuesto por el Artculo 115, fraccin VI de laConstitucin Poltica Local, tienen la facultad deadministrar libremente su hacienda.

    III.- Que de conformidad con lo establecido en el

    Artculo 32 prrafo segundo, de la Constitucin Polticadel Estado de Morelos, durante el primer perodo desesiones el Congreso se ocupar invariablemente delexamen, discusin y aprobacin, en su caso, de lacuenta pblica del ao anterior de los municipios, losque debern presentarla para esos efectos dentro delos primeros 15 das del mes de marzo; toda vez quenos fue turnada por el Pleno del Congreso, se procedia su envo a la Contadura Mayor de Hacienda la queprocedi a la practica del examen conforme a lodispuesto en los Artculos 2, 6, 7, 20, 21, 22, 26, 27, 28,29, 30 y 31 de la Ley Orgnica de la Contadura Mayorde Hacienda del H. Congreso del Estado de Morelos.

    Por la entrega extempornea de los cortes mensualesde la cuenta pblica de los Municipios, el rganoTcnico de este H. Congreso, requiri mayor tiempo delque la normatividad, en primer trmino establece paraque realice su funcin de examen, por lo que solicitprorroga a la Asamblea Legislativa para concluir elexamen de las cuentas pblicas Municipales,fundamentndose en el Artculo 35 de su Ley Orgnica,que prev estos casos. La Comisin de Hacienda,Presupuesto y Cuenta Pblica present en sesinordinaria de la Honorable Asamblea, un punto deacuerdo sobre esta solicitud resultando aprobado,terminado el examen emiti el informe que sirve debase para este Decreto, por lo que corresponde ladiscusin de la cuenta pblica del H. Ayuntamiento deTetecala, Morelos, en el Segundo Perodo Ordinario deSesiones.

    IV.- Que durante el ao de 1998, los ingresos fueronregistrados en forma correcta y se obtuvo un ingresototal por la cantidad de 10 millones 96 mil 405 pesos63/100 M.N., de donde la cantidad de 491 mil 607pesos 63/100 M.N. corresponde a recaudacin propia,misma que representa el 4.87 % del total de recursos yla cantidad de 9 millones 604 mil 798 pesos 00/100M.N. por concepto de participaciones que representanel 95.13 % del total.

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    5 de abril del 2000 P E R I O D I C O O F I C I A L Pgina 7

    V.- Que el H. Ayuntamiento aprob para el EjercicioFiscal 1998 un Presupuesto de Egresos por un total de12 millones 225 mil 569 pesos 44/100 M.N.,ejercindose un gasto real de 9 millones 784 mil 848pesos, 18/100 M.N., resultando un excedente entre losingresos y egresos reales de 311 mil 557 pesos,45/100, M.N., reflejado en los Estados Financieros de

    1998; el ejercicio del gasto se aplic de la siguienteforma:GASTO CORRIENTE $ 6075,931.86

    OBRAS Y SERVICIOS PBLICOS 3708,916.32GASTO TOTAL $ 9784,848.18

    VI.- Que habindose examinado todos y cada unode los conceptos correspondientes al Estado de Origeny Aplicacin de Recursos por el perodocorrespondiente al ao de 1998, se obtuvo que losegresos se aplicaron como lo establece la tcnicacontable gubernamental de acuerdo a la Ley; laContadura Mayor de Hacienda del Congreso delEstado, en el informe que entreg a esta Soberana, le

    observa gastos sin comprobar incumpliendo lodispuesto en los Artculos 26 y 27 de la Ley dePresupuesto, Contabilidad y Gasto Pblico del Estadode Morelos, sealndole tambin observacionesadministrativas y a la tcnica contable, por estosltimos sealamientos se recomienda al H.Ayuntamiento de Tetecala, Morelos, eficientar susistema contable e implementar un mejor control internoen las funciones de Tesorera.

    VII.- Que la Cuenta Pblica Anual 1998 del H.Ayuntamiento de Tetecala, Morelos, fue aprobada ensesin ordinaria de cabildo, como consta en la copiacertificada del acta correspondiente que obra en

    expedientes. Debido a que el rgano Tcnico del H.Congreso del Estado reporta irregularidades en losregistros contables por lo que no se puede identificarlos saldos de las cuentas, esta Comisin Legislativa nopuede dictaminar sobre la razonabilidad financiera delmunicipio, por lo que proponen al H. Congreso, sometera revisin la Cuenta Pblica Municipal del ejercicio1998 de ste Ayuntamiento, con fundamento en lasfacultades establecidas en el Artculo 40, fraccinXLVII, de la Constitucin Poltica del Estado deMorelos.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, esta

    Soberana ha tenido a bien expedir el siguiente:DECRETO NMERO NOVECIENTOS CINCUENTA Y

    SEIS.

    ARTCULO NICO. - Se faculta a la Comisin deHacienda, Presupuesto y Cuenta Pblica, para instruiral Contador Mayor de Hacienda, titular del rganotcnico de este H. Congreso del Estado, para querevise la Cuenta Pblica Municipal de Tetecala,Morelos, correspondiente al perodo del 1. de enero al31 de diciembre de 1998, por los sealamientos que serelacionan en la parte considerativa de esta resolucin.

    T R A N S I T O R I O S

    ARTCULO PRIMERO. - El presente Decreto,entrar en vigor al da siguiente de su publicacin en elPeridico Oficial Tierra y Libertad, rgano de difusindel Gobierno del Estado.

    ARTCULO SEGUNDO. - Remtase el presente

    Decreto, al Titular del Poder Ejecutivo Estatal para losefectos correspondientes.Saln de Sesiones del H. Congreso del Estado a los

    veintids das del mes de marzo de dos mil.

    ATENTAMENTE

    SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIN.

    LOS CC. INTEGRANTES DE LA MESADIRECTIVA DEL SEGUNDO PERODOEXTRAORDINARIO DE SESIONES DEL SEGUNDOPERODO ORDINARIO DEL TERCER AO DEEJERCICIO CONSTITUCIONAL.

    P R E S I D E N T E.

    DIP. JUAN ANTONIO REYNOSO ABUNDEZ.

    SECRETARIA.

    DIP. MARA CRISTINA BALDERAS ARAGN.

    SECRETARIA.

    DIP. RUFINA VILLANUEVA PACHECO.

    RBRICAS

    Por tanto mando se imprima, publique, circule y sele d el debido cumplimiento.

    Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo en laCiudad de Cuernavaca, Capital del Estado de Morelosa los veintiocho das del mes de marzo del dos mil.

    SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCINGOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO

    LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS

    JORGE MORALES BARUDSECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

    JORGE ARTURO GARCA RUB

    RBRICAS

    Al margen izquierdo un Escudo del Estado deMorelos que dice.- La Tierra Volver a Quienes laTrabajan con sus Manos.- Poder Ejecutivo del Estadode Morelos.

    JORGE MORALES BARUD, GOBERNADORCONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE YSOBERANO DE MORELOS A SUS HABITANTES SABED.

    Que el H. Congreso del Estado se ha servidoenviarme para su promulgacin lo siguiente:

    LA HONORABLE CUADRAGSIMA SPTIMALEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADOLIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, CONFUNDAMENTO POR LO DISPUESTO POR ELARTCULO 40 FRACCIONES II Y XXVIII DE LACONSTITUCIN POLTICA DEL ESTADO DEMORELOS, Y

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    Pgina 8 P E R I O D I C O O F I C I A L 5 de abril del 2000

    C O N S I D E R A N D O.

    I.- Que en trminos de lo dispuesto por el artculo53, fracciones V, VII, XIV y XV de la Ley OrgnicaMunicipal del Estado de Morelos, corresponde a losAyuntamientos revisar y aprobar, la cuenta pblicaanual correspondiente al ejercicio anterior, as como

    administrar libremente su hacienda, controlar elejercicio del presupuesto de egresos del municipio y laaprobacin de los informes mensuales de cuentapblica, ajustndose tambin a lo que sealen lasdisposiciones vigentes en la materia.

    II.- Que en trminos de lo dispuesto por la fraccinXXVIII del Artculo 40 de la Constitucin Poltica delEstado, corresponde al Congreso del Estado examinary aprobar, las cuentas pblicas del ao anterior quedebern presentar los municipios; quienes de acuerdocon lo dispuesto por el Artculo 115, fraccin VI de laConstitucin Poltica Local, tienen la facultad deadministrar libremente su hacienda.

