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Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad Prof. Claudia Russo

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Convención internacional de los derechos de las personas con discapacidad

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Page 1: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con

discapacidad

Prof. Claudia Russo

Page 2: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Tratado internacional

Derechos de las PCD

Obligaciones de los estados

Page 3: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

¿Cuáles son los derechos humanos de las personas con discapacidad?Todos los miembros de la sociedad tienen los mismos derechos humanos, que

incluyen derechos

civiles, culturales, económicos, políticos y sociales.

• Igualdad ante la ley sin discriminación• Derecho a la vida, la libertad y la seguridad de la persona• Igual reconocimiento ante la ley y capacidad jurídica• Protección contra la tortura• Protección contra la explotación, la violencia y el abuso• Derecho al respeto de la integridad física y mental• Libertad de desplazamiento y nacionalidad• Derecho a vivir en la comunidad• Libertad de expresión y de opinión• Respeto de la privacidad• Respeto del hogar y de la familia• Derecho a la educación• Derecho a la salud• Derecho al trabajo• Derecho a un nivel de vida adecuado• Derecho a participar en la vida política y pública• Derecho a participar en la vida cultural

Page 4: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

¿Por qué es única la Convención?

Primer instrumento de derechos humanos del siglo XXI

y el primer instrumento legalmente vinculante

que protege de manera general los derechos de las personas con discapacidad.

No se recogen derechos humanos nuevos, se establecen en ella con mucha mayor claridad las

obligaciones de los Estados de promover, proteger y asegurar los derechos de las personas con

discapacidad.

Page 5: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Detalles de su construcción

3 años de construcción 50 artículos

Protocolo Facultativo 16 artículos 70% de los artículos participaron ONG Argentina participó con 3 integrantes

Ley 26378 (21 de mayo de 2008)

Page 6: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención el 13 de diciembre de 2006, y se abrió a la firma el 30 de marzo

de2007. Los Estados que ratifiquen la Convención estarán jurídicamente

vinculados arespetar las disposiciones que en ella se

recogen. Para los demás Estados, laConvención constituye una norma

internacional que deben esforzarse por respetar.

Page 7: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos

de las personas con discapacidad¿Cuál es el contenido de la Convención sobre los derechos de las personas con

discapacidad?

• Preámbulo: Contexto y antecedentes

• Propósito: Finalidad: que es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los

derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su

dignidad inherente

Page 8: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

• Definiciones: términos principales: comunicación, lenguaje, discriminación por

motivos de discapacidad, ajustes razonables y diseño universal;

• Principios generales: identifican las normas o requisitos esenciales aplicables

para el goce de los derechos recogidos en la Convención, como el principio de no

discriminación, el principio de igualdad, autodeterminación

Page 9: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

• Aplicación y seguimiento: exige a los Estados el establecimiento de marcos

nacionales para aplicar y dar seguimiento a la Convención y establece una Conferencia

de los Estados, así como un Comité, encargados de dar seguimiento a la

Convención.

• Disposiciones finales: establecen los procedimientos para la firma, ratificación,

entrada en vigor y otros requisitos de procedimiento relacionados con la

Convención.

Page 10: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

En la Convención se establecentambién dos mecanismos de aplicación:

Comité sobre los Derechos de lasPersonas con Discapacidad, encargado de supervisar la aplicación de la Convención

Conferencia de los Estados Partes, encargada de examinar cuestiones relacionadas con la aplicación de la

Convención.

Page 11: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Obligaciones Generales (art. 4°)

Promover y garantizar derechos Luchar contra la discriminación

Cumplir las leyes Informar

Investigar y promover políticas Ofrecer participación

Formación de técnicos, profesionales ydecisores políticos

Page 12: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Toma de Conciencia (art. 8)

Sensibilización social Lucha contra los estereotipos y

prejuicios Superar falsas percepciones

Acciones educativas y comunicacionales en todos los niveles

(prevención primaria)

Page 13: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Accesibilidad (art. 9°)

Garantizar la accesibilidad al transporte, a las comunicaciones, al

medio físico, a los servicios Promover ciudades accesibles

Promover la formación de profesionales para la accesibilidad

Page 14: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Igual reconocimiento jurídico (art. 12)

Todas las personas son iguales en capacidad jurídica

El Estado garantizará las debidassalvaguardas y el auxilio a las personas que

no puedan ejercer sus derechos por sí mismas

Todas las personas pueden ser titularesde derechos cívicos, patrimoniales y otros

Page 15: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Igual reconocimiento jurídico (art. 12)La noción de capacidad jurídica incluye:

La capacidad de ser titular de un derechoy la capacidad de obrar y ejercer elderecho, que abarca la capacidad de

acudir a los tribunales en caso deafectación de esos derechos. El

reconocimiento de la capacidad jurídicade cualquier grupo o individuo impone el

reconocimiento de ambos elementos

Page 16: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Acceso a la justicia (art. 13) Las pcd tienen los mismos derechos que todos y todas para el acceso la justicia, incluso para ser testigos.