    III.- Que de conformidad con lo establecido en elArtculo 32 prrafo segundo, de la Constitucin Polticadel Estado de Morelos, durante el primer perodo desesiones el Congreso se ocupar invariablemente delexamen, discusin y aprobacin, en su caso, de lacuenta pblica del ao anterior de los municipios, losque debern presentarla para esos efectos dentro delos primeros 15 das del mes de marzo; toda vez quenos fue turnada por el Pleno del Congreso, se procedia su envo a la Contadura Mayor de Hacienda la queprocedi a la practica del examen conforme a lodispuesto en los Artculos 2, 6, 7, 20, 21, 22, 26, 27, 28,29, 30 y 31 de la Ley Orgnica de la Contadura Mayorde Hacienda del H. Congreso del Estado de Morelos.Por la entrega extempornea de los cortes mensualesde la cuenta pblica de los Municipios, el rganoTcnico de este H. Congreso, requiri mayor tiempo delque la normatividad, en primer trmino establece paraque realice su funcin de examen, por lo que solicitprorroga a la Asamblea Legislativa para concluir elexamen de las cuentas pblicas Municipales,fundamentndose en el Artculo 35 de su Ley Orgnica,que prev estos casos. La Comisin de Hacienda,Presupuesto y Cuenta Pblica present en sesinordinaria de la Honorable Asamblea, un punto de

    acuerdo sobre esta solicitud resultando aprobado,terminado el examen emiti el informe que sirve debase para este Decreto, por lo que corresponde ladiscusin de la cuenta pblica del H. Ayuntamiento deTlayacapan, Morelos, en el Segundo Perodo Ordinariode Sesiones.

    IV.- Que durante el ao de 1998, los ingresos fueronregistrados en forma correcta y se obtuvo uningreso total por la cantidad de 4 millones 218 mil 572pesos 23/100 M.N., de donde la cantidad de 296 mil 31pesos 80/100 M.N. corresponde a recaudacin propia,misma que representa el 7.02 % del total de recursos y

    la cantidad de 5 millones 922 mil 540 pesos 43/100M.N. por concepto de participaciones que representanel 92.98 % del total.

    V.- Que ste H. Ayuntamiento no present elPresupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 1998,por lo que el informe del Contador Mayor de Haciendasolo hace referencia al ejercicio del gasto real de 4

    millones 150 mil 147 pesos, 50/100 M.N., mismo que seaplic de la siguiente forma:

    GASTO CORRIENTE $ 2037,278.99

    OBRAS Y SERVICIOS PBLICOS 2112,868.51GASTO TOTAL $ 4150,147.50

    VI.- Que habiendo examinado todos y cada uno delos conceptos correspondientes al Estado de Origen yAplicacin de Recursos por el perodo correspondienteal ao de 1998, se obtuvo que tanto los ingresos comolos egresos se aplicaron como lo establece la tcnicacontable gubernamental de acuerdo a la Ley. LaContadura Mayor de Hacienda del Congreso del

    Estado, en el informe que entreg a esta Soberana, leobserva el no haber cumplido en tiempo y forma con lasolventacin de su pliego de observaciones, as comoinconsistencias administrativas y a la tcnica contable,por lo que se recomienda al H. Ayuntamiento deTlayacapan, Morelos, acatar todas las disposiciones deley, eficientar su sistema contable e implementar unmejor control interno en las funciones de Tesorera.

    VII.- La Cuenta Pblica Anual 1998 del H.Ayuntamiento de Tlayacapan, Morelos, fue aprobada ensesin ordinaria de Cabildo, como consta en la copiacertificada del acta correspondiente que obra en

    expedientes, y debido a que la Comisin Legislativa alhacer la revisin, encontr inconsistencias einsuficiencias en la documentacin, no puedendictaminar sobre la razonabilidad financiera delmunicipio, por lo que proponen al H. Congreso, sometera revisin la Cuenta Pblica Municipal del ejercicio1998 de ste Ayuntamiento, con fundamento en lasfacultades establecidas en el Artculo 40, fraccinXLVII, de la Constitucin Poltica del Estado deMorelos.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado, estaSoberana ha tenido a bien expedir el siguiente:

    DECRETO NMERO NOVECIENTOS CINCUENTA YSIETE.

    ARTCULO NICO. - Se faculta a la Comisin deHacienda, Presupuesto y Cuenta Pblica, para instruir

    al Contador Mayor de Hacienda, titular del rgano

    tcnico de este H. Congreso del Estado, para que

    revise la Cuenta Pblica Municipal de Tlayacapan,

    Morelos, correspondiente al perodo del 1. de enero al31 de diciembre de 1998, por los sealamientos que se

    relacionan en la parte considerativa de esta resolucin.

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    5 de abril del 2000 P E R I O D I C O O F I C I A L Pgina 9

    T R A N S I T O R I O S

    ARTCULO PRIMERO. - El presente Decreto,entrar en vigor al da siguiente de su publicacin en el

    Peridico Oficial Tierra y Libertad, rgano de difusin

    del Gobierno del Estado.

    ARTCULO SEGUNDO. - Remtase el presenteDecreto, al Titular del Poder Ejecutivo Estatal para los

    efectos correspondientes.

    Saln de Sesiones del H. Congreso del Estado a los

    veintids das del mes de marzo de dos mil.

    ATENTAMENTE

    SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIN.

    LOS CC. INTEGRANTES DE LA MESADIRECTIVA DEL SEGUNDO PERODO

    EXTRAORDINARIO DE SESIONES DEL SEGUNDO

    PERODO ORDINARIO DEL TERCER AO DEEJERCICIO CONSTITUCIONAL.

    P R E S I D E N T E.

    DIP. JUAN ANTONIO REYNOSO ABUNDEZ.

    SECRETARIA.

    DIP. MARA CRISTINA BALDERAS ARAGN.

    SECRETARIA.

    DIP. RUFINA VILLANUEVA PACHECO.

    RBRICASPor tanto mando se imprima, publique, circule y se

    le d el debido cumplimiento.Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo en la

    Ciudad de Cuernavaca, Capital del Estado de Morelosa los veintiocho das del mes de marzo del dos mil.

    SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCINGOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO

    LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS

    JORGE MORALES BARUDSECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

    JORGE ARTURO GARCA RUBRBRICAS

    Al margen izquierdo un Escudo del Estado de Morelos que dice.- La Tierra Volver a Quienes la Trabajan con susManos.- Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.

    Fe de Erratas al Peridico Oficial Tierra y Libertad de fecha 15 de marzo del 2000, con nmero 4040 en susSecciones Tercera y Cuarta en la pgina 1 en el Rubro donde se establece la fecha de publicacin.

    Dice:

    Debe Decir:

    Al margen izquierdo un Escudo del Estado de

    Morelos que dice.- La Tierra Volver a Quienes la

    Trabajan con sus Manos.- Poder Ejecutivo del Estado

    de Morelos.

    LA COMISIN DE ESTUDIOS JURDICOS DELGOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS, EN

    CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTCULO

    SEGUNDO TRANSITORIO DEL ACUERDO QUE LA

    CREA, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:

    REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIN DE

    ESTUDIOS JURDICOS DEL GOBIERNO DEL

    ESTADO.

    CAPTULO PRIMERO

    GENERALIDADES

    ARTCULO 1.- La Comisin de Estudios Jurdicosdel Gobierno del Estado de Morelos, tiene como

    objetivo la coordinacin en materia jurdica de lasDependencias y Entidades de la Administracin PblicaEstatal, con el fin de unificar criterios en la toma dedecisiones.

    ARTCULO 2.- El presente ordenamientoreglamentar la organizacin y funciones de laComisin de Estudios Jurdicos del Gobierno delEstado.

    CAPTULO SEGUNDO

    DE LA INTEGRACIN

    ARTCULO 3.- La Comisin de Estudios Jurdicosestar integrada por:

    a).- Consejero Jurdico, quien fungir comopresidente de la Comisin;

    b).- Director General de Asuntos Jurdico-Administrativos, quien fungir como Secretario Tcnicode la Comisin;

    Publicacin Peridica, Permiso Nm.

    003 0634, caractersticas 134182816,

    Autorizado por SEPOMEXCuernavaca, Mor., a 15 de marzo de 1999 6a. poca 4040

    Publicacin Peridica, Permiso Nm.003 0634, caractersticas 134182816,

    Autorizado por SEPOMEX

    Cuernavaca, Mor., a 15 de marzo del 2000 6a. poca 4040

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    Pgina 10 P E R I O D I C O O F I C I A L 5 de abril del 2000

    c).- Director General de Asuntos Jurdico-Contenciosos;

    d).- Director General de Legislacin yReglamentacin; y

    e).- El Director General de Asuntos Laborales yAmparos; y

    Los titulares de cada unidad jurdica de lasDependencias que a continuacin se mencionan:

    f).- Secretara General de Gobierno;

    g).- Secretara de Hacienda;

    h).- Secretara de Desarrollo Econmico;i).- Secretaria de Desarrollo Agropecuario;

    j).- Secretara de Desarrollo Urbano y ObrasPblicas;

    k).- Secretara de Bienestar Social;l).- Secretara de Desarrollo Ambiental;

    m).- Secretara de Seguridad Pblica, Prevencin yReadaptacin Social;

    n).- Procuradura General de Justicia;).- Oficiala Mayor; y

    o).- Contralora General del Estado.

    CAPTULO TERCERO

    DE LA COMISIN

    ARTCULO 4.- La Comisin de Estudios Jurdicosdel Gobierno del Estado, tendr las funcionescontenidas en el artculo quinto del acuerdo que crea ala misma.

    CAPTULO CUARTO

    DEL SECRETARIO TCNICO

    ARTCULO 5. - El Secretario Tcnico adems de lasatribuciones establecidas en el Acuerdo que crea laComisin de Estudios Jurdicos tendr las siguientes:

    I.- Preparar el orden da de las reunionesconvocadas;

    II.- Integrar los informes que sern analizados en lassesiones por los integrantes de la Comisin;

    III.- Convocar a los integrantes de la Comisin paraasistir a las sesiones; y

    IV.- Levantar el acta de los acuerdos tomados en lasreuniones, registrndolos en el libro correspondiente.

    CAPTULO QUINTO

    DE LAS SESIONES DE LA COMISIN

    ARTCULO 6.- Las sesiones de la Comisin deEstudios Jurdicos, podrn ser ordinarias oextraordinarias. De todas las sesiones se levantar elacta respectiva, en la que se asentar en el librocorrespondiente el desarrollo de la sesin, as comolos acuerdos que en la misma se tomen, dicho libroestar bajo responsabilidad del Secretario Tcnico.

    ARTCULO 7. - La Comisin sesionarordinariamente el primer lunes de cada mes previa

    convocatoria que al efecto se haga, para tratar losasuntos de su competencia. Las sesionesextraordinarias podrn celebrarse dependiendo de laimportancia o urgencia del caso, cuantas veces seanecesario y no podrn tratarse los asuntos generalesque sean de mero trmite.

    ARTCULO 8.- La Comisin podr sesionar siempre

    que estn presentes la mitad ms uno de susintegrantes, pero invariablemente tendr que asistir eltitular de la Consejera Jurdica o el Director General deAsuntos Jurdico Administrativos.

    ARTCULO 9.- Al abrirse cada sesin el Presidentecomprobar la existencia de qurum, en caso de noreunirse el qurum requerido, el Secretario Tcnicolevantar el acta correspondiente, de la cual se turnarcopia al superior jerrquico respectivo de los miembrosausentes, para los efectos legales procedentes.

    ARTCULO 10.- Al trmino de la sesin el SecretarioTcnico redactar con precisin el acuerdo que recaiga

    sobre cada asunto, el que ser transcrito en el libro deactas debidamente enumerado.

    ARTCULO 11.- Las sesiones ordinarias de laComisin, se celebrarn previa convocatoria delSecretario Tcnico, por lo menos con cinco das deanticipacin a la fecha en que deba celebrarse lasesin, adjuntando la propuesta del orden del da quecontenga los asuntos a tratar y los documentos anexosde cada uno de ellos.

    ARTCULO 12. - Para convocar a sesionesextraordinarias el plazo ser de cuando menosveinticuatro horas de anticipacin, debiendo sustentarque se trata de un asunto imprevisto y de imperiosa

    atencin para los miembros de la comisin, anexandolos antecedentes de los asuntos a tratar.

    ARTCULO 13.- Las sesiones de la Comisin sernpresididas por el Presidente y en su ausencia por elSecretario Tcnico.

    ARTCULO 14.- El orden del da deber contenera).- Lugar, fecha y hora en que se llevar a cabo la

    reunin;b).- Lista de asistencia;

    c).- Declaracin del qurum legal para sesionar;d).- Lectura del Acta de la Sesin anterior para

    aprobacin;

    e).- Relacin de los asuntos a tratar;f).- Asuntos generales; y

    g).- Clausura de la sesin.

    CAPTULO SEXTO

    DE LAS SUPLENCIAS

    ARTCULO 15.- Las ausencias del Presidente serncubiertas por el Secretario Tcnico.

    T R A N S I T O R I O S

    ARTCULO PRIMERO. - El presente Reglamentoentrar en vigor al da siguiente de su publicacin en el

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    5 de abril del 2000 P E R I O D I C O O F I C I A L Pgina 11

    Peridico Oficial Tierra y Libertad, rgano de difusindel Gobierno del Estado.

    ARTCULO SEGUNDO. - Se derogan lasdisposiciones administrativas que se opongan alpresente Reglamento.DADO EN LA CIUDAD DE CUERNAVACA, MORELOS,

    A UNO DE MARZO DEL AO DOS MIL.

    INTEGRANTES DE LA COMISIN DE ESTUDIOSJURDICOS DEL GOBIERNO DEL ESTADO.

    LIC. JOS LUIS URISTEGUI SALGADO

    PRESIDENTE DE LA COMISIN DE ESTUDIOSJURDICOS

    LIC. CARLOS MANUEL BORJA CHVEZ

    SECRETARIO TCNICOLIC. OSCAR MONTESINOS SNCHEZ

    LIC. YOLANDA GUTERREZ NERI

    LIC. MARA ANTONIETA LUNA HERRERALIC. RAYMUNDO ARCBAR LAZO

    LIC. MA. GUADALUPE PILLADO PIZOLIC. IRAIS ORTEGA ZUIGA

    LIC. JORGE A. TRUJILLO HERNNDEZ

    LIC. HERTINO AVILS ALBAVERALIC. MA. REYNA VALENCIA REYES

    LIC. JOS LUIS PEZ DORANTES

    RBRICASAl margen izquierdo un Escudo del Estado de

    Morelos que dice.- La Tierra Volver a Quienes laTrabajan con sus Manos.- Poder Ejecutivo del Estadode Morelos.

    Cuernavaca, Mor., a 31 de marzo del 2000.

    LIC. HERMINIO MORALES LPEZNOTARIO PBLICO NMERO UNO DE LATERCERA DEMARCACIN NOTARIAL DELESTADO.P R E S E N T E.Por acuerdo del Lic. Jorge Morales Barud,

    Gobernador del Estado de Morelos y en atencin a suescrito de esta misma fecha, mediante el cual solicitalicencia para separarse del ejercicio de sus funcionescomo Notario Pblico nmero Uno de la TerceraDemarcacin Notarial del Estado con residencia en elMunicipio de Puente de Ixtla, Morelos, hasta por untrmino de setenta y seis das renunciables a partir del

    da 1 de abril al 15 de julio del ao en curso; confundamento en lo dispuesto por los artculos 2 y 103 dela Ley del Notariado del Estado de Morelos, se concedeen sus trminos la licencia solicitada, quedando staregistrada en el libro respectivo.

    As mismo, se autoriza al C. LIC. GERMN LOZAJIMNEZ, para que, en su calidad de Aspirante aNotario Pblico, se desempee como fedatario sustitutoen esa Notara durante el tiempo que dure la licencia,de conformidad con lo establecido en el artculo 104fraccin IV de la Ley antes mencionada; debiendoinsertar las anotaciones correspondientes en los librosdel protocolo utilizado.

    Sin otro particular por el momento, le reitero lasseguridades de mi atenta y distinguida consideracin.

    A T E N T A M E N T E.

    SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIN.

    EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.

    LIC. JORGE ARTURO GARCA RUB.

    RBRICA

    Al margen izquierdo un Escudo del Estado deMorelos que dice.- La Tierra Volver a Quienes laTrabajan con sus Manos.-

    ACTA DE INTEGRACIN DE LA COMISINESTATAL DE PROTECCIN A LOS ANIMALES DEMORELOS.