El Estado deberá capacitar a jueces yfuncionarios judiciales para favorecer

elrespeto por este derecho

Page 17: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Vida independiente (Art. 19) Que las personas con discapacidad

tengan derecho a a elegir su lugar deresidencia y puedan vivir en lugares

destinados al conjunto de la sociedad yno en ámbitos específicos (ghetos).

También este artículo agrega el derecho a la inclusión en la sociedad

Page 18: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Derecho a a vida en familia (art.23)

Este artículo es extenso y muyimportante. Establece la obligación delEstado de garantizar la vida en familia,es decir evitar la institucionalización de

las pcd.

Page 19: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Derecho a a vida en familia (art.23) Derecho a contraer matrimonio, casarse,

fundar una familia sobre la base delconsentimiento libre y pleno de los

futuros cónyuges. Derecho a decidir libremente y de

manera responsable el número de hijosque quieren tener, y el tiempo que debetranscurrir entre un nacimiento y otro.

Page 20: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Derecho a a vida en familia (art.23)

Que se les ofrezcan los medios necesarios que les permitan ejercer

esos derechos (claramente refiere a la salud sexual y reproductiva y a la

utilización de métodos anticonceptivos)

Derecho a mantener su fertilidad, en igualdad de condiciones con las demás

personas.

Page 21: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Educación (art. 24) El Estado debe garantizar una

educación con respeto a la libertad, ladignidad y la autoestima de las pcd., elrespeto por los derechos humanos y la

igualdad de oportunidades. También debe garantizar la inclusión

educativa de las pcd, en la educaciónprimaria y secundaria y el acceso a la

Universidad.

Page 22: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

¿Se definen en la Convención los términos de “discapacidad” y de “personas con

discapacidad”?

• “Discapacidad” – en el preámbulo: se reconoce que la “discapacidad es un

concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas

con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su

participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones

con las demás”

Page 23: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

• “Personas con discapacidad” – en el artículo 1: se dice que “las personas con discapacidad incluyen a aquellas

que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a

largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la

sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”

Page 24: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Conceptos falsos y legítimos

Falsos: incapaz, minusválidos, discapacitados, lisiados, impedidos.

Conceptos cómplices: necesidades , especiales, capacidades diferentes

Expresión legítima y crecientemente aceptada en forma universal:

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Conceptualizaciones sobre Discapacidad

Page 25: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

El Modelo Social de Discapacidad

Antecedentes: EEUU 1970

Autodeterminación y Derechos CivilesMovimiento de vida independiente

Gran Bretaña

Necesidad de protección de los grupos vulnerables: Definir las propias necesidades

y servicios

Page 26: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

El Modelo Social de discapacidad

Causas que originan la discapacidad son preponderantemente sociales.

No son las limitaciones individuales las raíces del problema, sino las limitaciones de

la propia sociedad para prestar servicios apropiados y para asegurar que las necesidades de las personas con

discapacidad sean tenidas en cuenta dentro de la organización social.

Las personas con discapacidad pueden contribuir en la misma medida que el resto

de las personas.

Page 27: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

El Modelo Social de Discapacidad

Modelo social:

Aspiración, ideal a alcanzar.

Sociedad pensada y diseñada para hacer frente a las necesidades de

todas las personas.

Page 28: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Convención internacional de los derechos de la persona con

discapacidad: PCD. Planificación centrada en la persona

Principio de autodeterminación Paradigma de los Apoyos

Accesibilidad universal Diseño para todos Calidad de vida

Modelo Social de la discapacidad.

Page 29: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Modelos de tratamiento de la discapacidad

Modelo de prescindenciaEugenésico – Marginación

Innecesarias/improductivas/vidas que no merecen ser vividas

Modelo rehabilitadorLimitaciones individuales de las personas

Desaparición u ocultamiento de la diferencia

Problema de la personaModelo socialCausas sociales

Page 30: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

El Modelo Social de Discapacidad

“…si en el modelo rehabilitador la discapacidad es atribuida a una

patología individual, en el modelo social se interpreta como el

resultado de las barreras sociales y de las relaciones de poder, más

que de un destino biológico ineludible.”

Agustina Palacios. El Modelo social de discapacidad

Page 31: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Cambio conceptual

NEE- NEDD - BAP

Page 32: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Discapacidad Proceso de Discapacitación

Limitación funcionalMinoría

Área valorada por la culturaMecanismo social de atribución

Mecanismo de poder

Condición relacionalNo depende de una sola persona, se

encuentra incluido en el imaginario social

Page 33: Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

Culturas

Prácticas

Políticas