    En la Ciudad de Cuernavaca, Morelos, siendo lasnueve treinta horas del da cinco de junio de milnovecientos noventa y nueve, presentes en el SalnMariano Matamoros del Palacio de Gobierno en la

    Ciudad de Cuernavaca, Morelos, los CC. Ing. J. DavidFonseca Cardona, Secretario de Desarrollo Ambiental,el M. en C. Rubn Castro Franco, Director General deFlora y Fauna de la SEDAM, el Ing. Anselmo SoteloParra, Director General de Proteccin Civil, el C.Leonides Ocampo Sandoval, Jefe del Departamento deDifusin de la Direccin General de Proteccin Civil; elBil. Csar Daniel Jimnez Piedragil, el Bil. MarcoAntonio Lozano Garca, de la UAEM; la M.V.Z. ClaudiaGeorgina Aragn Daz, el M.V.Z. Gustavo Ortz Meza,del Colegio de Mdicos Veterinarios; Dr. AlejandroHerrera Ibaez, el Ing. Jorge de la Borbolla y RomeroRubio, el M.V.Z. Jos Fernando Mariscal Durn, el

    M.V.Z. Guillermo Paez Prez, de las AsociacionesProtectoras de Animales; se encuentra reunidos paraque tenga verificativo la integracin de la ComisinEstatal de Proteccin a los Animales, conforme loestablecido por el artculo 63 de la Ley de Estatal deFauna.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Considerando que la fauna silvestre en el Estado deMorelos, es un recurso natural renovable subutilizado ysujeto a diversas presiones por el modelo de desarrollo,debido a que la base de las principales actividadesproductivas, sustituye a los ecosistemas naturalescomo bosques y selvas, para dedicar las tierras al usoagropecuario a travs de la introduccin y cultivo de

    flora y fauna extica (agricultura y ganadera), con locual se ha disminuido significativamente el hbitat y laspoblaciones de la fauna silvestre nativa.- - - - - - - - - - - -

    De acuerdo con datos del INEGI existen en laentidad zonas con caractersticas adecuadas para elaprovechamiento y fomento de la fauna silvestre, comolas cerriles cubiertas con vegetacin de bosquestemplados y selva baja caducifolia no aptas para laagricultura y donde la ganadera debe restringirse. EnMorelos existe la necesidad de promover la concienciay participacin de la ciudadana en la proteccin y

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    manejo de la fauna, tanto silvestre como domstica;uno de los objetivos establecidos en el Plan Mnimo deAccin del Gobierno de Reconciliacin 1998-2000, serefiere a la poltica de apertura e inclusin para la tomade decisiones, la participacin social en la planeacindemocrtica y la promocin de Comits que realicenacciones en favor de la proteccin y conservacin del

    ambiente en general y de la fauna del Estado en loparticular.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Para atender estos temas se expidi la Ley Estatalde Fauna en abril de 1997, que en su artculo 63 crea laComisin Estatal de Proteccin a los Animales, por loque con el objeto de establecerla formalmente selevanta la presente acta; de conformidad con el artculoinvocado la Comisin Estatal de Proteccin a losAnimales se crea como una institucin de consulta yasesora del Ejecutivo Estatal, con el objeto de analizarlas necesidades y los diversos factores que deberntomarse en cuenta por la Secretara de DesarrolloAmbiental para la revisin, establecimiento, as como

    para la realizacin de acciones tendientes a mejorar lascondiciones de la fauna en el Estado de Morelos, en talvirtud y de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 65 de laLey Estatal de Fauna, el Lic. Jorge Morales Barud,Gobernador del Estado otorga los nombramientos delos representantes de la institucin y designa alPresidente y Secretario para integrar la Comisin a lossiguientes:

    TITULARES

    Ing. J. David Fonseca Cardona

    Secretario de Desarrollo Ambiental

    PRESIDENTE DE LA COMISIN

    Ing. Anselmo Sotelo ParraDirector General de Proteccin Civil

    Bil. Csar Daniel Jimnez Piedragil

    Secretario Acadmico del Centro de InvestigacionesBiolgicas, UAEM

    SECRETARIO DE LA COMISIN

    M.V.Z. Claudia Georgina Aragn Daz

    Presidenta del Colegio de Mdicos VeterinariosZootecnistas del Estado de Morelos

    Dr. Alejandro Herrera Ibaez

    Secretario Nacional de la Asociacin Mexicana de losDerechos de los Animales.

    M.V.Z. Jos Fernando Mariscal Durn

    Presidente de la Asociacin Mexicana de MdicosVeterinarios Especialistas en Pequeas Especies del

    Estado de Morelos, A.C.

    SUPLENTES

    M. en C. Rubn Castro Franco

    Director General de Flora y Fauna de la Secretara deDesarrollo Ambiental

    Sr. Leonides Ocampo Sandoval

    Jefe del Departamento de Difusin de la DireccinGeneral de Proteccin Civil

    Bil. Marco Antonio Lozano Garca

    Investigador del Laboratorio de Mastozoologa delCentro de Investigaciones Biolgicas, UAEM.

    M.V.Z. Gustavo Ortz Meza

    Miembro del Colegio de Mdicos VeterinariosZootecnistas del Estado de Morelos

    Ing. Jorge de la Borbolla y Romero Rubio

    Presidente de la Asociacin Protectora de losAnimales de Cuernavaca, A.C.

    M.V.Z. Guillermo Paez Prez

    Miembro de la Asociacin Mexicana de MdicosVeterinarios Especialistas en Pequeas Especies del

    Estado de Morelos, A.C.

    Los miembros propietarios de la Comisin sernsuplidos por las personas que para tal efecto han sidodesignados cada uno de ellos. Podrn participar oasistir a las sesiones de la Comisin los ciudadanos orepresentantes de las dems dependencias y entidadesde la administracin pblica estatal, cuando se estimenecesaria su intervencin, para que presenten loselementos de juicio y la informacin de apoyo para ladeterminacin de las acciones que tendrn que serimplementadas, teniendo voz pero no voto, de igualmanera podr invitarse a las reuniones de la Comisina los funcionarios federales y municipales cuyaparticipacin se considere conveniente.- - - - - - - - - - - -

    La Secretara de Desarrollo Ambiental propondr altitular del Ejecutivo Estatal, las medidas que habrn deadoptarse para asegurar la correcta ejecucin de lasdecisiones acordadas en el seno de la Comisin Estatalde Proteccin a los Animales.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    La Comisin tiene un plazo de 60 das para expedirsu reglamento interno y elaborar un programa detrabajo, a fin de cumplir con las atribuciones que leasigna el artculo 63 de la Ley Estatal de Fauna. - - - - -

    Leda que fue la presente acta y ratificada en sucontenido por los que en ella intervienen, la firman alcalce y al margen para constancia y efectos legales aque haya lugar.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    LOS INTEGRANTES DE LA COMISIN ESTATAL

    DE PROTECCIN A LOS ANIMALES

    TITULARES

    Ing. J. David Fonseca Cardona

    Secretario de Desarrollo Ambiental

    PRESIDENTE DE LA COMISIN

    Ing. Anselmo Sotelo Parra

    Director General de Proteccin Civil del Gobierno delEstado

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    5 de abril del 2000 P E R I O D I C O O F I C I A L Pgina 13

    Bil. Csar Daniel Jimnez Piedragil

    Secretario Acadmico del Centro de InvestigacionesBiolgicas, UAEM

    SECRETARIO DE LA COMISIN

    M.V.Z. Claudia Georgina Aragn Daz

    Presidenta del Colegio de Mdicos VeterinariosZootecnistas del Estado de Morelos

    Dr. Alejandro Herrera Ibaez

    Secretario Nacional de la Asociacin Mexicana de losDerechos de los Animales.

    M.V.Z. Jos Fernando Mariscal Durn

    Presidente de la Asociacin Mexicana de MdicosVeterinarios Especialistas en Pequeas Especies del

    Estado de Morelos, A.C.

    SUPLENTES

    M. en C. Rubn Castro Franco

    Director General de Flora y Fauna de la Secretara deDesarrollo Ambiental

    Sr. Leonides Ocampo Sandoval

    Jefe del Departamento de Difusin de la DireccinGeneral de Proteccin Civil

    Bil. Marco Antonio Lozano Garca

    Investigador del Laboratorio de Mastozoologa delCentro de Investigaciones Biolgicas, UAEM.

    M.V.Z. Gustavo Ortz Meza

    Miembro del Colegio de Mdicos Veterinarios

    Zootecnistas del Estado de Morelos

    Ing. Jorge de la Borbolla y Romero Rubio

    Presidente de la Asociacin Protectora de losAnimales de Cuernavaca, A.C.

    M.V.Z. Guillermo Paez Prez

    Miembro de la Asociacin Mexicana de MdicosVeterinarios Especialistas en Pequeas Especies del

    Estado de Morelos, A.C.

    RBRICAS

    Al margen izquierdo un Escudo del Estado de

    Morelos que dice.- La Tierra Volver a Quienes laTrabajan con sus Manos.-

    CONVENIO DE COORDINACIN YCOLABORACIN ADMINISTRATIVA CON ELOBJETO DE LLEVAR A CABO DIVERSAS ACCIONESDE INTERS MUTUO EN MATERIA DEPROTECCIN Y MANEJO DE LA RESERVAESTATAL SIERRA MONTE NEGRO, QUECELEBRAN EL GOBIERNO DEL ESTADO DEMORELOS, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POREL LIC. JORGE ARTURO GARCA RUB,

    SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL L.AJORGE A. MEADE OCARANZA SECRETARIO DEDESARROLLO URBANO Y OBRAS PBLICAS, ELING. J. DAVID FONSECA CARDONA, SECRETARIODE DESARROLLO AMBIENTAL Y EL LIC. FERNANDOALBARRN MONTES DE OCA, DIRECTOR GENERALDE LA COMISIN ESTATAL DE RESERVAS

    TERRITORIALES, A QUIENES EN LO SUCESIVO SELES DENOMINAR EL GOBIERNO; Y POR LAOTRA PARTE, LA UNIVERSIDAD AUTNOMA DELESTADO DE MORELOS, REPRESENTADO POR SURECTOR M. EN C. GERARDO VILA GARCA AQUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINAR LAUAEM Y POR LA OTRA LOS AYUNTAMIENTOS DEJIUTEPEC, YAUTEPEC, EMILIANO ZAPATA YTLALTIZAPN, MORELOS, REPRESENTADOS ENESTE ACTO POR SUS RESPECTIVOSPRESIDENTES MUNICIPALES Y SECRETARIOSGENERALES, ARQ. ADOLFO BARRAGN CENA, C.JUAN MANUEL BAUTISTA RAMREZ; DR. RAMN

    GONZLEZ CASTREJN, DR. ISAURO MANUELRODRGUEZ CEDEO; ARQ. RODOLFO ESQUIVELLANDA, LIC. ROMN CRUZ MEJA; DR. ARTUROZUIGA HERNNDEZ E ING. GABRIEL E. RENDNPREZ, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LESDENOMINAR COMO LOS AYUNTAMIENTOS; ALTENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES,DECLARACIONES Y CLUSULAS:

    A N T E C E D E N T E S

    1. De conformidad con los artculos 70 fraccinXXX, 85-D 114 y 115 fraccin I y XI de la Constitucin

    Poltica del Estado de Morelos, al Poder Ejecutivo delEstado corresponde conducir las acciones queconforme a la Ley y en consecuencia con losMunicipios y el Gobierno Federal, deban realizarse enmateria de proteccin al ambiente y preservacin yrestauracin del equilibrio ecolgico.

    2. Que de acuerdo a los preceptos legales 2fraccin I, 5, 6 fracciones II y V, 7 fraccin IV, 10, 11, 14fracciones I, III y XI, 32 y 86 de la Ley del EquilibrioEcolgico y la Proteccin al Ambiente del Estado deMorelos, es de orden pblico e inters social laconcurrencia del Estado y de los municipios en materiade preservacin y restauracin del equilibrio ecolgico yla proteccin al ambiente, correspondiendo al Ejecutivolocal la formulacin y conduccin de la poltica y de loscriterios ecolgicos en la entidad; la regulacin de lasreas naturales protegidas de jurisdiccin estatal, ascomo su creacin y administracin en coordinacin conlos municipios que corresponda, de manera que seasegure la preservacin y restauracin de losecosistemas, especialmente los ms representativos yaqullos que se encuentran sujetos a proceso de

    deterioro o degradacin.

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    3. Los artculos 2 y 18 de la Ley Orgnica Municipaldel Estado de Morelos, otorgan personalidad jurdicapropia a los municipios, estatuyendo a su cargo lacreacin y administracin de reas naturales protegidasde jurisdiccin municipal, en coordinacin con elGobierno del Estado.

    4. Que el Plan Mnimo de Accin del Gobierno de

    Reconciliacin 1998-2000, marca las lneasestratgicas de participacin democrtica y establecelos lineamientos en materia de ecologa, queconsideran medidas preventivas que regulan elaprovechamiento integral y racional de los recursosnaturales, as como realizar acciones orientadas a laconservacin y uso sostenible de los recursos naturalesrenovables que son parte del patrimonio natural delEstado de Morelos.

    5. Que dicho Plan establece atender con medidasinmediatas la conservacin y restauracin de losrecursos naturales como agua, suelo, aire, fauna y flora

    silvestres en las principales ciudades y reas naturalesprotegidas.

    6. Que el Plan menciona adems que para elestablecimiento y manejo de las reas naturalesprotegidas se har mediante el consenso y respeto alos propietarios y poseedores de la tierra, as como alas comunidades humanas que viven dentro o alrededorde dichas reas.

    7. Que de acuerdo con lo dispuesto en el Decretoque crea la Reserva Estatal Sierra Monte Negro(Publicado en el Peridico Oficial nmero 3922 defecha 10 de Junio de 1998) en sus artculos tercero yquinto establece que, quedan bajo el control de EL

    GOBIERNO y LOS AYUNTAMIENTOS, los terrenoscomprendidos en la Reserva Estatal. La administracin,regulacin, organizacin, desarrollo,acondicionamiento, conservacin, manejo, fomento yvigilancia quedan a cargo de la Secretara de DesarrolloAmbiental y de LOS AYUNTAMIENTOS, a travs delpresente convenio de coordinacin, el cual regula entreotras materias las que a continuacin se puntualizan:

    I.- La forma en que EL GOBIERNO y LOSAYUNTAMIENTOS participaran en la administracinde la Reserva Estatal;

    II.- La coordinacin de las polticas, planes y

    programas de EL GOBIERNO y LOSAYUNTAMIENTOS;

    III.- La elaboracin del programa de manejo para laReserva Estatal Sierra Monte Negro y la formulacinde compromisos para su ejecucin;

    IV.- La programacin y aplicacin de los recursosfinancieros para la administracin del rea naturalprotegida;

    V.- Las condiciones y trminos en que se llevarn acabo las investigaciones en la zona, que en su caso seautoricen;

    VI.- Las acciones necesarias para contribuir aldesarrollo socioeconmico regional, mediante elaprovechamiento racional e integral de los recursosnaturales de la zona; y

    VII.- Las formas y esquemas de concertacin conlos grupos sociales, privados y acadmicos.

    D E C L A R A C I O N E SI. DECLARAN EL GOBIERNO QUE:

    I. 1 De acuerdo con lo establecido en los artculos 1,3, 10, 14, 26 fracciones I, V y VII, 27 fraccin VII, 31fraccin VI, 33 fracciones I, II, V, X y XVII y demsrelativos y aplicables de la Ley Orgnica de laAdministracin Pblica del Estado de Morelos y de losReglamentos Interiores de sus respectivasdependencias, cuenta con capacidad legal parasuscribir y celebrar a nombre del Ejecutivo Estatal elpresente convenio con LOS AYUNTAMIENTOS y LAUAEM.

    II. DECLARA LA UAEM QUE:II.1.- Es una institucin que se encarga de impartir

    enseanza superior, tiene personalidad jurdica ypatrimonio propio y su rector es el jefe nato yrepresentante legal de la misma, cuenta con facultadessuficientes para suscribir el presente convenio deconformidad con lo establecido en los artculos 14 y 16de la Ley Orgnica de la Universidad Autnoma delEstado de Morelos y la escritura pblica nmero 72032de fecha 25 de octubre de 1994, pasada ante la fe delLic. Hugo Salgado Castaeda, Notario Pblico Nmero2 de Cuernavaca, Morelos.

    II.2.- Que entre sus funciones LA UAEM, lecorresponde la formacin de profesionales, lainvestigacin y la divulgacin en materia deconservacin y manejo de recursos biticos del Estadode Morelos.

    II.3.- Que la LA UAEM realiz investigaciones conla finalidad de preservar el ecosistema de la ReservaEstatal Sierra Monte Negro, donde se logr elestablecimiento de una rea natural protegida y en laque se han venido realizando actividades de educacinambiental e investigacin sobre la conservacin de losrecursos naturales.

    II.4.- LA UAEM depende de una base amplia de

    apoyo local, nacional e internacional, trabajando conestudiantes, profesores, investigadores, polticos,comunidades locales y escuelas.

    II.5.- Adems de la investigacin LA UAEM realizaprogramas de educacin ambiental, diseados paragrupos escolarizados, apoyando as al docente en suquehacer educativo.

    II.6.- LA UAEM utiliza diferentes estrategias paraproporcionar una educacin ambiental como: visitasguiadas para grupos escolares, ecoturismo familiar defin de semana, cursos, divulgacin y otras actividadesafines en contacto con el ambiente.

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    II.7.- Para los efectos del presente convenio sealacomo domicilio legal ubicado en Av. Universidad 1001,Col. Chamilpa, Cuernavaca, Mor. C.P. 62210.

    III. DECLARAN LOS AYUNTAMIENTOS QUE:

    III. 1 Acordaron respectivamente en sesin decabildo celebrar el presente Convenio de Coordinacincon EL GOBIERNO y LA UAEM, a fin de operarconjuntamente la organizacin, administracin,desarrollo, acondicionamiento, conservacin, manejo,fomento, vigilancia y debido aprovechamiento de laReserva Estatal Sierra Monte Negro. Se agrega a esteinstrumento como anexo 1 copia del acta de cabildo, afin de que forme parte integrante del mismo para todoslos efectos a que haya lugar.

    III. 2 De acuerdo a lo dispuesto por los artculos 2, 9,18, 49, 53 fracciones XXXIII, 55 fraccin XI, 92 y 94fraccin VI de la Ley Orgnica Municipal del Estado deMorelos, cuenta con facultades legales para celebrar elpresente acto jurdico.

    IV. DECLARAN LAS PARTES QUE:IV. 1 El establecimiento del rea natural protegida

    Sierra Monte Negro es una demanda de LOSAYUNTAMIENTOS, de los propietarios y poseedoresde la tierra, as como de diversos grupos sociales,acadmicos y de organizaciones no gubernamentales.Por otra parte, diversas instituciones han llevado a caboestudios sobre los recursos naturales de la ReservaEstatal Sierra Monte Negro y recomendaronestablecerla como rea natural protegida paragarantizar su conservacin y uso sostenible.

    IV. 2 La Reserva Estatal Sierra Monte Negro forma

    parte de los ltimos reductos de selva baja caducifoliadel centro del Estado, se ubica en las cercanas de lasprincipales ciudades de la entidad y se encuentraamenazada por el avance de la mancha urbana eindustrial, por lo que se considera prioritario el manejodel rea natural protegida que detenga y revierta estatendencia, dada la importancia del rea para laproteccin de los servicios ambientales que permiten eldesarrollo actual y futuro de la porcin central delEstado y contribuyen a conservar los recursos naturalesde la Cuenca del Ro Balsas.

    IV.3 El Decreto mediante el cual se declara comoReserva Estatal Sierra Monte Negro, publicado en el

    (Peridico Oficial Tierra y Libertad, en los nmeros3922 y 3923 de fechas de 10 y 17 de junio de 1998)respectivamente, establece que queda a cargo de laSecretara de Desarrollo Ambiental (SEDAM), de laSecretara de Desarrollo Urbano y Obras Pblicas(SDUOP), a travs de la Comisin de ReservasTerritoriales (CERT) y de LOS AYUNTAMIENTOS; laorganizacin, administracin, desarrollo,acondicionamiento, conservacin, manejo, fomento,vigilancia y debido aprovechamiento de la ReservaEstatal.

    Por lo anteriormente expuesto y fundado ELGOBIERNO, LA UAEM y LOS AYUNTAMIENTOScelebran el presente convenio de conformidad con lassiguientes:

    C L U S U L A S

    PRIMERA.- Las partes se comprometen a

    desarrollar proyectos de conservacin y cuidado de laReserva Estatal Sierra Monte Negro en formaconcertada y conjunta, sujetndose a lo dispuesto porel presente convenio y a los Programas de Manejo yOperativo Anual de la Reserva Estatal.

    SEGUNDA.- Los programas y proyectos sedeterminarn entre las partes, de acuerdo a lodispuesto en el Decreto y Programa de Manejo de laReserva Estatal.

    TERCERA.- EL GOBIERNO, LA UAEM y LOSAYUNTAMIENTOS consideran que la mejor opcinpara la conservacin y manejo de la Reserva Estatal,

    es mediante la participacin y consenso con lospropietarios o poseedores de la tierra y de loshabitantes locales.

    CUARTA.- EL GOBIERNO se compromete a:

    A).- Apoyar poltica, legal y financieramente losestudios y acciones necesarios para la conservacin ymanejo de la Reserva Estatal.

    B).- Coordinarse con LA UAEM y LOSAYUNTAMIENTOS para el desarrollo de losprogramas, proyectos y acciones necesarias que sedefinan de comn acuerdo.

    C).- Aportar los recursos que se acuerden, a fin de

    posibilitar el cumplimiento de lo dispuesto por el incisoA) de la presente clusula.

    D).- Ser responsabilidad de la SEDAM, lanormatividad del manejo y operacin de la ReservaEstatal.

    E).- Que la SEDAM, a travs de la Direccin Generalde Flora y Fauna, har los estudios tcnicos ygestiones para la operacin y manejo de la ReservaEstatal.

    QUINTA.- LA UAEM se compromete a:

    A).- Realizar los trabajos necesarios para cumplircon los propsitos del presente convenio en materia de

    conservacin y manejo de dicha rea y de apoyar a lainvestigacin, la educacin ambiental y manejo derecursos naturales.

    B).- Aportar los recursos humanos, materiales yfinancieros disponibles, para cumplir con el convenio.

    C).- Realizar investigacin, educacin ambiental ygestin para el manejo de los recursos naturales de laReserva Estatal Sierra Monte Negro, para lo cualcontar con el apoyo de EL GOBIERNO y LOSAYUNTAMIENTOS en el mbito de sus respectivascompetencias.

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    SEXTA.- LOS AYUNTAMIENTOS" se comprometena:

    A).- Realizar los trabajos necesarios para cumpl ircon los propsitos del presente convenio en materia deconservacin, administracin, operacin y manejo de laReserva Estatal.

    B).- Aportar los recursos humanos, materiales yfinancieros disponibles, para cumplir con el acuerdo.

    C).- Proteger, vigilar, delimitar fsicamente el rea,realizar la sealizacin y la regulacin del desarrollourbano de las zonas aledaas a la misma, para lo cualcontarn con el apoyo de la SEDAM, de la SDUOP y deotras instituciones de gobierno en la aplicacin de susrespectivas competencias, para la conservacin ydesarrollo de la Reserva Estatal.

    SPTIMA.- EL GOBIERNO, LA UAEM y LOSAYUNTAMIENTOS convienen en:

    A).- Conjuntar esfuerzos, capacidades y recursos,con el propsito de coadyuvar a la preservacin,

    conservacin y manejo de la Reserva Estatal SierraMonte Negro.

    B).- Llevar a cabo las acciones del Programa deManejo, del Programa Operativo Anual y de losproyectos que conjuntamente aprueben para laReserva Estatal.

    Asimismo, convienen que los programas y proyectosque pretendan llevar a cabo en el rea debernreferirse exclusivamente a investigacin, conservacin,proteccin y manejo de la Reserva Estatal; tomando enconsideracin, las polticas que en materia ambiental yde aprovechamiento de los recursos naturales

    determine el Ejecutivo Estatal por conducto de laSEDAM.

    OCTAVA.- Cada Programa Operativo Anualcontendr el conjunto de acciones de planeacin,promocin, control y evaluacin que permitan lograr larestauracin, conservacin, proteccin y manejo de losrecursos naturales del rea, as como la coordinacinde las actividades de investigacin cientfica, monitoreo,capacitacin, educacin y asesora tcnica, entre otras;definiendo adems el programa de actividades y losrecursos humanos, materiales y financieros que ELGOBIERNO, LA UAEM y LOS AYUNTAMIENTOS,destinen para el desarrollo de las acciones.

    NOVENA.- EL GOBIERNO, LA UAEM y LOSAYUNTAMIENTOS convienen en que para alcanzarlos objetivos previstos en los programas, desarrollarnproyectos especficos, los cuales podrn referirse, entreotros rubros, a los siguientes:

    1. La ejecucin de acciones de manejo para cumplircon los fines de la Reserva Estatal.

    2. La implementacin de mecanismos definanciamiento para la ejecucin de los programasoperativos anuales.

    3. La realizacin de estudios y gestionesrelacionados con el establecimiento y manejo de laReserva Estatal.

    4. La ejecucin de obras para dotar de lainfraestructura necesaria a el rea.

    5. La ejecucin de proyectos y programasecotursticos que fomenten el desarrollo sostenible delrea, en beneficio de sus habitantes y de lospropietarios o poseedores de la tierra.

    6. La capacitacin del personal en generalrelacionado con la administracin, conservacin,monitoreo, vigilancia y manejo del rea.

    7. El diseo y aplicacin de mecanismos decoordinacin y concertacin en favor del rea.

    8. La realizacin de programas de difusin yeducacin en materia ecolgica.

    9. La publicacin de revistas, folletos y otros mediosde comunicacin de inters en materia de la ReservaEstatal.

    10.La realizacin de tareas de investigacin ydesarrollo en la Reserva Estatal.

    11. Apoyo a programas de vigilancia.

    12. Apoyo a programas de uso sostenible deespecies de flora y fauna.

    DCIMA.- EL GOBIERNO, LA UAEM y LOSAYUNTAMIENTOS se comprometen a elaborarconjuntamente los proyectos que se desarrollarn en elrea. Dichos proyectos harn referencia a actividadesidentificables y objetivos concretos derivados delPrograma de Manejo de la Reserva Estatal SierraMonte Negro:

    Una vez acordado por las partes el Programa deManejo, ste ser consensado y considerado como elnico documento rector de las acciones a realizar en laReserva Estatal.

    Asimismo convienen que en dicho programa,debern identificarse claramente las acciones deproteccin, conservacin, manejo e investigacin quese pretendan realizar.

    DCIMA PRIMERA.- Para el desarrollo de lasacciones dispuestas en el presente convenio, seconstituye el Comit Tcnico para el manejo de laReserva Estatal Sierra Monte Negro, con

    representantes de EL GOBIERNO, LA UAEM y LOSAYUNTAMIENTOS, cuyos nombramientos aparecenen el anexo 2 de este convenio. Dicho Comit tiene unplazo de sesenta das a partir de la firma del presenteconvenio para elaborar y poner en prctica sureglamento interno y programa de trabajo.

    DCIMA SEGUNDA.- EL GOBIERNO a travs dela SEDAM se compromete a promover la cooperacin yfacilidades que se requieran de otras dependencias yentidades de la administracin pblica federal o estatal,as como la participacin de otras agrupaciones de los

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    sectores social y privado interesados en laconservacin y desarrollo de la Reserva Estatal, enespecial de instituciones dedicadas a la investigacin ya la educacin superior, a efecto de que apoyen laejecucin de los proyectos incluidos en el ProgramaOperativo Anual, que se efecten derivados del objetodel presente instrumento.

    DCIMA TERCERA.- EL GOBIERNO, LA UAEMy LOS AYUNTAMIENTOS podrn celebrar conjunta oseparadamente convenios y contratos con otrasdependencias y entidades de la administracin pblicafederal, estatal y/o municipales, as como conagrupaciones de los sectores social y privado, a efectode coordinar y concertar acciones e inversiones quepermitan apoyar la consecucin de los proyectosincluidos en el Programa Operativo que se llevan acabo derivados del objeto del presente instrumento.

    Con el propsito de asegurar una adecuadacoordinacin de las acciones objeto del presente

    instrumento jurdico, las partes convienen en informarsecon una anticipacin de sesenta das hbiles, cuandostos tengan inters en suscribir con terceras personasun acto jurdico de los consignados en el prrafoanterior, teniendo cualquiera de ellas la posibilidad demanifestar su inconformidad, en un plazo mximo detreinta das hbiles. De no hacerlo en el plazo fijado, seentender que estn conformes con la realizacin delacto.

    En caso de que alguna de las partes manifieste suinconformidad en los trminos prescritos en el prrafoanterior, se deber buscar consenso antes desuscribirse el convenio o contrato que se pretenda

    efectuar.DCIMA CUARTA.- Las partes se comprometen a

    otorgar los crditos que correspondan por suparticipacin y apoyo en beneficio de la Reserva. Dichoreconocimiento lo harn a travs de los medios decomunicacin que estn a su alcance, de conformidadcon la normatividad aplicable en la materia, pudiendogenerar y realizar todo tipo de publicidad y promocinrelacionada con la Reserva Estatal.

    DCIMA QUINTA.- EL GOBIERNO por conducto

    de la SDUOP a travs de la CERT se compromete a:Determinar la infraestructura existente en la Reserva y

    su regin de influencia, elaborar los planos respectivosy apoyar la realizacin y formal establecimiento delordenamiento urbano de la zona de influencia de laReserva, as como vigilar su cumplimiento, en especial

    lo relacionado con la obra pblica, infraestructura yservicios. En coordinacin con LOSAYUNTAMIENTOS.

    DCIMA SEXTA.- EL GOBIERNO, LA UAEM yLOS AYUNTAMIENTOS convienen en que serncausas de terminacin del presente instrumento lassiguientes:

    a) El consentimiento mutuo de las partes, manifiestopor escrito en el que se expresen y justifiquen lascausas que dan origen a tal extremo.

    b) El incumplimiento de alguna de las partes a lasobligaciones adquiridas en el cuerpo de este convenio.

    c) La imposibilidad fsica o jurdica para continuarcon el objeto de este convenio.

    d) El caso fortuito o de fuerza mayor que impidanproseguir con los fines objeto del presente instrumentoo de los proyectos especficos que las partes acuerdenllevar a cabo.

    DCIMA SPTIMA.- RELACIN LABORAL. Laspartes convienen en que el personal que utilicen para larealizacin de los objetivos del presente convenio, seentender exclusivamente con aquella que lo emple,asumiendo en consecuencia su responsabilidad poreste concepto y en ningn caso sern consideradospatrones solidarios o sustitutos.

    DCIMA OCTAVA.- VIGENCIA. El presente

    convenio tendr vigencia de un ao a partir de la fechade su firma y podr revisarse, modificarse, adicionarsey prorrogar su vigencia previo acuerdo por escrito entrelas partes, ajustndose a los preceptos legales ypropsitos invocados.

    DCIMA NOVENA.- Las partes convienen que elpresente instrumento es producto de la buena fe, por loque toda controversia respecto a la interpretacin y/ocumplimiento ser resuelto de comn acuerdo.

    Ledo que fue el presente instrumento, advertidas laspartes de su valor, fuerza legal y validez, lo ratifican yfirman a los cinco das del mes de junio de mil

    novecientos noventa y nueve, en la Reserva EstatalSierra Monte Negro, localizada en los Municipios deJiutepec, Yautepec, Emiliano Zapata y Tlaltizapan, delEstado de Morelos.

    POR EL GOBIERNO

    LIC. JORGE ARTURO GARCA RUB

    SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO

    ING. J. DAVID FONSECA CARDONA

    SECRETARIO DE DESARROLLO AMBIENTAL

    LIC. JORGE A. MEADE OCARANZA

    SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y

    OBRAS PBLICASLIC. FERNANDO ALBARRN MONTES

    DE OCAS

    DIRECTOR DE LA COMISIN ESTATAL DERESERVAS TERRITORIALES

    POR LA UAEM

    M. en C. GERARDO VILA GARCA

    EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD AUTNOMA

    DEL ESTADO DE MORELOS

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    POR LOS AYUNTAMIENTOS

    POR EL AYUNTAMIENTO DE JIUTEPEC

    ARQ. ADOLFO BARRAGN CENA

    PRESIDENTE MUNICIPAL

    C. JUAN M. BAUTISTA RAMREZ

    SECRETARIO GENERALPOR EL AYUNTAMIENTO DE YAUTEPEC

    DR. RAMN GONZLEZ CASTREJN

    PRESIDENTE MUNICIPAL

    DR. ISAURO M. RODRGUEZ CEDEO

    SECRETARIO GENERAL

    POR EL AYUNTAMIENTO DE EMILIANO ZAPATA

    ARQ. RODOLFO ESQUIVEL LANDA

    PRESIDENTE MUNICIPAL

    LIC. ROMN CRUZ MEJA

    SECRETARIO GENERALPOR EL AYUNTAMIENTO DE TLALTIZAPN

    DR. ARTURO E. ZUIGA HERNNDEZ

    PRESIDENTE MUNICIPAL

    ING. GABRIEL E. RENDN PREZSECRETARIO GENERAL

    TESTIGO DE HONOR

    LIC. JORGE MORALES BARUD

    GOBERNADOR DEL ESTADO

    DE MORELOS

    RBRICAS

    Al margen izquierdo un Escudo del Estado deMorelos que dice.- La Tierra Volver a Quienes laTrabajan con sus Manos.-

    CONVENIO DE COORDINACIN PARA LA

    PLANIFICACIN Y MANEJO DE LA

    RESERVA ESTATAL

    LAS ESTACAS

    Parque Acutico Las Estacas, Tlaltizapn, Morelos

    5 de Junio de 1999

    CONVENIO DE COORDINACIN Y

    COLABORACIN ADMINISTRATIVA CON ELOBJETO DE LLEVAR A CABO DIVERSAS ACCIONESDE INTERS MUTUO EN MATERIA DEPROTECCIN Y MANEJO DE LA RESERVAESTATAL LAS ESTACAS, QUE CELEBRAN ELGOBIERNO DEL ESTADO DE MORELOS,REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC.JORGE ARTURO GARCA RUB, SECRETARIOGENERAL DE GOBIERNO, EL L. A. JORGEARMANDO MEADE OCARANZA SECRETARIO DEDESARROLLO URBANO Y OBRAS PBLICAS, ELING. J. DAVID FONSECA CARDONA, SECRETARIO

    DE DESARROLLO AMBIENTAL, Y EL LIC.FERNANDO ALBARRN MONTES DE OCA,DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIN ESTATALDE RESERVAS TERRITORIALES, A QUIENES EN LOSUCESIVO SE LES DENOMINAR EL GOBIERNO;LA UNIVERSIDAD AUTNOMA DEL ESTADO DEMORELOS, REPRESENTADA POR SU RECTOR EL

    M. EN C. GERARDO VILA GARCA A QUIEN EN LOSUCESIVO SE LE DENOMINAR LA UAEM Y PORLA OTRA EL AYUNTAMIENTO DE TLALTIZAPN,MORELOS, REPRESENTADO EN ESTE ACTO PORSU PRESIDENTE MUNICIPAL Y SECRETARIOGENERAL, DR. ARTURO ZUIGA HERNNDEZ EING. GABRIEL E. RENDN PREZ, A QUIENES ENLO SUCESIVO SE LES DENOMINAR COMO ELAYUNTAMIENTO; AL TENOR DE LOS SIGUIENTESANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLUSULAS:

    A N T E C E D E N T E S

    1. De conformidad con los artculos 70 fraccin

    XXX, 85-D, 114 y 115 fraccin I y XI de la ConstitucinPoltica del Estado de Morelos, al Poder Ejecutivo delEstado corresponde conducir las acciones queconforme a la Ley y en consecuencia con losMunicipios y el Gobierno Federal, deban realizarse enmateria de proteccin al ambient e y preservacin yrestauracin del equilibrio ecolgico.

    2. Que de acuerdo a los preceptos legales 2fraccin I, 5, 6 fracciones II y V, 7 fraccin IV, 10, 11, 14fracciones I, III y XI, 32 y 86 de la Ley del EquilibrioEcolgico y la Proteccin al Ambiente del Estado deMorelos, es de orden pblico e inters social laconcurrencia del Estado y de los municipios en materia

    de preservacin y restauracin del equilibrio ecolgico yla proteccin al ambiente, correspondiendo al Ejecutivolocal la formulacin y conduccin de la poltica y de loscriterios ecolgicos en la entidad; la regulacin de lasreas naturales protegidas de jurisdiccin estatal, ascomo su creacin y administracin en coordinacin conlos municipios que corresponda, de manera que seasegure la preservacin y restauracin de losecosistemas, especialmente los ms representativos yaqullos que se encuentran sujetos a proceso dedeterioro o degradacin.

    3. Los artculos 2 y 18 de la Ley Orgnica Municipaldel Estado de Morelos, otorgan personalidad jurdicapropia a los municipios, estatuyendo a su cargo lacreacin y administracin de reas naturales protegidasde jurisdiccin municipal, en coordinacin con elGobierno del Estado.

    4. Que el Plan Mnimo de Accin del Gobierno deReconciliacin 1998-2000, marca las lneasestratgicas de participacin democrtica y establecelos lineamientos en materia de ecologa, queconsideran medidas preventivas que regulan elaprovechamiento integral y racional de los recursosnaturales, as como realizar acciones orientadas a la

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    conservacin y uso sostenible de los recursos naturalesrenovables que son parte del patrimonio natural delEstado de Morelos.

    5. Que dicho Plan establece atender con medidasinmediatas la conservacin y restauracin de losrecursos naturales como agua, suelo, aire, fauna y florasilvestres en las principales ciudades y reas naturales

    protegidas.6. Que el Plan menciona adems que para el

    establecimiento y manejo de las reas naturalesprotegidas se har mediante el consenso y respeto alos propietarios y poseedores de la tierra, as como alas comunidades humanas que viven dentro o alrededorde dichas reas.

    7. Que de acuerdo con lo dispuesto en el Decretoque crea la Reserva Estatal Las Estacas (Publicadoen el Peridico Oficial nmeros 3922 y 3923 de fechas10 y 17 de Junio de 1998) en sus artculos tercero yquinto establece que, quedan bajo el control del

    Gobierno del Estado y del Ayuntamiento de Tlaltizapnlos terrenos comprendidos de la Reserva Estatal. Laadministracin, regulacin, organizacin, desarrollo,acondicionamiento, conservacin, manejo, fomento yvigilancia quedan a cargo de la Secretara de DesarrolloAmbiental y del Ayuntamiento de Tlaltizapn, a travsde los convenios de coordinacin, los cuales regularnentre otras materias las que a continuacin sepuntualizan:

    I. La forma en que EL GOBIERNO y ELAYUNTAMIENTO participaran en la administracin dela Reserva Estatal;

    II. La coordinacin de las polticas, planes yprogramas de EL GOBIERNO y ELAYUNTAMIENTO;

    III. La elaboracin del programa de manejo para laReserva Estatal Las Estacas y la formulacin decompromisos para su ejecucin;

    IV. La programacin y aplicacin de los recursosfinancieros para la administracin del rea naturalprotegida;

    V. Las condiciones y trminos en que se llevarn acabo las investigaciones en la zona, que en su caso seautoricen;

    VI. Las acciones necesarias para contribuir aldesarrollo socioeconmico regional, mediante elaprovechamiento racional e integral de los recursosnaturales de la zona; y

    VII. Las formas y esquemas de concertacin conlos grupos sociales, privados y acadmicos.

    D E C L A R A C I O N E S

    I. DECLARAN EL GOBIERNO QUE:

    I. 1.- De acuerdo con lo establecido en los artculos1, 3, 10, 14, 26 fracciones I, V y VII, 27 fraccin VII, 31fraccin VI, 33 fracciones I, II, V, X y XVII y dems

    relativos y aplicables de la Ley Orgnica de laAdministracin Pblica del Estado de Morelos y de losReglamentos Interiores de sus respectivasdependencias, cuenta con capacidad legal parasuscribir y celebrar a nombre del Ejecutivo Estatal elpresente Convenio con EL AYUNTAMIENTO y LAUAEM.

    II. DECLARA LA UAEM QUE:II.1.- Es una institucin que se encarga de impartir

    enseanza superior, tiene personalidad jurdica ypatrimonio propio y su rector es el jefe nato yrepresentante legal de la misma, cuenta con facultadessuficientes para suscribir el presente convenio deconformidad con lo establecido en los artculos 14 y 16de la Ley Orgnica de la Universidad Autnoma delEstado de Morelos y la escritura pblica nmero 72032de fecha 25 de octubre de 1994, pasada ante la fe delLic. Hugo Salgado Castaeda, Notario Pblico Nmero2 de Cuernavaca, Morelos.

    II.2.- Que entre sus funciones LA UAEM, lecorresponde la formacin de profesionales, lainvestigacin y la divulgacin en materia deconservacin y manejo de recursos biticos del Estadode Morelos.

    II.3.- LA UAEM realiz investigaciones con lafinalidad de preservar el ecosistema de Las Estacas,donde se logr el establecimiento de una rea naturalprotegida y en la que se han venido realizandoactividades de educacin ambiental e investigacinsobre la conservacin de los recursos naturales.

    II.4.- LA UAEM depende de una base amplia deapoyo local, nacional e internacional, trabajando conestudiantes, profesores, investigadores, polticos,comunidades locales y escuelas.

    II.5.- Adems de la investigacin LA UAEM realizaprogramas de educacin ambiental, diseados paragrupos escolarizados apoyando as al docente en suquehacer educativo.

    II.6.- LA UAEM utiliza diferentes estrategias paraproporcionar una educacin ambiental como: visitasguiadas para grupos escolares, ecoturismo familiar defin de semana, cursos, divulgacin y otras actividadesafines en contacto con el ambiente.

    II.7.- Para los efectos del presente convenio sealacomo domicilio legal ubicado en Av. Universidad 1001,

    Col. Chamilpa, Cuernavaca, Mor. C.P. 62210.III. DECLARA EL AYUNTAMIENTO QUE:III. 1.- Acord en sesin de cabildo, celebrar el

    presente Convenio de Coordinacin con ELGOBIERNO y con LA UAEM, a fin de operarconjuntamente la organizacin, administracin,desarrollo, acondicionamiento, conservacin, manejo,fomento, vigilancia y debido aprovechamiento de laReserva Estatal Las Estacas. Se agrega a esteinstrumento como anexo 1 copia del acta de cabildo, afin de que forme parte integrante del mismo para todoslos efectos a que haya lugar.

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    III. 2.- De acuerdo a lo dispuesto por los artculos 2,9, 18, 53 fraccin XXXIII, 55 fraccin XI, 92 y 94fraccin VI de la Ley Orgnica Municipal del Estado deMorelos, cuenta con facultades legales para celebrar elpresente acto jurdico.

    IV. DECLARAN LAS PARTES QUE:

    IV. 1.- El establecimiento del rea natural protegidaLas Estacas es una demanda de ELAYUNTAMIENTO de Tlaltizapn, de los propietarios yposeedores de la tierra, as como de diversos grupossociales, acadmicos y de organizaciones nogubernamentales. Por otra parte, diversas institucioneshan llevado a cabo estudios sobre los recursosnaturales de Las Estacas y recomendaronestablecerla como rea natural protegida paragarantizar su conservacin y uso sostenible.

    IV. 2.- Las Estacas forma parte de los ltimosrelictos de selva baja caducifolia que constituye uno delos principales manantiales y atractivos tursticos de la

    entidad, se encuentra amenazada por el avance de lamancha urbana, por lo que se considera prioritario elmanejo del rea natural protegida que detenga yrevierta esta tendencia, dada la importancia del reapara el desarrollo actual y futuro de la porcin central ysur del Estado, adems de contribuir a conservar losrecursos naturales de la Cuenca del Ro Balsas.

    IV.3.- El Decreto mediante el cual se declara comoReserva Estatal Las Estacas, publicado en el(Peridico Oficial Tierra y Libertad, en los nmeros3922 y 3923 de fechas de 10 y 17 de junio de 1998)respectivam